AGUAS DE CARTAGENA S.A. E.S.P. – ACUACAR
XXXXX XX XXXXXXXXX S.A. E.S.P. – ACUACAR
TÉRMINOS DE REFERENCIA
OBJETO
INVITACIÓN A OFERTAR CONTRATO EN CONSIGNACIÓN DE ACCESORIOS EN HIERRO DÚCTIL FUNDIDO MONOLÍTICO
CONDICIONES GENERALES
CARTAGENA 09 xx xxxxxx de 2023
Contenido
A. INFORMACIÓN GENERAL 2
1. OBJETO 2
2. REQUISITOS GENERALES DE LOS ACCESORIOS EN HIERRO DÚCTIL 2
3. REQUISITOS TÉCNICOS ACCESORIOS XX XXXXXX DÚCTIL 2
4. REQUISITOS DE LA PROPUESTA ECONÓMICA 4
5. REQUISITOS FINANCIEROS 5
B. INFORMACIÓN Y REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS 7
D. CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 10
E. ORDEN DE ELEGIBILIDAD PARA LA ADJUDICACIÓN 11
F. GARANTÍAS 12
G. CRONOGRAMA DEL PROCESO 13
H. CAUSALES DE RECHAZO DE LA PROPUESTA 13
MINUTA DEL CONTRATO 20
A. INFORMACIÓN GENERAL: |
Objeto: CONTRATO EN CONSIGNACIÓN DE ACCESORIOS EN HIERRO DÚCTIL FUNDIDO MONOLÍTICO. |
1. OBJETO: Xxxxx xx Xxxxxxxxx S.A.E.S.P., está interesada en contratar el suministro de accesorios en Hierro Dúctil fundido monolítico, en calidad de consignación, con las siguientes especificaciones técnicas: 2. REQUISITOS GENERALES DE LOS ACCESORIOS EN HIERRO DÚCTIL: Para la presente convocatoria, los oferentes deben presentar las fichas técnicas que contengan la siguiente información: - Nombre del fabricante. - Referencia o nombre del accesorio. - País de fabricación. - Peso neto en Kg. - Certificado de cumplimiento de la resolución 0501 del 4 xx xxxxxx de 2017, expedida por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. - Fichas técnicas y certificaciones de cumplimiento. - Información clara, veraz y comprobable de las normas nacionales y/o internacionales que cumplen los productos ofrecidos. - Protocolo de calidad de los accesorios. - Manual de instalación, operación y mantenimiento en idioma español. - Informe de pruebas y ensayos, o informe de calidad para cada lote a suministrar, con los resultados de las pruebas de rutina realizadas, con fecha de ejecución y firma. |
Todos los documentos mencionados deberán entregarse en idioma español. En caso de que alguno de estos documentos esté en idioma diferente, se debe presentar la respectiva traducción de los mismos. 3. REQUISITOS TÉCNICOS ACCESORIOS XX XXXXXX DÚCTIL Los accesorios en Hierro Dúctil deben cumplir con las siguientes especificaciones, normativas y condiciones técnicas: 3.1.1. Los accesorios deben ser fabricadas en hierro dúctil fundido monolítico que cumpla con las características y propiedades mecánicas descritas en ASTM A536, con recubrimiento exterior e interior de pintura epóxicas auto imprimante, sellos en neopreno y la tornillería debe ser acero inoxidable. 3.1.2. Los accesorios descritos deben suministrarse para resistir una presión nominal de PN10, como mínimo. 3.1.3. Para el caso de los filtros tipo Y la unidad filtrante debe ser fabricada en lámina perforada xx xxxxx inoxidable AISI-304, las perforaciones normalmente serán entre 2 mm y 4 mm de diámetro, aunque se podrá solicitar dimensiones diferentes. 3.1.4. Los accesorios deberán presentar las siguientes identificaciones: - La identificación del fabricante. - La identificación del año de fabricación. - La identificación de que la fundición es dúctil. - Cuando corresponda, el rango de las piezas. - El DN. - La PN de los accesorios con bridas. - En caso de codos el grado de desviación. 3.1.5. Los accesorios fabricados deben garantizar la calidad del agua, de tal forma que se asegure el control de sustancias de efecto adverso a la salud humana, como: aluminio, antimonio, cobre, arsénico, bario, cadmio, cromo. |
4. REQUISITOS DE LA PROPUESTA ECONÓMICA
Formulario de ítems, cantidades y precios:
Los ítems y cantidades contenidas en el formulario Relación de Ítems, Cantidades y Precios de la Oferta deberán ser utilizados por cada proponente para la preparación de la oferta; estos no deberán modificarse.
Los precios indicados por los oferentes en el formulario de Relación de Ítems, Cantidades y Precios, incluidos en su oferta, también deberán incluir los pagos por concepto de materiales, fletes, impuestos, seguros, gastos generales, beneficios, cargue y transporte y descargue en el sitio y otras obligaciones especificadas explícitas o implícitamente en los documentos de la solicitud de cotización, y deberá indicarse un solo precio unitario por cada ítem del formulario teniendo en cuenta la unidad de medida indicada.
Será responsabilidad exclusiva del proponente los errores, omisiones o faltas de conformidad en que incurra al analizar los precios unitarios y/o totales de la oferta, debiendo asumir los mayores costos o pérdidas que se deriven de dichos errores, omisiones o faltas.
Diligenciar los precios unitarios para cada ítem consignado es de carácter obligatorio. Dichos precios unitarios servirán al proponente como elemento para determinar el valor total de su oferta y el valor expresado para cada ítem deberá reflejar la totalidad de las características exigidas en las especificaciones técnicas.
Las cantidades indicadas en la oferta presentada por los proveedores son cantidades presupuestadas, las cuales serán la base de la evaluación de las propuestas y la contratación que se genere. Los pagos se realizarán con base en las cantidades realmente ejecutadas, para cada ítem contractual definido, aprobadas por el supervisor.
Precios de la propuesta
Los precios unitarios serán únicos para cada uno de los ítems contemplados dentro del Formulario de Relación de Ítems, Cantidades y Precios de la Propuesta, durante todo el plazo del contrato, deberán cubrir todos los costos directos e indirectos (a excepción del IVA, el cual se indicará por separado en el Formulario de Relación de Ítems, Cantidades y Precios de la Propuesta) y todos los demás gastos inherentes al cumplimiento satisfactorio del contrato.
Los precios cotizados serán fijos y no estarán sujetos a cambios. Los precios cotizados por el Proponente no estarán sujetos a ajustes durante el período de cumplimiento del Contrato, por lo tanto, en la Propuesta se deberán tener en cuenta las variaciones que puedan tener los precios de los materiales a suministrar y demás recursos a utilizar durante el tiempo de ejecución del contrato.
El Oferente deberá incluir dentro del precio de su propuesta, todos los costos relativos al transporte y descargue con organización apropiada de los suministros en el sitio de descargue, teniendo en cuenta las recomendaciones del fabricante.
Igualmente, se ratifica que los precios cotizados también deberán comprender la totalidad de los derechos, impuestos o gravámenes de cualquier clase y demás gastos originados por cualquier concepto requerido para la completa realización de los suministros.
De igual manera, dentro de los precios que calcule cada oferente, deberán incluirse todos los costos asociados con el cumplimiento de las especificaciones contenidas en el Manual de Impacto Urbano de ACUACAR, Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo de ACUACAR y el Manual de Identidad Corporativa de ACUACAR , en todo lo que aplique.
En todo caso, ACUACAR no pagará o reconocerá ningún valor adicional al ofertado y adjudicado.
Moneda de la Propuesta
Los precios serán cotizados en Pesos Colombianos, y en esta misma moneda se realizarán los pagos correspondientes.
Importante:
En la oferta indicar en columna aparte el peso en kg de cada uno de los accesorios ofertados, información que se tendrá en cuenta en la evaluación de los precios unitarios finales de cada material.
Las ofertas entregadas sin esta información no se tendrán en cuenta.
5. REQUISITOS FINANCIEROS
Para la verificación de la capacidad financiera, el proponente o los integrantes del consorcio o unión temporal, según el caso, deberán anexar los siguientes documentos.
Balance General y Estado de Resultados, debidamente firmados por el Representante Legal y el Contador Público y Revisor Fiscal, en los casos previstos en la ley, a 31 de diciembre de 2022, comparados con el año 2021 o en su defecto adjuntar el Balance General y Estado de Resultados, debidamente firmados por el Representante Legal y el Contador Público y Revisor Fiscal, en los casos previstos en la ley, a 31 de diciembre de 2021.
Declaración xx xxxxx del último año presentado.
Dictamen de los Estados Financieros, a 31 de diciembre de 2022, conforme a lo establecido en el artículo 38 de la Ley 222 de 1995, o la que la adicione o modifique, en los casos que aplique.
Fotocopia de la Tarjeta Profesional del Contador Público y Revisor Fiscal, según el caso, que suscribe el Balance y el Estado de Resultados, a 31 de diciembre de 2022, y certificado de vigencia de matrícula expedida por la Junta Central de Contadores.
Las personas jurídicas constituidas durante el año en que se adelante el presente proceso, acreditarán el cumplimiento de este requisito con la presentación de los Estados Financieros a corte del mes anterior, de la fecha de presentación de la oferta, debidamente firmado por el Representante Legal y el Contador Público y Revisor Fiscal, en los casos previstos en la ley y de la fotocopia de la Tarjeta Profesional del Contador Público y Revisor Fiscal, según el caso y certificado de vigencia de matrícula expedida por la Junta Central de Contadores. Toda la información financiera deberá ser presentada en moneda legal colombiana. Para que la propuesta sea aceptada, el proponente o el consorcio o unión temporal deberán acreditar capacidad financiera suficiente, de acuerdo con sus indicadores financieros, así:
LIQUIDEZ
1. Razón Corriente = Activo Corriente / Pasivo Corriente Igual o superior a 1.0
CAPITAL DE TRABAJO
2. Capital de Trabajo = Activo Corriente – Pasivo Corriente
Igual o superior a 0.6 veces lo ejecutado para este servicio en el año inmediatamente anterior, 2022. ($368.044.000)
ENDEUDAMIENTO
3. Endeudamiento Total = Total Pasivo / Total Activo Inferior a 0.7
NOTA: Para la evaluación financiera, en el caso de Consorcios o Uniones Temporales, se ponderarán las partidas contables base de la evaluación (activo corriente, pasivo corriente, activo total, pasivo total) de cada uno de los miembros multiplicando por el porcentaje de participación declarado en el documento Consorcial. Se aplica de la siguiente forma:
Activo Corriente Consorcio =∑ (Activo Corriente M¹ * % participación M¹)+ (Activo Corriente M² *
% participación M²)+….)+ + etc
Pasivo Corriente Consorcio =∑ (Pasivo Corriente M¹ * % participación M¹)+ (Pasivo Corriente M² *
% participación M²)+….)+ + etc
Total Activo Consorcio =∑ (Activo total M¹ * % participación M¹)+ (Activo total M² * % participación M²)+….)+ + etc
Total Pasivo Consorcio =∑ (Pasivo total M¹ * % participación M¹)+ (Pasivo total M² * % participación M²)+….)+ + etc Donde Mn= Miembro del consorcio o unión temporal
Para las empresas extranjeras, es aceptable que la información financiera auditada sea presentada en USD o en Euros, sin embargo, es importante tener en consideración que para efectos de calcular los indicadores financieros los valores en moneda extranjera se convertirán a pesos colombianos a la tasa de cambio representativa del 31 de diciembre del año 2022.
Los documentos para verificar la capacidad financiera solicitados en los Términos de la invitación a cotizar que estén emitidos en idioma diferente al español deberán venir apostillados y traducidos por un traductor oficial al idioma español.
Se rechazará la propuesta que no cumpla con los indicadores financieros exigidos.
B. INFORMACIÓN Y REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
1. Período de validez de las ofertas: 1 (año)
2. Todos los proveedores deberán estar inscritos y activos en la plataforma Suplos Cualquier duda o inquietud con relación al proceso de registro y validación por parte de los proveedores y contratistas, la podrán realizar a INTELCOST a través de la página web xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxx.xxx o a los datos de contacto PBX: (0) 0000000, Correo: Xxxxxxxxxxx0@xxxxxx.xxx
3.Todas las ofertas deberán anexar las respectivas fichas técnicas y certificaciones solicitadas
4. El proponente deberá indicar en su oferta el correo electrónico y la dirección oficiales para el recibo de comunicaciones por parte de Xxxxx xx Xxxxxxxxx S.A. E.S.P., para efectos de la presente invitación y/o posteriores trámites en caso de ser adjudicatario.
5. Representación Legal:
a) Acreditar su existencia y representación legal, mediante la presentación del Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio de su domicilio social, con fecha de expedición igual o inferior a los treinta (30) días calendarios anteriores a la fecha de la presentación de la propuesta, en el que conste su existencia, objeto y vigencia, y el nombre del Representante Legal de la sociedad o de la persona o personas que tengan la capacidad para comprometerla jurídicamente y sus facultades.
b) Documento de identificación del representante legal.
c) Fotocopia del RUT.
6. Certificación de no estar incurso en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad (Formulario No.3).
Los proponentes individualmente y como integrantes de consorcios, uniones temporales o cualquier otra clase de asociación, deberán manifestar expresamente no encontrarse incurso en
ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad legal conforme a lo establecido en los artículos 8 de la Ley 80 de 1993, 44 y 66 de la ley 142 de 1994.
7. Certificación de no haber sido sancionado en los últimos cinco (5) años (Formularios 4).
Los proponentes individualmente y como integrantes de consorcios, uniones temporales o cualquier otra clase de asociación, deberán manifestar expresamente que contra ellos no cursan actuaciones administrativas dirigidas a la imposición de multas o sanciones, ni han sido multados o sancionados directamente o como integrantes de consorcios o uniones temporales o cualquier otro tipo de asociación, durante los cinco (5) años anteriores al cierre del proceso, por el incumplimiento en la ejecución de contratos celebrados con empresas privadas o entidades públicas utilizando el formulario 4 de estos términos. Esta manifestación se entenderá efectuada bajo la gravedad del juramento de juramento.
En caso de que se hayan aplicado sanciones por incumplimiento total o parcial de un contrato de suministro por entidades públicas o privadas en los últimos cinco años, la propuesta será rechazada.
ACUACAR se reserva el derecho de verificar esta información, consultando en las bases de datos correspondientes. De verificarse en cualquier momento durante la revisión y evaluación de propuestas, que el proponente ha sido sancionado con multas, ACUACAR rechazará la propuesta por incumplimiento de los requisitos de participación.
8. Certificación de autorización para el tratamiento de datos personales (Formulario No.5)
La propuesta deberá acompañarse de Certificación de autorización para el tratamiento de datos personales debidamente firmada en original por el representante legal del proponente o la persona autorizada para representar al proponente, de acuerdo con el Formulario No. 5. No se aceptarán firmas impuestas a través de medios mecánicos o digitales y será causal de rechazo de la oferta.
El proponente y sus socios o integrantes declaran, bajo la gravedad de juramento, con la firma de la certificación, que los datos que entregará a ACUACAR fueron obtenidos de manera lícita y xxxx, conforme a la Ley 1581 de 2012 y sus decretos reglamentarios. Igualmente, que los fines del tratamiento de datos que tendrán lugar con ocasión del presente contrato, fueron autorizados por el titular del dato o son permitidos por la ley. ACUACAR actúa como tercero de buena fe frente a la información que le sea entregada por el CONTRATISTA. En caso de presentarse alguna queja, reclamo, sanción y/o indemnización por falta de legitimidad del CONTRATISTA, en cuanto al tratamiento de datos suministrados a ACUACAR, el PROVEEDOR asumirá toda la responsabilidad frente al titular del dato y las autoridades.
9. Certificación de compromiso anticorrupción (Formulario No.6 Declaración de Integridad y Transparencia Proveedores y Contratistas).
El oferente individualmente y como integrantes de consorcios, uniones temporales o cualquier otra clase de asociación, deberán manifestar expresamente su apoyo a la acción de ACUACAR para fortalecer la transparencia y la responsabilidad de rendir cuentas, y en este contexto deberá asumir los compromisos establecidos en el formulario No.6, sin perjuicio de su obligación de cumplir la Constitución Política y la Ley colombiana.
10. Garantía de Seriedad de la propuesta
El Proponente se obliga a contratar con una compañía de seguros reconocida legalmente y autorizada en Colombia, con oficinas en la ciudad xx Xxxxxxxxx, asumiendo los costos respectivos para la expedición de una póliza de garantía de seriedad de la propuesta en beneficio de XXXXX XX XXXXXXXXX S.A. E.S.P. NIT 800.252.396-4, bajo el formato a favor de EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS, por un monto $10.000.000 y con una vigencia de cuatro (4) meses contados a partir de la fecha de entrega de las propuestas a ACUACAR. En el evento que ACUACAR solicite prorrogar el periodo de validez de la propuesta, el Proponente si accede a la prórroga solicitada, deberá ajustar la vigencia de la garantía de seriedad de la propuesta por el periodo solicitado.
En el cuerpo de la póliza correspondiente deberá incluirse la razón social del tomador con el detalle del número de identificación tributaria y domicilio completo de cada uno.
Esta garantía cubre a la entidad de los posibles perjuicios que pudiere ocasionar el Proponente, por declinar su propuesta después de la fecha y hora límite para la entrega.
