TÉRMINOS DE REFERENCIA COLOMBIA PRODUCTIVA
TÉRMINOS DE REFERENCIA
COLOMBIA PRODUCTIVA
Contratar los servicios de consultoría para brindar asistencia técnica a las Áreas de Desarrollo Naranja (ADN)1 indicadas por Colombia Productiva, en la estructuración de sus planes de sostenibilidad y operación, la definición de los modelos de gobernanza y el desarrollo de herramientas técnicas relevantes para su activación.
INVITACIÓN No. 726
Bogotá D.C. Noviembre 2021
1 Áreas de Desarrollo Naranja
TABLA DE CONTENIDO
CAPÍTULO 1 CONDICIONES GENERALES 5
1. INFORMACIÓN GENERAL DE LA ENTIDAD CONTRATANTE 5
1.2. JUSTIFICACIÓN DE LA INVITACIÓN 6
1.5. NATURALEZA DE LA INVITACIÓN A PROPONER 10
1.6. CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN 10
1.8. COSTOS Y ELABORACIÓN DE LA PROPUESTA 10
1.9. IMPUESTOS Y DEDUCCIONES 11
1.10. NO MODIFICACIÓN DE LA PROPUESTA Y ACEPTACIÓN DE LOS TÉRMINOS DE LA INVITACIÓN 11
1.11. DOCUMENTOS Y PRELACIÓN 11
1.12. EXCLUSIÓN Y LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD PRECONTRACTUAL 11
1.13. VERACIDAD DE LA INFORMACIÓN SUMINISTRADA 11
1.14. IDIOMA DE LA PROPUESTA 12
1.15. DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR 12
1.16. RESERVA EN DOCUMENTOS 12
1.17. CORRECCIONES, ACLARACIONES, MODIFICACIONES Y RETIRO DE LA PROPUESTA: 12
2.1. DEFINICIONES JURÍDICAS 13
2.3. ACTIVIDADES DE LA ECONOMÍA NARANJA: 15
CAPITULO 2 CONDICIONES DE LA INVITACIÓN 16
2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA 16
2.1. ALCANCE TÉCNICO DEL OBJETO 16
2.5. PRESUPUESTO DE LA CONVOCATORIA 32
2.6. CRONOGRAMA DE LA INVITACIÓN 33
2.7. FORMULACIÓN DE INQUIETUDES 33
2.8. RESPUESTAS A PREGUNTAS Y/O ACLARACIONES 33
2.10. CIERRE DE LA INVITACIÓN 34
2.11. MODIFICACIONES Y ADENDAS A LOS TÉRMINOS DE LA CONVOCATORIA. 36
2.12. PRESENTACIÓN Y ENTREGA DE LAS PROPUESTAS 36
2.13. MODELO DE OPERACIÓN DE LA INVITACIÓN 39
2.14. SOLICITUDES DE ACLARACIÓN O COMPLEMENTACIÓN Y SUBSANABILIDAD 39
2.15. DECLARATORIA DE DESIERTA 40
2.16. RECHAZO DE PROPUESTAS 40
CAPITULO 3 VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS HABILITANTES 42
3.1. REQUISITOS HABILITANTES DE CARÁCTER JURÍDICO 42
3.1.1. DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA LA VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES JURÍDICOS 45
3.2. REQUISITOS HABILITANTES DE CARÁCTER FINANCIERO 49
3.3. REQUISITOS HABILITANTES DE CARÁCTER TÉCNICO 52
3.3.1. EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE 53
3.3.2. FORMACIÓN Y EXPERIENCIA MÍNIMA DEL EQUIPO DE TRABAJO 55
CAPITULO 4 EVALUACIÓN Y PONDERACIÓN DE PROPUESTAS HABILITADAS 63
4.1. CRITERIOS DE EVALUACIÓN 63
4.2. EVALUACIÓN FINAL DE LA OFERTA TÉCNICA Y ECONÓMICA 66
4.3. CRITERIOS DE DESEMPATE 66
CAPÍTULO 5 PROCESO DE CONTRATACIÓN 68
6. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO 69
7. INCUMPLIMIENTO EN LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO 70
8. EXIMENTES DE RESPONSABILIDAD 71
9. CONDICIONES DE CELEBRACIÓN DEL CONTRATO 71
9.5. OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA 73
9.9. CONFIDENCIALIDAD, PROPIEDAD Y RESERVA 76
9.10. PROPIEDAD INTELECTUAL 79
9.12. DIFUSIÓN, TRANSFERENCIA Y UTILIZACIÓN DE RESULTADOS 80
9.13. DEBERES FRENTE A CONFLICTO DE INTERESES 81
9.14. RIESGO XX XXXXXX DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO SARLAFT 81
9.15. ACTUALIZACIÓN DE INFORMACIÓN 83
9.16. AUTORIZACIÓN, REPORTE Y CONSULTA A CENTRALES DE RIESGO, AUTORIZACIÓN EXPRESA PARA REPORTAR, CONSULTAR Y COMPARTIR INFORMACIÓN CONTENIDA EN LAS BASES DE DATOS FINANCIERA, CREDITICIA, COMERCIAL, DE SERVICIOS Y LA PROVENIENTE DE OTROS PAÍSES 83
9.17. RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL 83
9.18. CAUSALES DE TERMINACIÓN 84
9.19 SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 84
9.22 INTEGRIDAD, DIVISIBILIDAD Y LEGISLACIÓN APLICABLE 85
CAPÍTULO 1 CONDICIONES GENERALES
1. INFORMACIÓN GENERAL DE LA ENTIDAD CONTRATANTE
La entidad contratante es la Fiduciaria Colombiana de Comercio Exterior S.A. –FIDUCOLDEX, con NIT. 800.178.148.8, sociedad de servicios financieros de economía mixta indirecta, constituida mediante Escritura Pública No. 1497 del 31 de octubre de 1992 otorgada en la Notaría Cuarta (4ª.) xx Xxxxxxxxx (Bolívar), autorizada para funcionar mediante la Resolución número 4.535 de noviembre 3 de 1.992 expedida por la hoy Superintendencia Financiera de Colombia, actuando como vocera y administradora del Patrimonio Autónomo COLOMBIA PRODUCTIVA y en tal calidad, compromete única y exclusivamente los recursos del citado patrimonio.
1.1. ANTECEDENTES
1.1.1. COLOMBIA PRODUCTIVA
COLOMBIA PRODUCTIVA es un Patrimonio Autónomo con régimen de derecho privado, creado por el artículo 50° de la Ley 1450 de 2011 (modificado por los artículos 11 de la Ley 1753 de 2015 y 1955 de 2019 por medio de la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022), Patrimonio que tiene como objeto promover la productividad, la competitividad y los encadenamientos productivos para fortalecer cadenas de valor sostenibles; implementar estrategias público- privadas que permitan el aprovechamiento de ventajas comparativas y competitivas para afrontar los xxxxx xxx xxxxxxx global; y, fortalecer las capacidades empresariales, la sofisticación, la calidad y el valor agregado de los productos y servicios, de acuerdo a la política que defina el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
Para cumplir con este objetivo, COLOMBIA PRODUCTIVA materializa y opera diferentes programas, alianzas y convocatorias de recursos financieros y no financieros (no reembolsables), los cuales han sido diseñados y dirigidos a diferentes tipos de empresas, sectores e instituciones regionales y nacionales.
En consecuencia, la gestión de COLOMBIA PRODUCTIVA se enfoca en:
• Ser el ente articulador que busca impulsar la transformación productiva de la economía del país hacia una estructura de oferta diversificada, sostenible, de alto valor agregado y sofisticación que promueva su adecuada inserción en los mercados globalizados y contribuya a mejorar la calidad de vida y el bienestar de los colombianos.
• Identificar las necesidades de la industria que de atenderse favorecerían el
cumplimiento de las políticas públicas de competitividad, productividad e innovación.
• Trabajar a través de alianzas público-privadas para la implementación de planes sectoriales que sirvan como la hoja xx xxxx para la transformación y mejora de la productividad y competitividad de las empresas de los diferentes sectores.
• Ser el promotor de la productividad y competitividad de las empresas de los sectores más estratégicos para el desarrollo del país.
• Generar conocimiento: Como parte fundamental de la tarea de sumar a la evolución del ecosistema y al diseño continuo de su hoja xx xxxx, se busca conocer, investigar, y elaborar estudios que en muchos de los casos son el punto xx xxxxxxx, y el insumo para fortalecer los instrumentos y programas que implementan.
1.2. JUSTIFICACIÓN DE LA INVITACIÓN
En el año 2017 fue expedida la Ley 1834 por medio de la cual se fomenta la economía creativa Ley Naranja, que tiene por objeto desarrollar, fomentar, incentivar y proteger las industrias creativas. A su vez, dispone que el Gobierno nacional coordinará sus esfuerzos, con miras a visibilizar las industrias culturales y creativas, promoviendo su crecimiento e identificándolas como generadoras de empleo de calidad y motor de desarrollo y establece que el “Gobierno nacional formulará una Política Integral de la Economía Creativa (Política Naranja), con miras a desarrollar la presente ley, y ejecutar en debida forma sus postulados y objetivos”.
Dicha política integral fue adoptada por el Decreto 1204 de 2020, que adiciona al Decreto 1080 de 2015, en cuyo artículo 2.12.3.1.7. desarrolla la línea de Infraestructura, una de cuyas acciones de implementación consiste en “estimular el desarrollo de Áreas de Desarrollo Naranja (ADN) en todo el territorio nacional” (numeral 2).
De otro lado, el Plan Nacional de Desarrollo “Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad”, expedido mediante Ley 1955 de 2018, particularmente el “Pacto por la protección y promoción de nuestra cultura y desarrollo de la economía naranja”, plantea que la apuesta por la cultura y el estímulo de la creatividad como base de la economía naranja contribuye al desarrollo sostenible y a la solución de los desafíos productivos y de empleo del país. De esta manera, las estrategias propuestas por el pacto buscan generar condiciones para la creación, circulación y acceso a la cultura en los territorios, contribuyendo a la formación de individuos críticos y al reconocimiento de la diversidad cultural de la nación. Esto implica la articulación entre los diferentes niveles de gobierno para la formulación e implementación de políticas, mejorar la infraestructura cultural, potenciar procesos de formación, dar incentivos a la creación y vincular a la ciudadanía organizada en la implementación de los procesos creativos, al igual que el desarrollo de acciones para proteger el patrimonio cultural y fortalecer su función social.
Por otra parte, en el año 2018 se conformó el Consejo Nacional de Economía Naranja (CNEN) como una instancia de direccionamiento de alto nivel conformada por 12 entidades de Gobierno, dentro de las cuales se encuentra el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, que participan en la gestión de las 7 líneas estratégicas de la Política de Economía Naranja de acuerdo con sus competencias (información, industria, infraestructura, integración, instituciones, inclusión e inspiración), líneas que, a su vez, aportan al cumplimiento de lo establecido en la Ley 1834 de 2017 y el Plan Nacional de Desarrollo.
Por su parte, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo tiene como objetivo primordial: “formular, adoptar, dirigir y coordinar las políticas generales en materia de desarrollo económico y social del país, relacionadas con la competitividad, integración y desarrollo de los sectores productivos de la industria, la micro, pequeña y mediana empresa, el comercio exterior de bienes, servicios y tecnología, la promoción de la inversión extranjera, el comercio interno y el turismo; y ejecutar las políticas, planes generales, programas y proyectos de comercio exterior” (art. 1 del Decreto 210 de 2003).
De acuerdo con el artículo 25 del Decreto 210 de 2003, la Dirección de Productividad y Competitividad del Viceministerio de Desarrollo Empresarial tiene bajo su responsabilidad las siguientes funciones, entre otras:
“(…)
(2) Participar con las entidades del Sistema Nacional de Innovación en las acciones tendientes a estimular la modernización, la innovación, el desarrollo y la transferencia tecnológica dentro del sector productivo para fomentar la creación de nuevas capacidades empresariales que permitan acceder a mercados internacionales y consolidar su presencia en el mercado doméstico.
(…)
(6) Articular los lineamientos de la política sectorial orientada a fortalecer las cadenas productivas, promoviendo el trabajo conjunto entre el sector privado y público, para desarrollar una estrategia xx xxxxxxx y largo plazo que busque la integración entre los eslabones de las cadenas de bienes y servicios, con el fin de consolidar los mercados externos y la competencia en los mercados domésticos. (…)
(…)
(9) Asesorar a las regiones en la identificación de ventajas competitivas para el
fortalecimiento productivo regional. (…)”
Sumados a los esfuerzos de política pública en la materia, en el año 2016 se expidió el CONPES 3866 que plantea la Política de Desarrollo Productivo (PDP), la cual busca promover la productividad empresarial, haciendo especial énfasis en el desarrollo regional y en la intervención de sectores priorizados por las regiones, buscando principalmente la solución de xxxxxx xx xxxxxxx, de gobierno o de articulación a nivel de la unidad productiva, de los factores de
producción o del entorno competitivo, para aumentar la productividad y la diversificación del aparato productivo colombiano hacia bienes y servicios más sofisticados, reconociendo para ello la capacidad y avances de la Nación y las regiones.
De otra parte, la Ley 1955 de 2019 “Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018- 2022 “Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad”, en su artículo 179 ha definido las Áreas de Desarrollo Naranja como “espacios geográficos que sean delimitados y reconocidos a través de instrumentos de ordenamiento territorial o decisiones administrativas de la entidad territorial, que tengan por objeto incentivar y fortalecer las actividades culturales y creativas previstas en el artículo 2° de la Ley 1834 de 2017. Las ADN basadas en la oferta cultural y creativa son espacios que operan como centros de actividad económica y creativa, contribuyen a la renovación urbana y al mejoramiento del área de ubicación, crean un ambiente propicio en el que confluyen iniciativas en estos campos, fortalecen el emprendimiento, el empleo basado en la creatividad, el turismo, la recuperación del patrimonio cultural construido, la conservación medioambiental, la transferencia de conocimientos, el sentido de pertenencia, la inclusión social y el acceso ciudadano a la oferta cultural y creativa”.
El precitado artículo fue reglamentado mediante el Decreto 697 del 26 xx xxxx de 2020, que adiciona el Decreto 1080 de 2015 y regula la delimitación e implementación de Áreas de Desarrollo Naranja (ADN).
A la fecha, se encuentran delimitadas 78 Áreas de Desarrollo Naranja localizadas en 17 departamentos y 41 municipios del país. Frente a este número de ADN conformadas, se hace necesario el desarrollo de una serie de esfuerzos que permitan su activación y su consolidación como espacios de desarrollo creativo, cultural y económico para los territorios.
Para la implementación de estos distritos creativos se organizó un comité de activación de ADN, compuesto por los miembros del CNEN y que han consolidado un documento con la oferta institucional del Gobierno Nacional para apoyar la activación en los territorios. El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo participa de dicho espacio y, en línea con los propósitos de delimitación y activación, apoya al Ministerio de Cultura en el acompañamiento a las iniciativas de ADN en los territorios.
Frente a los propósitos de activación y consolidación de las ADN en el país, resulta relevante la estructuración de planes de sostenibilidad, gobernanza y operación que presenten el conjunto de acciones que deben ser desarrolladas para garantizar la sostenibilidad en el corto, mediano y largo plazo de las ADN. Así mismo, se requiere apoyar en la definición de las instancias o estructuras para la interlocución, toma de decisiones y gestión de los asuntos de las ADN, que propicien la articulación público-privada.
Finalmente, se resalta que una de las metas de legados del Gobierno nacional para el sector cultura
consiste en la activación de al menos 25 Áreas de Desarrollo Naranja y que uno de los criterios de activación es el avance en la consolidación de su modelo de gobernanza y sostenibilidad; para el cumplimiento del legado de ADN se viene trabajando articuladamente desde las entidades que conforman el CNEN. Asimismo, es importante mencionar que, para el logro de tales propósitos, las ADN requieren la confluencia de actores empresariales, de gobierno, academia y sociedad civil, los cuales en muchos casos ya se encuentra articulados bajo la sombrilla de las iniciativas clúster, habiendo identificado y priorizado proyectos estratégicos a través de sus hojas xx xxxx. Por lo cual, se considera relevante poder adelantar el proceso de consolidación de las ADN a través de COLOMBIA PRODUCTIVA, aprovechando el liderazgo que ahora ejerce frente a la implementación de la estrategia Clúster.
Si bien las ADN se desarrollan bajo el marco de una vocación cultural y/o creativa, en una zona geográfica donde fue delimitada un ADN también podrán encontrarse localizadas empresas de sectores tradicionales, las cuales resulta fundamental poder integrar a la dinámica propuesta para el distrito creativo a través de la participación en la estructuración de los planes de sostenibilidad y operación y el modelo de gobernanza. Para dicho propósito es clave la experiencia de COLOMBIA PRODUCTIVA en los temas de encadenamientos, particularmente en la conformación de encadenamientos entre empresas tradicionales y de economía naranja que ha venido adquiriendo a través de la implementación de iniciativas asociadas al eje de encadenamientos.
Por medio de la Resolución número 1131 del 26 de octubre de 2021, el Ministerio de Comercio Industria y Turismo transfirió a COLOMBIA PRODUCTIVA $000.000.000 COP para el desarrollo de la asistencia técnica a Áreas de Desarrollo Naranja.
Como consecuencia de lo anterior, este proceso de contratación fue aprobado por la Junta asesora el día 16 de septiembre de 2021 por medio del acta No. 24 adjunto al presente documento.
1.3. RÉGIMEN APLICABLE
Por disposición del artículo 163 de la Ley 1955 de 2019, por medio de la cual se expidió el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 denominado “Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad”, el régimen aplicable para los actos y contratos celebrados por COLOMBIA PRODUCTIVA es el derecho privado y se regulan por su Manual de Contratación.
De acuerdo con lo anterior, las principales normas que rigen la contratación de COLOMBIA PRODUCTIVA están contenidas en el Código Civil y en el Código de Comercio. Lo anterior sin perjuicio de la naturaleza jurídica y la legislación aplicable a los otros contratantes.
En relación con XXXXXXXXXX, debe señalarse que, dada su naturaleza de sociedad de servicios financieros de economía mixta indirecta del orden nacional, no está sujeta al Estatuto General de la Administración Pública contenido en las Leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007, y se rige por las
disposiciones legales y reglamentarias aplicables a la actividad financiera que desarrolla, es decir a lo dispuesto en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, al Código de Comercio y al Código Civil. Especialmente, deberán cumplirse las disposiciones que se encuentran relacionadas en el Código del Buen Gobierno Corporativo de FIDUCOLDEX.
1.4. CONFLICTOS DE INTERÉS
Antes de presentar su propuesta, el interesado deberá verificar que no se encuentre incurso dentro de las políticas de conflicto de intereses previstas en el Código de Buen Gobierno Corporativo de FIDUCOLDEX que se encuentra en la página de Internet xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx.
1.5. NATURALEZA DE LA INVITACIÓN A PROPONER
Este documento contiene exclusivamente una Invitación a presentar ofertas a COLOMBIA PRODUCTIVA y en ningún caso podrá considerarse como una oferta o propuesta de contrato formulada por COLOMBIA PRODUCTIVA.
COLOMBIA PRODUCTIVA decidirá si acepta una propuesta según las reglas generales contenidas en el Código de Comercio, COLOMBIA PRODUCTIVA no estará obligado a contratar con ninguno de los proponentes que presenten propuestas en virtud de estos Términos de Referencia.
1.6. CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN
La información que conozcan los proponentes en virtud del presente proceso se destinará única y exclusivamente para los efectos de la presente invitación y según el caso, para la selección, suscripción y ejecución del respectivo contrato.
1.7. NEGOCIACIÓN
Si lo considera conveniente, COLOMBIA PRODUCTIVA podrá realizar una etapa de negociación con los proponentes que hayan cumplido los requisitos de la presente invitación, empezando con el proponente que cumpliendo todos los requisitos habilitantes haya obtenido la mayor calificación, con el fin de obtener las condiciones más favorables para COLOMBIA PRODUCTIVA.
1.8. COSTOS Y ELABORACIÓN DE LA PROPUESTA
Estarán a cargo del proponente todos los costos asociados a la preparación y elaboración de su propuesta, así como los que indirectamente se causen con ocasión de su presentación y eventual suscripción del contrato, como pólizas, fotocopias, etc.
1.9. IMPUESTOS Y DEDUCCIONES
Al formular la propuesta, el proponente acepta que estarán a su cargo todos los impuestos, tasas y contribuciones establecidos por las diferentes autoridades nacionales, departamentales o municipales, durante el presente proceso y la ejecución del contrato que eventualmente se llegare a suscribir.
1.10. NO MODIFICACIÓN DE LA PROPUESTA Y ACEPTACIÓN DE LOS TÉRMINOS DE LA INVITACIÓN
Una vez presentada la propuesta en los términos indicados en esta invitación y vencida la fecha y hora de cierre de la invitación, la propuesta no se podrá modificar, ni se podrá adjuntar ningún tipo de información adicional, a menos que lo haya requerido expresamente COLOMBIA PRODUCTIVA. La presentación de la propuesta implica que el proponente acepta todas las condiciones y obligaciones establecidas en estos Términos de Referencia.
El proponente utilizará y diligenciará la totalidad de los formatos y/o anexos que se suministren, sin modificar su tenor literal y/o su sentido.
1.11. DOCUMENTOS Y PRELACIÓN
Son documentos de la invitación a proponer todos sus anexos, si los hubiere y todas las Adendas que COLOMBIA PRODUCTIVA expida con posterioridad a la fecha de publicación del presente documento.
En caso de existir contradicciones entre los documentos mencionados se seguirán las siguientes reglas:
a) Si existe contradicción entre un Anexo y los Términos de Referencia, prevalecerá lo establecido en los Términos.
b)Siempre prevalecerá la última Adenda publicada sobre cualquier otro documento.
c) En caso de contradicción en los Términos de Referencia, sus Adendas y el contrato, prevalecerá lo establecido en el contrato.
1.12. EXCLUSIÓN Y LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD PRECONTRACTUAL
COLOMBIA PRODUCTIVA no será responsable por ningún daño causado a los posibles proponentes durante la etapa precontractual.
1.13. VERACIDAD DE LA INFORMACIÓN SUMINISTRADA
El Proponente está obligado a responder por la veracidad de la información entregada por él duranteel proceso de evaluación, selección y posterior a la adjudicación. De conformidad con el artículo 83 de la Constitución Política, COLOMBIA PRODUCTIVA presume que toda la información contenida en la propuesta presentada por el Proponente o la que llegare a suministrar con ocasión de esta invitación es veraz y corresponde a la realidad. No obstante, COLOMBIA PRODUCTIVA se reserva el derecho de verificar toda la información suministrada por el Proponente.
No obstante, COLOMBIA PRODUCTIVA se reserva el derecho de verificar toda la información suministrada por el Proponente.
1.14. IDIOMA DE LA PROPUESTA
La propuesta, sus anexos, correspondencia y todos los documentos intercambiados entre los proponentes y COLOMBIA PRODUCTIVA deberán estar escritos en idioma español.
1.15. DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR
Idioma: Los documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma español deberán presentarse acompañados de una traducción simple. Si el proponente resulta seleccionado para la adjudicación del contrato, debe presentar la traducción oficial de los documentos al idioma español. La traducción oficial debe ser el mismo texto presentado en traducción simple.
Apostilla y legalización: Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados o apostillados en la forma prevista en las normas vigentes sobre la materia, en especial los artículos 74 y 251 del Código General del Proceso, artículo 480 del Código de Comercio y en la Resolución 1959 del 3 xx xxxxxx de 2020 proferida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.
