MODELO DE CONTRATO DE PATROCINIO DEPORTIVO
ANEXO
MODELO DE CONTRATO DE PATROCINIO DEPORTIVO
D. , con D. N. I. número
, en calidad de Concejal – Delegado de Deportes del Ayuntamiento xx Xxxxxxx, con CIF núm. X0000000X y domicilio en x/. Xxxxxx Xxxxxx, 00 – 26, xx Xxxxxxx (Jaén), en representación del Ayuntamiento xx Xxxxxxx, en virtud de la delegación establecida por las Bases de la Convocatoria de Contratos Privados de Patrocinio Publicitario publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxx número , de fecha .
D./Dña. , con D. N. I. número
, y domicilio en , de la Ciudad xx Xxxxxxx, en calidad de Presidente /a, en nombre y representación de la entidad deportiva denominada , con X. X. X. xxxxxx x xxxxxxxxx xxxxxx xx , xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxx, por el poder que le otorgan sus Estatutos.
Interviniendo ambos en función de sus respectivos cargos y reconociéndose mutuamente capacidad bastante para otorgar el presente contrato, y a cuyo efecto tienen a bien, formalizar el presente contrato de Patrocinio deportivo, en virtud de lo establecido en el artículo 156.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, entre el Ayuntamiento xx Xxxxxxx y la Entidad
adjudicado, por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de fecha , en base a las Bases publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia número , de fecha .
I. Régimen jurídico del contrato.
El contrato a que se refiere el presente documento es de naturaleza privada y se regirá por la ley 34/1988 de 11 de Noviembre General de la Publicidad, el Código de Comercio y supletoriamente por el RDL 3/2011 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y sus disposiciones de desarrollo; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo.
El presente contrato, sus Bases y demás documentos anexos (Oferta), revestirán carácter contractual.
Ajustándose el presente contrato al contenido de las Bases de contratos privados de patrocinio para entidades deportivas y organización de eventos, cuyos artículos se considerarán parte integrante de los respectivos contratos.
En caso de discordancia entre sus bases y cualquiera del resto de los documentos contractuales, prevalecerán sus Bases de Convocatoria del Contrato de Patrocinio, en el que se contienen los derechos y obligaciones que asumirán las partes del contrato, que se firman como Anexas a presente contrato.
II. Objeto y concepto del contrato.
El presente contrato privado tiene por objeto el patrocinio dela entidad deportiva federada del Municipio xx Xxxxxxx denominada -
con C. I. F. número , conforme a la Oferta adjudicada con la finalidad pública de promocionar y dar publicidad de la Imagen del Municipio xx Xxxxxxx, y vincularlo con el fomento del significado y valores del deporte en el municipio:
Nombre del evento | Fechas de celebración | |
El patrocinio se ajustará a las determinaciones de la legislación de contratos del sector público, con carácter general, salvo en los supuestos, en los que Ayuntamiento y Patrocinador ostente un interés común en la actividad a desarrollar, limitándose a las prestaciones propias del contrato de patrocinio regulado en el artículo 24 de la Ley General de Publicidad.
III. Precio del contrato.
El presupuesto base de adjudicación, se establece en la cantidad de euros, IVA incluido, en virtud de lo establecido en el apartado 13, de artículo 20.1 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre del Impuesto del Valor Añadido.
En el precio del contrato se considerarán incluidos los demás tributos, tasas y cánones de cualquier índole, que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen para el adjudicatario como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente contrato.
El pago del contrato se efectuará con el perfeccionamiento del presente contrato, previa presentación de factura y tras su verificación de conformidad por el Departamento de Deportes, de acuerdo con el régimen previsto en el artículo 14 de las Bases Anexas.
IV. Existencia de crédito.
Consta la existencia de crédito adecuado y suficiente en la Aplicación del Presupuesto de gastos del Ayuntamiento xx Xxxxxxx del ejercicio 2018 número 5 34102 26001, con Retención de crédito previa OP SICAP RC número 5800/2018, cuyo importe total asciende 40.000 €.
