SECRETARÍA ADMINISTRATIVA DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES Y CONTRATOS
Xxxxxxxxxx, Puebla, Córdoba, Veracruz,
Tabasco, Campeche, San Xxxx Potosí
SECRETARÍA ADMINISTRATIVA
DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES Y CONTRATOS
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NÚMERO LA-008IZC999-E660-2019 REFERENTE A LA CONTRATACION DE LOS SEGUROS DE PERSONAS DEL COLEGIO DE
POSTGRADUADOS
GLOSARIO
Para efectos de esta Convocatoria, en adición a las definiciones contenidas en la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Publico, su Reglamento y el Protocolo de Actuación en Materia de Contrataciones Públicas, Otorgamiento y Prorroga de Licencias, Permisos, Autorizaciones y Concesiones, se entenderá por:
COMPRANET:
El sistema electrónico de información pública gubernamental sobre adquisiciones, arrendamientos y servicios, integrado entre otra información, por los programas anuales en la materia, de las dependencias y entidades; el registro único de proveedores; el padrón de testigos sociales; el registro de proveedores sancionados; las convocatorias a la licitación y sus modificaciones; las invitaciones a cuando menos tres personas; las actas de las juntas de aclaraciones, del acto de presentación y apertura de proposiciones y de fallo; los testimonios de los testigos sociales; los datos de los contratos y los convenios modificatorios; las adjudicaciones directas; las resoluciones de la instancia de inconformidad que hayan causado estado, y las notificaciones y avisos correspondientes. Dicho sistema será de consulta gratuita y constituirá un medio por el cual se desarrollarán procedimientos de contratación
El sistema estará a cargo de la Secretaría de la Función Pública, a través de la unidad administrativa que se determine en su Reglamento, la que establecerá los controles necesarios para garantizar la inalterabilidad y conservación de la información que contenga.
Dirección electrónica de CompraNet: xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx COMPROBANTE FISCAL DIGITAL:
Factura Electrónica que debe cumplir con los requisitos fiscales señalados por el SAT. CONVOCANTE:
Colegio de Postgraduados. CONVOCATORIA:
Documento que contiene los aspectos legales, administrativos, técnicos, económicos, alcances y condiciones que regirán el procedimiento de Licitación Púbica Nacional, de Carácter Electrónica, Así como los requisitos que deberán de cumplir y presentar los interesados en participar en dicho procedimiento, para la contratación de los Servicios respectivos, sobre la base de precios fijos.
COLPOS:
Colegio de Postgraduados, ubicado en la Carretera Federal México Texcoco, Xx. 00.0, Xxx. Xxxxxxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx Xxxxxx xx Xxxxxx, X.X. 00000.
FIRMA ELECTRONICA AVANZADA (FIEL):
Archivo digital que identifica a la persona al realizar trámites por internet en el SAT e incluso en otras dependencias del Gobierno de la República.
IVA:
Impuesto al Valor Agregado. LEY / LAASSP:
Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. (Última reforma D.O.F. 10- nov-2014).
LFPRH:
Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. (D.O.F. 30-mar-2006, última reforma D.O.F. 30- dic- 2015).
LICITACIÓN:
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NÚMERO LA-008IZC999-E660-2019 REFERENTE A LA CONTRATACION DE LOS SEGUROS DE PERSONAS DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS.
LGRA:
Ley General de Responsabilidades Administrativas. (DOF 18-07-2016) LICITANTE:
La persona física o moral que participe en este procedimiento de Licitación Pública Nacional Electrónica. MIPYMES:
Micro, Pequeñas y Medianas Empresas. PARTIDA:
La división o desglose de los bienes a adquirir o arrendar o de los servicios a contratar, contenidos en un procedimiento de contratación o en un pedido, para diferenciarlos unos de otros, clasificarlos o agruparlos.
PROPOSICIÓN:
La oferta que el LICITANTE realiza de carácter Electrónica para su consideración en el acto de presentación y apertura de proposiciones, y al cual contiene las propuestas técnica y económica.
PROVEEDOR:
Licitante adjudicado con quien se formalizará el contrato objeto del presente procedimiento de licitación. RFC:
Registro Federal de Contribuyentes.
REGLAMENTO:
Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. (D.O.F. 28- jul-2010). CFF:
Código Fiscal de la Federación (DOF 25-06-2018, con última reforma publicada DOF 25-06-2018) SAT:
Servicio de Administración Tributaria. SFP:
Secretaría de la Función Pública. SERVIDORES PÚBLICOS:
Todas aquellas personas que desempeñan un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza subordinada al Estado.
SHCP:
Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
El Colegio de Postgraduados (COLPOS), en cumplimiento a lo establecido en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y a los artículos 28 y 29 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y demás disposiciones normativas aplicables, a través del Departamento de Adquisiciones y Contratos, ubicado en el primer nivel del edificio “Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx”, con domicilio en el kilómetro 36.5 de la carretera federal México–Texcoco, Montecillo, municipio de Texcoco, Estado de México, celebra la LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NÚMERO LA-008IZC999-E660-2019 REFERENTE A LA CONTRATACION DE LOS SEGUROS DE PERSONAS DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, bajo la
siguiente:
CONVOCATORIA
1.- INFORMACIÓN GENERAL
Con fundamento en lo que establecen los artículos 26 Bis fracción II, 27, 28 y 29 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (en adelante “la LEY”), ésta licitación es de carácter nacional, en la que los licitantes podrán participar en forma electrónica en la o las juntas de aclaraciones, el acto de presentación y apertura de proposiciones y el acto de notificación de fallo. Asimismo, sólo podrán participar personas de nacionalidad mexicana que demuestren tener interés en participar en el presente proceso licitatorio, de conformidad a lo solicitado en el Anexo A4 (carta de interés en participar).
La contratación que se derive de esta convocatoria tendrá una vigencia a partir del 01 de diciembre de 2019 al 31 de noviembre de 2021, por lo que el contrato que se derive de la presente convocatoria será plurianual, de conformidad con el artículo 50 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. El carácter plurianual de la presente convocatoria fue autorizado a través del oficio DIR.-0872, de fecha 6 de septiembre de 2019. En ese sentido, el contrato que firme el licitante ganador contará con una clausula restrictiva, la cual condiciona el pago de los servicios que se presten durante los ejercicios 2020 y 2021 a la suficiencia presupuestal de tales años.
Para esta convocatoria NO se recibirán proposiciones enviadas a través de servicio postal o de mensajería.
El Colegio de Postgraduados cuenta con la disponibilidad presupuestaria para cubrir los compromisos que se deriven del presente procedimiento de contratación, de conformidad con las requisiciones de servicio números 1079, 1080 y 1078, con cargo a las partidas presupuestales 14401, 14405 y 15401.
El pago derivado del respectivo contrato se realizara contra entrega y verificación de las pólizas respectivas y por ejercicio fiscal: lo correspondiente al ejercicio 2019 cumpliendo todos y cada uno de los requisitos señalados en la presente convocatoria previo fallo adjudicando el contrato respectivo, entrega de las pólizas y verificación de las mismas y lo correspondiente los ejercicios fiscales 2020 y 2021, previa recepción de las pólizas, verificación de las mismas y confirmación por parte de “EL COLPOS” de la suficiencia presupuestal respectiva. En caso de no contar con suficiencia presupuestal para los ejercicios fiscales 2020 y 2021 se procederá a una terminación anticipada del contrato sin ningún prejuicio para ninguna de las partes.
La presente convocatoria es para la realización de 1, 2 o 3 contratos con el o los licitantes ganadores; en caso de que existan dos licitantes que obtengan la mejor evaluación en cada partida (según corresponda), se formalizará un contrato por partida para cada licitante; en caso de que un licitante obtenga la mejor evaluación en las partidas, se formalizará un solo contrato al licitante ganador.
OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN: REFERENTE A LA CONTRATACION DE LOS SEGUROS DE PERSONAS DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS 2019-2021 DE CONFORMIDAD CON EL ANEXO NO. 1 (ANEXO TECNICO)
PARTIDA | CARACTERISTICAS |
1 | SEGURO INSTITUCIONAL DE VIDA O INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE. |
2 | SEGURO COLECTIVO DE RETIRO. OPCION: A) SEGURO DE RETIRO B) CONTRATO DE ADMINISTRACION DE PERDIDAS |
3 | SEGURO DE VIDA TRABAJADORES ADMINISTRATIVOS. |
2.- REQUISITOS QUE DEBERÁN CUMPLIR LOS LICITANTES
Los licitantes que decidan participar en el acto de presentación y apertura de proposiciones en la fecha señalada para este acto, deberán presentar la documentación solicitada, la cual deberá elaborarse en papel membretado del licitante, estar firmada y exhibirse sin tachaduras ni enmendaduras.
Dicha documentación deberá contener los puntos; X0, X0, X0, X0, X0, X0, A8, A9, X00, X00, X00, X00, X00, X00, X00, X00, x X00; ANEXO TECNICO, T1, T2, T3, T4, T5, T6, T7, T8, T9, T10, T11, T12, T13, T14, T15, T16, T17 Y ANEXO
ECONOMICO de acuerdo a las partidas indicadas y en su caso, lo señalado en el punto A5.
En todos los casos, la documentación legal, las propuestas técnicas y la propuesta económica deberán ser firmadas por la persona facultada para ello en la última hoja del documento que las contenga. No podrán descalificarse las propuestas cuando las demás hojas que las integran y sus anexos carezcan de firma o rúbrica.
Una vez recibidas las proposiciones, éstas no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto, por lo que deberán considerarse vigentes durante todo el procedimiento hasta su conclusión.
Los interesados en participar podrán realizar la presentación conjunta de proposiciones siempre y cuando se dé debido cumplimiento a lo establecido por el artículo 44 del Reglamento de la Ley, debiendo el representante común de la agrupación, señalar en el acto de presentación y apertura de proposiciones, que la proposición se presenta en forma conjunta.
Además del convenio referido en el párrafo anterior, para dar cumplimiento a esta convocatoria es indispensable que las propuestas que presenten los licitantes en forma conjunta contengan todos los requisitos como a continuación se solicita:
- Los requisitos legales y administrativos del punto 2.1 deberán cumplirse por cada persona consorciada.
- Los licitantes deberán cumplir con los requisitos técnicos solicitados, ya sea separada o conjuntamente, a condición de que se indique puntualmente la correlación que guarda el cumplimiento de cada requisito solicitado con las obligaciones de los consorciados frente a la convocante de tal manera que se cumpla al
cien por ciento con todos los requisitos que incluyen, desde luego, el anexo No. 1 (ANEXO TECNICO) de esta convocatoria a la licitación.
- En lo referente a los requisititos económicos del punto 2.3 de esta convocatoria, estos deberán ser presentados por el representante común que xxxxx nombrado los consorciados.
2.1.- REQUISITOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS
En la fecha señalada para la presentación y apertura de proposiciones y de conformidad con el punto 2 “Requisitos que deberán cumplir los licitantes”, la propuesta de cada licitante deberá contener la documentación legal y administrativa que a continuación se enuncia, en los formatos sugeridos para ello, o en escrito libre, siendo motivo de desechamiento el incumplimiento de cualquiera de los requisitos solicitados, a excepción del numeral A5 “Propuesta Conjunta”.
NUM. DOCTO. | DESCRIPCION DE LA DOCUMENTACION |
A1 | Para acreditar la existencia legal y su personalidad jurídica, el licitante deberá presentar debidamente requisitado y firmado el ANEXO A1 de la presente convocatoria, anexando copia simple de identificación oficial del firmante. |
A2 | Escrito bajo protesta de decir verdad que contenga los datos indicados en el ANEXO A2 de la presente convocatoria. |
A3 | Manifestación que indica su estratificación, ANEXO A3. |
A4 | Manifestación de interés en participar en el presente proceso licitatorio de conformidad a lo establecido en el ANEXO A4 de esta convocatoria. |
A5 | En su caso, el ANEXO A5 convenio firmado por cada una de las personas que integran una proposición conjunta, indicando en el mismo las obligaciones específicas del contrato que corresponderá a cada una de ellas, así como la manera en que se exigirá su cumplimiento. En caso de no estar en el presente supuesto, bastara con presentar una carta bajo protesta de decir verdad donde se indique dicha situación. |
A6 | 32-D SAT. El licitante deberá de presentar el documento denominado Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales ante el Servicio de Administración Tributaria SAT, en sentido positivo, el cual deberá tener una fecha de emisión o bien revisión comprendida entre la publicación de la presente convocatoria y la fecha de presentación de propuestas, lo anterior en atención a lo establecido en el ANEXO INFORMATIVO 1 de la presente convocatoria. La solicitud al SAT para la obtención de dicho documento deberá realizarse por Internet en la página del SAT, en la opción “Mi portal”. Para el caso de propuestas conjuntas, el cumplimiento a las disposiciones precedentes deberá darse por cada uno de los consorciados. |
A7 | 32-D IMSS. El licitante deberá de presentar el documento denominado Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en materia de Seguridad Social, ante el Instituto Mexicano del Seguro Social IMSS, en sentido positivo, el cual deberá tener una fecha de emisión o bien revisión comprendida entre la publicación de la presente convocatoria y la fecha de presentación de propuestas, lo |
anterior en atención a lo establecido en artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación. La solicitud al IMSS para la obtención de dicho documento deberá realizarse por Internet en la página del IMSS. Para el caso de propuestas conjuntas, el cumplimiento a las disposiciones precedentes deberá darse por cada uno de los consorciados. | |
A8 | CARTA DE ACEPTACIÓN debidamente firmada por el representante legal, en la que el licitante manifieste que se tendrá como no presentada su proposición y, en su caso, la documentación requerida por la convocante, cuando el archivo electrónico en el que se contenga la proposición y/o demás información, no pueda abrirse por tener algún virus informático o por cualquier otra causa ajena a la convocante, de conformidad con el ANEXO A8. Dicha carta deberá de ir acompañada de la identificación oficial vigente con fotografía del representante legal. |
A9 | Copia de la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para realizar el tipo de operaciones que requiere el programa de seguros de la convocante en cada una de las partidas de esta convocatoria. |
A10 | Escrito en hoja membretada donde relacione las compañías reaseguradoras que los apoyen que sean de primer orden señalando su número de registro ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o presentando un manifiesto bajo protesta de decir verdad en el caso de que la aseguradora participante retenga al 100% el riesgo y no requiere colocación de reaseguro. |
A11 | Escrito “bajo protesta de decir verdad”, manifestar el compromiso de emitir estados de cuenta mensuales y/o cuando se requieran, sobre los diferentes xxxxx contratados, esta información deberá presentarse dentro de los primeros 10 días de cada mes, referentes a altas, bajas, siniestralidad y cobranzas, en el entendido de que de no presentar dichos reportes en el plazo establecido, la aseguradora acepta ser sancionada conforme a lo establecido en los estándares de servicio de la presente convocatoria. |
A12 | Presentar carta compromiso “bajo protesta de decir verdad” que establezca, de manera clara e indubitable, que el precio de los servicios objeto de la presente licitación, no será incrementado durante la vigencia del contrato respectivo; así como en las ampliaciones y/o prórrogas y/o adjudicaciones y/o celebrar contrato nuevo que hasta un 20% (veinte por ciento) en su caso, que en términos del artículo 47 último párrafo y 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público se lleven a cabo, no obstante las variaciones económicas en salarios mínimos, paridad de la moneda o actos inflacionarios que se presenten en el País, dentro de la vigencia de la contratación del servicio. Si ocurriera esto, el costo será absorbido por el licitante ganador, sin que ello repercuta de manera cuantitativa o cualitativa en la prestación del servicio. Además, la carta compromiso deberá establecer que los servicios especiales o extraordinarios que solicite el Colegio de Postgraduados, serán cotizados en forma independiente, conservando la equidad y correlación con el costo de los servicios originalmente contratados. Con relación al costo de los servicios originalmente contratados, se aclara que únicamente se reconocerán incrementos y/o deducciones que por concepto de altas y/o bajas se tengan que realizar durante la vigencia del contrato, respetándose evidentemente los costos ofertados en un inicio por la Aseguradora adjudicada. |
A13 | En un escrito “bajo protesta de decir verdad” donde se manifieste que en caso de ser la licitante adjudicada, se compromete a que en caso de que reciba solicitud de prórroga de los seguros, el |
licitante no cobrara nuevamente los derechos de póliza y/o gastos de expedición, solventando esta situación incluso, con un endoso aclaratorio donde establezca que está prorrogando los seguros y cobrando únicamente lo correspondiente a las primas de riesgo y demás conceptos que se consideraron en su oferta excepto derechos y/o gastos de expedición de pólizas. | |
A14 | Escrito “bajo protesta de decir verdad” manifestar que en caso de resultar ganador del presente proceso dará atención permanente y por tanto asignara al menos 2 persona, con experiencia y facultades para tomar decisiones y resolver problemas, deberán presentarse un día a la semana en el departamento de contratos y subdirección de recursos humanos del Colegio de Postgraduados, así como también en el SIACOP, para darle tramite a los asuntos que se hayan generado, independientemente de asistir en cualquier otro momento que sea requerido. En dicho escrito también deberá manifestar que acepta que el Colegio de Postgraduados podrá solicitar el reemplazo del personal que brinde el servicio al COLPOS, solicitud que deberá ser atendida en un tiempo máximo de 15 días naturales. A través de esta carta el licitante deberá manifestar que el personal propuesto será el que preste los servicios durante la vigencia del contrato y solo podrá ser sustituido por caso fortuito o fuerza mayor en la que así lo acredite ante el COLPOS. |
A15 | Escrito “bajo protesta de decir verdad”, en donde se compromete en caso de ser adjudicada, a entregar en un plazo de 24 horas a partir del fallo carta cobertura, así mismo se compromete a entregar de manera ordenada las pólizas al departamento de contratos del Colegio de Postgraduados dentro de los 15 días naturales posteriores a la notificación del fallo. |
A16 | Para poder participar las Aseguradoras deberán contar con un escrito firmado por el Responsable Interno de Seguros del Colegio de Postgraduados, en el que se manifestara que la compañía aseguradora no tiene siniestros pendientes de pago por causas imputables a incumplimientos derivados de los contratos vigentes y/o anteriores celebrados con el Colegio de Posgraduados, la Aseguradora que tenga asunto pendientes no se le entregara dicho oficio y por tanto su incumplimiento motivara la descalificación de la presente convocatoria. La Aseguradora que no haya tenido nunca una relación contractual con el Colegio se le extenderá el escrito en este sentido y podrá presentarlo en su propuesta cumpliendo con el requerimiento de la convocante. |
A17 | Escrito “bajo protesta de decir verdad” en el que el licitante manifieste que proporcionara en cualquier momento la asistencia técnica necesaria que garantice una adecuada administración del seguro, incluyendo información sobre nuevos productos y modificaciones legales o de cualquier otra índole, que resulten de interés para el COLPOS y el SIACOP. |
A18 | Curriculum Empresarial el cual deberá incluir una lista de sus principales clientes, con los datos siguientes: a) nombre de la institución o de la empresa. b) nombre de contacto. c) puesto. d) teléfonos. e) email. f) descripción del servicio realizado. g) estatus del servicio (en proceso o concluido, escoger solo una opción). |
EL COLPOS se reserva el derecho de verificar los datos proporcionados. |
2.2.- REQUISITOS TÉCNICOS.
De conformidad con el punto 2 “Requisitos que deberán cumplir los licitantes”, la propuesta de cada licitante deberá contener la documentación técnica que a continuación se enuncia, en los formatos sugeridos para ello, o en escrito libre, siendo motivo de desechamiento el incumplimiento de cualquiera de los requisitos.
2.2.1.- Propuesta Técnica
El licitante deberá entregar su Propuesta Técnica de conformidad con lo expuesto en el Anexo No. 1 (ANEXO TÉCNICO) cumpliendo con todos y cada uno de los requisitos estipulados en el mismo, así como los cambios que deriven de la (s) junta(s) de aclaraciones.
PARA TODAS LAS PARTIDAS DEBERAN DE CONSIDERAR EL SIGUIENTE CUADRO:
2.2.2.- CAPACIDAD DEL LICITANTE | |
2.2.2.1.- CAPACIDAD DE LOS RECURSOS HUMANOS | |
NUM. DOCTO. | DESCRIPCION DE LA DOCUMENTACION |
T1 | (Experiencia de los Recursos Humanos) El Licitante deberá presentar una base de datos en Excel con los siguientes datos: nombre completo del trabajador, CURP, NSS, área de adscripción, puesto, años de experiencia, así como el comprobante del último Bimestre de pago de cuotas al IMSS. |
T2 | COMPETENCIA O HABILIDAD. Currículo de cada uno de los profesionales que integren el equipo de trabajo y que serán responsables de dirección, administración y ejecución de los servicios, donde acrediten mediante títulos o cedulas profesionales, tener el conocimiento académico y/o profesional necesario para llevar a cabo la entrega de los trabajos y el servicio solicitado, con características técnicas y magnitudes similares. Además el Licitante deberá presentar una base de datos en Excel con los siguientes datos: nombre completo del trabajador, CURP, NSS, área de adscripción, puesto, años de experiencia. |
T3 | DOMINIO DE HERRAMIENTAS. El Licitante deberá presentar una base de datos en Excel con los siguientes datos: nombre completo del trabajador, CURP, NSS, área de adscripción, puesto, años de experiencia, así como el comprobante de la certificación de procesos. La empresa que emita el certificado de calidad debe ser un organismo evaluador acreditado con alguna de las normas aplicables, y en temas relacionados con el servicio licitado como ISO en siniestros o similares. |
2.2.2.2.- CAPACIDAD DE LOS RECURSOS ECONOMICOS Y DE EQUIPAMIENTO | |
T4 | (Primas Emitidas en VIDA en el ejercicio 2018) El licitante deberá presentar impresión de la revista actualidad en Seguros y Fianzas a Diciembre 2018 |
T5 | (Cobertura Nacional) El licitante deberá presentar listado de oficinas propias de servicio en las entidades federativas donde se incluya CDMX y Estado de México, así como comprobante de domicilio vigente (no mayor a 3 meses de antigüedad) a nombre de la Licitante. |
T6 | (Centro de Atención Telefónica) El licitante deberá presentar Ficha Técnica que incluya número de estaciones o contrato de prestación de servicios. |
T7 | (Razones de solvencia). El licitante deberá presentar impresión de la página de la C.N.S.F. de los indicadores regulatorios del 2017 y 2018, obtenida 3 días antes de la presentación de las propuestas de la presente convocatoria en el que se establezca el índice de cobertura de la base de inversión, índice de cobertura de requerimiento de capital de solvencia, índice de cobertura capital mínimo pagado e índice de cobertura de base de inversión de corto plazo. |
2.2.2.3.- PARTICIPACION DE DISCAPACITADOS O EMPRESAS QUE CUENTEN CON TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD. | |
T8 | Los licitantes presentarán manifestación, bajo protesta de decir verdad, que cuente con trabajadores con discapacidad en una proporción de al menos el cinco por ciento de la totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses, deberá presentar el aviso de alta al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social y una constancia que acredite que dichos trabajadores son personas con discapacidad en términos de lo previsto por la fracción XXI del artículo 2 de la Ley General para la inclusión de las Personas con Discapacidad. En su caso y para efectos de corroboración del porcentaje, será necesario que presenten la Propuesta de Cédula de Determinación de Cuotas, Aportaciones y Amortizaciones del Seguro Social de los seis meses anteriores al de la presentación de la propuesta técnica – económica. En caso de no estar en el presente supuesto, bastara con presentar una carta bajo protesta de decir verdad donde se indique dicha situación. |
2.2.2.4.- PARTICIPACIÓN DE MIPYMES QUE PRODUZCAN BIENES CON INNOVACIÓN TECNOLÓGICA RELACIONADOS DIRECTAMENTE CON LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE QUE SE TRATE. | |
T9 | El licitante deberá de acreditar haber producido el servicio objeto del procedimiento de contratación, con innovación tecnológica que tenga registrada en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial. En caso de no estar en el presente supuesto, bastara con presentar una carta bajo protesta de decir verdad donde se indique dicha situación. |
2.2.2.5.- EQUIDAD DE GÉNERO | |
T10 | (EQUIDAD DE GÉNERO) EL Licitante deberá presentar un certificado vigente de cumplimiento de la Norma Mexicana NMXR-025-SCFI-2015 para la Igualdad Laboral entre Mujeres y Hombres, debidamente firmado por un organismo certificador acreditado por la Entidad Mexicana de Acreditación (art. 14, segundo párrafo de la LAASSP). |
2.2.2.6.- EXPERIENCIA Y ESPECIALIDAD DE LICITANTE | |
T11 | (EXPERIENCIA DEL LICITANTE). El licitante deberá presentar pólizas de seguros de servicios similares o iguales a los solicitados en la presente convocatoria entre 5 y 10 años de experiencia |
con clientes del sector gobierno y/o privado en los cuales se pueda apreciar la vigencia de los mismos. | |
T12 | (ESPECIALIDAD DEL LICITANTE). El licitante deberá presentar pólizas de seguros con clientes del sector gobierno y/o privado por lo menos 100 asegurados, tomando como fecha desde el 2013 con un máximo de 6 años cumplidos. |
2.2.3.- PROPUESTA DE TRABAJO | |
T13 | (METODOLOGÍA) El licitante deberá presentar la metodología para la prestación de los servicios solicitados, mediante el cual desarrollará el 100% de las actividades requeridas en las partidas a licitar de esta convocatoria de conformidad con lo establecido en el anexo No. 1 (ANEXO TÉCNICO), Además deberá ser congruente con el plan de trabajo y la estructura organizacional de recursos humanos para cumplir con las obligaciones derivadas de la licitación. |
T14 | (PLAN DE TRABAJO). El licitante deberá presentar un plan de trabajo para la prestación de los servicios solicitados, mediante el cual desarrollará el 100% de las actividades requeridas en las partidas a licitar de esta convocatoria de conformidad con lo establecido en el anexo No. 1 (ANEXO TÉCNICO). Además, deberá ser congruente con la metodología para la prestación de los servicios y la estructura organizacional de recursos humanos para cumplir con las obligaciones derivadas de la licitación. |
T15 | (ESQUEMA ESTRUCTURAL). El licitante deberá presentar en hoja membretada, el organigrama del personal que dará servicio a la cuenta o negocio en el cual se realizaran los trabajos objeto de la presente convocatoria, indicando; el nombre, cargo o puesto, teléfono y e-mail. |
T16 | (CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS). El licitante deberá presentar cartas del cumplimiento satisfactorio de pólizas presentadas en el rubro T12 Especialidad del licitante, el cual deberá presentar cartas de satisfacción en el cumplimiento oportuno y adecuado en los servicios brindados |
T17 | El licitante deberá acreditar que cuenta con un índice de atención a usuarios (IDATU) igual o mayor a 7.00 en el período de enero a diciembre de 2018. Para el efecto deberá adjuntar copia de la publicación emitida por la Comisión Nacional para la Atención y Defensa de los Usuarios y Servicios Financieros (CONDUSEF) en la página de internet: donde se identifique el índice de atención a usuarios. |
2.3.- REQUISITOS ECONÓMICOS
De conformidad con el punto 2 de la presente convocatoria, a continuación, se enuncia la documentación económica que deberá contener la propuesta que presente el licitante:
Los participantes presentarán su propuesta económica expresando que los precios son fijos e incondicionados durante la vigencia del contrato, en moneda nacional (pesos mexicanos), desglosando el IVA, conforme al ANEXO ECONOMICO de esta convocatoria.