1.16. RESERVA EN DOCUMENTOS
En caso de que el Proponente considere que algún documento de su propuesta goza de reserva legal, deberá manifestarlo por escrito y soportarlo conforme a las normas legales que le brindan tal carácter.
1.17. CORRECCIONES, ACLARACIONES, MODIFICACIONES Y RETIRO DE LA PROPUESTA:
Los proponentes podrán adicionar, modificar o retirar sus propuestas, siempre y cuando ello se haga con anterioridad a la fecha y hora prevista para el cierre de esta Invitación. Las modificaciones y/o adiciones a las propuestas deberán ser presentadas por quien suscribe la Carta de
Presentación de la misma, quien deberá tener el carácter de Representante Legal de la persona jurídica del proponente, que figure en el Certificado de Existencia y Representación Legal que se haya acompañado a la propuesta.
2. DEFINICIONES
2.1. DEFINICIONES JURÍDICAS
ACEPTACIÓN DE LA PROPUESTA: Es la decisión en virtud de la cual se determina la propuesta que se selecciona y la autorización para la suscripción del respectivo contrato.
ADENDA: Documento a través del cual, de forma excepcional, se modifican añaden o complementan las reglas de participación de un proceso de selección que está en curso.
CÓMPUTO DE TÉRMINOS: Para efectos de la presente Invitación, se aclara que los términos expresados en días y horas se computarán desde la hora en que inicia el término y vencerán el último segundo de la hora inmediatamente anterior a la fecha y hora fijada para la respectiva actuación.
Cuando la prórroga de los términos conlleve fracciones de día, se tendrá en cuenta que éstas se contarán a partir del segundo siguiente al vencimiento del respectivo término y que cada día calendario conlleva 9 horas hábiles, entre las 8:00 a.m. y las 5:00 p.m.
CONTRATISTA: Será la persona con quien COLOMBIA PRODUCTIVA, celebre el contrato autorizado para ejecutar las actividades o prestar el servicio que se requiere para la consecución de la finalidad de la presente Invitación. El contratista deberá acoger en su integridad las decisiones que adopte COLOMBIA PRODUCTIVA. Ni el contratista ni las personas contratadas por él adquirirán vínculo laboral alguno con COLOMBIA PRODUCTIVA y/o con la Fiduciaria.
CONTRATO: Es el instrumento legal autorizado, suscrito y aceptado por COLOMBIA PRODUCTIVA y el Contratista, para ejecutar el objeto y obligaciones allí contenidas, el cual será ley para las partes.
DÍA CORRIENTE O DÍA CALENDARIO: Es cualquier día del calendario, entendido como el espacio de tiempo de 24 horas, sin tener en cuenta si se trata de un día hábil o inhábil.
DÍA HÁBIL: Es cualquier día comprendido entre el lunes y el viernes de cada semana entre las 8:00 a.m. y las 5:00 p.m., excluyendo de éstos los días festivos determinados por ley en la República de Colombia. En el evento en que la fecha en que finalice un plazo establecido en esta Invitación resulte ser un sábado x xxxxxxx u otro día inhábil, el último día de tal período o la fecha
correspondiente, se trasladará al día hábil siguiente.
DISCREPANCIA: Diferencia entre la información, manifestación o documentos presentados en la propuesta y los requerimientos contenidos en la presente Invitación, verificados por el respectivo evaluador.
DOCUMENTO IDÓNEO: El documento expedido por instituciones autorizadas de conformidad con la legislación colombiana para impartir educación formal o el equivalente en otros Países o a través del cual se acredita una situación particular.
ENTREGABLES: Es el resultado que se obtiene al desarrollar un conjunto de actividades o eventos, que acredita su ejecución, el cual debe presentarse de conformidad con las condiciones establecidas en la presente invitación, en la propuesta y en el contrato que se suscriba como resultado de esta invitación
INVITACIÓN: Es la convocatoria a personas determinadas o no, a participar con una propuesta con miras a aceptar aquella que resulte más favorable, e inclusive si ninguna resulta serlo, no se aceptarán la(s) propuesta(s) presentada(s). En todo caso quien formula esta Invitación puede aceptar o no la(s) propuesta(s) presentada(s), y en el evento de no ser aceptada(s), no habrá lugar a reclamo o indemnización alguna para quienes presenten propuestas. FIDUCOLDEX - COLOMBIA PRODUCTIVA no estará obligada a contratar con ninguno de los proponentes que presenten propuestas en virtud de esta invitación a proponer. La presente Invitación es ley para las partes.
Este documento contiene exclusivamente una invitación a presentar ofertas a FIDUCOLDEX - COLOMBIA PRODUCTIVA y en ningún caso podrá considerarse como una oferta o propuesta de contrato formulada por FIDUCOLDEX - COLOMBIA PRODUCTIVA.
PROPONENTE: Es la persona jurídica que, en forma individual, presenta dentro de la oportunidad señalada para el efecto, una propuesta u oferta.
PROPUESTA: Es el ofrecimiento u oferta formulada por el Proponente en respuesta a la Invitación.
PROPUESTAS PARCIALES: No se aceptarán propuestas parciales para esta invitación, esto es, todos los servicios requeridos deben estar incluidos en la propuesta presentada por los oferentes.
PROPUESTAS CONDICIONALES O PLURALES: No podrán señalarse condiciones diferentes a las establecidas en la presente Invitación. En caso de que la propuesta formule condiciones diferentes a las establecidas, se tendrán por no escritas. Sólo se tendrán en cuenta las variables indicadas en la presente invitación para la evaluación de las ofertas. Sin embargo, si se ofrecen ventajas técnicas y/o económicas de los servicios propuestos y se suscribe contrato con el proponente respectivo,
éste quedará obligado a cumplir con TODO lo ofrecido. Estos ofrecimientos adicionales no supondrán una modificación o alteración a los parámetros esenciales establecidos en la Invitación a proponer, principalmente, a los factores de ponderación y escogencia.
TÉRMINOS DE REFERENCIA: Son los documentos que contienen y conforman las disposiciones de obligatorio cumplimiento para los proponentes, para el contratista y para FIDUCOLDEX - COLOMBIA PRODUCTIVA. Vencida la oportunidad para la modificación o la aclaración de dichos documentos, los mismos serán aplicables tal y como fueron expedidos.
2.2. DEFINICIONES TÉCNICAS
CONSULTOR Y/O CONTRATISTA: Proponente que resulte seleccionado en virtud de la presente invitación y con la cual COLOMBIA PRODUCTIVA suscribirá el contrato de prestación de servicios de consultoría.
SECTORES PRODUCTIVOS: Sectores manufactura, servicios y agroindustria priorizados y atendidos por COLOMBIA PRODUCTIVA que pueden ser consultados en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx/xxx-xxxxxxxx.
ECONOMÍA NARANJA: Conjunto de actividades relacionadas con la creación, producción y comercialización de bienes y servicios, cuyo contenido de carácter cultural y creativo puede protegerse por los derechos de propiedad intelectual. Estas actividades pueden clasificarse en tres grupos: artes y patrimonio; industrias culturales; y creaciones funcionales.2.
ACTIVIDADES DE LA ECONOMÍA NARANJA:
Artes y patrimonio: Artes visuales (performance, video artes, fotografía, escultura, pintura), Artes escénicas (teatro, danza, orquestas, circos, ópera, conciertos), Turismo y patrimonio cultural (sitios arqueológicos, centros históricos, festivales y carnavales, archivos, bibliotecas, parques naturales, artesanías, gastronomía, museos) y Educación.
Industrias culturales: Editorial (literatura, libros, periódicos y revistas, librerías), Fonográfica (música grabada), Audiovisual (cine, televisión, video, y radio).
Creaciones funcionales: Medios digitales (videojuegos, contenidos interactivos audiovisuales, plataformas digitales, creación de software, creación de apps, animación), diseño (interiores, artes gráficas e ilustración, joyería, juguetes, industrial (productos), arquitectura, moda, mobiliario) y Publicidad.
2 Ley 1834 de 2017 por medio de la cual se fomenta la economía creativa Ley Naranja.
CAPITULO 2 CONDICIONES DE LA INVITACIÓN
2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
Contratar los servicios de consultoría para brindar asistencia técnica a las Áreas de Desarrollo Naranja (ADN) indicadas por COLOMBIA PRODUCTIVA, en la estructuración de sus planes de sostenibilidad y operación, la definición de los modelos de gobernanza y el desarrollo de herramientas técnicas para su activación.
2.1. ALCANCE TÉCNICO DEL OBJETO Fases de ejecución del proyecto:
El servicio que se contrate objeto de la presente convocatoria se deberá llevar a cabo en cuatro
(4) fases a saber:
1. Caracterización pre-convocatoria de las Áreas de Desarrollo Naranja
2. Convocatoria
3. Asistencia Técnica
4. Herramientas de alcance amplio
FASE I – CARACTERIZACIÓN PRE-CONVOCATORIA DE LAS ÁREAS DE DESARROLLO NARANJA
Objetivo de la fase: Diseñar y aplicar el mecanismo de caracterización3 de Áreas de Desarrollo Naranja.
Tiempo máximo de duración: 1 mes contado a partir del perfeccionamiento del contrato. En todo caso, este plazo podrá ser modificado sin necesidad de otrosí contractual, con autorización expresa del supervisor de COLOMBIA PRODUCTIVA previa solicitud justificada del CONTRATISTA, sin que dicha modificación exceda el plazo de ejecución del presente contrato.
El consultor deberá desarrollar un instrumento de caracterización orientado a identificar empresas pertenecientes a los 103 códigos CIIU de la economía naranja definidos por el DANE, y a empresas de actividades económicas priorizadas por Colombia Productiva que se encuentren ubicadas en Áreas de Desarrollo Naranja.
Esta caracterización deberá llevarse a cabo con una muestra xx xxxx (10) ADN delimitados hasta
el momento, que incluyan:
• Áreas de los tres tipos de municipios (ver Tabla No. 1 Tipos de municipios) en los cuales están ubicadas las ADN.
• Áreas con vocación económica de los tres macrosectores de la Economía Naranja (1. arte y patrimonio; 2. creaciones funcionales, nuevos medios y software de contenidos; 3. industrias culturales).
Tabla No. 1 Tipos de municipios | |
Tipos de municipios | Categoría |
Grandes municipios | Especial y primera categoría |
Municipios intermedios | Segunda, tercera y cuarta categoría |
Municipios básicos | Quinta y sexta categoría |
Nota: en el siguiente link podrá encontrar la categorización de los municipios: xxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx/00000/000000/XXXXXXXX%X0%00XxXx.x 190+DE+2020+-+expide+la+Categorizaci%C3%B3n+del+2020+para+el+2021/70c54285-ede0- 977e-e9fc-5d980aca973f
El CONSULTOR propondrá a COLOMBIA PRODUCTIVA un grupo de quince (15) ADN a caracterizar y de esa forma COLOMBIA PRODUCTIVA definirá las diez (10) ADN a caracterizar.
La información de la caracterización podrá obtenerse mediante entrevistas con actores vinculados al ADN como entidades territoriales, gremios, Cámaras de Comercio, iniciativas clúster, u otro tipo de actores. Así mismo podrán ser tenidas en cuenta encuestas, registros administrativos y bases de datos existentes (públicas o privadas).
Como resultado de este ejercicio se tendrá una base de datos con información relevante para la caracterización de las ADN según categoría del municipio y vocación económica. Esta información, a su vez, permitirá evaluar el potencial de vinculación de empresas por parte de las ADN según su nivel de consolidación. Frente a esto deberán allegarse las respectivas autorizaciones de tratamiento de datos personales, según la Ley 1581 de 2012 y demás normatividad aplicable.
Adicionalmente, el CONSULTOR deberá definir una herramienta de autodiagnóstico que les permita a las ADN conocer su nivel de consolidación (incluyendo su nivel de relacionamiento empresarial, avances en la definición de planes de sostenibilidad y modelos de gobernanza), para esto, el CONSULTOR, deberá proponer los criterios de evaluación4 para clasificar a las ADN en,
4 Ver producto 1: Definición y justificación de criterios
por lo menos 3 niveles (ejemplo: básico, en consolidación y consolidado) o las que COLOMBIA PRODUCTIVA defina en la ejecución de la fase, para dicho análisis podrán ser tenidos en cuenta ejercicios desarrollados por el SSME - Red Clúster Colombia u otros existentes.
Nota: el CONSULTOR validará con COLOMBIA PRODUCTIVA los criterios a tener en cuenta en la herramienta de autodiagnóstico5 y lo aplicará posterior a su aprobación.
EL CONSULTOR deberá proponer a COLOMBIA PRODUCTIVA indicadores de impacto6 para las unidades productivas que como consecuencia de la asistencia a la ADN se vean impactados.
Entregables de la Fase 1:
Producto 1: Caracterización
• Instrumento de caracterización (Formato Word y PDF)
o Definición y justificación de criterios
▪ Introducción
▪ Objetivo
▪ Definición y justificación de criterios que permitan definir los niveles de consolidación de una ADN.
o Metodología de aplicación
▪ Introducción
▪ Objetivo
▪ Alcance
▪ Pasos para aplicarlo
▪ Recomendaciones finales
▪ Anexos
• Informe de resultados de aplicación del instrumento de caracterización (Formato Word y PDF)
o Objetivo
o Alcance
o Análisis agregado de resultados por variable para las ADN caracterizadas
o Conclusiones generales del ejercicio.
o Base de datos de unidades productivas por ADN caracterizada (deberán allegarse las respectivas autorizaciones de tratamiento de datos personales, según la Ley 1581 de 2012 y demás normatividad aplicable.)
o Resultados por ADN caracterizada
5 Ver producto 1: Herramienta de autodiagnóstico que permita segmentar por niveles de consolidación a las ADN
6 Ver producto 1: Ficha técnica de indicadores de impacto para unidades productivas beneficiarias
o Conclusiones por ADN caracterizada
• Criterios de clasificación de las ADN´s (Formato Word y PDF)
o Introducción
o Objetivo
o Definición y justificación de criterios
• Herramienta de autodiagnóstico que permita segmentar por niveles de consolidación a las ADN (Formato Word y PDF)
o Introducción
o Objetivo
o Metodología de aplicación.
o Recomendaciones
o Anexos
• Ficha técnica de indicadores de impacto para unidades productivas beneficiarias. (Formato Word/Excel y PDF)
o Nombre del indicador
o Descripción del indicador
o Unidad de medida
o Variables del indicador
o Fórmula del indicador
o Tendencia del indicador
o Metodología de medición (si aplica)
o Periodo recomendado de medición (Si aplica)
NOTA 1: Los datos recopilados en esta fase se deben habilitar para consulta en línea en un sitio web compartido acordado entre las partes y de acuerdo con las necesidades de COLOMBIA PRODUCTIVA.
FASE II – CONVOCATORIA
Objetivo de la fase: Convocar y seleccionar a las ADN beneficiarias.
Tiempo máximo de duración: 2 meses contados a partir de la finalización de la Fase I. En todo caso, este plazo podrá ser modificado sin necesidad de otrosí contractual, con autorización expresa del supervisor de COLOMBIA PRODUCTIVA previa solicitud justificada del CONSULTOR, sin que dicha modificación exceda el plazo de ejecución del presente contrato.
El consultor deberá participar por medio de una propuesta borrador de unos Términos de Referencia para la convocatoria para las ADN.
El objetivo es seleccionar a mínimo 10 ADN y 100 unidades productivas pertenecientes a las mismas. El CONSULTOR se encargará de apoyar en la verificación de requisitos de las postulaciones y recomendará a COLOMBIA PRODUCTIVA un listado de ADN a beneficiar.
Nota: Las ADN deben presentarse con unidades productivas para participar en el proyecto.
En estos términos de referencia podrán considerarse parámetros diferenciados de acuerdo con los niveles de consolidación de las ADN, que se hayan identificado en el informe de resultados de aplicación del instrumento de caracterización de la Fase 1 y caracterizaciones a ADN que hubiera desarrollado el Ministerio de Cultura.
Una vez estructurados los términos de referencia, el CONSULTOR en conjunto con COLOMBIA PRODUCTIVA, apoyará el evento de lanzamiento del proyecto y la divulgación. Para esto, EL CONSULTOR deberá generar al menos siete (7) eventos en total, tres (3) Virtuales con invitación nacional y cuatro (4) presenciales regionales enfocados en la socialización y resolución de dudas del proyecto con el fin de atraer ADN y unidades productivas.
Nota: Si hay reglamentaciones sobre eventos presenciales, el CONSULTOR podrá realizar talleres virtuales, previo sustento por parte del CONSULTOR y aprobación por parte de COLOMBIA PRODUCTIVA.
El CONSULTOR revisará en orden de llegada la documentación radicada de las postulaciones y entregará una recomendación de los posibles beneficiarios a COLOMBIA PRODUCTIVA, quien hará las verificaciones xx xxx y de requisitos establecidos7 en esta invitación y asignará los cupos de acuerdo con el orden de postulación (incluyendo las subsanaciones) hasta cumplir con el número máximo de cupos, o la fecha indicada de cierre de la convocatoria, lo que suceda primero.
Entregables de la Fase 2:
Producto 2: Registros de convocatoria y listado de ADN recomendadas que corresponde a los siguientes entregables:
1) Documento que recopile la metodología, el plan de trabajo y el cronograma para el desarrollo del objeto de la convocatoria (Formato Word y PDF), así:
1. Objetivo.
2. Alcance.
3. Descripción de la metodología y herramientas a utilizar.
7 Lo requisitos son establecidos como resultado de la consultoría por parte del CONSULTOR y aprobados por COLOMBIA PRODUCTIVA.
4. Justificación de la pertinencia de la metodología bajo el contexto de las ADN.
5. Actividades, responsables, fechas.
2) Documento con criterios y requisitos (resultado del análisis del resultado de la Fase 1) que deberán acreditar las ADN que se seleccionarán como beneficiarias del Proyecto (Formato Word y PDF):
1. Introducción
2. Descripción del perfil (criterios y requisitos) de ADN.
3. Justificación de criterios y requisitos de acuerdo con los resultados de la fase 1
3) Listado de asistencia y registro en video de cada uno de los eventos de sensibilización del proyecto, incluyendo el contenido de los temas impartidos. El listado deberá contener como mínimo (Formato Excel y PDF):
1. Nombres
2. Apellidos
3. Número de cédula
4. Nombre de la ADN a la que pertenece o representa (Si aplica)
5. Correo electrónico
6. Número de contacto
7. Autorización para la recolección y el tratamiento de los datos de conformidad con la normativa vigente sobre la materia.
4) Informe de ejecución Fase 2 (Formato Word y PDF):
1. Descripción de lo ejecutado en la Fase 2 que incluya:
i. Gestión realizada para la vinculación de ADN y sus unidades productivas.
ii. Lecciones aprendidas
iii. Barreras identificadas
iv. Tendencias evidenciadas
2. Conclusiones de la Fase 2.
5) Base de datos de las ADN recomendados como beneficiarias del programa para aprobación y selección por parte de COLOMBIA PRODUCTIVA, la cual deberá contener cómo mínimo (Formato Excel y PDF):
1. Consecutivo de radicación (Fecha, hora y consecutivo)
2. Nombre del ADN
3. Vocación de la ADN
4. Empresas asociadas al ADN de acuerdo con las necesidades de información del Anexo No. 6 Requisitos mínimos para los formularios de inscripción
5. Chequeo del perfil definido para ser partícipe como beneficiario.
6. Los datos que sean necesarios durante la planeación de la Fase 2.
7. Autorización para la recolección y el tratamiento de los datos de conformidad con la normativa vigente sobre la materia.
Nota: El Producto 2 será entregado de manera digital y de acuerdo con el cronograma propuesto por parte del CONSULTOR, previa aprobación de COLOMBIA PRODUCTIVA.
FASE III – ASISTENCIA TÉCNICA
Objetivo de la fase: Brindar asistencia técnica, en los componentes definidos (Plan de sostenibilidad y operación y modelo de gobernanza), a diez (10) ADN beneficiarias (seleccionadas de la Fase I). EL CONSULTOR deber realizar acompañamiento individual a las ADN por medio de reuniones presenciales/virtuales con el fin de cumplir con los objetivos de la fase.
EL CONSULTOR deberá medir en las unidades productivas beneficiarias el o los indicadores de impacto aprobados por COLOMBIA PRODUCTIVA antes de iniciar la asistencia técnica y al finalizar la misma.
Tiempo máximo de duración: 4 meses contados a partir de la finalización de la Fase II (Esta fase se ejecutará en paralelo con la Fase IV). En todo caso, este plazo podrá ser modificado sin necesidad de otrosí contractual, con autorización expresa del supervisor de COLOMBIA PRODUCTIVA previa solicitud justificada del CONTRATISTA, sin que dicha modificación exceda el plazo de ejecución del presente contrato.
PLAN DE SOSTENIBILIDAD Y OPERACIÓN
Corresponde al conjunto de acciones que deben ser llevadas a cabo para garantizar la sostenibilidad en el corto, mediano y largo plazo del ADN. Este parte del diagnóstico detallado del ADN y a partir de ello, se desarrollará la definición de la visión estratégica y modelo de operación, la creación y/o actualización de la identidad e imagen corporativa, la definición de los mecanismos de monitoreo y evaluación y mecanismos de Comunicación del ADN y unidades productivas de alcance amplio.
EL CONSULTOR con el fin de construir el plan de sostenibilidad y operación deberá realizar una reunión presencial (O virtual con la sustentación por parte del CONSULTOR y previa aprobación por parte de COLOMBIA PRODUCTIVA) de inicio con las partes interesadas (ADN y unidades productivas) explicando los pasos y la metodología para la correspondiente construcción, de tal
forma de generar un cronograma para dar alcance a los objetivos dentro de los tiempos establecidos del programa. A partir de esta reunión, se establecerán reuniones virtuales/presenciales para dar alcance a las actividades contempladas teniendo en cuenta las necesidades y expectativas de las partes interesadas (ADN y unidades productivas).
Nota: EL CONSULTOR propondrá a COLOMBIA PRODUCTIVA los espacios en los cuales convocará la participación de las unidades productivas con el fin que desde la supervisión se evalúe y se apruebe.
EL CONSULTOR realizará un diagnóstico detallado y comprensión del área delimitada y los actores que la conforman o tienen incidencia en ella, en cuatro aspectos: empresarial y económico, infraestructura, actores y Normativo – institucional. Para esto, EL CONSULTOR desarrollará sesiones de trabajo presenciales/virtuales de acuerdo con lo acordado entre las partes interesadas (ADN y unidades productivas).
Nota: Para el diagnóstico destallado se podrán considerar fuentes de información secundaria como los resultados de la tercera ola del Sistema de Seguimiento, Medición y Evaluación de la Red Clúster Colombia y otras según pertinencia.
EL CONSULTOR deberá sistematizar, tabular y analizar los resultados del diagnóstico detallado, así como presentar ante COLOMBIA PRODUCTIVA y los actores del ADN beneficiaria, un informe de resultados para cada una de ellas, que incluya como mínimo: a. Caracterización de cada ADN beneficiaria b. Oportunidades de mejora para cada ADN beneficiaria c. Principales conclusiones del diagnóstico para cada ADN beneficiaria.
