PERMISOS Y LICENCIAS VI CONVENIO PARA CENTROS DE PELUQUERÍA Y ESTÉTICA, DE ENSEÑANZAS MUSICALES Y DE ARTES APLICADAS Y OFICIOS ARTÍSTICOS
PERMISOS Y LICENCIAS VI CONVENIO PARA CENTROS DE PELUQUERÍA Y ESTÉTICA, DE ENSEÑANZAS MUSICALES Y DE ARTES APLICADAS Y OFICIOS ARTÍSTICOS
CAUSAS | ARTÍCULO | DURACIÓN | SALARIO | OBSERVACIONES |
LICENCIA MATRIMONIO | VI Convenio Enseñanzas Especializadas Art.25.a) | 15 días naturales | Sí | Debe de ser disfrutado inmediatamente después del hecho causante, salvo acuerdo con el empresario. |
NACIMIENTO DE UN HIJO, ACCIDENTE O | VI Convenio Enseñanzas Especializadas Art.25.b) | 3 días naturales | Sí | En la misma localidad |
ENFERMEDADES GRAVES | ||||
U HOSPITALIZACIÓN, FALLECIMIENTO (HASTA 2º GRADO) | 5 días naturales | Sí | En el caso de que el trabajador necesite hacer un desplazamiento fuera de la provincia. | |
TRASLADO DE DOMICILIO | VI Convenio Enseñanzas Especializadas Art.25.c) | 1 día natural | Sí | |
BODA DE PARIENTES (HASTA 2º GRADO) | VI Convenio Enseñanzas Especializadas Art.25.d) | 1 día | Sí | Debe coincidir con el día de la ceremonia. |
DEBER INEXCUSABLE, PÚBLICO O PERSONAL | VI Convenio Enseñanzas Especializadas Art.25.e) | Tiempo imprescindible. Cuando conste en una norma legal o convencional un período determinado se estará a lo que esta disponga. | Sí | Citaciones de organismos judiciales y órganos de la Administración. Otros cuyo incumplimiento puede generar responsabilidades de índole civil, penal, social o administrativa: mesas electorales, jurados,... |
INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA SIN HOSPIALIZACIÓN QUE REQUIERA REPOSO DOMICILIARIO DE PARIENTES (HASTA 2º GRADO) | VI Convenio Enseñanzas Especializadas Art.25.h) | 2 días naturales | Sí | |
REALIZACIÓN EXÁMENES PRENATALES, TÉCNICAS DE PREPARACIÓN AL PARTO Y EN LOS CASOS DE ADOPCIÓN | VI Convenio Enseñanzas Especializadas Art.25.g) y Estatuto Trabajadores Art.37.3 f) | Tiempo indispensable | Sí | Siempre que deban realizarse durante la jornada de trabajo. |
Deberá solicitarse al menos con 20 días de antelación. | ||||
PERMISOS NO RETRIBUIDOS (Asuntos Propios) | VI Convenio Enseñanzas Especializadas Art.27 | 15 días de permiso por año | No | Si coincide con otro trabajador de la misma categoría, el empresario será quien decida la conveniencia o no de conceder el permiso. |
SUSPENSIÓN DE CONTRATO POR MATERNIDAD | VI Convenio Enseñanzas Especializadas Art.26. Estatuto Trabajadores Art.48.4 | 16 Semanas ininterrumpidas, ampliables en el supuesto de parto múltiple, 2 semanas más por hijo, a partir del segundo. Si el bebé requiere hospitalización podrá ampliarse, a instancias de la madre o el padre. | Sí | 6 semanas obligatorias para la madre. Se podrá optar porque el otro progenitor disfrute de una parte determinada e ininterrumpida del período de descanso posterior al parto bien de forma simultánea o sucesiva con el de la madre. Si el permiso coincide con el periodo de vacaciones, el tramo de coincidencia, se disfrutará a continuación del mismo |
ADOPCIÓN O ACOGIMIENTO | VI Convenio Enseñanzas Especializadas Art.26. Estatuto Trabajadores Art.48.4 | 16 semanas si es menor de 6 años y 2 semanas más por hijo a partir del segundo, en el caso de adopción múltiple. También se ampliará en dos semanas más si el menor tiene discapacidad. | Sí | Puede disfrutar el permiso el padre o la madre. Si el permiso coincide con el periodo de vacaciones, el tramo de coincidencia, se disfrutará a continuación del mismo. |
SUSPENSIÓN DE CONTRATO POR PATERNIDAD | VI Convenio Enseñanzas Especializadas Art.26. Estatuto Trabajadores Art.48 Bis | 4 semanas, ampliables en dos días más por hijo, a partir del segundo. | Sí | Se puede disfrutar en un periodo que va desde la finalización del permiso por nacimiento (que paga la empresa), hasta que finalice el periodo del permiso de maternidad o inmediatamente después de finalizado éste. Podrá disfrutarse en régimen de jornada completa o en régimen de jornada parcial de un mínimo del 50%, previo acuerdo entre el empresario y el trabajador, y conforme se determine reglamentariamente. Deberá preavisarlo con la suficiente antelación. |
NACIMIENTO DE PREMATUROS U HOSPITALIZACIÓN DEL BEBÉ DESPUÉS DEL PARTO | Estatuto Trabajadores Art.37.4 Bis | 1 hora cada día | Sí | La concreción horaria y la determinación del periodo corresponderán al trabajador. Tendrán derecho a él el padre o la madre. |
2 horas cada día | Disminución proporcional xx xxxxxxx | |||
LACTANCIA | VI Convenio Enseñanzas Especializadas Art.28 | 1 hora de ausencia que podrán dividir en dos fracciones. A voluntad del trabajador se podrá acumular en jornadas completas. | Sí | Puede disfrutar el permiso el padre o la madre, pero no ambos, a la vez. Si el permiso coincide con el periodo de vacaciones, el tramo de coincidencia, se disfrutará a continuación del mismo. Deberá preavisarlo con 15 días de anticipación. |
GUARDA LEGAL O CUIDADO DE FAMILIAR (HASTA 2º GRADO) | VI Convenio Enseñanzas Especializadas Art.29 | Disminución entre al menos 1/8 y un máximo de la mitad de la jornada | Proporcional a la reducción | Menor de 12 años, persona con discapacidad física, psíquica o sensorial o persona que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí misma sin actividad retribuida. Este permiso no podrá ser disfrutado por dos trabajadores a la vez. Preavisar con 15 días de antelación. |
PERMISO CURSOS FORMACIÓN | VI Convenio Enseñanzas Especializadas Art.38 | Durante la duración del curso. | Sí | Si está convocado por la empresa, esta facilitará las horas laborales sin reducción xx xxxxxxx. Si no están convocados por la empresa, se requiere acuerdo del empresario para que sea dentro de la jornada laboral. |
EXÁMENES OFICIALES QUE CONDUZCAN AL PERFECCIONAMIENTO Y PROMOCIÓN PROFESIONAL | VI Convenio Enseñanzas Especializadas Art.37 | Los días de la celebración de las pruebas. | Sí | Xxxx justificar tanto la formalización de la matrícula, como haber asistido a dichos exámenes. |
VÍCTIMA DE VIOLENCIA DE GÉNERO | ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES 37.8 (Ley Orgánica 1/2004. Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género) | Reducción de jornada | Proporcional a la reducción | |
Reordenación del tiempo de trabajo | Sí | Adaptando el horario o flexibilizándolo. | ||
Falta de asistencias | Sí | Se considerarán justificadas cuando los servicios sociales o de salud lo determinen. |