PLIEGOS DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA EL CONTRATO DE LOS SERVICIOS DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA DE LA SEDE DEL INSTITUTO IMDEA NANOCIENCIA A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO MEDIANTE PLURALIDAD DE CRITERIOS
PLIEGOS DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA EL CONTRATO DE LOS SERVICIOS DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA DE LA SEDE DEL INSTITUTO IMDEA NANOCIENCIA A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO MEDIANTE PLURALIDAD DE CRITERIOS
1.- OBJETO DE LA CONTRATACIÓN.
El objeto del contrato es la realización de los servicios de seguridad y vigilancia de la sede de la Fundación IMDEA Nanociencia en la c/ Faraday nº 9; 28049, Madrid.
En los apartados siguientes se describen los servicios incluidos en el presente contrato y las condiciones para su realización.
Están incluidos todos los gastos y factores de valoración que según los documentos contractuales y la legislación vigente sean por cuenta del adjudicatario, así como las tasas y los tributos de cualquier índole.
El contenido del presente Xxxxxx revestirá carácter contractual, por lo que deberá ser firmado, en prueba de conformidad por el adjudicatario, en el mismo acto de formalización del contrato.
2.- CONSIDERACIONES GENERALES.
Los servicios de seguridad y vigilancia incluirán todas las instalaciones, equipos y zonas tanto del edificio de la sede de la Fundación IMDEA Nanociencia como de la zona exterior del mismo incluida en la superficie total de la sede.
El contratista aceptará las instalaciones, equipos y zonas tanto del edificio de las sede de la Fundación IMDEA Nanociencia como de la zona exterior del mismo incluida en la superficie total de la sede en el estado en que se encuentren en la fecha de licitación. Por este motivo, los licitadores podrán asistir a una Visita del edificio y de su zona exterior antes de redactar su oferta. A estos efectos el calendario de la visita se hará público en el anuncio del Perfil del Contratante.
3.- CENTRO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
Los servicios de seguridad y vigilancia del edificio y de la zona exterior de mismo objeto del presente contrato, se prestarán en la sede de IMDEA NANOCIENCIA, situada en c/ Faraday nº 9; 00000, Xxxxxx.
4.- CONDICIONES TECNICAS DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
4.1 Obligaciones en la prestación del Servicio de Seguridad
a) Los referidos servicios de seguridad y vigilancia se prestaran de acuerdo con el siguiente horario: desde las 20:00 horas hasta las 08:00 horas todos los días laborables y 24 horas xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos.
Se entiende el horario indicado como general, pudiendo ser modificado por necesidades de apertura y cierre a juicio de la Dirección del centro, previa comunicación a la empresa, sin que ello suponga en ningún caso incremento del total de horas.
b) La empresa adjudicataria aportará en cada turno, como mínimo un vigilante de seguridad no armado.
c) La entidad adjudicataria deberá garantizar, en todo momento, la presencia de los vigilantes de seguridad en los puestos de vigilancia, debiendo articular aquellos procedimientos que permitan solventar cualquier incidencia relacionada con su personal.
d) En el desempeño de sus funciones específicas de vigilancia y protección, los vigilantes de seguridad adscritos al presente servicio podrán recibir órdenes de la Persona designada por la Dirección de la Fundación IMDEA Nanociencia y de las directrices dictadas al respecto por la Dirección de la Fundación IMDEA Nanociencia. Asimismo, dependerán de los jefes de seguridad de la empresa de seguridad privada adjudicataria de los servicios, según determina la legislación de Seguridad Privada, sin perjuicio de las instrucciones concretas que reciban en cada momento de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Esta distribución de responsabilidades no eximirá al contratista de sus obligaciones a la hora de acometer los trabajos de forma adecuada.
e) La entidad adjudicataria hará entrega a la Fundación IMDEA Nanociencia de un cuadro de mandos con indicación de la sede social y los datos y teléfonos de contacto del personal de vigilancia, inspección, gestión, emergencias, con el objeto de facilitar la comunicación entre ambas partes.
f) La entidad adjudicataria realizará planes de emergencia específicos para el edificio de la Fundación IMDEA Nanociencia objeto de vigilancia y se comprometerá a realizar las actuaciones correspondientes debido a cualquier tipo de cambio producido en las instalaciones durante la vigencia del contrato.
