MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL EJÉRCITO NACIONAL
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL EJÉRCITO NACIONAL
VIGESIMA SEXTA BRIGADA
BATALLON DE A.S.P.C No 26 “SS. XXXXXX XXXXXX XXXX”
PLIEGO DE CONDICIONES PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA No. 019-BASPC26-2019 CUYO OBJETO ES EL SERVICIO DE TRANSPORTE INTEGRAL DE PERSONAL Y CARGA DE LAS FUERZAS MILITARES/EJÉRCITO NACIONAL EN AERONAVES DE ALA FIJA CON DESTINO AL BATALLON DE INFANTERIA XX XXXXX No.50.
MAYO DE 2019
AÑO 2019
CONVOCATORIA V EEDURÍAS CIUDADANAS:
De conformidad con lo dispuesto en la ley 850 de 2003, artículo 66 de la Ley 80 de 1993, el artículo 2.2.1.1.2.1.5 numeral 5 del Decreto 1082 de 2015 y el Artículo 270 de la Constitución Política de Colombia, se invita a las veedurías ciudadanas en la contratación estatal a realizar acompañamiento y seguimiento dentro de todas las etapas del presente proceso contractual.
CONDICIONES GENERALES, DOCUMENTOS, ANEXOS Y FORMULARIOS
El presente pliego de condiciones ha sido estructurado de manera que los capítulos 1, 2 y 3 contienen disposiciones de tipo general aplicables a los diferentes procesos que efectúa EL M.D.N.- EJÉRCITO NACIONAL – BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS.
XXXXXX XXXXXX XXXX”, igualmente cuenta con tres (3) Anexos dispuestos y preparados por EL M.D.N.- EJÉRCITO NACIONAL – BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No.
26 “SS. XXXXXX XXXXXX XXXX y con diez (10) formularios, los cuales deben ser diligenciados en su integridad por el proponente, los cuales pueden ser consultados en el link de la convocatoria del secop ii xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx .
JUSTIFICACIÓN JURIDICA DEL PROCESO DE SELECCIÓN
Teniendo en cuenta que el objeto del presente proceso contractual es “EL SERVICIO DE TRANSPORTE INTEGRAL DE PERSONAL Y CARGA DE LAS FUERZAS MILITARES/EJÉRCITO NACIONAL EN AERONAVES DE ALA FIJA CON DESTINO AL BATALLON DE INFANTERIA XX XXXXX
No.50.” y en consideración a que el presupuesto asignado para el presente es por un valor de DOSCIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($200.000.000.00), además de tratarse de para la Adquisición de Bienes y Servicios para la Defensa y Seguridad Nacional, la presente contratación se llevará a cabo a través del procedimiento de Selección Abreviada de Menor Cuantía de que trata el artículo 2 numeral 2 de la Ley 1150 de 2007 literal b, y reglamentado por el Decreto No. 1082 de 2015 artículo 2.2.1.2.1.2.20 y 2.2.1.2.1.2.26. cómo se describe a continuación:
“ARTÍCULO 2 de la Ley 1150 de 2007- DE LAS MODALIDADES DE SELECCIÓN. La escogencia
del contratista se efectuará con arreglo a las modalidades de selección, licitación pública, selección abreviada, concurso de méritos y contratación directa, con base en las siguientes reglas:
(…) 2. Selección abreviada. La Selección abreviada corresponde a la modalidad de selección objetiva prevista para aquellos casos en que por las características del objeto a contratar, las circunstancias de la contratación o la cuantía o destinación del bien, obra o servicio, puedan adelantarse procesos simplificados para garantizar la eficiencia de la gestión contractual”.
(…) Serán causales de selección abreviada las siguientes:
La contratación de bienes y servicios que se requieran para la defensa y seguridad nacional. (…)
(subrayado fuera de texto)
De acuerdo con lo anterior, el presente proceso se adelantará a través de la modalidad de Selección Abreviada de Menor Cuantía. (Numeral 2º del Art. 2 de la ley 1150 de 2007).
Siguiendo el procedimiento establecido en el Artículo 2.2.1.2.1.2.26 del Decreto 1082 de 2015,el cual reglamenta la Selección Abreviada para la adquisición de bienes y servicios para la defensa y seguridad nacional, por cuanto los servicios objeto del presente proceso se consideran como de Defensa y Seguridad Nacional, por las siguientes razones:
La Constitución Política establece en su artículo 217 que “La Nación tendrá para su defensa unas Fuerzas Militares permanentes constituidas por el Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea. Las Fuerzas Militares tendrán como finalidad primordial la defensa de la soberanía, la independencia, la integridad del territorio nacional y del orden constitucional”, con el objetivo de defender su soberanía, el goce, garantía y protección efectiva de los derechos humanos de su población, en correspondencia con las convenciones y declaraciones internacionales y desminado Humanitario con sus Batallones, así como la creación de nuevas unidades para la consolidación y alineación con la doctrina de la organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN), entre otros, además de los diferentes planes como el “Plan Democracia”, contingencias Naturales, desastres naturales e incluso la ola invernal, apoyos humanitarios a la población civil y demás entidades Gubernamentales que lo requieran, por otro lado el cubrimiento que actualmente la Fuerza Aérea no puede prestar debido al incremento de operaciones y aunado a la amplia superficie continental del territorio nacional, desbordando su capacidad operativa, el Ejército Nacional específicamente la División de Aviación Asalto Aéreo ha tenido que asumir roles de transporte de personal, carga, traslado de unidades tácticas operacionales, para lo cual demandan la disponibilidad total de aeronaves a cargo de la División de Aviación Asalto Aéreo para el apoyo operacional y logístico en la misión constitucional encomendada, que a la postre resultan insuficientes para el desarrollo de las operaciones y el cumplimiento de la misión institucional, circunstancia que obliga a la fuerza a alquilar horas de vuelo con empresas particulares que presten este servicio en aeronaves utilitarias.
La defensa de la soberanía, la independencia, la integridad del territorio nacional y el mantenimiento del orden constitucional, son la función principal encomendada a las Fuerzas Militares y
específicamente al EJERCITO, por lo anterior el BASPC26, requiere contratar el servicio de transporte aéreo en aras de brindar apoyo al BILAC 50 la Dirección de Bienestar y Disciplina con los requerimientos que surgen para el transporte de personal militar armado y equipado, trasladándolo desde el área en donde se desarrollan las operaciones militares, hasta las bases fijas y puestos de mando, así como también apoya los relevos del personal militar que sale con licencia esto dentro del plan de moral y bienestar dirigido a la tropa que se encuentra en los lugares más apartados del país, los cuales son transportados hasta los puestos de mando atrasados con su armamento y su equipo de dotación.
Se pretende suplir la necesidad de transporte de pasajeros y carga para el traslado de conscriptos del BILAC50, carga, material aeronáutico, combustible y mercancías peligrosas, en aviones de capacidad de pasajeros de mínimo, de mínimo 1 A 19 pax, debido a que estas aeronaves de ala fija son necesarias por su capacidad, disponibilidad y seguridad aérea que se le presta al personal militar y cuenta con las características técnicas para el cumplimiento de las misiones del BILAC50, debido a que estas aeronaves de ala fija son necesarias por su capacidad, disponibilidad y seguridad aérea que se le presta al personal militar y cuenta con las características técnicas para el cumplimiento de las misiones que la unidad demanda; este servicio es importante debido a que la cantidad de las aeronaves de ala fija con que cuenta la fuerza no cubre la totalidad de los requerimientos operacionales para el relevo de tripulaciones, transporte de carga, combustible, material aeronáutico, , mercancías peligrosas, abastecimientos de las tropas que se encuentran aisladas, transporte de conscriptos del Comando de Reclutamiento y los diferentes apoyos aéreos ordenados por el comando superior y División de Aviación Asalto Aéreo, en cumplimiento de la Misión Institucional.
El Comando del BILAC50 debe programar sus abastecimientos de alimentos, material xx xxxxxxxxxxx y municiones y los relevos de sus pelotones en cada base, por lo que las necesidades y requerimientos de la Unidad puede oscilar entre 10.000 KG de carga y personal armado y equipado.
Todo lo anterior teniendo en cuenta los fundamentos expuestos en el estudio previo en el acápite 4. FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN, los que en
gracia a la brevedad se dan pro reproducidos en este documento.
Así mismo se aplicará el procedimiento previsto en el Art. 2.2.1.2.1.2.20 del Decreto 1082 de 2015 que dispone: “Procedimiento para la selección abreviada de menor cuantía. Además de las normas generales establecidas en el presente título, las siguientes reglas son aplicables a la selección abreviada de menor cuantía:
1. En un término no mayor a tres (3) días hábiles contados a partir de la fecha de apertura del Proceso de Contratación los interesados deben manifestar su intención de participar, a través del mecanismo establecido para el efecto en los pliegos de condiciones.
2. Si la Entidad Estatal recibe más xx xxxx (10) manifestaciones de interés puede continuar el proceso o hacer un sorteo para seleccionar máximo diez (10) interesados con quienes continuará el Proceso de Contratación. La Entidad Estatal debe establecer en los pliegos de condiciones si hay lugar a sorteo y la forma en la cual lo hará.
3. Si hay lugar a sorteo, el plazo para la presentación de las ofertas empezará a correr el día hábil siguiente a la fecha en la cual la Entidad Estatal informe a los interesados el resultado del sorteo.
4. La Entidad Estatal debe publicar el informe de evaluación de ofertas durante tres (3) días hábiles.
TIPOLOGIA CONTRACTUAL
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TRANSPORTE
I. DOCUMENTOS Y ANEXOS
Los documentos del presente proceso de Selección Abreviada están integrados por, los estudios y documentos previos, el o los certificados de disponibilidad y registro presupuestales, el aviso de convocatoria del proceso, los actos administrativos de apertura, cierre y adjudicación de la selección abreviada y los demás que se expidan durante su trámite, el presente pliego de condiciones, sus anexos, formularios y adendas, las propuestas, el informe de evaluación y las respuestas a las aclaraciones, el contrato y cualquier otro documento expedido por la entidad estatal durante el proceso de contratación en desarrollo del presente proceso de Selección Abreviada, que corresponde únicamente a los publicados en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx
.
El Anexo # 1 “Datos del Proceso” se utiliza para precisar aquellos aspectos del proceso que no aparecen definidos en los capítulos 1 y 2, “Información general para los proponentes” y “Documentos y Criterios de Verificación y Evaluación”, respectivamente, a fin de ajustarlos a condiciones específicas del proceso. En tal sentido, sus disposiciones complementan los aspectos pertinentes de tales capítulos y priman sobre ellas cuando se modifican parte de los mismos o se presenten contradicciones.
El Anexo # 2 “Especificaciones Técnicas” se utiliza para determinar el cumplimiento de las especificaciones técnicas y/o fichas técnicas y/o de la norma técnica de los bienes y/o servicios solicitados y la ponderación precisa y detallada de los mismos.
El Anexo # 3 “Minuta del Contrato”, será una guía para las partes contratantes, en la cual estarán consignadas las condiciones generales del contrato, pero esta minuta será modificada o complementada por M.D.N. – EJÈRCITO NACIONAL BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA
EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX XXXX de acuerdo con el pliego de condiciones, la propuesta del adjudicatario y la adjudicación del contrato.
Los anteriores anexos hacen parte integral del presente pliego de condiciones definitivo.
II. FORMULARIOS DE VERIFICACIÓN Y EVALUACIÓN
Formulario No. 1 “Carta de Presentación de la Propuesta”, deberá diligenciarse y suscribirse por el proponente para presentar las condiciones de la propuesta conforme al pliego de condiciones y anexar los formularios y demás documentos que hacen parte integral de la propuesta.
Formulario No. 2 “Experiencia Habilitante del Proponente”, Experiencia Habilitante del Proponente”, deberá diligenciarse por el proponente para acreditar la experiencia mínima requerida en el pliego de condiciones, el oferente debe indicar cuales de los contratos que se relacionan en el Registro Único de Proponentes “RUP”, debe tener en cuenta el Ejército Nacional para avalar la propuesta..
Formulario No. 3 “Acreditación Capacidad Financiera del Oferente”, deberá diligenciarse por el proponente con la finalidad de verificar su capacidad financiera, organizacional. En el caso de oferentes nacionales, este formulario debe ser firmado por el representante legal, el contador que preparó y elaboró los Estados Financieros y el revisor fiscal o contador público independiente que los dictaminó; y para oferentes extranjeros, la suscripción del mencionado formulario, debe hacerse por parte del apoderado en Colombia y el contador público Colombiano que avala la clasificación de cuentas y la conversión de los estados financieros a la moneda funcional colombiana.
Formularios No. 4 “Valoración de la Propuesta Económica”. A través del diligenciamiento de este formulario se determinará autónomamente por cada proponente, el costo total de los bienes y/o servicios a proveer. Este formulario debe ser firmado por el representante legal o el apoderado y Presentado a través del portal web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx
Formulario No. 5 “Compromiso Anticorrupción”, deberá diligenciarse por el proponente dicho formulario, por medio del cual certifica los pagos en que incurrirá el proponente asociados con la oferta, así como los gastos en que incurrirá en el evento de ser adjudicatario. De igual forma certificará su compromiso de NO ofrecer dádivas ni sobornos a ningún funcionario público, en relación con su propuesta.
Formulario No. 6 “Declaración Ley 816 de 2003 – “Protección Industria Nacional y Reciprocidad”, deberá diligenciarse por parte de los oferentes, ya sea persona natural ó jurídica.
Para el caso de los Consorcios y/o Uniones Temporales, deberá ser firmado por el representante legal del mismo, para los bienes y/o servicios ofertados.
Formulario No. 7 Cronograma de Ejecución del Contrato, el oferente debe anexar dentro de la oferta el cronograma de actividades que realizará durante el desarrollo del contrato actividades que tendrán que ver con los tiempos de fabricación, importación, trámites de nacionalización, entre otros, hasta el momento de entrega de los bienes y/o servicios.
Formulario No. 8 “Pacto de Integridad”, En cumplimiento de las disposiciones de la Directiva Permanente No 11 del Ministerio de Defensa Nacional del 13 xx xxxxx de 2012, deberá presentarse el formulario que incorpora el pacto de integridad debidamente suscrito por el oferente.
Formulario No. 9 "Compromiso de Confidencialidad del Contrato" Este formulario compromete de manera unilateral, al oferente y a los funcionarios o asesores que se vinculen a la presentación de la oferta y la ejecución del contrato, asumiendo el COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD, que incorpora el documento
Formulario No. 10. “Beneficiario SIIF”
ESPACIO EN BLANCO
CAPÍTULO 1
INFORMACIÓN GENERAL PARA LOS PROPONENTES
1.1 OBJETO
CONTRATAR EL SERVICIO DE TRANSPORTE INTEGRAL DE PERSONAL Y CARGA DE LAS FUERZAS MILITARES/EJÉRCITO NACIONAL EN AERONAVES DE ALA FIJA CON DESTINO AL BATALLON DE INFANTERIA XX XXXXX No.50
1.2 PARTICIPANTES
NOTA: En este punto deberán tenerse en cuenta varios aspectos a saber: Si el proceso está dirigido sólo a productores nacionales o si va dirigido a nacionales y extranjeros, así mismo si se aplicará la Ley 816 de 2003 ó la Ley 1089 de 2006, a continuación se dará un ejemplo de ambos casos:
PARTICIPANTES
Podrán participar personas naturales o jurídicas, públicas y privadas, nacionales o extranjeras individualmente, en consorcio, en unión temporal, o conformación de sociedad futura, o cualquier otro medio de asociación permitido por la ley que hayan manifestado la intención de participar en el presente proceso de selección y que a la fecha de presentación de la propuesta se encuentre debidamente inscrito y clasificado en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio respectiva; en aquellas actividades, especialidades y grupos que se establecen en el Anexo # 1 “Datos del proceso”. Sin perjuicio de lo establecido en el régimen de transición descrito en el numeral 1 del Art 2.2.1.2.4.2.2 del Decreto 1082 de 2015 todos los proponentes, al momento de presentar su oferta deben estar clasificados como se indica en el Anexo 1 “Datos del Proceso”.
1.2.1 CONVOCATORIA LIMITADA A MIPYME (SI APLICA)
De acuerdo con lo estipulado en el artículo 12 de la Ley 1150 de 2007 reglamentado por el artículo 2.2.1.2.4.2.2 y siguientes del Decreto 1082 de 2015, debe efectuarse convocatoria limitada a MIPYME, entre el momento de publicarse el aviso de convocatoria pública y a más tardar hasta el día hábil anterior a la fecha prevista en el ANEXO No.1 DATOS DEL PROCESO para la apertura del proceso de selección.
La convocatoria será limitada siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos:
1- El valor del proceso de contratación es menor a ciento veinticinco mil dólares de los Estados Unidos de América (US $125.000), liquidados con la tasa de cambio que para el efecto determina cada dos años el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo; y
2. La entidad estatal ha recibido solicitudes de por lo menos tres (3) Mipyme nacionales para limitar la convocatoria a Mipyme nacionales. La entidad estatal debe recibir estas solicitudes por lo menos un (1) día hábil antes de la apertura del proceso de contratación.
La Mipyme nacional debe acreditar su condición con un certificado expedido por el representante legal y el revisor fiscal, si está obligado a tenerlo, o el contador, en la cual conste que la Mipyme tiene el tamaño empresarial establecido de conformidad con la ley y su existencia sea de mínimo un año contado a partir de la publicación del aviso de convocatoria.
En las convocatorias limitadas, la entidad estatal debe aceptar solamente las ofertas de Mipyme, consorcios o uniones temporales formados únicamente por Xxxxxx y promesas de sociedad futura suscritas por Xxxxxx.
1.2.2 PROCEDIMIENTO EN CASO DE CONVOCATORIA LIMITADA.
EL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL – EJERCITO NACIONAL- BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX XXXX” expedirá el acto de
apertura, indicando que en el proceso sólo podrán presentar oferta quienes ostenten la calidad de MIPYME.
Las MIPYME que participen en la convocatoria limitada deben garantizar la satisfacción de las condiciones técnicas y económicas requeridas en la contratación.
1.3. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES
Los proponentes no podrán encontrarse incursos dentro de alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad para contratar a que se refieren la Constitución Política, el artículo 8º de la Ley 80 de 1993, el artículo 18 de la Ley 1150 de 2007, la Ley 1474 de 2011 “Estatuto Anticorrupción”, artículos 2.2.1.1.2.2.5 y 2.21.1.2.2.8 del Decreto 1082 de 2015 y demás normas concordantes en general de acuerdo con lo previsto en el numeral 4º del artículo 38 de la Ley 734 de 2002 (Código Disciplinario Único), en concordancia con el artículo 60 de la Ley 610 de 2000. El Proponente declarará en la Carta de Presentación de la propuesta que no se encuentra incurso dentro de dichas inhabilidades e incompatibilidades.
1.4. PRESUPUESTO OFICIAL
El presupuesto del M.D.N - EJÉRCITO NACIONAL – BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA
EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX XXXX” para la ejecución del objeto del presente proceso es el que se describe en el portal web donde se publica la convocatoria xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx .
1.5 CORRESPONDENCIA
Los proponentes deberán enviar su oferta al link de la convocatoria en el portal
xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx . dirigida a:
SEÑORES
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL EJÉRCITO NACIONAL
BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX XXXX” DIRECCIÓN Y TELÉFONO
Se entiende para todos los efectos del presente proceso, que la única correspondencia oficial del proceso y por tanto susceptible de controversia será aquella enviada por el link de la convocatoria en el portal web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx .
1.6 NORMATIVIDAD GENERAL APLICABLE
El marco legal del proceso de selección y del contrato que se derive de su adjudicación, está conformado por la Constitución Política, las Leyes de la República de Colombia y en especial por:
Constitución Política
Código Civil
Código General del Proceso
Código de Comercio
Código Contencioso Administrativo
Ley 80 de 1993
Ley 1150 de 2007
Ley 1474 de 2011
Decreto Ley 019 de 2012
Decreto 1082 de 2015
Decreto 3036 del 27 de diciembre del 2013
Decreto 410 de 1971 - Código de Comercio
Código Civil Colombiano Art. 1302 y siguientes
Ley 80 de 1993 - Estatuto General de la Contratación Estatal
Ley 1150 de 2007 Por medio de la cual se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la ley 80 de 1993 y se dictan otras disposiciones generales sobre la contratación con recursos públicos.
Ley 1474 del 2011 Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública.
Decreto 0019 del 2012 Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública.
Resolución 6302 del 31 de julio de 2014, Manual de contratación del Ministerio de Defensa.
Manual de buenas prácticas de contratación pública Resolución No. 6346 del 14 Septiembre 2012.
Resolución 4519 de 2016 Por la cual se delegan unas funciones y competencias relacionadas con la contratación de bienes y servicios con destino al Ministerio de Defensa Nacional, a las Fuerzas Militares y la Policía Nacional y se dictan otras disposiciones.
Directiva No. 15 de 2015 “Políticas de contratación para el sector defensa” del Ministerio de Defensa Nacional
Ley 1882 de 2018
1.7 PLAZOS
1.7.1 DE PERFECCIONAMIENTO, EJECUCIÓN Y PAGO
El plazo para la celebración del contrato, para la expedición del registro presupuestal y para el cumplimiento de los requisitos establecidos en el pliego de condiciones para el perfeccionamiento, ejecución y pago son los establecidos en el Anexo I Datos del Proceso publicado en el link de la convocatoria xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx .
1.7.2. VIGENCIA Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO
La duración o vigencia del contrato que se derive del presente proceso de selección es el estipulado en el Anexo # 1 “Datos del proceso”, el cual se contará a partir del día siguiente de su perfeccionamiento.
El plazo de ejecución se entiende a partir del cumplimiento de los requisitos de legalización y ejecución y hasta las fechas establecidas en el anexo 1 “Datos del Proceso”. Publicado en el link de la convocatoria xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx .
1.7.3 DE LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO
Los plazos de liquidación del contrato que se derive del presente proceso de selección serán los establecidos en el artículo 60 de la Ley 80 de 1993, en lo no derogado, en el artículo 32 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el Artículo 217 del Decreto 0019 de 2012.
1.8 FECHAS DE APERTURA Y CIERRE DEL PROCESO
El presente proceso se abrirá y se cerrará en el lugar, fecha y hora señalados en el Anexo #1 “Datos del Proceso”.
1.9 CONSULTA XXX XXXXXX DE CONDICIONES
El proyecto xx xxxxxx de condiciones o el pliego de condiciones definitivo, estará disponible para consulta en el Portal Colombia Compra Eficiente en el link de la convocatoria xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx .
Los interesados podrán solicitar aclaraciones al pliego de condiciones de acuerdo con lo establecido en el link de la convocatoria xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx . y únicamente por ese medio
1.10 MANIFESTACIÓN DE INTERES Y PROHIBICIÓN DE LA CESIÓN A TERCEROS DEL DERECHO A PARTICIPAR EN EL PROCESO
Será requisito habilitante que el posible oferente haya manifestado su interés de participar en el proceso de selección en forma escrita dentro de los términos señalados en el artículo 2.2.1.2.1.2.20 del Decreto 1082 de 2015, indicando las formas de contacto (teléfono, dirección, e–mail, y otros).
La manifestación de interés deberá ser enviada a través del link de la convocatoria en el portal publicado en el link de la convocatoria web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx .
EN CASO DE NO PRESENTARSE MANIFESTACION DE INTERES DENTRO DEL TERMINO PREVISTO LA ENTIDAD DECLARARA DESIERTO EL PROCESO.
NOTA 1: En caso de Consorcios o Uniones Temporales, por lo menos uno de sus miembros deberá haber manifestado el interés de que trata el presente numeral.
1.11 SORTEO DE CONSOLIDACIÓN DE POSIBLES OFERENTES
En el evento en que quienes hayan manifestado el interés de participar en el proceso de selección, superen la cantidad de (10) diez, la Administración realizara el sorteo de consolidación de oferentes
de que trata el numeral 2 artículo 2.2.1.2.1.2.20 del Decreto 1082 de 2015, para escoger entre ellos un número no inferior a éste, que podrán presentar oferta en el proceso de selección.
En el evento que se realice el sorteo los interesados deberán hacerse presentes, en ningún caso la entidad se hace responsable por la no asistencia de los interesados. Si el asistente no es el representante legal del Oferente Participante, debe acreditar por escrito mediante poder o autorización especial que está facultado para participar en el sorteo, y adicionalmente deberá adjuntar fotocopia de la Cédula de ciudadanía del Representante Legal y fotocopia del certificado de existencia y representación legal..
En el caso de no surtirse el sorteo, con la sola manifestación de su interés se entiende habilitado para presentar su oferta en el proceso de selección.
El sorteo de consolidación de posibles oferentes, se realizará por el sistema de balotas de la siguiente manera:
El día y hora señalado en el ANEXO Nº1 “CRONOGRAMA DEL PROCESO” de los pliegos de condiciones los posibles oferentes que hayan manifestado su intención de participar en el presente proceso, se deberán registrar en la planilla destinada para tal fin en estricto orden de llegada a la audiencia, en tal registro se le asignará un número que será el de la balota que lo identifica en el sorteo.
Las Balotas o papeletas serán numeradas en la misma cantidad de los participantes en el sorteo de consolidación y se depositaran en presencia de todos los asistentes en una bolsa que impida su visibilidad.
En el orden en el que quedaron inscritos en la planilla cada posible oferente sacará una balota hasta que se completen los diez (10) posibles oferentes.
De todo lo anterior la entidad dejara constancia escrita en acta que será publicada en el portal web publicado en el link de la convocatoria xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx .
Nota: El proponente deberá presentarse a la guardia del BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX XXXX” previendo los trámites que debe adelantar para el ingreso al complejo Militar. En ningún caso el MDN - EJÉRCITO NACIONAL – BASPC26 se hará responsable del retraso en la entrada de algún proponente, por lo que es de única y exclusiva responsabilidad de éste, disponer del tiempo necesario para la asistencia oportuna a la diligencia del sorteo de consolidación de oferentes.
