Contrato de servicios
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
Contrato de servicios
Procedimiento abierto con varios criterios de adjudicación. CUADRO DE CARACTERÍSTICAS
I.- DISPOSICIONES GENERALES SOBRE EL CONTRATO
1. OBJETO DEL CONTRATO: |
La realización de un acuerdo para el suministro y actualización de licencias de productos de la firma Microsoft para el uso de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea. Debido a la puesta en explotación y el mantenimiento tanto de nuevas aplicaciones como de otras ya existentes que utilizan el entorno “software cliente” bajo sistemas operativos personales y el “software servidor” bajo sistema operativo de ordenadores departamentales, se requiere la actualización de las licencias actuales y la contratación de nuevas licencias de uso del software o sistemas lógicos de la firma Microsoft, que permitan la utilización de dicho software bajo la arquitectura cliente/servidor. |
Nomenclatura NACE: Código CPV: 4896 |
Informado por la Abogacía del Estado en fecha: 18 xx Xxxxx de 2009 Aprobado por el órgano de contratación en fecha: 8 de Octubre de 2009
2. INFORME JURÍDICO Y APROBACIÓN XXX XXXXXX
El contrato tendrá por objeto el suministro descrito en el apartado I.1 de este cuadro de Características.
Los materiales objeto de este contrato de suministros serán de las características y calidades que se especifican en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
Asimismo, las necesidades de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea que se desean cubrir con esta contratación quedan explicitas en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
3. NECESIDADES A SATISFACER Y CIRCUNSTANCIAS DEL CONTRATO
a) Valor estimado (IVA excluido y teniendo en cuenta las eventuales prórrogas; artículo 76.1 y 6 de la LCSP): 470.644,41 €
b) Importe del IVA del valor estimado: 75.303,10 €
c) Importe total con IVA: 545.947,51 €
d) Presupuesto correspondiente a la duración inicial del contrato o presupuesto base de licitación: 470.644,41 €
e) Importe del IVA del Presupuesto: 75.303,10 €
4. VALOR ESTIMADO. PRESUPUESTO. ANUALIDADES Y APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
f) Anualidades:
SIN IVA
IVA
TOTAL
2.009……………..…..156.881,47 €…………..………. 25.101,03 €………………..…………181.982,50 €
2.010………………....156.881,47 €………..………….25.101,03 €……………..……………181.982,50 €
2.011……………...….104.587,64 €……………………16.734,02 €……………………….…..121.321,66 €
2.012…………….…….52.293,83 €…………………….8.367,02 €……………………………..60.660,85 €
g) Aplicación Presupuestaria: 17.401.455M.640.08
5. DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL |
Sin perjuicio de las obligaciones adicionales asumidas por el adjudicatario al formular su proposición, revestirán carácter contractual los siguientes documentos: - El pliego de cláusulas administrativas particulares. - El pliego de prescripciones técnicas particulares. - El documento de formalización. |
6. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO |
- Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público [LCSP]. - RD 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas [RCAP], en lo que no se oponga a la LCSP (disposición derogatoria única de la LCSP). |
7. MEDIOS DE COMUNICACIÓN CON LOS LICITADORES |
- Por correo certificado a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea – Dirección Económico Financiera Despacho A-520 – Pº de la Castellana, 67 28071 Madrid - Por correo electrónico: - Por telefax: 00-0000000 Página Web: xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx y/o xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx |
8. PERFIL DE CONTRATANTE |
II.- PREPARACIÓN DEL CONTRATO
Deberá cumplirse lo establecido en la Sección primera del Capítulo I del presente pliego.
1. LUGAR, TIEMPO Y FORMA PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
Los enumerados en las Sección segunda del Capítulo I.
2. DOCUMENTOS QUE DEBEN INCLUIRSE EN EL SOBRE Nº 1
a) Provisional [91.2 LCSP]: Se exige (hasta el 3% del Presupuesto base de licitación, IVA excluido): Será de 14.119,33 €.
b) Definitiva [83.1 LCSP]: Se exige, el 5% del importe de adjudicación , IVA excluido:
c) Complementaria: Se exige, el 5% del importe de adjudicación , IVA excluido, de cada uno de los lotes (en su caso):
Se constituirán a disposición de : AGENCIA ESTATAL DE SEGURIDAD AÉREA
N.I.F.: Q2801615B
3. IMPORTE DE LAS GARANTÍAS
a) El adjudicatario estará obligado a satisfacer los gastos de publicidad de licitación hasta el siguiente importe máximo (art. 67.2 g RCAP): El de inserción por una sola vez en el BOE.
b) En caso de renuncia o desistimiento, se compensará a cada licitador por los gastos en que se hubiese incurrido hasta el límite de tres por mil del presupuesto del contrato (Art. 139.2 LCSP)
4. GASTOS DE PUBLICIDAD. GASTOS POR RENUNCIA Y DESISTIMIENTO
Además de los requisitos de solvencia especificados en la cláusula 7 Apartado 4 del presente pliego, se justificarán los siguientes:
Las empresas licitadoras deberán acreditar su solvencia económica y financiera según lo establecido en el Artículo 64.c) de la Ley de Contratos del Sector Público.
El volumen de negocios referido a los tres últimos ejercicios no podrá ser inferior a 1.000.000,00 €.
Las empresas licitadoras acreditarán su solvencia de acuerdo con lo establecido en el Art. 66.f). Los licitadores deberán estar en posesión de las calificaciones: Solutions Provider Partner – Microsoft y Large Account Resealer- Microsoft.
5. SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA TÉCNICA Y PROFESIONAL
Plazo de entrega;
La entrega se realizará:
- Previo requerimiento de la AESA en el plazo de 15 días
-En el plazo ofertado por el licitador contando desde el día siguiente al de la fecha de firma del contrato.
Lugar de entrega:
La Agencia Estatal de Seguridad Aérea sita en Xx Xxxxxxxxxx, 00 , 00000 xx Xxxxxx.
III.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
Los enumerados en la Sección tercera del Capítulo II. Este sobre se designará con el nº 2
1. DOCUMENTOS QUE DEBEN INCLUIRSE EN EL SOBRE PARA LA VALORACIÓN DE LOS CRITERIOS NO EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS (DOCUMENTACIÓN TÉCNICA).
