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PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS GENERALES PARA LA CONCESIÓN, DE LA EXPLOTACIÓN DEL SERVICIO DEL ALBERGUE DE PEREGRINOS DE A MESA. XXXXXXX XX XXXXXX
1.-OBJETO.-
Constituye el objeto del contrato la concesión de la explotación del servicio del Albergue de Peregrinos de A Mesa en Xxxxxxx xx Xxxxxx durante el año 2010; iniciando la actividad desde el 1 de julio de 2010.
2.- FORMA DE ADJUDICACIÓN.-
La forma de adjudicación será la propia de un contrato menor, de acuerdo con el artículo
122.3 de la Ley 30/07 de 30 de Octubre de Contratos del Sector Público.
El Ayuntamiento podrá declarar desierto el procedimiento de adjudicación si considera que ninguna de las ofertas presentadas se ajusta a sus necesidades o son contrarias al interés público por considerarse gravosa.
3.- PRECIO O CANON A SATISFACER POR EL CONCESIONARIO.-
El precio o canon a satisfacer por el concesionario ascenderá a la cantidad de 60,00 € al año (IVA incluido), con incremento del IPC anual. La mejora sobre el tipo se realizará al alza sin que en ningún caso se admitan proposiciones por precio inferior al tipo.
El concesionario se compromete a abonar a la Corporación dicho canon, simultáneamente a la formalización del contrato.
4.- CONDICIONES DEL LICITADOR.-
Podrán concurrir a la licitación, cualesquiera personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, que se encuentren en posesión de plena capacidad de obrar y acrediten solvencia económica, financiera o técnica y no se hallen incursas en ninguno de los supuestos de prohibición para contratar con la Administración a que se refiere el artículo 49 de la Ley de Contratos del Sector Público.
La Administración podrá contratar con uniones de empresas que se constituyan temporalmente al efecto, las cuales responderán solidariamente ante la Administración y ante la cual se nombrará un representante o apoderado único.
Las personas físicas o jurídicas de estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, entes, organismos o entidades del sector público asimilables en forma análoga y demás requisitos establecidos en el Art. 44 de LCSP.
5.- PROPOSICIONES.-
La oferta se presentará en sobre cerrado si se presenta por correo, o si se registra personalmente en el Registro de documentos del Ayuntamiento de Xxxxxxx xx Xxxxxx.
Las proposiciones constarán de dos sobres cerrados denominados A y B y en cada uno se hará constar el contenido en la forma que se indicará, y el nombre del licitador.
Sobre A) denominado de documentos.
Expresará la inscripción de: DOCUMENTOS GENERALES PARA TOMAR PARTE EN EL PROCEDIMIENTO PARA CONCESION DE LA EXPLOTACION DEL ALBERGUE DE PEREGRINOS DE A MESA. XXXXXXX XX XXXXXX"
y contendrá la siguiente documentación:
1.- Documento o documentos que acredite la personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de la proposición, consistente en:
1.1.- Documento Nacional de Identidad del licitador, y en caso de ser persona jurídica poder en vigor, bastanteado por Notario o por el Secretario del Ayuntamiento.
1.2.- Certificado de estar de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE).
1.3.- Escritura de constitución de la empresa o Estatutos de la Entidad, debidamente inscrita en los Registro correspondientes, en los que se acredite que las prestaciones a contratar se incluyen en el ámbito de actividad que le son propios.
1.4.- En caso de concurrir a la licitación varias empresas, constituyendo una asociación temporal, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que suscriben las proposiciones, la participación de cada una de ellas, designando la persona o Entidad que durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la representación de la unión ante la Administración.
2.- Resguardo acreditativo de la constitución de la garantía provisional.
3.- Declaración Responsable del licitador, se ajustará al modelo contenido en el Anexo I de este pliego, en la que se haga constar no estar incurso, él o los administradores, si se trata de una persona jurídica, en ninguna de las prohibiciones para contratar con la Administración Pública, prevista en los artículos 49 y 50 de la Ley 30/2.007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público que comprenderá, expresamente, la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. La prueba de esta circunstancia podrá hacerse por cualquiera de los medios señalados en el Art. 130 de la LCSP. No obstante, los licitadores habrán de tener en cuenta que, en caso de resultar adjudicatarios, deberán acreditar las circunstancias anteriores mediante los certificados oportunos expedidos por el órgano competente, a cuyo efecto se le concederá un plazo de 5 días hábiles.
4.- Memoria en que se especifique la forma de prestación del servicio.