1.12 DILIGENCIA DEBIDA E INFORMACIÓN SOBRE EL PROCESO, RESPONSABILIDAD DEL PROPONENTE Y EXCLUYENTES DE RESPONSABILIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN.
Será responsabilidad del proponente conocer todas y cada una de las implicaciones que conlleva la presentación de su oferta y para tal efecto deberá realizar todas las evaluaciones que sean necesarias para su presentación sobre la base de un examen cuidadoso de las características del negocio.
Por la sola presentación de la propuesta se considera que el proponente ha realizado el examen completo de todos los aspectos que inciden y determinan la presentación de la misma.
La exactitud, confiabilidad o integridad de la información que tenga a bien consultar el proponente se encuentra bajo su propia responsabilidad, e igualmente la interpretación que haga de la información que obtenga a partir de las declaraciones realizadas durante el transcurso de cualquier audiencia, visita o reunión.
El M.D.N - EJÉRCITO NACIONAL – BASPC26, no entregará para los fines de presentación y preparación de propuestas para el presente proceso, bien, documentación o manuales de ninguna naturaleza asociados a las descripciones y especificaciones técnicas de los elementos y/o servicios que se van a adquirir. En consecuencia, es responsabilidad del proponente, al asumir los deberes de garantía asociados con el suministro de los bienes y/o servicios que se solicitan a través de la presente contratación, conocer plenamente las condiciones técnicas de los bienes y/o servicios a suministrar, sin perjuicio de la facultad que asiste a los interesados de solicitar por escrito información puntual que le permita precisar los aspectos que puedan incidir en la formulación de su propuesta.
La presentación de la respectiva propuesta constituyen reconocimiento y aceptación por parte del proponente, de que el M.D.N – EJÉRCITO NACIONAL –BASPC26, los representantes, funcionarios, y los asesores externos de aquel, que han apoyado o se encuentran apoyando la estructuración y desarrollo del proceso de selección, no estarán sujetos a responsabilidad alguna presente o futura derivada de la información tenida en cuenta por el proponente para presentar su oferta alusiva al pliego, o en las declaraciones realizadas durante el transcurso de cualquier visita que llegue a ser efectuada, o proporcionada en cualquier otra forma, ya sea verbal o escrita, en relación con el proceso de selección, sea o no socio, empleado, agente, representante, asesor o consultor de cualquiera de ellos, tenga conocimiento o debiera haber tenido conocimiento de error u omisión alguna, o hayan sido responsables de su inclusión u omisión en este documento o en otro documento o declaración.
La recepción xxx xxxxxx de condiciones por cualquier persona, o de cualquier información contenida en este documento o proporcionada en conjunto con el mismo o comunicada posteriormente a cualquier persona, ya sea en forma verbal o escrita, con respecto a una operación propuesta que involucra al M.D.N - EJÉRCITO NACIONAL – BASPC26, no podrá ni deberá considerarse como una asesoría en materia de inversiones, legal, tributaria, fiscal o de otra naturaleza, por parte de los funcionarios, asesores, consultores externos o representantes de estos.
Se recomienda al proponente, que obtenga asesoría independiente en materia financiera, legal, fiscal, tributaria, técnica, económica y de cualquier otra naturaleza que considere necesaria para la presentación de una propuesta. El proponente deberá informarse sobre los requisitos legales aplicables en la jurisdicción del presente proceso de selección, es decir, la legislación vigente en la República de Colombia y del contrato que se celebrará como consecuencia de la misma.
La circunstancia de que el proponente no haya obtenido toda la información que pueda influir en la determinación de su oferta, no lo eximirá de la obligación de asumir las responsabilidades que le correspondan, ni le dará derecho a reclamaciones, reembolsos, ajustes de ninguna naturaleza o reconocimientos adicionales por parte del contratante, en el caso de que cualquiera de dichas omisiones deriven en posteriores sobrecostos para el contratista.
Como consecuencia de lo anterior, el proponente, al elaborar su propuesta, deberá tener en cuenta que el cálculo de los costos y gastos, cuales quiera que ellos sean, se deberán basar estrictamente en sus propios estudios económicos y en su propias estimaciones.
Cada proponente sufragará todos los costos, tanto directos como indirectos, relacionados con la preparación y presentación de su propuesta, por lo cual el M.D.N - EJÉRCITO NACIONAL – BASPC26 no será responsable en ningún caso de dichos costos, cualquiera que sea el resultado del proceso de selección y contratación.
Igualmente, corresponderá al proponente la responsabilidad de determinar, evaluar y asumir los impuestos, tasas y contribuciones, así como los demás costos tributarios y de cualquier otra naturaleza que conlleve la celebración del contrato, para lo cual se recomienda a los proponentes obtener Asesoría calificada.
1.13 AUDIENCIA ASIGNACIÓN DE RIESGOS Y ACLARATORIA DE PLIEGOS
Teniendo en cuenta que el presente asunto se tramitara en la plataforma del SECOP II y en el portal no se contempla plazo para la misma se realizará en dentro de la oportunidad consagrada para ello por el decreto 1082 2015, sin embargo, a pesar de lo anterior el acta y las respuestas a las observaciones se publicaran en el portal web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx .
1.14 ACLARACIONES A LOS DOCUMENTOS DEL PROCESO, PLAZO, ADENDAS Y COMUNICACIONES
a) Los interesados podrán solicitar aclaraciones al pliego de condiciones de acuerdo a lo establecido en el Anexo # 1 “Datos del proceso”. Dichas solicitudes deberán únicamente a través del portal web publicado en el link de la convocatoria xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx
b) Concluido el anterior término, el M.D.N - EJÉRCITO NACIONAL –BASPC26 no aceptará en las etapas subsiguientes del proceso de selección, cuestionamientos sobre el contenido del alcance de las estipulaciones y exigencias establecidas en el presente documento.
c) Las consultas, preguntas y las correspondientes respuestas formarán parte de los documentos del proceso.
d) Cualquier modificación, adición o aclaración a los documentos del proceso será comunicada por escrito mediante adenda. La información sobre preguntas y respuestas y las adendas serán publicadas en la página web: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx (salvo la información de carácter reservado) y deberán tenerse en cuenta para la elaboración de la propuesta.
e) El plazo máximo para que la administración realice adendas sobre el pliego de condiciones será el establecido en el cronograma del proceso publicado en la web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx ”.
NOTA: Las observaciones que se presenten después del día señalados en el cronograma publicado en el link de la convocatoria xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx se entenderán como extemporáneas, dando aplicación al principio de economía contemplado en el numeral 1 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993.
1.15 PREPARACIÓN Y PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS
La presentación de las propuestas se realizará únicamente a través del portal web publicado en el link de la convocatoria xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx , de acuerdo con las formalidades allí descritas para su presentación.
La presentación de la propuesta constituye un compromiso entre el proponente y el M.D.N - Ejército Nacional – BASPC26, según el cual dicha propuesta, permanece abierta para su evaluación y aceptación durante la vigencia de la garantía de seriedad de la propuesta, so pena de hacerla efectiva si el proponente la retira, salvo que este retiro obedezca a la configuración de una causal de inhabilidad o incompatibilidad sobreviniente.
1.15.2 INFORMACIÓN CONFIDENCIAL: A pesar de que la naturaleza de la información que se solicita para la presentación de las propuestas no tiene la vocación de constituir información que pueda ampararse en la reserva o el secreto protegidos por la Ley, los proponentes serán responsables de advertir lo contrario en el caso en que las propuestas contuvieren información confidencial, privada o que configure secreto industrial, de acuerdo con la ley colombiana, debiendo indicar tal calidad y expresando las normas legales que le sirven de fundamento.
En todo caso, el M.D.N - Ejército Nacional – BASPC26 se reserva el derecho de revelar dicha información a sus agentes o asesores, con el fin de evaluar la propuesta.
1.16 PROPUESTA
El Proponente presentará su oferta básica, de carácter obligatorio, la cual debe ajustarse en todos los aspectos a las condiciones xxx xxxxxx y únicamente se puede presentar en el portal web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx .
1.16.1. PROPUESTAS PARCIALES
BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX XXXX”,
no aceptará que el PROPONENTE presente propuesta parcial, es decir, que contenga una parte (por ítem) del objeto de la CONTRATACIÓN.
1.16.2. PROPUESTAS ALTERNATIVAS
BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX XXXX”,
no aceptará que el PROPONENTE presente propuesta alternativa.
1.17 APERTURA DE LAS PROPUESTAS
Las propuestas se abrirán electrónicamente en el portal web
xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx .
1.18 NO DEVOLUCIÓN DE PROPUESTAS
Los proponentes no podrán solicitar al M.D.N - Ejército Nacional – BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX XXXX” el retiro de sus
propuestas, una vez haya finalizado el cierre del proceso.
1.19 TÉRMINOS DEL PROCESO DE SELECCIÓN, VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN
1.19.1 PLAZO PARA EL RECIBO DE PROPUESTAS.
El plazo para el recibo de propuestas es aquel comprendido entre la fecha señalada para la apertura del proceso y la fecha y hora establecidas para el cierre del mismo, señalado en el cronograma del proceso publicado en el portal web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx
1.19.2 VERIFICACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y REQUERIMIENTOS A LOS PROPONENTES
El M.D.N. EJÉRCITO NACIONAL–BASPC26 efectuará la verificación jurídica, financiera, de experiencia y de especificaciones técnicas ponderables, cuando haya lugar, de las propuestas dentro del plazo señalado en el cronograma publicado en el publicado en el portal web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx ”.
En dicho período, se podrá solicitar a los proponentes la aclaración de sus propuestas o la presentación de los documentos que conduzcan a ello hasta la adjudicación, conforme a lo establecido en el pliego de condiciones y de acuerdo con lo previsto en el parágrafo 1° del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007.
El proponente deberá dar respuesta a las solicitudes de aclaración requeridas por la entidad, dentro del término establecido en el pliego de condiciones o en su defecto dentro del término establecido por el M.D.N - EJÉRCITO NACIONAL –BASPC26 en el requerimiento que se realice al oferente, so pena de ser rechazada la oferta del proponente. En ejercicio del principio de igualdad, los oferentes no podrán subsanar la falta de la capacidad para presentar la oferta, ni que se acrediten circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso, así como tampoco que se adicione o se mejore el contenido de la oferta, cuando la aclaración, complemento o corrección no se refiera directamente al proponente y busque mejorar la oferta, así mismo será rechazada.
Cuando a juicio del MDN - Ejército Nacional – BASPC26 el plazo para la verificación y evaluación de las propuestas, no permita concluir el proceso de selección, éste podrá prorrogarlo hasta por un término igual al inicialmente señalado.
2. VERIFICACIÓN JURÍDICA, FINANCIERA ORGANIZACIONAL, EVALUACIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA DE LAS PROPUESTAS.
Para la selección de la propuesta más favorable, el M.D.N. - EJÉRCITO NACIONAL – BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX XXXX”, efectuará la
verificación de las condiciones jurídicas, financieras y evaluación técnicas y económicas de las propuestas, teniendo en cuenta los documentos y anexos requeridos en el pliego de condiciones del proceso publicado portal web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx
2.1. VERIFICACIÓN JURÍDICA
Conformé al cuestionario publicado en el portal web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx y en el capítulo 2 del presente documento
2.1. EVALUACION TÉCNICA
Conformé al cuestionario publicado en el portal web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx, y en el capítulo 2 del presente documento
Los documentos técnicos objeto de verificación para la habilitación de la oferta y los aspectos técnicos de evaluación son todos aquellos que por sus características especiales requieren de una exigencia particular de cumplimiento que no pueden obviarse y por lo tanto, son de carácter obligatorio y serán evaluados como CUMPLE O NO CUMPLE.
2.2. VERIFICACIÓN FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL
Conformé al cuestionario publicado en el portal web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx, y en el capítulo 2 del presente documento
2.3. RESERVA DURANTE EL PROCESO DE EVALUACIÓN
La información relativa al análisis, aclaración, evaluación y comparación de las propuestas y la recomendación para la adjudicación, no podrán ser reveladas a los proponentes ni a terceros hasta que el M.D.N - Ejército Nacional – BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No.
26 “SS. XXXXXX XXXXXX XXXX” comunique a los primeros que los informes de evaluación se encuentran disponibles para que presenten las observaciones correspondientes.
2.4. CONSULTA Y TRASLADO PARA OBSERVACIONES A LAS EVALUACIONES
Una vez se produzca el informe de resultado de evaluación de las propuestas, el cual contendrá la información relativa a las mismas, el M.D.N - Ejército Nacional – BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX XXXX” pondrá dicho informe a
disposición de los proponentes, por el término improrrogable indicado conformé al calendario publicado en el portal, y únicamente a través de la web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx- ii
La Administración dará respuesta a las observaciones presentadas en oportunidad por los proponentes en el acto de adjudicación según corresponda.
En ejercicio de esta facultad, los proponentes no podrán completar, adicionar, modificar o mejorar sus propuestas.
NOTA: La Administración dará respuesta únicamente a las observaciones de las evaluaciones presentadas oportunamente por los proponentes, en el acto de adjudicación según corresponda.
2.5. PUBLICIDAD DE LAS OBSERVACIONES
Dentro del día hábil siguiente al vencimiento de los tres (3) días, para subsanar y presentar observaciones, el Ejército Nacional – BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX
XXXXXX XXXX”, publicará conformé al calendario que se encuentra en el portal web
xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx
2.6. CRITERIOS DE DESEMPATE
Conforme a los publicados en el cuestionario de la convocatoria en el portal web
xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx
2.7. ADMISIBILIDAD Y CAUSALES DE RECHAZO DE LAS PROPUESTAS
Una propuesta será admisible cuando haya sido presentada oportunamente, y se encuentre ajustada al Pliego de Condiciones. Son causales para el rechazo de las propuestas, las siguientes:
Una propuesta será admisible cuando haya sido presentada oportunamente, y se encuentre ajustada al Pliego de Condiciones.
Son causales para el rechazo de las propuestas, las siguientes:
a) Cuando una vez realizada la revisión y corrección aritmética supere el precio de referencia del cualquiera de los ítems consagrados en el Anexo No. 1 “Datos del Proceso”, y/o no oferte todos los ítems, se rechazará la oferta total.
b) Cuando el proponente no cumpla con todos y cada uno de los indicadores financieros establecidos en el Pliego de Condiciones.
c) Cuando la Capacidad de organización operacional que se acredite para el proceso, sea menor a la Capacidad Requerida.
d) La presentación de más de un valor unitario en la propuesta.
e) La no presentación del formulario No. 4 “VALORACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA”, suscrito y bajo las condiciones exigidas en el mismo o en el presente Pliego de Condiciones.
f) No discriminar el IVA para los bienes a contratar (Cuando Aplique).
g) Cuando se compruebe que un proponente ha interferido, influenciado, u obtenido correspondencia interna, proyectos de concepto de evaluación o de respuesta a observaciones, no enviados oficialmente a los proponentes.
h) Cuando se compruebe confabulación entre los proponentes que altere la aplicación del principio de selección objetiva.
i) Cuando el proponente, sea persona natural o jurídica o alguno de los miembros del consorcio o unión temporal o promesa futura, se encuentre incursa en las causales de inhabilidades o incompatibilidades fijadas por la Constitución, la ley 80 de 1993, Ley 734 de 2002; Ley 1150 de 2007; Ley 1474 de 2011 y las normas aplicables a la contratación pública.
j) Cuando en la propuesta se encuentre información o documentos que contengan datos tergiversados o alterados que impidan la comparación objetiva de las propuestas.
k) Cuando estén incompletas en cuanto omitan la inclusión de información o de alguno de los documentos necesarios para la comparación objetiva de las propuestas y solicitada su aclaración, no se presente o se presente en forma incompleta, extemporánea o insuficiente las aclaraciones solicitadas dentro del término establecido por el M.D.N - EJÉRCITO NACIONAL –BASPC26, salvo cuando el evaluador pueda inferir o deducir la información necesaria para la comparación de los demás documentos que conforman la propuesta, en los términos que establece la ley y/o los pliegos de condiciones.
l) Cuando se presente la propuesta en forma subordinada al cumplimiento de cualquier condición o modalidad.
m) Cuando la propuesta omita algún aspecto técnico de obligatorio cumplimiento establecido en el pliego de condiciones.
n) Cuando el objeto social principal del oferente, o de cada uno de los miembros de la Unión Temporal o Consorcio o la actividad mercantil del comerciante no tenga una relación directa con el objeto del proceso de selección, según el tipo de sociedad comercial que se acredite.
o) La presentación de varias ofertas, por el mismo proponente, para el mismo proceso, por si o por interpuesta persona, en Consorcio, Unión Temporal o individualmente.
p) Cuando la propuesta presente enmiendas, xxxxxxxxxx o entrelineados, que impida la selección objetiva.
q) Cuando la vigencia de las Personas Jurídicas y/o Consorcios ó Uniones Temporales sea inferior al plazo de duración del contrato y dos (2) años más.
r) Cuando la fecha de expedición de la garantía de seriedad de la oferta sea posterior a la fecha de cierre del proceso.
s) Cuando el proponente, sea persona natural o jurídica o alguno de los miembros del consorcio o de la Unión Temporal, o promesa futura, acreditar que está inscrito y clasificado en el Registro Único de Proponentes, incluso puede presentar su oferta antes de que la inscripción este en firme, no obstante mientras la inscripción no esté en firme, la entidad no puede considerar que el oferente está habilitado y evaluar su oferta conforme a lo exigido en el anexo # 1 Datos del Proceso, por lo tanto si antes de la adjudicación la información contenida en el RUP no está firme, la oferta no será tenida en cuenta
t) Cuando la oferta no se presente en moneda legal Colombiana.
u) Cualquier otra causa contemplada en la ley.
2.8. CAUSALES PARA DECLARAR DESIERTO EL PROCESO
El M.D.N - EJÉRCITO NACIONAL – BASPC26 declarará desierto el presente proceso dentro del plazo previsto para adjudicar según Conforme al cronograma de convocatoria publicado en el portal web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx bajo los siguientes términos:
Cuando entre las propuestas presentadas no se logre adjudicar a ningún oferente el contrato ofrecido, ya sea porque las propuestas no cumplan con las condiciones para ser adjudicatarias, porque no se presenten ofertas, o por cualquier otra causa que impida la selección objetiva.
NOTA: La declaratoria de desierta del proceso se hará mediante acto administrativo motivado, el cual se notificará y comunicará a todos los proponentes.
2.9. ADJUDICACIÓN
La adjudicación del presente proceso será total y se efectuará por el competente contractual mediante resolución, previa recomendación del comité de adquisiciones.
El plazo para efectuar la adjudicación del contrato relativo al presente proceso de selección y contratación es el descrito en el cronograma del proceso publicado en el portal web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx, el cual comenzará a contarse a partir del día siguiente al del vencimiento del término previsto para la entrega de las observaciones a los informes de evaluación.
El M.D.N - Ejército Nacional –BASPC26 adjudicará el presente proceso de contratación a la (s) oferta (s) más favorable(s) y conveniente(s) que cumpla (n) con los requisitos definidos en el pliego de condiciones, y en el cuestionario publicado en el portal web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx, en caso de discrepancia entre el cuestionario del portal y el presente documento, se aplicaran las condiciones del cuestionario publicado en el portal WB
La adjudicación se efectuará de acuerdo con lo indicado en cronograma del proceso publicado en el portal web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx”.
La adjudicación del presente proceso será por ítem, por lo tanto se deberán ofertar las cantidades mínimas exigidas en el anexo No. 1 xxx xxxxxx de condiciones del presente proceso sin sobrepasar el presupuesto total.
En caso de que se adjudique el proceso con base en una oferta que presente precios artificialmente bajos o que no obedezcan a las condiciones xxx xxxxxxx y que no logren ser detectados durante la selección, el contratista deberá asumir todos los riesgos que se deriven de tal hecho ya que el
M.D.N - Ejército Nacional- BASPC26 no aceptará reclamo alguno en relación con ellos, de conformidad con lo establecido en el numeral 6 del Artículo 26 de la Ley 80 de 1993, en concordancia con el artículo 2.2.1.1.2.2.4 del Decreto 1082 de 2015.
2.10.PLAZO PARA LA FIRMA DEL CONTRATO Y CONSTITUCIÓN DE LA GARANTÍA ÚNICA
El contrato deberá ser firmado dentro del plazo establecido para tal fin en cronograma del proceso publicado en el portal web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx”. Al efecto, el proponente seleccionado deberá concurrir al sitio, dentro del plazo establecido y horas contempladas. Si por algún motivo justificado el M.D.N - EJÉRCITO NACIONAL – BASPC26 no pudiere firmar el contrato dentro del período de validez de la propuesta se lo comunicará así al adjudicatario y el proponente seleccionado tendrá la obligación de anexar el certificado de modificación de la póliza de seriedad de la propuesta o la cual haga sus veces de conformidad con el artículo 2.2.1.2.3.1.6 del Decreto 1082 de 2015, para que amplíe su vigencia hasta la suscripción del contrato.
TIPO RIESGO | AMPAROS EXIGIBLES |
CALIDAD DEL BIEN O SERVICIO | Por un valor equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato, y amparará el término de ejecución del contrato y cuatro (4) meses adicionales. |
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO | Por un valor equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato, y amparará el término de ejecución del contrato y seis (6) meses adicionales. |
PAGO DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES LEGALES E INDEMNIZACIONES LABORALES | Por un valor equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato, y amparará el término de ejecución del contrato y tres (3) años adicionales. |
RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL | Por un valor equivalente Doscientos (200) SMMLV, y amparará el término de ejecución del contrato |
Adicionalmente en la póliza deberá constar que la aseguradora renuncia al beneficio de excusión, así mismo que ampara las multas y cláusula penal convenida.
Las vigencias de todos los amparos deberán iniciar desde la fecha de constitución de la garantía. El hecho de la constitución de estos amparos no exonera al CONTRATISTA de las responsabilidades legales en relación con los riesgos asegurados. Dentro de los términos estipulados en el contrato, ninguno de los amparos otorgados podrá ser cancelado o modificado sin la autorización expresa del MDN - EJÉRCITO NACIONAL-BASPC26
El CONTRATISTA deberá mantener vigente las garantías, amparos o pólizas a que se refiere esta cláusula y serán de su cargo el pago de todas las primas y demás erogaciones de constitución, mantenimiento y restablecimiento inmediato de su monto, cada vez que se disminuya o agote por razón de las sanciones que se impongan.
Si el CONTRATISTA no modifica ó dilata la modificación de las garantías, éstas podrán reformarse y/o renovarse por la aseguradora o banco a petición del MDN – EJÉRCITO NACIONAL – BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX XXXX”
y a cuenta del CONTRATISTA quien por la firma del contrato que se le adjudique autoriza expresamente al MDN EJÉRCITO NACIONAL BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL
COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX XXXX” para retener y descontar los valores respectivos de los saldos que hubiere a su favor, sin que por ello se entienda que el MDN- Ejército Nacional asume la responsabilidad de la ampliación de los amparos y pago de las primas, los cuales son responsabilidad del contratista.
Estos mecanismos de cobertura son requeridos por el MDN-Ejército Nacional BASPC26, teniendo en cuenta que el objeto de las mismas, sirven para respaldar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que surgen a cargo del contratista frente a la administración y /o terceros, por razón de la celebración, ejecución y liquidación del contrato.
RESTABLECIMIENTO O AMPLIACIÓN DE LA GARANTÍA
De acuerdo a lo estipulado en el art 127, no obstante cuando el contratista incumpla su obligación de obtenerla, ampliarla o adicionarla deberá restablecerla a más tardar dentro de los cinco días siguientes al requerimiento efectuado por el Ordenador del Gasto o Competente Contractual. En su defecto, la administración se reserva el derecho de solicitar unilateralmente al garante el restablecimiento de la garantía única establecida, aspecto que deberá ser previamente consignado en el contrato.
El contratista deberá mantener indemne al XXX-XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX XX XXXXX X XXXXXXXXX XXXX XX XXXXXXX Xx. 00 “SS. XXXXXX XXXXXX XXXX”, de cualquier reclamación proveniente de terceros que tenga como causa las actuaciones propias de éste, y que se originen como consecuencia de la celebración, ejecución y liquidación del contrato.
2.11.REQUISITOS DE PERFECCIONAMIENTO, EJECUCIÓN Y PAGO DEL CONTRATO
El contrato se perfecciona con el acuerdo sobre el objeto y la contraprestación y la firma de las partes. Para la legalización del contrato se requiere que se efectué el correspondiente registro presupuestal y para la ejecución la existencia de la disponibilidad presupuestal y la aprobación de la garantía única por el M.D.N - EJÉRCITO NACIONAL – BASPC26 Ordenador del Gasto, y la acreditación de que se encuentra al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios xxx XXXX, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, en los casos que aplique de acuerdo con Decreto 1828 del 27 xx xxxxxx de 2013).
CAPITULO 2
DOCUMENTOS Y CRITERIOS DE VERIFICACIÓN Y EVALUACIÓN FORMULARIOS DE LA PROPUESTA
Para efectos de realizar la verificación jurídica, técnica, financiera, y de condiciones de experiencia de los proponentes, así como la evaluación técnica y económica, el proponente debe diligenciar y presentar con la propuesta todos los formularios publicados en el portal web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx”.
FACTORES DE SELECCIÓN
Para la selección de los proponentes se efectuarán las verificaciones jurídica, técnica, financiera y de condiciones de experiencia de los proponentes, así como la evaluación técnica y económica, de conformidad con los documentos y criterios establecidos en el cuestionario publicado en el portal web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx”..
REQUISITOS HABILITANTES
3.1. DOCUMENTOS DE CONTENIDO JURÍDICO OBJETO DE VERIFICACIÓN
De conformidad con los documentos y criterios establecidos en el cuestionario publicado en el portal web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx”. La documentación para acreditar el cumplimiento de los requisitos que se enumeran a continuación se debe radicar únicamente a través en el portal donde se ha publicado la convocatoria, que se ve en este mismo párrafo, en el punto habilitado para responder la pregunta del cuestionario que aparece allí publicado.