Los enumerados en la Sección cuarta del Capítulo II para formulación de la proposición económica. Este sobre se designará con el nº 3
2. DOCUMENTOS QUE DEBEN INCLUIRSE EN EL SOBRE PARA LA VALORACIÓN DE LOS CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS (PRECIOS)
Se aplicarán los criterios establecidos en la Sección segunda del Capítulo II, con la siguiente ponderación:
- Criterios evaluables mediante fórmulas. Mínimo 50% de la puntuación total.
-Ponderación de la oferta económica (XXX). Coeficiente: Hasta 80 puntos (A)
-Ponderación del plazo de entrega. Coeficiente: hasta 10 puntos (B)
- Criterios no evaluables mediante fórmulas. Máximo 50% de la puntuación total.
-Ponderación de la calidad del material. Coeficiente: hasta 10 puntos.
3. CRITERIOS DE VALORACIÓN.
Serán desechadas las ofertas que no alcancen la puntuación mínima de puntos en la ponderación de la
calidad del material.
4. UMBRAL MÍNIMO DE PUNTUACIÓN QUE DEBE OBTENERSE EN LOS CRITERIOS NO EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS
Duración del contrato:
Desde la adjudicación definitiva hasta el 14 de octubre de 2.012.
5. PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA
- General de dos meses
-Especial por [artículo 145 de la LCSP].
Se adjudicará el contrato dentro del plazo:
6. PLAZO PARA LA ADJUDICACIÓN PROVISIONAL
IV.- EFECTOS DEL CONTRATO
a) Forma de pago del precio: El precio se determinará a tanto alzado, en términos de precios unitarios o mediante una combinación de ambas modalidades. El pago se efectuará mediante el libramiento en firme, una vez recibido de conformidad con la Unidad proponente de la adquisición.
b) Revisión de precios: Este contrato no será objeto de revisión de precios.
1.FORMA DE PAGO DEL PRECIO Y REVISIÓN DE PRECIO
2. CONDICIONES DE EJECUCCION
a) Por incumplir las condiciones de ejecución calificadas como condiciones especiales de ejecución [artículo
196.1 de la LCSP y cláusula 26].
b) Por cumplimiento defectuoso [artículo 196.1 de la LCSP y cláusula 26]
La suma de penalidades impuestas al contratista por todas o cualquiera de las causas señaladas no podrá exceder del máximo legal (10% del presupuesto del contrato): artículo 196.1 de la LCSP).
3. PENALIDADES
V.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO
Los artículos dispondrán de un plazo de garantía de Un año desde la recepción.
1. PLAZO DE GARANTÍA
En cuanto al cumplimiento del contrato se estará a lo dispuesto por los artículos 205, 273 y 274 de la LCSP
2. CUMPLIMIENTO
En cuanto a la resolución del contrato se estará a lo dispuesto en los artículos 206 a 208, 275 y 276.
3. RESOLUCIÓN
VI.- CAPÍTULOS Y ANEXOS QUE INTEGRAN EL PLIEGO.
CAPÍTULO I. PREPARACIÓN DEL CONTRATO
Sección primera.- LUGAR, TIEMPO Y FORMA PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.
Cláusula 1. Formalidades de los documentos. Cláusula 2. Sobres en los que se incluye la oferta. Cláusula 3.- Presentación de las proposiciones.
Cláusula 4. Comunicaciones entre el órgano de contratación y los licitadores. Cláusula 5.- Confidencialidad.
Sección segunda.- EL SOBRE Nº 1: DOCUMENTOS QUE DEBEN INCLUIRSE.
Cláusula 6.- Identificación exterior. Cláusula 7.- Contenido del sobre nº 1.
CAPÍTULO II. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
Sección primera.- JUSTIFICACIÓN Y PUBLICIDAD
Cláusula 8.- Justificación del procedimiento y de los criterios de valoración. Cláusula 9.- Apertura de proposiciones.
Sección segunda.- CRITERIOS PARA LA VALORACIÓN DE LAS OFERTAS.
Cláusula 10.- Enumeración de los criterios no evaluables mediante fórmulas. Cláusula 11.- Valoración de los criterios no evaluables mediante fórmulas.
Cláusula 12.- Enumeración de los criterios evaluables mediante fórmulas Cláusula 13.- Valoración de los criterios evaluables mediante fórmulas Cláusula 14.- Ofertas con valores anormales o desproporcionados.
Cláusula 15.- Valoración global de las ofertas. Cláusula 16.- Adjudicación provisional y definitiva.
Sección tercera.- EL SOBRE Nº 2: DOCUMENTOS QUE DEBEN INCLUIRSE PARA LA VALORACIÓN DE LOS CRITERIOS NO EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS
Cláusula 17.- Identificación exterior. Cláusula 18.- Contenido del sobre nº 2.
Sección cuarta.- EL SOBRE Nº 3: MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA.
Cláusula 19.- Identificación exterior. Cláusula 20.- Contenido del sobre nº 3.
CAPÍTULO III. EFECTOS DEL CONTRATO
Cláusula 21.- Dirección del contrato. Cláusula 22.- Plazos.
Cláusula 23.- Régimen de pagos. Cláusula 24.- Lugar de realización.
Cláusula 25.- Condiciones especiales de ejecución. Cláusula 26.- Penalidades.
Cláusula 27.- Subcontratación. Cláusula 28.- Modificación del contrato.
Cláusula 29.- Xxxxxx exigibles al contratista. Cláusula 30.- Daños a terceros.
Cláusula 31.- Propiedad intelectual. Cláusula 32.- Personal del contratista
CAPÍTULO IV.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO
Cláusula 33.- Cumplimiento del contrato. Cláusula 34.- Resolución del contrato.
Cláusula 35.- Plazo de garantía.
ANEXO TÉCNICO.
ANEXO 1: MODELO DE PROPOSICIÓN
ANEXO 2: DECLARACIÓN DE SUMINISTROS EFECTUADOS ANEXO 3: DECLARACIÓN DEL LICITADOR
ANEXO 4: MODELO DE XXXX
XXXXX 0: MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCION ANEXO 6: DECLARACION DE CIFRA DE NEGOCIOS
CAPÍTULO I. PREPARACIÓN DEL CONTRATO
Sección primera.- LUGAR, TIEMPO Y FORMA PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.
Cláusula 1. Formalidades de los documentos.
Todos los documentos que se presenten por los licitadores deberán ser originales o tener la consideración de auténticos según la legislación vigente [artículo 46 LRJPAC].