Toda propuesta que no esté acompañada de esta garantía será rechazada.
El proponente deberá incluir en su propuesta el recibo de pago de la garantía de seriedad de la propuesta. La no presentación del recibo de pago en la propuesta podrá ser causal de rechazo de la misma.
Por otra parte, la garantía de seriedad de la propuesta podrá ejecutarse:
a. Si el Proponente retira su propuesta durante el periodo de evaluación, antes de que sean notificados los resultados
b. Cuando una vez realizada la revisión aritmética y efectuadas las correcciones respectivas, el proponente no estuviera de acuerdo con el monto corregido de la propuesta.
c. En caso de que la propuesta sea aceptada, y el Proponente no proceda con la legalización del contrato y cumplimiento de los requisitos de ejecución, dentro de los términos señalados en el acápite de Perfeccionamiento de la minuta del contrato.
C. REQUISITOS DE EXPERIENCIA Y TÉCNICOS:
Los proponentes deberán acreditar haber ejecutado, uno (1) o más contratos terminados como fabricante y directo ejecutor de la fabricación y suministro de accesorios en Hierro Dúctil fundición en monolítico, dentro de los últimos cinco (5) años.
Este requisito se acreditará mediante la entrega de alguno de los siguientes documentos:
11.1. El Acta de Liquidación o recibo Final a satisfacción del (los) contrato(s), donde se relacionan la descripción y el valor ejecutado
11.2. Certificación expedida por el contratante, que contenga el objeto del contrato, las actividades realizadas, el valor, el plazo, fecha de terminación, etc.
La no acreditación de la experiencia en la forma prevista con antelación impedirá tener en cuenta la propuesta para la evaluación y posterior adjudicación.
D. CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS:
ACUACAR verificará si las propuestas que haya recibido y que se ajustan a las condiciones de los presentes Términos, contienen errores aritméticos. En caso de advertir este tipo de errores, se corregirán de la siguiente manera:
Cuando haya una discrepancia entre los montos indicados en números y en palabras prevalecerán los indicados en palabras.
Cuando en el Formulario Relación de Ítems, Cantidades y Precios, haya una diferencia entre el precio unitario y el total de un rubro que se haya obtenido multiplicando el precio unitario por la cantidad de unidades, prevalecerá el precio unitario cotizado, a menos que a juicio de ACUACAR hubiera un error evidente en la colocación de la coma que separa los decimales de dicho precio unitario, en cuyo caso prevalecerá el precio total cotizado para ese rubro y se corregirá el precio unitario.
Cuando las sumas de los valores parciales de los rubros no correspondan al valor total anotado, se corregirá el valor total con el valor real arrojado.
ACUACAR ajustará el monto indicado en la propuesta de acuerdo con el procedimiento antes señalado para la corrección de errores y, con la anuencia del Proponente, el nuevo monto se considerará obligatorio para el Proponente. Si el Proponente no estuviera de acuerdo con el monto corregido de la propuesta, ésta será rechazada.
Una vez verificada la exactitud de los cálculos numéricos requeridos para obtener el valor total de la propuesta se elaborará un cuadro resumen comparativo del valor de las propuestas.
El valor corregido de la propuesta será el utilizado para la comparación y será el que se tendrá en cuenta en la adjudicación y suscripción del contrato.
La propuesta más económica, con el mejor tiempo de entrega, mayor peso en kg de los accesorios y que cumpla con los requisitos de técnicos aquí expuestos se calificará según los criterios determinados en la siguiente tabla:
P=((50xVm) /Vo) + ((25 x pm)/po) + te
Vm = Valor total propuesta más económica Vo = Valor total propuesta a evaluar.
pm = Propuesta cuyos accesorios presentan mayor peso en kg po = Propuesta cuyos accesorios se evaluaran por peso en kg te = Tiempo de entrega
No se tendrán en cuenta subcontratos para la asignación de puntaje. Cuando el proponente o uno de sus integrantes, presente certificaciones para acreditar la experiencia donde haya sido integrante de un consorcio o unión temporal, para efectos de asignar puntajes en la calificación, se tendrá en cuenta la totalidad de la experiencia adquirida sin considerar el porcentaje de participación en la asociación que ejecutó el contrato.
E. ORDEN DE ELEGIBILIDAD PARA LA ADJUDICACIÓN.
El orden de elegibilidad para la adjudicación de la cotización se determinará comparando las calificaciones totales obtenidas por cada propuesta. El primer lugar del orden de elegibilidad corresponderá a la propuesta que haya obtenido el puntaje más alto en la calificación total. El segundo lugar corresponderá a la propuesta cuya calificación total sea la inmediata inferior a la de mayor puntaje y así sucesivamente.
En el evento que no pudiere celebrarse el contrato con el Proponente cuya propuesta obtuvo el primer lugar en el orden de elegibilidad, se procederá a contratar con el Proponente cuya propuesta ocupare el segundo lugar en el orden de elegibilidad y así sucesivamente.
En el evento de presentarse un empate en la puntuación total, se adjudicará a la propuesta que haya acreditado mayor experiencia específica.
F. GARANTÍAS.
PÓLIZA DE CUMPLIMIENTO: El proveedor deberá entregar a ACUACAR, una vez recibido este pedido de compra, una Póliza que garantice el cumplimiento del suministro de los materiales, por un monto equivalente al 30% del valor total del suministro estimado, con vigencia igual al plazo de entrega y 30 días más. La Póliza estará constituida en el formato para EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS. El proveedor deberá entregar el original de este documento al Departamento de Compras dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al recibo del pedido de compras.
PÓLIZA DE CALIDAD: El proveedor deberá entregar una póliza de calidad del bien suministrado por un monto equivalente al 40% del valor total del suministro estimado, con vigencia de 12 meses, contados a partir del recibo del material. La Póliza estará constituida en el formato para EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS. El proveedor deberá entregar el original de este documento al Departamento de Compras dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al recibo del pedido de compras.
PAGO DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES LEGALES E INDEMNIZACIONES
LABORALES: Por un valor equivalente al Treinta por ciento (30%) del valor total del contrato, vigente durante el término de duración del mismo y el de sus prórrogas si las hubiere y tres (3) años más.
PÓLIZA DE SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL: EL
PROVEEDOR entregará a ACUACAR una póliza de responsabilidad civil frente a terceros derivada de la ejecución del contrato por un valor equivalente a doscientos (200) SMMLV y estará vigente durante el término de ejecución del contrato y seis (6) meses más. La póliza deberá incluir los amparos de predios, labores, operaciones, patronal, PROVEEDOR, subcontratista y vehículos.
Las observaciones al presente proceso serán recibidas únicamente a través de los siguientes correos: xxxxxxxx@xxxxxxx.xxx; xxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx. Tener en cuenta que la fecha límite para la solicitud de aclaraciones u observaciones será hasta el 14 xx xxxxxx de 2023.
ACUACAR no será responsable por la correspondencia enviada a otras direcciones o dependencias o de manera extemporánea.
G. CRONOGRAMA DEL PROCESO
Fecha de apertura de la invitación: | 09/08/2023 | Fecha límite para entrega de ofertas | 21/08/2023 | ||||
Hora límite para entrega de ofertas: | 10:00 Pm | Forma de presentación de la oferta: | Por el portal ACUACOMPRAS | de | |||
Fecha de visita: | No aplica | Punto de encuentro para visita | No aplica | ||||
Solicitudes aclaración: | de | 14 de 2023 | agosto | de | Datos de contacto en caso de dudas o | xxxxxxxx@xxxxxxx.xxx xxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx |
H. CAUSALES DE RECHAZO DE LA PROPUESTA.
Las propuestas se rechazarán en cualquiera de los siguientes eventos:
● Cuando el proponente no presente debidamente firmada la carta de presentación de la oferta.
● Cuando el proponente, haya recibido una sanción por incumplimiento total o parcial de un contrato aplicada por una entidad pública o privada en los últimos cinco años.
● Cuando el proponente no cumpla con los requisitos mínimos jurídicos, de experiencia, técnicos, financieros y económicos,
● Cuando la propuesta haya sido presentada fuera del término o en otro lugar fuera del indicado.
● Cuando un proponente (Persona jurídica) presente o participe en más de una propuesta.
● Cuando se demuestre que un proponente intente influenciar a ACUACAR en la evaluación y comparación de las propuestas o en la decisión de adjudicación del Contrato.
● Cuando vencido el plazo para subsanar las deficiencias formales de los documentos exigidos, el proponente no los corrija o no responda las aclaraciones solicitadas por ACUACAR.
● En el evento en que la propuesta que no se ajuste sustancialmente a los presentes Términos de Invitación a cotizar.
● Cuando el proponente proponga un plazo de ejecución mayor al estipulado por ACUACAR.
● Cuando el proponente no se encuentre inscrito en el registro de proveedores de
SUPLOS en la red de proveedores de ACUACAR.