5- Mejoras que pretende llevar a cabo en las dependencias e instalaciones.
6.- Carta de servicios, distintos a los de albergue, que prestará el concesionario a los peregrinos.
7.- Trabajadores y personal para atender el servicio.
8.- Experiencia profesional.
Sobre B) denominado proposición económica
Se ajustará al modelo contenido en el Anexo II de este pliego, y se presentará cerrado, pudiendo ser lacrado y precintado a petición del interesado y deberá tener la siguiente inscripción: "PROPOSICION PARA TOMAR PARTE EN EL CONCURSO PARA CONCESION DEL ALBERGUE DE PEREGRINOS DE A MESA. XXXXXXX XX
XXXXXX“, se acompañará la siguiente documentación:
1.- Oferta económica fijando la cantidad a satisfacer a este Ayuntamiento por la explotación del Albergue, que tendrá la consideración de canon a satisfacer por el concesionario, y que en ningún caso podrá ser inferior al tipo.
Cada licitador únicamente podrá presentar una sola proposición. Tampoco podrá suscribirse ninguna propuesta de unión temporal con otros, si lo ha hecho individualmente o figuran en más de una unión temporal.
2.- Documentación de los licitadores que pretendan ser valorados por la Mesa incluidos en la Cláusula 10 del presente pliego.
6.- DURACIÓN DEL CONTRATO Y PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO.-
La concesión se otorga de forma anual desde la formalización del contrato.
El contrato podrá ser prorrogado para otras temporadas, con un máximo de 3 años, cuando se considere que la prestación es correcta, con un aumento del canon del IPC respecto a la adjudicación del año anterior. Para ello, el concesionario deberá solicitar al Ayuntamiento, con la anterioridad suficiente al año de vencimiento, la prórroga en la concesión.
7- GARANTIAS.-
La garantía provisional se fija en 100 euros.
La garantía provisional se extinguirá automáticamente y será devuelta a los licitadores inmediatamente después de la adjudicación definitiva, salvo que se acuerde y así se justifique en el expediente aplicar su importe como parte de la garantía definitiva del 4%, en cuyo caso se cancelará junto con ésta.
Además, el que resulte adjudicatario provisional deberá constituir una garantía definitiva del 4% de la valoración del dominio público que se hubiere de ocupar y de la valoración que de la mencionada construcción consta en el Inventario de Bienes del Ayuntamiento y se hará en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 84 de la LCSP.
Las garantías exigidas podrán prestarse en alguna de las formas establecidas en el artículo 84 de la LCSP.
Dicha garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya cumplido satisfactoriamente el contrato de que se trate o resuelto éste sin culpa del contratista, y en cualquier caso, una vez expirado el plazo de concesión, y una vez se haya comprobado por los Servicios Competentes que los inmuebles se encuentran en las mismas condiciones en que fueron entregados al concesionario.
8.- PLAZO DE PRESENTACION DE PROPOSICIONES.-
El plazo para presentación de proposiciones será de quince días naturales a contar desde la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Principado xx Xxxxxxxx.
Las proposiciones se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Xxxxxxx xx Xxxxxx, de 9 a 14 horas, incluyendo el día en que expire el plazo, en sobre cerrado y haciendo constar en el mismo el título establecido anteriormente.
La presentación de proposiciones presume la aceptación incondicional por el empresario de las condiciones de este Pliego.
9.- MESA DE CONTRATACION.-
La Mesa de contratación estará integrada o constituida del modo siguiente:
- Presidente: Sr. Alcalde.
- Vocales:
-Un Concejal en representación de cada Grupo Municipal.
- El Secretario-Interventor de la Corporación o Funcionario en quien delegue. Secretario: Un funcionario de la Corporación.
10.- CALIFICACION DE LA DOCUMENTACION GENERAL.-
Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de Contratación, procederá a la calificación de la documentación general presentada por los licitadores en el sobre A, en sesión no pública.
Si la Mesa de Contratación observara defectos formales en la documentación presentada, podrá conceder, si lo estima conveniente, un plazo no superior a tres días para que el licitador lo subsane.
Si la documentación contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, se rechazará la proposición.
11.- CRITERIOS DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA.-
Los criterios objetivos que servirán de base para la adjudicación, en orden decreciente, serán los siguientes,
- Mejor oferta económica a favor de la Administración: 3 puntos
- Mayor experiencia profesional: 2 puntos
- Mejor carta de servicios, distintos a los de albergue, que prestará el concesionario a los peregrinos: 2 puntos
- Mejoras aportadas y actividades a desarrollar: 3 puntos.