Conforme a lo establecido en el artículo 23 del RCAP, los documentos se presentarán en castellano.
Cláusula 2. Sobres en los que se incluye la oferta.
Se presentarán los sobres numerados en la forma señalada por el Cuadro de características, cada uno de ellos con el contenido establecido en el presente pliego.
Los sobres se presentarán cerrados e identificados en su exterior conforme a lo establecido en el presente pliego y en el artículo 80 del RCAP.
Dentro de cada sobre se hará constar, en hoja independiente, su contenido, enunciado numéricamente [artículo 80 RCAP].
Cláusula 3.- Presentación de las proposiciones.
Los sobres deberán ser entregados en las dependencias u oficinas designadas en el anuncio, o remitidos a ellas por los medios establecidos en el artículo 80 del RCAP.
Para justificar la presentación en plazo de las proposiciones remitidas por correo se exigirá que, conforme al artículo 80.4 del RCAP, en el texto del télex, fax o telegrama se haga referencia al número de certificado del envío hecho por correo. Sin la concurrencia de ambos requisitos (justificación de la fecha de imposición del envío y anuncio al órgano de contratación) no será admitida la documentación si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de terminación del plazo señalado en el anuncio.
De cada proposición que se presente se expedirá un recibo, cuya devolución será indispensable para retirar la documentación y la garantía provisional, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 91.4 de la LCSP en cuanto a la devolución de ésta.
A los efectos previstos en las disposiciones adicionales 18ª y 19ª de la LCSP, y mientras no se apruebe el desarrollo reglamentario a que se refiere la disposición final 9ª de la LCSP, no se admitirá la presentación de proposiciones por teléfono, telefax, medios electrónicos, informáticos o telemáticos.
Tampoco se admite la presentación de más de una proposición por una sola empresa, ya licite individualmente o agrupada en UTE [artículo 129 de la LCSP], ni la presentación de variantes [artículo 131 de la LCSP].
Cláusula 4. Comunicaciones entre el órgano de contratación y los licitadores.
Para los actos de comunicación con el órgano de contratación distintos de la presentación o anuncio del envío de las proposiciones, los licitadores podrán emplear el correo electrónico, siempre que se haya indicado la correspondiente dirección en el Cuadro de características [apartado I.7] del presente pliego. Igualmente, el órgano de contratación podrá comunicarse con los licitadores a través del correo electrónico y del telefax que éstos deberán designar en su proposición. No obstante, para que todas estas comunicaciones puedan surtir plenos efectos jurídicos se tendrá en cuenta lo establecido en la LCSP [apartado 1.f) de la disposición adicional 19ª].
El órgano de contratación no estará obligado a atender las solicitudes de envío de pliegos y documentación complementaria cuando éstos sean accesibles a través del perfil de contratante o cualesquiera medios electrónicos, informáticos o telemáticos indicados en el Cuadro de características [apartado I.7]; [artículo 142.1 de la LCSP].
Cuando los pliegos y la documentación complementaria no sean accesibles en la forma expuesta, los interesados podrán solicitar su envío, en la forma prevista por el artículo 142 de la LCSP, mediante escrito presentado al órgano de contratación dentro de los diez días naturales siguientes a la publicación de la licitación en el perfil de contratante.
El Órgano de Contratación comunicará a los interesados sus acuerdos relativos a peticiones de documentación complementaria y a la adjudicación a través del correo y del fax, y en su caso a través del Boletín Oficial del Estado y del DOUE.
Cláusula 5.- Confidencialidad.
Cuando concurran las circunstancias establecidas en el artículo 124.1 de la LCSP, los contratistas podrán designar como confidenciales alguno o algunos de los documentos aportados. Esta circunstancia deberá reflejarse claramente (sobreimpresa, al margen o de cualquier otra forma) en el propio documento designado como tal.
Sección segunda.- EL SOBRE Nº 1: DOCUMENTOS QUE DEBEN INCLUIRSE.
Cláusula 6.- Identificación exterior.
Se consignará en este sobre, en forma bien visible y sin que sea preciso abrirlo para su lectura, el siguiente cuadro:
SOBRE Nº 1
DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
Título del Expediente:
REFERENCIA COMPLETA DEL EXPEDIENTE CONSIGNADO EN EL ANUNCIO DE LICITACION DEL BOE Y NÚMERO DE EXPEDIENTE:
LICITADOR: (Nombre y
C.I.F.)
Teléfono: Fax:
Fecha y Firma:
Cláusula 7.- Contenido del sobre nº 1.
En el sobre nº 1 se presentarán los siguientes documentos, preferiblemente encuadernados, y ajustándose al orden en que a continuación se citan:
1.- Documentos acreditativos de la personalidad jurídica.
a) Los empresarios individuales, copia auténtica del DNI [artículo 21 del RCAP].
b) Los restantes empresarios, la escritura o los documentos en los que consten las normas por las que se regule su actividad, debidamente inscritos en el Registro que corresponda [artículo 61.1 de la LCSP].
2.- Documentos acreditativos de la representación y de la habilitación.
Poder otorgado a favor de quien o quienes suscriban la proposición, para su bastanteo por la Mesa de contratación, así como copia auténtica del DNI correspondiente a éstos.
Documentos acreditativos de que cuenta con la habilitación empresarial o profesional necesaria para la prestación del objeto del contrato (artículo 43.2 LCSP).
3.- El compromiso de constituir una UTE.
Cuando los empresarios concurran agrupados en unión temporal aportarán además un documento en el que se comprometan a constituir una UTE para el caso de resultar adjudicatarios, designen un representante único y expresen la participación que corresponde a cada uno de ellos [artículo 48 LCSP].
El citado compromiso podrá formalizarse en documento privado, que deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas agrupadas.
4.- Documentos acreditativos de la solvencia.
Los licitadores deberán acreditar su solvencia económica y financiera y técnica o profesional en los términos y por los medios previstos en los arts. 63, a 70 de la L.C.S.P.
Para exponer las circunstancias anteriores el licitador utilizará el o los modelos de declaración que figuran como anexo a este Pliego.
En cualquier momento de la fase de selección, el órgano de contratación podrá exigir la acreditación de las circunstancias expuestas y en caso de que tal acreditación no se produzca en el plazo que se indique, el licitador será excluido.
