BASES ESTÁNDAR DE LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DE BIENES LICITACIÓN PÚBLICA Nº 011/2016-SBS
SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Licitación Pública N° 011/2016-SBS
BASES ESTÁNDAR DE LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DE BIENES
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 011/2016-SBS
BASES
CONTRATACIÓN DE BIENES ADQUISICIÓN DE UNA SOLUCIÓN DE BACKUP
CENTRALIZADO
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DEBER DE COLABORACIÓN
La Entidad y todo proveedor que se someta a las presentes Bases, sea como participante, postor y/o contratista, deben conducir su actuación conforme a los principios previstos en la Ley de Contrataciones del Estado.
En este contexto, se encuentran obligados a prestar su colaboración al OSCE y al Consejo Multisectorial de Monitoreo de las Contrataciones Públicas, en todo momento según corresponda a sus competencias, a fin de comunicar presuntos casos de fraude, colusión y corrupción por parte de los funcionarios y servidores de la Entidad, así como los proveedores y demás actores que participan en el proceso de contratación.
De igual forma, deben poner en conocimiento del OSCE y a la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI los indicios de conductas anticompetitivas que se presenten durante el proceso de contratación, en los términos del Decreto Legislativo N° 1034, "Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas", o norma que la sustituya, así como las demás normas de la materia.
La Entidad y todo proveedor que se someta a las presentes Bases, sea como participante, postor y/o contratista del proceso de contratación deben permitir al OSCE o al Consejo Multisectorial de Monitoreo de las Contrataciones Públicas el acceso a la información referida a las contrataciones del Estado que sea requerida, prestar testimonio o absolución de posiciones que se requieran, entre otras formas de colaboración.
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SECCIÓN GENERAL
DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
(ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)
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CAPÍTULO I
ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
1.1. BASE LEGAL
- Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.
- Decreto Supremo N° 350-2015-EF, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento.
- Directivas del OSCE.
- Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
- Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.
- Decreto Supremo N° 304-2012-EF, TUO de la Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.
- Decreto Supremo Nº 008-2008-TR, Reglamento de la Ley MYPE.
- Decreto Supremo Nº 013-2013-PRODUCE - Texto Único Ordenado de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial.
- Código Civil.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes bases.
1.2. CONVOCATORIA
Se realiza a través de su publicación en el SEACE de conformidad con lo señalado en el artículo 33 del Reglamento, en la fecha señalada en el calendario del procedimiento de selección, debiendo adjuntar las bases y resumen ejecutivo.
1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES
El registro de participantes se lleva a cabo desde el día siguiente de la convocatoria hasta antes del inicio de la presentación de ofertas, de forma ininterrumpida. En el caso de un consorcio, basta que se registre uno (1) de sus integrantes.
El registro de participantes es gratuito y electrónico a través del SEACE.
El proveedor que desee participar en el presente procedimiento de selección debe registrarse como participante, debiendo contar para ello con inscripción vigente en el RNP, conforme al objeto de la contratación.
Importante |
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• En caso los proveedores no cuenten con inscripción vigente en el RNP y/o se encuentren inhabilitados o suspendidos para ser participantes, postores y/o contratistas, el SEACE restringirá su registro, quedando a potestad de estos intentar nuevamente registrar su participación en el procedimiento de selección en cualquier otro momento, dentro del plazo establecido para dicha etapa, siempre que haya obtenido la vigencia de su inscripción o quedado sin efecto la sanción que le impuso el Tribunal de Contrataciones del Estado.
1.4. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
Todo participante puede formular consultas y observaciones a las bases, en el plazo señalado en el calendario del procedimiento de selección, que no puede ser menor a diez (10) días hábiles contados desde el día siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 51 del Reglamento.
Las observaciones a las bases, se realizan de manera fundamentada, por supuestas vulneraciones a la normativa de contrataciones u otra normativa que tenga relación con el objeto de contratación.
Para formular consultas y observaciones se debe emplear el formato incluido en el Anexo N° 1 de la Directiva N° 023-2016-OSCE/CD “Disposiciones sobre la formulación y absolución de consultas y observaciones”.
1.5. ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
La absolución simultánea de las consultas y observaciones por parte del comité de selección mediante pliego absolutorio se notifica a través del SEACE en la fecha señalada en el calendario del procedimiento de selección, en un plazo que no puede exceder de siete (7) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir consultas y observaciones.
La absolución se realiza de manera motivada, debiendo emplearse el formato incluido en el Anexo N° 2 de la Directiva N° 023-2016-OSCE/CD “Disposiciones sobre la formulación y absolución de consultas y observaciones”. Cabe precisar que en el caso de las observaciones se debe indicar si estas se acogen, se acogen parcialmente o no se acogen.
Importante |
No se absolverán consultas y observaciones a las bases que se presenten extemporáneamente, en un lugar distinto al señalado en las bases o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes. |
1.6. ELEVACIÓN AL OSCE XXX XXXXXX DE ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES
En el plazo de tres (3) días hábiles siguientes a la notificación xxx xxxxxx absolutorio a través del SEACE, los participantes pueden solicitar la elevación de los cuestionamientos al pliego de absolución de consultas y observaciones, a fin que el OSCE emita el pronunciamiento correspondiente, en los siguientes supuestos:
a) Cuando la absolución a una consulta por parte del Comité de Selección se considere contraria a la normativa de contratación pública u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el procedimiento de selección o con el objeto de la contratación.
b) Cuando la absolución de observaciones por parte del Comité de Selección se considere contraria a la normativa de contratación pública u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el procedimiento de selección o con el objeto de la contratación.
El pronunciamiento emitido por el OSCE se notifica a través del SEACE, dentro de los diez (10) días hábiles, computados desde el día siguiente de recepción del expediente completo por el OSCE.
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1.7. INTEGRACIÓN DE LAS BASES
Las bases integradas constituyen las reglas definitivas del procedimiento de selección. Estas incorporan obligatoriamente, las modificaciones que se hayan producido como consecuencia de las consultas, observaciones, la implementación del pronunciamiento emitido por el OSCE, así como las modificaciones requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de supervisión, y se publican en el SEACE en la fecha establecida en el calendario del procedimiento.
Las bases integradas no pueden ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad, salvo las acciones de supervisión a cargo del OSCE. Esta restricción no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del procedimiento por deficiencias en las bases.
El comité de selección no puede continuar con la tramitación del procedimiento de selección si no ha publicado las bases integradas en el SEACE, bajo sanción de nulidad de todo lo actuado posteriormente, conforme lo establece el artículo 52 del Reglamento.
Importante |
• En caso el OSCE haya emitido pronunciamiento, dentro de los cuatro (4) días hábiles siguientes a la publicación de la integración de las bases, los participantes pueden solicitar al OSCE, la emisión de Dictamen sobre implementación del Pronunciamiento, según lo previsto en el numeral 8.2 de la Directiva N° 009-2016-OSCE/CD “Acciones de Supervisión a Pedido de Parte”. • En caso el OSCE no haya emitido pronunciamiento, los participantes pueden solicitar al OSCE en cualquier momento la emisión de Dictamen sobre Cuestionamientos, cuando consideren de manera sustentada que las bases integradas no recojan aquello que ha sido materia de aclaración y/o precisión en el pliego de absolución de consultas y observaciones, según lo previsto en el numeral 8.8 de la Directiva N° 009-2016-OSCE/CD “Acciones de Supervisión a Pedido de Parte”, en el plazo previsto en la misma. |
1.8. FORMA DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Los documentos que acompañan las ofertas, se presentan en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción oficial o sin valor oficial efectuada por traductor público juramentado o traducción certificada efectuada por traductor colegiado certificado, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que puede ser presentada en el idioma original. El postor es responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.
Las ofertas se presentan por escrito, debidamente foliadas y en un (1) único sobre cerrado.
Las declaraciones juradas, formatos o formularios previstos en las bases que conforman la oferta deben estar debidamente firmados por el postor. Los demás documentos deben ser rubricados (visados) por el postor. En el caso de persona jurídica, por su representante legal, apoderado o mandatario designado para dicho fin y, en el caso de persona natural, por este o su apoderado.
El precio de la oferta debe incluir todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del bien a contratar, excepto la de aquellos postores que gocen de alguna exoneración legal, no incluirán en el precio de su oferta los tributos respectivos.
El precio total de la oferta y los subtotales que lo componen deben ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios pueden ser expresados con más de dos decimales.
1.9. PRESENTACIÓN Y APERTURA DE OFERTAS
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La presentación de ofertas se realiza en acto público en presencia xx xxxxxxx o xxxx xx xxx en el lugar indicado en las bases, en la fecha y hora establecidas en la convocatoria.
La presentación puede realizarse por el mismo proveedor o a través de un tercero, sin que se exija formalidad alguna para ello.
Importante |
Los integrantes de un consorcio no pueden presentar ofertas individuales ni conformar más de un consorcio en un procedimiento de selección, o en un determinado ítem cuando se trate de procedimientos de selección según relación de ítems. |
El acto público se inicia cuando el comité de selección empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron en el procedimiento, para que entreguen sus ofertas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se tiene por desistido.
En la apertura del sobre que contiene la oferta, el comité de selección debe anunciar el nombre de cada participante y el precio de la misma. Asimismo, verifica la presentación de los documentos requeridos en la sección específica de las bases de conformidad con el artículo 53 del Reglamento. De no cumplir con lo requerido la oferta se considera no admitida. Esta información debe consignarse en acta, con lo cual se da por finalizado el acto público.
En caso el comité de selección no admita la oferta el postor puede solicitar que se anote tal circunstancia en el acta, debiendo el notario o xxxx xx xxx mantenerla en custodia hasta el consentimiento de la buena pro, salvo que en el acto de presentación de ofertas o en fecha posterior el postor solicite su devolución.
Después de abierto cada sobre que contiene la oferta, el notario o xxxx xx xxx procederá a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la oferta.
Al terminar el acto público, se levantará un acta, la cual será suscrita por el notario o xxxx xx xxx, los miembros del comité de selección, el veedor y los postores que lo deseen.
De acuerdo a lo previsto en el artículo 53 del Reglamento, en el acto de presentación de ofertas se puede contar con un representante del Sistema Nacional de Control, quien participa como veedor y debe suscribir el acta correspondiente.
1.10. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
Previo a la evaluación, el comité de selección determina si las ofertas responden a las características y/o requisitos funcionales y condiciones de las Especificaciones Técnicas, detallados en la sección específica de las bases. De no cumplir con lo requerido, la oferta se considera no admitida.
La evaluación de las ofertas que cumplan con lo señalado en el párrafo anterior tiene por objeto determinar la oferta con el mejor puntaje y el orden de prelación de las ofertas, según los factores y el procedimiento de evaluación enunciados en la sección específica de las bases.
El comité de selección puede rechazar una oferta cuando el precio ofertado sea sustancialmente inferior al valor estimado y, de la revisión de sus elementos constitutivos, se advierta que algunas de las prestaciones no se encuentren previstas o suficientemente presupuestadas, existiendo riesgo de incumplimiento por parte del postor.
Para estos efectos, el comité de selección debe solicitar al postor la descripción a detalle de todos los elementos constitutivos de su oferta, otorgándole un plazo mínimo de dos (2) días hábiles de recibida la comunicación respectiva; así como contar con información adicional que resulte pertinente para determinar si rechaza la oferta, decisión que debe ser fundamentada.
En el supuesto de ofertas que superen el valor estimado de la convocatoria, para efectos que el comité de selección considere válida la oferta económica debe contar con la certificación de crédito
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presupuestario correspondiente y la aprobación del Titular de la Entidad, que no puede exceder de cinco (5) días hábiles, contados desde la fecha prevista en el calendario para el otorgamiento de la buena pro, bajo responsabilidad.
En caso no se cuente con la certificación de crédito presupuestario se rechaza la oferta.
La evaluación se realiza sobre la base de cien (100) puntos, considerando lo siguiente: Precio 50 a 100
Otros factores 0 a 50
Para determinar la oferta con el mejor puntaje, se toma en cuenta lo siguiente:
a) Cuando la evaluación del precio sea el único factor, se le otorga el máximo puntaje a la oferta de precio más bajo y otorga a las demás ofertas puntajes inversamente proporcionales a sus respectivos precios, según la siguiente fórmula:
Pi = Donde: | Om x PMP Oi | |
i = | Oferta. | |
Pi = Oi = Om = PMP = | Puntaje de la oferta a evaluar. Precio i. Precio de la oferta más baja. Puntaje máximo del precio. |
b) Cuando existan otros factores de evaluación además del precio, aquella que resulte con el mejor puntaje, en función de los criterios y procedimientos de evaluación enunciados en la sección específica de las bases.
En el supuesto de que dos (2) o más ofertas empaten, la determinación del orden de prelación de las ofertas empatadas se realiza a través de sorteo. Para la aplicación de este criterio de desempate se requiere la participación xx xxxxxxx o xxxx xx xxx y la citación oportuna a los postores que hayan empatado, pudiendo participar en calidad de veedor un representante del Sistema Nacional de Control.
1.11. CALIFICACIÓN DE OFERTAS
Luego de culminada la evaluación, el comité de selección debe determinar si el postor que obtuvo el primer lugar según el orden de prelación cumple con los requisitos de calificación detallados en la sección específica de las bases. Si dicho postor no cumple con los requisitos de calificación su oferta debe ser descalificada. En tal caso, el comité de selección debe verificar los requisitos de calificación respecto del postor cuya oferta quedó en segundo lugar, y así sucesivamente en el orden de prelación de ofertas.
1.12. SUBSANACIÓN DE LAS OFERTAS
La subsanación de las ofertas se sujeta a los supuestos establecidos en el artículo 39 del Reglamento.
Cuando se requiera subsanación, la oferta continua vigente para todo efecto, a condición de la efectiva subsanación dentro del plazo otorgado, el que no puede exceder de tres (3) días hábiles. La presentación de las subsanaciones se realiza a través de la Unidad de Tramite Documentario de la Entidad. La subsanación corresponde realizarla al mismo postor, su representante legal o apoderado acreditado.
1.13. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
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Luego de la calificación de las ofertas, el comité de selección otorga la buena pro en la fecha señalada en el calendario de las bases mediante su publicación en el SEACE.
El otorgamiento de la buena pro en acto privado se publica y se entiende notificado a través del SEACE, el mismo día de su realización, debiendo incluir el acta de otorgamiento de la buena pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados de la evaluación y calificación.
Importante |
Las Entidades someten a fiscalización posterior, conforme a lo previsto en el artículo 32 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General la documentación, declaraciones y traducciones presentadas por el ganador de la buena pro. |
1.14. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO
Cuando se hayan presentado dos (2) o más ofertas, el consentimiento de la buena pro se produce a los ocho (8) días hábiles de la notificación de su otorgamiento en el SEACE, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación.
En caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la buena pro se produce el mismo día de la notificación de su otorgamiento.
El consentimiento del otorgamiento de la buena pro se publica en el SEACE al día hábil siguiente de producido.
1.15. CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO O SUSPENDIDO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO
De acuerdo con el artículo 245 del Reglamento, a partir del día hábil siguiente al registro en el SEACE del consentimiento de la buena pro o de que esta haya quedado administrativamente firme, el postor ganador de la buena pro puede solicitar ante el OSCE la expedición de la constancia de no estar inhabilitado o suspendido para contratar con el Estado.
No procede la emisión de constancias cuando el procedimiento de selección se encuentre bloqueado como consecuencia del procesamiento de una acción de supervisión.
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CAPÍTULO II
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
2.1. RECURSO DE APELACIÓN
A través del recurso de apelación se pueden impugnar los actos dictados durante el desarrollo del procedimiento de selección hasta antes del perfeccionamiento del contrato.
El recurso de apelación se presenta ante y es resuelto por el Tribunal de Contrataciones del Estado.
Los actos que declaren la nulidad de oficio y otros actos emitidos por el Titular de la Entidad que afecten la continuidad del procedimiento de selección, pueden impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.
2.2. PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN
La apelación contra el otorgamiento de la buena pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse notificado el otorgamiento de la buena pro.
La apelación contra los actos dictados con posterioridad al otorgamiento de la buena pro, contra la declaración de nulidad, cancelación y declaratoria de desierto del procedimiento, debe interponerse dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.
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CAPÍTULO III DEL CONTRATO
3.1. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Dentro del plazo de ocho (8) días hábiles siguientes al registro en el SEACE del consentimiento de la buena pro o de que esta haya quedado administrativamente firme, el postor ganador de la buena pro debe presentar la totalidad de los requisitos para perfeccionar el contrato. En un plazo que no puede exceder de los tres (3) días hábiles siguientes de presentados los documentos la Entidad debe suscribir el contrato, u otorgar un plazo adicional para subsanar los requisitos, el que no puede exceder de cinco (5) días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación de la Entidad. Al día siguiente de subsanadas las observaciones, las partes suscriben el contrato.
Para perfeccionar el contrato, el postor ganador de la buena pro debe presentar los documentos señalados en el artículo 117 del Reglamento y los previstos en la sección específica de las bases.
3.2. PLAZO DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 120 del Reglamento, el plazo de ejecución contractual se inicia el día siguiente del perfeccionamiento del contrato, desde la fecha que se establezca en el contrato o desde la fecha en que se cumplan las condiciones previstas en el contrato, según sea el caso.
3.3. GARANTÍAS
Las garantías que deben otorgar los postores y/o contratistas, según corresponda, son las de fiel cumplimiento del contrato y por los adelantos.
3.3.1. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
Como requisito indispensable para perfeccionar el contrato, el postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del mismo por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original. Esta debe mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.
3.3.2. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS
En las contrataciones que conllevan la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se debe otorgar una garantía adicional por este concepto, la misma que debe ser renovada periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.
Importante |
En los contratos derivados de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando el monto del ítem adjudicado o la sumatoria de los montos de los ítems adjudicados sea igual o menor a cien mil Soles (S/. 100,000.00), no corresponde presentar garantía de fiel cumplimiento de contrato ni garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, conforme a lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 128 del Reglamento. |
3.3.3. GARANTÍA POR XXXXXXXX
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En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.
3.4. REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS
Las garantías que se presenten deben ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática en el país, al solo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisión directa de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantías; o estar consideradas en la última lista de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.
Importante |
Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por el postor ganador de la buena pro y/o contratista cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución, sin perjuicio de la determinación de las responsabilidades funcionales que correspondan. |
ADVERTENCIA |
LOS FUNCIONARIOS DE LAS ENTIDADES NO DEBEN ACEPTAR GARANTÍAS EMITIDAS BAJO CONDICIONES DISTINTAS A LAS ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE NUMERAL. |
3.5. EJECUCIÓN DE GARANTÍAS
La Entidad puede solicitar la ejecución de las garantías conforme a los supuestos contemplados en el artículo 131 del Reglamento.
3.6. ADELANTOS
La Entidad puede entregar adelantos directos al contratista, los que en ningún caso exceden en conjunto del treinta por ciento (30%) del monto del contrato original, siempre que ello haya sido previsto en la sección específica de las bases.
3.7. PENALIDADES
3.7.1. PENALIDAD POR XXXX EN LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN
En caso de retraso injustificado del contratista en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la Entidad le aplica automáticamente una penalidad por xxxx por cada día de atraso, de conformidad con en el artículo 133 del Reglamento.
3.7.2. OTRAS PENALIDADES
La Entidad puede establecer penalidades distintas a la mencionada en el numeral precedente, siempre y cuando sean objetivas, razonables, congruentes y proporcionales con el objeto de la contratación. Para estos efectos, se deben incluir en la sección específica de las bases los supuestos de aplicación de penalidad, la forma de cálculo de la penalidad para cada supuesto y el procedimiento mediante el cual se verifica el supuesto a penalizar.
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Estos dos tipos de penalidades se calculan en forma independiente y pueden alcanzar cada una un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, o de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse.
3.8. INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con el artículo 36 de la Ley y 135 del Reglamento.
3.9. PAGOS
El pago se realiza después de ejecutada la respectiva prestación, pudiendo contemplarse pagos a cuenta, según la forma establecida en la sección específica de las bases o en el contrato.
La Entidad debe pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista dentro de los quince
(15) días calendarios siguientes a la conformidad de los bienes, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato para ello. La conformidad se emite en un plazo xxxxxx xx xxxx (10) días de producida la recepción.
En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio.
En caso de retraso en el pago por parte de la Entidad, salvo que se deba a caso fortuito o fuerza mayor, el contratista tendrá derecho al reconocimiento de los intereses legales correspondientes conforme a lo establecido en el artículo 39 de la Ley y en el artículo 149 del Reglamento.
3.10. DISPOSICIONES FINALES
Todos los demás aspectos del presente procedimiento no contemplados en las bases se regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.
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SECCIÓN ESPECÍFICA
CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
(EN ESTA SECCIÓN LA ENTIDAD DEBERÁ COMPLETAR LA INFORMACIÓN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)
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CAPÍTULO I GENERALIDADES
1.1. ENTIDAD CONVOCANTE
Nombre | : | Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones |
RUC Nº | : | 20131370564 |
Domicilio legal | : | Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xx 000 – San Xxxxxx – Lima |
Teléfono: | : | 000-0000 / 000-0000 |
Correo electrónico: | : |
1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El presente procedimiento de selección tiene por objeto la adquisición de una solución de backup centralizado.
1.3. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
El expediente de contratación fue aprobado mediante Memorándum N° 279-2016-SAAG el 28 de noviembre de 2016.
1.4. FUENTE DE FINANCIAMIENTO Recursos Propios. IMPORTANTE:
• La fuente de financiamiento debe corresponder a aquella prevista en la Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público del año fiscal en el cual se convoca el procedimiento de selección.
1.5. SISTEMA DE CONTRATACIÓN
El presente procedimiento se rige por el sistema de suma alzada, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.
1.6. MODALIDAD DE EJECUCIÓN
Llave en mano.
1.7. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO
El alcance de la prestación está definido en el Capítulo III de la presente sección de las bases.
1.8. PLAZOS DE ENTREGA, INSTALACIÓN, CONFIGURACIÓN Y SOPORTE TÉCNICO
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El plazo de entrega, configuración, puesta en producción y capacitación será de sesenta (60) días calendarios, a partir de la comunicación de Gerencia de Tecnologías de Información. Dicha comunicación ocurrirá en un plazo máximo de cinco (05) días calendarios posteriores a la firma del contrato, de conformidad a lo estipulado en el requerimiento.
El servicio de soporte técnico será por un periodo mínimo de tres años, contados a partir del día siguiente de la conformidad de recepción de la prestación principal.
1.9. COSTO DE REPRODUCCIÓN Y ENTREGA DE BASES
Los participantes registrados tienen el derecho de recabar un ejemplar de las bases, para cuyo efecto deben cancelar S/ 7.70 (siete y 70/100 Soles) en la Caja de la Entidad y recabar un ejemplar en el Departamento de Logística, ambos ubicados en Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xx 000 – San Xxxxxx.
1.10. BASE LEGAL
- Resolución SBS N° 7742-2015. Medidas de austeridad, racionalidad, disciplina en el gasto y de ingresos de personal para el Ejercicio 2016 en la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
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CAPÍTULO II
DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
2.1. CALENDARIO DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN1
Etapa | Fecha, hora y lugar | |
Convocatoria | : | 30/11/2016 |
Registro de participantes2 * A través del SEACE | : | Desde las: 00:01 horas del 01/12/2016 Hasta las: 09:59 horas del 06/01/2017 |
Formulación de consultas y observaciones a las bases *En Mesa de Partes o la que haga sus veces en la Entidad en *Adicionalmente, enviar a la siguiente dirección electrónica | : : : | Del: 01/12/2016 Al: 15/12/2016 Xx. Xxxxxxxx Xx 000 - Xxx Xxxxxx, de 08:30 a 16:45 horas |
Absolución de consultas y observaciones a las bases | : | 26/12/2016 |
Integración de bases | : | 27/12/2016 |
Presentación de ofertas | : | 06/01/2017 |
* En acto público en | : | Xx. Xxxxxxxx Xx 000 - Xxx Xxxxxx, en el horario de 10:00 horas |
Evaluación de ofertas | : | Del: 06/01/2017 Al: 12/01/2017 |
Calificación de ofertas | : | Del: 06/01/2017 Al: 12/01/2017 |
Otorgamiento de la buena pro | : | 13/01/2017 |
A través del SEACE |
Importante |
Los proveedores que deseen registrar su participación deben ingresar al SEACE utilizando su Certificado SEACE (usuario y contraseña). Asimismo, deben observar las instrucciones señaladas en el documento de orientación “Guía para el registro de participantes electrónico” publicado en xxx.xxxxx.xxx.xx, pestaña 1. Inicio, opción Documentos y Publicaciones, página Manuales y Otros (Proveedores). |
2.2. CONTENIDO DE LAS OFERTAS
La oferta se presenta en un (1) sobre cerrado en original, dirigido al comité de selección de la
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Señores
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Av. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx N° 185 – San Xxxxxx Att.: COMITÉ DE SELECCIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA N° 011/2016-SBS
Denominación de la convocatoria: Adquisición de una solución de backup centralizado
OFERTA
[NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]
1 La información del calendario indicado en las bases no debe diferir de la información consignada en la ficha del procedimiento en el SEACE. No obstante, en caso de existir contradicción primará el calendario indicado en la ficha del procedimiento en el SEACE.
2 El registro de participantes se lleva a cabo desde el día siguiente de la convocatoria hasta antes del inicio de la presentación de ofertas, según lo dispuesto en el artículo 34 del Reglamento.
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La oferta contendrá, además de un índice de documentos, la siguiente documentación:
2.2.1. Documentación de presentación obligatoria
2.2.1.1. Documentos para la admisión de la oferta
a) Declaración jurada de datos del postor.
Cuando se trate de consorcio, esta declaración jurada debe ser presentada por cada uno de los integrantes del consorcio. (Anexo Nº 1)
b) Declaración jurada de acuerdo con el numeral 1 del artículo 31 del Reglamento.
(Anexo Nº 2)
En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio.
c) Declaración jurada de cumplimiento de las Especificaciones Técnicas contenidas en el numeral 3.1 del Capítulo III de la presente sección. (Anexo Nº 3)
d) Propuesta Técnica, en la cual se detalle las características y/o especificaciones técnicas y/o condiciones de los equipos y software a ofertar, indicando marca, modelo y/o número de parte en donde corresponda, los cuales deben cumplir con lo solicitado en las Especificaciones Técnicas.
e) Declaración jurada de plazos de entrega, instalación, configuración, capacitación y soporte técnico. (Anexo Nº 4)
f) El precio de la oferta en Soles. (Anexo Nº 5)
El precio total de la oferta debe ser expresado con dos decimales.
g) El postor deberá contar con el siguiente personal clave:
• El personal técnico deberá ser del fabricante, empresa autorizada o del postor, debiendo contar con dos (02) técnicos especializados en la solución ofertada, certificados por el fabricante. Dichos técnicos realizarán las labores de instalación, configuración, puesta en producción y soporte técnico. Para acreditar la certificación de los técnicos, se deberá presentar copia simple de la certificación emitida por el fabricante en la solución ofertada.
Con la finalidad de garantizar la integración con los principales sistemas operativos utilizados, uno de los técnicos solicitados deberá de contar con certificaciones técnicas de los sistemas operativos con los que cuenta la SBS (ver Anexo “X” xxxxxx 0 x 0 xx xxx Xxxxxxxxxxxxxxxx Técnicas), se deberá presentar copias simples de las certificaciones.
h) Mediante carta del fabricante o representante local se deberá garantizarse un stock de repuestos originales para los equipos del presente proceso, que cubran los requerimientos de los servicios de mantenimiento correctivo por un período no menor a cinco (05) años.
i) El postor deberá ofrecer un período de garantía mínimo de tres (03) años para toda la solución ofertada, libre de costo para la superintendencia. Esta garantía estará referida tanto al servicio de soporte técnico, como al servicio correctivo de la solución ofertada. El postor debe presentar cartas de garantía del fabricante o representante autorizado en el Perú o Declaración Jurada del postor con relación al hardware y software propuesto.
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Importante |
El comité de selección verifica la presentación de los documentos requeridos. De no cumplir con lo requerido, la oferta se considera no admitida. |
2.2.1.2. Documentos para acreditar los requisitos de calificación
A. Capacidad legal:
A.1 Representación
• Tratándose de persona jurídica, copia del certificado de vigencia de poder del representante legal, apoderado o mandatario designado para tal efecto, expedido por registros públicos con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de ofertas, computada desde la fecha de emisión.
• En caso de persona natural, copia del documento nacional de identidad o documento análogo, o del certificado de vigencia de poder otorgado por persona natural, del apoderado o mandatario, según corresponda, expedido por registros públicos con una antigüedad no mayor de treinta
(30) días calendario a la presentación de ofertas, computada desde la fecha de emisión.
Cuando se trate de consorcio, estos documentos deben ser presentados por cada uno de los integrantes del consorcio que suscriba la promesa de consorcio, según corresponda.
• De ser el caso, promesa de consorcio con firmas legalizadas en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones.
(Anexo Nº 6)
La promesa de consorcio debe ser suscrita por cada uno de sus integrantes.
El representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al procedimiento de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades.
A.2 Habilitación
El postor deberá ser una empresa representante autorizado en el Perú para la venta y servicio de soporte técnico, actualización y mantenimiento de la solución ofertada, para lo cual deberá presentar una declaración jurada, o una carta del fabricante o del distribuidor oficial que lo acredite como tal.
B. Capacidad profesional
B.1 Experiencia del Personal (Anexo N° 8)
Dos (02) técnicos especializados en la solución ofertada, con dos (2) años de experiencia en instalación y/o configuración y/o puesta en producción y/o soporte técnico de la solución ofertada. La experiencia del personal se acreditará con cualquiera de los siguientes documentos: (i) copia de contratos y su respectiva conformidad o (ii) constancias o (iii) certificados o
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(iv) cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal propuesto.
C. Experiencia del postor
C.1 Facturación (Anexo N° 7)
El postor debe acreditar un monto facturado acumulado equivalente a S/ 1’625,000.00 (Un millón seiscientos veinticinco mil y 00/100 Soles), por la venta de bienes iguales o similares al objeto de la convocatoria, durante un periodo de cinco (5) años a la fecha de la presentación de ofertas.
Se consideran bienes similares a los siguientes: Venta de soluciones (hardware y/o software) de Backup.
Se acreditará con Copia simple de contratos u órdenes de compra, y su respectiva conformidad por la prestación efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, con voucher de depósito, reporte de estado de cuenta o cancelación en el documento, correspondientes a un máximo de veinte (20) contrataciones.
2.2.2. Documentación de presentación facultativa:
a) Declaración Jurada de Mejoras a las especificaciones técnicas propuestas (Anexo N° 9)
Importante |
Cabe subsanación de las ofertas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 del Reglamento. La legalización de las firmas en la promesa de consorcio es subsanable. |
2.3. DETERMINACIÓN DEL PUNTAJE TOTAL DE LAS OFERTAS
La evaluación se realiza sobre la base de cien (100) puntos.
Para determinar la oferta con el mejor puntaje y el orden de prelación de las ofertas, se considera la siguiente ponderación:
A. Precio | : | 90.00 puntos |
B. Mejoras a las especificaciones técnicas | : | 10.00 puntos |
Importante |
Luego de culminada la evaluación según los factores de evaluación señalados en el Capítulo IV de esta sección, el comité de selección debe determinar si el postor que obtuvo el primer lugar según el orden de prelación cumple con los requisitos de calificación especificados en el numeral 3.2 del capítulo III de la sección específica de las bases. Si dicho postor no cumple con los requisitos de calificación su oferta será descalificada. |
2.4. REQUISITOS PARA PERFECCIONAR EL CONTRATO
El postor ganador de la buena pro debe presentar los siguientes documentos para perfeccionar el contrato:
a) Constancia vigente de no estar inhabilitado o suspendido para contratar con el Estado.
b) Garantía de fiel cumplimiento del contrato. Presentar carta fianza
c) Garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias. Presentar carta fianza
d) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de cada uno de los integrantes, de ser el caso.
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e) Código de cuenta interbancaria (CCI). (Anexo N° 10)
f) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa que acredite que cuenta con facultades para perfeccionar el contrato, cuando corresponda.
g) Copia de DNI del postor en caso de persona natural, o de su representante legal en caso de persona jurídica.
h) Domicilio para efectos de la notificación durante la ejecución del contrato.
i) Detalle de los precios unitarios del precio ofertado. (Anexo N° 5.1)
Importante |
• En caso que el postor ganador de la buena pro sea un consorcio, las garantías que presente este para el perfeccionamiento del contrato, así como durante la ejecución contractual, de ser el caso, además de cumplir con las condiciones establecidas en el artículo 33 de la Ley, deben consignar expresamente el nombre completo o la denominación o razón social de los integrantes del consorcio, en calidad de garantizados, de lo contrario no podrán ser aceptadas por las Entidades. No se cumple el requisito antes indicado si se consigna únicamente la denominación del consorcio, conforme lo dispuesto en el numeral 7.5.3. de la Directiva N° 002-2016- OSCE/CD “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”. • Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por el postor ganador de la buena pro cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución, sin perjuicio de la determinación de las responsabilidades funcionales que correspondan. • En los contratos derivados de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando el monto del ítem adjudicado o la sumatoria de los montos de los ítems adjudicados sea igual o menor a cien mil Soles (S/. 100,000.00), no corresponde presentar garantía de fiel cumplimiento de contrato ni garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, conforme a lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 128 del Reglamento. • De conformidad con la Décima Séptima Disposición Complementaria Final del Reglamento, dentro del supuesto de hecho de la infracción establecida en el literal h) del artículo 50.1 de la Ley, referida a la presentación de información inexacta, se encuentra comprendida la presentación de garantías que no hayan sido emitidas por las empresas indicadas en el segundo párrafo del artículo 33 de la Ley. |
2.5. PERFECCIONAMIENTO EL CONTRATO
El contrato se perfecciona con la suscripción del documento que lo contiene. Para dicho efecto el postor ganador de la buena pro, dentro del plazo previsto en el numeral 3.1 de la sección general de las bases, debe presentar la documentación requerida en Departamento de Logística, sito en Av. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx N° 185 – San Xxxxxx.
2.6. FORMA DE PAGO
La Entidad realizará el pago de acuerdo a lo siguiente:
Descripción | Porcentaje del Monto Total | Forma de Pago |
Prestación Principal (Hardware y | 82% | Contra la entrega, instalación y puesta en producción, previa conformidad del Departamento de Soporte Técnico de la |
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Software) | Gerencia de Tecnologías de Información, mediante el Acta de Entrega y Conformidad. | |
Prestaciones accesorias (Soporte Técnico) | 15% | El servicio de soporte técnico se pagará en forma anual al inicio de cada año, en tres (03) partes iguales. |
Prestaciones accesorias (Capacitación) | 3% | Contraprestación del servicio. |
Para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad debe contar con la siguiente documentación:
• Recepción del área xx xxxxxxx.
• Informe del funcionario responsable de la Gerencia de Tecnologías de Información emitiendo la conformidad de la prestación efectuada.
• Comprobante de pago.
• Guía de remisión, de ser el caso.
2.7. PLAZO PARA EL PAGO
La Entidad debe pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista dentro de los quince
(15) días calendarios siguientes a la conformidad de los bienes, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato para ello.
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CAPÍTULO III REQUERIMIENTO
ADQUISICIÓN DE UNA SOLUCIÓN DE BACKUP CENTRALIZADO
I. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
1. DENOMINACIÓN DE LA CONTRATACIÓN
Adquisición de una solución de Backup Centralizado para la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondo de Pensiones.
2. FINALIDAD PÚBLICA
El presente procedimiento de selección busca contar con una solución de Backup Centralizado, que permita renovar la plataforma actual por una de tecnología reciente y escalable, para permita respaldar la información de los servidores de procesamiento y servidores de almacenamiento de información de forma consolidada y estructurada.
3. ANTECEDENTES
La solución tecnológica que soporta actualmente la Plataforma de Backup Centralizado de la Superintendencia fue adquirida el año 2012. Debido al alto crecimiento de datos producto de los diferentes servicios y sistemas de información, la implementación de nuevo equipamiento de la plataforma de servidores centrales de base de datos y de virtualización; hace imprescindible contar con una nueva plataforma central de las actividades de backup y restore, que garantice el resguardo y disponibilidad de los datos institucionales; destinado al cumplimiento de funciones y actividades propias de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondo de Pensiones.
4. OBJETIVO DE LA CONTRATACIÓN
El objetivo es la adquisición de una solución de Backup Centralizado de tecnología moderna y escalable que permita respaldar la información de los servidores de procesamiento y de almacenamiento de forma consolidada y estructurada, para el cumplimiento de funciones y actividades propias de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondo de Pensiones.
5. ALCANCE Y DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES A CONTRATAR
5.1. CARACTERÍSTICAS Y CONDICIONES (PRESTACIÓN PRINCIPAL)
5.1.1. LICENCIAMIENTO
El licenciamiento ofertado debe ser por Capacidad, licenciamiento para respaldar 60 TB mínimo, este licenciamiento cubrirá el uso de todos los agentes para los servidores y aplicaciones en forma ilimitada y los componentes de hardware.
5.1.2. ADMINISTRACIÓN Y SEGURIDAD
• La Solución propuesta deberá ser única y de un mismo fabricante, la misma que debe integrar a todas la plataforma de hardware y software base descritas en el Anexo “B”
• Deberá de contar con acceso de administración de backup y restore a través de interface gráfica y línea de comando, a través de una sola consola de gestión.
• Deberá de contar con acceso web para la administración, monitoreo, generación de alertas, generación de reportes sobre las operaciones de backup/restore y generación de reportes sobre la capacidad y tendencia de crecimiento del ambiente.
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• En caso que existan múltiples ambientes de backup, una única interface web debe ser capaz de monitorear y agregar informaciones de diversos Servidores de Backup para la emisión de reportes.
• Deberá tener la capacidad de establecer niveles de acceso diferenciados y configurables para actividades de administración y operación del software de backup.
• Deberá contar con mecanismos de auditoría, permitiendo la emisión de reportes donde consten, mínimo, los siguientes datos: fecha y hora de operación, usuario que realizó la operación, acción realizada (en caso de modificación de configuraciones, informar cual era la configuración anterior y la modificación realizada).
• Deberá de contar con la capacidad nativa de efectuar cifrado de los backups, en los Clientes de Backup y/o de almacenar los backup cifrados.
• Deberá de tener funcionabilidad de administrar la duplicación y localización de medios de backup para fines xx xxxxxxxx externo, incluso fuera del sitio de la empresa.
5.1.3. CARACTERÍSTICAS GENERALES
• Backup On line o Hot Backup, para los servidores indicados en el Anexo “B” puntos 1 y 2, el proceso de backup se deberá de realizar sin afectar la disponibilidad del servicio.
• Deberá de retener como mínimo treinta (30) días de retención de copias de respaldos FULL y DIARIOS.
• Deberá incluir lo necesario, licencias y otros para los procesos de clonado a través de las unidades de cintas con que cuenta la SBS. (Ver Anexo “B” punto 6).
• Deberá de subir a cinta la información respaldada (Clones) por el backup con fechas de retenciones:
• Diario 2 meses
• Semanal 6 meses
• Mensual 10 años
• Histórico anual 10 años
• Deberá de permitir subir información de los servidores de almacenamiento directo a cinta. (backup directo)
• Todos los componentes del software de backup deben soportar la instalación en las plataformas con las que cuenta la SBS (Ver Anexo “B” punto 1 y punto 2).
• El software propuesto deberá ser compatible y licenciado con las unidades de cinta con las que cuenta la entidad para esos fines: (Ver Anexo “B” punto 6).
• Deberá realizar backup de Servidores de Archivos en formato incremental, realizando solamente la lectura de los metadatos presentes en el Sistema de Archivos, con capacidad de restauración total y granular.
• Deberá respaldar y tener la capacidad de recuperación de Bases de Datos, Buzones de correo y elementos de forma granular de los servidores de correos 2010 y 2013 (Ver Anexo “B” punto 1).
• Deberá realizar la recuperación de objetos y atributos de Active Directory a partir del backup del system state a partir de los backup obtenidos.
• Deberá realizar la recuperación de documentos y objetos existentes en los servidores a partir del backup de la Base de Datos. (Ver Anexo “B” punto 2).
• Deberá respaldar Base de Datos y tener la capacidad de restauración total y por Instancias de la Base de Datos y por Objeto. (Ver Anexo “B” punto 2).
5.1.4. SOPORTE DE AMBIENTES VIRTUALES
• Deberá realizar backup, sin la necesidad de instalación de agentes en las máquinas virtuales.
• Deberá tener la capacidad de selección de máquinas virtuales manualmente.
• Deberá realizar el descubrimiento y selección automática de máquinas virtuales a través de filtros avanzados.
• Deberá realizar el backup de máquinas virtuales en estado online u offline.
• Deberá utilizar el recurso de CBT en rutinas de backup Full e Incremental y de- duplicación en el origen.
• Deberá permitir que solamente bloques útiles sean transferidos para el servidor de backup.
• Tener la capacidad de trabajar con Backup Host instalado en máquina Física y Virtual.
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• Tener la capacidad de realizar backup de máquinas virtuales existentes en un vApp. (contenedor que puede incluir múltiples máquinas virtuales)
• Deberá permitir que a través de una única rutina de Backup, la cual envía sus datos a disco o tape, sea posible recuperar una imagen completa de la máquina virtual Windows y Linux (vmdk) y recuperar información de archivos de manera granular sin la necesidad de scripts, área temporal o montaje de los archivos vmdk.
• Deberá permitir la instalación de múltiples agentes o que a través de una única rutina de Backup sea posible identificar la presencia de aplicaciones tales como Exchange, SQL Server o Sharepoint, garantizando la consistencia de la misma y posibilitando la recuperación de los datos presentes en la aplicación de manera Full, parcial y elementos de manera granular.
• Tener la capacidad de Deduplicación Global de Datos a nivel de segmentos o bloques de datos repetidos, entre ambientes Físicos y Virtuales.
• Tener capacidad de realizar Deduplicación de Datos en el Cliente, Servidor de Backup y Appliances de Deduplicación.
• Permitir activar el recurso de deduplicación en volúmenes presentados vía SAN o DAS para servidores (Ver Anexo “B” puntos 1 y 2).
• Tener la capacidad de Replicación de Datos entre Pools de deduplicación de manera optimizada, enviando solamente bloques únicos.
• Debe permitir iniciar / encender las maquinas directamente desde la unidad de respaldo y una vez encendida, permitiendo sean movidas a otro datastore seleccionada.
5.1.5. ADMINISTRACIÓN Y REPORTES
• La solución de protección deberá tener reportes de riesgo que muestren en tiempos cuales son los servidores con más tiempo sin backup identificando los ambientes virtuales y físicos.
• La solución deberá tener una opción que permita construir reportes del rendimiento asociado al backup en los servidores y los medios de almacenamiento, dando la posibilidad de identificar problemas o saturación que estén afectando el rendimiento de la operación del backup.
• Reportes de GB respaldados y recuperados en un periodo de tiempo por servidor
• La solución debe tener reportes para las máquinas virtuales protegidas y no protegidas en ambientes virtuales. (Ver Anexo “B” punto 3).
5.1.6. ALMACENAMIENTO DE BACKUP
• El postor deberá de ofertar los servidores o appliances necesarios que cumplan los roles de master server (capa de control, administración) y media server (administración de dispositivos de backup), el postor podrá ofrecer una arquitectura similar, siempre y cuando se cumplan los roles solicitados y cada uno de los componentes de hardware ofertados cumplan con las características requeridas.
• La solución deberá estar basada en equipamiento físico de almacenamiento de datos, especialmente diseñado para la función de respaldo, protección y retención eficiente de datos. No podrán ser parte de la oferta equipos de almacenamiento de datos tradicional o primario o de multipropósito.
• No se aceptará que el equipamiento se presente como un “Gateway” o cabezal especializado al que se le conecta luego almacenamiento primario de multipropósito. La solución ofertada debe incluir en un mismo sistema integrado tanto el procesamiento como los discos donde se almacenan los datos de respaldos.
5.1.7. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS
5.1.7.1. DOS EQUIPOS O APPLIANCE DE ALMACENAMIENTO DE BACKUP
• 02 Procesadores, con las siguientes característica mínimas: ocho (08) core, cada uno.
• 128 GB de memoria RAM de tipo DDR4, cada uno.
• 02 puertos de 10GbE fibra, cada uno.
• 04 puertos de 8Gb FC, cada uno.
• 45TB efectivos en RAID6 con discos de 7200 rpm SAS, se debe incluir al menos un disco HotSpare, cada uno.
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• Capacidad máxima de 170TB, entre los dos equipos o appliance.
• Fuentes y ventiladores redundantes HotSwap o HotPlug.
• Fuentes y discos HotSwap o HotPlug.
• Transferencia de datos máxima de 20TB/hr
• Con el fin de garantizar la compatibilidad, el equipo de almacenamiento debe ser de la misma marca que el del software de backup ofertado.
• La administración del software de backup, el equipo de almacenamiento y de las unidades de cinta (clones) se deberá dar desde la misma consola.
• Los equipos deberán incluir características de Disaster Recovery como replicación de datos deduplicados, replicación de catálogo de backup, estas características deben ser incluidas como parte del equipo o licenciadas por el máximo de la capacidad máxima total del equipo.
• Los equipos deben soportar deduplicacion in-line.
• El equipo deberá de deduplicar tipos de datos complejos. Debe integrarse plenamente con los mecanismos de copia de seguridad de bases de datos nativas como RMAN, y proporcionar diferentes tipos de “data stream”.
• El equipo deberá ofrecer métodos avanzados de copias de seguridad completas sintéticas que incluyen la tecnología para reducir el tiempo de backup en el cliente y acelerar los tiempos de copia de seguridad. Esta función debe estar plenamente incorporado con las capacidades de deduplicación en el origen, utilizados para reducir la cantidad de datos enviados desde el cliente al servidor de respaldo.
• La licencia de deduplicación no deberá estar vinculada al dispositivo de almacenamiento. Esto significa que si otro equipo está instalado en el sitio de DR, no se necesitará una licencia adicional o cualquier otra licencia de software.
• La Solución deberá proporcionar copias de seguridad directas de los clientes en la oficina remota al equipo de almacenamiento. La solución debe tener optimización para WAN y tolerancia a intermitencia de red para evitar errores de red.
• El equipo debe ser capaz de informar en el caso de una falla. Deberá tener soporte SNMP estándar, alertas de correo electrónico y la capacidad de Call Home.
5.1.8. MODALIDAD DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL
La adquisición de la solución de Backup Centralizado, requerida es de tipo “llave en mano”, siendo responsabilidad del proveedor, realizar la instalación, configuración y puesta en producción de todos los componentes ofertados en su propuesta con el equipamiento tecnológico pre-existente en el Centro de Cómputo de la Superintendencia, los mismos que a la fecha cuentan con soporte técnico y de mantenimiento correctivo.
5.1.9. GARANTÍA COMERCIAL
El postor deberá brindar la garantía del buen funcionamiento de los bienes ofertados e indicar la forma en que dicha garantía será llevada a cabo. Para tal fin, el postor debe presentar cartas de garantía del fabricante o representante autorizado en el Perú o Declaración Jurada del postor con relación al hardware y software propuesto.
El postor deberá ofrecer un período de garantía mínimo de tres (03) años para toda la solución ofertada, libre de costo para la superintendencia. Esta garantía estará referida tanto al servicio de soporte técnico, como al servicio correctivo de la solución ofertada.
La garantía entrará en vigencia a partir del día siguiente de la firma del acta de recepción y conformidad de la solución por parte del departamento de soporte técnico de la Gerencia de Tecnologías de Información.
5.1.10. DISPONIBILIDAD DE SERVICIOS Y REPUESTOS
Mediante carta del fabricante o representante local se deberá garantizarse un stock de repuestos originales para los equipos del presente proceso, que cubran los requerimientos de los servicios de mantenimiento correctivo por un período no menor a cinco (05) años.
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5.2. PRESTACIONES ACCESORIAS A LA PRESTACIÓN PRINCIPAL
5.2.1. SOPORTE TÉCNICO
• El servicio de mantenimiento correctivo deberá estar disponible las veinticuatro (24) horas, sin límite de horas por intervención, ni cantidad de intervenciones mensuales del personal del contratista, dándose por atendido un problema cuando es solucionado en su totalidad. El contratista deberá considerar que el servicio 24x7x365 incluye días feriados, ante cualquier problema reportado por la Superintendencia, por un periodo mínimo de tres (03) años.
• La Superintendencia podrá reportar un incidente o una avería telefónicamente o por correo electrónico, considerándose todas estas formas igualmente válidas. Finalizado el reporte de la avería, el postor deberá proporcionar un código de avería, para el posterior seguimiento de la misma. Posteriormente, a solicitud de la Superintendencia, el postor deberá proporcionar información del estado del incidente o avería reportado.
• El tiempo de atención de una avería, no deberá ser mayor de cuatro (04) horas, es decir, el tiempo transcurrido desde que se reporta la avería, hasta que el contratista responde para iniciar el diagnóstico. El tiempo máximo para la resolución de una avería no deberá ser mayor a doce (12) horas.
• En circunstancias donde los equipos estén comprometidos por un período mayor a doce
(12) horas, tales como averías críticas o aquellas donde los tiempos de reparación dependan de terceros, el tiempo máximo para la resolución de una avería crítica no deberá ser mayor a veinticuatro (24) horas. De persistir la avería por un período mayor a veinticuatro (24) horas, el contratista deberá entregar y/o implementar (sin costo para la Superintendencia) una solución alternativa con similares o mayores características, hasta que concluya con la solución de la avería de manera definitiva.
• El personal técnico del contratista, para solucionar un problema o incidente reportado, deberá presentarse a las instalaciones de la Superintendencia, salvo que previamente y por mutuo acuerdo entre el personal técnico de ambas partes, se convenga que dicho soporte sea telefónico.
• Para situaciones que se pueden calificar como críticas, el contratista deberá generar un procedimiento alternativo para evitar el problema o una solución temporal de parche en espera de una solución definitiva.
• La Superintendencia podrá reportar un problema o incidente telefónicamente, por fax o por correo electrónico, considerándose todas estas formas de reporte igualmente válidas.
• El contratista deberá contar con un centro de llamadas para la apertura de los casos y su consecuente seguimiento.
• El contratista deberá suministrar toda la mano de obra, partes, actualizaciones de software liberados por los fabricantes y modificaciones a los equipos que el contratista considere necesaria para mantener a los equipos actualizados y en buenas condiciones de funcionamiento.
• Todas las partes serán suministradas sin costo adicional, en base a intercambio y serán partes nuevas estándar o partes de igual calidad.
• La Superintendencia proveerá total y libre acceso a los equipos cubiertos bajo el servicio de mantenimiento, espacio de trabajo y facilidades adecuadas dentro de una distancia razonable a los equipos, para prestar los servicios de mantenimiento correctivos.
• El contratista garantiza que prestará el servicio en forma competente y responsable.
• Información actualizada de los contactos respectivos (número de teléfonos, de faxes y correos electrónicos) y de su central de atención de llamadas.
5.2.2. CAPACITACIÓN Y/O ENTRENAMIENTO
El postor deberá brindar como mínimo veinte (20) horas de capacitación, el contratista deberá de proponer el temario de acuerdo a la solución propuesta, para 10 personas, en las instalaciones de la SBS.
5.3. REQUISITOS DEL PROVEEDOR Y/O PERSONAL
5.3.1. DEL PROVEEDOR
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El postor deberá ser una empresa representante autorizado en el Perú para la venta y servicio de soporte técnico, actualización y mantenimiento de la solución ofertada, para lo cual deberá presentar una declaración jurada, o una carta del fabricante o del distribuidor oficial que lo acredite como tal.
5.3.2. DEL PERSONAL
El postor deberá contar con el siguiente personal clave:
• El personal técnico deberá ser del fabricante, empresa autorizada o del postor, debiendo contar con dos (02) técnicos especializados en la solución ofertada, certificados por el fabricante, con dos (02) años de experiencia. Dichos técnicos realizarán las labores de instalación, configuración, puesta en producción y soporte técnico. Para acreditar la certificación de los técnicos, se deberá presentar copia simple de la certificación emitida por el fabricante en la solución ofertada.
Con la finalidad de garantizar la integración con los principales sistemas operativos utilizados, uno de los técnicos solicitados deberá de contar con certificaciones técnicas de los sistemas operativos con los que cuenta la SBS (ver Anexo “B” puntos 2 y 3).
5.4. PRUEBAS PARA LA CONFORMIDAD DE LOS BIENES
Las pruebas de aceptación para la implementación y configuración se realizarán en forma conjunta entre personal de la Superintendencia y del contratista, en base al protocolo de pruebas suministrado por el contratista. Las pruebas tienen por finalidad verificar que los servicios y/o licencias son brindados de acuerdo a los requerimientos ofertados.
Cualquier defecto notificado al contratista durante la realización de las pruebas de aceptación, deberá ser rectificado por éste sin costo alguno para la Superintendencia, teniendo como plazo máximo cinco (05) días calendarios, a partir de una notificación realizada por el Departamento de Soporte Técnico de la Gerencia de Tecnologías de Información, vía correo electrónico.
Los costos que demanden las pruebas de verificación o la omisión de algún equipamiento al momento de las mismas, para verificar el cumplimiento de las especificaciones funcionales y/o técnicas ofrecidas, serán por cuenta y gasto del contratista.
5.5. ENTREGABLES
Al término de la puesta en producción, el contratista deberá entregar un informe técnico detallado, indicando la cantidad de licencias, números de licencia, tipos de licencias y los números de contrato de soporte contratados.
6. LUGAR Y PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN
Las prestaciones serán provistas en la Sede Central de la Superintendencia, Xxxxx Xxx Xxxxxxxx Xx 000 x Xxxxxxxxx Xxxxxxxx 341 San Xxxxxx, Lima.
El plazo de entrega, configuración, puesta en producción y capacitación será de sesenta (60) días calendarios, a partir de la comunicación de Gerencia de Tecnologías de Información. Dicha comunicación ocurrirá en un plazo máximo de cinco (05) días calendarios posteriores a la firma del contrato, de conformidad a lo estipulado en el requerimiento.
El servicio de soporte técnico será por un periodo mínimo de tres años, contados a partir del día siguiente de la conformidad de recepción de la prestación principal.
7. FORMA DE PAGO
La entidad deberá realizar el pago a favor del contratista de acuerdo al siguiente detalle:
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Descripción | Forma de Pago |
Prestación Principal (Hardware y Software) | Contra la entrega, instalación y puesta en producción, previa conformidad del Departamento de Soporte Técnico de la Gerencia de Tecnologías de Información, mediante el Acta de Entrega y Conformidad. |
Prestaciones accesorias (Soporte Técnico) | El servicio de soporte técnico se pagará en forma anual al inicio de cada año, en tres (03) partes iguales. |
Prestaciones accesorias (Capacitación) | Contraprestación del servicio. |
8. RESPONSABILIDAD POR XXXXXX XXXXXXX
El contratista será responsable por la calidad ofrecida y por los vicios ocultos del servicio conforme a lo indicado en el Artículo 40° de la Ley de Contrataciones del Estado, por un plazo de tres (03) años a partir de la conformidad otorgada por parte de la Superintendencia.
9. DE LA CONFIDENCIALIDAD
El proveedor, con motivo de la prestación, recibirá de la Superintendencia información de carácter estrictamente confidencial que debe ser utilizada sólo para los fines de ejecución, por ello, será obligación del proveedor mantener total secrecía y confidencialidad respecto a los datos e información de cualquier clase, que la Superintendencia le proporcione, o bien, a la que tenga acceso, con motivo de la prestación y desarrollo de su ejecución.
Adicionalmente, el proveedor está obligado a instruir a sus funcionarios o personal que será parte conformante del recurso humano que ejecutará la prestación respecto a la obligación de mantener total secrecía y confidencialidad.
Como parte de la prestación y en relación a la CONFIDENCIALIDAD, el contrato considerará la cláusula y acuerdo de confidencialidad descritos en el Anexo “A”.
II. REQUISITOS DE CALIFICACIÓN
A | CAPACIDAD LEGAL |
A.1 | REPRESENTACIÓN |
Requisitos: • Documento que acredite fehacientemente la representación de quien suscribe la oferta. En el caso de consorcios, este documento debe ser presentado por cada uno de los integrantes del consorcio que suscriba la promesa de consorcio, según corresponda. • Promesa de consorcio con firmas legalizadas3, en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Anexo Nº 6) La promesa de consorcio debe ser suscrita por cada uno de sus integrantes. Acreditación: • Tratándose de persona jurídica, copia del certificado de vigencia de poder del representante legal, apoderado o mandatario designado para tal efecto, expedido por |
3 En caso de presentarse en consorcio.
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registros públicos con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de ofertas, computada desde la fecha de emisión. • En caso de persona natural, copia del documento nacional de identidad o documento análogo, o del certificado de vigencia de poder otorgado por persona natural, del apoderado o mandatario, según corresponda, expedido por registros públicos con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de ofertas, computada desde la fecha de emisión. • Promesa de consorcio con firmas legalizadas. | |||
A.2 | HABILITACIÓN | ||
Requisitos: El postor deberá ser una empresa representante autorizado en el Perú para la venta y servicio de soporte técnico, actualización y mantenimiento de la solución ofertada. Acreditación: Carta del fabricante o distribuidor oficial o representante local, o una Declaración Jurada del postor, u otros documentos que lo acrediten como tal. | |||
Importante | |||
En el caso de consorcios, cada integrante del consorcio que se hubiera comprometido a ejecutar las obligaciones vinculadas directamente al objeto de la convocatoria debe acreditar este requisito. | |||
B | EXPERIENCIA DEL POSTOR | ||
B.1 | FACTURACIÓN | ||
Requisitos: El postor debe acreditar un monto facturado acumulado equivalente a S/ 1’625,000.00 (Un millón seiscientos veinticinco mil y 00/100 Soles), por la venta de bienes iguales o similares al objeto de la convocatoria, durante un periodo de cinco (5) años a la fecha de la presentación de ofertas. Se consideran bienes similares a los siguientes: Venta de soluciones (hardware y/o software) de Backup. Acreditación: Copia simple de contratos u órdenes de compra, y su respectiva conformidad por la prestación efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, con voucher de depósito, reporte de estado de cuenta o cancelación en el documento, correspondientes a un máximo de veinte (20) contrataciones. En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar una sola contratación, se debe acreditar que corresponden a dicha contratación; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes acreditan contrataciones independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación, las veinte (20) primeras contrataciones indicadas en el Anexo Nº 7 referido a la Experiencia del Postor. En el caso de suministro, solo se considera como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentación de ofertas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago cancelados. En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, debe presentarse la promesa de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no |
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se computará la experiencia proveniente de dicho contrato. Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, la calificación se ceñirá al método descrito en la Directiva N° 002- 2016-OSCE/CD, debiendo presumirse que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa de consorcio o del contrato de consorcio. En caso que en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales. Cuando en los contratos, órdenes de compra o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de emisión de la orden de compra o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 7 referido a la Experiencia del Postor. | |||
Importante | |||
En el caso de consorcios, solo se considera la experiencia de aquellos integrantes que ejecutan conjuntamente el objeto materia de la convocatoria, previamente ponderada, conforme a la Directiva N° 002-2016-OSCE/CD “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”. | |||
C | CAPACIDAD TÉCNICA Y PROFESIONAL | ||
C.1 | EXPERIENCIA DEL PERSONAL CLAVE | ||
Requisitos: Dos (02) técnicos especializados en la solución ofertada, certificados por el fabricante, con dos (02) años de experiencia en instalación y/o soporte de la solución ofertada. Acreditación: La experiencia del personal clave se acreditará con cualquiera de los siguientes documentos: (i) copia simple de contratos y su respectiva conformidad o (ii) constancias o (iii) certificados o (iv) cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal propuesto. |
Importante |
• Las consultas y observaciones no deben emplearse para formular pretensiones que desnaturalicen la decisión de compra adoptada por la Entidad. Si con ocasión de las consultas y observaciones el área usuaria autoriza la modificación del requerimiento, debe ponerse en conocimiento de tal hecho a la dependencia que aprobó el expediente de contratación, para su aprobación, de conformidad con el artículo 8 del Reglamento. • Los requisitos de calificación determinan si los postores cuentan con las capacidades necesarias para ejecutar el contrato, lo que debe ser acreditado documentalmente. Para ello, las Entidades incorporan dichos requisitos de calificación así como los documentos que deben presentar los postores para su acreditación. • El cumplimiento de las Especificaciones Técnicas se realiza mediante la presentación de una declaración jurada. De ser el caso, adicionalmente la Entidad puede solicitar documentación que acredite el cumplimiento del algún componente de estas. Para dicho efecto, consignará de manera detallada los documentos que deben presentar los postores para su acreditación. |
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ANEXO “A” LINEAMIENTOS DE CONFIDENCIALIDAD
CLÁUSULA CONFIDENCIALIDAD
Debido a la prestación materia del presente contrato, las partes convienen en calificar como confidencial a toda la información obtenida, así como los informes y toda clase de documentos que produzca o tenga a su alcance EL CONTRATISTA para la ejecución del presente contrato, no pudiendo divulgarlos sin autorización expresa de LA SUPERINTENDENCIA. Esta obligación subsistirá para EL CONTRATISTA aún después de concluida la vigencia del presente contrato.
En este sentido, por medio del presente EL CONTRATISTA se obliga a cumplir con el deber de reserva, respecto a toda información a la que pueda acceder, conocer o tener a su alcance, en cumplimiento de sus obligaciones mientras se encuentre prestando sus servicios para LA SUPERINTENDENCIA, y aún después de la conclusión del presente contrato, bajo responsabilidad.
Se entenderá por “Información Confidencial” a toda información de tipo económica, financiera, legal, contable, técnica, comercial, estratégica o de otro tipo, que sea revelada por LA SUPERINTENDENCIA a EL CONTRATISTA, en forma oral, escrita, o por cualquier otro medio o soporte para la realización del trabajo encargado; así como cualquier análisis, recopilación, estudio, resumen, extracto o documentación de todo tipo que elabore o formule EL CONTRATISTA a partir de la Información Confidencial o documentación revelada por LA SUPERINTENDENCIA.
La Información Confidencial no será revelada en ningún caso y bajo ningún motivo por EL CONTRATISTA, sin el consentimiento previo y por escrito de LA SUPERINTENDENCIA. En este sentido, EL CONTRATISTA se compromete a limitar el acceso a la Información Confidencial de forma tal que sólo sea accesible a aquellas personas que necesariamente deban involucrarse en las conversaciones, tratativas y/o acuerdos mantenidos con LA SUPERINTENDENCIA.
Asimismo, EL CONTRATISTA se obliga a adoptar todas las medidas necesarias para que sus empleados, subordinados, dependientes, asesores y/o colaboradores u otros, que se vean involucrados en la ejecución de la prestación materia del presente contrato, observen la reserva y confidencialidad a que se refiere este acuerdo respecto de la Información Confidencial, siendo EL CONTRATISTA el único responsable por ello.
El incumplimiento de este deber de confidencialidad por parte de EL CONTRATISTA, constituye causal de resolución del presente contrato, y asimismo, dará lugar a la indemnización por daños y perjuicios que le corresponda a LA SUPERINTENDENCIA conforme x xxx.
Por tanto, EL CONTRATISTA se compromete a no divulgar, ni transferir a terceros, la información a la que pudiera tener acceso él o su personal; de ser el caso, EL CONTRATISTA responderá legalmente por los daños y perjuicios causados, para este efecto, se suscribe el acuerdo de confidencialidad anexo al presente.
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ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD
El que suscribe..........................................................., con (documento de identidad) N° ,
Representante Legal de la Empresa..............................................., con RUC. N°..............................., y con
Domicilio Legal en , declara aceptar lo siguiente:
1. EL CONTRATISTA está obligado a guardar reserva sobre cualquier información de LA SUPERINTENDENCIA a la que haya tenido acceso con ocasión de la ejecución del presente contrato, a no revelar ni permitir la revelación de cualquier detalle a los medios de prensa o a terceros, a no revelar que LA SUPERINTENDENCIA es cliente de EL CONTRATISTA en relación con la prestación, y a no usar el nombre de LA SUPERINTENDENCIA en cualquier promoción, publicidad o anuncio, sin previa autorización escrita de LA SUPERINTENDENCIA, a excepción de aquella información que LA SUPERINTENDENCIA o una autoridad judicial o arbitral lo autorice o disponga, o cuando se trate de información de dominio público. Esta obligación permanecerá vigente no obstante el vencimiento o la terminación del presente contrato, siendo su incumplimiento causal de resolución del presente contrato.
La confidencialidad de la información, a que se refiere el párrafo precedente, alcanza a todo el personal y subcontratistas de EL CONTRATISTA, debiendo así constar en los correspondientes contratos que con éstos se celebren.
2. EL CONTRATISTA declara expresamente que constituye causal de resolución del presente contrato el incumplimiento del presente acuerdo de confidencialidad.
Lima,…………………………………….
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ANEXO “B”
PLATAFORMA COMPUTACIONAL Y DE BACKUP DISPONIBLE EQUIPAMIENTO DE SERVIDORES
1. PLATAFORMA INTEL
Plataforma Software Microsoft Windows
• 02 Exchange Server 2010 SP3 en DAG (Grupos de disponibilidad de base de datos), servidores de correos
• 01 Exchange Server 2013.
• 03 SQL 2008 / 2012
• 02 SharePoint 2013
• 03 Oracle for Linux
• 06 Servidores de archivos
2. PLATAFORMA UNIX SPARC Plataforma Software
• Oracle RAC Extendido 11g y ClusterWare 12c sobre Sun Solaris 11 SPARC (04 nodos)
• Oracle Enterprise RDBMS 11g Sun Solaris 10 SPARC 01 servidor
Servidores
• Sun Sparc Enterprise T5-8 nodo 1 Oracle 11g, Sun Solaris 11
• Sun Sparc Enterprise T5-8 nodo 2 Oracle 11g, Sun Solaris 11
• Sun Sparc Enterprise T5-8 nodo 3 Oracle 11g, Sun Solaris 11
• Sun Sparc Enterprise T5-8 nodo 4 Oracle 11g, Sun Solaris 11
3. PLATAFORMA SOFTWARE VMWARE
• 05 VMWare ESXi 6.0 en cluster de dos (02) nodos de 06 Host cada uno
4. EQUIPAMIENTO SAN Características técnicas:
• 04 Switches FC modelo DS-6510B Marca EMC
• 04 Switches FC modelo SAN48B-5 Marca IBM
5. EQUIPAMIENTO FILE SERVER
• Servidor de Almacenamiento EMC VNXe 3100
• 15 TB de Almacenamiento en disco
• 4 puertos IP por controladora
• Protocolo CIFS, NFS, Deduplicación y Compresion
• Conectividad NAS / iSCSI Protocolo NDMP
6. UNIDADES DE CINTA Oracle StorageTek SL150
• 1 Unidad de cuatro drives LTO6
• 1 Unidad de dos (02) drives LTO5
• 1 Unidad de dos (02) drives LTO5
7. SERVIDORES DE ALMACENAMIENTO DE BASE DE DATOS Y FILESERVER
• Dos servidores de almacenamiento EMC VMAX-3
• Dos servidores de almacenamiento VNX-5200
• Un servidor de almacenamiento VNX-5500
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CAPÍTULO IV FACTORES DE EVALUACIÓN
Puntaje Total: 100 Puntos
FACTOR DE EVALUACIÓN | PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN | |
A. | PRECIO (90.00 puntos) | La evaluación consistirá en otorgar el máximo a la oferta de precio más bajo y otorgar a las demás ofertas puntajes inversamente proporcionales a sus respectivos precios, según la siguiente fórmula: Pi = Om x PMP Oi |
Evaluación: Se evaluará considerando el precio ofertado por el postor. Acreditación: Se acreditará mediante el documento que contiene el precio de la oferta (Anexo N° 5) | ||
i = Oferta Pi = Puntaje de la oferta a evaluar Oi = Precio i Om = Precio de la oferta más baja PMO = Puntaje máximo del precio | ||
90.00 puntos | ||
B. | MEJORAS A LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS (10.00 puntos) | Mejora B1: Rendimiento de transferencia - Los equipos que tengan un rendimiento de 21 a 30 TB/h 2.00 puntos - Los equipos que tengan un rendimiento de 31 a 39 TB/h 6.00 puntos - Los equipos que tengan un rendimiento de 40 a más TB/h 10.00 puntos |
B.1 Rendimiento en TB/h (10.00 puntos) Criterio: Mejora en rendimiento de transferencia Se medirá en función de la velocidad de transferencia de información de respaldo, la cual deberá ser superior al solicitado. (20 TB/h) Acreditación: Se acreditará mediante la presentación de una carta del fabricante o una declaración jurada. | ||
PUNTAJE TOTAL | 100.00 puntos |
Importante |
Los factores de evaluación elaborados por el comité de selección deben ser objetivos y deben guardar vinculación, razonabilidad y proporcionalidad con el objeto de la contratación. Asimismo, estos no pueden calificar con puntaje el cumplimiento de las Especificaciones Técnicas ni los requisitos de calificación. |
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CAPÍTULO V PROFORMA DEL CONTRATO
Conste por el presente documento, la adquisición de una solución de backup centralizado, que celebra de una parte la SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES, en adelante LA SUPERINTENDENCIA, con RUC Nº 20131370564, con
domicilio legal en Av. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Nº 185, Distrito de San Xxxxxx, Provincia y Departamento de Lima, representada por, [……………….....................], con DNI N° [………………..] y de otra parte [……………….....................], con RUC Nº [................], con domicilio legal en [ ],
inscrita en la Ficha N° [……………….........] Asiento N° [… ] del Registro de Personas Jurídicas de la
ciudad de [………………], debidamente representado por su Representante Legal, [……………….....................], con DNI N° [………………..], según poder inscrito en la Ficha N° [… ],
Asiento N° […………] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [ ], a quien en adelante se
le denominará EL CONTRATISTA en los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
Con fecha [………………..], el comité de selección adjudicó la buena pro de la LICITACIÓN PÚBLICA Nº 011/2016-SBS para la adquisición de una solución de backup centralizado, a [INDICAR NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e importe xxxxxxx en los documentos integrantes del presente contrato.
CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO
El presente contrato tiene por objeto la adquisición de una solución de backup centralizado.
CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL
El monto total del presente contrato asciende a S/ [ ], que incluye todos los impuestos xx Xxx,
según el siguiente detalle:
DETALLE | MONTO S/ |
Hardware | |
Software | |
Instalación, configuración y puesta en marcha | |
TOTAL S/ |
Este monto comprende el costo del bien, todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre la ejecución de la prestación materia del presente contrato.
CLÁUSULA CUARTA: DEL PAGO4
LA SUPERINTENDENCIA se obliga a pagar la prestación principal a EL CONTRATISTA en Soles en un pago único, luego de la entrega, instalación, y puesta en producción, y la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 149 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, según lo siguiente:
Descripción | Forma de Pago | Porcentaje del monto Total Adjudicado |
Prestación Principal (Hardware, Software, Instalación, configuración y puesta en marcha) | Contra la entrega, instalación y puesta en producción, previa conformidad del Departamento de Soporte Técnico de la Gerencia de Tecnologías de Información, | 82% |
4 En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, podrá adicionarse la información que resulte pertinente a efectos de generar el pago.
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mediante el Acta de Entrega y Conformidad. |
Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días de producida la recepción.
LA SUPERINTENDENCIA debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente a la conformidad de los bienes, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato para ello.
En caso de retraso en el pago por parte de LA SUPERINTENDENCIA, salvo que se deba a caso fortuito o fuerza mayor, EL CONTRATISTA tendrá derecho al pago de intereses legales conforme a lo establecido en el artículo 39 de la Ley de Contrataciones del Estado y en el artículo 149 de su Reglamento, los que se computan desde la oportunidad en que el pago debió efectuarse.
CLÁUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN
El plazo de entrega, configuración y puesta en producción es de (….) días calendarios, a
partir de la comunicación de Gerencia de Tecnologías de Información. Dicha comunicación ocurrirá en un plazo máximo de cinco (05) días calendarios posteriores a la firma del contrato.
CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO
El presente contrato está conformado por las bases integradas, la oferta ganadora, así como los documentos derivados del procedimiento de selección que establezcan obligaciones para las partes.
CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍA
EL CONTRATISTA entregó al perfeccionamiento del contrato la respectiva garantía incondicional, solidaria, irrevocable, y de realización automática en el país al solo requerimiento, a favor de LA SUPERINTENDENCIA, por los concepto, monto y vigencia siguiente:
• De fiel cumplimiento del contrato 5 : S/ [……………………..], a través de la Carta Fianza N° [………………….] emitida por [……………………], monto que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original, la misma que debe mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación.
CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍA POR FALTA DE RENOVACIÓN
LA SUPERINTENDENCIA puede solicitar la ejecución de la garantía cuando EL CONTRATISTA no la hubiere renovado antes de la fecha de su vencimiento, conforme a lo dispuesto por el artículo 131 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA NOVENA: RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD DE LA PRESTACIÓN
La recepción y conformidad de la prestación se regula por lo dispuesto en el artículo 143 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. La recepción será otorgada por el almacén y la conformidad será otorgada por el Departamento de Soporte Técnico de la Gerencia de Tecnologías de Información.
De existir observaciones, LA SUPERINTENDENCIA debe comunicar las mismas a EL CONTRATISTA, indicando claramente el sentido de estas, otorgándole un plazo para subsanar no menor de dos (2) ni mayor xx xxxx (10) días, dependiendo de la complejidad. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, LA SUPERINTENDENCIA puede resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan, desde el vencimiento del plazo para subsanar.
Este procedimiento no resulta aplicable cuando los bienes manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA SUPERINTENDENCIA no efectúa la recepción o no otorga la conformidad, según corresponda, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades respectivas.
CLÁUSULA DÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA
EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del
5 En aplicación de lo dispuesto en el artículo 126 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, la garantía de fiel cumplimiento debe ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.
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presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
CLÁUSULA UNDÉCIMA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS
La recepción conforme de la prestación por parte de LA SUPERINTENDENCIA no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por los artículos 40 de la Ley de Contrataciones del Estado y 146 de su Reglamento.
El plazo máximo de responsabilidad del contratista es de tres (3) años contado a partir de la conformidad otorgada por LA SUPERINTENDENCIA.
CLÁUSULA DUODÉCIMA: PENALIDADES
Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplica automáticamente una penalidad por xxxx por cada día de atraso, de acuerdo a la siguiente fórmula:
Penalidad Diaria = | 0.10 x Monto |
F x Plazo en días |
Dónde:
F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días.
Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato o ítem que debió ejecutarse.
Se considera justificado el retraso, cuando EL CONTRATISTA acredite, de modo objetivamente sustentado, que el mayor tiempo transcurrido no le resulta imputable. Esta calificación del retraso como justificado no da lugar al pago de gastos generales de ningún tipo, conforme el artículo 133 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Estas penalidades se deducen de los pagos a cuenta o del pago final, según corresponda; o si fuera necesario, se cobra del monto resultante de la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento.
Estos dos tipos de penalidades pueden alcanzar cada una un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, o de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse.
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad por xxxx o el monto máximo para otras penalidades, de ser el caso, LA SUPERINTENDENCIA puede resolver el contrato por incumplimiento.
CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Cualquiera de las partes puede resolver el contrato, de conformidad con los artículos 32, inciso c), y 36 de la Ley de Contrataciones del Estado, y el artículo 135 de su Reglamento. De darse el caso, LA SUPERINTENDENCIA procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 136 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES
Cuando se resuelva el contrato por causas imputables a algunas de las partes, se debe resarcir los daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la aplicación de las sanciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que éstas correspondan.
Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el presente contrato.
CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO
Sólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable, serán de aplicación supletoria las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente, cuando corresponda, y demás normas de derecho privado.
CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Las controversias que surjan entre las partes durante la ejecución del contrato se resuelven mediante conciliación o arbitraje, según el acuerdo de las partes.
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Cualquiera de las partes tiene derecho a iniciar el arbitraje a fin de resolver dichas controversias dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 122, 137, 140, 143, 146, 147 y 149 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado o, en su defecto, en el inciso 45.2 del artículo 45 de la Ley de Contrataciones del Estado. El arbitraje será de tipo Institucional a cargo de los Órganos del Sistema Nacional de Arbitraje del OSCE ante un árbitro único.
Facultativamente, cualquiera de las partes tiene el derecho a solicitar una conciliación dentro del plazo de caducidad correspondiente, según lo señalado en el artículo 183 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, sin perjuicio de recurrir al arbitraje, en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas partes o se llegue a un acuerdo parcial. Las controversias sobre nulidad del contrato solo pueden ser sometidas a arbitraje.
El Laudo arbitral emitido es inapelable, definitivo y obligatorio para las partes desde el momento de su notificación, según lo previsto en el inciso 45.9 del artículo 45 de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA DÉCIMO SÉTIMA: COMPROMISO Y CUMPLIMIENTO DE LA SEGURIDAD Y DE LA SALUD EN EL TRABAJO
LA SUPERINTENDENCIA se obliga a cumplir las normas vigentes y complementarias en materia de seguridad y salud en el trabajo, así como las clausulas adjuntas al presente contrato; siendo el incumplimiento de dichas obligaciones causal de resolución contractual, de conformidad con el artículo 135 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: DEL PROVEEDOR PERSONA NATURAL6
EL CONTRATISTA autoriza y otorga a LA SUPERINTENDENCIA, por tiempo indefinido, su consentimiento libre, previo, expreso, inequívoco e informado, para que pueda tratar por sí mismo o través de terceros, sus datos personales tanto recopilados como generados en el marco del presente contrato/orden de compra/orden de servicio (los que podrían contener datos sensibles), pudiendo incluso incorporarlos a Bancos de Datos Personales de titularidad y responsabilidad de LA SUPERINTENDENCIA, con la finalidad de:
Efectuar comunicaciones o notificaciones, así como realizar cualquier actividad relacionada al cumplimiento y/o ejecución del presente contrato/orden de compra/orden de servicio.
Contactarlo o remitirle información para futuros estudios xx xxxxxxx o necesidades de bienes y/o servicios de la Institución.
Obtener información estadística y/o histórica para SBS, así como para revelar, transmitir y/o transferir sus datos personales a entidades públicas y administrativas, cuando estos le sean solicitados o requeridos a LA SUPERINTENDENCIA, en ejercicio de sus funciones legales o por orden judicial.
EL CONTRATISTA declara conocer y autorizar a que LA SUPERINTENDENCIA pueda compartir, proporcionar, usar, almacenar y/o transferir los datos personales de EL CONTRATISTA a terceras personas, con el objeto de realizar actividades relacionadas a las finalidades antes descritas, con estricta sujeción y observancia a lo establecido en la Ley 29733, su Reglamento, Directiva de Seguridad de la Información y demás normas conexas, complementarias, modificatorias y/o sustitutorias.
EL CONTRATISTA declara haber sido informado que podrá revocar su consentimiento así como ejercer en cualquier momento sus derechos de información, acceso, rectificación, cancelación y oposición de sus datos, conforme a lo dispuesto por la Ley de Protección de Datos Personales vigente, su Reglamento7. Para ello EL CONTRATISTA comunicará su revocatoria o efectuará su solicitud por escrito en mesa de partes de nuestras oficinas ubicadas en Xxxxx Xxx xx Xxxx Xx 0000 Xxx Xxxxxx. La revocatoria del consentimiento no afecta el uso de los datos personales ni del contenido de los Bancos de Datos Personales cuando estos sean tratados específicamente para el cumplimiento del presente contrato/orden de compra/ orden de servicio.
CLÁUSULA DÉCIMO NOVENA: DEL CUMPLIMIENTO DE LA LEY (LPDP)
6 Solo aplica para obtener consentimiento de Personas Naturales. Incluye personas naturales con negocio. No es aplicable a las Personas Jurídicas.
7 Para revocar su consentimiento, tomar en cuenta el numeral 13.7 del artículo 13 de la Ley 29733 Ley de Protección de Datos Personales y los artículos 12 y 16 del Decreto Supremo N° 003-2013-JUS, Reglamento de la Ley de Protección de Datos Personales. Para el ejercicio de los derechos de información, acceso, rectificación, cancelación y oposición, se deberá tomar en cuenta el Título III de la Ley 29733, Ley de Protección de Datos Personales así como el Título IV del Decreto Supremo N° 003-2013-JUS, Reglamento de la Ley de Protección de Datos Personales.
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SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Licitación Pública N° 011/2016-SBS
LA SUPERINTENDENCIA y EL CONTRATISTA, declaran que se someten a las disposiciones previstas por la Ley de Protección de Datos Personales, su reglamento, directiva y demás normas conexas, complementarias, modificatorias y/o sustitutorias.
LA SUPERINTENDENCIA y EL CONTRATISTA declaran que los datos personales que se proporcionen entre sí, así como aquellos generados o recopilados en el marco del presente contrato / orden de compra/orden de servicio serán tratados en forma confidencial y estarán sujetos a estrictas medidas de seguridad, conforme lo dispone la Ley de Protección de Datos Personales su reglamento Directiva y demás normas conexas, complementarias, modificatorias y/o sustitutorias.
EL CONTRATISTA en caso corresponda, acepta y reconoce la responsabilidad de sus trabajadores y cualquier personal a su cargo, de mantener permanentemente una absoluta y total reserva y confidencialidad respecto de los datos personales a que tengan acceso en el marco del presente contrato/orden de compra/orden de servicio , la que subsistirá en forma permanente e indefinida.
CLÁUSULA VIGÉSIMA: DEL ENCARGO DEL TRATAMIENTO
EL CONTRATISTA podrá proporcionar datos personales de sus colaboradores, clientes o terceros a LA SUPERINTENDENCIA, para su tratamiento, así como generarlos o recopilados cuando estos resulten necesarios en el marco del presente contrato/orden de compra/orden de servicio, sin que ello implique de modo alguno la transferencia de los mismos, debiendo LA SUPERINTENDENCIA asumir en dicho casos, la condición de encargado del tratamiento. De igual modo, en caso LA SUPERINTENDENCIA proporcione a EL CONTRATISTA datos personales de sus colaboradores, clientes o terceros o éste último deba recopilarlos o generarlos, en el marco del cumplimiento del presente contrato/orden de compra/orden de servicio, ello no implicará de modo alguno la transferencia de los mismos, debiendo EL CONTRATISTA asumir en dicho casos, la condición de encargado del tratamiento.
EL CONTRATISTA y/o LA SUPERINTENDENCIA declaran conocer que asumen la condición de encargados del tratamiento cuando corresponda y por tanto se comprometen a no utilizar o tratar los datos personales proporcionados, generados o recopilados con una finalidad distinta a aquella por la que le fueron entregados o por la que son generados o recopilados así como a no transferirlos o divulgarlos a terceros , con excepción de entidades públicas, cuando estas lo soliciten en el marco del cumplimiento de sus funciones debidamente sustentadas o el poder judicial cuando sea solicitado mediante la orden judicial correspondiente, debiendo notificar de ello a la otra parte, según corresponda, dentro de las 24 horas de recibido el requerimiento. Asimismo EL CONTRATISTA y/o LA SUPERINTENDENCIA se comprometen a que los datos personales proporcionados entre sí, serán tratados en forma confidencial y estarán sujetos a estrictas medidas de seguridad, conforme lo dispone la Ley de Protección de Datos Personales su reglamento, directiva y demás normas conexas, complementarias, modificatorias y/o sustitutorias.
En caso LA SUPERINTENDENCIA y/o EL CONTRATISTA asuman la condición de encargados del tratamiento de los datos personales que se pudieran proporcionar entre sí, se comprometen a conservarlos por el plazo de 02 años contados desde la culminación de la finalidad del presente contrato/orden de compra/orden de servicio, debiendo una vez vencido dicho plazo, destruir los datos que se encuentren en su poder o en el de sus colaboradores, en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles.
EL CONTRATISTA y/o LA SUPERINTENDENCIA en caso corresponda, reconocen que podrán en cualquier momento, auditar uno al otro las medidas aplicadas, en cumplimiento de la Ley de Protección de Datos, su reglamento, y demás normas conexas. De comprobar LA SUPERINTENDENCIA el incumplimiento de esta cláusula, podrá resolver /dejar sin efecto de pleno derecho el presente contrato/orden de compra/orden de servicio e interponer las acciones legales a que hubiera lugar.
CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA: DE LA TRANSFERENCIA DE DATOS PERSONALES
EL CONTRATISTA declara que cuenta con el consentimiento libre, voluntario, previo, expreso, informado e inequívoco de los titulares de los datos personales de sus colaboradores, clientes o de terceros que como parte del cumplimiento del presente contrato / orden de compra/orden de servicio, hubiera entregado o pudiera entregar a LA SUPERINTENDENCIA mediante transferencia de datos.
CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA: CONFIDENCIALIDAD
Debido a la prestación materia del presente contrato, las partes convienen en calificar como confidencial a toda la información obtenida, así como los informes y toda clase de documentos que produzca o tenga a su alcance EL CONTRATISTA para la ejecución del presente contrato, no pudiendo divulgarlos sin autorización expresa de LA SUPERINTENDENCIA. Esta obligación subsistirá para EL CONTRATISTA aún después de concluida la vigencia del presente contrato.
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SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Licitación Pública N° 011/2016-SBS
En este sentido, por medio del presente EL CONTRATISTA se obliga a cumplir con el deber de reserva, respecto a toda información a la que pueda acceder, conocer o tener a su alcance, en cumplimiento de sus obligaciones mientras se encuentre prestando sus servicios para LA SUPERINTENDENCIA, y aún después de la conclusión del presente contrato, bajo responsabilidad.
Se entenderá por “Información Confidencial” a toda información de tipo económica, financiera, legal, contable, técnica, comercial, estratégica o de otro tipo, que sea revelada por LA SUPERINTENDENCIA a EL CONTRATISTA, en forma oral, escrita, o por cualquier otro medio o soporte para la realización del trabajo encargado; así como cualquier análisis, recopilación, estudio, resumen, extracto o documentación de todo tipo que elabore o formule EL CONTRATISTA a partir de la Información Confidencial o documentación revelada por LA SUPERINTENDENCIA.
La Información Confidencial no será revelada en ningún caso y bajo ningún motivo por EL CONTRATISTA, sin el consentimiento previo y por escrito de LA SUPERINTENDENCIA. En este sentido, EL CONTRATISTA se compromete a limitar el acceso a la Información Confidencial de forma tal que sólo sea accesible a aquellas personas que necesariamente deban involucrarse en las conversaciones, tratativas y/o acuerdos mantenidos con LA SUPERINTENDENCIA.
Asimismo, EL CONTRATISTA se obliga a adoptar todas las medidas necesarias para que sus empleados, subordinados, dependientes, asesores y/o colaboradores u otros, que se vean involucrados en la ejecución de la prestación materia del presente contrato, observen la reserva y confidencialidad a que se refiere este acuerdo respecto de la Información Confidencial, siendo EL CONTRATISTA el único responsable por ello. El incumplimiento de este deber de confidencialidad por parte de EL CONTRATISTA, constituye causal de resolución del presente contrato, y asimismo, dará lugar a la indemnización por daños y perjuicios que le corresponda a LA SUPERINTENDENCIA conforme x xxx.
Por tanto, EL CONTRATISTA se compromete a no divulgar, ni transferir a terceros, la información a la que pudiera tener acceso él o su personal; de ser el caso, EL CONTRATISTA responderá legalmente por los daños y perjuicios causados, para este efecto, se suscribe el acuerdo de confidencialidad anexo al presente.
CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA
Cualquiera de las partes puede elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.
CLÁUSULA VIGÉSIMA CUARTA: DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL
Las partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante la ejecución del presente contrato:
DOMICILIO DE LA SUPERINTENDENCIA: Av. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Nº 185, Distrito de San Xxxxxx, Provincia y Departamento de Lima
DOMICILIO DEL CONTRATISTA: [CONSIGNAR EL DOMICILIO SEÑALADO POR EL POSTOR GANADOR DE LA BUENA PRO AL PRESENTAR LOS REQUISITOS PARA EL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO]
La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario.
De acuerdo con las bases integradas, la oferta y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de [. ] al [CONSIGNAR FECHA].
“LA SUPERINTENDENCIA” | “EL CONTRATISTA” |
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SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Licitación Pública N° 011/2016-SBS
CLÀUSULAS CONTRACTUALES REFERIDAS AL COMPROMISO Y CUMPLIMIENTO DE LA SEGURIDAD Y LA SALUD EN EL TRABAJO
1. Política de Seguridad
Es política de la Superintendencia, garantizar la seguridad y la salud en el trabajo de sus trabajadores, contratistas y de terceras personas que se encuentren dentro de los locales de la institución.
La Superintendencia fomenta una cultura de prevención y mitigación de riesgos, a través de un adecuado sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo, en concordancia con la normatividad pertinente, compromiso que debe asumir el Contratista, como responsable de la prevención de accidentes y enfermedades profesionales en cada una de las áreas donde ejecuten sus prestaciones.
2. Obligaciones del Contratista
Por medio del presente, el contratista se obliga a lo siguiente:
2.1. Asignar a la SBS personal que posea las habilidades y los conocimientos suficientes, adquiridos a través de los programas de capacitación y la propia experiencia acumulada a través de los años.
2.2. Capacitar adecuadamente a su personal respecto de los riesgos a los que está expuesto en función a las características de las labores o actividades que desarrolla y el cargo que ocupa.
2.3. Evaluación de los riesgos de las actividades que efectuará su personal, adoptando las medidas necesarias de control antes del inicio de las actividades.
2.4. Contar con las licencias y/o las certificaciones nacionales y/o extranjeras que sean requeridas y/o necesarias de acuerdo con la normativa vigente, según sea el trabajo o actividad a realizar.
2.5. Prevenir el impacto que sobre el medio ambiente tenga el manejo y la manipulación de residuos, materiales, insumos o sustancias químicas que sean utilizados y/o desechados en las actividades que son materia del presente contrato.
2.6. Cumplir con las reglas de conducta y de seguridad interna que disponga la Superintendencia.
2.7. Dar cumplimiento a las normatividad vigente sobre Seguridad y Salud en el trabajo, que a modo de referencia se mencionan las siguientes:
- Ley N° 29783 y sus modificatorias, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.
- Decreto Supremo N° 005-2012-TR y sus modificatorias, Reglamento de la Ley N° 29783.
- Ley N° 28048. Ley de protección de la mujer gestante.
- Ley N° 27626, De las empresas especiales de servicios y cooperativas de trabajadores.
- Decreto Supremo N° 009-2004-TR, Reglamento de la Ley N° 28048.
- Resolución Ministerial N° 374-2008-TR, De protección de la mujer gestante.
- Decreto Supremo N° 042-F, Reglamento de Seguridad Industrial.
- Resolución Ministerial N° 480-2008/MINSA, que aprueba la NTS N° 068-MINSA/DGSP-V.1.
- Decreto Supremo N° 003-98-SA, Norma Técnica del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo.
- Decreto Supremo N° 015-2005-SA, Valores permisibles para agentes químicos en el ambiente de trabajo.
- Decreto Supremo N° 022-2001-SA, Reglamento sanitario para las actividades de saneamiento ambiental.
- Decreto Supremo N° 011-2006-Vivienda y sus modificaciones. Reglamento Nacional de Edificaciones.
- Resolución Ministerial N° 449-2001-SA-DM, Xxxxx Xxxxxxxxx para trabajos de desinfección, desinsectación, desratización, limpieza de ambientes, de tanques sépticos, etc.
- Resolución Ministerial N° 037-2006-MEM, Código Nacional de Electricidad.
- Resolución Ministerial N° 111- 2013 Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de las Actividades Eléctricas
- NTP 400.034, Andamios. Requisitos.
- Xxxxx X.050, Seguridad durante la Construcción.
La relación de normas nacionales descritas anteriormente, es solo referencial y no exime al contratista del cumplimiento de toda la normatividad que le sea aplicable en materia de seguridad y salud, así como todas aquellas normas y lineamientos internos que la Superintendencia ponga en su conocimiento.
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2.8. Conocer y difundir a su personal, el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Superintendencia, así como todas las medidas para el cuidado de la seguridad y salud en el trabajo dispuestas por esta.
2.9. Contar con los implementos de seguridad adecuados para el tipo de trabajo que se va a realizar.
2.10. Proporcionará a su personal, los equipos de protección y la ropa de trabajo que sea la adecuada para resguardarlo de los potenciales daños por efectos mecánicos, contaminantes, químicos y biológicos, ambientales y/o meteorológicos. De igual forma, deberá controlar el correcto uso de estos elementos así como su calidad.
2.11. Suministrar todo los equipos y herramientas que su personal requiera para el desarrollo y ejecución adecuada de los trabajos o actividades contratados. Los mismos que deberán ser de óptima calidad, de características para su uso y encontrarse en buen estado. Cualquier situación que afecte el funcionamiento y la calidad de estos, deberá ser reemplazado y debe ser puesto en conocimiento inmediato del personal de la Superintendencia.
3. Facultades de la Superintendencia
La Superintendencia se reserva el derecho de supervisar en cualquier momento los equipos, elementos, sitios de trabajo, personal y documentos que sean necesarios para evaluar el cumplimiento y aplicación de las normas de Seguridad y Salud en el trabajo.
La Superintendencia se reserva el derecho de impedir las labores o actividades del personal del contratista que incumpla los citados procedimientos y normas. En caso esta situación se torne persistente y/o generalizada, la Superintendencia queda facultada a paralizar los trabajos y resolver el contrato sin lugar a reclamo por parte del contratista.
La Superintendencia se reserva el derecho de comunicar a la Autoridad de Trabajo cualquier incumplimiento por parte del contratista relacionado con las Normas de Seguridad y Salud en el Trabajo materia del presente contrato.
El contratista tiene el deber de dar estricto cumplimiento de las normas y disposiciones sobre seguridad y salud en el trabajo.
El incumplimiento de estas obligaciones es causal de resolución de contrato. La SBS se reserva el derecho de solicitar la acreditación sobre el cumplimiento de dichas obligaciones durante la ejecución contractual.
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ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD
El que suscribe..........................................................., con (documento de identidad) N° ,
Representante Legal de la Empresa..............................................., con RUC. N°..............................., y con
Domicilio Legal en , declara aceptar lo siguiente:
1. EL CONTRATISTA está obligado a guardar reserva sobre cualquier información de LA SUPERINTENDENCIA a la que haya tenido acceso con ocasión de la ejecución del presente contrato, a no revelar ni permitir la revelación de cualquier detalle a los medios de prensa o a terceros, a no revelar que LA SUPERINTENDENCIA es cliente de EL CONTRATISTA en relación con la prestación, y a no usar el nombre de LA SUPERINTENDENCIA en cualquier promoción, publicidad o anuncio, sin previa autorización escrita de LA SUPERINTENDENCIA, a excepción de aquella información que LA SUPERINTENDENCIA o una autoridad judicial o arbitral lo autorice o disponga, o cuando se trate de información de dominio público. Esta obligación permanecerá vigente no obstante el vencimiento o la terminación del presente contrato, siendo su incumplimiento causal de resolución del presente contrato.
La confidencialidad de la información, a que se refiere el párrafo precedente, alcanza a todo el personal y subcontratistas de EL CONTRATISTA, debiendo así constar en los correspondientes contratos que con éstos se celebren.
2. EL CONTRATISTA declara expresamente que constituye causal de resolución del presente contrato el incumplimiento del presente acuerdo de confidencialidad.
Lima,…………………………………….
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PROFORMA DEL CONTRATO DE PRESTACIONES ACCESORIAS
Conste por el presente documento, el contrato de prestaciones accesorias de la adquisición de una solución de backup centralizado, que celebra de una parte SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES, en adelante LA SUPERINTENDENCIA,
con RUC Nº 20131370564, con domicilio legal en Av. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Nº 185, Distrito de San Xxxxxx, Provincia y Departamento de Lima, representada por [………..…], identificado con DNI Nº [………], y de otra parte [……………….....................], con RUC Nº [................], con domicilio legal en
[……………….....................], inscrita en la Ficha N° [……………….........] Asiento N° [……….......] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [………………], debidamente representado por su Representante Legal, [……………….....................], con DNI N° [… ], según poder inscrito en la
Ficha N° […………..], Asiento N° […………] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [ ], a
quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA en los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
Con fecha [………………..], el comité de selección adjudicó la Buena Pro de la LICITACIÓN PÚBLICA Nº 011/2016-SBS para la adquisición de una solución de backup centralizado, a EL CONTRATISTA, cuyos detalles e importe constan en los documentos integrantes del presente contrato.
CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO|
Mediante el presente documento se establecen los vínculos contractuales entre las partes, en virtud de los cuales LA SUPERINTENDENCIA contrata a EL CONTRATISTA para que brinde la capacitación y el servicio de soporte técnico, en los términos y condiciones señaladas en su Propuesta Técnica y el presente contrato.
CLÁUSULA TERCERA: MONTO DEL CONTRATO
El monto de las prestaciones accesorias correspondientes a la capacitación y el servicio de soporte técnico es de S/ [… ], incluye concepto, gastos y/o tributos, según lo siguiente:
DETALLE | MONTO S/ |
Soporte Técnico | |
Capacitacion | |
TOTAL S/ |
CLÁUSULA CUARTA: DEL PAGO
LA SUPERINTENDENCIA se obliga a pagar la prestación accesoria al CONTRATISTA en Soles, luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 149 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, según lo siguiente:
Descripción | Forma de Pago | Porcentaje del monto Total Adjudicado |
Soporte Técnico | El servicio de soporte técnico se pagará en forma anual al inicio de cada año, en tres (03) partes iguales, al inicio de cada año efectivo de servicio. | 15% |
Capacitación | Contraprestación del servicio. | 3% |
Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser estos recibidos.
LA SUPERINTENDENCIA debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente a la
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conformidad de los servicios, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato para ello.
En caso de retraso en el pago por parte de LA SUPERINTENDENCIA, salvo que se deba a caso fortuito o fuerza mayor, EL CONTRATISTA tendrá derecho al pago de intereses legales conforme a lo establecido en el artículo 39 de la Ley de Contrataciones del Estado y en el artículo 149 de su Reglamento, los que se computan desde la oportunidad en que el pago debió efectuarse.
CLÁUSULA QUINTA: INICIO Y CULMINACION DE LA PRESTACION
El plazo de la capacitación será de ……………….. (….) días calendarios, a partir de la comunicación de Gerencia de Tecnologías de Información. Dicha comunicación ocurrirá en un plazo máximo de cinco (05) días calendarios posteriores a la firma del contrato, de conformidad a lo estipulado en el requerimiento.
El servicio de soporte técnico será por un periodo mínimo de tres años, contados a partir del día siguiente de la conformidad de recepción de la prestación principal.
CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO
El presente contrato está conformado por las bases integradas, la oferta ganadora, así como los documentos derivados del procedimiento de selección que establezcan obligaciones para las partes.
CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTIA
EL CONTRATISTA entregó la carta fianza solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de LA SUPERINTENDENCIA, por el concepto e importe siguiente:
• Carta Fianza de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias8: S/ [ ], a través de
la Carta Fianza N° [………………….] emitida por [……………………],, la misma que deberá mantenerse vigente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas.
CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍA POR FALTA DE RENOVACIÓN
LA SUPERINTENDENCIA puede solicitar la ejecución de la garantía cuando EL CONTRATISTA no la hubiere renovado antes de la fecha de su vencimiento, conforme a lo dispuesto por el artículo 131 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA NOVENA: RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD DE LA PRESTACIÓN
La recepción y conformidad de la prestación se regula por lo dispuesto en el artículo 143 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. La conformidad será otorgada por el Departamento de Soporte Técnico de la Gerencia de Tecnologías de Información.
De existir observaciones, LA SUPERINTENDENCIA debe comunicar las mismas a EL CONTRATISTA, indicando claramente el sentido de estas, otorgándole un plazo para subsanar no menor de dos (2) ni mayor xx xxxx (10) días, dependiendo de la complejidad. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, LA SUPERINTENDENCIA puede resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan, desde el vencimiento del plazo para subsanar.
Este procedimiento no resulta aplicable cuando los bienes manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA SUPERINTENDENCIA no efectúa la recepción o no otorga la conformidad, según corresponda, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades respectivas.
CLÁUSULA DÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA
EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
CLÁUSULA UNDÉCIMA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS
La recepción conforme de la prestación por parte de LA SUPERINTENDENCIA no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por los artículos 40 de la Ley
8 En aplicación de lo dispuesto en el artículo 159° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en las contrataciones de bienes que conllevan la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se otorgará una garantía adicional por dicho concepto. La garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias se renovará periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.
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de Contrataciones del Estado y 146 de su Reglamento.
El plazo máximo de responsabilidad del contratista es de tres (3) años contado a partir de la conformidad otorgada por LA SUPERINTENDENCIA.
CLÁUSULA DUODÉCIMA: PENALIDADES
Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplica automáticamente una penalidad por xxxx por cada día de atraso, de acuerdo a la siguiente fórmula:
Penalidad Diaria = | 0.10 x Monto |
F x Plazo en días |
Dónde:
F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días.
Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato o ítem que debió ejecutarse.
Se considera justificado el retraso, cuando EL CONTRATISTA acredite, de modo objetivamente sustentado, que el mayor tiempo transcurrido no le resulta imputable. Esta calificación del retraso como justificado no da lugar al pago de gastos generales de ningún tipo, conforme el artículo 133 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Estas penalidades se deducen de los pagos a cuenta o del pago final, según corresponda; o si fuera necesario, se cobra del monto resultante de la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento.
Estos dos tipos de penalidades pueden alcanzar cada una un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, o de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse.
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad por xxxx o el monto máximo para otras penalidades, de ser el caso, LA SUPERINTENDENCIA puede resolver el contrato por incumplimiento.
CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Cualquiera de las partes puede resolver el contrato, de conformidad con los artículos 32, inciso c), y 36 de la Ley de Contrataciones del Estado, y el artículo 135 de su Reglamento. De darse el caso, LA SUPERINTENDENCIA procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 136 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES
Cuando se resuelva el contrato por causas imputables a algunas de las partes, se debe resarcir los daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la aplicación de las sanciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que éstas correspondan.
Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el presente contrato.
CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO
Sólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable, serán de aplicación supletoria las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente, cuando corresponda, y demás normas de derecho privado.
CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Las controversias que surjan entre las partes durante la ejecución del contrato se resuelven mediante conciliación o arbitraje, según el acuerdo de las partes.
Cualquiera de las partes tiene derecho a iniciar el arbitraje a fin de resolver dichas controversias dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 122, 137, 140, 143, 146, 147 y 149 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado o, en su defecto, en el inciso 45.2 del artículo 45 de la Ley de Contrataciones del Estado. El arbitraje será de tipo Institucional a cargo de los Órganos del Sistema Nacional de Arbitraje del OSCE ante un árbitro único.
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Facultativamente, cualquiera de las partes tiene el derecho a solicitar una conciliación dentro del plazo de caducidad correspondiente, según lo señalado en el artículo 183 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, sin perjuicio de recurrir al arbitraje, en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas partes o se llegue a un acuerdo parcial. Las controversias sobre nulidad del contrato solo pueden ser sometidas a arbitraje.
El Laudo arbitral emitido es inapelable, definitivo y obligatorio para las partes desde el momento de su notificación, según lo previsto en el inciso 45.9 del artículo 45 de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA DÉCIMO SÉTIMA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA
Cualquiera de las partes puede elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.
CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL CONTRATO
Los demás términos y condiciones del presente contrato se sujetarán a lo pactado en el contrato principal, siempre que no se opongan a los contenidos en el presente documento.
De acuerdo con las Bases integradas, las propuestas técnico y económica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de [................] al [CONSIGNAR FECHA].
“LA SUPERINTENDENCIA” | “EL CONTRATISTA” |
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SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Licitación Pública N° 011/2016-SBS
ANEXOS
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SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Licitación Pública N° 011/2016-SBS
ANEXO Nº 1
DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 011/2016-SBS
Presente.-
El que se suscribe, [……………..], postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N°
[CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], con poder inscrito en la localidad de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] en la Ficha Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] Asiento Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], DECLARO
BAJO JURAMENTO que la siguiente información se sujeta a la verdad:
Nombre o Razón Social : | |||
Domicilio Legal : | |||
RUC : | Teléfono(s) : | ||
Correo electrónico : |
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……...........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
IMPORTANTE:
• Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada debe ser presentada por cada uno de los integrantes del consorcio.
50
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ANEXO Nº 2
DECLARACIÓN JURADA
(ART. 31 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 011/2016-SBS
Presente.-
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento:
1.- No tener impedimento para postular en el procedimiento de selección ni para contratar con el Estado, conforme al artículo 11 de la Ley de Contrataciones del Estado.
2.- Xxxxxxx, aceptar y someterme a las bases, condiciones y reglas del procedimiento de selección.
3.- Ser responsable de la veracidad de los documentos e información que presento en el presente procedimiento de selección.
4.- Comprometerme a mantener la oferta presentada durante el procedimiento de selección y a perfeccionar el contrato, en caso de resultar favorecido con la buena pro.
5.- Conocer las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………………………….……………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
IMPORTANTE:
• En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio.
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ANEXO Nº 3
DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 011/2016-SBS
Presente.-
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las bases y demás documentos del procedimiento de la referencia y, conociendo todos los alcances y las condiciones existentes, el postor que suscribe ofrece la adquisición de una solución de backup centralizado, de conformidad con las Especificaciones Técnicas que se indican en el numeral 3.1 del Capítulo III de la sección específica de las bases y los documentos del procedimiento.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
…….………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
IMPORTANTE:
• Adicionalmente, puede requerirse la presentación documentación que acredite el cumplimiento de las especificaciones técnicas, conforme a lo indicado en el acápite relacionado al contenido de las ofertas de la presente sección de las bases.
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ANEXO Nº 4
DECLARACIÓN JURADA DE PLAZOS DE ENTREGA, CONFIGURACIÓN, PUESTA EN PRODUCCION, CAPACITACION Y SOPORTE TÉCNICO
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 011/2016-SBS
Presente.-
Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las bases del procedimiento de la referencia, me comprometo a entregar, configurar, poner en funcionamiento, capacitar y brindar el servicio de soporte técnico, de acuerdo al siguiente detalle:
Prestación Principal:
- El plazo de entrega, configuración y puesta en producción será de ………………. (….) días calendarios, a partir de la comunicación de Gerencia de Tecnologías de Información. Dicha comunicación ocurrirá en un plazo máximo de cinco (05) días calendarios posteriores a la firma del contrato, de conformidad a lo estipulado en el requerimiento.
Prestación Accesoria:
- El plazo de la capacitación será de ……….. (…..) días calendarios, a partir de la comunicación de Gerencia de Tecnologías de Información. Dicha comunicación ocurrirá en un plazo máximo de cinco
(05) días calendarios posteriores a la firma del contrato, de conformidad a lo estipulado en el requerimiento.
- El servicio de soporte técnico será de ……. (…..) años, contados a partir del día siguiente de la conformidad de recepción de la prestación principal.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
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ANEXO Nº 5
PRECIO DE LA OFERTA (MODELO)
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 011/2016-SBS
Presente.-
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con las bases, mi oferta es la siguiente:
CONCEPTO | PORCENTAJE % | COSTO TOTAL S/ |
Prestación Principal Hardware, Software, Instalación, configuración y puesta en marcha | 82% | |
Prestación Accesoria Soporte Técnico de 3 años | 15% | |
Prestación Accesoria Capacitación | 3% | |
TOTAL | 100% |
La precio de la oferta incluye todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del bien a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de alguna exoneración legal, no incluirán en el precio de su oferta los tributos respectivos.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
IMPORTANTE:
• El postor debe detallar en el precio de su oferta, el monto correspondiente a la prestación principal y las prestaciones accesorias, de acuerdo a la estructura porcentual indicado en el numeral 2.6 de la sección específica de las bases:
- Prestación principal : 82% del monto total ofertado
- Prestación accesoria : 18% del monto total ofertado
• El postor debe consignar el precio total de la oferta, sin perjuicio, que de resultar favorecido con la buena pro, presente el detalle de precios unitarios para el perfeccionamiento del contrato, según lo previsto en el numeral 2.4 de la sección específica de las bases.
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ANEXO Nº 5.1
DETALLE DE LA PROPUESTA ECONOMICA
(Requisito para la firma del contrato y emisión de la Orden de Compra)
DESCRIPCION | CANT. | P. UNIT | SUB TOTAL |
S/ | S/ | ||
Hardware | |||
Software | |||
Servicios varios (Instalación, configuración y puesta en producción) | |||
Capacitación | |||
Soporte técnico por tres (3) años | |||
PRECIO TOTAL EN S/ (INCLUIDO TODO CONCEPTO, GASTOS Y TRIBUTOS) |
NOTA:
Este anexo es un requisito para la firma del contrato y emisión de la Orden de Compra, según lo indicado en el numeral 2.4, literal i) del Capítulo II de las Bases. No es materia de evaluación económica.
Este formato se podrá adecuar a los bienes y servicios ofrecidos.
Lima,……………………………………
……………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
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ANEXO Nº 6
PROMESA DE CONSORCIO
(Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 011/2016-SBS
Presente.-
Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso que dure el procedimiento de selección, para presentar una oferta conjunta a la LICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO].
Asimismo, en caso de obtener la buena pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio, de conformidad con lo establecido por el artículo 118 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, bajo las siguientes condiciones:
a) Integrantes del consorcio
1. [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 1].
2. [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 2].
b) Designamos a [CONSIGNAR NOMBRES Y APELLIDOS DEL REPRESENTANTE COMÚN], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], como representante común del consorcio para efectos de participar en todos los actos referidos al procedimiento de selección, suscripción y ejecución del contrato correspondiente con [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD].
Asimismo, declaramos que el representante común del consorcio no se encuentra impedido, inhabilitado ni suspendido para contratar con el Estado.
c) Fijamos nuestro domicilio legal común en [. ].
|
d) Las obligaciones que corresponden a cada uno de los integrantes del consorcio son las siguientes:
1. | OBLIGACIONES DE [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 1] | [ % ] 9 |
[DESCRIBIR LAS OBLIGACIONES DEL CONSORCIADO 1]
2. | OBLIGACIONES DE [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 2] | [ % ] 10 |
[DESCRIBIR LAS OBLIGACIONES DEL CONSORCIADO 2]
TOTAL OBLIGACIONES | 100%11 |
9 Consignar únicamente el porcentaje total de las obligaciones, el cual debe ser expresado en número entero, sin decimales.
10 Consignar únicamente el porcentaje total de las obligaciones, el cual debe ser expresado en número entero, sin decimales.
11 Este porcentaje corresponde a la sumatoria de los porcentajes de las obligaciones de cada uno de los integrantes del consorcio.
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[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
..…………………………………………. Consorciado 1 Nombres, apellidos y firma del Consorciado 1 o de su Representante Legal Tipo y N° de Documento de Identidad | ..………………………………………….. Consorciado 2 Nombres, apellidos y firma del Consorciado 2 o de su Representante Legal Tipo y N° de Documento de Identidad |
Importante |
De conformidad con el artículo 31 del Reglamento, las firmas de los integrantes del consorcio deben ser legalizadas. |
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ANEXO Nº 7
EXPERIENCIA DEL POSTOR
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
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Presente.-
Mediante el presente, el suscrito detalla la siguiente EXPERIENCIA:
Nº | CLIENTE | OBJETO DEL CONTRATO | N° CONTRATO / O/C / COMPROBANTE DE PAGO | FECHA12 | MONEDA | IMPORTE | TIPO DE CAMBIO VENTA13 | MONTO FACTURADO ACUMULADO14 |
1 | ||||||||
2 | ||||||||
3 | ||||||||
4 | ||||||||
… | ||||||||
20 | ||||||||
TOTAL |
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
12 Se refiere a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Compra o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
13 El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Compra o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
14 Consignar en la moneda establecida en las bases.
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ANEXO N° 8
CAPACIDAD TECNICA Y PROFESIONAL: EXPERIENCIA DEL PERSONAL
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 011/2016-SBS
Presente.-
De nuestra consideración,
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento que la siguiente información se sujeta a la verdad:
Nombres y Apellidos | Cargo | Tiempo de Experiencia |
Técnico 1 | ||
Técnico 2 |
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
NOTAS:
1. La experiencia del personal se acreditará con cualquiera de los siguientes documentos: (i) copia de contratos y su respectiva conformidad o (ii) constancias o (iii) certificados o (iv) cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal propuesto.
2. Certificación vigente en la solución ofertada, o equivalente en la tecnología ofertada. Para acreditar la certificación de los técnicos, se deberá presentar copia simple de la certificación emitida por el fabricante en la solución ofertada. Uno de los técnicos solicitados deberá de contar con certificaciones técnicas de los sistemas operativos con los que cuenta la SBS (ver Anexo “B” puntos 2 y 3).
3. NO SE DARÁ VALIDEZ A LA INFORMACIÓN PROPORCIONADA SI NO SE DETALLAN LOS DATOS QUE PERMITAN EFECTUAR LA VERIFICACIÓN CORRESPONDIENTE.
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ANEXO N° 9
DECLARACION JURADA – MEJORAS A LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 011/2016-SBS
Presente.-
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento lo siguiente:
MEJORAS PROPUESTAS | Oferta (marcar con una X según corresponda) |
B1: Rendimiento de transferencia | |
• Los equipos que tengan un rendimiento de 21 a 30 TB/h | ( ) |
• Los equipos que tengan un rendimiento de 31 a 39 TB/h | ( ) |
• Los equipos que tengan un rendimiento de 40 a más TB/h | ( ) |
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………………………….……………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
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ANEXO Nº 10
(Modelo de Carta para el abono con abonos en la cuenta bancaria del proveedor) LOGO DE EMPRESA SOLICITANTE
CARTA DE AUTORIZACIÓN
Lima, Señores
Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones Presente
Asunto: Autorización para el pago con abonos en cuenta
Por medio de la presente, comunico a usted los datos para el pago con abonos en nuestra cuenta de la empresa que represento:
Número de Cuenta:….………………………………………………………..…
Código de Cuenta Interbancario (CCI):……………………………………….
Tipo de Cuenta:………………………………………………………………….
Nombre del Banco:………………………………………………………………
Razón social:……………………………………………………………………..
Agradeceré se sirva disponer lo conveniente para que los pagos a nombre de mi representada sean abonados a la cuenta indicada.
Asimismo, dejo constancia que la factura a ser emitida por mi representada, una vez cumplida o atendida la correspondiente Orden de Compra y/o de Servicio o las prestaciones en bienes y/o servicios materia del contrato quedará cancelada para todos sus efectos mediante la sola acreditación del importe de la referida factura a favor de la cuenta en la entidad bancaria a que se refiere el primer párrafo de la presente.
Para cualquier comunicación al respecto sírvase coordinar con:
Nombre y Apellidos de la Persona:…………………………………………
Correo electrónico y N° Telefónico:…………………………………………
Atentamente,
……………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
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