JUSTIFICACION DE NECESIDAD DE SUSCRIBIR CONTRATO DE APORTE PARA MODALIDAD FAMILIAS CON BIENESTAR
JUSTIFICACION DE NECESIDAD DE SUSCRIBIR CONTRATO DE APORTE PARA MODALIDAD FAMILIAS CON BIENESTAR
VIGECIA 2014
FAMILIAS CON BIENESTAR, es una modalidad de atención del ICBF que se debe contratar a través del régimen especial de Xxxxxx y que tiene por objeto “Implementar la “Modalidad
Familias con Bienestar” para activar capacidades individuales y colectivas de familias vulnerables identificadas por el ICBF, a través de interacciones de aprendizaje – educación, facilitación y apoyo terapéutico, así como gestiones de inclusión social; ejecutadas conforme a los aspectos señalados en el Documento Técnico anexo al presente contrato, las instrucciones que para todos los efectos imparta la Dirección de Familia y Comunidades del ICBF y las disposiciones legales vigentes
Por lo anterior y teniendo en cuenta que El artículo 33 de la Ley de Garantías establece la prohibición de contratación directa durante los cuatro (4) meses anteriores a la elección presidencial y hasta la fecha en la cual el Presidente de la República sea elegido y en vista de que no se procedió con anterioridad a este tiempo especial a contratar la modalidad de atención esta Dirección regional junto con la Dirección de Familia y Comunidades decidido adelantar la contratación de la MODALIDAD FAMILIAS CON BIENESTAR para la vigencia 2014, hasta culminación del régimen de transición, mediante contratación de aporte mediante convocatoria pública.
En necesario dejar de presente que desde la oferta institucional del ICBF, los programas de Familias y Comunidades despliegan acciones dirigidas a las familias vulnerables, encaminadas a promover la protección integral de los derechos de sus miembros, fomentar la convivencia pacífica, a potenciar los factores endógenos que hacen a las familias capaces de trascender situaciones de vulnerabilidad, a intervenir para reducir el riesgo de abuso sexual, maltrato infantil, violencia intrafamiliar, violencia contra la mujer, consumo de sustancias psicoactivas y embarazo en adolescentes, entre otros. Con estos propósitos brinda atención, formación, y orientación a las familias beneficiarias que lo requieran, al tiempo que se dinamizan las redes locales del Sistema Nacional de Bienestar Familiar con el fin de gestionar y movilizar la garantía de derechos de sus miembros, en especial de las personas menores de 18 años y remitir los casos que demandan algún tipo de atención especializada a las entidades competentes a fin de que se tomen las medidas e restablecimiento de derechos o de protección que en derecho corresponden y de acuerdo a las necesidades de las familias beneficiarias de la modalidad.
El departamento del Guaviare es una zona del país con altos grados de vulnerabilidad de derechos por parte de las diferentes situaciones del contexto social es así que se deja de presente que en vista de que todos los municipios del departamento cuentan con alertas tempranas será necesario que el operado advierta que debe brindar atención a las familias
que se determinen y que cubran los 4 entes territoriales toda vez que la oferta institucional debe demarcar todos los e escenarios y territorios en especial por las alertas tempranas que ha enmarcado la defensoría de pueblo y a las cuales se les están adelantado notas de seguimiento. (Documento Técnico del Modalidad Familias con Bienestar).
Por lo expuesto anteriormente es más que justificable que a fin de continuar con el desarrollo de la estrategia como se tenia establecido dentro de la programación regional y nacional y a fin de brindar atención a las familias vulnerables dentro de esta modalidad se hace necesario proceder a la contratación de aporte que demanda las necesidades del Departamento.
En constancia se firma a los doce (12) días del mes xx xxxxx de 2014
XXXXXX XXXXXX XXXXX XXX
Coordinadora GAT
ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS | Fecha | 12/03/2014 |
Área Solicitante | Coordinación Grupo de asistencia Técnica | |
Ordenador del Gasto | Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx Directora Regional | |
Responsable del área solicitante | XXXXXX XXXXXX XXXXX XXX Coordinadora GAT | |
Objeto | “Implementar la “Modalidad Familias con Bienestar” para activar capacidades individuales y colectivas de familias vulnerables identificadas por el ICBF, a través de interacciones de aprendizaje – educación, facilitación y apoyo terapéutico, así como gestiones de inclusión social; ejecutadas conforme a los aspectos señalados en el Documento Técnico anexo al presente contrato, las instrucciones que para todos los efectos imparta la Dirección de Familia y Comunidades del ICBF y las disposiciones legales vigentes | |
Presupuesto oficial | En números | $ 326.464.000 |
En letras | TRESCIENTOS VEINTISEIS MILLONES CUATROSCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL PESOS | |
CDP y/o Vigencia Futura | N° Rubro Presupuestal | C-320-1504-6-0-101 APOYO Y ACOMPAÑAMIENTO A FAMILIAS PARA EL FORTALECIMEINTO DE LOS VINCULOS , EL CUIDAO Y LA CONVIVENCIA ARMONICA |
Ítem | ||
Descripción del ítem | ||
N° del CDP o VF | 13514 | |
Fecha de expedición | 12/03/14 |
1. ¿POR QUÉ? (Justificación)
FAMILIAS CON BIENESTAR, es una modalidad de atención del ICBF que se debe contratar a través del régimen especial de Xxxxxx y que tiene por objeto “Implementar la “Modalidad
Familias con Bienestar” para activar capacidades individuales y colectivas de familias
vulnerables identificadas por el ICBF, a través de interacciones de aprendizaje – educación, facilitación y apoyo terapéutico, así como gestiones de inclusión social; ejecutadas conforme a los aspectos señalados en el Documento Técnico anexo al presente contrato, las instrucciones que para todos los efectos imparta la Dirección de Familia y Comunidades del ICBF y las disposiciones legales vigentes
Por lo anterior y teniendo en cuenta que El artículo 33 de la Ley de Garantías establece la prohibición de contratación directa durante los cuatro (4) meses anteriores a la elección presidencial y hasta la fecha en la cual el Presidente de la República sea elegido y en vista de que no se procedió con anterioridad a este tiempo especial a contratar la modalidad de atención esta Dirección regional junto con la Dirección de Familia y Comunidades decidido adelantar la contratación de la MODALIDAD FAMILIAS CON BIENESTAR para la vigencia 2014, hasta culminación del régimen de transición, mediante contratación de aporte mediante convocatoria pública.
En necesario dejar de presente que desde la oferta institucional del ICBF, los programas de Familias y Comunidades despliegan acciones dirigidas a las familias vulnerables, encaminadas a promover la protección integral de los derechos de sus miembros, fomentar la convivencia pacífica, a potenciar los factores endógenos que hacen a las familias capaces de trascender situaciones de vulnerabilidad, a intervenir para reducir el riesgo de abuso sexual, maltrato infantil, violencia intrafamiliar, violencia contra la mujer, consumo de sustancias psicoactivas y embarazo en adolescentes, entre otros. Con estos propósitos brinda atención, formación, y orientación a las familias beneficiarias que lo requieran, al tiempo que se dinamizan las redes locales del Sistema Nacional de Bienestar Familiar con el fin de gestionar y movilizar la garantía de derechos de sus miembros, en especial de las personas menores de 18 años y remitir los casos que demandan algún tipo de atención especializada a las entidades competentes a fin de que se tomen las medidas e restablecimiento de derechos o de protección que en derecho corresponden y de acuerdo a las necesidades de las familias beneficiarias de la modalidad.
El departamento del Guaviare es una zona del país con altos grados de vulnerabilidad de derechos por parte de las diferentes situaciones del contexto social es así que se deja de presente que en vista de que todos los municipios del departamento cuentan con alertas tempranas será necesario que el operado advierta que debe brindar atención a las familias que se determinen y que cubran los 4 entes territoriales toda vez que la oferta institucional debe demarcar todos los e escenarios y territorios en especial por las alertas tempranas que ha enmarcado la defensoría de pueblo y a las cuales se les están adelantado notas de seguimiento. (Documento Técnico del Modalidad Familias con Bienestar).
Por lo expuesto anteriormente es más que justificable que a fin de continuar con el desarrollo de la estrategia como se tenia establecido dentro de la programación regional y nacional y a fin de brindar atención a las familias vulnerables dentro de esta modalidad se hace necesario proceder a la contratación de aporte que demanda las necesidades del Departamento.
2. ¿QUÉ? (Descripción de la necesidad que la entidad pretende satisfacer)
El ICBF es una entidad comprometida con el desarrollo y la protección integral de la primera infancia, la niñez, la adolescencia y el bienestar de las familias en Colombia, propone e implementa políticas, presta asesoría y asistencia técnica y socio legal a las comunidades y a las organizaciones públicas y privadas del orden nacional y territorial POR TANTIO Y A FIN DE ATENDER las necesidades de las familias del departamento del Guaviare es conveniente dar continuidad a la modalidad de FAMILIS CON BINESTAR pues ha quedado plenamente demostrado quelas familias Guaviarense quienes están en vulnerabilidad extrema requieren del apoyo institucional y profesional para alcanzar los logros y escalones de la extrema pobreza por ello en asocio con el ANSPEC se consolidaran las familias a recibir atención dentro de la estrategia .
Por lo anterior, se requiere contratar a través de contrato de aporte la atención de las 1000 familias para el departamento del Guaviare que requieren apoyo para superar sus índices de violencia, maltrato, abuso entre otros aspectos que se han encontrado a lo largo del análisis de la población.
3. ¿CUANDO? (Oportunidad)
Se tiene previsto celebrar un contrato de aporte cuyo objeto es “Implementar la “Modalidad Familias con Bienestar” para activar capacidades individuales y colectivas de familias vulnerables identificadas por el ICBF, a través de interacciones de aprendizaje – educación, facilitación y apoyo terapéutico, así como gestiones de inclusión social; ejecutadas conforme a los aspectos señalados en el Documento Técnico anexo al presente contrato, las instrucciones que para todos los efectos imparta la Dirección de Familia y Comunidades del ICBF y las disposiciones legales vigentes”, y cuya duración esta determinada para ocho (8) meses a partir de la legalización del contrato sin superar el 31 de diciembre de 2014.
Se solicitó incluir esta contratación dentro del plan de contratación para la vigencia 2014 por lo cual se cuenta con los recursos disponibles en los rubros establecidos.
4. ¿CÚAL? (Conveniencia)
Por lo anterior y con el fin de contar con un OPERADOR que preste al ICBF REGIONAL GUAVIARE, con sus propios medios, y a través de contrato de aporte desarrolle la estrategia de FAMILIAS CON BIENESTAR para mil(1000) familias del departamento del Guaviare, se requiere contratar una persona JURIDICA para que apoye las tareas antes
enunciadas facilitando el cumplimiento de las responsabilidades del proceso de Asistencia Técnica y en especial de la regional Guaviare ICBF.
OBJETO: Implementar la “Modalidad Familias con Bienestar” para activar capacidades individuales y colectivas de familias vulnerables identificadas por el ICBF, a través de interacciones de aprendizaje – educación, facilitación y apoyo terapéutico, así como gestiones de inclusión social; ejecutadas conforme a los aspectos señalados en el Documento Técnico anexo al presente contrato, las instrucciones que para todos los efectos imparta la Dirección de Familia y Comunidades del ICBF y las disposiciones legales vigentes”
IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR: Teniendo en cuenta que el ICBF es una entidad descentralizada del orden nacional, con autonomía administrativa y presupuestal, encargada de formular y coordinar la ejecución de la política pública de protección social a la niñez, los jóvenes menores de edad y la familia, con la cual se busca garantizar sus derechos y asegurar su protección cuando se encuentran en situación de vulnerabilidad, sus acciones se inscriben en un marco normativo nacional que recoge los acuerdos internacionales en este campo y se fundamenta en el reconocimiento de la inversión social en el bienestar de la infancia y la familia, repercutiendo en el desarrollo del país y brindando mayores oportunidades para los sectores más pobres de la sociedad.
En consecuencia, la contratación de los programas estratégicos y misionales del ICBF, se orienta por un régimen especial denominado contrato de aporte, según lo establece la Ley 7 de 1979 y los Decretos 2388 de 1979, 334 de 1980, 2923 de 1994, 1477 de 1995, 2150 de 1995 y 1137 de 1999, entre otros, por lo que para consultar su definición y caracterización debe remitirse a lo contenido en dichas normas, teniendo en cuenta que el sistema jurídico de Bienestar Familiar, responde a un régimen exceptivo. En los aspectos no previstos en el mencionado régimen de excepción se dará aplicación en forma complementaria a lo previsto en el Manual de Contratación de la entidad y en la normativa que integra el Estatuto General de Contratación Pública y sus decretos reglamentarios.
El Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera en sentencia del once (11) xx xxxxxx de dos mil diez (2010), radicación número: 76001-23-25-000-1995-01884- 01(16941), con ponencia del consejero Xxxxxxx Xxx Xxxxxx manifestó sobre el contrato de aporte: “Ahora bien, en relación con la naturaleza del negocio jurídico mencionado, es preciso señalar que se trata de un contrato estatal regulado por las normas del Estatuto General de la Contratación Pública –ley 80 de 1993–, y cuya posibilidad de celebración se encuentra consagrada en el numeral 9 del artículo 21 xx xxx 7 de 1979 y el decreto 2388 de 1979. En efecto, se trata de una clase de convención atípica encaminada a que el ICBF –en virtud de su función de propender y fortalecer la integración y el desarrollo armónico de la familia, proteja al menor de edad y le garantice sus derechos– suscriba con personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o internacionales el manejo de sus campañas, de los establecimientos destinados a sus programas y en general para el desarrollo de su objetivo. Como se aprecia, el contrato de aporte tiene las siguientes características esenciales:
i) es un contrato estatal regido por la ley 80 de 1993; ii) se trata de un negocio jurídico atípico, principal y autónomo; iii) oneroso, solemne y formal al igual que todos los contratos estatales, por cuanto se requiere que medie una contraprestación a favor del contratista; constar por
escrito y debe estar suscrito por las partes, en los términos consagrados en el artículo 41 de la ley 80 de 1993; iv) bilateral y sinalagmático, en la medida que se desprenden obligaciones y cargas para las dos partes del negocio, esto es, el aportante y el contratista; y vi) conmutativo, toda vez que las prestaciones contenidas en el negocio jurídico son equivalentes, puesto que el contratista asume la prestación de un servicio propio del sistema de bienestar familiar y social a cambio de una contraprestación, al margen de que el contratista pueda ser una institución sin ánimo de lucro. En efecto, el negocio jurídico de aporte es un contrato estatal especial suscrito entre el ICBF y un contratista, en el que el primero se compromete, como su nombre lo indica, a efectuar aportes o contribuciones en dinero o especie a una persona natural o jurídica, nacional o extranjera, y especialmente a instituciones de utilidad pública o de beneficencia, o de reconocida capacidad técnica o social con el fin de que atienda bajo su exclusiva responsabilidad y con su propio personal humano y técnico, un área específica del sistema de bienestar social, es decir, aquellas dirigidas a la atención a la integración y realización armónica de la familia, así como a la protección efectiva de la niñez y adolescencia.
(…)
En ese orden de ideas, al margen de las similitudes que pudieran evidenciarse entre el contrato de aporte y el de prestación de servicios, lo cierto es que aquél reviste una serie de particularidades que no permiten asemejarlo a este último, máxime si el negocio jurídico de aportes supone la intervención de la entidad pública quien se vincula al negocio en una participación de capital o de especie que se traslada de manera definitiva o temporal a favor del contratista para que éste asuma una actividad de bienestar social –integración de la familia o de la protección de la infancia– a cambio de una contraprestación. En consecuencia, el contrato de aporte en su condición de contrato atípico se caracteriza porque tiene un sujeto activo calificado y cualificado por la ley, ya que se trata de un negocio jurídico que sólo puede ser suscrito por el ICBF, en el que la entidad pública entrega unos bienes (tangibles o intangibles) al contratista para que este último asuma, a cambio de una contraprestación, la ejecución de un servicio propio del sistema de bienestar social bajo su exclusiva responsabilidad y con personal técnico y especializado a su cargo.
(…)En esa línea de pensamiento, a esa convención le resultan aplicables los principios del artículo 209 de la Constitución Política, así como los principios y reglas contenidas en la ley 80 de 1993 y normas complementarias, razón por la que en la selección del contratista juegan un papel preponderante aspectos tales como la transparencia, la selección objetiva y planeación, entre otros, máxime si como lo señala expresamente la ley, resulta prioritario que se seleccione a instituciones o personas que acrediten idoneidad en el manejo de la actividad cuya prestación pretende que el contratista asuma, debido a la relevancia de la función a ejecutar, esto es, la protección de la familia y de los niños y niñas, la primera núcleo esencial de la sociedad en los términos establecidos en el artículo 42 de la Carta Política, y los últimos eje central y primordial de la sociedad, cuyos derechos prevalecen sobre los de los demás, como se reconoció expresamente por el Constituyente en el artículo 44 ibídem. Así las cosas, el contrato de aporte no sólo difiere sustancialmente de cualquier otro negocio jurídico en su objeto, sino de igual manera en su causa, toda vez que la actividad que se asume por el contratista (objeto) es de carácter esencial y de específica relevancia para la sociedad y para el Estado –y no
simplemente una función administrativa o propia de la entidad pública–, y la causa es específica consistente en la finalidad de procurar la integración de la familia y la protección de la niñez.” .
5. ¿CÓMO? (Características técnicas o Especificaciones esenciales)
Según lo establece el artículo 122 del Decreto 2150 de 1995, en el presente proceso se permite la participación de entidades sin ánimo de lucro, dentro de las cuales se encuentran las siguientes
a. Fundaciones
b. Asociaciones
c. Cooperativas
d. Agremiaciones
x. Xxxxx de compensación familiar
f. ONG`s
g. Uniones Temporales o consorcios conformados por organizaciones sin ánimo de lucro. (Fundaciones, Cooperativas, Asociaciones, entre otras.)
h. Otras entidades sin ánimo de lucro.
Podrán participar en el presente proceso consorcios o uniones temporales siempre y cuando éstos se encuentren conformados por las entidades aquí descritas. Ninguna de las entidades que se presenten como integrantes de unión temporal o consorcio podrán presentar documentos para habilitación de manera individual.
El objeto social de cada proponente ya sea persona natural, jurídica o los integrantes del consorcio o unión temporal deberá estar relacionado con el objeto del presente proceso de selección y en todo caso el proponente deberá tener experiencia en programas manejados dentro del Departamento del Guaviare.
5.1REQUISITOS PARA PRESNETACION DE LA PROPUESTA.
5.1.1CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
Los interesados deberán anexar carta de presentación firmada por la persona natural o el representante de la persona jurídica, consorcio o unión temporal, y diligenciada de acuerdo con el modelo suministrado en el Anexo respectivo. En el evento que la propuesta sea presentada y suscrita por apoderado, se deberá adjuntar el poder que así lo faculte.
En la carta de presentación, el oferente debe indicar cuál de la información suministrada en la propuesta, es de carácter reservado, señalando la norma que le otorga tal naturaleza.
5.1.2. VIGENCIA DE LA OFERTA:
La propuesta debe tener una vigencia de noventa (90) días calendario contados a partir de la fecha de cierre de la presente convocatoria. Los proponentes deberán extender el período de validez, en razón de la prórroga en los plazos de adjudicación o firma del contrato, so pena de que se entienda que desisten de la misma.
5.1.3.INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES:
Los proponentes no deben encontrarse incursos en ninguna causal de inhabilidad e incompatibilidad consagradas en los artículos 8º y 9º de la Ley 80 de 1993, artículos 1, 4, 5 y 90 “INHABILIDAD POR INCUMPLIMIENTO REITERADO DEL CONTRATISTA” de la Ley 1474
de 2011 ESTATUTO ANTICORRUPCION y en las demás disposiciones constitucionales y legales vigentes sobre la materia, declaración que se entenderá manifiesta con la firma de la carta de presentación de la propuesta.
Cualquier contravención a lo expresado, faculta al ICBF a rechazar la propuesta, sin incurrir en ninguna responsabilidad.
5.1.4CONSTITUCIÓN, REPRESENTACIÓN, OBJETO Y DURACIÓN DE LA PERSONA JURÍDICA
PERSONA JURÍDICA NACIONAL DE NATURALEZA PRIVADA SIN ÁNIMO DE LUCRO
Para los efectos previstos en este numeral se consideran personas privadas de origen nacional las sociedades que hayan sido constituidas de acuerdo con la legislación nacional y que tengan su domicilio principal en Colombia.
Con el fin de presentar propuesta en el presente proceso, debe acreditar las siguientes condiciones:
a. Certificado de existencia y representación legal con fecha de expedición no superior a treinta (30) días anteriores a la fecha de cierre o plazo máximo para presentar propuestas.
b. El objeto social debe permitir las actividades, gestiones y operaciones del objeto a contratar.
c. La duración de la persona jurídica no deberá ser inferior a la vigencia del contrato y un
(1) año más.
d. Autorización para comprometer a la persona jurídica, cuando a ello hubiere lugar.
e. Documento que acredita la inscripción ante el Registro Único de Proponentes (RUP).
PERSONAS JURÍDICAS DE ORIGEN EXTRANJERO SIN ÁNIMO DE LUCRO
Para los efectos previstos en este numeral se consideran personas jurídicas de origen extranjero las que no hayan sido constituidas de acuerdo con la legislación nacional, sea que tengan o no domicilio en Colombia a través de sucursales. Las propuestas de personas jurídicas de origen extranjero se someterán en todo caso a la legislación colombiana, sin perjuicio de lo cual, para su participación debe cumplir con las siguientes condiciones:
a. Certificado de existencia y representación legal con fecha de expedición no superior a treinta (30) días anteriores a la fecha de cierre o plazo máximo para presentar propuestas.
b. El objeto social debe permitir las actividades, gestiones y operaciones del objeto a contratar.
c. La duración de la persona jurídica no deberá ser inferior a la vigencia del contrato y un
(1) año más.
d. Autorización para comprometer a la persona jurídica, cuando a ello hubiere lugar.
e. Documento que acredita la inscripción ante el Registro Único de Proponentes (RUP).
f. Las personas jurídicas extranjeras sin sucursal en Colombia, deberán acreditar su existencia y representación legal conforme a la legislación de su país de origen, expedido dentro de los ciento veinte (120) días calendario anteriores al cierre o plazo máximo para presentar propuestas.
g. Las personas jurídicas extranjeras sin sucursal en Colombia deberán presentar la oferta mediante apoderado debidamente constituido, con domicilio en Colombia y ampliamente facultado para presentar la oferta, para suscribir el contrato, así como para representarlas judicial o extrajudicialmente. Deberán mantener dicho apoderado por el término de vigencia del contrato y seis (6) meses más como mínimo, a menos que, de conformidad con las normas legales vigentes tengan la obligación de establecer sucursal en Colombia.
En todos los casos, debe cumplirse todos y cada uno de los requisitos legales exigidos para la validez y oponibilidad en Colombia de documentos expedidos en el exterior con el propósito de que puedan obrar como prueba.
5.1.5. DOCUMENTOS DEL REPRESENTANTE LEGAL Y/O APODERADO
La propuesta que sea presentada a través de apoderado deberá tener poder debidamente autenticado.
Las personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia deben acreditar en el país un apoderado domiciliado en Colombia, debidamente facultado para presentar la propuesta, participar y comprometer a su representado en las diferentes instancias del presente proceso de selección, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran así como el contrato ofrecido, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de acuerdo con el presente pliego de condiciones, así como para representarla judicial o extrajudicialmente.
Dicho apoderado podrá ser el mismo apoderado único para el caso de personas extranjeras que participen en consorcio o unión temporal, y en tal caso bastará para todos los efectos, la presentación del poder común otorgado por todos los participantes del consorcio o unión temporal.
El poder que otorga las facultades, en caso de ser expedido en el exterior, debe cumplir todos y cada uno de los requisitos legales exigidos para la validez y oponibilidad en Colombia de documentos expedidos en el exterior con el propósito que puedan obrar como prueba conforme a lo dispuesto en los artículos 259 y 260 del Código de Procedimiento Civil y demás normas vigentes.
5.1.6.CONSORCIOS Y UNIONES TEMPORALES
La propuesta presentada en consorcio o unión temporal. En tal caso se tendrá como proponente, para todos los efectos, el grupo conformado por la pluralidad de personas, y no las personas que lo conforman individualmente consideradas.
Podrán participar consorcios y uniones temporales, para lo cual se debe cumplir los siguientes requisitos:
Los objetos sociales de cada uno los integrantes deben ajustarse al objeto de presente convocatoria.
Los integrantes de la unión Temporal o Consorcio deben ser entidades sin ánimo de lucro.
La existencia del consorcio o de la unión temporal, y específicamente la circunstancia de tratarse de uno u otro, lo cual debe declararse de manera expresa en el documento de constitución, donde se establezca los términos y extensión de la participación, la designación de la persona que los representará, y señalarán las reglas básicas de la relación entre ellos y su responsabilidad.
La existencia, representación legal, capacidad legal y capacidad jurídica de las personas jurídicas consorciadas o asociadas en unión temporal, y la capacidad de sus representantes para la constitución del consorcio o unión temporal, así como de la propuesta para la presentación, celebración, ejecución y liquidación del contrato.
Que cada una de las personas jurídicas integrantes del consorcio o unión temporal tengan un término mínimo de duración de un (1) año, contado a partir del vencimiento del plazo máximo para la entrega de los bienes y/o servicios o de la vigencia del contrato. En todo caso el término de duración del consorcio o unión temporal, no podrá ser inferior al plazo de ejecución del contrato y un (1) año más.