En el formato referido en el párrafo anterior, se deberán reflejar todos los costos adicionales requeridos para la prestación de los servicios objeto de la presente licitación; la convocante únicamente evaluará como parte de la propuesta económica los costos plasmados en este documento.
Cuando se presenten errores de cálculo en las propuestas presentadas, la convocante aplicará las correcciones
con base en los criterios previstos por el artículo 55 del Reglamento de la Ley. Si el licitante no acepta la corrección de su propuesta, ésta se desechará en las partidas que sean afectadas por el error.
3.- INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
Las proposiciones deberán ser enviadas de manera electrónica a través de Compranet 5.0. Cada uno de los documentos que integren la proposición, y aquellos distintos a ésta, deberán estar foliados y firmados de forma autógrafa en todas y cada una de las hojas, de conformidad con el artículo 50 del Reglamento de la Ley, además de que se firmaran con la Firma Electrónica Avanzada emitida por el SAT, y los medios de identificación electrónica que establezca la Secretaría de la Función Pública.
La propuesta técnica deberá conformarse por los documentos solicitados en el punto 2.1 “Requisitos legales y administrativos”, punto 2.2 “Requisitos técnicos” y por las especificaciones mínimas requeridas en el Anexo Técnico de esta convocatoria.
Los licitantes sólo podrán presentar una proposición por cada partida de la presente licitación pública nacional Electrónica.
3.1.- PROPOSICIONES DOCUMENTALES POR ESCRITO
No se recibirán proposiciones de manera presencial en este procedimiento licitatorio.
3.2.- INSTRUCCIONES PARA ELABORAR PROPUESTAS ELECTRÓNICAS A TRAVÉS DE COMPRANET
Los licitantes que decidan presentar su propuesta técnica y económica, lo deberán realizar a través de la plataforma CompraNet 5.0, deberán realizarlo conforme a lo señalado en esta convocatoria, en formatos PDF o, en su caso, utilizar archivos de imagen tipo JPG o GIF.
Deberán identificarse cada una de las páginas que integran las propuestas con la clave del Registro Federal de Contribuyentes del licitante, número de licitación y número de página; dicha identificación deberá reflejarse, en su caso, en la impresión que se realice de los documentos durante el acto de presentación y apertura de proposiciones.
El envío de sus propuestas a través CompraNet deberá concluir preferentemente una hora antes del evento de presentación y apertura de proposición señalada en el punto 5.3 de esta convocatoria a la licitación y contar con el acuse de recibo electrónico que emita el mismo sistema.
Para la publicación de proposiciones a través del portal de CompraNet, éstas se deberán firmar utilizando la firma electrónica avanzada que emite el Servicio de Administración Tributaria para el cumplimiento de obligaciones fiscales (FIEL), originando el archivo de resumen de proposición con extensión p7m, el cual se deberá cargar en el procedimiento de CompraNet, tal como se indica en el Manual de Licitante de dicha plataforma. Este archivo es el que acredita la validez de la firma electrónica, y, por tanto, la ausencia del mismo dentro de los anexos descargados desde el portal de CompraNet al realizar la apertura de proposiciones, se tomará como proposición no firmada y será desechada por carecer de consentimiento y por tanto no poder ser atribuible a nadie.
Los documentos solicitados en los requisitos legales y administrativos deberán ser enviados en el sistema CompraNet 5.0 en el apartado de ANEXOS GENERICOS que se encuentra dentro del requerimiento técnico.
Los documentos solicitados en los requisitos técnicos, deberán ser enviados en el sistema CompraNet 5.0 en el apartado REQUERIMIENTO TÉCNICO.
Los documentos solicitados en el punto 2.3 ANEXO ECONOMICO, deberán ser enviados en el sistema CompraNet 5.0 en el apartado REQUERIMIENTO ECONÓMICO.
4.- GARANTÍAS DEL CONTRATO
4.1.- GARANTIA DE CUMPLIMIENTO
Para el presente procedimiento los participantes (Aseguradoras), quedan exentas de la presentación de la fianza de cumplimiento de contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 294 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.
5.- FECHAS DE EVENTOS
Los plazos para los eventos a celebrarse, se determinaron atendiendo la magnitud, complejidad y características de los servicios, por lo que la programación en fechas y horarios a las que deben sujetarse los licitantes a este procedimiento es como se indica a continuación:
EVENTO | FECHA | HORA | LUGAR |
VISITA DE INSTALACIONES | NO SE LLEVARÁ A CABO VISITA DE INSTALACIONES | ||
JUNTA DE ACLARACIONES | 20 de septiembre de 2019 | 09:00 am | EN LA SALA DE JUNTAS DE LA SECRETARÍA ADMINISTRATIVA, UBICADA EN EL PRIMER NIVEL DEL EDIFICIO XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXX DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, CON DOMICILIO EN LA CARRETERA FEDERAL MEXICO TEXCOCO, XX. 00.0, XXX. XXXXXXXXXX, XXXXXXXXX XX XXXXXXX, XXXXXX XX XXXXXX, X.X. 00000. |
RECEPCION DE DOCUMENTOS Y APERTURA LEGAL, TECNICA Y ECONOMICA | 04 de octubre de 2019 | 10:00 am | EN LA SALA DE JUNTAS DE LA SECRETARÍA ADMINISTRATIVA, UBICADA EN EL PRIMER NIVEL DEL EDIFICIO XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXX DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, CON DOMICILIO EN LA CARRETERA FEDERAL MEXICO TEXCOCO, XX. 00.0, XXX. XXXXXXXXXX, XXXXXXXXX XX XXXXXXX, XXXXXX XX XXXXXX, X.X. 00000. |
FALLO | 09 de octubre de 2019 | 13:00 pm | EN LA SALA DE JUNTAS DE LA SECRETARÍA ADMINISTRATIVA, UBICADA EN EL PRIMER NIVEL DEL EDIFICIO XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXX DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, CON DOMICILIO EN LA CARRETERA FEDERAL MEXICO TEXCOCO, XX. 00.0, XXX. XXXXXXXXXX, XXXXXXXXX XX XXXXXXX, XXXXXX XX XXXXXX, X.X. 00000. |
FECHA DE FIRMA DE CONTRATO | 14 de octubre de 2019 | 12:00 pm | EN EL DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES Y CONTRATOS, UBICADA EN EL PRIMER NIVEL DEL EDIFICIO XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXX DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, CON DOMICILIO EN LA CARRETERA FEDERAL MEXICO TEXCOCO, XX. 00.0, XXX. XXXXXXXXXX, XXXXXXXXX XX XXXXXXX, XXXXXX XX XXXXXX, X.X. 00000. |
5.1.- VISITA DE INSTALACIONES
No habrá visita a las instalaciones del Colegio de Postgraduados.
5.2.- JUNTA DE ACLARACIONES.
Los licitantes podrán formular preguntas hasta con veinticuatro horas antes del inicio de la Junta de Aclaraciones, mediante el sistema CompraNet 5.0 preferentemente en papel membretado del licitante, tanto en formato PDF o JGP como en formato Word para agilizar los trámites. De preferencia deberán anotar el numeral de la convocatoria a la licitación al que hace referencia su duda o cuestionamiento, debiendo ser realizada de manera concisa y estar directamente relacionada con los puntos contenidos en esta convocatoria. Si la convocante no recibe las preguntas o solicitudes de precisión en el tiempo establecido, no dará respuesta a las mismas.
Las personas que pretendan solicitar aclaraciones a los aspectos contenidos en la convocatoria, deberán enviar un escrito en el que expresen su interés en participar en la licitación, por sí o en representación de un tercero, manifestando en todos los casos los datos generales del interesado y, en su caso, del representante (ANEXO A4).
Al concluir la junta de aclaraciones y a juicio de la Convocante, podrá señalarse la fecha y hora para la celebración de ulteriores juntas.
De conformidad con lo establecido en la fracción II segundo párrafo del artículo 16 del Reglamento de la Ley, se establecerá un plazo para la entrega de re preguntas, el cual no podrá ser menor de 6 horas ni mayor de 24 horas, para que los licitantes que entregaron su escrito de interés en participar, puedan formular -en caso de ser necesario- preguntas a las precisiones de la convocante.
5.3.- RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS Y APERTURA LEGAL, TÉCNICA Y ECONÓMICA
La presentación de proposiciones se realizará de manera electrónica, haciendo uso del Sistema Compranet, en la fecha, hora y lugar establecidos en este punto, por lo que no se permitirá el acceso a ningún licitante ni observador o servidor público ajeno después de la hora señalada para el inicio del acto.
5.4.- PROCEDIMIENTO PARA EL ACTO DE APERTURA DE PROPOSICIONES
En el acto de presentación y apertura de proposiciones, se abrirán las proposiciones que fueron enviadas por CompraNet, haciéndose constar la documentación presentada, sin que ello implique la evaluación de su contenido.
Se revisarán de forma cuantitativa (en general) las propuestas técnicas conformadas por la documentación técnica, legal y administrativa sin que ello implique la evaluación de su contenido, para proseguir a dar lectura al importe total de cada una de las propuestas económicas que hubieren sido aceptadas para su posterior evaluación.
Tomando en consideración que la presente licitación es por medio electrónico, y con fundamento en el artículo 26 Bis, fracción II de la Ley, el cual señala que el acto de presentación y apertura de proposiciones se realizara a través del sistema CompraNet y sin la presencia de los licitantes, la rúbrica de las proposiciones que señala el artículo 35, fracción II de la Ley no se llevara a cabo ya que la totalidad de las propuestas se encuentran resguardadas en el servidor del Sistema CompraNet, y solo se imprimirán las listas de precios (propuestas económicas) de los licitantes, las cuales serán rubricadas por el servidor público facultado para ello, lo cual garantiza la integridad de las proposiciones.
Los licitantes que presentaron su propuesta por el sistema CompraNet 5.0 aceptarán que se tendrán por notificados de las actas que se levanten cuando éstas se encuentren a su disposición a través del programa informático de CompraNet, el día en que se celebre cada evento, sin menoscabo de que puedan consultarlas en las oficinas de la convocante.
En el supuesto de que durante el acto de presentación y apertura de proposiciones por causas ajenas a la convocante no sea posible abrir los sobres que contengan las propuestas enviadas por el sistema CompraNet, el acto se reanudará a partir de que se restablezcan las condiciones que dieron origen a la interrupción.
La convocante podrá verificar en cualquier momento que durante el lapso de interrupción no se haya suscitado alguna modificación a las propuestas que obren en su poder.
El acta que se levante servirá como constancia de la celebración del acto de presentación y apertura de las proposiciones. En ella se hará constar el importe total de cada una proposición y se identificarán las que se hayan presentado por el sistema CompraNet. Dicha acta se levantará al terminar el evento y se publicará en el sistema CompraNet.
6.- FALLO DE LICITACIÓN
Los datos del ganador, en su caso, se darán a conocer en el acto de fallo, en la fecha, hora y lugar establecidos en este punto, levantándose para ello el acta respectiva que será publicada en CompraNet el mismo día. Los datos del ganador, en su caso, quedarán establecidos en el acta correspondiente.
7.- ASPECTOS ECONÓMICOS
7.1.- PAGOS
La convocante realizara los pagos de los servicios objeto de esta licitación, de conformidad con los costos ofertados por el o los licitantes ganadores en una sola exhibición y será cubierta al 100% con recursos del colegio de postgraduados, a más tardar dentro de los veinte (20) días naturales, conforme a lo estipulado en el (artículo 51 de la ley de adquisiciones, arrendamiento y servicios del sector público), contados a partir de que se haya validado la entrega correcta de la póliza y la factura respectiva en apego a las condiciones de contratación:
Se emitirán tres pólizas por ejercicio fiscal conforme a lo siguiente:
1.- De las 00:00 horas del 1° de diciembre de 2019 a las 24:00 horas del 31 de diciembre de 2019.
2.- De las 00:00 horas del 1° de enero de 2020 a las 24:00 horas del 31 de diciembre de 2020
3.- De las 00:00 horas del 1° de enero de 2021 a las 24:00 horas del 30 de noviembre de 2021 Los precios serán fijos durante la vigencia del contrato.
La aseguradora se obliga a proporcionar al colegio de postgraduados la factura correspondiente con los requisitos fiscales, mencionados en el artículo 29-A del código fiscal de la federación.
Dichos pagos se realizarán en apego al programa xx XXXXXXX PRODUCTIVAS, por lo que el monto se pagará en moneda nacional, y se harán posteriores a la aceptación del CFD (Comprobante Fiscal Digital), con el respectivo
archivo xml, a entera satisfacción del COLPOS, de conformidad con lo establecido en la Ley, siempre que cumplan con los requisitos fiscales correspondientes.
En caso que el CFD y/o documentación anexa, presente errores, se suspenderá su revisión y se devolverá la documentación al proveedor para que sea corregida y la presente posteriormente para reiniciar el trámite de pago, cuyo plazo para realizarse se computará a partir de la fecha de la presentación de la información corregida.
Una vez cumplido lo anterior, el pago se realizará mediante cheque o transferencia bancaria, a más tardar dentro de los veinte (20) días naturales contados a partir de la fecha de la entrega de la factura respectiva, previa entrega de la totalidad de los servicios en los términos del contrato, conforme a lo estipulado en el artículo 51 de la Ley.
Los trámites relativos se efectuarán en el Departamento de Adquisiciones y Contratos, ubicado en el primer nivel del Edificio Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, con domicilio en el Km. 36.5 de la xxxxxxxxx xxxxxxx Xxxxxx-Xxxxxxx, Xxxxxxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx, X.X. 00000.
El pago de los servicios quedará condicionado proporcionalmente al pago que el proveedor deba efectuar (en su caso) por concepto xx xxxxx convencionales. Lo anterior, sin perjuicio de que el Colegio de Postgraduados pueda proceder al cobro de las penas convencionales previo al pago correspondiente o descuento de la penalización, conforme a lo estipulado en el contrato.
El proveedor podrá ceder en forma parcial o total en favor de cualquiera otra persona física o moral los derechos de cobro derivados del contrato, previo consentimiento por escrito del representante legal del Colegio de Postgraduados.
En virtud de que el Colegio de Postgraduados está incorporado al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo, el proveedor podrá ceder sus derechos de cobro a favor de un Intermediario Financiero que esté incorporado a la Cadena Productiva del Colegio de Postgraduados mediante operaciones de Factoraje o Descuento Electrónico, de lo anterior deberán atender lo establecido en el ANEXO INFORMATIVO 6 de la presente convocatoria.
7.2.- PAGO DE GASTOS NO RECUPERABLES
Se consideran gastos no recuperables aquéllos que se generen por la terminación anticipada del contrato de conformidad con el ANEXO INFORMATIVO 3 de la presente convocatoria a la licitación.
7.3.- VIGENCIA DE PRECIOS
La proposición presentada por los licitantes tendrá validez obligatoria como mínimo de 45 días naturales a partir de la fecha del acto de presentación y apertura de proposiciones. Al presentar su propuesta en la presente licitación, los licitantes dan por aceptada esta condición. Asimismo, los precios deberán ser fijos e incondicionados hasta la total prestación de los servicios solicitados.
7.4.- IMPUESTOS Y DERECHOS
El Colegio de Postgraduados aceptará cubrir los impuestos y derechos de póliza y o gastos de expedición que en su caso le correspondan, siempre y cuando se presenten desglosados en las facturas, y considerando el numeral A13.
8.- CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.
Se aceptarán las ofertas que cumplan con los requerimientos establecidos en esta convocatoria y que cubran las características técnicas establecidas en el anexo No. 1 ANEXO TECNICO de esta convocatoria.
De acuerdo a lo establecido en el tercer párrafo del artículo 36 de la LAASSP, se establece como método de evaluación de las propuestas el criterio de PUNTOS Y PORCENTAJES, para aquellos requisitos que son de cumplimiento obligatorio: X0, X0, X0, X0, X0, X0, A8, A9, A10, A11, A12, X00, X00, X00, X00, X00 x X00; ANEXO
TECNICO; Y ANEXO ECONOMICO y en su caso, lo señalado en el punto A5
En la evaluación de las propuestas se verificará que las mismas cumplan todos los documentos indicados en los numerales 2.1 (DOCUMENTACION LEGAL Y ADMINISTRATIVA), 2.2.1 (PROPUESTA TECNICA) y 2.3 (PROPUESTA
ECONOMICA); todos los documentos deberán ser enviados en hoja membretada de la empresa y todas las hojas deberán estar debidamente firmadas por su representante legal y foliadas.
La convocante realizará la evaluación cualitativa de las proposiciones, evaluará la documentación legal, así como los anexos y documentos correspondientes a las propuestas técnicas y económicas.
En razón de que los precios ofertados se conocen en el propio acto de presentación y apertura de propuestas, el COLPOS en apego al Artículo 51 del Reglamento de la Ley, evaluará los aspectos técnicos de las dos propuestas que hayan ofertado el precio más bajo; excepto en el supuesto de que las dos primeras sean descalificadas, la revisión se ampliará a las siguientes propuestas.
8.1.- EVALUACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.
En principio se revisarán cuantitativamente los documentos presentados por el concursante, verificando que sean el número de documentos solicitados. Posteriormente se efectuará un análisis cualitativo para verificar que el contenido de los documentos que integran la propuesta y lo que se derive de ellos cumpla con los requisitos solicitados en la presente convocatoria.
8.2.- EVALUACIÓN TÉCNICA.
Rubro | Puntos a Obtener | Punto Solicitado | Máximos y Mínimos | Como se Cumple |
Capacidad del licitante 24 | ||||
2.2.2.1 Capacidad de los Recursos Humanos | 12 | |||
T1 Experiencia de los Recursos Humanos | 3 | Personal de la Aseguradora dedicado a la prestación del Seguro a ofertar en atención del presente contrato. Se asignará el mayor puntaje (3 puntos) a los licitantes que acrediten 50 trabajadores. | Máximo: Se le otorgara 3 puntos al licitante que acredite 50 trabajadores. Mínimo: Se le otorgara 1.5 puntos al licitante que acredite 20 trabajadores. Se le otorgara 0 (cero) puntos al licitante que acredite menos de 20 trabajadores | El licitante deberá presentar una base de datos en Excel con los siguientes datos: nombre completo del trabajador, RFC, NSS, área de adscripción, puesto, años de experiencia, así como el comprobante del ultimo Bimestre de pago de cuotas al IMSS. |
T2 Competencia o habilidad en el trabajo de acuerdo a sus conocimientos académicos o profesionales | 7 | Conocimientos académicos y/o profesionales del personal que atenderá directamente a la cuenta. Se asignará el mayor puntaje (7 puntos) a los licitantes que acrediten 6 trabajadores. | Máximo: Se le otorgara 7 puntos al licitante que acredite 6 trabajadores. Mínimo: Se le otorgara 3.5 puntos al licitante que acredite 3 trabajadores. Se le otorgara 0 (cero) puntos al licitante que acredite menos de 3 trabajadores | El licitante deberá presentar una base de datos en Excel con los siguientes datos: nombre completo del trabajador, CURP, NSS, área de adscripción, puesto, años de experiencia, así como curriculum y copia del comprobante de estudios de los trabajadores (Cedulas profesionales y/o Titulo). |
T3 Dominio de Herramientas | 2 | Personal del Licitante, que se declaró en el T1 Experiencias de los Recursos Humanos, dedicado al presente contrato que acredite el dominio de herramientas tecnológicas, de procesos operativos del servicio a presentar con alguna certificación de calidad relativa a la industria de seguros o certificación personal relacionada con el ramo del presente proceso (nacional o internacional). Se asignará el mayor puntaje (2 puntos) a los licitantes que acrediten 10 trabajadores. | Se otorgara 2 puntos al licitante que acredite un numero de 10 trabajadores. Se le otorgara 1 punto al licitante que acredite un numero de 5 trabajadores. Se le otorgara 0 (cero) puntos al licitante que acredite un numero menor a 5 trabajadores | El licitante deberá presentar una base de datos en Excel con los siguientes datos: nombre completo del trabajador, CURP, NSS, área de adscripción, puesto, años de experiencia, así como el comprobante de la certificación de procesos, o certificación personal relacionada con el ramo del presente proceso. La empresa que emita el certificado de calidad debe ser un organismo evaluador acreditado con alguna de las normas aplicables, y en temas relacionados con el servicio licitado como ISO en siniestros o similares. Aclarando que las personas acreditadas, autorizadas, reconocidas o cualquier otra figura reconocida por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF), podrán contabilizar en los términos de la presente. |
2.2.2.2 Capacidad de los Recursos Económicos y de equipamiento | 10.5 | |||
T4 Primas Emitidas en VIDA en el ejercicio 2018 | 3 | Monto xx xxxxxx emitidas en el ramo de Vida de aquellos licitantes que presenten propuesta en esta licitación. A partir del número mínimo, y hasta el número máximo, la puntuación de la propuesta será calculada como una proporción del número máximo. | Igual o mayor a 1,000 millones de pesos xx xxxxxx emitidas en el ramo de Vida en el ejercicio 2018: 3 puntos menor a 1,000 millones de pesos xx xxxxxx emitidas en el ramo de Vida en el ejercicio 2018: 1 punto | El licitante deberá presentar impresión de la revista actualidad en Seguros y Fianzas a Diciembre 2018 |
T5 Cobertura Nacional | 3 | Centros de atención en las entidades federativas, donde se garantice que existen (incluir a la Ciudad de México y Estado de México). No se tomaran en cuenta oficinas bancarias ya que deberán ser para la atención especifica de seguros. | Máximo: 3 Mínimo: 1 | El licitante deberá presentar listado de oficinas propias de servicio en las entidades federativas donde se incluya CDMX y Estado de México, así como comprobante de domicilio vigente (no mayor a 3 meses de antigüedad) a nombre de la Licitante. |
T6 Centro de Atención Telefónica | 2.5 | Centro de Atención Telefónica con el que el Licitante prestará el servicio. Se otorgara el máximo puntaje (2.5 puntos) al licitante que acredite contar con un Centro de Atención Telefónica propio. Se otorgaran 1.5 puntos al licitante que acredite contar con un servicio subcontratado. | 2.5 puntos al ser Propio 1.5 puntos al ser Externo. 0 (cero) puntos si no presenta | El licitante deberá presentar Ficha Técnica que incluya numero de estaciones o contrato de prestación de servicios. |
T7 Razones de solvencia. | 2 | Última información disponible en la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, en el que se establezca el índice de cobertura de base de inversión, índice de cobertura de requerimiento de capital de solvencia, índice de cobertura capital mínimo pagado e índice de cobertura de base de inversión de corto plazo | Se asignará el puntaje de la siguiente manera: Igual o Mayor a 1.05 en cada uno de los indicadores: 2 Puntos Igual o Mayor a 1.00 y menor a 1.05 en cada uno de los indicadores: 1 punto Menor a 1.00 en cada uno de los indicadores: 0 (cero) puntos Nota: En caso de que alguno de los 4 indicadores no cumpla con el valor solicitado, se le asignara el puntaje mínimo. | El licitante deberá presentar impresión de la página de la C.N.S.F. de los indicadores regulatorios del 2017 y 2018, obtenida 3 días antes de la presentación de las propuestas de la presente convocatoria |
2.2.2.3 Personal con Discapacidad | 0.5 | |||
T8 Personal con discapacidad | 0.5 | Personal con discapacidad contratado con que cuente la Licitante. | 0.5 si presenta lo solicitado. 0 (cero) punto si no presenta. | El licitante deberá presentar los avisos de alta del personal con discapacidad al régimen obligatorio del IMSS: Cuando menos el 5% de su planta de trabajadores que cuente con una antigüedad no menor a 6 meses, computada hasta la fecha del acto de presentación y apertura de proposiciones. |
2.2.2.4 MIPYMES | 0.5 | |||
T9 MIPYMES | 0.5 | Participación de MIPYMES que produzcan bienes con innovación tecnológica relacionadas | 0.5 si presenta lo solicitado. 0 (cero) punto si no presenta. | El licitante deberá presentar la constancia expedida por el IMPI vigente, misma que deberá estar directamente vinculada con el servicio, por lo que el licitante deberá indicar la parte del proceso objeto de esta licitación en el que se aplica dicha innovación tecnológica. |
2.2.2.5 Equidad de Género | 0.5 | |||
T10 Equidad de Género | 0.5 | Igualdad de género | 0.5 si presenta lo solicitado. 0 (cero) punto si no presenta. | El licitante deberá presentar un certificado vigente de cumplimiento de la Norma Mexicana NMXR-025-SCFI-2015 para la Igualdad Laboral entre Mujeres y Hombres, debidamente firmado por un organismo certificador acreditado por la Entidad Mexicana de Acreditación (art. 14, segundo párrafo de la LAASSP). |
2.2.2.6 EXPERIENCIA Y ESPECIALIDAD DEL LICITANTE | 18 | |||
T11 Experiencia del licitante | 9 | Tiempo prestando servicios de Vida. | Máximo: El licitante que presente 6 años de experiencia: 9 puntos Mínimo: El licitante que presente 3 años de experiencia: 4.5 puntos El licitante que presente menos de 3 años de experiencia: 0 (cero) puntos. | El licitante deberá presentar 1 copia de las Pólizas por año cumplido con un máximo de 6 años de antigüedad (2013). |
T12 Especialidad del licitante | 9 | Contratos y/o pólizas con los cuales el Licitante ha prestado servicios de Vida con condiciones similares a las establecidas en el presente contrato y una población asegurada de por lo menos 100 asegurados en los últimos 6 años. | Máximo: El licitante que presente 6 contratos.y/o caratulas de pólizas: 9 puntos Mínimo: El licitante que presente 3 contratos y/o caratulas de polizas: 4.5 puntos El licitante que presente menos de 3 contratos y/o caratulas de pólizas: 0 (cero) puntos | El licitante deberá presentar copias de las Pólizas donde se observe las condiciones similares y numero de asegurados. |
2.2.2.7 PROPUESTA DE TRABAJO | 6 | |||
T13 Metodología | 2 | Metodología presentado por el Licitante para el servicio de Vida relacionado con la prestación del servicio. | 2 puntos si presenta la metodología como se solicita. 1 punto si presenta la metodología, pero no es congruente con el plan de trabajo y esquema estructural. 0 (cero) punto si no presenta la metodología. | El licitante deberá presentar la Metodología con la que se otorgara el servicio. |
T14 Plan de trabajo | 2 | Plan de trabajo presentado por el Licitante para el Servicio de Vida relacionado con la prestación del servicio. | 2 puntos si presenta el plan de trabajo como se solicita. 1 punto si presenta el plan de trabajo, pero no es congruente con la metodología y esquema estructural. 0 (cero) punto si no presenta el plan de trabajo. | El licitante deberá presentar el Plan de Trabajo con el que se otorgara el servicio. |
T15 Esquema estructural | 2 | Esquema estructural que otorgara el servicio a la Entidad. | 2 puntos si presenta el esquema estructural como se solicita. 1 punto si presenta el esquema estructural, pero con informacion incompleta. 0 (cero) punto si no presenta el esquema estructural. | El licitante deberá presentar el esquema estructural con el que se otorgara el servicio. |
2.2.2.8 CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS | 12 | |||
T16 Cumplimiento de contratos | 6 | Cumplimiento satisfactorio de contratos presentados en el rubro T12 Especialidad del licitante | Máximo: El licitante que presente 6 cartas de cumplimiento satistactorio: 6 puntos Mínimo: El licitante que presente 3 cartas: 3 puntos El licitante que presente menos de 3 cartas: 0 (cero) puntos | El licitante deberá presentar copias de las Pólizas presentadas en el punto T12 Especialidad, así como la carta satisfacción del Cliente. |
T17 IDATU (CONDUSEF) | 6 | El licitante deberá acreditar que cuenta con un índice de atención a usuarios (IDATU) igual o mayor a 7.00 en el periodo de enero a diciembre de 2018. Para el efecto deberá adjuntar copia de la publicación emitida por la Comisión Nacional para la Atención y Defensa de los Usuarios y Servicios Financieros (CONDUSEF) en la página de internet: donde se identifique el índice de atención a usuarios. | El licitante que tenga igual o mayor a 7.00 se le asignara 6 puntos El licitante que tenga menor a 7.00 se le asignara 3 puntos Se le otorgara 0 (cero) puntos al licitante que no presente lo solicitado. | El licitante deberá presentear copia de la página de internet de la CONDUSEF del periodo de enero a diciembre del 2018. |
Se realizará un análisis técnico de los documentos entregados, para verificar la veracidad de la información proporcionada, para determinar si el contenido de su propuesta técnica cumple con los requisitos solicitados en la presente convocatoria.