De acuerdo con el artículo 52 de la L.C.S.P, a fin de acreditar la solvencia necesaria para celebración del contrato, el licitador podrá basarse en la solvencia y medios de
otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que se demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios
3.2. Empresarios de estados miembros de la Comunidad Europea.
Se estará a lo dispuesto en los arts. 47 y 55.1 L.C.S.P, así como en el 9.2 del R.G.C.A.P.
5.- Garantía provisional.
En la forma y cuantía que, en su caso, se establezca en el Cuadro de características [apartado II.3], deberá aportarse la documentación acreditativa de haber constituido la garantía provisional [artículo 91 de la LCSP].
6.- Documentos acreditativos de no estar incurso en prohibición de contratar.
Deberá presentarse la declaración responsable regulada en el artículo 130.1.c) de la LCSP, que incluirá la manifestación de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Esta declaración deberá ser firmada por el representante del licitador y cumplir las formalidades establecidas en el artículo 62.1 de la LCSP.
Cuando no se presente dicha declaración responsable, podrá justificarse este requisito mediante los demás documentos regulados en el artículo 62 de la LCSP.
7.- Declaración responsable justificativa de otras circunstancias.
En la misma declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar (número 6 de esta cláusula), o en documento distinto, el licitador deberá igualmente realizar una declaración responsable sobre los siguientes extremos:
a) Cuando el licitador sea persona jurídica, que las prestaciones propias del contrato quedan comprendidas en el objeto social o en el ámbito de actividad de su empresa [artículo 46.1 de la LCSP].
b) Cuando el licitador, para acreditar su personalidad, representación o solvencia, haya aportado una certificación del Registro Voluntario de Licitadores o un certificado comunitario de clasificación; que las circunstancias expresadas en el certificado no han experimentado variación [artículo 130.3 de la LCSP]
c) Empresas que forman parte del grupo empresarial al que pertenezca el licitador individual o cualquiera de las empresas que liciten con el compromiso de constituir una UTE, expresando la circunstancia que justifica la vinculación al grupo. La no pertenencia a ningún grupo de empresas deberá hacerse constar igualmente mediante declaración responsable. Estas declaraciones se tendrán en cuenta a los efectos establecidos en el artículo 129.4 de la LCSP
[cálculo de las ofertas que presentan con valores anormales o desproporcionados].
8.- Contratación con empresas que tengan en su plantilla personas con discapacidad o en situación de exclusión social.
Cuando el licitador pretenda contar para la adjudicación con la preferencia regulada en la disposición adicional 6ª de la LCSP, deberá aportar además cualesquiera de estos documentos:
- Los que acrediten que, al tiempo de presentar su proposición, tiene en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100.
- Los que acrediten que la empresa licitadora está dedicada específicamente a la promoción e inserción laboral de personas en situación de exclusión social, junto con el compromiso formal de contratación regulado en la referida disposición adicional 6º de la LCSP.
9.- Documentación adicional exigida a las empresas comunitarias no españolas.
Para justificar su capacidad, deberán aportar la inscripción en los Registros o las certificaciones exigidas en los artículos 47 y 61.2 de la LCSP y 9 del RCAP.
Igualmente deberán acreditar que cuentan con la autorización especial regulada en el artículo 47.2 de la LCSP o, en caso de no necesitarla para ejecutar el contrato, deberán presentar una declaración responsable en la que se haga constar dicha circunstancia.
10.- Documentación adicional exigida a las empresas no comunitarias.
El informe de la Misión Diplomática regulado en los artículos 44.1 de la LCSP y 10 del RCAP.
11.- Documentación adicional exigida a todas las empresas extranjeras.
Cuando el contrato vaya a ejecutarse en España, una declaración de someterse a los juzgados y tribunales españoles, con renuncia al fuero extranjero que pudiera corresponder al licitador [artículo 130.d) de la LCSP].
12.- Información de contacto.
Los licitadores deberán indicar un domicilio a efectos de notificaciones, una dirección de correo electrónico y un número de teléfono.
CAPÍTULO II. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
Sección primera.- JUSTIFICACIÓN Y PUBLICIDAD
Cláusula 8.- Justificación del procedimiento y de los criterios de valoración.
A los efectos de la justificación exigida en el artículo 93.4 de la LCSP, sobre elección del procedimiento y criterios de adjudicación, se hace constar que:
▪ Se licita por el procedimiento abierto en garantía de los principios de publicidad y concurrencia.
▪ Los criterios de valoración se han elegido con el objetivo de seleccionar la oferta más ventajosa en su conjunto [artículo 134.1 de la LCSP].
Cláusula 9.- Apertura de proposiciones.
Se abrirán las proposiciones económicas de todos los licitadores que cumplan los requisitos de admisión a que se refiere el Capítulo I del presente pliego (sobre nº 1).
Sección segunda.- CRITERIOS PARA LA VALORACIÓN DE LAS OFERTAS.
Cláusula 10.- Enumeración de los criterios no evaluables mediante fórmulas.
En este apartado se valorará la calidad técnica de los productos ofertados.
Cláusula 11.- Valoración de los criterios no evaluables mediante fórmulas.
Los criterios no evaluables mediante fórmulas se valorarán con el máximo de puntos establecidos en el apartado III. 3 del cuadro de características. Se valorará la calidad técnica de los productos ofertados.
Cláusula 12.- Enumeración de los criterios evaluables mediante fórmulas.
Estarán sujetos a valoración en este apartado, el precio y el plazo de entrega.
1) Se valorará en este apartado el precio, al que se asignará como máximo la puntuación establecida en el apartado III. 3 del cuadro de características.
Se entiende a estos efectos por precio la cantidad que figura en la proposición económica, IVA excluido.
2) Se valorará en este apartado el plazo de entrega, al que se asignará como máximo la puntuación establecida en el apartado III. 3 del cuadro de características.
Cláusula 13.- Valoración de los criterios evaluables mediante fórmulas.
Para la adjudicación del contrato se tendrá en cuenta lo siguiente:
1.Proposición económica | 80 puntos |
2.Plazo de entrega | 10 puntos |
En caso de igualdad en la adjudicación, tendrá preferencia en la adjudicación, aquellas empresas o entidades que hayan acreditado en el sobre 1 “Documentación Administrativa” algunos de los supuestos contemplados en la disposición adicional sexta de la LCSP.
La distribución de los puntos anteriores se realiza valorándose las ofertas referidas al lote, de la siguiente manera:
80 puntos
1. Proposición económica
Con carácter previo a la valoración, se determinará, conforme a la cláusula 14, si existen ofertas con valores anormales o desproporcionados.
