CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO.- Que celebran por una parte la Empresa
CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO.- Que celebran por una parte la Empresa
SISTEMAS DE ARNESES K&S MEXICANA, S.A. DE C.V., PLANTA DE XXXXXXX XX
XXXXXXX, S.L.P., representada por el C. SATOHIKO XXXXXX, en su carácter de DIRECTOR GENERAL, con DOMICILIO CONOCIDO CARRETERA XXXXXXX - XXXXX XXXXXXX, S.L.P, y por la otra el SINDICATO INDUSTRIAL DE TRABAJADORES EN PARTES AUTOMOTRICES, SIMILARES Y CONEXOS DEL ESTADO DE SAN XXXX POTOSI, C.T.M., representado por el LIC. XXXXXX DE XXXXX XXXXXXX GUERRERO,
en su carácter de SECRETARIO GENERAL, de acuerdo a los Artículos 386, 388, 391, 394, 395, 396 Y demás relativos de la Ley Federal del Trabajo.
L- SISTEMAS DE ARNESES K&S MEXICANA, S.A. DE C.V., declara que es una
sociedad mercantil legalmente constituida conforme a las leyes mexicanas y bajo la forma jurídica según consta en la escritura pública número 740964 de fecha 10 xx Xxxxx de 1996, pasada ante la xx xxx Xxxxxxx Público número 125 de la Notaria 137 en México, D.F., y que su objeto consiste fundamentalmente en la Fabricación y Venta de Arneses Automotrices.
IL- El Sindicato Industrial de Trabajadores en Partes Automotrices, Similares y Conexos del Estado de San Xxxx Potosí, C.T.M. declara que está legalmente constituido y que tiene el número de registro 397 ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado.
Las partes reconocen ampliamente la personalidad con que se ostentan, que en el más amplio derecho corresponde y en tal virtud, están en la disposición de pactar las siguientes:
PRIMERA.- El presente Contrato tiene por objeto establecer los derechos y obligaciones de las partes contratantes. Así como las bases y condiciones conforme a las cuales los operarios sindicalizados de la Empresa le prestaran sus servicios en la unidad industrial citada en el domicilio que se establece en el primer párrafo de este contrato.
SEGUNDA.- La Empresa reconoce al Sindicato como representante del interés profesional de sus trabajadores sindicalizados que prestan sus servicios en esta unidad industrial y en tal virtud se obliga a tratar exclusivamente con él todos los conflictos de trabajo y se obliga también a aceptar la representación sindical en los conflictos individuales que surjan entre ella y sus trabajadores, con motivo de la aplicación del presente Contrato, de la Ley, del Reglamento Interior de Trabajo, así como de los convenios que ambas partes celebren y demás disposiciones legales.
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RCERA.- Empresa y Sindicato acuerdan que el personal operario de nuevo ingreso debe
, cubrir los siguientes requisitos:
a) Estar afiliado al sindicato.
b) Tener escolaridad de Secundaria, Bachillerato o estudios equivalentes.
c) Presentar en su caso cartilla de servicio militar.
d) Aprobar todos los exámenes de admisión establecidos por la Empresa.
CUARTA.- El Sindicato reconoce y acepta que la dirección y administración de la Empresa y del proceso productivo, corresponden únicamente a ésta.
Cuando el Sindicato sancione a sus agremiados, previa solicitud, la Empresa ejecutará la suspensión sin responsabilidad de ningún genero para ella.
La Empresa separará de su empleo a aquel trabajador o trabajadores que se les detecte haciendo labor de proselitismo en contra del Sindicato sin responsabilidad de ningún genero para la empresa.
QUINTA.- Cuando se trate de trabajos que no correspondan a las actividades características y ordinarias de producción, la Empresa podrá libremente encomendarlos a contratistas bajo la exclusiva responsabilidad de éstos, por lo tanto, estos trabajadores serán ajenos a la Empresa, al Sindicato y al presente Contrato. La Empresa comunicará al Sindicato los contratistas con los cuales sé de la relación de trabajo.