g) La entidad adjudicataria se compromete a realizar el pago de las nóminas, incluyendo todos los conceptos salariales devengados, de la totalidad de los vigilantes que prestan su servicio en las instalaciones de la Fundación IMDEA Nanociencia. En caso de ser necesario, la entidad adjudicataria se compromete a llevar una contabilidad separada para realizar los correspondientes pagos.
h) Cuando la prestación del servicio no se esté realizando de manera adecuada, la Fundación IMDEA Nanociencia podrá exigir al adjudicatario la sustitución de cualquier trabajador de los asignados al centro objeto de vigilancia.
i) Las entidades licitadoras deberán estar inscritas en el Registro de Empresas de Seguridad del Ministerio del Interior, reuniendo los requisitos legales establecidos para la de seguridad privada.
j) Para el desarrollo de sus respectivas funciones el personal que vaya a realizar las actividades contratadas deberá haber obtenido previamente la correspondiente habilitación del Ministerio del Interior, con el carácter de autorización administrativa, de acuerdo con Legislación de Seguridad Privada.
k) El adjudicatario estará obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de seguridad social, seguridad laboral y salud en el trabajo y cualesquiera otras de carácter general, siendo responsable de cualquier obligación que pudiera derivarse de las relaciones laborales que mantenga con el personal que preste el servicio de seguridad y vigilancia, respondiendo de toda clase de salarios, remuneraciones, seguros, así como reclamaciones de este ante la jurisdicción laboral, sin que en ningún caso puede entenderse o presumirse la existencia de relación laboral alguna entre dicho personal y la Fundación IMDEA Nanociencia.
l) La entidad adjudicataria deberá garantizar en todo caso que, las remuneraciones mínimas que han de percibir los trabajadores de cada categoría empleados en la realización del servicio por jornada legal de trabajo y por horas extraordinarias, no sean inferiores a los tipos fijados en el Convenio Colectivo Estatal de Empresas de Seguridad vigente en cada momento. En la actualidad, las tablas salariales recogidas en el capítulo XVII. En este sentido no se admitirán ofertas que supongan un precio/hora inferior a los costes mínimos repercutibles establecidos en el Convenio Colectivo Estatal de Empresas de Seguridad, quedando en su caso automáticamente excluidas de la licitación.
m) La entidad adjudicataria deberá conectar la central de alarma del Edificio de la Fundación a su central receptora de alarmas.
n) La entidad adjudicataria deberá asegurarse de que al menos uno de los vigilantes asignados al servicio tiene un buen dominio del idioma inglés.
Será motivo suficiente de exclusión de la oferta o rescisión del contrato, en su caso, el incumplimiento de las normas y de la legislación vigente aplicable en cualquiera de sus apartados.
4.2 Funciones de los vigilantes:
4.2.1 Funciones generales
• Ejercer la vigilancia y protección de bienes muebles e inmuebles, así como la protección de las personas que pudiesen encontrarse en los mismos.
• Efectuar controles de acceso y de identificación si fuera necesario sin retención de la documentación personal.
• Requerir la inspección de paquetes, bolsos, bultos, o maletines que entren o salgan de las dependencias del centro con independencias de que sean trabajadores o no, en aquellos casos en los que exista sospecha de comisión de delito, falta, o infracción contra personal, sus bienes o los propios del centro.
• Prevenir y evitar la comisión de actos delictivos o infracciones en relación con el objeto de protección.
• Actuar con la iniciativa y resolución que las circunstancias requieran, evitando la inhibición o pasividad en el servicio, no pudiendo negarse, sin causa que lo justifique, a prestar aquellos servicios o tareas que se ajusten a las funciones propias del puesto.
• Atender en sus actuaciones a los principios de integridad, protección y trato correcto a las personas, evitando arbitrariedades y violencias, actuando en todo momento con congruencia y proporcionalidad en la utilización de las facultades y medios disponibles.
• Colaborar con las Fuerzas y Xxxxxxx de Seguridad del Estado, prestándoles su colaboración y siguiendo sus instrucciones en relación con el objeto de sus funciones.
• Controlar los accesos de vehículos.
• Controlar llaves, apertura y cierre de puertas.
• Comprobar el funcionamiento de los sistemas de seguridad instalados en las dependencias del centro.
• Elaboración de los partes diarios de incidencias, con indicación expresa de los horarios de rondas, cambios producidos por el servicio, relación de los miembros componentes del mismo y novedades que se produzcan.
• Cualquier otra actividad relacionada con el control de las instalaciones, así como las operaciones preparatorias, auxiliares, accesorias o complementarias de las mismas.