Para la valoración de la proposición económica se aplicará la fórmula que seguidamente se expone.
Teniendo que,
Px = Puntuación a otorgar a cada oferta
A = Puntuación máxima establecida en el cuadro III.3 (A). Se le otorga a la oferta con el precio mas bajo
Omb= Oferta con el precio mas bajo admisible Ox = Importe de la oferta del licitador
Pbl= Precio base de licitación
(Ox-Omb)
Px = A – ( x A)
(Pbl –Omb)
A los efectos del cálculo de los puntos que se deben asignar a cada licitador, se entenderá que los importes que se deben incluir en las fórmulas anteriores son los correspondientes a los importes consignados en la oferta económica, previa la exclusión del IVA.
10 puntos
2. Plazo de entrega
Los licitadores indicarán el plazo máximo de entrega para pedidos no urgentes al que se comprometen en los lugares especificados en el cuadro de características (apartado III.5), en las unidades de tiempo especificadas en dicho apartado.
La distribución de los puntos se realiza de la siguiente manera:
Plazo máximo - Plazo ofertado Puntuación= B x Plazo máximo - Plazo más bajo ofertado
Teniendo que B es la máxima puntuación establecida en el apartado III.3 del cuadro de características, y el plazo máximo es el indicado en el cuadro de características.
No podrán resultar adjudicatarias las ofertas que no indiquen plazo de entrega o si éste es superior al establecido como máximo.
Cláusula 14.- Ofertas con valores anormales o desproporcionados.
Para determinar las ofertas con valores anormales o desproporcionados, se aplicarán los siguientes criterios:
1. Cuando, concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 25 unidades porcentuales.
2. Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta.
3. Cuando concurran tres o más licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas.
Cuando empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio, presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación de un contrato, se tomará únicamente, para aplicar el régimen de apreciación de ofertas desproporcionadas o temerarias, la oferta más baja, produciéndose la aplicación de los efectos derivados del procedimiento establecido para la apreciación de ofertas desproporcionadas o temerarias, respecto de las restantes ofertas formuladas por las empresas del grupo.
Cuando se presenten distintas proposiciones por sociedades en las que concurran alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42.1 del Código de Comercio, respecto de los socios que las integran, se aplicarán respecto de la valoración de la oferta económica las mismas reglas establecidas en el apartado anterior.
Si, conforme a los criterios expuestos, alguna oferta presentara valores anormales o desproporcionados, se estará a lo dispuesto en el artículo 136 de la LCSP en cuanto a las justificaciones exigibles y a la adjudicación del contrato.
Cláusula 15.- Valoración global de las ofertas.
Conforme al artículo 135.1 de la LCSP, el órgano de contratación clasificará las proposiciones presentadas por orden decreciente, y adjudicará provisionalmente el contrato a la que haya obtenido mayor puntuación global.
El presupuesto previsto por la Administración es el que figura en el cuadro de características (apartado I.4). Este presupuesto tiene la consideración de gasto máximo a ejecutar y la Administración no contrae ninguna obligación de consumir totalmente dicho presupuesto.
En los precios que resulten de la adjudicación se considerará incluido el transporte del material hasta el lugar o los lugares que designe la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, así como la asistencia de personal precisa para su instalación y puesta en funcionamiento, en su caso.
En el citado importe y, consiguientemente, en el precio de adjudicación, se consideran comprendidos todos los conceptos de coste y gasto inherentes al suministro a realizar y cualesquiera otras cargas u obligaciones fiscales vigentes en la fecha de formalización del contrato. Sin embargo, no se entenderá incluido el importe del IVA, que se repercutirá como partida independiente, y figurará de manera separada, tal y como resulta del modelo de proposición económica aprobada como anexo.
Cláusula 16.- Adjudicación provisional y definitiva.
1.- La adjudicación provisional se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada y se publicará conforme a lo establecido en los artículos 42 y 135.3 de la LCSP.
Importe de la Adjudicación: se adjudicará el contrato por el precio ofertado por el adjudicatario a los artículos especificados en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
2.- Según lo dispuesto por el artículo 135.4 de la LCSP, para la elevación a definitiva de la adjudicación provisional, el adjudicatario deberá presentar la siguiente documentación:
- Declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar, que incluirá además la certificación de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Resguardo de la garantía definitiva y, en su caso, de la garantía complementaria exigidas en el Cuadro de características [apartado II.3]. Cuando así se admita en dicho Cuadro de características, la constitución de estas garantías podrá acreditarse por medios electrónicos, informáticos o telemáticos.
- Cuando el licitador, para justificar su solvencia, se hubiera basado en la solvencia y medios de otras entidades [artículo 52 de la LCSP], la escritura pública en que se formalice el compromiso de puesta a disposición de medios. No se considerará justificado este requisito cuando en la escritura figuren estipulaciones de las que se
derive que, en el caso de adjudicarse definitivamente el contrato al licitador, éste no dispondría efectivamente de los medios necesarios para ejecutar el contrato.
Además deberá justificar:
- La solvencia, medios o clasificación de las entidades con las que pretenda complementar las que le faltaban para poder celebrar el contrato.
- Los contratos, por los cuales, esas entidades se comprometen a ejecutar una parte de la prestación objeto del contrato. Estos contratos deberán estar suscritos en escritura pública. También podrán suscribirse en documento privado pero, en este caso, deberán suscribirse ante funcionario competente del órgano de contratación por un representante del adjudicatario provisional y un representante con poder bastante de esas entidades.
Se considerará que no se ha cumplido este requisito cuando:
+ La suma de los medios o clasificaciones aportados no sean suficientes para cubrir los exigidos en este pliego.
+ Los contratos aportados no permitieren, a juicio del órgano de contratación, deducir que el contratista tendrá efectivamente a su disposición los medios de las entidades con quienes se hubiesen celebrado, o pueda obligarlas legalmente a ejecutar la parte de prestación que las corresponda.
Cuando no proceda la adjudicación definitiva del contrato al licitador que hubiere sido adjudicatario provisional por no cumplir éste las condiciones señaladas, antes de proceder a una nueva convocatoria, el órgano de contratación podrá efectuar una nueva adjudicación provisional al licitador siguiente a aquél, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que el nuevo adjudicatario preste su conformidad, en cuyo caso, se concederá a éste un plazo xx xxxx días hábiles para cumplimentar las condiciones referidas.