12.- APERTURA DE PROPOSICIONES.-
La Mesa de Contratación, en acto público, dará cuenta del resultado de la calificación de la documentación general presentada por los licitadores en los sobres A), indicando las observaciones que se recogerán en el Acta.
A continuación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura de los sobres B) y dará lectura de las proposiciones económicas formuladas por ellas y las elevará con el Acta y la propuesta que estime pertinente al Órgano de Contratación.
13.- ADJUDICACION.-
El Órgano de Contratación, previos los informes técnicos correspondientes, adjudicará el contrato en el plazo máximo de un mes desde la finalización del plazo para presentar las ofertas.
La adjudicación provisional se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada y se notificará a todos los candidatos o licitadores, advirtiendo al adjudicatario de la obligación de presentar en el plazo de 15 días hábiles contados desde la publicación de la adjudicación provisional, los documentos acreditativos de hallarse al corriente en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y cualesquiera otros acreditativos de su aptitud para contratar o la efectiva disposición de los medios que se hubieren comprometido a adscribir a la ejecución del contrato.
La adjudicación provisional se elevará a definitiva en el plazo de 10 hábiles siguientes a aquél en que expire el plazo señalado anterior.
Si el adjudicatario provisional no acreditase las condiciones exigidas, el órgano de contratación podrá efectuar una segunda adjudicación provisional a favor del siguiente mejor puntuado, y siempre que éste preste su conformidad, a cuyo efecto se le dará un plazo de 10 días para aportar la documentación pertinente.
La adjudicación definitiva se publicará en el Perfil del contratante del Ayuntamiento de Xxxxxxx xx Xxxxxx; Perfil de Contratante: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xx
14.-FORMALIZACION DEL CONTRATO.-
El contrato se formalizará en documento administrativo dentro del plazo xx xxxx días a contar desde el siguiente al de notificación de la adjudicación definitiva, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier Registro Público, pudiendo, no obstante, elevarse a escritura pública cuando lo solicite el concesionario, siendo a su xxxxx los gastos que se deriven de su otorgamiento.
15.-EDIFICIOS MATERIAL E INSTALACIONES DEL AYUNTAMIENTO.
La Corporación Municipal aportará el edificio del Albergue para su explotación por el arrendatario.
16.- MATERIAL E INSTALACIONES A CARGO DEL ADJUDICATARIO.
El adjudicatario deberá aportar todo el personal necesario para una perfecta prestación del servicio.
El adjudicatario viene obligado a dotar de los útiles y mobiliario a que se haya comprometido en la Memoria presentada con la plica, siete días, al menos, después del acuerdo de adjudicación, lo que pondrá en conocimiento de la Alcaldía, a fin de que por ésta se disponga la inspección de las instalaciones.
La Administración se mantendrá al margen de las relaciones laborales que celebre el adjudicatario, no procediendo la sucesión empresarial en los contratos celebrados.
17.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.-
El adjudicatario vendrá obligado a lo siguiente:
1.- Satisfacer los gastos que originen la adjudicación, así como el importe de la inserción de los Anuncios que hayan sido publicados sobre la mismo, pudiendo presentar al efecto el correspondiente resguardo de haber hecho efectivo el mencionado importe o pudiendo serle retenido con cargo a la fianza definitiva constituida en la cuantía a la que alcance ésta y subsistiendo, en su caso, la obligación de reintegrar la cantidad que restare por cubrir, y en general, toda clase de gastos que ocasione dicho contrato como obtención de licencias, tasas, impuestos, derechos reales, y cuanto se derive de la legislación laboral, contributiva, administrativa o fiscal que resulte de aplicación.
2.- Prestar el servicio objeto del contrato poniendo para ello en funcionamiento las instalaciones dentro del plazo establecido en este pliego.
3.- El servicio se prestará por el adjudicatario durante el plazo de duración del contrato, siendo de su cuenta los gastos que origine en general el funcionamiento del mismo.
4.- Mantener las Dependencias y Servicios objeto de adjudicación, así como el recinto en perfecto estado de conservación, limpieza y funcionamiento, ornato y salubridad, disponiendo en el mismo de una hoja de reclamaciones a disposición de los peregrinos.
5.- Efectuar por su exclusiva cuenta las reparaciones precisas para asegurar el perfecto mantenimiento del Albergue instalaciones necesarias para el servicio. Responderá, asimismo, de los deterioros originados por los usuarios.