EL CONSULTOR deberá construir en conjunto con las partes interesadas (ADN y unidades productivas) la visión estratégica y el modelo de operación a partir de la vocación del ADN y los elementos identificados en la caracterización. El proceso deberá ser participativo, de forma que logre alinear las visiones y necesidades de los actores vinculados al ADN y contemplará los siguientes elementos:
o Misión y visión.
o Propuesta de valor (objetivo y líneas de acción estratégicas)
o Identificación de aliados.
o Proyectos y actividades clave (los proyectos y actividades a priorizar deberán plantearse en escenarios de corto, mediano y largo plazo)
o Identificación de recursos clave (físicos, financieros, humanos, etc.)
o Estructura de costos.
x Xxxxxxx de financiación (permanentes y ocasionales)
o Estrategia financiera (debe buscar que el ADN no dependa solo de los recursos del Ente Territorial).
o Esquema para la transferencia de conocimientos y capacidades
EL CONSULTOR deberá apoyar la creación o renovación de la identidad e imagen corporativa del ADN por medio de la participación de las partes interesadas (ADN y unidades productivas). De igual forma, es necesario diseñar una estrategia de marketing que permita visibilizar los bienes y servicios ofrecidos en el ADN, accediendo a diferentes públicos y audiencias.
Este producto debe contemplar los siguientes elementos:
• Manual de Marca
• Plan de marketing
EL CONSULTOR deberá definir los mecanismos de monitoreo y evaluación por medio de la construcción de un conjunto de indicadores con las partes interesadas (ADN y unidades productivas), que permitan evaluar la gestión (mecanismo operativo, gobernanza, estrategia financiera, etc.) y el cumplimiento de la visión estratégica del ADN. Esta batería de indicadores debe incluir mediciones de actividad, resultado e impacto; con periodos de medición que permitan la generación de alertas y la implementación de medidas correctivas. EL CONSULTOR deberá construir y entregar para el ADN la ficha técnica de los indicadores de acuerdo con la naturaleza del ADN.
EL CONSULTOR en conjunto con las partes interesadas (ADN y unidades productivas) deberán definir y caracterizar al menos un canal de comunicación entre el ADN y las unidades productivas de alcance amplio (unidades productivas pertenecientes localizadas en el ADN) con el fin de propiciar la participación de las unidades productivas y la difusión de los bienes y/o servicios del ADN.
EL CONSULTOR al concluir con la construcción del plan de sostenibilidad y operación deberá realizar una reunión presencial (O virtual con la sustentación por parte del CONSULTOR y previa aprobación por parte de COLOMBIA PRODUCTIVA) de divulgación con las partes interesadas (ADN y unidades productivas) en la que presente los resultados obtenidos.
Nota: las unidades productivas deben contar con al menos un 70% de asistencia a los espacios propuestos por el consultor a los que sean convocados.
Nota: EL CONSULTOR estará a cargo de gestionar la logística para dar alcance a los eventos virtuales o presenciales asegurando las medidas de bioseguridad para los asistentes.
MODELO DE GOBERNANZA
Corresponde a la estructura para la toma de decisiones, la gestión y el relacionamiento de los actores vinculados al ADN.
Por medio de un proceso participativo con las partes interesadas (ADN y unidades productivas), EL CONSULTOR deberá construir un modelo de gobernanza en un marco en el cual se adapte a la realidad regional garantizando la sostenibilidad de las ADN. El modelo de gobernanza deberá estar alineado con el plan de sostenibilidad y operación, de tal forma que las instancias y/o estructuras de interlocución y toma de decisiones faciliten el cumplimiento de la visión estratégica, la operatividad del ADN y demás productos que lo integran.
El modelo de gobernanza cuenta con los siguientes componentes: Instancias o estructuras para la gobernanza y la Red de ADN.
EL CONSULTOR definirá en conjunto con las partes interesadas (ADN y unidades productivas) las instancias o estructuras para la gobernanza del ADN, que comprende la definición de las instancias o estructuras para la interlocución, toma de decisiones y gestión de los asuntos del ADN, que propicien la articulación público-privada.
Para cada instancia de gobernanza estructurada, se deberá dar cuenta de:
• Objetivo de la instancia
• Funciones
• Lineamientos para su conformación
• Operatividad de la instancia
• Dinámica de relacionamiento con actores de interés no vinculados al ADN, en caso de requerirse de acuerdo con el alcance determinado para la instancia.
NOTA: Considerando el componente de gestión del espacio público que trae inmerso un Área de Desarrollo Naranja, se deberá determinar, en la definición del modelo de gobernanza, si es necesaria la conformación de una persona jurídica o si existe la opción de administración delegada del espacio público del ADN.
De igual forma, EL CONSULTOR deberá presentar el esquema de relacionamiento entre las diferentes instancias y/o estructuras, que permita identificar cómo se integran y complementan en el proceso de interlocución, toma de decisiones y gestión de los asuntos del ADN.
EL CONSULTOR al concluir con la construcción de las instancias o estructuras para la gobernanza del ADN deberá realizar una reunión presencial (O virtual con la sustentación por parte del CONSULTOR y previa aprobación por parte de COLOMBIA PRODUCTIVA) de divulgación con las partes interesadas (ADN y unidades productivas) en la que presente los resultados obtenidos.
EL CONSULTOR deberá generar lineamientos8 para la creación de la Red de ADN como instancia de articulación conformada por múltiples ADN, a través de la cual se puedan impulsar iniciativas conjuntas, compartir experiencias que contribuyan a robustecer la gestión, y generar espacios de discusión y análisis respecto a las dinámicas y evolución de las ADN en el país.
EL CONSULTOR a partir del trabajo articulado con las ADN propondrá:
• Funciones de la red de ADN.
• Operatividad y líneas de acción de la instancia.
• Recomendaciones para su conformación.
• Canal o canales de comunicación entre las diferentes ADN delimitadas, a través del cual puedan intercambiar información, resolver inquietudes que surjan de su gestión, etc.
Nota: el CONSULTOR validará con COLOMBIA PRODUCTIVA la propuesta para la RED DE ADN previo a la realización de la reunión virtual de divulgación.
EL CONSULTOR al concluir con la construcción de la propuesta para la RED DE ADN deberá convocar y realizar una reunión virtual de divulgación con las partes interesadas (ADN beneficiarias, MinCultura, MinCIT y otras ADN no beneficiarias) en la que presente los resultados obtenidos.
Entregables de la Fase 3:
Producto 3 que corresponde a los siguientes entregables:
Plan de Sostenibilidad y Operación
1. Diagnóstico detallado para las ADN beneficiarias (Formato Word/Excel y PDF).
i. Descripción general del ADN
ii. Análisis empresarial y económico del ADN
▪ Características de las empresas que están en la zona que por decreto se delimita a las ADN beneficiarias (Muestra representativa de la ADN).
• Sectores
• Actividades económicas
• Tamaños de empresas
• Edad de la empresa
• Naturaleza jurídica (Persona Natural o jurídica)
• Nivel de formalidad (Inscritas en cámara de comercio)
8 Ver producto 4: Red de ADN con el fin de identificar los requerimientos mínimos para el establecimiento de estos lineamientos.
• Visión de internacionalización del ADN
• Otros que el consultor vea pertinente.
iii. Análisis de la infraestructura del ADN
▪ Descripción y características del equipamiento Cultural de la ADN
iv. Análisis de los Actores del ADN
▪ Iniciativas Clúster en la ADN
▪ Academia
▪ Otros actores
v. Análisis Normativo – institucional del ADN
▪ Explicitar beneficios aprovechables para las empresas que hacen parte del ADN. (Ejemplo. Deducción xx xxxxx, predial, impuestos locales.)
2. Visión estratégica y modelo de operación de las ADN beneficiarias (se debe entregar individualizado por ADN beneficiaria) (Formato Word y PDF):
i. Misión y visión.
ii. Propuesta de valor (objetivo y líneas de acción estratégicas)
iii. Identificación de aliados.
iv. Proyectos y actividades clave (los proyectos y actividades a priorizar deberán plantearse en escenarios de corto, mediano y largo plazo).
v. Identificación de recursos clave (físicos, financieros, humanos, etc.)
vi. Estructura de costos.
vii. Fuentes de financiación (permanentes y ocasionales).
viii. Estrategia financiera (debe buscar que el ADN no dependa solo de los recursos del Ente Territorial).
ix. Esquema para la transferencia de conocimientos y capacidades
3. Identidad e imagen corporativa de las ADN beneficiarias (se debe entregar individualizado por ADN beneficiaria (Formato Word/Excel y PDF))
i. Manual de Marca
▪ Introducción
▪ Objetivo
▪ Alcance
▪ Marca
▪ Logotipo
▪ Aplicación a una tinta
▪ Construcción gráfica de la Marca
▪ Aplicación a Escala de Grises
▪ Usos incorrectos
▪ Tipografía
▪ Hoja membretada
▪ Otros que el Consultor considere necesarios
ii. Plan de marketing
▪ Introducción
▪ Análisis interno y externo del ADN
▪ Objetivos de marketing
▪ Cronograma
▪ Medición de los resultados
▪ Presupuesto
▪ Conclusiones y recomendaciones
▪ Y otros que el consultor vea pertinente
iii. Otros que el consultor vea pertinente
4. Mecanismo de monitoreo y evaluación de las ADN beneficiarias (se debe entregar individualizado por ADN beneficiaria (Formato Word/Excel y PDF))
i. Introducción
ii. Metodología de monitoreo y evaluación
iii. Ficha técnica de indicadores de acuerdo con la naturaleza del ADN
iv. Y otros que el consultor vea pertinente
5. Mecanismos de Comunicación del ADN y unidades productivas (se debe entregar individualizado por ADN beneficiaria) (Formato Word/Excel y PDF)
i. Definición y justificación xx Xxxxxxx
ii. Recomendaciones para el uso de los canales definidos
iii. Y otros que el consultor vea pertinente
6. Soporte de divulgación a partes interesadas del plan de sostenibilidad y operación. (Formato Excel y PDF)
i. Nombres
ii. Apellidos
iii. Número de cédula
iv. Nombre de la ADN a la que pertenece o representa (Si aplica)
v. Correo electrónico
vi. Número de contacto
vii. Autorización para la recolección y el tratamiento de los datos de conformidad con la normativa vigente sobre la materia.
viii. Presentación realizada
7. Medición inicial y final de los indicadores de impacto de unidades productivas beneficiarias (Formato Excel y PDF).
i. Medición inicial
ii. Medición Final
iii. Variación del indicador
iv. Impactos cualitativos
v. Análisis de los indicadores
Producto 4 que corresponde a los siguientes entregables:
Modelo de Xxxxxxxxxx: Que debe contener como mínimo los siguientes capítulos:
1. Instancias o estructuras para la gobernanza (Formato Word/Excel y PDF)
o Objetivo de la instancia
o Funciones
o Lineamientos para su conformación
o Operatividad de la instancia
o Dinámica de relacionamiento con actores de interés no vinculados al ADN
2. Red de ADN (Formato Word/Excel y PDF)
o Funciones de la red de ADN
o Operatividad y líneas de acción de la instancia
o Recomendaciones para su conformación
o Canal o canales de comunicación entre las diferentes ADN delimitadas, a través del cual puedan intercambiar información, resolver inquietudes que surjan de su gestión, etc.
o Presentación de la propuesta a partes interesadas (incluir MinCultura, MinCIT y otras ADN)
3. Divulgación del plan de sostenibilidad y gobernanza (Formato Excel y PDF)
o Base de datos de los participantes del espacio de divulgación que contenga:
a. Nombres
b. Apellidos
c. Número de cédula
d. Nombre de la entidad/ADN a la que pertenece o representa (Si aplica)
e. Correo electrónico
f. Número de contacto
g. Autorización para la recolección y el tratamiento de los datos de conformidad con la normativa vigente sobre la materia.
4. Presentación realizada (Formato Power Point y PDF)
FASE IV - HERRAMIENTAS DE ALCANCE AMPLIO
Objetivo de la fase: Tiene como propósito poner a disposición una metodología y un Kit de herramientas que permitan a la Red de ADN, así como a otras ADN no beneficiarias, estructurar sus planes de sostenibilidad y operación, la definición de los modelos de gobernanza y la transferencia de conocimiento y capacidades.
Tiempo máximo de duración: 4 meses contados a partir de la finalización de la Fase II (Esta fase se ejecutará en paralelo con la Fase III). En todo caso, este plazo podrá ser modificado con autorización expresa del supervisor de COLOMBIA PRODUCTIVA previa solicitud justificada del CONSULTOR, sin que dicha modificación exceda el plazo de ejecución del presente contrato.
EL CONSULTOR deberá presentar, basado en los aprendizajes de la fase de asistencia técnica, la metodología y herramientas para que las ADN no beneficiarias puedan generar planes de sostenibilidad y modelos de gobernanza de forma autónoma, que complemente otras herramientas disponible para la Áreas de Desarrollo Naranja en Colombia.
EL CONSULTOR deberá construir el documento metodológico y Kit de herramientas9, realizar corrección de estilo y diagramación previa aprobación por parte de COLOMBIA PRODUCTIVA.
Nota: EL CONSULTOR deberá tener en cuenta información metodológica desarrollada por el Ministerio de cultura sobre el tema.
EL CONSULTOR deberá convocar y realizar una reunión virtual de divulgación con las partes interesadas (ADN beneficiarias, MinCultura, MinCIT y otras ADN no beneficiarias) en la que socialice la metodología y el kit de herramientas.
Producto 5 que corresponde a los siguientes entregables:
1. Guía metodológica para la elaboración de Plan de Sostenibilidad, Operación y gobernanza de ADN (Formato Word y PDF)
a. Objetivo
b. Alcance
c. Pasos para elaborar el plan de sostenibilidad, operación y gobernanza
d. Kit de herramientas
9 Ver producto 5: Guía metodológica para la elaboración de Plan de Sostenibilidad, Operación y gobernanza de ADN
i. Corresponderá a las herramientas que soportan el desarrollo de los pasos de la guía metodológica.
1. Nombre de la herramienta
2. Objetivo de la herramienta
3. Presentación de la herramienta
4. Método de aplicación
5. Resultados esperados
6. Recomendaciones de aplicación
e. Anexos
2. Divulgación de la metodología y kit de herramientas (Formato Excel y PDF)
a. Nombres
b. Apellidos
c. Número de cédula
d. Nombre de la entidad/ADN a la que pertenece o representa (Si aplica)
e. Correo electrónico
f. Número de contacto
g. Autorización para la recolección y el tratamiento de los datos de conformidad con la normativa vigente sobre la materia.
h. Presentación realizada
2.2. METODOLOGÍA
El Proponente deberá especificar la metodología que empleará para el desarrollo del proyecto y el cronograma de tiempos y actividades. A su vez, en la propuesta metodológica se debe evidenciar lo siguiente:
1) Comprensión y análisis de la necesidad: el Proponente deberá presentar en detalle su entendimiento de la problemática que se quiere solucionar, haciendo especial énfasis en el conocimiento y la experiencia de trabajo en el fortalecimiento de iniciativas clúster o asociativas, generación de estrategias o proyectos de desarrollo territorial que involucren a entidades territoriales, desarrollo y/o fortalecimiento de distritos creativos o definición de planes de sostenibilidad y operación y/o modelos de gobernanza que involucren en conjunto a entidades públicas y privadas.
2) Deberá detallar las actividades previstas para cada una de las etapas del proyecto. Se deberá establecer cómo se llevará a cabo el proyecto y cómo se asegurará el cumplimiento de los objetivos y el acompañamiento e implementación de las acciones a las empresas para lograr el impacto propuesto por el consultor (número de horas, tipo de herramientas que se emplearán, etc.).
3) Deberá detallar la estructura y la organización del personal del que dispondrá para cumplir las metas del proyecto.
4) Especificar las herramientas de trabajo y estructuración del proyecto.
5) Deberá de la metodología que permitirá en cada etapa lograr el involucramiento de las empresas y la apropiación del concepto de economía naranja.
6) Deberá y especificar el cronograma de trabajo.
2.3. ENTREGABLES
Los señalados para cada fase en el numeral 2.1. alcance del objeto.
2.4. DURACIÓN
La duración del contrato que se suscriba será de ocho (8) meses, contados a partir de su perfeccionamiento. El plazo podrá ser prorrogado de común acuerdo por las partes o terminado de manera anticipada en cualquier tiempo, dando aviso por escrito, con una antelación mínima de treinta (30) días calendario a la fecha de terminación, previo reconocimiento entre las partes de las actividades ejecutadas sin que este hecho genere obligación alguna de indemnizar o bonificar a cualquiera de las partes.
A continuación, se presenta el cronograma de trabajo de acuerdo con las duraciones previstas para cada fase:
Mes 1 | Mes 2 | Mes 3 | Mes 4 | Mes 5 | Mes 6 | Mes 7 | Mes 8 | |||||||||||||||||||||||||
Semanas | 1 | 2 | 3 | 4 | 1 | 2 | 3 | 4 | 1 | 2 | 3 | 4 | 1 | 2 | 3 | 4 | 1 | 2 | 3 | 4 | 1 | 2 | 3 | 4 | 1 | 2 | 3 | 4 | 1 | 2 | 3 | 4 |
Fase I Caracterización | ||||||||||||||||||||||||||||||||
Fase II convocatoria a ADN y unidades productivas | ||||||||||||||||||||||||||||||||
Fas III Asistencia Técnica | ||||||||||||||||||||||||||||||||
Fase IV Herramientas de alcance amplio |
Nota: El mes 8 del contrato será el tiempo establecido para revisar los entregables de la Fase III y Fase IV.
2.5. PRESUPUESTO DE LA CONVOCATORIA
COLOMBIA PRODUCTIVA cuenta con un presupuesto total para atender la presente Invitación de QUINIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($500.000.000) incluido IVA, monto que no
podrá ser superado por el valor que oferte el consultor, incluidos todos los gastos, costos e impuestos a que haya lugar.
2.6. CRONOGRAMA DE LA INVITACIÓN
El desarrollo de esta invitación tendrá lugar de conformidad con el siguiente cronograma, el cual podrá ser modificado por COLOMBIA PRODUCTIVA sin restricción, mediante adenda a los presentes Términos de Referencia:
DESCRIPCIÓN | FECHA | LUGAR |
Apertura y publicación de los Términos de Referencia | 09 de diciembre de 2021 | Página web xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx |
Solicitud de aclaraciones y/u observaciones a los Términos de Referencia | Desde la apertura hasta el 16 de diciembre de 2021 | Correo electrónico xxxxxx.xxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx xxx.xxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx |
Respuestas a preguntas y/o aclaraciones | 22 de diciembre de 2021 | Página web xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx |
Cierre de la Invitación y entrega de propuestas | 29 de diciembre de 2021 | Correo electrónico xxxxxx.xxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx xxx.xxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx |
Publicación Aviso de la adjudicación | 25 de enero de 2022 | Página web xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx |
2.7. FORMULACIÓN DE INQUIETUDES
Las inquietudes o preguntas relacionadas con los presentes Términos de Referencia, que surjan por parte de los participantes, deberán ser presentadas mediante correo electrónico remitido a COLOMBIA PRODUCTIVA, al correo electrónico xxxxxx.xxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx indicando en el asunto el nombre y número de la Invitación, con copia a xxx.xxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx.
2.8. RESPUESTAS A PREGUNTAS Y/O ACLARACIONES
Se publicarán en la página web de Fiducoldex y de COLOMBIA PRODUCTIVA, las respuestas a las inquietudes formuladas por los participantes. Será responsabilidad de los interesados consultar las respuestas a las preguntas formuladas.
2.9. CORRESPONDENCIA
Toda la correspondencia que se genere con ocasión de la presente Invitación, incluida la presentación de la propuesta, deberá ser enviada a los siguientes correos electrónicos: xxxxxx.xxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx, (Dirigido a COLOMBIA PRODUCTIVA indicando en el asunto el nombre y número de la convocatoria, con copia a xxx.xxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx
Las solicitudes de aclaraciones que formule COLOMBIA PRODUCTIVA a los proponentes, se efectuarán a través de los correos electrónicos suministrados por el proponente en su propuesta, por lo que se recomienda anotar en forma clara y legible esta información.
Cualquier comunicación que envíen los posibles proponentes, deberán dirigirla de la siguiente manera:
Señores:
FIDUCOLDEX –COLOMBIA PRODUCTIVA INVITACIÓN No:
OBJETO:
PROPONENTE:
CORREO ELECTRÓNICO:
2.10. CIERRE DE LA INVITACIÓN
De acuerdo con el modelo de operación de la invitación se recibirán propuestas vía correo electrónico en forma permanente a partir de la fecha de apertura y hasta el cierre de esta, según fecha y hora definida en el cronograma.
El día de cierre de la presente Invitación se recibirán las propuestas hasta las 5:00:00 p.m. Se debe tener en cuenta que la hora de presentación de la propuesta será la que corresponda a la hora de recibo del correo electrónico en las direcciones de correo indicadas en el numeral 2.9.
El correo debe contener los documentos adjuntos (no se acepta link de enlace a un almacenamiento externo), los cuales no pueden superar en conjunto 20 MB de tamaño, ya que en tal caso pueden ser rechazados por el servidor de correo.
En caso de que el volumen de la información y los documentos que integran la propuesta resulten
demasiado pesados, los proponentes podrán remitir los correos electrónicos que sean necesarios de manera simultánea, antes de la hora y fecha de cierre de la invitación. En este evento, se debe indicar qué información y documentos contiene cada uno y se tendrá por fecha y hora de radicación de la propuesta, la del último correo electrónico recibido.
Una vez envíe el correo recibirá una confirmación de recibido por parte de COLOMBIA PRODUCTIVA. Es responsabilidad del proponente enviar todos los anexos correspondientes, teniendo en cuenta que el correo de confirmación no realiza verificación de documentos enviados en el correo.
En caso de no recibir correo de confirmación dentro de las 24 horas siguientes al envío de los documentos deberá comunicarse con COLOMBIA PRODUCTIVA al correo xxxxxx.xxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx (indicando en el asunto el nombre y número de la invitación), con copia a xxx.xxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx
Para los efectos de este proceso, se advierte a los proponentes que la fecha y hora que será tenida en cuenta como válida, es la que se vea reflejada como ingreso a la bandeja de entrada del correo dispuesto por COLOMBIA PRODUCTIVA para la recepción de las propuestas, y la misma no deberá exceder el horario establecido como límite de cierre de convocatoria de acuerdo con el numeral 2.6 CRONOGRAMA.
Las propuestas cuyos correos electrónicos sean recibidos después de la fecha y hora de cierre de la convocatoria, se considerarán presentadas de forma EXTEMPORÁNEA, por lo que serán devueltas.
Nota 1: Con la presentación de la propuesta el proponente acepta todas las condiciones y obligaciones establecidas en la presente convocatoria, sus anexos y adendas, incluyendo las condiciones de evaluación, administración de los recursos y suscripción del contrato, así como las establecidas en el Manual de Contratación de COLOMBIA PRODUCTIVA.
Nota 2: Una vez radicada la propuesta:
• No podrá ser modificado el contenido de la propuesta formulada.
• Los documentos de verificación de los requisitos habilitantes que hacen parte de la propuesta
podrán ser subsanados, de conformidad con lo establecido en los Términos de Referencia.
COLOMBIA PRODUCTIVA se reserva el derecho de cerrar anticipadamente la presente invitación y de rechazar cualquiera o todas las propuestas que se presenten, si así conviene a sus intereses, sin necesidad de dar explicación alguna a los participantes y sin indemnizar ningún tipo de perjuicio o asumir costo alguno que con tal cierre o rechazo se pudiera generar a alguna de las entidades que presentaron propuesta.
En caso de cierre anticipado de la invitación COLOMBIA PRODUCTIVA se reserva la facultad de determinar si evaluará exclusivamente las propuestas presentadas hasta la fecha de cierre anticipado o si rechazará todas las propuestas, de lo cual informará a los proponentes e interesados en las páginas Web donde se publica esta invitación: xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx y xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.
