CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PARA DESARROLLAR UN ESTUDIO DE INTEGRACION DE LOS DEBERES Y RESPONSABILIDADES DE JUECES Y FISCALES BASADO EN ESTÁNDARES INTERNACIONALES
TERMINOS DE REFERENCIA
CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PARA DESARROLLAR UN ESTUDIO DE INTEGRACION DE LOS DEBERES Y RESPONSABILIDADES DE JUECES Y FISCALES BASADO EN ESTÁNDARES INTERNACIONALES
I. ANTECEDENTES
El Proyecto de Apoyo al Sector Justicia II, en adelante, el Proyecto, ejecutado por la Iniciativa para el Estado de Derecho del Colegio de Abogados (American Bar Association – Rule of Law Initiative (ABA ROLI por sus iniciales en inglés), en adelante ABA ROLI, trabaja en más de 100 países del mundo desde hace más de 30 años, apoyando en la institucionalización del Estado de Derecho, el fortalecimiento de la aplicación de la Ley y el sistema judicial, fomentando la cooperación y la coordinación entre las instituciones del sector justicia, para minimizar la delincuencia transnacional y promover el respeto de los derechos humanos y el acceso a la justicia.
En Perú, XXX XXXX viene trabajando desde el año 2012 ejecutando diferentes Proyectos de cooperación en apoyo a las instituciones del sector justicia. A partir de febrero de 2022 recibió el encargo de ejecutar el Proyecto de Apoyo al Sector Justicia II. El Proyecto tiene como objetivo principal, apoyar el trabajo realizado por las instituciones del sector justicia en la consolidación de la reforma del sistema de justicia, en especial la reforma procesal penal; el fortalecimiento de capacidades para el combate de los delitos complejos, el fortalecimiento de los mecanismos de control institucional para la lucha contra la corrupción interna en las instituciones y, trabajar junto a las instituciones del sector en el fortalecimiento del acceso a la justicia de poblaciones vulnerables, especialmente de comunidades indígenas y nativas, y población penitencia.
II. ALCANCE ESPECIFICO DEL PROYECTO
Proyecto de Apoyo al Sector Justicia II
Tiene los siguientes objetivos:
1. Apoyo al Gobierno de Perú en la consolidación del Sistema Penal Acusatorio.
2. Apoyo al sector justicia en el fortalecimiento de los esfuerzos de Perú para combatir los delitos complejos, y los delitos en materia ambiental, de acuerdo con el nuevo proceso penal.
3. Apoyar los esfuerzos de las instituciones peruanas para adaptar acciones que permitan prevenir y detectar la corrupción dentro de las instituciones del sector justicia.
4. Apoyo al gobierno de Perú para mejorar el acceso justo y equitativo a la justicia, a grupos y poblaciones vulnerables, especialmente a las comunidades indígenas y nativas del Perú.
5. Programa piloto para incrementar el acceso a la justicia y reducir el porcentaje de internos sin sentencia; y de internos con posibilidades de beneficios penitenciarios, en una cárcel de Lima.
III. ALCANCE DE LOS SERVICIOS DE CONSULTORIA
De acuerdo con el mandato constitucional contenido en el inciso 3 del art.154 la Junta Nacional de Justicia tiene la función de aplicar la sanción de destitución a los jueces de la Corte Suprema y fiscales supremos; y, de oficio o a solicitud de la Corte Suprema o de la Junta de Fiscales Supremos, respectivamente, a los jueces y fiscales de todas las instancias. En el caso de los jueces supremos y fiscales supremos también es su función la aplicación de amonestación o suspensión de hasta ciento veinte (120) días calendario, aplicando criterios de razonabilidad y proporcionalidad.
Dada la naturaleza de instituciones independientes y autónomas del Poder Judicial y el Ministerio Público las regulaciones referidas al control disciplinario están contenidas en sus respectivas leyes orgánicas y demás normas administrativas. El contenido de estas normas es similar. Considerando la función sancionadora de la Junta Nacional de Justicia se hace necesario desarrollar un código disciplinario que integre en un solo cuerpo normativo la regulación necesaria para el ejercicio de la función sancionadora de la JNJ frente a inconducta funcional de jueces y fiscales, de todos los niveles y de alcance nacional.
Un único cuerpo normativo referido al procedimiento disciplinario - sancionador de jueces y fiscales será garantía de la transparencia y previsibilidad
ABA ROLI apoyará al Junta Nacional de Justicia en la elaboración de una propuesta de código de responsabilidad de jueces y fiscales. El código propuesto unificará la normativa vigente e integrará normas internacionales de conducta para permitir que la Junta cumpla con mayor claridad y eficiencia su mandato constitucional. XXX XXXX realizará esta actividad con el liderazgo y participación de la Junta Nacional de Justicia. La Junta Nacional de Justicia participará designando una comisión especial para ayudar a desarrollar el código. Finalmente, ABA ROLI entregará el producto final a la Junta Nacional de Justicia, quien será la encargada de su implementación y vigilancia.