● Cuando no se acompañe con la propuesta la garantía de seriedad de la propuesta.
I. CONDICIONES GENERALES DEL FUTURO CONTRATO
1. Forma de Pago:
Los pagos respectivos al Contratista favorecido, los realizará directamente XXXXX XX XXXXXXXXX S.A. E.S.P., así:
Se realizará un pago mensual correspondiente a los consumos registrados debidamente en almacén con las remisiones debidamente recibidas durante cada mes. No se otorgará anticipo para la ejecución del contrato.
Las facturas se pagarán pasados Sesenta (60) días después de la fecha de pago siguiente al día de presentación de la factura en la Gerencia Financiera de ACUACAR, anexando la respectiva Orden de Compra tramitada por la Gerencia Administrativa de ACUACAR.
2. Plazo de Ejecución
El plazo máximo del contrato será de doce (12) meses, contados a partir de la suscripción del acta de inicio.
FORMULARIOS
Formulario No. 1.- Carta de presentación de la Propuesta
[Lugar, fecha]
[Nombre y dirección del Contratante] Señores:
INVITACIÓN A OFERTAR SUMINISTRO DE ACCESORIOS XX XXXXXX DÚCTIL, EN CALIDAD DE CONSIGNACIÓN PARA EL AÑO 2023
de conformidad con su Invitación a cotizar, según los Términos de 01 xx xxxxxx de 2023 y con nuestra propuesta, por un valor total de ($ ) sin IVA y con
un plazo de ejecución de doce (12) meses.
La presente propuesta tiene una vigencia de 90 días calendario contados a partir de la fecha de entrega de nuestro ofrecimiento
Manifestamos que seremos plenamente responsables de dar cumplimiento y observar las leyes Colombianas, en materia laboral, tributaria, civil, comercial, financiera, de seguros, importación, exportación, salud ocupacional, seguridad industrial,ambiental y las demas que le sean aplicables. La ignorancia o desconocimiento de la ley Colombiana no se aceptará como causal de reclamo, demandas o incumplimientos.
Declaramos bajo la gravedad de juramento que no nos encontramos inmersos en impedimientos, conflicto de interes, restricciones para contratar ni en las cusales de inhabilidad e incompatibilidad aplicables a ACUACAR en su gestión contractual, previstas en la ley de acuerdo con su carácter de empresas de servicios públicos domiciliarios de naturaleza mixta.
Esta propuesta es de carácter obligatorio para nosotros y está sujeta a las revisiones realizadas por ACUACAR.
Entendemos que las solicitudes de oferta que realice ACUACAR no constituye oferta mercantil y no la obligan a celebrar el contrato correspondiente, quedando en libertad de desistir unilarteralmente de la contratación en cualquier tiempo antes de celebrarse el contrato.
Atentamente, Firma autorizada:
Nombre y cargo del signatario: Nombre de la firma:
Dirección
Formulario No.2 – denominado DECLARACIÓN SOBRE SANCIONES (para personas jurídicas).
Cartagena, Señores
Xxxxx xx Xxxxxxxxx S.A E.S.P. Cartagena
Asunto: declaración sobre sanciones (sociedades)
, identificado con la
cédula de ciudadanía No. expedida en manifiesto bajo la gravedad de juramento que la sociedad que represento no se encuentra incurso de actuaciones administrativas dirigidas a la imposición de multas o sanciones, ni tampoco he sido multados o sancionados directamente o como integrante de consorcios o uniones temporales o cualquier otro tipo de asociación, durante los cinco (5) años anteriores al cierre del presente proceso, por el incumplimiento en la ejecución de contratos con empresas privadas o entidades públicas.
En consecuencia, con la firma de este documento autorizo (amos) a ACUACAR a proceder con las consultas que juzgue pertinentes para verificar la presente declaración.
Firma:
Nombre:
c.c.:
Cargo: Representante Legal
Formulario No.3. Certificado de Inhabilidades e Incompatibilidades
Ciudad, fecha
Señores
Xxxxx xx Xxxxxxxxx S.A E.S.P
Asunto: Certificado de Inhabilidades e Incompatibilidades para contratar Personas Naturales y Socios
El suscrito, , identificado con la cédula de
ciudadanía No.
expedida en
, en
representación de la empresa , identificada con NIT No. , manifiesto bajo la gravedad de juramento que no me encuentro incurso en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad legal conforme a lo establecido en los artículos 8 de la Ley 80 de 1993, 44 y 66 de la ley 142 de 1994 y demás normas sobre la materia y que tampoco me hallo o nos hallamos incursos en ninguno de los eventos de prohibiciones especiales para contratar con XXXXX XX XXXXXXXXX S.A. E.S.P.
Firma:
Nombre: c.c.: Empresa:
FORMULARIO DE AUTORIZACIÓN PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
Responsable del tratamiento de los datos personales:
Razón Social: XXXXX XX XXXXXXXXX S.A. E.S.P. – “ACUACAR” NIT. 800.252.396-4
Teléfono: 0000000
Domicilio: Xxxxxxx 00X Xx. 00-00 xx Xxxxxxxxx Xxxxxx electrónico: xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx Página web: xxxxx://xxx.xxxxxxx.xxx
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Estatutaria 1581 de 2012, reglamentada parcialmente por el Decreto 1377 de 2013, los datos personales que se obtengan por parte del Titular de la Información (PROPONENTE) a través de los procesos de selección que adelante XXXXX XX XXXXXXXXX S.A. E.S.P. (en adelante ACUACAR), serán recolectados, almacenados, consultados, usados en bases de datos, las cuales estarán destinadas a las siguientes finalidades:
• Análisis y evaluación de su propuesta.
• La gestión de los servicios y/o bienes ofertados.
• Informar sobre nuevas necesidades que estén relacionadas o no, con el o los servicios y/o bienes ofertados.
• Incluirla(o) en una base de datos.
• Con fines estadísticos.
• Las demás finalidades que sean necesarias para el cumplimiento de los trámites del proceso de selección de ACUACAR, del cual éste haga parte.
La información de la cual es titular, será incorporada en una base de datos cuya responsabilidad y manejo está a cargo de ACUACAR. Por tanto, es ACUACAR la encargada de realizar las actualizaciones, correcciones o supresiones de su información personal.
Los datos personales recolectados serán objeto de tratamiento en bases de datos hasta la terminación del vínculo contractual y/o comercial entre el Titular de la Información y ACUACAR y durante el tiempo que determine la ley colombiana. Esta base de datos cuenta con las medidas de seguridad necesarias para la conservación adecuada de los datos personales.
Así mismo, se le comunica que su información personal podrá ser suministrada en el curso de procesos administrativos, gubernamentales o judiciales y/o cuando las autoridades públicas, en ejercicio de sus funciones, le soliciten esta información.
Con la aceptación de la presente autorización, el titular autoriza el tratamiento de sus datos personales para las finalidades mencionadas y reconoce que los datos suministrados a ACUACAR son ciertos y que no ha sido omitida o alterada ninguna información.
Se informa que usted tiene el derecho de acceder en cualquier momento a los datos personales suministrados a ACUACAR, a solicitar su corrección, actualización o supresión en los términos establecidos en la Ley Estatutaria 1581 de 2012, reglamentada parcialmente por el Decreto 1377 de 2013, mediante comunicación escrita en los siguientes canales: Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx o en los puntos de atención de reclamos o consultas de ACUACAR:
Sede Chambacú: Xxxxxxx 00X Xx. 26-78 Sector Papayal - Xxxxxxx Edificio Chambacú xx Xxxxxxxxx.
Sede Xxxxx: Xxxxxx Xx Xxxxx Xxxxxxxxxxx 00 # 00X – 00 xx Xxxxxxxxx. Sede Plazuela: C.C. Xx Xxxxxxxx Xxxxx 000X - 000X. xx Xxxxxxxxx.
Igualmente puede encontrar las políticas de tratamiento de datos personales en la página web xxxxx://xxx.xxxxxxx.xxx la cual contiene las directrices y procedimientos sobre el tratamiento de la información personal por parte de ACUACAR y la forma de hacer efectivos sus derechos, consultas y solicitudes de supresión de datos.
EL PROPONENTE entregará a ACUACAR los datos personales del equipo de trabajo propuesto para participar en la ejecución del servicio y/o suministro de bienes ofertados, cuyo tratamiento se limitará a la finalidad propia del proceso de selección; corresponderá a EL PROPONENTE obtener el consentimiento previo y expreso por parte de su equipo de trabajo y en caso de requerirse, deberá acreditar prueba de tales autorizaciones legales.
En señal de conocimiento, aceptación y autorización, Firma:
Nombres y apellidos:
C.C./C.E. /P.P. No.
Sociedad que representa:
NIT No.