6.- No podrá el adjudicatario efectuar en las instalaciones obra alguna de modificación sin la previa autorización municipal.
7.- Dotarse con personal idóneo para la prestación del servicio.
8.- A satisfacer las retribuciones del personal que emplee en los diversos servicios contratados, con arreglo a la legislación laboral, y darlos de alta en la Seguridad Social.
9.- A someter a la previa conformidad de la Corporación los rótulos, carteles o anuncios de todo tipo que pretendan instalar en las Dependencias o Recinto. Asimismo, fijará en el interior xxx xxxxxxx y a la vista del público la lista de precios sellada por este Ayuntamiento.
10.- A mantener el perfecto funcionamiento de las instalaciones en el tiempo de duración de la concesión haciéndose cargo durante el mismo de los recibos de luz y agua correspondientes.
11.- Cumplir escrupulosamente las disposiciones vigentes sobre funcionamiento del albergue en sus aspectos sanitarios, técnicos, de seguridad incluyendo en este apartado la obligación de registro de los peregrinos, dando cuenta de las inscripciones en el Cuartel de la Guardia Civil de Xxxxxxx xx Xxxxxx, cumplir las Ordenanzas vigentes especialmente en lo referente a la percepción como máximo del precio establecido en la vigente “Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por prestación de Servicios en los Albergues de Peregrinos del Concejo de Xxxxxxx xx Xxxxxx” .En especial, se dará cumplimiento a la normativa recogida en el Reglamento de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, así como en la normativa dictada por la Comunidad Autónoma en materia de ruidos.
12.- Permitir que en cualquier momento la Alcaldía o quien le represente, por delegación, inspecciones el estado de conservación y funcionamiento de las instalaciones. A tal efecto, vendrá obligado a adoptar las medidas que, en su caso, se le indique.
13.- Reparar e indemnizar cualquier perjuicio que se le irrogue al Municipio o a particulares, por haber dejado de cumplir alguna de las obligaciones estipuladas o de general observancia. 14.- Abandonar y dejar libres y vacuos a disposición del Ayuntamiento el recinto, objeto de la adjudicación, al finalizar el plazo de la misma. A tal efecto, el adjudicatario reconoce expresamente por esta cláusula la potestad de la Administración para acordar y ejecutar por sí el lanzamiento, en caso contrario.
15.- No enajenar ni gravar sin autorización bienes o instalaciones que deban revertir a la Corporación arrendataria.
16.- Sufragar los gastos de los servicios de agua, basura, saneamiento, electricidad y telefonía que se deriven como consecuencia de los servicios que se conceden.
Para ello el adjudicatario deberá proporcionar a las distintas empresas suministradoras una domiciliación bancaria para que éstas carguen las correspondientes facturaciones aún cuando el titular del servicio sea el Ayuntamiento de Xxxxxxx xx Xxxxxx.
18.- DERECHOS DEL ADJUDICATARIO.- Además del derecho a la utilización y aprovechamiento de las instalaciones objeto de la concesión, tendrá el adjudicatario los siguientes:
a) A que se le proteja con la autoridad xxx Xxxxxxx en cuanto fuese preciso para que sea respetado como tal adjudicatario y para que cesen las perturbaciones que obstaculicen el desempeño del servicio público que se concede.
b) Explotar directamente el albergue dentro de los límites establecidos, sin que en ningún caso sea posible el traspaso, novación o subrogación, salvo autorización expresa de la Corporación.
19.- OBLIGACIONES DEL AYUNTAMIENTO.- Son las siguientes:
a) Entregar al adjudicatario, mediante detallado Inventario, las dependencias del albergue y sus instalaciones complementarias, según Anexo III de este pliego.
b) Xxxxxxxx y amparar al adjudicatario en la forma dispuesta en el apartado a) de la cláusula anterior.
c) El Ayuntamiento se hará cargo de todas las obras que sean necesarias para mantener la estructura del inmueble. Se exceptúan las obras xx xxxxxx, las cuales realizaría al adjudicatario previa conformidad al Ayuntamiento; una vez terminada la concesión quedarán en el inmueble.
d) No obstante, los daños que pueda sufrir el inmueble e instalaciones básicas como consecuencia del uso normal o por negligencia del adjudicatario, serán de cuenta de éste. Asimismo, el adjudicatario estará obligado a suscribir con Compañía Aseguradora los riesgos de incendio y daños catastróficos que pudieran afectar a los bienes objeto de adjudicación.
El seguro de responsabilidad deberá ser entregado en el Ayuntamiento junto con la fianza definitiva, antes de formalizar el contrato.
20.- DERECHOS DEL AYUNTAMIENTO.- El Ayuntamiento tiene la obligación de vigilar constantemente el cumplimiento por el adjudicatario de las obligaciones derivadas del presente Pliego de Condiciones.
21.- PAGO DEL CANON.- El canon fijado se abonará a la firma del contrato.
22.- REVERSION DE EDIFICIOS Y DEPENDENCIAS.- Los edificios y dependencias se entregarán al finalizar el contrato, en perfectas condiciones de conservación y en el mismo estado en que los recibe el adjudicatario, una vez realizadas las obras de mejora que ofrezca en su proposición y prestada su conformidad por el Ayuntamiento a las mismas.
Los útiles, enseres y mobiliario instalados por el arrendatario no revertirán al Ayuntamiento. Las obras de cualquier clase efectuadas por el adjudicatario en los bienes e instalaciones objeto del contrato revertirán a la Corporación Municipal al término del contrato.
23.- INTERRUPCION DEL SERVICIO.- Por ningún motivo podrá el adjudicatario interrumpir el servicio, quedando a salvo los efectos determinados en la legislación sobre indemnización de daños y perjuicios.
24.- INCUMPLIMIENTO DEL SERVICIO.- Si el adjudicatario incumpliese las obligaciones que le incumben, la Corporación Municipal estará facultada para exigir el cumplimiento de las mismas o declarar la resolución del contrato aún después de haber optado por el cumplimiento, cuando éste resultara imposible.
25.- SANCIONES.- El incumplimiento por el concesionario de cualesquiera de las obligaciones impuestas facultará a la Corporación Local para declarar la caducidad de la
concesión, sin que hubiese lugar a indemnización alguna y acordándose lo que hubiere lugar en cuanto a la devolución de la garantía constituida.
El Ayuntamiento xx Xxxxxxx se reserva, igualmente la facultad de dejar sin efecto la concesión cuando razones de interés público debidamente justificadas lo aconsejen. En este caso, siempre que no hubiere mediado culpa o negligencia del concesionario habrá lugar a la indemnización de los daños y perjuicios que se irrogaren al concesionario.
Las infracciones en que incurra el contratista por incumplimiento de los plazos contractuales se sancionarán de conformidad con lo dispuesto en el artículo 196 y siguientes de la Ley de Contratos del Sector Público.
Cualquier incumplimiento grave podrá ser sancionado con multa de hasta 300 euros e incluso, con la resolución del contrato, que conllevará la pérdida de la fianza, la inhabilitación del contratista y el resarcimiento de los daños y perjuicios.
El Ayuntamiento de Xxxxxxx xx Xxxxxx se reserva, igualmente, la facultad de dejar sin efecto la concesión cuando razones de interés público debidamente justificadas lo aconsejen. En este caso, siempre que no hubiere mediado culpa o negligencia del concesionario habrá lugar a la indemnización de los daños y perjuicios que se irrogaren al concesionario.
26.- CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACION SOCIAL Y SOBRE ESTABLECIMIENTOS DE ALBERGUE DE PEREGRINOS.-
El adjudicatario quedará obligado al cumplimiento de lo dispuesto en las leyes reguladoras del trabajo, Seguridad Social, Establecimientos Públicos y Actividades Recreativas, manipulación de alimentos, Seguridad e Higiene en el Trabajo, y demás disposiciones reguladoras de la materia.
En ningún caso incurrirá el Ayuntamiento en responsabilidad alguna, y sí solo el contratista, por la pudiera dimanar del incumplimiento de las obligaciones que el mismo tuviera contraídas con sus operarios o empleados.
El adjudicatario se responsabiliza ante el Ayuntamiento por las faltas que cometan sus operarios y quedará obligado al resarcimiento de todos los daños que se causen por la defectuosa prestación de los servicios a las instalaciones o bienes municipales, sin perjuicio de las sanciones que, en su caso, corresponda.
27.- INFORMACION ADMINISTRATIVA.-
Órgano de adjudicación: El Alcalde- Presidente del Ayuntamiento de Xxxxxxx xx Xxxxxx. Nombre oficial.- Concesión de la explotación del servicio del Albergue de Peregrinos de la Xxxxx Xx Xxxxxxx
Perfil de Contratante: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xx
Dirección: Plaza de la Constitución, Nº 1 Localidad: Xxxxxxx xx Xxxxxx
Provincia: Asturias.
C. Postal: 33730
Punto de contacto: Ayuntamiento de Xxxxxxx xx Xxxxxx Correo electrónico: xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xx Teléfono: 000000000
28.- PROCEDIMIENTO DE RECURSOS.- Todas las cuestiones o divergencias que puedan surgir en relación con la preparación, adjudicación, ejecución, efectos y extinción del presente contrato concertado por el Ayuntamiento de Xxxxxxx xx Xxxxxx al amparo del presente pliego se resolverán en vía administrativa, y una vez agotada, por la jurisdicción contencioso-administrativa de los Tribunales con Sede en Oviedo.
29.- RÉGIMEN JURÍDICO.- En lo no previsto expresamente en el presente pliego de condiciones o elementos administrativos, se estará a lo dispuesto en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, Ley de Contratos del Sector Público, Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, Xxx 0/00, xx 0 xx Xxxxx; RDL 781/86, Decreto 18/2006, de 24 de enero, por el que se aprueba, el Reglamento de Bienes y Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales.
XXXXX X.- MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
D/Xx........................................................................, con DNI .................., con domicilio en
................................... provincia de .................................... calle
........................................................número en nombre propio y/o en representación de la
empresa........................................... con CIF nº ......................, y domicilio fiscal en.................................. calle ................................. ..................................... número ,
DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD
Que la persona jurídica a la que representa, sus administrados y representantes, así como el firmante, no están incursos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades señaladas en el artículo 49 de la Ley de Contratos del Sector Público, de 30 de octubre de 2007, en los términos y condiciones previstos en el mismo, en la Ley 4/1995, de 6 xx xxxxx, sobre incompatibilidades de Altos Cargos del Principado xx Xxxxxxxx ni en la Ley 53/1984, de 26 xx xxxxx, de incompatibilidades para el personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Asimismo, declara que la citada persona jurídica así como el firmante, se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Comunidad Autónoma, así como con la Seguridad Social.
En ................a ......de...................de 20..
Firmado 1
1 Esta declaración tiene que ser emitida por cualquiera de los representantes de la empresa con facultades que figuren inscritas en los correspondientes registros públicos.
ANEXO II.- MODELO DE PROPOSICION ECONOMICA.
OFERTA PARA TOMAR PARTE EN EL PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA CONCESION DE LA EXPLOTACION DEL ALBERGUE DE PEREGRINOS DE A MESA. XXXXXXX XX XXXXXX.
D................ mayor de edad, de profesión............
en posesión del DNI nº ..........., en nombre propio (o en representación de ..................., lo cual acredita con , enterado del anuncio para adjudicar los servicios del Albergue
de Peregrinos de A Mesa. Xxxxxxx xx Xxxxxx, manifiesta que conoce el Pliego de cláusulas administrativas, al que presta su conformidad, comprometiéndose a la explotación del servicio por un precio, Canon de euros, por todo el tiempo de vigencia.
(Lugar, fecha y firma).
ANEXO III.- INVENTARIO DEL ALBERGUE DE PEREGRINOS EN EL PUEBLO DE A MESA
Fecha inventario: 00 xx xxxx xx 0000
- Xxxxxxx xx xxx plazas => 7 unidades (más catorce colchones con funda y almohadas con funda).
- Estanterías xx xxxxxx => 12 unidades (ancladas a las paredes).
- Tubos fluorescentes en el techo => 2 unidades.
- Ventanas con dos contraventas => 5 unidades.
- Ventanas pequeñas traseras => 2 unidades.
- Lavabos con pie => 2 unidades.
- Espejos de pared => 2 unidades.
- Toallero anclado en pared de baño => 1 unidad.
- Plato de ducha (con la correspondiente grifería) => 2 unidades.
- Retrete, escobilla y portarrollos => 2 unidades de cada.
- Termos eléctricos de 50 litros => 2 unidades.
- Fregona más caldero => 1 unidad.
- Escoba más recogedor => 1 unidad.
- Xxxx xx xxxxxx => 1 unidad.
- Xxxxxx xx xxxxxx => 4 unidades.
- Mueble xx xxxxxx (dos puertas) con encimera eléctrica de dos placas => 1 unidad.
- Radiador eléctrico => 1 unidad.
- Luces de indicación de SALIDA => 4 unidades.
- Extintor => 1 unidad.
- Xxxx xx xxxxxx con dos bancos de exterior => 1 unidad.