REGLAS DE PARTICIPACIÓN
Radio Televisión Nacional de Colombia RTVC
REGLAS DE PARTICIPACIÓN
INVITACIÓN XXXXXXX Xx. 00 XX 0000
“Xxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, RTVC, requiere contratar de manera integral la Interventoría técnica, jurídica y financiera para el control y seguimiento de los trabajos producto del proceso de selección IA 02 2014 que consiste en “Contratar integralmente la Adquisición, Instalación y Puesta en Funcionamiento de los Sistemas de Transmisión de Televisión Digital Terrestre - TDT para las estaciones de Cerro Neiva, Gabinete, La Xxxx, Xxxxxxxx, Planadas y Xxxxx Xxxxxxx, en el estándar DVB-T2, así como los sistemas eléctricos y las obras civiles requeridas para tal fin”.
Bogotá D.C., Mayo de 2014
Contenido
CAPÍTULO 1. CONDICIONES GENERALES DEL PROCESO DE SELECCIÓN 4
1 DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR 5
1.2 JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD 6
1.3 FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA MODALIDAD DE SELECCIÓN 9
1.4 EXISTENCIA ACUERDO INTERNACIONAL O TRATADO DE LIBRE COMERCIO 10
1.5 ¿QUIÉNES PUEDEN PARTICIPAR? 10
1.11 CONDICIONES MÍNIMAS DE CELEBRACIÓN DEL CONTRATO 14
1.11.3 INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO 15
1.11.4 PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO 15
1.11.5 PRESUPUESTO OFICIAL Y VALOR DEL CONTRATO 15
1.11.5.1 PRESUPUESTO OFICIAL 15
1.11.5.2 VALOR DEL CONTRATO 16
1.11.7 OBLIGACIONES GENERALES Y ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA: 17
1.11.7.1 OBLIGACIONES GENERALES 17
1.11.7.2 OBLIGACIONES ESPECÍFICAS 17
1.11.7.3 OBLIGACIONES DE RTVC: 18
1.11.9 ESTIMACIÓN Y TIPIFICACIÓN DE LOS RIESGOS 18
1.11.9.1 RIESGOS DE CARÁCTER FINANCIERO 23
1.11.10 MECANISMO DE GARANTÍA DE LAS OBLIGACIONES CONTRAÍDAS 25
1.11.10.1 GARANTIA DEL ADJUDICATARIO 25
1.12 CLÁUSULA DE INDEMNIDAD 26
1.13 XXXXX XX XXXXXXXXX XXX XXXXXXXX 00
CAPÍTULO 2. ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN OBJETIVA – INVITACIÓN CERRADA 28
2.2 ACTO ADMINISTRATIVO QUE ORDENA LA APERTURA 28
2.3 CONSULTA DE LAS REGLAS DE PARTICIPACIÓN 28
2.4 MODIFICACIONES A LAS REGLAS DE PARTICIPACIÓN 28
2.5 ACLARACIONES EXCEPCIONALES 29
2.6.1 PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS 29
2.6.3 DILIGENCIA DE CIERRE (FECHA Y HORA LIMITE PARA LA RECEPCIÓN DE LAS PROPUESTAS) 32
2.6.4 TÉRMINO PARA DEVOLUCIÓN DE PROPUESTAS 33
2.7 VERIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS 33
2.8 CONSOLIDADO DEL INFORME DE EVALUACIÓN 33
2.9 TRASLADO DEL INFORME DE EVALUACIÓN 34
2.10 RESPUESTA DE RTVC A LAS OBSERVACIONES PRESENTADAS AL INFORME DE EVALUACIÓN 34
2.11 ADJUDICACIÓN O DECLARATORIA DESIERTA 34
2.11.2 DECLARATORIA DE DESIERTO 35
2.13 CRONOGRAMA DEL PROCESO 36
CAPÌTULO 3. VERIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE PROPUESTAS 38
3.2 CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y VERIFICACIÓN 38
3.2.1.1 FACTORES DE VERIFICACIÓN JURÍDICA 40
3.2.1.2 FACTORES FINANCIEROS DE HABILITACIÓN 45
3.2.1.3 FACTORES TÉCNICOS DE HABILITACIÓN 49
3.2.1.3.1 VERIFICACIÓN EXPERIENCIA MINIMA DEL PROPONENTE (CUMPLE – NO CUMPLE) 50
3.2.2 FACTORES DE EVALUACIÓN Y PONDERACIÓN DE LAS PROPUESTAS 55
3.2.2.1 EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA (HASTA 500 PUNTOS) 56
3.2.2.1.1 TIEMPO DE EXPERIENCIA DEL EQUIPO DE TRABAJO: (HASTA 500 PUNTOS) 56
3.2.2.1.2 EVALUACIÓN DE LA OFERTA ECONOMICA (HASTA 400 PUNTOS) 56
3.2.2.1.3 EVALUACIÓN DEL APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL (HASTA 100 PUNTOS) 57
ANEXO NO. 1 - CARTA DE PRESENTACIÓN 62
ANEXO NO. 2 - PROPUESTA ECONÓMICA 65
ANEXO NO. 3 – MATRIZ DE RIESGOS 66
ANEXO NO. 4 – EXPERIENCIA MINIMA DEL PROPONENTE 69
ANEXO NO. 5 - EXPERIENCIA MÍNIMA DEL EQUIPO DE TRABAJO 70
EXPERIENCIA MÍNIMA DEL EQUIPO DE TRABAJO – EXPERTO TÉCNICO EXPERTO TÉCNICO 70
ANEXO NO. 6 - FACTORES DE PONDERACIÓN EXPERIENCIA ADICIONAL A LA MÍNIMA REQUERIDA
(HASTA
ANEXO NO. 7 - ANEXO CARTA DE INTENCION 89
ANEXO NO. 8 - APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL 90
ANEXO NO. 9 - CERTIFICACIÓN CUMPLIMIENTO OBLIGACIONES APORTES PARAFISCALES Y AL SISTEMA INTEGRAL DE SEGURIDAD SOCIAL 91
ANEXO NO. 10 - ACUERDO DE ASOCIACION EN UNIÓN TEMPORAL 92
ANEXO NO. 11 – PACTO DE TRANSPARENCIA 00
XXXXX 00 – MANUAL DE SUPERVISIÓN DE CONTRATOS (DOCUMENTO APARTE) 101
CAPITULO 1 CAPÍTULO 1. CONDICIONES GENERALES DEL PROCESO DE SELECCIÓN
RECOMENDACIONES IMPORTANTES PARA LOS PROPONENTES
RTVC deja constancia de que las reglas de participación no constituirán jurídicamente una oferta, sino meras invitaciones a los interesados a presentar sus ofertas, de tal forma que RTVC no se encuentra obligado a continuar con el procedimiento de contratación o de concluirlo mediante adjudicación. En consecuencia, RTVC podrá terminar el procedimiento de contratación en cualquier tiempo cuando la conveniencia empresarial lo aconseje, sin que ello otorgue derecho alguno a los oferentes y/o participantes, que aceptan esta regla con la sola presentación de su ofrecimiento y renuncian con ello a cualquier reclamación futura.
Igualmente, RTVC podrá ampliar, prorrogar o disminuir los plazos definidos para cada modalidad de selección, con la debida motivación y correspondiente publicidad.
Se recomienda a quienes deseen participar en este proceso, leer detenidamente el presente documento, cumplir con las exigencias previstas y tener en cuenta las circunstancias que tengan incidencia de cualquier manera en la propuesta, en el cumplimiento del contrato y/o en los costos derivados de éste.
Para la elaboración de su propuesta, el proponente deberá seguir el orden señalado en el presente documento, con el objeto de obtener claridad y ofrecimientos de la misma índole, lo cual permita una selección sin contratiempos y en un plano de absoluta igualdad.
Antes de entregar la oferta, verifique que se haya incluido la totalidad de los documentos exigidos.
Revise la garantía de seriedad de la propuesta, en especial el nombre del tomador, objeto asegurado, la vigencia y el valor asegurado, de acuerdo a lo exigido en las presentes reglas de participación.
En caso de que la propuesta sea presentada por una persona natural, su nombre debe coincidir con el que aparece en la copia de la cédula de ciudadanía incluida en la propuesta. En caso de que la propuesta sea presentada por una persona jurídica, debe presentarla quien tenga la representación legal de la persona jurídica. Su nombre será verificado con el que aparece en la cédula de ciudadanía y el certificado de la Cámara de Comercio. Sí la persona jurídica usa una sigla, ésta debe estar autorizada en el certificado de la Cámara de Comercio.
Corresponde al proponente enterarse en forma suficiente de las condiciones particulares de ejecución y resolver previamente las inquietudes que le suscite este documento.
Cuando la propuesta contenga información o documentos que tengan el carácter de reserva, de acuerdo con la Ley Colombiana, el proponente deberá hacer manifestación expresa de tal circunstancia en la carta de presentación de la oferta soportándolo legalmente. En caso de no hacerlo se entenderá que toda la información allí contenida es pública.
Todos los documentos que hagan parte del presente proceso de selección serán publicados en la página Web de la Entidad, por lo que será responsabilidad de los participantes conocer de estos a través de este mecanismo.
INTRODUCCIÓN
La publicación de las presentes Reglas de Participación tiene el propósito de poner en conocimiento del público en general y de los interesados en participar en el proceso en particular, la información acerca del proyecto que se pretende desarrollar; de los términos y condiciones en que tendrá lugar dicho proceso, y de la naturaleza y características del contrato a celebrar y ejecutar, con el fin de que puedan estructurar sus propuestas y formular observaciones en torno al mismo, desde los puntos de vista técnico, jurídico y económico financiero.
RTVC está facultada para introducir modificaciones y ajustes en las Reglas de Participación, bien como resultado de las observaciones recibidas de terceros o bien producto de análisis internos, en especial, acerca de los aspectos técnicos, habida cuenta de las gestiones que adelantan la Entidad, la Autoridad Nacional de Televisión y la Agencia Nacional del Espectro - ANE.
CONVOCATORIA A VEEDURÍAS CIUDADANAS
De conformidad con lo consagrado en el Art. 270 de la Constitución Política y Art. 1 de la Ley 850 de 2003, Radio Televisión Nacional de Colombia – RTVC, convoca a las veedurías ciudadanas, a participar dentro del desarrollo de la presente Invitación Cerrada, en observancia a los principios de transparencia, economía, y responsabilidad que rigen la función administrativa.
1 DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR
1.1 OBJETO
“Radio Televisión Nacional de Colombia, RTVC, requiere Contratar de manera integral la Interventoría técnica, jurídica y financiera para el control y seguimiento de los trabajos producto del proceso de selección IA 02 2014 que consiste en “Contratar integralmente la Adquisición, Instalación y Puesta en Funcionamiento de los Sistemas de Transmisión de Televisión Digital Terrestre - TDT para las estaciones de Cerro Neiva, Gabinete, La Xxxx, Xxxxxxxx, Planadas y Xxxxx Xxxxxxx, en el estándar DVB-T2, así como los sistemas eléctricos y las obras civiles requeridas para tal fin”
1.1.1 ALCANCE DEL OBJETO
En desarrollo del objeto contractual, el CONTRATISTA deberá realizar las siguientes actividades.
1. Adelantar las labores necesarias para verificar el cumplimiento de todas y cada una de las actividades a cargo del CONTRATISTA ADJUDICATARIO que resulte del proceso de Invitación Abierta 02 de 2014, así como realizar todas las acciones y gestiones tendientes a mejorar y hacer más eficiente el desarrollo del mencionado servicio.
2. Contar con la infraestructura física, técnica, legal y administrativa necesaria para desarrollar a satisfacción la interventoría, de forma tal que le permita iniciarla en forma inmediata.
3. Realizar la interventoría enfocada a la vigilancia y control de los aspectos técnicos, financieros y legales a cargo del CONTRATISTA ADJUDICATARIO en los términos y condiciones establecidos en las reglas de participación; para tal efecto el control se entenderá en el siguiente sentido general:
A) Interventoría financiera. Consiste en el control sobre la correcta utilización y aplicación de los recursos asignados, así como sobre los valores facturados. De igual forma, RTVC supervisará la correcta ejecución del recurso.
B) Interventoría legal. Consiste en la verificación, control y seguimiento del cumplimiento de las obligaciones del contrato y sus anexos, así como de las Reglas de Participación, las adendas y la propuesta seleccionada. Para ello, el interventor realizará un control mensual de los informes presentados por el contratista y realizará las observaciones debidas en el transcurso de la ejecución del contrato.
C) Interventoría técnica. Consiste en la verificación, control y seguimiento del cumplimiento de las obligaciones del contrato y sus anexos, así como de las Reglas de Participación, las adendas y la propuesta seleccionada. Para ello, el interventor realizará un control mensual de los informes presentados por el contratista y realizará las observaciones debidas en el transcurso de la ejecución del contrato, tomando como referencia el programa de necesidades y los anexos técnicos entregados por RTVC y considerando todas aquellas buenas practicas técnicas y profesionales a que haya lugar.
1.2 JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD
Mediante Escritura Pública No. 3138 del 28 de octubre de 2004 de la Notaria 34 del Círculo de Bogotá D.C., se constituyó la Sociedad RADIO TELEVISIÓN NACIONAL DE COLOMBIA –RTVC- cuyo objeto social está definido por la producción y la programación de televisión tal como se señala a continuación: “La Sociedad Radio Televisión Nacional de Colombia – RTVC- tendrá como objeto la producción y programación de la radio y televisión públicas”. Aunado a lo anterior, en virtud del Decreto 3550 de 2004, RTVC es el Gestor del servicio público de radio y televisión nacional, ya que asumió todas aquellas funciones asignadas por ley a la extinta Inravisión.
El documento CONPES 3518 de 2008 señaló: “En la actualidad, Radio Televisión Nacional de Colombia – RTVC, es la entidad encargada de la programación, producción y operación de la red de radio y televisión pública nacional. Sin embargo desde su creación, y de acuerdo con la evolución del sector y con las oportunidades frente a los nuevos desarrollos tecnológicos, RTVC viene presentando debilidades que obstaculizan el mejoramiento continuo de la prestación del servicio, el fortalecimiento de los procesos de programación y producción y la modernización de la red pública de radio y televisión.”
En este sentido, el mencionado documento CONPES 3518 de 2008, señaló los lineamientos de política para el desarrollo de estrategias complementarias para adaptar su modelo de negocio a la nueva realidad tecnológica y el desafío del manejo de lo público en materia de radio y televisión, en el marco de las acciones
adelantadas y recomendadas por el documento Conpes 3314 de 2004 “Lineamientos de política y plan de acción para la reestructuración del sector de radio y televisión pública nacional en Colombia” y de la política de fortalecimiento de la radiodifusión sonora y televisión pública del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2006
– 2010 “Estado Comunitario: desarrollo para todos”. Desde la perspectiva del operador público este reto se orienta a generar eficiencias en la prestación del servicio de la televisión pública promoviendo nuevas ofertas de contenidos y servicios en beneficio del interés general.
El objeto social de Radio Televisión Nacional de Colombia, está orientado al desarrollo cultural y educativo de los habitantes del territorio colombiano, mediante el fomento y la programación de medios de comunicación, tales como la radio y la televisión. Dichos contenidos propenden por el fortalecimiento de un estilo para las unidades misionales de la entidad, que genere identidad con las audiencias y logre resultados de calidad y excelencia, tanto en términos de transparencia en la utilización de los recursos y en la producción, como en la consolidación de una programación cultural viable y competitiva acorde con la misión y visión de RTVC y con objetivos que incorporen y desarrollen políticas educativas y culturales.
Desde la perspectiva del operador público este reto se orienta a generar eficiencias en la prestación del servicio de la televisión pública promoviendo nuevas ofertas de contenidos y servicios en beneficio del interés general con los más altos estándares de calidad.
En el año 2008 la Comisión Nacional de Televisión adoptó para Colombia el estándar europeo DVB de Televisión Digital Terrestre TDT y decidió impulsar el desarrollo e implementación de esta nueva tecnología en el país, para lo cual definió un plazo de 10 años para la transición del sistema analógico al digital, es decir hasta el 31 de diciembre de 2019, sin perjuicio de que pueda adelantarse dicho plazo.
De otro lado, se espera el surgimiento de nuevos modelos de negocios, haciendo uso de las ventajas que esta tecnología ofrece, a través del uso de la interactividad, multicanalidad y la movilidad. Con la incursión de la Televisión Digital Terrestre - TDT se espera la creación de un gran mercado en el que podrán participar los distintos Operadores del Servicio de la Televisión, desde productores de contenidos audiovisuales, desarrolladores de software para contenidos interactivos, importadores y comerciantes de equipos, entre otros.
Con el liderazgo del Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones - MINTIC el gobierno colombiano y la Unión Europea suscribieron un convenio de cooperación para el apoyo a la implementación del estándar europeo DVB-T en Colombia. En desarrollo de este convenio, el Consorcio Abertis - Universidad de Barcelona, expertos realizaron para la Comisión Nacional de Televisión - CNTV la planificación de la Red Digital Nacional. Este diseño ha sido la base para el diseño y desarrollo de las distintas fases para la implementación de la red de transmisión de televisión digital terrestre.
De otra parte, la Comisión Nacional de Televisión dispuso la necesidad de unificar en una sola red al operador público RTVC con los canales regionales con el fin de optimizar recursos y esfuerzos, así como incentivar economías de escala.
En definitiva, RTVC como gestor de la televisión pública y poseedor de la red más extensa del país en materia de radiodifusión y de acuerdo con los lineamientos dados para el montaje de la red de transmisión, le corresponde implementar ésta nueva tecnología y estar al frente del desarrollo tecnológico, por lo que se considera fundamental continuar con la implementación de la TDT en todo el territorio Colombiano para ofrecer al país una televisión pública con altos niveles de calidad.
Actualmente está en ejecución el contrato No. 336 de 2013 que implementa las primeras diecisiete (17) estaciones de transmisión de televisión digital terrestre que permitirá ofrecer el servicio al 57,5% de la población colombiana cubriendo las principales ciudades del país (Bogotá, D.C., Medellín, Cali, Barranquilla, Cartagena, Bucaramanga, Cúcuta, Santa Xxxxx, Pereira, Valledupar, Villavicencio y sus zonas aledañas).
Para verificar la ejecución de dicho contrato se cuenta con Interventoría Integral que consiste en el control y verificación del cumplimiento, de conformidad con el correspondiente contrato de suministro e instalación, de todas las actividades a cargo de la empresa contratada para la adquisición, instalación y puesta en funcionamiento de los sistemas de transmisión de Televisión Digital Terrestre – TDT para 17 estaciones.
De otra parte, es necesario continuar con la implementación de nuevas estaciones de televisión digital que forman parte de la Fase II, para lo cual RTVC publicó el pasado 21 de febrero las Reglas de Participación de la Invitación Cerrada 02 de 2014 para la implementación de la Televisión Digital Terrestre en las estaciones de Cerro Neiva, Gabinete, La Xxxx, Xxxxxxxx, Planadas y Xxxxx Xxxxxxx. Se estima estar adjudicando en el mes xx xxxx este proceso de selección.
En virtud de lo anterior y debido a la complejidad técnica de las actividades a desarrollar, resulta importante y necesario contratar los servicios de un tercero que realice el seguimiento y control de los trabajos, actividades, obras y equipos en las seis nuevas estaciones donde se instalarán los sistemas de transmisión de Televisión Digital Terrestre.
Mediante la interventoría a desarrollar para el contrato que se suscriba con ocasión del proceso de selección en mención, se podrá satisfacer la necesidad que tiene la entidad de manera integral, adelantando las actividades financieras, legales y técnicas necesarias.
Para esto es importante contar con una firma especializada que cuente con una trayectoria y reconocimiento en el sector de telecomunicaciones y en particular en lo relacionado con gestión de proyectos; es decir, que tengan experiencia en la supervisión y seguimiento de implementación de proyectos. Es importante contar con apoyo técnico especializado que permita verificar el cumplimiento de todas las actividades a cargo de la empresa que se contrate para la adquisición, instalación y puesta en funcionamiento de los sistemas de transmisión de televisión digital terrestre de las estaciones antes mencionadas, así como realizar todas las acciones y gestiones tendientes a mejorar y hacer más eficiente el desarrollo del mencionado contrato. La interventoría estará enfocada a la vigilancia y control de aspectos técnicos de ingeniería, planeación y niveles de servicio, financieros y legales.
Con base en lo anterior, la Gerencia de RTVC y en particular la Gerencia del Proyecto TDT, requiere contar con los servicios profesionales de una empresa especializada que tenga amplia experiencia en las labores de Interventoría, que cuente con capacidad suficiente para realizar este tipo de trabajos para que brinde el acompañamiento y asesoría permanente en el desarrollo del mismo.
De otra parte, se ha establecido que de conformidad con la dinámica del sector y su actividad misional, la tercerización de servicios constituye un elemento adecuado para dar cumplimiento a las diferentes obligaciones asumidas por la entidad, ello adicionalmente con lo establecido en los lineamientos del CONPES 3314 de octubre 25 de 2004.
1.3 FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA MODALIDAD DE SELECCIÓN
El artículo 85 de la Ley 489 de 1998 establece que “…las empresas industriales y comerciales del Estado son organismos creados por la ley o autorizados por ésta, que desarrollan actividades de naturaleza industrial o comercial y de gestión económica conforme a las reglas del Derecho Privado…”, en atención a lo cual RTVC dirige su actividad contractual conforme su Manual de Contratación Resolución 344 del 29 de octubre de 2013 el cual atiende a las normas del derecho privado para el desarrollo de la misión institucional.
El artículo 14 de la ley 1150 de 2007, Modificado por el Articulo 93 de la Ley 1474 de 2011 establece que “DEL RÉGIMEN CONTRACTUAL DE LAS EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL ESTADO, LAS SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA, SUS FILIALES Y EMPRESAS CON PARTICIPACIÓN
MAYORITARIA DEL ESTADO. Las Empresas Industriales y Comerciales del Estado, las sociedades de economía mixta en las que el Estado tenga participación superior al cincuenta por ciento (50%), sus filiales y las Sociedades entre Entidades Públicas con participación mayoritaria del Estado superior al cincuenta por ciento (50%), estarán sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, con excepción de aquellas que desarrollen actividades comerciales en competencia con el sector privado y/o público, nacional o internacional o en mercados regulados, caso en el cual se regirán por las disposiciones legales y reglamentarias aplicables a sus actividades económicas y comerciales, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 13 de la presente ley. Se exceptúan los contratos de ciencia y tecnología, que se regirán por la Ley 29 de 1990 y las disposiciones normativas existentes.”
En razón a lo anterior, mediante Resolución 344 del 29 de octubre de 2013, RTVC adoptó el Manual de Contratación para regular la actividad contractual de la entidad con base en su régimen especial, el cual en el CAPÍTULO III. MODALIDADES DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA PARA LA CONTRATACIÓN MISIONAL Numeral 1. DE LAS MODALIDADES DE SELECCIÓN PARA LA CONTRATACIÓN MISIONAL
se establecieron entre otras la modalidad de selección de contratistas, Numeral 1.2. INVITACIÓN CERRADA RTVC, previo agotamiento de la fase de planeación, realizará invitación cerrada cuando se trate de:
“Adquisición de bienes y servicios para el suministro, operación, mantenimiento y soporte de la red, equipos y demás elementos necesarios para garantizar su adecuado funcionamiento para la emisión y transmisión de la Radio y Televisión Pública cuando su cuantía sea inferior a 1.018 SMMLV”
Que de acuerdo con la justificación expuesta en la definición técnica de satisfacer la necesidad, procede la modalidad de Invitación Cerrada la cual va dirigida a los siguientes proveedores:
PROCESO DE INVITACIÓN CERRADA | |
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL | DATOS BÁSICOS |
Telemediciones | Ing. Xxxxx Xxxx Xxxxxxx 00 Xx. 00 - 00, Xxxxxx. xxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx; xxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx; Teléfono 000 0000000 |
Consultel | Xxx. Xxxxxx Xxxxxx xx Xxxxxx |
PROCESO DE INVITACIÓN CERRADA | |
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL | DATOS BÁSICOS |
Xxxxx 00 Xx. 00 - 00 Xx 000, Xxxxxx. xxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx; Teléfono 0000000 | |
Retevisión I (Abertis Telecom) | Xx. Xxxxx Xxxxx Barcelona, España xxxxx.xxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx, Teléfono (00) 00 0000000 |
1.4 EXISTENCIA ACUERDO INTERNACIONAL O TRATADO DE LIBRE COMERCIO
De conformidad con el Manual Explicativo de los Capítulos de Contratación Pública de los Acuerdos Comerciales Negociados por Colombia para Entidades Contratantes, expedido por Colombia Compra Eficiente y publicado en la página del Portal de Contratación, xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, para el presente proceso se hace necesario precisar que toda vez que el presente proceso de selección, se rige por las disposiciones establecidas en el Manual Interno de Contratación y en ausencia de estas las normas civiles y comerciales, no resultan aplicables al presente proceso.