3.- La adjudicación provisional del contrato se realizará dentro del plazo regulado en el artículo 145.2 de la LCSP, salvo que en el Cuadro de características [apartado III.6] se haya establecido un plazo especial.
4.- La adjudicación definitiva se realizará según lo dispuesto en los artículos 135 y 137.1 de la LCSP.
5.- Para los actos de adjudicación provisional y definitiva, se entenderá cumplido el deber de motivación establecido en los artículos 135.3 y 137.1, respectivamente, cuando en aquéllos se haga constar la puntuación global (PG) asignada a la oferta del adjudicatario.
6.- Conforme a lo establecido en el artículo 48.1, cuando los licitadores hayan concurrido en UTE, la escritura de constitución deberá aportarse antes de la formalización del contrato.
Sección tercera.- EL SOBRE Nº 2. DOCUMENTOS QUE DEBEN INCLUIRSE PARA LA VALORACIÓN DE LOS CRITERIOS NO EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS
Cláusula 17.- Identificación exterior.
Se consignará en este sobre, en forma bien visible y sin que sea preciso abrirlo para su lectura, el siguiente cuadro:
SOBRE Nº 2
DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
Título del Expediente:
REFERENCIA COMPLETA DEL EXPEDIENTE CONSIGNADO EN EL ANUNCIO DE LICITACION DEL BOE Y NUMERO DE EXPEDIENTE:
LICITADOR: (Nombre y C.I.F.)
Teléfono: Fax:
Fecha y Firma:
Cláusula 18.- Contenido del sobre nº 2.
▪ Se presentarán catálogos o informes técnicos de los artículos ofertados que permitan determinar la calidad de los mismos.
▪ Se presentarán muestras de los artículos cuando lo establezcan los Pliegos de Prescripciones Técnicas. Las muestras serán devueltas a los licitadores no adjudicatarios.
Sección cuarta.- EL SOBRE Nº 3: MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA.
Cláusula 19.- Identificación exterior.
Se consignará en este sobre, en forma bien visible y sin que sea preciso abrirlo para su lectura, el siguiente cuadro:
SOBRE Nº3
PROPOSICIÓN ECONÓMICA
Título del Expediente:
REFERENCIA COMPLETA DEL EXPEDIENTE CONSIGNADO EN EL ANUNCIO DE LICITACION DEL BOE Y NUMERO DE EXPEDIENTE:
LICITADOR: (Nombre y C.I.F.)
Teléfono: Fax:
Fecha y Firma:
Cláusula 20.- Contenido del sobre nº 3.
Relación de precios (IVA excluido) ofertados por el licitador, de los artículos especificados en el Pliego de Prescripciones Técnicas, y Proposición redactada conforme al modelo que se incorpora a este pliego como anexo, que consistirá en la suma total del producto de todos los precios ofertados (IVA excluido), por la cantidad a suministrar de cada artículo. No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta.
La infracción a estas normas dará lugar a no admitir a la licitación a ninguna de las propuestas por él suscritas.
No se autorizan variantes o alternativas al proyecto de la Administración.
CAPÍTULO III. EFECTOS DEL CONTRATO
Cláusula 21.- Dirección del contrato.
La Agencia Estatal de Seguridad Aérea, por medio de los funcionarios designados al efecto, realizará las funciones de supervisión y seguimiento.
Cláusula 22.- Plazos.
Los plazos de ejecución del contrato y de entrega del suministro serán los que figuran en el cuadro de características (apartado III.5). No obstante, el plazo de entrega que figura en el contrato será el que corresponde a la oferta realizada por el adjudicatario.
En cualquier caso, respecto a la duración del contrato, podrá ser prorrogado por el órgano de contratación, si así se ha indicado en el cuadro de características, y será obligatoria para el empresario, sin que la duración total del contrato, incluidas las prórrogas, pueda exceder de dos años.
Cláusula 23.- Régimen de pagos.
El precio del contrato, de acuerdo con el artículo 76.8 de la LCSP se ha determinado por el valor máximo estimado, excluido el IVA, del conjunto de bienes a entregar.
El pago se efectuará, mediante libramiento en firme, una vez recibido de conformidad el material y recepcionado oportunamente. Se podrán realizar pagos parciales por entregas de conformidad con el Servicio proponente de la adquisición.
Cláusula 24.- Lugar de entrega.
El suministro se efectuará en los lugares señalados en el Cuadro de Características. (apartado III.5.)
Cláusula 25.- Condiciones especiales de ejecución.
A los efectos del artículo 102 de la LCSP, y cuando así se establezca expresamente en el Cuadro de características [apartado IV.3], estas condiciones reflejadas, tendrán la consideración de condiciones especiales de ejecución.
Cláusula 26.- Penalidades.
1.- Por incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución.
Cuando en el Cuadro de características [apartado IV.2] se hayan calificado como condición especial de ejecución alguna o algunas de las obligaciones de las establecidas en dicho apartado, su incumplimiento dará lugar a la imposición al contratista de las siguientes penalidades:
- Como regla general, su cuantía será un 1% del presupuesto del contrato, salvo que, motivadamente, el órgano de contratación estime que el incumplimiento es grave o muy grave, en cuyo caso podrán alcanzar hasta un 5% o hasta el máximo legal del 10%, respectivamente. La reiteración en el incumplimiento podrá tenerse en cuenta para valorar la gravedad.
- Se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista, o sobre la garantía, conforme al artículo
196.8 de la LCSP.
El cumplimiento por el adjudicatario de las condiciones especiales de ejecución podrá verificarse por el órgano de contratación en cualquier momento durante la ejecución del contrato y, en todo caso, se comprobará al tiempo de la recepción.
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiera incurrido en incumplimiento del plazo de entrega fijado en el contrato, contado desde que la Administración hubiera realizado el pedido por fax, al numero indicado en la oferta, el órgano de contratación podrá aplicar, previa audiencia al contratista, las penalidades que se establecen en el cuadro de características (apartado IV.3).
Para la imposición de esta penalidad, se tendrá en cuenta el importe del pedido realizado cada vez y el retraso con que se hubiese verificado la entrega del mismo en relación al señalado en el contrato.
Estas penalidades se deducirán de la factura correspondiente previa resolución motivada del órgano de contratación.