La designación de un representante que debe estar facultado para actuar en nombre y representación del Consorcio o Unión Temporal. Igualmente debe designar un suplente que lo reemplace en los casos de ausencia temporal o definitiva.
Los requisitos relacionados con la existencia, representación legal y duración de los consorcios o uniones temporales, debe acreditarse mediante la presentación del documento consorcial o de constitución de la unión temporal en el que se consignen los acuerdos y la información requerida.
No se encuentre incurso en las causales de inhabilidad o incompatibilidad fijadas por la Constitución y la Ley, el proponente, alguno de los miembros del consorcio o Unión temporal o el representante legal.
No se encuentre incurso en algunas de las causales de disolución o liquidación de sociedades el PROPONENTE o alguno de los miembros del consorcio o Unión temporal o el representante legal.
Los requisitos relacionados con la existencia, representación y capacidad jurídica de cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, respecto de las personas jurídicas o naturales que se asocien en consorcio o en unión temporal para la presentación de la propuesta, debe acreditarse conforme se indica en los numerales respectivos del presente pliego de condiciones.
En todos los casos de propuestas presentadas por dos o más personas naturales y/o jurídicas, en las que no se exprese de manera clara y explícita la clase de asociación que se constituye (consorcio o unión temporal), se presumirá la intención de concurrir al proceso de selección en consorcio, con los efectos y consecuencias que dicha forma de asociación conlleve para los proponentes. de acuerdo con lo previsto en el artículo 7 de la ley 80 de 1993.
5.1.7. AUTORIZACIÓN DE LA JUNTA DIRECTIVA DE SOCIOS O ASAMBLEA GENERAL
Si del certificado xx Xxxxxx de Comercio se desprende que las facultades del Representante legal se encuentran limitadas para presentar la propuesta o para firmar el respectivo contrato, debe anexar la correspondiente autorización de la Junta Directiva, de Socios o Asamblea General, que faculte específicamente para presentar la propuesta en este proceso de selección y celebrar el contrato respectivo.
Para proponentes extranjeros, acta de la junta de socios, acta de asamblea General de Accionistas o el documento que haga las veces en el país proponente, en la que se faculte al representante legal para presentar oferta, celebrar el contrato y comprometer a la sociedad en cuantía igual o superior al valor de la oferta, en el evento en que el representante esté limitado en este aspecto. En igual sentido, debe aportar el acta de la junta de socios de la sociedad que
en Colombia actúa como representante, autorizando la presentación de la oferta en caso de requerirse según los estatutos de la sociedad.
5.1.8.FOTOCOPIA CÉDULA DE CIUDADANÍA
Si el proponente es persona jurídica, deberá aportar junto con su propuesta fotocopia legible de la cédula de ciudadanía del representante legal o quien haga sus veces.
Si el proponente es consorcio y/o unión temporal, deberá aportar junto con su propuesta fotocopia legible de la cédula de ciudadanía de cada uno de los representantes legales o quienes hagan sus veces de los integrantes de la figura asociativa. Si el proponente es persona natural deberá aportar junto con su propuesta fotocopia legible de la cédula de ciudadanía.
5.1.9. APORTES SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES ARTÍCULO 50 DE LA LEY 789 DE 2002 Y LEY 828 DE 2003
Según lo establecido en el Artículo 50 de la Ley 789 de 2002, la Ley 797 de 2005, el Decreto 510 de 2005 y la Ley 1150 de 2007, el proponente deberá acreditar el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones, cajas de compensación familiar, ICBF y SENA, cuando a ello haya lugar.
Nota 1: La acreditación de aportes parafiscales queda sujeta a lo establecido en la Ley 1607 de 2012 y el Art. 8 del Decreto 862 del 26 xx xxxxx de 2013.
Personas Jurídicas y Naturales
Cuando el interesado sea una persona jurídica, deberá presentar una certificación, en original, expedida por el Revisor Fiscal, cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos de la Ley, o por el Representante Legal cuando no se requiera Revisor Fiscal, donde se certifique el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje. Dicho documento debe certificar que, a la fecha de presentación de su propuesta, ha realizado el pago de los aportes correspondientes a la nómina de los últimos seis (6) meses, contados a partir de la citada fecha, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos. En el evento en que la sociedad no tenga más de seis (6) meses de constituida, deberá acreditar los pagos a partir de la fecha de su constitución.
Nota 2: En caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus miembros integrantes que sea persona jurídica o natural, deberá cumplir con este requisito.
5.1.10.CONTROL PREVENTIVO DE LAS PRÁCTICAS COLUSIVAS
El ICBF en el marco de los principios de la contratación pública y con el objeto de minimizar los riesgos de colusión entre oferentes en los procesos de selección, adopta las prácticas que promueven la participación trasparente y competitiva de los proponentes en las distintas modalidades de procesos públicos.
Según lo previsto por la Ley 155 de 1959, Decreto 2153 de 1992, Ley 1340 de 2009, Decreto 3523 de 2009, modificado por el Decreto 1687 de 2010 y en especial por lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 1474 de 2011, el Oferente deberá diligenciar el formato denominado “CERTIFICADO DE PARTICIPACIÓN INDEPENDIENTE DEL PROPONENTE”, en dónde
exprese de forma unilateral su compromiso de no ejercer prácticas colusorias o restrictivas de la Competencia”.
BOLETÍN DE RESPONSABLES FISCALES:
El ICBF verificará si el interesado se encuentra señalado en el último Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República. La consulta se realizará en el último Boletín de Responsables Fiscales para el proponente persona jurídica y para el representante legal de la persona jurídica. En todo caso, el proponente podrá adjuntar dicha certificación a su propuesta.
5.1.11.CERTIFICADO DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN Y REGISTRO DE SANCIONES Y CAUSAS DE INHABILIDAD –SIRI– VIGENTE, EXPEDIDO POR LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN:
El ICBF consultará y verificará, en la página Web de la Procuraduría General de la Nación, los antecedentes disciplinarios de quienes van a participar en el presente proceso de conformidad con lo establecido en la Ley 1238 de 2008. En todo caso el proponente podrá anexar a la propuesta dicho certificado actualizado.
5.1.12. CERTIFICADO DE ANTECEDENTES JUDICIALES (ARTÍCULOS 93, 94 Y 95 DEL DECRETO 19 DE 2012):
El ICBF consultará los antecedentes judiciales de quienes van a participar en el presente proceso a través de la página web xxx.xxxxxxx.xxx.xx. En todo caso el proponente podrá anexar a la propuesta dicho certificado actualizado.
5.1.13. REGISTRO UNICO TRIBUTARIO – RUT
Los proponentes deberán allegar copia del Registro Único Tributario. Para Uniones Temporales y Consorcios cada uno de sus integrantes deberá aportar el mencionado registro y en caso de adjudicación deberán solicitar y aportar el RUT dentro de los tres (03) días hábiles siguientes a la adjudicación previa firma del contrato.
5.1.14.ORIGINAL DE LA GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA
El proponente deberá anexar a su propuesta, a favor del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, con NIT. 899.999.239-2, una garantía que ampare la seriedad de su propuesta, en los términos y condiciones estipulados en el presente pliego, expedida por una compañía aseguradora o por una entidad bancaria colombiana, vigiladas por la Superintendencia Financiera. En caso de requerirse la ampliación de la vigencia de la propuesta, la vigencia de esta garantía deberá ser igualmente ampliada de conformidad con lo requerido por el ICBF.
La garantía debe ser tomada a nombre del proponente, persona jurídica o de la razón social que figura en el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio o su equivalente, sin utilizar sigla, a no ser que el certificado de la Cámara de Comercio o su equivalente establezca que la firma podrá identificarse con la sigla.
Cuando se trate de consorcio o unión temporal deberá tomarse la garantía a nombre de todos y cada uno de los integrantes con su respectivo porcentaje de participación, teniendo en cuenta lo señalado.
Para su constitución deberá tenerse en cuenta la siguiente información:
BENEFICIARIO: | INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR, NIT 899.999.239 – 2 |
AFIANZADO: | - El proponente, Persona Jurídica (Razón Social que figura en el Certificado de Existencia y Representación Legal, expedido por la Cámara de Comercio o su equivalente, sin utilizar sigla, a no ser que el Certificado de la Cámara de Comercio o su equivalente establezca que la firma podrá identificarse con la sigla). - En el caso de consorcios o uniones temporales debe ser tomada a nombre del consorcio o unión temporal (indicando todos sus integrantes y el porcentaje de participación) y no a nombre de su representante. - El /los nombre(s) debe(n) señalarse de la misma forma como figura(n) en el Certificado de Existencia y Representación Legal, expedido por la autoridad competente. |
VIGENCIA: | Cuatro (4) meses contados a partir de la fecha de cierre del proceso de selección. |
CUANTÍA: | Por un valor equivalente mínimo al diez por ciento (10%) del presupuesto oficial. |
AMPARO: | El texto de la garantía deberá indicar textualmente el número, año y objeto del proceso. |
FIRMAS: | Deberá ser suscrita por quien la expide. |
Una vez perfeccionado y legalizado el contrato, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la publicación de la adjudicación y previa solicitud del proponente, el ICBF devolverá la garantía de seriedad de la propuesta a los proponentes no seleccionados, dejando copia de la misma dentro de la propuesta, con constancia de que el original fue devuelto. En el evento
que el proceso sea declarado desierto, el original de la garantía de seriedad de la propuesta, serán devueltos a todos los proponentes, si así lo solicitaran.
La garantía de seriedad de la propuesta se hará efectiva en los siguientes eventos:
1. La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del proponente seleccionado.
2. La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el término previsto en los pliegos para la adjudicación del contrato se prorrogue o cuando el término previsto para la suscripción del contrato se prorrogue, siempre y cuando esas prórrogas no excedan un término de tres meses.
3. La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, de la garantía de cumplimiento exigida por la entidad para amparar el incumplimiento de las obligaciones del contrato.
4. El retiro de la oferta después de vencido el término fijado para la presentación de las propuestas.
El ICBF hará efectiva la garantía de seriedad de la propuesta como indemnización por perjuicios, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de mayores perjuicios causados y no cubiertos por el valor de la misma.
5.2. COMPONENTES FINANCIERO
El ICBF realizará la verificación financiera de las propuestas, la cual determinará si el proponente cumple o no cumple financieramente.
Para la verificación de estos componentes, el proponente individual y el integrante del proponente plural deberán presentar en forma legible a la fecha de cierre los estados financieros con corte a 31 de diciembre de 2013, o el Certificado de Registro Único de Proponentes- RUP vigente, siempre que en él se contenga la información financiera con corte a 31 de Diciembre de 2013 en firme.
Si el proponente presenta los estados financieros de acuerdo a la normativa vigente; éstos deben estar compuestos de la siguiente manera:
1. Balance General a 31 de Diciembre de 2013 a seis dígitos.
2. Estado de Resultados de Enero 01 a 31 de Diciembre de 2013 a seis dígitos.
3. Notas
4. Dictamen
5. Certificación a los estados financieros suscritos por el contador y dictamen a los estados financieros suscrito por el revisor fiscal o contador público independiente, en el caso de que no se requiera dicho revisor.
6. Certificados expedidos por la Junta Central de Contadores sobre vigencia de inscripción y de antecedentes disciplinarios, vigentes a la fecha de cierre de la contratación del contador que suscribe los Estados Financieros y del revisor fiscal si el proponente está obligado tenerlo o en su defecto, del contador público independiente; con vigencia no superior a noventa (90) días calendario al momento del cierre de la convocatoria.
7. Fotocopia de las tarjetas profesionales del contador que suscribe los Estados Financieros y del revisor fiscal si el proponente está obligado a tenerlo.
NOTA: El ICBF podrá solicitar en cualquier momento del proceso, las declaraciones de ingresos y egresos, relacionadas con los años de experiencia que acredite el proponente.
Se adelantará la verificación financiera conforme a los criterios que se enuncian a continuación:
5.2.1VERIFICACION FINANCIERA
Las entidades oferentes, sin ánimo de lucro deberán acreditar la capacidad financiera suficiente para la operación del PROGRAMA DE FAMILIAS CON BIENESTAR en la vigencia 2014, Las entidades oferentes, sin ánimo de lucro deberán acreditar la capacidad financiera suficiente para la operación de la Modalidad Familias con Bienestar en la vigencia 2014, para el efecto la Dirección Regional deberá verificar el cumplimiento de los índices financieros señalados a continuación:
Índice de Endeudamiento: El Operador o integrante del proponente plural, deberá tener un nivel de endeudamiento menor o igual al sesenta y cinco por ciento (65%), el cual se calculará con la aplicación de la siguiente fórmula:
Índice de Liquidez: Indica la capacidad que tiene la entidad sin ánimo de lucro de cumplir con sus obligaciones a corto plazo, por lo cual deberá contar con una razón corriente igual o superior a 1.3, el cual se calculará con la aplicación de la siguiente fórmula:
Índice de Liquidez =
El ICBF realizará la verificación financiera en el Registro Único de Proponentes - RUP, el cual deberá estar en firme a la fecha de celebración del contrato. Si la entidad sin ánimo de lucro no se encuentra inscrita o la información consignada en el RUP no se encuentra en firme, se adelantará la verificación sobre los estados financieros con corte a 31 de diciembre de 2013, la cual determinará si el proponente cumple o no cumple financieramente.