SEXTA.- Las relaciones de trabajo se regirán de acuerdo a los Artículos 35, 36, 37, Y 39 d la Ley Federal del Trabajo.
La Empresa acepta en determinar la planta del trabajador en un periodo no mayor de nuev meses, contados a partir de su ingreso.
SEPTIMA.- Ambas partes convienen en referirse a lo establecido por la Ley Federal del Trabajo de acuerdo a los:
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Personal de confianza Fuentes del Derecho Laboral
Interpretación de normas laborales Causales de rescisión
Distribución de las jornadas de trabajo Prolongación de la jornada
Trabajo en días de descanso semanal Descansos obligatorios
Trabajo en descansos obligatorios Descuentos en los salarios Obligaciones de los patrones Obligaciones de los trabajadores Condiciones mínimas de Contrato Cláusula de exclusión
Fracción X (disposiciones disciplinarias, R.I.T.)
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\ t C; OCTAVA.- En materia de Seguridad Social, se estará a lo dispuesto por la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) así como al manual de seguridad que establezca la Empresa.
Al mismo tiempo se estará a lo dispuesto a los ordenamientos del INFONAVIT, AFORES, FONACOT y por la Ley del Impuesto sobre la Renta y sus Reglamentos.
NOVENA.- Es responsabilidad de las partes el adecuado funcionamiento de las Comisiones Mixtas de Capacitación y Adiestramiento, Seguridad e higiene y demás que establezcan las Leyes respectivas.
DECIMA.- La Empresa capacitará permanentemente a todos sus trabajadores en los términos que marca el Título Cuarto Capítulo nI Bis de la Ley Federal del Trabajo. Los trabajadores a su vez aceptarán dicha capacitación y adiestramiento buscando la mejora continua de acuerdo al procedimiento de promociones establecido por la empresa.
DECIMA PRIMERA.- Los trabajadores disfrutarán de los salarios y prestaciones tipificadas en el presente Contrato, en los convenios y sistemas de remuneración y ascensos que establezcan las partes.
En lo relativo a la jornada y horario de trabajo, la Empresa previo aviso al Sindicato, tendrá
en todo tiempo facultades para modificar y ajustar la jornada y el horario de trabajo d , acuerdo con sus necesidades dentro de la duración máxima semanal de trabajo.
DECIMA SEGUNDA.- La Empresa se obliga a descontar las cuotas ordinarias extraordinarias que el Sindicato Industrial haga de su conocimiento. Así mismo reconoc como prestaciones las siguientes:
a- Delegación Sindical.
b- Gastos Administrativos.
c- Ayudas a los Congresos Nacionales de la C.T.M.
1) SISTEMAS DE ARNESES K&S MEXICANA, S.A. DE C.V., reconoce que la competitividad, rentabilidad, sistemas de calidad total, seguridad, ecología y su personal son elementos fundamentales que soportan la misión, visión, valores, política y objetivos de calidad de la empresa, los cuales garantizan la permanencia y el desarrollo de la fuente de trabajo, para lo cual establecen sistemas de trabajo y programas de modernización y competitividad laboral que así lo propicien, en un marco de confianza y respeto que facilite adecuarse a las condiciones que en el futuro los mercados y el entorno demanden.
2) SISTEMAS DE ARNESES K&S MEXICANA, S.A. DE C.V., establece como su Misión la siguiente:
Fomentar la prosperidad y permanencia de nuestros clientes en su mercado y su preferencia por nuestros Productos y Servicios, mediante el mejoramiento continuo de
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~\~c,~~~\~ ,a~dad, costo y entrega a través de la integración de gente, tecnología y sistemas,
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3) SISTEMAS DE ARNESES K&S MEXICANA, S.A. DE C.V., declara como Política de Calidad el "Entregar Productos y Servicios de la más alta calidad, cumpliendo las expectativas de nuestros clientes y accionistas, para ser reconocidos como su mejor proveedor".