Los anexos, formularios y criterios de evaluación corresponden a los indicados en el cuestionario publicado en el portal web, la información del presente documentos es complementaria de la que reposa en el portal y en caso de discrepancia entre uno y otro aplica la ubicada en el portal web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx
3.1.1.Carta de Presentación de la Propuesta
La carta de presentación de la propuesta se diligenciará conforme al modelo contenido en el Formulario “Carta de Presentación de la Propuesta” que se encuentra publicado en el portal web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx y será suscrita por el proponente o su apoderado. Si la propuesta es presentada por una persona jurídica, unión temporal o consorcio, deberá venir suscrita por el representante legal debidamente facultado. La omisión de la firma conduce a establecer la ausencia del ofrecimiento, por tanto, se considera un incumplimiento sustancial.
3.1.1.2. Certificado de Existencia y Representación Legal
Personas Jurídicas Nacionales de Naturaleza Privada y/o Personas Naturales con Establecimientos de Comercio.
Se consideran personas jurídicas nacionales de naturaleza privada y/o personas naturales con establecimientos de comercio, aquellas entidades y/o establecimientos de comercio, constituidas con anterioridad a la fecha en la que venza el plazo para la presentación de propuestas dentro del presente proceso de selección conforme a la legislación colombiana y con domicilio en Colombia, con aportes de origen privado, las que deberán cumplir al momento de presentación de la propuesta con los siguientes requisitos:
a. Acreditar su existencia y representación legal, mediante la presentación del original del certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de su domicilio social y/o matrícula mercantil, con fecha de expedición igual o inferior a un (1) mes anterior a la fecha de presentación de la propuesta.
b. Acreditar un término mínimo de duración remanente de la sociedad y/o establecimiento de comercio, de DOS (2) años, contados a partir del vencimiento del plazo máximo para la entrega de los bienes o de la vigencia del contrato.
c. Acreditar la suficiencia de la capacidad del representante legal y/o suplente para la presentación de la propuesta y para la suscripción del contrato ofrecido. Cuando el representante legal tenga limitaciones estatutarias, se deberá presentar adicionalmente copia del acta en la que conste la decisión del órgano social correspondiente que autorice al representante legal para la presentación de la propuesta, la suscripción del contrato, y para actuar en los demás actos requeridos para la contratación en el caso de resultar adjudicatario.
d. Acreditar que el objeto social principal de la sociedad, y la actividad comercial, para el caso de las personas naturales, se encuentra directamente relacionado con el objeto del contrato, según el tipo de sociedad comercial que se acredite, de manera que le permita a la persona jurídica
y/o natural la celebración y ejecución del contrato, teniendo en cuenta para estos efectos el alcance y la naturaleza de las diferentes obligaciones que adquiere.
Personas Jurídicas Nacionales de Naturaleza Pública.
Se considerarán personas jurídicas Nacionales de Naturaleza Pública, aquellas entidades conformadas bajo las leyes de la República de Colombia, que por virtud de la Ley o del acto que autorice su constitución y según la participación estatal que se registre en ellas, deban someterse al régimen de derecho público, trátese de entidades territoriales o descentralizadas funcionalmente de cualquier orden, las que deberán cumplir con los siguientes requisitos:
a. Acreditar su existencia y representación legal, salvo que dicha existencia y representación se deriven de la Constitución o la ley. Para el efecto, deberán mencionarse los documentos y actos administrativos que conforme a la Xxx, xxxx expedidos en cada caso por la autoridad competente, con las formalidades y requisitos exigidos por la ley para su eficacia y oponibilidad ante terceros. En todo caso, deberá mencionarse el documento mediante el cual se dio la autorización para la suscripción del contrato, impartida por el órgano competente, sin perjuicio de lo cual, será responsabilidad de la persona jurídica correspondiente, asegurarse de haber cumplido con todos los requisitos presupuéstales y administrativos necesarios para obligarse y para poder ejecutar adecuada y oportunamente las obligaciones que contrae mediante la presentación de la propuesta.
b. Acreditar que el ente público contratante tiene capacidad legal para la celebración y ejecución del contrato.
c. Acreditar la suficiencia de la capacidad legal del representante legal para la presentación de la propuesta y para la suscripción del contrato, teniendo en cuenta para estos efectos el alcance y la naturaleza de las diferentes obligaciones que adquiere.
Personas Jurídicas Públicas o Privadas de Origen Extranjero.
Para los efectos previstos en este numeral se consideran personas jurídicas públicas o privadas de origen extranjero las sociedades que no hayan sido constituidas de acuerdo con la legislación nacional, sea que tengan o no domicilio en Colombia a través de sucursales.
Las propuestas de personas jurídicas de origen extranjero se someterán en todo caso a la legislación colombiana, sin perjuicio de lo cual, para su participación deberán cumplir con las siguientes condiciones:
a. Acreditar su existencia y representación legal, a efectos de lo cual deberán presentar un documento expedido por la autoridad competente en el país de su domicilio, con fecha de expedición igual o inferior a un (1) mes anterior a la fecha de la presentación de la propuesta, en el que conste su existencia, objeto y vigencia, y el nombre del representante legal de la sociedad o de la persona o personas que tengan la capacidad para comprometerla jurídicamente y sus facultades, y en el cual se señale expresamente que el representante
no tiene limitaciones para presentar la oferta, suscribir el contrato y comprometer a la entidad a través de su oferta.
b. El proponente deberá presentar la certificación del Registro Único de Proponentes, de conformidad con el artículo 6, de la Ley 1150 de 2007, modificado por el Decreto Ley 0019 de 2012.
c. Acreditar un término mínimo de duración remanente de la sociedad, de dos (2) años, contados a partir del vencimiento del plazo máximo para la entrega de los bienes o de la vigencia del contrato.
d. Acreditar la suficiencia de la capacidad del representante legal para la suscripción del contrato ofrecido. Cuando el representante legal tenga limitaciones estatutarias, se deberá presentar adicionalmente copia del acta en la que conste la decisión del órgano social correspondiente que autorice al representante legal para la presentación de la propuesta, la suscripción del contrato y para actuar en los demás actos requeridos para la contratación en el caso de resultar adjudicatario.
e. Acreditar que su objeto social principal se encuentra directamente relacionado con el objeto del contrato y/o le permita a la persona jurídica la celebración y ejecución del contrato ofrecido, teniendo en cuenta a estos efectos el alcance y la naturaleza de las diferentes obligaciones que adquiere.
Apoderado, persona jurídica extranjera
Las personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia deberán acreditar en el país un apoderado domiciliado en Colombia, debidamente facultado para presentar la propuesta, participar y comprometer a su representado en las diferentes instancias del presente proceso de selección, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran así como el contrato ofrecido, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de acuerdo con el presente pliego de condiciones, así como para representarla judicial o extrajudicialmente.
En todo caso, los poderes deberán cumplir con lo prescrito en el artículo 65 del Código de Procedimiento Civil.
En todo caso la persona extranjera debe hacerse representar por un apoderado constituido en Colombia, para todos los efectos de la contratación.
Dicho apoderado podrá ser el mismo apoderado único para el caso de personas extranjeras que participen en consorcio o unión temporal, y en tal caso bastará para todos los efectos, la presentación del poder común otorgado por todos los participantes del consorcio o unión temporal.
En el evento que el Apoderado en Colombia de que trata este numeral, sea persona natural, deberá acreditar su condición de Abogado ó Comerciante, con el documento respectivo vigente, expedido en Colombia.
3.1.1.3.DOCUMENTO EXPEDIDO EN EL EXTERIOR
De acuerdo a la circular 17 de Colombia compra eficiente se dejaría de la siguiente forma el numeral DOCUMENTOS EXPEDIDOS EN EL EXTERIOR XXX XXXXXX DE CONDICIONES
EN TODOS LOS CASOS, DEBERÁN CUMPLIRSE TODOS Y CADA UNO DE LOS REQUISITOS LEGALES EXIGIDOS PARA LA VALIDEZ Y OPONIBILIDAD EN COLOMBIA DE DOCUMENTOS EXPEDIDOS EN EL EXTERIOR CON EL PROPÓSITO DE QUE PUEDAN OBRAR COMO PRUEBA CONFORME A LO DISPUESTO EN ELARTÍCULO 251 DEL CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO Y DEMÁS NORMAS VIGENTES SOBRE ABOLICIÓN DE LA LEGALIZACIÓN PARA DOCUMENTOS PÚBLICOS EXTRANJEROS (APOSTILLE). SE PRECISA QUE TODOS LOS DOCUMENTOS DEBEN LLENAR ESTE REQUISITO. EN TRATÁNDOSE DE LOS DOCUMENTOS, LA OPORTUNIDAD PARA ALLEGARLOS AUTENTICOS SE HARÁ EXIGIBLE PARA EL OFERENTE ADJUDICATARIO, DE MANERA QUE PARA EFECTOS DE PRESENTAR LA PROPUESTA EL
M.D.N - EJÉRCITO NACIONAL, ACEPTARÁ DOCUMENTOS EN FOTOCOPIAS SIMPLES, DE LA MISMA FORMA SE INDICA QUE LOS DOCUMENTOS ALLEGADOS JUNTO CON LA OFERTA EN IDIOMA DIFERENTE AL XXXXXXXXXXX SE DEBERAN APORTAR CON TRADUCCION SIMPLE Y EL OFERENTE ADJUDICATARIO DEBERÁ ENTREGAR LA TRADUCCIÓN OFICIAL DE DICHOS DOCUMENTOS.
En caso de que al documento expedido en el exterior ó en idioma extranjero, le sea aplicable un convenio o tratado internacional que verse sobre la supresión del requisito de legalización (Convención 12 de la Haya del 05 de octubre de 1961 o similares), el oferente adjudicatario DEBERÁ PRESENTAR LOS DOCUMENTOS IDÓNEOS Y PLENOS DE FORMALIDADES EN
ORIGINAL. Si se trata de documentos expedidos en el exterior ó en idioma extranjero que requieren de actos notariales o que se consideren documentos públicos siéndoles aplicables la Ley 455 de 1998, deberá el oferente adjudicatario presentar el original del documento donde se distingan los sellos y firmas necesarios, requeridos y certificados, así como el APOSTILLE ORIGINAL del aludido documento, de tal manera que lo certificado en el formato del apostille corresponda y sea atribuible al documento en el expedido en el exterior ó en idioma extranjero. En caso de ausencia o falta de alguna de las formalidades exigidas por el ordenamiento jurídico, los actos que sustancian los documentos aportados en la propuesta, serán tenidos como INEXISTENTES conforme al artículo 898 del Código de Comercio.
Propuestas conjuntas
Se entenderá por propuesta conjunta, una propuesta presentada en consorcio o unión temporal o promesa de sociedad futura; en tal caso se tendrá como proponente, para todos los efectos, el grupo
conformado por la pluralidad de personas, y no las personas que lo conforman individualmente consideradas.
Podrán participar consorcios y uniones temporales, para lo cual se deberán cumplir los siguientes requisitos:
Acreditar la existencia del consorcio o de la unión temporal, y específicamente la circunstancia de tratarse de uno u otro, lo cual deberá declararse de manera expresa en el acuerdo de asociación correspondiente, señalando las reglas básicas que regulan las relaciones entre ellos, los términos, actividades, condiciones y participación porcentual de los miembros del consorcio o de la unión temporal en la propuesta y en la ejecución de las obligaciones atribuidas al contratista por el contrato ofrecido.
Acreditar un término mínimo de duración del consorcio o de la unión temporal de DOS (2) años, contados a partir del vencimiento del plazo máximo para la entrega de los bienes o de la vigencia del contrato.
Acreditar la existencia, representación legal y capacidad jurídica de las personas consorciadas o asociadas en unión temporal, y la capacidad de sus representantes para la constitución del consorcio o unión temporal, así como de la propuesta para la presentación, celebración y ejecución del contrato. Esto para significar que todos los miembros que conforman el Consorcio o la Unión Temporal deben desarrollar una actividad industrial o comercial directamente relacionada con el objeto del proceso.
Acreditar que cada una de las personas jurídicas integrantes del consorcio o unión temporal tienen un término mínimo de duración de DOS (2) años, contados a partir del vencimiento del plazo máximo para la entrega de los bienes o de la vigencia del contrato.
La designación de un representante que deberá estar facultado para actuar en nombre y representación del Consorcio o Unión Temporal. Igualmente deberá designar un suplente que lo reemplace en los casos de ausencia temporal o definitiva.
Los requisitos relacionados con la existencia, representación legal y duración de los consorcios o uniones temporales, deberán acreditarse mediante la presentación del documento consorcial o de constitución de la unión temporal en el que se consignen los acuerdos y la información requerida.
Los requisitos relacionados con la existencia, representación y capacidad jurídica de cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, respecto de las personas jurídicas o naturales que se asocien en consorcio o en unión temporal para la presentación de la propuesta, deberán acreditarse conforme se indica en los numerales respectivos del presente pliego de condiciones.
En todos los casos de propuestas presentadas por dos o más personas naturales y/o jurídicas, en las que no se exprese de manera clara y explícita la clase de asociación que se constituye (consorcio o unión temporal), se presumirá la intención de concurrir al proceso de selección en consorcio, con los efectos y consecuencias que dicha forma de asociación conlleve para los proponentes, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7 de la Ley 80 de 1993. En cualquier caso, se verificará que todos los miembros
del Consorcio o la Unión Temporal desarrollen la actividad industrial o comercial directamente relacionada con el objeto del proceso.
3.1.1.4. Garantía de seriedad de la propuesta.
La cual deberá constituirse por el 10% del valor total de la propuesta, su vigencia se extenderá desde el momento de la presentación de la oferta hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento del contrato de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.2.3.1.9 del Decreto 1082 de 2015.
La garantía de seriedad de la oferta cubrirá la sanción derivada del incumplimiento del ofrecimiento, en los siguientes eventos, así:
1. La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la adjudicación o para suscribir el contrato es prorrogado, siempre que tal prórroga sea inferior a tres (3) meses.
2. El retiro de la oferta después de vencido el plazo fijado para la presentación de las ofertas.
3. La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del adjudicatario.
4. La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado de la garantía de cumplimiento del contrato.
Cuando la propuesta se presente en Consorcio o Unión Temporal, la póliza deberá tomarse a nombre del consorcio o de la unión temporal, según el caso, con la indicación de cada uno de sus integrantes (no a nombre de sus representantes legales), y deberá expresar claramente que será exigible por su valor total ante el incumplimiento en que incurran cualquiera de los integrantes del grupo proponente, en todo o en parte. De igual manera deberá establecer el porcentaje de participación de cada uno de sus integrantes conforme al acta de constitución.
El proponente acepta que El MDN – Ejército Nacional – BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX XXXX” le solicite ampliar el término de vigencia de la garantía de seriedad de la oferta.
El pago de la garantía de seriedad de la oferta, cuando ésta se haga exigible, tiene el carácter de indemnización, excepto cuando haya renuencia para la firma del contrato sin justa causa por parte del proponente seleccionado, evento en el cual la póliza se hará exigible como sanción de conformidad con el numeral 12 del artículo 30 la Ley 80 de 1993, y se entiende sin perjuicio del derecho que le asiste al MDN – Ejército Nacional, de exigir por los medios reconocidos en Colombia la indemnización de los perjuicios que con dicho incumplimiento se le hayan causado o se le llegaren a causar.
En caso de presentarse garantía bancaria, esta deberá tener la siguiente leyenda: “La presente garantía será pagada por el garante dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha del acto administrativo que declare el incumplimiento del oferente”.
3.1.1.5. Verificación antecedentes judiciales del oferente
De conformidad con lo previsto en el artículo 94 del Decreto-Ley 0019 de 2012, y con el fin de verificar los antecedentes judiciales del oferente (persona natural o representante legal de persona jurídica o consorcio o unión temporal), el M.D.N. – Ejército Nacional realizará e imprimirá la consulta de los antecedentes judiciales a través del mecanismo en línea que cree el Gobierno Nacional para el efecto. La consulta deberá ser realizada por el Comité Jurídico Evaluador y en caso que el proponente persona natural o representante legal de la persona jurídica o del consorcio o unión temporal, según el caso, registre antecedentes judiciales consistentes en sentencia judicial condenatoria con pena accesoria de interdicción de derechos y funciones públicas, el proponente será rechazado.
3.1.1.6. Constancia de cumplimiento de aportes parafiscales para oferentes Nacionales
Para dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, el proponente deberá allegar una certificación expedida por el revisor fiscal, si es del caso, o del representante legal del proponente, y/o de contador público certificado, según resulte aplicable, en la cual se verifique el pago de los aportes parafiscales.
En el evento en que la sociedad tratándose de personas Jurídicas no tenga más de seis (6) meses de constituida, deberá acreditar los pagos a partir de la fecha de su constitución.
Para el caso de que la oferta sea presentada por un Consorcio o Unión Temporal cada uno de sus miembros deberá presentar la certificación correspondiente.
La información presentada en desarrollo del presente numeral se entiende suministrada bajo la gravedad de juramento respecto de su fidelidad y veracidad.
Nota: en el evento de tratarse de persona natural se deberá allegar el certificado de pago de seguridad social.
3.1.1.7. Certificación Responsabilidades Fiscales de la Contraloría
Al tenor del artículo 60 de la Ley 610 de 2000, y la Resolución No. 5149 de 2000, el oferente con su propuesta deberá certificar que no se encuentra reportado en el Boletín de Responsables Fiscales expedido por la Contraloría General de la República del respectivo trimestre, previo a la presentación de la oferta. En caso de ofertas conjuntas, deberá allegarse el de los representantes legales de cada uno de las sociedades que la conforman y del representante legal de la unión o consorcio.
3.1.1.8. Certificación Antecedentes Disciplinarios
El proponente deberá allegar junto con su oferta los antecedentes disciplinarios del representante legal, expedido por la Procuraduría General de la Nación, en caso de ofertas conjuntas, deberá allegarse el de los representantes legales de cada uno de las sociedades que la conforman y del representante legal de la unión o consorcio.
3.1.1.9. Certificado RNMC
La entidad realizara la verificación de medidas correctivas con el fin de evidenciar si el oferente registra alguna multa que le impida contratar con el estado de conformidad con lo citado en el artículo 183 ley 1801 de 2016.
3.1.1.10. Certificado de Inscripción y Clasificación en el Registro Único de Proponentes.
El proponente (Personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras naturales con domicilio en Colombia o extranjeras jurídicas con sucursal en Colombia) deberá presentar con su oferta el Certificado de Inscripción y Clasificación en el Registro Único de Proponentes expedido por la respectiva Cámara de Comercio. Este certificado debe haber sido expedido dentro de los quince (15) días hábiles anteriores a la fecha de presentación de las propuestas; cumpliendo con lo establecido en el artículo 6º de la Ley 1150 de 2007, modificado por el Decreto Ley 0019 de 2012 y demás normas concordante.
De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.1.1.5.1 del Decreto 1082 de 2015, la persona inscrita en el RUP debe presentar la información para renovar su registro a más tardar el quinto día hábil del mes xx xxxxx de cada año. De lo contrario cesan los efectos del RUP. La persona inscrita en el RUP puede actualizar la información registrada relativa a su experiencia y capacidad jurídica en cualquier momento.
El proponente o todos los miembros del consorcio o unión temporal, que vayan a proveer los bienes y/o servicios objeto del presente proceso de selección, trátese de personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras (con domicilio o sucursal en Colombia), deberán encontrarse inscritos en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio, de acuerdo con el artículo 2.2.1.1.1.5.1 del Decreto 1082 de 2015. Adicionalmente, el proponente y todos los miembros del consorcio o unión temporal deberá (n) estar inscrito (s) en la (s) actividad (es), especialidad (es) y grupo (s) exigido (s) en el Anexo # 1 “Datos del proceso".
Todos los proponentes, al momento de presentar su oferta deben estar clasificados como se indica en el Anexo 1 “Datos del Proceso”.
Tratándose de personas jurídicas extranjeras de naturaleza pública o estatal, no se requerirá su inscripción en el RUP. De no existir claridad en la documentación e información o que ésta no repose en el documento RUP, la Administración podrá requerirla en cualquier momento para
efectos de analizar la capacidad e idoneidad del proponente como requisitos habilitantes en el proceso de selección.
3.1.1.10. “Compromiso Anticorrupción”, deberá diligenciarse por el proponente dicho formulario, por medio del cual certifica los pagos en que incurrirá el proponente asociados con la oferta, así como los gastos en que incurrirá en el evento de ser adjudicatario. De igual forma certificará su compromiso de NO ofrecer dádivas ni sobornos a ningún funcionario público, en relación con su propuesta.
3.1.1.11. “Pacto de Integridad”, En cumplimiento de las disposiciones de la Directiva Permanente No 11 del Ministerio de Defensa Nacional del 13 xx xxxxx de 2012, deberá presentarse el formulario que incorpora el pacto de integridad debidamente suscrito por el oferente.
3.1.1.12. "Compromiso de Confidencialidad del Contrato" Este formulario compromete de manera unilateral, al oferente y a los funcionarios o asesores que se vinculen a la presentación de la oferta y la ejecución del contrato, asumiendo el COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD, que incorpora el documento.
3.1.1.13. CEDULA DE CIUDADANÍA REPRESENTANTE LEGAL.
El proponente deberá allegar copia legible y ampliada al 150% de la cedula de ciudadanía del representante legal.
En caso de estar debidamente representados por apoderado, este deberá allegar copia legible de la cedula de ciudadanía ampliada al 150%, copia legible de la tarjeta profesional ampliada al 150% (cuando el apoderado sea abogado), poder debidamente otorgado, así como los respectivos antecedentes disciplinarios y fiscales.
En caso de tratarse de propuestas conjuntas se deberá allegar la fotocopia de la cédula ampliada al 150%, de cada uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal.
3.2. DOCUMENTOS DE CONTENIDO TÉCNICO OBJETO DE VERIFICACIÓN Y/O EVALUACIÓN.
Los documentos técnicos objeto de verificación para la habilitación de la oferta y los aspectos técnicos de ponderación son todos aquellos que por sus características especiales requieren de una exigencia particular de cumplimiento que no pueden obviarse y por lo tanto, son de carácter obligatorio y serán evaluados como CUMPLE O NO CUMPLE.
3.2.1 ASPECTOS TÉCNICOS OBJETO DE VERIFICACIÓN
3.2.1.1 VERIFICACIÓN DE LA EXPERIENCIA HABILITANTE
3.2.1.2. VERIFICACION DE LA EXPERIENCIA HABILITANTE PARA LOS OFERENTES OBLIGADOS A INSCRIBIRSE EN EL REGISTRO UNICO DE PROPONENTES.
De conformidad con el artículo 6 de la Ley 1150 de 2007 modificado por el artículo 221 del Decreto Ley 019 de 2012 y reglamentado por el artículo 2.2.1.1.1.5.3., del Decreto 1082 de 2015, el oferente debe acreditar su experiencia habilitante de acuerdo con los siguientes parámetros:
Información vigente y en firme contenida en el Registro Único de Proponentes “RUP”, en las condiciones señaladas en el presente proceso contractual y con los siguientes requisitos:
a) Experiencia establecida identificados con el clasificador de bienes y servicios en el tercer nivel en la forma señalada en el Anexo 1 “DATOS DEL PROCESO”.
b) Experiencia acreditada por el 100% del valor del presupuesto del proceso expresada en Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes (SMMLV), con contratos registrados en el RUP.
1. Diligenciamiento del formulario No 2 “EXPERIENCIA DEL PROPONENTE” en la parte “ACREDITACION EXPERIENCIA PARA OFERENTES OBLIGADOS A ESTAR INSCRITOS EN EL RUP”, en el que identifique los contratos del Registro Único de Proponentes a tenerse en cuenta para el presente proceso de contratación.
La información suministrada, se entiende bajo la gravedad del juramento y debe ser correlativa a la documentación aportada.
El formulario debe ir firmado por el representante legal del proponente y/o suplente.
3.2.1.3. VERIFICACION DE LA EXPERIENCIA HABILITANTE PARA LOS OFERENTES EXTRANJEROS SIN DOMICILIO EN COLOMBIA.
El proponente extranjero acreditará la experiencia requerida en el presente pliego de condiciones, mediante el diligenciamiento del Formulario No 2“EXPERIENCIA DEL PROPONENTE”, en su parte de “ACREDITACION EXPERIENCIA PARA OFERENTES EXTRANJEROS SIN DOMICILIO EN COLOMBIA”.
Para el caso de personas naturales y jurídicas extranjeras, la experiencia deberá acreditarse mediante certificaciones que den cuenta de esta por el 100% del valor del presupuesto del proceso expresada en Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes (SMMLV) colombianos, por la ejecución de contratos y/o facturas . Para el efecto esta documentación deberá cumplir con los protocolos y formalidades para los documentos expedidos en el exterior. Se deberá acreditar la experiencia conforme a los mismos parámetros o descripciones que se señalan en el Anexo 1 codificación UNSPSC para la experiencia en su tercer nivel es decir en la clase.
Las certificaciones que presente el oferente extranjero deben reunir los requisitos que se describen a continuación:
Nombre o razón social del contratante.
Nombre o razón social del contratista.
Objeto del contrato o descripción detallada del producto en caso de factura.
Año celebración del contrato
Valor del contrato
Nombre, cargo y firma del funcionario(s) que firman el contrato(s) y/o factura(s), medio de contacto.
La entidad evaluará la información suministrada y de acuerdo con ella determinará si resulta suficiente para acreditar la experiencia.
La información se entiende bajo la gravedad de juramento.
3.2.1.4. ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA EN LA MODALIDAD DE CONSORCIO, UNIÓN TEMPORAL O PROMESA DE SOCIEDAD FUTURA:
Cuando se trate de consorcios o uniones temporales se requiere que al menos uno de sus integrantes cumpla con el cincuenta (50%) de la experiencia requerida para el proceso. En todo caso la sumatoria de los porcentajes de acreditación de la experiencia individual de los integrantes deberá ser igual o superior al cien por ciento (100%) de los requisitos solicitados. Es decir, como mínimo los demás miembros de un consorcio o unión temporal deben acreditar la experiencia habilitante igual o superior al 10%.
Cuando las actividades correspondientes hayan sido ejecutadas por el proponente o por uno de sus miembros bajo la modalidad de consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, sólo se tendrá en cuenta como experiencia del proponente o de uno de sus miembros, aquella referida al porcentaje de participación que el proponente hubiera tenido en el grupo o asociación que ejecutó la actividad.
En todo caso el proponente declara bajo la gravedad de juramento que la experiencia acreditada corresponde exactamente a la venta de los bienes desarrollados por él de manera directa.
El Ministerio de Defensa Nacional. Ejército Nacional se reserva el derecho de verificar la información aportada, y no será tenida en cuenta aquella que se pueda establecer que no es cierta.
3.2.2. GARANTÍA TÉCNICA
Para el presente proceso de selección el proponente deberá presentar una garantía técnica para los servicios ofrecidos, en documento independiente debidamente suscrito por el proponente, en el cual se indique lo
siguiente:
a. Que declara bajo la gravedad de juramento que el servicio a prestar CUMPLE con todas las especificaciones de calidad y legalidad exigidas por la aeronáutica civil y demás normas de operación aérea.
Que ampare el cumplimiento de las condiciones técnicas de los bienes y/o servicios adquiridos, responsabilizándose de los reclamos por cualquier falla en la calidad y oportunidad del servicio.
Que ampare la seguridad, protección y cuidado de los bienes y personal transportado.
Que ampare cada uno de los requerimientos técnicos
Que se compromete a transportar el material, personal y carga militar en los tiempos y condiciones requeridos por la Entidad a través del supervisor del contrato.
3.2.2.1. TÉRMINO DE RESPUESTA DE LA GARANTÍA TÉCNICA.
El término de garantía técnica y el tiempo de respuesta de la misma, deberán ser aportados en documento independiente debidamente suscrito por el oferente.
De presentarse algún contratiempo o novedad por motivos técnicos o imprevistos con las aeronaves, que las dejen fuera de servicio, el contratista debe garantizar el remplazo de las mismas en un tiempo no mayor a seis (6) horas después de haber sido notificado en forma escrita por parte del supervisor del contrato.
NOTA: LA GARANTIA TÉCNICA Y EL TERMINO DE RESPUESTA DE LA GARANTIA TECNICA DEBE ADJUNTARSE EN DOCUMENTO SEPARADO A LA PROPUESTA, Y DEBIDAMENTE CARGADO EN EL SECOP II.
TITULARIDAD DE LAS AERONAVES
EL OFERENTE DEBE ACREDITAR SER EL TITULAR DE DERECHO DE DOMINIO, TENEDOR O ARRENDATARIO DE LAS AERONAVES QUE EN PRINCIPIO SERÁN DISPUESTAS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
3.2.3. CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS Y/O ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
El proponente acreditará que los bienes y/o servicios a suministrar cumplen con las Especificaciones Técnicas que son de obligatorio cumplimiento y que corresponden al ítem ofertado, para tal efecto diligenciará correctamente el Anexo Especificaciones Técnicas de Obligatorio Cumplimiento, el cual será verificado por el Comité Técnico Evaluador.
3.2.3.1. ESPECIFICACIONES TECNICAS DE OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO
DESCRIP CIÓN |
AERONAVE ALA FIJA |
El oferente y/o futuro contratista debe prestar el servicio de transporte de carga y pasajeros con aeronaves que garanticen los siguientes requerimientos: Aeronaves de 3.5TON Transporte de pasajeros militares con o sin armamento. Transporte de carga que se requiera. Transporte de otros pasajeros o carga que requiera la fuerza (conscriptos). El oferente debe especificar el tipo de aeronave que oferta |
DISPONIBILIDAD |
El oferente y/o futuro contratista debe garantizar aeronaves de mínimo 1-19 PAX en las rutas establecidas por el BILAC50. El contratista debe dar prioridad a los requerimientos que haga el Batallón de Infantería No.50 por intermedio de Supervisor del contrato hasta agotar los recursos. El combustible correrá por cuenta del contratista, por lo anterior todos los costos y gastos que se generen para la prestación del servicio. La disponibilidad para cubrir las rutas contratadas estará bajo el control directo del BILAC50, a través del supervisor del contrato, hasta agotar los recursos destinados para tal fin. |
MANTENIMIENTO El proponente en caso de ser contratista se compromete a que debe cumplir los siguientes aspectos mínimos básicos en las aeronaves que prestarán el servicio objeto del presente proceso. Los gastos de mantenimiento tales como repuestos, grasas, lubricantes, mano de obra calificada, reparaciones mayores y menores, fletes y otros, propios del servicio objeto del presente contrato corren por cuenta del contratista. por lo anterior todos los costos y gastos que se generen para la prestación de servicios, serán asumidos en su totalidad por el contratista y bajo ninguna circunstancia serán asumidos por Ejército Nacional-BILAC50. El contratista debe garantizar que antes de cada vuelo, las aeronaves estén en condiciones aeronavegables y en perfecto estado de mantenimiento y operatividad, de acuerdo con las normas establecidas por la Aeronáutica Civil de Colombia y deben haber cumplido todos los boletines aplicables y demás normatividad vigente. Debe disponer con el personal y la infraestructura suficiente y certificada para la ejecución de funciones de reparación, mantenimiento, certificado por la autoridad Aeronáutica Colombiana. |
El contratista debe garantizar el reemplazo de la(s) aeronave(s) que por motivos técnicos o imprevistos queden fuera de servicio con un tiempo no mayor a 48 horas después de haber sido notificado en cualquier forma por el supervisor del contrato El contratista debe garantizar el reemplazo de la tripulación o algún miembro de esta en caso de eventualidad(enfermedad o lesión) con un tiempo no mayor a 48 horas después de haber sido notificado en cualquier forma por el supervisor del contrato |
COMUNICACIONES |
El contratista debe garantizar que las aeronaves que presten el servicio cumplan con los siguientes requisitos que garanticen las comunicaciones básicas: Dos (02) radios VHF como mínimo. Un (01) sistema transpondedor. Un (01) sistema de radio baliza para la ubicación de la aeronave en caso de siniestro. Lo anterior de acuerdo con lo estipulado por las normas aeronáuticas colombianas. |
CONDICIÓN DE LAS TRIPULACIONES Y EFECTOS DE RELEVOS DE LAS MISMAS. |
Es obligación y responsabilidad exclusiva del contratista que las tripulaciones cumplan con los siguientes requisitos mínimos básicos: Cada miembro de la tripulación debe tener sus certificados médicos, licencia como piloto de la aeronave que opera vigentes, durante toda la duración del contrato y estar autorizado el oferente la por la Unidad Administrativa de la Aeronáutica Civil Colombiana (UAEAC), estos documentos deben ser anexados en la oferta. La tripulación mínima requerida debe estar conformada según el manual de vuelo del operador de la aeronave correspondiente y las normas vigentes de la Unidad Administrativa de la Aeronáutica Civil Colombiana (UAEAC). El piloto al mando y el xxxxxxx xxxxxx deben estar calificados en el equipo que vuelan, de acuerdo a lo dispuesto por Unidad Administrativa de la Aeronáutica Civil Colombiana (UAEAC), para efectos de edad y otros se tendrá en cuenta lo estipulado en el RAC publicado y vigente. Los gastos de alojamiento, alimentación, relevos de tripulaciones, servicios médicos de la tripulación corren por cuenta del contratista. Por lo anterior todos los costos y gastos que se generen para la prestación de servicios, serán asumidos por el contratista y por ningún motivo serán asumidos por El Ejército Nacional-bilac50 |
CÓMPUTO DE LA HORA DE VUELO Y TRASLADO DE AERONAVES, EXCLUSION IVA El contratista se comprometerá dar aplicación a la exclusión del IVA, de conformidad con el numeral 2 del artículo 476 del Estatuto Tributario “Servicios Excluidos del Impuesto sobre las ventas”, el transporte público o privado nacional o internacional de carga aérea, se encuentra excluido de IVA. Y según decreto N° 3228 del 11 de noviembre de 2003. La Xxxxxxx, Xxxxxxx y Tarapacá en el departamento de Amazonas; |
En el Artículo 476 del Estatuto Tributario “Servicios Excluidos del Impuesto sobre las ventas”, y su numeral 20 adicionado por el artículo 36 de la Ley 788 de 2002. El transporte aéreo nacional de pasajeros con destino o procedencia de rutas nacionales donde no exista transporte terrestre organizado, se encuentra excluido del IVA. El oferente dentro de su propuesta económica debe contemplar todos aquellos valores adicionales como es el valor de la tasa aeroportuaria cuando se requiera. |
CERTIFICACIONES |
REQUISITO PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO: CERTIFICADO DE AERONAVEGABILIDAD Y/O PERMISO DE OPERACIÓN DE LAS AERONAVES EN COLOMBIA: De conformidad a lo señalado en el literal b) del numeral 3.1. Horas de Vuelo, de la Directiva Ministerial 17 del 23 xx Xxxxx de 2017, será exigido como requisito para la ejecución del contrato y en consecuencia debe ser presentado por el adjudicatario o contratista como una de sus obligaciones contractuales, sin perjuicio de que se exija que las aeronaves que sean presentadas con la oferta deben contar con el certificado de aeronavegabilidad o permiso de operación expedido en el lugar en el que se encuentren operando a la fecha de presentación de la oferta. COPIA DE LA DECLARACIÓN DE IMPORTACIÓN O DE IMPORTACIÓN TEMPORAL A LARGO PLAZO (DE ACUERDO A ESTATUTO ADUANERO) DE LAS AERONAVES QUE VAN A SER UTILIZADAS PARA LAS OPERACIONES: De conformidad al literal c) del numeral 3.1. Horas de Vuelo de la Directiva Ministerial 17 del 23 xx Xxxxx de 2017, la cual señala: c) Modalidad de ingreso al país de las aeronaves: Debe preverse que las aeronaves ofrecidas para la prestación del servicio de horas de vuelo hayan ingresado y permanezcan en el país debidamente autorizadas bajo cualquiera de las modalidades previstas por la autoridad aeronáutica nacional, v.g. Nacionalización o importación temporal. Constancia de las aeronaves expedida por la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, donde conste que las aeronaves son operables y no están incursas en ningún ilícito. CUANDO APLIQUE. Contar con la solicitud de inspección y certificación de identificación técnica de antinarcóticos para aeronaves o embarcaciones emitida por la Dirección de Antinarcóticos de la Policía Nacional, la cual debe solicitarse cada año y renovarse de acuerdo a la norma. REQUISITO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA: |
Cada aeronave que preste el servicio debe tener su respectiva póliza de seguros de la estructura, maquina, de la aeronave en general, tripulación, sillas en la cantidad de pasajeros de la capacidad total, cargas y materiales que serán transportados, las pólizas deben permanecer vigentes durante el plazo de ejecución del contrato. Donde estén cubiertos los amparos por casco de la aeronave, seguro de silla, carga, amparos a terceros y demás que correspondan de acuerdo a lo exigido en los términos y condiciones de la AERONÁUTICA CIVIL COLOMBIANA, las pólizas deben permanecer vigente durante la ejecución del contrato. Cada aeronave debe tener un (KIT XX XXXXX) con capacidad para sostener y mantener a la tripulación y la cantidad de pasajeros transportados mientras son rescatados o evacuados. En el evento de aterrizar o caer las aeronaves que ejecutan los servicios objeto del presente proceso, como consecuencia de ataque o acciones terroristas, la recuperación de las aeronaves, material y equipo, en el área de operaciones, corresponde al contratista. |
ASPECTOS DE SEGURIDAD |
Cada tripulación y aeronave debe tener todo el equipo necesario para las misiones que se realicen en las diferentes áreas del territorio nacional. (Ejemplo: Equipo de supervivencia básico de montaña, xx xxxxx). Cada aeronave debe tener un botiquín de primeros auxilios de acuerdo al RAC4. Las aeronaves que presten el servicio (durante el mismo) no deberán transportar personal o carga que no estén autorizados por el CONTRATANTE a través del supervisor. Las aeronaves no deberán transportar cargas o tropas que sobrepasen las cartas de rendimiento autorizadas por el fabricante de la aeronave. Las tripulaciones deben tener un descanso mínimo de ocho (8) horas. Las tripulaciones estarán obligadas a tener el mínimo equipo para vuelo requerido de seguridad, overol o uniforme del color de la compañía, protectores auditivos y demás equipo necesario establecido en las reglamentaciones vigentes. Todas las tripulaciones comprometidas, deberán ceñirse a las exigencias de seguridad y respeto que se tengan en la Unidad militar en donde se encuentren. La compañía realizará pruebas aleatoriamente de acuerdo a la reglamentación del contratista a las tripulaciones, en los lugares donde se encuentren destacados y practicar, si se hace necesario las respectivas pruebas de alcoholemia y de sustancias alucinógenas, narcóticas o depresivas de lo cual deberá dejar documento escrito de las cuales se enviará copia al supervisor del contrato de manera mensual. Total observancia a todos los sistemas de seguridad física, personal e industrial que se tengan en la Unidad militar en la cual se encuentren las aeronaves. Las aeronaves a emplear deben tener perfectamente demarcadas las zonas de riesgo y/o peligro y las salidas de emergencia. |
Las tripulaciones de las aeronaves, deben hablar, escribir y entender perfectamente el idioma Español. |
COMBUSTIBLES |
El combustible utilizado por las aeronaves en todo caso será asumido por parte del contratista. |
OTROS ASPECTOS TÉCNICOS |
En el evento de aterrizar o caer las aeronaves que ejecutan los servicios objeto del presente proceso, como consecuencia de ataque o acciones terroristas, la recuperación de las aeronaves, material y equipo, en el área de operaciones, corresponde al contratista. El contratista se obliga a asumir de forma total los gastos administrativos de las tripulaciones empleadas en la operación, como son viáticos, alojamiento, transporte y todos los demás, inherentes al objeto del presente contrato. El contratista se obliga a asumir todo tipo de responsabilidad por la operación de sus aeronaves, tripulaciones, mecánicos, o personal de la Empresa o contratado por la misma, involucradas en el objeto del contrato. El contratista se obliga a asumir la responsabilidad económica en los sitios que deba pernoctar la aeronave o pedir extensión de horas para la operación de los aeródromos, lo anterior basado en las tarifas aeroportuarias del explotador de los aeródromos. El oferente y/o futuro contratista debe ser una empresa aérea certificada, con permiso de operación vigente, expedida por la Unidad Administrativa de la Aeronáutica Civil Colombiana (UAEAC), en la modalidad que le permita el transporte del objeto del contrato, y debe anexar el certificado de operación vigente durante la ejecución del contrato. Las aeronaves deben encontrarse completamente listas para el cumplimiento de la misión. La tripulación deberá cumplir con todos los requisitos exigidos por la aeronáutica civil colombiana y especialmente las establecidas en esta ficha. El soporte de mantenimiento deberá cumplir los tiempos mínimos exigidos en la presente ficha técnica. El mantenimiento de la aeronaves incluyendo servicios y repuestos para su reposición debe ser garantizado por el contratista. Se debe garantizar que la aeronave de alta capacidad, back up o de reemplazo estará siempre lista para la misión. El Ejército Nacional-BILAC50 se reserva el derecho a verificar la documentación, alistamiento y/o mantenimiento de las aeronaves que presten el servicio o este de reserva, y a las instalaciones del contratista, en cualquier momento durante la ejecución del contrato. Dar cumplimiento a la normatividad expedida por Aeronáutica Civil Unidad |
Administrativa Especial para la prestación de los servicios objeto del presente proceso. El contratista se obliga a reemplazar o reparar los elementos de las aeronaves, que resulten con daños detectados adicionales durante el servicio, con el propósito que el componente llegue a la aeronave en condiciones óptimas de aeronavegabilidad, funcionamiento y seguridad sin generar ningún costo para la aviación del Ejército. El contratista se obliga a cumplir con las especificaciones técnicas del servicio. |
SEGUROS |
El oferente debe presentar en su oferta certificación de la pólizas de los seguros de cada una de las aeronaves ofertadas y las cuales se utilizaran para prestar el servicio objeto del presente proceso de selección, donde estén cubiertos los amparos por casco de la aeronave, seguro de silla, carga, amparo a terceros y demás que correspondan de acuerdo a lo exigido en los términos y condiciones de la Aeronáutica Civil Colombiana. |
SERVICIOS. |
Se obliga a suministrar protección auditiva a los pasajeros que viajen en las aeronaves contratadas. El Contratista se obliga a designar a un funcionario de la empresa para que atienda el servicio de vuelos charter o de cualquier consulta acerca del tema, sin costo adicional con disponibilidad permanente 24 horas del día, 7 días de la semana, durante la ejecución del contrato. |
OTROS REQUISITOS |
El contratista en cumplimiento al desarrollo de los diferentes vuelos del presente contrato debe: El contratista debe allegar junto con los controles de vuelos, copia del plan de vuelo, manifiesto de pasajeros de cada uno de los vuelos realizados. El contratista debe garantizar que antes de todo vuelo se efectuara el respectivo breafing de seguridad de la aeronave a emplear, con fin de reaccionar ante un posible evento con respecto al vuelo. La exclusividad exigida a la cual hace referencia el contratante es al momento de requerir el servicio. Todo traslado de las aeronaves que se genere por motivos diferentes a la operación ordenada por el supervisor deberán ser asumida por el contratista. |
TITULARIDAD DE LAS AERONAVES El oferente debe acreditar ser el titular de derecho de dominio, tenedor o arrendatario de las aeronaves que en principio serán dispuestas para la prestación del servicio. |
INEXISTENCIA DE VINCULO LABORAL |
El contratista entiende que no existirá vínculo laboral alguno entre el Ejército Nacional- BILAC50 y el personal que el contratista designe para el cumplimiento del objeto contractual, por lo que el contratista asumirá la ejecución del contrato con total autonomía e independencia técnica, administrativa y financiera. Asumirá los riesgos laborales y demás erogaciones en que puedan incurrir el personal designado para el desarrollo de los servicios. |
3.1.2 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ADICIONALES DE OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO
Ítem | Condición | Descripción |
1 | GARANTIA TÉCNICA | Para el presente proceso de selección el proponente deberá presentar una garantía técnica para los servicios ofrecidos, en documento independiente debidamente suscrito por el proponente, en el cual se indique lo siguiente: b. Que declara bajo la gravedad de juramento que el servicio a prestar CUMPLE con todas las especificaciones de calidad y legalidad exigidas por la aeronáutica civil y demás normas de operación aérea. Que ampare el cumplimiento de las condiciones técnicas de los bienes y/o servicios adquiridos, responsabilizándose de los reclamos por cualquier falla en la calidad y oportunidad del servicio. Que ampare la seguridad, protección y cuidado de los bienes y personal transportado. Que ampare cada uno de los requerimientos técnicos Que se compromete a transportar el material, personal y carga militar en los tiempos y condiciones requeridos por la Entidad a través del supervisor del contrato. c. TÉRMINO DE RESPUESTA DE LA GARANTÍA TÉCNICA. |
Ítem | Condición | Descripción | |||||
El término de garantía técnica y el tiempo de respuesta de la misma, deberán ser aportados en documento independiente debidamente suscrito por el oferente. De presentarse algún contratiempo o novedad por motivos técnicos o imprevistos con las aeronaves, que las dejen fuera de servicio, el contratista debe garantizar el remplazo de las mismas en un tiempo no mayor a seis (6) horas después de haber sido notificado en forma escrita por parte del supervisor del contrato. NOTA: LA GARANTIA TÉCNICA Y EL TERMINO DE RESPUESTA DE LA GARANTIA TECNICA DEBE ADJUNTARSE EN DOCUMENTO SEPARADO A LA PROPUESTA, Y DEBIDAMENTE CARGADO EN EL SECOP II. | |||||||
3. | CLASIFICACION CODIGOS UNSPSC | Según el decreto 1082 del 2015 se hace necesario clasificar los bienes según Clasificador de Bienes y Servicios de las Naciones Unidas para estandarizar productos y servicios, conocido por las siglas UNSPSC. La Entidad exige que los oferentes se encuentren clasificados dentro de los códigos que se enuncian a continuación hasta el tercer nivel de desagregación, nivel CLASE: | |||||
78000000 | 78110000 | 78111500 | Transporte de Pasajero Aérea | ||||
78000000 | 78100000 | 78101500 | Transporte de Carga Aérea |
2.2.3. ASPECTOS TÉCNICOS PONDERABLES
2.2.3.1.EVALUACIÓN LEY 816 DE 2003 “Protección a la Industria Nacional”
La evaluación del cumplimiento de la Ley 816 de 2003 “Protección a la Industria Nacional” Formulario No. 8 y sus respectivos soportes emitidos por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismos vigentes, se evaluará de la siguiente manera:
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 816 de 2003, el puntaje que se aplicará como consecuencia de la protección a la industria nacional será el siguiente: Se le otorgará el 20% de la totalidad del puntaje a oferentes de bienes de origen 100% nacional y oferentes de bienes extranjeros que acrediten reciprocidad; y un 5% de puntaje total a oferentes de bienes extranjeros acreditados (con componente nacional), constituyéndose este puntaje en el final para determinar el orden de elegibilidad de las propuestas.
Se otorgará tratamiento de bienes y servicios nacionales a aquellos bienes y servicios originarios de los países con los que Colombia ha negociado trato nacional en materia de compras estatales y de aquellos países en los cuales a las ofertas de bienes y/o servicios colombianos se les conceda el mismo tratamiento otorgado a sus bienes y/o servicios nacionales.
NOTA: Para la acreditación del trato nacional en virtud del tratado de libre comercio con los Estados Unidos, será necesario indicar de que Estado de la Unión provienen los bienes.
BIENES ACREDITADOS: Son aquellos bienes y/o servicios profesionales, técnicos y operativos. El oferente deberá indicar en su oferta si incluirá componente nacional. En el evento en que exista dicho ofrecimiento por parte del oferente, éste tendrá la obligación de cumplir con el mismo en la ejecución del contrato, so pena de hacerse acreedor a las sanciones xx xxx contempladas en el contrato. El mínimo exigido de componente nacional será del 10%.
Para efectos de la evaluación del origen del BIEN, el oferente deberá diligenciar el FORMULARIO No. 8 Cumplimiento de la Ley 816 del presente documento y anexar los documentos solicitados en el formulario que acrediten la calidad que el oferente arguye. Considerando que el porcentaje asignado por la acreditación del servicio tiene el carácter de comparación de propuestas, el FORMULARIO 8, deberá presentarse junto con la oferta inicial.
El oferente seleccionado con bienes de origen nacional o acreditado no podrá cambiar el origen de los bienes al momento del suministro, salvo circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito, éstos últimos debidamente acreditados.
2.3. DOCUMENTOS Y CRITERIOS DE VERIFICACIÓN FINANCIERA, ORGANIZACIONAL Y EVALUACIÓN ECONÓMICA
De conformidad con lo establecido en el numeral tres (3) y cuatro (4) artículo 2.2.1.1.1.5.3. del Decreto 1082 de 2015, El M.D.N.- Ejército Nacional – BASPC26 verificará directamente el cumplimiento de los siguientes Indicadores Financieros y la capacidad patrimonial, con base en:
A. PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS NACIONALES O EXTRANJERAS DOMICILIADAS O CON SUCURSAL EN COLOMBIA
En atención al artículo 2.2.1.1.1.5.1., del Decreto 1082 de 2015, todas las personas naturales o jurídicas nacionales, o las extranjeras domiciliadas o con sucursal en Colombia, que aspiren a celebrar contratos con las entidades estatales, deberán estar inscritas en el Registro Único de Proponentes.
La información sobre la cual se calcularán tanto los indicadores financieros como la capacidad patrimonial, de organización y el cumplimiento de los mismos, será la contenida en el Registro Único de Proponentes “RUP”; esta información corresponde al Balance General y Estado de Resultados, con corte a 31 de Diciembre de 2018.
De conformidad con el numeral 6.1, del artículo 6 de la Ley 1150, modificado por el artículo 221 del Decreto 019 de 2012. “De la verificación de las condiciones de los proponentes”, las cámaras de comercio harán la verificación documental de la información presentada por los interesados al momento de inscribirse en el registro único de proponentes RUP, el cual será plena prueba de las circunstancias que en él se hagan constar.
Así las cosas la verificación de las condiciones establecidas en el numeral 1ro de la Ley 1150 de la citada ley, se demostrarán exclusivamente con el respectivo certificado del RUP
Por lo anterior y teniendo Artículo 2.2.1.1.5.2., del Decreto 1082 de 2015, las entidades estatales en los procesos de contratación no podrán exigir, ni los proponentes aportar documentación que deba utilizarse para efectuar la inscripción en el registro.
Por lo anterior, los únicos documentos que deben allegarse dentro del presente proceso, son los siguientes:
a. La certificación a los estados financieros, debidamente suscrita por el representante legal y el contador público bajo cuya responsabilidad se hubiesen preparado los mismos. (Art. 37, Ley 222 de 1995).
b. El dictamen a los estados financieros, debidamente suscrito por el revisor fiscal ó el contador público independiente que los hubiere examinado de conformidad con las normas de auditoría generalmente aceptadas. Estos estados (balance general y estado de resultados
c. Copia de la tarjeta profesional y de la certificación de vigencia de inscripción y de antecedentes disciplinarios expedida por la Junta Central de Contadores del
Contador que preparó y elaboró los estados financieros y del revisor fiscal ó contador público independiente que los hubiere auditado. La certificación debe encontrarse vigente a la fecha de presentación de la oferta
B. PERSONAS NATURALES EXTRANJERAS SIN DOMICILIO EN EL PAÍS O LAS PERSONAS JURÍDICAS EXTRANJERAS QUE NO TENGAN ESTABLECIDA SUCURSAL EN COLOMBIA.
Para el caso de las personas naturales extranjeras sin domicilio en el país o las personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, el Ministerio de Defensa Nacional Ejército Nacional- BASPC26 verificará únicamente la información sobre la capacidad financiera y de organización de los proponentes.
La documentación objeto de verificación por parte del comité económico evaluador será la siguiente:
Los oferentes extranjeros deberán presentar el Balance General, el Estado de Resultados y las Notas explicativas a los mismos, correspondientes al corte de Ejercicio del último periodo contable, de conformidad con lo establecido en las leyes y normas del respectivo país, debidamente aprobados por el órgano competente y este corte en todo caso no podrá exceder de un (1) año de la presentación de la oferta.
Para los casos en que el periodo contable sea diferente de un año, el proponente deberá aportar con su oferta la normatividad correspondiente con el cumplimiento de las formalidades para los documentos expedidos en el exterior.
En el evento de la presentación de ofertas por parte de empresas en calidad de subsidiarias o filiales, las mismas deberán presentar sus propios estados financieros, por lo que no se aceptarán los consolidados de las empresas matrices.
Estos estados financieros deben estar acompañados de los traducidos oficialmente al castellano y convertidos a pesos colombianos ($COP).
El Balance General debe ser presentado en los casos antes señalados de la siguiente manera: ACTIVOS: Corrientes, Fijos, no corrientes y total
PASIVOS: Corrientes, no corrientes y total
Y el PATRIMONIO, en las cuentas que lo conforman
El estado de resultados debe contener la discriminación puntual de:
Ingresos brutos operacionales Utilidad operacional Depreciaciones
Amortizaciones
De igual manera se requiere se xxxxxxx el dictamen a los estados financieros debidamente suscrito por el revisor fiscal del oferente ó por una auditoría externa del país de origen con su correspondiente traducción oficial al castellano.
En documento independiente debidamente suscrito por el representante legal o el apoderado del oferente y un Contador público colombiano, se deberá manifestar que la clasificación de las cuentas y la conversión de los estados financieros a pesos Colombianos fueron verificadas y que por lo tanto dichos estados son fidedignos. En este documento se debe indicar la tasa o las tasas de cambio aplicado (s) para la conversión de los citados estados financieros a pesos Colombianos
El CONTADOR PÚBLICO Colombiano que avala la clasificación de cuentas y la conversión de los estados financieros a la moneda funcional Colombiana debe allegar copia de la tarjeta profesional y de la certificación de vigencia de inscripción y de antecedentes disciplinarios expedida por la Junta Central de Contadores, la cual debe encontrarse vigente a la fecha de presentación de la oferta.
Cuando el M.D.N.-EJÉRCITO NACIONAL – BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No.
26 “SS. XXXXXX XXXXXX XXXX” en desarrollo de la verificación financiera requiera documentos adicionales del oferente, podrá solicitar los que considere necesarios para el esclarecimiento de la información, tales como estados financieros xx xxxxxx anteriores, anexos específicos o cualquier otro soporte requerido por el M.D.N.- Ejército Nacional – BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX XXXX”, así mismo, requerir las aclaraciones que considere necesarias, siempre que con ello no se violen los principios de igualdad y transparencia de la contratación, sin que las aclaraciones o documentos que el oferente xxxxxxx a solicitud del M.D.N.- Ejército Nacional – Batallón de Apoyo y Servicios para el Combate No. 26 “ss. Xxxxxx Xxxxxx Xxxx” puedan modificar, adicionar o complementar la oferta.
En el evento de que cualquiera de estos requerimientos no sea aplicable en el país del domicilio de la empresa extranjera, el representante legal de esta última, así como el apoderado en Colombia, deberán hacerlo constar en documento independiente y certificarlo a través de la autoridad competente del respectivo país ó de una auditoría externa del país del oferente.
Las disposiciones xxx xxxxxx de condiciones en cuanto a oferentes extranjeros se refiere, regirán sin perjuicio de lo pactado en tratados o convenios internacionales.
Cuando el oferente extranjero sin domicilio o sucursal en Colombia provenga de un país que hace parte de la “Convención sobre la abolición de requisitos de legalización para documentos públicos extranjeros”, no se requiere de la consularización, sino que será suficiente que los documentos se adicionen con el certificado de “apostilla” por parte de la autoridad competente del país donde se origina el documento.
LOS INDICADORES FINANCIEROS DEL PROCESO FUERON PROYECTADOS BASADOS EN LOS INDICADORES DEL SECTOR TRANSPORTE AEREO Y LOS ESTADOS FINANCIEROS DE LA EMPRESA AEROLINAS ANDINAS S.A. LA UNICA EMPRESA QUE COTIZÓ TODAS LAS RUTAS DE TRANSPORTE REQUERIDAS EN EL PROCESO, LOS ESTADOS FINANCIEROS APORTADOS POR ESTA SON CON CORTE A 31 DE DICIEMBRE DE 2017. LO ANTERIOR TENIENDO PRESENTE QUE PARA AMAZONAS
UNICAMENTE LAS DOS EMPRESAS COTIZANTES CUBREN LAS NECESIDADES PARA EL DEPARTAMENTO DEL AMAZONAS EN LAS CONDICIONES REQUERIDAS.
De manera general y en relación al objeto del proceso y a lo verificado en el sistema de información empresarial – (PIE), el SECTOR SERVICIOS TRANSPORTE AÉREO se encuentran dentro de los siguientes indicadores financieros:
Los indicadores financieros aquí establecidos obedecen al análisis del sector que hace la entidad de conformidad a lo establecido en el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.1.6.2, “Requisitos Habilitantes”: Capacidad Financiera: los siguientes indicadores miden la fortaleza financiera del interesado:
a) Índice de liquidez: activo corriente dividido por el pasivo corriente.
b) Índice de endeudamiento: pasivo total dividido por el activo total.
c) Razón de cobertura de intereses: utilidad operacional dividida por los gastos de intereses.
d) Capital de trabajo: activo corriente menos pasivo corriente.
e) capacidad patrimonial
Capacidad Organizacional: los siguientes indicadores miden el rendimiento de las inversiones y la eficiencia en el uso de activos del interesado:
(a) Rentabilidad del patrimonio: utilidad operacional dividida por el patrimonio.
(b) Rentabilidad del activo: utilidad operacional dividida por el activo total.
Información PIE año contable 2017 (Valores expresados en miles de pesos)
De la página del PIE (Super intendencia de Sociedades) se obtiene la información financiera de las empresas del sector, que de acuerdo al objeto del presente proceso se clasifica en el SECTOR SERVICIOS TRANSPORTE AÉREO, información que muestra los siguientes comportamientos producto de los estados financieros a corte 31 de diciembre de 2017,
Se toman los balances generales y estados de resultados del PIE con corte a 2017, para realizar la proyección de los indicadores financieros a solicitar para el presente proceso
Por mi patria, mi lealtad es el honor
Avenida Xxxxxxx Xxxx - Xxxxxxx Amazonas, Batallón de A.S.P.C Nº 26 Correo electrónico: xxxxx00@xxxxxxxx.xxx.xx
De acuerdo a lo anterior, se presenta el cuadro con los valores reportados en el BALANCE del SECTOR SERVICIOS TRANSPORTE AÉREO y los valores del BALANCE de la empresa que cotizó y presentó sus estados financieros, la única que cumple con todas las rutas requeridas para el presente proceso.
DESCRIPCIÓN | SECTOR TRANSPORTE AEREO | AEROLINEAS ANDINAS S.A. |
ACTIVO CORRIENTE | 00.000.000.000,00 | 0.000.000.000,00 |
ACTIVO NO CORRIENTE | 131.552.056.000,00 | 5.552.384.630,00 |
ACTIVO TOTAL | 172.323.150.000,00 | 7.190.663.356,00 |
PASIVO CORRIENTE | 00.000.000.000,00 | 0.000.000.000,00 |
PASIVO NO CORRIENTE | 00.000.000.000,00 | 0.000.000.000,00 |
PASIVO TOTAL | 00.000.000.000,00 | 0.000.000.000,00 |
PATRIMONIO | 103.731.732.000,00 | 3.545.110.277,00 |
PASIVO TOTAL MAS PATRIMONIO | 172.323.150.000,00 | 7.190.664.356,00 |
UTILIDAD/PERDIDA | 682.435.562,00 |
OPERACIONAL | ||
GASTOS FINANCIEROS | 2.037.500,00 | - |
CAPITAL DE TRABAJO ACREDITADO | -9.573.409.000,00 | 00.000.000,00 |
ÍNDICE DE LIQUIDEZ ACREDITADO | 1 | 1,05 |
ÍNDICE DE ENDEUDAMIENTO ACREDITADO | 39,80% | 1,97 |
RAZÓN DE GASTOS FINANCIEROS ACREDITADA | No determinados | |
RENTABILIDAD DEL PATRIMONIO | No determinados | 0,19 |
ACREDITADA | ||
RENTABILIDAD DEL ACTIVO ACREDITADA | No determinados | 0,09 |
2.3.1. INDICADORES CAPACIDAD FINANCIERA (CF):
A. INDICADOR DE LIQUIDEZ:
El indicador de liquidez requerido para la oferta se calculará teniendo en cuenta la siguiente fórmula:
LIQUIDEZ >= 1
La liquidez acreditada por el oferente deber ser mayor a (1). En el caso de oferentes en unión Temporal o consorcio, la liquidez acreditada será igual a la fracción de: la sumatoria de los valores individuales de los activos corrientes sobre la sumatoria de los valores individuales de los pasivos corrientes.
B. NIVEL DE ENDEUDAMIENTO:
El nivel de endeudamiento requerido para la oferta se calculará teniendo en cuenta la siguiente fórmula:
EndeudamientoTotal ≤ 40%
El nivel de endeudamiento acreditado por el oferente deber ser menor o igual al 40%. En el caso de oferentes en unión Temporal o consorcio, el nivel de endeudamiento acreditado será igual a la fracción de: la sumatoria de los valores individuales del pasivo total sobre la sumatoria de los valores individuales del activo total, este resultado multiplicado por cien (100).
C. CAPITAL DE TRABAJO:
El capital de trabajo requerido para la oferta se calculará teniendo en cuenta la siguiente fórmula:
Capital de trabajo ≥ 40% del VTPA
Donde:
CT: Capital de trabajo
VTPA: valor total del presupuesto asignado del proceso
El capital de trabajo acreditado por el oferente debe ser mayor o igual al 40% del valor total del presupuesto asignado del proceso. En el caso de oferentes en unión Temporal o consorcio, el capital de trabajo acreditado será igual a la resta de: la sumatoria de los valores individuales del activo corriente menos la sumatoria de los valores individuales del pasivo corriente.
2.3.2. CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN OPERACIONAL COMO PROVEEDOR
Los indicadores de capacidad organizacional contenidos en el artículo 2.2.1.1.1.5.3. del Decreto 1082 de 2015, son los siguientes
A. RENTABILIDAD SOBRE EL PATRIMONIO
UTILIDAD OPERACIONAL X 100 = >=0.19PATRIMONIO
PATRIMONIO
La rentabilidad sobre el patrimonio, acreditada por el oferente debe ser >19%.En el caso de oferentes en unión Temporal o consorcio, la rentabilidad sobre el patrimonio acreditada será igual a la fracción de la sumatoria de los valores individuales de la utilidad operacional sobre la sumatoria de los valores individuales del patrimonio
B. RENTABILIDAD SOBRE EL ACTIVO UTILIDAD OPERACIONAL X 100 = >=0.09
ACTIVO TOTAL
La rentabilidad sobre el activo total, acreditada por el oferente debe ser >9%. En el caso de oferentes en unión Temporal o consorcio, la razón de rentabilidad sobre el activo acreditada será igual a la fracción de la sumatoria de los valores individuales de la utilidad operacional sobre la sumatoria de los valores individuales del activo total.
NOTAS A LOS ASPECTOS FINANCIEROS OBJETO DE VERIFICACIÓN:
Nota 1: En el evento en que el proponente sea un consorcio o unión temporal se deberá diligenciar el formulario No. 3 “Capacidad Financiera y Organizacional del Proponente” de los pliegos de condiciones, por cada uno de los integrantes que conforman dicho oferente, dado que la acreditación de la capacidad Financiera y de Organización del oferente será igual a la sumatoria de los valores individuales de los indicadores financieros descritos en los numerales anteriores.
2.3.1. DOCUMENTOS DE VERIFICACION FINANCIERA
a. Registro Único de Proponentes RUP.
b. FORMULARIO No. 3 - Acreditación de la Capacidad Financiera, Capacidad de Organización y Capacidad Patrimonial.
Se deberá diligenciar el Formulario No. 3 “Acreditación de la Capacidad Financiera, Capacidad de Organización y Capacidad Patrimonial del Proponente”, teniendo en cuenta que la información allí consignada debe ser correlativa con la establecida en el Registro Único de Proponentes, Estados financieros con corte 31 de diciembre de 2018, el mismo debe ser suscrito por el Representante Legal o Apoderado, el Contador Público que elabora los Estados financieros y por el Revisor Fiscal o Contador Público Independiente que los dictamina.
c. CERTIFICACIÓN BANCARIA: El oferente debe presentar un certificado expedido por entidad financiera dentro de un lapso inferior a treinta (30) días calendario, en donde tenga cuenta corriente o de ahorros, a través de la cual el MDN – EJERCITO NACIONAL – BASPC26 efectuará el pago del contrato que se llegare a suscribir. Dicha certificación debe contener nombre del titular de la cuenta, clase de cuenta, número y sucursal.
En el evento en que el proponente sea un consorcio o unión temporal, una vez se notifique la aceptación de la propuesta, este deberá aportar la certificación expedida por la respectiva entidad bancaria al MDN – EJERCITO NACIONAL – BASPC26, el número de cuenta bancaria en donde se efectuaran los pagos a nombre del consorcio o unión temporal
d. Formulario No. 10 beneficiario SIIF
e. Formulario “VALORACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA” presentado a través del portal web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx
2.11.3. EVALUACIÓN ECONÓMICA (ASPECTOS DE CALIFICACIÓN ECONÓMICA)
Se efectuará sobre la propuesta económica presentada por cada uno de los proponentes, en el Formulario No. 4 “Valoración de la Propuesta Económica”. Presentado a través del portal web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx
Adicionalmente los evaluadores económicos tendrán en cuenta lo siguiente:
Revisión y Corrección Aritmética. Se revisarán las operaciones elaboradas por el proponente en el formulario Presentado a través del portal web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx
Las ofertas serán analizadas para determinar si en los cálculos se han cometido errores en las operaciones aritméticas, en cuyo caso y para efectos de evaluación y selección EL M.D.N. Ejército Nacional – BASPC26 realizará las correcciones necesarias teniendo en cuenta dos (2) decimales.
NOTA: para efectos de los cálculos de las operaciones aritméticas con dos decimales, el comité económico redondeara las cifras mediante la herramienta de Excel (redondear a dos decimales).
En caso de presentarse cualquier discrepancia entre los diferentes valores presentados, el M.D.N - Ejército Nacional – BASPC26 podrá hacer correcciones y para ello tomará como valores inmodificables el valor unitario base del bien Presentado en el formulario económico a través del portal web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx. Lo anterior sin perjuicio de los efectos contemplados para la oferta que sobrepase el presupuesto oficial del proceso establecido en el Anexo # 1 “Datos del proceso”.
PRESUPUESTO Y CANTIDADES MÍNIMAS: En el evento que la oferta presentada contemple mayores cantidades a las mínimas exigidas y conjuntamente supere el presupuesto oficial del proceso, el M.D.N-Ejército Nacional – BASPC26 ajustará dichas cantidades ofrecidas hasta el tope del presupuesto oficial del proceso, será habilitada siempre y cuando se cumpla con las cantidades mínimas requeridas.
El comité económico evaluador verificara el precio ofertado de cada uno de los ítems, confirmando que no superen el presupuesto unitario por ítem.
2.11.4. PRECIOS ARTIFICIALMENTE BAJOS.
En caso de presentarse precios artificialmente bajos, la entidad aplicará lo establecido en la GUÍA PARA EL MANEJO DE OFERTAS ARTIFICIALMENTE BAJAS EN PROCESOS DE CONTRATACIÓN No G-MOAB-01 de
Colombia Compra Eficiente.
La entidad Analizara las aclaraciones para verificar si estas sustentan los valores ofrecidos y si estos son suficientes para ejecutar el contrato de acuerdo con los Documentos del Proceso.
Para tal efecto la entidad podrá solicitar los soportes documentales que san necesarios para determinar si los precios ofertados son artificialmente bajos.
La entidad decidirá si continua con la evaluación de la oferta una vez sustentada la justificación y demuestra la habilidad del proponente para cumplir adecuadamente con el contrato de acuerdo a los precios ofrecidos, o rechazar la oferta si no sustenta los valores.
El Articulo 2.2.1.1.2.2.4 del Decreto 1082 de 2015 establece que la Entidad Estatal debe solicitar aclaraciones al proponente que presenta una oferta que parece artificialmente baja.
FACTOR ECONÓMICO (300 PUNTOS)
La Entidad revisará las ofertas presentadas y publicará un informe de habilitación de los oferentes, en el cual indicará si los proponentes acreditaron la capacidad de participar en el Proceso de Contratación y si acreditaron el cumplimiento de las especificaciones técnicas.
Por tratarse de un proceso que se adjudicará a través de la modalidad de selección abreviada se utilizará el siguiente mecanismo de ponderación de oferta para asignar tanto el puntaje como determinar el orden de elegibilidad a las ofertas habilitadas (es decir aquellas que cumplan con todos los requisitos de orden jurídico, técnico y financiero), de conformidad con el Decreto 1082 de 2015.
A la oferta elegible que presente el menor PRECIO UNITARIO TOTAL OFERTADO, se le asignará el mayor puntaje es decir 300 puntos; para la valoración de las demás ofertas, se aplicará la siguiente fórmula:
Porcentaje Precio = (MPUO* 300 / PUEO) Dónde:
MPUTO = Menor Precio Unitario Total Ofertado, con dos decimales PUETO = Precio Unitario a Evaluar Total Ofertado, con dos decimales
En este caso se tomará el valor absoluto de la diferencia entre el menor valor y el valor de la Oferta, como se observa en la fórmula de ponderación.
2.4. ORDEN DE ELEGIBILIDAD.
6. ORDEN DE ELEGIBILIDAD.
La oferta obtendrá como puntaje total, la sumatoria de los puntajes de la calificación económica más el puntaje técnico por protección a la industria nacional ó componente Nacional
Se establecerá el orden de elegibilidad de los oferentes, ordenando las ofertas según el puntaje total obtenido por las mismas, de mayor a menor y se asignará el primer puesto en el orden de elegibilidad al mayor puntaje, el segundo al siguiente, y así sucesivamente.
La valoración de las ofertas surtida conforme a lo previsto en los numerales anteriores será objeto del informe de evaluación, del cual se dará traslado a los diferentes oferentes.
Se adjudicará el proceso de contratación al oferente que habiendo presentado una oferta elegible, obtenga el primer orden de elegibilidad.
CONCEPTO | VERIFICACIÓN | ||||||
VERIFICACIÓN ASPECTOS JURÍDICOS | CUMPLE CUMPLE | / NO | |||||
VERIFICACIÓN ASPECTOS TÉCNICOS | CUMPLE CUMPLE | / NO | |||||
VERIFICACIÓN ASPECTOS FINANCIEROS | CUMPLE CUMPLE | / NO | |||||
CALIFICACIÓN | |||||||
ECONÓMICA MÁXIMA A RECIBIR | 300 PUNTOS | ||||||
CUMPLIMIENTO DE LA LEY 816 DE 2003 | |||||||
20% | BIENES | Y | SERVICIOS | DE ORIGEN | NACIONAL O QUE | 60 PUNTOS | |
DEMUESTREN RECIPROCIDAD | |||||||
5% | BIENES | Y | SERVICIOS | EXTRANJEROS | CON COMPONENTE | 15 PUNTOS | |
NACIONAL | |||||||
PUNTAJE MÁXIMO TOTAL | 360 PUNTOS |
La oferta obtendrá como puntaje total, la sumatoria de los puntajes de la calificación económica más el puntaje técnico por protección a la industria nacional ó componente Nacional
Se establecerá el orden de elegibilidad de los oferentes, ordenando las ofertas según el puntaje total obtenido por las mismas, de mayor a menor y se asignará el primer puesto en el orden de elegibilidad al mayor puntaje, el segundo al siguiente, y así sucesivamente.
La valoración de las ofertas surtida conforme a lo previsto en los numerales anteriores será objeto del informe de evaluación, del cual se dará traslado a los diferentes oferentes.
Se adjudicará el proceso de contratación al oferente que habiendo presentado una oferta elegible, obtenga el primer orden de elegibilidad.
3. TIPIFICACIÒN, ESTIMACIÒN Y ASIGNACIÒN DE RIESGOS PREVISIBLES QUE PUEDAN AFECTAR LA CORRECTA EJECUCIÒN Y EL EQUILIBRIO ECONÒMICO DEL CONTRATO.
De acuerdo a lo establecido en el Artículo 4 de la Ley 1150 de 2007, y el Decreto 1082 de 2015, y el manual de aplicación que sobre éste respecto emitió Colombia compra Eficiente, se deberán incluir los soportes que permitan la tipificación, estimación y asignación de riesgos previsibles que puedan afectar el equilibrio económico del contrato.
Los riesgos deben ser tipificados, estimados y distribuidos por parte de la Entidad, con el propósito de que los interesados los conozcan y con base en ello, determinen si se presentan o no al proceso de selección respectivo.
