Contract
Expte.: SU 02/08 | Servicio de Contratación Centralizada |
Fecha: 00 xx xxxxxxx xx 0000 | |
Xxxxxx: Resolución de Adjudicación definitiva del contrato de suministro de energía eléctrica en alta tensión a diferentes puntos de suministro de la Administración del Principado xx Xxxxxxxx |
CONFORME:
EL DIRECTOR GENERAL DE PATRIMONIO,
Fdo.: Xxxxxx X. Xxxx xx xx Xxxxxx
RESOLUCIÓN
Examinado el expediente para la contratación del suministro de energía eléctrica en alta tensión a diferentes puntos de suministro de la Administración del Principado xx Xxxxxxxx, resultan los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por la Dirección General de Patrimonio se propone la contratación, mediante procedimiento abierto y criterio precio, del suministro de energía eléctrica en alta tensión a diferentes puntos de la Administración del Principado xx Xxxxxxxx por un período de un (1) año.
El presupuesto de licitación del contrato ascendió a CUATRO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL EUROS (4.250.000 €); el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que como máximo ha de soportar la Administración asciende a la cantidad de SEISCIENTOS OCHENTA MIL EUROS (680.000 €). El crédito necesario para atender las obligaciones económicas derivadas de la ejecución del contrato asciende a la cantidad de CUATRO MILLONES NOVECIENTOS TREINTA MIL EUROS (4.930.000 €), cuya financiación se
realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 12.04.612F.221.000 de los presupuestos Generales del Principado xx Xxxxxxxx para el 2009.
SEGUNDO- Por Resolución de la Consejería de Economía y Asuntos Europeos de fecha 30 de octubre de 2008, se autoriza iniciar el expediente de contratación del suministro de energía eléctrica en alta tensión a diferentes puntos de suministro de la Administración del Principado xx Xxxxxxxx.
TERCERO.- Por Resolución de la Consejería de Economía y Asuntos Europeos de 31 de octubre de 2008 se aprueba el pliego de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas que han de regir la contratación del suministro de referencia.
CUARTO.- Por Acuerdo del Consejo de Gobierno en su reunión de fecha 22 de diciembre de 2008, se autoriza la contratación del citado suministro por importe de CUATRO MILLONES NOVECIENTOS TREINTA MIL EUROS (4.930.000 €), IVA e impuestos incluidos, que se sufragarán con cargo a la aplicación presupuestaria 12.04.612F.221.000 de los Presupuestos Generales del Principado xx Xxxxxxxx para el 2009, conforme a la siguiente distribución de anualidades:
Año 2009: 4.108.334 €
Año 2010: 821.666 €
QUINTO.- Por Resolución de la Consejería de Economía y Hacienda de 23 de diciembre de 2008 se aprueba el expediente de contratación del suministro de energía eléctrica en alta tensión a diferentes puntos de suministro de la Administración del Principado xx Xxxxxxxx, se autoriza el gasto y se ordena la apertura del procedimiento de adjudicación de este contrato.
SEXTO.- Concluido el plazo de presentación de proposiciones se reciben las de las siguientes empresas: HIDROCANTÁBRICO ENERGÍA S.A.U, IBERDROLA, S.A y UNIÓN FENOSA
COMERCIAL, S.L. En su reunión de fecha 30 de enero de 2009, la Mesa procede al examen de la documentación administrativa y observa que las empresas anteriormente indicadas no presentan correctamente la documentación exigida en el pliego de cláusulas administrativas particulares rector del contrato concediéndoles un plazo para subsanar. Con fecha de 4 de febrero de 2009, la Mesa se reúne nuevamente para proceder al análisis de la documentación presentada por las tres empresas arriba referenciadas y proceder a la apertura de las ofertas económicas. Examinada la documentación presentada por HIDROCANTÁBRICO ENERGÍA S.A.U, IBERDROLA, S.A y UNIÓN FENOSA COMERCIAL, S.L, se constata que han
subsanado dentro del plazo concedido al efecto, por lo que la Mesa acuerda admitirlas a licitación. Seguidamente se celebra el acto público de apertura de los sobres 2 “oferta económica”, obteniéndose el siguiente resultado:
EMPRESA | OFERTAS ECONÓMICAS (IVA incluido) |
HIDROCANTÁBRICO ENERGÍA S.A.U | 3.729.295,66 € |
UNIÓN FENOSA COMERCIAL S.L | 3.944.550,35 € |
IBERDROLA S.A | 4.684.113,57 € |
Al tratarse de un contrato en el que el criterio de adjudicación es el precio, la Mesa propone que el suministro de energía eléctrica en alta tensión a diferentes puntos de suministro de la Administración del Principado xx Xxxxxxxx se adjudique provisionalmente a la empresa HIDROCANTÁBRICO ENERGÍA S.A.U, de acuerdo con lo previsto en el informe de valoración de las ofertas presentadas formulado por el Servicio Técnico de Gestión Patrimonial.