IV. OBJETIVOS DE LA CONSULTORIA
Objetivo General
Desarrollar un estudio que contenga: el análisis de la viabilidad de contar con un solo cuerpo normativo para el ejercicio de la función disciplinaria – sancionadora de la Junta Nacional de Justicia ante la inconducta funcional de jueces y fiscales de todos los niveles y de alcance nacional, así como de los jefes de Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, Poder Judicial y los jefes de ONPE y RENIEC. La propuesta de un cuerpo normativo integral que contenga estándares internacionales; y las recomendaciones que incluyan los pasos requeridos para implementación de la propuesta a nivel legislativo.
Objetivos específicos:
• Revisión y análisis de la normativa nacional para el ejercicio de la funciona disciplinaria – sancionadora de jueces y fiscales, esto incluye normas y directivas internas institucionales como, por ejemplo: Leyes orgánicas, xxxxxx normativos de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, la Oficina de Control de
la Magistratura, Junta Nacional de Justicia. (reglamentos de sanciones y otras que resulten de utilidad).
• Análisis de derecho comparado xx xxxxxx normativos relacionados a la función disciplinaria – sancionadora de jueces y fiscales en la región Latinoamericana, Norteamérica y Europa.
• Análisis de la viabilidad para la implementación de un único marco normativo disciplinario – sancionador para jueces y fiscales desde el ámbito constitucional y el sistema legal peruano en general
• Desarrollo de la propuesta del cuerpo normativo disciplinario - sancionador para jueces y fiscales con la proyección a convertirse en un Código Disciplinario de los funcionarios del Sistema de Justicia.
• Propuesta analítica sobre el procedimiento a seguir para la incorporación de la norma en el sistema legislativo peruano.
V. ENTREGABLES
1. Plan de Trabajo. Que deberá contener:
a. Etapas y plazos para el levantamiento de información normativa a nivela nacional e internacional (El plazo para la elaboración de esta parte del plan de trabajo no deberá exceder del 20% del tiempo total previsto para la consultoría)
b. Etapas y plazos para la ejecución del análisis de la viabilidad de un cuerpo normativo único para el ejercicio de la función disciplinaria – sancionadora a jueces y fiscales, la propuesta de contenido del cuerpo normativo y las recomendaciones para su incorporación al sistema legal peruano.
2. Primer informe: Resultado del análisis de la viabilidad para la implementación de un único marco normativo disciplinario – sancionador para jueces y fiscales.
3. Segundo informe: Resultado de la revisión del marco normativo vigente nacional relacionado con el ejercicio de la función disciplinaria – sancionadora del Poder Judicial, el Ministerio Público y la Junta Nacional de Justicia incluyendo la propuesta inicial para una sólo cuerpo normativo.
4. Tercer informe: Resultado de la revisión del derecho comparado considerando modelos similares en la región latinoamericana, norteamericana y europea, incluyendo a modo de conclusión todo aquello que podría ser aplicable al marco normativo peruano.
5. Cuarto informe: Propuesta del cuerpo normativo disciplinario - sancionador para jueces y fiscales con la proyección a convertirse en un Código Disciplinario de los funcionarios del Sistema de Justicia.
6. Quinto informe: Propuesta analítica sobre el procedimiento a seguir para la incorporación de la norma en el sistema legislativo peruano incluyendo conclusiones y recomendaciones finales.
Todos los entregables previstos en este acápite deberán estar en idioma español. Deberán ser entregados en formato impreso y formato virtual (Microsoft Office Word) a través de una carta dirigida a ABA ROLI Perú entregada en sus oficinas. El o la consultor/a cede los derechos sobre los entregables a ABA ROLI Perú para los fines del Proyecto. Los contenidos deben ser producto de una investigación personal, en caso se detecte copia o plagio, parcial o total se procederá de acuerdo x xxx. En lo que corresponda se deberá citar al autor.
VI. PLAZO DEL SERVICIO DE LA CONSULTORÍA
El plazo para entregar el producto final de la presente consultoría será de noventa (90) días calendario contados a partir de la firma del contrato. Sin perjuicio de ello, el/a consultor/a deberá remitir a ABA ROLI Perú, entregas parciales de sus avances de acuerdo con el siguiente detalle:
Plazos desde la firma del contrato:
1.- Plan de Trabajo: a los 10 días 2.- Primer informe: a los 20 días 3.- Segundo Informe: a los 30 días 4.- Tercer informe: a los 60 días
5.- Cuarto informe: a los 80 días
6.- Quinto informe- informe final: a los 90 días.
Los plazos contenidos en esta tabla son plazos máximos. Queda a discreción del consultor/a adelantar las entregas y maximizar el tiempo para absolver observaciones.
Una vez entregados los productos, estos se encontrarán sujetos a la revisión y aprobación de ABA ROLI y la JNJ. En caso de presentarse observaciones, el consultor o consultora tendrá un plazo de cinco (5) días calendarios para absolverlas, hasta lograr la conformidad correspondiente.