RIESGOS ECONOMICOS
MATRIZ DE RIESGOS ECONÓMICOS | |||
Nº | 1 | 2 | 3 |
CLASE | GENERAL | GENERAL | GENERAL |
FUENTE | EXTERNO | EXTERNO | EXTERNO |
ETAPA | SELECCION | EJECUCIÓN | EJECUCIÓN |
TIPO | R. ECONÓMICO | R. ECONÓMICO | R. DE LA NATURALEZA. R AMBIENTAL, R. ECONÓMICO |
MATRIZ DE RIESGOS ECONÓMICOS | |||
DESCRIPCIÓN( que puede pasar y como puede ocurrir) | RIESGO DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS CON PRECIO ARTIFICIALMENTE BAJO. | LA INSOLVENCIA O ILIQUIDEZ TEMPORAL O DEFINITIVA DEL PROPONENTE, QUE IMPIDA LA COMPLETA EJECUCIÓN DEL CONTRATO. | LOS EFECTOS DESFAVORABLES QUE ALTEREN LAS CONDICIONES EN LA ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O SERVICIOS TALES COMO, MATERIAS PRIMAS, MANO DE OBRA, TRANSPORTE. ALMACENAMIENTO, BODEGAJE Y TODO LO CORRESPONDIENTE X XXXXXXXX DE PRODUCCIÓN. |
CONSECUENCIA DE LA OCURRENCIA DEL EVENTO | DECLARATORIA DE DESIERTA DEL PROCESO DE SELECCIÓN O UNA ADJUDICACION CON PRECIO ARTIFICIALMENTE BAJO | INSOSTENIBILIDAD E INCUMPLIMIENTO DE LOS TERMINOS DE LA PROPUESTA ECONÓMICA DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO. | QUE NO SE CUMPLACON EL PLAZO DE EJECUCION DEL CONTRATO |
PROBABILIDAD | 3 | 1 | 3 |
IMPACTO | 3 | 1 | 4 |
VALORACIÓN DEL RIESGO | 6 | 2 | 7 |
CATEGORÍA | B | RIESGO ALTO | RIESGO ALTO |
¿A QUIEN SE LE ASIGNA? | 100% CONTRATISTA | 100% CONTRATISTA | 100% CONTRATISTA |
TRATAMIENTO/ CONTROLES A IMPLEMENTAR | POR PARTE DEL PROPONENTE, REALIZAR UNA REAL PROYECCIÓN DE PRECIOS, ANALIZANDO COSTOS, GASTOS, UTILIDAD RAZONABLE Y DEMÁS VARIABLESQUE AFECTEN DIRECTAMENTE EL PRECIO DE VENTA SIN AFECTAR LAS CONDICIONES TECNICAS MINIMAS DE LOS ELEMENTOS A CONTRATAR. POR PARTE DE LA ENTIDAD CONTRATANTE, REALIZAR LA VERIFICACIÓN DE LAS OFERTAS ECONÓMICAS DE LOS PROPONENTES Y EN CASO DE DETECTARSE UN PRECIO | DEBIDO PROCESO | EL SUPERVISOR DEL CONTRATO DEBE MONITOREAR LA EJECUCIÓN DEL CONTRATODE ACUERDO AL CRONOGRAMA DE LA OFERTA |
MATRIZ DE RIESGOS ECONÓMICOS | ||||
ARTIFICIALMENTE BAJO HACER EL REQUERIMIENTO DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN LA LEGISLACIÓN CONTRACTUAL. | ||||
IMPACTO DESPUÉS DEL TRATAMIENTO | PROBABILIDAD | 3 | 1 | 1 |
IMPACTO | 2 | 1 | 1 | |
VALORACIÓN DEL RIESGO | 5 | 2 | 2 | |
CATEGORÍA | B | RIESGO BAJO | RIESGO BAJO | |
AFECTA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO? | SI | SI | SI | |
PERSONA RESPONSABLE POR IMPLEMENTAR EL TRATAMIENTO | PROPONENTE Y COMITÉ ECONÓMICO EVALUADOR | COMITÉ ECONOMICO ESTRUCTURADOR Y EVALUADOR | GERENTE DEL PROYECTO | |
FECHA ESTIMADA EN QUE SE INICIE EL TRATAMIENTO | DURANTE LA ELABORACION DE LA OFERTA Y LA EVALUACIÓN DE LA MISMA | UNA VEZ SE CONOCE EL INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL CONTRATISTA O EL SUPERVISOR DEL CONTRATO | CUANDO SE DE EL INCUMPLIMIENTO | |
FECHA ESTIMADA EN QUE SE COMPLETA EL TRATAMIENTO | AL TERMINO DE LAS EVALUACIONES | CON EL ACTA DE ENTREGA A SATISFACCIÓN O EL ACTA DE LIQUIDACIÓN. | CON LA SUSCRIPCIÓN DEL ACTA DE RECIBOA SATISFACCIÓN | |
MONITOREO Y REVISIÓN | COMO SE REALIZA EL MONITOREO? | DURANTE LA ELABORACIÓN DE LA OFERTA POR PARTE DEL PROPONENTE. MEDIANTE LA EVALUACIÓN ECONÓMICA REALIZADA POR EL COMITÉ ECONOMICO | CON LA EXPEDICIÓN POR PARTE DEL SUPERVISO RDEL CONTRATO DELOS INFORMES DE SUPERVISIÓN Y VERIFICANDO CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN | CON LA EXPEDICIÓNPOR PARTE DEL SUPERVISORDEL CONTRATO DELOS INFORMES DE SUPERVISIÓN Y VERIFICANDO CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN |
PERIODICIDAD ¿CUANDO? | ETAPA PRECONTRACTUAL | MENSUALES /COMO INDIQUE CRONOGRAMA | MENSUALES /COMO INDIQUE CRONOGRAMA |
RIESGOS JURIDICOS
No. | ¿A quién asigna? | se | le | Tratamiento/Controles a ser implementados | Impacto después del tratamiento | ¿Afect a el equilib rio econó mico del contra to? | Persona Responsable por implementar el tratamiento | Fecha estimada en que se inicia el tratamient o | Fecha estimada en que se completa el tratamiento | Monitoreo y Revisión | |||||
Probabilidad | Impacto | Calificación Total | ¿Cómo se realiza monitoreo? | el | Periodicidad ¿Cuándo? | ||||||||||
1 | Oferente/ contratante | Condiciones claras, justas publicidad y transparencia en todo el proceso contractual. | 3 | 2 | 5 | No | El gerente del proyecto | Durante la elaboració n de la invitación publica | Hasta cierre proceso | el del | Durante estructuración | la | Etapa Precontractual | ||
2 | 100% contratista | al | Requerir al oferente para que explique las razones que sustenten el valor por él ofertado | 1 | 1 | 2 | si | Gerente del proyecto- comité económico evaluador- comité de adquisicione s | Durante la evaluación | hasta la adjudicación y/o declaratoria de desierto | Por medio de verificación de valores ofertados | la los | Etapa contractual | ||
3 | 100% CONTRATISTA | Debido proceso | 1 | 1 | 2 | si | supervisor del contrato- gerente del proyecto / comité de adquisicione s | cuando se dé el incumplimi ento | con la suscripción del acta de recibo de satisfacción | con la expedición por parte del supervisor del contrato delos informes de supervisión y verificando cronograma de ejecución | Mensual/ como indique el cronograma | ||||
2 | Contratista | Supervisión del contrato aunado a la constitución de la correspondiente garantía (Póliza de Cumplimiento) | 1 | 1 | 2 | No | Supervisor del Contrato asignado | Fecha suscripció n de aceptación de oferta | Diciembre 31 de 2014 | El supervisor del contrato ejercerá la supervisión y control de la ejecución de las obligaciones contraídas por el contratista. | Mensual |
No. | ¿A quién asigna? | se | le | Tratamiento/Controles a ser implementados | Impacto después del tratamiento | ¿Afect a el equilib rio econó mico del contra to? | Persona Responsable por implementar el tratamiento | Fecha estimada en que se inicia el tratamient o | Fecha estimada en que se completa el tratamiento | Monitoreo y Revisión | ||||
Probabilidad | Impacto | Calificación Total | ¿Cómo se realiza el monitoreo? | Periodicidad ¿Cuándo? | ||||||||||
3 | Entidad Contratante Contratista | y | Planes contingencia acuerdos entre partes. | de y las | 2 | 1 | 3 | Si | Supervisor del Contrato asignado | Fecha suscripció n de aceptación de oferta | Diciembre 31 de 2014 | El supervisor del contrato comunicará en su informe sobre alteraciones sociales o políticas que puedan afectar la ejecución del contrato y hará los requerimientos pertinentes. | Cuando presente evento | se el |
4 | Entidad Contratante Contratista | y | Planes contingencia acuerdos entre partes. | de y las | 2 | 1 | 3 | Si | Supervisor del Contrato asignado | Fecha suscripció n de aceptación de oferta | Diciembre 31 de 2014 | El supervisor del contrato comunicará en su informe sobre eventos catastróficos naturales que puedan afectar la ejecución del contrato y hará los requerimientos pertinentes. | Cuando presente evento | se el |
RIESGOS TECNICOS
Nº | 1 | 2 | 3 |
CLASE | GENERAL | GENERAL | GENERAL |
FUENTE | EXTERNA | EXTERNA | EXTERNA |
ETAPA | SELECCIÓN | EJECUCION | EJECUCIÓN |
TIPO | OPERACIONALES | OPERACIONALES | OPERACIONALES |
Descripción | Experiencia de los oferentes en contratos de este tipo | No cumplimiento de la composición fisicoquímica de los elementos | Transporte |
CONSECUENCIA DE LA OCURRENCIA DEL EVENTO | Falta de logística del proponente | Falta de logística del proponente | Falta de logística del proponente | |
PROBABILIDAD | 1 | 2 | 1 | |
IMPACTO | 4 | 3 | 2 | |
VALORACIÓN DEL RIESGO | 5 | 5 | 3 | |
CATEGORÍA | Medio | Medio | Bajo | |
¿A QUIEN SE LE ASIGNA? | Contratista | Contratista | Contratista | |
TRATAMIENTO / CONTROLES A SER IMPLEMENTADOS | El supervisor del contrato debe monitorear la ejecución del contrato de acuerdo con el cronograma de la oferta y el contratista debe cumplir con la debida diligencia para la producción de los elementos. | El supervisor del contrato debe monitorear la ejecución del contrato de acuerdo con el cronograma de la oferta y el contratista debe cumplir con la debida diligencia para la producción de los elementos. | Contratista debe cumplir con la debida diligencia para el transporte de los elementos y el cumplimiento de la entrega. | |
IMPACTO DESPUÉS DEL TRATAMIENTO | PROBABILIDAD | 1 | 1 | 1 |
IMPACTO | 1 | 2 | 1 | |
VALORACIÓN DEL RIESGO | 3 | 3 | 2 | |
CATEGORÍA | Bajo | Bajo | Bajo | |
AFECTA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO? | Si | Si | Si | |
PERSONA RESPONSABLE POR IMPLEMENTAR EL TRATAMIENTO | Supervisor | Supervisor | Contratista | |
FECHA ESTIMADA EN QUE SE INICIE EL TRATAMIENTO | Una vez se identifique | Una vez se identifique | Una vez se identifique | |
FECHA ESTIMADA EN QUE SE COMPLETA EL TRATAMIENTO | Antes de la ejecución | Antes de la ejecución | Durante la ejecución | |
MONITOREO Y REVISIÓN | COMO SE REALIZA EL MONITOREO? | Antes de la entrega de los bienes se hace contacto con el contratista | En la recepción de los bienes se verifica que cumpla con la especificación técnica | Antes de la entrega de los bienes se hace contacto con el contratista |
PERIODICIDAD ¿CUANDO? | Mensualmente | Mensualmente | Mensualmente |
ORIGINAL DEBIDAMENTE FIRMADO TC.XXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXXXX
Ordenador de Gasto
ORIGINAL DEBIDAMENTE FIRMADO
Abogado: XXXXXX XXXXXXX COLONIA XXXXX
Comité Jurídico Estructurador
ORIGINAL DEBIDAMENTE FIRMADO
Contador Público. XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX
Comité Económico Estructurador
ORIGINAL DEBIDAMENTE FIRMADO SS. XXXXXXXX XXXX XXXXX
Comité Técnico Estructurador
ANEXO Nº 1 DATOS DEL PROCESO
Objeto | EL SERVICIO DE TRANSPORTE INTEGRAL DE PERSONAL Y CARGA DE LAS FUERZAS MILITARES/EJÉRCITO NACIONAL EN AERONAVES DE ALA FIJA CON DESTINO AL BATALLON DE INFANTERIA XX XXXXX No.50 | |||||
Presupuesto Oficial: | El presupuesto asignado para la ejecución del presente proceso es por la suma | |||||
DOSCIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($200.000.000.00), según Certificado de | ||||||
Disponibilidad Presupuestal No. 4019 de fecha 00 xx xxxxx xx 0000 xxxx xx xxxxx | ||||||
presupuestal A-02-02-02-006-10C por concepto de SERVICIOS DE ALOJAMIENTO, | ||||||
SERVICIOS DE SUMINISTRO DE COMIDAS Y BEBIDAS, SERVICIOS DE | ||||||
TRANSPORTE Y SERVICIOS DE DISTRIBUCION DE ELECTRICIDAD, GAS Y AGUA | ||||||
expedido por el Jefe de Presupuesto del Batallón de A.S.P.C. No. 26 | ||||||
TIPO DE CTA SUB OBJG ORD REC C/S DESCRIPCION VALOR | ||||||
GASTO | ||||||
SERVICIOS DE | ||||||
ALOJAMIENTO, SERVICIOS | ||||||
DE SUMINISTRO DE | ||||||
COMIDAS Y BEBIDAS, | ||||||
A 02 02 02 006 10 CSF SERVICIOS DE $200.000.000.00 | ||||||
TRANSPORTE Y SERVICIOS | ||||||
DE DISTRIBUCION DE | ||||||
ELECTRICIDAD, GAS Y | ||||||
AGUA | ||||||
ITEM | DESCRIPCION | TRAYECTO A ADQUIRIR | PRESUPUESTO | |||
1 | VILLAVICENCIO/ARARACUARA | 1 | 16.880.000,00 |
2 | XXXXXXXXXXXXX/XXXXXXXX | 0 | 00.000.000,00 | |||
0 | XXXXXXXXXXXXX/XXXXXX XXXXX | 1 | 40.375.000,00 | |||
4 | VILLAVICENCIO/PEDRERA | 1 | 23.750.000,00 | |||
5 | VILLAVICENCIO/TARAPACÁ | 1 | 26.250.000,00 | |||
6 | XXX XXXX XXX XXXXXXXX/XXXXXXXXXX | 0 | 11.400.000,00 | |||
7 | XXX XXXX XXX XXXXXXXX/XXXXXXXX | 0 | 00.000.000,00 | |||
0 | XXX XXXX XXX XXXXXXXX/XXXXXX XXXXX | 1 | 29.070.000,00 | |||
9 | XXX XXXX XXX XXXXXXXX/XXXXXXX | 0 | 00.000.000,00 | |||
00 | XXX XXXX XXX XXXXXXXX/XXXXXXXX | 1 | 21.530.000,00 | |||
LA ADJUDICACION SERA TOTAL DEBIENDO OFERTAR TODOS LOS ITEMS LA ENTIDAD AL MOMENTO DE LA EJECUCION Y DE ACUERDO CON LA NECESIDAD ESTABLECERA LAS RUTAS REQUERIDAS (IDA Y REGRESO) HASTA AGOTAR EL PRESUPUESTO HASTA POR LA SUMA DE DOSCIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($200.000.000.00). Los precios ofertados no se encontraran sujetos a modificaciones por parte del contratista durante el periodo de ejecución del contrato. | ||||||
Participantes: | Podrán participar personas naturales o jurídicas, públicas y privadas, nacionales o extranjeras individualmente, en consorcio, en unión temporal, o conformación de sociedad futura, o cualquier otro medio de asociación permitido por la ley que hayan manifestado la intención de participar en el presente proceso de selección y que a la fecha de presentación de la propuesta se encuentre debidamente inscrito y clasificado en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio respectiva; en aquellas actividades, especialidades y grupos que se establecen en el Anexo # 1 “Datos del proceso”. Sin perjuicio de lo establecido en el régimen de transición descrito en el numeral 1 del Art 2.2.1.2.4.2.2 del Decreto 1082 de 2015 todos los proponentes, al momento de presentar su oferta deben estar clasificados como se indica en el Anexo 1 “Datos del Proceso”. | |||||
Registro Único | Según el decreto 1082 del 2015 se hace necesario clasificar los bienes según |
De Proponentes | Clasificador de Bienes y Servicios de las Naciones Unidas para estandarizar productos y servicios, conocido por las siglas UNSPSC. La Entidad exige que los oferentes se encuentren clasificados dentro de los códigos que se enuncian a continuación hasta el tercer nivel de desagregación, nivel CLASE: | |||||||
78000000 | 78110000 | 78111500 | Transporte Aérea | de | Pasajero | |||
78000000 | 78100000 | 78101500 | Transporte de Carga Aérea | |||||
Consulta, expedición de copias de los pliegos, y manifestación expresa de la intención de participar en el proceso. | El pliego de condiciones podrá consultarse en la página Web: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx. La manifestación expresa de participar en el proceso se deberá tramitar de acuerdo con lo indicado en las condiciones de la convocatoria que se publicaran en la página xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx. EN EL CASO DE LAS MIPYMES LA MANIFESTACION DE INTERES DE LIMITAR LA CONVOCATORIA A LAS MISMAS DEBE PRESENTARSE A MAS TARDAR EL DIA HABIL ANTERIOR A LA FECHA PREVISTA PARA LA APERTURA. En la pagina web | |||||||
Publicación del Proyecto Pliego de Condiciones, Estudio Previo y Aviso de Convocatoria | El proyecto, estudio y aviso podrán consultarse en la página web: xxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx De acuerdo a cronograma publicado en xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx- ii 00 xx xxxx xx 0000 | |||||||
Xxxxxxxxxxxxx a limitar la convocatoria a MIPYMES | De acuerdo a cronograma publicado en xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx únicamente a través de este portal | |||||||
La entidad estatal ha recibido solicitudes de por lo menos tres (3) Mipyme nacionales para limitar la convocatoria a Mipyme nacionales. La entidad estatal debe recibir estas solicitudes por lo menos un (1) día hábil antes de la apertura del proceso de contratación. La Mipyme nacional debe acreditar su condición con un certificado expedido por el representante legal y el revisor fiscal, si está obligado a tenerlo, o el contador, en la cual conste que la Mipyme tiene el tamaño empresarial establecido de conformidad con la ley y su existencia sea de mínimo un año contado a partir de la publicación del aviso de convocatoria. 00 xx xxxx xx 0000 | ||||||||
Xxxxx máximo | ||||||||
para presentar observaciones al Proyecto de | De acuerdo a cronograma publicado en xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx- ii únicamente a través de este portal |
Pliego de Condiciones | Durante cinco (5) días hábiles a partir de la fecha de publicación hasta 20 xx xxxx de 2019 |
Publicación de la respuesta a observaciones al proyecto xx Xxxxxx de Condiciones | De acuerdo a cronograma publicado en xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx únicamente a través de este portal 21 xx xxxx de 2019 |
Publicación de la Resolución de Apertura. | De acuerdo a cronograma publicado en xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx- ii se publica en el link de la convocatoria 23 xx xxxx de 2019 |
Publicación xxx Xxxxxx de Condiciones Definitivo | De acuerdo a cronograma publicado en xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx- ii se publica en el link de la convocatoria 23 xx xxxx de 2019 |
Plazo máximo para manifestación de intención de participar en el proceso. | De acuerdo a cronograma publicado en xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx únicamente a través de este portal Dentro de los tres (3) días siguientes a la publicación xxx xxxxxx de condiciones definitivo, este requisito es habilitante y sólo se puede hacer a través del portal secop ii Hasta el 28 xx xxxx de 2019 |
Sorteo y publicación de lista de precalificados | De acuerdo a cronograma publicado en xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx únicamente a través de este portal El 29 xx xxxx de 2019 |
Plazo máximo para presentar observaciones al Pliego definitivo de Condiciones | De acuerdo a cronograma publicado en xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx- ii únicamente a través de este portal Durante cinco (5) días hábiles a partir de la fecha de publicación xxx xxxxxx definitivo hasta el 30 xx xxxx de 2019 |
Publicación respuesta a las observaciones al pliego definitivo | De acuerdo a cronograma publicado en xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx- ii únicamente a través de este portal 31 xx xxxx de 2019 |
Plazo para expedir adenda | De acuerdo a cronograma publicado en xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx- ii únicamente a través de este portal 31 xx xxxx de 2019 |
Cierre y apertura de propuestas: |
De acuerdo a cronograma publicado en xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx- ii únicamente a través de este portal 5 xx xxxxx de 2019 11:00 horas | |
Verificación y Evaluación de las Propuestas: | De acuerdo a cronograma publicado en xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx- ii únicamente a través de este portal Hasta 5 xx xxxxx de 2019 |
Publicación de las evaluaciones de las ofertas. | De acuerdo a cronograma publicado en xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx únicamente a través de este portal 5 xx xxxxx de 2019 |
Consulta y Traslado para presentación de Observaciones a las evaluaciones | De acuerdo a cronograma publicado en xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx únicamente a través de este portal 6 xx xxxxx de 2019 al 10 xx xxxxx de 2019 |
Publicación a las observaciones | De acuerdo a cronograma publicado en xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx únicamente a través de este portal 11 xx xxxxx de 2019 |
Respuesta a las observaciones presentadas a las evaluaciones y publicación de las respuestas en el Secop | De acuerdo a cronograma publicado en xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx únicamente a través de este portal 12 xx xxxxx de 2019 |
Expedición acto administrativo de adjudicación | De acuerdo a cronograma publicado en xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx- ii únicamente a través de este portal 13 xx xxxxx de 2019 |
Suscripción del Contrato | Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la resolución de adjudicación. |
expedición |
registro presupuestal | Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato. |
Garantía de Seriedad: | La vigencia de la Garantía de Seriedad será de mínimo cuatro (4) meses contados a partir de la fecha de cierre del proceso de selección y contratación, por un valor equivalente al diez por ciento (10%) del valor total de la oferta. |
Constitución Garantía Única | Plazo máximo cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato |
Plazo de Ejecución fecha | El plazo de ejecución se entiende a partir del cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y cumplimiento de requisitos de ejecución del contrato y hasta el 31 de diciembre de 2019 y/o hasta agotar presupuesto. El contratista se obliga a prestar el servicio de conformidad con los pedidos que realice el supervisor del contrato, de manera mensual. |
Lugar y condiciones de ejecución: | Una vez adjudicado el contrato, el contratista debe prestar el servicio de acuerdo con la necesidad y en los lugares y rutas requeridos por el BASPC-26, BILAC50 y sus unidades centralizadas, se entenderá el domicilio contractual la ciudad xx Xxxxxxx Departamento del Amazonas . |
Plazo de Duración del contrato | Desde la suscripción del contrato resultante hasta 4 meses después de vencido el plazo de ejecución. |
Valor del Contrato: | Será el resultante en la Resolución de Adjudicación |
Moneda de pago: | PESOS COLOMBIANOS |
Forma y Condiciones Pago | El MDN - Ejército Nacional – BATALLÓN DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 se compromete a pagar el Valor del contrato resultante de la siguiente forma: Pagos mensuales, de acuerdo a lo consumido, y treinta días después del Acta de recepción a satisfacción de los bienes del Contrato por el MDN- EJERCITO NACIONAL- BASPC26, plasmado en un acta suscrita por el supervisor del contrato y el comité técnico evaluador y representante del contratista, previo cumplimiento de los siguientes requisitos: Situación de Recursos por parte del Ministerio De Hacienda y Crédito Público Dirección xxx Xxxxxx Nacional (Asignación Cupo PAC). |
Que se ejecuten los demás trámites administrativos Correspondientes. Verificación por parte del MDN- Ejercito Nacional del cumplimiento del contratista del pago de aportes parafiscales y los propios xxx XXXX, ICBF y caja de compensación familiar. (En los casos que aplique, de conformidad con lo establecido en el Decreto 1828 del 27/08/2013). Los pagos aquí relacionados se realizarán previo el cumplimiento y verificación de los siguientes requisitos: Recepción a satisfacción de la entrega parcial de los bienes contratados por parte del Ministerio de Defensa Nacional- Ejército Nacional – BASPC26. Este requisito debe ser plasmado en un informe y un acta debidamente suscrito por el supervisor del Contrato. INFORME DE SUPERVISOR DEL CONTRATO Que se ejecuten los demás trámites administrativos correspondientes. En el evento de prórroga en la entrega del objeto del contrato, por causa imputable al contratista, el pago se postergará en el mismo lapso de xx xxxxxxxx. |
XXXXX 0
NORMAS Y/O FICHAS TÉCNICAS Y/O ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO
Cada oferente debe presentar en su oferta el cumplimiento de LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS DE OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO al diligenciar el presente anexo No. 2 xxx Xxxxxx de Condiciones, que contiene lo siguiente:
ESPECIFICACIONES TECNICAS DE OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO.