2.11. MODIFICACIONES Y ADENDAS A LOS TÉRMINOS DE LA CONVOCATORIA.
Toda modificación a los Términos de Referencia se hará mediante ADENDAS enumeradas, las cuales formarán parte integral de los mismos y serán publicadas en la página web de xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx, y xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx.
Todas las adendas deberán ser tenidas en cuenta por los Proponentes al formular su propuesta y formarán parte de estos Términos de Referencia.
2.12. PRESENTACIÓN Y ENTREGA DE LAS PROPUESTAS
Las propuestas deberán ser radicadas mediante correo electrónico remitido a las direcciones indicadas en el numeral 2.9 adjuntando la documentación relacionada en la presente convocatoria. Esta debe venir acompañada de la carta de presentación de la propuesta (Anexo No. 1).
La propuesta deberá estar firmada por el representante legal de la persona jurídica, o por su apoderado debidamente facultado, evento en el cual se debe anexar el poder escaneado donde se especifique que se otorga poder para presentar la propuesta, así como toda la documentación que la compone junto con la propuesta técnica y económica, incluyendo todos los archivos y anexos.
La propuesta debe estar precedida del índice o tabla de contenido donde se especifique los números de página donde se encuentra la información y los documentos requeridos en los términos de esta Invitación. Igualmente deberá presentarse íntegramente foliada por hoja, desde el primer folio, incluidas las hojas en blanco.
La propuesta debe presentarse dentro del término previsto en el cronograma antes mencionado salvo el día de cierre de la presente Invitación, en el que se recibirán y radicarán las propuestas hasta las5:00:00 p.m.
Sobre el particular, se precisa que COLOMBIA PRODUCTIVA no se hace responsable por las fallas en los sistemas de comunicación, fallas en los canales digitales utilizados por los proponentes para presentar la propuesta o deficiencias en los servicios prestados por los
operadores de internet, o llegada extemporánea de la documentación remitida por el canal habilitado para la recepción de las propuestas y la correspondencia, esto es, los correos electrónicos.
Cualquier enmendadura en la propuesta o en los documentos que la acompañan deberá ser confirmada o validada con la firma del representante legal o apoderado del proponente.
No se aceptan propuestas presentadas por fax o cualquier otro medio que específicamente no se autorice en la presente invitación, ni las que sean radicadas con posterioridad a la hora de la fecha de cierre. En este último caso, COLOMBIA PRODUCTIVA procederá a realizar la devolución de las propuestas dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la apertura de propuestas o al recibo de la propuesta si la apertura ya fue realizada, a la dirección de correspondencia (física y/o correo electrónico) suministrada por el proponente.
Cualquier información adicional que el proponente considere necesario presentar, debe incluirla o adjuntarla a la Propuesta que entregue de acuerdo con las fechas establecidas para el cierre de la invitación.
Una vez recibida la propuesta en los correos indicados en el numeral 2.9 y cerrada la invitación ésta no se podrá modificar, ni se podrá adjuntar ningún tipo de información adicional, a menos que lo haya requerido expresamente COLOMBIA PRODUCTIVA, de acuerdo con lo establecido en los presentes Términos de Referencia.
La presentación de la Propuesta implica que el proponente acepta todas las condiciones y obligaciones establecidas en los Términos de Referencia. Corresponde a todo Proponente efectuar los estudios y verificaciones que considere necesarios para la formulación de la Propuesta, incluyendo sin limitarse, a los estudios técnicos, contables, tributarios, entre otros; asumiendo todos los gastos, costos, impuestos y riesgos que ello implique, que no serán reembolsados en ningún caso y por ningún concepto. La presentación de una Propuesta implicará que el Proponente realizó los estudios, análisis y valoraciones pertinentes para prepararla y, por lo mismo, no se reconocerá sobrecosto alguno derivado de deficiencias en ellos.
La propuesta deberá tener una validez mínima de cuatro (4) meses contados a partir de la presentación de esta.
NOTA 1: PROPUESTAS PARCIALES: No se aceptarán propuestas parciales para esta invitación, esto es, todos los servicios requeridos deben estar incluidos en la propuesta presentada por los proponentes.
NOTA 2: PROPUESTAS CONDICIONALES O PLURALES: No podrán señalarse condiciones
diferentes a las establecidas en la presente Invitación. En caso de que la propuesta formule condiciones diferentes a las establecidas, se tendrán por no escritas. Sólo se tendrán en cuenta las variables indicadas en la presente invitación para la evaluación de las ofertas. Sin embargo, si se ofrecen ventajas técnicas y/o económicas de los servicios propuestos y se suscribe contrato con el proponente respectivo, éste quedará obligado a cumplir con TODO lo ofrecido. Estos ofrecimientos adicionales no supondrán una modificación o alteración a los parámetros esenciales establecidos en la Invitación a proponer, principalmente, a los factores de ponderación y escogencia.
NOTA 3: Todas las propuestas que sean aceptadas en el proceso de evaluación deberán aportar el formulario FTGAD15 (Anexo No. 2) debidamente diligenciado, adjuntando los documentos requeridos en dicho formulario.
Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus integrantes deberá aportar el formulario FTGAD15 (Anexo No. 2) debidamente diligenciado, adjuntando los documentos requeridos en dicho formulario, y deberá diligenciar y presentar un formulario por la forma asociativa propuesta con sus anexos.
NOTA 5: Para proceder con la adjudicación, el proponente debe cumplir con la Etapa de Conocimiento de no Cliente, allegando la información y documentos conforme lo establecen los presentes Términos de Referencia y los requerimientos que le sean realizados, so pena que su propuesta sea rechazada. El proponente debe cumplir con este requisito. De no allegarse la información requerida y/o no cumplir con las políticas de conocimiento de no cliente, su propuesta no podrá ser adjudicada.
NOTA 6: Los proponentes serán objeto de verificación en las listas internacionales vinculantes para Colombia, de conformidad con las Circulares expedidas por la Superintendencia Financiera de Colombia y el Manual Sarlaft de COLOMBIA PRODUCTIVA. El Representante Legal del proponente persona jurídica, y de cada uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal, deben diligenciar, firmar el formato y adjuntar además los documentos que allí se relacionan.
NOTA 7: POLÍTICAS DE VINCULACIÓN: Fundaciones u organizaciones sin ánimo de lucro: Para la vinculación de este tipo de terceros sean clientes, contrapartes, proveedores o en los procesos de contratación derivada, adicional al proceso de solicitud de vinculación, deberán anexar una certificación firmada por el Representante legal y/o Revisor Fiscal en la que indique cuáles son sus protocolos de debida diligencia para la prevención del riesgo de LA/FT en la canalización u origen de los recursos o en el caso que aplique deberán certificar que cuenta con un sistema implementado de gestión de prevención de riesgo xx Xxxxxx de Activos y Financiación del Terrorismo.
La fecha y hora de cierre de la invitación no se modificará o aplazará, salvo que COLOMBIA
PRODUCTIVA lo considere conveniente. La ampliación del plazo se dará a conocer mediante adenda que se publicará en la página web xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx y xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx antes de la fecha de cierre.
2.13. MODELO DE OPERACIÓN DE LA INVITACIÓN
El proceso de presentación, evaluación y adjudicación de la presente invitación se llevará a cabo de la siguiente manera:
I. Los proponentes interesados en participar deberán radicar sus propuestas en el tiempo establecido en los presentes Términos de Referencia.
II. Una vez recibidas las propuestas, se adelantará la apertura de sobres en la cual COLOMBIA PRODUCTIVA consolidará el listado de las propuestas presentadas y se excluirán del proceso las propuestas presentadas extemporáneamente, realizando la respectiva devolución de las mismas.
III. COLOMBIA PRODUCTIVA procederá a verificar el cumplimiento de los requisitos y documentos jurídicos, financieros y técnicos que se hayan previsto como habilitantes en la presente invitación.
IV. Las propuestas que hayan sido habilitadas por el cumplimiento de los requisitos jurídicos, financieros y técnicos previstos como habilitantes en estos Términos de Referencia, serán evaluadas mediante los criterios contenidos en el capítulo 4 de los presentes Términos de Referencia.
V. COLOMBIA PRODUCTIVA seleccionará el proponente cuya propuesta haya recibido el mayor puntaje final en la evaluación.
VI. Se adelantará el proceso de vinculación al proponente que haya obtenido mayor xxxxxxx en su propuesta.
VII. Se publicará en la página web xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx y xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx los resultados del proceso conforme al cronograma establecido para tal fin.
2.14. SOLICITUDES DE ACLARACIÓN O COMPLEMENTACIÓN Y SUBSANABILIDAD
De considerarlo necesario, COLOMBIA PRODUCTIVA podrá solicitar determinando un plazo perentorio, aclaraciones a la propuesta, respecto de cualquiera de los requisitos habilitantes y demás documentación de esta, ya sea porque no encuentra claridad en algún tema o para subsanarla. En ningún caso la aclaración podrá dar lugar a modificar el alcance inicial de la propuesta, mejorarla, ni acreditar requisitos o condiciones adquiridas con posterioridad al cierre del proceso de selección, es decir, que no podrá remitir documentos fechados con posterioridad a la fecha de cierre establecido en los presentes Términos de Referencia. Igualmente podrá solicitar aclaraciones en aspectos de la propuesta económica, pero únicamente para la corrección de errores de trascripción, numéricos, matemáticos o de forma. En caso de que el participante no presente la aclaración o complementación en el plazo establecido, COLOMBIA
PRODUCTIVA podrá descartar su propuesta.
Se consideran subsanables todos los documentos que sirvan para verificar el cumplimiento de criterios habilitantes. Los criterios calificables, es decir, a los cuales se les otorga puntaje, no son objeto de subsanación.
Para los documentos que acrediten factores que otorgan puntaje, solo se podrá pedir aclaración. En ninguna circunstancia se podrá acreditar con posterioridad al cierre de la invitación el factor susceptible de calificación.
En ningún caso se solicitará aclaración y/o subsanación respecto de propuestas parciales, pues estas serán rechazadas.
2.15. DECLARATORIA DE DESIERTA
La declaratoria de desierta de la presente invitación procederá en cualquiera de los siguientes eventos:
a)No se presenten propuestas,
b)Ninguno de los proponentes cumpla los requisitos habilitantes.
c) Ninguno de los proponentes que han cumplido los requisitos habilitantes, presenten propuesta económica dentro de los parámetros de la invitación.
d)Cuando las propuestas presentadas sean rechazadas conforme a lo indicado en estos Términos de Referencia.
e)Cuando las propuestas presentadas sean inconvenientes a los intereses de COLOMBIA PRODUCTIVA.
La declaratoria de desierta se comunicará a través de la página web xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx y xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx con lo cual se entenderán notificados todos los interesados en la presente Invitación Abierta.
Se aclara que COLOMBIA PRODUCTIVA no está obligada a contratar con ninguno de los proponentes que presenten propuestas en virtud de esta invitación a proponer.
2.16. RECHAZO DE PROPUESTAS
En los siguientes eventos las propuestas no se evaluarán y serán rechazadas:
- Cuando existan varias propuestas presentadas por el mismo proponente en el mismo proceso de selección. Solo se analizará y evaluará la última propuesta que haya sido
radicada (orden cronológico), las demás serán rechazadas.
- Cuando COLOMBIA PRODUCTIVA corrobore que la información suministrada por el proponente en alguno de los documentos no es veraz.
- Cuando en la propuesta presentada no incluya todos los bienes y/o servicios requeridos en los Términos de Referencia (propuesta parcial).
- Cuando la propuesta no incluya la propuesta económica.
- Cuando el proponente no aporte los documentos exigidos en los presentes Términos de Referencia, salvo que se trate de aquellos que pueden requerirse en la etapa de subsanabilidad. En este evento, podrá ser rechazada la propuesta cuando habiendo sido requerido el proponente para aclaraciones o presentación de documentos faltantes por COLOMBIA PRODUCTIVA no los xxxxxxx en debida forma y en el término previsto por éste.
- Cuando el proponente haya tratado de intervenir, influenciar o informarse indebidamente dentro del presente proceso de contratación, o cuando se presente la propuesta por un medio diferente al previsto en este documento.
- Las propuestas frente a las cuales la Gerencia de Riesgos de Fiducoldex ratifique la coincidencia total del proponente y/o sus relacionados con alguna fuente de reporte restrictiva referida a Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo –LAFT- y/o centrales de riesgo.
- Cuando el proponente se halle incurso en alguna de las causales de conflicto de intereses establecidas en el Código de Buen Gobierno de FIDUCOLDEX y COLOMBIA PRODUCTIVA considere que el mismo no pueda ser administrado.
- Cuando se hubiese omitido la presentación de un documento esencial para la comparación de las propuestas, de acuerdo con lo estipulado en estos Términos de Referencia y normas complementarias.
- Cuando fueren descubiertos convenios previos entre los proponentes relacionados con el objeto de la presente Invitación. Se entienden como tales los convenios tendientes a colocar a otros proponentes en condiciones de inferioridad o a limitar o restringir los derechos y prerrogativas de COLOMBIA PRODUCTIVA Igualmente, se encuentra dentro de esta causal la realización de prácticas restrictivas de la libre competencia.
- Cuando sea detectada cualquier causal de disolución o liquidación.
- Si durante el análisis de las propuestas se encuentra que en ésta se incluyen condiciones diferentes a las establecidas en los términos de esta Invitación o se encuentre en contra de los intereses de COLOMBIA PRODUCTIVA.
- Cuando el proponente, sus representantes legales o cualquiera de sus socios o accionistas, se encuentren reportados en alguna de las listas internacionales vinculantes para Colombia relacionado con el Sistema de Administración del Riesgo xx Xxxxxx de Activos y Financiación del Terrorismo.
- Cuando el proponente, sus representantes legales o cualquiera de sus socios o accionistas se encuentren reportados en el Boletín de Responsables Fiscales o tengan alguna sanción disciplinaria vigente con ocasión a una decisión en firme proferida por autoridad
competente.
- En los demás casos expresamente establecidos en esta Invitación.
NOTA 1: En caso de que el proponente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación o resulte seleccionado no presente el formato FTGAD15 (Anexo No. 2) requerido en el proceso de vinculación, completamente diligenciado y acompañado de los anexos establecidos, COLOMBIA PRODUCTIVA podrá rechazar la propuesta, quedando por fuera del proceso de selección.
NOTA 2: FIDUCOLDEX como vocera del Fideicomiso COLOMBIA PRODUCTIVA se reserva el derecho de rechazar aquellas propuestas, donde el proponente tenga controversias jurídicas pendientes por definir con el citado patrimonio autónomo o con Fiducoldex en posición propia o como vocera de otros fideicomisos.
No obstante, FIDUCOLDEX –COLOMBIA PRODUCTIVA no está obligada a contratar con ninguno de los Proponentes que presenten propuestas en virtud de esta invitación.
En el eventual rechazo de una propuesta, la misma le será devuelta al proponente antes de llevar a cabo la adjudicación respectiva o la declaratoria de desierta, según corresponda.
CAPITULO 3 VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS HABILITANTES
COLOMBIA PRODUCTIVA procederá a verificar el cumplimiento de los requisitos jurídicos, financieros y técnicos que se hayan previsto como habilitantes en estos Términos de Referencia. De requerirse, se solicitarán aclaraciones y/o subsanaciones en esta etapa.
Las propuestas que resulten HABILITADAS para la adjudicación serán comparadas objetivamente mediante la asignación de puntajes, de acuerdo con los factores de ponderación previstos en el capítulo 4 de la presente invitación.
Si alguno de los documentos solicitados en la presente invitación consta en los archivos de FIDUCOLDEX – COLOMBIA PRODUCTIVA debe indicarlo expresamente en su propuesta señalando todos los datos necesarios para ubicarlo. FIDUCOLDEX COLOMBIA PRODUCTIVA verificará que el documento que consta en archivos cumpla con los requisitos indicados en esta Invitación, y de no cumplirlos, se entenderá que el documento no fue aportado en la propuesta.
3.REQUISITOS HABILITANTES
3.1. REQUISITOS HABILITANTES DE CARÁCTER JURÍDICO
CAPACIDAD JURÍDICA: La evaluación de la capacidad jurídica se llevará a cabo por parte de la
Dirección Jurídica de FIDUCOLDEX y corresponde a las actividades tendientes a validar la capacidad jurídica del proponente y su representante legal para presentar la propuesta y celebrar el respectivo contrato en el evento que resulte adjudicado en el proceso de selección.
Para tal efecto la Dirección Jurídica de FIDUCOLDEX verificará contra el certificado de existencia y representación legal de los proponentes y demás documentos los siguientes aspectos:
(i) Que el objeto social principal del proponente se relacione directamente con el objeto del contrato que se celebre como consecuencia de la adjudicación de la presente invitación.
(ii) La fecha de constitución y la duración de la sociedad de acuerdo con lo exigido en los Términos de Referencia.
(iii) Facultades del representante legal para presentar la propuesta y/o contraer obligaciones en nombre de la misma.
Los requisitos que se mencionan en este numeral son verificables y como tal se constituyen en un requisito habilitante, y por tanto obligatorio, para la participación en este proceso de contratación.
Quienes pueden ser proponentes: Xxxxxx participar como proponentes los siguientes:
1. Persona jurídica nacional: Con mínimo cuatro (4) años de existencia y registro a la fecha de presentación de la propuesta, según certificado de existencia y representación expedido por la Cámara de Comercio o la entidad competente para certificar esta condición.
2. Persona jurídica extranjera con sucursal en Colombia: Podrán participar en esta invitación las sociedades extranjeras con sucursal en Colombia, con mínimo cuatro (4) años de existencia y registro a la fecha de presentación de la propuesta10.
3. Consorcios o Uniones temporales: Se entenderá por propuesta conjunta una propuesta presentada en consorcio o unión temporal con un número plural de integrantes. En tal caso se tendrá como proponente, para todos los efectos, el grupo conformado por la pluralidad de personas y no las personas que lo conforman individualmente consideradas. En el evento de presentarse haciendo uso de alguna de estas figuras tendrán aplicación las siguientes reglas:
• Presentar copia del acuerdo consorcial o documento de la conformación de la unión
10 Las principales características de la sucursal son:
1. No goza de una personería jurídica distinta a la de la sociedad matriz (no tiene personería jurídica propia).
2. La sucursal y la sociedad matriz son la misma persona jurídica y, por lo tanto, la sucursal en ningún caso tiene capacidad legal superior o diferente a la de su oficina principal.
3. La sucursal es una prolongación de la matriz y forma parte de su mismo patrimonio y tiene como fin esencial realizar actividades propias del objeto social de la principal en donde esta última se beneficia o se perjudica por los actos realizados por la sucursal.
temporal, según el caso, en el que expresamente se deberá designar a un representante con su suplente, de los miembros del consorcio o de la unión temporal para todos los efectos de la presentación de la propuesta es decir quien suscribe la carta de presentación de la oferta, de la eventual suscripción y ejecución del contrato (en el evento que se les adjudique la invitación).
• No se acepta ninguna limitación de responsabilidad, por lo que la responsabilidad de
los miembros será solidaria tanto para la presentación de la propuesta como para la eventual celebración y ejecución del contrato.
• La garantía de seriedad de la oferta y demás garantías que se pidan para la eventual
celebración del Contrato, deberán otorgarse por, y para cubrir a todos y cada uno de los integrantes de la unión temporal o consorcio (incluida la misma unión o consorcio), aportándose además el recibo o soporte que acredite el recaudo o pago de la prima.
• Cada uno de los miembros del Consorcio o de la Unión Temporal deberá tener
capacidad jurídica plena, esto es, como si la presentase de manera independiente del consorciado o aliado, tanto para presentar la propuesta como para celebrar el contrato. En caso de existir limitaciones a las facultades de cualquiera de los representantes legales, deberá adjuntarse la respectiva autorización del órgano competente. La carta de presentación de la propuesta deberá presentarse suscrita por el representante o apoderado designado por cada uno de los miembros del consorcio o unión temporal.
• Las personas jurídicas y los Consorcios y Uniones Temporales deberán tener una
duración mínima igual al plazo del contrato y (3) años más.
• La forma asociativa (consorcio o unión temporal) deberá estar constituida únicamente por personas jurídicas.
• La forma asociativa (consorcio o unión temporal) deberá estar constituida por las personas (persona jurídica nacional, persona jurídica extranjera con sucursal en Colombia), autorizadas como proponentes en los presentes Términos de Referencia.
Nota 1: Cada uno de los requisitos de experiencia deberá acreditarse en su totalidad por lo menos por uno de los miembros del consorcio o unión temporal.
Nota 2: El proponente favorecido debe estar en disponibilidad de iniciar y ejecutar el objeto del contrato de acuerdo con las condiciones acordadas por FIDUCOLDEX quien actúa como vocera y administradora de COLOMBIA PRODUCTIVA.
Nota 3: No podrán ser proponentes aquellas personas jurídicas que hayan contratado con COLOMBIA PRODUCTIVA o FIDUCOLDEX y cuyos contratos hayan sido terminados anticipadamente por incumplimiento contractual. Así mismo, tampoco podrán presentar propuestas quienes tengan controversias jurídicas pendientes por definir con dichas entidades.
Nota 4: El Proponente deberá acreditar y contar con mínimo cuatro (4) años de experiencia
comprobada, contados a partir del 1 de enero de 2014, en identificación o desarrollo de nuevos negocios o plataformas de generación negocio., de conformidad con lo establecido en el numeral
– 3.3.1. “EXPERIENCIA ESPECÍFICA” del presente documento, contados hasta la fecha de presentación de la propuesta.
Nota 5: El proponente deberá tener la capacidad financiera exigida en el numeral 3.2. REQUISITOS DE CARÁCTER FINANCIERO de la presente convocatoria.
Nota 6: El proponente deberá aportar oportunamente toda la documentación exigida en estos Términos de Referencia o en sus documentos anexos.
3.1.1. DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA LA VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES JURÍDICOS:
a) Carta de presentación de la propuesta -Anexo No. 1
La propuesta deberá presentarse de acuerdo con el modelo de carta suministrado en esta Invitación (Anexo No. 1). Ésta deberá ser firmada en original por el Representante Legal de la persona jurídica, o por el representante legal del Consorcio o Unión Temporal. La suscripción de la carta de presentación de la propuesta hará presumir la aceptación, legalidad y conocimiento de todos los documentos de la Invitación.
b) Certificación del pago de Parafiscales y Aportes al Sistema de Seguridad Social
El proponente, como persona jurídica nacional o sucursal de sociedad extranjera, deberá presentar una certificación, expedida por el Revisor Fiscal, de acuerdo con los requerimientos de la Ley, o cuando éste exista de acuerdo con los estatutos sociales, o por el Representante Legal cuando no se requiera Revisor Fiscal, donde se certifique el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje.
Dicho documento debe certificar que, a la fecha de presentación de la propuesta, el proponente ha realizado el pago de los aportes correspondientes a la nómina de los últimos seis (6) meses, contados hacia atrás a partir de la citada fecha, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos.
COLOMBIA PRODUCTIVA verificará únicamente la acreditación del respectivo pago a la fecha de presentación de la propuesta, sin perjuicio de los efectos generados ante las entidades recaudadoras por el no pago dentro de las fechas establecidas en las normas vigentes.
En caso de presentar acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de alguna de las obligaciones mencionadas, deberá manifestar que existe el acuerdo y que se encuentra al día en el cumplimiento del mismo.
Cuando se trate de consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus integrantes deberá aportar el certificado aquí exigido.