8.3. - EVALUACIÓN ECONÓMICA.
La Convocante sólo procederá a realizar la evaluación de las propuestas económicas de aquellas proposiciones cuya propuesta técnica resulte solvente por haber obtenido la puntuación o unidades porcentuales iguales o superiores al mínimo establecido de 40 puntos.
EVALUACION ECONOMICA | TOTAL |
1. PROPUESTA ECONÓMICA. Se adjudicarán hasta 40 puntos a la propuesta económica que resulte ser la más baja de las técnicamente aceptadas, conforme a lo siguiente: A. Para efectos de proceder a la evaluación de la propuesta económica, se excluirá del precio ofertado por el licitante el impuesto al valor agregado y sólo se considerará el precio neto propuesto. | 40 puntos |
B. Para determinar la puntuación o unidades porcentuales que correspondan a la propuesta económica de cada participante, se aplicará la siguiente fórmula: PPE = MPemb X 40 / MPi. DONDE: PPE = PUNTUACIÓN O UNIDADES PORCENTUALES QUE CORRESPONDEN A LA PROPUESTA ECONÓMICA; MPemb = MONTO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA MÁS BAJA, Y MPi = MONTO DE LA I-ÉSIMA PROPUESTA ECONÓMICA; Resultado final.- Para calcular el resultado final de la puntuación o unidades porcentuales que obtuvo cada proposición, se aplicará la siguiente fórmula: PTj = TPT + PPE PARA TODA j = 1, 2,…..,n DONDE: PTj = PUNTUACIÓN O UNIDADES PORCENTUALES TOTALES DE LA PROPOSICIÓN; TPT = TOTAL DE PUNTUACIÓN O UNIDADES PORCENTUALES ASIGNADOS A LA PROPUESTA TÉCNICA; PPE = PUNTUACIÓN O UNIDADES PORCENTUALES ASIGNADOS A LA PROPUESTA ECONÓMICA, Y EL SUBÍNDICE “J” REPRESENTA A LAS DEMÁS PROPOSICIONES DETERMINADAS COMO SOLVENTES COMO RESULTADO DE LA EVALUACIÓN. La proposición solvente más conveniente para el estado, será aquélla que reúna la mayor puntuación. C. En caso de empate entre dos o más proposiciones, se procederá conforme a lo dispuesto por el artículo 36 bis segundo y tercer párrafos de la ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público. |
El COLPOS verificará que la propuesta económica esté firmada por el licitante o por su representante legal, mismo que corresponderá a aquel que firma en el documento de acreditación de la personalidad; el incumplimiento de este requisito será causa de descalificación.
La evaluación económica se hará comparando las condiciones económicas que presenten los licitantes, considerando el monto más adecuado para el COLPOS, siempre obteniendo las mejores condiciones para la Institución.
8.4- CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
La Convocante adjudicará el contrato al licitante cuya propuesta reúna las condiciones legales, financieras, técnicas y económicas requeridas en la presente convocatoria y sus anexos, que garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas.
La base de la evaluación de las propuestas y adjudicación del contrato o de los contratos se realizará a un solo proveedor por servicio completo.
Los criterios que se aplicarán para evaluar a los concursantes participantes y sus proposiciones serán las siguientes:
a) Se verificará por parte del COLPOS, que cada uno de los concursantes cumpla con la capacidad legal, administrativa, financiera, técnica y económica para contraer los compromisos derivados de esta licitación.
b) Que los servicios ofertados por el concursante cumplan con todas las especificaciones solicitadas en el Anexo tecnico, requerimientos técnicos y las demás que se indiquen en esta convocatoria, las cuales se consideran esenciales.
c) Que la información presentada no tenga inconsistencias o contradicciones.
d) La congruencia entre las proposiciones técnica y económica de cada concursante.
e) La razonabilidad de la propuesta económica con relación a los precios xxx xxxxxxx.
f) Que la propuesta técnica presente solución y especifique a detalle la forma de cumplimiento de cada requerimiento genérico o mínimo presentado.
g) La autenticidad de la información presentada, derivada de la verificación efectuada por el COLPOS, en su caso.
h) En las evaluaciones se utilizará el mecanismo de puntos y porcentajes.
i) La evaluación técnica será realizada por el responsable interno de seguros del COLPOS, de conformidad con lo estipulado en el Anexo técnico, y los demás que se indican en esta convocatoria, con fundamento en lo señalado en los artículos 36 y 36 bis de la Ley, se emitirá un dictamen que servirá como fundamento para el fallo.
j) Personal del COLPOS podrá solicitar alguna aclaración a los concursantes, siempre y cuando no se contravenga lo estipulado en la presente convocatoria y podrá efectuar las visitas y/o llamadas telefónicas que se juzguen convenientes a las instalaciones de los concursantes durante el proceso de evaluación.
k) La determinación de quienes son los concursantes ganadores, se llevará a cabo con base al resultado de la evaluación realizada y que estos obtengan el mejor resultado en la misma.
l) De existir incongruencia entre el importe señalado en número y letra, en su caso, se tomará en cuenta la cantidad con letra; si los importes totales son incorrectos se considerarán los precios unitarios para fines de la evaluación económica y, en su caso, de la adjudicación; asimismo, cuando se presente algún otro error de cálculo en la propuesta presentada, solamente el COLPOS podrá rectificarla, siempre y cuando dicha rectificación no modifique los precios unitarios; si el concursante no acepta cualquiera de estas correcciones se desechará su propuesta.
m) La adjudicación se realizara por 1, 2 o 3 partidas, por lo que los licitantes podrán optar por participar en 3 partidas o en una sola partida. La convocante realizará un contrato para cada partida en caso de ser 3 los licitantes adjudicados (1 en cada partida), o bien, un solo contrato para las 3 partidas en caso de ganar un solo licitante la adjudicación y así dependiendo el número de partidas en las que decidan participar.
n) Si, habiendo obtenido dictamen técnico favorable, y se presenta el caso de que dos o más concursantes obtuvieron la misma puntuación en el método de evaluación y/o el precio más conveniente y estos sean los más idóneos para el COLPOS, la adjudicación se efectuará a favor del concursante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que el COLPOS celebrará, en su caso, en el acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada propuesta que resulte empatada y depositados en una urna, de la que se extraerá el boleto del concursante ganador.
9.- ACEPTACIÓN DE LOS SERVICIOS OBJETO DE LA CONVOCATORIA A LA LICITACION
Las partidas ofertadas cubren las necesidades del Colegio de Postgraduados, por lo que la administración y aceptación de dichos servicios correrá a cargo del Responsable Interno de Seguros en el COLPOS los titulares de dicha área o el personal que este designe, así como del SIACOP, quienes manifestaran la recepción y aceptación de los servicios objeto de esta licitación una vez que el licitante a quien se le adjudique el contrato realice la prestación
de los servicios conforme a las condiciones ofertadas y en concordancia con el anexo No. 1 (ANEXO TECNICO) de esta convocatoria.
10.- DESCALIFICACIÓN DE LOS PARTICIPANTES Y DECLARACIÓN DE LA LICITACION DESIERTA
Las proposiciones desechadas durante el procedimiento podrán ser devueltas a los licitantes que lo soliciten una vez transcurridos sesenta días naturales contados a partir de la fecha en que se dé a conocer el fallo respectivo, salvo que exista alguna inconformidad en trámite. En este caso las propuestas deberán conservarse hasta la total conclusión de los procedimientos derivados de la inconformidad e instancias subsecuentes, contando los licitantes con un plazo de hasta treinta días naturales contados a partir de la conclusión de dichos términos para solicitar la devolución de sus proposiciones; agotados dichos plazos y términos, la convocante podrá destruirlas.
10.1.- CAUSAS DE DESECHAMIENTO
Se descalificará a los participantes que incurran en uno o varios de los siguientes aspectos:
a. Cuando se realice una presentación incompleta o con la omisión de cualquier documento requerido en la Convocatoria.
b. Cuando se Incumpla con alguno de los requisitos especificados en la convocatoria a la licitación y sus anexos, siempre y cuando dicho incumplimiento afecte la solvencia de la propuesta.
c. Cuando la documentación que integra la proposición presente correcciones, alteraciones, raspaduras, tachaduras, enmendaduras, corrector liquido o etiquetas o hayan sido elaboradas a lápiz.
d. Cuando se acredite que la información o documentación proporcionada por los licitantes sea falsa total o parcialmente.
e. Cuando se demuestre la presentación de propuestas por empresas filiales.
f. Cuando haya omitido en su proposición las indicaciones o aclaraciones dadas en la(s) junta(s) de aclaraciones que se haya (n) efectuado.
g. Cuando sea evidente que algún licitante haya acordado con otro u otros elevar el costo o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes.
h. Cuando incumpla las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por el COLPOS.
i. Cuando en el sobre presentado por medios remotos de comunicación electrónica, si es el caso, la documentación contenga virus informáticos o que no pueda abrirse por cualquier causa motivada por problemas técnicos imputables a sus programas o equipo de cómputo, se tendrán por no presentadas las proposiciones y demás documentación requerida.
j. En general, el incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en la convocatoria de licitación.
k. Cuando existan incongruencia en los aspectos técnicos y económicos de la propuesta.
l. Si la propuesta no está foliada.
Quedan comprendidos entre los requisitos cuyo incumplimiento por sí mismos no afecten la solvencia de la propuesta los siguientes: proponer un plazo de entrega menor al solicitado en cuyo caso prevalecerá el estipulado en la convocatoria; omitir aspectos que puedan ser cubiertos con información contenida en la propia propuesta técnica o económica; no observar los formatos establecidos si se proporciona de manera clara la información requerida y no observar requisitos que carezcan de fundamento legal o cualquier otro
que no tenga por objeto determinar objetivamente la solvencia de la propuesta presentada. En ningún caso podrán suplirse las deficiencias sustanciales de las propuestas presentadas.
10.2 DECLARACIÓN DE “DESIERTA” LA LICITACIÓN
Se podrá declarar desierta la licitación en los casos siguientes:
Si nadie participa en la convocatoria a la Licitación.
Cuando la totalidad de las propuestas presentadas no cubran los requisitos de esta convocatoria a la licitación y sus anexos o sus precios no fueran aceptables.
Si se tiene evidencia de acuerdo entre participantes para elevar los precios, o bien, si se comprueba la existencia de otras irregularidades o,
Los precios de todas las partidas no sean aceptables o convenientes.
10.3 CANCELACIÓN DE LA LICITACIÓN O PARTIDAS DE LA MISMA
La convocante podrá cancelar la licitación, partidas o conceptos incluidos en ésta, cuando:
Se presente caso fortuito o de fuerza mayor.
Existan circunstancias justificadas que extingan de la necesidad para adquirir los servicios; o
Que de continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a la propia entidad.
11.- FIRMA DEL CONTRATO
Para efectos informativos se anexa modelo de contrato en el ANEXO INFORMATIVO 2 el cual se ajustará a esta convocatoria una vez adjudicado el servicio o adquisición.
En caso de ser adjudicado, el o los proveedores, se obligan a suscribir el original del contrato en el Departamento de Adquisiciones y Contratos, en la fecha marcada para ello, por lo que previamente deberá inscribirse al Padrón de Proveedores del Colegio de Postgraduados, entregando la documentación en medio magnético cuando le sea solicitada.
Los datos personales recabados serán protegidos, incorporados y tratados en el Sistema de Datos Personales denominado Padrón de Proveedores del Colegio de Postgraduados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6º, fracción segunda de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 3, fracción II y XIII, 4, fracción III, 13, fracción IV, 14, fracción I, 18, fracción II, 20, fracciones, II y VI, 21, 22, fracciones II, III, IV, V y VI, 23, 24, 25 y 26 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y Décimo séptimo, incisos a), b) y c) de los Lineamientos de Protección de Datos Personales publicados el 30 de septiembre de 2005 y, cuya finalidad es el acreditamento de la personalidad jurídica de los proveedores, así como la asignación del número de proveedores, el cual será utilizado por todas las áreas contratantes del Colegio de Postgraduados.
Xxxxx xxxxxx fue registrado en el Listado de sistemas de datos personales ante el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública (xxx.xxxx.xxx.xx), y podrá ser transmitido de conformidad con lo estrictamente señalado en el Artículo 22 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, para los fines que más convengan al interesado, además de otras transmisiones previstas en la Ley. La Unidad Administrativa del Sistema de datos personales es el Departamento de Adquisiciones y Contratos, así como todas las áreas contratantes en el Colegio de Postgraduados, y la dirección donde el interesado podrá ejercer los derechos de acceso y corrección ante las misma es en la oficina de la Unidad de Transparencia, ubicada en Planta Baja del Edificio Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, km. 36.5 Carretera Federal México-Texcoco, Montecillo, Texcoco, Edo. de México. Lo anterior se informa en cumplimiento del Decimoséptimo de los Lineamientos de Protección de Datos Personales, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 30 de septiembre de 2005.
Para efectos de elaboración del contrato, y previamente a la formalización del mismo, el proveedor deberá presentar en el Departamento de Adquisiciones y Contratos del Colegio de Postgraduados la siguiente documentación a más tardar a las 12:00 horas del día hábil siguiente al día de la emisión del fallo:
Para persona físicas, es necesario:
1) Comprobante de domicilio fiscal
2) Acta de nacimiento
3) CURP
4) Credencial de elector
5) RFC, en el cual se aprecie la actividad preponderante
6) Estado de cuenta a nombre de la persona física en el que se aprecie la clabe interbancaria y el banco
7) Oficio firmado, en el cual se mencionen los datos necesarios para contacto: teléfono oficina, ext. Celular, e-mail, nombre del contacto, cargo, etc.
Para persona xxxxxxx, es necesario:
1) Comprobante de domicilio fiscal
2) Acta constitutiva
3) Poder notarial del representante legal
4) Credencial de elector del representante legal
5) RFC, en el cual se aprecie la actividad preponderante
6) Estado de cuenta a nombre de la compañía en el que se aprecie la clabe intebancaria y el banco
7) Oficio firmado, en el cual se mencionen los datos necesarios para contacto: teléfono oficina, ext. Celular, e-mail, nombre del contacto, cargo, etc.
En el supuesto de que la persona ganadora no se presente a firmar el contrato por causas que le sean imputables, será sancionado en los términos del artículo 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
El licitante adjudicado del contrato asumirá la responsabilidad total frente a terceros por infringir patentes, marcas o violar registro de derecho de autor.
Con motivo de las auditorias, visitas o inspecciones que se practiquen a la convocante, en los términos de lo dispuesto por el artículo 107 del Reglamento de la Ley, y en caso de requerírsele, el proveedor deberá proporcionar al Órgano Interno de Control del COLPOS, información y/o documentación relacionada con el contrato adjudicado que resulte de este procedimiento.
12.- CAUSALES DE RESCISIÓN, TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO Y SUSPENSIÓN
12.1.- RESCISIÓN DEL CONTRATO
De acuerdo a lo señalado en el artículo 54, 54 Bis y 55 Bis, primer párrafo, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y artículos 98 y 102 de su Reglamento, EL COLPOS podrá rescindir administrativamente el contrato o efectuar la terminación anticipada del mismo en cualquier momento.
En el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de penalizaciones cuando esta causa sea el motivo de la rescisión.
En consecuencia, se procederá en los términos legales para adjudicar el contrato correspondiente al participante que ocupe el segundo lugar en la evaluación, y así sucesivamente.
Las causales para la rescisión del contrato por causas imputables al proveedor serán las siguientes:
a) Por no apegarse a lo estipulado en el contrato.
b) Por negarse a reponer lo rechazado por EL COLPOS.
c) Por negar a EL COLPOS o a quienes estén facultados por ella, las facilidades para la supervisión en la prestación de los servicios.
d) Cuando autoridad competente lo declare en concurso mercantil o alguna figura análoga o bien se encuentre en cualquier otra situación que afecte su patrimonio en tal forma que le impida cumplir con las obligaciones asumidas en el contrato.
e) Por contravenir los términos y condiciones del contrato o las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y los demás ordenamientos legales que resulten aplicables.
f) Si se comprueba que la manifestación a que se refiere la declaración establecida en el punto A2 de esta convocatoria a la licitación se realizó con falsedad.
g) Cuando el importe de las penalizaciones rebase el 10% del monto del contrato.
12.2.- TERMINACIÓN ANTICIPADA
EL COLPOS podrá dar por terminado el contrato, previo aviso que por escrito realice al proveedor, con 5 (cinco) días hábiles de anticipación, con excepción de lo estipulado en el supuesto de rescisión.
Así mismo, EL COLPOS podrá dar por terminado el contrato en forma anticipada cuando concurran razones de interés general o bien cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los servicios originalmente contratados y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas se ocasionaría algún daño o perjuicio al Estado o se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al contrato con motivo de la resolución de una inconformidad emitida por EL COLPOS, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
En ambos supuestos EL COLPOS deberá liquidar al proveedor, en su caso, los servicios que hubieran sido aceptados a entera satisfacción de las misma, conforme al contrato y que no se hubieran pagado, así como los gastos no recuperables en que haya incurrido siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato, acorde a lo dispuesto por el punto 7.2 y ANEXO INFORMATIVO 3 de la presente convocatoria a la licitación.
Para la formalización anticipada de los servicios contratados, bastará la formalización de un convenio modificatorio de contrato en el cual se estipule el consentimiento de ambas partes.
12.3.- SUSPENSIÓN DEL SERVICIO
Cuando en la prestación del servicio se presente caso fortuito o de fuerza mayor, EL COLPOS bajo su responsabilidad podrá suspender la prestación del servicio en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos servicios que hubiesen sido efectivamente prestados.
Cuando la suspensión obedezca a causas imputables a EL COLPOS, previa solicitud y justificación del proveedor, ésta reembolsará al proveedor los gastos no recuperables que se originen durante el tiempo que dure la suspensión, siempre que estos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato.
En cualquiera de los casos previstos en este punto, se pactará por las partes el plazo de suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del contrato.
13.- MODIFICACIONES QUE PODRÁN EFECTUARSE
13.1.- MODIFICACIONES A LA CONVOCATORIA DE LA LICITACION
Las modificaciones de que trata este punto no podrán consistir en la substitución o variación sustancial de los bienes o servicios convocados originalmente.
Cualquier modificación a las bases de licitación, derivada del resultado de la o las juntas de aclaraciones, será considerada como parte integrante de la propia convocatoria.
13.2.- MODIFICACIÓN AL CONTRATO
El contrato podrá modificarse de acuerdo con el artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como por diferimiento en la entrega de los servicios en los términos establecidos en el artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 91 de su Reglamento.
En virtud de lo anterior, los casos en que podrán otorgarse prórrogas para el cumplimiento de las obligaciones contractuales serán:
Cuando ocurran causas de fuerza mayor o de caso fortuito, el proveedor podrá solicitar a EL COLPOS le sea otorgada una prórroga para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato siempre y cuando lo realice previamente al vencimiento del plazo pactado. Esta solicitud deberá ser presentada en escrito dirigido al servidor público que administra el contrato, el cual determinará la procedencia de otorgar dicha prórroga estableciendo las razones para ello y señalando la forma y términos en que deberá modificarse el contrato para la elaboración del instrumento correspondiente.
14.- INCONFORMIDADES
En términos de lo dispuesto por el artículo 65 de la Ley, las personas podrán inconformarse, dentro de los seis días hábiles siguientes a la celebración de la junta pública en la que se dé a conocer el fallo o de que se le haya notificado
al licitante en los casos en que no se celebre junta pública, por cualquier acto del procedimiento de contratación que contravenga las disposiciones que rigen las materias de la ley de referencia. La inconformidad la podrá realizar:
- Ante el Órgano Interno de Control de la Convocante, ubicado en el tercer nivel del edificio “Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx” con domicilio en el xx. 00.0 xx xx xxxxxxxxx xxxxxxx Xxxxxx–Texcoco, Montecillo, municipio de Texcoco, Estado de México,
- Directamente en las oficinas de la Secretaría de la Función Pública, ubicada en Xxxxxxxxxxx Xxx 0000, Xxx.
Xxxxxxxxx Xxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, X.X. X.X. 00000, o
- A través de CompraNet, debiendo utilizarse, en sustitución de la firma autógrafa, los medios de identificación electrónica previamente certificados por la Secretaría de la Función Pública.
15.- CONTROVERSIAS Y SANCIONES
15.1.- CONTROVERSIAS
Las controversias que se susciten con motivo de esta licitación, se resolverán con apego a lo previsto en la Ley, el Reglamento en vigor y las demás disposiciones administrativas de carácter federal.
En el supuesto de que se suscite alguna controversia relacionada con la información enviada a través de CompraNet, la autoridad competente podrá solicitar a EL COLPOS, exhiba los archivos electrónicos que obran en CompraNet, así como la impresión de éstos debidamente certificados, a efecto de desahogar las pruebas a que haya lugar, conforme a las disposiciones adjetivas que resulten aplicables.
15.2 SANCIONES
Durante el procedimiento de contratación, los licitantes podrán ser sujetos a sanciones resueltas por la SFP cuando:
• Injustificadamente y por causas imputables a los mismos no formalicen el contrato adjudicado por la convocante en la fecha señalada por la misma.
• Proporcionen información falsa o actúen con dolo o mala fe durante cualquier acto de este procedimiento.
Durante la ejecución de los servicios o la entrega de los bienes, la convocante podrá sancionar, cuando:
• No cumpla con sus obligaciones contractuales por causas imputables a ellos y que, como consecuencia, causen daños y perjuicios a la convocante, de conformidad con lo establecido en el modelo de contrato.
Así mismo, cuando el bien o servicio en lo general o una parte de él, no cumpla con lo que se establece en los términos de referencia pero que a juicio de la convocante es susceptible de usarse, se aplicará una sanción determinada sobre la base de la carencia u omisión en el bien o servicio.
15.3 SANCIONES EN LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO Se estará a lo establecido en los artículos 59y y 60 de la Ley, que a la letra dicen:
“Art. 59.- Los licitantes o proveedores que infrinjan las disposiciones de "LA LAASSP", serán sancionados por la Secretaría de la Función Pública con multa equivalente a la cantidad de cincuenta hasta mil veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal elevado al mes, en la fecha de la infracción.
Cuando los licitantes, injustificadamente y por causas imputables a los mismos, no formalicen contratos cuyo monto no exceda de cincuenta veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal elevado al mes, serán sancionados con multa equivalente a la cantidad xx xxxx hasta cuarenta y cinco veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal elevado al mes, en la fecha de la infracción”.
“Art. 60.- La Secretaría de la Función Pública, además de la sanción a que se refiere el primer párrafo del artículo anterior, inhabilitará temporalmente para participar de manera directa o por interpósita persona en procedimientos de contratación o celebrar contratos regulados por "LA LAASSP", a las personas que se encuentren en alguno de los supuestos siguientes:
I. Los licitantes que injustificadamente y por causas imputables a los mismos no formalicen dos o más contratos que les haya adjudicado cualquier dependencia o entidad en el plazo de dos años calendario, contados a partir del día en que haya fenecido el término para la formalización del primer contrato no formalizado;
II. Los proveedores a los que se les haya rescindido administrativamente un contrato en dos o más dependencias o entidades en un plazo de tres años;
III. Los proveedores que no cumplan con sus obligaciones contractuales por causas imputables a ellos y que, como consecuencia, causen daños o perjuicios graves a la dependencia o entidad de que se trate; así como, aquellos que entreguen bienes o servicios con especificaciones distintas de las convenidas;
IV. Las que proporcionen información falsa o que actúen con dolo o mala fe en algún procedimiento de contratación, en la celebración del contrato o durante su vigencia, o bien, en la presentación o desahogo de una solicitud de conciliación o de una inconformidad;
V. Las que se encuentren en el supuesto de la fracción XII del artículo 50 de "LA LAASSP", y
VI. Aquéllas que se encuentren en el supuesto del segundo párrafo del artículo 74 de "LA LAASSP".
La inhabilitación que se imponga no será menor de tres meses ni mayor de cinco años, plazo que comenzará a contarse a partir del día siguiente a la fecha en que la Secretaría de la Función Pública la haga del conocimiento de las dependencias y entidades, mediante la publicación de la circular respectiva en el Diario Oficial de la Federación y en CompraNet.
Si al día en que se cumpla el plazo de inhabilitación a que se refiere el párrafo que antecede el sancionado no ha pagado la multa que hubiere sido impuesta en términos del artículo anterior, la mencionada inhabilitación subsistirá hasta que se realice el pago correspondiente.
Las dependencias y entidades dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha en que tengan conocimiento de alguna infracción a las disposiciones de esta Ley, remitirán a la Secretaría de la Función Pública la documentación comprobatoria de los hechos presumiblemente constitutivos de la infracción.
En casos excepcionales, previa autorización de la Secretaría de la Función Pública, las dependencias y entidades podrán aceptar proposiciones de proveedores inhabilitados cuando resulte indispensable por ser éstos los únicos posibles oferentes en el mercado”.
15.4 SANCIONES ADMINISTRATIVAS EN LA LGRA.
Tratándose de personas físicas:
a) Sanción económica que podrá alcanzar hasta dos tantos de los beneficios obtenidos o, en caso de no haberlos obtenido, por el equivalente a la cantidad de cien hasta ciento cincuenta mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización;
b) Inhabilitación temporal para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas, según corresponda, por un periodo que no será menor de tres meses ni mayor de ocho años;
c) Indemnización por los daños y perjuicios ocasionados a la Hacienda Pública Federal, local o municipal, o al patrimonio de los entes públicos.
Tratándose de personas xxxxxxx:
a) Sanción económica que podrá alcanzar hasta dos tantos de los beneficios obtenidos, en caso de no haberlos obtenido, por el equivalente a la cantidad de mil hasta un millón quinientas mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización;
b) Inhabilitación temporal para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas, por un periodo que no será menor de tres meses ni mayor xx xxxx años;
c) La suspensión de actividades, por un periodo que no será menor de tres meses ni mayor de tres años, la cual consistirá en detener, diferir o privar temporalmente a los particulares de sus actividades comerciales, económicas, contractuales o de negocios por estar vinculados a faltas administrativas graves previstas en esta Ley;
d) Disolución de la sociedad respectiva, la cual consistirá en la pérdida de la capacidad legal de una persona moral, para el cumplimiento del fin por el que fue creada por orden jurisdiccional y como consecuencia de la comisión, vinculación, participación y relación con una Falta administrativa grave prevista en esta Ley;
e) Indemnización por los daños y perjuicios ocasionados a la Hacienda Pública Federal, local o municipal, o al patrimonio de los entes públicos.