MINUTA DEL CONTRATO
CONTRATO No. - 2023
CONTRATANTE: XXXXX XX XXXXXXXXX S.A., E. S. P. (ACUACAR)
PROVEEDOR: XXXXXX XXXXXX XX. – NIT.XXX.XXX.XXX-X
OBJETO: SUMINISTRO DE ACCESORIOS XX XXXXXX DÚCTIL, EN CALIDAD DE CONSIGNACIÓN PARA EL AÑO 2023
VALOR: XXXXXXX XXXXXX Y XXXX MILLONES DE PESOS M/CTE. ($XXX.XXX.XXX)
sin IVA
PLAZO: Doce (12) meses
INTERVENTOR: Xxxx Xxxxx Xxxxxx
PÓLIZAS: Cumplimiento del Contrato; Pago de Salarios, Indemnizaciones y Prestaciones Sociales, Calidad de los Bienes Suministrados y Responsabilidad Civil Extracontractual.
FECHA SUSCRIPCIÓN:
FECHA LEGALIZACIÓN:
Entre los suscritos, XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX, mayor de edad, xxxxxx xx Xxxxxxxxx, identificado con xxxxxx Xx. 6.769.367, quien actúa en nombre y Representación en su condición de Gerente General, de XXXXX XX XXXXXXXXX S.A.
E.S.P. - (ACUACAR), sociedad constituida mediante Escritura Pública No.5427 de 1994 del 30 de diciembre de 1994, otorgada ante la Notaría Segunda del Círculo xx Xxxxxxxxx, Empresa de Servicios Públicos Domiciliarios Mixta creada con fundamento en la Ley 142 de 1994, por una parte y quien para los efectos del presente contrato se denominará ACUACAR, y XXXXXXXXXXXXXXXXX, mayor de edad, vecino y residente en la ciudad xx Xxxxxxxxx, identificado con la cédula de ciudadanía No. XXXXXXXXXXX expedida en XXXXXXXXX, quien declara no encontrarse incurso en inhabilidades e incompatibilidades para contratar según lo estipulado en la Constitución y las Leyes Colombianas, de igual forma, actúa como representante legal de la sociedad XXXXXXXXXXXXXXX., empresa debidamente constituida e inscrita ante la Cámara de Comercio xx Xxxxxxxxx, con domicilio en la misma ciudad e identificada con NIT. XXXXXXXXXX, por otra parte, quien para los efectos del presente contrato se denominará EL CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente CONTRATO DE CONSIGNACIÓN, que se regirá por las cláusulas que a continuación se expresan:
PRIMERA. - OBJETO: EL PROVEEDOR se obliga para con ACUACAR, el SUMINISTRO DE ACCESORIOS XX XXXXXX DÚCTIL, EN CALIDAD DE
CONSIGNACIÓN PARA EL AÑO 2023, de acuerdo con su propuesta, con las especificaciones dadas por ACUACAR y el Anexo No.1, documentos que hacen parte integrante de este contrato. PARAGRAFO 1.- EL PROVEEDOR deberá entregar todos los suministros descritos en su oferta en buen estado, en óptimas condiciones para su operación, y en el tiempo estipulado, de lo contrario incurrirá en incumplimiento del contrato.
SEGUNDA. - VALOR Y FORMA DE PAGO: El valor del presente contrato es la suma de XXXXXXX M/CTE. ($XXX.XXX.XXX), sin IVA. Pagaderos de la siguiente forma: Se realizará un pago mensual correspondiente a los consumos registrados debidamente en almacén con las remisiones debidamente recibidas durante cada mes. No se otorgará anticipo para la ejecución del contrato. Este valor no incluye IVA, el cual corresponderá a la legislación vigente en la fecha de los respectivos pagos y al régimen tributario del PROVEEDOR. Las facturas se pagarán dentro de los treinta (60) días calendarios siguientes al día de su presentación en la Gerencia Financiera de ACUACAR, anexando la relación del consumo aprobado por el supervisor del contrato y la gerencia administrativa. PARAGRAFO 1 - EL PROVEEDOR deberá ceñirse al procedimiento de pago y a las fechas de pagos establecidas por la Gerencia Financiera de ACUACAR. PARÁGRAFO 2.- Para efectos de cada pago, EL PROVEEDOR deberá acreditar documentalmente el cumplimiento de sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social Integral (salud, pensiones y riesgos profesionales) y Parafiscales (Cajas de Compensación familiar Sena, e ICBF) durante la ejecución del contrato.
TERCERA. - DURACIÓN DEL CONTRATO. - El presente contrato tendrá una duración de Doce (12) meses, contado a partir de la fecha de inicio del contrato firmado por las partes, en el cual deberá quedar registro de la reunión de apertura. PARAGRAFO.- CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR: Ninguna de las partes será responsable por el incumplimiento o retraso de las obligaciones que se produzca en razón de fuerza mayor o caso fortuito. Por tal razón, las partes de común acuerdo y por escrito podrán suspender temporalmente la ejecución de este contrato, suscribiendo acta en donde conste tal evento. La suspensión será hasta que culminen los eventos perturbadores y se reanudará su ejecución mediante la firma de un Acta de Reinicio, sin que para los efectos del plazo extintivo se compute el tiempo de la suspensión.
CUARTA. - GARANTIAS: EL CONTRATISTA se obliga a contratar con una compañía de seguros reconocida legalmente y autorizada en Colombia, con oficinas en la ciudad xx Xxxxxxxxx, asumiendo los costos respectivos, en beneficio de ACUACAR, los seguros entre particulares que se mencionan a continuación: La garantía estará constituida en el formato para EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS y deberá contener la siguiente información: 1) Razón Social o Denominación del Asegurador, número de identificación tributaria, y domicilio completo, es decir, dirección, teléfonos, fax y correo electrónico. 2) Naturaleza, clase, número y fecha de expedición. 3) Tomador y Afianzado: Razón social del CONTRATISTA ó nombre y/o razón social de cada uno de los integrantes del Consorcio o de la Unión Temporal Contratista, asociados bajo la modalidad de que se trate y con el detalle del número de identificación tributaria y domicilio completo de cada
uno. 4) Asegurado y Beneficiario: XXXXX XX XXXXXXXXX S.A. E.S.P., NIT 800.252.396-4, dirección Edificio Chambacú Xxxxxxx 00X Xx. 00 – 00. Teléfonos 0000000
- Fax 6504104. Cartagena. La garantía para afianzar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato debe contener los siguientes amparos: a) Cumplimiento del Contrato: Por un valor equivalente al treinta por ciento (30%) del valor total del contrato, vigente durante el término del contrato y el de sus prórrogas si las hubiere y tres
(3) meses más. b) Calidad del bien: EL CONTRATISTA entregará a ACUACAR una póliza que garantice la buena calidad del servicio prestado, por el cuarenta por ciento (40%) del valor total del contrato. c) Pago de Salarios, Prestaciones Sociales Legales e Indemnizaciones Laborales: Por un valor equivalente al Treinta por ciento (30%) del valor total del contrato, vigente durante el término de duración del mismo y el de sus prórrogas si las hubiere y tres (3) años más. d) Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil Extracontractual: EL PROVEEDOR entregará a ACUACAR una póliza de responsabilidad civil frente a terceros derivada de la ejecución del contrato por un valor equivalente a doscientos (200) SMMLV y estará vigente durante el término de ejecución del contrato y seis (6) meses más. La póliza deberá incluir los amparos de predios, labores, operaciones, patronal, PROVEEDOR, subcontratista y vehículos. El PROVEEDOR deberá entregar el original de estos documentos acompañados de los recibos de pago originales de la prima correspondiente, en el Departamento de Contrataciones de ACUACAR dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la firma del presente contrato. PARAGRAFO 1.- En ningún caso los requisitos aquí exigidos en cuanto a tipo, valores, cobertura, amparos límites y aprobaciones de los seguros que EL CONTRATISTA debe mantener, limitarán o condicionarán en forma alguna las responsabilidades y obligaciones asumidas por EL CONTRATISTA según este contrato. PARAGRAFO 2.- EL CONTRATISTA deberá reponer las garantías cuando el valor de cualquiera de ellas se vea afectado por razón de algún incumplimiento del contrato. De igual manera, en cualquier evento en que se aumente el valor del contrato o se prorrogue su vigencia, deberán ampliarse o prorrogarse las pólizas correspondientes. En el evento de que EL CONTRATISTA no pague las primas correspondientes a la póliza, actualizaciones, prórrogas o renovaciones, ACUACAR podrá hacerlo por cuenta y a cargo de EL CONTRATISTA, razón por la cual EL CONTRATISTA autoriza a ACUACAR por medio de este contrato a descontar de las sumas de dinero que se le adeuden, los valores pagados por ACUACAR por este concepto. PARÁGRAFO 3.- En cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto 0653 de 2002 expedido por la Alcaldía xx Xxxxxxxxx, las pólizas de seguros constituidas deberán además incluir como beneficiario al Distrito Turístico y Cultural xx Xxxxxxxxx. PARÁGRAFO 4. La constitución, actualización y presentación oportuna de las anteriores pólizas a satisfacción de ACUACAR, es requisito indispensable para que EL CONTRATISTA pueda cobrar y recibir cualquier suma derivada del presente contrato. En todo caso, El CONTRATISTA deberá mantener vigente las garantías exigidas durante y hasta que culmine la ejecución del objeto contratado.
QUINTA - INDEMNIDAD: El PROVEEDOR en todo caso será responsable y por ende mantendrá indemne a ACUACAR por todos los daños, perjuicios o lesiones causados a las personas o a los bienes o terceros, cuando esto se deba a su negligencia, culpa grave, culpa leve o dolo en la ejecución del Contrato. EL PROVEEDOR indemnizará si fuera el caso a ACUACAR, en caso de pleito, reclamo, procedimiento judicial o
administrativo, daño, responsabilidad, costo o gastos de cualquier tipo o naturaleza que surja antes o después de la terminación del servicio aquí contratado y que hubiere sido, o se alegue, y pruebe haber sido, directamente causados o contribuido, en todo o en parte, por acto, omisión, culpa o dolo de carácter activo o pasivo de EL PROVEEDOR o de cualquier persona que actúe bajo su dirección o control o en su nombre, en relación con la prestación del servicio directa de este contrato.
SEXTA. - SUPERVISIÓN: La Interventoría del contrato la realizará ACUACAR a través Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, jefe de abastecimiento de Acuacar. PARÁGRAFO 1.- EL PROVEEDOR es responsable de la calidad de los suministros objeto del contrato, la cual realizará y terminará conforme lo preceptuado en el mismo y en sus anexos y siguiendo los criterios y órdenes que reciba de la Interventoría. PARÁGRAFO 2.- No entregará EL PROVEEDOR ni recibirá ACUACAR suministros que no estén completamente de acuerdo a las Especificaciones Técnicas respectivas.
SÉPTIMA. - OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR: 1) Darle cumplimiento a la Ley 100 de 1993 y a todas las obligaciones que se deriven de la relación laboral con sus empleados. 2) A estar x xxx y salvo por todo concepto con ACUACAR. Si al momento de liquidar este contrato EL CONTRATISTA adeudare sumas de dinero a ACUACAR, EL CONTRATISTA autoriza expresamente por medio de este contrato a ACUACAR, para compensar esa deuda de los saldos pendientes por cancelar. 3) Xxxxxxx una credencial al personal de su cargo para efectos de su identificación. 4) Darle cumplimiento a todos los anexos que hacen parte de este contrato y a los siguientes manuales de ACUACAR:
a) Estándares de Seguridad para Contratistas documentos que se consideran incorporados a este contrato para que hagan parte integral de él y los cuales EL CONTRATISTA expresa conocer y acatar. 5) El Proveedor se obliga a realizar el suministro contratado conforme a la propuesta técnico-económica presentada, la cual hace parte integral del presente contrato. 6) El Proveedor se obliga a responder por los daños que él o sus dependientes ocasionen a terceros. 7) Se obliga a practicar las medidas ambientales, sanitarias, forestales, ecológicas e industriales necesarias para no poner en peligro las personas y objetos, respondiendo por los perjuicios que se causen por su negligencia u omisión. 8) Responder por todo daño que se cause a bienes tangibles o intangibles propiedad de ACUACAR, por parte del personal que utilice EL PROVEEDOR para la realización de las actividades asociadas al presente contrato. 9) EL PROVEEDOR se compromete a garantizar que los vehículos que utilizará en la ejecución de este contrato, así como sus conductores cumplen con las condiciones establecidas en la Resolución 1565 de 2014 por medio del cual se establece el Plan Estratégico de Seguridad Vial y en general cumplan con todos los requisitos que las leyes de tránsito exijan, como el Soat, certificado de gases, tarjeta de propiedad, tarjeta de operación y todo el equipo de carretera obligatorio, etcétera. El cumplimiento de estos requisitos y obligaciones se encuentra incluido en los precios cotizados y no tendrá pago por separado. 10) EL PROVEEDOR se obliga a mantener un teléfono celular y un correo electrónico activado, para contacto permanente entre ACUACAR y la persona encargada por EL PROVEEDOR para coordinar las actividades objeto del presente contrato. 11) Abstenerse de divulgar, publicar o comunicar, directa o indirectamente a terceros, la información que con ocasión de este contrato llegare a conocer. 12) Cumplir en forma eficiente y oportuna las tareas encomendadas y aquellas obligaciones que se generen
de acuerdo con la naturaleza del servicio. 13) EL PROVEEDOR deberá verificar que se cumplan todas las condiciones de seguridad necesarias previas el inicio de cualquier trabajo, incluyendo el uso por parte de sus trabajadores de todos los equipos de protección, además debe constatar que cada trabajador cuente con su Carnet de afiliación a una Aseguradora de Riesgos Laborales. 14) Implementar los diferentes niveles de control para la protección de amenazas y aseguramiento de la continuidad en la prestación del servicio. 15) El proveedor deberá dar estricto cumplimiento a lo establecido en el Decreto 1609 de 2002 por medio del cual se reglamenta el manejo y transporte terrestre automotor de mercancías peligrosas y corrosivas por carretera; en la Ley 769 de 2002 Código Nacional de Tránsito Terrestre (en los numerales que apliquen para definir los requisitos técnicos y de seguridad para el manejo y transporte de la sustancia peligrosas); y Norma Técnica Colombiana 1692 sobre el Transporte de Mercancías Peligrosas, Clasificación, Etiquetado y Rotulado y demás normativa que las complemente, sustituya o Modifique. 16) Suministrar a ACUACAR mensualmente los volúmenes de sal industrial de mina establecidos en el Anexo No.1. La coordinación de los despachos deberá realizarla con el jefe del Departamento de Tratamiento de ACUACAR, quienes realizarán las solicitudes de producto de acuerdo con las necesidades de operación de la empresa. 17) El riesgo y la responsabilidad que se deriven del suministro del producto a que se refiere el presente contrato, serán asumidos por el PROVEEDOR hasta cuando ACUACAR reciba a satisfacción el producto en el sitio de entrega convenido. 18) EL PROVEEDOR asumirá todos los sobrecostos en que incurra ACUACAR derivados del incumplimiento en suministro del producto, sin limitarse a las sanciones a que haya lugar de acuerdo con lo establecido en la cláusula decima segunda del presente contrato. Lo anterior, siempre y cuando las causales del incumplimiento sean atribuibles al contratista. 19) EL PROVEEDOR autoriza expresamente por medio de este contrato a ACUACAR para descontar el monto de los sobrecostos ocasionados por el incumplimiento en los suministros del producto, de los saldos pendientes por cancelar o reclamar ante un Tribunal de Arbitramento. 20) Brindar capacitación sin costo alguno, a los empleados que Acuacar disponga, respecto especificaciones técnicas del producto a suministrar. Adicionalmente, brindar asistencia técnica cuando esta se requiera. 21) Hacer entrega con cada despacho del certificado de calidad del producto que deberá contener como mínimo información relacionada con el contenido de la sal y la densidad. Estos resultados serán verificados mediante ensayos por el Laboratorio de calidad de Aguas de ACUACAR quienes darán la aprobación para la aceptación o rechazo del producto. 22) Asumir el valor de los fletes, empaques y seguros de los productos a suministrar y que se despache dentro de las condiciones de este contrato. Los vehículos en que se despache el producto a ACUACAR deben estar en perfectas condiciones mecánicas, y sus operarios deben conocer el manejo del producto transportado, cumpliendo con todas las normas de seguridad y con las garantías establecidas. 23) EL PROVEEDOR se compromete a cubrir los gastos en que incurra ACUACAR por concepto del mayor valor del producto que tuviese que adquirir por presentarse faltantes de los elementos objeto de este contrato de suministro de SAL INDUSTRIAL o por no suministrarlos en el plazo indicado, siempre y cuando ACUACAR haya cumplido con la obligación contenida en el numeral 2 del acápite “Obligaciones de ACUACAR”. 24) Otorgar a ACUACAR un plazo de sesenta (60) días a partir de la fecha de pago siguiente a la fecha de presentación de cada factura, para el pago de los bienes
suministrados sin que por ello se causen intereses a favor de EL PROVEEDOR, a lo cual esta renuncia. 25) Entregar oportunamente a ACUACAR los catálogos y especificaciones técnicas del producto suministrado. 26) SITIO Y HORA DE ENTREGA: El horario de recepción del producto será de 7:00 A.M. a 4:00 P.M., salvo contingencias que puedan presentarse a cualquiera de las partes, las cuales deberán ser notificadas previamente. El lugar de entrega será la sede Xxxxx en dirección Transversal 33 N°24 A-32; para ciertos diámetros que se notificarán con la orden de compra el sitio de entrega será en la dirección Barrio Villa Estrella, Estación Aguas de Residuales “Paraíso” carretera La Cordialidad, Cartagena Colombia. En todo caso. EL PROVEEDOR deberá cumplir en forma eficiente y oportuna con las actividades necesarias para la satisfacción del objeto contractual y aquellas obligaciones que se generen de acuerdo con la naturaleza del mismo.
OCTAVA. - CONFIDENCIALIDAD. Las partes se obligan a mantener bajo estricta reserva, la información que se entregarán en virtud del presente contrato. Dicha información se entenderá como “La información confidencial”. En virtud de ello, las partes se obligan a mantener bajo absoluta reserva la información confidencial suministrada y en particular a que: 1. Sus empleados, funcionarios, dependientes y demás personas que conozcan la información confidencial en virtud de este acuerdo, la mantengan y utilicen con la misma reserva. 2. La información confidencial sea utilizada exclusivamente para cumplir con el objeto convenido y las obligaciones derivadas del presente acuerdo. 3. No divulgar la información confidencial a terceros, salvo que se trate de información pública o cuando la información confidencial sea solicitada por autoridad competente en virtud de una orden legal y resulte procedente su entrega de acuerdo con la normatividad colombiana. La parte a la cual se le haya realizado solicitud legal de revelar información confidencial deberá informarle a la otra parte de la anterior circunstancia e igualmente deberá advertir a la autoridad solicitante, que se trata de información confidencial que deberá tratarse con igual reserva. 4. Igualmente las partes se comprometen a no revelar en todo o en parte, el contenido de este acuerdo y a que este permanezca en reserva, so pena de darlo por terminado, haciendo exigible las reclamaciones a que haya lugar.
NOVENA. - TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES: EL PROVEEDOR manifiesta
que los datos que entregará a ACUACAR fueron obtenidos de manera lícita y xxxx, conforme a la Ley 1581 de 2012 y sus decretos reglamentarios. Igualmente, que los fines del tratamiento de datos que tendrán lugar con ocasión del presente contrato, fueron autorizados por el titular del dato o son permitidos por la ley. ACUACAR actúa como tercero de buena fe frente a la información que le sea entregada por EL PROVEEDOR. En caso de presentarse alguna queja, reclamo, sanción y/o indemnización por falta de legitimidad del PROVEEDOR, en cuanto al tratamiento de datos suministrados a ACUACAR, EL PROVEEDOR asumirá toda la responsabilidad frente al titular del dato y las autoridades. PARAGRAFO 1. ACUACAR informa al PROVEEDOR que sus datos serán recolectados para los fines del presente contrato y que tiene los derechos previstos en la Constitución y la Ley 1581 de 2012, especialmente los de conocer, actualizar, o rectificar su información. Es facultativo el suministro de información sobre datos sensibles, o sobre menores de edad. Con la firma del presente contrato, EL PROVEEDOR autoriza
de manera previa, expresa e informada a ACUACAR para recolectar, recaudar, almacenar, usar, circular, suprimir, compilar, intercambiar, trazar, actualizar y disponer de sus datos personales, los cuales podrán ser incorporados en distintas bases o bancos de datos, o en repositorios electrónicos de todo tipo. Esta información es y será utilizada en desarrollo del contrato y/o de las funciones propias de ACUACAR, de forma directa o a través de terceros. PARÁGRAFO 2. ACUACAR por su parte manifiesta que, en virtud del presente contrato, entregará a EL PROVEEDOR información o datos vinculados o asociados a una o varias personas naturales determinadas o determinables, y que da estricto cumplimiento a lo establecido en la Ley 1581 de 2012 en su calidad de responsable y encargado del tratamiento de la información. PARÁGRAFO 3. MEDIDAS DE SEGURIDAD. EL PROVEEDOR deberá adoptar las medidas de seguridad de tipo logístico, administrativo y físico, acorde a la criticidad de la información personal a la que accede, para garantizar que este tipo de información no será usada, comercializada, cedida, transferida y/o no será sometida a cualquier otro tratamiento contrario a la finalidad comprendida en lo dispuesto en el objeto del presente contrato. EL PROVEEDOR indemnizará los perjuicios que llegue a causar a ACUACAR como resultado del incumplimiento de la ley 1581 de 2012 y demás normas aplicables al tratamiento de la información personal, así como por las sanciones que llegaren a imponerse por violación de la misma. En estos casos autoriza de manera expresa a ACUACAR, a través de la firma del presente contrato, a deducir de las sumas de dinero que ACUACAR le adeude en el momento en que se notifique la decisión desfavorable por la entidad competente, el valor de las multas impuestas, sin perjuicio de que llegaren a demostrarse daños por cuantía superior a la multa impuesta. ACUACAR informa a EL PROVEEDOR que en Colombia se configura como delito, el tratamiento no autorizado de datos personales, según lo dispuesto en la ley 1273 de 2009. EL PROVEEDOR reconoce el derecho que tiene ACUACAR de requerir el cumplimiento de las normas citadas en los términos previstos en este contrato. PARÁGRAFO 4. AVISO DE PÉRDIDA. Es obligación de EL PROVEEDOR informar a ACUACAR cualquier sospecha de pérdida, fuga o ataque contra la información personal a la que ha accedido y/o trata con ocasión de este contrato, aviso que deberá dar una vez tenga conocimiento de tales eventualidades. El incumplimiento de las obligaciones derivadas de esta cláusula se considera como un incumplimiento grave por los riesgos legales que conlleva el indebido tratamiento de datos personales, y en consecuencia será considerada justa causa para la terminación del contrato, sin necesidad de ningún requerimiento, a los cuales se renuncia desde ahora. PARÁGRAFO 5. DATOS DE PERSONAL DEL PROVEEDOR. EL PROVEEDOR
entregará a ACUACAR los datos personales de sus colaboradores que participen en la ejecución del objeto contratado, cuyo tratamiento se limitará a la finalidad propia de esta relación contractual; corresponderá a EL PROVEEDOR obtener el consentimiento previo y expreso por parte de sus colaboradores y en caso de requerirse, deberá acreditar prueba de tales autorizaciones legales.
DÉCIMA. – COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN: El CONTRATISTA se obliga a cumplir
con el compromiso anticorrupción presentado en su Propuesta. En el evento de existir incumplimiento por el CONTRATISTA, sus empleados, representantes, asesores o de cualquier otra persona que en el proceso de la contratación o durante la ejecución del contrato actúe en su nombre, el CONTRATANTE podrá dar por terminado unilateralmente
el presente contrato, sin que por este hecho esté obligado a reconocer derecho económico alguno o indemnizar ningún tipo de perjuicio a EL CONTRATISTA. -
DÉCIMA PRIMERA. - OBLIGACIONES DE ACUACAR. - Son obligaciones de
ACUACAR: 1) Cancelar dentro de los plazos previstos en este contrato las sumas de dinero adeudadas a EL CONTRATISTA. 2) Facilitar a EL CONTRATISTA el acceso a la información que sea necesaria, de manera oportuna, para la debida ejecución del objeto del contrato y estará obligada a cumplir lo estipulado en las demás cláusulas y condiciones previstas en este contrato.