4.2.2 Funciones de seguridad contra incendios
• Hacer acto de presencia en el lugar de procedencia de la alarma o incidente, verificando el motivo de la misma, el estado de funcionamiento de los equipos contra incendios actuando con arreglo a la legislación de aplicación y al plan de emergencia.
• Verificar que las contempladas como vías de evacuación se hallan libres de obstáculos, y que la iluminación en el recorrido funciona en todos sus puntos.
• Impedir la existencia de obstáculos en las inmediaciones de las puertas de salida de emergencia, tales como vehículos aparcados o de otra naturaleza, así como en los espacios reservados a ambulancias y coches de bomberos.
4.2.3 Funciones de comisión y prevención de actos vandálicos.
• Hacer cumplir las normas internas establecidas, y que se respeten y usen adecuadamente las instalaciones y el mobiliario del centro.
• Impedir la comisión de actos vandálicos, cuando sean previsibles o sospechosos.
• Efectuar controles de identidad, de aquellas personas que estuviesen circulando por espacios no contemplados o autorizados en razón de horario, día o actividad, acompañándolos posteriormente a lugares permitidos.
4.2.4 Funciones de custodia.
• El adjudicatario elaborará un protocolo de custodia en su programa de trabajo, para las llaves maestras y el llavero general del centro, la ropa y objetos perdidos o extraviados, y los objetos de valor de los que se les haga entrega.
4.2.5 Función de registro.
• El adjudicatario deberá aportar y cumplimentar partes diarios donde se reflejarán las incidencias producidas durante la prestación del servicio dando cuenta de las mismas, con identificación del personal que haya intervenido. Se hará especial hincapié de las incidencias y personas relacionadas con éstas durante los días u horas en que el centro permanezca sin actividad alguna.
Así mismo, deberá aportar un libro de órdenes y reclamaciones donde la dirección de gestión reflejará las que formule a la entidad adjudicataria, teniendo ésta la obligación de revisarlo diariamente y firmar el acuse de recibo de dichas órdenes y/o reclamaciones para cumplirlas o subsanarlas.
5.- MEDIOS MATERIALES
La empresa adjudicataria dotará a su personal de los medios necesarios para la prestación del servicio objeto del contrato:
5.1 Uniformidad.
• El vigilante de seguridad prestará sus servicios uniformado reglamentariamente y portando su tarjeta de identidad profesional. Para ello el adjudicatario cuidará la buena presencia del personal a su servicio, debiendo uniformarles por su cuenta. Se especificará en la oferta la composición del mismo así como el número de renovaciones al año.
5.2 Medios de defensa.
• Los vigilantes de seguridad portarán exclusivamente las armas propias de su cargo y conforme a la normativa vigente, no pudiendo portar ningún otro tipo de arma ya sea de fuego o de otra naturaleza.
5.3 Comunicaciones y equipo.
• Red de telecomunicaciones debidamente legalizada.
• Conexión de los sistemas de seguridad a una central receptora con atención las 24 horas al día los 365 días del año.
• Centro de control 24 horas al día los 365 días del año, donde se darán las novedades e incidencias que puedan surgir en el servicio.
• Sistemas de iluminación autónomos tales como focos de largo alcance para cada uno de los vigilantes.
• Teléfono móvil en el centro conectado con los números de emergencias que designe la Fundación, las extensiones de la empresa adjudicataria y el centro de control.
• Blocs de partes diarios con copia para el cliente.
6.- CONDICIONES ADICIONALES DE GESTIÓN DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA.
• Realización de tres inspecciones semanales al centro por el servicio de Inspección de la empresa adjudicataria.
• Realización de reuniones mensuales con el jefe de servicios para verificación de los informes diarios y posibles cambios para mejorar el servicio, solucionar incidencias, etc.
• Impartición en su Centro de Formación de cursos a la plantilla del servicio (prevención de riesgos, laborales, primeros auxilios, escáner, etc.).
• Suscripción de un seguro de responsabilidad civil con cobertura suficiente de los riesgos derivados de su actividad, como posibles daños de carácter físico o material, así como posibles indemnizaciones que pudieran producirse a terceros en el ejercicio de las tareas recogidas en el presente pliego de prescripciones.
• El adjudicatario dispondrá de un sistema de control de bajas, de forma que el servicio no se vea afectado por las mismas, evitando así los descubiertos o vacíos.