15.5 PENAS CONVENCIONALES
En los términos de lo previsto por el artículo 53 de la Ley y 96 de su Reglamento, la convocante aplicará al proveedor penas convencionales de conformidad con lo siguiente:
1. Se le aplicará el 1.0% sobre el importe del precio correspondiente al entregable o servicio respectivo por cada día natural de atraso en el cumplimiento de la siguiente obligación:
En ningún caso, la suma de todas las penas convencionales aplicadas al proveedor podrá exceder el importe de la garantía de cumplimiento.
Las penalizaciones se calcularán tomando como base el precio ofertado antes del I.V.A. y a la resultante se le aplicará el I.V.A. correspondiente.
Para el pago de las penas convencionales, EL COLPOS a través del supervisor designado, informará por escrito al proveedor el cálculo de la pena correspondiente indicando el número de días de atraso, así como la base para su cálculo y el monto de la pena a que se haya hecho acreedor.
Una vez que sea notificada la penalización a través del oficio correspondiente, para el pago de la misma, el proveedor contará con un plazo que no excederá de cinco días hábiles contados a partir de la fecha de recepción de la notificación, cuyo pago se realizará a través de cheque a favor de EL COLPOS, (cerrado a pesos, el monto se ajustará para que las que contengan cantidades que incluyan de 1 hasta 50 centavos se ajusten a la unidad inmediata anterior y las que contengan de 51 a 99 centavos, se ajusten a la unidad inmediata superior), o bien, en efectivo en la TESORERIA del Colegio de Postgraduados, quien emitirá el recibo correspondiente.
En caso de que el cheque no sea pagado, se aplicará lo dispuesto en el artículo 193 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
El proveedor quedará obligado ante EL COLPOS a responder de la calidad de los servicios, así como de cualquier otra responsabilidad en que incurra, en los términos señalados en la convocatoria a la licitación, en el contrato respectivo y en el Código Civil Federal.
Las condiciones contenidas en esta convocatoria a la licitación, así como las propuestas que se presenten no podrán ser negociadas.
16. TRANSPARENCIA
Nota 1: De conformidad con lo dispuesto por el artículo 26 penúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, cualquier persona podrá asistir a los diferentes actos de la licitación en calidad de observador bajo la condición de registrar su asistencia y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los mismos.
Nota 2: En el ANEXO INFORMATIVO 4 se incluye Nota Informativa para participantes de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico y firmantes de la convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales.
Nota 3: El llenado de la encuesta de transparencia ANEXO INFORMATIVO 5 que aparece al final de la presente convocatoria a la licitación es opcional; sin embargo, es importante para EL COLPOS el llenado de dicha encuesta a fin de mejorar el desarrollo de las licitaciones públicas.
17. DENUNCIAS E INFRACCIONES
Cualquier Servidor Público, Proveedor o Licitante ya sea persona Física o Moral que quiera promover una denuncia deberá de interponerla ante el Órgano Interno de Control en el Colegio de Postgraduados, para lo cual deberá de atender los siguientes requisitos como mínimo:
1.- Los datos del quejoso o denunciante en donde pueda ser localizado (opcional). 2.- Datos de identificación de la o las personas involucradas, de contar con ellos. 3.- Narración de los hechos (indicando el cómo, cuándo y dónde).
4.- En su caso, las pruebas que pueda aportar.
18. INFORMACION DE INTERES PARA LOS LICITANTES EN CASO DE RESULTAR ADJUDICADOS
El licitante acepta expresamente que, en su caso, “EL COLEGIO” procederá en términos de lo dispuesto por los artículos 59 y 60 de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento, para el caso de que aquel incurra en alguna de las conductas establecidas por dichos preceptos legales. Igualmente, se da por enterado de que ningún servidor público de “EL COLEGIO” podrá en ningún momento y por ninguna
circunstancia, podrá recibir dinero o bienes en especie para la recepción –a satisfacción de la entidad de “LOS BIENES O SERVICIOS” objeto del contrato, o para la autorización de algún pago, sin importar el tipo de contrato de que se trate, a los servidores públicos de “EL COLEGIO” ni de ninguna otra dependencia o entidad. Asimismo, se hace sabedor de que los servidores públicos, durante el ejercicio de sus funciones y hasta un año después de concluido el cargo, deben abstenerse de recibir, solicitar ni aceptar por sí o por interpósita persona, dinero, bienes muebles o inmuebles, donaciones o servicios que procedan de cualquier persona física o moral cuyas actividades profesionales, comerciales o industriales se encuentren directamente vinculadas, reguladas o supervisadas por el servidor público de que se trate y que implique intereses en conflicto; por lo que su incumplimiento pudiera dar lugar al procedimiento administrativo a que se refiere la LGRA, y en su caso, aplicar alguna de las sanciones que en la misma se consignan, pudiendo ser: amonestación privada o pública, suspensión del empleo, cargo o comisión por un período no menos de tres días ni mayor a un año, destitución del puesto, sanción económica, e inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público.
En caso de encontrarse en este supuesto, deberá de denunciarlo conforme a lo que establece el apartado de denuncias e infracciones que se encuentra en este documento.
Se advierte que, de no hacerlo, se incurrirá en responsabilidades por parte del licitante adjudicado.
Se informa a los participantes que todos los servidores públicos participen en la presente Convocatoria, deberán dar observancia del Protocolo de Actuación en Materia de Contrataciones Públicas, Otorgamiento y Prórroga de Licencias, Permisos, Autorizaciones y Concesiones, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 xx xxxxxx de 2015, con última fecha de modificación el 28 de febrero de 2017, mismo que puede ser consultado en la sección de la SFP que se encuentra en el portal de la Ventanilla Única Nacional.
A T E N T A M E N T E
M.T.A. XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXX
JEFE DE DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES Y CONTRATOS TEXCOCO ESTADO DE MEXICO A 12 DE SEPTIEMBRE DE 2019.
ANEXO TECNICO: CARACTERISTICAS Y EXPECIFICACIONES DEL SERVICIO SOLICITADOS
PARTIDA (indicar el número xx xxxxxxx). SERVICIO DE LOS SEGUROS DE PERSONAS DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS 2019-2021
EL LICITANTE DEBERA ESTABLECER LO SIGUIENTE:
PARA PERSONA MORAL:
El que suscribe, en mi carácter de (apoderado legal/representante legal/administrador único/ELEGIR UNA OPCIÓN O BIEN, PONER EL CARÁCTER DE REPRESENTACIÓN) de la empresa (nombre de la empresa), legalmente constituida conforme a las leyes de la República Mexicana, según consta en la escritura pública número , de fecha (día) de (mes) de (año), otorgada ante la fe del licenciado ; empresa de NACIONALIDAD MEXICANA, con clave de Registro Federal de Contribuyentes , para efectos de presentar proposición y en su caso, poder celebrar el contrato respectivo con esta dependencia en relación a la LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NÚMERO LA-008IZC999-E660-2019 REFERENTE A LA CONTRATACION DE LOS SEGUROS DE PERSONAS DEL COLEGIO
DE POSTGRADUADOS, DECLARO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que mi representada cuenta con personal con la capacidad técnica necesaria para el desarrollo de los servicios de conformidad con el presente anexo.
(GRADO DE CONTENIDO NACIONAL DE LOS BIENES, SERVICIOS O TRABAJOS). Declaración bajo protesta de decir verdad que el licitante es de nacionalidad mexicana y que la totalidad de los bienes que oferta y entregara, son producidos en México y tendrán un grado de contenido nacional de por lo menos un (65% en el caso de adquisiciones;) por ciento. (INCLUIRSE TEXTO EN EL ANEXO 1)
Así también, y en caso de resultar ganadora, mi representada se compromete a lo siguiente:
- (indicar las características que ofertan respecto al anexo técnico y su propuesta técnica)
A T E N T A M E N T E EL LICITANTE
NOMBRE DE LA PERSONA MORAL
SR. REPRESENTANTE LEGAL AUTORIZADO (PERSONA MORAL)
Ésta propuesta deberá ser presentada en hoja membretada, firmada y rubricada en todas sus hojas.
ANEXO NO. 1 (ANEXO TÉCNICO)
COLEGIO DE POSTGRADUADOS
PARTIDA NO. 1 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL SEGURO
INSTITUCIONAL DE VIDA O INCAPACIDAD TOTAL Y/O PERMANENTE.
1.- SEGURO INSTITUCIONAL DE VIDA O INCAPACIDAD TOTAL Y/O PERMANENTE:
2019-2021
DENOMINADA EN ADELANTE LA ASEGURADORA, ADMITE LA RESPONSABILIDAD DE ASEGURAMIENTO DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, DENOMINADO EN ADELANTE EL ASEGURADO Y CONSTITUYEN EL SIGUIENTE:
1.- SEGURO INSTITUCIONAL DE VIDA O INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE
VIGENCIA:
EL SEGURO INICIA SU VIGENCIA A PARTIR DE LAS 00:00 HORAS DEL DÍA 01 DE DICIEMBRE DE 2019 HASTA LAS 24:00 HORAS DEL DÍA 00 XX XXXXXXXXX XXX 0000.
OBJETO:
CUBRIR LOS RIESGOS DE FALLECIMIENTO POR CUALQUIER CAUSA O DE LA INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE QUE SUFRAN LOS TRABAJADORES EN SERVICIO ACTIVO ASÍ COMO LOS PENSIONADOS Y JUBILADOS, CUALQUIERA QUE SEA SU SEXO, EDAD U OCUPACIÓN Y SIN NECESIDAD DE EXAMEN MÉDICO QUE COLABORAN EN EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, ASÍ COMO LOS PENSIONADOS Y JUBILADOS; CUALQUIERA QUE SEA SU SEXO, EDAD U OCUPACIÓN Y SIN NECESIDAD DE EXAMEN MÉDICO. PARA EL CASO DE JUBILADOS SOLO SE AMPARARAN POR FALLECIMIENTO.
LA ASEGURADORA TENDRÁ LA OBLIGACIÓN DE AMPARAR AL SERVIDOR PÚBLICO DESDE EL MOMENTO QUE SEA DADO DE ALTA EN EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS.
INDISPUTABILIDAD:
ESTE SEGURO NO SERÁ DISPUTABLE, CONSECUENTEMENTE, LA ASEGURADORA QUE RESULTE ADJUDICADA, RENUNCIA AL DERECHO CONSTITUIDO A SU FAVOR EN EL ARTÍCULO 47 DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO.
CARENCIA DE RESTRICCIONES:
LA PRESENTE PÓLIZA NO ESTARÁ SUJETA A RESTRICCIÓN ALGUNA POR RAZONES DE RESIDENCIA, OCUPACIÓN, VIAJES, GENERO DE VIDA DE LOS ASEGURADOS, O CUALQUIER CIRCUNSTANCIA SIMILAR.
ELIMINACIÓN DE REQUISITOS DE ASEGURABILIDAD:
EL PRESENTE SEGURO NO ESTARÁ SUJETO A NINGÚN REQUISITO DE ASEGURABILIDAD, TALES COMO LLENADO DE CUESTIONARIO, EXAMEN MÉDICO, ASÍ COMO CUALQUIER OTRO REQUISITO QUE LIMITE LA ACEPTACIÓN DEL ASEGURADO.
COLECTIVIDAD ASEGURABLE:
TODOS LOS TRABAJADORES EN SERVICIO ACTIVO, ASÍ COMO EL PERSONAL JUBILADO O PENSIONADO DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS CUALQUIERA QUE SEA SU SEXO O PUESTO Y SIN NECESIDAD DE EXAMEN MÉDICO, QUEDANDO ASEGURADOS A PARTIR DE LA FECHA DE INICIO DE LA CONTRATACIÓN DE LA PÓLIZA Y POSTERIORMENTE DE LA FECHA DE INGRESO A LA COLECTIVIDAD, CONSIGNADA EN EL CONTROL DE CONTRATACIÓN O DE NOMBRAMIENTO RESPECTIVO.
LOS TRABAJADORES DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS QUE INGRESEN A LA COLECTIVIDAD ASEGURABLE CON POSTERIORIDAD AL INICIO DE VIGENCIA DE LA PÓLIZA, QUEDARÁN ASEGURADOS EN LA FECHA DE INGRESO Y EL AVISO DE SU ALTA AL SEGURO SE REPORTE A LA ASEGURADORA AL FINAL DE LA VIGENCIA DE CADA PÓLIZA (ENERO DEL 2020, ENERO DEL 2021 Y DICIEMBRE DEL 2021 RESPECTIVAMENTE), POR LO QUE LA ASEGURADORA DEBERÁ SOLICITAR AL COLPOS LA INFORMACIÓN PARA QUE SE REALICEN LOS AJUSTES CORRESPONDIENTES
LOS TRABAJADORES QUE SE ENCUENTRE TEMPORALMENTE GOZANDO DE LICENCIA MÉDICA CON O SIN GOCE XX XXXXXX CONTINUARÁN ASEGURADOS EN TANTO NO CAUSEN BAJA DEFINITIVA DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS. ASIMISMO QUEDAN AMPARADOS AQUELLOS TRABAJADORES QUE HAYAN SOLICITADO
LICENCIA CON O SIN GOCE XX XXXXXX. EN TODO CASO, LA OBLIGACIÓN DE PAGO DE LA PRIMA QUEDARÁ A CARGO DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS.
AQUELLOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE CON MOTIVO DE INVALIDEZ O INCAPACIDAD TOTAL, HAYAN COBRADO LA SUMA ASEGURADA CORRESPONDIENTE Y SE REINCORPOREN A LABORAR EN EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, SERÁN ASEGURADOS SOLAMENTE CON LA COBERTURA DE FALLECIMIENTO SIN EL BENEFICIO DE INCAPACIDAD TOTAL.
LOS PENSIONADOS Y/O JUBILADOS DE “EL COLPOS” QUE DECIDAN ADHERIRSE EN FORMA VOLUNTARIA AL SEGURO SERÁN TAMBIÉN INTEGRANTES DE LA COLECTIVIDAD ASEGURABLE, CUALQUIERA QUE SE SU EDAD, SEXO U OCUPACIÓN.
QUEDAN EXCLUIDAS LAS PERSONAS QUE PRESTEN SUS SERVICIOS POR HONORARIOS.
REINSTALACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS
EL LICITANTE QUE RESULTE ADJUDICADO SE COMPROMETE A ACEPTAR EL ALTA RETROACTIVA O REHABILITACIÓN, SEGÚN SEA EL CASO, CUANDO EXISTA UN LAUDO FAVORABLE A ALGÚN SERVIDOR PÚBLICO EN EL QUE SE ORDENE AL COLEGIO DE POSTGRADUADOS LA REINSTALACIÓN DEL SERVIDOR PÚBLICO A SU TRABAJO. PARA ESTE EFECTO, EN CASO DE QUE PROCEDA COBRO DE PRIMA, LA ASEGURADORA CALCULARÁ E INFORMARÁ AL COLEGIO DE POSTGRADUADOS LA PRIMA QUE SE DEBA PAGAR POR DICHO MOVIMIENTO.
EDAD
LA EDAD DE ACEPTACIÓN PARA LA COBERTURA DE VIDA SERÁ DE 18 AÑOS EN ADELANTE Y SIN LÍMITE DE EDAD MÁXIMA.
SUMA ASEGURADA:
LA ASEGURADORA DEBERÁ PAGAR POR CONCEPTO DE SUMA ASEGURADA, CON MOTIVO DE FALLECIMIENTO O DE INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE QUE SUFRAN LOS ASEGURADOS, DURANTE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA EL IMPORTE EQUIVALENTE A CUARENTA VECES EL SALARIO MENSUAL INTEGRADO PARA EL PERSONAL ACTIVO Y PARA EL PERSONAL JUBILADO DIECIOCHO VECES LA PENSIÓN MENSUAL; COMPUESTO XX XXXXXXX TABULAR MÁS COMPENSACIÓN GARANTIZADA QUE PERCIBA EL ASEGURADO AL MOMENTO DE OCURRIR EL SINIESTRO.
PARA LA PRESENTE PÓLIZA NO APLICA NINGÚN LÍMITE DE SUMA ASEGURADA, POR LO QUE TODOS LOS MIEMBROS DE LA COLECTIVIDAD DEBERÁN ASEGURARSE POR LA SUMA ASEGURADA QUE RESULTE DE LA REGLA ANTERIOR, SIN QUE APLIQUE NINGÚN LÍMITE MÁXIMO.
EL PAGO DEL IMPORTE TOTAL DE LA SUMA ASEGURADA, SE LLEVARÁ A CABO EN UNA SOLA EXHIBICIÓN, DIRECTAMENTE A LOS BENEFICIARIOS DESIGNADOS POR EL ASEGURADO, PARA EL CASO DE SU FALLECIMIENTO; TRATÁNDOSE DE INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE, AL PROPIO ASEGURADO O A SU REPRESENTANTE LEGAL, SEGÚN CORRESPONDA.
EL PAGO DE LA SUMA ASEGURADA DE LA COBERTURA DE INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE EXCLUYE LA DE VIDA EL DE ÉSTA ÚLTIMA AL PRIMERO.
AQUELLOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE CON MOTIVO DE INCAPACIDAD TOTAL, INVALIDEZ O INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL, HAYAN COBRADO LA SUMA ASEGURADA CORRESPONDIENTE Y SE REINCORPOREN A LABORAR EN LA MISMA DEPENDENCIA O ENTIDAD, O EN OTRA DIFERENTE, SOLO SERÁN SUJETOS DEL OTORGAMIENTO DEL SEGURO DE VIDA INSTITUCIONAL CON UNA COBERTURA POR FALLECIMIENTO, SIN EL BENEFICIO DE LA INCAPACIDAD TOTAL, INVALIDEZ O INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL.
POTENCIACIÓN:
a) PERSONAL ACTIVO.
LOS LICITANTES DEBERÁN COTIZAR UN ESQUEMA DE POTENCIACIÓN QUE SERÁ OPCIONAL PARA LOS EMPLEADOS QUE DECIDAN CONTRATARLA, LA CUAL SERÁ
ADICIONAL A LA SUMA ASEGURADA BÁSICA DE 40 MESES XX XXXXXX, DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES RANGOS:
RANGO | SUMA ASEGURADA POTENCIADA |
1 | 34 VECES EL SALARIO DE LA PERCEPCIÓN ORDINARIA MENSUAL (SALARIO TABULAR MÁS COMPENSACIÓN GARANTIZADA) |
2 | 51 VECES EL SALARIO DE LA PERCEPCIÓN ORDINARIA MENSUAL (SALARIO TABULAR MÁS COMPENSACIÓN GARANTIZADA) |
3 | 68 VECES EL SALARIO DE LA PERCEPCIÓN ORDINARIA MENSUAL (SALARIO TABULAR MÁS COMPENSACIÓN GARANTIZADA) |
NO SE PODRÁN REALIZAR MODIFICACIONES EN EL RANGO DE SUMA ASEGURADA POTENCIADA EN EL TRANSCURSO DE LA VIGENCIA, PERO SI SE PODRÁ CANCELAR EN CUALQUIER MOMENTO, MEDIANTE SOLICITUD POR ESCRITO DEL EMPLEADO.
EL PAGO DE LA PRIMA DE POTENCIACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE DECIDAN CONTRATAR ALGUNO DE LOS RANGOS ANTERIORES, SERÁ A CARGO DEL EMPLEADO, LA CUAL SERÁ RECAUDADA POR COLPOS MEDIANTE DESCUENTO VÍA NÓMINA Y SERÁ PAGADO EN FORMA MENSUAL A LA ASEGURADORA QUE RESULTE ADJUDICADA, CONTRA LA PRESENTACIÓN DEL RECIBO CORRESPONDIENTE.
LA POTENCIACIÓN NO ESTARÁ SUJETA A UN MÍNIMO DE PARTICIPANTES PARA SU ACEPTACIÓN SERÁ OPCIONAL PARA LOS EMPLEADOS DEL COLEGIO, SIENDO OBLIGATORIA SU ACEPTACIÓN PARA LA COMPAÑÍA ASEGURADORA.
PARA LA POTENCIACIÓN APLICARÁN LAS MISMAS COBERTURAS Y CONDICIONES DE LA PÓLIZA PRINCIPAL.
“EL COLEGIO” HARÁ DEL CONOCIMIENTO DE LOS EMPLEADOS EL ESQUEMA DE POTENCIACIÓN DURANTE LOS PRIMEROS 30 DÍAS POSTERIORES AL INICIO DE VIGENCIA DE LA PÓLIZA Y LOS EMPLEADOS CONTARÁN CON 90 DÍAS PARA SOLICITAR SU ADHESIÓN A ESTE ESQUEMA.
PARA EL PERSONAL DE NUEVO INGRESO, QUE SE INCORPORE CON POSTERIORIDAD AL PLAZO DE 90 DÍAS, CONTARÁ CON 60 DÍAS DESPUÉS DE SU INGRESO PARA SOLICITAR SU ADHESIÓN AL SEGURO POTENCIADO.
LOS MIEMBROS DE LA COLECTIVIDAD QUE DECIDAN ADHERIRSE AL SEGURO POTENCIADO, QUEDARÁN ASEGURADOS DESDE EL MOMENTO EN QUE EFECTÚEN LA SOLICITUD DE ADHESIÓN POR ESCRITO, INDEPENDIENTEMENTE DE QUE POR RAZONES DE FECHA NO SEA INCLUIDO EN EL PAGO MENSUAL QUE REALICE EL COLEGIO A LA ASEGURADORA.
LA ASEGURADORA QUE RESULTE ADJUDICADA DEBERÁ PROPORCIONAR FORMATOS PARA RECABAR LA ACEPTACIÓN Y CONSENTIMIENTO PARA QUE SE EFECTÚE EL DESCUENTO DE LA NÓMINA DEL EMPLEADO Y EL ENTERO A LA ASEGURADORA.
SIEMPRE Y CUANDO SE HAYA REALIZADO EL DESCUENTO AL SERVIDOR PÚBLICO CORRESPONDIENTE DE LAS PRIMAS POR EL CONCEPTO DE POTENCIACIONES Y LA ASEGURADORA ARGUMENTE NO HABER RECIBIDO DICHO PAGO POR PARTE DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS BASTARÁ CON QUE SE PRESENTE EL RECIBO DE PAGO O EL DOCUMENTO EQUIVALENTE, EN DONDE SE COMPRUEBE QUE SE EFECTUÓ EL DESCUENTO DEL SEGURO PARA QUE LA ASEGURADORA ACEPTE EL PAGO RETROACTIVO DE LAS PRIMAS ADEUDADAS POR PARTE DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS. EN EL CASO DE QUE LLEGARA A OCURRIR UN SINIESTRO EN ESTA SITUACIÓN, LA ASEGURADORA DE IGUAL FORMA ACEPTARÁ EL PAGO RETROACTIVO XX XXXXXX E INDEMNIZARÁ EL SINIESTRO.
b) PERSONAL JUBILADO O PENSIONADO.
LOS LICITANTES DEBERÁN COTIZAR UN ESQUEMA DE POTENCIACIÓN PARA EL PERSONAL JUBILADO O PENSIONADO, QUE SERÁ OPCIONAL PARA LOS JUBILADOS O PENSIONADOS QUE DECIDAN CONTRATARLA, LA CUAL SERÁ ADICIONAL A LA SUMA ASEGURADA BÁSICA DE 18 MESES DE PENSIÓN, DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES RANGOS:
RANGO | SUMA ASEGURADA POTENCIADA |
1 | 22 MESES DE PENSIÓN DE SUMA ASEGURADA |
2 | 39 MESES DE PENSIÓN DE SUMA ASEGURADA |
3 | 58 MESES DE PENSIÓN DE SUMA ASEGURADA |
4 | 73 MESES DE PENSIÓN DE SUMA ASEGURADA |
5 | 90 MESES DE PENSIÓN DE SUMA ASEGURADA |
PRIMA PARA PENSIONADOS Y/O JUBILADOS:
EN EL CASO DE LOS PENSIONADOS O JUBILADOS ASEGURADOS, EL MONTO DE LA PRIMA MENSUAL A PAGAR DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO, POR CADA ASEGURADO, SERÁ LA CANTIDAD EQUIVALENTE AL 0.7 (CERO PUNTO SIETE POR CIENTO) DE SU PENSIÓN MENSUAL, QUE SE CUBRIRÁ POR CADA PENSIONADO O JUBILADO A TRAVÉS DEL ISSSTE.
“LA ASEGURADORA” SE DEBERÁ COORDINAR CON EL ISSSTE PARA EFECTOS DE ACORDAR EL MECANISMO MEDIANTE EL CUAL SE DEBERÁ HACER EL PAGO DE LAS PRIMAS QUE EL ISSSTE RETIENE AL PENSIONADO O JUBILADO.
EL PENSIONADO O JUBILADO PODRÁ RENUNCIAR A ESTA COBERTURA EN CUALQUIER MOMENTO Y SERÁ IRREVOCABLE.
SALARIO:
EL SALARIO QUE SERVIRÁ DE BASE PARA DETERMINAR EL IMPORTE DE LA SUMA ASEGURADA, SERÁ EL QUE EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS COMUNIQUE POR ESCRITO A LA ASEGURADORA, O EN SU CASO, EL QUE SE COMPRUEBE POR MEDIO DE LA CONSTANCIA DE PERCEPCIONES EMITIDA POR EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, O EL RECIBO DE NÓMINA ANTERIOR A LA FECHA DE FALLECIMIENTO O DE INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE Y ESTÁ INTEGRADO POR EL SALARIO TABULAR MÁS LA COMPENSACIÓN GARANTIZADA MENSUAL.
PRIMA:
LA CUOTA SE FIJARÁ AL INICIO DE LA VIGENCIA Y SE MANTENDRÁ IGUAL DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO.
LOS COSTOS DE PRIMA PARA EL PERSONAL ACTIVO INCLUIRÁ LOS MÁRGENES NECESARIOS PARA SUSTENTAR EL COSTO DE JUBILADOS POR 18 MESES DE PENSIÓN CON LA CUOTA PORCENTUAL DEL 0.70% DE LA PENSIÓN MENSUAL (EN CUMPLIMIENTO AL ARTÍCULO TERCERO DEL ACUERDO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DEL 11 DE ENERO DE 1993).
EL PERSONAL QUE SE ENCUENTRE EN LICENCIAS MÉDICAS SIN GOCE XX XXXXXX SE CONSIDERARÁ ASEGURADO, CON CARGO A LAS PRIMAS CALCULADAS AL INICIO DE LA VIGENCIA DEL SEGURO.
PARA LOS EFECTOS DE ESTE SEGURO, SE ENTENDERÁ POR INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE:
CUANDO EL ASEGURADO QUEDE INCAPACITADO TOTAL Y PERMANENTEMENTE PARA DESEMPEÑAR UN TRABAJO REMUNERATIVO U OCUPACIÓN DE LA QUE PUEDA DERIVAR ALGUNA UTILIDAD PECUNIARIA COMPATIBLE CON SUS CONOCIMIENTOS, APTITUDES Y POSICIÓN SOCIAL, DERIVADO DE:
a) LESIONES CORPORALES A CAUSA DE UN ACCIDENTE A QUE ESTÉ EXPUESTO EN EL EJERCICIO O CON MOTIVO DE SU TRABAJO O POR CAUSAS AJENAS AL DESEMPEÑO DE SU CARGO O EMPLEO.
b) UNA ENFERMEDAD A QUE ESTÉ EXPUESTO EN EL EJERCICIO O CON MOTIVO DE SU TRABAJO O POR CAUSAS AJENAS AL DESEMPEÑO DE SU CARGO O EMPLEO.