1.5 ¿QUIÉNES PUEDEN PARTICIPAR?
De acuerdo con la justificación expuesta en el numeral 1.3. RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE Y MODALIDAD DEL PROCESO DE SELECCIÓN del presente documento, procede la modalidad de Invitación Cerrada la cual va dirigida única y exclusivamente a los siguientes proveedores:
PROCESO DE INVITACIÓN CERRADA | |
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL | DATOS BÁSICOS |
Telemediciones | Ing. Xxxxx Xxxx Xxxxxxx 00 Xx. 00 - 00, Xxxxxx. xxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx; xxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx; Teléfono 000 0000000 |
Consultel | Xxx. Xxxxxx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx 00 Xx. 00 - 00 Xx 000, Xxxxxx. xxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx; Teléfono 0000000 |
Retevisión I | Xx. Xxxxx Xxxxx |
PROCESO DE INVITACIÓN CERRADA | |
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL | DATOS BÁSICOS |
(Abertis Telecom) | Barcelona, España xxxxx.xxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx, Teléfono (00) 00 0000000 |
NOTA 1: Se aclara que además que los invitados a participar en el presente proceso de selección, podrán entre ellos presentarse al mismo en las formas asociativas de consorcios o uniones temporales.
NOTA 2: Podrán participar en el presente proceso de selección todas las personas naturales o jurídicas, independientes, en consorcio o unión temporal, legalmente domiciliadas y constituidas en Colombia y que no se encuentren incursas en inhabilidades e incompatibilidades previstas en la Ley.
NOTA 3: Respecto del oferente persona jurídica extranjera sin domicilio en Colombia, que no tenga establecida sucursal en Colombia, debe presentar el documento que acredite la inscripción de la personería jurídica en el registro correspondiente del país donde tenga su domicilio principal, así como los documentos que acrediten su existencia y representación legal, debidamente consularizados en la forma en que lo establece el artículo 480 del Código de Comercio.
Adicionalmente deberá acreditar un apoderado domiciliado en Colombia debidamente facultado para presentar oferta y celebrar el contrato, así como para representar a la sociedad judicial o extrajudicialmente.
1.6 PUBLICIDAD
RTVC será responsable de garantizar la publicidad de todos los procedimientos y actos asociados al presente proceso de selección objetiva, salvo los asuntos sometidos a reserva. La información contenida en los actos del proceso se considera oponible en el momento en que aparecen publicados en la página Web de la Entidad xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
La publicación electrónica de los actos y documentos a que se refiere el presente proceso deberá hacerse a la fecha de su expedición, o, a más tardar dentro de los tres (3) días hábiles siguientes. El acto general de su permanencia se extenderá hasta dos años después de la fecha de liquidación del contrato, o de la ejecutoria del acto de declaratoria desierta según corresponda.
En el evento en que se imposibilite el uso del medio tecnológico aquí descrito, RTVC comunicará los actos y documentos asociados al presente proceso a través de una empresa de mensajería, o por fax número 2200700 ext. 309.
1.7 COMUNICACIONES
Para efectos del envío y recibo de cualquier tipo de documentos se describen a continuación los datos de contacto de Radio Televisión Nacional de Colombia – RTVC.
1. Domicilio: Carrera 45 Nº 26-33 2. Teléfono:2200700 ext.308, 314
3. Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx
4. Pág. Web: página Web de la Entidad xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
Los documentos que se deban radicar o enviar a RTVC con ocasión del presente proceso de selección, únicamente serán recibidos en el horario de 8:00 a.m. a 1:00 p.m. y de 2:00 pm. a 5:30 p.m. de lunes a viernes en la Coordinación de Procesos de Selección o mediante correo electrónico en jornada continua.
1.8 TRANSPARENCIA
La selección del Contratista se realizará con estricta sujeción al Principio de Transparencia previsto en el artículo 24 de la Ley 80 de 1993, modificado por el artículo 32 de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 3 del Decreto Ley 19 de 2012.
De acuerdo con el artículo 76 xx Xxx 1474 de 2011, en el evento de que cualquier interesado encuentre alguna irregularidad en el Proceso, debe ponerla en conocimiento de la Oficina de Peticiones, Quejas y Reclamos de RTVC, mediante escrito remitido al correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx.
De conocerse casos de corrupción en RTVC, estos deben ser inmediatamente reportados a:
Procuraduría General de la Nación
Xxxxxxx 0 Xx. 00 – 00, Xxxxxx, X.X.
Página WEB: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx
Fiscalía General de la Nación
Nivel Central: Xxxxxxxx 00X Xx. 00-00 (Xxxxxx Xxxxxxx) Xxxxxx X.X. Teléfonos: (000) 000-00-00 y (000) 000-00-00
Línea Gratuita Quejas y Reclamos Contra Servidores: 018000-91-22-80 ó (000) 000-0000
Línea gratuita Denuncias Penales 018000-91-61-11ó (000) 000-00-00 Página WEB: xxxx://xxx.xxxxxxxx.xxx.xx
Contraloría General de la República
Xx. Xxxxxxxxx Xx. 00-00 Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx XX
Xxxxxx de correspondencia: Xx. Xxxxxxxxx Xx. 00-00 Xxxx 0x
XXX: (57) 1 - 647 7000 - Línea de atención al usuario: 01 8000 000000 - Xxxxxx, Xxxxxxxx.
Además, RTVC cuenta con un espacio en su página WEB xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, enlace sistema PQR, habilitado para recibir quejas, en caso de considerarse incumplimiento de las actuaciones administrativas en principios y normas generales aplicables a los tramites y procedimientos administrativos de los que trata el Decreto 19 de 2012.
La información relativa al análisis, aclaración, evaluación, calificación y comparación de las Propuestas, así como a la recomendación de adjudicación, no podrá ser revelada a Proponentes ni a terceros hasta que
RTVC comunique a los primeros que el Informe de Evaluación se encuentra disponible para efectos de someter a la entidad observaciones en torno a su contenido y conclusiones.
Para efectos de dar cumplimiento al Principio de Transparencia el proponente se compromete a presentar y diligenciar el Anexo “Pacto de Transparencia”, el cual deberá formar parte del contrato, en el evento de ser adjudicado.
1.9 CONFIDENCIALIDAD
Si las Propuestas contienen información confidencial o amparada legalmente por reserva, el Proponente debe determinar expresamente los apartes correspondientes y señalar las disposiciones legales del ordenamiento Colombiano que le sirven de fundamento en la carta de presentación de la propuesta.
En todo caso, RTVC se reserva el derecho de permitir que esa información sea conocida por los funcionarios y asesores responsables de analizar y evaluar la Propuesta, exclusivamente para esos efectos y con el deber de no divulgarla ni publicarla.
1.10 RECIPROCIDAD
De acuerdo con los artículos 20 de la Ley 80 de 19931, el parágrafo del artículo 1 de la Ley 816 de 2003 modificado por el artículo 51 del Decreto Ley 019 de 2012 y el artículo 150 decreto 1510 de 2013, los Proponentes personas naturales extranjeras sin domicilio en Colombia, y personas jurídicas del exterior, recibirán en el presente Proceso de Selección el mismo tratamiento que los nacionales, siempre que se haya negociado trato nacional en materia de compras estatales con dicho país o que en el país del proponente
1 Ley 80 de 1993, “Artículo 20. De la Reciprocidad: En los procesos de contratación estatal se concederá al proponente de bienes y servicios de origen extranjero, el mismo tratamiento y en las mismas condiciones, requisitos, procedimientos y criterios de adjudicación que el tratamiento concedido al nacional, exclusivamente bajo el principio de reciprocidad. Se entiende por principio de reciprocidad, el compromiso adquirido por otro país, mediante acuerdo, tratado o convenio celebrado con Colombia, en el sentido de que a las ofertas de bienes y servicios colombianos se les concederá en ese país el mismo tratamiento otorgado a sus nacionales en cuanto a las condiciones, requisitos, procedimientos y criterios para la adjudicación de los contratos celebrados con el sector público.
Parágrafo1. El Gobierno Nacional, en los acuerdos, tratados o convenios que celebre para estos efectos, deberá establecer todos los mecanismos necesarios para hacer cumplir el tratamiento igualitario entre el nacional y el extranjero tanto en Colombia como en el territorio del país con quien se celebre el mencionado acuerdo, convenio o tratado.
Parágrafo2. Cuando para los efectos previstos en este artículo no se hubiere celebrado acuerdo, tratado o convenio, los proponentes de bienes y servicios de origen extranjero podrán participar en los procesos de contratación en las mismas condiciones y con los mismos requisitos exigidos a los nacionales colombianos, siempre y cuando en sus respectivos países los proponentes de bienes y servicios de origen colombiano gocen de iguales oportunidades. El Gobierno Nacional establecerá los mecanismos para asegurar el cumplimiento de la reciprocidad prevista en este parágrafo. Artículo 150. Existencia de trato nacional. La Entidad Estatal debe conceder trato nacional a: (a) los oferentes, bienes y servicios provenientes de Estados con los cuales Colombia tenga Acuerdos Comerciales, en los términos establecidos en tales Acuerdos Comerciales; (b) a los bienes y servicios provenientes de Estados con los cuales no exista un Acuerdo Comercial pero respecto de los cuales el Gobierno nacional haya certificado que los oferentes de bienes y servicios nacionales gozan de trato nacional, con base en la revisión y comparación de la normativa en materia de compras y contratación pública de dicho Estado; y (c) a los servicios prestados por oferentes miembros de la Comunidad Andina de Naciones teniendo en cuenta la regulación andina aplicable a la materia.
El Ministerio de Relaciones Exteriores debe expedir el certificado por medio del cual se acredite la situación mencionada en el literal (b) anterior en relación con un Estado en particular, lo cual no es requerido para acreditar las situaciones a las que se refieren los literales (a) y (c) anteriores. Para constatar que los oferentes de bienes y servicios nacionales gozan de trato nacional en un Estado, el Ministerio de Relaciones Exteriores debe revisar y comparar la normativa en materia de compras y contratación pública del respectivo Estado para lo cual puede solicitar el apoyo técnico del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y de Colombia Compra Eficiente, dentro de sus competencias legales.
Los certificados para acreditar la condición a la que se refiere el literal (b) anterior deben ser publicados en la forma y oportunidad que para el efecto disponga Colombia Compra Eficiente. La vigencia de los certificados será de dos años contados a partir de la fecha de su expedición, sin perjuicio de que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo o Colombia Compra Eficiente soliciten al Ministerio de Relaciones Exteriores su revisión con ocasión de la expedición de nueva normativa en el Estado sobre el cual se expide el certificado. Colombia Compra Eficiente puede determinar vía circular la forma como el Ministerio de Relaciones Exteriores debe constatar que los oferentes de bienes y Servicios nacionales gozan de trato nacional y de revisar y comparar la normativa en materia de compras y contratación pública para la expedición del certificado.
extranjero, con el que no se hubiere negociado trato nacional, las ofertas de bienes y servicios colombianas, reciban el mismo tratamiento otorgado a sus bienes y servicios nacionales (reciprocidad).
La acreditación del trato nacional otorgado a bienes y servicios nacionales en países con los cuales Colombia ha negociado trato nacional en materia de compras públicas se realizará mediante certificación expedida por el Director de Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, la cual contendrá lo siguiente:
a) Xxxxx y fecha de expedición de la certificación
b) Número y fecha del tratado
c) Objeto del Tratado
d) Vigencia del Tratado
En ausencia de negociación de trato nacional, la certificación deberá indicar si existe trato nacional en virtud del principio de reciprocidad. En este caso, el Ministerio de Relaciones Exteriores solicitará la publicación en el SECOP de las certificaciones requeridas y de mantener dicha información actualizada coordinadamente con la Agencia Nacional de Contratación Pública, Colombia Compra Eficiente.
Para el efecto, el respectivo Proponente debe invocar expresamente el tratado, acuerdo o convenio en que esté pactada la reciprocidad de tratamiento para sus nacionales y los colombianos, para efectos de aplicarla al ponderar el factor de Apoyo a la Industria Nacional de su Propuesta.
1.11 CONDICIONES MÍNIMAS DE CELEBRACIÓN DEL CONTRATO
1.11.1 OBJETO
“Radio Televisión Nacional de Colombia, RTVC, requiere Contratar de manera integral la Interventoría técnica, jurídica y financiera para el control y seguimiento de los trabajos producto del proceso de selección IA 02 2014 que consiste en “Contratar integralmente la Adquisición, Instalación y Puesta en Funcionamiento de los Sistemas de Transmisión de Televisión Digital Terrestre - TDT para las estaciones de Cerro Neiva, Gabinete, La Xxxx, Xxxxxxxx, Planadas y Xxxxx Xxxxxxx, en el estándar DVB-T2, así como los sistemas eléctricos y las obras civiles requeridas para tal fin”
1.11.2 ALCANCE DEL OBJETO
En desarrollo del objeto contractual, el CONTRATISTA deberá realizar las siguientes actividades.
1. Adelantar las labores necesarias para verificar el cumplimiento de todas y cada una de las actividades a cargo del CONTRATISTA ADJUDICATARIO que resulte del proceso de Invitación Abierta 02 de 2014, así como realizar todas las acciones y gestiones tendientes a mejorar y hacer más eficiente el desarrollo del mencionado servicio.
2. Contar con la infraestructura física, técnica, legal y administrativa necesaria para desarrollar a satisfacción la interventoría, de forma tal que le permita iniciarla en forma inmediata.
3. Realizar la interventoría enfocada a la vigilancia y control de los aspectos técnicos, financieros y legales a cargo del CONTRATISTA ADJUDICATARIO en los términos y condiciones establecidos
en las reglas de participación; para tal efecto el control se entenderá en el siguiente sentido general:
A) Interventoría financiera. Consiste en el control sobre la correcta utilización y aplicación de los recursos asignados, así como sobre los valores facturados. De igual forma, RTVC supervisará la correcta ejecución del recurso.
B) Interventoría legal. Consiste en la verificación, control y seguimiento del cumplimiento de las obligaciones del contrato y sus anexos, así como de las Reglas de Participación, las adendas y la propuesta seleccionada. Para ello, el interventor realizará un control mensual de los informes presentados por el contratista y realizará las observaciones debidas en el transcurso de la ejecución del contrato.
C) Interventoría técnica. Consiste en la verificación, control y seguimiento del cumplimiento de las obligaciones del contrato y sus anexos, así como de las Reglas de Participación, las adendas y la propuesta seleccionada. Para ello, el interventor realizará un control mensual de los informes presentados por el contratista y realizará las observaciones debidas en el transcurso de la ejecución del contrato, tomando como referencia el programa de necesidades y los anexos técnicos entregados por RTVC y considerando todas aquellas buenas practicas técnicas y profesionales a que haya lugar.
1.11.3 INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO
Si durante la ejecución del contrato surgen discrepancias entre las partes sobre la interpretación de algunas de sus estipulaciones que puedan conducir a la paralización o a la afectación grave del servicio público que se pretende satisfacer con el objeto contratado, la entidad estatal, si no se logra acuerdo, interpretará en acto administrativo debidamente motivado, las estipulaciones o cláusulas objeto de la diferencia.
1.11.4 PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El plazo de la ejecución contractual será de Seis (6) meses, contados estos a partir de la suscripción del acta de inicio, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución.
1.11.4.1 VIGENCIA DEL CONTRATO
La Vigencia del Contrato proyectado se extenderá desde la fecha de su perfeccionamiento y hasta la liquidación definitiva de las prestaciones y compromisos recíprocos, sin perjuicio de las obligaciones que por su naturaleza permanecen vigentes y son exigibles con posterioridad.
1.11.5 PRESUPUESTO OFICIAL Y VALOR DEL CONTRATO
1.11.5.1 PRESUPUESTO OFICIAL
Para atender a la ejecución económica del Contrato proyectado existe apropiación suficiente en el Presupuesto de Inversión de RTVC, es hasta la suma de QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS M/CTE $
557.664.666), incluido el IVA y el impuesto de gravámenes financieros los cuales estarán respaldados con cargo al presupuesto de la vigencia 2014.
En ese valor estarán incluidos todos los costos directos e indirectos y todos los impuestos, tasas, contribuciones, costos y gastos de toda índole en que el contratista deba incurrir en relación con u originado en el contrato, que se causen por el hecho de su celebración, ejecución y liquidación.
No obstante, este monto comprende el Gravamen a los Movimientos Financieros (4%o), que se causaría al desembolsar RTVC el valor del contrato proyectado, por consiguiente, la Oferta Económica no podrá superar el presupuesto disponible de QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($555.442.894).
1.11.5.2 VALOR DEL CONTRATO
RTVC adjudicará el contrato, el cual corresponderá al total del valor de la oferta económica de la propuesta que cumpla con los requisitos mínimos habilitantes y obtenga el mayor puntaje en el proceso de selección.
1.11.6 FORMA DE PAGO:
RTVC pagará al Contratista el valor del Contrato proyectado en pesos colombianos COP de la siguiente manera:
Primer Pago: Equivalente al quince por ciento (15%) del valor del Contrato, incluido el impuesto a las ventas, IVA, al final del primer mes del contrato. Previamente a este pago, el contratista debe haber entregado al Supervisor un primer informe de avance de los trabajos y tener el visto bueno de este.
Segundo Pago: Equivalente al quince por ciento (15%) del valor del Contrato, incluido el impuesto a las ventas, IVA, al final del segundo mes del contrato. Previamente a este pago, el contratista debe haber entregado al Supervisor un segundo informe de avance de los trabajos y tener el visto bueno de este.
Tercer Pago: Equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del Contrato, incluido el impuesto a las ventas, IVA, al final del tercer mes del contrato. Previamente a este pago, el contratista debe haber entregado al Supervisor un tercer informe de avance de los trabajos y tener el visto bueno de este.
Cuarto y último Pago: Equivalente al cincuenta por ciento (50%) del valor del Contrato, incluido el impuesto a las ventas, IVA, cumplidas a satisfacción de RTVC las obligaciones contractuales, entregado el informe final y tener el visto bueno del Supervisor.
Nota 1: El flujo de caja queda sujeto a los desembolsos que realicen a RTVC la Autoridad Nacional de Televisión- ANTV, en cumplimiento de la Resolución No. 1267 del 22 de enero de 2014, expedida por la ANTV.
Nota 2: Todos los pagos deben contar con la aprobación del Supervisor del Contrato y cumplir las disposiciones establecidas para el efecto por la Circular Conjunta de 7 xx xxxx de 2009 y la No. 008 de 2 xx xxxx de 2011 expedidas por RTVC, o aquellas que las modifiquen o sustituyan, las cuales se encuentran publicadas en la página de RTVC.
1.11.7 OBLIGACIONES GENERALES Y ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA:
En el desarrollo del contrato, el contratista tendrá las siguientes obligaciones:
1.11.7.1 OBLIGACIONES GENERALES
1. Cumplir con el objeto contractual de conformidad con la propuesta presentada por el contratista.
2. Atender oportunamente los requerimientos formulados por RTVC, en los temas relacionados en el objeto del contrato.
3. Acreditar al momento de suscripción del contrato y durante la ejecución del mismo hasta su terminación, el cumplimiento de sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social Integral.
4. Guardar la confidencialidad de toda la información que le sea entregada y que se encuentra bajo su custodia o que por cualquier otra circunstancia conozca o deba conocer o manipular en relación con el contrato, y a responder en materia civil, penal, fiscal, disciplinaria y patrimonial por los perjuicios de su divulgación y/o utilización indebida que por sí o por un tercero cause a la administración o a terceros.
5. Actuar con lealtad y buena fe y salvaguardar los intereses institucionales de - RTVC -.
6. Asistir a las reuniones que programe - RTVC - para el seguimiento del asunto objeto del contrato
7. Atender los lineamientos y directrices de la entidad; así como también, las observaciones y sugerencias emanadas por el supervisor del contrato.
8. Guardar la confidencialidad de la información de carácter reservado, que en ejecución del contrato le sea entregada, y responder patrimonialmente por los perjuicios de su divulgación y/o utilización indebida que por sí o por un tercero cause a la administración o a terceros.
9. Cumplir con la normatividad, los procesos y procedimientos internos establecidos por - RTVC -.
10. Informar al supervisor en forma oportuna, sobre las inconsistencias o anomalías relacionadas con los asuntos, elementos o documentos encomendados durante la ejecución del contrato
11. Cumplir con todas las disposiciones establecidas dentro del Manual Interno de Contratación, que se encuentran estipuladas en el Capítulo X del mismo.
12. Cumplir con las obligaciones relacionadas en el ANEXO - MANUAL DE SUPERVISION, del Manual de Supervisión de RTVC.
13. Cumplir con las demás obligaciones inherentes a la naturaleza del contrato.
1.11.7.2 OBLIGACIONES ESPECÍFICAS
El Contratista se obliga específicamente a las siguientes obligaciones:
1. Entregar al Supervisor dentro de los primeros cinco (5) días de cada mes durante la ejecución del contrato, un informe en el que se dé cuenta de los siguientes aspectos del contrato sobre el cual se desarrolla la interventoría:
o Cumplimiento del cronograma acordado al momento de suscribir el Acta de Inicio.
o Avances en porcentaje de ejecución del proyecto.
o Cumplimiento de todas las diferentes obligaciones del contratista para autorizar los pagos.
o Verificación de concordancia entre los valores de los pagos frente a los valores acordados con el contratista.
o Verificación del cumplimiento de todas las obligaciones contractuales del Contratista, incluidas las consignadas en el Anexo No.2 Especificaciones Técnicas Mínimas del proceso de selección IA 02 de 2014, para lo cual deberá conocer en profundidad los diseños propuestos para la implementación de las estaciones Cerro Neiva, Gabinete, La Xxxx, Xxxxxxxx, Planadas y Xxxxx Xxxxxxx.
2. Participar activamente en las reuniones de seguimiento que se realicen entre RTVC y el Contratista.
3. Realizar las visitas a las estaciones con el fin de recibir y revisar que todos los equipos y elementos ofertados por el Contratista están debidamente integrados y operando correctamente; esto de conformidad con el cronograma de ejecución del contrato sobre el cual se desarrollará la interventoría.
4. Contar con la infraestructura física, técnica, legal y administrativa necesaria para desa rrollar a satisfacción la interventoría, de forma tal que le permita iniciarla en forma inmediata.
5. Realizar la interventoría enfocada a la vigilancia y control de los aspectos técnicos, financieros y legales a cargo del CONTRATISTA ADJUDICATARIO, en los términos y condiciones establecidos en el presente pliego.
6. Efectuar el control sobre la correcta utilización y aplicación de los recursos asignados al contrato que resulte del proceso de selección de Invitación Abierta 02 de 2014, así como el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
7. Proyectar y atender todos los requerimientos de tipo legal, técnico y financiero que se efectúen por la entidad y/o terceros dentro del término de ejecución del contrato.
8. Prestar la asesoría técnica, financiera y legal al CONTRATISTA en todos y cada uno de los temas
1.11.7.3 OBLIGACIONES DE RTVC:
1. Pagar el valor del contrato en forma y con la oportunidad pactada, siempre que el trámite del pago se encuentre completo y con el lleno de los requisitos requeridos para el efecto.
2. Facilitar las condiciones necesarias para el cumplimiento del objeto y las obligaciones contractuales, mediante los elementos que considere necesarios cuando sea del caso.
3. Obrar con lealtad, responsabilidad y buena fe durante la ejecución del contrato.
1.11.8 SUPERVISIÓN
La supervisión corresponderá al Gerente de RTVC o al funcionario o funcionarios que éste designe, el cual ejercerá las funciones contenidas en el Manual de Supervisión de Contratos de RTVC y lo dispuesto en el Capítulo X del Manual Interno de Contratación.
PARÁGRAFO: Corresponderá a la Interventoría y a la Supervisión ejercer las facultades y cumplir los deberes establecidos en el artículo 84 de la citada Ley 1474 de 2011, en su respetiva órbita de competencia y lo relacionado en el Manual Interno de Contratación.
1.11.9 ESTIMACIÓN Y TIPIFICACIÓN DE LOS RIESGOS Análisis de Riesgos
A continuación se determinan y distribuyen los riesgos previsibles que pueden materializarse en desarrollo del Proyecto, en las etapas precontractual, contractual y post-contractual.
El principio básico de asignación de riesgos consiste en que éstos deben ser asumidos por la parte que esté en mejor disposición de evaluarlos, controlarlos o administrarlos en el evento en que se verifique su ocurrencia.
Concepto
Constituye riesgo el daño o perjuicio potencial que puede surgir por efecto de un suceso presente o futuro en el desarrollo de una relación o vínculo jurídico, particularmente de naturaleza contractual, en cualquiera de sus etapas precontractual, contractual y post-contractual. Se refiere al riesgo como sinónimo de probabilidad, pero en cuanto incorpora la posibilidad de que ocurra un evento negativo. Por consiguiente, para los efectos de la distribución de los que puedan ocurrir en el desenvolvimiento de la presente actuación contractual, RIESGO es la posibilidad de que una contingencia pueda llegar a materializarse en un período determinado, así como la probabilidad de que un resultado esperado no ocurra, en el marco temporal de un contrato.
Actividades que comportan Riesgo
Toda actividad conlleva riesgo, por cuanto su eliminación comportaría inactividad total: el riesgo cero no existe.
Siempre se presenta por tanto un potencial de pérdida asociado a cualquier actividad productiva, cuando cambian o varían en forma no esperada, programada o planeada las condiciones consideradas usuales o estándar para asegurar el funcionamiento de un proceso del sistema productivo, en su conjunto.
Tipos de Riesgo en Materia Contractual
Los riesgos que pueden alterar las condiciones previstas en la oportunidad de celebración de un contrato pueden clasificarse de diferente manera. A título enunciativo, se relacionan las más comunes:
a) Riesgos de la Naturaleza: Provienen de los efectos de fenómenos naturales, como sequía severa, sucesos invernales, inundaciones, erupciones volcánicas, movimientos telúricos y sismos. Esta clase de riesgo incide especialmente en contratos de obra, concesión o prestación de ciertos servicios, aun en materia de compra o suministro de bienes, cuando median traslados o instalaciones exteriores, y el impacto del evento impide o torna imposible el transporte o la instalación.
b) Riesgos Económicos: Se derivan del comportamiento xxx xxxxxxx, como fluctuaciones de monedas, desabastecimiento y especulación. Es usual que la ejecución de contratos que comportan desarrollo de actividades cuya estructura económico financiera se ha definido en un determinado marco cambiario, se identifiquen alteraciones por el comportamiento de la moneda o por circunstancias colaterales que imponen una incidencia crítica. Contratos de suministro o de adquisición de bienes de origen extranjero, contratos de obra que incorporen la provisión de elementos o materiales adquiridos en el mercado externo, están expuestos a esta clase de riesgos.
c) Riesgos Sociales o Políticos: Derivan de eventos como huelgas, motines, revueltas y alteraciones del orden público. Con alguna regularidad se advierten estas condiciones que afectan la ejecución de contratos, especialmente cuando las prestaciones deben cumplirse en zonas expuestas, bien porque a nivel social y político se identifican condiciones que hacen vulnerable tal ejecución, o bien porque circunstancialmente ocurren eventos que deterioran el escenario natural del contrato.
d) Riesgos Técnicos: Son consecuencia de la estructura técnica del proyecto en cuestión, especialmente en lo que corresponde a estudios de estructurales, arquitectónicos, geológicos o geotécnicos.
Probabilidad o Frecuencia de que ocurra un Riesgo
Corresponde a la estimación cuantitativa de la posibilidad de que ocurra el evento, en función del intervalo temporal y de las repeticiones en el tiempo transcurrido.
Severidad o Impacto
Hace referencia al efecto representativo que genera un acontecimiento, una disposición de autoridad, una noticia, una catástrofe, que imponen la adopción de correctivos. La consecuencia es el resultado de un evento, expresado cualitativa o cuantitativamente, por ejemplo una pérdida, lesión o desventaja.
Procedimientos de Valoración
Para valorar los riesgos que pueden afectar una actuación contractual se parte de una matriz, elaborada según la naturaleza y objeto del contrato, de manera que el análisis debe efectuarse según el tipo de negocio jurídico por acometer, pues comportan mayor o menor exposición.
Elementos Comunes de Valoración y Control
Medición | Se refiere a la extensión, cotejo, comprobación o cuantificación del Riesgo, pero sin determinar su valor. |
Estimación | Hace referencia a un parámetro aproximado; no implica exigencia metodológica o elemento formal que se traduzca en evaluación metódica o sistemática. |
Seguimiento | Está constituido por un proceso razonado para inspeccionar, recopilar, computar y procesar una serie de informaciones que revelan el recorrido o desarrollo de una situación, con lo cual se garantiza retroalimentación permanente, con el fin de asegurar la debida ejecución del proceso o actividad. |
Control | Se refiere a la verificación de resultados. |
Tipificación, Asignación y Valoración
En el contexto de los principios que gobiernan la función administrativa y las actuaciones contractuales, se propende por asegurar el cumplimiento de los fines que persigue la Entidad Contratante, sobre la base de la responsabilidad que atañe a cada una de las partes.
La estimación de los riesgos apunta a la cuantificar su impacto, esto es, a calcularlo, sobre la base de una metodología que garantice objetividad.
Se entiende por tipificación, la denominación y descripción de los riesgos asociados al contrato que se pretende celebrar, en forma clara y precisa, de manera que se eviten conceptos vagos e ilimitados.
Mediante la asignación se distribuyen los riesgos equitativamente entre las partes, sobre la base de aquella que esté en mejor disposición de evaluarlos, controlarlos o administrarlos. En todo caso, tratándose de los que debe asumir el contratista, se entiende que los efectos económicos de su ocurrencia se presumen incorporados en el valor de su Propuesta, de manera que no puede haber lugar a reclamar sumas adicionales.
Para efectos de la responsabilidad en el manejo de los riesgos, se parte del hecho que las partes promoverán las acciones para garantizar su cobertura.
Medidas de Mitigación
a) Sortear
Comporta identificar alternativas que permitan eludir el riesgo y sus consecuencias, de manera consistente y sistemática.
b) Prevenir
Implica la materialización de actuaciones orientadas a mitigar el riesgo, entre ellas, la adopción de políticas, programas, mecanismos de protección, amparos y todo otro componente que prevenga, minimice o evite la ocurrencia del evento, y, si llegare a presentarse por circunstancias que escapan al control, procurar un impacto menor.
c) Aceptar
Supone identificar los factores que pueden apuntar a la debida atención de sus consecuencias.
d) Transferir
Quien advierte cierta vulnerabilidad está en condiciones de transferir el riesgo, de manera que deben precaverse instrumentos que permitan determinar la amenaza de su ocurrencia.
Valoración de Riesgos Contractuales
Análisis según su incidencia e impacto en la contratación
Para establecer la matriz de tipificación, asignación y valoración de los riesgos, se emplea la siguiente clasificación:
CLASIFICACIÓN DE LOS RIESGOS SEGÚN SU IMPACTO | ||
ALTO | MEDIO | BAJO |
Cuando la circunstancia o hecho perturba el desarrollo del contrato, de manera que imposibilita su ejecución, o, de permitirla, genera costos adicionales representativos para la entidad contratante. Su ocurrencia no asegura el cumplimiento de los fines de la contratación. Los riesgos altos encuentran soporte en aquellas condiciones que no resultan controlables o que, de serlo, provienen de una indebida planeación o de conducta negligente. | Cuando la circunstancia o hecho afecta sustancialmente la ejecución del contrato, pero, aun así, permite su realización. Pueden ser controlados por las partes. Sus costos resultan moderados. | Cuando la circunstancia o hecho afecta moderadamente la ejecución contractual, de manera que superados con acciones correctivas mínimas o de poca incidencia, se alcanzan los fines de la contratación. Usualmente se identifican como obstáculos transitorios que se pueden superar con una rutina diligente y una actitud de gestión, sin que ello genere compromisos económicos representativos. |
Si el riesgo es ALTO, puede distribuirse entre las partes de acuerdo con las condiciones de ejecución y sobre la base de elementos que determinen cuál de ellas está en capacidad de sortearlo y prevenirlo.
Si es MEDIO, puede ASIGNARSE al contratista total o parcialmente, con arreglo a los mismos parámetros.
Si es BAJO, puede también distribuirse a partir de las mismas consideraciones.
Clasificación de acuerdo con su Frecuencia.
Desde el punto de vista de la frecuencia con la que pueden presentarse, los riesgos se clasifican de la siguiente manera:
CLASIFICACIÓN DE LOS RIESGOS POR IMPACTO | ||
ALTO | MEDIO | BAJO |
Ocurren reiteradamente durante la ejecución del contrato, de manera que por su recurrencia la tornan imposible. No se dispone de elementos de control, o si existen, se advierte | Solamente ocurren una vez a lo largo de la ejecución. Existen elementos que permiten su efectiva prevención, pero no se aplican oportunamente. | Se estima remota su ocurrencia, pues se cuenta con elementos que permiten prevenirlos mediante controles que pueden provenir del propio contrato. |
negligencia. |
Si el riesgo es ALTO, lo asume la entidad contratante, debido a que por tratarse de contingencias recurrentes no existen instrumentos para evitarlos o controlarlos y de disponerse de ellos, tienen escaso o nulo efecto de control.
Si es MEDIO, ha de distribuirse entre las partes total o parcialmente, según las condiciones de ejecución y a partir de elementos que determinen cuál de ellas está en capacidad de prevenirlo o sortearlo.
Si es BAJO, lo asume el contratista y sus efectos se entienden incorporados en el valor de su propuesta.
Elementos de Cuantificación
En todo análisis de riesgos deben identificarse aspectos cuantitativos para determinar la dinámica de su impacto y las opciones para asumirlos, sobre la base de elementos objetivos
De hecho, tratándose de riesgos menores, que no conduzcan a modificar la ingeniería financiera de la Propuesta, corresponde asumirlos al contratista, por cuanto sus efectos debieron haberse incorporado en el valor de la misma, lo que no sucede cuando la contingencia impacta sustancialmente a quien corresponde asumirlo.
Para la ejecución del contrato proyectado, se han identificado los siguientes:
1.11.9.1 RIESGOS DE CARÁCTER FINANCIERO
Aquellos que inciden o impactan directamente el valor del Contrato y afectan el equilibrio entre prestaciones.
Usualmente se producen por modificaciones del régimen de impuestos; alteraciones o fluctuaciones exageradas de orden cambiario, siempre que se trate de bienes, productos o servicios provenientes xxx xxxxxxx externo; adopción de medidas xxx xxxxxxx bancario o del sistema financiero, y, en general, cualquier efecto que impacte sustancialmente la equivalencia entre prestaciones y la ecuación económica del Contrato.
A continuación se regulan los más frecuentes:
a) Riesgos por modificación del régimen de impuestos
Tipificación: Expedición de normas que modifiquen la carga tributaria del Contrato proyectado.
Cuantificación y asignación: Al modificarse el régimen tributario por la creación de nuevos impuestos o el incremento de los existentes, con la consecuencia de aumentar el valor de la transacción entre el Contratista y sus proveedores o subcontratistas, RTVC no reconocerá reajuste o adición, toda vez que estas relaciones son responsabilidad de aquel, que debe asumir la contingencia en un ciento por ciento (100%).
b) Riesgo por cambio xxx xxxxxxx bancario
Tipificación: Expedición de normas u ocurrencia de eventos que impacten el mercado bancario o el sistema financiero, con el resultado de incrementar o disminuir las tasas de interés o el costo neto de las transacciones que realice el Contratista para la ejecución del Contrato.
Cuantificación y asignación: RTVC no reconocerá reajuste o modificación alguna, toda vez que las relaciones bancarias o del sistema financiero son responsabilidad exclusiva del Contratista, que debe asumirlo en un ciento por ciento (100%).
c) Riesgo por variación en la tasa de cambio
Tipificación: Variación de la tasa representativa del xxxxxxx xxx xxxxx estadounidense o del euro o cualquier otra moneda.
Cuantificación y Asignación: Teniendo en cuenta que RTVC va a celebrar un contrato en donde se pagará al contratista un precio global por la ejecución del proyecto, RTVC no reconocerá reajuste o modificación alguna, toda vez que la Propuesta debe presentarse en pesos colombianos, de manera que el manejo cambiario es responsabilidad del Contratista, que debe asumirlo en un ciento por ciento (100%).
1.11.9.2 RIESGOS HUMANOS
a) Por Accidente Laboral
Tipificación: Ocurrencia de accidentes en el curso de la ejecución del Contrato, que afecten únicamente al personal del Contratista.
Asignación: Serán de exclusiva responsabilidad y cargo de este último, en un ciento por ciento (100%), a quien corresponde asegurar a todas las personas a su servicio, al de sus proveedores y subcontratistas, por concepto de accidentes laborales.
Si la cuantía de los perjuicios supera el monto asegurado, el Contratista debe responder directamente por la diferencia, a todo lo cual se compromete con la presentación de Propuesta y la celebración del Contrato proyectado.
Los riesgos del presente proceso de selección así como su estimación y asignación se encuentran en el cuadro de matriz de riesgos con su tipificación, estimación y asignación se encuentra detallado en el anexo respectivo.
1.11.10 MECANISMO DE GARANTÍA DE LAS OBLIGACIONES CONTRAÍDAS.
LOS PROPONENTES deberán constituir a favor de TELEVISIÓN NACIONAL DE COLOMBIA - RTVC NIT 000000000-6 una póliza de Seguros, expedida por una entidad debidamente constituida y autorizada para funcionar en Colombia por una suma equivalente al diez por ciento (10 %) del valor del presupuesto oficial de la presente contratación, y su vigencia se extenderá desde el momento de la presentación de la oferta hasta la aprobación de la garantía que ampara los riesgos propios de la etapa contractual. El periodo de vigencia de la garantía deberá cubrir como mínimo noventa (90) días, contados a partir de la Presentación de la propuesta.
En el caso de consorcios, uniones temporales y promesas de sociedad futura, en la garantía de seriedad deberá precisarse que el afianzado es el Consorcio o la Unión Temporal o Sociedad y deberá incluir el porcentaje de participación de cada uno de los socios.
La Garantía de Seriedad de la Propuesta deberá amparar los riesgos derivados del incumplimiento del ofrecimiento, previstos en el artículo 115 del Decreto N° 1510 de 2013.
Las inconsistencias de la garantía de seriedad serán subsanables en el término que para el efecto establezca RTVC so pena de rechazo.
1.11.10.1 GARANTIA DEL ADJUDICATARIO
El adjudicatario se obliga a constituir a favor de RTVC la Garantía Única del contrato, la cual deberá consistir en una póliza de seguros, con cubrimiento de los siguientes amparos
a) Cumplimiento
Para afianzar la satisfacción oportuna, eficaz y eficiente de las obligaciones, compromisos y prestaciones contractuales, así como el pago de eventuales sanciones pecuniarias, por monto equivalente al treinta por ciento (30%) del valor del Contrato, por el término de vigencia del mismo y cuatro (4) meses más, contado este término a partir de la suscripción del contrato.
b) Calidad del servicio: Por una cuantía del 20% del valor del contrato con una vigencia igual al término de duración del contrato y cinco (5) años más,
c) Pago de Salarios y Prestaciones Sociales e indemnizaciones laborales
Para afianzar el pago oportuno e integral de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales al personal dispuesto por el Contratista para la ejecución del Contrato, y, en general, la satisfacción oportuna, eficaz y eficiente de las obligaciones laborales, por suma equivalente al cinco por ciento (5%) de su cuantía, vigente por el término de ejecución del mismo y tres (3) años más, contado este término a partir de la suscripción del contrato.
Cuando la propuesta sea presentada por un proponente plural bajo la figura de Unión Temporal o Consorcio o promesa de sociedad futura, la garantía deberá ser otorgada por la figura asociativa indicándose el nombre y la participación de todos los integrantes.
1.12 CLÁUSULA DE INDEMNIDAD
RTVC pactará una CLAUSULA DE INDEMNIDAD, en la cual se establezca la obligación del contratista de mantenerla libre de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones de sus subcontratistas o dependientes.
En consecuencia, el(los) contratista(s) mantendrá(n) indemne a RTVC contra todo reclamo, demanda, acción legal y costo que pueda causarse o surgir por daños o lesiones a personas y/o propiedades de terceros, ocasionados por aquél, sus subcontratistas o proveedores, durante la ejecución del objeto contractual, y terminados éste, hasta la liquidación definitiva del contrato.
En caso que se entable un reclamo, demanda o acción legal contra RTVC por asuntos que según el contrato sean de responsabilidad del(los) contratista(s), éste(os) será(n) notificado(s) lo más pronto posible de ello para que por su cuenta adopte(n) oportunamente las medidas previstas por la ley para mantener indemne a RTVC.
Si en cualquiera de los eventos antes previstos el(los) contratista(s) no asume(n) debida y oportunamente la defensa de RTVC, éste podrá hacerlo directamente, previa notificación escrita al(los) contratista(s) y éste(os) pagará(n) todos los gastos en que el RTVC incurra por tal motivo.
1.13 LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
La ejecución del contrato según la naturaleza, objeto y alcance de la respectiva obligación, prestación o compromiso contractual, se llevará a cabo en los siguientes lugares:
1. En la Sede de RTVC, situada en la Xxxxxxx 00 Xx. 00 – 00, xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx, X.X y
2. En las estaciones de Cerro Neiva, Gabinete, La Xxxx, Xxxxxxxx, Planadas y San Xxxxxx Islas. Dichas estaciones se encuentran ubicadas en las siguientes coordenadas:
No. | ESTACION | UBICACIÓN (WGS-84) | Climatología | |||
Latitud (gº m’ s’) | Longitud (gº m’ s’) | Altura (msnm) | Temperatura2 C° | Precipitación3 (mm/año) | ||
1 | Cerro Neiva | 02º 48’ 36.5’’ N | 75º 09’ 43.0’’ O | 2200 | 12- 18 | 2001 - 3000 |
2 | Gabinete | 01° 53' 5.6"N | 75° 40' 26.7"O | 2541 | 12- 18 | 3001 - 7000 |
3 | La Pita | 9º 38’ 12’’ N | 75º 12’ 17’’ O | 648 | > 24 | 501 - 1000 |
4 | Montería | 8º 52’ 23’’ N | 75º 38’ 27’’ O | 111 | > 24 | 501 - 1000 |
5 | Planadas | 4º 26’ 20,3’’ N | 75º 37’ 24,7’’ O | 2842 | 12- 18 | 2001 - 3000 |
6 | Xxxxx Xxxxxxx | 12° 33´ 30" N | 81° 43´ 01" | 61 | > 24 |
NOTA: En todo caso, en la minuta del contrato las partes acordarán la ciudad de Bogotá como domicilio contractual.
2 Temperatura anual promedio tomando como referencia el año 2008. Fuente: Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM). Aplicativo web SIG-OT Sistema de Información Geográfica para la planeación y el ordenamiento territorial.
3 Precipitación anual promedio tomando como referencia el año 2008. Fuente: Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM). Aplicativo web SIG-OT Sistema de Información Geográfica para la planeación y el ordenamiento territorial.
CAPITULO 2 CAPÍTULO 2. ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN OBJETIVA – INVITACIÓN CERRADA
2.1 ETAPA PRECONTRACTUAL
Radio Televisión Nacional de Colombia, previamente al inicio del presente proceso de Invitación Cerrada, desarrolló las siguientes etapas:
a) Elaboración de los estudios previos (Conveniencia y Oportunidad).
2.2 ACTO ADMINISTRATIVO QUE ORDENA LA APERTURA
Mediante acto administrativo la Gerente de RTVC ordenó la apertura del presente proceso de selección, el cual se encuentra publicado en la página web de la entidad xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
2.3 CONSULTA DE LAS REGLAS DE PARTICIPACIÓN
Las Reglas de Participación del presente proceso se podrán consultar desde la apertura del proceso y los días subsiguientes, en la página web de la entidad xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx. También se podrán consultar en las instalaciones de RTVC ubicadas en la Xxxxxxx 00 Xx.00-00 Xxxxxx xxxx xx Xxxxxx X.X.
2.4 MODIFICACIONES A LAS REGLAS DE PARTICIPACIÓN
RTVC podrá por causa motivada, de oficio o como consecuencia de las observaciones presentadas por los interesados, realizar las adendas o modificaciones a las Reglas de Participación que resulten necesarias en consideración a la naturaleza del objeto contractual, las cuales serán publicadas en la página Web de la entidad, para efectos de su publicidad. Dichas adendas o modificaciones, harán parte integral de las Reglas de Participación del proceso y serán de obligatorio cumplimiento para los proponentes. De acuerdo con lo anterior, las adendas al proceso se expedirán con una antelación no menor a un (1) día antes de la fecha prevista para la recepción de propuestas.
La información sobre preguntas y respuestas y las Adendas serán publicadas en la Página Web de la Entidad xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, y deberán tenerse en cuenta para la elaboración de las Propuestas, de manera que se entienden comunicadas de conformidad con lo establecido en este numeral.
RTVC está facultada para expedir y publicar Adendas con una antelación no menor a (1) día antes del cierre del Proceso de selección. Concordantemente, el Cronograma señalará el término para presentar observaciones y formular aclaraciones en torno a las Reglas de Participación y para expedir Adendas.
Las aclaraciones y respuestas a las observaciones presentadas por los interesados durante el Proceso de Selección tendrán exclusivamente valor interpretativo, pero en ningún caso comportarán modificación o ajuste a las Reglas de Participación, pues estos solamente podrán tener lugar mediante Adenda.
Para otorgar certeza a los proponentes con relación al contenido de las Reglas de Participación del proceso de selección, antes de la fecha límite para la presentación de ofertas, solo se recibirán observaciones relativas al mismo hasta la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección. Lo anterior, sin perjuicio del
derecho de los interesados de realizar preguntas, observaciones y solicitudes durante el resto de las etapas procesales.
2.5 ACLARACIONES EXCEPCIONALES
Si como consecuencia de la producción de una adenda se modifican las Reglas de Participación, los oferentes que hayan presentado sus propuestas con anterioridad a la adenda podrán dar alcance a su oferta sólo en lo relacionado específicamente en la adenda. Cabe advertir que RTVC no tendrá en cuenta los aspectos que incluya el oferente en su aclaración y que no estén contemplados en la adenda.
2.6 DE LAS PROPUESTAS
2.6.1 PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Con el fin de salvaguardar la integralidad del proceso, la propuesta se debe presentar al mismo tiempo en sobres cerrados y separados.
Para la preparación y presentación de las ofertas los Proponentes deberán investigar e inspeccionar todo lo concerniente a la naturaleza del objeto contractual e informarse de todas las condiciones de acuerdo con los requerimientos técnicos de la presente convocatoria.
La circunstancia de que los Proponentes no se familiaricen debidamente con los detalles y condiciones del Proyecto, del Proceso y del Contrato, no se considera motivo o excusa válida para reclamaciones posteriores.
El Proponente deberá informarse de todas las regulaciones tributarias vigentes en Colombia; por lo tanto, al preparar la oferta deberá tener en cuenta todos los gastos legales, retención en la fuente, derechos e impuestos a que haya lugar por ley, que puedan afectar sus precios y hayan de causarse durante la ejecución del contrato.
La oferta deberá ser completa, concisa, clara, concreta, incondicional y basada en este documento correspondiente a las Reglas de Participación.
Las propuestas deberán venir escritas a computador, foliadas4 en orden consecutivo en su totalidad, es decir, en todas las páginas útiles o escritas, y con un índice (este último no deberá foliarse) donde se relacione el contenido total de la propuesta; deberán entregarse en RTVC, en la carrea 45 Nº 26-33, en la Coordinación de Procesos de Selección piso tercero, hasta la hora y fecha establecida en el cronograma de actividades
Todos los folios de la propuesta deberán venir numerados. En caso de que las propuestas no se presenten debidamente numeradas, este riesgo será asumido por el proponente.
De acuerdo con la Ley 14 de 1979 sobre Defensa del Idioma Español, y con su Decreto Reglamentario 2744 de 1980, las Propuestas, sus Anexos, todos los documentos que hagan parte de la propuesta deberán estar escritos en cualquier medio mecánico o digital y en idioma castellano. Aquellos expedidos en otro idioma deberán acompañarse con la correspondiente traducción oficial, realizada por un traductor inscrito ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, para lo cual deberá adjuntar la
4 Una hoja es igual a un folio, una hoja tiene dos páginas pero corresponde solo a un folio
certificación correspondiente. Se exceptúan los catálogos, manuales y soporte puramente técnicos que podrán presentarse en idioma inglés.
Los documentos públicos5 otorgados en el exterior deberán presentarse apostillados o consularizados de acuerdo con las disposiciones de los artículos 259 y 260 del Código de Procedimiento Civil, modificados por el Decreto 2282 de 1989, artículo 1º, numeral 118 y 119, dependiendo de si el país de origen hace parte de la Convención de la Haya de 5 de octubre de 1961.Los documentos privados otorgados en el exterior no requerirán de dicha formalidad.
Eventuales enmiendas, entre líneas o correcciones deben salvarse puntual y expresamente con la firma del representante autorizado del Proponente, siempre que se trate de textos elaborados o diligenciados por éste último, de lo contario no serán aceptados. En caso de tratarse de documentos que acrediten requisitos que no sean indispensables para la comparación de las propuestas podrán ser subsanados.
No se aceptarán Propuestas presentadas con posterioridad a la fecha y hora señaladas en el Cronograma, ni en sitios o condiciones diferentes. RTVC NO será responsable por las Propuestas entregadas en lugar distinto y después de la fecha y hora fijadas para el efecto.
Los Proponentes deben disponer de la antelación suficiente para entregar sus Propuestas en el lugar señalado, debido a que hay considerable distancia entre la entrada principal de RTVC y la Oficina de Coordinación de Procesos de Selección.
Las propuestas se deberán presentar así:
UN (1) ORIGINAL y DOS (2) COPIAS, en sobres debidamente cerrados:
a. Un (1) sobre que contenga la propuesta ORIGINAL en físico, completa, con todos los documentos y anexos relacionados en la solicitud de oferta ,
b. Un (1) sobre que contenga la PRIMERA COPIA en físico, exacta a la propuesta original, y
c. Un (1) sobre que contenga la SEGUNDA COPIA en físico, exacta a la propuesta original.
5 CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL COLOMBIANO.
ARTÍCULO 251. DISTINTAS CLASES DE DOCUMENTOS. Son documentos los escritos, impresos, planos, dibujos, cuadros, fotografías, cintas cinematográficas, discos, grabaciones magnetofónicas, radiografías, talones, contraseñas, cupones, etiquetas, sellos y, en general, todo objeto mueble que tenga carácter representativo o declarativo, y las inscripciones en lápidas, monumentos, edificios o similares.
Los documentos son públicos o privados.
Documento público es el otorgado por funcionario público en ejercicio de su cargo o con su intervención. Cuando consiste en un escrito autorizado o suscrito por el respectivo funcionario, es instrumento público; cuando es otorgado por un notario o quien haga sus veces y ha sido incorporado en el respectivo protocolo, se denomina escritura pública.
Documento privado es el que no reúne los requisitos para ser documentos públicos. ARTÍCULO 262. CERTIFICACIONES. Tienen el carácter de documentos públicos:
1. Las certificaciones que expidan los jueces conforme a lo dispuesto en el artículo 116.
2. Las certificaciones que expidan los directores de otras oficinas públicas, sobre la existencia o estado de actuaciones o procesos administrativos.
3. Las certificaciones que expidan los registradores de instrumentos públicos, los notarios y otros funcionarios públicos, en los casos expresamente autorizados por la ley.
La propuesta deberá contener todos los documentos señalados en las presentes Reglas de Participación y el anexo económico diligenciado en forma física y digital. Cada sobre deberá estar cerrado y rotulado de la siguiente manera:
NUMERO DEL PROCESO
DESTINATARIO: Radio Televisión Nacional de Colombia-RTVC ORIGINAL (ORIGINAL-PRIMERA O SEGUNDA COPIA) FECHA:
INFORMACIÓN DEL PROPONENTE NOMBRE DEL PROPONENTE:
DIRECCIÓN COMERCIAL:
TELÉFONO:
FAX:
DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO/Pág. Web:
INFORMACIÓN DEL REPRESENTANTE LEGAL O APODERADO REPRESENTANTE O APODERADO:
DIRECCIÓN COMERCIAL:
TELÉFONO:
FAX:
CORREO ELECTRÓNICO:
Se entenderán presentadas dentro del término aquí previsto, todas las propuestas que se entreguen oportunamente en la oficina de la Coordinación de Procesos de Selección de RTVC. Para efectos de verificar la hora señalada, se tendrá en cuenta la hora legal para la República de Colombia que indique la División de Metrología de Superintendencia de Industria y Comercio, la cual se consultará en la página de Internet xxx.xxx.xxx.xx, conforme lo dispuesto en la Circular No. 13 de 2005 expedida por la Procuraduría General de la Nación.
No se aceptarán propuestas presentadas con posterioridad a la fecha y hora señaladas para el recibo de las mismas en el proceso de selección, ni en sitios o condiciones diferentes de los que se han previsto. En tal evento, RTVC no procederá a la apertura de la propuesta, en caso de no haber sido entregada en el recinto correspondiente y en la hora fijada.
De la diligencia de recepción de propuestas se dejará constancia en un acta, en la cual se relacionarán las propuestas presentadas, indicando su fecha y hora.
Si el proponente incluye información técnica o referencias que se desvíen de las especificaciones técnicas y no señala expresamente estas desviaciones, RTVC exigirá que el proponente favorecido cumpla el objeto del contrato adjudicado de acuerdo con las Especificaciones Técnicas Mínimas contenidas en la solicitud de oferta, el precio establecido y en el tiempo fijado para su ejecución.
En todo caso, no se aceptarán costos adicionales ocasionados por algún bien o servicio que no haya sido expresamente aceptado por RTVC, ni por retardos o demoras en la ejecución del contrato
La presentación de la propuesta constituye un compromiso entre el proponente y RTVC, según el cual dicha propuesta, permanece abierta para su evaluación y aceptación durante la vigencia de la garantía de seriedad de la propuesta, so pena de hacerla efectiva si el proponente la retira, salvo que este retiro obedezca a la configuración de una causal de inhabilidad o incompatibilidad sobreviniente.
NOTA 1: El Proponente deberá contar con el tiempo de antelación suficiente para la entrega de la propuesta en el lugar anteriormente señalado, debido a la distancia existente desde la entrada principal de RTVC, hasta la oficina de Coordinación de Procesos de Selección.
2.6.2 PROPUESTA ECONÓMICA
Los Proponentes deberán presentar su propuesta en PROPUESTA ECONÓMICA, en pesos colombianos COP, diligenciando el Anexo No. 2 que incluye una declaración en la que certifica el valor total del monto en pesos de la propuesta, incluyendo el IVA.
La propuesta económica deberá incluir todos los conceptos requeridos para el desarrollo del contrato resultante del presente proceso de selección incluyendo todos los conceptos durante la vigencia del contrato, impuestos, gravámenes e imprevistos. La propuesta económica deberá tener en cuenta las obligaciones tributarias de acuerdo con las normas aplicables al contrato y los costos de las pólizas a que dé lugar.
No habrá lugar a reajustes sobre el valor consignado en la propuesta económica y en consecuencia la entidad contratante no aceptará reclamaciones posteriores del contratista. No se acepta condicionamiento alguno sobre la propuesta económica ni sobre la forma de pago definida en estas Reglas de Participación.
El valor de la propuesta no podrá ser superior al valor de la disponibilidad presupuestal definida para el presente proceso de contratación, so pena de rechazo.
2.6.3 DILIGENCIA DE CIERRE (FECHA Y HORA LIMITE PARA LA RECEPCIÓN DE LAS PROPUESTAS)
Los interesados en participar en el proceso de selección deberán presentar sus propuestas en medio físico, durante el plazo del proceso de selección y hasta la hora y fecha estipulada en el Cronograma del presente proceso.
Las propuestas presentadas una vez cumplida y pasada la hora fijada para el efecto, o radicadas en dependencia distinta a la enunciada, NO SERÁN RECIBIDAS NI TENIDAS EN CUENTA EN LA DILIGENCIA DE CIERRE, de lo cual se dejará constancia en la respectiva acta. Tampoco se recibirán propuestas enviadas por correo ni aquellas que vengan abiertas.
Antes de dar inicio a la diligencia de cierre, Radio Televisión Nacional de Colombia verificará en la página oficial de la Superintendencia de Industria y Comercio la hora legal colombiana, lo anterior con el fin de dar cumplimiento a lo señalado en la Directiva No. 0013 de 2005 de la Procuraduría General de la Nación, Diario Oficial No. 46.406 de 2006.
De la diligencia de recepción de Propuestas se dejará constancia en acta, en la que se relacionarán cada una de las presentadas, con número de folios, valor de la propuesta económica e indicación de fecha y hora.
A la audiencia de apertura de las propuestas deberán asistir los representantes de los proponentes o sus apoderados debidamente facultados tanto para presentar oferta como para mejorar el ofrecimiento económico, para lo cual debe presentarse el documento que acredite esta calidad. Quien no acredite esta circunstancia no podrá participar como representante o apoderado del oferente que dice representar.
En la audiencia de cierre se verificará la información y los datos relevantes que se relacionan a continuación:
Número del Proceso de Selección.
Nombre, Denominación o Razón Social del Proponente.
(En casos de consorcios o de uniones temporales, se consignará también el nombre o la razón social de cada uno de sus integrantes).
Número de folios de la Propuesta.
Datos más relevantes de la Garantía de Seriedad, tales como: naturaleza, número, otorgante, vigencia, valor, tomador u ordenante y afianzado, y beneficiario.
Observaciones.
Solicitudes de retiro, en su caso.
Para los efectos, únicamente se verificará la ORIGINAL dejando constancia que en el caso de haber discrepancias entre la original y copias, prevalecerá lo contenido en la ORIGINAL.
Una vez verificados los datos contenidos en la ORIGINAL (1), se procederá a comprobar el valor de la
OFERTA ECONÓMICA.
Como constancia, se levantará Acta en la que se consignará el desarrollo de la Audiencia de Apertura de las Propuestas.
2.6.4 TÉRMINO PARA DEVOLUCIÓN DE PROPUESTAS
Los Proponentes podrán retirar sus propuestas antes de la fecha y hora previstas para el cierre del proceso; en este caso, se les devolverán sin abrir y se dejará constancia de esta devolución. Para ello, solicitarán a la Coordinación de Procesos de Selección el retiro de sus propuestas, mediante escrito presentado y radicado en la Secretaria de esa oficina. La propuesta será devuelta sin abrir, posterior al recibo de esa comunicación.
2.7 VERIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
RTVC efectuará la verificación jurídica, financiera y técnica y la evaluación técnico – económica de las propuestas, en la fecha señalada en el cronograma de actividades.
Cuando a juicio de RTVC el plazo para la verificación y evaluación de las propuestas, no garantice el deber de selección objetiva, ésta podrá prorrogarlo hasta por un término igual al inicialmente señalado.
2.8 CONSOLIDADO DEL INFORME DE EVALUACIÓN
Vencido el término previsto para la verificación y evaluación de las propuestas la Coordinación de Procesos de Selección de RTVC, dentro del día hábil siguiente deberá consolidar los informes de evaluación jurídica, financiera y técnica, para proceder a su publicación.
2.9 TRASLADO DEL INFORME DE EVALUACIÓN
En la fecha señalada en el Cronograma del Proceso de Selección para el efecto, el Comité Evaluador dará traslado de este Informe a los Proponentes, por término de tres (3) días hábiles, para que éstos tengan oportunidad de presentar observaciones en torno al mismo.
Este traslado se entenderá surtido con la publicación del Informe de Evaluación en la Página WEB de la Entidad.
2.10 RESPUESTA DE RTVC A LAS OBSERVACIONES PRESENTADAS AL INFORME DE EVALUACIÓN
Vencido el término de traslado del informe de evaluación, RTVC procederá a dar respuesta a las observaciones que hayan sido presentadas por los proponentes al informe de evaluación en el término establecido en el cronograma del proceso. Estas respuestas serán incorporadas en documento aparte, el cual se publicará junto con el Acto Administrativo de adjudicación y/o declaratoria de desierta.
En caso que no se reciban observaciones al informe de evaluación, RTVC procederá a adjudicar el proceso de selección.
2.11 ADJUDICACIÓN O DECLARATORIA DESIERTA
2.11.1 ADJUDICACIÓN
Vencido el término indicado en el numeral anterior RTVC adjudicará el proceso en el término previsto en el cronograma de actividades.
El acto de adjudicación se hará mediante resolución motivada que se notificará personalmente al proponente favorecido en la forma y términos establecidos para los actos administrativos, de conformidad con lo estipulado en el numeral 11 del artículo 30 de la ley 80 de 1993 y se comunicará a los no favorecidos, mediante publicación del acto en la página web de la entidad xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
El acto de adjudicación es irrevocable y obliga a la entidad y al adjudicatario. Contra esta resolución de adjudicación no procede recurso alguno por la vía gubernativa, de conformidad con el parágrafo 1º. del artículo 77 de la Ley 80 de 1993. En el evento en que fuere necesario, RTVC podrá prorrogar el plazo de adjudicación.
Salvo fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados, si el adjudicatario no cumpliere las condiciones y obligaciones a las que en virtud de la presente Convocatoria se obligó, y en especial cuando no suscriba el contrato en el tiempo fijado en el cronograma, RTVC hará efectiva la garantía de seriedad a título de indemnización anticipada de perjuicios, pudiendo recurrir a las demás acciones legales que puedan ser instauradas.
En tal evento, y de conformidad con lo establecido en el Inciso segundo del numeral 12 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, mediante acto administrativo debidamente motivado, RTVC podrá adjudicar el contrato, dentro de los diez (10) días siguientes, al proponente calificado en segundo lugar, siempre y cuando su propuesta sea igualmente favorable para la entidad y haya cumplido con los requerimientos contenidos en las Reglas de Participación.
2.11.2 DECLARATORIA DE DESIERTO
RTVC declarará desierto el presente proceso, cuando:
1. No se presenten ofertas.
2. Ninguna de las ofertas se ajuste a lo establecido en las Reglas de Participación.
3. Existan motivos o causas que impidan la selección objetiva de la propuesta más favorable para la entidad.
La declaratoria de desierta se formalizará mediante acto administrativo en el que se señalarán en forma expresa, todas las razones en las que se basa dicha decisión, será comunicada mediante la publicación de dicho acto en la página web de la entidad y notificada a los oferentes participantes en el proceso según corresponda. Contra la Resolución que declare desierto el proceso de selección procederá el recurso de reposición, el cual podrá interponerse con las formalidades y dentro del plazo previsto en el Código Contencioso Administrativo.
2.12 FIRMA DEL CONTRATO
El proponente seleccionado deberá concurrir al sitio, en el día y la hora que se le comunique, el cual será dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación del acto motivado de la adjudicación. Si por algún motivo no imputable al Proponente adjudicatario, no se pudiere firmar el contrato dentro del período de validez de la propuesta, el Proponente seleccionado tendrá la obligación de anexar el certificado de modificación de la póliza de seriedad de la propuesta que amplíe su vigencia, por un término igual a la mitad del inicialmente fijado necesario para la suscripción del contrato.
Si el adjudicatario no perfecciona el contrato dentro de los términos indicados, salvo fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados, quedará a favor de RTVC, en calidad de sanción, el valor de la garantía constituida para responder por la seriedad de la oferta, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos por el valor de dicha garantía y sin perjuicio de la inhabilidad para contratar por el término de cinco (5) años, de conformidad con lo previsto en el ordinal e) del numeral 1 del artículo 8 de la Ley 80 de 1993.
Si el contratista se demora en modificar las garantías, éstas podrán variarse por la aseguradora o banco a petición RTVC y a cuenta del contratista quien por la firma del contrato que se le adjudique autoriza expresamente a RTVC para retener y descontar los valores respectivos de los saldos que hubiere a su favor.
2.13 CRONOGRAMA DEL PROCESO
ACTIVIDAD | FECHA Y HORA (DD- MM-YY) | LUGAR |
Publicación acto de Apertura, Estudio de Conveniencia y Oportunidad, Reglas de Participación e invitación a presentar propuesta. | 14 xx Xxxx de 2014 | |
Plazo máximo para presentar observaciones a las Reglas de Participación | 19 xx xxxx de 2014; 05:30 pm | Correo Electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx o por escrito radicado en Radio Televisión Nacional de Colombia – RTVC ubicada en la Xxxxxxx 00 Xx. 00-00 xx xx xxxxxx xx Xxxxxx. |
Respuesta observaciones a las Reglas de Participación | 00 xx xxxx xx 0000 | |
Plazo límite para expedir adendas | 23 xx xxxx de 2014 | |
Audiencia de cierre y entrega de propuestas | 26 xx xxxx de 2014; 11:30 am | Xxxxxxx 00 Xx. 00-00 xx xx xxxxxx xx Xxxxxx. |
Verificación de requisitos habilitantes y evaluación de propuestas | Del 26 al 3 xx xxxxx de 2014 | COMITÉ EVALUADOR |
Publicación del informe de evaluación | 3 xx xxxxx de 2014 | |
Traslado del informe de evaluación y oportunidad para presentar observaciones al Informe de evaluación | Del 3 xx xxxxx al 05 xx xxxxx de 2014 | |
Resolución de Adjudicación o Declaratoria de Desierto. | Hasta 10 xx xxxxx de 2014 |
Nota 1: Los documentos que se deban radicar o enviar a RTVC con ocasión del presente proceso de selección, únicamente serán recibidos en el horario de 8:00 a.m. a 5:30 p.m. de lunes a viernes en la Oficina de Coordinación de Procesos de Selección, los cuales podrán ser radicados en físico o enviados a la entidad vía fax al número 2200700 ext. 309 o por correo electrónico a xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx
Nota 2: Las audiencias y diligencias de este proceso de selección se llevarán a cabo en las instalaciones de Radio Televisión Nacional de Colombia, en la fecha y hora señalada en el cronograma del proceso, y en el sitio que en portería se indique a los asistentes.
CAPITULO 3 CAPÌTULO 3. VERIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE PROPUESTAS
3.1 COMITÉ EVALUADOR
Para efectos de adelantar la verificación y evaluación de las propuestas de la presente Invitación Cerrada, la Gerencia de RTVC designará un comité asesor, plural e impar de expertos en el área a contratar, conformado por servidores públicos y colaboradores de RTVC quienes deberán adelantar su labor de manera objetiva.
El Comité estará integrado de la siguiente manera:
Oficina Asesora Jurídica
Oficina de Análisis Financiero y Presupuesto- Subgerencia Soporte Corporativo.
La Gerencia del proyecto TDT
El Comité Evaluador y cada uno de sus integrantes deben desarrollar su trabajo en forma independiente y objetiva. Cada Propuesta será evaluada con estricta sujeción al ordenamiento superior y a las Reglas de Participación.
El Comité asesorará a RTVC durante el proceso de selección, para lo cual entre otras responsabilidades validará el contenido de los requerimientos técnicos, evaluará y calificará las ofertas presentadas de conformidad con los criterios establecidos en las Reglas de Participación, previa reunión en la que unificará su entendimiento sobre los criterios de evaluación para minimizar las posibles diferencias de criterio individual con que cada factor debe evaluarse.
Sus miembros estarán sujetos a las inhabilidades, incompatibilidades, prohibiciones y conflicto de intereses previstos en la Constitución y la ley.
De su trabajo se preparará Informe completo y motivado que concluirá con la correspondiente recomendación al ordenador del gasto, resultado de la evaluación y calificación de las Propuestas según los criterios o factores de habilitación y adjudicación fijados en estas Reglas de Participación.
La condición de cuerpo asesor no exime a los miembros del Comité de la responsabilidad inherente al ejercicio de la labor encomendada.
En el evento de que el ordenador del gasto no acoja la recomendación del Comité, debe justificarlo en el acto administrativo con el cual culmine el Proceso.
3.2 CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y VERIFICACIÓN
CRITERIOS DE VERIFICACIÓN/ EVALUACIÓN | |||
N o | PARÁMETRO | VERIFICACIÓN | PUNTAJE |
1 | Capacidad jurídica | Habilitante | No otorga |
puntaje | |||
2 | Capacidad Financiera | Habilitante | No otorga puntaje |
3 | Capacidad técnica (Experiencia mínima requerida) | Habilitante | No otorga puntaje |
4 | Experiencia del equipo humano - Técnico | Ponderable | Hasta 500puntos |
5 | Oferta económica | Ponderable | Hasta 400 puntos |
6 | Apoyo a la Industria Nacional | Ponderable | Hasta100 Puntos |
TOTAL | 1.000 Puntos |
3.2.1 FACTORES DE VERIFICACIÓN – FACTORES HABILITANTES
En el presente proceso de selección objetiva se escogerá el ofrecimiento más favorable para Radio Televisión Nacional de Colombia y a los fines que busca, sin tener en consideración factores de afecto o de interés y en general, cualquier clase de motivación subjetiva.
RTVC efectuará las comparaciones del caso mediante el cotejo de ofrecimientos recibidos y la consulta de las Reglas de Participación.
La ausencia de requisitos o la falta de documentos referentes a la futura contratación o al Proponente que no sean necesarios para la comparación de las propuestas NO servirán de título suficiente para el rechazo de los ofrecimientos hechos. En consecuencia, todos aquellos requisitos de la propuesta que no afecten la asignación de puntaje podrán ser solicitados por RTVC en cualquier momento, hasta la adjudicación, salvo en los casos puntualmente señalados en las causales de rechazo.
Los factores de habilitación están referidos a las condiciones del proponente, y hacen referencia a la capacidad jurídica, capacidad financiera y condiciones de experiencia de los proponentes, por tal razón, solamente serán objeto de verificación de su cumplimiento conforme a lo previsto en en las Reglas de Participación del proceso de selección para habilitar la participación del proponente y no otorgarán puntaje.
En aras de garantizar los principios de eficiencia y economía se concede a los Proponentes el derecho a no presentar documentos que hubieren entregado en desarrollo de procesos anteriores y que reposen en los archivos de la Entidad, siempre y cuando la información no contravenga las exigencias establecidas en las Reglas de Participación, especialmente en cuanto a su vigencia y plazo de expedición. El Proponente que opte por esta alternativa deberá indicar cuál o cuáles documentos reposan en la Entidad, señalando el expediente y los números de los folios, precisando de manera expresa que la información allí contenida no ha sido objeto de modificación o variación alguna, asumiendo la responsabilidad por el hecho de que el documento que no se aporte y se pida confrontar con el que reposa en los archivos de la Entidad, no cumpla con las exigencias del presente proceso.
FACTORES DE VERIFICACIÓN – FACTORES HABILITANTES | |||
Parámetro | Verificación | Evaluación | Puntaje |
Verificación Jurídica | Habilitante | Habilitante | |
Verificación Financiera | Habilitante | Habilitante | |
Verificación Técnica (Experiencia Mínima) | Habilitante | Habilitante |
3.2.1.1 FACTORES DE VERIFICACIÓN JURÍDICA
Se efectuará verificación jurídica al proponente, de conformidad con los documentos y criterios establecidos en el presente acápite.
Los documentos aquí exigidos se verificarán para determinar su cumplimiento o no. El proponente individual y/o todos los miembros de la unión temporal o consorcio deberán cumplir con la presentación del documento exigido, a continuación:
X. XXXXX DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
En el anexo respectivo, cada Proponente Individual o Plural debe diligenciar y acompañar su propuesta con la Carta de Presentación, suscrita por el representante legal si es persona jurídica, o convencional si se trata de consorcios o uniones temporales o promesa de sociedad futura, o por apoderado debidamente constituido y acreditado conforme a derecho, de acuerdo con el Formato del Anexo carta de presentación.
Quien suscriba la Carta de Presentación de la Propuesta en nombre y representación del Proponente, debe contar con facultades expresas y suficientes para ello, así como, para suscribir el Contrato, en caso de adjudicación, y para recibir notificaciones de cualquier decisión administrativa o judicial.
Además, el representante legal del Proponente Individual y de los integrantes de Proponentes Plurales personas jurídicas y el representante convencional de estos últimos, o sus apoderados especiales, debidamente constituidos y acreditados, en su caso, deben disponer de atribuciones y facultades específicas y suficientes para presentar Propuesta en desarrollo de este Proceso de Selección; cumplir oportuna, eficaz y eficientemente los compromisos derivados de tal presentación; celebrar el Contrato proyectado; satisfacer los requisitos de ejecución; otorgar las garantías exigidas, y en general, comprometer a la persona jurídica o a la asociación para todos los anteriores efectos, representar sus intereses y obrar en su nombre en todos los actos, trámites y diligencias inherentes a la actuación contractual.
Los oferentes deberán indicar en la carta de presentación cuales de los documentos aportados son de carácter reservado e indicar la norma que ampara dicha reserva. Si el oferente no hace pronunciamiento expreso amparado por la ley se entenderá que toda la oferta es pública.
En todo caso, RTVC se reserva el derecho de no acatar la confidencialidad predicada de la información si va en contra de los principios de publicidad y contradicción que rigen los procesos de selección pública.
Poder: Cuando el oferente actúe a través de un representante o apoderado deberá acreditar mediante poder, que su representante o apoderado está expresamente facultado para presentar la oferta y firmar el contrato respectivo si a ello hubiere lugar.
NOTA: NO PRESENTAR LA CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA GENERA EL RECHAZO DE ESTA, TENIENDO EN CUENTA QUE EL MENCIONADO ANEXO CONTEMPLA EL OFRECIMIENTO INTEGRAL DE LA PROPUESTA POR PARTE DEL PROPONENTE A RTVC.
B. CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL EMITIDO POR LA CÁMARA DE COMERCIO
Mediante el Certificado de Existencia y Representación Legal, RTVC verificará la capacidad jurídica de la sociedad como de quien la representa. Para tales efectos, tendrá en cuenta la identificación de la sociedad, duración, representante legal y sus facultades y que el objeto social de la firma oferente esté directamente relacionado con el objeto propuesto en el presente proceso de selección.
El proponente al ser persona Jurídica debe presentar el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio, en donde conste que su duración no es inferior a la duración del contrato y cinco (5) años más y que su objeto social sea suficiente para poder ejecutar el objeto del presente proceso de selección. Este certificado debe haber sido expedido dentro de los treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de la diligencia de cierre y presentación de ofertas señalada en el cronograma del proceso.
Si la PROPUESTA es presentada por un consorcio o unión temporal o promesa de sociedad futura, cada uno de sus miembros debe presentar de manera independiente la anterior certificación expedida con treinta (30) días calendario de anterioridad a la fecha de la diligencia de cierre y presentación de ofertas del presente proceso de selección.
C. PERSONA JURÍDICA EXTRANJERA CON SUCURSAL EN COLOMBIA NO APLICA PARA EL PRESENTE PROCESO
D. CONSORCIOS O UNIONES TEMPORALES O PROMESA DE SOCIEDAD FUTURA
En caso de consorcio o unión temporal o promesa de sociedad futura deberán aportar el documento respectivo de constitución en los términos solicitados, y deberán acreditar que su término de duración no podrá ser inferior al plazo de ejecución del contrato y cinco (5) años más a partir de su terminación.
Así mismo, se debe presentar el Certificado de Existencia y Representación Legal de cada uno de sus integrantes.
Por otra parte, en caso de que el consorcio o la unión temporal o la promesa de sociedad futura esté integrado a su vez por estas formas asociativas, cada uno de sus integrantes deberá presentar el documento de conformación de consorcio o unión temporal o promesa de sociedad futura según corresponda.
E. PERSONAS JURÍDICAS EXTRANJERAS SIN SUCURSAL EN COLOMBIA
Las personas jurídicas extranjeras que no tengan sucursal en Colombia, deben probar su existencia, representación legal y que dentro de su objeto social se encuentren las actividades exigidas en las Reglas de Participación con uno de los siguientes documentos: (i) el certificado expedido por la autoridad competente de cada país, acompañado con el respectivo apostillaje según corresponda, de acuerdo con los términos establecidos en el Decreto 106 de 2001 y la Ley 455 de 1998, o (ii) con la correspondiente certificación expedida por el Cónsul de Colombia, donde conste que la sociedad existe como persona jurídica, y el nombre de quien o quienes, de acuerdo con las disposiciones estatutarias, ejercen la representación legal y que dentro de su objeto social se encuentren las actividades exigidas en el pliego de condiciones definitivo. Dicho certificado debe haber sido expedido en una fecha no superior a un mes con relación a la fecha de cierre del proceso de selección.
La duración de la sociedad no podrá ser inferior al plazo de ejecución del contrato y cinco (5) años más a partir de su terminación. La demostración de la duración de las personas jurídicas extranjeras debe realizarse utilizando cualquier medio probatorio legalmente válido en Colombia, incluyendo estatutos, certificados de existencia y representación legal, certificaciones de la autoridad competente, documentos de incorporación ó certificados expedidos por el Cónsul de la República de Colombia con jurisdicción en el país de su domicilio social, entre otros.
En el caso de personas jurídicas extranjeras que no cuenten con domicilio en Colombia, deberá constituir apoderado con domicilio en Colombia para que la represente y en caso de resultar adjudicatario deberá constituir dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al perfeccionamiento del contrato una sucursal en Colombia en los términos establecidos por el artículo 471 del Código de Comercio. La no constitución de una sucursal en los términos antes descritos, será causal de terminación anticipada del contrato por parte de RTVC.
F. PERSONAS NATURALES
NO APLICAN PARA EL PRESENTE PROCESO
G. AUTORIZACIÓN PARA PRESENTAR LA OFERTA Y COMPROMETER A PERSONAS JURÍDICAS.
Si el representante legal o apoderado no tiene facultades amplias y suficientes para presentar la Propuesta y contratar con la entidad, la propuesta será inhabilitada. En el caso de consorcios, uniones temporales y promesas de sociedad futura, cada uno de los integrantes de estas formas asociativas, deberá acreditar que su representante legal o apoderado cuenta con la autorización para presentar la oferta y contratar hasta por el monto del presupuesto de la contratación.
H. CERTIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE APORTES PARAFISCALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL
PERSONAS JURÍDICAS NACIONALES O EXTRANJERAS CON SUCURSAL EN COLOMBIA NO APLICA PARA EL PRESENTE PROCESO
CONSORCIOS O UNIONES TEMPORALES O PROMESA DE SOCIEDAD FUTURA
En el caso de consorcio, uniones temporales y promesas de sociedad futura, cada uno de sus integrantes deberá acreditar que cumple con este requisito.
NOTA COMÚN: En caso de que el oferente no esté obligado a realizar aportes parafiscales y seguridad social no deberá suscribir el anexo previsto en este numeral, deberá presentar en su lugar, una certificación expedida por el revisor fiscal, cuando este exista de acuerdo con los requerimientos xx xxx, o por el representante legal si no está obligado a tener Revisor Fiscal, en donde haga constar dicha circunstancia.
PERSONAS JURÍDICAS EXTRANJERAS SIN SUCURSAL EN COLOMBIA
La obligación de presentar las certificaciones de cumplimiento del artículo 50 de la ley 789 de 2002 no aplica para personas jurídicas extranjeras, salvo en el caso en el que participen sucursales de éstas legalmente constituidas en Colombia, caso en el cual deberán presentar la certificación mencionada en el primer párrafo de éste numeral o una certificación del representante legal de la sucursal en la que manifieste que la sucursal no tiene empleados y, por lo tanto, no deben cumplir con lo señalado en la ley 789 de 2002.
PERSONAS NATURALES
NO APLICAN PARA EL PRESENTE PROCESO
I. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
Para garantizar la seriedad de la oferta el proponente deberá constituir a favor de RADIO TELEVISIÓN NACIONAL DE COLOMBIA - RTVC NIT 000000000-6 una póliza de Seguros, expedida por una entidad debidamente constituida y autorizada para funcionar en Colombia por una suma equivalente al diez por ciento (10 %) del valor del presupuesto oficial de la presente contratación, y su vigencia se extenderá desde el momento de la presentación de la oferta hasta la aprobación de la garantía que ampara los riesgos propios de la etapa contractual. El periodo de vigencia de la garantía deberá cubrir como mínimo noventa (90) días, contados a partir de la Presentación de la propuesta.
En el caso de consorcios, uniones temporales y promesas de sociedad futura, en la garantía de seriedad deberá precisarse que el afianzado es el Consorcio o la Unión Temporal o Sociedad y deberá incluir el porcentaje de participación de cada uno de los socios.
La Garantía de Seriedad de la Propuesta deberá amparar los riesgos derivados del incumplimiento del ofrecimiento, previstos en el artículo 115 del Decreto N° 1510 de 2013.
Las inconsistencias de la garantía de seriedad serán subsanables en el término que para el efecto establezca RTVC so pena de rechazo.
J. DOCUMENTO DE CONFORMACIÓN DE CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL O PROMESAS DE SOCIEDAD FUTURA. (Anexo Respectivo)
Tratándose de Consorcios, Uniones Temporales y promesas de sociedad futura, deberán anexar el documento de conformación correspondiente, el cual deberá reunir los siguientes requisitos:
Expresar si la participación es a título de Consorcio o de Unión Temporal o promesa de sociedad futura, El documento deberá consignar los términos que regirán la Unión Temporal o el Consorcio o la promesa de sociedad futura, esto es: i) duración, ii) objeto, iii) porcentaje de participación de cada uno de sus miembros, iv) participación de estos en la ejecución del contrato, v) elementos que no podrán ser modificados sin el consentimiento previo y escrito de RTVC.
Expresar que la duración del Consorcio o de la Unión Temporal o promesa de sociedad futura, no podrá ser inferior al plazo de ejecución del contrato y cinco (5) años más a partir de su terminación.
Designar en forma expresa, el nombre del representante legal de la Unión temporal o consorcio o promesa de sociedad futura y el de su suplente con los respectivos documentos de identificación y con sus facultades.
Manifestar expresamente el grado de responsabilidad de los miembros en los aspectos administrativos, jurídicos, técnicos y económicos, (actividades que van a desarrollar cada uno de ellos) e indicar si dicha responsabilidad es solidaria.
K. FOTOCOPIA DEL REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO -RUT- ACTUALIZADO.
El oferente deberá presentar el documento actualizado y si la oferta es presentada por un consorcio o unión temporal o promesas de sociedad futura, cada uno de sus miembros deberá presentar de manera independiente el anterior documento.
L. COMPROMISO DE TRANSPARENCIA
En el anexo respectivo, el Proponente apoyará la acción del Estado Colombiano y a RTVC para fortalecer la transparencia y la responsabilidad de rendir cuentas, y en este contexto deberá asumir los compromisos contenidos en el documento “COMPROMISO TRANSPARENCIA”, que hace parte de la Documentación Jurídica.
M. CERTIFICADO DEL “SIRI”
RTVC verificará mediante la consulta que el proponente no se encuentra en el Sistema de Información y Registro de Sanciones y Causas de Inhabilidad “SIRI”, expedido por la Procuraduría General de la Nación, a nombre de la persona jurídica. Imprimir la consulta.
N. BOLETÍN DE RESPONSABLES FISCALES
RTVC verificará mediante la consulta respectiva que el proponente no se encuentra en el boletín de responsables fiscales de la Contraloría General de la Nación. Imprimir la consulta.
O. CERTIFICADO DE ANTECEDENTES JUDICIALES.
RTVC verificará mediante la consulta respectiva, si el proponente no se encuentra reportado en la base de datos de la policía nacional. En el caso de los consorcios y uniones temporales o promesa de sociedad futura, cada uno de sus integrantes deberá no encontrarse reportado en el respectivo boletín. Imprimir la consulta.
3.2.1.2 FACTORES FINANCIEROS DE HABILITACIÓN
Se verificará que el Proponente Individual y los integrantes de Proponentes Plurales cuentan con el respaldo o la solvencia de orden económico financiero, tanto para atender sus operaciones ordinarias, los proyectos a su cargo y los compromisos de crédito, como para asumir las obligaciones y prestaciones derivadas del Contrato que pueda celebrarse como resultado de la adjudicación, de acuerdo con los parámetros que se establecen a continuación, con fundamento en los siguientes soportes:
DOCUMENTOS DE ACREDITACIÓN
OFERENTES NACIONALES O EXTRANJEROS CON SUCURSAL EN COLOMBIA
Estados financieros comparativos 2012-2013 especificando el activo corriente, activo fijo, pasivo corriente y pasivo a largo plazo (Balance General y Estado de Pérdidas y Ganancias) firmados por el proponente persona natural o por el Representante Legal de la persona jurídica y el contador o Revisor Fiscal de la empresa si está obligado a tener.
Como se desprende de su naturaleza y clase, los Estados Financieros deben presentarse suscritos por el Representante Legal, el Contador Público bajo cuya responsabilidad se hubieran preparado, y por el Revisor Fiscal, en caso de requerirse, de conformidad con el Decreto 2649 de 1993 y la Ley 222 de 1995, en concordancia con el artículo 203 del Código de Comercio.
Las Notas Explicativas a los Estados Financieros año 2013 deben haber sido elaboradas y presentarse conforme al Decreto Reglamentario 2649 de 1993 y al artículo 36 de la Ley 222 de 1995, en concordancia con el artículo 203 del Código de Comercio, con la correspondiente desagregación de valores y la explicación de las cuentas y subcuentas.
La Certificación de los Estados Financieros año 2013 debe estar suscrita por el Representante Legal y el Contador Público, bajo cuya responsabilidad se hubieran preparado, con sujeción al artículo 37 de la Ley 222 de 1995, en concordancia con el artículo 57 del Decreto Reglamentario 2649 de 1993.
El Dictamen de Revisor Fiscal, en su caso, debe ajustarse a los artículos 38 de la Ley 222 de 1995, 208 y 209 del Código de Comercio y 11 del Decreto 1406 de 1999. Si el Proponente no está obligado a tener Revisor Fiscal, el Contador Público debe cumplir lo exigido en el citado artículo 11 del Decreto 1406 de 1999.
A la Información Financiera debe acompañarse fotocopia legible de la Tarjeta Profesional del Contador Público y del Revisor Fiscal, de requerirse, o del auditor independiente que los hubiera examinado, y que la suscriben, certifican y dictaminan, con sus respectivos certificados de vigencia de inscripción y de antecedentes disciplinarios, expedidos por la Junta Central de Contadores, con antelación no superior a tres
(3) meses, respecto de la fecha de presentación de la Propuesta.
OFERENTES EXTRANJEROS SIN SUCURSAL EN COLOMBIA
a) Balance general, estado de resultados comparativos años 2013 y 2012, así como las notas a los estados financieros año 2013, con corte del ejercicio fiscal a 31 Diciembre de 2013, firmados por el representante legal y el contador.
b) Los estados financieros deberán presentarse Los estados financieros deben estar acompañados de la traducción oficial al castellano, expresados en pesos colombianos, a la tasa representativa xxx xxxxxxx TRM (fuente Banco de la Republica) de la fecha de cierre de los mismos, indicando la tasa de conversión.
Así mismo, los balances traducidos oficialmente estarán discriminados de la siguiente manera: ACTIVOS: Corriente, no corriente y total
PASIVOS: Corriente, no corriente, total PATRIMONIO
c) Certificación y dictamen de Auditoría Externa del país del proponente, de los estados financieros y
solo se aceptará “dictamen limpio”.
El dictamen a los estados financieros vendrá con traducción oficial al español.
Se entiende por dictamen limpio aquel en el que se declara que los estados financieros presentan razonablemente en todos los aspectos significativos, los resultados de operaciones y principios de contabilidad generalmente aceptados.
NOTA: Se aceptarán estados financieros para OFERENTES EXTRANJEROS para la vigencia 2013 sin auditar siempre y cuando certifiquen que en el país de origen no se ha vencido el plazo para presentar estados financieros definitivos auditados.
En el evento que cualquiera de los requerimientos anteriormente mencionados no tenga la misma denominación en el país del domicilio del oferente extranjero, el representante legal o el apoderado en Colombia, deberá allegar los documentos equivalentes en su país indicando para cada caso cual es el documento equivalente acompañados de la traducción oficial al castellano.
En caso de Consorcios y/o Uniones Temporales cada integrante deberá presentar sus documentos financieros.
Los estados financieros presentados por extranjeros no deberán sujetarse a las normas colombianas que rigen su presentación. Tampoco aplicarán a los proponentes extranjeros las exigencias relativas a los revisores fiscales y contadores que se exigen para dichos profesionales en Colombia, como, por ejemplo, la tarjeta profesional, las certificaciones de vigencia de inscripción y de antecedentes disciplinarios de la Junta Central de Contadores.
En el caso de Proponentes de origen extranjero, la información contable y financiera debe haber sido preparada con sujeción a las “International Financial Reporting Standards –IFRSs” adoptados por la Comisión Europea (“European Commission”), a las “International Financial reporting Standards – IFRSs” en general o a los “Generally Accepted Accounting Principles –US GAAP”, según el país de origen de la persona jurídica de que se trate. Se debe certificar en el informe del revisor fiscal o quien haga sus veces.
Cuando dicha información obre en moneda distinta del peso colombiano, debe presentarse con la correspondiente reexpresión en pesos colombianos, la cual requiere convertir de la moneda extranjera a
dólares americanos y de ésta moneda a pesos colombianos a las tasas de cambio correspondientes a la fecha de cierre del periodo contable certificadas por el Banco de la República y, que deben consignarse en el respectivo documento.
La información contable y financiera debe presentarse en idioma castellano o acompañada de su traducción oficial.
La traducción de los balances estará discriminada de la siguiente manera:
ACTIVOS: Corriente, no corriente y total
PASIVOS: Corriente, no corriente, total
PATRIMONIO
Certificación y dictamen de Auditoría Externa del país del proponente, de los estados financieros y
solo se aceptará “dictamen limpio”.
Se entiende por dictamen limpio aquel en el que se declara que los estados financieros presentan razonablemente, en todos los aspectos significativos, los resultados de operaciones y el cumplimiento de los principios de contabilidad generalmente aceptados.
NOTA: La falta de cualquier documento relacionado con la acreditación de la Capacidad Económico Financiera o cualquier defecto en su contenido podrá ser subsanada. En todo caso, las eventuales aclaraciones sobre los mismos deben presentarse con sujeción a los requisitos señalados en el presente numeral, dentro del término perentorio fijado por RTVC en el correspondiente requerimiento.
La capacidad económico financiera del Proponente se determinará sobre la base de los siguientes indicadores financieros:
INDICADORES FINANCIEROS
Razón de Liquidez ≥ 1.0
Nivel de Endeudamiento ≤ 70%
Capital de Trabajo ≥ 10% del Presupuesto Oficial
Patrimonio ≥ 10% del Presupuesto Oficial
Los Proponentes cuyos Estados Financieros no alcancen los requerimientos establecidos para los indicadores señalados no serán habilitados, de manera que su Propuesta no puede ser objeto de adjudicación.
Cada indicador se evaluará por separado, mediante la aplicación de las fórmulas que se fijan a continuación.
Tratándose de Proponentes Plurales, los indicadores financieros se determinarán por la sumatoria de las correspondientes partidas de los Estados Financieros de cada uno de sus integrantes, ponderadas de acuerdo con su respectiva participación en la asociación de que se trate.
La Capacidad Financiera es materia de verificación de cumplimiento, pero no da lugar a la asignación de puntaje. No obstante, la propuesta será RECHAZADA si no cumple con los parámetros mínimos en cifras y porcentajes que se indican a continuación:
Razón de Liquidez
Indica la capacidad de la empresa para atender sus obligaciones a corto plazo, con el respaldo de los Activos Corrientes. Debe ser mayor o igual a uno (1).
Es igual al Activo Corriente dividido entre el Pasivo Corriente.
La Razón de Liquidez de Proponentes Individuales se determina mediante la siguiente fórmula:
Activo Corriente 1.0 Pasivo Corriente
La Razón de Liquidez de Proponentes Plurales, Consorcios y Uniones Temporales, se determina mediante la aplicación de la siguiente fórmula:
n Activo Corriente
Pasivo Corriente
* Participación Porcentuali 1.0
i1 i
Donde n corresponde al número total de integrantes del Proponente Plural
Nivel de Endeudamiento
Indica la parte de los Activos de la empresa financiados con recursos de terceros. Debe ser menor o igual al setenta por ciento (70%).
Para proponentes Individuales se calcula mediante la aplicación de la siguiente fórmula:
Pasivo Total Activo Total
70%
El Nivel de Endeudamiento de Proponentes Plurales, Consorcios y Uniones Temporales, se determina mediante la aplicación de la siguiente fórmula:
n Pasivo Total * Participación Porcentual 70%
Activo Total i
i1 i
Donde n corresponde al número total de integrantes del Proponente Plural
Capital de Trabajo
Se determina por el resultado de sustraer del Activo Corriente el Pasivo Corriente. Debe ser igual o superior al diez por ciento (10%) del Presupuesto Oficial del Proyecto.
Para proponentes individuales resulta de la aplicación de la siguiente fórmula:
Activo Corriente - Pasivo Corriente ≥ 10% del Presupuesto Oficial del Proyecto
El Capital de Trabajo de Proponentes Plurales, Consorcios y Uniones Temporales, se determina mediante la aplicación de la siguiente fórmula:
∑[ ]
Donde n corresponde al número total de integrantes del Proponente Plural
Patrimonio
Debe ser superior al diez por ciento (10%) del Presupuesto Oficial del Proyecto.
Patrimonio ≥10% del Presupuesto Oficial de Proyecto.
El Patrimonio de Proponentes Plurales, Consorcios y Uniones Temporales, se determina mediante la aplicación de la siguiente fórmula:
∑[ ]
Donde n corresponde al número total de integrantes del Proponente Plural.
3.2.1.3 FACTORES TÉCNICOS DE HABILITACIÓN
Para efectos de determinar que los Proponentes cuentan con el conjunto de antecedentes comprobados en el desarrollo de actividades relacionadas con las que son objeto del Contrato proyectado, conforme a los cuales es posible suponer que están en condiciones de asumir y cumplir en forma oportuna, eficaz y eficiente las prestaciones y obligaciones derivadas de aquel, RTVC evaluará su experiencia en gestión de proyectos,
interventoría a contratos, supervisión y seguimiento de implementación de proyectos, instalación y/o puesta en operación de equipos y sistemas en el sector de telecomunicaciones
3.2.1.3.1 VERIFICACIÓN EXPERIENCIA MINIMA DEL PROPONENTE (CUMPLE – NO CUMPLE)
Se comprobará la experiencia de los Proponentes en trabajos de Interventoría, como a continuación se describe:
El Proponente deberá acreditar experiencia mediante dos (2) certificaciones contractuales y/o actas de liquidación y/o actas de finalización de contratos ejecutados en un 100% contados a partir del 1 de enero de 2010, cuyo objeto corresponda a trabajos de gestión de proyectos que impliquen la supervisión y seguimiento de implementación de proyectos y/o interventoría relacionados con el área de las telecomunicaciones.
Los contratos certificados deben haber sido suscritos y ejecutados en un 100% a partir del 1 de enero del año 2010.
Si el oferente presenta más de las dos (2) certificaciones, actas de liquidación o de finalización contractual requeridas, solo se tendrán en cuenta para la evaluación las dos (2) primeras de acuerdo con el orden de foliación.
La sumatoria del valor de las certificaciones y/o actas de liquidación y/o finalización que acreditan lo solicitado debe ser mayor o igual al cien por ciento (100%) del Presupuesto Oficial del presente Proceso de Selección.
En el caso de no ser clara la información RTVC podrá requerir el contrato
DATOS MÍNIMOS:
Las certificaciones y/o las actas de liquidación y/o actas de finalización, en su caso, deberán contener los siguientes datos mínimos acerca del respectivo contrato:
1. Entidad contratante
2. Nombre o razón social del Contratista Objeto
3. Fechas de iniciación (día/mes/año)*
4. Fecha de terminación (día/mes/año)*
5. Valor del contrato (donde se especifique el valor del concepto que se quiere acreditar).
6. Datos de la persona que suscribe la certificación, teléfono y correo electrónico donde puede verificarse dicha certificación.
La certificación debe venir debidamente suscrita por la persona facultada para expedir dicho documento.
En caso de que en las certificaciones de experiencia, no conste de manera completa la información solicitada en el presente numeral, el proponente podrá presentar junto con la certificación de experiencia, documentos soporte que sean expedidos por el contratante y que sirvan de prueba para acreditar la información (órdenes de compra y/o servicio, copia del contrato celebrado, actas de terminación, actas de recibo del servicio, actas de liquidación, entre otros).
Nota 1: Además de las certificaciones solicitadas, el proponente deberá anexar diligenciado el respectivo Anexo de certificaciones de experiencia para efectos de que la entidad pueda realizar la respectiva verificación.
* En caso de que en las certificaciones no se acredite el día cierto de inicio y terminación del contrato, RTVC
tomará el último día del mes de inicio del contrato, y el primer día del último mes en que terminó.
REGLAS PARA VALORAR LA EXPERIENCIA:
Tales contratos pueden haberse ejecutado en Colombia o en el exterior y deben encontrarse ejecutados en un 100% antes de la fecha de cierre del Proceso de Selección.
Si el valor del contrato no fue pactado en pesos colombianos, RTVC hará la conversión a esta moneda, a la Tasa de Cambio correspondiente a la fecha del último día de ejecución del contrato certificado y expresará posteriormente el valor en salarios mínimos mensuales legales vigentes en la fecha de terminación del respectivo contrato.
Las traducciones al idioma español de los documentos o certificaciones que se presenten a RTVC deben estar acompañadas del documento original en idioma del país de origen.
Para acreditar esta experiencia, puede invocarse la adquirida por sociedades matrices o controlantes, nacionales o extranjeras, o por sus filiales, o por otra filial de su matriz en común.
Para estos efectos habrá control o se considerará matriz exclusivamente cuando se verifique que el Proponente (o los miembros de una Estructura Plural) o su matriz, según sea el caso, respecto de la sociedad cuya experiencia acredita o que la sociedad cuya experiencia se acredita respecto del Proponente (o los miembros de una Estructura Plural) tiene el cincuenta por ciento (50%) o más del capital.
Si el Proponente o los miembros de las Estructuras Plurales acreditan la Experiencia General o Experiencia Específica de (a) su matriz, (b) o de su filial, o (c) de otra filial de su matriz en común, deberá demostrar la trazabilidad de la subordinación con la situación de control del grupo empresarial y para ello se deberá aportar los siguientes documentos:
En el evento en que se pretenda acreditar la experiencia de la matriz o la filial, y el Proponente (o los miembros de una Estructura Plural) sea colombiano, se deberá aportar:
El certificado de existencia y representación legal del Proponente (o los miembros de una Estructura Plural) en el cual conste la inscripción de la situación de control de la matriz expedido con antelación no mayor a un
(1) mes respecto de la fecha de cierre del proceso.
En su defecto, la explicación juramentada de los representantes legales de las dos sociedades, respecto de las razones por las cuales no se ha registrado la situación de control en el registro mercantil, y los soportes de los eventos que determina la ley 222 de 1995 para acreditar la situación de control.
En el evento en que se pretenda acreditar la experiencia de la matriz o la filial, o filial de su matriz en común y el proponente sea extranjero, se deberá aportar:
Certificado de existencia y representación legal del Proponente- (o los miembros de una Estructura Plural) en el cual conste la inscripción de la situación de control, si la jurisdicción de incorporación de la sociedad controlada tuviere tal certificado y en el mismo fuese obligatorio registrar la situación de control, o
Mediante la presentación de un documento equivalente al certificado de existencia y representación legal según la jurisdicción, siempre que en el mismo fuese obligatorio registrar la situación de control, o
Mediante certificación expedida por autoridad competente, según la jurisdicción de incorporación de la sociedad controlante o controlada, en el que se evidencie el presupuesto de control descrito en el presente numeral, o
Mediante certificación expedida conjuntamente por los representantes legales del Proponente (o los miembros de una Estructura Plural) y de la sociedad controlante, en la cual conste que en el país de su incorporación no existe autoridad que expida certificados en los que conste la situación de control de una sociedad, y en el cual se describa la situación de control, o
Mediante la presentación de un documento que demuestre la trazabilidad con la descripción accionaria, la subordinación con la situación de control.
Las certificaciones o los contratos de matriz o controlante deben contener los mismos requisitos establecidos para las del Proponente Individual o al integrante de Proponente Plural.
Si las certificaciones comprenden adiciones al contrato principal, deben precisar objeto, alcance, valor y plazo de ejecución.
Si comprenden actividades y prestaciones adicionales a las requeridas deben discriminar estas últimas en cuanto a objeto y valor.
Se aceptarán certificaciones de contratos ejecutados bajo la modalidad de llave en mano para acreditar la experiencia en instalación.
La experiencia que acrediten los Proponentes, adquirida en consorcios, uniones temporales o sociedades, se valorará sobre la base de su respectiva participación porcentual en la correspondiente asociación, de acuerdo con el respectivo convenio o acuerdo de consorcio.
En caso de que en la certificación no conste el porcentaje de participación de los asociados, el proponente deberá aportar copia del documento de conformación de consorcio o unión temporal o promesa de sociedad futura, según corresponda. (Para efectos de calificación se tendrá en cuenta únicamente el porcentaje de participación del oferente que conforma el consorcio o unión temporal que presente oferta).
Ahora, en el caso de Consorcios o Uniones Temporales o promesas de sociedad futura, la experiencia habilitante que acrediten sus integrantes se tendrá en cuenta para verificar que quien aporte la mayor experiencia en interventoría tenga al menos el 30% de participación y se acredite en el documento de conformación de consorcio o unión temporal para este proceso.
Si en una de las certificaciones presentadas relaciona más de un contrato, sólo se tendrán en cuenta aquellos contratos que cumplan con las condiciones solicitadas en este numeral.
Si la certificación incluye adiciones al contrato principal, se debe identificar en forma precisa si son contratos adicionales al principal, indicando en cada uno de ellos su plazo y valor.
El proponente deberá presentar y diligenciar el Anexo respectivo
3.2.1.3.2 EXPERIENCIA MÍNIMA REQUERIDA DEL EQUIPO HUMANO
El Proponente debe contar con el equipo humano mínimo requerido para la ejecución del Contrato
proyectado.
Deberá presentar la hoja de vida de cada uno de los profesionales que lo integran, acompañada de sus títulos académicos legalmente reconocidos y certificaciones laborales en la que se relacione la experiencia fijada en estas Reglas de Participación para cada uno de los cargos requeridos.
Tales certificaciones laborales deben contener la siguiente información:
1. Entidad o empresa en la cual se prestaron los correspondientes servicios.
2. El objeto del contrato o las actividades y labores correspondientes al cargo (se podrá incluir manual de funciones).
3. Las fechas de inicio y de terminación del contrato (fecha cierta en día, mes y año).
La hoja de vida debe acompañarse de fotocopia de la tarjeta profesional o documento equivalente para profesionales extranjeros, quienes deberán cumplir con las normas migratorias y regulatorias de su profesión que se encuentran vigentes.
Cuando las certificaciones aportadas no contengan toda la información requerida, se podrá acompañar a estas, copia de los contratos o actas de finalización o de liquidación, y serán válidas siempre y cuando contengan como mínimo la información requeridas en las certificaciones.
Cada uno de los integrantes deberá diligenciar el ANEXO CARTA DE INTENCIÓN, en la que se garantiza que los profesionales ofertados son los que van a ejecutar el contrato.
NOTA: EXCLUSIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL. No se generará relación laboral alguna de RTVC con el equipo humano destinado por el CONTRATISTA para la ejecución del servicio. En caso de presentarse cualquier controversia sobre el asunto, el CONTRATISTA asumirá toda la responsabilidad por tal concepto.
Para la ejecución del Contrato proyectado, RTVC requiere como mínimo del siguiente equipo:
I. EXPERTO TECNICO
a. Director del Proyecto:
Un Ingeniero Eléctrico y/o Electrónico y/ o de Telecomunicaciones con:
1. Especialización y/o con Maestría en cualquier área de la ingeniería o área administrativa.
2. Experiencia general mínima de 10 años en Telecomunicaciones.
3. Experiencia específica mínima de cinco (5) años en:
a. Administración o gerencia de proyectos en el sector de telecomunicaciones, adquirida como empleado o contratista de una empresa operadora y/o de servicios de telecomunicaciones en el ámbito local, regional, nacional o internacional, o de empresas dedicadas al suministro, instalación, operación y mantenimiento de equipos de telecomunicaciones.
b. Ingeniero Electrónico y/o de telecomunicaciones
Un (1) ingeniero electrónico y/o de telecomunicaciones con experiencia general mínima de cinco (5) años en telecomunicaciones y con experiencia específica de tres (3) años en Radiodifusión, es decir:
1. Experiencia como empleado o contratista de empresas públicas o privadas en proyectos de instalaciones y/o mantenimiento de estaciones de televisión y/ o radio
2. Experiencia como empleado o contratista de una empresa públicas o privadas operadora de radio y/o televisión en el ámbito local, regional o nacional, con funciones de mantenimiento y/o instalación de la red de transmisión o
3. Experiencia como empleado o contratista en empresas de empresas públicas o privadas dedicadas al suministro e instalación de equipos de radiodifusión de radio y/o televisión.
c. Ingeniero Eléctrico y/o electricista
Un (1) ingeniero eléctrico y/o electricista con experiencia general mínima de tres (3) años en instalación y operación de equipos de energía (plantas de emergencia, UPS y acometidas eléctricas, en general).
d. Ingeniero Civil y/o arquitecto
Un (1) ingeniero civil y/o arquitecto con experiencia general de cinco (5) años y una experiencia específica de tres (3) años en:
Proyectos que hayan involucrado el diseño y construcción xx xxxxxx para telecomunicaciones.
II. EXPERTO JURÍDICO
Profesional en derecho
Experiencia general mínima de cinco (5) años en el ejercicio de la profesión
Experiencia específica mínima de tres (3) años en labores de asesoría y/o interventoría y/o supervisión de contratos, en temas de telecomunicaciones y/o comercial, y/o societario, y/o administrativo y/o público, y/o de la competencia y/o económico
III.EXPERTO FINANCIERO
Profesional en Economía y/o Ingeniería Industrial y/o Contaduría y/o Administración de empresas.
Experiencia general mínima de cinco (5) años en el ejercicio de la profesión
Experiencia específica mínima de tres (3) años en labores de asesoría y/o interventoría y/o supervisión de contratos y/o legalización de recursos y/o áreas de contabilidad y/o área administrativa, financiera o de costos en proyectos de infraestructura física y/o en firmas interventoras.
NOTA: La experiencia profesional se computará a partir de la terminación y aprobación del pensum académico de educación superior de conformidad con el artículo 229 del Decreto 019 de 2012.
En el caso en el que se hayan realizado estudios superiores en el exterior, estos deben ser convalidados por el Ministerio de Educación Nacional.
En el caso de los ingenieros extranjeros, deberán gestionar y presentar a RTVC una licencia especial temporal para ejercer la profesión sin matrícula profesional, la cual es otorgada por el Consejo Profesional de Ingenierías Eléctrica, Mecánica y Profesiones Afines.
El Proponente debe entregar a RTVC las hojas de vida con sus respectivos soportes, es decir, los títulos profesionales, las certificaciones de la experiencia adquirida y los permisos temporales en los casos en que se trate de ingenieros que hayan obtenido su título en el exterior.
Para efectos de verificar la experiencia mínima requerida tanto del proponente como del equipo humano se deberá presentar las certificaciones y/o actas de liquidación y/o documentos equivalentes de cada uno de los miembros de su EQUIPO DE TRABAJO, las cuales deberán reflejar como mínimo la siguiente información:
Identificación del Contratante: Nombre e identificación de la entidad que certifica, que deberá tener la calidad de contratante.
Identificación del contratista: Xxxx corresponder al miembro del EQUIPO DE TRABAJO que acredita la experiencia.
Objeto del contrato y/o funciones y/o actividades desarrolladas.
Término de ejecución del contrato, con indicación de la fecha cierta de iniciación (día/mes/año) y terminación del mismo (día/mes/año).
Si las certificaciones no establecen día cierto de inicio y terminación de la corriente vinculación o contrato,
RTVC tomará el último del mes del inicio y el primero del mes de terminación.
El proponente deberá diligenciar el Anexo relacionado con la experiencia mínima del equipo de trabajo.
3.2.2 FACTORES DE EVALUACIÓN Y PONDERACIÓN DE LAS PROPUESTAS
El Comité Evaluador solamente calificará las Propuestas de aquellos Proponentes habilitados en materia jurídica, económico financiera y técnica de acuerdo con lo establecido en estas Reglas de Participación, mediante la asignación del puntaje que corresponda como resultado de la valoración de los criterios que se determinan a continuación y de acuerdo con el procedimiento allí descrito:
Parámetro | Evaluación | Puntaje |
Evaluación del Equipo Humano – Experto Técnico | Ponderable | Hasta 500 puntos |
Evaluación de la oferta Económica | Ponderable | Hasta 400 puntos |
Evaluación del Apoyo Industria Nacional | Ponderable | Hasta 100 puntos |
3.2.2.1 EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA (HASTA 500 PUNTOS)
Se llevará a cabo mediante la calificación de los siguientes factores y la asignación del correspondiente puntaje:
3.2.2.1.1TIEMPO DE EXPERIENCIA DEL EQUIPO DE TRABAJO: (HASTA 500 PUNTOS)
Se ponderará el tiempo total de experiencia del Director del Proyecto que trabajará en la interventoría. El Proponente que presente el mayor tiempo de experiencia especifica adicional a la requerida como habilitante del Director que dirigirá la interventoría, tendrá el mayor puntaje. Dicho puntaje se asignará de conformidad con el siguiente cuadro:
EXPERIENCIA ADICIONAL AL MÍNIMO REQUERIDO DEL EXPERTO TÉCNICO (MÁXIMO 500 PUNTOS) | |
AÑOS DE EXPERIENCIA ESPECÍFICA – DIRECTOR DEL PROYECTO | PUNTAJE ASIGNADO (Máximo 500 puntos) |
Por un (1) año más | 200 |
Por dos (2) años más | 300 |
Por tres (3) o más años | 500 |
3.2.2.1.2 EVALUACIÓN DE LA OFERTA ECONOMICA (HASTA 400 PUNTOS)
Para efectos de evaluar y calificar este factor se tomará el Valor de la Propuesta.
Con este propósito, RTVC ha considerado utilizar el “menor valor” como método de valoración de la
propuesta ofertada.
Para la asignación del puntaje obtenido se tomarán las ofertas económicas definitivas de los proponentes habilitados y se seguirá la siguiente tabla:
Oferta Económica | Puntaje |
Menor valor | 400 |
Segundo menor valor | 350 |
Tercer menor valor | 300 |
Para efectos de la calificación se tomará el Valor Total de la Propuesta, incluido el Impuesto a las Ventas, IVA.
RTVC adjudicará el presente proceso al proponente habilitado que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de los criterios ponderables y cuya oferta económica no supere el valor del presupuesto estimado para el presente proceso.
La oferta deberá incluir el valor de todos los gastos en que incurra el Contratista para la ejecución del objeto de la Invitación Cerrada.
Serán de exclusiva responsabilidad del proponente, los errores u omisiones en que incurra al indicar los valores totales en la Propuesta, debiendo asumir los mayores costos o pérdidas que se deriven de dichos errores y omisiones.
Al presentar la oferta, el proponente deberá tener en cuenta todos los impuestos, tasas, contribuciones o participaciones, tanto en el ámbito nacional, departamental y municipal, que se causen en razón de la suscripción, desarrollo, ejecución y liquidación del contrato, los cuales estarán a cargo del contratista.
El valor de la OFERTA ECONÓMICA se presentará en pesos colombianos (sin incluir centavos en cada uno de sus cálculos). Para todos los efectos, la Entidad ajustará los valores a la unidad siguiente en cada operación, a partir del valor unitario, cuando el valor sea igual o superior a 51 centavos, y a la unidad inferior, cuando sea igual o inferior a los 50 centavos.
Nota: Cuando de conformidad con la información a su alcance la entidad estime que el valor de una oferta resulta artificialmente bajo requerirá al oferente para que explique las razones que sustenten el valor por él ofertado. Analizadas las explicaciones, el comité asesor evaluador recomendará el rechazo o la continuidad de la oferta explicando sus razones.
Para la evaluación y ponderación económica de las Propuestas, los Proponentes deben diligenciar el
Anexo No. 2, en el cual deben determinar el valor de su propuesta económica.
3.2.2.1.3EVALUACIÓN DEL APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL (HASTA 100 PUNTOS)
De acuerdo con los artículos 20 de la Ley 80 de 19936, el parágrafo del artículo 1 de la Ley 816 de 2003, modificado por el artículo 51 del Decreto Ley 019 de 2012 y el artículo 150 del Decreto 1510 de 2013, RTVC concederá trato nacional a:
1. Los oferentes, bienes y servicios provenientes de Estados con los cuales Colombia tenga Acuerdos Comerciales, en los términos establecidos en tales Acuerdos Comerciales;
2. A los bienes y servicios provenientes de Estados con los cuales no exista un Acuerdo Comercial pero respecto de los cuales el Gobierno Nacional haya certificado que los oferentes de Bienes y Servicios Nacionales gozan de trato nacional, con base en la revisión y comparación de la normativa en materia de compras y contratación pública de dicho Estado; y
3. A los servicios prestados por oferentes miembros de la Comunidad Andina de Naciones teniendo en cuenta la regulación andina aplicable a la materia.
La acreditación del trato nacional otorgado a bienes y servicios nacionales en países con los cuales Colombia ha negociado trato nacional en materia de compras públicas se realizará mediante certificaciones expedidas por el Director de Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, las cuales se encuentran en el Portal de Contratación SECOP, página xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx las cuales contendrán lo siguiente:
1. Xxxxx y fecha de expedición de la certificación
2. Número y fecha del tratado
3. Objeto del Tratado
4. Vigencia del Tratado
En ausencia de negociación de trato nacional, la certificación deberá indicar si existe trato nacional en virtud del principio de reciprocidad. En este caso, el Ministerio de Relaciones Exteriores solicitará la publicación en el SECOP de las certificaciones requeridas y de mantener dicha información actualizada coordinadamente con la Agencia Nacional de Contratación Pública, Colombia Compra Eficiente.
Para el efecto, el respectivo Proponente debe invocar expresamente el tratado, acuerdo o convenio en que esté pactada la reciprocidad de tratamiento para sus nacionales y los colombianos, para efectos de aplicarla al ponderar el factor de Apoyo a la Industria Nacional de su Propuesta.
No se asignará puntaje, si se allega información incompleta o se obvia la información requerida en el presente numeral y en el Anexo correspondiente, debidamente suscrito por el representante legal.
Con base en lo anterior, los puntajes que se asignarán en cada uno de los casos serán:
Proponente que ofrezca para la ejecución del contrato su equipo compuesto por personas 100% nacionales, o que acredite la situación del parágrafo del artículo 1º de la Ley 816 de 2003. | 100 puntos |
Proponente que ofrezca para la ejecución del contrato su equipo compuesto por personas nacionales y extranjeras. | 50 puntos |
Proponente cuyo equipo para la ejecución del contrato sea de personas 100% extranjeras. | 0 |
Nota: Para evaluar, ponderar y calificar los factores de Apoyo a la Industria Nacional, los Proponentes deben diligenciar el Anexo respectivo en el que deben detallar su ofrecimiento en esta materia, su no presentación no será subsanable. No obstante lo anterior, la Entidad se reserva el derecho de hacer los ajustes en la evaluación con base en la información que conste en la propuesta.
La Entidad se encargará de verificar directamente los tratados y acuerdos comerciales con el fin de verificar la existencia de trato nacional.
3.3 CAUSALES DE RECHAZO
La ausencia de requisitos o la falta de documentos solicitados, referentes a la futura contratación o al Proponente, no necesarios para la comparación de las Propuestas, no servirá de título suficiente para rechazar los ofrecimientos, salvo que exista renuencia por parte del proponente frente al suministro de información o documentación de esta naturaleza que la entidad haya considerado necesario conocer.
Las Propuestas cuyo contenido impidan llevar a cabo la selección objetiva del ofrecimiento más favorable a RTVC y a los fines que se propone conseguir, serán Rechazadas con estricta sujeción a las reglas del Proceso.
Son Causales de Rechazo:
A. Cuando un mismo proponente, por sí o por interpuesta persona, presente más de una propuesta básica. En este caso, la segunda propuesta será rechazada, teniendo en cuenta el orden de radicación en la entidad.
B. Cuando al proceso se presenten oferentes en la situación descrita por los literales (g) y (h) del numeral 1º del artículo 8º de la Ley 80 de 1993, en cuyo caso se aceptará para participar en el proceso únicamente la primera oferta en el tiempo entregada y se rechazará(n) la(s) propuesta(s) que se entregue(n) con posterioridad a esta.
C. Cuando el proponente o los miembros de la unión temporal o consorcio o promesa de sociedad futura se encuentren incursos dentro de alguna de las inhabilidades o incompatibilidades para contratar de acuerdo con las disposiciones previstas en las normas vigentes.
D. No cumplir con los parámetros mínimos financieros expresados en cifras y porcentajes que se indican en las presente Reglas de Participación.
E. No presentar la carta de presentación de la propuesta.
F. No presentar y diligenciar el Anexo “Oferta Económica” de tal forma que impida su comparación
objetiva o el conocimiento sobre el valor ofertado.
G. Cuando en el Anexo “Oferta Económica se modifique u omita el valor en letras o en números.
H. No subsanar los requerimientos que efectúe RTVC sobre requisitos de la propuesta que no afecten la asignación de puntaje, dentro del plazo establecido para ello en tales requerimientos.
I. Cuando la oferta supere el presupuesto oficial o cuando no sea presentada para la totalidad de servicios requeridos.
X. Xx presentar la carta de presentación de la propuesta.
K. Condicionar la oferta respecto de cualquiera de sus reglas.
L. En los demás casos expresamente previstos en las presentes Reglas de Participación o sus anexos.
3.3 CRITERIOS DE DESEMPATE
En casos de empate en el puntaje final asignado entre dos o más Proponentes, se aplicarán en su orden los siguientes Criterios de Desempate:
PRIMERO: Se preferirá la Propuesta que haya obtenido el mayor puntaje en la Evaluación Técnica. SEGUNDO: Si subsiste el empate, se preferirá la Propuesta que haya obtenido mayor puntaje en la
Evaluación Económica.
TERCERO: Si aun así persiste el empate, se preferirá la Propuesta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros.
CUARTO: Si el empate persiste y entre los empatados se encuentran Xxxxxxx, se preferirá la Propuesta presentada por la que sea nacional. Si se trata de Proponentes Plurales, la Propuesta presentada por aquel integrado por Xxxxxxx nacionales, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 2 de la Ley 905 de 2004.
QUINTO: Si no hay lugar a la hipótesis prevista en el numeral anterior y entre los empatados se encuentran Proponentes Plurales en los que participe por lo menos una Mipyme, se preferirá la Propuesta presentada por ésta última.
SEXTO: Si persiste el empate, se preferirá al proponente singular que acredite tener vinculado laboralmente por lo menos un mínimo del 10% de sus empleados en las condiciones de discapacidad y el cumplimiento de los presupuestos contenidos en la ley 361 de 1997, debidamente certificadas por la oficina de trabajo de la respectiva zona, que hayan sido contratados con por lo menos un año de anterioridad y que certifique adicionalmente que tendrá dicho personal por un lapso igual al de la contratación.
En caso que no proceda la hipótesis anterior, y entre los proponentes se encuentren proponentes singulares o plurales conformados por consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura conformados con al menos un integrante que acredite las circunstancias establecidas en la ley 361 de 1997 referidas en el párrafo anterior, será preferido frente a los demás.
SÉPTIMO: Si después de aplicar los anteriores criterios persiste el empate, decidirá la suerte y RTVC
adjudicará el Proceso por sorteo.
Éste se llevará a cabo públicamente en la sede de la Entidad, el día y a la hora fijada previamente por RTVC
y comunicada a los todos los Proponentes mediante aviso publicado en el Portal de Contratación de RTVC.
El sorteo tendrá lugar por el sistema de balotas. Se emplearán tantas como Proponentes empatados haya y se identificarán debidamente mediante números.
Las balotas serán previamente verificadas por los Proponentes; se introducirán en una bolsa negra y se procederá a hacer un primer sorteo para determinar el orden en que los empatados sacarán la balota definitiva para efectos de adjudicación.
Según el orden resultado del primer sorteo, los Proponentes empatados sacarán una a una las balotas. El que saque la identificada con el numero 1 será el adjudicatario.
ANEXO No. 1 - CARTA DE PRESENTACIÓN
Ciudad y Fecha: Señores:
Radio Televisión Nacional de Colombia – RTVC
Coordinación de Procesos de Selección Oficina Asesora Jurídica
Xxxxxxx 00 Xx. 00 – 00 Xxxxxx
Xxxxxxxxxx: Proceso de Invitación Cerrada No. 06 de 2014
El suscrito identificado con la CC expedida en actuando como (persona natural; Representante Legal de la sociedad ; representante del Consorcio
o Unión Temporal , integrado por ; o como apoderado de según poder debidamente conferido y que adjunto a la presente), de acuerdo con lo establecido en las reglas de participación de la invitación cerrada de la referencia presento OFERTA Y/O PROPUESTA para contratar la Interventoría de manera integral la Interventoría técnica, jurídica y financiera para el control y seguimiento de los trabajos producto del proceso de selección IA 02 2014 que consiste en “Contratar integralmente la Adquisición, Instalación y Puesta en Funcionamiento de los Sistemas de Transmisión de Televisión Digital Terrestre - TDT para las estaciones de Cerro Neiva, Gabinete, La Xxxx, Xxxxxxxx, Planadas y Xxxxx Xxxxxxx, en el estándar DVB-T2, así como los sistemas eléctricos y las obras civiles requeridas para tal fin
Declaro bajo la gravedad de juramento que se entiende prestado con la firma de la presente carta que:
1. El valor total de la propuesta es el valor consignado en el Anexo 2 Propuesta Económica.
2. Esta propuesta y el contrato que llegare a celebrarse solo compromete a los firmantes de esta carta.
3. Ninguna Entidad o persona distinta del firmante tienen interés comercial en esta propuesta ni en el contrato probable que de ella se derive.
4. He leído cuidadosamente las Reglas de Participación de la Invitación Cerrada, me he enterado suficientemente de las condiciones exigidas y de las circunstancias en las cuales la Entidad suscribiría el contrato y, en términos generales, de las circunstancias que puedan afectar la ejecución del contrato o los precios de la propuesta.
5. Con la presentación de la propuesta declaro que conozco y acepto todos los anexos y adendas de las Reglas de Participación, así como todos sus comunicados aclarativos e interpretativos, si los hay, y por tanto, acepto sus términos sin reservas ni condicionamientos y me comprometo a cumplir con todos los compromisos y exigencias contempladas allí y a diligenciar los anexos obligatorios que se establecen a continuación:
- ANEXO NO. 1 Carta de presentación de la Propuesta
- ANEXO NO. 2 Propuesta Económica
- ANEXO NO. 3 Matriz de Riesgos
- ANEXO NO 4 – Experiencia Mínima del Proponente
- ANEXO No 5 – Experiencia Mínima del Equipo Humano
- ANEXO No 6 – Factores de Ponderación
- ANEXO No 7 – Carta de Intención
- ANEXO No 8 - Apoyo a la Industria Nacional
- ANEXO No 9 - Certificación Cumplimientoto Obligaciones Aportes Parafiscales y al Sistema Integral de Seguridad Social
- ANEXO 10. Documento de Conformación de Consorcio o Unión Temporal (Si Aplica)
- ANEXO 11. Pacto de Xxxxxxxxxxxxx
- XXXXX 00. Manual de Supervisión de Contratos (documento aparte)
6. La sociedad, sus accionistas y administradores no se encuentran incursos en causal alguna de inhabilidad, incompatibilidad o prohibición de las señaladas en la Constitución y en las Leyes para contratar con el Estado, en particular las inhabilidades previstas en la Ley 80 de 1993 y sus decretos reglamentarios, la Ley 1150 de 2007 y la Ley 1474 de 2011 y demás normas complementarias. (Se recuerda al Proponente que si está incurso en alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad, no puede participar en el proceso de selección y debe abstenerse de formular propuesta).
7. De las siguientes tres opciones, elija la que aplique según la propuesta que presenta:
A la fecha de presentación de la oferta, como persona natural no estoy en el boletín de responsables fiscales de competencia de las Contralorías, de acuerdo con el Artículo 60 de la Ley 610 de 2000.
A la fecha de presentación de la oferta, la persona jurídica individual que represento no está en el boletín de responsables fiscales de competencia de las Contralorías, de acuerdo con el Artículo 60 de la Ley 610 de 2000.
A la fecha de presentación de la oferta, ninguno de los miembros del consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura que represento, no está en el boletín de responsables fiscales de competencia de las Contralorías, de acuerdo con el Artículo 60 de la Ley 610 de 2000.
8. De las siguientes tres opciones, elija la que aplique según la propuesta que presenta:
Que como persona natural no he sido sancionada mediante acto administrativo ejecutoriado por ninguna entidad oficial dentro de los últimos tres (3) años anteriores a la fecha de entrega de la oferta.
Que la persona jurídica individual que represento no ha sido sancionada mediante acto administrativo ejecutoriado por ninguna entidad oficial dentro de los últimos tres (3) años anteriores a la fecha de entrega de la oferta.
Que ninguno de los miembros del consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura que represento, han sido sancionados mediante acto administrativo ejecutoriado por alguna entidad oficial dentro de los últimos tres (3) años anteriores a la fecha de entrega de la oferta.
NOTA: Si el proponente ha sido objeto durante dicho período de sanciones contractuales (multas, cláusula penal y/o incumplimiento) por parte de cualquier entidad estatal, en lugar de hacer este juramento debe indicar las sanciones y la entidad que las impuso.
9. Nos comprometemos a ejecutar el objeto del contrato en un plazo establecido en las Reglas de Participación contados a partir de del acta de inicio, con posterioridad al perfeccionamiento del contrato,
la aprobación de su garantía y/o demás requisitos de orden contractual exigidos para el inicio de su ejecución.
10. La Vigencia de nuestra oferta es por un término de noventa (90) días a partir de su fecha de presentación.
11. Nos comprometemos a cumplir con las obligaciones de garantía y protocolización establecidas en las reglas de participación.
12. Si se nos adjudica el presente proceso de selección, nos comprometemos a suscribir el contrato, a constituir su garantía y así mismo a pagar los impuestos a que haya lugar dentro de los términos señalados para ello.
13. El original de la propuesta consta de folios, debidamente numerados.
14. Declaro que la información aportada con la propuesta es veraz y da cuenta del cumplimiento de los requisitos exigidos en las reglas de participación.
15. Autorizo a la Entidad para verificar toda la información aportada con la Propuesta, incluidos cada uno de los documentos y soportes presentados para acreditar el cumplimiento de los requisitos habilitantes y ponderables. Así mismo, me comprometo a entregar la información de teléfonos, correos electrónicos o cualquier otra que se solicite a fines de corroborar la información de quienes firman.
16. Manifiesto que me comprometo y obligo a cumplir con todo lo ofertado en todos los anexos aportados con la presente propuesta.
Atentamente,
REPRESENTANTE LEGAL:
CEDULA DE CIUDADANÍA O DE EXTRANJERÍA:
RAZÓN SOCIAL: NIT: DIRECCIÓN: TELÉFONO: FAX: CORREO ELECTRÓNICO: CELULAR:
Firma y nombre (persona natural; representante legal de la sociedad, representante del consorcio o unión temporal o apoderado según el caso)
ANEXO No. 2 - PROPUESTA ECONÓMICA
, representante legal de (razón social del proponente, consorcio o unión temporal) , en su nombre, presento propuesta económica en desarrollo de las Reglas de Participación para el Proceso de Invitación Cerrada No. 06 de 2014, cuyo objeto es contratar la Interventoría de manera integral la Interventoría técnica, jurídica y financiera para el control y seguimiento de los trabajos producto del proceso de selección IA 02 2014 que consiste en “Contratar integralmente la Adquisición, Instalación y Puesta en Funcionamiento de los Sistemas de Transmisión de Televisión Digital Terrestre - TDT para las estaciones de Cerro Neiva, Gabinete, La Xxxx, Xxxxxxxx, Planadas y Xxxxx Xxxxxxx, en el estándar DVB-T2, así como los sistemas eléctricos y las obras civiles requeridas para tal fin.
Valor de la Oferta incluido IVA COP$
(Indicar valores en letras y números) Atentamente,
REPRESENTANTE LEGAL: CEDULA DE CIUDADANÍA O DE EXTRANJERÍA:
RAZÓN SOCIAL: NIT: DIRECCIÓN: TELÉFONO: FAX: CORREO ELECTRÓNICO: CELULAR:
Firma y nombre (persona natural; representante legal de la sociedad, representante del consorcio o unión temporal o apoderado según el caso)
Radio Televisión Nacional de Colombia RTVC
ANEXO No. 3 – MATRIZ DE RIESGOS
CLASIFICACIÓN DE LOS RIESGOS SEGÚN SU IMPACTO | ||||
INSIGNIFICANTE (1) | MENOR (2) | MODERADO (3) | MAYOR (4) | CATASTRÓFICO (5) |
Obstruye el contrato de manera intrascendente. | Dificulta la ejecución del contrato de manera baja. Aplicando medidas mínimas se puede lograr el objeto contractual | Afecta la ejecución del contrato sin alterar el beneficio para las partes. | Obstruye la ejecución del contrato sustancialme nte pero aun así permite la consecución del objeto contractual. | Perturba la ejecución del contrato de manera grave imposibilitando la consecución del objeto contractual. |
Los sobrecostos del contrato no representan más del uno por ciento (1%) del valor del contrato. | Los sobrecostos no presentan más del cinco por ciento (5%) del valor del contrato. | Genera un impacto en el valor del contrato entre el cinco por ciento (5%) y el quince por ciento (15%) | Incrementa el valor del contrato entre el quince por ciento (15%) y el treinta por ciento (30%) | Impacto sobre el valor del contrato en más de treinta por ciento (30%) |
CLASIFICACION DE LOS RIESGOS POR SU PROBABILIDAD DE OCURRENCIA | ||||
RARO (1) | IMPROBABLE (2) | POSIBLE (3) | PROBABLE (4) | CASI CIERTO (5) |
Puede ocurrir excepcionalmente. | Puede ocurrir ocasionalmente. | Puede ocurrir en cualquier momento futuro. | Probablemente va a ocurrir. | Ocurre en la mayoría de las circunstancias |
SUMATORIA DEL RIESGO | ||||||
SUMATORIA DE LA PROBABILIDAD DE OCURRENCIA Y EL IMPACTO | CALIFICACIÓN | |||||
8,9 y 10 | Riego Extremo | |||||
6 y 7 | Riesgo Alto | |||||
5 | Riego medio | |||||
2,3 y 4 | Riesgo bajo | |||||
MATRIZ XX XXXXXX | ||||||
RIESGO | TIPIFICACIÓN: | PROBABILIDAD Y VALORACION | ASIGNACIÓN | |||
PROBABI LIDAD | IMPACTO | CALIFICACIÓN DEL RIESGO | ||||
Contratista (%) | RTVC (%) | |||||
Financiero | Cuando, en el desarrollo del contrato, se modifican las tarifas de los impuestos o se crean nuevos impuestos o eliminan los ya existentes, no aplicables al contrato, pero si aplicables a las relaciones con terceros, como proveedores. | 1 | 1 | Riesgo bajo | X (100%) | |
Operacional | Demoras por parte de RTVC en las aprobaciones de permisos previos, para el inicio de las obras y/o instalación de los equipos. | 1 | 1 | Riesgo bajo | X (100%) |
Operacional | Se genera cuando la entidad entrega al contratista para la ejecución del contrato, información errada o desactualizada y el contratista ejecuta actividades propias del objeto contractual con dicha información. | 1 | 1 | Riesgo bajo | X (100%) | |
Operacional | Cambio en los sistemas de información Se genera en eventos relacionados con la operatividad de los sistemas informáticos que tenía RTVC antes de la ejecución del proyecto. | 2 | 2 | Riesgo bajo | X (100%) | |
Operacional | Perdida de información de RTVC de forma temporal y/o permanente y/o parcial y/o completa Se genera con eventos relacionados con la pérdida de información de RTVC | 2 | 2 | Riesgo bajo | X (100%) | |
Operacional | Disponibilidad en los sistemas de información Se genera en eventos relacionados con la disponibilidad de los sistemas informáticos de RTVC antes y/o durante la ejecución del proyecto | 1 | 2 | Riesgo bajo | X (100%) | |
HUMANO | Ocurrencia de accidentes en el curso de la ejecución del Contrato, que afecten únicamente al personal del Contratista. | 2 | 3 | Riesgo medio | X (100%) |
Radio Televisión Nacional de Colombia RTVC
ANEXO No. 4 – EXPERIENCIA MINIMA DEL PROPONENTE
CERTIFIC ACIÓN | Nombr e o razón social del contrat ante | Nombr e o razón social del contra tista | Fecha de iniciació n del contrato . (día/mes /año) | Fecha de terminac ión del contrato . (día/mes /año) | Objeto del contrato (1) | Valor final del contrato (En pesos) | Valor final del contrato (En SMMLV) | FOLIO (Ingrese el número de folio donde se encuentra relacionada la experiencia) | |
Folio de inicio | Folio de terminación | ||||||||
1 | |||||||||
2 |
NOTA: Si el proponente relaciona más de 2 certificaciones solo se tendrán en cuenta las 2 primeras relacionadas.
ANEXO No. 5 - EXPERIENCIA MÍNIMA DEL EQUIPO DE TRABAJO EXPERIENCIA MÍNIMA DEL EQUIPO DE TRABAJO – EXPERTO TÉCNICO EXPERTO TÉCNICO
A) DIRECTOR DEL PROYECTO
NOMBRE: | |
NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN: |
FORMACIÓN ACADÉMICA:
(Nivel profesional)
INSTITUCIÓN | TITULO (señalar expresamente el título académico de pregrado) | FECHA DE GRADO (dd/mm/aaaa) | FOLIO (Ingrese el número de folio donde se encuentra relacionada la formación) |
(Xxxxx Xxxxxxxx titulado)
INSTITUCIÓN | TITULO (señalar expresamente el título académico, Especialización, maestría, doctorado) | FECHA DE GRADO (dd/mm/aaaa) | FOLIO (Ingrese el número de folio donde se encuentra relacionada la formación) |
EXPERIENCIA GENERAL:
Certificación No. | Tipo de Experiencia [Mínima o Adicional] | Empresa / Entidad | Cargo | Actividad | Fecha inicio (dd/mm/aaaa) | Fecha terminación (dd/mm/aaaa) | Tiempo de experiencia en años | FOLIO (Ingrese el número de folio donde se encuentra relacionada la experiencia) | |
Folio de inicio | Folio de finalización | ||||||||
EXPERIENCIA ESPECÍFICA:
Certificación No. | Tipo de Experiencia [Mínima o Adicional] | Empresa / Entidad | Cargo | Actividad | Fecha inicio (dd/mm/aaaa) | Fecha terminación (dd/mm/aaaa) | Tiempo de experiencia en años | FOLIO (Ingrese el número de folio donde se encuentra relacionada la experiencia) | |
Folio de inicio | Folio de finalización | ||||||||
Indicar actividades relacionadas con la experiencia exigida en las reglas de participación, tal y como aparece en la certificación anexa.
Nota: Se debe relacionar la experiencia general del experto referente a la mínima requerida y la adicional que será tenida en cuenta para la ponderación.
B) INGENIERO ELECTRONICO Y/O TELECOMUNICACIONES
NOMBRE: | |
NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN: |
FORMACIÓN ACADÉMICA:
(Nivel profesional)
INSTITUCIÓN | TITULO (señalar expresamente el título académico de pregrado) | FECHA DE GRADO (dd/mm/aaaa) | FOLIO (Ingrese el número de folio donde se encuentra relacionada la formación) |
(Xxxxx Xxxxxxxx titulado)
INSTITUCIÓN | TITULO (señalar expresamente el título académico, Especialización, maestría, doctorado) | FECHA DE GRADO (dd/mm/aaaa) | FOLIO (Ingrese el número de folio donde se encuentra relacionada la formación) |
EXPERIENCIA GENERAL:
Certificación No. | Tipo de Experiencia [Mínima o Adicional] | Empresa / Entidad | Cargo | Actividad | Fecha inicio (dd/mm/aaaa) | Fecha terminación (dd/mm/aaaa) | Tiempo de experiencia en años | FOLIO (Ingrese el número de folio donde se encuentra relacionada la experiencia) | |
Folio de inicio | Folio de finalización | ||||||||
EXPERIENCIA ESPECÍFICA:
Certificación No. | Tipo de Experiencia [Mínima o Adicional] | Empresa / Entidad | Cargo | Actividad | Fecha inicio (dd/mm/aaaa) | Fecha terminación (dd/mm/aaaa) | Tiempo de experiencia en años | FOLIO (Ingrese el número de folio donde se encuentra relacionada la experiencia) | |
Folio de inicio | Folio de finalización | ||||||||
(1): Indicar actividades relacionadas con la experiencia exigida en las reglas de participación, tal y como aparece en la certificación anexa.
Nota: Se debe relacionar la experiencia general del experto referente a la mínima requerida y la adicional que será tenida en cuenta para la ponderación.
C) INGENIERO ELÉCTRICO Y/O ELECTRICISTA
NOMBRE: | |
NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN: |
FORMACIÓN ACADÉMICA:
(Nivel profesional)
INSTITUCIÓN | TITULO (señalar expresamente el título académico de pregrado) | FECHA DE GRADO (dd/mm/aaaa) | FOLIO (Ingrese el número de folio donde se encuentra relacionada la formación) |
(Xxxxx Xxxxxxxx titulado)
INSTITUCIÓN | TITULO (señalar expresamente el título académico, Especialización, maestría, doctorado) | FECHA DE GRADO (dd/mm/aaaa) | FOLIO (Ingrese el número de folio donde se encuentra relacionada la formación) |
EXPERIENCIA GENERAL:
Certificación No. | Tipo de Experiencia [Mínima o Adicional] | Empresa / Entidad | Cargo | Actividad | Fecha inicio (dd/mm/aaaa) | Fecha terminación (dd/mm/aaaa) | Tiempo de experiencia en años | FOLIO (Ingrese el número de folio donde se encuentra relacionada la experiencia) | |
Folio de inicio | Folio de finalización | ||||||||
EXPERIENCIA ESPECÍFICA:
Certificación No. | Tipo de Experiencia [Mínima o Adicional] | Empresa / Entidad | Cargo | Actividad | Fecha inicio (dd/mm/aaaa) | Fecha terminación (dd/mm/aaaa) | Tiempo de experiencia en años | FOLIO (Ingrese el número de folio donde se encuentra relacionada la experiencia) | |
Folio de inicio | Folio de finalización | ||||||||
Indicar actividades relacionadas con la experiencia exigida en las reglas de participación, tal y como aparece en la certificación anexa.
Nota: Se debe relacionar la experiencia general del experto referente a la mínima requerida y la adicional que será tenida en cuenta para la ponderación.
D) INGENIERO CIVIL Y/O ARQUITECTO
NOMBRE: | |
NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN: |
FORMACIÓN ACADÉMICA:
(Nivel profesional)
INSTITUCIÓN | TITULO (señalar expresamente el título académico de pregrado) | FECHA DE GRADO (dd/mm/aaaa) | FOLIO (Ingrese el número de folio donde se encuentra relacionada la formación) |
(Xxxxx Xxxxxxxx titulado)
INSTITUCIÓN | TITULO (señalar expresamente el título académico, Especialización, maestría, doctorado) | FECHA DE GRADO (dd/mm/aaaa) | FOLIO (Ingrese el número de folio donde se encuentra relacionada la formación) |
EXPERIENCIA GENERAL:
Certificación No. | Tipo de Experiencia [Mínima o Adicional] | Empresa / Entidad | Cargo | Actividad | Fecha inicio (dd/mm/aaaa) | Fecha terminación (dd/mm/aaaa) | Tiempo de experiencia en años | FOLIO (Ingrese el número de folio donde se encuentra relacionada la experiencia) | |
Folio de inicio | Folio de finalización | ||||||||
EXPERIENCIA ESPECÍFICA:
Certificación No. | Tipo de Experiencia [Mínima o Adicional] | Empresa / Entidad | Cargo | Actividad | Fecha inicio (dd/mm/aaaa) | Fecha terminación (dd/mm/aaaa) | Tiempo de experiencia en años | FOLIO (Ingrese el número de folio donde se encuentra relacionada la experiencia) | |
Folio de inicio | Folio de finalización | ||||||||
Indicar actividades relacionadas con la experiencia exigida en las reglas de participación, tal y como aparece en la certificación anexa.
Nota: Se debe relacionar la experiencia general del experto referente a la mínima requerida y la adicional que será tenida en cuenta para la ponderación.
EXPERIENCIA MÍNIMA DEL EQUIPO DE TRABAJO – EXPERTO JURÍDICO
NOMBRE: | |
NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN: |
FORMACIÓN ACADÉMICA:
(Nivel profesional)
INSTITUCIÓN | TITULO (señalar expresamente el título académico de pregrado) | FECHA DE GRADO (dd/mm/aaaa) | FOLIO (Ingrese el número de folio donde se encuentra relacionada la formación) |
EXPERIENCIA GENERAL:
Certificación No. | Tipo de Experiencia [Mínima o Adicional] | Empresa / Entidad | Cargo | Actividad | Fecha inicio (dd/mm/aaaa) | Fecha terminación (dd/mm/aaaa) | Tiempo de experiencia en años | FOLIO (Ingrese el número de folio donde se encuentra relacionada la experiencia) | |
Folio de inicio | Folio de finalización | ||||||||
Certificación No. | Tipo de Experiencia [Mínima o Adicional] | Empresa / Entidad | Cargo | Actividad | Fecha inicio (dd/mm/aaaa) | Fecha terminación (dd/mm/aaaa) | Tiempo de experiencia en años | FOLIO (Ingrese el número de folio donde se encuentra relacionada la experiencia) | |
Folio de inicio | Folio de finalización | ||||||||
EXPERIENCIA ESPECÍFICA:
Certificación No. | Tipo de Experiencia [Mínima o Adicional] | Empresa / Entidad | Cargo | Actividad | Fecha inicio (dd/mm/aaaa) | Fecha terminación (dd/mm/aaaa) | Tiempo de experiencia en años | FOLIO (Ingrese el número de folio donde se encuentra relacionada la experiencia) | |
Folio de inicio | Folio de finalización | ||||||||
Indicar actividades relacionadas con la experiencia exigida en las reglas de participación, tal y como aparece en la certificación anexa.
Nota: Se debe relacionar la experiencia general del experto referente a la mínima requerida y la adicional que será tenida en cuenta para la ponderación.
EXPERIENCIA MÍNIMA DEL EQUIPO DE TRABAJO – EXPERTO FINANCIERO
NOMBRE: | |
NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN: |
FORMACIÓN ACADÉMICA:
(Nivel profesional)
INSTITUCIÓN | TITULO (señalar expresamente el título académico de pregrado) | FECHA DE GRADO (dd/mm/aaaa) | FOLIO (Ingrese el número de folio donde se encuentra relacionada la formación) |
EXPERIENCIA GENERAL:
Certificación No. | Tipo de Experiencia [Mínima o Adicional] | Empresa / Entidad | Cargo | Actividad | Fecha inicio (dd/mm/aaaa) | Fecha terminación (dd/mm/aaaa) | Tiempo de experiencia en años | FOLIO (Ingrese el número de folio donde se encuentra relacionada la experiencia) | |
Folio de inicio | Folio de finalización | ||||||||
EXPERIENCIA ESPECÍFICA:
Certificación No. | Tipo de Experiencia [Mínima o Adicional] | Empresa / Entidad | Cargo | Actividad | Fecha inicio (dd/mm/aaaa) | Fecha terminación (dd/mm/aaaa) | Tiempo de experiencia en años | FOLIO (Ingrese el número de folio donde se encuentra relacionada la experiencia) | |
Folio de inicio | Folio de finalización | ||||||||
Indicar actividades relacionadas con la experiencia exigida en las reglas de participación, tal y como aparece en la certificación anexa.
Nota: Se debe relacionar la experiencia general del experto referente a la mínima requerida y la adicional que será tenida en cuenta para la ponderación.
ANEXO No. 6 - FACTORES DE PONDERACIÓN EXPERIENCIA ADICIONAL A LA MÍNIMA REQUERIDA (HASTA 500 PUNTOS)
A) EXPERTO TÉCNICO – DIRECTOR DEL PROYECTO
EXPERIENCIA ADICIONAL A LA MÍNIMA REQUERIDA DEL EXPERTO TECNICO (MÁXIMO 500 PUNTOS) | MARQUE CON UNA X LO QUE OFRECE | |
AÑOS DE EXPERIENCIA ESPECIFICA | PUNTAJE ASIGNADO (Máximo 500 puntos) | MARCAR CON X |
Por un (1) año más | 200 | |
Por dos (2) años más | 300 | |
Por tres (3) o más años | 500 |
Certificación No. | Tipo de Experiencia [Mínima o Adicional] | Empresa / Entidad | Cargo | Actividad | Fecha inicio (dd/mm/aaaa) | Fecha terminación (dd/mm/aaaa) | Tiempo de experiencia en años | FOLIO (Ingrese el número de folio donde se encuentra relacionada la experiencia) | |
Folio de inicio | Folio de finalización | ||||||||
Nota: Señor proponente por favor diligencia el siguiente cuadro con base en su ofrecimiento EXPERIENCIA ESPECÍFICA – DIRECTOR DEL PROYECTO:
Certificación No. | Tipo de Experiencia [Mínima o Adicional] | Empresa / Entidad | Cargo | Actividad | Fecha inicio (dd/mm/aaaa) | Fecha terminación (dd/mm/aaaa) | Tiempo de experiencia en años | FOLIO (Ingrese el número de folio donde se encuentra relacionada la experiencia) | |
Folio de inicio | Folio de finalización | ||||||||
ANEXO No. 7 - ANEXO CARTA DE INTENCION
(Debe ser diligenciada por cada uno de los profesionales presentados en la propuesta)
El suscrito , identificado con cédula de ciudadanía No. expedida en , (Nombre completo e identificación del representante legal de la sociedad proponente), con domicilio en , quien, en condición de
, (profesión de quien suscribe), manifiesta la voluntad de asumir irrestrictamente los compromisos derivados de la CARTA DE INTENCIÓN que se consigna a continuación, con fundamento en las siguientes consideraciones:
PRIMERO: Que RTVC solicitó la presentación de propuestas dentro del proceso de Invitación Cerrada 06 de 2014.
SEGUNDO: Que el PROFESIONAL en tiene interés en ejecutar el objeto contractual, de acuerdo con lo previsto en las Reglas de Participación.
TERCERO: Que como quiera que EL PROPONENTE presenta propuesta a RTVC dentro del proceso de selección, en el cual incluye como profesional en para el perfil de , declara que el proponente está dispuesto a contar con sus servicios profesionales para ejecutar el objeto contractual referido, de manera que asume los siguientes compromisos:
COMPROMISOS ASUMIDOS.
1. En caso de que el proponente resulte adjudicatario, el profesional participará en la ejecución del contrato en el perfil para el que ha sido propuesto en la oferta, salvo eventos que se consideren de fuerza mayor, caso en el cual deberá ser informado a RTVC a efectos de considerar su procedencia o no.
(Debe ser firmada por los dos) Acepto,
PROPONENTE PROFESIONAL EN
REPRESENTANTE LEGAL
ANEXO No. 8 - APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL
Yo en calidad de representante legal de la
empresa o de la unión temporal o consorcio denominado
, ofrezco en el factor de evaluación de apoyo a la industria nacional, el servicio de la siguiente manera:
CONDICION | MARQUE CON UNA X SEGÚN CORRESPONDA |
Ofrezco para la ejecución del contrato un equipo compuesto por personas 100% nacionales, o acredito la situación del parágrafo del artículo 1º de la Ley 816 de 2003. | |
Ofrezco para la ejecución del contrato un equipo compuesto por personas nacionales y extranjeras. | |
Ofrezco para la ejecución del contrato un equipo compuesto por personas 100% extranjeras. |
Nota: Para evaluar, ponderar y calificar los factores de Apoyo a la Industria Nacional, los Proponentes deben diligenciar el en el que deben detallar su ofrecimiento en esta materia, su no presentación no será subsanable. No obstante lo anterior, la Entidad se reserva el derecho de hacer los ajustes en la evaluación con base en la información que conste en la propuesta.
La Entidad se encargará de verificar directamente los tratados y acuerdos comerciales con el fin de verificar la existencia de trato nacional.
ANEXO No. 9 - CERTIFICACIÓN CUMPLIMIENTO OBLIGACIONES APORTES PARAFISCALES Y AL SISTEMA INTEGRAL DE SEGURIDAD SOCIAL
y , identificado(s) con cédula(s) de ciudadanía Nos. y expedidas en y , respectivamente, en
condición de (Representante Legal y/o Revisor Fiscal) de
, manifiest (o)(xxxx):
En los términos del artículo 50 de la Ley 789 de 2002, la sociedad ha cumplido oportuna, eficaz y eficientemente, durante los últimos seis (6) meses las obligaciones de su responsabilidad, correspondientes al Sistema Integral de Seguridad Social y aportes parafiscales, de manera que para la fecha se encuentra al día en torno a los mismos.
Bogotá D.C., Fecha:
Nombre y Firma Representante Legal Proponente | Nombre y Firma Revisor Fiscal T.P. |
ANEXO No. 10 - ACUERDO DE ASOCIACION EN UNIÓN TEMPORAL
En la ciudad de a los días del mes de del año , entre quienes suscriben este documento, de una parte
, sociedad (escribir el nombre completo, incluyendo el tipo de sociedad y en su defecto indicar si se trata de persona natural)legalmente constituida y con domicilio principal en la ciudad de , representada legalmente por mayor de edad, domiciliado en , identificado con cédula de ciudadanía número
, expedida en , en su condición de
, y representante legal de la misma, por una parte, y por la otra
, sociedad (escribir el nombre completo, incluyendo el tipo de sociedad y en su defecto indicar si se trata de persona natural), legalmente constituida y con domicilio principal en
, representada legalmente por , mayor
de edad, domiciliado en identificado con la cédula de ciudadanía número
, expedida en , quien obra en su calidad de
y representante legal de la misma, manifestamos que mediante el presente documento hemos acordado asociarnos en Unión Temporal, la cual se denominará y se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERA. - OBJETO Y ALCANCE: El objeto de la Unión Temporal consiste en la presentación conjunta a la Entidad, de una propuesta para Contratar la Interventoría Integral para el control y seguimiento de los trabajos producto del proceso de selección IA 02 2014 que consiste en “Contratar integralmente la Adquisición, Instalación y Puesta en Funcionamiento de los Sistemas de Transmisión de Televisión Digital Terrestre - TDT para las estaciones de Cerro Neiva, Gabinete, La Xxxx, Xxxxxxxx, Planadas y Xxxxx Xxxxxxx, en el estándar DVB-T2, así como los sistemas eléctricos y las obras civiles requeridas para tal fin”, previstas en los estudios previos y en las Reglas de Participación y sus anexos, producto de la Invitación Xxxxxxx Xx. 00 xx 0000.
Xx Xxxxx Temporal se compromete en caso de adjudicación, a la realización a cabalidad de los trabajos objeto del contrato dentro de las normas exigidas por la Entidad y en general al cumplimiento de las obligaciones que se deriven de su ejecución. Las partes se encargarán de elaborar la propuesta técnica y económica, suministrarán el mutuo apoyo técnico, logístico y administrativo que se requiera para dicha presentación.
(Se deberá consignar el número y fecha de acta de Junta de Socios o Asamblea de Accionistas, de las personas jurídicas integrantes, en la que conste la facultad expresa de conformar Uniones Temporales y la cuantía máxima en que a través de esas formas de asociación pueden contratar, la cual en todo caso debe ser igual o superior al cien por ciento (100%) del valor del contrato, en caso de requerirse.)
SEGUNDA. - NOMBRE Y DOMICILIO: La Unión Temporal se denominará
, y su domicilio será la ciudad de , con dirección en
, oficina, , fax , teléfono .
TERCERA. – CONDICIONES Y EXTENSIÓN DE LA PARTICIPACIÓN DE ACUERDO CON LA LEY: La participación de
cada una de las partes que conforman el cien por ciento (100%), de la Unión Temporal no podrá ser modificada sin el consentimiento previo de la Entidad, y será distribuida de la siguiente forma:
NOTA: el proponente debe Manifestar expresamente el grado de responsabilidad de los miembros en los aspectos administrativos, jurídicos, técnicos y económicos, actividades que van a desarrollar cada uno de ellos) e indicar si dicha responsabilidad es solidaria.
CUARTA. - OBLIGACIONES Y SANCIONES: Los miembros de la Unión Temporal responderán solidariamente en cada uno de los compromisos que esta celebre con la Entidad. Las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato se impondrán de acuerdo con la participación en la ejecución de cada uno de los miembros de la unión temporal, (numeral 2, del artículo 7º de la ley 80 de 1993).
QUINTA. – DURACIÓN: La duración de la Unión Temporal en caso de salir favorecida con la adjudicación será el tiempo comprendido entre la fecha de presentación de la propuesta y CINCO AÑOS (5) más contados desde la finalización del término de ejecución del objeto contractual.
SEXTA. – CESIÓN: No se podrá ceder en todo o en parte la participación de alguno de los integrantes de la Unión Temporal, entre ellos. Cuando se trate de cesión a un tercero se requerirá aprobación escrita previa de la Entidad contratante.
SÉPTIMA. - REPRESENTANTE LEGAL DE LA UNIÓN TEMPORAL: La Unión Temporal designa como representante
legal de ésta, al señor(a) domiciliado en
, identificada(o) con la cédula de ciudadanía número de , el cual está facultado para contratar, comprometer, negociar, y representar a la unión temporal, igualmente se nombra como suplente del representante legal al señor(a)
, domiciliado en , con cédula de ciudadanía número de .
OCTAVA. FACTURACIÓN. (INDICAR NOMBRE DEL PROPONENTE, A NOMBRE DEL CUAL SE REALIZARÁ LA FACTURACIÓN).
NOVENA. CLÁUSULAS OPCIONALES: El documento podrá contener las cláusulas opcionales que los asociados consideren pertinentes, siempre y cuando no contravengan lo dispuesto en la Ley 80 de 1993.
Para constancia y aprobación, el presente documento se firma en la ciudad de a los
días del mes de de 2014, por quienes intervinieron.
NOMBRE CC REPRESENTANTE LEGAL NIT: DIRECCIÓN: | NOMBRE CC REPRESENTANTE LEGAL NIT: DIRECCIÓN: |
TELÉFONO: TELÉFONO:
ACEPTO
NOMBRE CC
REPRESENTANTE LEGAL
NIT: DIRECCIÓN: TELÉFONO:
ACEPTO
NOMBRE CC
REPRESENTANTE LEGAL
NIT:
DIRECCIÓN:
TELÉFONO:
ACUERDO DE ASOCIACIÓN EN CONSORCIO
Entre los suscritos a saber: , mayor de edad, vecino de esta ciudad, identificado con cédula de ciudadanía N° , expedida en
, quien obra en nombre y representación legal de nombre incluyendo el tipo de sociedad y en su defecto indicar que se trata de una persona natural Asociación de dos empresas.), legalmente constituida, con domicilio principal en , con NIT N°
, y debidamente facultado por la junta de socios, y
mayor de edad, vecino de esta ciudad, identificado con cédula de ciudadanía N° , expedida en quien obra en nombre y representación legal de (escribir el nombre completo incluyendo el tipo de sociedad y en su defecto indicar que se trata de una persona natural.), legalmente constituida, con domicilio principal en
, con NIT N° , debidamente facultado por los estatutos sociales,
, manifestamos que mediante el presente documento hemos acordado asociarnos en Consorcio cuya integración, conformación y reglamentación se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERA. – OBJETO: El objeto del presente documento es la integración de un Consorcio entre
y , con el propósito de complementar las capacidades técnicas, operativas, administrativas y financieras de las partes que constituyen el presente Consorcio, para la presentación de la propuesta, adjudicación, celebración y ejecución del contrato dentro de la Invitación Cerrada No. 06 de 2014, cuyo objeto es contratar la Interventoría Integral para el control y seguimiento de los trabajos producto del proceso de selección IA 02 2014 que consiste en “Contratar integralmente la Adquisición, Instalación y Puesta en Funcionamiento de los Sistemas de Transmisión de Televisión Digital Terrestre - TDT para las estaciones de Cerro Neiva, Gabinete, La Xxxx, Xxxxxxxx, Planadas y Xxxxx Xxxxxxx, en el estándar DVB-T2, así como los sistemas eléctricos y las obras civiles requeridas para tal fin”, previstas en las presentes Reglas de Participación .
Nuestra responsabilidad será solidaria, mancomunada e ilimitada en todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y el contrato. En consecuencia las actuaciones hechos y omisiones que se presenten en desarrollo de la propuesta y del contrato, afectaran a todos los miembros que lo conforman.
(Se deberá consignar el número y fecha de acta de Junta de Socios o Asamblea de Accionistas, de las personas jurídicas integrantes, en la que conste la facultad expresa de conformar Consorcios y la cuantía máxima en que a través de esas formas de asociación pueden contratar, en caso de requerirse, la cual en todo caso debe ser igual o superior al cien por ciento (100%) del valor del contrato.)
SEGUNDA. – DENOMINACIÓN: El presente consorcio se denominará
.
TERCERA. – DOMICILIO: El domicilio del consorcio será la (dirección, teléfono y/o fax) de la ciudad de
.
CUARTA. – REPRESENTANTE DEL CONSORCIO: Se designa como representante del presente Xxxxxxxxx al(a) señor(a) , identificado con cédula de ciudadanía N°
, expedida en , quien está autorizado para contratar, comprometer, negociar y representar al consorcio. Igualmente se nombra como suplente del representante del consorcio al señor . Identificado con cédula de ciudadanía N° .
QUINTA. – DURACIÓN: La duración del presente Consorcio, en caso de salir favorecido con la adjudicación, será el tiempo comprendido entre la fecha de presentación de la propuesta y cinco (5) años más contado desde la finalización del término de ejecución del objeto contractual. En todo caso el consorcio durará todo el término necesario para atender las garantías prestadas.
SEXTA. FACTURACIÓN. (INDICAR NOMBRE DEL PROPONENTE, A NOMBRE DEL CUAL SE REALIZARÁ LA FACTURACIÓN).
SÉPTIMA– CLÁUSULAS OPCIONALES: El documento podrá contener las demás cláusulas opcionales que los asociados consideren pertinentes, siempre y cuando no contravengan lo dispuesto en la Ley 80 de 1993 o incluyan limitaciones o exclusiones de los consorciados frente a la Entidad (Aspectos financieros, Arbitramento, Reglas básicas que regulan las relaciones entre los integrantes del consorcio, entre otras).
En constancia de lo anterior, se firma por quienes intervinieron en el presente documento a los días del mes de del año 2014.
Acepto: C.C:
Representante Legal de: O persona natural del consorcio: NIT:
Dirección: Tel: y/o fax:
PROMESA DE CONTRATO SOCIEDAD FUTURA
Entre los suscritos a saber, XXXX, ciudadano XXXXX, mayor de edad, domiciliado en la ciudad de XXXXX, identificado como aparece al pie de su firma, quién actúa en calidad de Representante Legal de la sociedad XXXX, ciudadano colombiano, mayor de edad, domiciliado en la ciudad de XXXX, identificado como aparece al pie de su firma, quien actúa como Representante Legal de XXXXXXXXXXXXX hemos acordado celebrar un CONTRATO DE PROMESA DE ASOCIACION FUTURA EN SOCIEDAD, conforme a lo previsto en la ley 80 de 1993, en los artículos 110 y 119 del Código de Comercio, en el Documento de Reglas de Participación de la Invitación Cerrada 06 de 2014 y en la Ley 142 de 1994, con la finalidad de suscribir y ejecutar un CONTRATO DE XXXXXXXX de conformidad con los siguientes términos:
PRIMERO.- PERFECCIONAMIENTO: El perfeccionamiento del contrato de sociedad que aquí se promete se sujetará a la condición que el Contrato de XXXXXXX le sea adjudicado al PROPONENTE, en su calidad de proponente en la Invitación arriba citada, del cual hacen parte quienes suscriben este documento y mediante el cual prometen asociación futura a través de la constitución de una Empresa de XXXXXX en la modalidad de sociedad anónima, bajo el régimen jurídico establecido en el artículo 19 de la ley 142 de 1994, y en lo allí no previsto, a lo que dispone el Código de Comercio sobre sociedades anónimas. Esta sociedad se constituirá en la Notaría ( ) del Círculo Notarial de - a las de la ( :00 .m.) y se inscribirá en la Cámara de Comercio de con anterioridad al término establecido para suscribir el contrato, es decir dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la notificación del acto de adjudicación, de acuerdo con lo exigido por el DOCUMENTO DE REGLAS DE PARTICIPACIÓN, sus aclaraciones y adendas.
SEGUNDO.- CONSTITUCION DE LA SOCIEDAD: La sociedad anónima que se constituirá se denominará XXXXX y tendrá por objeto XXXXXXXX, en los términos del proceso de Invitación cerrada N° 06 DE 2014
TERCERO.- DURACION: Las partes acuerdan que el término de duración de la sociedad será de XXX (X) años, como mínimo.
CUARTO.- SOCIOS Y PORCENTAJES DE PARTICIPACION: Los socios de la sociedad prometida y los porcentajes de participación en el capital suscrito
de la sociedad serán los siguientes:
SOCIOS | PARTICIPACION (%) |
1 | |
2 | |
3 | |
(…) | |
TOTAL | 100.oo% |
PARAGRAFO.- De conformidad con lo establecido en el documento de Reglas de Participación, los socios de la sociedad prometida se comprometen a mantener la estructura de capital establecida en el cuadro anterior al momento de constituir la sociedad prometida y durante toda la duración del Contrato de XXXX que resultare Adjudicado a los PROPONENTES, salvo autorización de la RTVC.
QUINTO.- CAPITAL SOCIAL: El capital de la sociedad es de DE PESOS MONEDA LEGAL COLOMBIANA ($ ), el cual deberá ser íntegramente suscrito y pagado al momento de la constitución de la sociedad.
SEXTO.- DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de XXXX., República de Colombia.
SEPTIMO.- FACULTADES DEL REPRESENTANTE LEGAL: Al Representante Legal Principal y a sus Suplentes, designados en los términos del numeral décimo de este documento, se les otorgan a cada uno y por separado, entre otras, amplias facultades para suscribir y ejecutar el contrato de XXXXXXX que fuese adjudicado y la escritura pública de constituci6n de la sociedad aquí prometida.
OCTAVO.- SOLIDARIDAD: De conformidad con el artículo 110 del Código de Comercio, los promitentes responderán solidaria e ilimitadamente de las operaciones que celebren o ejecuten en desarrollo de la sociedad prometida, antes de su constitución.
NOVENO.- REPRESENTACION LEGAL: Las partes que suscriben este documento, delegan la representación de la sociedad prometida en el Señor XXX, mayor de edad, domiciliado en la ciudad de XXXX, identificado como aparece al pie de su firma en este documento, a quien le conferimos los más amplios poderes, adicionales a los comunes de un representante legal y que se determinarán en los estatutos, para que:
1. Suscriba la escritura de constitución de la sociedad prometida en este documento, en el caso de cumplirse la condición prevista en la cláusula primera del presente acuerdo.
2. Suscriba y ejecute el Contrato de XXXXX con la RTVC, en el evento de que el PROPONENTE resulte favorecido con la adjudicación.
En virtud de los anterior, nuestro apoderado cuenta con todas las facultades inherentes para el ejercicio del presente poder, en especial las de recibir, transigir, sustituir, desistir, renunciar, reasumir y todas aquellas que tiendan al buen cumplimiento de su gestión. Igualmente, se encuentra facultado para representar judicial y extrajudicialmente a la sociedad ante la RTVC y en general ante todas las autoridades que así lo requieran.
PARAGRAFO: Las partes acuerdan designar como primer suplente del Representante Legal a XXXX, mayor de edad, residenciado en XXXX, identificado como aparece al pie de su firma, y como segundo suplente del Representante Legal a XXX, mayor de edad, domiciliado en la ciudad de XXX, a los que, se les otorgan las mismas facultades que al representante legal principal, pudiendo ejercerlas de manera separada e independiente.
Como constancia se firma en la ciudad de XXXXXXX a los XX días del mes de XXX por los abajo relacionados.
Xxxxxxxxx X.X.
xxxxxxxxx X.X.
xxxxxxxxx X.X.
XXXXX Xx. 00 – PACTO DE TRANSPARENCIA
El suscrito , identificado con cédula de ciudadanía No. expedida en , (Nombre completo e identificación del representante legal de la sociedad proponente), con domicilio en , quien, en condición de
, (cargo de quien suscribe), obra en nombre y representación legal de (Xxxxx Social completa del Proponente), en adelante EL PROPONENTE, manifiesta irrevocablemente la voluntad de la Empresa, sus accionistas y administradores de asumir irrestrictamente los compromisos derivados del PACTO DE TRANSPARENCIA que se consigna a continuación, con fundamento en las siguientes consideraciones:
PRIMERO: Que RTVC solicitó la presentación de propuestas dentro de la Invitación Cerrada No. 06 de 2014;
SEGUNDO: Que EL PROPONENTE tiene interés en apoyar la acción del Estado colombiano y de RTVC para fortalecer la transparencia en el curso de los procesos de contratación y la responsabilidad de rendir cuentas;
TERCERO: Que como quiera que EL PROPONENTE presenta propuesta a RTVC dentro de la Invitación Cerrada No. 06 de 2014, declara que la Empresa, sus accionistas y administradores están dispuestos a suministrar la información que resulte necesaria para promover o garantizar la transparencia de la actuación contractual, de manera que asumen los siguientes compromisos :
COMPROMISOS ASUMIDOS.
No ofrecer ni dar sobornos ni otra forma de halago a funcionario público, en particular, cualquiera que tenga relación con la propuesta, con el proceso de contratación, o con la ejecución del contrato que pueda celebrarse como resultado de la misma.
No permitir que alguien, sea empleado de la compañía, agente comisionista independiente, asesor o consultor, lo haga en nombre de la Empresa, sus accionistas y administradores.
Denunciar o informar a la administración de RTVC cualquier solicitud de funcionarios de la Entidad a cambio de favorecer su propuesta o perjudicar a terceros.
Impartir instrucciones precisas a los empleados, agentes, asesores u otros representantes del PROPONENTE, con la exigencia de cumplir las leyes de la República de Colombia, especialmente, aquellas que rigen la actuación contractual, sobre los siguientes aspectos:
No ofrecer o pagar sobornos o cualquier halago a funcionarios de RTVC o a cualquier otro servidor público o privado que pueda influir en la contratación, sea directa o indirectamente, ni a terceras personas que por su influencia sobre funcionarios públicos, puedan intervenir dentro de la Invitación Cerrada No.06 de 2014
No ofrecer pagos o halagos a los funcionarios de RTVC durante la celebración, ejecución ni liquidación del contrato que se suscriba.