PLIEGOS DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA EXPLOTACIÓN DE LA PISTA DE PÁDEL DEL AYUNTAMIENTO DE ZALAMEA DE LA SERENA
PLIEGOS DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA EXPLOTACIÓN DE LA PISTA XX XXXXX DEL AYUNTAMIENTO DE ZALAMEA DE LA XXXXXX
1. OBJETO DEL CONTRATO
El presente contrato tiene por objeto la gestión y explotación del servicio público de Tenis, Pádel
1. Desarrollo de las clases formativas y competiciones de Tenis y Pádel
2. Gestión del alquiler de la pista de tenis, pádel y fútbol sala.
3. Mantenimiento y conservación de las instalaciones propias del objeto del contrato. Se gestionará conforme al objeto descrito en el pliego de prescripciones técnicas particulares que forman parte del expediente de licitación.
La explotación del servicio se realizará mediante la modalidad de concesión por la que el empresario gestionará el servicio a su propio riesgo y xxxxxxx.
2. TIPO DE LICITACIÓN
El tipo mínimo de canon global anual a satisfacer al Ayuntamiento por parte del concesionario se fija, IVA no incluido, en la cantidad de: 100 euros anual, todo ello independientemente del nivel de uso del servicio, actualizándose anualmente según el Índice General de Precios al Consumo (IPC).
3. DURACIÓN DEL CONTRATO
La duración del contrato de gestión del servicio público de GESTION DE PISTAS DEPORTIVAS Y EXPLOTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE TENIS Y PADEL EN POLIDEPORTIVO,
mediante la modalidad de concesión, será de TRES AÑOS.
4. CARACTERÍSTICAS PROPIAS DEL SERVICIO
Las instalaciones deportivas donde se desarrollará el servicio serán las Pistas Deportivas Municipales, concretamente:
- 1 Pista xx Xxxxx
- 2 pistas de Tenis
- 1 Pista de Fútbol Sala
Las actividades que se desarrollarán durante la temporada deportiva y atendiendo a los siguientes mínimos serán:
• Clases formativas Tenis infantil y Adulto.
• Clases formativas Pádel Infantil y Adulto.
• 2 torneo xx xxxxx obligatorio. A determinar fecha conjuntamente con la Concejalía de Deportes.
• Gestión de los Alquileres de las pistas de Tenis, Pádel y Fútbol Sala.
Los horarios mínimos de apertura serán en base a los siguientes periodos y horarios:
• Periodo: Del 1 de Enero al 31 de Diciembre.
• Horarios: Las instalaciones deberán estar disponibles al públicos al menos seis días de la semana y 50 horas semanales.
• La gestión integral de las instalaciones deportivas, como servicio objeto del contrato, comprenderá los todos los aspectos necesarios encaminados al perfecto funcionamiento de las instalaciones objeto del concurso, especialmente al:
• Mantenimiento y conservación de las instalaciones objeto del concurso.
• Suministro necesario para mantener en correcto funcionamiento las instalaciones.
• Suministro e instalación de todos los equipamientos en general necesarios para el correcto funcionamiento de todas las instalaciones que componen las instalaciones objeto de concesión y que no dispone el edificio en su entrega (caseta de información, etc.)
• Mantenimiento y conservación de la maquinaria y equipamientos necesarios para el funcionamiento de las instalaciones.
• Atención e información al público sobre todos las actividades que se ofrecen.
• Recaudación de cobros por servicios.
• Contratación y gestión de personal necesario para la prestación de todos los servicios ofertados y su adecuación al uso.
• Promoción de actividades y acciones publicitarias.
El servicio de monitor de tenis y pádel para el desarrollo del as actividades tendrá la suficiente calificación, experiencia y amplitud de registros profesionales para dar respuesta al amplio abanico de modalidades que se impartirán con regularidad en las instalaciones. Los requisitos exigibles a los profesionales de este servicio serán:
Titulación académica o entrenador
• Titulación de Monitor/Entrenador de Tenis y/x Xxxxx expedido por la Federación Española o Territorial correspondiente ( en sus diferentes niveles)
• O Técnico Superior en Actividades Físicas y Deportivas o Titulación Superior de la rama de la Educación Física
El concesionario explotará las obras e instalaciones conforme con su naturaleza, debiendo prestar los servicios objeto de este contrato con la conformidad convenida, asumiendo el riesgo económico de su gestión, y en los términos establecidos en los pliegos, la oferta del adjudicatario y la normativa que sea de aplicación, debiendo velar en todo momento por el buen funcionamiento del servicio.
El Ayuntamiento xx Xxxxxxx de la Xxxxxx, ostenta la titularidad de los servicios que se prestan en las instalaciones deportivas objetos del contrato, correspondiendo al concesionario a la gestión del mismo.
A tal efecto deberá proyectar la imagen del Ayuntamiento como titular del servicio a todos los ciudadanos y usuarios del servicio en cuantos medios de comunicación, difusión e información esté presente haciendo mención expresa del carácter municipal de las instalaciones y de los servicios.
El concesionario deberá hacer figurar en todos los locales, establecimientos y demás elementos visibles la mención: AYUNTAMIENTO DE ZALAMEA DE LA XXXXXX. Todo ello sin perjuicio de que figure debajo la razón social de la empresa concesionaria o marca comercial que decida el concesionario y apruebe la comisión de seguimiento.
Igualmente en toda publicidad e información al usuario deberá hacerse constar la condición de Instalación Deportiva Municipal mediante los logos propios de la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento xx Xxxxxxx de la Xxxxxx.
5. OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO
5.1. Relativas al Personal.
Para el desarrollo de sus relaciones laborales el concesionario se compromete a respetar, como mínimo, la totalidad de estipulaciones establecidas en la normativa laboral.
El concesionario quedará obligado a efectuar todas las labores que se requieran, relacionadas con el objeto del presente contrato, de forma que quede asegurada la perfecta utilización de las instalaciones, siguiendo todas las instrucciones que al efecto le sean cursadas por la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Zalamea de la Xxxxxx.
El personal que designe el concesionario para la prestación de los servicios, dispondrá de las titulaciones homologadas por los diferentes estamentos oficiales reconocidos para el desarrollo de los servicios objetos del contrato, y que sido especificados en las cláusulas anteriores.
Las titulaciones y certificaciones indicadas en cada uno de los servicios, estarán a disposición de la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Zalamea de la Xxxxxx, en el plazo de un mes siguiente a la firma del contrato, siempre que fueran requeridas por el representante del mismo, siendo responsabilidad del concesionario la vigencia y actualización de aquellas, sin que en ningún caso, se pueda prestar servicios sin la titulación o certificación adecuada.
Los datos de carácter personal relativos a los usuarios de las instalaciones deportivas municipales, que pueda obtener la empresa adjudicataria por considerarlos necesarios para la correcta prestación del servicio, deberán ser tratados en la forma que establece la legislación sobre protección de datos vigente, no pudiéndolos aplicar a ningún otro fin que no sea la correcta prestación del servicio, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas. El concesionario deberá adoptar las medidas de índole técnica y organizativa necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal de los usuarios y eviten su alteración, perdida, tratamiento o acceso no autorizado; debiendo, una vez finalizado el contrato, devolverlos al Ayuntamiento de Zalamea de la Xxxxxx, al igual que cualquier soporte en que conste algún dato de carácter personal objeto de tratamiento.
La empresa facilitará a su personal la equipación necesaria para desarrollar sus actividades. Los monitores de los servicios especificados deberán estar correctamente uniformados con la aprobación de la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Zalamea de la Xxxxxx.
El personal de la empresa adjudicataria en ningún supuesto podrá considerarse con relación laboral, contractual o de naturaleza, respecto al Ayuntamiento xx Xxxxxxx de la Xxxxxx, debiendo el concesionario tener debidamente informado a su personal de tal circunstancia, haciéndolo constar expresamente en sus contratos.
El adjudicatario deberá contratar por su cuenta al personal preciso para atender los servicios objeto de la contratación.
El concesionario queda obligado a cubrir las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedad profesionales del personal a su servicio, así como cualesquiera otros a los que las disposiciones legales vigentes obliguen.
Este personal dependerá exclusivamente de la empresa contratista y, en consecuencia, esta asumirá todos los deberes y derechos inherentes a su calidad de empresario, a tenor de lo dispuesto en la legislación social y laboral vigente en cada momento.
El adjudicatario está obligado al cumplimiento de los establecidos en las leyes de relaciones laborales y de Seguridad Social y disposiciones complementarias vigentes o que en lo sucesivo se dicten en materia.
En ningún momento dicho personal podrá relacionar derecho alguno en relación con el Ayuntamiento xx Xxxxxxx de la Xxxxxx, ni existir responsabilidad de cualquier clase a éste como consecuencia de las relaciones existentes entre la empresa contratista y sus empleados.
Este personal deberá someterse a las normas que, sobre seguridad y control, establezca el Ayuntamiento de Zalamea de la Xxxxxx.
En el momento de inicio de la prestación de los servicios, el adjudicatario comunicará a la Comisión de Seguimiento la relación de personal adscrito al servicio.
El adjudicatario está obligado a presentar, anualmente, o cuando lo soliciten los responsables técnicos municipales:
• Plantilla contratada
• Contrato de trabajo
• Denominación y funciones del puesto
• Jornada semanal total, desglosando claramente la jornada diaria
• Relación nominal y puesto ocupado en la plantilla por la totalidad de trabajadores durante el mes, clasificados por servicios y puestos de trabajo
• Nombre, apellidos, NIF de la persona que ocupe el puesto
• Acreditación de su titulación o capacitación profesional para el desempeño del puesto
5.2. Relativas al Mantenimiento, Conservación y ejecución de obras.
Dentro de las obligaciones del concesionario se encuentra el mantenimiento y conservación de las instalaciones detallas en punto 4, de este pliego, incluyéndose dentro de él los siguientes aspectos:
• Se entiende por mantenimiento: Conjunto de operaciones necesarias para asegurar el funcionamiento de una instalación de manera permanente con el mejor rendimiento (energético, social económico, etc.) posible, conservando permanentemente la seguridad del servicio y dotando la instalación de todos aquellos elementos de medida y control necesarios para su correcta ejecución.
• Se entiende por conservación: Conjunto de operaciones mínimas a realizar sobre un equipo (normalmente por el fabricante) con el fin de conseguir un funcionamiento adecuado.
• Las instalaciones deberán estar siempre en perfecto estado de funcionamiento y conservación, tanto en las de carácter técnico que permiten el funcionamiento de las instalaciones, los equipamientos deportivos incluidos en las diferentes aéreas, como en todos los aspectos constructivos y arquitectónicos del centro deportivo.
• Previo al inicio del contrato la Comisión de Seguimiento determinará que obras son necesarias para el correcto funcionamiento de las instalaciones. Una vez hayan sido determinadas, y siempre al inicio del contrato, se procederá por el adjudicatario a acometer dichas obras (sustitución de pavimentos, redes, postes, vallas, etc.).
• Dentro del mantenimiento y conservación de la instalación se tendrán en cuenta todas las medidas correctivas y preventivas que impliquen un uso perfecto de las aéreas deportivas, sus instalaciones y equipamientos, cumpliendo las normativas vigentes en cada uno de los aspectos.
• El concesionario asume la obligación de conservar y mantener, con carácter general, las edificaciones e instalaciones en las debidas condiciones de seguridad, salubridad y ornato, corriendo a su cargo las obras y trabajos que sean necesarios para ello.
• Cumplimiento de la normativa vigente en cuanto a la seguridad y salud tanto de la manipulación de los productos que se utilicen en el funcionamiento de las instalaciones como en la ejecución de las obras de mantenimiento, conservación, reforma o ampliación.
• Cumplimiento de la normativa vigente en cuanto al medio ambiente y sostenibilidad.
• Cuando el concesionario estime necesario realizar obras o ampliaciones que pueden mejorar desde su punto de vista el funcionamiento del centro deportivo o las actividades que en el que se desarrollan, deberá comunicarlo por escrito al Ayuntamiento, con una antelación mínima de 60 días hábiles, para su examen e informe, debiendo ser aprobado por el órgano de contratación. El coste de su realización será por cuenta del concesionario.
• Semanalmente el concesionario mantendrá las instalaciones deportivas en un óptimo estad de calidad, y para ello acometerá las tareas necesarias entre las que destacarán obligatoriamente:
- Limpiado y cepillado de fibras
- Aspirado y eliminación de suciedad y restos
- Redistribución homogénea de la arena de carga
- Revisión de puntos críticos (fijaciones, vallados, postes y redes)
• Anualmente el concesionario deberá mantener las instalaciones deportivas objetos de contrato en las misma condiciones de calidad en las que se las encontró al principio de la concesión, el Ayuntamiento xx Xxxxxxx de la Xxxxxx, a través de la Comisión de Seguimiento, llevará a cabo una revisión para valorar el posible deterior de las instalaciones deportivas, y en el caso de que ésta estime necesario realizar obras de mejora el concesionario estará obligado a acometerlas, entre las que destacarán:
- Sustitución de elementos de la pista deteriorados (redes, tensores, malla metálica)
- Revisión de puntos críticos (fijaciones, vallado, postes y redes)
- Aplicación de pintura monocapa anual en muros.
- Limpieza completa de las placas de cristal
- Sustitución de pavimento de las pistas xx xxxxx por uno igual o de superior calidad al detallado en el punto 4 de este pliego.
• Las mejoras, ampliaciones y toda clase de obras que el concesionario llevara a cabo en la instalación, debidamente autorizadas, pasarían a ser propiedad municipal a la finalización del contrato, sin derecho alguno por parte del concesionario a recibir indemnización ni compensación.
5.3. Relativas al sistema general de funcionamiento.
El concesionario indicará al Ayuntamiento de Zalamea de la Xxxxxx la persona designada para ostentar su representación ante la administración y los responsables deportivos municipales, con facultad para adoptar las resoluciones que fuesen necesarias en orden al normal desarrollo del servicio y que servirá de interlocutor entre el concesionario y los responsables técnicos de la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento xx Xxxxxxx de la Xxxxxx.
Con un mínimo de 48 horas de antelación al inicio del servicio el concesionario se reunirá con los responsables técnicos de la Concejalía de Deportes a fin de recepcionar la Programación de Actividades de cada temporada que constituirá la base del plan de trabajo para la ejecución de la actividad. Este deberá contemplar periodo de gestión del servicio, número de profesionales a destinar en la ejecución del mismo, así como referencia a los turnos y horarios de estos. Por tanto, se elaborará un cuadrante de horarios del personal destinado a las instalaciones, con indicación de turnos, especialidades profesionales y técnicas.
Sobre la base de programación el concesionario desarrollará la ejecución de las actividades previstas, para ello se ajustará a los espacios, días, horarios y condiciones técnicas especificadas, realizando labores de control y seguimiento que garanticen la consecución de los objetivos marcados, sin perjuicio de la facultad la administración contratante para introducir las modificaciones y variaciones en el horario, número de horas, días y modalidades técnicas, y pudiendo incrementarse o disminuirse según las necesidades del servicio, siguiendo las orientaciones e instrucciones, que en el desenvolvimiento de sus funciones dicten las técnicos deportivos municipales.
El concesionario elaborará la Programación Técnica para las clases formativas de Tenis y Pádel, adecuada a las características de los grupos; planteamientos, características generales de las actividades, metodología, etapas, objetivos, contenidos y criterios de evaluación. Las clases formativas deberán tener en cuenta la condición física de los alumnos, sus intereses y posibles limitaciones.
El concesionario se compromete, por causa justificada de ausencia en la prestación de cualquier servicio, a sustituir con carácter automático al personal de plantilla por otro que disponga de la misma cualificación profesional en casos de enfermedad, vacaciones, permisos reglamentarios o por cualquier otro motivo que forzosamente exija ser sustituido. Ante cualquiera de estos casos el concesionario pondrá en conocimiento de la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento xx Xxxxxxx de la Xxxxxx de manera inmediata los acontecimientos y las actuaciones llevas a cabo para la resolución de los hechos.
El concesionario responderá de los daños y pérdidas que se ocasionen a los usuarios, a terceras personas o a la propia administración municipal, con motivo de la prestación del servicio.
El concesionario dispondrá de un sistema de comunicaciones que permita la localización y comunicación con los responsables técnicos municipales.
El concesionario remitirá a la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento xx Xxxxxxx de la Xxxxxx un Informe Periódico de Gestión con carácter anual que al menos, debe contener los siguientes apartados:
• Balance del número de horas impartidas en los diversos servicios (1. Desarrollo de las clases formativas de Tenis y Pádel 2. Gestión de los Alquileres de las pistas de Tenis, Pádel y Fútbol Sala 3. Mantenimiento y Conservación de las instalaciones)
• Copia de los comunicados realizados entre las instalaciones (responsable técnico) y el concesionario.
• Relación de bajas/sustituciones producidas en el mes
• Balance memorando mensual cualitativo de la evolución del cumplimiento de objetivos de los apartado de; 1. Desarrollo de las clases formativas de Tenis y Pádel
2. Gestión de los Alquileres de las pistas de Tenis, Pádel y Fútbol Sala 3. Mantenimiento y Conservación de las instalaciones propias del objeto del contrato.
• Incidencias, observaciones y recomendaciones pertinentes para un mejor desarrollo.
• Informe sobre el estado de satisfacción y opinión de los usuarios.
• Actividades deportivas realizadas, detalladas por tipo de actividad, categoría y número de participantes.
• Desglose detallado por semanas de los alquileres por uso de las pistas de tenis y pádel, estos datos tendrán que coincidir en número y forma con las matrices de los talonarios para el alquiler de las pistas.
• Inventario actualizado de los bienes muebles y equipamientos de la instalación deportiva.