CONVENIO DE COLABORACIÓN FIDECOMP/DG/04/2020, CELEBRADO ENTRE EL FIDEICOMISO EJECUTIVO DEL FONDO DE COMPETITIVIDAD Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO CON EL INSTITUTO MORELENSE PARA EL FINANCIAMIENTO DEL SECTOR PRODUCTIVO COMO “PROPONENTE” Y “EJECUTOR” DEL...
CONVENIO DE COLABORACIÓN FIDECOMP/DG/04/2020, CELEBRADO ENTRE EL FIDEICOMISO EJECUTIVO DEL FONDO DE COMPETITIVIDAD Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO CON EL INSTITUTO MORELENSE PARA EL FINANCIAMIENTO DEL SECTOR PRODUCTIVO COMO “PROPONENTE” Y “EJECUTOR” DEL PROYECTO DENOMINADO “PROGRAMA EMERGENTE PARA EMPRESAS INCLUIDO EN EL PLAN ESTATAL DE APOYO A LA ECONOMÍA Y AL EMPLEO PARA COMBATIR LOS EFECTOS ECONÓMICOS DEL COVID-19”.
OBSERVACIONES GENERALES.-
Aprobación 2020/05/13
Publicación 2020/05/13
Expidió Fideicomiso del Fondo de Competitividad y Promoción al Empleo
Periódico Oficial 5823 “Tierra y Libertad”
Al margen superior izquierdo un Escudo del Estado xx Xxxxxxx que dice: “Tierra y Libertad”.- La tierra volverá a quienes la trabajan con sus manos.- 2018-2024.
Al margen superior derecho un logotipo que dice: FIDECOMP.- Fideicomiso Ejecutivo del Fondo de Competitividad y Promoción del Empleo.
CONVENIO DE COLABORACIÓN FIDECOMP/DG/04/2020 QUE CELEBRAN POR UNA PARTE BANCO MERCANTIL DEL NORTE, S. A., INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO BANORTE, EN SU CARÁCTER DE FIDUCIARIO DEL FIDEICOMISO DENOMINADO FIDEICOMISO EJECUTIVO DEL FONDO DE COMPETITIVIDAD Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO (“FIDECOMP“), IDENTIFICADO ADMINISTRATIVAMENTE CON EL NÚMERO 10864, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR SU APODERADO XXXX XXXXX XXXX XXXX XX XXXX, QUIÉN ES DIRECTOR GENERAL DEL “FIDECOMP“, A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA EFECTOS DEL PRESENTE CONVENIO SE LE DENOMINARÁ INDISTINTAMENTE COMO EL “FIDUCIARIO” Y/O EL “FIDECOMP”, Y POR UNA SEGUNDA PARTE EN SU CARÁCTER DE “PROPONENTE” EL INSTITUTO MORELENSE PARA EL FINANCIAMIENTO DEL SECTOR PRODUCTIVO, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU DIRECTOR GENERAL EL MAESTRO XXXX XXXXXXX XXXXXX , A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL PROPONENTE”, Y A QUIENES ACTUANDO EN CONJUNTO SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES” DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
a) Con fecha 15 xx xxxxx de dos mil dieciséis, se publicaron en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” número 5404 Segunda Sección, los Lineamientos para la solicitud, aprobación, ejecución y comprobación de los Programas y Proyectos de Inversión soportados con recursos del Fondo de Competitividad y Promoción del Empleo del Estado xx Xxxxxxx, en lo sucesivo “LOS LINEAMIENTOS”, los cuales tienen por objeto establecer los requisitos mínimos, que deberán cumplir quienes sean apoyados con los recursos del Fondo de Competitividad y Promoción del Empleo, así como los mecanismos de comprobación en la ejecución de proyectos apoyados con recursos del “FIDECOMP”. Se agregan al presente Convenio “LOS
LINEAMIENTOS” como Anexo “A”.
b) Con fecha 10 xx xxxx del año dos mil diecisiete, se publicó en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” número 5495 Alcance, el Reglamento del Comité Técnico del Fideicomiso Ejecutivo del Fondo de Competitividad y Promoción del Empleo, mismo documento que fue reformado y adicionado mediante Decreto publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, número 5686, de fecha diecinueve xx xxxxx de dos mil diecinueve.
DECLARACIONES
I. DECLARA EL “FIDUCIARIO” A TRAVÉS DE SU APODERADO, QUE:
I.1.- Es una institución de crédito legalmente constituida y válidamente existente de conformidad con las leyes de México, según consta en la escritura pública número 30,421 de fecha dieciséis xx xxxxx de mil novecientos cuarenta y cinco, pasada ante la fe del Licenciado Xxxxxxxx X. Xxxx, Notario Público Adscrito a la Notaría xxxxxx 00 xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, hoy Ciudad de México, cuyo primer testimonio quedó debidamente inscrito en el Registro Público de Propiedad del Distrito Federal, hoy Ciudad de México, en la sección de comercio, bajo el número 65, a fojas 114, Volumen 199, libro tercero.
I.2.- Con fecha siete xx xxxxx de dos mil siete se celebró el Contrato de Fideicomiso de Inversión y Administración entre el Gobierno del Estado Libre y Xxxxxxxx xx Xxxxxxx y Banco Mercantil del Norte, S. A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte (División Fiduciaria), el cual fue publicado en
el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” número 4537 de fecha xxxxx xx xxxxx del dos mil siete, mismo que fue modificado mediante Convenio Modificatorio de fecha veintiséis de octubre de dos mil diez, derivado de la necesidad de operatividad requerida para el cumplimiento de los fines del Fideicomiso y el reconocimiento de las atribuciones de la persona titular de la Dirección General; así mismo el día siete de diciembre del año dos mil quince se firmó un Convenio de Sustitución de Institución Fiduciaria, para sustituir a Banco Mercantil del Norte, S. A. Institución
de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte por Banco Interacciones S. A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Interacciones, en su calidad de Fiduciario sustituto identificado en los registro contables de este último con el
número F/10864 y de manera simultánea se suscribió un segundo Convenio Modificatorio a dicho Fideicomiso (en adelante al Contrato de Fideicomiso y sus Convenios Modificatorios se le denominará como el “Fideicomiso”).
I.3.- Mediante escritura pública número 211,475 de fecha cuatro de julio de dos mil dieciocho, otorgada por el Xxxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx 000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx, se hizo constar la fusión entre Banco Interacciones S. A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Interacciones como sociedad Fusionada y Banco Mercantil del Norte, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte como sociedad Fusionante.
I.4.- Su apoderado, el C. Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxx xx Xxxx quién es el titular de la Dirección General del “FIDECOMP” por nombramiento de fecha primero xx xxxxx de dos mil diecinueve, de acuerdo a lo dispuesto en los Artículos 14 y 15 fracción VII del Reglamento del Comité Técnico del Fondo de Competitividad y Promoción del Empleo, en relación con la Cláusula Séptima del Fideicomiso, así como con la escritura pública número 172,189 de fecha dieciséis xx xxxxxx de dos mil diecinueve, otorgada ante el Licenciado Xxxxxx Xxxx Xxxxxxxxx, Titular de la Notaria Pública número 54 de la Ciudad de México y la anuencia de Banco Mercantil del Norte, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte en su carácter de Fiduciario del “FIDEICOMISO”, cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente Convenio, facultades que a la fecha de celebración del presente instrumento, no le han sido modificadas, limitadas, revocadas ni restringidas en forma alguna.
I.5.- Los recursos para el cumplimiento de las obligaciones del presente Convenio, se encuentran contenidos en el Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2020, del “FIDECOMP”, el cual fue aprobado por el Comité Técnico del “FIDEICOMISO” en su Séptima Sesión Extraordinaria de 2019, de fecha dieciséis de diciembre de dos mil diecinueve, según acuerdo número 03/7ª extraordinaria/16-12-19, etiquetado en la Partida 4000-4300 denominada “Subsidios y subvenciones”, por el importe de $175,883,928.60 (Ciento setenta y cinco millones ochocientos ochenta y tres mil novecientos veintiocho pesos 60/100 M.N.); recursos mediante los cuales los miembros del Comité Técnico del “FIDEICOMISO” autorizan y sustentan el cumplimiento de las obligaciones del presente Convenio.