Cada vez que las penalidades alcancen un múltiplo del 5 por ciento del precio del contrato, la Administración estará facultada para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades
2.- Por cumplimiento defectuoso.
Si así se hubiera previsto en el Cuadro de características [apartado IV.3], podrán imponerse al contratista penalidades por cumplimiento defectuoso de la prestación [artículo 196.1 de la LCSP]. Estas penalidades se sujetarán al siguiente régimen:
- Se impondrán cuando, al tiempo de la recepción, se constatara por el órgano de contratación que, por causas imputables al contratista, los trabajos no se encuentran en estado de ser recibidos [artículo 218.2 de la LCSP].
- Se impondrán con independencia de la obligación que legalmente incumbe al contratista en cuanto a la reparación de tales defectos.
- Como regla general, su cuantía será un 1% del presupuesto del contrato, salvo que, motivadamente, el órgano de contratación estime que el incumplimiento es grave o muy grave, en cuyo caso podrán alcanzar hasta un 5% o hasta el máximo legal del 10%, respectivamente. La reiteración en el incumplimiento podrá tenerse en cuenta para valorar la gravedad.
Cláusula 27.- Subcontratación.
El órgano de contratación podrá imponer al contratista una penalidad de hasta el 50% del importe del subcontrato celebrado, en alguno de los siguientes casos:
− El cambio de alguno de los subcontratistas sin comunicación previa. A estos efectos, se entenderá que el cambio se ha producido cuando, a pesar de no existir constancia documental, los trabajadores de otra empresa empiezan a desempeñar los trabajos que corresponderían a una de las empresas que se acreditaron al momento de la adjudicación provisional.
− El importe los subcontratos celebrados exceda del 50% del importe del contrato.
− La celebración de subcontratos sin cumplir las condiciones previstas en el artículo 210 de la LCSP
Cláusula 28.- Modificación del contrato.
A los efectos establecidos en el artículo 202.2 de la LCSP, el órgano de contratación ostenta la prerrogativa de modificar el presente contrato (artículo 194 de la LCSP).
La modificación podrá producirse por razones de interés público y para atender causas imprevistas, siempre que no afecte de manera esencial a las condiciones del contrato (artículo 202.1 de la LCSP).
Se aplicará el artículo 217 de la LCSP en cuanto a las condiciones en que podrá producirse la modificación [artículo 202 del RCAP].
Cláusula 29.- Xxxxxx exigibles al contratista.
1.- Gastos de formalización del contrato.
Si el contrato se formaliza mediante escritura pública, el adjudicatario entregará a la Administración una copia de la misma. Los gastos de formalización serán de cuenta del adjudicatario.
2.- Tasas e impuestos.
Tanto en las ofertas que formulen los licitadores, como en las propuestas de adjudicación, se entenderán comprendidos, a todos los efectos, los tributos de cualquier índole que graven a los diversos conceptos comprendidos en la ejecución del contrato.
En cuanto al IVA, se estará al artículo 129.5 de la LCSP.
3.- Régimen de impuestos y tasas aplicables al contrato.
En el precio del contrato se consideran comprendidos todos los conceptos de coste y gasto inherentes al suministro a realizar y cualesquiera otras cargas u obligaciones fiscales vigentes en la fecha de formalización del contrato. No obstante, se excluirá el importe del impuesto sobre el Valor Añadido, que se repercutirá como partida independiente.
Los gastos de publicación de los anuncios, si los hubiere, correrán a cargo del contratista.
Cláusula 30.- Daños a terceros.
El contratista responderá conforme al artículo 198 de la LCSP de los daños ocasionados a terceros como consecuencia de la ejecución del contrato.
Cláusula 31.- Propiedad intelectual.
Se entenderán cedidos a la AESA los derechos de propiedad intelectual o industrial que surjan como consecuencia de los servicios objeto del presente contrato [artículo 277 de la LCSP].
Cláusula 32.- Personal del contratista.
Cuando se hubiera exigido al contratista, como concreción de las condiciones de solvencia, una determinada adscripción de medios o la especificación de los nombres o cualificación del personal, la sustitución de tales medios no podrá realizarse sin la previa autorización de la Administración. A tal fin, el contratista deberá remitir a aquélla una justificación de los nuevos medios o un historial profesional de las nuevas personas propuestas.
CAPÍTULO IV.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO
Cláusula 33.- Cumplimiento del contrato.
Realizado el suministro la Agencia Estatal de Seguridad Aérea realizará las comprobaciones correspondientes y previas a la firma de un acta de recepción del objeto del contrato.
Cláusula 34.- Resolución del contrato.
La resolución del contrato se regirá por lo establecido con carácter general en los artículos 205 a 208 de la LCSP y específicamente para el contrato de suministros en los artículos 275 y 276 de dicha Ley.
A los efectos de apreciar la causa de resolución establecida en el artículo 206.g), se considerarán incumplimientos de obligaciones contractuales esenciales:
- Los incumplimientos de las obligaciones que, en el Cuadro de características [apartado IV.2], se hubieran calificado como condiciones especiales de ejecución del contrato.
- La declaración incompleta o falsa de la relación de empresas que integran el grupo empresarial al que pertenece el contratista.
- El incumplimiento de lo establecido en el artículo 210 de la LCSP en cuanto a la subcontratación.
- Cualquier incumplimiento grave de estipulaciones contenidas en los documentos de valor contractual citados en el Cuadro de características [apartado I.5], que tendrá, a estos efectos, el carácter de condición especial de ejecución del contrato.
Cláusula 35.- Plazo de garantía.
El adjudicatario o adjudicatarios deberán garantizar, durante todo momento el material objeto del presente concurso contra averías, por defecto de fabricación, calidad impropia del material o, en su caso, deficiente confección del material.
El plazo de garantía será el señalado en el Cuadro de características [apartado V.1] de este pliego o en la oferta realizada por el adjudicatario si fuera superior a contar desde la fecha del acto de certificación de conformidad con el suministro prestado.
Durante el plazo de garantía el contratista responderá de las deficiencias y defectos técnicos que pudieran observarse.
ANEXO 1
MODELO DE PROPOSICION
D. …………………………………………………………………………………………., con domicilio en …………………………………………………….. Provincia de……………………….
Calle …………………………………………… número …………………., según documento de identidad núm. ……………………….., enterado del anuncio publicado en el “Boletín Oficial del Estado” del día …………….de ………………… de ……………../ de la invitación recibida por escrito con fecha ………de………………..de…………..y de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del suministro ……… ………… ………………………
…………… ………….., se compromete, en nombre (PROPIO O DE LA EMPRESA QUE REPRESENTA), a tomar a su cargo el citado suministro, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones:
CANTIDAD DE ………………………………………………..
