CUADRO RESUMEN MODELO DE CONDICIONES JURÍDICAS Y ECONÓMICAS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
CUADRO RESUMEN MODELO DE CONDICIONES JURÍDICAS Y ECONÓMICAS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
1. PODER ADJUDICADOR: Comarca alto xxxxxxx | ||||
ADMINISTRACIÓN CONTRATANTE: COMARCA DEL ALTO XXXXXXX | Órgano de Contratación: PRESIDENCIA | Número de Expediente | 6/2017 | |
Tipo de Procedimiento | ABIERTO | |||
Publicidad: | SI [PERFIL DE CONTRATANTE] | |||
Tipo de Contrato: | ||||
Tramitación: | SIMPLIFICADA | |||
Criterios Adjudicación: | 1.- Varios criterios | |||
2. OBJETO DEL CONTRATO: SUMINISTRO DE RED DE EMERGENCIA INTEGRADA DE SISTEMA DE ALARMA Y DESFIBRILADORES AUTOMÁTICOS | ||||
CPV: | DESCRIPCIÓN DE CPV: | |||
3. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO | ||||
IMPORTE NETO: 24.793,39, € | IVA %: 5.206,61 € | IMPORTE TOTAL: 30.000,00 € | ||
ANUALIDADES: | ||||
EJERCICIO: 2017 | EJERCICIO: | EJERCICIO: | EJERCICIO: | |
REVISIÓN DE PRECIOS: No | ||||
FORMULA: | SISTEMA DE REVISIÓN : | |||
4. FINANCIACIÓN | ||||
FINANCIACIÓN COMARCA: 30.000,00 € | FINANCIACIÓN COMUNIDAD AUTONOMA: | FINANCIACIÓN OTROS: | ||
5. PLAZO DE EJECUCIÓN | ||||
3 meses | PRÓRROGA:NO | DURACIÓN MÁXIMA: | ||
6. GARANTÍAS | ||||
PROVISIONAL: NO | ||||
DEFINITIVA : SI | ASCIENDE A: 5% de la adjudicación | |||
7. MESA DE CONTRATACIÓN: SI |
PLIEGO DE CONDICIONES JURÍDICAS, ECONÓMICAS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
CONDICIÓN PRIMERA. Objeto y calificación del Contrato
El objeto del contrato es el suministro e instalación de una red de emergencia integrada de sistema de alarma y desfibriladores automáticos, compuesta por desfibrilador, cabina, torre y mantenimiento del sistema. Desconociéndose el precio unitario de los cuatro elementos que componen el sistema de alarma y desfibrilador, los licitadores deberán ofertar por separado el desfibrilador, cabina, torre y mantenimiento, de forma que el número del conjunto integrado ofertado, no sobrepase el tipo de licitación máxima. A la vista de los requerimiento técnicos de los puntos donde van instalados los sistemas, y dentro de la oferta más ventajosa elegida, la Comarca podrá optar por adecuar cada uno de los puntos a instalar con elementos necesarios.
El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de suministro, tal y como establece el artículo 9 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
CONDICIÓN SEGUNDA. Procedimiento de Selección y Adjudicación
La forma de adjudicación del contrato de suministro de una red de emergencia integrada de sistema de alarma y desfibriladores automáticos, será el procedimiento abierto mediante tramitación simplificada.
CONDICIÓN TERCERA. El Perfil de Contratante
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Comarca cuenta con el Perfil de Contratante al que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente: xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx
CONDICIÓN CUARTA. Valor estimado del Contrato
El importe del presente contrato asciende a la cuantía de 24.793,29 euros, al que se adicionará el Impuesto sobre el Valor Añadido por valor 5.206,61 euros, lo que supone un total de 30.000,00 euros.
El importe se abonará con cargo a la partida 4320.62300 del vigente Presupuesto Comarcal; existiendo crédito suficiente hasta el importe aprobado por la Comarca, quedando acreditada la plena disponibilidad de las aportaciones que permiten financiar el contrato.
CONDICIÓN QUINTA. Duración del Contrato
El suministro deberá entregarse e instalarse en el plazo de tres meses desde la firma del contrato.
CONDICIÓN SEXTA. Acreditación de la Aptitud para Contratar
Podrán presentar ofertas las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibiciones de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica. Se deberá acreditar lo siguiente:
1. La capacidad de obrar de los empresarios se acreditará:
a) La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas, mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso n en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
b) De los empresarios que fueren personas físicas mediante fotocopia del Documento Nacional de Identidad y acreditación de estar dado de Alta en el Impuesto de Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente.
c) La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la unión Europea, por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
d) Los demás empresarios extranjeros, con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa
2 . No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas y de los Órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por Resolución Judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en que hubiese sido separado o inhabilitado. En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
3 . Documentación justificativa de hallase al corriente en el pago de las obligaciones tributarias y de la seguridad social.
3. La solvencia del empresario:
3.1 La solvencia económica y financiera del empresario podrá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes:
Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los dos últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios.
3.2. En los contratos de suministro, la solvencia técnica se acreditará por el siguiente medio:
a) Relación de los principales suministros efectuados durante los cuatro últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
CONDICIÓN SÉPTIMA. Presentación de Ofertas y Documentación Administrativa
Las ofertas se presentarán en el Comarca, X/ Xxxxxxx 00 xx Xxxxxxxxxx, en horario de atención al público, dentro del plazo de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el perfil en el boletín de la provincia xx Xxxxxx.
Las ofertas podrán presentarse por correo, en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Cuando las ofertas se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del candidato.
La acreditación de la recepción del referido télex, fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida.
Cada candidato no podrá presentar más de una oferta [sin perjuicio de los establecido en los artículos 147 y 148 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre]. Tampoco podrá suscribir ninguna oferta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurara en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las solicitudes por él suscritas.
La presentación de una oferta supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Xxxxxx. Las proposiciones de los licitadores serán secretas hasta el momento de la apertura pública y se arbitrarán los medios que lo garanticen hasta ese momento.
Las ofertas para tomar parte en la licitación se presentarán en dos sobres cerrados, firmados por el licitador y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda « Suministro de una red de emergencia integrada de sistema de alarma y desfibriladores automáticos.». La denominación de los sobres es la siguiente:
«Oferta para negociar la contratación del suministro de una red de emergencia integrada de sistema de alarma y desfibriladores automáticos.». La denominación de los sobres es la siguiente:
— Sobre «A»: Documentación Administrativa.
— Sobre «B»: Oferta Económica y Documentación para la valoración
Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la Legislación en vigor.
Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los
mismos:
SOBRE «A» DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
[SUPUESTO A) APORTACIÓN INICIAL DE DOCUMENTACIÓN MEDIANTE DECLARACIÓN RESPONSABLE
a) Declaración Responsable del licitador indicativa del cumplimiento de las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración.
Se presentará conforme al siguiente modelo:
Anexo I. MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
D/Dña.: ..............................................................................., con D.N.I. nº , en nombre propio o
en representación de la empresa ......................................................................... con C.I.F. nº
........................................ y domicilio fiscal en
....................................................................................................................................., a efectos de su participación en
la licitación que ha de regir el contrato de “ ”, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 146.1.c del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
PRIMERO: Que se dispone a participar en la licitación referida anteriormente.
SEGUNDO: Que cumple con todos los requisitos previos exigidos por el apartado primero del artículo 146 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público para ser adjudicatario del contrato de referencia, en concreto:
- Que posee personalidad jurídica y, en su caso, representación.
- Que no está incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y se halla al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
- Que la citada empresa, sus administradores y representantes legales, así como el firmante, no se hallan incursos en prohibiciones para contratar, según lo dispuesto en el artículo 60 TRLCSP en la redacción dada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como en lo establecido en el capítulo III del título VII de la Ley 2/2009, de 11 xx xxxx, del Presidente y del Gobierno xx Xxxxxx.
- Que la citada Entidad se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes y no tiene deudas en periodo ejecutivo con la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, y si las tiene, están garantizadas.
- Que la empresa cumple los requisitos de capacidad y solvencia, exigidos en este Pliego. En el caso de actuar como representante que ostenta poder bastante para ello.
- Que la empresa cuenta con la habilitación empresarial o profesional exigida para la realización de la actividad o prestación objeto del contrato.
- Que en la oferta presentada se han tenido en cuenta las obligaciones derivadas de las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales, y protección del medio ambiente.
- Que se compromete, en el caso de que la propuesta de adjudicación recaiga a su favor, a presentar, previamente a la adjudicación del contrato, los documentos exigidos, de acuerdo con lo previsto en la cláusula sexta de este Pliego.
- Que se somete a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador. (En el caso de empresas extranjeras).
- Que la dirección de correo electrónico en la que efectuar notificaciones es
.......................................................................................
TERCERO: Que se compromete a acreditar la posesión y validez de los documentos a que se hace referencia en el apartado segundo de esta declaración, así como los requisitos del contratista establecidos en el pliego de prescripciones técnicas, en caso de que sea propuesto como adjudicatario del contrato o en cualquier momento en que sea requerido para ello.
Y para que conste, firmo la presente declaración.
En.............................................., a.............. de de 2017.
Fdo.: ............................
(SELLO DE LA EMPRESA Y FIRMA AUTORIZADA)
SOBRE «B»
OFERTA ECONÓMICA Y DOCUMENTACIÓN
a) Oferta económica.
Se presentará conforme al siguiente modelo:
«D. , con domicilio a efectos de notificaciones en , c/
, n.º , con DNI n.º , en representación de la Entidad , con CIF n.º , enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación por procedimiento abierto simplificado del contrato de suministro e instalación de , hago constar que conozco el pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por el importe de euros y euros correspondientes al Impuesto sobre
el Valor Añadido.
b) Propuestas técnicas sujetas a valoración objetiva
En , a de de 20 .
Firma del candidato,
Fdo.: ».
CONDICIÓN NOVENA. Criterios de Adjudicación
PRIMERO: Oferta económica: Maximo 60 puntos.
Se valorará de acuerdo con la siguiente fórmula: PO = 60 x (MO / OL)
Siendo: PO (Puntuación Obtenida), OL (Oferta del Licitador) y MO (Oferta más baja presentada) SEGUNDO: Criterios de valoración objetiva: hasta 40 puntos.
o Ampliación de garantía en el desfibrilador, de cuatro a ocho años,máximo 10 puntos.
o Formación homologada para el uso del desfibrilador, máximo 10 puntos.
o Ampliación de garantía en las baterías de dos a cuatro años, máximo 10 puntos
o Tiempo de respuesta del licitador ante averías de 0 a cinco días, máximo 10 puntos.
CONDICIÓN DÉCIMA. Calificación, Admisión y Exclusión de Licitadores
Las funciones relativas a la calificación, admisión o exclusión de licitadores corresponden a la mesa de contratación.
CONDICIÓN UNDÉCIMA. Prerrogativas de la Administración
El órgano de contratación, de conformidad con el artículo 210 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, ostenta las siguientes prerrogativas:
a) Interpretación del contrato.
b) Resolución de las dudas que ofrezca su cumplimiento.
c) Modificación del contrato por razones de interés público.
d) Acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de ésta.
CONDICIÓN DUODÉCIMA. Apertura de Ofertas
La mesa de contratación de la administración contratante, una vez finalizado el plazo de presentación de las ofertas, procederá a la apertura y calificación de la documentación administrativa contenida en los sobres «A».
Si fuera necesario, se concederá un plazo no superior a tres días para que el licitador corrija los defectos u omisiones subsanables observados en la documentación presentada.
Posteriormente, la mesa de contratación procederá a la apertura y examen del sobre «B».
Tras la lectura del sobre «B», cuando la mesa de contratación considere necesaria proceder a la aclaración sobre una oferta o si hubiere que corregir manifiestos errores materiales en la redacción de la misma podrá tomar
la iniciativa de ponerse en contacto con el licitador, sin que tal contacto pueda entrañar, en ningún caso, una modificación de los términos de la oferta.
A la vista de la valoración de los criterios cuya ponderación es automática (Sobre «B»), la mesa de contratación procederá a efectuar la propuesta de adjudicación a favor de la oferta económicamente más ventajosa.
CONDICIÓN DECIMOTERCERA. Requerimiento de la Documentación
El órgano de contratación requerirá al candidato que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato y de haber constituido la garantía definitiva.
Asimismo, si el licitador o su representante sustituyera la presentación de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos por una declaración responsable reconociendo que cumple los requisitos de capacidad, representación y solvencia exigidos y comprometiéndose a acreditarlos en caso de que vaya a ser propuesto como adjudicatario, se le requerirá para que aporte tal documentación en el plazo de cinco días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 146.5 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos para contratar con la Administración será el de la finalización del plazo de presentación de las proposiciones.
CONDICIÓN DECIMOCUARTA. Garantía Definitiva
El licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa, deberá constituir una garantía del 5% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
Esta garantía podrá prestarse en alguna de las siguientes formas:
a) En efectivo o en valores de Deuda Pública, con sujeción, en cada caso, a las condiciones establecidas en las normas de desarrollo de esta Ley. El efectivo y los certificados de inmovilización de los valores anotados se depositarán en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales encuadradas en las Delegaciones de Economía y Hacienda, o en las Cajas o establecimientos públicos equivalentes de las Comunidades Autónomas o Entidades locales contratantes ante las que deban surtir efectos, en la forma y con las condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan.
b) Mediante aval, prestado en la forma y condiciones que establezcan las normas de desarrollo de esta Ley, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España, que deberá depositarse en los establecimientos señalados en la letra a) anterior.
c) Mediante contrato de seguro de caución, celebrado en la forma y condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan, con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo. El certificado del seguro deberá entregarse en los establecimientos señalados en la letra a anterior.
La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato.
Esta garantía responderá a los conceptos incluidos en el artículo 100 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, y transcurrido un año desde la fecha de terminación del contrato, sin que la recepción formal y la liquidación hubiesen tenido lugar por causas no imputables al contratista, se procederá, sin más demora, a su devolución o cancelación una vez depuradas las responsabilidades a que se refiere el citado artículo 100.
CÓNDICIÓN DECIMOQUINTA Adjudicación del Contrato
Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los diez días hábiles siguientes a la recepción de la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones de aptitud para contratar.
En ningún caso podrá declararse desierta una licitación cuando exija alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
La resolución de adjudicación del contrato agotará la vía administrativa, será motivada, deberá especificar los motivos por los que se ha rechazado una candidatura u oferta y las características o ventajas de la oferta seleccionada, y se notificará a los interesados de conformidad con lo dispuesto en la legislación reguladora del procedimiento administrativo, indicando el recurso que procede contra esta adjudicación. De forma simultánea a la notificación, la adjudicación será publicada en el perfil de contratante.
La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En particular expresará los siguientes extremos:
• En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura.
• Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta.
• En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas.
• El recurso que procede contra la adjudicación.
• En la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización.
CONDICIÓN DECIMOSEXTA. Formalización del Contrato
La formalización del contrato en documento administrativo se efectuará dentro de los quince días hábiles siguientes a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación; constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público.
El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
CONDICIÓN DECIMOSEPTIMA. Derechos y Obligaciones del Adjudicatario
El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en su clausulado y en las condiciones jurídicas, económicas y técnicas, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere al contratista el órgano de contratación.
El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
Además son obligaciones específicas del contratista las siguientes:
— El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 64.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre).
— El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 227 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre para los supuestos de subcontratación.
CONDICIÓN DECIMOCTAVA. Revisión de Precios
En este contrato no habrá revisión de precios
CONDICIÓN DECIMONOVENA. Plazo de Garantía
El objeto del contrato del desfibrilador quedará sujeto a un plazo de garantía de 4 años, a contar desde la fecha de recepción o conformidad del trabajo, plazo durante el cual la Administración podrá comprobar que el trabajo realizado se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento y a lo estipulado en las condiciones jurídicas, económicas y técnicas. Transcurrido el plazo de garantía sin que se hayan formulado reparos a los trabajos ejecutados, quedará extinguida la responsabilidad del contratista.
Si durante el plazo de garantía se acreditase a la existencia de vicios o defectos en los trabajos efectuados el órgano de contratación tendrá derecho a reclamar al contratista la subsanación de los mismos.
CLÁUSULA VIGESIMA. Facturas
Conforme a la Disposición Adicional Trigésimo Tercera del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el contratista tendrá obligación de presentar la factura que haya expedido por los bienes entregados ante el correspondiente registro administrativo a efectos de su remisión al órgano administrativo o unidad a quien corresponda la tramitación de la misma.
En la factura se incluirán, además de los datos y requisitos establecidos en el artículo 72 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas1, los siguientes extremos previstos en el apartado segundo de la citada Disposición Adicional Trigésimo Tercera:
a) Que el órgano de contratación es .
b) Que el órgano administrativo con competencias en materia de contabilidad pública es
.
c) Que el destinatario es .
CONDICIÓN VIGESIMOPRIMERA. Resolución del Contrato
La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este Pliego y en los fijados en los artículos 223 y 308 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre; y se acordará por el órgano de contratación, de oficio o a instancia del contratista.
Cuando el contrato se resuelva por culpa del contratista, se incautará la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios originados a la Administración, en lo que excedan del importe de la garantía.
CONDICIÓN VIGESIMOSEGUNDA. Régimen Jurídico del Contrato
Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, la Ley 3/2011, de 24 de febrero, de medidas en materia de Contratos de Sector Público xx Xxxxxx, el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en todo lo que no se oponga al Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y esté vigente tras la entrada en vigor del Real Decreto 817/2009; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
VIGESIMO TERCERA: PROTECCIÓN DE DATOS.
De acuerdo con la LO 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos Personales, informamos a todos los participantes en esta convocatoria que su datos personales serán almacenados en el fichero de “Recursos Humanos”, titularidad de la Comarca Alto Xxxxxxx con la única finalidad de tener en cuenta su candidatura para el puesto solicitado.
Asimismo, le informamos de la posibilidad que Ud. tiene de ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación, en relación a sus datos personales, en los términos establecidos por la Agencia Española de Protección de Datos Personales, y dirigiéndose a: Comarca Alto Xxxxxxx, X/ Xxxxxxx, 00, XX 00000 Xxxxxxxxxx (Xxxxxx). Sus datos no serán cedidos a terceros salvo que la ley lo permita o lo exija expresamente.
En Sabiñánigo a la fecha de la firma. La Presidenta de la Comarca Alto Xxxxxxx. Fdo.: Xxxxxxx Xxxxxxx xx Xxxx.
(firmado electrónicamente al margen)