ESTUDIOS DE CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD
ESTUDIOS DE CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD
EMPPRESA QUE CONTRATARA: | ASEOSURBOL S.A.S E.S.P |
DEPENDENCIA QUE POSEE LA NECESIDAD: | ÁREA TÉCNICA OPERATIVA |
FUNCIONARIO RESPONSABLE DEL ESTUDIO: | GERENTE |
MODALIDAD DEL PROCESO: | SOLICITUD PÚBLICA DE OFERTAS, de conformidad con lo previsto en los artículos del 19 y siguientes del Acta No 003 del 04 de octubre de 2018, en virtud de la cual la Empresa de Aseo ASEOSURBOL S.A.S E.S.P. adoptó su reglamento de contratación. |
FECHA | 25-02-2019 |
I. DESCRIPCION DE LA NECESIDAD
El presente estudio de conveniencia y oportunidad para la contratación cuyo objeto es “ADQUISICION DE UN TRACTOR SOBRE ORUGA (BULDOCER), PARA LA OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL RELLENO SANITARIO REGIONAL, CONFORMADO POR LOS MUNICIPIOS DE SANTA XXXX DEL SUR, SIMITI, SAN XXXXX Y CANTAGALLO DEL
DEPARTAMENTO XX XXXXXXX”, se elabora bajo la perspectiva del principio de planeación en materia contractual, ciñéndonos a los preceptos contenidos en los numerales 7 y 12 del artículo 25 de la ley 80 de 1993, ley 1150 de 2007 y el numeral 1° del artículo 20 del Acta No 003 del 04 de octubre de 2018, en virtud de la cual la Empresa de Aseo ASEOSURBOL S.A.S
E.S.P. adoptó su reglamento de contratación, los cuales servirán de sustento para la adquisición del bien planteado, de conformidad con las siguientes características.
Xxxxx xx Xxxxxxx S.A. E.S.P adelantó el proceso concursal para escoger la firma consultora tendiente a la “Estructuración técnica, legal, administrativa, comercial y financiera para la conformación e implementación de una empresa regional de aseo y la asistencia técnica en el manejo y operación de una celda de disposición final de residuos sólidos en los municipios de Santa Xxxx del Sur, Simití, San Xxxxx y Cantagallo en el departamento xx Xxxxxxx”, fue así como nació LA EMPRESA DE ASEO REGIONAL DEL SUR XX XXXXXXX S.A.S. E.S.P.
ASEOSURBOL, constituida el día 4 de septiembre de 2018, por los Alcaldes de los correspondientes Municipios.
ASEOSURBOL S.A.S E.S.P. se fundó a raíz de la emergencia sanitaria que vivían algunos municipios del sur xx xxxxxxx, ya que La disposición final se realizaba en botadero a cielo abierto en los municipios de San Xxxxx y Santa Xxxx del Sur, mientras que el municipio xx Xxxxxxxxxx dispone en el relleno sanitario Parque Tecnológico Ambiental Las Bateas en el Departamento xx Xxxxx, y Simití en el Relleno Sanitario Regional para los municipios de Santa Xxxx del Sur, Simití, San Xxxxx y Cantagallo.
El diagnóstico de la consultoría permitió visualizar la necesidad de contar con un sistema regional para el tratamiento y disposición final de manera técnica de los residuos sólidos generados por estos municipios, y realizar el manejo del relleno sanitario regional a través de una empresa de servicios públicos conforme con lo establecido por la ley 142 de 1994.
Para la prestación de la actividad de disposición final de servicio público de aseo en el Relleno Sanitario Regional, se consideró la conformación de una empresa de servicios públicos del tipo sociedad por acciones de acuerdo con lo establecido por la Ley 142 de 1994.
El relleno regional atiende el tratamiento y la disposición final de los residuos generados por los municipios de Santa Xxxx del Sur, San Xxxxx, Simití y Cantagallo, los cuales en promedio produjeron en el año 2018, un total promedio de 996,21 toneladas mensuales, las cuales son movidas por un Bulldózer, una Retroexcavadora y una pala cargadora o pala mecánica, más conocida como “pajarita” todas modelo 1989 y a título de arrendamiento. Como se puede observar, el 100 % de la maquinaria superó con creces la vida útil de los diez (10) años, lo que hace necesario se optimice el parque automotor para garantizar a los usuarios de ASEOSURBOL S.A.S E.S.P. el cumplimiento de las obligaciones suscritas en el contrato de condiciones uniformes y de la misma manera se reduzcan los costos de operación, porque la hora máquina le cuesta a la empresa $170.000 pesos colombianos. Por ello, la necesidad inminente de adquirir maquinaria nueva y con las especificaciones técnicas requeridas.