DÉCIMA SEGUNDA. - PENALIDADES: Las partes acuerdan que las obligaciones contractuales inobservadas, su incumplimiento se apremie con la aplicación xx xxxxx sucesivas. Por consiguiente, EL CONTRATISTA autoriza expresamente a ACUACAR a que le deduzca, por cada incumplimiento, de una cualquiera de las obligaciones emanadas del presente contrato y mientras éste subsista, penas diarias y sucesivas, equivalentes al dos por ciento (2%) del valor del contrato, sin exceder del veinte por ciento (20%) del valor total del mismo. Si llegado a este monto EL CONTRATISTA no ha cumplido, las partes entenderán que EL CONTRATISTA renuncia tácitamente a la continuación del contrato el cual en consecuencia termina de pleno derecho por tal circunstancia y se procederá a su liquidación en el estado en el que se encuentre, a menos que ACUACAR manifieste al CONTRATISTA expresamente lo contrario, las condiciones en que se podría omitir la terminación operada y exigencias para la continuación. PARÁGRAFO 1: Frente a los incumplimientos EL CONTRATISTA se hará acreedor a las penas diarias y sucesivas de que trata esta cláusula, por cada día de retardo para la entrega de los trabajos convenidos en la fecha de terminación prevista o por suspensión unilateral de los mismos sin solución de continuidad. Si el incumplimiento da lugar a la terminación del contrato, habrá lugar a una pena adicional equivalente al diez (10%) del valor total del contrato, sin necesidad de requerimiento judicial alguno. PARÁGRAFO 2: Ocurrido el incumplimiento, las penas se deberán y EL CONTRATISTA autoriza expresamente a ACUACAR a hacerlas efectivas de los saldos adeudados, si los hubiere. ACUACAR comunicará el siniestro a la Compañía de Seguros que ampara el cumplimiento del contrato como lo dispone el Código de Comercio, que será solidariamente responsable del valor de la pena, sin que su pago extinga la obligación principal y sin perjuicio del ejercicio de las acciones judiciales correspondientes. -
DÉCIMATERCERA. - PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN Y COBRO DE LAS
PENALIDADES: Las partes convienen como mecanismo alternativo para la solución de conflictos generados en virtud de la aplicación y cobro de las penas previstas en el presente contrato el siguiente procedimiento, por el cual se garantiza el debido proceso y la relación de igualdad entre las partes: Durante la ejecución del servicio, se documentarán los incumplimientos en medio escrito. Cumplido lo anterior, se dará traslado al CONTRATISTA por escrito de los hechos catalogados como causales xx xxxxx y se acompañará de los soportes que se tengan, con el fin de que EL CONTRATISTA se pronuncie sobre tales hechos y aporte las pruebas en que fundamente su defensa, para lo cual se le concederá el término de cinco (5) calendario. Si EL CONTRATISTA acoge los hechos o sus exculpativas no justifican en debida forma los incumplimientos atribuidos,
ACUACAR procederá a liquidar el valor de la pena impuesta para efectos de que sea deducido en la facturación emitida por EL CONTRATISTA, según lo establecido en el presente contrato.
DECIMACUARTA. - RELACIONES ENTRE LAS PARTES: El CONTRATISTA actuará
por su propia cuenta, con absoluta autonomía y no estará sometido a subordinación laboral con el CONTRATANTE, comprometiéndose a realizar con sus propios medios y bajo su responsabilidad la actividad objeto del presente acuerdo, por tanto, este contrato no es de carácter laboral y no genera prestaciones laborales a su favor. Los términos de este contrato no dan lugar a la existencia entre las partes de una asociación, sociedad, agencia o mandato. Tampoco da lugar a la existencia de vínculo laboral entre los empleados de una parte con la otra. Como empresarios independientes, cumplirán ante la otra parte con todas las obligaciones derivadas del presente contrato y responderán por sus propios actos, los de sus subordinados, empleados, agentes, contratistas o subcontratistas. Las personas que intervengan por cada parte en la ejecución del presente contrato estarán bajo la exclusiva responsabilidad de dicha parte como único empleador o contratante, siendo de su cargo los salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones a que hubiere lugar, así como los honorarios o cualquier otra forma de remuneración debida. PARÁGRAFO 1. EL CONTRATISTA entregará a ACUACAR el listado de las personas que utilizará para la ejecución de la labor contratada, debiendo en todo caso cumplir respecto del mismo con todas las obligaciones laborales que como patrono le competen. PARÁGRAFO 2. El CONTRATISTA deberá responder por el pago de cualquier sanción, perjuicio o daño, que ACUACAR sea obligado a sufragar o sufra, en razón del incumplimiento que El CONTRATISTA haga del marco legal aplicable a este contrato en materia del medio ambiente. - DECIMOQUINTA. - CONTRIBUCIONES Y RETENCIONES: EL CONTRATISTA queda obligado ante ACUACAR, a pagar las contribuciones, retenciones y en general los impuestos a su cargo y en el porcentaje que lo determine la Ley y es deber de ACUACAR el retenerlo o descontarlo. EL CONTRATISTA autoriza expresamente a ACUACAR para efectuar tales descuentos y/o retenciones o deducciones. -DECIMASEXTA. - TERMINACIÓN DEL CONTRATO. - El presente contrato podrá darse por terminado por las siguientes causas: 1) En cualquier tiempo, por mutuo acuerdo entre las partes; 2) Por su debida ejecución 3) Por cualquiera de las partes, por el incumplimiento de las obligaciones contractuales, en especial, las detalladas en las cláusulas séptima, octava, novena, décima y decimoprimera del presente contrato, caso en el cual se faculta a las partes para reclamar las indemnizaciones xx xxx.
DECIMASÉPTIMA. - LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO: El presente contrato se liquidará mediante el Acta de Liquidación del Contrato, documento en el cual quedará constancia de las sumas de dinero adeudadas a cada parte y las declaraciones mutuas xx xxx y salvo correspondientes, el cual deberá suscribirse dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la terminación del contrato.
DECIMAOCTAVA.- NORMAS Y DECLARACIONES: El presente contrato se sujeta a las reglas del derecho privado y a la jurisdicción ordinaria.-
DECIMANOVENA.- ARREGLO DIRECTO Y CLÁUSULA COMPROMISORIA.- Las
partes harán todo lo posible por resolver en forma amistosa, ágil y rápida, mediante negociaciones directas, los desacuerdos o diferencias que surjan entre ellos en relación con el contrato, y se comprometen a acudir a los mecanismos de solución de controversias contractuales previstas en este contrato. Si transcurridos treinta (30) días desde el comienzo de las negociaciones, las partes no hubieren podido resolver amistosamente las diferencias contractuales, cualquiera de ellas podrá pedir que tales diferencias o controversias sean sometidas, de conformidad con la ley 1563 de 2012 y, las demás normas concordantes y vigentes sobre la materia, al conocimiento de un Tribunal de Arbitramento cuyo domicilio será la ciudad xx Xxxxxxxxx de Indias, D.T. y C., integrado por tres (3) árbitros nombrados por el Centro de Arbitraje, Conciliación y Amigable Composición de la Cámara de Comercio xx Xxxxxxxxx y de acuerdo con el reglamento de dicho centro. Los árbitros fallarán en Derecho.
VIGESIMA. - CESIONES Y SUBCONTRATOS: EL CONTRATISTA no podrá ceder o
subcontratar el presente contrato sin el consentimiento previo y expreso de ACUACAR, pudiendo ésta reservarse las razones que tenga para negar o consentir en la cesión. PARAGRAFO: De conformidad con la cláusula 30 del Contrato para la Gestión Integral de los Servicios de Acueducto y Alcantarillado suscrito entre el Distrito xx Xxxxxxxxx y Xxxxx xx Xxxxxxxxx S.A. E.S.P., ACUACAR podrá ceder o subrogar las obligaciones y deberes que le genera del presente contrato al Distrito xx Xxxxxxxxx o a la persona en quien éste delegue en el evento de que durante su ejecución se dé por terminado por cualquier causa el citado contrato para la gestión integral. Sin embargo, el Distrito xx Xxxxxxxxx no está obligado a aceptar esta subrogación o a designar una persona para tales efectos. EL CONTRATISTA manifiesta expresamente aceptar la cesión que haga ACUACAR al Distrito xx Xxxxxxxxx o a su delegatario en los términos aquí descritos. -
VIGESIMAPRIMERA. - DOMICILIO CONTRACTUAL: Para todos los efectos legales del presente contrato, el domicilio contractual será la ciudad xx Xxxxxxxxx de Indias, Departamento xx Xxxxxxx, República de Colombia. -
VIGÉSIMASEGUNDA. - CONTRATOS ADICIONALES O MODIFICATORIOS. - Toda
adición o modificación de las cláusulas inicialmente convenidas requerirá de un contrato adicional que se suscribió entre las partes, previo concepto favorable del interventor. -
VIGÉSIMA TERCERA.- INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL
CONTRATISTA y sus socios o integrantes declaran, bajo la gravedad del juramento, que se entiende prestado con la firma de este contrato, no encontrarse incursos en impedimentos, conflicto de interés, restricciones para contratar ni en las causales de inhabilidad e incompatibilidad aplicables a ACUACAR en su gestión contractual, previstas en la ley de acuerdo con su carácter de empresa de servicios públicos domiciliarios de naturaleza mixta.- VIGESIMACUARTA. - PERFECCIONAMIENTO - Este contrato se perfecciona con la firma de las partes. Sin embargo, EL CONTRATISTA dentro de los tres
(3) días hábiles siguientes de recibido el presente contrato debidamente suscrito por el Gerente General de ACUACAR, cumpla con los siguientes requisitos: 1) Otorgamiento y aprobación de las garantías exigidas, 2) Listado del personal que realizará el objeto
contratado con sus números de identificación. 3) Comprobar su afiliación y la de su personal al Sistema de Seguridad Social y al de Compensación Familiar. -
En constancia, se firma en Cartagena el
_
XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXX XXXXX
Acuacar El Proveedor
SECCIÓN 8. ANEXOS
Los anexos comprenden:
· Manual de Impacto Urbano,
· PSO _13 Cumplir con el PSO_13 Estándares de Seguridad para Contratistas.
· Cualquier documento aclaratorio entregado por ACUACAR