La persona jurídica extranjera con domicilio o sucursal en Colombia que se presente como proponente deberá dar cumplimiento a lo anteriormente señalado respecto del personal vinculado en Colombia.
El proponente sin personal a cargo que no tenga o haya tenido dentro de los seis (6) meses anteriores a la fecha de cierre, personal a cargo y por ende no esté obligado a efectuar el pago de aportes legales y seguridad social, deberá presentar certificación suscrita por el representante legal o contador o revisor fiscal, según el caso, indicando esta circunstancia.
La información presentada se entiende suministrada bajo la gravedad del juramento respecto de su fidelidad y veracidad.
c) Certificado de Existencia y Representación Legal
Las personas jurídicas deberán comprobar su existencia y representación legal mediante certificado expedido por la Cámara de Comercio de su domicilio principal, o la entidad competente para certificar esta condición.
El certificado deberá cumplir los siguientes requisitos:
a) Fecha de expedición no mayor a treinta (30) días anteriores a la fecha de cierre del plazo de la presente invitación.
b) El objeto social principal del proponente deberá relacionarse directamente con el objeto del contrato que se celebre como consecuencia de la adjudicación de la presente invitación.
c) Las facultades del representante legal para presentar la propuesta y/o contraer obligaciones en nombre de la misma.
d) Si el representante legal del proponente tiene restricciones para presentar la propuesta o contraer obligaciones en nombre de la misma, de acuerdo con lo previsto en el Certificado de Existencia y Representación legal, deberá adjuntarse el documento de autorización expresa del órgano competente, con fecha previa a la de la presentación de la propuesta respectiva.
e) Si dentro del certificado se hace mención a los estatutos u otros documentos de la sociedad que sean necesario para acreditar la capacidad del representante legal, estos
documentos deben ser entregados con la propuesta.
f) La duración del proponente, (persona jurídica nacional, persona jurídica extranjera con sucursal en Colombia, consorcio o Unión temporal), contada a partir de la fecha de cierra del plazo de la presente invitación, no será inferior al plazo establecido para el contrato y tres (3) años más.
El documento de conformación del Consorcio o Unión Temporal deberá contener los siguientes requisitos mínimos:
• Indicar que se trata de un Consorcio o Unión Temporal.
• Indicar la dirección del domicilio del Consorcio o Unión Temporal.
• Sus miembros deberán señalar la extensión (actividades y porcentaje) de su participación en la propuesta y en su ejecución, la cual no podrá ser modificada sin el consentimiento previo y escrito de COLOMBIA PRODUCTIVA. No obstante, independiente de la participación y de la modalidad de contrato que se adopte, para este proceso, no se aplicará la regulación de las Uniones Temporales contenida en la Ley 80 de 1993, por tanto, las personas que integren un Consorcio o Unión Temporal, a la luz de esta invitación abierta, serán solidariamente responsables en el cumplimiento de las obligaciones del eventual contrato que llegue a celebrarse.
• La designación de un representante único que deberá estar facultado para actuar en
nombre y representación del Consorcio o Unión Temporal, quien será el contacto permanente para los asuntos derivados del contrato que resulte del presente proceso de invitación. Igualmente deberá designar un suplente que lo reemplace en los casos de ausencia temporal o definitiva.
• En ningún caso podrá haber cesión del Contrato entre quienes integren el Consorcio o Unión Temporal.
Cualquier información adicional que el proponente considere necesario presentar, debe incluirla o adjuntarla a la propuesta que entregue de acuerdo con las fechas establecidas para el cierre de la invitación.
d) Copia del Registro Único Tributario (RUT)
Este certificado es expedido por la Dirección General de Impuestos Nacionales. En él ha de consignarse claramente el NIT del proponente y su inscripción en el Régimen Común (Responsable del impuesto a las ventas) y estar actualizado de conformidad con la normatividad vigente.
Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus integrantes deberá aportar el documento aquí exigido, en caso de ser adjudicado el contrato deberá presentar el RUT del Consorcio o Unión Temporal a la suscripción del contrato, de no presentarlo dentro del
término requerido por COLOMBIA PRODUCTIVA se hará efectiva la póliza de seriedad de la oferta y se celebrará el contrato con el proponente que haya ocupado el segundo lugar en la evaluación.
e) Fotocopia legible del documento de identificación del representante legal del proponente
La propuesta debe incluir la fotocopia legible de la cédula de ciudadanía o documento de identificación del Representante Legal de la sociedad, del Consorcio o Unión Temporal, o apoderado debidamente facultado y de los representantes legales de las sociedades que conforman el Consorcio o la Unión Temporal.
f) Certificación de no estar Incurso en causal de Disolución o Liquidación
El proponente deberá certificar a través del Representante Legal junto al Revisor Fiscal y/o Xxxxxxxx, que no se encuentra incurso en ninguna causal de disolución o liquidación conforme a la ley y/o los estatutos, al momento de presentar la propuesta, así como al cierre del proceso de contratación. En caso de que algún proponente se encuentre incurso en causal de disolución y/o liquidación, COLOMBIA PRODUCTIVA no lo considerará hábil para contratar, teniendo en cuenta la restricción legal para ejercer el objeto.
Cuando el proponente se encuentre en situación financiera especial, se solicitarán las aclaraciones pertinentes y se evaluará la conveniencia o inconveniencia de la contratación.
Cuando se trate de Uniones Temporales, cada uno de sus integrantes deberá aportar el documento aquí exigido.
g) Garantía de seriedad de la propuesta
Todo proponente deberá garantizar la seriedad de su propuesta, con la suscripción, en Formato para Particulares, de una póliza expedida por una Compañía Aseguradora debidamente aprobada y vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia, por un valor equivalente al diez (10%) del valor de lo presupuestado en la presente invitación esto es QUINIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($500.000.000) y con una vigencia igual a cuatro (4) meses, contados a partir de la fecha y hora de cierre de la Invitación. Con la propuesta se debe anexar la póliza y el recibo o soporte que acredite el recaudo o pago de la prima correspondiente.
En caso de prórroga de la fecha para la selección del contratista, esta garantía deberá prorrogarse por parte del proponente a partir de la nueva fecha, cuando la vigencia anteriormente señalada, no sea suficiente para cubrir el periodo de selección del contratista.
El beneficiario será la FIDUCIARIA COLOMBIANA DE COMERCIO EXTERIOR S.A. FIDUCOLDEX
obrando como vocera de COLOMBIA PRODUCTIVA con NIT 000.000.000–5, el afianzado será el proponente.
La póliza deberá tomarse con el nombre o razón social del proponente que figura en el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio, o la entidad competente para certificar esta condición, y no sólo con su sigla, a no ser que en el referido documento se exprese que la sociedad podrá denominarse de esa manera. En caso de Uniones Temporales o Consorcios deben figurar todos los miembros debidamente identificados.
En caso de que la garantía de seriedad de la propuesta sea expedida sin el lleno de los requerimientos de estos Términos de Referencia, este hecho será subsanable y el proponente deberá remitir las correcciones del caso en el término que le fije COLOMBIA PRODUCTIVA, lo cual será solicitado por escrito.
La póliza de seriedad correspondiente a las propuestas que no sean adjudicadas podrá ser devuelta a solicitud del interesado a más tardar dentro de los treinta (30) días calendario siguiente a la fecha de adjudicación del contrato producto de la presente invitación.
COLOMBIA PRODUCTIVA hará efectiva la garantía de Seriedad de la Oferta quedando el valor asegurado a su favor, hasta la concurrencia del porcentaje allí indicado, y por la totalidad xxx xxxxxx de la garantía, en los siguientes casos:
a) Cuando un proponente solicite el retiro de su propuesta después de la fecha de cierre del plazo de la presente invitación, salvo en los casos de inhabilidad o incompatibilidad sobreviniente.
b) Cuando el proponente favorecido con la adjudicación no procediere a cumplir con los requisitos para el perfeccionamiento y ejecución del contrato dentro del término señalado para que se suscriba el respectivo contrato.
c) Por incumplimiento del deber de reserva de la información establecida en este documento.
Sin embargo, es de tener en cuenta que la ejecución de la garantía de seriedad de la propuesta, no constituye una tasación anticipada de perjuicios; por lo que COLOMBIA PRODUCTIVA podrá perseguir en cualquier momento el reconocimiento de los perjuicios no cubiertos por el valor de dicha garantía, mediante las acciones legales conducentes.
3.2. REQUISITOS HABILITANTES DE CARÁCTER FINANCIERO
Los documentos que se mencionan en este numeral son verificables y como tales se constituyen en un requisito habilitante para la participación en el proceso de selección y podrán ser subsanables de acuerdo con lo establecido en el cronograma definido en esta invitación.
El proponente, o cada una de las personas jurídicas que conforman el consorcio o la unión temporal, deberán presentar los siguientes documentos.
En este punto la calificación es de CUMPLE o NO CUMPLE.
a) Estados Financieros
Presentar Estado de Situación Financiera y Estado de Resultados Integral con corte a 31 de diciembre del año 2020 comparativo con el año 2019, detallando el valor total Activo Corriente y valor total Pasivo Corriente, firmados por el Representante Legal, Contador y Revisor Fiscal - cuando legal o estatutariamente se haya establecido la figura de Revisoría Fiscal. En las notas comparativas se debe especificar que acoge la política contable de presentación de estados financieros atendiendo la Ley 1314 de 2009, sus decretos complementarios y reglamentos. Las notas comparativas a los estados financieros deben mantener uniformidad, relación y correspondencia con los estados financieros.
Los estados financieros deberán ser presentados en pesos colombianos (COP). En el caso que la compañía se encuentre exenta del requisito normativo para la presentación de los estados financieros comparativos y sus respectivas notas comparativas de los años solicitados, es requisito referenciar explícita y específicamente tal exención en la norma.
El Representante Legal y el Revisor Fiscal (si aplica), que firmen los Estados Financieros y Dictamen, deben figurar como tales en el certificado de existencia y representación legal o documento equivalente según el régimen jurídico aplicable al proponente, expedido por la Cámara de Comercio respectiva o la autoridad competente.
En el caso que, al momento de la presentación de la propuesta, la Representación Legal y/o la Revisoría Fiscal (si aplica), que firma los estados financieros y/o el Dictamen, sea diferente a la que figura en el Certificado de Existencia y Representación Legal actualizado, se requiere adjuntar de manera adicional, el certificado o documento equivalente vigente a la fecha de firma de los Estados Financieros, que avale las firmas referenciadas
b) Tarjeta profesional
El proponente debe anexar copia legible de la tarjeta profesional del Contador Público y del
Revisor Fiscal -cuando legal o estatutariamente se haya establecido la figura de Revisoría Fiscal-
, que firman y dictaminan los Estados Financieros.
Los proponentes extranjeros deberán allegar la información solicitada de conformidad con la legislación aplicable en su país de origen. En caso de no aplicar el requerimiento anterior conforme la normatividad aplicable en su país de origen debe presentar certificación del Representante Legal de la casa matriz que así lo avale.
c) Certificado de antecedentes Junta Central de contadores
El proponente debe anexar copia del certificado de antecedentes de la Junta Central de Contadores tanto para el Contador Público y Revisor Fiscal, este último en caso de requerirse, que firman y dictaminan los Estados Financieros. Este documento deberá tener fecha de expedición no mayor a cinco (5) meses, tomando como punto de referencia la fecha de cierre de recepción de propuestas.
Los proponentes extranjeros deberán allegar la información solicitada de conformidad con la legislación aplicable en su país de origen. En caso de no aplicar el requerimiento anterior conforme la normatividad aplicable en su país de origen debe presentar certificación del Representante Legal de la casa matriz que así lo avale.
d) Certificación Bancaria
Se deberá presentar por lo menos una (1) certificación bancaria no mayor a tres (3) meses, tomando como punto de referencia la fecha de cierre de recepción de propuestas en la que conste el tiempo de vinculación y estado activo de la cuenta.
Nota: Una vez verificado el cumplimiento de la información contenida en este numeral, en relación con los documentos financieros habilitantes, se procede a realizar la evaluación financiera de acuerdo con la sección Verificación de indicadores Financieros (Habilitante).
En el caso que un proponente no cumpla con alguno de los requisitos de la información documental financiera habilitante, no se procederá con la Verificación de indicadores Financieros (Habilitante) del mismo o del consorcio o unión temporal.
e) Verificación de Indicadores Financieros (Habilitante)
Se entenderá que queda habilitado el proponente que cumpla con el criterio mínimo de acuerdo con los siguientes indicadores:
INDICADOR | PARÁMETROS DE CUMPLIMIENT O |
Índice de liquidez 𝐴𝑐𝑡𝑖𝑣𝑜 𝐶𝑜𝑟𝑟𝑖𝑒𝑛𝑡𝑒⁄𝑃𝑎𝑠𝑖𝑣𝑜 𝐶𝑜𝑟𝑟𝑖𝑒𝑛𝑡𝑒 | Mayor o igual a 1.0 |
Indicador de endeudamiento 𝑃𝑎𝑠𝑖𝑣𝑜 𝑇𝑜𝑡𝑎𝑙⁄𝐴𝑐𝑡𝑖𝑣𝑜 𝑇𝑜𝑡𝑎𝑙 | Menor o Igual a 70%. |
Capital de Trabajo 𝐴𝑐𝑡𝑖𝑣𝑜 𝐶𝑜𝑟𝑟𝑖𝑒𝑛𝑡𝑒 − 𝑃𝑎𝑠𝑖𝑣𝑜 𝐶𝑜𝑟𝑟𝑖𝑒𝑛𝑡𝑒 | Mayor o igual al 10% del presupuesto de la presente invitación. |
Nota: Se aclara que para el cálculo de los indicadores financieros se tomará como referencia los estados financieros del año 2020.
f) Verificación financiera de propuestas conjuntas.
Para determinar la capacidad financiera de las Uniones Temporales o de los Consorcios se determinarán separadamente los indicadores financieros de los integrantes y los índices obtenidos se multiplicarán por el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes de la Unión Temporal o Consorcio. Este resultado se sumará para consolidar el total de los índices de la Unión Temporal o Consorcio.
g) Extranjeros con sucursal en Colombia:
Para los extranjeros con sucursal en Colombia, el proponente debe anexar el documento equivalente que permita validar Representante Legal y Revisor Fiscal de la matriz, facultado para firmar los estados financieros, de conformidad con la legislación aplicable en su país de origen.
Los proponentes extranjeros en caso de no contar con revisor fiscal deben presentar certificación firmada por el Representante Legal de la casa matriz que así lo avale.
3.3. REQUISITOS HABILITANTES DE CARÁCTER TÉCNICO
3.3.1. EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE
El proponente deberá Se debe presentar el Anexo No. 3 debidamente diligenciado en formato editable y pdf. El proponente deberá acreditar una experiencia específica habilitante de por lo menos cuatro (4) contratos celebrados dentro de los últimos seis(6) años (Nacional y/o internacional), contados hasta el cierre de la presente invitación, cuyo objeto se refiera a consultoría especializada en fortalecimiento de iniciativas clúster o asociativas, generación de estrategias o proyectos de desarrollo territorial que involucren a entidades territoriales, desarrollo y/o fortalecimiento de distritos creativos o definición de planes de sostenibilidad y operación y/o modelos de gobernanza que involucren en conjunto a entidades públicas y privadas.
En caso de acreditar la experiencia específica con contratos en ejecución, estos deberán tener una ejecución mínima del 50% a la fecha del cierre de la presente invitación.
Para acreditar la experiencia exigida el proponente deberá aportar junto con la propuesta las certificaciones emitidas por el contratante que contenga como mínimo la información relacionada de la siguiente manera en el FORMULARIO - EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE (Anexo No. 3) que contenga la siguiente información por cada uno de los contratos celebrados por el proponente:
• Nombre o razón social del contratante
• NIT del contratante
• Objeto y descripción del servicio o contrato
• Fecha de inicio o fecha de suscripción del acta de inicio (día, mes, año)
• Fecha de finalización del contrato (día, mes, año)
• Estado de cumplimiento del contrato
• Fecha de elaboración de la certificación (día, mes, año).
• Tipo de experiencia (Habilitante o experiencia específica, Requisito calificable)
• Nombre del documento donde se encuentra el soporte de la experiencia.
• Página del documento en el que se encuentra el soporte de la experiencia.
• Porcentaje de ejecución (en caso de certificaciones de contratos que se encuentren en ejecución)
NOTA 1: La certificación del contrato ejecutado puede ser remplazada por la copia del contrato, siempre y cuando también se anexe la respectiva acta de recibo y/o acta de liquidación, debidamente suscrita por el interventor y/o la entidad contratante, que en conjunto cumplan con los contenidos y requisitos establecidos en este numeral.
NOTA 2: Verificación técnica de propuestas conjuntas. Para determinar la capacidad técnica de las Uniones Temporales o de los Consorcios se podrán determinar individualmente los indicadores y con esto cumplir con lo establecido.
NOTA 3: Documentos otorgados en el exterior. Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse conforme a lo establecido en el numeral 1.15 del capítulo 1 de los presentes Términos de Referencia.
NOTA 4: El proponente debe diligenciar el FORMULARIO - EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE (Anexo No. 3), para listar los contratos a tener en cuenta en el cumplimiento del requisito habilitante o de la experiencia específica y requisito calificable. Si presenta más de cinco
(5) contratos/certificaciones deberá indicar con cuales de los contratos cumplirá con los requisitos exigidos.
Si el Proponente no relaciona los contratos con los cuales acreditará la experiencia requerida, se evaluará el cumplimiento del requisito así; COLOMBIA PRODUCTIVA solicitará que el proponente indique con cuales certificaciones de contratos cumplirá el requisito habilitante. Si el Proponente no contesta dentro del plazo señalado por COLOMBIA PRODUCTIVA, se tendrán en cuenta las primeras cinco (5) certificaciones relacionadas en el FORMULARIO - EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE (Anexo No. 3), en este caso si no se logra demostrar la acreditación de la experiencia requerida con las certificaciones tenidas en cuenta por COLOMBIA PRODUCTIVA, el proponente no será habilitado técnicamente.
NOTA 5: Se advierte a los interesados que no se entenderá como acreditación de experiencia la sola lista que relaciona la experiencia específica, es decir, no se aceptará la tabla de experiencia si no se incluyen los soportes correspondientes.
NOTA 6: Se advierte a los interesados que no serán válidos, para acreditar la experiencia del proponente, informes o entregables de proyectos o consultorías realizadas previamente. El proponente debe allegar las certificaciones de los contratos ejecutados o en su defecto las copias de los contratos acompañadas de acta de recibo y/o acta de liquidación.
NOTA 7: Respecto de los contratos en ejecución, es indispensable que se xxxxxxx certificación debidamente suscrita por la entidad contratante, que acredite el tiempo de ejecución a la fecha de la certificación y el grado de cumplimiento; de otra forma, el respectivo contrato no será tenido en cuenta como experiencia del proponente.
NOTA 8: No se aceptarán autocertificaciones, teniendo en cuenta que este tipo de documentos, así como las referencia y las cartas de clientes, no permiten validar la experiencia requerida, ya que con éstas no se puede constatar la ejecución de contratos que deben ser certificados exclusivamente por los terceros que recibieron la obra, bien o servicio.
3.3.2. FORMACIÓN Y EXPERIENCIA MÍNIMA DEL EQUIPO DE TRABAJO
El Equipo de Trabajo deberá ser suficiente e idóneo para cumplir con el objeto de la presente convocatoria. El Proponente debe aportar las hojas de vida y la información requerida como mínimo de un (1) director de proyecto, un (1) profesional senior en economía naranja, un (1) profesional senior fortalecimiento institucional y un (1) profesional junior administrativo/logístico.
Este equipo mínimo de trabajo intervendrá en la formulación y coordinación del proyecto. Será encargado de coordinar el equipo que acompañará directamente a las empresas.
El equipo mínimo de trabajo requerido es el que se relaciona en la tabla, sin que esto implique que en la metodología el proponente no deba presentar el organigrama con el equipo completo de trabajo con el que desarrollará el proyecto:
PERFIL | FORMACIÓN | EXPERIENCIA |
DIRECTOR(A) DEL PROYECTO | Título profesional en economía, administración, ingeniería industrial, derecho o afines con Especialización o Maestría en administración, económica, formulación y evaluación de proyectos o afines. | Debe certificar cinco (5) Años de experiencia como director de proyectos de consultoría especializada en fortalecimiento de iniciativas clúster o asociativas, generación de estrategias o proyectos de desarrollo territorial que involucren a entidades territoriales, desarrollo y/o fortalecimiento de distritos creativos o definición de planes de sostenibilidad y operación y/o modelos de gobernanza que involucren en conjunto a entidades públicas y privadas. |
PROFESIONAL SENIOR DE ECONOMÍA NARANJA | Pregrado en cualquier área de conocimiento. Estudios de posgrado en áreas relacionadas con administración, economía, negocios, ingeniería industrial o los sectores creativos y culturales. | Debe certificar experiencia de Cinco (5) años en proyectos de desarrollo sectorial y/o territorial asociadas a actividades de industrias de economía Naranja, o desarrollo y/o fortalecimiento de distritos creativos. |
PROFESIONAL SENIOR FORTALECIMIE NTO INSTITUCIONAL | Pregrado en cualquier área de conocimiento. Estudios de posgrado en áreas relacionadas con administración, economía, negocios, ingeniería industrial o los sectores creativos y culturales. | Debe certificar experiencia de Cinco (5) años en proyectos de consultoría especializada en fortalecimiento de iniciativas clúster o asociativas, generación de estrategias o proyectos de desarrollo territorial que involucren a entidades territoriales, desarrollo y/o fortalecimiento de distritos creativos o definición de planes de sostenibilidad y operación y/o modelos de gobernanza que involucren en conjunto a entidades públicas y privadas. |
Profesional Junior administrativo/l ogístico | Pregrado en cualquier área de conocimiento | 1 año apoyando en términos administrativos y logísticos en proyectos relacionados con consultoría especializada en fortalecimiento de iniciativas clúster o asociativas, generación de estrategias o proyectos de desarrollo territorial que involucren a entidades territoriales, desarrollo y/o fortalecimiento de distritos creativos o definición de planes de sostenibilidad y operación y/o modelos de gobernanza que involucren en conjunto a entidades públicas y privadas. |
NOTA 1: La experiencia laboral se contará a partir de la fecha de grado profesional para todos los cargos.
NOTA 2: El proponente no podrá presentar a un profesional para atender más de un cargo en la propuesta, so pena del rechazo de la misma.
NOTA 3: El proponente deberá enviar, junto con la propuesta, las hojas de vida con los respectivos soportes de formación y certificados de experiencia específica de la información, relacionada en el Anexo No. 4 para los perfiles mínimos requeridos.
Para la acreditación de pregrados de los integrantes del equipo de trabajo, se debe allegar tarjeta profesional si su profesión así lo exige para el ejercicio profesional, o copia del título o acta de grado para los demás casos. Para los estudios de posgrado se debe allegar copia del diploma o acta de grado.
En el evento en que algún integrante del equipo de trabajo presente título obtenido en el exterior, se podrá acreditar la formación académica mediante (a) copia del diploma expedido por el centro educativo y una carta firmada por el integrante del equipo de trabajo, en la que se describan los
criterios del programa correspondiente que permita conocer el nivel de los estudios y su clasificación en la Clasificación Internacional Normalizada de Educación11 o (b) mediante la convalidación correspondiente.
