Contract
CONVENIO INTERINSTITUCIONAL DE COOPERACIÓN ACADÉMICA QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA,. EN LO SUCESIVO " LA SEP", REPRESENTADA POR ACUERDO DE SU TITULAR, POR EL C.P. XXXXX XXXXXX XXXXXXXXX, SUBSECRETARIO DE EDUCACIÓN E INVESTIGACIÓN TECNOLÓGICAS, CON LA PARTICIPACIÓN DEL ING. XXXX XXXXXXXX XXXXXXXX, DIRECTOR GENERAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA INDUSTRIAL, Y DEL XX. XXXX XXXXXX XXXXX, DIRECTOR GENERAL DE RELACIONES INTERNACIONALES Y, POR OTRA, EL TEXAS STATE TECHNICAL COLLEGE XX XXXXXXXXX, TEXAS, E.U.A., EN ADELANTE "EL TSTC", REPRESENTADO POR SU PRESIDENTE, XX. XXXXXXX XXXX, CON LA PARTICIPACIÓN DEL XX. XXXXX XXXXXX, RECTOR, AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S
I. De "LA SEP":
I.1 Que es una dependencia del Ejecutivo Federal de los Estados Unidos Mexicanos, a la que, en términos del artículo 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, le corresponde el ejercicio de la función educativa, así como fomentar las relaciones de orden cultural con otros países.
I.2. Que dentro de su estructura orgánica se encuentra la Subsecretaría de Educación e Investigación Tecnológicas, a la cual está adscrita la Dirección General de Educación Tecnológica Industrial, la que tiene a su cargo, entre otras funciones, las de organizar, cooperar, desarrollar, supervisar y evaluar la educación tecnológica industrial de nivel medio superior, así como la operación de los centros de bachillerato tecnológico industrial y de servicios (CBTis) y de los centros de estudios tecnológicos industrial y de servicios (CETis) que imparten educación media superior propedéutica y terminal.
I 3. Que la Dirección General de Educación Tecnológica Industrial cuenta en el Estado de Tamaulipas, con la Coordinación Estatal de Educación Tecnológica Industrial No. 38,con sede en Ciudad Victoria, Tamps., misma que tiene a su cargo supervisar las actividades que realizan los CBTis y los CETIS en esa entidad federativa.
I.4. Que la Dirección General de Relaciones Internacionales es una unidad administrativa de la propia Secretaría, a la que, entre otras funciones, le corresponde promover e incrementar las actividades de cooperación e intercambio científico, educativo, cultural, técnico y artístico con otros países y organizaciones Internacionales, así como la de representar a dicha Secretaría en el cumplimiento de los convenios de carácter internacional.
l.5. Que para efectos del presente convenio, señala como domicilio el de la Subsecretaría de Educación e Investigación Tecnológicas, ubicado en Xxxxxxxxx Xx. 00, 0xx. piso, Col. Centro, Delegación Xxxxxxxxxx, México, D. F..
II. De "EL TSTC":
II.1. Que es una institución de enseñanza pública del Estado de Texas, Estados Unidos de América, cuyo objeto es proporcionar a sus estudiantes, maestros y a la comunidad en general, oportunidades de educación y capacitación en el nivel postsecundario.
II.2. Que sus autoridades reconocen la necesidad de intercambio y cooperación académica con instituciones educativas nacionales y extranjeras, en beneficio de sus estudiantes, profesores y de la comunidad en general.
II.3. Que su representante, Xx. Xxxxxxx Xxxx tiene facultades para suscribir el presente convenio en su calidad de Presidente de la institución, nombrado según las leyes del Estado de Texas.
II.4. Que para efectos de este convenio, señala como domicilio en 2424 Boxwood.
III. De AMBAS PARTES:
Que para alcanzar los objetivos precisados en las declaraciones anteriores, en ejercicio de las facultades que tienen otorgadas en sus respectivos ámbitos de competencia, estiman conveniente celebrar el presente convenio en áreas de interés común y beneficio recíproco.
Expuesto lo anterior, las partes convienen en las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA: El presente convenio tiene por objeto establecer las bases generales conforme a las cuales "LA SEP" y "EL TSTC" realizarán acciones que propicien la cooperación académica y cultural en el nivel educativo medio superior y en áreas de interés y beneficio mutuo.