IMPORTE DEL IVA………………………………..…………..
(expresada claramente escrita en letra y número la cantidad de euros por la que se compromete el proponente a la realización del suministro)
PLAZO DE ENTREGA:
Nº de fax:
La consignación de un plazo de entrega superior al plazo máximo establecido en la oferta determinará la exclusión del licitador.
En…………………, a……de …………………………de 200...
(Fecha y firma del proponente)
ANEXO 2
DECLARACIÓN DE SUMINISTROS EFECTUADOS
D. …………………………………………………………………………………………., con domicilio en …………………………………………………….. Provincia de
………………………. Calle …………………………………………… número ……, según documento de identidad número ……………………….., como apoderado de la empresa
………………………………………………… , C.I.F. o documento que lo sustutiya
……………..(cumplimentar en caso de actuar en representación de una empresa) con domicilio social en ………………………..calle……………………….., número… ,
enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para acreditar la solvencia económica y financiera de la empresa que representa: declara que durante los dos últimos ejercicios ha efectuados los siguientes suministros:
AÑO 200
Suministros en | Importe total del contrato |
AÑO 200
Suministros en | Importe total del contrato |
Lo que declara bajo su responsabilidad y a efecto de informar sobre la solvencia de la empresa y que acreditaré cuando sea requerido para ello
En…………………, a……de …………………………de 200...
(firma del proponente)
ANEXO 3
MODELO DE DECLARACIÓN DEL LICITADOR
D. …………………………………………………………………………………………., con domicilio en …………………………………………………….. Provincia de
………………………. Calle …………………………………………… número ……, según documento de identidad número ……………………….., como apoderado de la empresa
………………………………………………… , C.I.F. o documento que lo sustutiya
……………..(cumplimentar en caso de actuar en representación de una empresa) con domicilio social en ………………………..calle……………………….., número…………….
Declara:
Que ni él ni la empresa a la que representa, ni ninguno de los administradores o representantes legales de la misma, se encuentran incursos en alguna de las prohibiciones para contratar con la Administración señaladas en el artículo 49 de la LCSP.
Asimismo, declara que la citada empresa se encuentra al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, comprometiéndose, caso de resultar adjudicatario provisional, a presentar dentro del plazo de 15 días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de la adjudicación provisional en el perfil del contratante, la justificación o acreditación de tal requisito.
Lo que declara bajo su responsabilidad.
En…………………, a……de …………………………de 200...
Firmado
ANEXO 4 MODELO DE AVAL
La entidad………………………………….(razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca), C.I.F… , con domicilio ( a efectos de notificaciones y
requerimientos) en la calle …………………….., número………, localidad…………, y en su nombre…………………………………………………………………………………………………
…………………………………………………, (nombre y apellidos de los apoderados), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento, AVALA a:
……………………………………………………., (nombre y apellidos o razón social del avalado), C.I.F. …………, en virtud de lo dispuesto por…………………….. (norma/s y articulo/s que imponen la constitución de esta garantía) para responder de las obligaciones siguientes:
……………………………………………………………………………………………………………
………….
(detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado), ante la AGENCIA ESTATAL DE SEGURIDAD AEREA, por importe de
……………………………………………………………… (en letra y en cifra).
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Caja General de Depósitos u órgano equivalente de las restantes Administraciones Públicas, con sujeción a los términos previstos en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas, en sus normas de desarrollo y en la normativa reguladora de la Caja General de Depósitos.
El presente aval estará en vigor hasta que la AGENCIA ESTATAL DE SEGURIDAD AEREA o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria.
En…………………, a……de …………………………de 200...
Razón Social de la Entidad Firma de los apoderados
Firmado
Número o código
Fecha
Provincia
Bastanteo de Poderes por la Asesoría Jurídica de la Caja General de Depósitos o Abogacía del Estado
ANEXO 5
MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCION
Certificado Nº …………….., (razón social completa de
la entidad aseguradora), en adelante, asegurador, con domicilio en …………………, calle
………………………………….., Nº ……….., y C.I.F. , debidamente representado por
D. ……………………………………………………….. (nombre y apellidos del/os apoderado/s), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento,
ASEGURA a …………………………. (nombre de la persona asegurada), N.I.F
……………..
En concepto de tomador del seguro, ante la AGENCIA ESTATAL DE SEGURIDAD AEREA, en adelante asegurado, hasta el importe de
……………………………………………………………………………………………,
(importe en letras y en cifras por el que se constituye el seguro), en los términos y condiciones establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público, Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y Pliego de clausulas administrativas particulares por la que se rige el contrato …………………………………………………………… (identificar individualmente de manera suficiente, por su naturaleza, clase, etc., el contrato en virtud del cual se presta la caución), en concepto de garantía ……………………….. (indicar la modalidad: provisional, definitiva, etc.), para responder de las obligaciones penalidades y demás gastos que se puedan derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas al asegurado.
El asegurado declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos exigidos en el artículo 57.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La falta de pago de la prima sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni este quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de la Caja General de Depósitos u órgano equivalente de las restantes Administraciones Públicas, en los términos establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público y normas de desarrollo.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que la AGENCIA ESTATAL DE SEGURIDAD AEREA, o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria.
En…………………, a……de …………………………de 200...
(Firma) (Asegurador)
Número o código
Fecha
Provincia
Bastanteo de Poderes por la Asesoría Jurídica de la Caja General de Depósitos o Abogacía del Estado
ANEXO 6
DECLARACIÓN DE CIFRA DE NEGOCIOS
D. …………………………………………………………………………………………., con domicilio en …………………………………………………….. Provincia de……………………….
Calle …………………………………………… número …………………., según documento de identidad núm. ……………………….., enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la acreditar la solvencia económica y financiera de la empresa que representa: (INDICAR NOMBRE DE LA EMPRESA), declara la siguiente cifra de negocios en los años señalados:
AÑO 200 : EUROS
AÑO 200 : EUROS
AÑO 200 : EUROS
Lo que declara bajo su responsabilidad y a efectos de informar sobre la solvencia de la empresa que acreditaré cuando sea requerido para ello.
……………………………….de… de 200