Los objetivos de calidad, orientados a la satisfacción total de los clientes, tienen su fundamento en:
a) Ventaja competitiva.
b) Retorno de inversión.
c) Crecimiento con utilidades.
d) Ciudadanía responsable.
e) Personal sobresaliente
4) SISTEMAS DE ARNESES K&S MEXICANA, S.A. DE C.V reconoce que la relación laboral que los vincula, tiene como propósito fundamental lograr resultados que beneficien y satisfagan a nuestros clientes, personal, comunidad y accionistas
5) SISTEMAS DE ARNESES K&S MEXICANA, S.A. DE C.V., señala como metas para enfocar sus esfuerzos al logro de resultados a través de:
• Mantener una actitud abierta y proactiva al cambio.
• Promover el desarrollo del conocimiento y aplicación de la multihabilidad.
CONCEPTO | BENEFICIO | TIEMPO | DE | ENTREGA |
Uniforme | de trabajo | 2 Batas | Abril y | Octubre |
Días de descanso festivos | 1° de Enero 5 de Febrero Primer viernes del mes xx xxxxx 21 de Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx 1° xx Xxxx 10 xx Xxxx 16 de Septiembre 20 de Noviembre 1° de Diciembre c/6 años 12 de Diciembre 25 de Diciembre | Cuando corresponda | ||
Vacaciones | AÑO 1 2 3 4 | DIAS. 6 8 10 12 | De acuerdo a la programación de la Empresa. |
I ~ima Vacacional | Será del | 25% | Cuando | corresponda |
Fondo de ahorro | Líder Ay B Utility A y B Especialista Calificado A y B Op. Nvo. Ingreso | $35.00 $35.00 $35.00 $35.00 $35.00 | Semanal | |
Aguinaldo | 1 Año 2 año 3 años o mas | 15 días 16 días 17 días | Antes del 20 de Diciembre | |
Ayuda por matrimonio | Se otorgara 3 días de permiso con goce xx xxxxxxx | Cuando corresponda en cada caso (comprobación de acta de matrimonio) | ||
Ayuda por nacimiento | Se otorgaran 3 días de permiso con goce xx xxxxxxx | Cuando corresponda en cada caso (com probación consta ncia de alumbramiento) | ||
Ayuda por defunción | Se otorgaran 3 días de permiso | Cuando corresponda caso de padres, esposa (o) e hijos (comprobación de acta de defunción. Anual/Junio | ||
con goce xx xxxxxxx. | ||||
Beca | Articulo 132 de la L.F.T.-XIV | |||
Por $6/000.00 | ||||
Premio por puntualidad | $50.00 | Semanal | ||
Premio de Asistencia | $50.00 | Semanal | ||
Seguro de Vida | 12 meses xx Xxxxxxx por Muerte Natural 24 meses xx Xxxxxxx por Muerte Accidental | Cuando | Corresponda | |
Ayuda Escolar | $ 400.00 por trabajador | Anual/julio |
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DECIMA CUARTA.- El presente Contrato Colectivo de Trabajo entrará en vigor a partir del 10 xx Xxxxx del 2009, independientemente de la fecha de su firma y depósito ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado.
Las partes convienen que para los efectos de la próxima Revisión del Contrato se tomará como fecha ello xx Xxxxx del 2010, en donde se revisará el Contrato Colectivo de acuerdo a lo establecido por los Artículos 398, 399 Y 399 Bis de la Ley Federal del Trabajo.
CATEGORIAS\NIVEL | SALARIO DIARIO |
LIDER "B" | $146.88 |
LIDER "A" | $138.72 |
UTILITY "B" | $122.40 |
UTILITY "A" | $111.18 |
ESPECIALISTA | $83.64 |
CALIFICADO "B" | $76.50 |
CALIFICADO "A" | $69.36 |
NUEVO INGRESO | $55.08 |
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