Se entiende por vida útil el tiempo durante el cual un activo puede ser utilizado, el tiempo durante el cual puede generar renta, que en nuestro medio está gobernado por una norma fiscal.
Toda empresa para poder operar, para poder desarrollar su objeto social requiere de una serie de activos fijos, los cuales como consecuencia de su utilización, se desgastan hasta el punto de quedar inservibles y se hace necesario reemplazarlos.
Algunos activos, por su naturaleza y destinación, o por el uso que se haga de ellos, pueden tener mayor vida útil que otros, y esta ha sido definida por el artículo 1.2.1.18.4 del decreto 1625 de 2016 Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario en materia tributaria.
Las empresas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios tienen que atender la reglamentación definida para el sector de Agua Potable y Saneamiento Básico, por tanto, considerando el tamaño de operación de la empresa regional se consideró que el esquema para la prestación de la actividad de disposición final debe contar con el personal suficiente para atender las funciones administrativas, financieras, comerciales y técnicas operativas que permitan prestar el servicio de manera continua y eficiente, reportar la información requerida por las entidades de regulación y control. Para tal efecto esta se compone de áreas funcionales que además de la Gerencia, y el Área Administrativa, Comercial y Financiera, cuenta con el Área Técnica –Operativa, que es la que responde y garantiza la prestación de la actividad de tratamiento y disposición final de los residuos sólidos dispuesto en el relleno sanitario regional, en forma continua y oportuna y bajo los parámetros de calidad, mediante una planificación de las actividades y cumpliendo con la normatividad técnica del sector de agua potable y saneamiento básico.
Antes de la conformación de esta empresa, en ese mismo lugar donde funciona el relleno, lo venían haciendo otras sociedades, pero sin el lleno de los requisitos ambientales que requiere este tipo de proyectos. No obstante, lo anterior, esta empresa empieza su operación, con maquinaria arrendada, por no contar aún con el capital suficiente, para ir reponiendo poco a poco su parque de maquinaria con máquinas nuevas y de propiedad de la misma. Es por esto, que se creó la necesidad de ir adquiriendo las maquinas necesarias para operar con eficiencia y eficacia el servicio de Disposición final de residuos sólidos de origen ordinario, con responsabilidad social, innovación y compromiso con el desarrollo sostenible, a medida que los socios vayan cancelando el Capital Suscrito.
La visión u objetivo de esta empresa, es que para el año 2030, sea reconocida en Colombia y la región del Sur xx Xxxxxxx, como una empresa líder en la prestación del servicio de
disposición final de residuos sólidos de origen ordinario, destacada por brindar soluciones innovadoras en residuos sólidos, sostenibilidad de los recursos naturales y preservación del medio ambiente.
II. DESCRIPCION DEL OBJETO IDENTIFICADO CON EL CUARTO NIVEL DEL CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS.
DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
Como parte de las acciones para mejorar la gestión integral de residuos sólidos y del medio ambiente y contribuir con la reducción de gases efecto invernadero (GEI) que están causando el cambio climático a nivel mundial, y fomentar el desarrollo xx xxxxxxx de energía renovable, la empresa ASEOSURBOL S.A.S E.S.P. pretende desarrollar el proyecto de reemplazo de maquinaria pesada, pasando de arrendamiento a propiedad de la empresa, iniciando con la compra de un buldócer amigable con el medio ambiente.
OBJETO DE LA INVITACIÓN.
ADQUISICION DE UN TRACTOR SOBRE ORUGA (BULDOCER), PARA LA OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL RELLENO SANITARIO REGIONAL, CONFORMADO POR LOS MUNICIPIOS DE SANTA XXXX DEL SUR, SIMITI, SAN XXXXX Y CANTAGALLO DEL DEPARTAMENTO XX XXXXXXX.
Descripción del Objeto con Cuarto Nivel del Clasificador de Bienes y Servicios
SEGMENTO | FAMILIA | CLASE | PRODUCTO | CODIGO UNSPSC |
22000000 Maquinaria y Accesorios para | 22100000 Maquinaria y equipo pesado de | 22101500 Maquinaria para trabajo de | 22101522 Buldóceres de orugas | 22101522 |
Construcción y Edificación | construcción | desmonte |
ESPECIFICACIONES TECNICAS DEL BULDOCER
EQUIPO | BULDOCER |
AÑO FABRICACION | 2018 |
TREN DE FUERZA | Motor Diésel 4 cilindros, 96 HP netos o más, con turbocompresor Sistema de enfriamiento con placa xx xxxxx de aluminio (radiador, tren de fuerza) Filtro de aire con antefiltro, expulsión automática de polvo Transmisión hidrostática de circuito cerrado Bomba eléctrica |
SISTEMA |
HIDRAULICO | Sistema hidráulico de 3 válvulas o mas Sistema hidráulico con detección de carga Palanca con control de tres funciones o más Bomba hidráulica y aceite |
TREN DE RODAJE | Tren de rodaje multipropósito XL Bastidor xx xxxxxx de 7 rodillos Rodillos inferiores de lubricación permanente Rodillos de soporte Tensores xx xxxxxx hidráulicos |
SISTEMA ELECTRICO | Alternador de 12 voltios, 120 A Alarma de retroceso Baterías (2), servicio pesado, libre de mantenimiento, 1.000 CCA Conector de diagnóstico Bocina eléctrica Luces halógenas, 2 delanteras y 2 traseras Motor de arranque eléctrico de 12 voltios |
CAPACIDADES DE LLENADO DE SERVICIOS | Tanque de combustible 195 L 51,5 gal EE.UU. o más Sistema de enfriamiento 22,4 L 5,92 gal EE.UU. o más Tanque hidráulico/transmisión 59,5 L 15,7 gal EE.UU. o más |
Xxxxxxx 0 # 00 – 00 Xxxxx Xxxxxxx – Celular: 000 000 00 00 xxxxxxxxxx@xxxxx.xxx
Simití Bolívar – Colombia
AMBIENTE DEL OPERADOR | Cabina Cerrada, aire acondicionado Asiento, con suspensión neumática, de tela o de vinilo Cinturón de seguridad retráctil de 76 mm (3") Tablero de instrumentos Sistema Monitor Electrónico |
GARANTIA Y SERVICIO POSDVENTA | Garantía de 12 meses sin límite de horas, contados a partir de la fecha de entrega física, por cualquier falla imputable a defecto de materiales o de fabricación y se limita a dejar el equipo en normales condiciones de funcionamiento. GARANTIZAR: El suministro de repuestos, por un periodo mínimo de 10 años. |
III. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: CONDICIONES TÉCNICAS Y ESPECIFICACIONES REQUERIDAS PARA LA COMPRAVENTA
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
El contratista deberá:
a. Realizar las pruebas de funcionamiento al buldócer, antes de su entrega, en presencia de personal de ASEOSURBOL S.A.S E.S.P
b. Entregar el buldócer dentro del término establecido para ello,
c. Otorgar la garantía comercial del buldócer
d. Entregar el Catálogo y Manuales Técnicos y de Operación, en forma impresa y en medio magnético
Xxxxxxx 0 # 00 – 00 Calle Soledad – Celular: 000 000 00 00 xxxxxxxxxx@xxxxx.xxx.
Simití Bolívar – Colombia
IV. PRESUPUESTO OFICIAL: SEISCIENTOS MILLONES DE PESOS ($600.000.000,00) m/cte.
JUSTIFICACION DEL VALOR: Para efecto de estimar el monto del presupuesto oficial, se tuvo en cuenta, las cotizaciones realizadas en el mercado de este tipo de bienes, dos de ellas reposan en el expediente, las demás fueron realizadas vía telefónica, valor que incluye los costos directos e indirectos.
FORMA DE PAGO: ASEOSURBOL S.A.S E.S.P., pagará el precio de la compra a contra entrega, es decir, de contado, Facturación en dólares americanos y pago en pesos colombianos a la TRM del día de pago.
V. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: El plazo para la ejecución del contrato será de TREINTA (30) días calendario, este término es máximo y empezará a contarse una vez suscrita el Acta de inicio, lo cual ocurrirá una vez se perfeccione, legalice y se otorguen y aprueben las correspondientes garantías.
LUGAR DE EJECUCION: El lugar de ejecución será el Municipio de Simití -Bolívar
SUPERVISION DE LA CONTRATACION: La supervisión del contrato estará a cargo del gerente de la empresa ASEOSURBOL S.A.S E.S.P.
LIQUIDACION. Dentro de los cuatro (4) meses siguientes de realizada la compra
IDENTIFICACION DEL CONTRATO: El contrato a celebrar es de compraventa.
VI. REGIMEN JURÍDICO APLICABLE Y MODALIDAD DE SELECCION
La empresa ASEOSURBOL S.A.S E.S.P. es una entidad descentralizada que se encuentra legalmente constituida como empresa de servicios públicos domiciliarios, según clasificación que hace Ley 142 de 1994, del tipo sociedad anónima por acciones de Carácter Público, xxx
Xxxxxxx 4 # 11 – 56 Calle Soledad – Celular: 000 000 00 00 xxxxxxxxxx@xxxxx.xxx.
Simití Bolívar – Colombia
orden municipal, con autonomía administrativa y financiera, con patrimonio autónomo, con Personería Jurídica, de nacionalidad colombiana, con domicilio en el Municipio de Simití, según consta en el certificado de existencia y representación legal con Nit. No. 901.214.155- 0, regulada por sus estatutos, manual de contratación, por la Ley 142 de 1994, por las normas consagradas en el Código de Comercio para las matrículas mercantiles en general y para las sociedades anónimas en particular, según lo regulado por los decretos correspondientes y las normas concordantes.
La ley 1150 de 2007 en sus artículos 13 y 14, ratificó para las E.S.P. los regímenes privados de contratación, aplicando principios de la contratación estatal, los principios de la administración pública artículo 209 de la Constitución Nacional y los principios de la actividad fiscal como el régimen de inhabilidades e incompatibilidades.
La ASEOSURBOL S.A.S E.S.P, adoptó su manual de contratación a través del Acta No 003 del 04 de octubre de 2018.
MODALIDAD
De acuerdo con lo anterior, la selección del contratista se realizará bajo la modalidad de SOLICITUD PÚBLICA DE OFERTAS, de conformidad con lo previsto en los artículos del 19 y siguientes del Acta No 003 del 04 de octubre de 2018, en virtud de la cual la Empresa de Aseo ASEOSURBOL S.A.S E.S.P. adoptó su reglamento de contratación, pues, el valor del contrato que se pretende celebrar excede los (401) SMMLV. “Cuando el valor estimado del contrato sea superior a cuatrocientos un (401) SMMLV incluido el IVA, se formulará invitación pública a presentar ofertas mediante aviso publicado en la página web con por lo menos cinco
(5) días hábiles de anterioridad a la fecha de entrega de propuestas, lo cual se aplicará igualmente cuando se presenten modificaciones a los términos de referencia, de igual forma se solicitara la aprobación de Junta Directiva” textualmente contempla dicho Manual.
Así las cosas, la selección del contratista se realizará bajo la modalidad de SOLICITUD PÚBLICA DE OFERTAS, conforme a su manual de contratación, adoptado según Acta No 003 del 04 de octubre de 2018.
Xxxxxxx 0 # 00 – 00 Calle Soledad – Celular: 000 000 00 00 xxxxxxxxxx@xxxxx.xxx.
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AUTORIZACIÓN PARA CONTRATAR:
La Junta Directiva de ASEOSURBOL S.A.S E.S.P, mediante Acta No. 07 de 18 de febrero de 2019, autorizó al señor Gerente para firmar el contrato de compraventa de maquinaria, por el factor cuantía, porque el valor del contrato que se pretende celebrar excede los (401) SMMLV. “Cuando el valor estimado del contrato sea superior a cuatrocientos un (401) SMMLV incluido el IVA, se formulará invitación pública a presentar ofertas mediante aviso publicado en la página web con por lo menos cinco (5) días hábiles de anterioridad a la fecha de entrega de propuestas, lo cual se aplicará igualmente cuando se presenten modificaciones a los términos de referencia, de igual forma se solicitara la aprobación de Junta Directiva” textualmente contempla dicho Manual.
VI. CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL QUE RESPALDA LA CONTRATACIÓN.
El contrato que se derive de este proceso se pagará con recursos provenientes del Rubro: Adquisición de vehículos maquinaria y equipos, Código 2.7; Disponibilidad Presupuestal No. 001 de fecha 25 de febrero de 2019. Estos recursos se encuentran en el presupuesto de ingresos y gastos, vigencia 2019, por valor de SEISCIENTOS MILLONES DE PESOS ($600.000.000,00) m/cte. de la vigencia fiscal año 2019.
▪ COBERTURA DE RIESGOS:
Por la naturaleza del contrato y de conformidad con lo establecido en el PARAGRAFO PRIMERO del artículo 23 del capítulo 4° (Pólizas y Garantías) del Manual de contratación de la Empresa que reza: “Cuando en la negociación se pacta el pago contra entrega del bien prometido en venta, no es obligatorio exigir la constitución de las pólizas citadas, excepto la de Calidad”.
Carrera 4 # 11 – 56 Calle Soledad – Celular: 000 000 00 00 xxxxxxxxxx@xxxxx.xxx.
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CALIDAD DEL SERVICIO: Equivalente al 30% del valor del contrato, orden de compra o servicio, más IVA y debe constituirse por un tiempo de 1 año, contado a partir de la fecha de entrega del bien o realización del servicio”.
Elaboró:
XXXX DE XXXXX XXXXXX XXXXXXX
Gerente ASEOSURBOL S.A.S E.S.P.
Xxxxxxx 0 # 00 – 00 Calle Soledad – Celular: 000 000 00 00 xxxxxxxxxx@xxxxx.xxx.
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