MINIMA CUANTIA MIN-2019-003 CLAUSULADO CONTRATO DE OBRA N°. 0531 DEL 07 DE MARZO DE 2019
MINIMA CUANTIA MIN-2019-003
CLAUSULADO CONTRATO DE OBRA N°. 0531 DEL 07 XX XXXXX DE 2019
Entre los suscritos a saber: EL GOBIERNO DEPARTAMENTAL DEL TOLIMA, con NIT. 800113672-7 representado por XXXX XXXXXXX XXXXXXXX, mayor de edad, domiciliado en la ciudad de Ibagué, identificado con la cédula de ciudadanía No. 5.828.288, en calidad de Secretario Administrativo(E), de conformidad con el Decreto Nº 1858 de fecha 21 de Diciembre de 2.018, delegado por el Gobernador para ejercer la función de Ordenadora del Gasto, en nombre del Departamento del Tolima, de conformidad con el Decreto No.1585 del 08 xx xxxxxx de 2015, quien se denominará, EL DEPARTAMENTO, por una parte y por la otra, PROYECTAMOS INGENIERIA Y MANTENIMIENTO S.A.S.,
identificado con el NIT 900.306.033-2, Persona Jurídica representada legalmente por DARLING XXXXXXXX XXXXX XXXXXXX, identificada con cedula de ciudadanía N° 44.156.428 de Soledad Atlántico, quien declara hallarse sin inhabilidades e incompatibilidades conforme al artículo 8 de la ley 80 de 1993, adicionado artículo 18 de la ley 1150 de 2007 y quien en adelante se denominara EL CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente CONTRATO DE OBRA: consignado en las siguientes clausulas: CLAUSULA PRIMERA OBLIGACIONES: A. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: OBLIGACIONES ESPECÍFICAS:
FERIA DE TURISMO REGIONAL, IBAGUÉ: 1 Cumplir con el objeto del contrato en las condiciones y plazos pactados y términos del anexo técnico de obligatorio cumplimiento que hacen parte integral del contrato, entregando al Departamento los siguientes elementos:
1.0 | PRELIMINARES | ||
1.1 | Rocería con guadañada potreros. | hect | 5 |
1.2 | Rocería y limpieza bodega. | M2 | 850 |
2 | EXCAVACIONES | ||
2.1 | Excavación manual en conglomerado | M3 | 49 |
2.2 | Suministro e instalación de recebo | M3 | 22 |
3 | CONCRETOS | ||
3.1 | Xxxxxx en concreto de 3000 PSI MANO DE OBRA | M3 | 23 |
4 | CARPINTERIA METALICA | ||
4.1 | Instalación MALLA ESLABONADA CALIBRE 10 DIAMETRO 21/4 /250 ML X 2.50 mh | M2 | 350 |
4.2 | Instalación TUBO GALVANIZADO TC 2" CALIBRE 16 X 6 MTRS. | Un | 80 |
4.3 | Instalación ANGULO 1 X 1/8 25MM X 2MM UNIDAD POR 6 ML | X X | 00 |
0.0 | XxxxxxxxxxxXXXXXXX XX XXX XXXXXXX 12.5 X 200 MTRS 4R | ROLLO | 4 |
4.5 | Instalación TEJA ZINC 3.05 ACESCO C.30 | M2 | 185 |
4.6 | instalación Cercha TUBO RECT 3 * 1 1/2 0.80 l= 6 MTRS. | UNI | 32 |
5 | CONSTRUCCION CASETA | ||
5.1 | Construcción caseta para vigilante en teja de zinc. 3 x 4 mtrs. Cerchas Estructura y muros en superboard. alistado de pisos e= 007 cms.incluye resane y pintura | M2 | 12 |
6 | VARIOS | ||
6.1 | suministro e instalación de censores de movimiento pared acceso a escaleras | UNID | 24 |
6.2 | Suministro e instalación cable NO .12 | UND | 8 |
6.3 | Suministro e instalación de poste de 10 metros. | Unid | 2 |
6.4 | Suministro e instalación de Reflectores incluye fotocelda de 400 watios. | Unid | 4 |
6.5 | Suministro e instalación de sirena comunitaria. | Unid | 4 |
6.6 | Pintura en vinilo tipo 2 incluye resanes en muros | M2 | 223 |
6.7 | Suministro e instalación de baldosas ( sexto piso). | UNID | 62 |
2. Realizar las obras de "ADECUACION, MANTENIMIENTO DE PREDIOS DE PROPIEDAD DEL DEPARTAMENTO DEL TOLIMA, según presupuesto anexo, y todas las demás actividades relacionadas en el anexo técnico y económico. 3. Dirigir personalmente y bajo su entera responsabilidad la ejecución de la obra. 4. Suministrar por su cuenta y riesgo, todos los materiales, equipos, personal y herramientas que sean necesarios para el cabal desarrollo del objeto del contrato. Los materiales y objetos que se utilicen deben ser conforme a la propuesta presentada. 5. Adoptar las medidas ambientales, sanitarias, forestales, ecológicas e industriales necesarias para no poner en peligro a las personas, a las
