CONTRATO DE PRODUCCION Y EXHIBICIÓN DE ESPECTÁCULO
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CONTRATO DE PRODUCCION Y EXHIBICIÓN DE ESPECTÁCULO
En Madrid, a 30 mayo de 2019
REUNIDOS
De una parte, Xxxxxxxx Xxxxxxxx, mayor de edad, con DNI ***2331**, y domicilio en la calle xxxxxxxxxxxx, 3 5º xxxxxxxx Madrid.
Y de otra parte, Xxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx con D.N.I.: ***8625** Consejera Delegada de Madrid Cultura y Turismo S.A.U. con CIF: X-00000000, en virtud del nombramiento acordado en el Consejo de Administración de Madrid Cultura y Turismo S.A.U. de 25 de octubre de 2017, recogido en la Escritura de elevación a público de acuerdos sociales de 2 de noviembre de 2017.
Ambas partes se reconocen competencia y capacidad para formalizar el presente contrato, y
EXPONEN
1.Que corresponden a la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, con carácter general, las competencias en materia de fomento y desarrollo de la cultura referidas a las diversas disciplinas y manifestaciones artísticas que conforman las actividades teatrales, coreográficas, musicales, circenses, audiovisuales y cinematográficas, la moda como disciplina creativa, los museos y la programación y gestión de las exposiciones en el campo de las artes visuales, así como el apoyo a la creación actual y a los artistas jóvenes.
2.Que entre las entidades adscritas a la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes se encuentra la empresa pública con forma de sociedad mercantil Madrid, Cultura y Turismo, S.A.U. Dicha sociedad tiene por objeto, entre otros, la producción, coproducción y exhibición de espectáculos, así como la gestión de festivales y ciclos programados por la Comunidad de Madrid, según el art. 2º de sus Estatutos.
3.Que Xxxxxxxx Xxxxxxxx tiene por objeto entre otros, la creación y producción de espectáculos artísticos culturales.
4.Que Xxxxxxxx Xxxxxxxx ha presentado a Madrid Cultura y Turismo, S.A.U. una propuesta de exhibición y producción artística titulada “Y el cuerpo de hace nombre” que ha sido de interés para impulsar el desarrollo del sector cultural en la Comunidad de Madrid con su posterior estreno en el Teatro Xxxxx Kamikaze de Madrid en el marco de las actividades programadas por la Comunidad de Madrid en la Semana Gay Pride 2019. El proyecto de producción y exhibición “Y el cuerpo se hace nombre”, está en consonancia con la construcción de un teatro público con el objetivo de entender la cultura como fuente de riqueza colectiva y cohesión social.
ANTECEDENTES
1.- El Pliego de Condiciones para la contratación que rige este contrato privado de prestación de servicios denominado Producción y Exhibición del espectáculo “Y el cuerpo se hace nombre”, fue aprobado por la Consejera Delegada de Madrid Cultura y Turismo, S.A.U. y firmado por el contratista en este mismo acto, regula la adjudicación de este contrato por procedimiento negociado sin publicidad.
2.- El presupuesto base de licitación se determinó en la cantidad de 20.661,16€.
3.-Que el Contratista declara tener capacidad de obrar para contratar con el Sector Público, no estando incurso en ninguna de las prohibiciones legalmente establecidas para ello, así como ser suficientemente solvente para llevar a cabo el objeto del presente contrato.
Que por lo anteriormente expuesto ambas partes han decidido formalizar el presente CONTRATO DE PRODUCCIÓN Y EXHIBICIÓN de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
PRIMERA. - OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del presente contrato es la producción y exhibición del espectáculo titulado "Y el cuerpo se hace nombre". El espectáculo contará con la siguiente ficha artística:
Dirección del proyecto: Xxxxxxxx Xxxxxxxx
Dirección escénica: Xxxxxx Xxxxxxx
Creación e interpretación: Xxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxxx, Xxxxx Xxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxx y Xxxxxx Xxxxxx
Didáctica de la danza: Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxxx Textos/Transtextualización: Xxx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx sonoro: Xxxxx Xxxxx
Artista plástico: Xxxxx Xxxxxx Vestuario: Xxxxxxx Xxxxxxxxx Iluminación: Xxxxx Xxxxx
Coordinación de producción: Xxxxxxxx Xxxxxxx
Diseño gráfico: Xxxxxx Xxxxxxx Fotografía y vídeo: Xxx Xxxxxxxxx Xxxxxx: Xxxxx Xxxxx
Música teaser: Xxxxx Xxxxxxx
Referentes: Xxxxx Xxxxxxx, Xxxx X. Xxxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxx
Textos inspiradores: Xxxxxxxxx Xxxxx, Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxx B. Xxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxxx, Xxx Xxxxxxxx, Xxxxxxxx, Xxxx Xxxx-Xxxxx, Xxxxxxx Xxxxxx y todos los intérpretes de la pieza.
SEGUNDA. – PRODUCCIÓN EJECUTIVA
Ambas partes acuerdan que la producción ejecutiva del espectáculo será responsabilidad del Contratista, quien asumirá frente a Madrid, Cultura y Turismo, S.A.U. las siguientes obligaciones:
- La contratación de los actores y del equipo artístico, técnico y de gestión, la realización de la escenografía, el vestuario, la utilería, los gastos de ensayos y, en general, todas aquellas contrataciones que se precisen para llevar a cabo la producción del espectáculo, ajustándose al importe total reflejado en el presupuesto adjunto al presente contrato como Anexo I.
- La liquidación de las obligaciones sociales y fiscales derivadas de todas las contrataciones que pudieran realizarse con motivo de la producción del espectáculo mencionado.
- La obtención de la autorización de los derechos de autor o adaptación de la obra o cualquier otro capítulo que devengase o requiriese autorización de su autor.
La organización administrativa y económica de la producción se basará en los principios de buena fe, transparencia informativa, mutuo acuerdo y adecuada contabilización de todas las operaciones.
TERCERA. – PLAZO Y LUGAR DE LA EJECUCIÓN
El espectáculo se exhibirá el Teatro Xxxxx Kamikaze, donde está prevista su exhibición entre el 20 y el 30 xx xxxxx de 2019; con el siguiente calendario:
• Ensayos y montaje: 18 y 19 xx xxxxx de 2019.
• Representaciones: 20, 21, 22 y 23 xx xxxxx de 2019 a las 20.30h; 27, 28 y 29 xx xxxxx de 2019 a las 22.00h; y 30 xx xxxxx de 2019 a las 21.00h.
• Desmontaje: 00 xx xxxxx xx 0000 xx xxxxxxxx la función.
CUARTA. - PRECIO Y FORMA DE PAGO
La cantidad acordada en concepto de precio es de VEINTICINCO MIL EUROS (25.000,00€), 21% de IVA incluido, según presupuesto adjunto en Anexo I. El abono se efectuará en los siguientes pagos previa presentación de la factura correspondiente:
- Un primer pago de QUINCE MIL EUROS, (15.000,00€), IVA incluido, una vez formalizado el contrato y presentado cronograma y memoria del proyecto, con el siguiente desglose:
Base: 12.396,69 euros
IVA (21%): 2.603,30 euros
Total a percibir: 15.000,00 euros
- Segundo y último pago una vez realizadas las exhibiciones y tras la justificación de la totalidad de producción, por un importe xx XXXX MIL EUROS (10.000,00€), IVA incluido, con el siguiente desglose:
Base: 8.264,46 euros
IVA (21%): 1.735,54 euros
Total a percibir: 10.000,00 euros Previa aportación de los siguientes documentos:
❖ Cuadro-Resumen de los gastos realizados en la producción del espectáculo, conforme a los apartados del presupuesto anexo al contrato de colaboración, así como las facturas que lo justifican.
❖ Acreditación de todas las obligaciones contraídas y/o los pagos realizados, aplicados a la producción.
❖ Documentación gráfica y publicitaria del espectáculo, en la que conste el logotipo de la Comunidad de Madrid, así como referencia a que el espectáculo ha sido producido con el apoyo de la Comunidad de Madrid.
❖ Los pagos se realizarán por transferencia a la cuenta bancaria que figure en la factura.
QUINTA. - OBLIGACIONES RELATIVAS A LA EXHIBICIÓN DEL ESPECTÁCULO.
- La recaudación de taquilla, una vez descontados los gastos de distribución/ticketing, corresponde íntegramente a Madrid Cultura y Turismo S.A.U. (C.I.F. de las localidades A- 79444030), quien se hará cargo del pago de los derechos de autor, así como de los gastos de venta con tarjeta de crédito e impuestos correspondientes.
- El contratista se compromete a montar y disponer todo en escena todo lo necesario para realización del espectáculo, a cuyo fin podrá disponer del material de iluminación, sonido y escena existente en el Teatro. Además, deberá aportar, como mínimo, un responsable de iluminación, un responsable de sonido y un regidor responsable del desarrollo artístico durante las representación.
El contratista deberá estar en posesión, en su caso, del certificado de ignífugos de los materiales que aporte para el cumplimiento de este contrato.
SEXTA. - OBLIGACIONES LABORALES, FISCALES Y SOCIALES
- El Contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de Seguridad Social y de Prevención de Riesgos Laborales.
- Será por cuenta del Contratista el pago de los artistas y de cuantas personas intervengan en la realización del espectáculo, así como las cargas fiscales y sociales que correspondan.
SÉPTIMA. - RESPONSABILIDAD CIVIL
El Contratista asumirá frente a Madrid Cultura y Turismo S.A.U. y a terceros las responsabilidades de todo tipo que se pudieran producir como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, incluidos los daños y perjuicios derivados de sus actuaciones o de las personas por él contratadas.
OCTAVA. - EXPLOTACIÓN DE LA PRODUCCIÓN
Corresponden a ambas partes los derechos de explotación del espectáculo objeto del presente contrato. No obstante, el contratista asume la responsabilidad de gestionar la exhibición del mismo. En todo caso, el espectáculo se exhibirá entre el 20 y el 30 xx xxxxx de 2019 en el Teatro Xxxxx Kamikaze en el marco de las actividades programadas dentro de la semana del Pride Gay 2019.
La exhibición de este espectáculo fuera del teatro Xxxxx Kamikaze, conllevará el ingreso de 25,00€ por bolo a Madrid Cultura y Turismo, S.A.U. En ese caso y mientras continúe vigente el presente contrato, Xxxxxxxx Xxxxxxxx, en su calidad de Productor Ejecutivo y Administrador de los fondos de la producción, se compromete a:
-Informar a Madrid, Cultura y Turismo, S.A.U. de la explotación del espectáculo, aportando, si es posible, una copia de los contratos suscritos con empresas o instituciones exhibidoras.
- Abonar a Madrid, Cultura y Turismo, S.A.U. el importe acordado, en un plazo no superior a quince días a partir de la fecha de emisión de la correspondiente factura por parte de Madrid Cultura y Turismo, S.A.U.
Adicionalmente, se autoriza a Madrid, Cultura y Turismo, S.A.U., a solicitar a la Sociedad General de Autores y Editores de España cuantos informes estime necesarios a fin de verificar la información facilitada y evaluar la repercusión pública del espectáculo producido, sirviendo el presente documento como la más amplia autorización otorgada a Madrid, Cultura y Turismo, S.A.U., a estos efectos.
NOVENA - PUBLICIDAD E IMAGEN
A todos los efectos, ambas partes acuerdan que, en todas las representaciones que pudieran realizarse, se deberá incluir, en todos los medios de comunicación y documentación gráfica utilizados, el logotipo de la Comunidad de Madrid y la leyenda de que el espectáculo es una producción de la Comunidad de Madrid con Xxxxxxxx Xxxxxxxx.
Igualmente, y en el caso de que se efectuase cualquier tipo de grabación televisiva, radiofónica y/o audiovisual, ya sean éstas de carácter promocional o comercial, deberá constar dicha referencia.
Cualquier utilización pública de las imágenes del espectáculo, grabación en vídeo, total o parcial, con fines comerciales y venta de los derechos de imagen para televisión o cualquier otro medio, deberá ser aceptada por ambas partes, debiéndose establecer los acuerdos económicos oportunos. Así mismo, deberá figurar que la Comunidad de Madrid es productor del espectáculo y, en caso contrario, no se podrá realizar dicha utilización pública o grabación.
El Contratista se responsabilizará de que los artistas que participen en el espectáculo se presten a las entrevistas y ruedas de prensa que Madrid Cultura y Turismo S.A.U. organice para la difusión y promoción del mismo.
La campaña de promoción o difusión de las representaciones objeto de este contrato será por cuenta de Madrid Cultura y Turismo S.A.U. No obstante, si el Contratista quisiera hacer publicidad relativa a dichas actuaciones, necesitará autorización expresa y por escrito de Madrid Cultura y Turismo S.A.U., al menos con 10 días de antelación al evento, quedando obligado a reflejar en la misma el logotipo de la Comunidad de Madrid según los modelos que se le facilitarán y con las proporciones establecidas al efecto.
Asimismo, el Contratista podrá editar programas especiales o cualquier otro material referido a la actuación para su venta dentro o fuera del Teatro. Todos los gastos que ello conlleve correrán por su cuenta. En cualquier caso, las menciones a la Comunidad de Madrid deberán aparecer con los logotipos y proporciones establecidas al efecto.
Si el Contratista quisiera realizar la grabación del espectáculo con fines de archivo o promoción, deberá contar con la autorización de la dirección del Teatro. Cualquier otro tipo de negociación sobre retransmisiones, grabación, reproducción, imagen, sonido o cualesquiera otros derechos o facultades de contenido análogo que el Contratista pretenda efectuar con terceras personas, necesitará, asimismo, autorización expresa y por escrito de Madrid Cultura y Turismo S.A.U., al menos con 10 días de antelación al evento.
En todo caso, se permitirán los pases específicos destinados a los medios informativos y de difusión cultural para la promoción de los espectáculos, con carácter gratuito y sin coste alguno, con una duración aproximada de 15 minutos. Todo ello con el cumplimiento estricto de la normativa de seguridad vigente y sin molestias para el público.
DÉCIMA. - CUSTODIA DE MATERIALES
Los bienes y elementos adquiridos expresamente para la producción quedarán en poder del contratista, quién asumirá todos los costes de almacenamiento, conservación y mantenimiento de los mismos así como de los riesgos de cualquier tipo que se derivasen de su utilización tanto en su fase de producción como de explotación posterior, para lo que queda facultado siempre que se cumplan los requisitos que se indican en el presente contrato.
UNDÉCIMA. - NORMATIVA DE ESPECTÁCULOS
El Contratista seguirá estrictamente las indicaciones de la Dirección del Teatro en cuanto a volumen de sonido y horarios de las representaciones, de conformidad con la normativa vigente a la que remite el artículo 6 de la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.
En los casos de grabaciones, queda prohibida la ubicación en los accesos e instalaciones para el público de jirafas, trípodes, focos, cámaras etc., así como el estacionamiento de unidades móviles y de vehículos delante de las puertas de salida del público.
DUODÉCIMA. - PROTECCIÓN DE DATOS
Las partes se comprometen a cumplir con las prescripciones contenidas en el RGPD (UE) 2016/679, de 27 xx xxxxx de 2016, y normativa de desarrollo, respecto de aquellos datos personales a los que tengan acceso en cumplimiento del presente contrato.
DECIMOTERCERA. - DOCUMENTACIÓN LEGAL
El Contratista acreditará que se halla al corriente de sus obligaciones fiscales y ante la Seguridad Social, comprometiéndose a aportar, a requerimiento de Madrid Cultura y Turismo S.A.U. los certificados que así lo demuestren.
Además, el Contratista asume la obligación de presentar toda la documentación legal que le fuese requerida por Madrid Cultura y Turismo S.A.U. para el perfeccionamiento del presente contrato y la preceptiva para el libramiento de los pagos.
DECIMOCUARTA. - CAUSAS DE RESOLUCIÓN
El contrato podrá resolverse, sin indemnización alguna, por:
- Mutuo acuerdo de ambas partes.
- Finalización de las representaciones definitivamente, en temporadas y giras.
- Fuerza mayor, entendiendo por tal guerra, calamidad pública, incendio, inundación u orden de la autoridad competente. Las causas de incumplimiento por enfermedad sólo serán consideradas de fuerza mayor cuando se demuestre la certeza de los hechos con las pruebas y certificados que Madrid Cultura y Turismo S.A.U. solicite.
En caso de incumplimiento por causas que no sean las de fuerza mayor, la parte responsable del incumplimiento indemnizará a la otra parte por los daños y perjuicios causados.
En las demás causas de resolución, se estará a lo establecido por la Ley.
En todo caso, cualquiera de las partes podrá instar su resolución ante el incumplimiento por la otra de sus obligaciones contractuales.
DECIMOQUINTA. - NATURALEZA DEL CONTRATO
El presente contrato tiene carácter privado, al tratarse de una entidad del sector público que siendo poder adjudicador no reúne la condición de Administración Pública. Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en el pliego de cláusulas administrativas particulares y en su correspondiente de prescripciones técnicas particulares.
Para lo no previsto en los pliegos, el contrato se regirá en cuanto a los actos de preparación y adjudicación, en defecto de norma específica, por la legislación básica del Estado en materia de contratos públicos: Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (LCSP), y en cuanto no se oponga a lo establecido en la LCSP, el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (RGLCAP), por el Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la Contratación de Estudios y Servicios Técnicos, aprobado por Orden de 8 xx xxxxx de 1972, por las Leyes aprobadas por las Asamblea de Madrid y por el Reglamento General de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto 49/2003, de 3 xx xxxxx (RGCPCM) y sus normas complementarias. Supletoriamente, se aplicarán las normas estatales sobre contratos públicos que no tengan carácter básico, las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las de derecho privado.
En cuanto a sus efectos y extinción se regirá por las normas del derecho privado.
DECIMOSEXTA. - JURISDICCIÓN COMPETENTE
La jurisdicción contenciosa administrativa será la competente para resolver las controversias que surjan en relación con actos de preparación, y adjudicación y la jurisdicción civil será la jurisdicción competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con los efectos
y extinción del mismo, con excepción de las cuestiones de las letras b) y c) del apartado 1 del artículo 27 de la LCSP.
Y para que conste, se firma por duplicado el presente contrato en el lugar y fecha arriba indicados.
LA CONSEJERA DELEGADA DE MADRID CULTURA Y TURISMO, SAU
Fdo.: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxx.: Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx
ANEXO I
PRESUPUESTO “Y EL CUERPO SE HACE NOMBRE”
1. PRODUCCIÓN
1.1 OBRA
1.1.1 Directora del proyecto 2.000,00 €
1.1.2 Seguros sociales 287,00 €
1.1.3 Director de escena 1.300,00 €
1.1.4 Didáctica de la danza 250,00 €
1.2 PRODUCCIÓN, ASESORÍAS Y ADMINISTRACIÓN
1.2.1 Coordinación de producción 1.200,00 €
1.2.2 Seguros sociales coordinador de producción 480,00 €
1.2.3 Asesoría laboral y fiscal 600,00 €
1.3 UTILERÍA
1.3.1 Utilería 600,00 €
1.4 TÉCNICA
1.4.1 Diseño de iluminación 500,00 €
1.4.2 Material técnico 400,00 €
1.5 VÍDEO Y FOTOGRAFÍA
1.5.1 Vídeo, montaje y fotografía 600,00 €
1.6 VESTUARIO
1.6.1 Elementos de vestuario 300,00 €
1.6.2 Tintorería 150,00 €
1.7 INTÉRPRETES
1.7.1 Sueldos ensayos 4 actores 1.882,32 €
1.7.2 Sueldo ensayos artista plástico 470,58 €
1.7.3 Sueldo ensayos músico 600,00 €
1.7.4 Seguros sociales 941,16 €
1.8 PROMOCIÓN
1.8.1 Diseño carteles y programas de mano 180,00 €
1.8.2 Imprenta 400,00 €
1.9 GASTOS DE DESPLAZAMIENTO
1.9.1 Viajes 500,00 €
1.9.2 Dietas 417,34 €
1.9.3 Alojamiento 1.450,00 €
1.9.4 Varios transporte 150,00 €
1.10 IMPREVISTOS
1.10.1 Varios 300,00 €
TOTAL GASTOS PRODUCCIÓN 15.958,40 €
2. EXHIBICIÓN
2.1 UTILERÍA
2.1.1 Fungibles 300,00 €
2.2 TÉCNICA
2.2.1 Técnico xx xxxx 800,00 €
2.3 VESTUARIO
2.3.1 Tintorería 250,00 €
2.4 INTÉRPRETES
2.4.1 Sueldos funciones 4 actores 2.917,68 €
2.4.2 Sueldo funciones artista plástico 729,42 €
2.4.3 Sueldo funciones músico 855,00 €
2.4.4 Seguros sociales 1.485,98 €
Producción y exhibición en El Xxxxx Teatro Kamikaze Del 20 al 30 xx xxxxx de 2019
Hoja1 Página 2
2.5 GASTOS DE DESPLAZAMIENTO
2.5.1 Dietas 303,52 €
2.5.2 Alojamiento 950,00 €
2.5.3 Varios transporte 150,00 €
2.6 IMPREVISTOS
2.6.1 Varios 300,00 €