Los contratos relacionados en el Anexo No. 4 Experiencia del equipo de trabajo, deberán soportarse con certificaciones que incluyan la siguiente información:
• Nombre o razón social del contratante
• Nombre o razón social del contratista y/o trabajador
• Objeto del servicio o contrato
• Fecha de inicio del contrato (día, mes, año)
• Fecha de finalización del contrato (día, mes, año)
• Duración del contrato en años
• Nombre, cargo de quien expide la certificación
• Dirección y teléfono del contratante
Todas y cada una de las certificaciones que se envíen para acreditar la experiencia del equipo de trabajo deben estar relacionadas en el Anexo No. 4, para que sean tenidas en cuenta en el proceso de revisión de requisitos habilitantes y evaluación de propuestas.
Se advierte a los interesados que no se entenderá como acreditación de experiencia la sola lista del Anexo No. 4, por lo cual deberán aportarse junto con la propuesta copia de los respectivos títulos o actas de grado y certificaciones de experiencia.
NOTA 4: La certificación del contrato que se envíe para acreditar la experiencia del equipo de trabajo puede ser reemplazada por la copia del contrato, siempre y cuando también se anexe la respectiva acta de recibo y/o acta de liquidación, debidamente suscrita por el interventor y/o la entidad contratante, que en conjunto cumplan con los contenidos y requisitos establecidos en los presentes Términos de Referencia, de lo contrario no será tenida en cuenta. No serán válidos para acreditar la experiencia del equipo de trabajo informes o entregables de proyectos o consultorías realizadas previamente.
NOTA 5: Cualquier modificación en la ejecución del contrato del equipo de trabajo, deberá ser aprobada por COLOMBIA PRODUCTIVA con el fin de garantizar que se cumplan los perfiles establecidos por el proponente seleccionado. Para tal efecto, el CONTRATISTA deberá presentar la hoja de vida del nuevo profesional a vincular con los respectivos soportes de formación y experiencia. El CONTRATISTA deberá garantizar que los cambios en el equipo ejecutor que se puedan presentar no paralizarán o retrasarán el desarrollo normal del contrato. En todo caso cualquier cambio en los miembros del equipo de trabajo, deberá contar como mínimo con el perfil
11 xxxxx://xxxxxxx.xxxxxx.xxx/xxx:/00000/xx0000000000
aquí establecido y con el visto bueno de COLOMBIA PRODUCTIVA previo a la contratación o durante la ejecución del contrato.
NOTA 6: El proponente acepta que COLOMBIA PRODUCTIVA realice las verificaciones y validaciones telefónicas o de cualquier otra índole, que considere necesarias respecto de lo aportado por el proponente para acreditar los requisitos técnicos mínimos, indicados en los numerales anteriores.
NOTA 7: La presentación incompleta de los documentos anteriormente señalados, es subsanable en el término que para el efecto establezca COLOMBIA PRODUCTIVA. Su falta de presentación en el plazo fijado inhabilitará al proponente y su propuesta no será evaluada.
NOTA 8: El proponente deberá adjuntar las cartas de compromiso de cada uno de los integrantes del Equipo de Trabajo, mediante las cuales se manifieste el compromiso de trabajar en el programa, en caso de salir favorecidos con la adjudicación del contrato.
El nivel de la formación académica debe ser equivalente al nivel exigido en los Documentos del Proceso, para lo cual debe tener en cuenta la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación vigente en el momento de la verificación de los requisitos técnicos habilitantes.
COLOMBIA PRODUCTIVA verificará la anterior información, así como que el nivel de formación académica es equivalente al nivel exigido en los Documentos del Proceso.
Todas las certificaciones expedidas en el exterior deben venir traducidas al idioma español y debidamente apostilladas o legalizadas, conforme a lo establecido en el numeral 1.15 del capítulo 1 de los presentes Términos de Referencia.
El proponente deberá presentar en el Anexo No. 4, la relación del equipo de trabajo con que se compromete a ejecutar el contrato. La propuesta deberá incluir el equipo de trabajo, especificando formación, años de experiencia, cargo, responsabilidades del cargo y la dedicación de tiempo previsto para el desarrollo del objeto contractual, expresadas en horas de trabajo/hombre y porcentaje (%) de dedicación a la ejecución del programa. La formación y la experiencia deberán estar relacionadas con los temas mencionados y podrán ser sujetos de verificación por parte de COLOMBIA PRODUCTIVA.
3.4. PROPUESTA ECONÓMICA
La propuesta económica deberá presentarse de acuerdo con el Anexo No. 5 Oferta económica.
El valor total de la propuesta deberá presentarse en pesos colombianos, la cual no podrá exceder bajo ninguna circunstancia, la suma de QUINIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE
($500.000.000) incluido el IVA.
La Propuesta económica deberá cubrir todos los gastos en los que incurra el Proponente, incluyendo traslados, gastos de viajes, tiquetes aéreos y cualquier otro gasto.
En ningún caso COLOMBIA PRODUCTIVA reembolsará o cubrirá gastos adicionales que superen el valor de la propuesta presentada.
La oferta económica deberá presentarse discriminando los siguientes rubros:
El CONSULTOR deberá presentar la oferta económica por medio del Anexo No. 5 en donde en la columna “Cantidad” correspondientes a los productos 3 y 4 ofertará el número de ADN a asistir técnicamente.
Fase | Producto | Número de producto | Cantidad | Precio por unidad con IVA | Total (cantidad X Precio por Unidad con IVA) |
Fase 1 | Caracterización pre- convocatoria de las ADN | Producto 1 | 1 | ||
Fase 2 | Convocatoria | Producto 2 | 1 | ||
Fase 3 | Asistencia Técnica | Producto 3 | |||
Producto 4 | |||||
Fase 4 | Herramientas de alcance amplio | Producto 5 | 1 | ||
Total | $500.000.000 |
número de ADN a asistir
En la Columna “Precio por unidad con IVA” deberá incluir el precio por unidad del producto referenciado en la columna “Número de producto”.
En la Columna “Total (cantidad X precio por unidad con IVA)” corresponderá a la Multiplicación de la columna “Precio por unidad con IVA” y la columna de la “cantidad”.
El costo de la fase 1 y 2 no podrá exceder el 15% del total de los recursos disponibles de la presente convocatoria, correspondientes al Producto 1 caracterización y Producto 2 registros de convocatoria y listado de ADN recomendadas
Los rubros deberán presentarse discriminando el valor unitario de la consultoría por empresa para los productos 3 Y 4.
La oferta económica deberá cubrir el valor de todas las labores de Interventoría a realizarse respecto de los contratos objeto de seguimiento durante la vigencia del contrato respectivo y hasta la emisión del concepto para su liquidación, incluyendo los costos asociados a:
• Los salarios, honorarios y bonificaciones que el proponente haya convenido pagar al personal contratado, incluyendo los aportes a seguridad social.
• El valor de los gastos de viaje y/o desplazamientos relacionados con transporte terrestre, aéreo o fluvial (Cuando aplique), de las actividades de interventoría como visitas (vinculación, seguimiento y cierre) y demás reuniones que se desarrollen.
• El proponente deberá tener en cuenta XXX y demás impuestos, tasas, contribuciones y gravámenes.
• Todos los demás costos y gastos relacionados con la ejecución de la interventoría.
El valor del contrato será pagado de acuerdo con el cumplimiento de las fases y recibo a plena satisfacción por COLOMBIA PRODUCTIVA de los entregables asociados como se describe a continuación:
Fase 1 Producto 1: Tiempo máximo de radicación de factura: 1 mes contado a partir de la finalización de la Fase 1. En todo caso, este plazo podrá ser modificado sin necesidad de otrosí contractual, con autorización expresa del supervisor de COLOMBIA PRODUCTIVA previa solicitud justificada del CONTRATISTA, sin que dicha modificación exceda el plazo de ejecución del presente contrato.
Fase 2 Producto 2: Tiempo máximo de radicación de factura: 1 mes contado a partir de la finalización de la Fase 2. En todo caso, este plazo podrá ser modificado sin necesidad de otrosí contractual, con autorización expresa del supervisor de COLOMBIA PRODUCTIVA previa solicitud justificada del CONTRATISTA, sin que dicha modificación exceda el plazo de ejecución del presente contrato.
Fase 3 Producto 3 y producto 4: Tiempo máximo de radicación de factura: 5 días calendario contado a partir de la finalización de la Fase 3. En todo caso, este plazo podrá ser modificado sin necesidad de otrosí contractual, con autorización expresa del supervisor de COLOMBIA PRODUCTIVA previa solicitud justificada del CONTRATISTA, sin que dicha modificación exceda el plazo de ejecución del presente contrato
Fase 4 Producto 5: Tiempo máximo de radicación de factura: 5 días calendario contado a partir de la finalización de la Fase 4. En todo caso, este plazo podrá ser modificado sin necesidad de otrosí contractual, con autorización expresa del supervisor de COLOMBIA PRODUCTIVA previa solicitud justificada del CONTRATISTA, sin que dicha modificación exceda el plazo de ejecución del presente contrato
Nota: El costo de la fase 1 y 2 no podrá exceder el 15% del total de los recursos disponibles de la presente convocatoria, correspondientes al Producto 1 caracterización y Producto 2 registros de
convocatoria y listado de ADN recomendadas
Para realizar cualquier pago, el CONSULTOR deberá presentar su factura o cuenta de cobro con los entregables correspondientes y estos deberán contar con el visto bueno del supervisor del contrato designado por COLOMBIA PRODUCTIVA.
Tiempo máximo de ejecución corresponderá al indicado en el cronograma presentado por el contratista previa aprobación por Colombia Productiva.
Para realizar cualquier pago, el CONSULTOR deberá presentar su factura o cuenta de cobro, la cual deberá contar con el visto bueno del supervisor del contrato designado por COLOMBIA PRODUCTIVA.
Se precisa que el valor de la propuesta no puede superar el valor establecido como presupuesto para el presente proceso de contratación, por parte de COLOMBIA PRODUCTIVA, el cual resultará de la sumatoria de la totalidad de los rubros en que se divide la oferta económica.
En caso de tener deserción de empresas beneficiarias en aquellas fases sujetas a entregables por empresas, COLOMBIA PRODUCTIVA solo reconocerá el valor a pagar de aquellas que hayan finalizado cada fase y cuya finalización esté soportada por los entregables relacionados en cada una de ellas.
Todo error u omisión en la oferta económica, indebida interpretación del alcance del objeto de la presente invitación y condiciones previstas en estos Términos de Referencia, así como de las normas tributarias aplicables, será responsabilidad del Proponente y no se le permitirá ajustar sus precios.
NOTA 1: Se aclara que es responsabilidad del proponente realizar TODOS los pagos y asumir con cargo al valor del contrato los costos asociados a:
• Las actividades de logística y coordinación relacionadas con la Oferta, incluyendo, pero sin limitarse a: compras de pasajes, estadías en hoteles, gastos de manutención, reserva xx xxxxx, transporte público, y otros que considere el proponente.
• Los salarios, honorarios y bonificaciones que el proponente haya convenido pagar al personal contratado, incluyendo los aportes a seguridad social viáticos y refrigerios de ser contemplados.
• Todos los costos y gastos relacionados con la ejecución del contrato.
NOTA 2: La oferta económica para el cumplimiento del objeto contractual se mantendrá vigente durante el término de duración del contrato que se suscriba producto del presente proceso de selección. Los precios de cada casilla deben ser presentados en pesos colombianos, sin anotar
centavos.
NOTA 3: COLOMBIA PRODUCTIVA revisará las operaciones aritméticas de la propuesta económica y en caso de error serán corregidas de la siguiente manera:
• Si existe diferencia entre la suma de los valores unitarios y el valor total, prevalecerá la suma de los valores unitarios presentados por el proponente y el valor total será corregido por COLOMBIA PRODUCTIVA.
• Si existe diferencia entre números escritos en letras y números se tendrá como valido el valor establecido en letras.
• Los valores corregidos se tendrán en cuenta en la evaluación de las propuestas, en la adjudicación y suscripción del contrato, por lo que los errores u omisiones en que se incurra en la propuesta económica serán de la exclusiva responsabilidad del proponente, debiendo asumir los mayores costos y/o pérdidas que se deriven de dichos errores u omisiones.
• Si el proponente no establece el valor del IVA de manera discriminada, COLOMBIA PRODUCTIVA entiende que el valor ofertado lo tiene incluido.
NOTA 4: En el momento de la evaluación de la propuesta económica COLOMBIA PRODUCTIVA revisará y determinará si existen errores aritméticos. En caso de presentarse alguna inconsistencia, el proponente acepta que COLOMBIA PRODUCTIVA proceda a su corrección y que para efectos de la adjudicación se tenga en cuenta el valor corregido. En caso de contradicción entre el valor “antes de IVA” y el de “IVA incluido”, se tomará el valor “antes de IVA”.
• Los proponentes responderán legal y jurídicamente cuando formulen propuestas en las cuales se fijen condiciones económicas y de contratación artificialmente bajas con el propósito de obtener la adjudicación del contrato.
• El proponente debe asumir todos los costos y los gastos resultantes de la preparación y presentación de la propuesta y en ningún caso, cualquiera sea el resultado, estos serán reembolsados por COLOMBIA PRODUCTIVA.
• Serán de exclusiva responsabilidad del proponente los errores u omisiones en que incurra al indicar los precios unitarios y/o totales en su propuesta, debiendo asumir los mayores costos y/o pérdidas que se deriven de dichos errores u omisiones.
• Será de cuenta del proponente el pago de los salarios de los empleados que necesite para
prestar el servicio a contratar, incluidos el pago de impuestos, tasas y contribuciones de carácter nacional o municipal, los sueldos, prestaciones sociales, parafiscales, etc. de sus empleados, las primas de pólizas de seguros y costos de las pólizas; del impuesto de timbre y de todos los gastos que implique el perfeccionamiento del contrato.
• Todos los gastos que demanden la preparación y ejecución de los servicios a que se refiere
el contrato, serán por cuenta del proponente.
NOTA 5: En ningún caso COLOMBIA PRODUCTIVA reembolsará o cubrirá gastos adicionales a los estipulados en los presentes Términos de Referencia ni por encima de las tarifas ofrecidas por EL PROPONENTE seleccionado para la prestación del servicio.
Todo error u omisión en la oferta económica, indebida interpretación del alcance y condiciones previstas en estos Términos de Referencia será responsabilidad del PROPONENTE y no se le permitirá ajustar sus precios.
NOTA 6: Con ocasión de lo establecido en el Artículo 149 de la Ley 1753 de 2015, EL PROPONENTE que resulte seleccionado en desarrollo de la presente invitación declara conocer y aceptar que los recursos con los cuales se harán los pagos del Contrato que se suscriba, provienen de recursos del Presupuesto General de la Nación, por lo que su pago estará condicionado a que los mismos hayan sido entregados efectivamente a COLOMBIA PRODUCTIVA.
Por lo anterior, EL PROPONENTE que resulte seleccionado renuncia a cualquier reclamación (particularmente al cobro de intereses), derivada de la imposibilidad de realizar el pago por parte de COLOMBIA PRODUCTIVA cuando por cualquier circunstancia la Dirección Nacional xxx Xxxxxx Público o la entidad que hiciera sus veces, no hubiera hecho entrega de los recursos necesarios para hacer el pago respectivo.
CAPITULO 4 EVALUACIÓN Y PONDERACIÓN DE PROPUESTAS HABILITADAS
4. PROCESO DE EVALUACIÓN
Las propuestas que hayan sido declaradas HABILITADAS por el cumplimiento de los requisitos jurídicos, financieros y técnicos previstos como habilitantes en estos Términos de Referencia, serán evaluadas por el comité técnico designado por COLOMBIA PRODUCTIVA.
4.1. CRITERIOS DE EVALUACIÓN
El proceso de evaluación de la Propuesta tendrá en cuenta los siguientes criterios:
FACTORES DE EVALUACIÓN Y FÓRMULA DE CALIFICACIÓN | DOCUMENTOS DE ACREDITACIÓN | PUNTAJE |
El proponente que acredite experiencia específica en proyectos de innovación en modelos de negocio en sectores creativos y culturales y/o de generación de | Se otorgará el mayor puntaje al proponente que presente el mayor número de contratos certificados en proyectos de innovación en modelos de negocio en sectores creativos y culturales y/o de generación de oportunidades de negocio en sectores creativos y culturales se otorgará el mayor puntaje | 20 |
oportunidades de negocio en sectores creativos y culturales | Las demás propuestas obtendrán el puntaje de manera proporcional mediante la siguiente fórmula: 𝑁ú𝑚𝑒𝑟𝑜 𝑑𝑒 𝑐𝑜𝑛𝑡𝑟𝑎𝑡𝑜𝑠 𝑟𝑒𝑙𝑎𝑐𝑖𝑜𝑛𝑎𝑑𝑎𝑠 20 ∗ 𝑀𝑎𝑦𝑜𝑟 𝑛ú𝑚𝑒𝑟𝑜 𝑑𝑒 𝑐𝑜𝑛𝑡𝑟𝑎𝑡𝑜𝑠 𝑟𝑒𝑙𝑎𝑐𝑖𝑜𝑛𝑎𝑑𝑎𝑠 | |
Experiencia especifica del equipo de trabajo | Corresponderá a la sumatoria de los puntajes obtenidos en los subcriterios: • Director del proyecto • Profesional senior en Economía Naranja • Profesional senior fortalecimiento institucional | 30 |
Director del proyecto (Experiencia especifica del equipo de trabajo) | El director que presente el mayor número de contratos de experiencia asociada a proyectos de innovación en modelos de negocio en sectores creativos y culturales y/o de generación de oportunidades de negocio en sectores creativos y culturales, obtendrá el mayor puntaje. Las demás propuestas obtendrán el puntaje de manera proporcional mediante la siguiente fórmula: 𝑁ú𝑚𝑒𝑟𝑜 𝑑𝑒 𝑐𝑜𝑛𝑡𝑟𝑎𝑡𝑜𝑠 𝑟𝑒𝑙𝑎𝑐𝑖𝑜𝑛𝑎𝑑𝑎𝑠 10 ∗ 𝑀𝑎𝑦𝑜𝑟 𝑛ú𝑚𝑒𝑟𝑜 𝑑𝑒 𝑐𝑜𝑛𝑡𝑟𝑎𝑡𝑜𝑠 𝑟𝑒𝑙𝑎𝑐𝑖𝑜𝑛𝑎𝑑𝑎𝑠 | 10 |
Profesional senior en Economía Naranja. (Experiencia especifica del equipo de trabajo) | El profesional senior en Economía Naranja que presente el mayor número de contratos de experiencia asociada a proyectos de innovación en modelos de negocio en sectores creativos y culturales y/o de generación de oportunidades de negocio en sectores creativos y culturales, obtendrá el mayor puntaje. Las demás propuestas obtendrán el puntaje de manera proporcional mediante la siguiente fórmula: 𝑁ú𝑚𝑒𝑟𝑜 𝑑𝑒 𝑐𝑜𝑛𝑡𝑟𝑎𝑡𝑜𝑠 𝑟𝑒𝑙𝑎𝑐𝑖𝑜𝑛𝑎𝑑𝑎𝑠 10 ∗ 𝑀𝑎𝑦𝑜𝑟 𝑛ú𝑚𝑒𝑟𝑜 𝑑𝑒 𝑐𝑜𝑛𝑡𝑟𝑎𝑡𝑜𝑠 𝑟𝑒𝑙𝑎𝑐𝑖𝑜𝑛𝑎𝑑𝑎𝑠 | 10 |
Profesional senior de fortalecimiento institucional (Experiencia especifica del equipo de trabajo) | El profesional senior de fortalecimiento institucional que presente el mayor número de contratos de experiencia asociada a proyectos de innovación en modelos de negocio en sectores creativos y culturales y/o de generación de oportunidades de negocio en | 10 |
sectores creativos y culturales, obtendrá el mayor puntaje. Las demás propuestas obtendrán el puntaje de manera proporcional mediante la siguiente fórmula: 𝑁ú𝑚𝑒𝑟𝑜 𝑑𝑒 𝑐𝑜𝑛𝑡𝑟𝑎𝑡𝑜𝑠 𝑟𝑒𝑙𝑎𝑐𝑖𝑜𝑛𝑎𝑑𝑎𝑠 10 ∗ 𝑀𝑎𝑦𝑜𝑟 𝑛ú𝑚𝑒𝑟𝑜 𝑑𝑒 𝑐𝑜𝑛𝑡𝑟𝑎𝑡𝑜𝑠 𝑟𝑒𝑙𝑎𝑐𝑖𝑜𝑛𝑎𝑑𝑎𝑠 | ||
Metodología | 29 | |
Problemática a resolver (Metodología) | Se otorgará un puntaje de hasta 9 puntos al (los) proponente (s) que presenten el plan de trabajo sustentando el conocimiento Esto significa, presentar un estudio detallado que incluya: (1) Un análisis sobre el público objetivo del proyecto; (2) un análisis de los efectos de realizar asistencia técnica a las ADN incluyendo a las unidades productivas (empresas) de su área. (3) Cronograma de trabajo: precisión y articulación con la metodología y los objetivos. Las demás propuestas obtendrán el puntaje de manera proporcional, de acuerdo con el detalle y profundidad del análisis que presenten. Se evaluará bajo los siguientes parámetros: 1. Profundidad 2. Entendimiento de las necesidades de Colombia Productiva. 3. Entendimiento del cliente final del proyecto | 9 |
Metodología (Metodología) | Detalle de la metodología que permitirá en cada etapa lograr las metas del proyecto. Se evaluará bajo los siguientes parámetros 1. Nivel de descripción de las actividades a desarrollar para el alcance a cada una de las fases planteadas en el alcance del proyecto. 2. Estrategia de divulgación de la convocatoria | 10 |
3. Estrategia de atracción (ADN y unidades productivas) de la convocatoria. 4. Estrategia de retención de unidades productivas (empresas) en el proyecto asociadas a las ADN con el fin de que participen activamente en el desarrollo del proyecto. 5. Acciones que minimicen la materialización de eventos que puedan afectar el logro de los objetivos del proyecto. | ||
Estructura Organizacional (Metodología) | Detalle de la estructura completa y la organización del personal adicional al requerido del que dispondrá para cumplir las metas del proyecto. | 10 |
Número de ADN a beneficiar | Se debe presentar la información de acuerdo con el Anexo 5 Oferta económica indicando el número de ADN a beneficiar, especificándose en la columna “Cantidad” de los productos 3 y 4. El proponente que presente el mayor número de ADN a beneficiar obtendrá el mayor puntaje. Las demás propuestas obtendrán el puntaje de manera proporcional mediante la siguiente fórmula: 𝑁ú𝑚𝑒𝑟𝑜 𝑑𝑒 𝐴𝐷𝑁 𝑝𝑟𝑜𝑝𝑢𝑒𝑠𝑡𝑎𝑠 𝑎 𝑏𝑒𝑛𝑒𝑓𝑖𝑐𝑖𝑎𝑟 10 ∗ 𝑀𝑎𝑦𝑜𝑟 𝑛ú𝑚𝑒𝑟𝑜 𝑑𝑒 𝐴𝐷𝑁 𝑝𝑟𝑜𝑝𝑢𝑒𝑠𝑡𝑎𝑠 𝑎 𝑏𝑒𝑛𝑒𝑓𝑖𝑐𝑖𝑎𝑟 | 21 |
4.2. EVALUACIÓN FINAL DE LA OFERTA TÉCNICA Y ECONÓMICA
La evaluación final será resultado de la sumatoria de la calificación obtenida en la evaluación técnica (etapas No. 1) y económica de la propuesta.