7.- SUBROGACIÓN DEL PERSONAL
La entidad adjudicataria deberá contratar el personal necesario para atender a sus obligaciones con la Fundación IMDEA Nanociencia y hacerse cargo en la forma reglamentaria del personal procedente de la empresa que está llevando actualmente el servicio de seguridad, en su caso (ver apartado 15 de este pliego). De este modo, al término del contrato de seguridad actualmente en vigor, los trabajadores/as de la empresa saliente que prestan servicios en el centro, pasarán a estar adscritos a la nueva titular de la contrata, que se subrogará en todos los derechos y obligaciones de la anterior en los términos del Convenio Colectivo Estatal de Empresas de Seguridad vigente. Dicho personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, debiendo cumplir las obligaciones vigentes en materia
laboral, de seguridad social y seguridad e higiene en el trabajo referida al personal a su cargo.
Conforme a lo establecido en la legislación vigente, se facilita la información sobre las condiciones de los contratos de los trabajadores a los que afecta la subrogación, que regirán en el presente procedimiento.
8.- ORGANIZACIÓN Y MEDIOS DEL ADJUDICATARIO
La empresa adjudicataria deberá disponer de unos medios técnicos, humanos y una organización adaptados a la naturaleza del presente contrato. El adjudicatario estará obligado a tener una oficina central con superficie y dotación adecuadas al servicio de seguridad y vigilancia de este contrato. La oficina central dispondrá de medios informáticos y de comunicaciones adecuadas y estará en permanente comunicación con la Fundación o con la persona en quien se delegue.
La empresa adjudicataria asignará como mínimo:
• Un Responsable del servicio, que deberá tener experiencia probada de 3 años en un trabajo similar y que se responsabilizará de la ejecución de los trabajos de seguridad y vigilancia, y de informar de manera mensual al responsable designado por la Fundación de cualquier aspecto relevante y
• A tres vigilantes de seguridad acreditados para cubrir el horario de servicio del presente contrato (desde las 20:00 horas hasta las 08:00 horas todos los días laborables y 24 horas xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos)
El personal destinado a la realización del servicio de seguridad y vigilancia estará en posesión de las autorizaciones y acreditaciones necesarias para la ejecución del servicio y contará con acreditada experiencia y conocimientos suficientes para manejar los programas de gestión implantados en el edificio.
El Responsable del servicio estará a disposición de la Fundación y realizará visitas periódicas al edificio, como mínimo una vez a la semana, para la supervisión del servicio. La presencia de este responsable podrá ser requerida, en cualquier momento, por la Fundación. En casos de emergencia, la Fundación podrá exigir la presencia del responsable, aunque sea fuera del horario habitual de trabajo, por lo que dicho técnico deberá estar localizable 24 horas al día los 365 días del año, o persona que lo sustituya durante sus periodos vacacionales o de libranza.
La Fundación podrá solicitar a la empresa adjudicataria la sustitución de cualquiera de los trabajadores adscritos al contrato cuando se estime que su actuación no es satisfactoria para el cumplimiento del objeto del mismo o cuando sea considere que el empleado en cuestión no reúne las condiciones para prestar servicio en la institución. Recibida por escrito dicha petición, la empresa adjudicataria deberá realizar la sustitución solicitada en el plazo de quince días hábiles, sin que esta circunstancia implique gasto adicional alguno para la Fundación. Lo anterior se entiende sin perjuicio de las acciones legales que pudieran seguirse de la actuación de la persona sustituida. Se consideraran de especial gravedad actuaciones que pongan en riesgo la integridad de las instalaciones o las personas, así como
los incumplimientos en materia de prevención de riesgos laborales de los empleados del contratista.
La empresa adjudicataria deberá comunicar por escrito, con una antelación mínima de tres días naturales, la nueva incorporación.
La empresa adjudicataria, en periodos vacacionales y cuando, por cualquier otra causa, se produzca alguna ausencia laboral, deberá sustituir a los trabajadores por otros de igual categoría y cualificación profesional.
Durante los horarios de servicio en el Centro, el personal irá debidamente vestido y portarán las tarjetas de identificación con el logo del centro.
9.- OBLIGACIONES LABORALES
El adjudicatario se compromete a retribuir adecuadamente al personal que contrate asumiendo de forma directa y no trasladable a la Fundación IMDEA Nanociencia el coste de cualquier mejora en las condiciones de trabajo o en las retribuciones de dicho personal, tanto si dichas mejoras son consecuencia de convenios colectivos, pactos, o acuerdos de cualquier índole que puedan conllevar o conlleven equiparación a otras situaciones, como si lo fuera por la integración del centro a otro organismo de la Administración Pública, de modo que en ningún caso podrán repercutir dichas modificaciones en un incremento del precio de adjudicación.