cosas o al medio ambiente, y garantizar que así lo hagan, igualmente, sus subcontratistas y proveedores. 6. Ejecutar la obra con calidad, cantidad y en el tiempo contractualmente establecido, disponiendo de todos los equipos, maquinaria, personal y herramientas, materiales y demás elementos necesarios para la correcta ejecución de las obras. 7. Suministrar por su cuenta y riesgo los servicios públicos provisionales para la ejecución de la obra, así como las adecuaciones de las redes requeridas para la obtención del servicio. 8. El Contratista hará el cerramiento o aislamiento del área a intervenir, previendo siempre que personas externas no tenga ingreso al sitio de los trabajos de acuerdo con las especificaciones técnicas establecidas en los Estudios Previos y Estudios del Sector y que se cumpla con la señalización correspondiente, para prevenir cualquier tipo de riesgo. 9. Consultar oportunamente y por escrito a la Secretaría Administrativa, cualquier cambio o corrección a los aspectos técnicos de la obra. Los cambios o correcciones a la obra objeto del contrato a celebrar, únicamente podrán ejecutarse después de haber sido aprobadas por el SUPERVISOR designado para la obra en caso contrario serán por cuenta y riesgo del contratista. 10. Hacer la limpieza de escombros, retiro de materiales, sobrantes, formaletas, o materiales similares que le pertenezcan o que se haya usado bajo su dirección, a más tardar el último día de ejecución de la obra, en caso que no cumpla con esta obligación, el DEPARTAMENTO realizará los trabajos y cargará su costo al contratista, desmontando su valor de la cuenta final. 11. Revisar e inspeccionar todo proceso constructivo y estado general de la obra y ordenará la remoción de cualquier parte o elemento de construcción que no cumpla con lo estipulado en las cantidades de obra o especificaciones consignadas en las condiciones para contratar. 12. Cumplir dentro de la obra todas las normas de seguridad que garantice la prevención de cualquier imprevisto. 13. Colocar avisos y señales de seguridad en los frentes de trabajo a fin de evitar accidentes que causen daños a las personas o a las cosas. 14. Utilizar personal idóneo y experimentado en la ejecución de la obra. B. OBLIGACIONES DEL DEPARTAMENTO: Además de los derechos y deberes contemplados en el artículo 4 de la Ley 80 de 1993 y demás normas concordantes y los convenidos en el presente contrato, EL DEPARTAMENTO se obliga especialmente. . 1. Poner a disposición del CONTRATISTA los bienes y lugares que se requieran para la ejecución y entrega del objeto contratado. 2. Una vez se surta el proceso de contratación estatal, asignar un Supervisor, a través de quien la gobernación mantendrá la interlocución permanente y directa con el CONTRATISTA. 3. Ejercer el control sobre el cumplimiento del contrato a través del Supervisor designado para el efecto, exigiéndole la ejecución idónea y oportuna del objeto a contratar. 4. Adelantar las gestiones necesarias para el reconocimiento y cobro de las sanciones pecuniarias y garantías a que hubiere lugar, para lo cual el Supervisor dará aviso oportuno a la gobernación, sobre la ocurrencia de hechos constitutivos xx xxxx o incumplimiento. 5. Pagar al CONTRATISTA en la forma pactada y con sujeción a las disponibilidades presupuestales y de PAC previstas para el efecto. 6. Tramitar diligentemente las apropiaciones presupuestales que requiera para solventar las prestaciones patrimoniales que hayan surgido a su cargo como consecuencia de la suscripción del contrato. 7. Solicitar y recibir información técnica respecto del bien o servicio y demás del CONTRATISTA en desarrollo del objeto del contractual. CLAUSULA SEGUNDA- PLAZO DE EJECUCION: El Departamento establece un plazo máximo de ejecución de SESENTA (60) DÍAS CALENDARIO, contados a partir de la suscripción del acta de inicio previo perfeccionamiento y legalización del acto