Hecha la evaluación final de cada oferente, se levantará listado con la puntuación final de las propuestas recibidas, en orden de mayor a menor puntaje. COLOMBIA PRODUCTIVA seleccionará la oferta que obtenga el mayor puntaje sumados aspectos técnicos y económicos, lo que será consignado en un acta firmada por el Comité de Evaluación que designe COLOMBIA PRODUCTIVA.
4.3. CRITERIOS DE DESEMPATE
De presentarse empate en el puntaje de evaluación de dos o más proponentes, COLOMBIA PRODUCTIVA utilizará como criterio de desempate, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley 2069 de 2020, según aplique en la presente convocatoria, los siguientes criterios:
1. Se preferirá la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros.
2. Se preferirá la propuesta de la mujer cabeza de familia, mujeres víctimas de la violencia intrafamiliar o de la persona jurídica en la cual participe o participen mayoritariamente; o, la de un proponente plural constituido por mujeres cabeza de familia, mujeres víctimas de violencia intrafamiliar y/o personas jurídicas en las cuales participe o participen mayoritariamente.
3. Se preferirá la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones establecidas en la ley que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad a la que se refiere la Ley 361 de 1997. Si la oferta es presentada por un proponente plural, el integrante del oferente que acredite que el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad en los términos del presente numeral, debe tener una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el consorcio, unión temporal y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta.
4. Se preferirá la propuesta presentada por el oferente que acredite la vinculación en mayor proporción de personas mayores que no sean beneficiarios de la pensión de vejez, familiar o de sobrevivencia y que hayan cumplido el requisito de edad de pensión establecido en la Ley.
5. Se preferirá la propuesta presentada por el oferente que acredite, en las condiciones establecidas en la ley, que por lo menos diez por ciento (10%) de su nómina pertenece a población indígena, negra, afrocolombiana, raizal, palanquera, Rrom o gitanas.
6. Se preferirá la propuesta de personas en proceso de reintegración o reincorporación o de la persona jurídica en la cual participe o participen mayoritariamente; o, la de un proponente plural constituido por personas en proceso de reincorporación, y/o personas jurídicas en las cuales participe o participen mayoritariamente.
7. Se preferirá la oferta presentada por un proponente plural siempre que: (a) esté conformado por al menos una madre cabeza de familia y/o una persona en proceso de reincorporación o reintegración, o una persona jurídica en la cual participe o participen mayoritariamente, y, que tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el proponente plural; (b) la madre cabeza de familia, la persona en proceso de reincorporación o reintegración, o la persona jurídica aporte mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta; y (c) ni la madre cabeza de familia o persona en proceso de reincorporación o reintegración, ni la persona jurídica, ni sus accionistas, socios o representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros del proponente plural.
8. Se preferirá la oferta presentada por una Mipyme o cooperativas o asociaciones mutuales; o un proponente plural constituido por Mipymes, cooperativas o asociaciones mutuales.
9. Se preferirá la oferta presentada por el proponente plural constituido por micro y/o pequeñas empresas, cooperativas o asociaciones mutuales.
10. Se preferirá al oferente que acredite de acuerdo con sus estados financieros o información contable con corte a 31 de diciembre del año anterior, por lo menos el veinticinco por ciento (25%) del total de pagos realizados a MIPYMES, cooperativas o asociaciones mutuales por concepto de proveeduría del oferente, realizados durante el año anterior; o, la oferta presentada por un proponente plural siempre que: (a) esté conformado por al menos una MIPYME, cooperativa o asociación mutual que tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%); (b) la MIPYME, cooperativa o asociación mutual aporte mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta; y (c) ni la MIPYME, cooperativa o asociación mutual ni sus accionistas, socios o representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros del xxxxxxxxxx xxxxxx.
00. Se preferirá las empresas reconocidas y establecidas como Sociedad de Beneficio e Interés Colectivo o Sociedad BIC, del segmento MIPYMES.
12. De mantenerse el empate, se realizará la selección por orden de presentación de las propuestas, esto es, de acuerdo con el número de radicación, siendo elegido el que primero lo haya hecho.
CAPÍTULO 5 PROCESO DE CONTRATACIÓN
5.PROCESO DE VINCULACIÓN
Previo a la adjudicación del contrato, FIDUCOLDEX como vocera del patrimonio autónomo COLOMBIA PRODUCTIVA procederá a realizar el proceso de vinculación iniciando con el proponente que habiendo cumplido con todos los requisitos habilitantes haya obtenido el mayor puntaje en el proceso de evaluación para así determinar si es procedente adjudicar el contrato. Para este proceso se requerirá al proponente seleccionado que, dentro del plazo que para el efecto sea indicado por COLOMBIA PRODUCTIVA, presente los formatos de INSCRIPCIÓN DE PROVEEDOR FTGAD15 Anexo No. 2 debidamente diligenciado, el cual deberá radicarse en el correo electrónico xxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx presentados íntegramente diligenciado y acompañado de los documentos allí exigidos.
NOTA 1: Los proponentes, entendidos como las personas jurídicas y las personas naturales que la integran, serán objeto de verificación en las listas internacionales vinculantes para Colombia, de conformidad con las Circulares expedidas por la Superintendencia Financiera y el Manual SARLAFT de –COLOMBIA PRODUCTIVA.
NOTA 2: POLÍTICAS DE VINCULACIÓN DE FUNDACIONES Y/O ORGANIZACIONES SIN
XXXXX XX XXXXX. Para la vinculación de este tipo de terceros sean clientes, contrapartes,
proveedores o en los procesos de contratación derivada, adicional al proceso de solicitud de vinculación deberán anexar una certificación firmada por Representante Legal y/o Revisor Fiscal en la que indique cuáles son sus protocolos de debida diligencia para la prevención del riesgo de LA/FT en la canalización u origen de los recursos o en el caso que aplique deberán certificar que cuenta con un sistema implementado de gestión de prevención de riesgo xx Xxxxxx de Activos y Financiación del Terrorismo.
En caso de no ser presentados completamente diligenciados y acompañados de los anexos aquí establecidos COLOMBIA PRODUCTIVA podrá rechazar la oferta presentada, quedando por fuera del proceso de selección aquel que obtenga el primer (1er). lugar de acuerdo con la evaluación.
NOTA 3: Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus integrantes deberá aportar el mencionado formato debidamente diligenciado como también un formato por la Unión Temporal o el Consorcio. suscrito por el representante de este.
6.ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
COLOMBIA PRODUCTIVA, previos los estudios correspondientes y el análisis comparativo de las propuestas, basado en los aspectos jurídicos, financieros, técnicos y económicos, adjudicará el contrato que se derive de esta invitación, al proponente que obtenga el mayor puntaje y cuya propuesta se ajuste a las necesidades de COLOMBIA PRODUCTIVA para cumplir el objeto de la presente selección, de conformidad con lo señalado en los Términos de Referencia y que haya superado con concepto favorable el proceso de vinculación establecido en el numeral 5.
En caso de que aquel que haya obtenido el mayor puntaje por alguna circunstancia no tenga concepto favorable de vinculación se podrá adjudicar al segundo que tenga el mayor puntaje siempre que cumpla con todos los requisitos de carácter habilitante.
No obstante, COLOMBIA PRODUCTIVA se reserva el derecho de adjudicar o no, la presente invitación o en su defecto, declararla desierta si no cumple con las necesidades de este, sin que esto genere obligación a indemnización alguna a favor de los proponentes que participen en el proceso.
La presente invitación y los documentos que se produzcan en desarrollo de esta por COLOMBIA PRODUCTIVA, no implican la realización de una propuesta, ni le crea obligación de contratar con quienes presenten Propuesta.
La adjudicación del contrato será comunicada a través de la página web xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx y xxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx Sin perjuicio de lo anterior, COLOMBIA PRODUCTIVA podrá abstenerse de suscribir el contrato, sin que tal hecho de lugar a indemnización alguna a favor del proponente seleccionado, quien, con la presentación de la propuesta, acepta las condiciones
incluidas en los presentes Términos de Referencia.
Publicada la adjudicación en la página web antes mencionada, el proponente favorecido deberá suscribir y perfeccionar el contrato en la fecha que le sea requerido por COLOMBIA PRODUCTIVA.
COLOMBIA PRODUCTIVA se reserva la facultad de suscribir el contrato que ha sido adjudicado
6.1. PERIODO DE TRANSICIÓN
En dado caso que se llegue a presentar alguna de las siguientes circunstancias tales como medidas cautelares que recaigan sobre las cuentas bancarias al proponente y/o contratista, reportes en el boletín de responsabilidades fiscales del representante legal o de algunos de sus miembros de órganos sociales, accionistas y/o socios conforme a la Ley 610 de 2000, liquidación y/o disolución de la sociedad, inclusión en alguna de las listas internacionales y bases nacionales de antecedentes como Procuraduría General de la Nación y Policía Nacional; entre la etapa final de adjudicación y el inicio de la suscripción del contrato, COLOMBIA PRODUCTIVA independientemente de la etapa pre contractual o contractual en la que se encuentre no lo considerará hábil para contratar y en caso que ya haya sido adjudicatario no se suscribirá contrato y no habrá lugar a reclamo por parte de quienes presenten propuestas ni habrá lugar a indemnización alguna a favor del proponente y/o contratista.
7.INCUMPLIMIENTO EN LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del término requerido, COLOMBIA PRODUCTIVA podrá adjudicar el contrato al proponente que obtuvo el segundo lugar en calificación, siempre y cuando su propuesta sea igualmente favorable, sin menoscabo de las acciones legales a que haya lugar.
PARÁGRAFO PRIMERO: El adjudicatario deberá suscribir el contrato dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la adjudicación de los presentes Términos de Referencia y contará con dos
(2) días hábiles para la revisión de la información consignada en la minuta contentiva del contrato. En el evento, que el adjudicatario no se pronuncie dentro del término referido, se remitirá el contrato para su suscripción, todo lo cual no podrá superar el término señalado para el efecto.
PARÁGRAFO SEGUNDO: Una vez suscrito el respectivo contrato, el Consultor o contratista, deberá constituir las pólizas que garanticen la ejecución del mismo, dentro de los cuatro (4) días hábiles siguientes a la firma del acuerdo de voluntades.
En el evento que no se cumpla lo señalado en los dos parágrafos anteriores, se configurará incumplimiento y COLOMBIA PRODUCTIVA podrá hacer uso de la garantía de seriedad de la
oferta.
8.EXIMENTES DE RESPONSABILIDAD
Cuando los proponentes no cumplan con los requisitos para contratar o no reúnan las condiciones exigidas, es entendido que no adquieren ningún derecho y COLOMBIA PRODUCTIVA no asume ninguna responsabilidad.
COLOMBIA PRODUCTIVA se reserva el derecho de dar por terminado el presente proceso de contratación en cualquier momento y por cualquier causa, incluso antes de la suscripción del respectivo contrato, sin necesidad de dar explicación alguna a los participantes y sin indemnizar ningún tipo de perjuicio o asumir costo alguno que con tal cierre o rechazo se pudiera generar a alguna de las entidades que presentaron propuesta.
9.CONDICIONES DE CELEBRACIÓN DEL CONTRATO
El presente apartado contiene las condiciones y obligaciones de carácter general del contrato que llegue a suscribirse con COLOMBIA PRODUCTIVA una vez el proponente haya sido adjudicado. En todo caso, COLOMBIA PRODUCTIVA se reserva el derecho de incluir otras regulaciones al contrato o modificar las aquí indicadas. Con la presentación de la propuesta, el proponente manifiesta que conoce y acepta las condiciones generales aquí señaladas.
9.1. OBJETO DEL CONTRATO
Contratar los servicios de consultoría para brindar asistencia técnica a las Áreas de Desarrollo Naranja (ADN) indicadas por COLOMBIA PRODUCTIVA, en la estructuración de sus planes de sostenibilidad y operación, la definición de los modelos de gobernanza y el desarrollo de herramientas técnicas relevantes para su activación.
9.2. ALCANCE DEL OBJETO
Las actividades descritas en el numeral 2.1. del capítulo 2 de estos Términos de Referencia y las presentadas por el Proponente seleccionado en su propuesta.
9.3. VALOR Y FORMA DE PAGO
El pago del servicio se realizará atendiendo las siguientes condiciones:
COLOMBIA PRODUCTIVA cuenta con un presupuesto total de QUINIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($500.000.000), IVA incluido, para realizar la presente convocatoria, no obstante, el valor del contrato dependerá de la propuesta seleccionada, que en todo caso, no podrá superar
el valor aquí establecido.
El valor del contrato será pagado de acuerdo con el cumplimiento de las fases y recibo a plena satisfacción por COLOMBIA PRODUCTIVA de los entregables asociados, previa suscripción del contrato y aprobación de la garantía de cumplimiento como se describe a continuación:
Fase 1 Producto 1: Tiempo máximo de radicación de factura: 1 mes contado a partir de la finalización de la Fase 1. En todo caso, este plazo podrá ser modificado sin necesidad de otrosí contractual, con autorización expresa del supervisor de COLOMBIA PRODUCTIVA previa solicitud justificada del CONSULTOR, sin que dicha modificación exceda el plazo de ejecución del presente contrato.
Fase 2 Producto 2: Tiempo máximo de radicación de factura: 1 mes contado a partir de la finalización de la Fase 2. En todo caso, este plazo podrá ser modificado sin necesidad de otrosí contractual, con autorización expresa del supervisor de COLOMBIA PRODUCTIVA previa solicitud justificada del CONSULTOR, sin que dicha modificación exceda el plazo de ejecución del presente contrato.
Fase 3 Producto 3 y producto 4: Tiempo máximo de radicación de factura: 5 días calendario contado a partir de la finalización de la Fase 3. En todo caso, este plazo podrá ser modificado sin necesidad de otrosí contractual, con autorización expresa del supervisor de COLOMBIA PRODUCTIVA previa solicitud justificada del CONSULTOR, sin que dicha modificación exceda el plazo de ejecución del presente contrato
Fase 4 Producto 5: Tiempo máximo de radicación de factura: 5 días calendario contado a partir de la finalización de la Fase 4. En todo caso, este plazo podrá ser modificado sin necesidad de otrosí contractual, con autorización expresa del supervisor de COLOMBIA PRODUCTIVA previa solicitud justificada del CONSULTOR, sin que dicha modificación exceda el plazo de ejecución del presente contrato
Nota: El costo de la fase 1 y 2 no podrá exceder el 15% del total de los recursos disponibles de la presente convocatoria, correspondientes al Producto 1 caracterización y Producto 2 registros de convocatoria y listado de ADN recomendadas
Para realizar cualquier pago, el CONSULTOR deberá presentar su factura o cuenta de cobro con los entregables correspondientes y estos deberán contar con el visto bueno del supervisor del contrato designado por COLOMBIA PRODUCTIVA.
9.4. DURACIÓN
La duración del contrato que se suscriba será de máximo de ocho (8) meses, contados a partir de su perfeccionamiento.
No obstante, los plazos podrán ser prorrogados de común acuerdo por las partes o terminados de manera anticipada por COLOMBIA PRODUCTIVA.
9.5. OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA
Dentro de las obligaciones a cargo del CONSULTOR, además de las que se establezcan en virtud del proceso de selección (Términos y Propuesta), estarán las de:
1) Ejecutar en forma eficiente y oportuna el objeto del contrato de conformidad con los términos contenidos en él y en LA PROPUESTA.
2) Dar estricto cumplimiento a la metodología y aspectos técnicos ofrecidos en LA PROPUESTA para la prestación de los servicios objeto del contrato.
3) Seguir las instrucciones que le indique COLOMBIA PRODUCTIVA, en procura del eficiente y eficaz desarrollo del contrato.
4) Contar con la estructura organizacional y tecnológica necesaria para responder oportunamente a los requerimientos de COLOMBIA PRODUCTIVA.
5) Cumplir con los requerimientos de COLOMBIA PRODUCTIVA en condiciones de calidad y oportunidad.
6) Presentar los informes pactados en el contrato y los demás que le solicite COLOMBIA PRODUCTIVA en cualquier momento en relación con la ejecución del objeto del contrato.
7) Aclarar, corregir, complementar o adicionar los documentos entregados en desarrollo del contrato, cuya aclaración, corrección, complementación o adición le solicite COLOMBIA PRODUCTIVA sin que esto genere costo adicional para COLOMBIA PRODUCTIVA.
8) Asistir a las reuniones a las que sea citado por COLOMBIA PRODUCTIVA.
9) Contar con el personal calificado e idóneo para la ejecución de las actividades que deban ejecutarse en desarrollo del contrato, de conformidad con el equipo de trabajo presentado en LA PROPUESTA. Cualquier modificación o cambio en el equipo de trabajo presentado por el CONSULTOR en LA PROPUESTA, deberá ser autorizado previamente y por escrito por COLOMBIA PRODUCTIVA.
10) Mantener afiliados al sistema de seguridad social integral a todos sus empleados, pudiendo ser requerido en cualquier tiempo por COLOMBIA PRODUCTIVA para que aporte el certificado de los pagos. Al momento de suscribirse el contrato, el contratista deberá aportar certificación de su representante legal o revisor fiscal donde conste que se han realizado debidamente los aportes al Sistema de Seguridad Social y Parafiscales.
11) Informar por escrito oportunamente al Supervisor, en caso de presentarse alguna situación anormal en la ejecución de los servicios objeto del contrato o cualquier incidencia, acontecimiento o situación que pueda afectar la ejecución del contrato.
12) Seguir las instrucciones que le imparta COLOMBIA PRODUCTIVA.
13) Ejecutar el objeto del contrato garantizando un trabajo coherente, con los más altos estándares de calidad y profesionalismo, y conforme a los requerimientos de COLOMBIA PRODUCTIVA.
14) Guardar absoluta reserva sobre los documentos e informaciones a los que tenga acceso para la ejecución del contrato.
15) Cumplir dentro de los términos legales con todas las obligaciones de carácter laboral respecto de los empleados que utilice para la ejecución del contrato.
16) Presentar la póliza de acuerdo con lo estipulado en el contrato, cuya aprobación es requisito indispensable para poder iniciar la ejecución del contrato.
17) Informar oportunamente a COLOMBIA PRODUCTIVA de cualquier cambio de dirección de notificación, representación legal o de su calidad tributaria.
18) Cumplir con las disposiciones contenidas en la Ley 1581 de 2012 y sus decretos reglamentarios para la administración de las bases de datos que se conformen en desarrollo del objeto del contrato.
19) Guardar absoluta reserva y no utilizar total o parcialmente la información de carácter confidencial que reciba directa o indirectamente de COLOMBIA PRODUCTIVA y de las empresas participantes del proyecto para propósitos diferentes al cumplimiento del contrato.
9.6. PÓLIZAS
El Proponente favorecido con la adjudicación del contrato constituirá, a favor de la FIDUCIARIA COLOMBIANA DE COMERCIO EXTERIOR S.A. FIDUCOLDEX como vocera de COLOMBIA
PRODUCTIVA en una compañía de seguros legalmente establecida en el país, en formato de cumplimiento para particulares, las siguientes garantías:
1) Cumplimiento: por una cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total contrato incluido IVA, con una vigencia igual al plazo de ejecución y cuatro (4) meses más.
2) Calidad de los servicios: por una cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato incluido IVA, con una vigencia igual al plazo de ejecución y doce (12) meses más.
3) Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones: por el equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del contrato, incluido IVA, con una vigencia igual al plazo de ejecución, tres años y tres meses más.
NOTA 1: La póliza deberá entregarse con el recibo o soporte que acredite el recaudo o pago de la prima o su equivalente, así como con las condiciones generales de la misma. COLOMBIA PRODUCTIVA aprobará las pólizas si las encuentra ajustadas a lo especificado, en caso contrario, requerirá al consultor para que dentro del plazo que COLOMBIA PRODUCTIVA le señale, haga las modificaciones y aclaraciones necesarias.
NOTA 2: La territorialidad de la cobertura de todas las garantías debe ser de conformidad con el objeto del contrato.
9.7. MULTAS
COLOMBIA PRODUCTIVA podrá aplicar al consultor multas diarias de 0,1% del valor total del contrato, hasta cumplir un porcentaje máximo del 15% en los siguientes eventos:
a) Por el retardo o incumplimiento de cualquiera de las obligaciones a cargo del
CONSULTOR estipuladas en el contrato, dentro del plazo previsto para cada una de ellas.
b) Por el cumplimiento imperfecto de las obligaciones a cargo del CONSULTOR.
c) Por no acatar las instrucciones de COLOMBIA PRODUCTIVA y la normatividad vigente en la ejecución del objeto contratado.
d) Por cada día de incumplimiento en el pago de las obligaciones laborales que tenga frente a los empleados o dependientes que destine a la ejecución de las prestaciones a su cargo.
e) Por incumplimiento en el término para liquidar el contrato o por no allegar los documentos requeridos para tal fin, cuando se requiera suscribir acta de liquidación.
La multa se podrá aplicar siempre que la causa que le da origen no haya sido subsanada dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación de su ocurrencia por parte de COLOMBIA PRODUCTIVA al CONSULTOR.
Se aplicará una multa diaria hasta que el CONTRATISTA cese la conducta que dio origen a la multa, sin perjuicio de que COLOMBIA PRODUCTIVA pueda dar por terminado el contrato por incumplimiento grave del CONSULTOR.
El CONSULTOR acepta que COLOMBIA PRODUCTIVA descuente el valor de las multas consagradas en la presente cláusula de las sumas que le adeude a el CONTRATISTA, en virtud del contrato que se suscriba o de cualquier otro que se haya suscrito entre las mismas partes o por cualquier otro concepto, sin necesidad de requerimiento alguno, judicial o extrajudicial, cuando la multa o sanción contractual no sea pagada dentro del mes siguiente a la fecha en que COLOMBIA PRODUCTIVA le notificó por escrito su causación y valor. El pago de las multas aquí pactadas no indemniza los perjuicios sufridos por COLOMBIA PRODUCTIVA ni limita en nada las posibilidades de reclamación de esta última por los daños padecidos.
Para la terminación del contrato por incumplimiento del CONSULTOR o para la exigencia de la cláusula penal, no será necesario que COLOMBIA PRODUCTIVA imponga previamente multas al CONSULTOR
El procedimiento para la imposición de cualquier multa o sanción contractual, en caso de surtirse,
será informado oportunamente al CONSULTOR, y respetando el debido proceso y el derecho de defensa.
9.8. CLÁUSULA PENAL
Salvo que se trate de causas atribuibles exclusivamente a COLOMBIA PRODUCTIVA, el CONSULTOR pagará a COLOMBIA PRODUCTIVA, sin necesidad de previo requerimiento, por la inejecución total o parcial de las obligaciones a su cargo, contraídas en virtud del contrato, una suma equivalente al 20% del valor total del mismo.
La cláusula penal no tiene el carácter de estimación anticipada de perjuicios, ni su pago extinguirá las obligaciones contraídas por el CONSULTOR en virtud del contrato. En consecuencia, la estipulación y el pago de la pena dejan a salvo el derecho de COLOMBIA PRODUCTIVA de exigir acumulativamente con ella el cumplimiento o la resolución del contrato, en ambos casos con indemnización de perjuicios.
EL CONSULTOR manifiesta y acepta que COLOMBIA PRODUCTIVA compense el valor correspondiente que eventualmente resulte de la pena estipulada con las deudas que existan a su favor y que estén a cargo de COLOMBIA PRODUCTIVA, ya sea en virtud del contrato o de cualquier otro que se haya suscrito entre las mismas partes o por cualquier otro concepto.
El procedimiento para la imposición de cualquier multa o sanción contractual, en caso de surtirse, será informado oportunamente al CONSULTOR, respetando el debido proceso y el derecho de defensa.