Los cálculos que se realizarán en la verificación se harán sin decimales, aproximando al entero más cercano a partir de 0.50 y se dejará el mismo entero cuando el decimal sea menor a 0.50.
Indicadores para verificar la capacidad financiera - PROVEEDORES | |||
Indicador | Formula | Margen solicitado | |
Liquidez | Activo corriente sobre pasivo corriente | Igual o superior a: | 1.3 |
Nivel de endeudamiento | Pasivo total sobre activo total | Menor o igual a: | 6.5% |
Se considera que el oferente cumple con la capacidad financiera solicitada y que está habilitado para continuar en el proceso, si obtiene en cada indicador los márgenes anteriormente establecidos.
Nota 1: Para las contrataciones que se realicen con posterioridad al 31 xx xxxxx del año 2014, la evaluación de la capacidad financiera se adelantará con base en los estados Financieros en firme con corte a 31 de diciembre del año 2013, los cuales se verificarán en el Registro Único de Proponentes.
Nota 2: Para la verificación de la capacidad financiera de los Consorcios y/o Uniones Temporales, La verificación de los indicadores financieros de las uniones temporales se calculará con base en las sumatorias de los patrimonios, activos, pasivos correspondientes de cada uno de sus integrantes, en proporción a su participación en la respectiva asociación.
NOTA 3: El estado de resultados, debe ser discriminado en ingresos y gastos operacionales a seis dígitos y firmados por contador público, el representante legal y el revisor fiscal, este último siempre y cuando el proponente esté obligado. Con la firma de los estados financieros, se entenderá que los firmantes manifiestan que las cifras reflejadas en el balance y estado de resultados, fueron tomadas fielmente de los libros oficiales.
NOTA 4: En el evento en que el proponente tenga inscrita la información financiera en el RUP, y la misma se encuentre en firme, con corte a 31 de diciembre de 2013, la verificación financiera habilitante se realizará con la información inscrita en el RUP.
5.2.2. CUPO DE CRÉDITO:
La entidad sin ánimo de lucro deberá contar con un Cupo de Crédito disponible, equivalente al diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial estimado para el respectivo contrato. Para el efecto, deberá presentar la certificación expedida por un establecimiento de crédito o Cooperativa vigilado por la Superintendencia Financiera de Colombia, con fecha de expedición no mayor a tres (3) meses, en donde se acredite la existencia del cupo de crédito disponible.
Las condiciones para la valoración del cupo de crédito serán:
1. Cada oferente solamente podrá presentar un único cupo de crédito, lo anterior también aplica para las uniones temporales y/o consorcios.
2. No se aceptará la presentación de cupos de sobregiro, ni de tarjeta de crédito, ni CDT, ni créditos rotativos, ni cuentas de ahorro, ni bonos, ni títulos valores, ni documentos representativos de valores, ni la sumatoria de cupos de créditos de diferentes entidades.
5.3. COMPONENTE DE EXPERIENCIA
VISITA INSTALACIONES
Para él presente proceso de convocatoria pública de aportes para la MODALIDAD FAMILIAS CON BIENESTAR VIGENCIA 2014. No se requiere la visita, sin embargo se requiere que los proponentes tengan establecida una oficina en el Departamento del Guaviare
5.4. ACEPTACIÓN DE LAS CONDICIONES MÍNIMAS DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO Y DE LOS LINEAMIENTOS TÉCNICOS DEL PROGRAMA.
El proponente deberá diligenciar el Formato de Aceptación de las Condiciones Mínimas de Prestación del Servicio; en el cual manifiesta la aceptación y cumplimiento de los lineamientos técnicos del PROGRAMA FAMILIAS CON BIENESTAR, así como de las obligaciones contractuales derivadas de la presente convocatoria.
5.5. EXPERIENCIA ESPECÍFICA
La entidad oferente podrá acreditar su experiencia hasta con CINCO (5) CERTIFICACIONES DE CONTRATOS ejecutados y terminados a satisfacción, cuyo objeto contemple el diseño y ejecución de programas y/o proyectos dirigidos a la atención de familias y/o comunidades en aspectos relacionados con al menos dos de los siguientes temas: Vínculos de cuidado, convivencia, sexualidad, estilos de vida saludable, ciudadanía y participación pero en todo caso la experiencia adquirida deberá ser acreditada su ejecución dentro del departamento del Guaviare -
Las certificaciones deben cumplir las siguientes condiciones:
a) Contratos ejecutados y terminados a satisfacción, con entidades públicas o entidades privadas del departamento del Guaviare .
b) En caso de que los contratos sean suscritos entidades privadas, deberá anexarse copia simple de:
Contrato que se pretende hacer valer como experiencia.
Constancias de los pagos realizados con ocasión de los contratos aportados.
Certificado de existencia y representación legal de la entidad privada que certifica.
c) Los contratos deben estar suscritos, con entidades públicas o privadas dentro de los últimos DIEZ (10) años anteriores a la fecha de cierre señalada en el cronograma xxx xxxxxx de condiciones.
d) Si el o los proponente(s) presentan más de CINCO (5) contratos certificados, el ICBF tendrá en cuenta los CINCO (5) contratos certificados (que corresponden a la experiencia específica) con mayor valor en forma descendente, siempre que cumplan con las reglas aquí exigidas.
e) Si se presenta un (1) documento certificado con varios contratos u órdenes de servicios, suscritos en varios periodos por el proponente, cada uno se tomará como un
contrato u oferta independiente y para la valoración se tomarán de mayor a menor valor, siempre que estén dentro del rango de la ejecución temporal solicitada hasta completar, máximo CINCO (5) contratos.
f) La experiencia a tener en cuenta será en contratos ejecutados y terminados a satisfacción, entendiéndose por ésta aquella en la cual el contratista no haya sido objeto de multas o declaratorias de incumplimiento. En el evento en que alguna de dichas circunstancias se presente frente a la experiencia aportada no se tendrá en cuenta la respectiva certificación.
g) Para el caso de acreditación de experiencia adquirida en virtud de contratos suscritos por el ICBF, ésta solo será tenida en cuenta en la medida en que en la ejecución contractual el operador haya cumplido con la totalidad de la cofinanciación ofertada; efecto para el cual se verificará con la supervisión del contrato. En el evento en que no se haya cumplido con la totalidad de la cofinanciación no se tendrá en cuenta la respectiva certificación.
h) Las certificaciones de experiencia deberán ser expedidas por quienes directamente los contrataron es decir por la entidad, o para la persona natural y/o jurídica para quien prestaron el servicio.
El valor actualizado del contrato ejecutado se calculará en Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes (SMMLV) del año en el cual se suscribió el contrato de acuerdo con la siguiente tabla.
EVOLUCIÓN XXX XXXXXXX MINIMO MENSUAL LEGAL
AÑO | MONTO MENSUAL EN PESOS |
2004 | $358.000 |
2005 | $381.500 |
2006 | $408.000 |
2007 | $433.700 |
2008 | $461.500 |
2009 | $496.900 |
2010 | $515.000 |
2011 | $535.600 |
2012 | $566.700 |
2013 | $589.500 |
2014 | $616.000 |
La entidad contratista deberá observar y cumplir con cada uno de los aspectos señalados en el Documento Técnico remitido con el presente documento y con las instrucciones técnicas que para todos los efectos imparta la Dirección de Familia y Comunidades.
Espacio Físico Administrativo. El operador deberá garantizar unas condiciones locativas básicas de acuerdo con su complejidad (oficina, medios de comunicación y organización de
datos, archivo, espacios de reunión y diálogo) para la adecuada administración de la modalidad en beneficio de las familias, oficinas las cuales d deberán estar en funcionamiento entro del departamento de ejecución de la modalidad.
Talento Humano. Constituye el principal activo intelectual y operativo para la satisfactoria implementación de la modalidad en beneficio de las familias.
Para garantizar la idoneidad del personal, el operador deberá realizar acciones de promoción y bienestar, procesos de inducción, actualización y capacitación, y generar sinergias para el trabajo en equipo y el buen ambiente laboral.
Así mismo, el operador deberá verificar periódicamente la idoneidad y los antecedentes penales de todos los que intervienen o tienen que ver con el desarrollo de la modalidad.
A continuación se describe el talento humano a garantizar de parte del operador:
Área | Cargo | Perfil | ||
Estudios | Formación | Experiencia | ||
Administrativa | Coordinador Regional | Profesional en Ciencias Sociales o Administración. | Conocimientos en temas de Derechos Humanos. Manejo de ofimática. | |
Asistente Jurídico | Profesional en Derecho. | Conocimientos en temas de Derechos Humanos. Manejo de ofimática. | ||
Asistente Financiero | Profesional en Economía, Finanzas, Administración de Empresas o Contabilidad. | Manejo de ofimática. | ||
Gestor de Información | Estudiante de ingeniería con séptimo semestre aprobado, tecnólogo en sistemas, ingeniero o profesional de áreas afines | Capacidad para utilizar herramientas tecnológicas orientadas a Internet. Habilidad para recolectar, analizar, validar, integrar, cruzar, consolidar, y transmitir datos masivos. Capacidad para orientar y brindar asistencia y soporte técnico a usuarios finales en el uso de instrumentos y herramientas para la recolección y transmisión de datos. Capacidad para preparar informes y presentar resultados estadísticos. | Cinco (5) meses de experiencia comprobada en al menos una de las siguientes áreas: Operativos de censos y/o diligenciamiento de encuestas Generación de información estadística Formación de base de datos Uso de la plataforma Windows y herramientas de ofimática. |
Énfasis en manejo avanzado de Excel (indispensable: manejo de tablas dinámicas, ordenamientos, filtros, conversión de formatos y generación de informes finales) | |||||
Técnica | Asesor Psicosocial | Profesional en Psicología, Trabajo Social o Desarrollo Familiar con postgrado en temas afines. Estudios de postgrado homologables con 5 años de experiencia en proyectos sociales. | Conocimientos en temas de Derechos Humanos. Manejo de ofimática. | Cinco años en diseño y/o implementación de proyectos sociales. | |
Asesor Pedagógico | Licenciado en Psicopedagogía, Educación Comunitaria o Ciencias Sociales, con postgrado en Pedagogía o temas afines. Estudios de postgrado homologables con 5 años de experiencia en proyectos sociales. | Conocimientos en temas de Derechos Humanos. Manejo de ofimática. | Cinco años en diseño y/o implementación de proyectos sociales. | ||
Agente Educativo | Profesional en Psicología, Psicopedagogía, Trabajo Social, Desarrollo Familiar o Antropología. | Conocimientos en temas de Derechos Humanos. Manejo de ofimática. | Dos años en diseño y/o implementación de proyectos sociales. | ||
Agente de Intervención Psicológica | Profesional en Psicología con postgrado en Psicología Clínica, Terapia Familiar, Familia, Intervención Psicosocial, Desarrollo Familiar, Salud Mental, Intervención en Sistemas Humanos, Psicoterapia o afines. | Conocimientos en temas de Derechos Humanos. Manejo de ofimática. | Dos años en diseño y/o implementación de proyectos sociales. |
Acreditación de la experiencia para los contratos. Las certificaciones deben presentarse en papel timbrado con el respectivo logo de las empresas y deben contener como mínimo con la siguiente información:
- Nombre del contratante
- Objeto del contrato
- Valor del contrato
- Fecha de suscripción del contrato
- Fecha de terminación del contrato
- Si el contrato se ejecutó en consorcio, unión temporal o cualquier otra forma conjunta deberá indicar el nombre de sus integrantes y la forma y porcentaje de participación de cada uno de ellos.
- Actividades ejecutadas
- Nombre o razón social del contratista.
- Departamento (s) de ejecución del contrato.
- Si ha sido objeto de multas, declaratorias de incumplimiento o caducidad.
- Señalar si el contrato se encuentra liquidado (cuando corresponda).
- En la certificación PREFERIBLEMENTE se debe incluir el nombre completo, número de cédula, número de teléfono, cargo y capacidad para certificar de la persona perteneciente a la entidad con la que se adquirió la experiencia relacionada en la propuesta.
Si el contrato se ejecutó en consorcio o unión temporal los documentos anteriores deberán informar los integrantes y el porcentaje (%) de participación.
Cuando en la certificación no se indique el porcentaje de participación, deberá adjuntarse una copia del documento de constitución del consorcio o unión temporal, en el cual se adquirió la experiencia, para determinar el porcentaje de participación.
Cuando las certificaciones presentadas carezcan de alguno(s) de los requisitos de la información solicitada, se requerirá al proponente con el fin de que aclare la respectiva certificación.