I.6.- Mediante Acuerdo 02/01ª Extraordinaria/30- 03-2020, emitido en la Primera Sesión Extraordinaria del año dos mil veinte, del Comité Técnico del “FIDEICOMSO”, celebrada con fecha treinta xx xxxxx de dos mil veinte; por unanimidad de votos, los miembros integrantes del Comité Técnico del “FIDEICOMISO”, aprobaron la pertinencia e inclusión a la Cartera de Proyectos del “FIDECOMP” el proyecto denominado “Programa Emergente para Empresas incluido en el Plan Estatal de Apoyo a la Economía y al Empleo para combatir los efectos económicos del COVID-19” en lo sucesivo el “PROYECTO”, así como la ficha técnica, el catálogo de conceptos y el programa de ejecución que forman parte del expediente técnico (términos así definidos en los “LINEAMIENTOS”) de dicho “PROYECTO” , El monto de recursos del “FIDECOMP” aprobado para el “PROYECTO” es por la cantidad de $10,000,000.00 (Diez millones de pesos 00/100 M.N.), lo anterior de acuerdo al Programa de Ejecución aprobado por el referido órgano colegiado,. El acuerdo señalado en el presente numeral se adjunta en copia simple al presente instrumento como Anexo “B”.
I.7.-Su representada, comparece a la celebración del presente Convenio en cumplimiento al Acuerdo del Comité Técnico referido en el numeral inmediato anterior, así como a las instrucciones giradas por el Director del “FIDECOMP” mediante oficio número FIDECOMP/DG/154/2020.
I.8.- Para los efectos del presente Convenio señala como su domicilio el ubicado en Xxxxx Xxxxxxx xxxxxx 0-X Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxx, Xxxxxxx, Código Postal. 62000.
II. DECLARA EL “PROPONENTE” A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE Y BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE:
II.1. Es un organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio, creado por decreto que crea la Ley del Instituto Morelense para el Financiamiento del Sector Productivo publicada en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” número 4,732 de fecha 12 xx xxxxxx de 2009; misma Ley que fue reformada de manera integral para denominarse Ley del Fondo Xxxxxxx mediante decreto publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” número 5,415 de fecha 21 de Julio de 2016, ratificándose sus atribuciones y competencia de la Entidad.
II.2. Se encuentra sectorizado a la Secretaría de Desarrollo Económico y del Trabajo del Gobierno del Estado xx Xxxxxxx, según lo acredita con el acuerdo de Sectorización de las diversas Entidades de la Administración Pública del Estado xx Xxxxxxx mediante el cual se da a conocer la relación de Organismos Auxiliares del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado xx Xxxxxxx publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” número 5681 de fecha 27 de febrero de 2019;
II.3.- Su representante el Maestro Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx, cuenta con todas las facultades necesarias para suscribir el presente Convenio, lo que acredita con el nombramiento otorgado a su favor por el Gobernador Constitucional del Estado Libre y Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, de fecha 15 de Octubre del 2018, así como con los artículos 8 fracción II, 12 fracción I, 13 y 14 fracción I de la Ley del Fondo Xxxxxxx; los artículos 81, 82 fracciones I y IX de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado Libre y Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, y los artículos 20, fracción II,
30 y 31, fracción IV, del Estatuto Orgánico del Fondo Morelos; copia del nombramiento referido se anexa en copia simple al presente instrumento como anexo “C”.
II.4.- El objeto de su representada de conformidad con el artículo 5 de la Ley del Fondo Morelos es el otorgamiento de financiamiento a las actividades primaria, secundaria y terciaria del sector productivo; así como el diseño, desarrollo e implementación de productos y programas a condiciones competitivas, que impulsen el desarrollo económico del Estado xx Xxxxxxx, conforme a las Reglas de Operación que al efecto se emitan.