VII. CLAUSULA DE CONFIDENCIALIDAD
Es obligatorio guardar la confidencialidad de todos los contenidos como: escritos, gráficos, audios y otros materiales que se otorgue al/a consultor/a. El/a consultor/a no podrá divulgar los contenidos del trabajo a terceros bajo ninguna circunstancia en función a la política de ABA ROLI Perú.
VIII. PERFIL DEL/A CONSULTOR/A
• Profesional en derecho. Con amplio conocimiento de derecho administrativo sancionador. Experiencia no menor de 10 años.
• Experiencia no menor de 10 años en la investigación jurídica y el desarrollo de propuestas normativas en el sector público.
• Habilidades en la gestión, movilización y análisis de datos cuantitativos y cualitativos.
• Experiencia en la conducción de procesos de edición, diagramación y corrección de estilo de materiales a ser publicados de forma impresa
El desarrollo de la consultoría requiere amplia experiencia y conocimiento en la revisión, evaluación, organización, metodología de la investigación y sistematización de resoluciones y jurisprudencia en materia de sanciones y control disciplinario.
IX. SUPERVISION DE LA CONSULTORIA
El responsable de la supervisión y validación de la ejecución de la consultoría y punto de contacto formal con ABA ROLI Perú, será el Coordinador del Proyecto JSSP II. El coordinador del proyecto enviará las versiones finales de los productos al o los representantes designados por la Junta Nacional de Justicia para su aprobación.
Durante la ejecución de los productos el coordinador del proyecto tomará contacto con los representantes designados por la Junta Nacional de Justicia para que el consultor/a reciba la retroalimentación necesaria para el desarrollo de los productos de acuerdo a las necesidades de la Junta Nacional de Justicia.
El pago de los honorarios se realizará con el visto bueno del director de país de ABA ROLI PERÚ, previa conformidad de la Junta Nacional de Justicia.
X. LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Dada la naturaleza del servicio no es necesaria la presencia física del consultor o consultora en las oficinas de ABA ROLI PERÚ. En caso fuera necesario se deberá coordinar con la Gerencia. Sin embargo, dado que el servicio es para la sistematización jurisprudencia de la JNJ, deberá tener reuniones con los responsables del manejo normativo de esta institución para los fines de la consultoría.
XI. ESTRUCTURA DE PAGOS
Forma y tiempos de Pago:
1.- Con la conformidad del Plan de Trabajo: 20% 2.- Con la conformidad del segundo informe: 30% 3.- Con la conformidad del cuarto informe: 20%
4.- Con la conformidad xxx xxxxxx informe -informe final: 30%
Los pagos se realizarán con el visto buenos del director de País de ABA ROLI PERÚ, previa conformidad del Coordinador del Proyecto de Apoyo al Sector Justicia II y de la Junta Nacional de Justicia
XII. PAGO
El pago se efectuará en un plazo máximo de una semana luego de entregado el comprobante de pago solicitado por la Gerencia Financiera de ABA ROLI, a través de una transferencia bancaria, depósito en cuenta o emisión de cheque bancario.
La moneda para el pago es dólares americanos o en moneda nacional, tal como se señala en el contrato, por lo tanto, es responsabilidad del consultor o consultora proporcionar una cuenta bancaria en función a la moneda de pago.
XIII. SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DEL SERVICIO
En caso de que el consultor no cumpliera con hacer entrega de los productos y cualquier otro servicio acordado entre las partes, se procederá de acuerdo a las reglas que estipule el Código Civil peruano para tal efecto.
XIV. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
La persona física o empresa consultora interesada en aplicar para la ejecución de la Consultoría, debe presentar en formato PDF y en documentos separados:
a) Carta con la “expresión de interés” firmada
b) Hoja de vida del consultor o de la empresa consultora
c) Propuesta Económica
d) Propuesta Técnica*
Estos documentos deberán ser remitidos vía electrónica al correo: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx, a más tardar el 20 de setiembre 2023 a las 23:59 horas.
* En la siguiente sección se detalla la información que debe incluir la propuesta técnica. Propuesta técnica
La propuesta técnica deberá describir de manera concisa, la metodología que utilizará la persona natural o jurídica para la ejecución de la consultoría, el equipamiento, así como alguna mejora a lo establecido en los presentes términos de referencia.
Experiencia en consultorías previas efectuadas en proyectos similares: Esta experiencia debe ser acreditada mediante constancias o cartas de recomendación, emitidas por las organizaciones públicas o privadas o por las personas a quienes haya prestado servicios de consultoría, en los períodos inmediatamente anteriores a la fecha de la contratación. Además, en ellas se debe indicar si la consultoría cumplió las expectativas de los contratantes. Alternativamente, el postulante podrá ofrecer referencias de trabajos anteriores que deberán ser comprobados por la organización contratante.
Información del perfil profesional del equipo consultor, si fuera el caso, quienes deberán remitir su hoja de vida debidamente respaldada.
Propuesta técnica de valor, plan de trabajo y cronograma de actividades, según los alcances de los términos de referencia.
Lima, setiembre 2023