DESCRIP CIÓN |
AERONAVE ALA FIJA |
El oferente y/o futuro contratista debe prestar el servicio de transporte de carga y pasajeros con aeronaves que garanticen los siguientes requerimientos: Aeronaves de 3.5TON Transporte de pasajeros militares con o sin armamento. Transporte de carga que se requiera. Transporte de otros pasajeros o carga que requiera la fuerza (conscriptos). El oferente debe especificar el tipo de aeronave que oferta |
DISPONIBILIDAD |
El oferente y/o futuro contratista debe garantizar aeronaves de mínimo 1-19 PAX en las rutas establecidas por el BILAC50. El contratista debe dar prioridad a los requerimientos que haga el Batallón de Infantería No.50 por intermedio de Supervisor del contrato hasta agotar los recursos. El combustible correrá por cuenta del contratista, por lo anterior todos los costos y gastos que se generen para la prestación del servicio. La disponibilidad para cubrir las rutas contratadas estará bajo el control directo del BILAC50, a través del supervisor del contrato, hasta agotar los recursos destinados para tal fin. |
MANTENIMIENTO El proponente en caso de ser contratista se compromete a que debe cumplir los siguientes aspectos mínimos básicos en las aeronaves que prestarán el servicio objeto del presente proceso. Los gastos de mantenimiento tales como repuestos, grasas, lubricantes, mano de obra calificada, reparaciones mayores y menores, fletes y otros, propios del servicio objeto del presente contrato corren por cuenta del contratista. por lo anterior todos los costos y gastos que se generen para la prestación de servicios, serán asumidos en su totalidad por el contratista y bajo ninguna circunstancia serán asumidos por Ejército Nacional-BILAC50. El contratista debe garantizar que antes de cada vuelo, las aeronaves estén en condiciones aeronavegables y en perfecto estado de mantenimiento y operatividad, de acuerdo con las normas establecidas por la Aeronáutica Civil de Colombia y deben haber cumplido todos los boletines aplicables y demás normatividad vigente. Debe disponer con el personal y la infraestructura suficiente y certificada para la ejecución de funciones de reparación, mantenimiento, certificado por la autoridad Aeronáutica Colombiana. |
El contratista debe garantizar el reemplazo de la(s) aeronave(s) que por motivos técnicos o imprevistos queden fuera de servicio con un tiempo no mayor a 48 horas después de haber sido notificado en cualquier forma por el supervisor del contrato El contratista debe garantizar el reemplazo de la tripulación o algún miembro de esta en caso de eventualidad(enfermedad o lesión) con un tiempo no mayor a 48 horas después de haber sido notificado en cualquier forma por el supervisor del contrato |
COMUNICACIONES |
El contratista debe garantizar que las aeronaves que presten el servicio cumplan con los siguientes requisitos que garanticen las comunicaciones básicas: Dos (02) radios VHF como mínimo. Un (01) sistema transpondedor. Un (01) sistema de radio baliza para la ubicación de la aeronave en caso de siniestro. Lo anterior de acuerdo con lo estipulado por las normas aeronáuticas colombianas. |
CONDICIÓN DE LAS TRIPULACIONES Y EFECTOS DE RELEVOS DE LAS MISMAS. |
Es obligación y responsabilidad exclusiva del contratista que las tripulaciones cumplan con los siguientes requisitos mínimos básicos: Cada miembro de la tripulación debe tener sus certificados médicos, licencia como piloto de la aeronave que opera vigentes, durante toda la duración del contrato y estar autorizado el oferente la por la Unidad Administrativa de la Aeronáutica Civil Colombiana (UAEAC), estos documentos deben ser anexados en la oferta. La tripulación mínima requerida debe estar conformada según el manual de vuelo del operador de la aeronave correspondiente y las normas vigentes de la Unidad Administrativa de la Aeronáutica Civil Colombiana (UAEAC). El piloto al mando y el xxxxxxx xxxxxx deben estar calificados en el equipo que vuelan, de acuerdo a lo dispuesto por Unidad Administrativa de la Aeronáutica Civil Colombiana (UAEAC), para efectos de edad y otros se tendrá en cuenta lo estipulado en el RAC publicado y vigente. Los gastos de alojamiento, alimentación, relevos de tripulaciones, servicios médicos de la tripulación corren por cuenta del contratista. Por lo anterior todos los costos y gastos que se generen para la prestación de servicios, serán asumidos por el contratista y por ningún motivo serán asumidos por El Ejército Nacional-bilac50 |
CÓMPUTO DE LA HORA DE VUELO Y TRASLADO DE AERONAVES, EXCLUSION IVA El contratista se comprometerá dar aplicación a la exclusión del IVA, de conformidad con el numeral 2 del artículo 476 del Estatuto Tributario “Servicios Excluidos del Impuesto sobre las ventas”, el transporte público o privado nacional o internacional de carga aérea, se encuentra excluido de IVA. Y según decreto N° 3228 del 11 de noviembre de 2003. La Xxxxxxx, Xxxxxxx y Tarapacá en el departamento de Amazonas; |
En el Artículo 476 del Estatuto Tributario “Servicios Excluidos del Impuesto sobre las ventas”, y su numeral 20 adicionado por el artículo 36 de la Ley 788 de 2002. El transporte aéreo nacional de pasajeros con destino o procedencia de rutas nacionales donde no exista transporte terrestre organizado, se encuentra excluido del IVA. El oferente dentro de su propuesta económica debe contemplar todos aquellos valores adicionales como es el valor de la tasa aeroportuaria cuando se requiera. |
CERTIFICACIONES |
REQUISITO PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO: CERTIFICADO DE AERONAVEGABILIDAD Y/O PERMISO DE OPERACIÓN DE LAS AERONAVES EN COLOMBIA: De conformidad a lo señalado en el literal b) del numeral 3.1. Horas de Vuelo, de la Directiva Ministerial 17 del 23 xx Xxxxx de 2017, será exigido como requisito para la ejecución del contrato y en consecuencia debe ser presentado por el adjudicatario o contratista como una de sus obligaciones contractuales, sin perjuicio de que se exija que las aeronaves que sean presentadas con la oferta deben contar con el certificado de aeronavegabilidad o permiso de operación expedido en el lugar en el que se encuentren operando a la fecha de presentación de la oferta. COPIA DE LA DECLARACIÓN DE IMPORTACIÓN O DE IMPORTACIÓN TEMPORAL A LARGO PLAZO (DE ACUERDO A ESTATUTO ADUANERO) DE LAS AERONAVES QUE VAN A SER UTILIZADAS PARA LAS OPERACIONES: De conformidad al literal c) del numeral 3.1. Horas de Vuelo de la Directiva Ministerial 17 del 23 xx Xxxxx de 2017, la cual señala: c) Modalidad de ingreso al país de las aeronaves: Debe preverse que las aeronaves ofrecidas para la prestación del servicio de horas de vuelo hayan ingresado y permanezcan en el país debidamente autorizadas bajo cualquiera de las modalidades previstas por la autoridad aeronáutica nacional, v.g. Nacionalización o importación temporal. Constancia de las aeronaves expedida por la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, donde conste que las aeronaves son operables y no están incursas en ningún ilícito. CUANDO APLIQUE. Contar con la solicitud de inspección y certificación de identificación técnica de antinarcóticos para aeronaves o embarcaciones emitida por la Dirección de Antinarcóticos de la Policía Nacional, la cual debe solicitarse cada año y renovarse de acuerdo a la norma. REQUISITO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA: |
Cada aeronave que preste el servicio debe tener su respectiva póliza de seguros de la estructura, maquina, de la aeronave en general, tripulación, sillas en la cantidad de pasajeros de la capacidad total, cargas y materiales que serán transportados, las pólizas deben permanecer vigentes durante el plazo de ejecución del contrato. Donde estén cubiertos los amparos por casco de la aeronave, seguro de silla, carga, amparos a terceros y demás que correspondan de acuerdo a lo exigido en los términos y condiciones de la AERONÁUTICA CIVIL COLOMBIANA, las pólizas deben permanecer vigente durante la ejecución del contrato. Cada aeronave debe tener un (KIT XX XXXXX) con capacidad para sostener y mantener a la tripulación y la cantidad de pasajeros transportados mientras son rescatados o evacuados. En el evento de aterrizar o caer las aeronaves que ejecutan los servicios objeto del presente proceso, como consecuencia de ataque o acciones terroristas, la recuperación de las aeronaves, material y equipo, en el área de operaciones, corresponde al contratista. |
ASPECTOS DE SEGURIDAD |
Cada tripulación y aeronave debe tener todo el equipo necesario para las misiones que se realicen en las diferentes áreas del territorio nacional. (Ejemplo: Equipo de supervivencia básico de montaña, xx xxxxx). Cada aeronave debe tener un botiquín de primeros auxilios de acuerdo al RAC4. Las aeronaves que presten el servicio (durante el mismo) no deberán transportar personal o carga que no estén autorizados por el CONTRATANTE a través del supervisor. Las aeronaves no deberán transportar cargas o tropas que sobrepasen las cartas de rendimiento autorizadas por el fabricante de la aeronave. Las tripulaciones deben tener un descanso mínimo de ocho (8) horas. Las tripulaciones estarán obligadas a tener el mínimo equipo para vuelo requerido de seguridad, overol o uniforme del color de la compañía, protectores auditivos y demás equipo necesario establecido en las reglamentaciones vigentes. Todas las tripulaciones comprometidas, deberán ceñirse a las exigencias de seguridad y respeto que se tengan en la Unidad militar en donde se encuentren. La compañía realizará pruebas aleatoriamente de acuerdo a la reglamentación del contratista a las tripulaciones, en los lugares donde se encuentren destacados y practicar, si se hace necesario las respectivas pruebas de alcoholemia y de sustancias alucinógenas, narcóticas o depresivas de lo cual deberá dejar documento escrito de las cuales se enviará copia al supervisor del contrato de manera mensual. Total observancia a todos los sistemas de seguridad física, personal e industrial que se tengan en la Unidad militar en la cual se encuentren las aeronaves. Las aeronaves a emplear deben tener perfectamente demarcadas las zonas de riesgo y/o peligro y las salidas de emergencia. Las tripulaciones de las aeronaves, deben hablar, escribir y entender perfectamente el idioma Español. |
COMBUSTIBLES |
El combustible utilizado por las aeronaves en todo caso será asumido por parte del contratista. |
OTROS ASPECTOS TÉCNICOS |
En el evento de aterrizar o caer las aeronaves que ejecutan los servicios objeto del presente proceso, como consecuencia de ataque o acciones terroristas, la recuperación de las aeronaves, material y equipo, en el área de operaciones, corresponde al contratista. El contratista se obliga a asumir de forma total los gastos administrativos de las tripulaciones empleadas en la operación, como son viáticos, alojamiento, transporte y todos los demás, inherentes al objeto del presente contrato. El contratista se obliga a asumir todo tipo de responsabilidad por la operación de sus aeronaves, tripulaciones, mecánicos, o personal de la Empresa o contratado por la misma, involucradas en el objeto del contrato. El contratista se obliga a asumir la responsabilidad económica en los sitios que deba pernoctar la aeronave o pedir extensión de horas para la operación de los aeródromos, lo anterior basado en las tarifas aeroportuarias del explotador de los aeródromos. El oferente y/o futuro contratista debe ser una empresa aérea certificada, con permiso de operación vigente, expedida por la Unidad Administrativa de la Aeronáutica Civil Colombiana (UAEAC), en la modalidad que le permita el transporte del objeto del contrato, y debe anexar el certificado de operación vigente durante la ejecución del contrato. Las aeronaves deben encontrarse completamente listas para el cumplimiento de la misión. La tripulación deberá cumplir con todos los requisitos exigidos por la aeronáutica civil colombiana y especialmente las establecidas en esta ficha. El soporte de mantenimiento deberá cumplir los tiempos mínimos exigidos en la presente ficha técnica. El mantenimiento de la aeronaves incluyendo servicios y repuestos para su reposición debe ser garantizado por el contratista. Se debe garantizar que la aeronave de alta capacidad, back up o de reemplazo estará siempre lista para la misión. El Ejército Nacional-BILAC50 se reserva el derecho a verificar la documentación, alistamiento y/o mantenimiento de las aeronaves que presten el servicio o este de reserva, y a las instalaciones del contratista, en cualquier momento durante la ejecución del contrato. Dar cumplimiento a la normatividad expedida por Aeronáutica Civil Unidad Administrativa Especial para la prestación de los servicios objeto del presente proceso. El contratista se obliga a reemplazar o reparar los elementos de las aeronaves, que resulten con daños detectados adicionales durante el servicio, con el propósito que el componente llegue a la aeronave en condiciones óptimas de aeronavegabilidad, funcionamiento y seguridad sin generar ningún costo para la aviación del Ejército. El contratista se obliga a cumplir con las especificaciones técnicas del servicio. |
SEGUROS |
El oferente debe presentar en su oferta certificación de la pólizas de los seguros de cada una de las aeronaves ofertadas y las cuales se utilizaran para prestar el servicio objeto del presente proceso de selección, donde estén cubiertos los amparos por casco de la aeronave, seguro de silla, carga, amparo a terceros y demás que correspondan de acuerdo a lo exigido en los términos y condiciones de la Aeronáutica Civil Colombiana. |
SERVICIOS. |
Se obliga a suministrar protección auditiva a los pasajeros que viajen en las aeronaves contratadas. El Contratista se obliga a designar a un funcionario de la empresa para que atienda el servicio de vuelos charter o de cualquier consulta acerca del tema, sin costo adicional con disponibilidad permanente 24 horas del día, 7 días de la semana, durante la ejecución del contrato. |
OTROS REQUISITOS |
El contratista en cumplimiento al desarrollo de los diferentes vuelos del presente contrato debe: El contratista debe allegar junto con los controles de vuelos, copia del plan de vuelo, manifiesto de pasajeros de cada uno de los vuelos realizados. El contratista debe garantizar que antes de todo vuelo se efectuara el respectivo breafing de seguridad de la aeronave a emplear, con fin de reaccionar ante un posible evento con respecto al vuelo. La exclusividad exigida a la cual hace referencia el contratante es al momento de requerir el servicio. Todo traslado de las aeronaves que se genere por motivos diferentes a la operación ordenada por el supervisor deberán ser asumida por el contratista. |
TITULARIDAD DE LAS AERONAVES El oferente debe acreditar ser el titular de derecho de dominio, tenedor o arrendatario de las aeronaves que en principio serán dispuestas para la prestación del servicio. |
INEXISTENCIA DE VINCULO LABORAL |
El contratista entiende que no existirá vínculo laboral alguno entre el Ejército Nacional- BILAC50 y el personal que el contratista designe para el cumplimiento del objeto contractual, por lo que el contratista asumirá la ejecución del contrato con total autonomía e independencia técnica, administrativa y financiera. Asumirá los riesgos laborales y demás erogaciones en que puedan incurrir el personal designado para el desarrollo de los servicios. |
3.1.2 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ADICIONALES DE OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO
Ítem | Condición | Descripción |
1 | GARANTIA TÉCNICA | Para el presente proceso de selección el proponente deberá presentar una garantía técnica para los servicios ofrecidos, en documento independiente debidamente suscrito por el proponente, en el cual se indique lo siguiente: d. Que declara bajo la gravedad de juramento que el servicio a prestar CUMPLE con todas las especificaciones de calidad y legalidad exigidas por la aeronáutica civil y demás normas de operación aérea. Que ampare el cumplimiento de las condiciones técnicas de los bienes y/o servicios adquiridos, responsabilizándose de los reclamos por cualquier falla en la calidad y oportunidad del servicio. Que ampare la seguridad, protección y cuidado de los bienes y personal transportado. Que ampare cada uno de los requerimientos técnicos Que se compromete a transportar el material, personal y carga militar en los tiempos y condiciones requeridos por la Entidad a través del supervisor del contrato. e. TÉRMINO DE RESPUESTA DE LA GARANTÍA TÉCNICA. El término de garantía técnica y el tiempo de respuesta de la misma, deberán ser aportados en documento independiente debidamente suscrito por el oferente. De presentarse algún contratiempo o novedad por motivos técnicos o imprevistos con las aeronaves, que las dejen fuera de servicio, el contratista debe garantizar el remplazo de las mismas en un tiempo no mayor a seis (6) horas después de haber sido notificado en forma escrita por parte del supervisor del contrato. |
Ítem | Condición | Descripción |
NOTA: LA GARANTIA TÉCNICA Y EL TERMINO DE RESPUESTA DE LA GARANTIA TECNICA DEBE ADJUNTARSE EN DOCUMENTO SEPARADO A LA PROPUESTA, Y DEBIDAMENTE CARGADO EN EL SECOP II. | ||
3. | CLASIFICACION CODIGOS UNSPSC | Según el decreto 1082 del 2015 se hace necesario clasificar los bienes según Clasificador de Bienes y Servicios de las Naciones Unidas para estandarizar productos y servicios, conocido por las siglas UNSPSC. La Entidad exige que los oferentes se encuentren clasificados dentro de los códigos que se enuncian a continuación hasta el tercer nivel de desagregación, nivel CLASE: 78000000 78110000 78111500 Transporte de Pasajero Aérea 78000000 78100000 78101500 Transporte de Carga Aérea |
ANEXO 3
MINUTA DEL CONTRATO
El presente anexo incluye como guía para las partes contratantes, las condiciones generales del contrato, pero esta minuta será modificada o complementada por M.D.N. – EJÉRCITO NACIONAL – BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26
“SS. XXXXXX XXXXXX XXXX” de acuerdo con el pliego de condiciones, la propuesta del adjudicatario y la adjudicación del contrato.
CONTRATO DE XXXXXXXXXX (tipificar el contrato, compraventa, obra, prestación de servicios, suministros, etc.) No. XXXXX DE 201X CELEBRADO ENTRE EL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL – EJÉRCITO NACIONAL - BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL
COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX XXXX”) y XXXXXX (Contratista). Los suscritos a saber: El señor XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX (indicar el nombre del competente contractual), mayor de edad, residente en la ciudad de XXXXXXXXX, identificado con cédula de ciudadanía No. XXXXXXXXXX expedida en XXXXXXXX, quien actúa en su carácter de(COMPETENTE CONTRACTUAL), previamente facultado mediante xxxxxxx (indicar la orden semanal, Resolución o acto administrativo mediante el cual fue nombrado) No. XXXXXXXXXX, emitida por XXXXXXXX, y de conformidad con la Resolución Ministerial xxxxx (Resolución de Delegación vigente) quien en consecuencia representa al MDN - EJÉRCITO NACIONAL - BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX XXXX”, NIT
XXXXXXXX, que en adelante y para los efectos del presente contrato se denominará EL M.D.N.
– EJÉRCITO NACIONAL BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX XXXX xor una parte y por la otra, la firma XXXXXXXXX NIT.XXXX, constituida mediante escritura pública No. XXXX de la Notaría XXX, inscrito en la Cámara de Comercio con matricula mercantil XXXXXXX (anexos al presente contrato), Representada Legalmente por el señor XXXXXXXX, mayor de edad, con domicilio en XXXXXXX., identificado con cédula de ciudadanía No. XXXXXXX expedida en XXXXXX., quien en adelante se denominará el CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente contrato de XXXXXXXXXX, previas las siguientes consideraciones:
a.- Que el M.D.N.- EJÉRCITO NACIONAL BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL
COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX XXXX xequiere (indicar el objeto del contrato).
b.- Que en el presupuesto para la vigencia fiscal de 201X existe la asignación de los recursos necesarios para atender las obligaciones de pago del presente contrato hasta por la suma de
$ según consta en el certificado de disponibilidad presupuestal No. expedido por XXXXXXXXXXXXX.
c.- Que el proceso de selección que originó el presente contrato se efectúo con fundamento en
(citar las normas que fundamentaron jurídicamente el proceso de selección).
d.- Que la Dirección de xxxxxxxx o BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX XXXX xel Ejército mediante ponencia presentada el
de _ _ de 201X, propuso al comité de adquisiciones recomendar al señor XXXXXXXXXX (ordenador del gasto) del Ejército, aprobar el estudio previo y el pliego de condiciones del proceso de XXXXXXXX No. _ cuyo objeto es hasta por la suma de
$ .
e.- Que el día _de _ se realizó el cierre del proceso al cual se presentaron los siguientes oferentes , tal como consta en el acta de cierre No. xxxxxxxxxx Registrada al folio No. xxxxxxx.
f.- Que efectuados los estudios correspondientes y cumplidos los requisitos legales y administrativos, previo concepto de los comités: económico, jurídico y técnico, se llevó a cabo la recomendación de adjudicación, en la que XXXXXXXXX (el gerente del proyecto) en ponencia presentada el día xxxxx de , propuso al Comité de Adquisiciones, recomendar al señor Ordenador del Gasto, ADJUDICAR el proceso de XXXXXX No. _, cuyo objeto es la
_, por la suma de $ a la firma .
g.- Que mediante Resolución No. , el xxxxxxx (Ordenador de Gasto) adjudicó el contrato derivado del proceso de XXXXXXXXXXXX a la firma , para la
hasta por la suma de $ .
h.- Xxx xuienes suscriben el presente contrato se encuentran debidamente facultados para ello y por lo tanto pueden obligarse y comprometerse amplia y suficientemente, todo lo cual se acredita con los documentos que se anexan y hacen parte del presente contrato.
i.- Que tras haber sido cumplidos todos los trámites y requisitos legales que exige la contratación administrativa, es procedente la celebración del presente contrato que se regirá por las siguientes cláusulas:
CLÁUSULA PRIMERA.- OBJETO: EL CONTRATISTA se obliga con el M. D. N. - EJÉRCITO NACIONAL - BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX
XXXXXX XXXX x xxxxxx (indicar el objeto del contrato). El M.D.N.- EJÉRCITO NACIONAL - BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX
XXXX por su parte adquiere los bienes y/o servicios u obras para el Ejército Nacional, con las especificaciones técnicas estipuladas en el anexo de este contrato, el anexo No. XX (Indicar el anexo de las especificaciones técnicas) xxx xxxxxx de condiciones para la XXXXXX
_, y la oferta, que hacen parte integral del presente contrato, en los precios relacionados en la presente cláusula.
CLÁUSULA SEGUNDA.- VALOR: El valor del presente contrato es por la suma de
$ . Todos los precios aquí contemplados se entienden firmes y fijos y por lo tanto no están sujetos a ninguna clase de reajuste. Igualmente dentro de este precio, van
incluidos los costos proyectados al plazo de ejecución del presente contrato y la utilidad razonable que el CONTRATISTA pretende obtener, en consecuencia, no se aceptarán solicitudes de reajustes de precios, invocados con base en estas circunstancias.
NOTA: Si los bienes a adquirir están excluidos de IVA, deberá incluirse un Parágrafo donde se indique tal evento.
CLÁUSULA TERCERA.- FORMA Y CONDICIONES DE PAGO: EL MDN-Ejercito Nacional BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX
XXXX pagará el valor del contrato en xxxxxx (Indicar como se realizará el pago) de acuerdo con las entregas estipuladas en el plazo de ejecución, mediante giro directo dentro de los xxxxxx (xx) días siguientes a la recepción a satisfacción del objeto contractual, previo cumplimiento de los siguientes requisitos:
1. Recepción a satisfacción por parte del MDN-Ejército Nacional – BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX XXXX. Este requisito debe ser plasmado en un acta debidamente suscrita por el supervisor del contrato, el comité técnico evaluador y un representante del Contratista.
2. Situación de recursos por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público Dirección xxx Xxxxxx Nacional. (Asignación cupo PAC).
3. Que se ejecuten los demás trámites administrativos correspondientes.
4. La verificación por parte del MDN-Ejército Nacional - BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX XXXX, del pago de aportes relativos al Sistema de Seguridad Integral así como los propios xxx Xxxx, ICBF y Cajas de Compensación Familiar cuando corresponda.
PARÁGRAFO: En el evento de prórroga en la entrega del objeto del contrato, por causa imputable al contratista, el pago se postergará en el mismo lapso de la prórroga.
CLÁUSULA CUARTA.- SUBORDINACIÓN DE LOS PAGOS A LAS APROPIACIONES
PRESUPUÉSTALES: Los pagos que de conformidad con este contrato, deba efectuar el M.D.N - EJÉRCITO NACIONAL - BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26
“SS. XXXXXX XXXXXX XXXX, se subordinan a las apropiaciones que de los mismos se hagan con cargo a xxxxxxx (discriminar el rubro presupuestal)
PARÁGRAFO: MODIFICACIÓN DE LA APROPIACIÓN PRESUPUESTAL: Las partes acuerdan
que en el evento en que sea necesario modificar la presente Clxxxxxx, el M.D.N – EJÉRCITO NACIONAL - BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX
XXXXXX XXXX xodrá hacerlo unilateralmente sin que sea necesario la suscripción de un contrato modificatorio por tratarse de un trámite ajeno a la voluntad del CONTRATISTA.
CLÁUSULA QUINTA.- DURACIÓN: La duración del presente contrato se extenderá así:
ELEMENTO/SERVICIO | DESDE | HASTA |
XXXXXXXXXXXX | SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO RESULTANTE | CUATRO (4) MESES DESPUÉS DE VENCIDO EL PLAZO DE EJECUCIÓN |
CLÁUSULA SEXTA.- DESCRIPCIÓN Y CARACTERÍSTICAS DE LOS BIENES, (SERVICIOS U
OBRAS): los bienes objeto del presente contrato deberán realizarse de acuerdo con las especificaciones técnicas consignadas en el pliego de condiciones, el anexo técnico de este contrato, y la oferta del CONTRATISTA, que hacen parte integral del presente contrato.
CLÁUSULA SÉPTIMA - PLAZO DE EJECUCIÓN Y LUGAR DE ENTREGA: El contrato tendrá el
siguiente plazo de ejecución _ .
PARÁGRAFO PRIMERO: El cronograma de actividades para la ejecución presentado con la oferta, el cual puede ser ajustado por la Administración, siempre y cuando no sobrepase el plazo de entrega estipulado en el presente contrato, hace parte integral del plazo de ejecución de modo que el supervisor del contrato verificará que éste se cumpla. En el evento que las actividades y los plazos allí señalados no se adelanten conforme a lo programado, el MDN – Ejército Nacional – BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS.
XXXXXX XXXXXX XXXX xodrá imponer las sanciones contempladas en el contrato y en la Ley. PARÁGRAFO SEGUNDO: El ACTA DE RECIBO será perfeccionada y expedida dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la entrega parcial y/o total a satisfacción del M.D.N EJÉRCITO NACIONAL - BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX XXXX.
CLÁUSULA OCTAVA. GARANTÍA TECNICA: La garantía técnica cubre los siguientes requisitos:
PARAGRAFO PRIMERO: TÉRMINO DE RESPUESTA DE LA GARANTÍA TÉCNICA:
NOTA: (debe tenerse en cuenta lo requerido en el pliego y lo ofertado por el Contratista).
CLÁUSULA NOVENA.- GARANTÍA ÚNICA: (en esta cláusula debe consignarse los amparos exigidos en la garantía única con su valor y la vigencia, incluidos en el estudio previo y en el pliego de condiciones) 1) Cumplimiento pago de multas y cláusula penal pecuniaria: Su cuantía será equivalente al xxxx por ciento (xx%) del valor del contrato y cubrirá el plazo de ejecución del contrato y cuatro (4) meses más. 2) Calidad de los bienes suministrados: Por un valor equivalente al xxxx por ciento (xx%) del valor del contrato, con una vigencia de xx meses contados a partir de la fecha de entrega de los bienes y/o servicios, evidenciada en el acta de recibo a satisfacción por parte de xxxxxxxxxx. PARÁGRAFO PRIMERO: ALCANCE DE LOS AMPAROS: En la póliza deberá constar expresamente que se ampara el cumplimiento del contrato, el pago de las multas y de la cláusula penal pecuniaria convenidas. En todo caso deberá reponer la garantía cuando el valor de la misma se vea afectada por razón de siniestros, dentro de los cinco (05) días calendario siguiente a la ejecutoria del acto o sentencia que así lo declare. Tratándose de pólizas no expirará por falta de pago de la prima o revocatoria unilateral. PARÁGRAFO SEGUNDO: RENUNCIA AL BENEFICIO DE EXCUSIÓN: En la póliza deberá
constar que la aseguradora renuncia al beneficio de excusión. PARÁGRAFO TERCERO: SANCIÓN POR FALTA DE GARANTÍA: Si el contratista se negare a constituir la Garantía Única en los términos, cuantía y duración establecidos en esta cláusula, el M.D.N EJÉRCITO NACIONAL – BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS.
XXXXXX XXXXXX XXXX xodrá aplicar las sanciones contractuales a que haya lugar. M.D.N.- EJÉRCITO NACIONAL – BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26
“SS. XXXXXX XXXXXX XXXX, de conformidad con el artículo 25 numeral 19 de la Ley 80 de 1993.
CLÁUSULA DÉCIMA.- AVISOS Y NOTIFICACIONES: Todas las comunicaciones que se requieran en desarrollo del presente contrato se presentarán por escrito, directamente, por correo certificado o telefax, así: las que deba realizar el M.D.N - EJÉRCITO NACIONAL – BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX
XXXX xe remitirán a la (indicar la dirección del contratista preferiblemente la señalada en el Certificado de Existencia y Representación Legal, la cual debe coincidir con la señalada en la carta de presentación de la oferta). Las que deba realizar el CONTRATISTA las remitirá por escrito directamente al M.D.N - EJÉRCITO NACIONAL – BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX XXXX (indicar la oficina y dirección del BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX XXXX).
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA.- SANCIONES: Las partes convienen en establecer las siguientes formas de sancionar el incumplimiento de las obligaciones recíprocamente adquiridas en virtud del presente contrato. Previo agotamiento del debido proceso establecido en el artículo 17 de la Ley 1150 de 2007, en concordancia con lo preceptuado en el artículo 86 de la ley 1474 de 2011, para la imposición de multas por parte de la Administración así:
a) En el evento de presentarse retardo en la entrega, de conformidad con lo previsto en la cláusula del plazo de ejecución del presente contrato y con el fin de que el CONTRATISTA cumpla debidamente la ejecución del contrato, se impondrán multas, cuyo valor se liquidará con base en el cero punto cinco por ciento (0.5%) del valor del Bien, servicio y obra dejado de entregar y/o prestar por cada día de retardo y hasta por un plazo máximo de quince (15) días calendario en calidad de sanción por el simple hecho del incumplimiento. Esta sanción se impondrá conforme a la Ley. b) En el evento de presentarse devolución del bien y/o el servicio, por no cumplir el mismo con las especificaciones técnicas del presente contrato, retrasando la entrega del mismo, se liquidará con base en el cero punto cinco por ciento (0.5%) del valor de los bienes, servicios u obra dejados de entregar y/o prestar, por cada día de retardo y hasta por un plazo máximo de 15 días. c) En el evento de que el contratista no desarrolle a tiempo las actividades señaladas en el cronograma que acompaña la oferta y demás obligaciones contractuales, se impondrán multas, cuyo valor se liquidará con base en el cero punto cinco por ciento (0.5%) del valor del ítem y/o bien cuya actividad no se haya desarrollado por cada día de retardo en la actividad y hasta por un plazo máximo de quince
(15) días calendario en calidad de sanción. d) La Entidad podrá declarar el incumplimiento del contrato con las consecuencias contempladas en el Art. 17 de la Ley 1150 de 2007 y cuando
no sean satisfechas cualquiera de las obligaciones a cargo del contratista. PARÁGRAFO PRIMERO: PAGO DE LAS MULTAS: El pago de las multas a que se refiere esta cláusula podrá exigirse por la vía ejecutiva. Si dicho pago no se hubiere efectuado durante el término de duración del contrato, podrá descontarse de los saldos pendientes a favor del contratista y se tendrá en cuenta al momento de su liquidación. Para tal efecto EL CONTRATISTA autoriza al MDN – EJÉRCITO NACIONAL para hacer los descuentos correspondientes. PARÁGRAFO SEGUNDO: EXTENSIÓN PARA LAS DEMÁS OBLIGACIONES CONTRACTUALES: Esta
sanción puede hacerse efectiva por parte del M. D. N. - EJÉRCITO NACIONAL – BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX XXXX, no
sólo para la obligación de entregar los bienes, servicios y obras, sino para las demás obligaciones contractuales, especialmente si se trata de la obligación por parte del CONTRATISTA de suscribir las adiciones y/o modificaciones acordadas o cualquier otro acuerdo que conste en documento y que se perfeccione con la suscripción del mismo por las partes aquí involucradas.