SEGUNDA: Para el cumplimiento del objeto del presente convenio, las partes convienen la realización de las siguientes acciones comunes:
a) Apoyar proyectos de intercambio académico y cultural en beneficio de los ciudadanos de los Estados Unidos Mexicanos y de los Estados Unidos de América.
b) Realizar intercambios de la información, expertos, material didáctico y todos aquellos elementos que consideren necesarios para fortalecer la capacidad educativa de los CBTis y los CETIS de "LA SEP ubicados en las entidades federativas de la República, así como de "El TSTG".
c) lnstrumentar programas y actividades conjuntas, así como programas pilotos y de carácter experimental en aquellas áreas y temas que resulten de interés común.
d) Efectuar cursos de capacitación técnica especializada y de administración de personal, así como ciclos de conferencias, mesas redondas, seminarios y otras actividades académicas, dirigidas tanto al personal docente como a la comunidad estudiantil de los CBTis y los CETis de "LA SEP" ubicados en las entidades federativas de la República, así como de "El TSTC".
e) Realizar estudios conjuntos que se consideren necesarios sobre problemas de educación técnica de interés para los Estados Unidos Mexicanos y los Estados Unidos de América, particularmente en la zona fronteriza.
f) Emprender en el Estado de Texas, E.U.A. y en las entidades federativas de la República Mexicana., aquellas acciones conjuntas que se consideren necesarias para fortalecer su vinculación con los sectores productivos de ambos lados de la frontera, y
g) Facilitar sus respectivas plantas físicas (aulas, laboratorios, talleres, auditorios, gimnasios, etc.), para la realización de los programas, proyectos y actividades que emprendan, los que deberán efectuarse sin afectar el desarrollo de las labores académicas y de investigación normales.
TERCERA. A efecto de agilizar y garantizar el buen desarrollo de los programas, proyectos y actividades que se deriven de este convenio, las, partes instrumentarán los mecanismos de seguimiento y evaluación que se requieran.
CUARTA: Cada parte presentará por escrito a la otra, los programas y proyectos de trabajo para colaborar en las tareas de mutuo interés, tales documentos de ser aprobados por las partes, serán considerados como anexos de este convenio. Dichos programas y proyectos describirán claramente las actividades a desarrollar, calendarios de trabajo, perfil y número de personal involucrado, su estadía, formas de control y evaluación, así como todos los datos y documentos necesarios para su realización.
QUINTA: "LA SEP" llevará a cabo las actividades derivadas del presente convenio, por conducto de la Dirección General de Educación Tecnológica Industrial, sus coordinaciones estatales y los CBTis y CETis que éstas comprenden.
SEXTA "El TSTC" llevará a cabo las actividades derivadas de este instrumento, por conducto de! Texas State Technical College of Harlingen.
XXXXXXX: El personal asignado por "LA SEP" y por "EL TSTC" para la ejecución de un programa o proyecto regulado por este convenio, continuará en forma absoluta bajo la dirección y dependencia de la institución que lo propuso para ello, manteniendo por lo tanto, la relación con su respectiva institución, por lo que no se originarán nuevas relaciones de trabajo o de patrón sustituto.
OCTAVA: Convienen las partes de que cualquier duda que se suscite con motivo de la interpretación o aplicación de¡ presente instrumento, así como lo no previsto en el mismo, se resolverá de común acuerdo entre ambas.
NOVENA: El presente instrumento surtirá efectos a partir de la fecha de su firma y tendrá vigencia indefinida Podrá mortificarse o adicionarse de común acuerdo entre las partes, asimismo podrá darse por terminado anticipadamente por cualquiera de las partes, previa comunicación por escrito a la otra parte, con noventa días de anticipación, estando de acuerdo ambas en que dicha terminación no afectará el desarrollo y culminación de las actividades que se están realizando en ese momento, las cuales proseguirán hasta su total conclusión.
Enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente convenio, lo firman de conformidad por duplicado en inglés y en español en la Cd. xx Xxxxxxxxx. Texas, U.S.A. el día 28 xx xxxxx del año 1996.
POR LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
C.P. XXXXX XXXXXX XXXXXXXXX SUBSECRETARÍO DE EDUCACIÓN E
INVESTIGACIÓN TECNÓLOGICA
ING. XXXX XXXXXXX XXXXXXXX DIRECTOR GENERAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA INDUSTRIAL
XX. XXXX XXXXXX XXXXX DIRECTOR GENERAL DE RELACIONES INTERNACIONALES
POR EL TEXAS STATE TECHNICAL COLLEGE XX XXXXXXXXX
XX. X. XXXXXXX XXXX PRESIDENTE DEL TEXAS STATE TECHNICAL COPLLEGE OF HARLINGEN
XX. XXXXX XXXXXXX RECTOR DEL SISTEMA “TSTC”