9.9. CONFIDENCIALIDAD, PROPIEDAD Y RESERVA
Los estudios, análisis, informes, textos, documentos, aplicaciones, bases de datos, software, hardware, marcas, enseñas, nombres comerciales, modelos y dibujos industriales, patentes, Know How, secretos industriales, invenciones, descubrimientos, y demás información considerada como propiedad intelectual protegida, a la cual el consultor tenga acceso en virtud del desarrollo del objeto del contrato, serán de propiedad exclusiva de COLOMBIA PRODUCTIVA, o de su creador, si COLOMBIA PRODUCTIVA no lo es.
COLOMBIA PRODUCTIVA entregará o coordinará la entrega al consultor de toda la información necesaria para que éste realice las actividades objeto del contrato. El consultor y sus dependientes se abstendrán de divulgar, publicar o comunicar a terceros, información, documentos o fotografías, relacionados con las actividades de COLOMBIA PRODUCTIVA, asociados o clientes, que conozcan en virtud de la ejecución del contrato o por cualquier otra causa.
Para estos efectos, las partes convienen que toda información referente a COLOMBIA
PRODUCTIVA y a las empresas y entidades que participarán en el proyecto, que reciba el consultor y/o sus dependientes se considera importante y confidencial, y divulgarla o transmitirla puede lesionar los intereses de COLOMBIA PRODUCTIVA o su reputación. El consultor y sus dependientes se abstendrán igualmente de utilizar cualquier información procedente de COLOMBIA PRODUCTIVA o de las empresas y entidades que participarán en el proyecto para cualquier fin diferente a la ejecución del contrato.
El consultor se obliga especialmente a guardar absoluta reserva de los documentos e información que le suministre COLOMBIA PRODUCTIVA y las empresas y entidades que participarán en el proyecto.
El consultor se obliga a devolver a COLOMBIA PRODUCTIVA cualquier otra información, documento o elemento que le haya sido entregado, una vez cese o culminen los servicios que se pactan, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la terminación, o a destruirlas en caso de que COLOMBIA PRODUCTIVA así lo solicite.
El consultor impartirá instrucciones a sus empleados, funcionarios, contratistas, etc., sobre el manejo de la información de acuerdo con las estipulaciones del contrato. En todo caso, el consultor responderá por cualquier violación al deber de confidencialidad o por cualquier revelación de la información, realizada directa o indirectamente por sus empleados, dependientes, personas que actúen por su cuenta o quienes la hayan obtenido directa o indirectamente del consultor.
El consultor indemnizará integralmente todos los perjuicios que sean causados a COLOMBIA PRODUCTIVA y a las empresas y entidades que participarán en el proyecto, por la divulgación, uso indebido o no autorizado, aprovechamiento, etc., de la información confidencial o por cualquier conducta violatoria sobre la misma información, sea originada directamente por el consultor, por cualquier persona que actúe en nombre de él o que haya obtenido la información del consultor directa o indirectamente, o por cualquier otra causa imputable al consultor.
La vigencia de las obligaciones de confidencialidad asumidas en el contrato será igual a la de éste y se mantendrán con posterioridad a su terminación. Para todos los efectos legales la información entregada por COLOMBIA PRODUCTIVA al consultor se califica como un secreto empresarial.
Las restricciones respecto de la confidencialidad de la información no se aplicarán a la información:
1. Que sea recibida legalmente de otra fuente, libre de cualquier restricción y sin violación de la ley y/o del contrato.
2. Que esté disponible generalmente al público, sin violación de este documento por el consultor.
3. Que sea divulgada por el consultor para cumplir con un requerimiento legal de una autoridad competente, siempre y cuando informe de tal hecho a COLOMBIA PRODUCTIVA antes de la divulgación de la información, con una antelación de cinco (5) días hábiles, de tal forma que COLOMBIA PRODUCTIVA tenga la oportunidad de defenderla, limitarla o protegerla, y siempre y cuando el consultor divulgue solamente aquella información que sea legalmente requerida.
4. Que COLOMBIA PRODUCTIVA informe al consultor por escrito que la información está libre de tales restricciones.
El incumplimiento de esta obligación dará lugar al pago por parte del consultor a COLOMBIA PRODUCTIVA de una suma equivalente al 1% del valor del contrato a título de multa, sin perjuicio de las acciones que se inicien por los daños e indemnizaciones a favor de COLOMBIA PRODUCTIVA o de los terceros que resulten afectados.
9.10 GESTIÓN DOCUMENTAL
Con la suscripción del presente documento, el CONTRATISTA acepta expresamente que si en desarrollo del objeto del presente contrato se debe o requiere realizar algún tipo de gestión o actividad relacionada con el archivo y/o custodia de documentos (físico o digital) derivados del mismo, ello se deberá realizar bajo las directrices establecidas por parte FIDUCOLDEX en calidad de vocera y administradora de COLOMBIA PRODUCTIVA para estos efectos, de acuerdo con lo señalado en la normatividad Colombiana vigente en materia de Gestión Documental, Ley 527 de 1999, Ley 594 de 2000, Ley 1437 de 2011, Ley 2080 de 2021, Decreto 2364 de 2012, Decreto 2609
de 2012, Decreto 1080 de 2015, Decreto 1081 de 2015, Decreto 2106 de 2019, Circular Externa 05 de 2012, Circular Externa 01 de 2020 y demás normas aplicables.
Los documentos físicos deberán ser entregados por el contratista a COLOMBIA PRODUCTIVA debidamente organizados de acuerdo con las Tablas de Retención Documental (TRD) de FIDUCOLDEX en calidad de vocera y administradora de COLOMBIA PRODUCTIVA y de COLOMBIA PRODUCTIVA, según corresponda, los cuales deben estar clasificados por series y subseries, ordenados, foliados y descritos en el Formato Único de Inventario documental – FUID -
, encarpetados y con rótulo en orden cronológico para ser digitalizados en formato PDF/A con OCR.
Los documentos digitales y electrónicos deberán ser entregados mediante un expediente electrónico de archivo conformado por la totalidad de los documentos producidos en el desarrollo de un mismo trámite o procedimiento, garantizando la autenticidad, fiabilidad, integridad y disponibilidad del índice electrónico durante los tiempos de retención conforme a las TRD de FIDUCOLDEX en calidad de vocera y administradora de COLOMBIA PRODUCTIVA y de COLOMBIA PRODUCTIVA, según corresponda. El expediente electrónico deberá estar conformado por los siguientes elementos: Foliado electrónico, Índice electrónico, firma del índice electrónico y
documentos debidamente digitalizados en formato PDF/A con OCR.
Los expedientes Híbridos están conformados simultáneamente por documentos físicos y electrónicos que, a pesar de estar separados, forman una unidad documental por razones del trámite o de la actuación y deberán ser entregados de manera asociada mediante un Índice electrónico.”
9.11 PROPIEDAD INTELECTUAL
El consultor acepta que toda la información entregada por COLOMBIA PRODUCTIVA en desarrollo de la presente convocatoria es de propiedad exclusiva de COLOMBIA PRODUCTIVA, salvo las invenciones, desarrollos, mejoras a productos, procesos, servicios, así como investigaciones, estudios, publicaciones o descubrimientos realizados por el consultor dependiendo de quienes generen la información en desarrollo del presente, los cuales serán de propiedad exclusiva del consultor, se regirán por las disposiciones normativas vigentes sobre propiedad intelectual.
En todo caso, el consultor con la firma del contrato cede a COLOMBIA PRODUCTIVA la propiedad intelectual de los productos entregados.
PARÁGRAFO: El consultor acepta y entiende que COLOMBIA PRODUCTIVA y el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo - MinCIT adquieren el derecho a la reproducción en todas sus modalidades, así como los derechos de transformación, adaptación, comunicación, distribución y en general, cualquier tipo de explotación que de la obra producida en razón al objeto del contrato se pueda realizar por cualquier medio conocido, incluyendo publicación electrónica.
9.12. HABEAS DATA
En el evento que, con ocasión de la ejecución del contrato, sea necesario recoger información de terceros que tenga la condición de “datos personales” y esta sea entregada a COLOMBIA PRODUCTIVA en calidad de soporte o entregable del contrato, el CONSULTOR se obliga a garantizar el cumplimiento de las normas vigentes en materia de protección de datos personales, en especial la Ley 1581 de 2012 y demás normas que la regulen, adicionen o complementen. Para este efecto, previa información o notificación al titular de la información sobre las finalidades para la cual se recoge la información, el CONSULTOR debe obtener las autorizaciones para el tratamiento de los datos que sean o vayan a ser entregados a COLOMBIA PRODUCTIVA con ocasión de la ejecución del contrato, comunicando a los titulares de la información que esta se entrega a COLOMBIA PRODUCTIVA en cumplimiento de su objeto misional que corresponde a una política pública. Estas autorizaciones deberán ser otorgadas por los titulares de la información al CONSULTOR y en ellas se debe indicar expresamente que se autoriza al CONSULTOR en su
calidad de Responsable del Tratamiento12 para que comparta los datos personales suministrados con COLOMBIA PRODUCTIVA, quien tendrá la condición de Encargado del Tratamiento13 de los mismos.
Lo anterior para efectos de las bases de datos que el CONSULTOR y COLOMBIA PRODUCTIVA deban administrar y registrar bajo su cuenta y riesgo y conforme a las obligaciones que le atañen al Responsable y Encargado del Tratamiento de los datos, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 1581 de 2012 y demás disposiciones legales vigentes aplicables.
En todo caso, de no ser necesaria la recopilación de información de carácter personal, se recomienda abstenerse de recabarla y en caso de que sea pertinente su recolección, al momento de informar a los titulares de la misma las finalidades para la cual se recolecta, deberá indicarse, si fuere del caso, que la misma se entregará a COLOMBIA PRODUCTIVA con ocasión del contrato. En este sentido, en el documento de autorización otorgado al CONTRATISTA deberá incluirse expresamente que el titular autoriza la entrega a COLOMBIA PRODUCTIVA para que procese, recolecte, almacene, use, actualice, transmita, ponga en circulación y en general, aplique cualquier tipo de tratamiento a la información a la que tenga acceso, de conformidad con las normas de protección de datos vigente en Colombia.
9.13. DIFUSIÓN, TRANSFERENCIA Y UTILIZACIÓN DE RESULTADOS
La difusión y transferencia de los resultados se realizará de acuerdo con lo establecido por COLOMBIA PRODUCTIVA. No obstante, COLOMBIA PRODUCTIVA, podrá difundir libremente y sin limitaciones de ningún tipo, haciendo mención de la autoría cuando corresponda, toda información no confidencial o reservada resultante de la ejecución del objeto contractual.
Así mismo, COLOMBIA PRODUCTIVA podrá, sin mencionar el nombre del Proponente, dar a conocer cualquier dato relacionado con el proyecto con el fin de publicar información estadística en general.
Para los efectos de resguardar información confidencial de propiedad del Proponente y de las empresas beneficiarias, éste deberá informar oportunamente a COLOMBIA PRODUCTIVA la obtención de un resultado apropiable dentro del proyecto.
El Proponente autoriza desde la presentación de la propuesta a COLOMBIA PRODUCTIVA, la utilización y distribución de material audiovisual relativo a la ejecución del objeto contractual para actividades de difusión.
12 Definición Art. 3 Ley 1581 de 2012 “Responsable del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, decida sobre la base de datos y/o el Tratamiento de los datos”.
13 Definición Art. 3 Ley 1581 de 2012 “Encargado del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, realice el Tratamiento de datos personales por cuenta del Responsable del Tratamiento.”
Durante la ejecución del contrato el Proponente se obligará a lo siguiente:
1. Apoyar y participar activamente en los eventos que realice COLOMBIA PRODUCTIVA, para promocionar los resultados intermedios y finales.
2. Realizar difusión de acuerdo con lo establecido en los programas de trabajo y de acuerdo con lo requerido por COLOMBIA PRODUCTIVA.
3. En toda actividad pública que se efectúe para difundir el proyecto, ya sea a su término o durante su ejecución, así como también en medios escritos o audiovisuales, deberá señalar expresamente que el proyecto es apoyado por él y COLOMBIA PRODUCTIVA.
4. Remitir información sobre los resultados intermedios o finales cuando sean solicitados por COLOMBIA PRODUCTIVA.
9.14. DEBERES FRENTE A CONFLICTO DE INTERESES
El consultor declara bajo la gravedad del juramento, que conoce y acepta el Código de Buen Gobierno Corporativo de FIDUCOLDEX como vocera de COLOMBIA PRODUCTIVA, que se encuentra publicado en la página xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx. El consultor asume todas las obligaciones que son de su cargo, de acuerdo con el documento al que se ha hecho referencia.
En caso de existencia de un conflicto de interés, deberá manifestarlo y COLOMBIA PRODUCTIVA decidirá si es posible administrarlo. En caso de que el mismo no pueda ser administrado, la propuesta será rechazada.
9.15. RIESGO XX XXXXXX DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO SARLAFT
Las partes declaran que tienen la obligación de prevenir y controlar el Lavado de Activos y la Financiación al Terrorismo en su organización y que tomarán las medidas de prevención y control correspondientes. Así mismo, el consultor declara que, a la fecha de suscripción del contrato, conoce lo dispuesto en los numerales 4.1 y 4.2 del capítulo X de la Circular Básica Jurídica expedida por la Superintendencia de Sociedades y declara que de encontrarse en alguno de los supuestos de que tratan los literales mencionados ha realizado el análisis de su exposición al riesgo de LA/FT y ha establecido su propio Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo LA/FT/FPADM - SAGRILAFT, de conformidad con lo previsto en el numeral 5° de la citada Circular Básica Jurídica. Así mismo, declara que en caso de encontrarse en los supuestos de que trata el numeral 4.3. el consultor declara que ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 6° del Capítulo X (Régimen de Medidas Mínimas) de la citada Circular.
De esta manera, el consultor responderá a FIDUCOLDEX, indemnizándole por cualquier multa o perjuicio que se le cause originado en el incumplimiento de los compromisos antes expresados.
El consultor manifiesta que conoce el Sistema de Prevención xxx Xxxxxx de Activos y Financiación del Terrorismo de FIDUCOLDEX (denominado SARLAFT), cuyas políticas se encuentran publicadas en la página web de FIDUCOLDEX, y a las modificaciones que allí se incorporen.
En consecuencia, cuando se presente cualquiera de las causales que se enumeran a continuación, FIDUCOLDEX, mediante comunicación motivada dirigida al consultor a su última dirección registrada, estará facultada para dar por terminado y liquidar unilateralmente el contrato, procediendo de igual forma a dar por vencidas todas las obligaciones a cargo del consultor, por la sola ocurrencia de la respectiva causal. Así mismo, estará facultada para suspender todos o algunos de los pagos si a ello hay lugar.
Las causales que podrán generar la terminación y/o liquidación del contrato serán:
1. Reporte o inclusión en las listas inhibitorias como es el caso de la OFAC (Office of Foreign Assets Control), las listas de terroristas de los Estados Unidos de América, lista de la Unión Europea de Organizaciones Terroristas y la lista de la Unión Europea de personas catalogadas como Terroristas del proveedor, sus administradores o socios, o empresas vinculadas en cualquiera de los eventos de los artículos 26, 27 y 28 de la Ley 222 de 1995, o las normas legales que determinen reglas sobre vinculación económica;
2. Se encuentren vinculados en una investigación penal con formulación de acusación x xxxxxx de cargos, o reportados por organismos de vigilancia y control por actividades que se puedan reputar como lavado de activos y/o financiación del terrorismo contra cualquiera de los mencionados en el literal anterior; y/o con fallo o sentencia en firme debidamente ejecutoriada.
3. Cuando existan factores de exposición al riesgo tales como: referencias negativas asociadas a actividades que se puedan reputar como lavado de activos y/o financiación del terrorismo, ausencia de documentación o reticencia a la entrega de la misma, y
4. La presentación de dos o más de las alertas enumeradas en los anexos de las políticas del SARLAFT, en relación con las personas enumeradas en los literales anteriores.
PARÁGRAFO PRIMERO: El consultor declara que sus recursos no provienen de ninguna actividad ilícita contemplada en el Código Penal Colombiano o en cualquier otra norma que lo modifique o adicione. Por otro lado, declara que ni él, ni sus gestores, accionistas, representantes o directivos, se encuentran incluidos dentro de alguna de las listas de personas sospechosas por lavado de activos y Financiación del Terrorismo o vínculos con el narcotráfico y terrorismo.
PARÁGRAFO SEGUNDO: FIDUCOLDEX ejercerá estas facultades de acuerdo con su manual y políticas de riesgos, estas últimas se encuentran publicadas en la página web xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx, lo cual es aceptado por el consultor. La decisión sobre el ejercicio de estas facultades deberá ser dada a conocer al consultor, mediante comunicación motivada dirigida a su última dirección registrada, para efectos de publicidad.
9.16. ACTUALIZACIÓN DE INFORMACIÓN
El consultor se obliga a actualizar por lo menos una (1) vez cada dos (2) años, siempre que el contrato se encuentre en ejecución, la información requerida por FIDUCOLDEX, para el cumplimiento de las disposiciones del Sistema de Administración de Riesgo xxx Xxxxxx de Activos y Financiación del Terrorismo – SARLAFT, así como suministrar los soportes documentales necesarios para confirmar los datos. No obstante, lo anterior, el consultor autoriza expresamente a FIDUCOLDEX, mediante la suscripción del contrato, para que ésta contrate con terceros locales o extranjeros, servicios relacionados con el procesamiento de datos para su utilización en servicios de atención telefónica para la actualización de información u otras de naturaleza similar, garantizando en todo caso, la confidencialidad de la información que le asiste y a la que está obligada la FIDUCOLDEX.
PARÁGRAFO: En todo caso, el consultor se obliga a informar por escrito a FIDUCOLDEX cualquier cambio o modificación de los datos que haya suministrado referente a su composición social y Representación Legal en cualquiera de sus órganos o demás actos que sean sujetos a registro ante la Cámara de Comercio, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la ocurrencia del respectivo hecho.
9.17. AUTORIZACIÓN, REPORTE Y CONSULTA A CENTRALES DE RIESGO, AUTORIZACIÓN EXPRESA PARA REPORTAR, CONSULTAR Y COMPARTIR INFORMACIÓN CONTENIDA EN LAS BASES DE DATOS FINANCIERA, CREDITICIA, COMERCIAL, DE SERVICIOS Y LA PROVENIENTE DE OTROS PAÍSES
El consultor autoriza expresa, irrevocable, libre y voluntariamente a FIDUCOLDEX como vocera de COLOMBIA PRODUCTIVA, para que reporte a las centrales de riesgo, o a cualquier otro operador y/o fuente de información legalmente establecido, toda la información referente a su comportamiento como cliente que se relacione con el nacimiento, ejecución, modificación, liquidación y/o extinción de las obligaciones que se deriven del contrato, en cualquier tiempo, y que podrá reflejarse en las bases de datos de la CIFIN o de cualquier otro operador y /o fuente de información legalmente establecido. La permanencia de la información estará sujeta a los principios, términos, y condiciones consagradas en la Ley 1266 de 2008, Ley 1581 de 2012, y demás normas que la modifiquen, aclaren o reglamenten. Así mismo, el consultor autoriza de manera expresa e irrevocable a COLOMBIA PRODUCTIVA, para que consulte toda la información financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de otros países, atinente a las relaciones comerciales que el consultor tenga con el sistema financiero, comercial y de servicios, o de cualquier sector, tanto en Colombia como en el exterior, en cualquier tiempo.
9.18. RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL
Las partes adquieren el compromiso voluntario para respetar, acatar y apoyar la práctica de actividades relacionadas con inversión en Recursos Humanos y Seguridad Social, tales como: fomentar la creación de capital humano y educación, apoyar eventos culturales y deportivos, abstenerse de la discriminación y el maltrato en todas sus formas, evitar el trabajo infantil forzado y velar por el cumplimiento de los Derechos Humanos. Así mismo, se comprometen a reducir los riesgos ambientales como: desechos tóxicos, gastos de energía, contaminación auditiva y visual, a preservar el cuidado de la fauna, la flora y el hábitat, utilizar responsablemente los recursos renovables y no renovables, reciclar y acatar las normas de protección del medio ambiente. Las partes no serán responsables por ningún perjuicio o daño causado por la otra parte, en virtud del incumplimiento de los compromisos adquiridos en esta cláusula.
9.19. CAUSALES DE TERMINACIÓN
El contrato terminará por las siguientes causales:
a. Por el cumplimiento del término previsto para su duración.
b. Por imposibilidad de cumplir su objeto.
c. Por mutuo acuerdo entre las partes.
d. Por el incumplimiento total o parcial del consultor de sus obligaciones contractuales, caso en el cual, COLOMBIA PRODUCTIVA podrá dar por terminado el contrato de manera anticipada en cualquier tiempo.
e. Cuando el consultor se encuentre incurso en cualquier causal de inhabilidad, incompatibilidad o conflicto de interés, no contemplada inicialmente o sobreviniente, para contratar con COLOMBIA PRODUCTIVA.
f. Por las demás causales establecidas en la ley y en el contrato.
9.20 SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Las partes convienen resolver de manera directa y de común acuerdo cualquier diferencia que surja entre ellas con ocasión de la ejecución, la interpretación y el alcance del contrato. En caso de no lograrse resolver la controversia de manera directa, las partes podrán acordar, mediante documento debidamente suscrito, el mecanismo escogido para la resolución de las controversias contractuales y los gastos que ello genere, serán sufragados en su totalidad por la parte que resulte vencida. Lo anterior, sin perjuicio de la posibilidad que les asiste a las partes de acudir ante la jurisdicción ordinaria.
9.21. INDEMNIDAD
El consultor se obliga a proteger, indemnizar, mantener indemne y libre de toda responsabilidad a COLOMBIA PRODUCTIVA por cualquier perjuicio o daño, que COLOMBIA PRODUCTIVA
pueda sufrir con ocasión de cualquier acto atribuible directamente al consultor, sus proveedores, su respectivo personal, cualquier persona dependiente o comisionada por éste, en relación con la ejecución del contrato.
9.22. LIQUIDACIÓN
De requerirse, de conformidad con lo establecido en el Manual de Contratación de COLOMBIA PRODUCTIVA, y una vez concluida la ejecución del objeto contractual y/o vencido el plazo señalado para su ejecución, y previo informe del supervisor, las partes procederán a la liquidación del contrato. En esta etapa se acordarán los ajustes, revisiones y reconocimientos a que haya lugar.
9.23 INTEGRIDAD, DIVISIBILIDAD Y LEGISLACIÓN APLICABLE
Si cualquier disposición del contrato fuese ineficaz, nula o inexistente o no pudiere hacerse exigible de conformidad con las leyes de la República de Colombia, las disposiciones restantes no se entenderán invalidadas a menos que el contrato no se pueda ejecutar sin la disposición ineficaz, nula, inexistente o que no se pueda exigir. El contrato se regirá y será interpretado de conformidad con las leyes de la República de Colombia, específicamente por el derecho privado.
COLOMBIA PRODUCTIVA se reserva el derecho de incluir otras regulaciones al contrato o modificar las aquí indicadas.
10. ANEXOS
• Anexo No. 1 Carta de presentación de la propuesta.
• Anexo No. 2 Formato inscripción de proveedor FTGAD15
• Anexo No. 3 Experiencia especifica del proponente
• Anexo No. 4 Experiencia del equipo de trabajo.
• Anexo No. 5 Oferta económica
• Anexo No. 6. Requisitos mínimos para los formularios de inscripción
COLOMBIA PRODUCTIVA
(Fin de la Invitación)