SÉPTIMO.- Por Resolución de la Consejería de Economía y Hacienda de fecha 5 de febrero de 2009, se adjudica provisionalmente el contrato de suministro de energía eléctrica en alta tensión a diferentes puntos de suministro de la Administración del Principado xx Xxxxxxxx a la empresa anteriormente citada por un importe total (IVA incluido) de TRES MILLONES SETECIENTOS VEINTINUEVE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO EUROS CON SESENTA Y SEIS CÉNTIMOS DE EURO (3.729.295,66 €).
OCTAVO.- La empresa adjudicataria presentó en tiempo y forma la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social exigida en la resolución de adjudicación provisional.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- El artículo 135 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (LCSP), establece que la adjudicación provisional se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada que deberá ser notificada a los candidatos o licitadores y publicarse en un diario oficial o en el perfil de contratante del órgano de contratación. La elevación a definitiva de la adjudicación provisional no podrá producirse antes de que transcurran quince días hábiles contados desde el siguiente a aquél en que se publique aquélla en un diario oficial o en el perfil de contratante.
La adjudicación provisional deberá elevarse a definitiva dentro de los diez días hábiles siguientes a aquél en que expire el plazo señalado anteriormente, siempre que el adjudicatario haya presentado la documentación señalada en el apartado 4 de este artículo y constituido la garantía definitiva de acuerdo con lo previsto en el apartado L del cuadro resumen xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.
SEGUNDO.- Conforme a lo establecido en el artículo 96.2.b) de la LCSP, acordada la apertura del procedimiento de adjudicación, los plazos establecidos en esta Ley para la licitación y adjudicación del contrato se reducirán a la mitad cuando la tramitación del expediente sea urgente, salvo el plazo de quince días hábiles establecido en el párrafo primero del artículo
135.4 como periodo de espera antes de la elevación a definitiva de la adjudicación provisional, que quedará reducido a diez días hábiles.
TERCERO- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 37.1 de la Ley del Principado xx Xxxxxxxx 2/1995, de 13 xx xxxxx, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado xx Xxxxxxxx, los Consejeros son, dentro de sus respectivas competencias, los órganos de contratación de la Administración del Principado xx Xxxxxxxx, a los que corresponde, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 135 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (LCSP), adjudicar provisionalmente el contrato al licitador que haya presentado la oferta que resulte económicamente más ventajosa.
Por todo ello,
RESUELVO
PRIMERO.- Adjudicar definitivamente el contrato de suministro de energía eléctrica en alta tensión a diferentes puntos de suministro de la Administración del Principado xx Xxxxxxxx por un periodo de un (1) año a la empresa HIDROCANTÁBRICO ENERGÍA S.A.U con CIF A- 33543547, por un precio total de TRES MILLONES SETECIENTOS VEINTINUEVE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO EUROS CON SESENTA Y SEIS CÉNTIMOS DE
EURO (3.729.295,66 €)IVA e impuestos incluidos.
SEGUNDO.- Disponer el gasto de TRES MILLONES SETECIENTOS VEINTINUEVE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO EUROS CON SESENTA Y SEIS CÉNTIMOS DE
EURO (3.729.295,66 €) a favor de la citada empresa, con cargo a la aplicación presupuestaria 12.04.612F.221.000 de los presupuestos Generales del Principado xx Xxxxxxxx para el año 2009, para financiar las obligaciones económicas derivadas de la ejecución del citado contrato conforme a la siguiente distribución de anualidades:
Año 2009: 3.107.746,38 €
Año 2010: 621.549,28 €
TERCERO.- Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso contencioso- administrativo ante la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia xx Xxxxxxxx, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante el titular de la Consejería que dicto el acto en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado xx Xxxxxxxx 2/1995, de 13 xx xxxxx, sobre régimen jurídico de la Administración del Principado xx Xxxxxxxx, y en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y procedimiento administrativo común, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.
EL CONSEJERO DE ECONOMÍA Y HACIENDA
Fdo: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx