Convenio específico de cooperación
Convenio específico de cooperación
Que se celebra
entre
_______________________ (ACADEMIA)
y __________________________ (INDUSTRIA)
ME-año-número correlativo
Introducción al Convenio. En la introducción se indican los nombres de las partes, sus domicilios, sus representantes y demás elementos para su identificación.
Se establece un nombre abreviado por el cual se identificará a cada una de las partes a lo largo del convenio específico. |
Conste por el presente documento, el convenio específico de cooperación (en adelante, el Convenio) que celebran, de una parte, _______________________, identificado(a) con RUC ____________________________, con domicilio legal en ________________________, distrito de _______________________, departamento de ________________________, debidamente representada por su _________________________, señor(a) _________________________________, identificado(a) con DNI ___________, representación que consta de _____________________________, designado mediante ______________________________, a quien en adelante se denominará la ACADEMIA; y, de la otra parte, _________________________, identificado(a) con RUC ________________, con domicilio en _______________, distrito de __________, provincia y región de Lima, debidamente representada por el/la señor(a) _________________, identificado(a) con DNI _____________, según consta de poder inscrito en la Partida Electrónica _________________ del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de ______________________, a quien en adelante se denominará la ___________________ (elegir un nombre), en los términos y condiciones siguientes:
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Descripción detallada de la misión (en el caso de la ACADEMIA) y el objeto social (en el caso de la INDUSTRIA) de las partes. |
CLÁUSULA PRIMERA: DE LAS PARTES
1.1. La ACADEMIA es _________________________________________________________________________________________________________________________________________1.
1.2. La ________________ es una industria que se dedica a _________________________________________________________________________________________________________ («depende los datos de la contraparte»). Cada una de las partes podrá ser denominada la Parte o una Parte, y ambas conjuntamente se podrán denominar LAS PARTES. |
Desarrollar los antecedentes dependiendo de la naturaleza del convenio: si preexisten actividades conjuntas (ya sea de manera directa o indirecta), si hay fondos de cooperación nacional/internacional participantes, entre otros. Es decir, toda información relevante a efectos del establecimiento/fortalecimiento de la cooperación mutua. |
CLÁUSULA SEGUNDA: ANTECEDENTES
Con fecha ________________, LAS PARTES suscribieron el convenio marco de cooperación en materia de investigación, desarrollo tecnológico e innovación (en adelante, el Convenio Marco), en virtud del cual se celebra el presente Convenio Específico.
Por lo tanto, para promover una colaboración efectiva y estratégica en cumplimiento de sus objetivos, LAS PARTES acuerdan lo siguiente: |
Opcionalmente se puede incluir una cláusula con las normas que constituyen la base legal. |
(CLÁUSULA OPCIONAL: BASE LEGAL)
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Explicar el objeto para el cual se celebra el convenio específico. |
CLÁUSULA TERCERA: DEL OBJETO
Por el presente Convenio, las partes acuerdan _____________________________, con el objeto de desarrollar el proyecto de investigación, desarrollo e innovación __________________________ (explicar brevemente la naturaleza y materia del proyectos a desarrollar conjuntamente), a fin de _________________________________ (con qué finalidad). El presente Convenio regula, de manera específica, las actividades y los compromisos que asumen LAS PARTES. En el anexo I del presente Convenio, que forma parte integral del mismo, se detalla el cronograma y responsables de las actividades a realizar en el marco del presente Convenio. |
En esta cláusula se detallan los compromisos que asume cada una de las partes. También se detalla aquello que no forma parte de los compromisos asumidos, por ejemplo, que cada parte es responsable del pago de las remuneraciones a sus colaboradores, del pago de los tributos que le correspondan, o que no genera vínculo entre las partes ni una nueva persona jurídica. |
CLÁUSULA CUARTA: DE LOS COMPROMISOS DE LAS PARTES
Compromisos de la ACADEMIA: 4.1. ______________________________ 4.2. ______________________________ 4.3. ______________________________
Compromisos de ____________: 4.4. ______________________________. 4.5. ______________________________. 4.6. _______________________________.
Cada una de LAS PARTES es responsable por el pago de los tributos que le correspondan en el cumplimiento de sus actividades, así como de la contratación, evaluación y el pago de las remuneraciones y contraprestaciones de sus empleados o colaboradores. Cada Parte seguirá siendo completamente responsable de su personal y colaboradores contratados y asignados a actividades o servicios relacionados al presente Convenio o Convenios Específicos. Los empleados o colaboradores de una Parte no se convertirán en empleados o colaboradores de la otra Parte2. El presente Xxxxxxxx no genera una nueva persona jurídica, ni establece mayor relación entre las partes que la pactada. Ninguna de LAS PARTES representará a la otra ni podrá hacer referencia a la otra Parte, usar sus signos distintivos o hacer referencia a la existencia del presente Convenio o Convenios específicos sin autorización expresa y por escrito de la otra Parte. |
Esta cláusula se encuentra redactada en caso el convenio no genere transferencia de recursos económicos. Sin embargo, se incluye también una redacción alternativa para un supuesto distinto. |
CLÁUSULA QUINTA: DEL FINANCIAMIENTO
LAS PARTES convienen en precisar que, la celebración y ejecución del presente Convenio no genera transferencias de recursos económicos ni pago de contraprestación alguna entre LAS PARTES, sino la colaboración eficaz que contribuya al cumplimiento de sus fines.
(Redacción alternativa) Detallar otra modalidad de financiamiento, de ser el caso.
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En esta cláusula se detallan los aportes a los que cada parte se obliga, los cuales deben ser coherentes con las obligaciones que cada una de ellas asume. |
CLÁUSULA SEXTA: DE LOS APORTES DE LAS PARTES
Aportes de la ACADEMIA: 6.1. _____________________________ 6.2. _____________________________ 6.3. _____________________________ Aportes de ____________: 6.4. ______________________________. 6.5. ______________________________. 6.6. _______________________________. |
Esta cláusula establece los mecanismos para facilitar la coordinación entre las partes en la ejecución del convenio. |
CLÁUSULA SÉPTIMA: DE LA COORDINACIÓN ENTRE LAS PARTES Y EL NIVEL DE DILIGENCIA
LAS PARTES acuerdan que las coordinaciones entre ellas, a efectos del presente Convenio, estarán a cargo de: Por la ACADEMIA, el/la señor(a) _________, identificado(a) con DNI ____________ y ____________________ (Cargo). Por la INDUSTRIA, el/la señor(a) _________, identificado(a) con DNI ____________ y ____________________. (Cargo) En caso de cambio de responsable de coordinación por cualquier causa, LAS PARTES deberán informarse por escrito de dicho cambio y los nuevos datos de contacto. LAS PARTES actuarán con diligencia en el cumplimiento de sus respectivas obligaciones. Llevarán a cabo sus actividades con el debido cuidado y diligencia, de conformidad con este Convenio, los Convenios Específicos, las normas internas de cada Parte y las buenas prácticas y las normas vigentes. Al cumplir con sus obligaciones respectivas bajo este Convenio, cada Parte ejercerá estándares, prácticas, métodos y procedimientos, y el grado de habilidad y cuidado, diligencia, prudencia, previsión y buena fe que se esperaría razonable y ordinariamente de una persona capacitada y experimentada involucrada en un tipo similar de proyecto como la Parte. Cada Parte reconoce que el estándar de diligencia descrito en esta cláusula no implicará ni resultará en que dicha Parte asuma ninguna responsabilidad por el desempeño de la otra Parte. Cada Parte es responsable de obtener y mantener oportunamente todas las autorizaciones, auditorías, aprobaciones, contratos, registros, licencias, permisos, renovaciones y cualquier otro instrumento necesario de las autoridades competentes, que sea necesario para realizar actividades bajo este Convenio y los Convenios Específicos. A solicitud de la otra Parte, o conforme se establezca en los Convenios Específicos, cada Parte proporcionará copia de la documentación pertinente. Siempre que una parte deba o pueda actuar dentro de un cierto número de días después de un evento designado. Dichos días, a menos que se especifique lo contrario, se contarán usando días hábiles. El primer día durante el cual una parte debe o puede actuar será el primer día hábil después del día en que ocurra el evento designado Cada Parte llevará y mantendrá debidamente actualizados los libros, registros, correspondencia, planes, dibujos, recibos, comprobantes, memorandos y otros documentos, suficientes para reflejar de manera precisa y adecuada todas sus actividades, transacciones financieras y costos incurridos de conformidad con este Convenio y los Convenios específicos. LAS PARTES conservarán tales registros durante al menos cinco (5) años. Si dichos registros son o pueden ser necesarios para resolver cualquier controversia que se encuentre en curso o próxima a iniciarse, entonces el periodo de retención continuará hasta la disposición final de dicha controversia. |
El alcance del convenio debe ser coherente con el objeto planteado en la cláusula tercera. Se delimita, por ejemplo, el ámbito geográfico, la población beneficiada, los criterios de exclusión, entre otros. También se incluye un párrafo que destaca que las partes no pueden ceder su posición sin autorización escrita de la otra. |
CLÁUSULA OCTAVA: DEL ALCANCE DEL CONVENIO
El alcance de desarrollo y ejecución del presente Convenio comprende ________________ (delimitar, por ejemplo, ámbito geográfico, fines, población beneficiada, etcétera). El presente Xxxxxxxx se celebra en atención a las cualidades de LAS PARTES por lo que no se permite la transferencia o cesión total o parcial de los derechos y obligaciones emanados del presente convenio por una de las partes sin autorización escrita de la otra. El incumplimiento de esta obligación podrá dar lugar a la Resolución del presente Convenio.
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Esta cláusula detalla aspectos de propiedad intelectual a considerar en los convenios específicos. Algunas secciones de esta cláusula podrían no ser aplicables a determinados convenios específicos, en cuyo caso se omiten. |
CLÁUSULA NOVENA: DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Se puede incluir en esta sección una definición propia (amplia) de propiedad intelectual o regirse por las normas y la definición comúnmente aceptada. Un ejemplo de definición amplia de propiedad intelectual podría ser: «Propiedad intelectual» significa: a) todas las obras conforme al derecho de autor y todos los derechos de autor, incluida toda solicitud de registro y registro ante cualquier autoridad competente; b) todos los signos distintivos, incluidos los nombres comerciales, nombres de dominio, razón y denominación social, siglas, derechos de imagen comercial, marcas, lemas, entre otros; c) todas las variedades vegetales desarrolladas o descubiertas y puestas a punto, y todas las solicitudes y registros de derecho de obtentor, incluida cualquier contraparte extranjera de estas; d) todos los diseños, modelos e invenciones (ya sean patentables o no patentables y reducidas o no a la práctica), todas las mejoras de estos y todas las patentes y diseños industriales, solicitudes de patentes y diseños industriales y divulgaciones de patentes o diseños industriales, así como sus divisionales, reemisiones y continuaciones, continuaciones en parte, sustitutos, extensiones y reexamen, incluida cualquier contraparte extranjera de estas, incluidas patentes de planta; e) todas las fórmulas o formulaciones patentadas, know-how, show-how, información comercial confidencial, secretos comerciales, resultados de investigación y desarrollo, proyecciones, análisis, modelos, planos y dibujos, y cualquier otra información técnica y tecnológica; f) todos los trabajos relacionados con circuitos integrados y todas las solicitudes, registros y renovaciones en relación con los mismos; g) todo el software informático (incluidos los datos y la documentación relacionada), ya sea comprado, licenciado o desarrollado de forma interna o conjunta; h) todas las copias y realizaciones tangibles de lo anterior en cualquier forma o medio; y i) todos los derechos sobre lo anterior.
9.1. LAS PARTES se comprometen a respetar y reconocer toda la propiedad intelectual, de propiedad o posesión de una de LAS PARTES o de terceros. 9.2. Los derechos de propiedad intelectual preexistentes y usados por alguna de LAS PARTES en las actividades desarrolladas en el marco del presente Convenio corresponderán a la parte que ostentaba la titularidad preexistente. Los derechos de propiedad intelectual resultantes de las actividades desarrolladas en el marco del presente Xxxxxxxx corresponderán a la parte que los haya producido. La titularidad de los derechos de propiedad intelectual sobre las creaciones elaboradas de forma conjunta será de LAS PARTES en igual proporción. 9.3. Ninguna de LAS PARTES tendrá acceso o derechos de propiedad intelectual preexistentes de la otra Parte a menos que se acuerde específicamente por escrito. Antes de la ejecución de este Convenio, LAS PARTES se divulgarán entre sí la respectiva propiedad intelectual preexistente que se necesita para los fines de su colaboración en virtud de este Convenio, levantándose la respectiva acta. 9.4. LAS PARTES se comprometen a otorgar, una a favor de la otra, licencias de uso gratuitas, no exclusivas e intransferibles, para fines exclusivamente didácticos, de investigación y de difusión, sobre las creaciones intelectuales de su titularidad resultantes de su colaboración, que pudieran ser de interés de la otra parte, salvo que ello pueda afectar los derechos o derechos expectaticios de la otra Parte. Por lo tanto, la Parte interesada deberá solicitar la respectiva licencia por escrito a la otra Parte, quien podrá negarse a ello si es que considera que puede afectar sus derechos o derechos expectaticios. 9.5. LAS PARTES acuerdan que la ACADEMIA será titular de los derechos de propiedad intelectual sobre las tesis que se desarrollen en el marco del presente Convenio. 9.6. LAS PARTES podrán realizar cualquier tipo de obra o publicación, de manera individual o conjunta, comprometiéndose a mencionar el nombre de la otra Parte en razón a su participación en el presente Convenio y sin perjuicio del compromiso de confidencialidad y no divulgación establecido en el presente Convenio. A tal efecto, la Parte interesada solicitará, por escrito, la autorización previa correspondiente a la otra Parte, la cual no deberá serle denegada o demorada injustificadamente. 9.7. En el caso del conocimiento adquirido en el marco de las actividades conjuntas, LAS PARTES podrán usar el mismo en ponencias y/o publicaciones sin difundir elementos técnicos específicos, de acuerdo con el compromiso de confidencialidad establecido en el presente Convenio. En caso se requiera la difusión de dichos elementos, LAS PARTES solicitarán previamente la correspondiente autorización, la misma que deberá constar por escrito, y no deberá serle denegada o demorada injustificadamente. 9.8. LAS PARTES se comprometen a no usar el nombre, logotipos, emblemas, marcas registradas y cualquier otro signo distintivo de la contraparte sin su consentimiento previo y por escrito. |
Esta cláusula se puede ampliar incorporando las cláusulas desarrolladas en los modelos de acuerdos de confidencialidad y no divulgación. |
CLÁUSULA DÉCIMA: DE LA CONFIDENCIALIDAD Y NO DIVULGACIÓN
La ACADEMIA y ___________ se obligan a mantener absoluta confidencialidad respecto de toda la información que haya sido compartida o a la que hayan tenido acceso, o se desarrolle en el marco del presente Convenio. (Opcionalmente agregar mayor alcance sobre la confidencialidad y obligaciones de no divulgar) |
Es conveniente incluir este tipo de cláusula para reflejar la importancia que reviste este tema. |
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA: DE LOS MECANISMOS ANTICORRUPCIÓN LAS PARTES declaran que, de acuerdo con sus políticas internas, la actuación de sus funcionarios, empleados y representantes, está orientada a impedir cualquier práctica de corrupción, soborno, extorsión y/o fraude que atente contra las normas anticorrupción, la ética, las buenas prácticas y las normas de buen gobierno. LAS PARTES declaran expresamente que, en lo que les corresponde, cumplen con las disposiciones legales vigentes relacionadas a la lucha contra la corrupción, extorsión, soborno, lavado de activos y financiamiento del terrorismo, por lo que declaran que los fondos que se utilizan para realizar sus operaciones son de procedencia lícita. La violación a estas declaraciones implica un incumplimiento sustancial del presente convenio, facultando a la otra parte a resolverlo, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan de conformidad con la normativa legal vigente. |
En esta cláusula se establece el período de vigencia del convenio. |
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA: DEL INICIO, DURACIÓN Y VIGENCIA DEL CONVENIO El presente Convenio se inicia a partir de _______________ (se sugiere poner fecha fija o indicar a partir de la última fecha de firma de las partes), tendrá una vigencia de _______ (___) años, contados a partir de la fecha de inicio, pudiendo ser renovado o prorrogado de común acuerdo, previa evaluación de LAS PARTES. La decisión será comunicada por escrito con una anticipación no menor de 30 días hábiles a la fecha de vencimiento. Cada disposición en este Convenio es separable de las demás y si se determina que una es ilegal, inválida o inaplicable, no tendrá ningún efecto sobre la exigibilidad del resto. |
Se enumeran situaciones que pueden incluirse en esta cláusula, especificando que LAS PARTES deben notificarse. No obstante, algunas de las situaciones descritas podrían no ser aplicables a una institución pública. |
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA: DE LA COMUNICACIÓN DE LAS PARTES Toda comunicación que deba ser cursada entre LAS PARTES se entenderá válidamente realizada en los domicilios consignados en la parte introductoria del presente instrumento y dirigida al responsable de la comunicación. LAS PARTES asumen la obligación de comunicar por escrito las variaciones del domicilio. En caso contrario, será considerado como válido el consignado en la parte introductoria del presente Convenio. Cada Parte acuerda notificar de inmediato a la otra Parte por escrito, con documentación de respaldo y motivación, de corresponder, si ocurre cualquiera de los siguientes: a) Percibe cualquier problema significativo, demoras o condiciones adversas (incluidas condiciones físicas, culturales, legales, regulatorias o sociales) que afectarán materialmente este Convenio, la participación de la Parte en este Convenio o en actividades relacionadas con este Convenio. b) Cualquier noticia, publicidad, cambio legislativo o comunicación de cualquier índole adversa, relacionada con este Convenio o las actividades de colaboración previstas. c) Cualquier investigación o resolución con respecto a una presunta o aparente mala conducta relacionada con alguna de LAS PARTES o con la investigación que se realice en virtud del presente Convenio. d) Suspensión o exclusión de una Parte3, la disposición de arresto de los representantes legales de una Parte u otros directores, empleados o colaboradores involucrados en actividades relacionadas con el Convenio. e) Revocación de las autorizaciones, nombramientos, licencias u otras aprobaciones de una Parte necesarias para el cumplimiento de este Convenio. f) Acusación o condena de una Parte por violar cualquier norma o regulaciones relacionadas con investigación, fraude, adquisiciones, contabilidad de costos o este Convenio. g) Si una de LAS PARTES se declara insolvente, presenta una petición de protección por quiebra o se declara en quiebra. h) Si una de LAS PARTES sufre o sufrirá próximamente un cambio de control o propiedad, o un cambio sustancial en sus estatutos, objeto social, reglamento de propiedad intelectual u otras normas internas de relevancia. |
Se indica expresamente que el Convenio no es exclusivo. Es decir, no impide a LAS PARTES celebrar convenios con terceros. |
CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: DE LA NO EXCLUSIVIDAD
El presente convenio no impedirá a LAS PARTES la celebración o ejecución de convenios similares con otras entidades públicas o privadas. |
Se establece un nivel de formalidad para la modificación del convenio. |
CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA: DE LAS MODIFICACIONES Y/O AMPLIACIONES AL PRESENTE CONVENIO De común acuerdo, LAS PARTES podrán modificar o ampliar los términos del presente Convenio mediante la suscripción de adendas por escrito, debiendo mediar un informe de sustento. |
Se establece un mecanismo para la solución de controversias mediante el trato directo. |
CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA: DE LA SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Las controversias o discrepancias que pudieran surgir como consecuencia de la interpretación o ejecución del presente Convenio serán resueltas mediante el trato directo de las partes. De no ser resueltas, las partes podrán resolver el presente Convenio. |
En esta cláusula se regulan las diversas situaciones en las que puede terminar el convenio. |
CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA: DE LA TERMINACIÓN DEL CONVENIO El presente Convenio terminará: 17.1. Por vencimiento de su plazo de vigencia, sin que haya sido renovado. 17.2. Por común acuerdo de las partes. 17.3. Por mandato legal expreso. 17.4. Por resolución en los siguientes casos: 17.4.1. Cuando una de LAS PARTES se vea en la imposibilidad de continuar con sus obligaciones por causa de fuerza mayor o caso fortuito debidamente justificada. 17.4.2. Por incumplimiento de obligaciones establecidas en el Convenio por cualquiera de LAS PARTES sin justificación. 17.4.3. Por decisión de una de LAS PARTES, debidamente justificada y sustentada, a cuyo efecto comunicará a la otra Parte, mediante carta simple, con una anticipación no menor de cuarenta y cinco (45) días hábiles. La solicitud de resolución del presente Convenio no liberará a LAS PARTES de los compromisos en curso ni impedirá la continuación de las actividades iniciadas o que se estuvieren desarrollando hasta su finalización. Si una de LAS PARTES considera que la otra Parte está incumpliendo las obligaciones estipuladas en el presente Convenio, deberá cursar a la otra Parte una comunicación de fecha cierta indicando la(s) causales(s) incumplida(s), debidamente fundamentadas, brindando un plazo máximo de quince (15) días hábiles para que presente sus descargos o realice su cumplimiento. Vencido dicho plazo sin que se produzca la regularización o se justifique el incumplimiento, la parte interesada dará por resuelto el Convenio automáticamente. |
Cierre del convenio. Se puede establecer diferente número de ejemplares. |
Estando LAS PARTES de acuerdo con todas y cada una de las cláusulas del presente convenio, lo suscriben en tres (3) ejemplares originales con igual valor en la ciudad de _________, a los __ días del mes de ____ del 20__. |
Por la ACADEMIA: Por la INDUSTRIA:
_____________________ (Firma) _____________________ (Firma)
(Nombre) (Nombre)
(Cargo) (Cargo)
Anexo I:
Se detalla el cronograma y responsables de las actividades a realizar en el marco del presente Convenio Específico
1 Definir si el convenio comprenderá a las entidades asociadas a cada una de las partes.
2 En algunos casos, se incluyen restricciones para que las partes puedan contratar empleados de la otra parte, imponiendo penalidades en tales casos.
3 Por ejemplo, una declaración de inelegibilidad para contratar con el gobierno o la falta de licenciamiento para universidades.