LA INSTITUCIÓN DE SALUD QUE DICTAMINARÁ LA INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE SERÁ EL ISSSTE.
LA FECHA DE SINIESTRO SERÁ LA ESTABLECIDA EN EL DICTAMEN MÉDICO, POR LO QUE SE DEBERÁ PRESENTAR EL AVISO DE BAJA.
EL TALÓN DE PAGO, LA PÓLIZA Y/O EL CERTIFICADO SERÁN LOS DOCUMENTOS QUE COMPRUEBEN LA PERTENENCIA A LA COLECTIVIDAD ASEGURADA.
FORMA DE PAGO:
POR LO QUE SE REFIERE A LA COBERTURA BÁSICA DEL PERSONAL ACTIVO EL PAGO DE LA PÓLIZA SERÁ EN UNA SOLA EXHIBICIÓN POR CADA EJERCICIO PRESUPUESTAL (2019, 2020 Y 2021) Y SERÁ CUBIERTA AL 100% CON RECURSOS DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, A MÁS TARDAR DENTRO DE LOS VEINTE (20) DÍAS NATURALES, CONFORME A LO ESTIPULADO EN EL (ARTÍCULO 51 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTO Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO), CONTADOS A PARTIR DE QUE SE HAYA VALIDADO LA ENTREGA CORRECTA DE LA PÓLIZA Y LA FACTURA RESPECTIVA EN APEGO A LAS CONDICIONES DE CONTRATACIÓN.
POR LO QUE SE REFIERE AL SEGURO POTENCIADO, EL PAGO SERÁ A CARGO DEL ASEGURADO, TENIENDO EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS LA OBLIGACIÓN DE EFECTUAR EL DESCUENTO CORRESPONDIENTE VÍA NÓMINA Y DE ENTERAR LA PRIMA A LA ASEGURADORA EN FORMA MENSUAL.
SE EMITIRÁN TRES PÓLIZAS POR EJERCICIO FISCAL CONFORME A LO SIGUIENTE:
1.- DE LAS 00:00 HORAS DEL 1° DE DICIEMBRE DE 2019 A LAS 24:00 HORAS DEL 31 DE
DICIEMBRE DE 2019.
2.- DE LAS 00:00 HORAS DEL 1° DE ENERO DE 2020 A LAS 24:00 HORAS DEL 31 DE
DICIEMBRE DE 2020
3.- DE LAS 00:00 HORAS DEL 1° DE ENERO DE 2021 A LAS 24:00 HORAS DEL 30 DE
NOVIEMBRE DE 2021
LOS PRECIOS SERÁN FIJOS DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO.
LA ASEGURADORA SE OBLIGA A PROPORCIONAR AL COLEGIO DE POSTGRADUADOS LA FACTURA CORRESPONDIENTE CON LOS REQUISITOS FISCALES, MENCIONADOS EN EL ARTÍCULO 29-A DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN.
EL SEGURO POTENCIADO SE DEBERÁ FACTURAR AL ASEGURADO INTERESADO CUANDO ASÍ SEA REQUERIDO POR EL.
EL PAGO DE LA PRIMA DEL PERSONAL JUBILADO O PENSIONADO SERÁ EFECTUADO MEDIANTE DESCUENTO MENSUAL QUE HAGA EL ISSSTE DE LA PENSIÓN DE CADA ASEGURADO QUE HAYA DECIDIDO ADHERIRSE AL SEGURO.
PARA LO ANTERIOR, LA ASEGURADORA QUE RESULTE ADJUDICADA SE COMPROMETE A EFECTUAR LAS GESTIONES QUE SE REQUIERAN ANTE EL ISSSTE PARA EFECTOS DE QUE DICHO INSTITUTO LE INFORME LOS PENSIONADOS Y/O JUBILADOS QUE HAYAN DECIDIDO CONTRATAR EL SEGURO Y QUE PUEDA REALIZAR EL ENTERO DE LAS RETENCIONES EFECTUADAS, NO PUDIENDO ARGUMENTAR, EN CASO DE SINIESTRO, FALTA DE PAGO DE LA PÓLIZA POR NO HABER REALIZADO EL TRÁMITE CORRESPONDIENTE.
ALTAS, BAJAS Y MOVIMIENTOS:
LAS ALTAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE SE INCORPOREN AL SEGURO, ASÍ COMO LOS QUE CAUSEN BAJA Y CUALQUIER OTRO MOVIMIENTO, SERÁ NOTIFICADO A LA ASEGURADORA AL FINAL DE LA VIGENCIA DE CADA PÓLIZA (ENERO DEL 2020, ENERO DEL 2021 Y NOVIEMBRE DEL 2021 RESPECTIVAMENTE), POR LO QUE LA
ASEGURADORA DEBERÁ SOLICITAR AL COLPOS LA INFORMACIÓN PARA QUE SE REALICEN LOS AJUSTES CORRESPONDIENTES
AJUSTE XX XXXXXX
SE REALIZARÁN TRES AJUSTES DE PRIMA POR ALTAS, BAJAS O AUMENTO DE SUMAS ASEGURADAS, EL PRIMERO AL FINAL DE LA VIGENCIA DE LA PRIMERA POLIZA EL 31 DE DICIEMBRE DEL 2019, EL SEGUNDO AL FINAL DE LA VIGENCIA DE SEGUNDA POLIZA EL 31 DE DICIEMBRE DEL 2020 Y EL TERCERO AL FINAL DE LA VIGENCIA DE LA TERCERA PÓLIZA EL 30 DE NOVIEMBRE DEL 2021.
EL PRIMER AJUSTE SERÁ EFECTIVO AL VENCIMIENTO DE LA PRIMERA POLIZA, EL CUAL SE DETERMINARÁ COMPARANDO EL TOTAL DE LOS SUELDOS NOMINALES MÁS PERCEPCIÓN GARANTIZADA AL INICIO DE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA CONTRA EL TOTAL AL FINAL DE LA PRIMERA POLIZA QUE ES EL 31 DE DICIEMBRE DEL 2019, APLICÁNDOLES LA CUOTA Y DETERMINÁNDOSE LA PRIMA Y EL AJUSTE SERÁ DE ACUERDO A LO SIGUIENTE:
(PRIMA AL FINAL DE LA PRIMERA POLIZA– PRIMA INICIAL)/2 = AJUSTE DE PRIMA
EL SEGUNDO AJUSTE SERÁ EFECTIVO AL VENCIMIENTO DE LA SEGUNDA POLIZA, EL CUAL SE DETERMINARÁ COMPARANDO EL TOTAL DE LOS SUELDOS NOMINALES MÁS PERCEPCIÓN GARANTIZADA AL INICIO DE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA CONTRA EL TOTAL AL FINAL DE LA SEGUNDA POLIZA QUE ES EL 31 DE DICIEMBRE DEL 2020, APLICÁNDOLES LA CUOTA Y DETERMINÁNDOSE LA PRIMA Y EL AJUSTE SERÁ DE ACUERDO A LO SIGUIENTE:
(PRIMA AL FINAL DE LA SEGUNDA POLIZA– PRIMA INICIAL)/2 = AJUSTE DE PRIMA
EL TERCER AJUSTE SE HARÁ EFECTIVO AL FINAL DE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA, EL CUAL SE DETERMINARÁ COMPARANDO EL TOTAL DE LOS SUELDOS NOMINALES MÁS PERCEPCIÓN GARANTIZADA AL INICIO DE LA TERCERA POLIZA CONTRA EL TOTAL AL FINAL DE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA EL 30 DE NOVIEMBRE DEL 2021, APLICÁNDOLES LA CUOTA Y DETERMINÁNDOSE LA PRIMA AL FINAL Y AL INICIO DE LA TERCERA POLIZA Y EL AJUSTE SERÁ DE ACUERDO A LO SIGUIENTE:
(PRIMA AL FINAL DE LA TERCERA PÓLIZA– PRIMA INICIAL)/2 = AJUSTE DE PRIMA
DONDE EL RESULTADO POSITIVO SERÁ A FAVOR DE LA ASEGURADORA Y EL RESULTADO NEGATIVO SERÁ A FAVOR DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS.
OBLIGACIONES DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS:
a) ENTREGAR A LA ASEGURADORA GANADORA LA LISTA DEFINITIVA DE ASEGURADOS, CON LOS DATOS NECESARIOS PARA LA EXPEDICIÓN DE LA PÓLIZA. INCLUYENDO LA PERCEPCIÓN BRUTA MENSUAL (SUELDO NOMINAL MÁS COMPENSACIÓN GARANTIZADA).
b) ENTREGAR A LOS TRABAJADORES QUE AL INICIO DE LA PÓLIZA PRESTEN SUS SERVICIOS LOS FORMATOS DE CONSENTIMIENTO PARA SER ASEGURADO Y DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS QUE PARA EL EFECTO PROPORCIONARÁ LA ASEGURADORA Y REMITIRLOS A LA MISMA DEBIDAMENTE REQUISITADOS. LOS CONSENTIMIENTOS Y DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIO SE PRESENTARÁN EN ORIGINAL Y DOS COPIAS.
c) REMITIR DENTRO DE LOS 30 DÍAS NATURALES LOS FORMATOS DE CONSENTIMIENTO PARA SER ASEGURADO Y DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIO DE LOS TRABAJADORES QUE CAUSEN ALTA CON POSTERIORIDAD AL INICIO DE LA PÓLIZA, EN EL ENTENDIDO DE QUE SERÁN CONSIDERADOS COMO VÁLIDOS LOS CERTIFICADOS EMITIDOS POR ANTERIORES ASEGURADORAS, MISMOS QUE SERÁN CERTIFICADOS POR “EL COLEGIO”
d) INFORMAR A LA ASEGURADORA LOS MOVIMIENTOS DE ALTAS, BAJAS Y MODIFICACIONES DE SALARIOS AL FINAL DE LA VIGENCIA DE CADA POLIZA.
e) ENTREGAR AL FINAL DE CADA EJERCICIO FISCAL; ES DECIR AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2019, 31 DE DICIEMBRE DEL 2020 Y 30 DE NOVIEMBRE DE 2021, EL LISTADO DE NÓMINA QUE CONTENGA LA PERCEPCIÓN BRUTA MENSUAL (SUELDO NOMINAL MÁS COMPENSACIÓN GARANTIZADA) PARA EFECTOS DE QUE LA ASEGURADORA EFECTÚE EL CÁLCULO DEL AJUSTE DE CADA VIGENCIA.
DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS:
LOS ASEGURADOS MANIFESTARÁN SU DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS EN EL FORMATO DE CONSENTIMIENTO Y DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS QUE ENTREGARÁ LA ASEGURADORA, EN EL ENTENDIDO DE QUE EN CUALQUIER MOMENTO, PODRÁN CAMBIAR DICHA DESIGNACIÓN.
QUEDA ESTABLECIDO QUE LA ASEGURADORA A QUIÉN SE LE ADJUDIQUE EL CONTRATO ACEPTARÁ COMO VÁLIDAS LAS COPIAS DE LOS FORMATOS DE DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS YA EXISTENTES DE LA ANTERIOR ASEGURADORA, MISMA QUE SERÁ CERTIFICADA POR EL COLEGIO.
CUANDO EXISTAN VARIOS BENEFICIARIOS, Y ALGUNO LLEGARE A FALLECER ANTES O AL MISMO TIEMPO QUE EL ASEGURADO, LA PARTE DEL QUE FALLEZCA ANTES O AL MISMO TIEMPO QUE EL ASEGURADO, ACRECENTARÁ POR PARTES IGUALES LA DE LOS DEMÁS, SALVO ESTIPULACIÓN EN CONTRARIO.
CUANDO NO EXISTA BENEFICIARIO DESIGNADO O SI SÓLO SE HUBIERE NOMBRADO UNO Y ÉSTE FALLECE ANTES O AL MISMO TIEMPO QUE EL ASEGURADO Y NO EXISTA DESIGNACIÓN DE OTRO BENEFICIARIO, EL IMPORTE DE SEGURO SE PAGARÁ A LA SUCESIÓN DEL ASEGURADO, SALVO PACTO EN CONTRARIO O QUE HUBIERE RENUNCIADO AL DERECHO DE REVOCAR LA DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS.
NO SE ACEPTA NINGUNA OTRA OPCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE CONSENTIMIENTOS QUE SE PROPONGA.
BAJA DEL SERVICIO:
EL ASEGURADO AL SEPARARSE DEL SERVICIO ACTIVO A FAVOR DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, AUTOMÁTICAMENTE CAUSARÁ BAJA DE ESTE SEGURO.
SEPARACIÓN DE LA COLECTIVIDAD:
EN CASO DE SEPARACIÓN DEFINITIVA DE LA COLECTIVIDAD ASEGURADA, LA PERSONA DE QUE SE TRATE; SIN EXAMEN MÉDICO Y POR UNA SOLA VEZ, PODRÁ CONTINUAR PROTEGIDA PASANDO A FORMAR PARTE DE LA CARTERA DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL DE LA ASEGURADORA CON EXCEPCIÓN DEL SEGURO TEMPORAL Y SIN INCLUIR BENEFICIO ADICIONAL ALGUNO, SIEMPRE QUE SU EDAD ESTE COMPRENDIDA DENTRO DE LOS LÍMITES DE ADMISIÓN ESTABLECIDOS POR LA MISMA, PARA EJERCER ESTE DERECHO, LA PERSONA SEPARADA DE LA COLECTIVIDAD DEBERÁ PRESENTAR SU SOLICITUD A LA ASEGURADORA DENTRO DE LOS TREINTA DÍAS NATURALES SIGUIENTES A SU SEPARACIÓN.
EN VIRTUD DE QUE EL SEGURO A QUE SE REFIERE ESTA PÓLIZA TIENE UN COSTO MÁS REDUCIDO, POR LA FORMA DE OPERACIÓN, EL CAMBIO DE PLAN TRAERÁ APAREJADO UN AUMENTO EN EL MONTO DE LA PRIMA, QUE LE SERÁ COMUNICADO
POR ESCRITO AL SOLICITANTE POR LA ASEGURADORA Y SE FIJARÁ DE ACUERDO A LA TARIFA APLICABLE, EN RAZÓN DE SU EDAD, OCUPACIÓN Y SEXO.
PAGO DE SUMA ASEGURADA:
AL OCURRIR EL FALLECIMIENTO DEL ASEGURADO, LA ASEGURADORA PAGARÁ A LOS BENEFICIARIOS DESIGNADOS EN EL FORMATO DE CONSENTIMIENTO PARA SER ASEGURADO Y DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS, EL MONTO DE LA SUMA ASEGURADA QUE CORRESPONDA, DENTRO DE LOS CINCO DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A QUE SE LE ACREDITE LA OCURRENCIA DEL SINIESTRO.
PARA TAL EFECTO, LA ASEGURADORA CONTRATADA NO PODRÁ EXIGIR MÁS DOCUMENTACIÓN QUE LA QUE SE DETALLA A CONTINUACIÓN:
PARA FALLECIMIENTO:
a) SOLICITUD DE PAGO DEL BENEFICIARIO O BENEFICIARIOS.
b) COPIA CERTIFICADA DEL ACTA DE DEFUNCIÓN DEL ASEGURADO.
c) CONSTANCIA DE PERCEPCIONES EMITIDA POR EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS.
d) IDENTIFICACIÓN OFICIAL DEL BENEFICIARIO (S)
e) COMPROBANTE DE DOMICILIO DEL BENEFICIARIO (S) CON UNA VIGENCIA NO MAYOR A TRES MESES.
f) COPIA CERTIFICADA DEL ACTA DE NACIMIENTO DEL ASEGURADO.
g) SI ALGÚN BENEFICIARIO HUBIERE FALLECIDO, PRESENTAR COPIA CERTIFICADA DEL ACTA DE DEFUNCIÓN DEL BENEFICIARIO FALLECIDO.
h) AVISO DE BAJA DE “EL COLEGIO”
i) FORMATO DE DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS
j) SI EL (LOS) BENEFICIARIOS (S) ES (SON) ASCENDIENTES (S) O DESCENDIENTES
(S) EN LÍNEA RECTA DEL ASEGURADO, ENCONTRÁNDOSE EN EL SUPUESTO DE EXENCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA MENCIONADO EN EL ARTÍCULO 167, FRACCIÓN XVI DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y DESEA EJERCER TAL DERECHO, SE REQUIERE PRESENTAR EN ORIGINAL O COPIA CERTIFICADA LA DOCUMENTACIÓN QUE PERMITA ACREDITAR DICHO SUPUESTO, COMO: ACTAS DE NACIMIENTO, DE MATRIMONIO ACTUALIZADA, DE RECONOCIMIENTO, ADOPCIÓN O JURISDICCIÓN VOLUNTARIA DE ACREDITACIÓN DE CONCUBINATO ANTE AUTORIDAD JUDICIAL.
PARA EL PAGO DE LA SUMA ASEGURADA POR INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE DEL ASEGURADO, LA ASEGURADORA CONTRATADA NO PODRÁ EXIGIR MÁS DOCUMENTACIÓN QUE LA QUE SE DETALLA A CONTINUACIÓN:
a) SOLICITUD DE PAGO DEL ASEGURADO
b) CONSTANCIA DEL DICTAMEN DE INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE, EXPEDIDA POR EL ISSSTE.
c) CONSTANCIA DE PERCEPCIONES EMITIDA POR EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS.
d) IDENTIFICACIÓN DEL ASEGURADO.
e) COPIA CARBÓN DE LA HOJA ÚNICA DE SERVICIOS EXPEDIDA POR “EL COLEGIO”.
f) COMPROBANTE DE DOMICILIO CON UNA VIGENCIA NO MAYOR A TRES MESES.
LA FECHA QUE SE TOMARÁ COMO INICIO PARA LA INVALIDEZ, SERÁ LA QUE APAREZCA EN EL DICTAMEN DE LA MISMA Y SÓLO SE INDEMNIZARÁN LOS SINIESTROS POR ESTE CONCEPTO CUANDO ÉSTOS SEAN DICTAMINADOS POR EL ISSSTE DENTRO DE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA.
INTERÉS MORATORIO:
EN CASO DE QUE LA ASEGURADORA, NO OBSTANTE HABER RECIBIDO LOS DOCUMENTOS E INFORMACIÓN QUE LE HAYA SIDO PRESENTADA, NO CUMPLA CON LA OBLIGACIÓN DE PAGAR LA INDEMNIZACIÓN, CAPITAL O RENTA, EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 71 DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO, EN VEZ DEL INTERÉS LEGAL, QUEDARA OBLIGADA EN FORMA CONVENCIONAL A PAGAR AL ASEGURADO, BENEFICIARIO O TERCERO DAÑADO, UN INTERÉS MORATORIO ANUAL EQUIVALENTE A LA MEDIA ARITMÉTICA DE LAS TASAS DE RENDIMIENTO BRUTAS CORRESPONDIENTES A LAS SERIES DE CERTIFICADOS DE LA TESORERÍA DE LA FEDERACIÓN, (CETES), EMITIDOS DURANTE EL LAPSO XX XXXX, EN DEFECTO DE LOS CETES, SE APLICARA LA TASA DE RENDIMIENTO DE LOS DEPÓSITOS BANCARIOS DE DINERO A PLAZO DE NOVENTA DÍAS, PARA EL CÁLCULO DEL INTERÉS MORATORIO CONVENCIONAL.
LO DISPUESTO EN ESTA CLÁUSULA NO ES APLICABLE A LOS CASOS A QUE SE REFIERE, EL ARTÍCULO 276 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS.
PRESCRIPCIÓN:
TODAS LAS ACCIONES QUE SE DERIVEN DE ESTE CONTRATO DE SEGUROS, PRESCRIBIRÁN EN CINCO AÑOS TRATÁNDOSE DE LA COBERTURA DE FALLECIMIENTO EN LOS SEGUROS DE VIDA Y EN DOS AÑOS EN LOS DEMÁS CASOS, CONTADOS EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 81 DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO, DESDE LA FECHA DEL ACONTECIMIENTO QUE LES DIO ORIGEN SALVO LOS CASOS DE EXCEPCIÓN CONSIGNADOS EN EL ARTÍCULO 82 DE LA MISMA LEY.
EL PLAZO DE QUE TRATA EL PÁRRAFO ANTERIOR NO CORRERÁ EN CASO DE OMISIÓN, FALSAS O INEXACTAS DECLARACIONES SOBRE EL RIESGO CORRIDO, SINO DESDE EL DÍA EN QUE LA ASEGURADORA HAYA TENIDO CONOCIMIENTO DE ÉL, Y SI SE TRATA DE LA REALIZACIÓN DEL SINIESTRO, DESDE EL DÍA EN QUE HAYA LLEGADO A CONOCIMIENTO DE LOS INTERESADOS, QUIENES DEBERÁN DEMOSTRAR QUE HASTA ENTONCES IGNORABAN DICHA REALIZACIÓN. TRATÁNDOSE DE TERCEROS BENEFICIARIOS SE NECESITARÁ, ADEMÁS, QUE ÉSTOS TENGAN CONOCIMIENTO DEL DERECHO CONSTITUIDO A SU FAVOR.
LA PRESCRIPCIÓN SE INTERRUMPIRÁ NO SOLO POR LAS CAUSAS ORDINARIAS, SINO TAMBIÉN POR AQUELLAS A QUE SE REFIERE LA LEY DE PROTECCIÓN Y DEFENSA DEL USUARIO DE SERVICIOS FINANCIEROS.
CONTENIDO DEL SEGURO O SUS MODIFICACIONES:
LA ASEGURADORA ESTÁ OBLIGADA A RESPETAR EL CONTENIDO DEL SEGURO (TÉRMINOS Y CONDICIONES) O SUS MODIFICACIONES EN FUNCIÓN DE LA OFERTA PRESENTADA, MISMA QUE ES AVALADA POR EL ASEGURADO, SIN EMBARGO SI POR ALGUNA RAZÓN LA PÓLIZA EMITIDA NO LLEGARA A CONCORDAR CON LA OFERTA Y LO ESTABLECIDO POR EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, LA ASEGURADORA QUEDARÁ EN CUALQUIER MOMENTO OBLIGADA A RESPETAR LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES SOLICITADOS Y PACTADOS CON EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, POR LO CUAL DEBERÁ EFECTUAR LAS ADECUACIONES A QUE HAYA LUGAR; EN TAL VIRTUD QUEDAN SIN EFECTO LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO 25 Y 26 DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGUROS.
CUOTAS
LOS CONCURSANTES DEBERÁN INCLUIR EN SU PROPUESTA ECONÓMICA LA CUOTA PORCENTUAL APLICABLE SOBRE EL SALARIO MENSUAL INTEGRADO, APLICABLE PARA TODA LA COLECTIVIDAD.
NO ADHESIÓN
LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES ESTABLECIDOS EN LA PRESENTE PÓLIZA FUERON ACORDADOS Y FIJADOS LIBREMENTE ENTRE EL ASEGURADO Y LA ASEGURADORA, POR LO QUE ÉSTE ES UN CONTRATO DE “NO ADHESIÓN” Y POR LO TANTO NO SE UBICA EN EL SUPUESTO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 202 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y FIANZAS VIGENTE, POR LO QUE LAS CONDICIONES GENERALES PRE IMPRESAS DE LA ASEGURADORA, SUS CLÁUSULAS Y SUS ENDOSOS ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE COMPLEMENTARAN A LAS CONDICIONES ESPECIALES ESTABLECIDAS POR EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, SIEMPRE VIGILANDO EL BENEFICIO E INTERESES DEL CONTRATANTE Y EL ASEGURADO, NUNCA IRÁN EN PERJUICIO DE LOS INTERESES DEL CONTRATANTE Y ASEGURADO.
CON LO ANTERIOR SE RATIFICA A LA ASEGURADORA QUE LAS EXCLUSIONES, LIMITACIONES Y CONDICIONAMIENTOS DE SUS CONDICIONES GENERALES PRE IMPRESAS, QUEDAN SIN EFECTO ALGUNO PARA ESTE SEGURO.
CONDICIONES GENERALES:
LAS CONDICIONES GENERALES DE LA ASEGURADORA NO TENDRÁN OTRA APLICACIÓN QUE COMPLEMENTAR EN BENEFICIO DEL CONTRATANTE Y ASEGURADO LAS CONDICIONES ESPECIALES ESTABLECIDAS POR EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, QUEDANDO CONVENIDO QUE EN NINGÚN MOMENTO ÉSTAS CONDICIONES GENERALES LIMITARÁN EL ALCANCE Y DESCRIPCIÓN DE LAS CONDICIONES ESPECIALES, QUEDANDO SUJETAS “LAS PARTES” INEQUÍVOCAMENTE A LAS CONDICIONES ESPECIALES ESTABLECIDAS EN LA PÓLIZA, LAS CUALES TIENEN PRELACIÓN SOBRE LAS CONDICIONES GENERALES Y SUS ENDOSOS, NO TENIENDO VALIDEZ CUALQUIER OTRA EXCLUSIÓN, LIMITACIÓN Y CONTRAPOSICIÓN CONTENIDA EN DICHAS CONDICIONES GENERALES, CLÁUSULAS Y ENDOSOS Y QUE NO ESTÉN DESCRITAS EN LAS CONDICIONES ESPECIALES Y SUS DISTINTOS APARTADOS Y CLAUSULAS.
SIEMPRE APLICARA EN FAVOR DEL CONTRATANTE Y ASEGURADO TODOS LOS BENEFICIOS Y/O COBERTURAS QUE SE CONTEMPLEN EN LAS CONDICIONES GENERALES, QUE SEAN ADICIONALES A LO SOLICITADO EN LAS CONDICIONES ESPECIALES DE LA CONVOCANTE Y POR LOS CUALES NO SE APLIQUE PAGO DE PRIMA ADICIONAL.
LO ANTERIOR EN EL ENTENDIDO DE QUE LAS COBERTURAS O BENEFICIOS ADICIONALES QUE SE INDIQUEN EN LAS CONDICIONES GENERALES DE LA ASEGURADORA Y QUE EN SU CASO IMPLIQUEN COBRO DE PRIMA ADICIONAL DEBERÁN ESTABLECERSE O SOLICITARSE EXPRESAMENTE POR EL CONTRATANTE.
PRELACIÓN:
CUALQUIER CONTENIDO DENTRO DE LOS TEXTOS ESTIPULADOS EN ESTA PÓLIZA, INCLUYENDO LOS BENEFICIOS, CLAUSULAS Y ENDOSOS QUE SEAN EN FAVOR DEL CONTRATANTE Y ASEGURADO Y QUE SE PLASMEN EN LAS CONDICIONES GENERALES DE “LA ASEGURADORA”, TENDRÁ PREFERENCIA SOBRE DICHAS CONDICIONES GENERALES DE “LA ASEGURADORA”, Y EN CASO DE QUE LAS CONDICIONES GENERALES CONTRAVENGAN, MODIFIQUEN, LIMITEN O CONDICIONEN LO PACTADO Y ESTABLECIDO EN LAS CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIALES SOLICITADAS, ESTAS CONDICIONES GENERALES QUEDARÁN SIN EFECTO ALGUNO.
COMPETENCIA.