NOTA: En el caso que la experiencia aportada por el proponente individual o por el integrante del proponente plural haya sido adquirida con ENTIDADES PRIVADAS, para hacer valer una experiencia específica, además de acreditar de los requisitos establecidos en el presente título, deberá anexar copia simple de:
Contrato que se pretende hacer valer como experiencia.
Constancias de los pagos realizados con ocasión de los contratos aportados.
Certificado de existencia y representación legal de la entidad privada que certifica.
NOTA: EL ICBF PODRÁ SOLICITAR EN CUALQUIER MOMENTO DEL PROCESO, LAS DECLARACIONES DE INGRESOS Y EGRESOS, RELACIONADAS CON LOS AÑOS DE EXPERIENCIA QUE ACREDITE EL PROPONENTE.
5.6. REGLAS PARA LA VALORACIÓN DE LA EXPERIENCIA:
a) La experiencia adquirida en consorcio o unión temporal será tenida en cuenta de acuerdo con el porcentaje de participación en la unión temporal o consorcio, en la cual fue adquirida.
b) No se tendrá en cuenta como experiencia adquirida la que se de en virtud de la Subcontratación, bajo ninguna modalidad.
c) El proponente deberá presentar la relación de los contratos que acrediten la experiencia utilizando el modelo del Anexo de Experiencia Específica.
d) El valor que se considerará será el de la fecha de suscripción del contrato, previa actualización de dichos valores a pesos del año 2014. En caso de que el contrato haya tenido adiciones, las mismas se incrementaran al valor del contrato y para efectos de la actualización del mismo se tendrá en cuenta la fecha de suscripción del contrato.
e) En caso de que el valor de los contratos con los cuales se pretende acreditar la experiencia se encuentre expresado en moneda extranjera, se hará la conversión a pesos colombianos con la TRM de la fecha de suscripción del contrato.
f) Cuando la experiencia reportada se haya facturado en moneda extranjera diferente al dólar americano, se realizará su conversión a dólares americanos de acuerdo a las tasas de cambio estadísticas publicadas por el Banco de la República en la página web (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx) teniendo en cuenta la fecha de suscripción del contrato, y luego se procederá a su conversión a pesos colombianos.
g) Cuando la experiencia a aportar haya sido obtenida con el ICBF, el proponente podrá acreditar la misma tal como está establecido en el presente pliego o aportando copia de las liquidaciones de los contratos, sin perjuicio que el ICBF verifique internamente la real ejecución de los mismos.
h) El ICBF podrá en cualquier estado en que se encuentre el proceso de selección, verificar y solicitar ampliación de la información presentada por el oferente para la acreditación de la experiencia específica.
i) Cuando en las certificaciones mediante las cuales se pretende acreditar experiencia se encuentren también relacionados bienes o servicios de características disímiles a las del objeto del presente proceso contractual, se tendrá en cuenta únicamente la experiencia correspondiente a la relacionada con el objeto del presente proceso de selección. Para dicho efecto será necesario que la certificación allegada establezca el valor o el porcentaje de las actividades o bienes relacionados con el objeto de la experiencia que se pretende acreditar respecto del valor total del contrato que se certifique. Sobre dicho valor o porcentaje se acreditará o no la experiencia que corresponda. Dichas certificación deberá ser expedida directamente por la Entidad contratante.
Para tal efecto, el ICBF podrá solicitar las aclaraciones pertinentes con el fin de verificar el porcentaje correspondiente a la experiencia relacionada con el objeto del presente proceso de selección. En el evento que con la documentación y las aclaraciones aportadas por el proponente, no se pueda establecer dicho porcentaje, no se tendrá en cuenta la respectiva certificación.
j) La sumatoria del valor de los contratos con los que se acredita la experiencia, se realizará previa actualización de dichos valores a pesos del año 2014. Dicha actualización se hará utilizando el SMLMV así:
Se tomará el valor del contrato al momento de la suscripción y se divide por el valor del SMLMV del año correspondiente a la misma suscripción.
El número de salarios así obtenido se multiplica por el valor del SMLMV del año 2014.
k) La sumatoria del valor de los contratos certificados y calificados como cumple, según las reglas establecidas en el presente pliego de condiciones, determinará en cuanto a experiencia.
l) En el caso de proponentes plurales, consorcio o unión temporal, la totalidad de los integrantes deberán acreditar experiencia.
NOTA 1: El ICBF se reserva el derecho de comprobar en cualquier tiempo la autenticidad de los documentos aportados, así como de verificar el cumplimiento a cabalidad de los contratos que el oferente certifique.
NOTA 2: En el evento en que el ICBF solicite aclaración sobre las certificaciones de experiencia, dichas aclaraciones otorgadas por el proponente deberán versar sobre los documentos aportados inicialmente con su propuesta, sin que se puedan aportar certificaciones de experiencia diferentes a los inicialmente aportados.
NOTA 3: Se asignará puntaje al proponente que ofrezca vincular a la ejecución del contrato, personal que corresponda a población vulnerable, pertenecientes al SISBEN 1 y 2, discapacitados y/o desplazados, en una cantidad no inferior a tres (3) personas , para lo cual deberá allegar una carta suscrita por el representante legal en donde conste el compromiso que en este sentido asume, lo cual se verificara con fundamento en las fuentes de información que identifican estos grupos poblacionales, tales como el SISBEN, el Registro Único de Desplazados, el Banco de Xxxxxx xxx XXXX, la Oficina de Discapacidad adscrita a la correspondiente Secretaría de Gestión Social.
5.7. EVALUACION DE LAS PROPUESTAS
El Comité Evaluador, designado mediante acto administrativo, verificará los requisitos habilitantes.
De ser necesario se le dará un (1) día hábil a los oferentes para aclarar las propuestas, esto se realizara por medio de un documento de solicitud de aclaración de las propuestas presentadas por los oferentes, en el cual se debe justificar de manera clara y sucinta, el motivo de la solicitud de aclaración (técnica jurídica o financiera). Dicho documento debe contener, fecha y hora límite para enviar las aclaraciones, las cuales pueden ser allegadas por medio físico, electrónico o vía fax.
De acuerdo con los criterios previamente establecidos en el pliego de condiciones, se diligenciará el Informe de evaluación y se recomendará al ordenador del gasto del ICBF la adjudicación del contrato o la declaratoria de desierta del proceso de convocatoria pública.
5.9. OBSERVACIONES AL INFORME DE EVALUACIÓN
En caso de presentarse observaciones por los proponentes al informe de evaluación, dentro del término de publicación del mismo en la página web del ICBF, el Comité Asesor Evaluador, dará
respuesta en el menor tiempo posible, a cada una de éstas, ratificando o modificando dicho informe, las observaciones y respuestas se incluirán en el expediente contractual.
NOTA: En ejercicio de esta facultad, los oferentes no podrán completar, adicionar, modificar y/o mejorar sus ofertas.
5.10. ANALISIS DE LAS PROPUESTAS
La evaluación de las propuestas se efectuará a través de un estudio jurídico, financiero y técnico, el cual se realizará dentro de la fecha establecida para el efecto en el cronograma que rige el presente proceso.
Tal procedimiento, comprenderá una verificación inicial respecto del cumplimiento en los requisitos habilitantes (capacidad jurídica, capacidad financiera, condiciones de experiencia, capacidad técnica) cuyo resultado será HABILITA O INHABILITA.
Una vez el ICBF haya determinado que la propuesta se ajusta a las exigencias jurídicas, técnicas y financieras, se catalogará como HABILITADA y se procederá a su evaluación.
El puntaje máximo obtenido por la sumatoria de los criterios a evaluar será de cien (100) puntos, de conformidad con la siguiente tabla:
CRITERIO | PUNTAJE MÁXIMO |
RECURSO HUMANO POR INCLUSIÓN SOCIAL | 20 |
EXPERIENCIA | 20 |
EXPERIENCIA ESPECIFICA EN TERRITORIO | 30 |
TALENTO HUMANO | 30 |
TOTAL | 100 |
4.2. PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
1. Se asignará puntaje al proponente que ofrezca vincular a la ejecución del contrato, personal que corresponda a población vulnerable, pertenecientes al SISBEN 1 y 2, discapacitados y/o desplazados, en una cantidad no inferior a tres (3) personas , para lo cual deberá allegar una carta suscrita por el representante legal en donde conste el compromiso que en este sentido asume, lo cual se verificara con fundamento en las fuentes de información que identifican estos grupos poblacionales, tales como el SISBEN, el Registro Único de Desplazados, el Banco de Xxxxxx xxx XXXX, la Oficina de Discapacidad adscrita a la correspondiente Secretaría de Gestión Social o donde corresponda .(criterio obligatorio) .
RECURSO HUMANO POR INCLUSIÓN SOCIAL | OFERTA | PUNTOS |
TRES PERSONAS(DENTRO DE LAS CUALES MINIMO DEBE HABER UN DISCAPACITADO | 5 | |
DE 4 A 5 PERSONAS (DEBEN HABER MIIMO UN DISCAPACITADOS) | 10 | |
MAS DE 6 PERONAS(DEBE HABER MINIMO UN DISCPACITADOS | 20 |
2. Tiempo de Experiencia:
Este criterio se medirá teniendo en cuenta la experiencia del oferente en el diseño y ejecución de programas y/o proyectos dirigidos a la atención de familias y/o comunidades en aspectos relacionados con al menos dos de los siguientes temas: Vínculos de cuidado, convivencia, sexualidad, estilos de vida saludable, ciudadanía y participación.
Experiencia | OFERTA | PUNTOS |
Entre 1 MES y 3 MESES de acuerdo a la experiencia especifica acreditada. | 5 | |
Entre 4 y 12 MESES de acuerdo a la experiencia especifica acreditada. | 10 | |
Entre 1 y 5 años de acuerdo a la experiencia especifica acreditada. | 20 |
3. Experiencia en territorio
Experiencia del oferente en el diseño y ejecución de programas y/o proyectos dirigidos a la población del territorio en el cual va a ofertar(experiencia en la ejecución de la modalidad Familias Con Bienestar en el Departamento). Se podrá tener en cuenta la siguiente tabla:
Experiencia Especifica en Territorio | OFERTA | PUNTOS |
Entre 1 y 3 MESES de acuerdo a la experiencia especifica acreditada en territorio. | 5 | |
Entre 4 y 12 MESES de acuerdo a la experiencia especifica acreditada en territorio. | 10 | |
Entre 1 AÑO y 5 años de acuerdo a la experiencia especifica acreditada en territorio. | 30 |
4. Talento humano residente en el territorio
El oferente cuenta con Talento Humano residente en la zona de ejecución del contrato. Se podrá tener en cuenta la siguiente tabla:
Talento Humano | OFERTA | PUNTOS |
Contratación de entre el 5% y el10% xxx xxxxxxx humano residente en la zona. | 10 | |
Contratación de entre el 11 % y el 20% xxx xxxxxxx humano residente en la zona. | 15 | |
Contratación de entre el 25% y el 50% xxx xxxxxxx humano residente en la zona. | 30 |
NOTA 1: Se debe tener en cuenta que los agentes de intervención psicológica deben atender como máximo 52 familias, por lo cual el incremento en el porcentaje de la atención del total de las familias se debe ver reflejado en un incremento del número de agentes de intervención psicológica.
NOTA 2: Se asignará puntaje al proponente que ofrezca vincular a la ejecución del contrato, personal que corresponda a población vulnerable, pertenecientes al SISBEN 1 y 2, discapacitados y/o desplazados, en una cantidad no inferior a tres (3) personas , para lo cual deberá allegar una carta suscrita por el representante legal en donde conste el compromiso que en este sentido asume, lo cual se verificara con fundamento en las fuentes de información que identifican estos grupos poblacionales, tales como el SISBEN, el Registro Único de Desplazados, el Banco de Xxxxxx xxx XXXX, la Oficina de Discapacidad adscrita a la correspondiente Secretaría de Gestión Social o donde corresponda.
ORDEN DE ELEGIBILIDAD
Con la asignación de puntaje correspondiente al criterio de calificación, se determinará el orden de elegibilidad, resultando adjudicatario de la misma quien obtenga el primer orden de elegibilidad.
CRITERIOS DE DESEMPATE
En caso de empate entre dos o más ofertas, el ICBF escogerá el oferente que cumpla con los siguientes requisitos:
1. En caso de igualdad de condiciones, se preferirá la oferta que haya obtenido mayor puntaje en las especificaciones técnicas si procediere.
2. Si se presenta empate o éste persiste, se preferirá la oferta que certifique la utilización de recursos y/o materias primas de la región.
3. Si se presenta empate o éste persiste se preferirá la oferta que certifique que contratará recurso humano de la región.
4. Si no hay lugar a la hipótesis prevista en el numeral anterior se preferirá la oferta que certifique que contratará recurso humano con discapacidad en la región, de conformidad con la Ley 361 de 1997.
5. Si persiste el empate, se preferirá al proponente que acredite vincular laboralmente madres / padres cabeza de familia de la región.
6. Si el empate se mantiene, se procederá a efectuar sorteo:
1º Sorteo:
- Se depositarán en la tula las balotas en igual cantidad que Oferentes empatados, más una de color blanco. El participante que saque la balota de color blanco será el adjudicatario
6.- OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA:
El contratista bajo su plena responsabilidad y autonomía y en cumplimiento del objeto descrito, cumplirá con las siguientes obligaciones:
El OPERADOR brindará el servicio en el lugar de ejecución y de conformidad con el número de familias establecido por el ICBF Regional Guaviare y según directrices de la dirección de familias y comunidad.
A través del Contrato de Aporte, se busca promover el desarrollo familiar mediante la implementación del enfoque conceptual y metodológico definido por la Dirección de Familia y Comunidades, el cual propone co-crear escenarios grupales y familiares de aprendizaje generativo, con metodologías colaborativas, que les permitan a las familias reconocerse a sí mismas y utilizar sus recursos internos y externos para fortalecer los vínculos de cuidado mutuo y las relaciones solidarias con el entorno.
6.1. Obligaciones del Contratista.
Los OPERADORES seleccionados deberán aceptar y cumplir con las siguientes obligaciones:
1) Cumplir con el objeto del contrato bajo su propia responsabilidad, por lo tanto no existe ni existirá ningún tipo de subordinación, ni vínculo laboral alguno entre EL OPERADOR y el ICBF.
2) Disponer lo necesario para que el objeto del contrato se cumpla a cabalidad y cumplir con las metas establecidas.
3) Realizar las actividades contempladas en el documento técnico de la modalidad.
4) Contar con el personal idóneo y competente, el cual debe cumplir con las obligaciones, requisitos, experiencia y habilidades contenidos en el documento técnico de la modalidad.
5) Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, evitando cualquier tipo de dilaciones y trabamientos que afecten el objeto del contrato.
6) Constituir la Garantía Única de Cumplimiento.
7) Obtener y presentar para su aprobación las garantías en las condiciones, plazos y con el objeto y montos establecidos en el contrato, así como mantener vigentes sus amparos y prorrogarlos en los términos señalados.
8) Entregar al supervisor del Contrato los informes que se soliciten sobre cualquier aspecto y/o resultados obtenidos cuando así se requiera.
9) Atender los requerimientos, instrucciones y/o recomendaciones que durante el desarrollo del Contrato le imparta EL ICBF a través del supervisor del mismo, para una correcta ejecución y cumplimiento de sus obligaciones.
10) RESERVA. EL OPERADOR se obliga a guardar estricta reserva sobre toda la información y documentos que tenga acceso, maneje en desarrollo de su actividad o que llegue a conocer en desarrollo del contrato. En consecuencia se obliga al operador a no divulgar por ningún medio dicha información o documentos a terceros, sin la previa autorización escrita del ICBF. Esta obligación permanecerá vigente aún después de la terminación por cualquier causa de la vinculación que ligue a las partes. Por lo tanto, en caso de que EL CONTRATANTE tenga prueba de que EL OPERADOR ha divulgado cualquier tipo de documentación o información que en forma alguna se relacione con el presente contrato, EL OPERADOR indemnizará los perjuicios que con tal hecho cause a EL CONTRATANTE. No se considerará incumplida esta cláusula cuando la información o documentos deban ser revelados por mandato judicial y/o legal o cuando la información manejada tenga el carácter de pública.
11) Cumplir con las políticas de seguridad, los procedimientos para el manejo de la información definidos por el ICBF, los cuales se describen a continuación: a) HABEAS DATA. La entrega de la información de beneficiarios de la modalidad, permite el acceso a datos de carácter privado o reservado protegidos por el derecho fundamental del Habeas Data establecido en el artículo 15 de la Constitución Política de Colombia. Por consiguiente, todas las personas que intervienen en la generación, administración y manipulación de la información generada por la modalidad, se obligan a hacer uso de esta información de carácter privado o reservado con sujeción a las normas y disposiciones constitucionales y legales vigentes, y a la jurisprudencia de la Corte Constitucional sobre la materia. b) USO DE LA INFORMACIÓN. Todas las personas que intervienen en la generación, administración y manipulación de la información generada por la modalidad, se comprometen a usarla exclusivamente para el propósito que fue señalado en su solicitud; y por lo tanto, se comprometen a no divulgar o suministrar más allá de ello, a terceros, privados o públicos, la información que le sea suministrada. c) DISTRIBUCIÓN DE LA INFORMACIÓN. Todas las personas que intervienen en la generación, administración y manipulación de la información generada por la modalidad tienen restringida la circulación y entrega de esta información a terceros, totalmente ajenos al ámbito propio en el cual se obtuvo. Dicha información deberá ser protegida con la debida reserva, custodia y conservación, y sólo podrá ser utilizada para los fines xx Xxx, por parte de las personas naturales y jurídicas que accedan a ésta. Igualmente, en ningún caso se podrá publicar en medios de comunicación, información personal de las familias que se encuentren en la modalidad.
12) En caso de presentarse inundaciones o desastres naturales en el territorio nacional y estas situaciones afecten el normal desarrollo de la Modalidad Familias con Bienestar en las regiones afectadas por olas invernales y/o desastres naturales, el OPERADOR deberá acatar las directrices que el ICBF disponga para tales eventos.
13) Presentar la cuenta de cobro de conformidad con la forma de desembolso estipulada en el contrato, junto con los informes determinados en el lineamiento para cada pago.
14) Presentar antes de cada pago, ante el/la supervisor/a del contrato, la certificación expedida por el representante legal o el revisor fiscal, cuando aplique, del cumplimiento de las obligaciones del Sistema General de Seguridad Social Integral y parafiscales (cuando a ello haya lugar) con una fecha de expedición no superior a treinta (30) días calendario, con
respecto a la fecha de presentación de las facturas de los correspondientes pagos, que acredite el cumplimiento de tales obligaciones.
15) Asumir el pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones de carácter laboral del personal que contrate para la ejecución del contrato, lo mismo que el pago de honorarios, los impuestos, gravámenes, aportes y servicios de cualquier género que establezcan las leyes colombianas y demás erogaciones necesarias para la ejecución del contrato. Es entendido que todos estos gastos han sido estimados por el OPERADOR.
16) Presentar al Supervisor del Contrato informes financieros, contables y de gestión sobre el avance de ejecución del contrato con sus respectivos soportes. El informe de gestión incluye aspectos administrativos, legales, técnicos y de ejecución presupuestal. De esta información debe enviarse copia en medio magnético a la Subdirección de Operación de la Atención a la Familia y Comunidades.
17) Presentar informe final de actividades a la terminación del contrato.
18) Reportar al ICBF la información requerida, así como de los beneficiarios objeto de la MODALIDAD (registro de información de las familias) de acuerdo en los instrumentos, formatos, herramientas y que establezca el ICBF para la conformación del REGISTRO ÚNICO DE BENEFICIARIOS DEL ICBF.
19) No acceder a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la Ley con el fin de obligarlo a hacer u omitir algún acto o hecho en contra de la Ley. Cuando se presentaren tales peticiones o amenazas, deberá informar inmediatamente de su ocurrencia al ICBF, y/o a las demás autoridades competentes para que ellas adopten las medidas correctivas que fueren necesarias. El incumplimiento de esta obligación y la celebración de pactos o acuerdo prohibidos darán lugar a la terminación del contrato.
20) El OPERADOR se compromete a no contratar o vincular menores de edad para la ejecución del presente contrato, de conformidad con los pactos, convenios y convenciones internacionales legalmente ratificados por Colombia, según lo establece la Constitución Política de 1991 y demás normas vigentes sobre la materia, en particular aquellas que consagran los derechos de los niños.
21) Satisfacer las demás obligaciones a su cargo que se deriven de la naturaleza del contrato, y de las exigencias legales, entre ellas, aquellas de carácter tributario, en caso de que se generen.
6.2. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL OPERADOR
1) Presentar por escrito y ante el Primer Comité Técnico Regional:
a. Plan de trabajo que incluya actividades, metodología para desarrollar cada módulo, productos, cronograma (con fechas de iniciación y terminación) y responsables.
b. Estrategias didácticas y diseño del material pedagógico.
c. Plan pedagógico de nivelación.
d. Flujo de Caja de los recursos del ICBF y de la Contrapartida.
e. Soporte de contratación del recurso humano requerido.
f. Dotación del personal (Gorra, chaleco, maletín) correspondiente según especificaciones técnicas de la Oficina Asesora de Comunicaciones del ICBF.
2) Definir delegados para la conformación del Comité Técnico y Operativo Regional y asistir a todas las sesiones convocadas. Presentar a la respectiva DIRECCION REGIONAL DEL ICBF, la relación del recurso humano para el desarrollo del Contrato, de conformidad con los perfiles y cantidades establecidas por la MODALIDAD, anexando los soportes que acrediten el cumplimiento del perfil PARÁGRAFO PRIMERO. Personal de Coordinación. El contratista deberá contar como mínimo con (1) un Coordinador Técnico y personal de sistemas1 . PARÁGRAFO SEGUNDO. Personal de Formación. El contratista deberá contar con el número de agentes educativos necesarios para atender el número de familias asignadas. Cada Agente Educativo podrá atender un máximo de 70 familias. Cada agente educativo debe contar con equipo de cómputo, paquete de datos, seguro y dotación (gorra, chaleco y maletín). PARÁGRAFO TERCERO. El contratista debe notificar al ICBF las modificaciones del recurso humano que se presenten durante la ejecución del Contrato, identificando las personas que se retiran y presentado los soportes correspondientes de las personas que ingresan.
3) Capacitar a los Agentes Educativos y presentar al ICBF los soportes de asistencia a las sesiones desarrolladas.
4) Entregar a los Agentes Educativos la dotación (gorra, chaleco y maletín) de acuerdo a especificaciones técnicas de la Oficina Asesora de Comunicaciones del ICBF, e insumos de papelería y material pedagógico requerido.
5) Realizar el proceso de búsqueda, identificación y vinculación de familias a la MODALIDAD a través de los instrumentos y herramientas definidos, aprobados por la Dirección de Familias y Comunidades. PARAGRAFO 1. Cada familia Red Unidos será visitada máximo dos veces para el logro de su vinculación, en el caso de no encontrar a la familia en la segunda visita, esta será remplazada por otra familia de la base de datos Red Unidos hasta agotar dicha base y/o hasta lograr la constitución de grupos de hasta 70 familias por educador. PARAGRAFO 2. Después de agotar la base de datos de Red Unidos se procederá a realizar la vinculación de familias de la base de datos otorgadas por el ICBF para la cual se podrán tener en cuenta los registros de familias vinculados a otros servicios.
6) ENTREGA DE INFORMACIÓN. El OPERADOR deberá realizar el registro inicial y la línea de base inicial con la caracterización de los beneficiarios entre los sesenta y noventa días calendario posterior al inicio de la operación y en el octavo mes de atención reportar la línea final. Adicionalmente reportará al ICBF REGIONAL Y SEDE NACIONAL con una periodicidad mensual y mediante los mecanismos que defina la Subdirección de Operación de la Atención a las Familias y Comunidades del ICBF, la información relativa a las atenciones brindadas a cada familia beneficiaria, señalando cuando proceda, la asistencia y ausentismo de estas en el mes reportado.
1 Estudiante de ingeniería con séptimo semestre aprobado, tecnólogo en sistemas, ingeniero o profesional de áreas afines, con cinco (5) meses de experiencia comprobada en al menos una de las siguientes áreas: Operativos de censos y/o diligenciamiento de encuestas, Generación de información estadística, Formación de base de datos.
7) Ingresar al Aplicativo Cuéntame, sistema de información establecido por el ICBF, las fichas de caracterización del 100% de las familias vinculadas a la modalidad según especificaciones técnicas emitidas por el ICBF
8) Elaborar la base de datos con la “huella” de las familias vinculadas de la Red Unidos. Esto con la evidencia de haber sido visitadas y las razones de vinculación o no a la Modalidad de Familias con Bienestar.
9) Reportar mensualmente al Supervisor del Contrato, el día 24 de cada mes, la relación de las familias vinculadas en el formato cuantitativo establecido por el ICBF (F2). El cual, una vez revisado por el Supervisor del Contrato, será remitido a la Subdirección de Operación de la Atención a la Familia de Comunidades el 25 de cada mes.
10) Presentar al Supervisor del Contrato con copia a la Subdirección de Operaciones de Familia y Comunidades un informe de consolidación y análisis de los resultados de la caracterización de beneficiarios de la MODALIDAD una vez se tenga caracterizado el 100% de las familias.
11) Ejecutar el Plan de Formación familiar y comunitario, según la metodología aprobada para el desarrollo de los 5 ejes temáticos de que trata la Guía Conceptual para el Diseño y Facilitación de Programas de Aprendizaje Familiar y Comunitario
12) Desarrollar los cinco módulos propuestos en 5 meses trabajando como mínimo dos sesiones al mes por cada módulo, con una duración de tres horas cada sesión. PARAGRAFO Frente a cualquier modificación en la ejecución de los módulos, debe haber una aprobación previa por parte del Comité Técnico del Contrato. Así mismo el operador registrara la participación de las familias en listados de asistencia.
13) Ejecutar mínimo cuatro visitas domiciliarias a cada familia, distribuidas en el siguiente orden:
(I) Una para la aplicación de la Ficha de Caracterización Socio Familiar Inicial; (II) dos durante la fase de intervención familiar durante los cinco meses que dura la intervención grupal; (III) Una visita de cierre y aplicación de la Ficha de Caracterización Socio Familiar de salida. PARÁGRAFO. El contratista podrá determinar más visitas si lo considera conveniente tanto en la fase de aplicación de la ficha de caracterización inicial, en la fase de intervención familiar y en la fase de salida. El operador registrará y presentará al ICBF la información de las visitas realizadas.
14) Realizar encuentros con autoridades, organizaciones, fundaciones o instituciones del orden municipal, departamental para la definición de acciones complementarias en relación con las acciones de interacción – aprendizaje y las intervenciones especializadas a las familias que lo requieran. PARÁGRAFO. El contratista deberá presentar al ICBF las actas de las reuniones realizadas con las autoridades locales.
15) Realizar grupos de estudio con los Agentes Educativos, liderados por el coordinador pedagógico, para el análisis de casos identificados dentro de los criterios de identificación establecidos para los fenómenos a intervenir. Definiendo los canales de remisión a las entidades del SNBF y a los profesionales especializados, el contratista deberá documentar estas acciones y elaborar las actas respectivas.
16) Presentar dos informes bimensuales que contengan de la remisión de las familias y las rutas respectivas y un consolidado de casos remitidos para la atención de familias en las entidades que conforman el SNBF y otras entidades.
17) Ingresar al aplicativo de registro de beneficiarios la información de las Fichas de salida del 100% de las familias vinculadas a la MODALIDAD, según especificaciones técnicas emitidas por el ICBF.
18) Identificar problemáticas específicas en las familias atendidas y activar las rutas y/o remisión para la intervención especializada.
19) Realizar un evento de cierre y certificación de las familias que han participado de manera activa en el proceso formativo (grupal e individual). PARÁGRAFO. El contratista deberá elaborar el listado de asistencia de las familias y realizar registros fotográficos y/o audiovisuales.
20) Entregar al Supervisor del Contrato con copia en medio magnético a la Subdirección de Operación de la Atención a la Familia y Comunidades, informes financieros y cualitativos bimensuales sobre la ejecución del Contrato de Aporte en donde debe tenerse en cuenta los siguientes criterios: (i) Informe Técnico que contiene el detalle del desarrollo de las obligaciones establecidas en el Contrato de Aporte, la descripción de los avances en cada una de las obligaciones; (ii) Informe Financiero con el detalle de la ejecución de los recursos del ICBF y de los recursos de contrapartida; (iii) Logros y dificultades en el desarrollo de la MODALIDAD; (iv) Lecciones Aprendidas, Casos de Éxito y Casos de Estudio, con registro fotográfico y testimonial (v) Balance de la articulación con actores locales del SNBF y trazabilidad de casos remitidos. (vi) Recomendaciones. En cada uno de los informes debe incluirse los listados de asistencia de las familias y los registros fotográficos y/o audiovisuales.
21) Presentar al Supervisor del Contrato con copia en medio magnético a la Subdirección de Operación de la Atención a la Familia y Comunidades, un informe final sobre la ejecución del Contrato de Aporte en donde debe tenerse en cuenta los siguientes criterios: (i) Informe Técnico que contiene el detalle del desarrollo de las obligaciones establecidas en el Contrato de Aporte, la descripción de los resultados en cada una de las obligaciones; (ii) Informe Financiero con el detalle de la ejecución de los recursos del ICBF y de los recursos de contrapartida; (iii) Logros y dificultades en el desarrollo de la MODALIDAD; (iv) Lecciones Aprendidas, Casos de Éxito y Casos de Estudio, con registro fotográfico y testimonial; (v) Conclusiones de la articulación con actores locales del SNBF y trazabilidad de casos remitidos. (vi) Análisis comparativo de la caracterización de las familias beneficiarias teniendo en cuenta la ficha inicial y la ficha final. (vii) Recomendaciones. En este informe debe incluirse los listados de asistencia de las familias y los registros fotográficos y/o audiovisuales.
22) El operador deberá socializar a los actores2 involucrados en la ejecución del proceso y si lo dispone al público en general, los resultados de la operación teniendo en cuenta los criterios de los informes anteriormente descritos.
23) Permitir la realización de auditoría contable y financiera por parte del ICBF.
24) MODO DE REGISTRO. La información que está obligado a reportar el OPERADOR deberá ser registrada, validada y remitida al ICBF de conformidad con las especificaciones técnicas,
2 Dirección regional ICBF, Red Unidos, ANSPE, entes que aportaron al desarrollo de las actividades, líderes comunitarios de las zonas operadas.
fechas, formatos, procedimientos y medios de comunicación que para tal efecto defina la Subdirección de Operación de la Atención a las Familias y Comunidades del ICBF.
25) RESPONSABLES DE LA INFORMACIÓN. Será responsabilidad del OPERADOR el suministro completo, oportuno y periódico de información veraz, consistente y de calidad sobre los beneficiarios, los servicios y atenciones brindadas en virtud del presente Contrato. Será responsabilidad del ICBF verificar la veracidad, calidad y consistencia de dicha información, solicitar la corrección de inconsistencias a que haya lugar por fallas en la información, la actualización de la información y la remisión de la misma por parte del OPERADOR.
26) DESIGNACIÓN DE RESPONSABLES. El representante legal del OPERADOR deberá designar a la persona responsable de vigilar el registro oportuno y la constante actualización de la información de beneficiarios, servicios y atenciones que debe reposar en el ICBF. Dentro del mes siguiente a la fecha de legalización del presente Contrato, el OPERADOR deberá enviar comunicación a la Subdirección Operación de la Atención de las Familias y Comunidades de Sede de la Dirección General, informando el nombre y los datos de ubicación del funcionario o funcionarios designados que servirán de punto de enlace para el suministro de la información al Instituto, para la recepción y manejo de los reportes de inconsistencias, y para las demás actuaciones necesarias. Mientras se hace esta designación, el responsable será el Representante Legal.
27) GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN: el OPERADOR deberá garantizar a sus funcionarios y demás responsables de registrar y actualizar la información, los medios tecnológicos y de comunicaciones necesarios para registrar y transmitir la información al ICBF, en caso de realizar las transmisiones en forma electrónica. El ICBF deberá garantizar la custodia y seguridad del almacenamiento de la información reportada, así como la capacidad de tráfico permanente para que los Operadores puedan transmitir la información que se envíe electrónicamente.”
28) GARANTÍA DE COMUNICACIÓN POR MEDIOS ELECTRÓNICOS CON EL ICBF: el OPERADOR deberá garantizar que sus funcionarios y demás responsables de registrar y actualizar la información dispongan de cuentas de correo electrónico, de acceso permanente a la Internet xx xxxxx ancha y de herramientas de ofimática como Excel y Word.
29) INTERLOCUCIÓN Y COORDINACIÓN CON EL ICBF: el OPERADOR deberá coordinar las actividades de recolección, captura, validación, corrección y envío y /o reporte de la información con los servidores públicos y contratistas que designe el ICBF, mediante mecanismos y procedimientos que defina la Subdirección de Operación de la Atención a las Familias y Comunidades.
30) CAPACITACIÓN EN LOS MECANISMOS Y HERRAMIENTAS DE REGISTRO DE LA INFORMACIÓN: el OPERADOR deberá suministrar información veraz y oportuna que se le solicite para la planeación de las jornadas de entrenamiento en los mecanismos y herramientas de registro, evento que la Subdirección de Operación de la Atención a la Familia y Comunidades programará. El OPERADOR deberá atender las convocatorias y asistir puntualmente a los eventos que se programen.
6.3.Obligaciones Sistema Integrado de Gestión.
Eje de Calidad:
1) El OPERADOR debe socializar con el equipo que realizará las actividades definidas en el convenio, la información básica del ICBF (Misión, Visión, Principios, Objetivos Estratégicos y Políticas de los Sistemas de Gestión).
Eje de Seguridad y Salud Ocupacional:
1) El OPERADOR debe referir el diseño e implementación de un Plan Básico de Seguridad y Salud Ocupacional para el equipo que realizará las actividades definidas en el contrato.
2) Todo el personal del contratista deberá estar afiliado al Sistema de Seguridad Social en riesgos laborales cuando hubiere lugar.
3) Durante la ejecución del contrato el OPERADOR deberá cumplir con las normas reglamentarias sobre seguridad y salud en el trabajo, medicina preventiva, higiene y seguridad industrial y los demás aspectos inherentes que han sido establecidos o establezca la ley y los organismos de control cuando hubiere lugar.
4) El OPERADOR es responsable del reporte a la ARL y EPS, atención en salud e investigación de los incidentes y accidentes de trabajo presentados durante el desarrollo de las actividades objeto del convenio cuando hubiere lugar.
5) El ICBF podrá suspender trabajos del OPERADOR si éstos no se ajustan a los estándares de seguridad establecidos por normas técnicas nacionales o internacionales o a la normatividad legal.
Eje Ambiental:
1) El OPERADOR debe adelantar acciones pedagógicas con los beneficiarios de los programas institucionales que ejecute, para la promoción y adopción de Buenas Prácticas Ambientales.
2) El OPERADOR deberá garantizar el cumplimiento de la política ambiental en lo concerniente a buenas prácticas de manipulación de alimentos, almacenamiento, ahorro y uso eficiente de los recursos de agua, energía, papel y sustancias de limpieza y desinfección, combustibles, gestión de residuos, manejo de vertimientos y gestión de residuos cuando hubiere lugar.
Eje de Política de Seguridad de la Información:
1) El OPERADOR debe garantizar los procesos adecuados para la protección y confidencialidad de la información suministrada por los beneficiarios.
Eje de Innovación:
El OPERADOR deberá promover y desarrollar acciones de innovación y mejora que permitan ajustar y fortalecer el trabajo a desarrollar con los beneficiarios.
6.4. Comité Técnico:
A) COMITÉ TECNICO Y OPERATIVO REGIONAL Y SUS FUNCIONES
Para el seguimiento del presente Contrato de Aporte se debe conformar un Comité Técnico y Operativo Regional que será integrado por 2 delegados del ICBF Regional Guaviare y 1 delegado por el Operador; podrán participar en este Comité otros servidores públicos o funcionarios de las dos instituciones, cuando de común acuerdo así se considere. Este comité tendrá las siguientes funciones:
1) Aprobar cronograma de actividades, plan de trabajo, Metodología y plan de acción para cada módulo, Flujo de Caja de los recursos del ICBF y de la Contrapartida, Estrategias didácticas y diseño del material pedagógico, Plan pedagógico de nivelación, Soporte de contratación del recurso humano mínimo requerido, Dotación correspondiente según especificaciones técnicas de la Oficina Asesora de Comunicaciones del ICBF.
2) PARÁGRAFO. Estos documentos deben ser aprobados por el Comité Operativo Regional. Definir el cronograma de reuniones del comité para la entrega, seguimiento y aprobación de los informes a presentar por parte del Operador.
3) Revisar los informes presentados por el Operador y hacer las observaciones que se consideren pertinentes
4) En caso de ser necesario, aprobar las modificaciones que requiera el plan de acción para la operación del Contrato de Aporte.
5) Formular las recomendaciones a realizar para el mejoramiento de las acciones y el cumplimiento de los objetivos del presente Contrato de Aporte
6) Realizar el seguimiento y evaluación de los compromisos adquiridos en el presente Contrato de Aporte
7) Convocar de común acuerdo y cuando lo considere pertinente, a personas o entidades diferentes a sus miembros, a participar en las reuniones del Comité.
8) Llevar un registro de las decisiones tomadas en cada una de las reuniones del Comité, mediante las actas respectivas
9) Servir de instancia consultiva y de apoyo para resolver las dificultades operativas y técnicas que se presenten durante la ejecución del Contrato de Aporte.
10) Revisar los informes periódicos entregados por el Operador
11) Las demás que se requieran para la adecuada ejecución del Contrato de Aporte.
7.- PLAZO Y LUGAR DE EJECUCIÓN
El plazo de ejecución del contrato a suscribir será de 8 meses contados a partir del cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento, ejecución y legalización del contrato. Sin que en ningún caso la operación pueda exceder el 31 de diciembre de 2014.