La empresa adjudicataria queda obligada a que todo el personal que emplee para la ejecución de los trabajos contratados, esté afiliado a la Seguridad Social, obligándose, asimismo, a cumplir, con dicho personal, toda la legislación vigente.
Todos los gastos de carácter laboral, así como los relativos a tributos del referido personal, serán por cuenta de la empresa adjudicataria.
Se podrá exigir a la empresa adjudicataria para la liquidación mensual de sus servicios, la demostración documental de estar al corriente en el pago de las cuotas de la Seguridad Social correspondientes al personal que utilice para la ejecución de los trabajos contratados.
El adjudicatario responderá ante los tribunales de justicia de los accidentes que pudieran sobrevenir a su personal eximiendo a la Fundación.
El personal que, por su cuenta, aporte o utilice el adjudicatario no podrá tener vinculación alguna con la Fundación y no tendrá derecho alguno respecto a la misma. Dicho personal dependerá exclusivamente del adjudicatario y, por ende, éste tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario, a tenor de la legislación laboral y social, sin que en ningún caso pueda esgrimirse derecho alguno por dicho personal en relación con la Fundación, ni exigirse a ésta responsabilidad de cualquier clase, como consecuencia de las obligaciones existentes entre el adjudicatario y sus trabajadores, aún en el supuesto de que los despidos o medidas que adopte se basen en el incumplimiento o interpretación del contrato.
El adjudicatario deberá disponer de un plan de seguridad y salud para la realización del servicio suscrito por un técnico competente.
La empresa adjudicataria estará obligada a dotar al personal que utilice para la ejecución de los trabajos contratados de todos los medios de seguridad necesarios, protecciones colectivas y personales, en cumplimiento de la legislación vigente en materia de prevención de riesgos laborales.
La empresa adjudicataria deberá informar, en el mismo día que suceda, sobre cualquier accidente o incidente ocurrido al personal de la empresa adjudicataria en la realización de trabajos y servicios del objeto de este contrato.
Los daños que el personal de la adjudicataria pueda ocasionar en el edificio, locales, mobiliario, instalaciones o cualquier propiedad de las dependencias de la Fundación, ya sea por negligencia o dolo, serán indemnizados por aquélla, siempre a juicio del responsable de la Fundación, que podrá detraer la compensación procedente del importe de las facturas que presenta la adjudicataria.
La Fundación IMDEA Nanociencia declina todo tipo de responsabilidad civil o penal fuera del alcance de los límites establecidos en la legislación de aplicación y en las pólizas de seguros contratadas con compañías de seguros o con cualquier entidad pública o privada por actitudes o comportamientos de los vigilantes de la entidad adjudicataria ilícitos, injuriosos, difamatorios, amenazadores, vulgares, obscenos, blasfemos, ofensivos, agresivos, violentos, discriminatorios (por motivos de nacimiento, étnicos, raciales, sexuales, religiosos, ideológicos, de opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social) o censurables por cualquier otra razón, incluidas, a título orientativo pero no exhaustivo, aquellas conductas que fomenten comportamientos que puedan incurrir en sanciones civiles o penales o que vulneren cualquier legislación aplicable de ámbito local, regional, nacional o internacional.
La entidad que resulte adjudicataria deberá estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales de acuerdo con la Ley. Con anterioridad al inicio de la prestación de los servicios contratados, la entidad deberá aportar a la Fundación IMDEA Nanociencia la documentación relativa a la evaluación de riesgos y planes de prevención de todos los puestos de trabajo necesarios para la prestación del servicio y toda la documentación en materia de coordinación de actividades empresariales.
Asimismo, antes del comienzo de su actividad deberá comunicar los nombres de las personas que actúen como delegados de prevención.
En caso de que para algún trabajo específico se realizará la contratación o subcontratación de una o varias empresas, se comunicará previamente dicha subcontratación a la Fundación y se facilitará certificación de que las empresas contratadas y subcontratadas han realizado la evaluación de riesgos y han cumplido con sus obligaciones, en materia de información, respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en la sede de la Fundación y
que han establecido con dichas empresas los medios necesarios de coordinación de actividades empresariales.
10.- DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA OBLIGATORIA
• Cuadro de mandos completo con datos de contacto de directivos, inspectores y vigilantes.