contractual. CLAUSULA TERCERA - TRIBUTOS DEL CONTRATO: El valor del presente contrato incluye todos los tributos y demás costos en que incurra el CONTRATISTA en razón de su ejecución, de conformidad con la propuesta presentada. CLAUSULA CUARTA – FORMA DE PAGO: Pagos parciales hasta el noventa por ciento 90% del valor del contrato, previo cumplimiento de los trámites administrativos y financieros a que haya lugar, de manera proporcional con el avance físico de obra registrado mediantes actas parciales de ejecución de obras; y un pago final equivalente al diez por ciento (10%) del valor de contrato de obra se pagara por el Departamento del Tolima al momento de la liquidación y al lleno de los requisitos exigidos.: 1-Contrato 2- certificado de perfeccionamiento y legalización del contrato expedido por la dirección de contratacion-3- copia de disponibilidad presupuestal 4-fotocopia de registro presupuestal 5-acreditacion de pago de seguridad social integral. Los pagos están supeditados al PAC del Departamento.. PARAGRAFO PRIMERO. El supervisor deberá verificar para cada pago que el contratista haya realizado el pago de las obligaciones al sistema de seguridad social integral, de acuerdo con el Art. 50 de la Ley 789 de 2002 y el Art. 23 de la Ley 1150 de 2007. El Supervisor que sin justa causa no verifique el pago de los aportes, incurrirá en causal de mala conducta, que será sancionada con arreglo al Régimen Disciplinario vigente. PARÁGRAFO SEGUNDO. El supervisor será responsable de la veracidad de la información contenida en el informe de supervisión. CLAUSULA QUINTA: La vigilancia, seguimiento y verificación técnica, administrativa y contable de la ejecución y cumplimiento del presente contrato será ejercida por XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX Profesional Universitario – Almacen General del Departamento o quien haga sus veces de conformidad con lo establecido en el Manual de Contratación del Departamento del Tolima y las demás normas que lo aclaren, modifiquen o sustituyan. PARÁGRAFO PRIMERO. El supervisor tendrá (Además de las establecidas en el Manual de Contratación) las siguientes funciones: 1. La vigilancia y control de la ejecución del Contrato. 2. Hacer recomendaciones y sugerencias al CONTRATISTA con respecto a la ejecución del contrato. 3. Expedir certificación de cumplimiento a satisfacción de los servicios prestados, si fuere el caso. 4. Corroborar que el CONTRATISTA se encuentre al día y acredite el cumplimiento de las obligaciones del Sistema de Seguridad Social y parafiscales. 5. Remitir al archivo del Grupo de Contratación toda la documentación en original que se genere en relación con el contrato en todas sus etapas: Precontractual, Contractual y Pos contractual. PARAGRAFO SEGUNDO. Las divergencias que ocurran entre el Supervisor y el Contratista o su representante serán dirimidas por el DEPARTAMENTO, cuya decisión será definitiva. –CLAUSULA SEXTA IMPUESTOS: De los valores a pagar durante la ejecución del contrato, el DEPARTAMENTO aplicará las retenciones, descuentos, impuestos, etc. ordenados por las normas pertinentes aplicables. CLAUSULA SEPTIMA - IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL:
IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL | ||||
CDP | FECHA DE EXPEDICIÓN | IDENTIFICACIÓN PRESUPUESTAL | VALOR | AFECTACIÓN |
111 | 10 de Enero de 2019 | 03-1-2210-8020 | $48.171.635 | $31.311.528,98 |
concepto: MANTENIMIENTO |