EN CASO DE CONTROVERSIA, EL QUEJOSO PODRÁ HACER VALER SUS DERECHOS EN LOS TÉRMINOS PREVISTOS POR LA LEY DE PROTECCIÓN Y DEFENSA AL USUARIO DE SERVICIOS FINANCIEROS. LA COMPETENCIA SE DETERMINARÁ EN LOS TÉRMINOS QUE ESTABLEZCAN LAS DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES”.
SINIESTRALIDAD:
LA ASEGURADORA ENVIARÁ MENSUALMENTE AL COLEGIO DE POSTGRADUADOS UN REPORTE DE SINIESTRALIDAD, EN MEDIO MAGNÉTICO, DURANTE LOS 10 DÍAS NATURALES POSTERIORES AL CIERRE DE CADA PERÍODO, DETALLANDO LO SIGUIENTE:
NOMBRE DEL ASEGURADO
R.F.C.
FECHA DEL SINIESTRO
MOTIVO DEL SINIESTRO (FALLECIMIENTO O INCAPACIDAD)
FECHA DE SOLICITUD DE PAGO
FECHA DE PAGO
IMPORTE PAGADO
MODIFICACIONES.
DE ACUERDO A LO ESTIPULADO EN LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y FIANZAS, SE PODRÁN REALIZAR CAMBIOS EN EL CONTRATO QUE DETERMINE LA COMISIÓN NACIONAL DE SEGUROS Y FIANZAS A LA PRESENTE PÓLIZA, SIN QUE ESTO CONTRAVENGA LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 52 DE LA LEY DE ADQUISICIONES ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.
CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 52 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, 91 Y 92 DE SU REGLAMENTO, SE PODRÁN CELEBRAR CONVENIOS MODIFICATORIOS AL (LOS) CONTRATO(S) QUE SE DERIVE(N) DE ESTE CONCURSO, SIN TENER QUE RECURRIR A UNO NUEVO, Y DEBERÁ FORMALIZARSE POR ESCRITO, SIEMPRE QUE EL MONTO TOTAL DE LAS MODIFICACIONES NO REBASE EN CONJUNTO, EL 20% DEL MONTO O
CANTIDAD DE LOS CONCEPTOS Y VOLÚMENES ESTABLECIDOS ORIGINALMENTE EN EL (LOS) MISMO (S) Y EL PRECIO SEA IGUAL AL PACTADO ORIGINALMENTE; ASÍ COMO QUE SE CUENTE CON LA DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL CORRESPONDIENTE.
IGUAL PORCENTAJE SE APLICARÁ A LAS MODIFICACIONES POR AMPLIACIÓN DE LA VIGENCIA DEL CONTRATO.
LAS MODIFICACIONES QUE SE REALICEN SE LLEVARAN A CABO MEDIANTE LA ELABORACIÓN Y FIRMA DEL CONVENIO MODIFICATORIO CORRESPONDIENTE.
ERRORES Y OMISIONES
QUEDA ENTENDIDO Y CONVENIDO QUE CUALQUIER ERROR U OMISIÓN ACCIDENTAL O INVOLUNTARIO EN EL ALTA, BAJA, DESCRIPCIÓN, INCLUSIÓN DE LOS ASEGURADOS, UBICACIÓN DE LAS PERSONAS O EL TRÁMITE DE DOCUMENTACIÓN DE CUALQUIERA DE SUS SERVIDORES PÚBLICOS O REPRESENTANTES, NO PERJUDICARÁ LOS INTERESES DEL ASEGURADO, NI DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, YA QUE LA INTENCIÓN DE ESTA CLÁUSULA ES DE PROTEGERLO EN TODO TIEMPO, POR LO TANTO EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS REPORTARÁ EL ERROR U OMISIÓN TAN PRONTO COMO SEA POSIBLE DESPUÉS DE SU DESCUBRIMIENTO O AÚN DESPUÉS DE OCURRIDO EL SINIESTRO, Y EN CASO DE QUE DICHA MOVIMIENTO LO AMERITE SE EFECTUARÁ EL AJUSTE DE PRIMA A QUE HAYA LUGAR CONFORME A LA TARIFA OFERTADA, SIN MENOSCABO O LESIÓN DEL PATRIMONIO FEDERAL. EN TAL SENTIDO, LA ASEGURADORA NO DEBERÁ NEGARSE A INDEMNIZAR UN SINIESTRO DERIVADO DE UN ERROR U OMISIÓN.
NO CANCELACIÓN DE LA PÓLIZA:
LA PÓLIZA QUE SE EXPIDA PARA AMPARAR ESTE SEGURO, NO PODRÁ SER CANCELADA POR NINGÚN MOTIVO DURANTE EL PERÍODO DE VIGENCIA, A MENOS QUE SEA EXPRESAMENTE SOLICITADO POR EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, EN LOS TÉRMINOS ESTABLECIDOS EN LA PRESENTE CONVOCATORIA.
ACREDITACIÓN DE INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN POR PARTE DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS QUE ENTREGARA A LA ASEGURADORA ADJUDICADA, ARTICULO 492 LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS
INFORMACIÓN:
DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL,
ACTIVIDAD U OBJETO SOCIAL,
REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES,
DOMICILIO: (CALLE, NUMERO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, DELEGACIÓN O MUNICIPIO, CIUDAD O POBLACIÓN Y ENTIDAD FEDERATIVA),
TELÉFONOS,
CORREO ELECTRÓNICO,
NOMBRE DEL ADMINISTRADOR, DIRECTOR O APODERADO LEGAL. DOCUMENTACIÓN:
SE ENTREGARA POR PARTE DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, COPIA CERTIFICADA DEL TESTIMONIO DEL PODER DE QUIEN FIRMA, O BIEN CONSTANCIA DEL NOMBRAMIENTO DE LA PERSONA QUE CON SU FIRMA PUEDA OBLIGAR AL COLEGIO DE POSTGRADUADOS Y SU IDENTIFICACIÓN PERSONAL.
SE ACLARA QUE SOLO SE ENTREGARA UNA SOLA VEZ ESTA INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN A LA ASEGURADORA QUE PRESTARA EL SERVICIO, POR LO QUE DE REQUERIR COPIAS PARA TRÁMITES ADMINISTRATIVOS O DE ACREDITACIÓN O DE OTRA ÍNDOLE RELACIONADOS A LOS SEGUROS QUE SE ESTÁN CONTRATANDO, EL REPRESENTANTE LEGAL DE LA ASEGURADORA REALIZARA LAS COPIAS QUE SEAN REQUERIDAS PARA LOS TRAMITES A QUE HAYA LUGAR DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO CELEBRADO Y SUS MODIFICACIONES.
BENEFICIOS PARA “EL ASEGURADO”:
SI DURANTE LA VIGENCIA DE ESTA PÓLIZA LAS AUTORIDADES DE LA ASEGURADORA APRUEBAN EXTENSIONES O NUEVAS COBERTURAS SIN CARGO ADICIONAL DE PRIMA, SERÁN APLICADAS AUTOMÁTICAMENTE EN BENEFICIO DEL ASEGURADO.
ASIMISMO, SI DURANTE LA VIGENCIA DE ESTE SEGURO DISMINUYEN LAS TARIFAS APROBADAS, EL ASEGURADO PODRÁ SOLICITAR A LA ASEGURADORA LA BONIFICACIÓN DE LA DIFERENCIA ENTRE LA PRIMA PACTADA Y LA PRIMA MODIFICADA DESDE LA FECHA DE TAL REBAJA HASTA LA TERMINACIÓN DEL SEGURO.
ESTÁNDARES DE SERVICIO.
LOS LICITANTES SE COMPROMETEN A ACEPTAR LOS ESTÁNDARES DE SERVICIO, TAL Y COMO SE ESTABLECEN AL FINAL DE LAS CONDICIONES DE LA PÓLIZA Y EL LICITANTE QUE RESULTE ADJUDICADO DEBERÁ INCLUIR EN SU PÓLIZA EL MENCIONADO ANEXO COMO PARTE INTEGRANTE DE LA MISMA, ACEPTANDO SOMETERSE A LAS PENAS CONVENCIONALES ESTABLECIDAS EN EL MISMO.
CONDICIONES DE LA CONVOCATORIA Y SUS ANEXOS
LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN LA CONVOCATORIA, SUS ANEXOS Y EL ACTA DE LA (S) JUNTA (S) DE ACLARACIONES, FORMARAN PARTE INTEGRAL DE LA PRESENTE PÓLIZA.
PROPUESTA ECONÓMICA:
1.- LOS LICITANTES DEBERÁN PRESENTAR PROPUESTA ECONÓMICA PARA LA SUMA ASEGURADA BÁSICA, INFORMANDO ADEMÁS LA CUOTA DEL PERSONAL ACTIVO Y CONFIRMANDO LA CUOTA DE JUBILADOS Y PENSIONADOS; Y
2.- CUOTA PARA LOS ESQUEMAS DE POTENCIACIÓN QUE SE SOLICITAN, EXPRESADA EN PORCENTAJE A APLICAR SOBRE EL SALARIO TABULAR MENSUAL MÁS LA COMPENSACIÓN GARANTIZADA.
POR LA ASEGURADORA | POR EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS |
NOMBRE DE LA ASEGURADORA NOMBRE FUNCIONARIO FACULTADO PUESTO TELÉFONOS DOMICILIO | NOMBRE DEL FUNCIONARIO FACULTADO |
ESTÁNDARES DE SERVICIO
PARA EL SEGURO DE VIDA INSTITUCIONAL.
LOS CUALES FORMAN PARTE INTEGRANTE DE LA ESPECIFICACIÓN DE LA PÓLIZA.
SUSCRIPCIÓN | TIEMPO DE RESPUESTA MÁXIMO | PENALIZACIÓN | ||
1 | CARTA COBERTURA DESPUÉS DEL FALLO | 1 | DÍAS HÁBILES | $1,000.00 M.N. POR CADA DÍA DE ATRASO. |
2 | ENTREGA DE PÓLIZAS EN LAS OFICINAS DE “EL COLEGIO”, DESPUÉS DEL FALLO | 20 | DÍAS HÁBILES | |
3 | EMISIÓN DE MOVIMIENTOS (ENDOSOS A, B Y D) | 5 | DÍAS HÁBILES, DESPUÉS DE HABER RECIBIDO LA SOLICITUD. | |
4 | REEXPEDICIÓN DE PÓLIZAS Y ENDOSOS CON ERRORES | 5 | DÍAS HÁBILES, DESPUÉS DE HABER RECIBIDO LA NOTIFICACIÓ N. | |
5 | ENTREGA DE DUPLICADO DE PÓLIZAS Y RECIBOS CUANDO SE SOLICITE | 5 | DÍAS HÁBILES, DESPUÉS DE HABER RECIBIDO LA SOLICITUD. | |
6 | ENTREGA DE NOTAS DE CRÉDITO, CUANDO XXXXXXX. | 5 | DÍAS HÁBILES | |
SINIESTROS | TIEMPO DE RESPUESTA MÁXIMO | PENALIZACIÓN | ||
1 | TIEMPOS DE ACEPTACIÓN O RECHAZO DE PAGOS ESPECIALES, A PARTIR DE QUE RECIBA LA SOLICITUD. | 3 | DÍAS HÁBILES | ACEPTACIÓN Y PAGO DEL SINIESTRO |
2 | TIEMPO DE REVISIÓN DE DOCUMENTACIÓN PARA SOLICITAR COMPLEMENTO DE DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN ADICIONAL O DAR CARTA RECHAZO, UNA VEZ QUE LA ASEGURADORA RECIBA EL TRÁMITE DE LA RECLAMACIÓN. | 5 | DÍAS HÁBILES | PÉRDIDA DEL DERECHO DE SOLICITAR DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN ADICIONAL Y ACEPTACIÓN DEL SINIESTRO. |
3 | TIEMPO DE ENTREGA DEL FINIQUITO Y CHEQUE DESPUÉS DE HABER RECIBIDO LA DOCUMENTACIÓN COMPLETA | 5 | DÍAS HÁBILES | APLICACIÓN DE LA CLÁUSULA DE INTERÉS MORATORIO. |
4 | REPORTES DE SINIESTRALIDAD | MENSUAL DENTRO DE LOS PRIMEROS 10 DÍAS NATURALES POSTERIORES AL TÉRMINO DE CADA MES. | $1,000.00 M.N. POR CADA DÍA DE ATRASO. | |
5 | LA ASEGURADORA SE COMPROMETE A ASIGNAR UN EJECUTIVO DE CUENTA CON LOS CONOCIMIENTOS, EXPERIENCIA Y FACULTADES NECESARIAS PARA LA | EL SIGUIENTE DÍA HÁBIL AL DE LA SOLICITUD | 1,000.00 M.N. POR CADA DÍA DE ATRASO. $1,000.00 M.N. PORQUE EL EJECUTIVO NO CUMPLA CON LOS CONOCIMIENTOS, EXPERIENCIA Y FACULTADES |
TOMA DE DECISIONES EN LA TRAMITACIÓN, EMISIÓN, PAGO DE INDEMNIZACIONES Y CUALQUIER ASUNTO REFERENTE AL PROGRAMA DE ASEGURAMIENTO DEL COLPOS, QUIÉN DEBERÁ ESTAR DISPONIBLE LOS 365 DÍAS DEL AÑO LAS 24 HORAS DEL DÍA Y DEBERÁ PRESENTARSE CUANDO MENOS 1 VEZ A LA SEMANA EN LAS INSTALACIONES DEL COLPOS Y/O LAS VECES QUE SEA REQUERIDO. | NECESARIAS PARA LA TOMA DE DECISIONES EN LA TRAMITACIÓN, EMISIÓN, PAGO DE INDEMNIZACIONES Y CUALQUIER ASUNTO REFERENTE CON EL PROGRAMA DE ASEGURAMIENTO DEL COLPOS, EN EL MOMENTO QUE SEA NECESARIO. |
COLEGIO DE POSTGRADUADOS
PARTIDA NO. 2 OPCION A
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS SEGURO DE RETIRO
2019-2021
DENOMINADA EN ADELANTE LA ASEGURADORA, ADMITE LA RESPONSABILIDAD DE ASEGURAMIENTO DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, DENOMINADO EN ADELANTE EL ASEGURADO Y CONSTITUYEN EL SIGUIENTE:
SEGURO COLECTIVO DE RETIRO
VIGENCIA:
EL SEGURO INICIA SU VIGENCIA A PARTIR DE LAS 00:00 HORAS DEL DÍA 01 DE DICIEMBRE DE 2019 HASTA LAS 24:00 HORAS DEL DÍA 00 XX XXXXXXXXX XXX 0000.
OBJETO:
PROTEGER EL RIESGO DE TODOS LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, INDEPENDIENTEMENTE DE SU EDAD, SEXO U OCUPACIÓN QUE CAUSEN BAJA DEL SERVICIO Y SE UBIQUEN EN LOS AÑOS DE EDAD Y DE COTIZACIÓN AL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO (ISSSTE), CON EL PROPÓSITO DE HACER FRENTE A LAS CONTINGENCIAS INHERENTES A LA SEPARACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO Y DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL MANUAL DE PERCEPCIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL.
TIPO DE MONEDA:
TODOS LOS PAGOS RELATIVOS A ESTE SEGURO, YA SEA POR PARTE DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS O DEL ASEGURADO O DE LA ASEGURADORA, SE HARÁN EN MONEDA NACIONAL.
COLECTIVIDAD ASEGURABLE:
TODOS LOS TRABAJADORES DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS CUALQUIERA QUE FUESE SU EDAD, SEXO U OCUPACIÓN, QUEDANDO EXCLUIDAS LAS PERSONAS QUE PRESTEN SUS SERVICIOS CON CARGO A LA PARTIDA DE HONORARIOS.
LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE SE ENCUENTREN GOZANDO DE LICENCIA MÉDICA CON O SIN GOCE XX XXXXXX, ESTARÁN PROTEGIDOS POR ESTE SEGURO, EN TODO CASO, EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS PAGARÁ EL IMPORTE TOTAL DE LA PRIMA HASTA EN TANTO SE REINCORPORE A LABORAR EL SERVIDOR PÚBLICO.
CARENCIA DE RESTRICCIONES:
LA PRESENTE PÓLIZA NO ESTARÁ SUJETA A RESTRICCIÓN ALGUNA POR RAZONES DE SEXO, RESIDENCIA, OCUPACIÓN, VIAJES GENERO DE VIDA DE LOS ASEGURADOS, O CUALQUIER CIRCUNSTANCIA SIMILAR.
SUMA ASEGURADA:
LA SUMA ASEGURADA A QUE TENDRÁ DERECHO, SE DETERMINARÁ EN FUNCIÓN DE LOS AÑOS DE SERVICIO E IGUAL TIEMPO DE COTIZACIÓN AL ISSSTE, ASÍ COMO LA EDAD DEL TRABAJADOR.
TODA FRACCIÓN DE MÁS DE SEIS MESES (SEIS MESES 1 DÍA) DE SERVICIOS SE CONSIDERARÁ COMO AÑO COMPLETO, PARA LOS EFECTOS DEL OTORGAMIENTO DE LA SUMA ASEGURADA.
CUANDO UN SERVIDOR PÚBLICO SE RETIRE POR INVALIDEZ Y SE ENCUENTRE EN LOS SUPUESTOS DE AÑOS DE SERVICIO Y COTIZACIÓN AL ISSSTE Y EDAD ESTABLECIDOS PARA TENER DERECHO AL PAGO DE ESTE SEGURO, LA ASEGURADORA DEBERÁ PAGAR LA SUMA ASEGURADA QUE CORRESPONDA, DE CONFORMIDAD CON LO SIGUIENTE:
ANEXO 5A
Sumas aseguradas del Seguro de Retiro para los (las) trabajadores (as) que eligieron el sistema de pensiones basado en cuentas individuales
Para los años 2019 y 2020.
Para recibir la suma asegurada de $25,000.00 pesos, los trabajadores deberán cumplir con 30 años o más de cotización al Instituto y las trabajadoras cumplir con 28 años o más de cotización al Instituto y con los requisitos establecidos para el cobro del seguro de retiro (de acuerdo con las condiciones establecidas en la póliza o contrato respectivo, según corresponda), así como presentar original (para su cotejo), y copia simple de la Concesión de Pensión emitida por el ISSSTE, que es el documento en el cual consta el otorgamiento de la Pensión al servidor público.
ANEXO 5B
Sumas aseguradas del Seguro de Retiro para los (las) trabajadores (as) que eligieron el sistema de pensiones establecido en el artículo Décimo Transitorio de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Para el año 2019
a) Los trabajadores que hubieran cotizado 30 años o más y tengan una edad mínima de 55 años, y las trabajadoras que hubieran cotizado 28 años o más y tengan una edad mínima de 53 años, tendrán derecho a una suma asegurada equivalente a
$25,000.00 pesos.
b) Los trabajadores que cumplan 60 años de edad o más y 15 años o más de cotización al Instituto, tendrán derecho a una suma asegurada de acuerdo con la siguiente tabla:
Años de servicio y cotización al Instituto | Suma Asegurada (Pesos) |
15 | $12,500.00 |
16 | $13,125.00 |
17 | $13,750.00 |
18 | $14,375.00 |
19 | $15,000.00 |
20 | $15,625.00 |
21 | $16,250.00 |
22 | $16,875.00 |
23 | $17,500.00 |
24 | $18,125.00 |
25 | $18,750.00 |
26 | $20,000.00 |
27 | $21,250.00 |
28 | $22,500.00 |
29 | $23,750.00 |
c) Los trabajadores que se separen voluntariamente del servicio a los 65 años de edad o más y hayan cotizado al Instituto por un mínimo de 10 años, tendrán derecho a una suma asegurada de acuerdo a la siguiente tabla:
Edad | Suma Asegurada (Pesos) |
65 o más | $12,500.00 |
Para el año 2020
a) Los trabajadores que hubieren cotizado 30 años o más y tengan una edad mínima de 56 años, y las trabajadoras que hubieran cotizado 28 años o más y tengan una edad mínima de 54 años, tendrán derecho a una suma asegurada equivalente a
$25,000.00 pesos.
b) Los trabajadores que cumplan 60 años de edad o más y 15 años o más de cotización al Instituto, tendrán derecho a una suma asegurada de acuerdo a la siguiente tabla:
Años de servicio y cotización al Instituto | Suma Asegurada (Pesos) |
15 | $12,500.00 |
16 | $13,125.00 |
17 | $13,750.00 |
18 | $14,375.00 |
19 | $15,000.00 |
20 | $15,625.00 |
21 | $16,250.00 |
22 | $16,875.00 |
23 | $17,500.00 |
24 | $18,125.00 |
25 | $18,750.00 |
26 | $20,000.00 |
27 | $21,250.00 |
28 | $22,500.00 |
29 | $23,750.00 |
c) Los trabajadores que se separen voluntariamente del servicio a los 65 años de edad o más y hayan cotizado al Instituto por un mínimo de 10 años, tendrán derecho a una suma asegurada de acuerdo a la siguiente tabla:
Edad | Suma Asegurada (Pesos) |
65 o más | $12,500.00 |
NOTA: PARA EL EJERCICIO 2021 LA SUMA ASEGURADA SERÁ LA QUE SE ESTABLEZCA EN EL MANUAL DE PERCEPCIONES DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, QUE APLIQUE PARA ESTE EJERCICIO.
CUANDO EL LA) TRABAJADOR(A) HAYA CAUSADO BAJA DEL SERVICIO Y TENGA DERECHO AL PAGO DE LA SUMA ASEGURADA, DE CONFORMIDAD CON LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS EN ESTE APARTADO Y FALLECE ANTES O EN EL PROCESO DE LA RECLAMACIÓN, NO SE VERÁ AFECTADO EL DERECHO ADQUIRIDO. EN TAL CASO, LA ASEGURADORA DEBERÁ PAGAR LA SUMA ASEGURADA QUE CORRESPONDA A LA SUCESIÓN LEGAL DEL (LA) TRABAJADOR (A).
PRIMAS:
LAS ASEGURADORAS LICITANTES DEBERÁN PROPORCIONAR EL IMPORTE DE LA PRIMA MENSUAL A PAGAR POR CADA TRABAJADOR. ESTE SERÁ DE $ (/100 MN.), QUE SERÁ CUBIERTO DE CONFORMIDAD CON LAS DISPOSICIONES LEGALES EN MATERIA DE SEGUROS, DE LA FORMA SIGUIENTE:
a) EL 50% (CINCUENTA POR CIENTO) SERÁ CUBIERTO POR CADA ASEGURADO, MEDIANTE DESCUENTO DE SU NÓMINA CATORCENAL Y SERÁ PAGADO POR EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS A LA ASEGURADORA MENSUALMENTE.
b) EL 50% (CINCUENTA POR CIENTO), SERÁ CUBIERTA POR EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS Y PAGADO A LA ASEGURADORA MENSUALMENTE.
c) LA ASEGURADORA SE OBLIGA A PROPORCIONAR AL COLEGIO DE POSTGRADUADOS LA FACTURA CORRESPONDIENTE CON LOS REQUISITOS FISCALES MENCIONADOS EN EL ARTÍCULO 29-A DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN.
FORMA DE PAGO DE LA PRIMA:
LA PRIMA SERÁ PAGADA A “LA ASEGURADORA” DIRECTAMENTE POR EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS EN FORMA MENSUAL, PARA LO CUAL EFECTUARÁ LA RETENCIÓN DE LA PARTE QUE PROCEDA A CADA TRABAJADOR.
CLAUSULA DE TRASPASO DE RECURSOS NO UTILIZADOS.
LA ASEGURADORA QUE RESULTE ADJUDICADA SE COMPROMETE A RECIBIR, INVERTIR Y ADMINISTRAR LOS RECURSOS, QUE SEAN TRNASFERIDOS DE LA ACTUAL ASEGURADORA, ACREDITÁNDOLE AL COLEGIO DE POSTGRADUADOS LOS
RENDIMIENTOS FINANCIEROS QUE GENEREN DICHOS RECURSOS, DURANTE LA VIGENCIA DEL PRESENTE CONTRATO.
ASIMISMO, LA ASEGURADORA SE COMPROMETE A TRASPASAR A LA ASEGURADORA QUE RESULTE ADJUDICADA EN EL SIGUIENTE PROCESO DE CONTRATACIÓN, LOS RECURSOS QUE NO HAYAN SIDO UTILIZADOS PARA PAGO DE SINIESTROS, DERIVADOS DEL PAGO XX XXXXXX PAGADAS DURANTE LA VIGENCIA DE LA PRESENTE PÓLIZA, ASÍ COMO LOS QUE HUBIERE RECIBIDO DE LA ANTERIOR ASEGURADORA, INCLUYENDO LOS RENDIMIENTOS FINANCIEROS DE AMBOS RECURSOS.
LA INVERSIÓN LOS RECURSOS RECIBIDOS DE LA ANTERIOR ASEGURADORA, ASÍ COMO DE LAS PRIMAS QUE SEAN PAGADAS POR EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS DURANTE LA VIGENCIA DEL SEGURO, SE LLEVARÁ A CABO DENTRO DEL MARCO DE LAS DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES A LA ASEGURADORA Y SUS POLÍTICAS INTERNAS, CUIDANDO SIEMPRE LA RENTABILIDAD, SEGURIDAD Y LIQUIDEZ, EN FUNCIÓN DE LAS EXPECTATIVAS DE LAS PRINCIPALES VARIABLES MACROECONÓMICAS Y LAS CONDICIONES IMPERANTES EN LOS MERCADOS FINANCIEROS.
AL CONCLUIR LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA LA ASEGURADORA ADJUDICADA INFORMARÁ POR ESCRITO AL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, DENTRO DE LOS 5 DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A LA FINALIZACIÓN DE LA VIGENCIA, EL IMPORTE DE LOS RECURSOS RECIBIDOS DE LA ANTERIOR ASEGURADORA CON SUS RESPECTIVOS RENDIMIENTOS, ASÍ COMO EL IMPORTE DE LAS PRIMAS NO UTILIZADAS PARA PAGO DE SINIESTROS CORRESPONDIENTE A LA PRESENTE PÓLIZA, DE ACUERDO A LO SIGUIENTE:
A) RECURSOS RECIBIDOS DE LA ANTERIOR ASEGURADORA.
RECURSOS RECIBIDOS AL INICIO DE LA VIGENCIA DE PARTE DE LA ANTERIOR ASEGURADORA. | |
+ | RENDIMIENTOS FINANCIEROS GENERADOS DURANTE EL PERÍODO DE VIGENCIA DE LA PRESENTE PÓLIZA |
- | GASTOS DE ADMINISTRACIÓN EXCLUSIVAMENTE SOBRE LOS RENDIMIENTOS FINANCIEROS OBTENIDOS |
= | IMPORTE A TRASPASAR A LA SIGUIENTE ASEGURADORA. |
B) RECURSOS NO UTILIZADOS DERIVADOS DE LA PRESENTE PÓLIZA
PRIMAS RECIBIDAS DURANTE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA | |
- | PAGOS DE SINIESTROS DURANTE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA |
- | GASTOS DE ADMINISTRACIÓN SOBRE EL IMPORTE DE SINIESTROS PAGADOS |
+ | RENDIMIENTOS FINANCIEROS GENERADOS POR LOS RECURSOS NO UTILIZADOS PARA PAGO DE SINIESTROS. |
- | GASTOS DE ADMINISTRACIÓN EXCLUSIVAMENTE SOBRE LOS RENDIMIENTOS FINANCIEROS GENERADOS POR LOS RECURSOS NO UTILIZADOS PARA PAGO DE SINIESTROS. |
= | IMPORTE A TRASPASAR A LA SIGUIENTE ASEGURADORA. |
EN DONDE:
GASTOS DE ADMINISTRACIÓN SOBRE RENDIMIENTOS FINANCIEROS = 15% SOBRE LOS RENDIMIENTOS FINANCIEROS EFECTIVAMENTE OBTENIDOS.
GASTOS DE ADMINISTRACIÓN SOBRE EL IMPORTE DE SINIESTROS PAGADOS
= 5% SOBRE EL MONTO DE INDEMNIZACIONES PAGADAS DURANTE LA VIGENCIA DEL SEGURO.
EN CASO DE QUE EL IMPORTE DE LOS SINIESTROS QUE SEAN PAGADOS DURANTE LA VIGENCIA DEL SEGURO EXCEDAN EL CÁLCULO DE LA PRIMA COBRADA, EL EXCEDENTE DE SINIESTRALIDAD CORRERÁ A CARGO DE LA ASEGURADORA QUE RESULTE ADJUDICADA.
EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, UNA VEZ QUE RECIBA EL INFORME ANTES MENCIONADO, GIRARÁ INSTRUCCIONES A LA ASEGURADORA, AUTORIZANDO EL TRASPASO DE LOS RECURSOS A LA ASEGURADORA QUE RESULTE ADJUDICADA EN EL NUEVO PROCESO DE CONTRATACIÓN.
PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
LOS CONCURSANTES DEBERÁN PRESENTAR SU PROPUESTA TANTO EN PRIMA TOTAL ANUAL, COMO PRIMA MENSUAL POR CADA ASEGURADO.
PAGO DE SUMA ASEGURADA:
LA ASEGURADORA PAGARÁ LA SUMA QUE CORRESPONDA, EN EL PLAZO XXXXXX XX XXXX DÍAS NATURALES, CONTADO A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE LE HAYAN ACREDITADO LOS REQUISITOS PARA FORMULAR LA CORRESPONDIENTE SOLICITUD DE PAGO, MEDIANTE LA ENTREGA DE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:
a) FORMATO DE SOLICITUD DE PAGO QUE PROPORCIONE LA ASEGURADORA
b) COPIA AL CARBÓN O CERTIFICADA DE LA HOJA ÚNICA DE SERVICIOS EXPEDIDA POR EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS.
c) CONSTANCIA DE BAJA DEL SERVICIO EXPEDIDA POR EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS.
d) COMPROBANTE DEL ÚLTIMO PAGO XX XXXXXXX.
e) IDENTIFICACIÓN OFICIAL CON FOTOGRAFÍA DEL TRABAJADOR ASEGURADO.
f) AVISO DE BAJA AL ISSSTE.
g) COMPROBANTE DE DOMICILIO DE UNA ANTIGÜEDAD NO MAYOR A TRES MESES.
PROGRAMAS DE RETIRO VOLUNTARIO
EN CASO DE QUE EXISTAN PROGRAMAS DE RETIRO VOLUNTARIO AUSPICIADOS POR EL EJECUTIVO FEDERAL Y/O EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, SE DEBERÁ PAGAR LA SUMA ASEGURADA QUE CORRESPONDA A LOS ASEGURADOS QUE DECIDAN ADHERIRSE A DICHO PROGRAMA, SIEMPRE Y CUANDO EL RETIRO SE REALICE DENTRO DE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA Y SE ENCUENTREN DENTRO DE LOS SUPUESTOS DE EDAD Y AÑOS DE SERVICIO Y COTIZACIONES EL ISSSTE ESTABLECIDOS EN LAS PRESENTES CONDICIONES.
REPORTE DE PAGO DE RETIROS:
LA ASEGURADORA ENVIARÁ MENSUALMENTE AL COLEGIO DE POSTGRADUADOS UN REPORTE DE LOS PAGOS DE RETIROS EFECTUADOS, EN MEDIO MAGNÉTICO, DURANTE LOS 10 DÍAS POSTERIORES AL CIERRE DE CADA MES, DETALLANDO LO SIGUIENTE:
NOMBRE DEL SERVIDOR R.FC.
FECHA DE SOLICITUD DE PAGO FECHA DE LA BAJA DEL SERVICIO AÑOS COTIZADOS AL ISSSTE FECHA DE PAGO
MOTIVO DEL PAGO IMPORTE PAGADO
ESTA INFORMACIÓN LA SOLICITA EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS EN SU CALIDAD DE PATRÓN, ADEMÁS DE LAS FACULTADES LEGALES Y SUFICIENTES PARA REPRESENTAR A SUS TRABAJADORES Y VELAR POR SUS INTERESES, ASÍ COMO DE LOS RECURSOS ACUMULADOS, QUE EN SU CASO, EXISTAN DE ESTE SEGURO.
MOVIMIENTOS:
LAS ALTAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE SE INCORPOREN A LA COLECTIVIDAD ASEGURADA, SERÁN ACEPTADAS EN FORMA AUTOMÁTICA POR LA ASEGURADORA, BASTANDO CON QUE LOS NUEVOS SERVIDORES PÚBLICOS APAREZCAN EN LOS LISTADOS DE PAGOS XX XXXXXX PARA QUE SEAN REGISTRADOS POR LA ASEGURADORA COMO INTEGRANTES DE LA COLECTIVIDAD, POR LO QUE NO EXISTIRÁ NINGÚN OTRO AVISO DE ALTAS.
REINSTALACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS CUANDO GANEN JUICIOS LABORALES:
LA ASEGURADORA QUE RESULTE ADJUDICADA SE COMPROMETE A ACEPTAR EL ALTA RETROACTIVA O REHABILITACIÓN, SEGÚN SEA EL CASO, CUANDO EXISTA UN LAUDO FAVORABLE A ALGÚN SERVIDOR PÚBLICO EN EL QUE SE ORDENE A “EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS” LA REINSTALACIÓN DEL SERVIDOR PÚBLICO A SU
TRABAJO. PARA ESTE EFECTO, LA ASEGURADORA SE COMPROMETE A ACEPTAR LAS PRIMAS RETROACTIVAS QUE SE ORIGINEN DE ESTE MOVIMIENTO.
PRESCRIPCIÓN:
TODAS LAS ACCIONES QUE SE DERIVEN DE ESTE CONTRATO DE SEGUROS, PRESCRIBIRÁN EN CINCO AÑOS TRATÁNDOSE DE LA COBERTURA DE FALLECIMIENTO EN LOS SEGUROS DE VIDA Y EN DOS AÑOS EN LOS DEMÁS CASOS, CONTADOS EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 81 DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO, DESDE LA FECHA DEL ACONTECIMIENTO QUE LES DIO ORIGEN SALVO LOS CASOS DE EXCEPCIÓN CONSIGNADOS EN EL ARTÍCULO 82 DE LA MISMA LEY.
EL PLAZO DE QUE TRATA EL PÁRRAFO ANTERIOR NO CORRERÁ EN CASO DE OMISIÓN, FALSAS O INEXACTAS DECLARACIONES SOBRE EL RIESGO CORRIDO, SINO DESDE EL DÍA EN QUE LA ASEGURADORA HAYA TENIDO CONOCIMIENTO DE ÉL, Y SI SE TRATA DE LA REALIZACIÓN DEL SINIESTRO, DESDE EL DÍA EN QUE HAYA LLEGADO A CONOCIMIENTO DE LOS INTERESADOS, QUIENES DEBERÁN DEMOSTRAR QUE HASTA ENTONCES IGNORABAN DICHA REALIZACIÓN. TRATÁNDOSE DE TERCEROS BENEFICIARIOS SE NECESITARÁ, ADEMÁS, QUE ÉSTOS TENGAN CONOCIMIENTO DEL DERECHO CONSTITUIDO A SU FAVOR.
LA PRESCRIPCIÓN SE INTERRUMPIRÁ NO SOLO POR LAS CAUSAS ORDINARIAS, SINO TAMBIÉN POR AQUELLAS A QUE SE REFIERE LA LEY DE PROTECCIÓN Y DEFENSA DEL USUARIO DE SERVICIOS FINANCIEROS.
NO ADHESIÓN
LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES ESTABLECIDOS EN LA PRESENTE PÓLIZA FUERON ACORDADOS Y FIJADOS LIBREMENTE ENTRE EL ASEGURADO Y LA ASEGURADORA, POR LO QUE ÉSTE ES UN CONTRATO DE “NO ADHESIÓN” Y POR LO TANTO NO SE UBICA EN EL SUPUESTO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 202 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y FIANZAS VIGENTE, POR LO QUE LAS CONDICIONES GENERALES PRE IMPRESAS DE LA ASEGURADORA, SUS CLÁUSULAS Y SUS ENDOSOS ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE COMPLEMENTARAN A LAS CONDICIONES ESPECIALES ESTABLECIDAS POR EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, SIEMPRE VIGILANDO EL BENEFICIO E INTERESES DEL CONTRATANTE Y EL ASEGURADO, NUNCA IRÁN EN PERJUICIO DE LOS INTERESES DEL CONTRATANTE Y ASEGURADO.
CON LO ANTERIOR SE RATIFICA A LA ASEGURADORA QUE LAS EXCLUSIONES, LIMITACIONES Y CONDICIONAMIENTOS DE SUS CONDICIONES GENERALES PRE IMPRESAS, QUEDAN SIN EFECTO ALGUNO PARA ESTE SEGURO.
CONDICIONES GENERALES:
LAS CONDICIONES GENERALES DE LA ASEGURADORA NO TENDRÁN OTRA APLICACIÓN QUE COMPLEMENTAR EN BENEFICIO DEL CONTRATANTE Y ASEGURADO LAS CONDICIONES ESPECIALES ESTABLECIDAS POR EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, QUEDANDO CONVENIDO QUE EN NINGÚN MOMENTO ÉSTAS CONDICIONES GENERALES LIMITARÁN EL ALCANCE Y DESCRIPCIÓN DE LAS CONDICIONES ESPECIALES, QUEDANDO SUJETAS “LAS PARTES” INEQUÍVOCAMENTE A LAS CONDICIONES ESPECIALES ESTABLECIDAS EN LA PÓLIZA, LAS CUALES TIENEN PRELACIÓN SOBRE LAS CONDICIONES GENERALES Y SUS ENDOSOS, NO TENIENDO VALIDEZ CUALQUIER OTRA EXCLUSIÓN, LIMITACIÓN Y CONTRAPOSICIÓN CONTENIDA EN DICHAS CONDICIONES GENERALES, CLÁUSULAS Y ENDOSOS Y QUE NO ESTÉN DESCRITAS EN LAS CONDICIONES ESPECIALES Y SUS DISTINTOS APARTADOS Y CLAUSULAS.
SIEMPRE APLICARA EN FAVOR DEL CONTRATANTE Y ASEGURADO TODOS LOS BENEFICIOS Y/O COBERTURAS QUE SE CONTEMPLEN EN LAS CONDICIONES GENERALES, QUE SEAN ADICIONALES A LO SOLICITADO EN LAS CONDICIONES ESPECIALES DE LA CONVOCANTE Y POR LOS CUALES NO SE APLIQUE PAGO DE PRIMA ADICIONAL.
LO ANTERIOR EN EL ENTENDIDO DE QUE LAS COBERTURAS O BENEFICIOS ADICIONALES QUE SE INDIQUEN EN LAS CONDICIONES GENERALES DE LA ASEGURADORA Y QUE EN SU CASO IMPLIQUEN COBRO DE PRIMA ADICIONAL DEBERÁN ESTABLECERSE O SOLICITARSE EXPRESAMENTE POR EL CONTRATANTE.
PRELACIÓN:
CUALQUIER CONTENIDO DENTRO DE LOS TEXTOS ESTIPULADOS EN ESTA PÓLIZA, INCLUYENDO LOS BENEFICIOS, CLAUSULAS Y ENDOSOS QUE SEAN EN FAVOR DEL CONTRATANTE Y ASEGURADO Y QUE SE PLASMEN EN LAS CONDICIONES GENERALES DE “LA ASEGURADORA”, TENDRÁ PREFERENCIA SOBRE DICHAS CONDICIONES GENERALES DE “LA ASEGURADORA”, Y EN CASO DE QUE LAS CONDICIONES GENERALES CONTRAVENGAN, MODIFIQUEN, LIMITEN O CONDICIONEN LO PACTADO Y ESTABLECIDO EN LAS CONDICIONES PARTICULARES
Y ESPECIALES SOLICITADAS, ESTAS CONDICIONES GENERALES QUEDARÁN SIN EFECTO ALGUNO.
COMPETENCIA.
EN CASO DE CONTROVERSIA, EL QUEJOSO PODRÁ HACER VALER SUS DERECHOS EN LOS TÉRMINOS PREVISTOS POR LA LEY DE PROTECCIÓN Y DEFENSA AL USUARIO DE SERVICIOS FINANCIEROS. LA COMPETENCIA SE DETERMINARÁ EN LOS TÉRMINOS QUE ESTABLEZCAN LAS DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES”.
MODIFICACIONES.
DE ACUERDO A LO ESTIPULADO EN LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y FIANZAS, SE PODRÁN REALIZAR CAMBIOS EN EL CONTRATO QUE DETERMINE LA COMISIÓN NACIONAL DE SEGUROS Y FIANZAS A LA PRESENTE PÓLIZA, SIN QUE ESTO CONTRAVENGA LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 52 DE LA LEY DE ADQUISICIONES ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.
CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 52 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, 91 Y 92 DE SU REGLAMENTO, SE PODRÁN CELEBRAR CONVENIOS MODIFICATORIOS AL (LOS) CONTRATO(S) QUE SE DERIVE(N) DE ESTE CONCURSO, SIN TENER QUE RECURRIR A UNO NUEVO, Y DEBERÁ FORMALIZARSE POR ESCRITO, SIEMPRE QUE EL MONTO TOTAL DE LAS MODIFICACIONES NO REBASE EN CONJUNTO, EL 20% DEL MONTO O CANTIDAD DE LOS CONCEPTOS Y VOLÚMENES ESTABLECIDOS ORIGINALMENTE EN EL (LOS) MISMO (S) Y EL PRECIO SEA IGUAL AL PACTADO ORIGINALMENTE; ASÍ COMO QUE SE CUENTE CON LA DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL CORRESPONDIENTE.
IGUAL PORCENTAJE SE APLICARÁ A LAS MODIFICACIONES POR AMPLIACIÓN DE LA VIGENCIA DEL CONTRATO.
LAS MODIFICACIONES QUE SE REALICEN SE LLEVARAN A CABO MEDIANTE LA ELABORACIÓN Y FIRMA DEL CONVENIO MODIFICATORIO CORRESPONDIENTE.
ERRORES Y OMISIONES
QUEDA ENTENDIDO Y CONVENIDO QUE CUALQUIER ERROR U OMISIÓN ACCIDENTAL O INVOLUNTARIO EN EL ALTA, BAJA, DESCRIPCIÓN, INCLUSIÓN DE LOS ASEGURADOS, UBICACIÓN DE LAS PERSONAS O EL TRÁMITE DE DOCUMENTACIÓN DE CUALQUIERA DE SUS SERVIDORES PÚBLICOS O REPRESENTANTES, NO PERJUDICARÁ LOS INTERESES DEL ASEGURADO, NI DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, YA QUE LA INTENCIÓN DE ESTA CLÁUSULA ES DE PROTEGERLO EN TODO TIEMPO, POR LO TANTO EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS REPORTARÁ EL ERROR U OMISIÓN TAN PRONTO COMO SEA POSIBLE DESPUÉS DE SU DESCUBRIMIENTO O AÚN DESPUÉS DE OCURRIDO EL SINIESTRO, Y EN CASO DE QUE DICHA MOVIMIENTO LO AMERITE SE EFECTUARÁ EL AJUSTE DE PRIMA A QUE HAYA LUGAR CONFORME A LA TARIFA OFERTADA, SIN MENOSCABO O LESIÓN DEL PATRIMONIO FEDERAL. EN TAL SENTIDO, LA ASEGURADORA NO DEBERÁ NEGARSE A INDEMNIZAR UN SINIESTRO DERIVADO DE UN ERROR U OMISIÓN.
CONTENIDO DEL SEGURO O SUS MODIFICACIONES:
LA ASEGURADORA ESTÁ OBLIGADA A RESPETAR EL CONTENIDO DEL SEGURO (TÉRMINOS Y CONDICIONES) O SUS MODIFICACIONES EN FUNCIÓN DE LA OFERTA PRESENTADA, MISMA QUE ES AVALADA POR EL ASEGURADO, SIN EMBARGO SI POR ALGUNA RAZÓN LA PÓLIZA EMITIDA NO LLEGARA A CONCORDAR CON LA OFERTA Y LO ESTABLECIDO POR EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, LA ASEGURADORA QUEDARÁ EN CUALQUIER MOMENTO OBLIGADA A RESPETAR LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES SOLICITADOS Y PACTADOS CON EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, POR LO CUAL DEBERÁ EFECTUAR LAS ADECUACIONES A QUE HAYA LUGAR; EN TAL VIRTUD QUEDAN SIN EFECTO LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO 25 Y 26 DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGUROS.
NO CANCELACIÓN DE LA PÓLIZA:
LA PÓLIZA QUE SE EXPIDA PARA AMPARAR ESTE SEGURO, NO PODRÁ SER CANCELADA POR NINGÚN MOTIVO DURANTE EL PERÍODO DE VIGENCIA, A MENOS QUE SEA EXPRESAMENTE SOLICITADO POR EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, EN LOS TÉRMINOS ESTABLECIDOS EN LA PRESENTE CONVOCATORIA.
ACREDITACIÓN DE INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN POR PARTE DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS QUE ENTREGARA A LA ASEGURADORA ADJUDICADA, ARTICULO 492 LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS
INFORMACIÓN:
DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL,
ACTIVIDAD U OBJETO SOCIAL,
REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES,
DOMICILIO: (CALLE, NUMERO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, DELEGACIÓN O MUNICIPIO, CIUDAD O POBLACIÓN Y ENTIDAD FEDERATIVA),
TELÉFONOS,
CORREO ELECTRÓNICO,
NOMBRE DEL ADMINISTRADOR, DIRECTOR O APODERADO LEGAL. DOCUMENTACIÓN:
SE ENTREGARA POR PARTE DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, COPIA CERTIFICADA DEL TESTIMONIO DEL PODER DE QUIEN FIRMA, O BIEN CONSTANCIA DEL NOMBRAMIENTO DE LA PERSONA QUE CON SU FIRMA PUEDA OBLIGAR AL COLEGIO DE POSTGRADUADOS Y SU IDENTIFICACIÓN PERSONAL.
SE ACLARA QUE SOLO SE ENTREGARA UNA SOLA VEZ ESTA INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN A LA ASEGURADORA QUE PRESTARA EL SERVICIO, POR LO QUE DE REQUERIR COPIAS PARA TRÁMITES ADMINISTRATIVOS O DE ACREDITACIÓN O DE OTRA ÍNDOLE RELACIONADOS A LOS SEGUROS QUE SE ESTÁN CONTRATANDO, EL REPRESENTANTE LEGAL DE LA ASEGURADORA REALIZARA LAS COPIAS QUE SEAN REQUERIDAS PARA LOS TRAMITES A QUE HAYA LUGAR DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO CELEBRADO Y SUS MODIFICACIONES.
BENEFICIOS PARA “EL ASEGURADO”:
SI DURANTE LA VIGENCIA DE ESTA PÓLIZA LAS AUTORIDADES DE LA ASEGURADORA APRUEBAN EXTENSIONES O NUEVAS COBERTURAS SIN CARGO ADICIONAL DE PRIMA, SERÁN APLICADAS AUTOMÁTICAMENTE EN BENEFICIO DEL ASEGURADO.
ASIMISMO, SI DURANTE LA VIGENCIA DE ESTE SEGURO DISMINUYEN LAS TARIFAS APROBADAS, EL ASEGURADO PODRÁ SOLICITAR A LA ASEGURADORA LA BONIFICACIÓN DE LA DIFERENCIA ENTRE LA PRIMA PACTADA Y LA PRIMA MODIFICADA DESDE LA FECHA DE TAL REBAJA HASTA LA TERMINACIÓN DEL SEGURO.
ESTÁNDARES DE SERVICIO.
LOS LICITANTES SE COMPROMETEN A ACEPTAR LOS ESTÁNDARES DE SERVICIO, TAL Y COMO SE ESTABLECEN AL FINAL DE LAS CONDICIONES DE LA PÓLIZA Y EL LICITANTE QUE RESULTE ADJUDICADO DEBERÁ INCLUIR EN SU PÓLIZA EL MENCIONADO ANEXO COMO PARTE INTEGRANTE DE LA MISMA, ACEPTANDO SOMETERSE A LAS PENAS CONVENCIONALES ESTABLECIDAS EN EL MISMO.
CONDICIONES DE LA CONVOCATORIA Y SUS ANEXOS
LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN LA CONVOCATORIA, SUS ANEXOS Y EL ACTA DE LA (S) JUNTA (S) DE ACLARACIONES, FORMARAN PARTE INTEGRAL DE LA PRESENTE PÓLIZA.
POR LA ASEGURADORA NOMBRE DE LA ASEGURADORA NOMBRE FUNCIONARIO FACULTADO
PUESTO TELÉFONOS DOMICILIO | POR EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS NOMBRE DEL FUNCIONARIO FACULTADO |
COLEGIO DE POSTGRADUADOS
PARTIDA NO. 2 OPCION B
CONTRATO DE ADMINISTRACIÓN DE PERDIDAS COBERTURA DE RETIRO
2019-2021
CONTRATO DE ADMINISTRACION DE PERDIDAS COBERTURA DE RETIRO
VIGENCIA:
EL SEGURO INICIA SU VIGENCIA A PARTIR DE LAS 00:00 HORAS DEL DÍA 01 DE DICIEMBRE DE 2019 HASTA LAS 24:00 HORAS DEL DÍA 00 XX XXXXXXXXX XXX 0000.
OBJETO:
LA ASEGURADORA SE OBLIGA A PROPORCIONAR EL SERVICIO DE ADMINISTRACION DE PERDIDAS CONSISTENTE EN EL PAGO QUE SE DEBA REALIZAR POR EL SEGURO DE RETIRO A LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, INDEPENDIENTEMENTE DE SU EDAD, SEXO U OCUPACIÓN, QUE CAUSEN BAJA DEL SERVICIO Y SE UBIQUEN EN LOS AÑOS DE EDAD Y DE COTIZACIÓN AL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO (ISSSTE), CON EL PROPÓSITO DE HACER FRENTE A LAS CONTINGENCIAS INHERENTES A LA SEPARACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO Y DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL MANUAL DE PERCEPCIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL.
TIPO DE MONEDA:
TODOS LOS PAGOS RELATIVOS A ESTE CONTRATO DE ADMINISTRACION DE PERDIDAS, YA SEA POR PARTE DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS O DEL EMPLEADO O DE LA ASEGURADORA, SE HARÁN EN MONEDA NACIONAL.
COLECTIVIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN DE PÉRDIDAS:
TODOS LOS TRABAJADORES DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS CUALQUIERA QUE FUESE SU EDAD, SEXO U OCUPACIÓN, QUEDANDO EXCLUIDAS LAS PERSONAS QUE PRESTEN SUS SERVICIOS CON CARGO A LA PARTIDA DE HONORARIOS.
LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE SE ENCUENTREN GOZANDO DE LICENCIA MÉDICA CON O SIN GOCE XX XXXXXX, ESTARÁN PROTEGIDOS POR ESTE ESQUEMA DE ADMINISTRACION, EN TODO CASO, EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS PAGARÁ EL
IMPORTE TOTAL DE LA PRIMA HASTA EN TANTO SE REINCORPORE A LABORAR EL SERVIDOR PÚBLICO.
CARENCIA DE RESTRICCIONES:
LA PRESENTE ADMINISTRACION DE PERDIDAS, NO ESTARÁ SUJETA A RESTRICCIÓN ALGUNA POR RAZONES DE SEXO, RESIDENCIA, OCUPACIÓN, VIAJES GENERO DE VIDA DE LOS INTEGRANTES DE LA COLECTIVIDAD, O CUALQUIER CIRCUNSTANCIA SIMILAR.
LIQUIDACION DE PÉRDIDAS:
LA CANTIDAD A LA QUE TENDRÁ DERECHO, SE DETERMINARÁ EN FUNCIÓN DE LOS AÑOS DE SERVICIO E IGUAL TIEMPO DE COTIZACIÓN AL ISSSTE, ASÍ COMO LA EDAD DEL TRABAJADOR.
TODA FRACCIÓN DE MÁS DE SEIS MESES (SEIS MESES 1 DÍA) DE SERVICIOS SE CONSIDERARÁ COMO AÑO COMPLETO, PARA LOS EFECTOS DEL OTORGAMIENTO DE LA SUMA ASEGURADA.
CUANDO UN SERVIDOR PÚBLICO SE RETIRE POR INVALIDEZ Y SE ENCUENTRE EN LOS SUPUESTOS DE AÑOS DE SERVICIO Y COTIZACIÓN AL ISSSTE Y EDAD ESTABLECIDOS PARA TENER DERECHO AL PAGO DE ESTE ESQUEMA, LA ASEGURADORA DEBERÁ PAGAR LA CANTIDAD QUE CORRESPONDA, DE CONFORMIDAD CON LA REGLA ESTABLECIDA EN EL MANUAL DE PERCEPCIONES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL DE ACUERDO CON LO SIGUIENTE:
ANEXO 5A
Sumas aseguradas del Seguro de Retiro para los (las) trabajadores (as) que eligieron el sistema de pensiones basado en cuentas individuales
Para los años 2019 y 2020.
Para recibir la suma asegurada de $25,000.00 pesos, los trabajadores deberán cumplir con 30 años o más de cotización al Instituto y las trabajadoras cumplir con 28 años o más de cotización al Instituto y con los requisitos establecidos para el cobro del seguro de retiro (de acuerdo con las condiciones establecidas en la póliza o contrato respectivo, según corresponda), así como presentar original (para su cotejo), y copia simple de la Concesión de Pensión emitida por el ISSSTE, que es el documento en el cual consta el otorgamiento de la Pensión al servidor público.