Lugar de ejecución
El lugar de ejecución del contrato y el número de familias a atender deberá corresponder con lo asignado Por el ICBF Regional Guaviare, según lo establecido en la tabla que a continuación se señala :
No. | Regional | Total 2014 | Presupuesto |
1 | GUAVIARE | 1.000 | $326.464.000 |
8. ¿CUÁNTO CUESTA? (Análisis que soporta el valor estimado del contrato
Para la contratación de la Modalidad Familias con Bienestar en la vigencia 2014, al ICBF Regional Guaviare se le asigno dentro del Identificador presupuestal C-320-1504-6- 0-101 APOYO Y ACOMPAÑAMIENTO A LAS FAMILIAS PARA EL FORTALECIMEINTO DE LOS VINCULOS , EL CUIDAO Y LA CONVIVENCIA ARMONICA el valor de TRESCIENTOS VEINTISEISMILLONES CUATROSCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL PESOS MCT.(326.464.000) los cuales
para esta regional se encuentran con cargo al CDP No 13514 de fecha 00 XX XXXXX XX 0000, xx xxxx y cantidad antes relacionada incluye luido IVA y demás gravámenes. En todo caso este valor incluirá el monto de cualquier gasto o impuesto que se cause o que se llegare a causar producto de la naturaleza del contrato.
EL ICBF Desembolsara los recursos de la siguiente forma:
Desembolsos:
A) Un primer desembolso correspondiente al 30% del valor del aporte del ICBF previa presentación por parte del contratista al Supervisor del Contrato de Aporte del ICBF y su aprobación por parte de Comité Técnico, de los siguientes documentos:
a. Cronograma de actividades
b. Plan de trabajo
c. Metodología y plan de acción para cada modulo
d. Flujo de Caja de los recursos del ICBF y de la Contrapartida
e. Estrategias didácticas y diseño del material pedagógico
f. Plan pedagógico de nivelación
g. Soporte de contratación del recurso humano mínimo requerido
h. Dotación correspondiente según especificaciones técnicas de la Oficina Asesora de Comunicaciones del ICBF.
B) Un segundo desembolso por el 30% del valor del aporte del ICBF siempre que se haya vinculado el 80% o más de las familias identificadas en la MODALIDAD FAMILIAS CON BIENESTAR, previa validación en el formato F2 y entrega de informe descrito en el numeral 20 de la sección OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL OPERADOR
C) Un tercer desembolso por el 30% del valor del aporte del ICBF, siempre que se haya vinculado el 100% de las familias identificadas, adicionalmente se haya atendido como mínimo un 80% de la totalidad de las familias vinculadas, en mínimo tres módulos (6 sesiones) en la MODALIDAD FAMILIAS CON BIENESTAR, previa validación del formato F2 y los listados de asistencia entregados por el operador. Adicionalmente se hará entrega de informe descrito en el numeral 20 de la sección OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL OPERADOR.
D) Un cuarto desembolso por un máximo del 10% del valor del aporte del ICBF siempre que se haya atendido como mínimo un 80% de la totalidad de las familias vinculadas, en mínimo cuatro módulos (8 sesiones) de la MODALIDAD FAMILIAS CON BIENESTAR, previa validación en el formato F2 y los listados de asistencia entregados por el operador. Igualmente los reportes de Intervención sistémica breve. Acta del Comité Técnico donde se determine el número de familias no atendidas para realizar el correspondiente descuento. Adicionalmente se hará entrega de informe final de actividades descrito en el numeral 21 de la sección OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL OPERADOR.
Del número de familias contratadas, descontamos las que participaron en cada uno de los módulos (adicionando las atendidas en el Plan de Nivelación). Se hace la sumatoria de estas diferencias y se divide por cinco. Obtendremos el promedio de las familias que no participaron en los cinco módulos. El valor a descontar será el producto del promedio de familias no atendidas por el valor de la intervención ($326.464).
9. ¿QUIÉN? (Identificación del contrato a celebrar, Modalidad de selección)
Identificación del contrato a celebrar: Teniendo en cuenta que el ICBF es una entidad descentralizada del orden nacional, con autonomía administrativa y presupuestal, encargada de formular y coordinar la ejecución de la política pública de protección social a la niñez, los jóvenes menores de edad y la familia, con la cual se busca garantizar sus derechos y asegurar su protección cuando se encuentran en situación de vulnerabilidad, sus acciones se inscriben en un marco normativo nacional que recoge los acuerdos internacionales en este campo y se fundamenta en el reconocimiento de la inversión social en el bienestar de la infancia y la familia, repercutiendo en el desarrollo del país y brindando mayores oportunidades para los sectores más pobres de la sociedad.
En consecuencia, la contratación de los programas estratégicos y misionales del ICBF, se orienta por un régimen especial denominado contrato de aporte, según lo establece la Ley 7 de 1979 y los Decretos 2388 de 1979, 334 de 1980, 2923 de 1994, 1477 de 1995, 2150 de
1995 y 1137 de 1999, entre otros, por lo que para consultar su definición y caracterización debe remitirse a lo contenido en dichas normas, teniendo en cuenta que el sistema jurídico de Bienestar Familiar, responde a un régimen exceptivo. En los aspectos no previstos en el mencionado régimen de excepción se dará aplicación en forma complementaria a lo previsto en el Manual de Contratación de la entidad y en la normativa que integra el Estatuto General de Contratación Pública y sus decretos reglamentarios.
1. Fundamentos jurídicos de la modalidad de contratación:
FAMILIAS CON BIENESTAR, es una modalidad de atención del ICBF que se debe contratar a través del régimen especial de Xxxxxx. De acuerdo con el Manual de Contratación del ICBF, existen tres modalidades para la selección de operadores:
1. Contratación Directa de Aporte
2. Convocatoria Pública.
3. Convocatoria Pública con lista de habilitación de oferentes.
El artículo 33 de la Ley de Garantías establece la prohibición de contratación directa durante los cuatro (4) meses anteriores a la elección presidencial y hasta la fecha en la cual el Presidente de la República sea elegido; por tal motivo, la Dirección de Familia y Comunidades decidido adelantar la contratación de la MODALIDAD FAMILIAS CON BIENESTAR para la vigencia 2014, hasta culminación del régimen de transición, mediante contratación de aporte mediante convocatoria pública.
Las Direcciones Regionales podrán adelantar la convocatoria pública de aporte para la MODALIDAD DE FAMILIAS CON BIENESTAR, en aplicación de los términos establecidos en el Manual de Contratación y el presente instructivo.
Lo anterior, obedece a la aplicación estricta de los lineamientos propios del Régimen Especial de Aporte que cobija al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, según el cual de conformidad con lo establecido en el numeral 9 del Artículo 21 de la Ley 7 de 1979 y del Artículo 125 del Decreto Reglamentario 2388 de 1979, creó un criterio especial para la celebración de los contratos que tuviesen por objeto el desarrollo del objetivo del ICBF, consistente en tener que ser celebrados con entidades de beneficencia, utilidad común o sin ánimo de lucro.
Será responsabilidad de las Direcciones Regionales, cumplir a cabalidad con los procesos administrativos necesarios para el proceso de convocatoria pública de aporte de la MODALIDAD FAMILIAS CON BIENESTAR para la operación en la vigencia 2014.
Será responsabilidad de las Direcciones Regionales garantizar el cumplimiento de las condiciones mínimas aquí señaladas respecto a la selección del operador del servicio, así como
justificar y documentar la idoneidad del mismo, tomando como referente su capacidad jurídica, administrativa, técnica y financiera.
10. ANÁLISIS QUE SUSTENTA LA EXIGENCIA DE GARANTÍAS
Teniendo en cuenta las políticas institucionales el contratista deberá constituir como mínimo a favor del ICBF una garantía que podrá consistir en una póliza de seguro expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, a favor de entidades estatales, patrimonio autónomo o garantía bancaria expedida por un banco local, que otorgue los siguientes amparos y cumpla todas las condiciones que se señalan a continuación:
A) GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO: En cuantía equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato, con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato.
B) GARANTÍA DE CALIDAD DEL SERVICIO: En cuantía equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato, con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato.
C) GARANTÍA DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES LABORALES: en cuantía equivalente al cinco por ciento (5%) del valor del contrato, con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato.
D) GARANTÍA DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL:
Cubre los daños materiales, lesiones personales o perjuicios económicos que se ocasionen a terceros con ocasión de la ejecución del objeto contractual, cuyo valor amparado no podrá ser inferior al diez por ciento (10%) del valor del contrato, y en ningún caso inferior a doscientos salarios mínimos mensuales legales vigentes (200 S.M.L.M.V.) al momento de la expedición de la póliza. La vigencia de esta garantía se otorgará por todo el período de ejecución del contrato
La vigencia de esta garantía deberá ser igual al período de ejecución del contrato
11. SUPERVISIÓN
La supervisión del contrato estará a cargo de la persona que determine la dirección regional a través del acto administrativo respectivo y en todo caso el ordenador del gasto podrá variar unilateralmente la designación del supervisor, comunicando por escrito al designado, con copia al Coordinador del Grupo Jurídico.
12. RIESGOS QUE PUEDAN AFECTAR EL EQUILIBRIO ECONOMICO DEL CONTRATO
Entiéndase por riesgo en materia contractual, la probabilidad de ocurrencia de eventos aleatorios que afecten el desarrollo del mismo, generando una variación sobre el resultado esperado, tanto en relación con los costos como con las actividades a desarrollar en la ejecución contractual.
Corresponderá al contratista seleccionado la xxxxxxxx del riesgo previsible propio de este tipo de contratación asumiendo su costo, siempre que el mismo no se encuentre expresamente a cargo del ICBF en el presente Pliego de Condiciones.
La probabilidad de la ocurrencia será medida de acuerdo a las siguientes tablas:
TABLA 1- MATRIZ DE RIESGOS | ||||||||||||
N ° | CLASE | FUENTE | ETAPA | TIPO | DESCRIPCION (Que puede pasar y, como puede ocurrir) | consecuencias de la ocurrencia del evento | probabilidad | impacto | valoracion del riesgo | categoria | ¿a quien se le asignan? | tratamiento/controles a ser implementados |
1 | General | externa | ejecución | Riesgo regulatorio | Modificaciones del régimen tributario que implique afectación a la ejecución del contrato y la prestación del servicio | desequilibrio de la ecuaion contractual | 3 | 2 | 5 | riesgo medio | contratista | reducir las consecuencias a traves de planes de contingencia |
3 | 2 |
General | General |
externa | externa |
ejecución | ejecución |
Riesgo regulatorio | Riesgo Operacional |
Riesgo por cambios en el régimen laboral colombiano que afecte la ejecución del contrato y la prestación del servicio | profesional, accidentes de trabajo (incapacidad, discapacidad, muerte entre otros) sin que el recurso humano se encuentre efectivamente cubierto por el |
desequilibrio de la ecuaion contractual | acciones judiciales |
3 | 3 |
2 | 1 |
5 | 4 |
riesgo medio | Riesgo Bajo |
contratista | contratista |
reducir las consecuencias a traves de planes de contingencia | reduccion de la probabilidad de ocurrencia del evento teneindo en cuenta actividades de seguridad industrial y realizando la constitucion de la garantia contractual |
República de Colombia
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Xxxxxxx de la Xxxxxx xx Xxxxxx Grupo de AsistenciaTècnica
ICBF
Regional Xxxxxxxx
00 X
00000
Xxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx Xx. 00 - 000 – Teléfono: 000 0000
Línea gratuita nacional ICBF 01 8000 91 8080 xxx.xxxx.xxx.xx
5 | 4 |
General | General |
externa | externa |
ejecución | ejecución |
Riesgo Social y político | Riesgo Operacional |
Situaciones de orden público que puedan alterar la seguridad e integridad de los bienes y personas custodiadas | Fallas en la logística y organización que afecten la prestación del servicio |
suspension de la ejecucion del objeto contractual | Incumplimiento en la entrega del objeto contractual |
2 | 3 |
5 | 2 |
7 | 5 |
Riesgo alto | riesgo medio |
la entidad estatal | contratista |
reducir las consecuencias a traves de planes de contingencia | reducir la probabilidad de la ocurrencia del evento |
República de Colombia
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Xxxxxxx de la Xxxxxx xx Xxxxxx Grupo de AsistenciaTècnica
ICBF
Regional Xxxxxxxx
00 X
00000
Xxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx Xx. 00 - 000 – Teléfono: 000 0000
Línea gratuita nacional ICBF 01 8000 91 8080 xxx.xxxx.xxx.xx
República de Colombia
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Xxxxxxx de la Xxxxxx xx Xxxxxx Grupo de AsistenciaTècnica
ICBF Regional Guaviare
95 A 40000
6 | General | externa | ejecución | Riesgo de la Naturaleza | eventos de la naturaleza fuera del control de las partes que impiden continuar con la ejecución del contrato temporal o definitivamente | suspension de la ejecucion del objeto contractual | 2 | 5 | 7 | Riesgo alto | la entidad estatal y el contratista | reducir las consecuencias a traves de planes de contingencia y mitigacion |
13. APROBACION
Cargo | Nombre | Firma |
Ordenadora del gasto | XXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXX | Original Firmado |
Coordinadora GAT | XXXXXX XXXXXX XXXXX XXX | Original Firmado |
Xxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx Xx. 00 - 000 – Teléfono: 000 0000
Línea gratuita nacional ICBF 01 8000 91 8080 xxx.xxxx.xxx.xx