V. Obligaciones del adjudicatario.
1.- Patrocinador Institucional
El Ayuntamiento xx Xxxxxxx, tendrá la consideración de patrocinador institucional de la Entidad
, pudiendo utilizar dicha denominación, así como su logotipo, en cualquiera de las acciones de comunicación que realice en relación con el presente patrocinio.
2. Presencia en actos oficiales
La Entidad , comunicará e invitará a los representantes del Ayuntamiento xx Xxxxxxx, a cualquier acto promocional o protocolario organizado por el Patrocinado, tales como competiciones, actos de difusión, etc., facilitándose las invitaciones o acreditaciones necesarias para el Acto.
3.- Publicidad en presentaciones
La Entidad garantizará que el Ayuntamiento xx Xxxxxxx, tenga presencia publicitaria en las presentaciones y actos públicos que lleve a cabo, haciendo mención del patrocinio oficial de la citada entidad municipal en cuantas entrevistas, presentación, ruedas de prensa o similares se convoquen.
4.- Acciones publicitarias.
La Entidad , publicitará la marca “Linares” en la indumentaria que los jugadores del equipo de la Entidad vistan en todas las competiciones en la que participe durante el año natural de 2018.
La Entidad exhibirá una placa en su sede, en lugar visible en la que aparezca el logotipo del Ayuntamiento xx Xxxxxxx con la leyenda “Ayuntamiento xx Xxxxxxx Patrocinador Oficial”.
5.- Material Promocional.
Asimismo, la Entidad publicitará la marca
AYUNTAMIENTO XX XXXXXXX, en cualquier acción publicitaria llevada a cabo por el patrocinado, tanto anuncios en medios de comunicación (prensa y televisión) como en cualquier elemento impreso de difusión, promoción o divulgación en consonancia con la aportación económica del resto de patrocinadores.
A tales efectos, el Patrocinador pondrá a disposición del patrocinado los logotipos correspondientes.
VI. Ejecución del contrato.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista.
El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en su clausulado y en las Bases Reguladoras al amparo de las cuales se produjo la adjudicación, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere al contratista el órgano de contratación.
El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
El contratista está obligado a guardar sigilo respecto de los datos y antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo, en especial los que afecten a datos de los terceros incluidos en el ámbito de la expropiación.
VII. Obligaciones laborales, sociales y económicas del contratista.
El personal adscrito a los trabajos dependerá exclusivamente del contratista, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo.
En general, el contratista responderá de cuantas obligaciones le vienen impuestas en su carácter de empleador, así como del cumplimiento de cuantas normas regulan y desarrollan la relación laboral o de otro tipo, existente entre aquél, o entre sus subcontratistas, y los trabajadores de uno y otro, sin que pueda repercutir contra la Administración ninguna multa, sanción o cualquier tipo de responsabilidad que por incumplimiento de alguna de ellas, pudieran imponerle los Organismos competentes.
VIII. Seguros.
El contratista se compromete a tener suscritos seguros de responsabilidad civil con cobertura bastante, para la actividad que desarrollarán.
IX. Aplicación de los patrocinios.
El patrocinio obtenido no podrá ser aplicado a atenciones distintas de la otorgada.
Para garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo anterior, el Ayuntamiento xx Xxxxxxx se exigirá que se acredite el destino del precio del contrato de acuerdo con lo establecido en el artículo 4.2 de las Bases.
X. Plazos.
El contratista queda obligado al cumplimiento del contrato en el plazo fijado que comprende desde el inicio hasta el fin año natural 2018.
XI. Jurisdicción Competente.
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos, serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa, y contra los mismos se podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano o recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación o publicación.
XII. Vigencia del contrato y sus prórrogas.
La vigencia del presente contrato se extenderá del 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2018. El presente contrato, no será prorrogable.
Y en prueba de conformidad, firman ambas partes el presente contrato por triplicado ejemplar,
En Linares, a de de 2018
El Concejal Delegado de Deportes, El/a Presidente/a de la Entidad Deportiva,
Sello de la entidad
Fdo.: Fdo.: