CONTEMPLADAS
PLIEGO DE PRESCRPCIONES TÉCNICAS QUE HA DE
REGIR EL CONTRATO DE ASISTENCIA TÉCNICA DE
INGENIERÍA
DE
LA PROPIEDAD
PARA
LA
CONSTRUCCIÓN DE LAS DISTINTAS
INFRAESTRUCTURAS DE GESTIÓN DE RESIDUOS
URBANOS TERRITORIAL
GIPUZKOA
CONTEMPLADAS
SECTORIAL
EN
EL
DE
RESIDUOS
PLAN
DE
CONTIENE:
1. OBJETO DEL CONTRATO 3
2. ALCANCE DE LOS TRABAJOS 5
2.1 SEGUIMIENTO, ASISTENCIA Y ASESORAMIENTO PARA LA OBTENCIÓN DE LOS DIFERENTES PERMISOS Y AUTORIZACIONES, NECESARIOS PARA LA CONSTRUCCIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS DIFERENTES PLANTAS DE TRATAMIENTO DE RESIDUOS A
CONSTRUIR EN EL TERRITORIO HISTÓRICO DE GIPUZKOA 5
2.2 DEFINICIÓN DE LOTES Y ASESORAMIENTO EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN DE LOS MISMOS 6
2.3 INGENIERÍA DE DETALLE E INTERFASES 7
2.4 SUPERVISIÓN DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS 8
2.5 SUPERVISIÓN DE LA PUESTA EN MARCHA DE LAS
INSTALACIONES 10
2.6 ASISTENCIA TÉCNICA EN GENERAL, RELACIONADA CON LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS INFRAESTRUCTURAS CONTEMPLADAS EN EL PLAN TERRITORIAL SECTORIAL (PTS) DE XXXXXXXX XX
XXXXXXXX 00
0. XXXXXXXXX XX XXX XXXXXXXX 11
4. PERSONAL Y OFICINA DEL ADJUDICATARIO 12
4.1 EQUIPO DE PRODUCCIÓN 12
4.2 OFICINA DEL ADJUDICATARIO 12
5. PROGRAMA DE TRABAJOS E INFORMES PERIODICOS SOBRE EL DESARROLLO
DE LA ASISTENCIA TECNICA 14
6. PRESENTACION, EDICION, ENCUADERNACIÓN Y PROPIEDAD INTELECTUAL DE
LA DOCUMENTACION A ELABORAR DURANTE LA ASISTENCIA TECNICA 15
7. DOCUMENTACION QUE SE PONE A DISPOSICION DEL ADJUDICATARIO 16
8. TRABAJOS A REALIZAR MEDIANTE COLABORACION DEL ADJUDICATARIO 17
1. OBJETO DEL CONTRATO
El concurso engloba todas las actuaciones a realizar por la Asistencia Técnica de Ingeniería de la Propiedad, relativas al CGRG, así como al resto de Infraestructuras de gestión de residuos, distribuidas por el THG. Queda excluida la Ingeniería de Detalle de las diferentes plantas o infraestructuras/instalaciones a construir, que tendrán que desarrollarlas los Contratistas adjudicatarios de las mismas.
Así, el objeto del presente contrato de Asistencia Técnica se concreta en las siguientes tareas:
▪ Redacción de los Proyectos Básicos para definición de los alcances a contemplar en cada una de las plantas a construir.
▪ Asistencia a la redacción y tramitación de las licencias ambientales y licencias de actividad, así como otro tipo de legalizaciones requeridas. Incluso redacción si fuera precisa a petición de GHK o del Consorcio.
▪ Redactar las propuestas de Pliegos Técnicos para los concursos de construcción de las mismas y asistencia técnica en la tabulación de ofertas presentadas, incluyendo la asesoría técnica especializada en la conformación del Contrato a firmar entre GHK o el Consorcio y los adjudicatarios de las distintas plantas.
▪ Asistencia a la supervisión de los proyectos de ingeniería de detalle, la supervisión y control de la correcta ejecución de todos los trabajos de construcción (en calidad de Project Management), la asistencia a GHK o al Consorcio en su puesta en marcha, así como en la comprobación de la garantía del cumplimiento de los requerimientos técnicos y rendimientos determinados para la construcción de las instalaciones.
▪ Asistencia Técnica en general, como Ingeniería de la Propiedad, en aquellos proyectos o Estudios relacionados con la implementación de las distintas obras o infraestructuras de gestión de residuos, contempladas en el Plan Territorial Sectorial de Residuos de Gipuzkoa.
▪ Si así se requiriese, la asistencia a la sociedad, en caso de reclamaciones a contratistas por incumplimientos de garantías o rendimientos contractualmente comprometidos.
Para llevar a cabo esas tareas, al menos con quince días de antelación a la finalización del plazo de redacción de cada uno de los proyectos, se hará entrega al Director de los Trabajos del documento de borrador completo de los mismos, para que una vez efectuada la supervisión final, se realicen los ajustes y se edite y entregue el documento definitivo dentro del plazo de redacción aprobado.
Se considera especialmente relevante la eficacia y celeridad en la disposición de una documentación técnica solvente que garantice la ágil tramitación de licencias, permisos y autorizaciones, en forma tal, que se procure evitar demoras o retrasos en el inicio de los concursos de ejecución de las obras de construcción, aplicándose en caso contrario de forma rigurosa el régimen de penalizaciones y sancionador.
Para la redacción de los diferentes proyectos y documentación, se deberá tener en cuenta la necesidad de cumplir, las normas aplicables -tales como la Directiva 2010/75/UE, del
Parlamento Europeo y del Consejo del 24 de noviembre de 2010, relativa a las emisiones industriales, incorporada al derecho español por el Real Decreto 815/2013 de 18 de octubre de 2013-, así como los criterios técnicos establecido en los Documentos de Referencia de la Comisión Europea, para las Mejores Técnicas Disponibles, que afecten a las futuras instalaciones a construir.
Asimismo, en caso de ser necesario, el Adjudicatario, definirá y ejecutará la Ingeniería de detalle de las posibles interfases entre lotes o plantas, en función de las necesidades que se presenten.
2. ALCANCE DE LOS TRABAJOS
2.1 SEGUIMIENTO, ASISTENCIA Y ASESORAMIENTO PARA LA OBTENCIÓN DE LOS DIFERENTES PERMISOS Y AUTORIZACIONES, NECESARIOS PARA LA CONSTRUCCIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS DIFERENTES PLANTAS DE TRATAMIENTO DE RESIDUOS A CONSTRUIR EN EL TERRITORIO HISTÓRICO DE GIPUZKOA.
El Adjudicatario asistirá, si así se precisa, a GHK o al Consorcio en el proceso de obtención de todos los permisos y autorizaciones precisos para el diseño, construcción y puesta en marcha de las distintas plantas, entre los que se encontrarán, en función de la especificidad de cada instalación, los siguientes:
▪ Autorización ambiental integrada.
▪ Licencia de Actividad.
▪ Autorización de actividad de valorización y eliminación de residuos.
▪ Licencias de obras.
▪ Autorización de instalaciones de generación de electricidad:
▪ Aprobación del proyecto de ejecución de instalaciones de generación de electricidad.
▪ Autorización de la explotación de instalaciones de generación de electricidad.
▪ Autorización de la línea eléctrica de conexión de las instalaciones de generación de electricidad.
▪ Reconocimiento de la utilidad pública de la instalación de generación de electricidad.
▪ Otras autorizaciones ambientales.
▪ Otras legalizaciones industriales.
En la medida en que el Adjudicatario, sea el encargado tanto de la asistencia a la sociedad GHK o al Consorcio para la obtención de permisos y autorizaciones, como de la preparación de la documentación necesaria para la obtención de los mismos, el Adjudicatario será responsable frente a la sociedad de la correcta preparación y presentación de las solicitudes de autorizaciones y documentación asociada a las mismas, así como a la adecuada y rápida atención a las peticiones de documentación e información complementaria que las diferentes administraciones que deban proceder a la concesión de autorizaciones pudieran realizar, todo ello en orden a la más rápida y eficaz obtención de los mismos.
Asimismo, por su parte, GHK y/o el Consorcio se obligan a atender los requerimientos del Adjudicatario en la presentación de las solicitudes de permisos y documentación a las diversas administraciones de forma inmediata, adoptando las decisiones que le sean
solicitadas con la mayor urgencia, y evitando por ello demoras en la obtención de permisos que le pudieran ser achacables a su falta de diligencia y atención.
2.2 DEFINICIÓN DE LOTES Y ASESORAMIENTO EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN DE LOS MISMOS
GHK o el Consorcio plantean la posibilidad de contratar por la vía de concurso público, la construcción y puesta en marcha de las distintas instalaciones, mediante varios contratos o “lotes”, que suscribirá en su caso con suministradores especializados en los diferentes elementos y sistemas que componen cada una de las instalaciones, incluyendo en su caso, la redacción de los proyectos de ejecución e ingeniería de detalle de cada una de ellas.
En principio, GHK o el Consorcio han definido la construcción de las siguientes plantas o instalaciones diferenciadas:
▪ Centro de Gestión de Residuos de Gipuzkoa (CGRG), a ubicar en Zubieta
▪ Planta de Maduración de Escorias, producidas en el CGRG, a ubicar en el Polígono xx Xxxxxxxxxxxx.
▪ Planta de Biometanización del bioresiduo generado en el THG.
▪ Sistema de Distribución de agua caliente o calefacción centralizada al entorno, aprovechando la energía térmica generada en la Planta de Valorización energética (PVE) del CGRG y con calderas de apoyo, para el caso xx xxxxxx de esta.
▪ Planta de Compostaje, ubicada en Epele (Bergara)
▪ Resto de infraestructuras del Plan Territorial Sectorial (PTS).
El Adjudicatario, en función de la decisión de GHK o el Consorcio, desarrollará el contenido de cada uno de los Proyectos, de acuerdo con su experiencia y teniendo en cuenta la calidad y la diligencia necesaria para su ejecución, y preparará una propuesta de Pliegos Técnicos para los concursos públicos correspondientes a cada lote de compra, donde se determinaran las condiciones técnicas de construcción y funcionamiento de cada lote.
A continuación, GHK o el Consorcio revisarán y en su caso, completará las propuestas de pliegos del Adjudicatario, y remitirá al mismo, la propuesta definitiva de los mismos para su verificación.
En cualquier caso, entre otros aspectos, en los lotes se fijarán los rendimientos que se deba exigir a cada uno de los mismos, en orden a permitir en el proceso de puesta en marcha su comprobación.
Asimismo, el Adjudicatario asistirá a GHK o al Consorcio en la preparación y formulación verbal o escrita de respuestas a las preguntas técnicas que se formulen por los licitantes, en los concursos que celebre GHK o el Consorcio, con los pliegos definitivamente aprobados.
El Adjudicatario realizará igualmente las tabulaciones técnicas de las propuestas y ofertas presentadas a los diferentes concursos, y dará soporte a la redacción de las cuestiones técnicas de los contratos con los adjudicatarios.
GHK o el Consorcio, no obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, podrán determinar la no asistencia del Adjudicatario a determinadas reuniones para la negociación y cierre de las compras de los lotes, cuando las mismas tengan contenido exclusivamente económico y/o jurídico y no planteen alteraciones técnicas.
2.3 INGENIERÍA DE DETALLE E INTERFASES
El Adjudicatario verificará los proyectos de ejecución realizados por los contratistas para la construcción de cada una de las infraestructuras, asegurándose de su calidad técnica y de su concordancia con el/los Proyecto/s elaborados con carácter previo por el Adjudicatario, y con la adjudicación realizada por GHK o el Consorcio en los correspondientes concursos.
En caso de modificaciones propuestas por el Contratista, el Adjudicatario realizará un asesoramiento (técnico-económico) de las mismas, en caso de que modifiquen el proyecto de ejecución, adoptando las mismas y condicionándolas con el resto de las unidades de obra e instalaciones del proyecto que se vean afectadas por estas modificaciones. Además, a petición de GHK o el Consorcio, el Adjudicatario prestarán su Asistencia Técnica en la negociación que se establezca con el contratista EPC para la introducción de las modificaciones comentadas. También se prestará asistencia, en el estudio de repercusión, que sobre el plazo y el precio de ejecución de las obras pudieran tener estas modificaciones, analizando la minimización de los posibles incrementos.
El Adjudicatario elaborará, en caso necesario, la arquitectura e ingeniería de detalle de aquellas obras que se precisen, si hay interferencia entre contrataciones de distintas plantas, al objeto de obtener una correcta resolución del conjunto.
Por otra parte, durante la realización de los proyectos ejecutivos, el Adjudicatario en función del tipo de Contratación que finalmente GHK o el Consorcio decidan, podría llegar a preparar la documentación para la legalización de equipos e instalaciones, aunque lo habitual sea, que sean desarrollados por los Contratistas adjudicados. Con dicho fin, coordinará el proceso, y se responsabilizará de la consecución y recopilación de los documentos necesarios para la legalización de los equipos e instalaciones.
Finalmente, el Adjudicatario asumirá la recopilación y la supervisión de ejecución, de la documentación final de la obra entregada por los Contratistas, en especial:
▪ Documentación y planos “as built”.
▪ Contratos de mantenimiento, garantías de los equipos y garantía de suministro de recambios, otorgados por los fabricantes de los equipos principales, lista de recambios básicos, etc.
▪ Manual de operación de los equipos y/o sistemas.
▪ Manual de mantenimiento de los equipos y/o sistemas.
▪ Protocolos de Puesta en Marcha.
Se exigirá a los contratistas que toda la documentación del proyecto, tanto textos como planos y gráficos, se entreguen a GHK o el Consorcio, en castellano, en un número de copias a determinar y en soporte informático.
2.4 SUPERVISIÓN DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS.
Para el desarrollo de las tareas de supervisión de la ejecución de las distintas obras/plantas, el Adjudicatario deberá disponer de un equipo (propuesto por el Adjudicatario en su oferta y aceptado por GHK o el Consorcio), que incluya al menos un Ingeniero Industrial con probada experiencia en el diseño y ejecución de plantas de gestión de residuos, y un equipo de colaboradores que le ayudarán en el desarrollo de sus funciones. Este equipo de colaboradores, formado por el suficiente número de técnicos y con la titulación adecuada en función de los trabajos a supervisar, incluirá entre ellos, uno o varios especialistas que se encargarán de realizar el seguimiento de la implantación de las medidas correctoras y el plan de vigilancia, así como las condiciones expresadas en la/as Autorización Ambiental Integrada.
En conjunto, este equipo deberá actuar como defensor y administrador de las obras en representación de GHK o el Consorcio, hasta la recepción de las mismas, por lo que cuidará y velará por la correcta ejecución de los proyectos, tanto en sus aspectos técnicos como económicos y de plazos, realizando el control desde su inicio hasta la recepción definitiva, incluyendo una asistencia a consultas y posibles revisiones de la obra.
Las funciones básicas comprendidas en la Supervisión de las Obras serán las que, sin carácter exhaustivo, se relacionan a continuación:
▪ Acompañar a la Dirección Técnica de GHK o del Consorcio o representar a GHK o al Consorcio en la presentación o exposición del proyecto en la fase de construcción de las obras ante las Autoridades Municipales y/o Autonómicas.
▪ Durante la ejecución de las obras resolver las desavenencias, tanto técnicas como económicas con los Contratistas, dentro de los límites de las adjudicaciones realizadas a cada uno de ellos, por GHK o el Consorcio con la asistencia de la Dirección Técnica de ésta.
▪ Garantizar la ejecución de las obras con estricta sujeción a los proyectos aprobados o las modificaciones debidamente autorizadas, exigiendo al Contratista el cumplimiento en los trabajos realizados de las determinaciones recogidas en los contratos de construcción suscritos con cada Contratista, y comunicando a GHK o al Consorcio cualquier desviación o incumplimiento de las obligaciones de los Contratistas.
▪ Vigilar el cumplimiento de las condiciones de las licencias ambientales (Autorización Ambiental Integrada, o la Licencia de Actividad, en su caso) comprobando su implantación en obra y desarrollando las medidas de seguimiento en ellas fijadas.
▪ Supervisar las condiciones de Seguridad y Salud Laboral, incidiendo sobre los Técnicos Responsables, ya sean, de los equipos de los Contratistas, como del propio coordinador de la Dirección Facultativa de la obra, haciendo que se escriban las observaciones que se consideren pertinentes en el Libro de Incidencias, específico de Seguridad y Salud Laboral, para su traslado a la Inspección de Trabajo y establecimiento por ésta de las sanciones que correspondan.
▪ Recabar de los Contratistas adjudicatarios de cada Planta, el correspondiente Plan de Calidad de la obra, velando por el cumplimiento del mismo y controlar la calidad de la obra, mediante la petición de los ensayos complementarios de contraste que se consideren necesarios y de los ensayos de los materiales y unidades de obra, no incluidos en los Planes de Aseguramiento de la Calidad de los Contratistas.
▪ Supervisar “in situ” las actividades de montaje y/o construcción de todas las empresas de montaje que tomen parte en el proyecto, así como la planificación y ordenación de las áreas provisionales a utilizar por estas empresas, para almacenamiento de materiales, oficinas en obra, etc. Seguir las diferentes actividades de la obra, estando permanentemente “in situ” un técnico, que convoque las reuniones con los Contratistas, que sean necesarias para la activación y control de la ejecución.
▪ Supervisar y velar porque exista una coordinación de las secuencias de montaje y/o protocolos de montaje y del tiempo de continuación de trabajos pendientes. Revisión de toda la información necesaria para el montaje (planos, listados, procedimientos).
▪ Comprobar “in situ” la fabricación de las instalaciones técnicas, requerir los Programas de Puntos de Inspección en fase de construcción y montaje correspondientes a los suministros de carácter electromecánico y comprobación de su ejecución “in situ” y mediante el análisis de la documentación que se reciba.
▪ Supervisar y garantizar el cumplimiento de los plazos establecidos contractualmente.
▪ Emitir informes mensuales para GHK o el Consorcio sobre el desarrollo y avance de las obras.
▪ Revisar los protocolos de final de montaje y comprobar documentalmente la información requerida en los mismos.
▪ Verificar que la Planta ha sido ejecutada y legalizada, de conformidad con el proyecto objeto de la licencia y la documentación técnica que lo complementa, hallándose dispuesta para su utilización con arreglo a las instrucciones de operación y mantenimiento. En cualquier caso los resultados de operación y cumplimiento de garantías de funcionamiento y/o proceso serán responsabilidad del Director Facultativo de Obra, si no se acredita la responsabilidad de los Contratistas, en la medida en que certifique a GHK o al Consorcio la correcta terminación de los trabajos de construcción de las instalaciones.
2.5 SUPERVISIÓN DE LA PUESTA EN MARCHA DE LAS INSTALACIONES.
Los licitantes definirán el equipo de asistencia técnica que se propone para supervisar la Puesta en Marcha de las distintas Plantas. En caso de que GHK o el Consorcio requieran un equipo más numeroso que el determinado por el licitante en su oferta, se facturarán los servicios del mayor equipo requerido por GHK o el Consorcio según las tarifas que indicará el Adjudicatario en su oferta.
Las tareas a realizar serán las descritas a continuación, siendo potestad de GHK o el Consorcio acordar con el Adjudicatario otras tareas que se ajusten en mayor medida a sus necesidades.
▪ Revisión de los procedimientos de puesta en marcha (en frío y en caliente) elaborados por los Contratistas.
▪ Revisión de los protocolos para la realización de pruebas de garantía de los distintos sistemas.
▪ Supervisión del cumplimiento de los protocolos de puesta en marcha de los distintos suministradores. Comprobación de las pruebas realizadas.
2.6 ASISTENCIA TÉCNICA EN GENERAL, RELACIONADA CON LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS INFRAESTRUCTURAS CONTEMPLADAS EN EL PLAN TERRITORIAL SECTORIAL (PTS) DE RESIDUOS DE GIPUZKOA.
Dentro de este apartado se encontrarían comprendidos aquellos trabajos, que deban ser realizados para poder acometerse la implementación de las distintas infraestructuras de gestión de residuos, contempladas dentro del Plan Territorial Sectorial de Residuos de Gipuzkoa. En este sentido los licitantes definirán en su oferta un equipo global de técnicos, que estará a disposición de GHK o el Consorcio, para ejecutar tales tareas.
Ante la incertidumbre actual de la cuantificación de esos trabajos y una potencial variación de plazos en la ejecución de las plantas a proyectar/implementar, se consensuarán entre las partes en los Informes de seguimiento mensuales, las tareas y actividades a desarrollar/realizadas, con su correspondiente valoración económica. Con ello, se podrá redistribuir el régimen de pagos a las labores efectivamente realizadas.
3. DIRECCION DE LOS TRABAJOS
Los trabajos serán dirigidos por un Director de Proyecto designado por GHK o el Consorcio que establecerá el procedimiento de dirección de trabajos que determine como más adecuado, sin alterar por ello las condiciones descritas en el presente Pliego para el Adjudicatario.
Con el fin de ejercer esta dirección de los trabajos durante la totalidad de la duración del presente contrato de Asistencia Técnica, GHK o el Consorcio designarán una representación técnica ante las restantes personas físicas o jurídicas implicadas en los procesos de redacción de proyectos, obtención de autorizaciones, elaboración de pliegos y valoración de ofertas de concursos, y construcción y puesta en marcha de las distintas contrataciones de infraestructuras.
La citada representación técnica estará compuesta por personal de la propia sociedad pública y, en su caso, los asistentes externos que la misma determine para cada fase de la asistencia.
GHK o el Consorcio procurarán en la medida de lo posible que dicha representación se concrete para la fase de ejecución de obras, como mínimo en un ingeniero de la sociedad pública, quien podrá contar, a su vez, para el desarrollo de sus labores con un equipo de colaboradores nombrado por la propia sociedad, bien entre personal propio de la sociedad, bien contratado al afecto. No obstante lo señalado anteriormente, GHK o el Consorcio podrán determinar otro sistema de representación técnica, si así lo estimara.
El Adjudicatario deberá facilitar el adecuado seguimiento de los trabajos a la representación de GHK o el Consorcio.
Así, se le notificarán cuantas reuniones se celebren durante toda la asistencia con Administraciones, proveedores o terceros, a fin de permitirle su concurrencia, si así lo considera conveniente. Durante la fase de ejecución de las obras, la representación de GHK o el Consorcio deberán estar, en cualquier caso, presente en cuantas reuniones se celebren por el Adjudicatario con los Contratistas y supervisará con él, el proceso de ejecución de la misma. Asimismo, la representación de GHK o el Consorcio deberán ser consultada y dar su previa aprobación a cualquier modificación de las condiciones de calidad, precio o plazo establecidas en los distintos documentos contractuales.
En cualquier caso, y sin perjuicio de la ponderación de las respectivas responsabilidades derivadas del origen de la toma de decisiones, el Adjudicatario seguirá estrictamente los criterios, decisiones y determinaciones de GHK o el Consorcio en el ejercicio de la asistencia. Cualquier incumplimiento del presente deber de respeto al criterio de la sociedad pública será considerada falta grave y podrá incluso facultar a la sociedad, a la resolución del contrato de asistencia.
4. PERSONAL Y OFICINA DEL ADJUDICATARIO
4.1 EQUIPO DE PRODUCCIÓN.
El equipo de Producción pertenecerá a la empresa de ingeniería adjudicataria del presente contrato de Asistencia Técnica. No obstante, para la realización de trabajos especializados, se permitirá la subcontratación a empresas o profesionales independientes que cumplan las condiciones de contratación fijadas en el Pliego de Cláusulas Particulares. Estas subcontrataciones deberán ser declaradas en la oferta que se presente, estableciendo claramente los trabajos a los que se destinarán y definiendo la composición de los equipos que las formen, con el mismo grado de detalle que si fueran propios. En cualquier caso, la subcontratación requerirá consentimiento previo, expreso y escrito del Director de todos los trabajos.
El Adjudicatario designará en la oferta, un Delegado del Adjudicatario para que ejerza de intermediario entre él y GHK o el Consorcio. Éste será un Ingeniero con experiencia probada en el diseño y ejecución de proyectos de plantas de tratamiento de residuos urbanos.
En la oferta, el Adjudicatario deberá detallar que equipo tiene disponible para cada fase de los trabajos, incluyendo una relación nominal de los miembros que lo formarán, su categoría profesional, la tarea específica que realizarán y el tiempo de dedicación (en porcentaje de la jornada de trabajo durante el periodo del tiempo en que participen). Asimismo, adjuntará un organigrama en que queden perfectamente definidos los responsables y las relaciones respectivas entre los miembros del equipo técnico.
En cualquier momento y tantas veces como sea necesario, el Director de los Trabajos podrá solicitar previa justificación escrita y argumentada del Adjudicatario, el relevo, en un plazo máximo de 15 días, del personal cuya capacidad estime inadecuada.
El equipo de producción deberá desarrollar su propio autocontrol y muy especialmente cuando subcontrate parte de las labores (control interno).
4.2 OFICINA DEL ADJUDICATARIO
Durante la ejecución de los trabajos, GHK o el Consorcio dispondrán a favor del Adjudicatario de un espacio suficiente, para que ubique en el mismo, la oficina de control y seguimiento de los trabajos. Dicho espacio se ubicará en los locales que constituyan la sede de GHK o del Consorcio y será el lugar para su revisión e inspección por el Director de los Trabajos.
El Adjudicatario incorporará en esta oficina los medios materiales necesarios para la correcta ejecución de la asistencia, debiendo estar dotada la misma de las instalaciones necesarias para la correcta operación de los equipos y funcionar desde la firma del Contrato, hasta el final de la Asistencia Técnica.
En este sentido, y en principio, se prevé que el personal del Adjudicatario realizará la asistencia, en la fase de redacción de Proyectos y preparación de documentación técnica, en el lugar donde ubique su sede social. Sin embargo, GHK o el Consorcio se reservan la facultad de exigir unilateralmente y sin incremento del precio del concurso, presencia física
al personal del Adjudicatario adscrito a cada fase de la asistencia, si estima que el proyecto no evoluciona en forma satisfactoria.
5. PROGRAMA DE TRABAJOS E INFORMES PERIODICOS SOBRE EL DESARROLLO DE LA ASISTENCIA TECNICA.
En las dos primeras semanas del trabajo, el Adjudicatario presentará, a la aprobación del Director de los Trabajos, un programa de trabajos en el que se definan los plazos parciales en los que se completarán las diferentes tareas más significativas de la Asistencia Técnica. En este programa de trabajos se establecerá el calendario de reuniones, a las que asistirá el Delegado del Adjudicatario en cada fase de la Asistencia, y el personal de su equipo que se estime oportuno, para el análisis del desarrollo de los trabajos.
De las citadas reuniones, se levantará acta, con el conforme del Director de los Trabajos y el Delegado del Adjudicatario o de sus respectivos representantes.
El Adjudicatario informará obligatoriamente y por escrito al Director de los Trabajos cada vez que le sea solicitado y, en cualquier caso, durante los cinco (5) primeros días de cada mes, sobre la marcha general de los trabajos encomendados y cumplimiento del programa de trabajos aprobado.
Asimismo, el Director de los Trabajos y los miembros de su equipo tendrán libre acceso, para inspeccionar los trabajos, a las instalaciones del Adjudicatario y de sus colaboradores y podrán consultar libremente los documentos y archivos relacionados con el trabajo.
6. PRESENTACION, EDICION, ENCUADERNACIÓN Y PROPIEDAD INTELECTUAL DE LA DOCUMENTACION A ELABORAR DURANTE LA ASISTENCIA TECNICA
Sin perjuicio de la relación de documentación que se determina en el presente apartado, todos los trabajos, documentos, ficheros informáticos en cualquiera de sus formatos, proyectos, presupuestos, diseños, etc. y cualquier fruto del trabajo derivado de la presente asistencia, pertenece a GHK o al Consorcio, la cual se reserva el derecho de propiedad intelectual de los mismos, debiendo garantizar el Adjudicatario el acceso de GHK o al Consorcio a cuanta documentación resulte de la asistencia.
Expresamente se determina la necesidad del previo consentimiento de GHK o del Consorcio para que el adjudicatario facilite a terceros ajenos a la asistencia técnica, documentos relativos a la misma.
7. DOCUMENTACION QUE SE PONE A DISPOSICION DEL ADJUDICATARIO
GHK o el Consorcio pondrán a disposición del Adjudicatario la siguiente documentación:
▪ Plan Integral de Gestión de Residuos Urbanos de Gipuzkoa y Documento de Progreso.
▪ Actualización de la Prognosis del PIGRUG-DdP, de Diciembre del 2.015.
▪ Plan Territorial Sectorial de Residuos de Gipuzkoa.
▪ Proyectos Básicos, ya elaborados, de las distintas plantas a construir.
▪ Autorización Ambiental Integrada en vigor.
▪ Otras tramitaciones, legalizaciones o comunicaciones realizadas por GHK o el Consorcio en relación a los trabajos a realizar.
8. TRABAJOS A REALIZAR MEDIANTE COLABORACION DEL ADJUDICATARIO
El Adjudicatario llevará a cabo la totalidad de los trabajos de mecanografía, delineación, reproducción, ordenación, encuadernación y similares, tanto de los documentos redactados con su colaboración, como de los preparados por GHK o el Consorcio sin intervención del Adjudicatario, que le sean encomendados por la Dirección de los Trabajos.