• Declaración jurada que contenga el compromiso de realizar un protocolo de custodia para las llaves maestras y el llavero general del centro, la ropa y objetos perdidos o extraviados, y los objetos de valor de los que se les haga entrega.
• Declaración jurada que contenga el compromiso de realizar planes de emergencia específicos para el edificio objeto de vigilancia y de las actualizaciones debido a cambios producidos en todas las instalaciones durante la vigencia del contrato.
• Declaración jurada que contenga el compromiso de realizar el pago de las nóminas del personal de vigilancia antes del día 5 de cada mes durante la totalidad de la vigencia del contrato.
• Modelo de partes diarios en formato papel. Se habilitará versión electrónica.
• Modelo de libro de órdenes y reclamaciones
• Propuesta de póliza de seguro.
• Certificaciones y acreditaciones de calidad aplicadas en la gestión del servicio.
11.- MECANISMOS DE COORDINACIÓN
Las empresas participantes deberán proponer los mecanismos de coordinación entre la misma y la Fundación que consideren adecuados. En cualquier caso, deberá designar un Responsable del servicio que sea interlocutor válido suficiente con la Fundación.
La actividad realizada por la empresa adjudicataria, se controlará mediante inspecciones periódicas, con la finalidad de asegurar que se cumplen las condiciones de servicio contratado. La Fundación podrá inspeccionar al personal cuando lo considere oportuno, en todo lo relacionado con su trabajo, asistencia, permanencia, eficacia, y cualesquiera condiciones que afecten al satisfactorio desarrollo del trabajo.
12.- CONEXIÓN A CENTRAL RECEPTORA DE ALARMAS (CRA).
La entidad que resulte adjudicataria deberá realizar la conexión a Central Receptora de Alarmas de las instalaciones de seguridad y detección de incendios de la Fundación IMDEA Nanociencia. Los contratistas deberán prestar un servicio de atención permanente e inmediata ante la generación de alarma intrusión-robo-incendio, de alarmas reales o falsas, las 24 horas del día los 365 días del año.
13.- CUMPLIMIENTO DE NORMATIVA VIGENTE
La empresa adjudicataria se hace responsable de garantizar el cumplimiento de toda normativa vigente aplicable al objeto del contrato, esté o no recogida expresamente en este pliego.
14.- DIRECCIÓN Y SEGUIMIENTO DEL CONTRATO (CONTROL DE LA CALIDAD DEL SERVICIO)
La Dirección de la Fundación será la encargada de realizar el seguimiento de la ejecución y cumplimiento del contrato.
La Dirección de la Fundación, si lo estima conveniente, podrá requerir al contratista para que subsane en el plazo máximo de dos días los defectos, insuficiencias técnicas, errores materiales, omisiones o infracciones de preceptos reglamentarios que les sean imputables de acuerdo con las conclusiones del informe que realizara a tal efecto.
El incumplimiento por parte de la empresa adjudicataria de la correcta aportación de toda la información que se detalla en los pliegos de esta licitación, será motivo de penalización por deficiencias en el servicio.
15.- INFORMACIÓN SOBRE LAS CONDICIONES DE LOS CONTRATOS DE LOS TRABAJADORES DE LA EMPRESA QUE ESTÁN PRESTANDO SERVICIO EN LA ACTUALIDAD.
ANTIGÜEDAD | CONTRATO | SALARIO BRUTO ANUAL 2019 (€) | PELIGROSIDAD (€) | |
Vigilante 1 | 26/08/2006 | 100 | 18.040,68 | |
Vigilante 2 | 13/05/1996 | 100 | 21.073,08 | 145,38 |
Vigilante 3 | 26/07/2018 | 100 | 16.909,92 |
16.- PLAN DE TRANSICION
Durante el periodo final de vigencia del contrato, o en su caso, en cualquiera de sus prórrogas, se establecerá un periodo transitorio de ejecución en condiciones especiales, de modo que se garantice la prestación del servicio de forma ininterrumpida, comprometiéndose el adjudicatario a colaborar con el nuevo adjudicatario en aquellas actividades necesarias, encaminadas a la planificación y ejecución del cambio. Este periodo de transición no será superior a 30 días.
Al objeto de garantizar una adecuada transición de salida, el adjudicatario, durante ese periodo de transición establecido al efecto, deberá seguir garantizando la completa y correcta operatividad de todos los servicios prestados al amparo del contrato, comprometiéndose además a facilitar el traspaso de conocimiento al prestador entrante.