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA.- PENAL PECUNIARIA: Con el fin de sancionar al CONTRATISTA por el hecho de declararse la caducidad administrativa o el incumplimiento definitivo del contrato, previo agotamiento del debido proceso establecido en el artículo 17 de la Ley 1150 de 2007, en concordancia con el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011, las partes convienen, como pena pecuniaria, la obligación del CONTRATISTA de pagar la suma equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato, es decir $ sin perjuicio de que el CONTRATISTA deba cumplir con la obligación principal y de las acciones judiciales a que haya lugar cuando el perjuicio resulte mayor. PARÁGRAFO PRIMERO: NATURALEZA DE LA PENA: La suma anterior se pacta a título xx xxxx, no de indemnización, razón por la cual, EL
M.D.N -EJÉRCITO NACIONAL - BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX XXXX xe reserva el derecho de reclamar al CONTRATISTA el pago de los perjuicios que su incumplimiento le hubiese ocasionado. El pago de la pena pecuniaria a que se refiere esta cláusula podrá exigirse por la vía ejecutiva. Si dicho pago no se hubiere efectuado durante el término de duración del contrato, sobre los saldos pendientes a favor del CONTRATISTA se tendrá en cuenta al momento de la liquidación y desde ya el CONTRATISTA autoriza su descuento. PARÁGRAFO SEGUNDO: RECURSOS INGRESAN AL TESORO NACIONAL: El valor de las sanciones por retardo y de la Cláusula Penal Pecuniaria a que se refiere tanto la cláusula de sanciones, como esta, ingresará al Tesoro Nacional, a través de la Tesorería Principal del Comando del Ejército.
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA.- CADUCIDAD ADMINISTRATIVA. Si se presenta algún
hecho constitutivo de incumplimiento de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA, que afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato y evidencie que puede conducir a su paralización, el M.D.N - EJÉRCITO NACIONAL – BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA
EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX XXXX xodrá declarar la caducidad y ordenar la liquidación en el estado en que se encuentre, todo de conformidad con lo previsto en el artículo
18 de la Ley 80 de 1993. Así mismo, cuando se presente cualquiera de los eventos
contemplados en el artículo 25 de la Ley 40 de 1993, 90 y siguientes de la Ley 418 de 1997, podrá declararse la caducidad del contrato en los términos allí señalados. La liquidación se realizará de conformidad con lo previsto en los artículos 60 y siguientes de la Ley 80 de 1993.
CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA.- SUJECIÓN A LA LEY COLOMBIANA: Para cualquier efecto
que de lugar al incumplimiento de este contrato se someterá a la Ley Colombiana y a las autoridades legales preestablecidas. EL CONTRATISTA renuncia expresamente desde ahora a intentar reclamación diplomática en lo pertinente a las obligaciones y derechos originados en el presente contrato, salvo en el caso de denegación de justicia cuando el CONTRATISTA ha tenido expeditos los recursos y medios de acción que, conforme a las leyes colombianas, puedan emplearse ante la jurisdicción contencioso administrativa.
CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA.- OTRAS FACULTADES EXCEPCIONALES: En caso de
presentarse cualquiera de las circunstancias establecidas en los artículos 15, 16 y 17 de la Ley 80 de 1993, EL M.D.N - EJÉRCITO NACIONAL – BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA
EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX XXXX xodrá hacer uso de las facultades excepcionales allí previstas. En el caso de la interpretación y de la modificación unilateral el
M.D.N - EJÉRCITO NACIONAL – BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX XXXX xnformará al CONTRATISTA sobre estas circunstancias de conformidad con lo establecido en los artículos pertinentes ya citados, y este contará con un término de cinco (5) días hábiles para presentar sus observaciones; posteriormente las partes dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes intentarán llegar a un acuerdo. Si ello no fuere posible se dará cumplimiento a lo establecido en los artículos que regulan la materia en la Ley 80 de 1993.
CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA.- APLICACIÓN DE NORMAS GENERALES: Este contrato se
rexxxx, además de sus estipulaciones por las leyes civiles y mercantiles colombianas que correspondan a su esencia y naturaleza.
CLÁUSULA DÉCIMA SEPTIMA- SOLUCIÓN DE CONFLICTOS: Conforme al artículo 68 de la Ley 80 de 1993, las partes se comprometen a utilizar los mecanismos de solución previstos en la mencionada ley. Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la presentación del conflicto las partes se reunirán para solucionarlo, para lo cual el M.D.N - EJÉRCITO NACIONAL – BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX
XXXX fijará fecha, hora y lugar; si existe acuerdo levantarán acta donde conste lo acordado; si subsiste el conflicto, el mecanismo para solucionarlo será escogido dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Para dicha escogencia se tendrán en cuenta las características y condiciones especiales de cada conflicto, a fin de evitar dilaciones injustificadas que afecten la ejecución del contrato.
CLÁUSULA DECIMA OCTAVA- ARBITRAMENTO TÉCNICO: Cualquier controversia de carácter exclusivamente técnico que no pueda resolverse amigablemente, podrá ser sometida al criterio de expertos designados por las partes o al parecer de un organismo consultivo del Gobierno o al de una asociación profesional, de conformidad con el artículo 74 de la Ley 80 de 1993. La decisión adoptada será definitiva. Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a presentarse la controversia técnica, las partes se reunirán para solucionarla amigablemente para
lo cual el M.D.N - EJÉRCITO NACIONAL – BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL
COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX XXXX fijará la fecha, hora y lugar; si existe acuerdo, levantarán acta en donde conste lo acordado; si subsiste la controversia el mecanismo adoptado por la partes será escogido dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Para dicha escogencia, se tendrán en cuenta las características y condiciones especiales de la respectiva controversia técnica, a fin de que el mecanismo adoptado por las partes evite dilaciones injustificadas que afecten la ejecución del contrato. Los gastos que genere dicho arbitramento técnico serán sufragados por el CONTRATISTA.
CLÁUSULA DECIMA NOVENA- CESIÓN: Por tratarse de un contrato intuito-persona el CONTRATISTA no podrá ceder el presente contrato en todo, ni en parte a persona alguna, natural o jurídica, nacional o extranjera sin el consentimiento previo, expreso y escrito del M.D.N
- EJÉRCITO NACIONAL- BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26
“SS. XXXXXX XXXXXX XXXX, no quedando éste obligado a dar las razones que le asistan para negarlo.
CLÁUSULA VIGÉSIMA.- CESIÓN DE LOS DERECHOS DE CONTENIDO PATRIMONIAL: En
caso de que EL CONTRATISTA decida efectuar una cesión y/o pignoración de los derechos económicos de contenido patrimonial derivados del presente contrato, deberá solicitar su aceptación y notificación por parte del MDN-EJÉRCITO NACIONAL – BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX XXXX, con fundamento en
los artículos 1.959 y siguientes del Código Civil, en concordancia con los artículos 651 y siguientes del Código de Comercio. EL CONTRATISTA, deberá anexar como mínimo los siguientes documentos: 1) Contrato de cesión y/o pignoración de derechos económicos del contrato objeto de la cesión, firmado por el cesionario y el cedente donde se relacione en forma explícita lo siguiente: a) valor de la cesión, b) especificar si la cesión obedece al contrato principal y/o contratos adicionales, c) Aceptación por parte del cesionario de los descuentos xx Xxx cuando aplique. 2) Acta de junta de socios o documento consorcial, en donde se autorice al representante legal de la figura correspondiente para efectuar la cesión. 3) Certificado de existencia y representación Legal del cesionario y el cedente cuando se trate de persona jurídica y/o certificado de inscripción cuando se trate de persona natural expedido por la Cámara de Comercio del domicilio correspondiente. 4) certificación bancaria con número de cuenta y beneficiario donde se deben consignar los valores cedidos. 5) Declaración bajo juramento del cesionario en la cual se exprese el cumplimiento de lo previsto en el Decreto 4334/2008 en concordancia con el Decreto 1981 de 1988. 6.) Oficio dirigido al Ordenador del Gasto, indicando el valor cedido y aportando los anteriores documentos. PARÁGRAFO ÚNICO: SUJECIÓN A LA FORMA DE PAGO: La entidad financiera, bancaria, persona natural o jurídica debe supeditarse a la forma de pago establecida en el presente contrato. En el monto a ceder tener en cuenta los descuentos xx xxx, tales como RETEIVA, RETEFUENTE Y RETEICA, si hay lugar a ellos.
CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA- ADICIONES, MODIFICACIONES AL CONTRATO, CONTRATO DE TRANSACCIÓN, COMPENSACIÓNES O ACUERDOS: El CONTRATISTA
estará obligado a suscribir las modificaciones acordadas entre las partes, para efectos de garantizar la ejecución y el cumplimiento idóneo y oportuno del objeto contratado, dentro de los
cinco (5) días siguientes al requerimiento por parte del M.D.N. - EJÉRCITO NACIONAL – BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX
XXXX. En caso de incumplimiento de dicha obligación, el M. D. N - EJÉRCITO NACIONAL – BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX
XXXX, podrá hacer efectivas las sanciones señaladas en el presente contrato, es decir, las sanciones por retardo o la penal pecuniaria, indicadas en la cláusula décima primera y décima segunda del presente contrato. En el evento en que dicho incumplimiento genere la paralización del contrato, el M.D.N. - EJÉRCITO NACIONAL – BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA
EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX XXXX”, podrá hacer efectiva la cláusula XXXXXX (indicar la cláusula correspondiente a la Caducidad Administrativa) de conformidad con la ley.
CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA- RESERVA DE LA INFORMACIÓN QUE SE OBTENGA POR MEDIO DEL PRESENTE CONTRATO: EL CONTRATISTA se obliga para con el M.D.N - EJÉRCITO NACIONAL – BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26
“SS. XXXXXX XXXXXX XXXX a no suministrar ninguna clase de información o detalle a terceros y a mantener como documentación clasificada todos los aspectos relacionados con el presente contrato, así como del servicio objeto del mismo, los asuntos técnicos e instalaciones de las Fuerzas Militares de la República de Colombia, conocidos por el CONTRATISTA durante el desarrollo de este contrato o con posterioridad al mismo.
CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA.- SUPERVISIÓN. El supervisor del presente contrato será el XXXXXXXX, debidamente nombrado mediante resolución. El M.D.N - EJÉRCITO NACIONAL – BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX
XXXX tendrá el derecho de supervisar el desarrollo y ejecución del contrato, lo que le permitirá acceder sí así lo desea, en cualquier momento a las instalaciones físicas en las que se lleven a cabo las diferentes fases del contrato, y a los documentos e información que soportan la labor del CONTRATISTA, ante lo cual se impondrá a cargo del M.D.N - EJÉRCITO NACIONAL - BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX
XXXX un compromiso de confidencialidad sobre la información a la que tenga acceso, la que se entiende asumida por el M.D.N - EJÉRCITO NACIONAL – BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX XXXX con la firma del
presente contrato, dentro de las limitaciones que para el efecto le establezca la ley. El CONTRATISTA no podrá oponer derechos de autor o acuerdos de confidencialidad internos o con terceros que limiten o impidan que el M.D.N - EJÉRCITO NACIONAL – BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX XXXX o su
designado accedan a la información del CONTRATISTA para el ejercicio de sus facultades de supervisión y control. El M.D.N - EJÉRCITO NACIONAL – BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX XXXX ejercerá las actividades de supervisión y control de la ejecución del contrato que le corresponden, directamente o a través de terceros, y tendrá las siguientes facultades básicas:
a. Exigir al CONTRATISTA la información que considere necesaria para verificar la correcta ejecución del presente contrato. El CONTRATISTA está obligado a suministrar la información
solicitada inmediatamente, a no ser que se convenga un plazo cuando la naturaleza de la información exigida así lo requiera.
b. Verificar directamente o a través de terceros que el CONTRATISTA cumpla las condiciones de ejecución del presente contrato según los términos en los que se ha convenido, y requerir al CONTRATISTA para que corrija los incumplimientos.
c. Realizar las pruebas que considere necesarias para verificar que los bienes, servicios u obras cumplan con las características técnicas y funcionales exigidas en el presente contrato.
d. Aprobar o improbar, en los términos y con los efectos previstos en este contrato, las labores desarrolladas, verificar mediante visitas o mediante el examen de los documentos que el M.D.N - EJÉRCITO NACIONAL – BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX XXXX considere pertinentes, las condiciones de ejecución del contrato y verificar que su resultado se adecue a los términos del presente contrato.
e. Verificar el cumplimiento de los programas de higiene y seguridad industrial y de capacitación del personal al servicio del CONTRATISTA.
f. En caso de terminación anticipada del contrato por mutuo acuerdo de las partes, adelantar las labores pertinentes para determinar el valor de las compensaciones mutuas.
g. El M.D.N - EJÉRCITO NACIONAL – BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX XXXX no ejercerá funciones de control de las actividades de los subcontratistas, ni de aprobación del resultado de las mismas; sin embargo, en el caso de que el CONTRATISTA adelante actividades que le son propias a través de subcontratistas, deberá disponer, bajo su costo, de su propio equipo de interventoría o control de calidad, que estará obligado a suministrar a satisfacción del M.D.N - EJÉRCITO NACIONAL – BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX XXXX la información que le requiera.
h. En general, vigilar y controlar que el CONTRATISTA cumpla con sus obligaciones para el normal desarrollo y ejecución del presente contrato.
i. Tendrá las siguientes facultades en particular:
1.) Suscribir las actas de recibo parcial y/o total de los objeto del presente contrato.
2.) Rechazar los que a su criterio no cumplan las especificaciones técnicas descritas en el presente contrato.
3.) Rendir informes mensuales o cuando lo considere necesario, al M.D.N - EJÉRCITO NACIONAL – BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS.
XXXXXX XXXXXX XXXX Ordenador del Gasto sobre el avance y ejecución del contrato. 4.) Verificar la correcta ejecución y cumplimiento del contrato.
5.) Exigir el cumplimiento del contrato en todas y cada una de sus partes.
6.) Xxxxxxx y resolver en coordinación con el M.D.N - EJÉRCITO NACIONAL – BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX XXXX todas las
consultas sobre omisiones, errores, discrepancias o aclaraciones y complemento en las especificaciones técnicas.
7.) Deberá verificar y dejar constancia del cumplimiento de las obligaciones parafiscales de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y el artículo 1º de la Ley 828 de 2003.
8.) Todas las demás atribuciones que se contemplen en los documentos del contrato.
CLÁUSULA VIGÉSIMA CUARTA.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: Además de las
obligaciones inherentes al presente contrato, el contratista se compromete a: 1. Cumplir con las condiciones establecidas en la ley y los estudios previos y el pliego de condiciones definitivo. 2. Cumplir con las características técnicas, plazos de entrega y demás condiciones establecidas en los estudios previos, pliego de condiciones definitivo, pliego y contrato derivado del presente proceso de contratación. 3. Suscribir las modificaciones acordadas entre las partes, para efectos de garantizar la ejecución y el cumplimiento idóneo y oportuno del objeto contratado, dentro de los cinco (5) días siguientes al requerimiento por parte del M.D.N. - EJÉRCITO NACIONAL BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX
XXXX 4. No suministrar ninguna clase de información o detalle a terceros y mantener como documentación clasificada todos los aspectos relacionados con el contrato. 5. Mantener la debida reserva respecto de los asuntos técnicos e instalaciones de las Fuerzas Militares de la República de Colombia, conocidos por el CONTRATISTA durante el desarrollo del contrato o con posterioridad al mismo.
6. Cancelar todos los derechos e impuestos que se derivan con ocasión del contrato, establecidos o que se establezcan en el país, de acuerdo con las leyes colombianas. 7. Cumplir con sus obligaciones frente al sistema de seguridad social integral, parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, Sena e Instituto Colombiano de Bienestar Familiar), lo cual deberá acreditar debidamente para iniciar la ejecución del contrato y para hacer efectivo el pago. El incumplimiento de estas obligaciones, será causal para que el M.D.N – EJÉRCITO NACIONAL – BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX XXXX le imponga multas sucesivas hasta tanto éste dé cumplimiento, previa verificación de la xxxx mediante liquidación efectuada por la respectiva entidad administradora, de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y el parágrafo 2º del artículo 1º de la Ley 828 de 2003, en concordancia con el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007. 9. Las demás que sean propias del objeto del proceso en mención.
CLAUSULA VIGÉSIMA QUINTA: OBLIGACIONES DEL M.D.N. – EJÉRCITO NACIONAL:
Además de todas las obligaciones inherentes al presente contrato, el MDN – EJÉRCITO NACIONAL – BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS.
XXXXXX XXXXXX XXXX se compromete con: 1. Cumplir con las condiciones establecidas en la ley, en el pliego de condiciones definitivo. 2. Pagar el valor del presente contrato. 3. Recibir los bienes objeto del presente proceso de selección, siempre y cuando cumpla con las especificaciones normas y/o fichas técnicas requeridas.
XXXXXXXX XXXXXXXX SEXTA: LIMITACIONES DEL SUPERVISOR: El Supervisor no estará
facultado, en ningún momento, para adoptar decisiones que impliquen la modificación de los términos y condiciones previstos en el presente contrato, las cuales únicamente podrán ser
adoptadas por los representantes legales de las partes, mediante la suscripción de modificaciones al contrato principal.
CLÁUSULA VIGÉSIMA SEPTIMA.- REPRESENTANTE DEL M.D.N - EJÉRCITO NACIONAL – BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX
XXXX EN LA RECEPCIÓN DE LOS BIENES: La recepción de los bienes objeto del presente contrato y la suscripción de las actas de entrega respectivas, estarán a cargo del Comité Técnico y del supervisor del contrato.
CLÁUSULA VIGÉSIMA OCTAVA.- REQUISITOS PARA EL PERFECCIONAMIENTO: Para el
perfeccionamiento de este contrato, se requiere del acuerdo sobre el objeto y la contraprestación y la firma del mismo por las partes.
CLÁUSULA VIGÉSIMA NOVENA.- REQUISITOS PARA LA EJECUCIÓN: Para la ejecución de
este contrato se requiere la expedición del registro presupuestal; constitución de la garantía única por parte del CONTRATISTA y aprobación de la misma por el M.D.N - EJÉRCITO NACIONAL – BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS.
XXXXXX XXXXXX XXXX Ordenador del Gasto, y certificación de pago de aportes parafiscales cuando aplique.
CLÁUSULA TRIGÉSIMA.- OTRAS OBLIGACIONES - Queda entendido que todos los derechos e impuestos que deban pagarse por razón o con ocasión de éste contrato, establecidos o que se establezcan en el país, de acuerdo con las leyes colombianas, serán a cargo del CONTRATISTA. PARAGRAFO: Además de los derechos y deberes consignados expresamente en este contrato, el contratista también gozará de los derechos y deberá cumplir los deberes establecidos en el artículo cuarto y quinto de la Ley 80 de 1993.
CLÁUSULA TRIGESIMA PRIMERA.- PAGOS AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL
INTEGRAL: EL CONTRATISTA deberá cumplir con sus obligaciones frente al sistema de seguridad social integral, parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, Sena e Instituto Colombiano de Bienestar Familiar), por lo cual, el incumplimiento será causal para que el M.D.N
– EJÉRCITO NACIONAL – BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26
“SS. XXXXXX XXXXXX XXXX le imponga multas sucesivas hasta tanto éste dé cumplimiento, previa verificación de la xxxx mediante liquidación efectuada por la respectiva entidad administradora, de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y el parágrafo 2º del artículo 1º de la Ley 828 de 2003, en concordancia con el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007.
CLÁUSULA TRIGÉSIMA SEGUNDA.- RIESGOS: El contratista asume los siguientes RIESGOS
TÉCNICOS: _. RIESGOS JURÍDICOS: RIESGOS
ECONÓMICOS. PLIEGO DE CONDICIONES)
(NOTA: INCLUIR LOS DEL ESTUDIO PREVIO –
CLAUSULA TRIGÉSIMA TERCERA. FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO: Las partes no
serán responsables ni se considera que han incurrido en incumplimiento de sus obligaciones, si se presentaren durante su ejecución circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito, de conformidad con las definiciones del artículo 1° de la Ley 95 de 1890. Éste caso fortuito o fuerza
mayor, en el evento de presentarse, deberá ser debidamente probado. La parte que llegare a alegar fuerza mayor o caso fortuito, estará obligada a comunicar por escrito a la otra tales circunstancias, acompañando la exposición de los motivos correspondientes. Tal notificación se presentará dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la ocurrencia de las posibles causas de la demora. Asimismo, se acompañará a la mencionada comunicación todos los documentos de soporte debidamente legalizados que acrediten o justifiquen la demora ocasionada por la fuerza mayor o caso fortuito, manifestando el tiempo dentro del cual cumplirá su obligación. En caso de persistencia de la causal de fuerza mayor o caso fortuito, la parte que alega tales hechos informará dicha circunstancia o circunstancias cada quince (15) días calendario hasta por un término máximo de sesenta (60) días calendario: vencidos los cuales se podrá dar por terminado el contrato por medio de un acto administrativo de terminación, el cual será debidamente notificado sin que haya lugar a sanción alguna para la contraparte. Cuando las circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobadas no excedieren de sesenta (60) días, se levantará un acta suscrita por las partes contratantes con el fin de suspender los términos del contrato y desaparecida la causal de fuerza mayor o caso fortuito, se reiniciará la ejecución del contrato mediante acta suscrita entre las partes.
CLÁUSULA TRIGÉSIMA CUARTA.- LIQUIDACIÓN: Para dar cumplimiento a lo normado en los artículos 60 de la Ley 80 de 1993 en lo no derogado y el artículo 11 de la Ley 1150 de 2007, si es procedente la liquidación, las partes aquí contratantes acuerdan el siguiente procedimiento:
a) Dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la expiración del termino de ejecutoria del contrato, o de la ejecutoria del acto administrativo que haya ordenado la terminación del contrato, o de la suscripción del acuerdo de terminación del mismo, el M.D.N - EJÉRCITO NACIONAL – BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX XXXX por intermedio del ordenador del gasto convocará al CONTRATISTA mediante citación escrita para que se presente a la entidad dentro de los cinco días hábiles siguientes a la citación, en el lugar, fecha y hora que allí se señale, con el fin de proceder de común acuerdo a liquidar el contrato; para tal efecto el CONTRATISTA deberá traer definidos todos los aspectos que considere deben ser tenidos en cuenta dentro del acto de liquidación. En la misma forma deberá proceder el M.D.N - EJÉRCITO NACIONAL – BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX XXXX. Si el CONTRATISTA no compareciere a la citación y no justifica su inasistencia, se entenderá que no tiene interés en liquidar de común acuerdo el contrato, que está renunciando a dicha etapa y en consecuencia el M.D.N - EJÉRCITO NACIONAL – BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX XXXX procederá a liquidarlo unilateralmente dentro de los dos (2) meses siguientes al vencimiento del plazo antes mencionado. b) Una vez conocidos por las partes los aspectos que cada una considera deben ser incorporados a la liquidación del contrato, procederán a estudiarlos y discutirlos dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes. Si del estudio y discusión surgieren discrepancias entre las partes que ameriten por parte del M.D.N - EJÉRCITO NACIONAL – BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX XXXX realizar consultas, pruebas o comprobaciones de carácter técnico
o de cualquiera otra naturaleza, dicho término se adicionará en quince (15) días hábiles. c) Efectuadas las consultas, pruebas o comprobaciones, el M.D.N - EJÉRCITO NACIONAL – BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26 “SS. XXXXXX XXXXXX
XXXX convocará al CONTRATISTA y se las dará a conocer con el fin de que sean discutidas entre las partes, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. d) Vencido el término anterior, si aún subsistieren discrepancias entre las partes contratantes, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes levantarán y suscribirán un acta, donde consten los acuerdos a que hayan llegado y los desacuerdos existentes. En el evento de no existir discrepancias, dentro del mismo término procederán a elaborar y suscribir el acta de liquidación del contrato. e) Cuando lo consignado por las partes; ya sea en el documento de liquidación del contrato o en el acta que contienen los desacuerdos existentes entre las mismas, deba ser sometido a la aprobación y firma de otras instancias adicionales, diferentes a aquellas a las cuales pertenecen los funcionarios del M.D.N - EJÉRCITO NACIONAL – BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26
“SS. XXXXXX XXXXXX XXXX que intervinieron en la discusión y estudio de la liquidación del contrato, el término previsto en el literal anterior se aumentará en veinticinco (25) días hábiles y los documentos que hayan suscrito las partes en los aspectos que comprometan al M.D.N - EJÉRCITO NACIONAL – BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA EL COMBATE No. 26
“SS. XXXXXX XXXXXX XXXX en obligaciones y responsabilidades, se entenderán como provisionales; solamente tendrán el carácter de definitivos y obligatorios cuando hayan sido aprobados y suscritos por las instancias adicionales aquí referidas.
CLÁUSULA TRIGÉSIMA QUINTA.- DOCUMENTOS: Xxxxxx parte integrante del presente contrato todos los documentos aquí relacionados, los cuales se anexan, y entre los que están: a) el pliego de condiciones definitivo para el proceso de Selección Abreviada No. _ y las adendas expedidas (cuando aplique). b). El certificado de disponibilidad presupuestal No.
_. c) Las actas del comité de adquisiciones. d). Las ponencias presentadas por XXXXXXXXXXX. e) La oferta del CONTRATISTA. f) Los demás documentos que se relacionen con el presente contrato.