LICITACIÓN
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LICITACIÓN
Contratación de
Enajenación y retirada de CHATARRA durante 2016.
Entidad contratante | Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda (FNMT-RCM) |
Dirección | Fábrica Nacional de Moneda y Timbre Real Casa de Moneda Centro de Madrid : X/Xxxxx Xxxx 000 Xxxxxx xx Xxxxxx. Avda. de Costa Rica s/n |
Tipo de contrato | ENAJENACIONES |
Tipo de procedimiento | Negociado con publicidad |
Características y requerimientos | Según pliego adjunto |
Plazo previsto de ejecución | Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016 Posible prórroga anual |
Obtención de documentación, aclaración de dudas y entrega de ofertas | Fábrica Nacional de Moneda y Timbre Real Casa de Moneda Departamento de Compras Personas de contacto: X.Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Técnico de Compras Internacional Xxxxx Xxxxx Xxxx 000 00000 Xxxxxx Tlf. 000000000 |
Plazo de presentación de ofertas | Hasta las 12 horas del 20 de Noviembre de 2015 |
Nota informativa | La Fábrica Nacional de Moneda y Timbre - |
colaboradores imprescindibles en su tarea, el compromiso de observar
un alto estándar ético en el desarrollo de su actividad industrial y comercial, a fin de consolidar una relación sólida y socialmente responsable.
Con el fin de dar a conocer esta iniciativa, hemos creado un Código de Conducta de Proveedores al que pueden acceder a través del apartado del "Perfil del Contratante" de nuestra página web (xxx.xxxx.xx).
nuestros proveedores,
Esperamos de
Real Casa de la Moneda fundamenta su actividad en principios de calidad, eficiencia y seguridad, orientadas de forma integra, honesta y socialmente responsable. Son estos valores diferenciales de la FNMT-RCM los que le han procurado la confianza de clientes y ciudadanos.
perfil de contratante
PLIEGO DE CONDICIONES PARA LA ENAJENACIÓN DE CHATARRA XX XXXXXX, ACERO Y CHAPA DE LA RCM - FNMT.
PRELIMINAR
CONDICIÓN 1ª.- Se abre plazo de presentación de ofertas para la enajenación de chatarra xx xxxxxx, acero y chapa que se produzca en los centros de la RCM - FNMT de Madrid y Burgos, durante el año 2016. Los materiales definidos anteriormente, se designarán con el término genérico de "chatarra".
El material citado en el párrafo anterior se agrupa en dos lotes, cada uno de ellos definidos en el anexo técnico al presente pliego de condiciones que podrán ser adjudicados de forma independiente.
LOTE Nº 1 (CENTRO DE LA FNMT-RCM EN MADRID)
La cantidad de chatarra relativa al lote número 1 es el siguiente:
-Concepto A) es de ciento veinticinco mil kilogramos(125.000 Kg.), se compone de chatarra
-Concepto B) es de quinientos kilogramos (500 Kg.), se compone de Bidones xx Xxxxx.
Ambos a retirar en la sede central de la RCM - FNMT en Madrid, calle Xxxxx Xx Xxxxx, nº 47, o en lugar a determinar por la RCM - FNMT dentro de los límites de la provincia de Madrid.
LOTE Nº 2 (CENTRO DE LA FNMT-RCM EN BURGOS)
La cantidad de chatarra relativa al lote número 2 es el siguiente:
- Concepto A) es de ochenta mil kilogramos (80.000 Kg.) , se compone de chatarra
- Concepto B) es de dos mil kilogramos (2.000 Kg.), se compone de restos de cobre
- Concepto C) es de mil quinientos kilogramos (1.500 Kg), se compone de telas de bronce
- Concepto D) es de mil kilogramos (1.000 Kg.), se compone de chatarra xx xxxxx inoxidable.
Los cuatro conceptos, a retirar en la Fábrica de Papel de la RCM - FNMT en Burgos, avenida de Costa Rica, s/n.
Las cantidades expresadas, de cualquiera de los lotes, podrán ser aumentadas o disminuidas en un porcentaje de hasta un 20%, obligándose, el adjudicatario, a adquirir el material con dichos aumentos o disminuciones, al mismo precio que se pacte en el contrato
que se firme entre las partes y sin que por esta causa pueda reclamar indemnización alguna.
REQUISITOS Y CAPACIDAD
CONDICIÓN 2ª.- Podrán tomar parte en esta contratación aquellas personas físicas o jurídicas, nacionales, comunitarias o extranjeras, con plena capacidad para contratar, a las que su actividad u objeto social permitan la participación en esta contratación.
CONDICIÓN 3ª.- No podrán tomar parte en esta contratación:
Las personas naturales o jurídicas en quienes concurran alguna de las circunstancias y prohibiciones que contiene el Artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
CONDICION 4ª.- Los interesados en la contratación deberán acreditar la personalidad y capacidad jurídicas suficientes para la contratación mediante la aportación de la siguiente documentación, que constituirá el contenido del sobre número 1.
1.- Si el interesado es persona jurídica, original o copia legitimada de escritura de constitución, modificación de estatutos y, en su caso, escritura de elevación a público de los acuerdos sociales de los que se deduzca la representación de quien firme la oferta o, en el caso de representación voluntaria, poder bastante, debiendo constar la inscripción de dichos documentos en el Registro Mercantil. Deberá acompañarse, igualmente, fotocopia legitimada notarialmente del documento nacional de identidad del representante.
2.- En el supuesto de ser el ofertante persona física, fotocopia del documento nacional de identidad o del pasaporte de aquél, legitimada ante notario. En el caso de que el interesado comparezca por medio de apoderado, se aportará copia autorizada de la escritura de poder y fotocopia del documento nacional de identidad, legitimada ante notario, del apoderado.
3.- Declaración del interesado o de su representante con poder bastante al efecto o, en el caso de ser, la ofertante, persona jurídica, del representante legal o voluntario de aquélla, aceptando el pliego de condiciones y la demás documentación adjunta al mismo, sin reserva alguna.
4.- El contratista deberá acreditar mediante el correspondiente certificado, encontrarse al corriente de las siguientes obligaciones en relación con su actividad:
- Obligaciones derivadas de la legislación tributaria.
- Obligaciones derivadas de la legislación laboral y de Seguridad Social.
La documentación presentada, en su caso, por las personas físicas o jurídicas no españolas que concurran a esta licitación deberá estar debidamente legalizada y traducida al castellano por intérprete jurado, constando, además, apostilla o despacho consular de la embajada u oficina diplomática española en el Estado de la nacionalidad del licitante, que acredite la capacidad necesaria para contratar.
DOCUMENTACIÓN VINCULANTE Y NORMAS DE INTERÉS
CONDICIÓN 5ª.- Tendrán el carácter de documentación vinculante el presente pliego de condiciones, el anexo técnico, el contrato en que se formalice la adjudicación, las normas de seguridad recogidas en el anexo I, así como toda aquella normativa propia de la FNMT- RCM que pudiera ser de aplicación.
Asimismo tendrá carácter vinculante: la documentación remitida por las personas o entidades ofertantes, de la presente enajenación.
PRESENTACIÓN DE OFERTAS. ADJUDICACIÓN
CONDICIÓN 6ª.- La documentación necesaria para tomar parte en la licitación y las ofertas económicas se presentarán en dos sobres que tendrán el siguiente contenido:
Sobre nº 1: la documentación mencionada en la condición cuarta de este pliego.
Sobre nº 2: la oferta, u ofertas económicas, con los requisitos expresados en la condición séptima del presente pliego.
Los sobres deberán ir cerrados y firmados por el ofertante o persona que le represente, expresándose en su exterior cuál es su contenido; serán dirigidos a la atención de Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx o Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, y se presentarán, en día laborable para la FNMT-RCM, en el Departamento de Compras, X/Xxxxx Xxxx 000, 00000, XXXXXX.
El plazo de presentación de ofertas finalizará según la fecha publicada en nuestra página web, perfil del contratante, enajenaciones: xxxx://xxx.xxxx.xx/xxxxxx-xx- contratante/enajenaciones o en la comunicación que les remitamos al respecto.
CONDICIÓN 7ª.- Los ofertantes presentarán sus ofertas económicas en €/kg, IVA no incluido, en el sobre número 2, por separado para cada uno de los lotes. Se podrán presentar las ofertas para un sólo lote o para todos, pero siempre una oferta por cada
lote. Será motivo de exclusión la presentación de dos, o más, ofertas distintas por parte de un mismo ofertante para el mismo lote.
CONDICIÓN 8ª.- Todas las ofertas presentadas tendrán un plazo de validez que se extenderá hasta la firma del contrato correspondiente, excepto la del adjudicatario, o adjudicatarios, cuya oferta se mantendrá hasta la completa ejecución del contrato correspondiente.
CONDICIÓN 9ª.- La apertura de sobres de realizará en un plazo no superior a 15 días desde la fecha del cierre de presentación de ofertas.
En primer lugar se procederá a la apertura del sobre número 1 y una vez comprobado que contiene la documentación que se relaciona en la condición 4ª, se procederá a la apertura del sobre número 2.
CONDICIÓN 10ª.- Dentro de los treinta días siguientes al del cierre del plazo de presentación de ofertas, se comunicará por los medios expresados en este pliego, a todos los ofertantes, el resultado de la adjudicación. El ofertante que resulte adjudicatario será convocado, en la misma notificación expresada anteriormente, para el acto de la firma del contrato correspondiente.
En el caso de que el adjudicatario no constituyera la fianza, o en el supuesto de que no se firmara el contrato, la RCM - FNMT podrá adjudicar la contratación a las ofertas que considere más ventajosas.
La RCM - FNMT se reserva el derecho de no adjudicar alguno o ninguno de los lotes.
GARANTÍA Y SEGURO
CONDICIÓN 11ª.- El adjudicatario, con carácter previo a la firma del contrato, deberá constituir una garantía por importe de MIL OCHOCIENTOS EUROS (1.800 EUROS) para el lote nº 1 y de QUINIENTOS EUROS (500 EUROS) para el lote nº 2, que quedarán afectas a garantizar el cumplimiento del contrato y las responsabilidades que pudieran derivarse del mismo.
La garantía podrá constituirse mediante depósito en metálico, en la cuenta corriente existente en el Banco BBVA, Paseo de Recoletos, 10 ala sur 1ª planta (28001 Madrid), abierta a nombre de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre –Real Casa de Moneda, (CÓDIGO CUENTA: 0182-2370-49-0208501334 –Código BIC: XXXXXXXX – CÓDIGO
IBAN: XX00 0000 0000 0000 0000 0000, o mediante aval bancario.
El justificante del ingreso de la garantía, deberá entregarse en el Departamento de Compras (Enajenaciones).
CONDICIÓN 12ª.- La garantía, mediante depósito o aval bancario, deberá reunir los siguientes requisitos:
- Cuantos intereses, comisiones y gastos se produzcan con motivo de la constitución, modificación o, en su caso, ejecución, de esta fianza, ya sea mediante depósito en efectivo, ya mediante aval bancario, serán de la exclusiva cuenta del adjudicatario.
- La garantía estará vigente hasta que la RCM - FNMT acuerde su cancelación, que se deberá producir dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha de extinción del contrato, salvo los supuestos de incumplimiento.
- La garantía constituida mediante depósito no generará ningún tipo de interés para el adjudicatario, notificándose previamente al licitante la ejecución de aquélla.
- Para la ejecución de la garantía no será necesario aviso previo alguno por parte de la RCM - FNMT, realizándose a primer requerimiento de esta entidad, notificándose, en el caso del aval bancario, mediante envío al avalista de telegrama con acuse de recibo; y, en el caso del depósito en metálico, mediante envío al contratista de telegrama con acuse de recibo. En ambos casos, la RCM - FNMT aportará certificación del importe por el que se ejecuta la misma.
- En el caso de que la garantía se constituya mediante aval bancario, la entidad avalista deberá constar registrada, como entidad de crédito, en el Banco de España y tener su domicilio o sucursal en la Comunidad Autónoma de Madrid.
- En el documento de aval deberá constar testimonio de legitimación notarial, o efectuada por corredor de comercio, comprensivo de las firmas de los apoderados de la entidad avalista, del cargo o poder de aquéllos y de su vigencia.
- Habrá de constar, en el documento de aval, la renuncia expresa del avalista al beneficio de excusión de bienes, al de prórroga y, en su caso, al de división, que señalan los artículos 1.830, y siguientes, del Código Civil, quedando, además, el avalista obligado en régimen solidario e indistinto con el avalado.
- Expresa aceptación del avalista del importe de la ejecución de la fianza, de acuerdo con la contabilidad de la RCM - FNMT.
CONDICIÓN 13ª.- El adjudicatario deberá acreditar, en el acto de la firma del contrato la suscripción de una póliza de seguro de responsabilidad civil, para cubrir cualquier responsabilidad derivada del cumplimiento del contrato, debiendo garantizar, dicha póliza, un mínimo de doscientos mil euros. Esta póliza deberá estar en vigor todo el plazo de duración del contrato, y, en su caso, durante la prórroga del mismo. En dicha póliza figurará la RCM - FNMT como asegurada adicional, en aquellos casos en que no tenga la condición xx xxxxxxx o perjudicado, por todos los riesgos que pudieran derivarse de la ejecución del contrato.
R E T I R A D A D E L M A T E R I A L
CONDICIÓN 14ª.- La RCM - FNMT pondrá en sus recintos fabriles la chatarra objeto de este pliego a disposición del adjudicatario, que deberá proceder a su retirada. A estos efectos, el adjudicatario instalará, en los centros de la RCM - FNMT de Madrid y Burgos, en los lugares que le indique dicha entidad estatal y durante la vigencia del contrato, y, en su caso, de sus prórrogas, al menos un contenedor, que medirá aproximadamente 1,6 metros de alto, 2,4 metros de ancho y 6 metros de largo, y tendrá un peso aproximado de 1.350 kg. En los casos en que por su tamaño la chatarra no quepa en el contenedor, esta circunstancia será comunicada al adjudicatario para que éste pueda disponer la retirada del material.
CONDICIÓN 15ª.- La retirada de los materiales se realizará, por parte del adjudicatario, previa notificación de la RCM - FNMT y en plazo no superior a 48 horas, desde la recepción de la citada notificación, pudiendo efectuarse notificaciones para realizar retiradas los sábados.
Para proceder a realizar la carga será necesaria la presencia de un Recurso Preventivo, destacado por el adjudicatario, que controle que las medidas preventivas fijadas para que los trabajos se desarrollen de un modo seguro, se ejecuten correctamente, siendo necesario que los trabajadores dispongan de:
1.- Información suficiente sobre el modo de realizar los trabajos.
2.- Información sobre las medidas de coordinación fijadas en la FNMT , aplicando lo que figure en el Permiso de Trabajo que esté en vigor, firmado por la empresa adjudicataria y la FNMT.
3.- Formación de Técnico Básico en PRL (50 Horas).
El adjudicatario no podrá realizar, en los recintos de la RCM - FNMT, labor alguna de clasificación, ni de selección de los materiales a retirar, debiendo proceder a su carga según se hayan depositado en los contenedores descritos en el anexo técnico, no pudiéndose rechazar partida alguna.
CONDICIÓN 16ª.- El adjudicatario está obligado a retirar la chatarra en el plazo indicado por la RCM - FNMT. En caso contrario, se devengará a favor de la RCM - FNMT y con cargo a la fianza constituida una penalización de 30 euros por cada día hábil de retraso, sin perjuicio de la facultad de la RCM - FNMT de resolver el contrato.
Las características del vehículo destinado por el adjudicatario para la retirada de material serán las descritas en el anexo técnico.
Los pesos que arrojen las básculas de la RCM - FNMT deberán ser aceptados por el contratista, sin perjuicio de que pueda realizar, a través de expertos independientes, una verificación de dichas básculas, dentro de los quince primeros días desde la entrada en vigor de este contrato, y siendo a cuenta del contratista todos los gastos que se produzcan con motivo de dicha verificación. Si el pesaje del material se realizara en báscula pública (ver anexo técnico) los gastos serán de cuenta del contratista.
CONDICIÓN 17ª- Será, en todo caso, por cuenta del adjudicatario la carga, en sus vehículos, con los medios necesarios, del material objeto de este pliego, siendo dicha tarea realizada por personal del contratista.
Tanto el adjudicatario, como el personal que el mismo destine a la retirada de xxxxxxxx, deberán observar las normas de seguridad que les sean comunicadas por el personal de la RCM – FNMT, así como las establecidas en el anexo I del presente pliego.
Asimismo, el adjudicatario queda comprometido, bajo las responsabilidades a que hubiera lugar, a dar cuenta inmediata, a la RCM - FNMT, de la presencia de cualquier documento, objeto o material, que no sea relativo de este pliego cuya presencia sea anormal, entre los materiales retirados o en las operaciones de retirada. En caso de producirse cualquiera de los supuestos ahora mencionados, el contratista queda obligado a la restitución, a la RCM - FNMT, de lo hallado, teniendo la consideración legal de depositario hasta que se produzca dicha devolución.
FORMA DE PAGO
CONDICIÓN 18ª.- La RCM - FNMT enviará al contratista, por correo o por fax, factura relativa al material efectivamente retirado.
El pago de la factura correspondiente deberá ser efectuado en el plazo improrrogable de siete días hábiles desde la recepción de la factura por el adjudicatario.
El contratista efectuará el pago mediante ingreso en metálico o mediante transferencia bancaria, en la cuenta corriente citada anteriormente para la constitución del depósito en efectivo. En el caso de efectuarse el pago mediante transferencia bancaria, todos los gastos que se produzcan serán por cuenta del adjudicatario.
D U R A C I Ó N D E L C O N T R A T O
CONDICIÓN 19ª.- El plazo de vigencia del contrato, que se firme entre la RCM - FNMT y el adjudicatario, comenzará el 1 de enero de 2016 y finalizará el 31 de diciembre del mismo año, pudiendo ser prorrogado por un año más, de no existir denuncia previa por alguna de las partes en el plazo de un mes.
CAUSAS DE RESOLUCIÓN
CONDICIÓN 20ª.- Serán causas de resolución o, en su caso, de extinción de la relación contractual, además de las previstas en el ordenamiento jurídico privado, las siguientes:
a) El incumplimiento por el adjudicatario, o sus empleados, de las cláusulas del presente pliego de condiciones, del anexo técnico y del contrato que en su día se formalice, sin que la constitución en xxxx del adjudicatario requiera intimación previa por parte de la RCM - FNMT, de conformidad con el artículo 1100, número 1 del Código Civil.
En el caso de que el adjudicatario no retire el material en los plazos indicados por la RCM - FNMT, y el citado retraso fuere superior a quince días hábiles, la RCM - FNMT podrá tener por resuelto el contrato con ejecución de la fianza definitiva, contra la que se harán, en su caso, efectivas las penalidades establecidas, quedando el resto del material no retirado de propiedad de la RCM - FNMT y a su entera disposición. En este supuesto, la RCM - FNMT consolidará las cantidades recibidas en pago del material retirado hasta la fecha de la resolución contractual, que deberá ser notificada, y el adjudicatario, a su vez, consolidará la propiedad del material retirado.
b) El fallecimiento del adjudicatario, si fuera persona física, o la extinción o disolución del adjudicatario si fuera persona jurídica.
c) La admisión a trámite de la solicitud de la declaración de quiebra o suspensión de pagos del adjudicatario.
Cualquiera de los casos de incumplimiento mencionados en este documento facultará a la RCM - FNMT para ejecutar la fianza en su totalidad y exigir, bien el cumplimiento de la obligación, con resarcimiento de los daños y perjuicios causados, bien la resolución de la relación jurídica constituida, con indemnización por los daños y perjuicios causados.
CLAUSULAS MEDIO AMBIENTALES
CONDICIÓN 21ª
El adjudicatario desde el momento que recepciona la CHATARRA, se convierte en titular de la misma, por lo que está obligado a realizar las operaciones de tratamiento, eliminación o transformación, de acuerdo con la Legislación vigente y de Residuos, quedando expresamente prohibido el abandono, vertido ó eliminación incontrolada de él, así como toda mezcla ó dilución que dificulte su gestión.
En el ámbito del cumplimiento de la presente contratación, el adjudicatario se compromete en la consecución de una buena gestión medioambiental, mediante la realización de las prácticas siguientes:
21.1.- Fomentar el uso eficiente de la energía, el agua y el papel.
21.2.- Adoptar medidas preventivas contra la contaminación.
21.3.- Prever recurso adecuados para incorporar o mantener un sistema de gestión medioambiental en su actividad.
21.4.- Disponer de los medios para que sean retirados y tratados de forma adecuada los residuos que genere su actividad.
En cualquier caso, en el ámbito del cumplimiento del presente contrato, deberá adoptar las medidas oportunas para el estricto cumplimiento de la legislación y normativas reglamentarias, en materia de medio ambiente.
El contratista se compromete a informar con la suficiente antelación a la FNMT-RCM, de cualquier posible incumplimiento que en materia de legislación medioambiental, pueda ocasionar la actividad contratada.
CLAUSULA DE CONFIDENCIALIDAD, SIGILO Y PROTECCIÓN DE DATOS CONDICIÓN 22ª
22.1.- La información, datos o especificaciones facilitadas por la FNMT-RCM al adjudicatario y al personal a su servicio, a los que hayan tenido acceso de ejecución del contrato, deberán ser consideradas por éstos como confidenciales, no pudiendo ser objeto, total o parcialmente, de publicación, copia, utilización, cesión o préstamo a terceros.
22.2.- El adjudicatario y el personal a su servicio adquieren la obligación de custodiar fiel y cuidadosamente la información, documentación o datos que se les entreguen para la realización de los trabajos y, con ello, el compromiso de que los mismos no llegue en ningún caso a poder de terceras personas distintas de las que les sean indicadas expresamente por la FNMT-RCM.
22.3.- El adjudicatario y el personal a su servicio no podrán acceder a aquella información, datos o especificaciones que no se deriven estrictamente de la ejecución del contrato que, en su día se firme.
GENERALIDADES
CONDICIÓN 23ª.- Quedan expresamente prohibidas al contratista, sin la expresa autorización de la RCM - FNMT, la cesión a terceros del contrato que firme con la misma, y la subcontratación, total o parcial, de cualesquiera actividades precisas para el cumplimiento del contrato.
CONDICIÓN 24ª.- Todos los tributos de cualquier clase, que puedan derivarse de esta contratación, se satisfarán de conformidad con las normas generales que resulten de aplicación a los mismos.
CONDICIÓN 25ª.- Serán de cuenta del contratista los gastos de publicación de los anuncios de la presente licitación, de la adjudicación de la misma y cualesquiera otros de aclaración o rectificación que fueran necesarios. En el caso de que los lotes de la presente licitación
sean adjudicados a más de un licitante, los importes aludidos en el párrafo anterior serán divididos entre todos los adjudicatarios a partes iguales.
CONDICIÓN 26ª.- La RCM - FNMT no responderá por vicios ocultos o evicción salvo en supuestos de dolo o mala fe.
CONDICIÓN 27ª.- Para todas las notificaciones relativas a la presente contratación se admitirá, como medio válido en Derecho, el uso del telefax y del correo telegráfico. El adjudicatario designará, en el contrato correspondiente, su número de telefax y su dirección de correo electrónico
CONDICIÓN 28ª.- Se entenderán como días hábiles, a todos los efectos del presente pliego y resto de documentación vinculante, los que sean laborables según el calendario laboral de la RCM - FNMT.
CONDICIÓN 29ª.- El adjudicatario desde el momento que recepciona la chatarra, se convierte en titular de la misma, por lo que está obligado a realizar las operaciones de tratamiento, eliminación ó transformación, de acuerdo con la Legislación vigente y de Residuos, quedando expresamente prohibido el abandono, vertido ó eliminación incontrolada de él, así como toda mezcla ó dilución que dificulte su gestión.
CONDICIÓN 30ª.- En el ámbito del cumplimiento de la presente contratación, el adjudicatario deberá adoptar las medidas oportunas para el estricto cumplimiento de la legislación, normativas, reglamentaciones en materia de medio ambiente, comprometiéndose a informar con la suficiente antelación a la FNMT-RCM de cualquier posible incumplimiento que en materia de legislación medioambiental puede ocasionar la actividad contratada.
CONDICIÓN 31ª.- El procedimiento de licitación, el procedimiento de contratación y el resto de relaciones jurídicas derivadas de la presente licitación pública se regirán, en todo, por el presente pliego de condiciones, por el anexo técnico, por el Real Decreto 1114/1999, de 25 xx xxxxx, por el que se aprueba el estatuto de la RCM-FNMT (BOE de 7 de julio), por las Normas de Contratación de la RCM-FNMT, por la legislación aplicable a las Entidades Públicas Empresariales y, en lo no previsto en la normativa citada, por el ordenamiento jurídico privado.
Por el mero hecho de la presentación de la oferta el licitante acepta el régimen jurídico previsto en este pliego.
Los conflictos que pudieran surgir de la interpretación o ejecución de este pliego, del anexo técnico o de cualquier otro documento relativo a la presente licitación, o a los contratos que en su día se firmen, se resolverán ante los juzgados y tribunales del orden jurisdiccional competente de Madrid capital, renunciando los ofertantes, de forma expresa, al fuero que pudiera corresponderles.
CONDICIÓN 32ª.- Si como consecuencia de la ejecución del contrato, resultara necesario proceder a la contratación de nuevo personal fijo, el contratista tendrá en cuenta las disposiciones vigentes sobre la igualdad de género.
CONDICIÓN 33ª.- El contratista deberá disponer del personal con la capacidad técnica precisa para cubrir las necesidades que se deriven xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
Dicho personal dependerá exclusivamente del adjudicatario y éste, por tanto, tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su condición de empresario, debiendo cumplir por ello las obligaciones mencionadas. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del adjudicatario, o la infracción de las disposiciones correspondientes por parte del personal designado por él, no implicarán responsabilidad alguna para la FNMT-RCM. A los efectos del debido control por parte de la FNMT-RCM, el contratista quedará obligado a permitir la carga y actualización de sus datos de Prevención de Riesgos Laborales en la aplicación informática para la coordinación de actividades empresariales de la FNMT-RCM.
El personal que el contratista designe para la realización de la actividad contratada deberá haber realizado los cursos de Prevención de Riesgos Laborales establecidos legalmente, disponer de la capacitación necesaria para la prestación del servicio contratado y estar informado, por escrito, de los riesgos derivados de la actividad objeto del contrato.
Del incumplimiento de estas obligaciones por parte del adjudicatario, o de la infracción de las disposiciones correspondientes por parte del personal designado por aquél, será exclusivamente responsable la entidad contratista, no implicando dichos incumplimientos responsabilidad alguna para la FNMT-RCM
Madrid, Octubre de 2.015.
ANEXO TÉCNICO XXXXXXXX
1º.- OBJETO
El objeto de esta enajenación es la venta mediante procedimiento negociado de chatarra xx xxxxxx, acero y chapa, durante el año 2016.
2º.- LOTES
Para la presente enajenación se han considerado dos lotes:
LOTE Nº 1.-
A) 125.000 Kgrs. en la RCM - FNMT en su centro de Madrid.- X/ Xxxxx Xxxx, 000 (XXXXXXXX)
B) 500 Kgrs. en la RCM - FNMT en su centro de Madrid C/ Xxxxx Xxxx, 106 (BIDONES) procedentes del embalaje de monedas.
LOTE Nº 2.-
A) 80.000 Kgrs. en la RCM -FNMT xx Xxxxxx.- Xxxx. Xxxxx Xxxx, x/x, (XXXXXXXX) (Aproximadamente el 50% de la chatarra xx Xxxxxx se compone de flejes, alambres y bidones).
B) 2.000 Kgrs. en la RCM-FNMT xx Xxxxxx.- Xxxx. Xxxxx Xxxx x/x, (XXXXXX XX XXXXX),
X) 0.000 Kgrs. en la RCM-FNMT xx Xxxxxx.- Xxxx. Xxxxx Xxxx, x/x (XXXXX XX XXXXXX),
X) 0.000 Kgrs. en la RCM-FNMT xx Xxxxxx.- Avda. Xxxxx Rica, s/n (CHATARRA XX XXXXX INOX)
3º.- CONTENEDORES
El adjudicatario deberá poner a disposición de la RCM - FNMT en los centros de Madrid y Burgos y durante la vigencia del contrato, como mínimo un contenedor, que medirá aproximadamente 1,6 mts. de alto, 2,4 mts. de ancho, 6 metros de largo y tendrá un peso aproximado de 1.350 kgrs.
4º.- RETIRADA
La retirada se realizará en días laborables según necesidades y el calendario de la RCM - FNMT , mediante notificación al adjudicatario, antes de las 48 horas desde que aquél reciba la notificación, entendiéndose que podrán existir avisos para realizar retiradas los sábados. La retirada por motivos de seguridad y salvo casos autorizados, se producirá entre las 15 y 18 horas de lunes a viernes.
5º.- VEHÍCULO.
El vehículo destinado a la retirada de la chatarra no debe sobrepasar las siguientes medidas: Alto: 3,80 mts., largo 11,50 y en cualquier caso no debe ser articulado y de un máximo de 4 ejes.
6º.- PESOS
El adjudicatario deberá aceptar los pesos que arrojen las básculas de la RCM - FNMT. en el caso de que se retire algún material localizado fuera de los recintos fabriles, el pesaje se realizará en báscula pública.
Madrid, Octubre 2015
XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX - DNI 00000000X
Firmado digitalmente por XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX - DNI 00000000X
Nombre de reconocimiento (DN): c=ES, o=FABRICA NACIONAL DE
MONEDA Y TIMBRE, ou=certificado electrónico de empleado público, ou=5841,
serialNumber=09386237Y, sn=XXXXXXX XXXXXX,
givenName=XXXXXXX, cn=XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX - DNI 00000000X
Fecha: 2015.11.04 12:54:52 +01'00'
XXXX Xx 0: 125.000 Kg Concepto A… €/Kg ( MADRID) 500 Kg Concepto B… €/Kg LOTE Nº 2: 80.000 Kg Concepto A €/Kg (BURGOS) 2.000 Kg Concepto B… €/Kg 1.500 Kg Concepto C… €/Kg 1.000 Kg Concepto D… €/Kg |
OFERTA TOTAL / EUROS ( IVA NO INCLUIDO) |
Don.....................................................................con nº de DNI./Pasaporte ..........................
en representación de...................................................con N.I.F domicilio
fiscal en la calle ................................... nº .........D.P............. Población ....................................
Pais .............................nº de Teléfono............................ nº de Fax ........................................
e‐mail…………………………………………………………………………..