ANEXO 5B
Sumas aseguradas del Seguro de Retiro para los (las) trabajadores (as) que eligieron el sistema de pensiones establecido en el artículo Décimo Transitorio de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Para el año 2019
a) Los trabajadores que hubieran cotizado 30 años o más y tengan una edad mínima de 55 años, y las trabajadoras que hubieran cotizado 28 años o más y tengan una edad mínima de 53 años, tendrán derecho a una suma asegurada equivalente a
$25,000.00 pesos.
b) Los trabajadores que cumplan 60 años de edad o más y 15 años o más de cotización al Instituto, tendrán derecho a una suma asegurada de acuerdo con la siguiente tabla:
Años de servicio y cotización al Instituto | Suma Asegurada (Pesos) |
15 | $12,500.00 |
16 | $13,125.00 |
17 | $13,750.00 |
18 | $14,375.00 |
19 | $15,000.00 |
20 | $15,625.00 |
21 | $16,250.00 |
22 | $16,875.00 |
23 | $17,500.00 |
24 | $18,125.00 |
25 | $18,750.00 |
26 | $20,000.00 |
27 | $21,250.00 |
28 | $22,500.00 |
29 | $23,750.00 |
c) Los trabajadores que se separen voluntariamente del servicio a los 65 años de edad o más y hayan cotizado al Instituto por un mínimo de 10 años, tendrán derecho a una suma asegurada de acuerdo a la siguiente tabla:
Edad | Suma Asegurada (Pesos) |
65 o más | $12,500.00 |
Para el año 2020
a) Los trabajadores que hubieren cotizado 30 años o más y tengan una edad mínima de 56 años, y las trabajadoras que hubieran cotizado 28 años o más y tengan una edad mínima de 54 años, tendrán derecho a una suma asegurada equivalente a $25,000.00 pesos.
b) Los trabajadores que cumplan 60 años de edad o más y 15 años o más de cotización al Instituto, tendrán derecho a una suma asegurada de acuerdo a la siguiente tabla:
Años de servicio y cotización al Instituto | Suma Asegurada (Pesos) |
15 | $12,500.00 |
16 | $13,125.00 |
17 | $13,750.00 |
18 | $14,375.00 |
19 | $15,000.00 |
20 | $15,625.00 |
21 | $16,250.00 |
22 | $16,875.00 |
23 | $17,500.00 |
24 | $18,125.00 |
25 | $18,750.00 |
26 | $20,000.00 |
27 | $21,250.00 |
28 | $22,500.00 |
29 | $23,750.00 |
c) Los trabajadores que se separen voluntariamente del servicio a los 65 años de edad o más y hayan cotizado al Instituto por un mínimo de 10 años, tendrán derecho a una suma asegurada de acuerdo a la siguiente tabla:
Edad | Suma Asegurada (Pesos) |
65 o más | $12,500.00 |
NOTA: PARA EL EJERCICIO 2021 LA SUMA ASEGURADA SERÁ LA QUE SE ESTABLEZCA EN EL MANUAL DE PERCEPCIONES DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, QUE APLIQUE PARA ESTE EJERCICIO.
CUANDO EL (LA) TRABAJADOR(A) HAYA CAUSADO BAJA DEL SERVICIO Y TENGA DERECHO AL PAGO, DE CONFORMIDAD CON LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS EN EL MANUAL DE PERCEPCIONES Y FALLECE ANTES O EN EL PROCESO DE LA RECLAMACIÓN, NO SE VERÁ AFECTADO EL DERECHO ADQUIRIDO. EN TAL CASO, LA ASEGURADORA DEBERÁ PAGAR LA CANTIDAD DE DINERO QUE CORRESPONDA A LA SUCESIÓN LEGAL DEL (LA) TRABAJADOR (A).
APORTACIONES DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS PARA ALIMENTAR EL FONDO PARA PAGO DE SINIESTROS:
EL MONTO DEL CONTRATO CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2019, SERÁ POR LA CANTIDAD MÍNIMA DE $200,000.00 M.N. (DOSCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.) Y LA CANTIDAD MÁXIMA DE $500,000.00 M.N. (QUINIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N).
EL MONTO DEL CONTRATO CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2020, SERÁ POR LA CANTIDAD MÍNIMA DE $1’200,000.00 M.N. (UN MILLON DOSCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), Y LA CANTIDAD MÁXIMA DE $3’000,000.00 M.N. (TRES MILLONES DE PESOS 00/100 M.N).
EL MONTO DEL CONTRATO CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2021, SERÁ POR LA CANTIDAD MÍNIMA DE $1’200,000.00 M.N. (UN MILLÓN DOSCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.) Y LA CANTIDAD MÁXIMA DE $3’000,000.00 M.N. (TRES MILLONES DE PESOS 00/100 M.N).
EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS ENTREGARÁ LOS FONDOS CORRESPONDIENTES A CADA PERÍODO DURANTE EL PRIMER MES DE VIGENCIA DE CADA EJERCICIO.
LA ASEGURADORA PROPORCIONARA AL COLEGIO DE POSTGRADUADOS LOS RECIBOS DE COBRO CORRESPONDIENTES COMO SIGUE:
A) RECIBO DE COBRO MENSUAL QUE CUMPLA CON TODOS LOS REQUISITOS INHERENTES QUE AMPARE LOS PAGOS DE SINIESTROS Y/O RETIROS QUE HAYA
REALIZADO DURANTE EL MES QUE CORRESPONDA. ESTE IMPORTE NO CAUSARA IVA POR ESTAR CLASIFICADO DENTRO XXX XXXX DEL SEGURO DE VIDA.
B) UN COMPROBANTE DE PAGO (SIN REQUISITOS FISCALES) POR EL IMPORTE QUE EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS TRANSFIERA POR CONCEPTO DE APORTACIONES AL FONDO, SIN INCLUIR EL IVA.
LA ASEGURADORA ABONARÁ AL COLEGIO DE POSTGRADUADOS LOS RENDIMIENTOS FINANCIEROS QUE GENEREN LOS RECURSOS DEL FONDO PARA ADMINISTRACIÓN DE PÉRDIDAS, EN TANTO NO SEAN UTILIZADOS PARA PAGO DE SINIESTROS.
AL FINALIZAR CADA VIGENCIA (DICIEMBRE DE 2019, DICIEMBRE DE 2020 Y NOVIEMBRE DE 2021) LA ASEGURADORA DEVOLVERÁ AL COLEGIO DE POSTGRADUADOS EL IMPORTE NO UTILIZADO PARA PAGO DE SINIESTROS, PUDIENDO EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS APLICAR DICHOS RECURSOS A CUENTA DEL FONDO DEL SIGUIENTE PERÍODO Y EN EL CASO DEL ÚLTIMO PERIODO EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS PODRÁ DAR INDICACIONES A LA ASEGURADORA PARA QUE LOS RECURSOS A DEVOLVER, SEAN TRANSFERIDOS A LA ASEGURADORA QUE RESULTE ADJUDICADA EN EL SIGUIENTE PROCESO DE CONTRATACIÓN.
LA ASEGURADORA RENDIRÁ UN INFORME MENSUAL AL COLEGIO DE POSTGRADUADOS QUE INDIQUE LOS MONTOS QUE SE HAYAN PAGADO, ASÍ COMO LOS GASTOS DE ADMINISTRACIÓN CORRESPONDIENTES, LOS RENDIMIENTOS FINANCIEROS Y EL REMANENTE DEL FONDO DEL PERIODO DE VIGENCIA DE QUE SE TRATE.
EN CASO DE QUE EL FONDO RESULTE INSUFICIENTE PARA EL PAGO DE SINIESTROS, EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS APORTARÁ RECURSOS ADICIONALES, CUYO MONTO SERÁ ACORDADO CON LA ASEGURADORA EN FUNCIÓN DE LA ESTADÍSTICA DE SINIESTRALIDAD.
GASTO POR LA ADMINISTRACION DE PERDIDAS:
LA ASEGURADORA OFERTA EL SIGUIENTE PORCENTAJE % SOBRE LAS PÉRDIDAS PAGADAS.
CLAUSULA DE TRASPASO DE RECURSOS NO UTILIZADOS.
LA ASEGURADORA QUE RESULTE ADJUDICADA SE COMPROMETE A RECIBIR, INVERTIR Y ADMINISTRAR LOS RECURSOS, QUE SEAN TRANSFERIDOS DE LA ACTUAL ASEGURADORA,
ACREDITÁNDOLE AL COLEGIO DE POSTGRADUADOS LOS RENDIMIENTOS FINANCIEROS QUE GENEREN DICHOS RECURSOS, DURANTE LA VIGENCIA DEL PRESENTE CONTRATO.
ASIMISMO, LA ASEGURADORA SE COMPROMETE A TRASPASAR A LA ASEGURADORA QUE RESULTE ADJUDICADA EN EL SIGUIENTE PROCESO DE CONTRATACIÓN, LOS RECURSOS QUE NO HAYAN SIDO UTILIZADOS PARA PAGO DE SINIESTROS, DERIVADOS DE LAS APORTACIONES QUE REALICE EL COLEGIO, DURANTE LA VIGENCIA DEL PRESENTE CONTRATO, ASÍ COMO LOS QUE HAYA RECIBIDO DE LA ANTERIOR ASEGURADORA, INCLUYENDO LOS RENDIMIENTOS FINANCIEROS DE AMBOS RECURSOS.
LA INVERSIÓN DE LOS RECURSOS RECIBIDOS DE LA ANTERIOR ASEGURADORA, ASÍ COMO DE LAS APORTACIONES QUE SEAN PAGADAS POR EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO, SE LLEVARÁ A CABO DENTRO DEL MARCO DE LAS DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES A LA ASEGURADORA Y SUS POLÍTICAS INTERNAS, CUIDANDO SIEMPRE LA RENTABILIDAD, SEGURIDAD Y LIQUIDEZ, EN FUNCIÓN DE LAS EXPECTATIVAS DE LAS PRINCIPALES VARIABLES MACROECONÓMICAS Y LAS CONDICIONES IMPERANTES EN LOS MERCADOS FINANCIEROS.
AL CONCLUIR LA VIGENCIA DEL CONTRATO LA ASEGURADORA ADJUDICADA INFORMARÁ POR ESCRITO AL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, DENTRO DE LOS 5 DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A LA FINALIZACIÓN DE LA VIGENCIA, EL IMPORTE DE LOS RECURSOS RECIBIDOS DE LA ANTERIOR ASEGURADORA CON SUS RESPECTIVOS RENDIMIENTOS, ASÍ COMO EL IMPORTE DE LAS CANTIDADES NO UTILIZADAS PARA PAGO DE SINIESTROS CORRESPONDIENTE AL PRESENTE CONTRATO, DE ACUERDO A LO SIGUIENTE:
RECURSOS RECIBIDOS DE LA ANTERIOR ASEGURADORA.
RECURSOS RECIBIDOS AL INICIO DE LA VIGENCIA DE PARTE DE LA ANTERIOR ASEGURADORA. | |
+ | APORTACIONES RECIBIDAS DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO |
+ | RENDIMIENTOS FINANCIEROS GENERADOS DURANTE EL PERÍODO DE VIGENCIA DEL PRESENTE CONTRATO |
- | PAGOS DE SINIESTROS DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO |
- | GASTOS DE ADMINISTRACIÓN |
= | IMPORTE A TRASPASAR A LA SIGUIENTE ASEGURADORA. |
EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, UNA VEZ QUE RECIBA EL INFORME ANTES MENCIONADO, GIRARÁ INSTRUCCIONES A LA ASEGURADORA, AUTORIZANDO EL TRASPASO DE LOS RECURSOS A LA ASEGURADORA QUE RESULTE ADJUDICADA EN EL NUEVO PROCESO DE CONTRATACIÓN.
PAGO DE SUMA ASEGURADA:
LA ASEGURADORA PAGARÁ LA SUMA QUE CORRESPONDA, EN EL PLAZO XXXXXX XX XXXX DÍAS NATURALES, CONTADO A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE LE HAYAN ACREDITADO LOS REQUISITOS PARA FORMULAR LA CORRESPONDIENTE SOLICITUD DE PAGO, MEDIANTE LA ENTREGA DE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:
h) FORMATO DE SOLICITUD DE PAGO QUE PROPORCIONE LA ASEGURADORA
i) COPIA AL CARBÓN O CERTIFICADA DE LA HOJA ÚNICA DE SERVICIOS EXPEDIDA POR EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS.
j) CONSTANCIA DE BAJA DEL SERVICIO EXPEDIDA POR EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS.
k) COMPROBANTE DEL ÚLTIMO PAGO XX XXXXXXX.
l) IDENTIFICACIÓN OFICIAL CON FOTOGRAFÍA DEL TRABAJADOR ASEGURADO.
m) AVISO DE BAJA AL ISSSTE.
n) COMPROBANTE DE DOMICILIO DE UNA ANTIGÜEDAD NO MAYOR A TRES MESES.
PROGRAMAS DE RETIRO VOLUNTARIO
EN CASO DE QUE EXISTAN PROGRAMAS DE RETIRO VOLUNTARIO AUSPICIADOS POR EL EJECUTIVO FEDERAL Y/O EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, SE DEBERÁ PAGAR LA SUMA ASEGURADA QUE CORRESPONDA A LOS ASEGURADOS QUE DECIDAN ADHERIRSE A DICHO PROGRAMA, SIEMPRE Y CUANDO EL RETIRO SE REALICE DENTRO DE LA VIGENCIA DEL CONTRATO Y SE ENCUENTREN DENTRO DE LOS SUPUESTOS DE EDAD Y AÑOS DE SERVICIO Y COTIZACIONES EL ISSSTE ESTABLECIDOS EN LAS PRESENTES CONDICIONES.
REPORTE DE PAGO DE RETIROS:
LA ASEGURADORA ENVIARÁ MENSUALMENTE AL COLEGIO DE POSTGRADUADOS UN REPORTE DE LOS PAGOS DE RETIROS EFECTUADOS, EN MEDIO MAGNÉTICO, DURANTE LOS 10 DÍAS POSTERIORES AL CIERRE DE CADA MES, DETALLANDO LO SIGUIENTE:
NOMBRE DEL SERVIDOR R.FC.
FECHA DE SOLICITUD DE PAGO FECHA DE LA BAJA DEL SERVICIO AÑOS COTIZADOS AL ISSSTE FECHA DE PAGO
MOTIVO DEL PAGO IMPORTE PAGADO
ESTA INFORMACIÓN LA SOLICITA EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS EN SU CALIDAD DE PATRÓN, ADEMÁS DE LAS FACULTADES LEGALES Y SUFICIENTES PARA REPRESENTAR A SUS TRABAJADORES Y VELAR POR SUS INTERESES, ASÍ COMO DE LOS RECURSOS ACUMULADOS, QUE EN SU CASO, EXISTAN DE ESTE CONTRATO.
ENTREGA DE COMPROBANTES FISCALES:
DURANTE LOS DIEZ DÍAS NATURALES POSTERIORES EL TÉRMINO DE CADA MES, LA ASEGURADORA SE OBLIGA A PROPORCIONAR AL COLEGIO DE POSTGRADUADOS LAS FACTURA CORRESPONDIENTE CON LOS REQUISITOS FISCALES, MENCIONADOS EN EL ARTÍCULO 29-A DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, EN RELACIÓN A LO SIGUIENTE:
A) LA FACTURA QUE AMPARE LOS GASTOS DE ADMINISTRACIÓN COBRADOS SOBRE LOS SINIESTROS (PAGOS DE RETIROS) PAGADOS.
REINSTALACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS CUANDO GANEN JUICIOS LABORALES:
LA ASEGURADORA QUE RESULTE ADJUDICADA SE COMPROMETE A ACEPTAR EL ALTA RETROACTIVA O REHABILITACIÓN, SEGÚN SEA EL CASO, CUANDO EXISTA UN LAUDO FAVORABLE A ALGÚN SERVIDOR PÚBLICO EN EL QUE SE ORDENE A “EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS” LA REINSTALACIÓN DEL SERVIDOR PÚBLICO A SU TRABAJO.
ESTÁNDARES DE SERVICIO.
LOS LICITANTES SE COMPROMETEN A ACEPTAR LOS ESTÁNDARES DE SERVICIO, TAL Y COMO SE ESTABLECEN AL FINAL DE LAS PRESENTES CONDICIONES Y EL LICITANTE QUE RESULTE ADJUDICADO DEBERÁ INCLUIR EN EL CONTRATO EL MENCIONADO ANEXO COMO PARTE INTEGRANTE DEL MISMO, ACEPTANDO SOMETERSE A LAS PENAS CONVENCIONALES ESTABLECIDAS AHI.
CONDICIONES DE LA CONVOCATORIA Y SUS ANEXOS
LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN LA CONVOCATORIA, SUS ANEXOS Y EL ACTA DE LA
(S) JUNTA (S) DE ACLARACIONES, FORMARAN PARTE INTEGRAL DEL PRESENTE CONTRATO.
POR LA ASEGURADORA NOMBRE DE LA ASEGURADORA NOMBRE FUNCIONARIO FACULTADO PUESTO TELÉFONOS DOMICILIO | POR EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS NOMBRE DEL FUNCIONARIO FACULTADO |
ESTÁNDARES DE SERVICIO
PARA EL SEGURO COLECTIVO DE RETIRO Y/O ADMINISTRACION DE PERDIDAS COBERTURA DE RETIRO.
LOS CUALES FORMAN PARTE INTEGRANTE DE LA ESPECIFICACIÓN DE LA PÓLIZA.
SUSCRIPCIÓN | TIEMPO DE RESPUESTA MÁXIMO | PENALIZACIÓN | ||
1 | CARTA COBERTURA DESPUÉS DEL FALLO | 1 | DÍAS HÁBILES | $1,000.00 M.N. POR CADA DÍA DE ATRASO. |
2 | ENTREGA DE PÓLIZAS EN LAS OFICINAS DE “EL COLEGIO”, DESPUÉS DEL FALLO | 20 | DÍAS HÁBILES | |
3 | EMISIÓN DE MOVIMIENTOS (ENDOSOS A, B Y D) | 5 | DÍAS HÁBILES, DESPUÉS DE HABER RECIBIDO LA SOLICITUD. | |
4 | REEXPEDICIÓN DE PÓLIZAS Y ENDOSOS CON ERRORES | 5 | DÍAS HÁBILES, DESPUÉS DE HABER RECIBIDO LA NOTIFICACIÓ N. | |
5 | ENTREGA DE DUPLICADO DE PÓLIZAS Y RECIBOS CUANDO SE SOLICITE | 5 | DÍAS HÁBILES, DESPUÉS DE HABER RECIBIDO LA SOLICITUD. | |
6 | ENTREGA DE NOTAS DE CRÉDITO, CUANDO XXXXXXX. | 5 | DÍAS HÁBILES | |
SINIESTROS | TIEMPO DE RESPUESTA MÁXIMO | PENALIZACIÓN | ||
1 | TIEMPOS DE ACEPTACIÓN O RECHAZO DE PAGOS ESPECIALES, A PARTIR DE QUE RECIBA LA SOLICITUD. | 3 | DÍAS HÁBILES | ACEPTACIÓN Y PAGO DEL SINIESTRO |
2 | TIEMPO DE REVISIÓN DE DOCUMENTACIÓN PARA SOLICITAR COMPLEMENTO DE DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN ADICIONAL O DAR CARTA RECHAZO, UNA VEZ QUE LA ASEGURADORA RECIBA EL TRÁMITE DE LA RECLAMACIÓN. | 5 | DÍAS HÁBILES | PÉRDIDA DEL DERECHO DE SOLICITAR DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN ADICIONAL Y ACEPTACIÓN DEL SINIESTRO. |
3 | TIEMPO DE ENTREGA DEL FINIQUITO Y CHEQUE DESPUÉS DE HABER RECIBIDO LA DOCUMENTACIÓN COMPLETA. | 5 | DÍAS HÁBILES | APLICACIÓN DE LA CLÁUSULA DE INTERÉS MORATORIO. |
4 | REPORTES DE SINIESTRALIDAD | MENSUAL DENTRO DE LOS PRIMEROS 10 DÍAS NATURALES POSTERIORES AL TÉRMINO DE CADA MES. | $1,000.00 M.N. POR CADA DÍA DE ATRASO. | |
5 | LA ASEGURADORA SE COMPROMETE A ASIGNAR UN EJECUTIVO DE CUENTA CON LOS CONOCIMIENTOS, EXPERIENCIA Y FACULTADES NECESARIAS PARA LA TOMA DE DECISIONES EN LA TRAMITACIÓN, EMISIÓN, PAGO DE INDEMNIZACIONES Y CUALQUIER ASUNTO REFERENTE AL PROGRAMA | EL SIGUIENTE DÍA HÁBIL AL DE LA SOLICITUD | $1,000.00 M.N. POR CADA DÍA DE ATRASO. $1,000.00 M.N. PORQUE EL EJECUTIVO NO CUMPLA CON LOS CONOCIMIENTOS, EXPERIENCIA Y FACULTADES NECESARIAS PARA LA TOMA DE DECISIONES EN LA TRAMITACIÓN, EMISIÓN, PAGO DE INDEMNIZACIONES Y CUALQUIER ASUNTO REFERENTE CON EL PROGRAMA DE |
DE ASEGURAMIENTO DEL COLPOS, QUIÉN DEBERÁ ESTAR DISPONIBLE LOS 365 DÍAS DEL AÑO LAS 24 HORAS DEL DÍA Y DEBERÁ PRESENTARSE CUANDO MENOS 1 VEZ A LA SEMANA EN LAS INSTALACIONES DEL COLPOS Y/O LAS VECES QUE SEA REQUERIDO. | ASEGURAMIENTO DEL COLPOS, EN EL MOMENTO QUE SEA NECESARIO. |
COLEGIO DE POSTGRADUADOS
PARTIDA NO. 3
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS SEGURO DE VIDA GRUPO
2019-2021
DENOMINADA EN ADELANTE LA ASEGURADORA, ADMITE LA RESPONSABILIDAD DE ASEGURAMIENTO DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, EN ADELANTE EL COLPOS Y CONSTITUYEN EL SIGUIENTE:
SEGURO DE VIDA GRUPO
VIGENCIA:
EL SEGURO INICIA SU VIGENCIA A PARTIR DE LAS 00:00 HORAS DEL DÍA 01 DE DICIEMBRE DE 2019 HASTA LAS 24:00 HORAS DEL DÍA 00 XX XXXXXXXXX XXX 0000.
OBJETO:
CUBRIR LOS RIESGOS DE FALLECIMIENTO POR CUALQUIER CAUSA, ASÍ COMO DOBLE INDEMNIZACIÓN POR MUERTE ACCIDENTAL Y TRIPLE INDEMNIZACIÓN POR MUERTE ACCIDENTAL COLECTIVA QUE SUFRAN LOS TRABAJADORES SINDICALIZADOS Y ADMINISTRATIVOS, EN SERVICIO ACTIVO QUE COLABORAN EN EL COLPOS, EXCEPTUANDO SERVIDORES PÚBLICOS DE MANDO MEDIO Y SUPERIOR.
LA ASEGURADORA TENDRÁ LA OBLIGACIÓN DE AMPARAR AL SERVIDOR PÚBLICO DESDE EL MOMENTO QUE SEA DADO DE ALTA EN EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS.
INDISPUTABILIDAD:
ESTE SEGURO NO SERÁ DISPUTABLE, CONSECUENTEMENTE, LA ASEGURADORA QUE RESULTE ADJUDICADA, RENUNCIA AL DERECHO CONSTITUIDO A SU FAVOR EN EL ARTÍCULO 47 DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO.
CARENCIA DE RESTRICCIONES:
LA PRESENTE PÓLIZA NO ESTARÁ SUJETA A RESTRICCIÓN ALGUNA POR RAZONES DE RESIDENCIA, OCUPACIÓN, VIAJES, GENERO DE VIDA DE LOS ASEGURADOS, O CUALQUIER CIRCUNSTANCIA SIMILAR.
COLECTIVIDAD ASEGURABLE:
TODOS LOS TRABAJADORES SINDICALIZADOS Y ADMINISTRATIVOS EN SERVICIO ACTIVO. EXCEPTUANDO SERVIDORES PÚBLICOS DE MANDO MEDIO Y SUPERIOR, DEL COLPOS CUALQUIERA QUE SEA SU SEXO O PUESTO Y SIN NECESIDAD DE EXAMEN MÉDICO, QUEDANDO ASEGURADOS A PARTIR DE LA FECHA DE INICIO DE LA CONTRATACIÓN DE LA PÓLIZA Y POSTERIORMENTE DE LA FECHA DE INGRESO A LA COLECTIVIDAD, CONSIGNADA EN EL CONTROL DE CONTRATACIÓN O DE NOMBRAMIENTO RESPECTIVO.
LOS TRABAJADORES DEL COLPOS QUE INGRESEN A LA COLECTIVIDAD ASEGURABLE CON POSTERIORIDAD AL INICIO DE VIGENCIA DE LA PÓLIZA, QUEDARÁN ASEGURADOS EN LA FECHA DE INGRESO, Y EL AVISO DE SU ALTA AL SEGURO SE REPORTE A LA ASEGURADORA AL FINAL DE LA VIGENCIA DE CADA PÓLIZA (ENERO DEL 2020, ENERO DEL 2021 Y DICIEMBRE DEL 2021 RESPECTIVAMENTE), POR LO QUE LA ASEGURADORA DEBERÁ SOLICITAR AL COLPOS LA INFORMACIÓN PARA QUE SE REALICEN LOS AJUSTES CORRESPONDIENTES
LOS TRABAJADORES QUE SE ENCUENTRE TEMPORALMENTE GOZANDO DE LICENCIA MÉDICA CON O SIN GOCE XX XXXXXX CONTINUARÁN ASEGURADOS EN TANTO NO CAUSEN BAJA DEFINITIVA DEL COLPOS. ASIMISMO QUEDAN AMPARADOS AQUELLOS TRABAJADORES PERTENECIENTES A LA COLECTIVIDAD ASEGURADA QUE HAYAN SOLICITADO LICENCIA CON O SIN GOCE XX XXXXXX. EN TODO CASO, LA OBLIGACIÓN DE PAGO DE LA PRIMA QUEDARÁ A CARGO DEL COLPOS.
QUEDAN EXCLUIDAS LAS PERSONAS QUE PRESTEN SUS SERVICIOS POR HONORARIOS.
REINSTALACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS
EL LICITANTE QUE RESULTE ADJUDICADO SE COMPROMETE A ACEPTAR EL ALTA RETROACTIVA O REHABILITACIÓN, SEGÚN SE EL CASO, CUANDO EXISTA UN LAUDO FAVORABLE A ALGÚN TRABAJADOR EN EL QUE SE ORDENE A EL COLPOS LA REINSTALACIÓN DEL TRABAJADOR A SU TRABAJO. PARA ESTE EFECTO, EN CASO DE QUE
PROCEDA COBRO DE PRIMA, LA ASEGURADORA CALCULARÁ E INFORMARÁ A EL COLPOS LA PRIMA QUE SE DEBA PAGAR POR DICHO MOVIMIENTO.
COBERTURAS Y BENEFICIOS BÁSICA:
FALLECIMIENTO POR CUALQUIER CAUSA
BENEFICIOS ADICIONALES:
DOBLE INDEMNIZACIÓN POR MUERTE ACCIDENTAL
TRIPLE INDEMNIZACIÓN POR MUERTE ACCIDENTAL COLECTIVA
EDAD
LA EDAD DE ACEPTACIÓN PARA LA COBERTURA BÁSICA Y LOS BENEFICIOS ADICIONALES ES DE 18 AÑOS EN ADELANTE Y SIN LÍMITE DE EDAD MÁXIMA.
SUMA ASEGURADA:
FALLECIMIENTO | $150,000.00 M.N. |
MUERTE ACCIDENTAL | $150,000.00 M.N. |
MUERTE ACCIDENTAL COLECTIVA | $150,000.00 M.N. |
EN EL CASO DE LA COBERTURA BÁSICA (FALLECIMIENTO) LA SUMA ASEGURADA QUE LA ASEGURADORA DEBERÁ PAGAR SERÁ EL IMPORTE DE $150,000.00 M.N.
EN CASO DE MUERTE ACCIDENTAL LA SUMA ASEGURADA QUE DEBERÁ PAGAR LA ASEGURADORA SERÁ EL IMPORTE DE $300,000.00 M.N.
EN CASO DE MUERTE ACCIDENTAL COLECTIVA, LA SUMA ASEGURADA QUE DEBERÁ PAGAR LA ASEGURADORA SERÁ EL IMPORTE DE $450,000.00 M.N.
EL PAGO DEL IMPORTE TOTAL DE LA SUMA ASEGURADA QUE CORRESPONDA, SE LLEVARÁ A CABO EN UNA SOLA EXHIBICIÓN, DIRECTAMENTE A LOS BENEFICIARIOS DESIGNADOS POR EL ASEGURADO.