II.5.- Está inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes con clave número IME0908124Y4.
II.6.- Tiene como su domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones documentos y valores respecto del presente acuerdo de voluntades el ubicado en Xxxxxxx Xxxx xx Xxxxx xxxxxx 000, Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx, Código Postal 00000, Xxxxxxxxxx, Xxxxxxx.
II.7.- Está de acuerdo en suscribir el presente Convenio de Colaboración, a efecto de poder llevar a cabo el “PROYECTO” y obligarse en los términos del mismo.
III.- DECLARAN “LAS PARTES” por conducto de sus representantes que:
ÚNICA.- Se reconocen mutuamente la personalidad con la que se ostentan, manifestando su voluntad en la suscripción del presente convenio sin que exista error, violencia, lesión, dolo o mala fe; por lo que están de acuerdo en sujetarse a los compromisos pactados en el presente instrumento. Expuestas las Declaraciones anteriores “LAS PARTES” se obligan de conformidad a las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- OBJETO.- El objeto del presente Convenio es establecer las condiciones específicas para el otorgamiento de los apoyos provenientes del Fondo de Competitividad y Promoción del Empleo, para la ejecución del “PROYECTO”, presentado por el “PROPONENTE” y descrito en el Acuerdo y Ficha Técnica que se agrega al presente instrumento como “Anexo D” a que se alude en el numeral I.6, del capítulo de Declaraciones del instrumento que se signa, así como en el “PROGRAMA DE EJECUCIÓN” mismo que se agrega como “Anexo E” al presente Convenio.
SEGUNDA.- ENTREGA DE RECURSOS.- Para la adecuada ejecución y desarrollo del “PROYECTO”, con base en la suficiencia presupuestal contenida en el Presupuesto de Egresos del “FIDECOMP”, para el Ejercicio Fiscal 2020, y en las disposiciones contenidas en “LOS LINEAMIENTOS”, la entrega de recursos se realizará conforme al “PROGRAMA DE EJECUCIÓN” presentado ante el Comité Técnico del “FIDEICOMISO”, por lo cual se autorizan al “PROPONENTE” recursos por un monto de $10,000,000.00 (Diez millones de pesos 00/100 M.N.), aportación que realizará el “FIDUCIARIO” a “EL PROPONENTE” de conformidad con la Ficha Técnica y el “PROGRAMA DE EJECUCIÓN” presentados y aprobados por el Comité Técnico del “FIDECOMISO”.
Una vez formalizado el presente Convenio y de acuerdo al “PROGRAMA DE EJECUCIÓN”, el Comité Técnico a través del Director General del “FIDECOMP” girará la instrucción correspondiente al “FIDUCIARIO” para que realice la entrega de recursos que corresponda a “EL PROPONENTE” con cargo al patrimonio del “FIDECOMISO”, en el entendido que, Banco Mercantil del Norte, S. A. Institución
de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte, en su carácter de Fiduciario del Fideicomiso 10864, se obliga a responder con el patrimonio de dicho fideicomiso, hasta donde este baste y alcance, ya que en ningún momento y bajo ninguna circunstancia responderá con el patrimonio propio de la Institución.
TERCERA.- LIBERACIÓN DE RECURSOS.- “LAS PARTES” estipulan que la
transferencia de los recursos a favor del “PROPONENTE”, serán realizadas de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de “LOS LINEAMIENTOS”, del “FIDECOMP” y el presente Convenio.
CUARTA.- CUENTA BANCARIA ESPECÍFICA.- Para la entrega de los recursos el “PROPONENTE” en términos de las disposiciones aplicables, aperturará una cuenta bancaria específica para la administración y resguardo de los recursos, que distinga contablemente su origen e identifique que las erogaciones correspondan al fin autorizado de conformidad con lo establecido en el presente Instrumento Jurídico, dicha cuenta bancaría es la siguiente:
Banco: Banco Mercantil del Norte S.A. Cuenta: 10523258972 Clabe: 072540010523259722 Titular: Instituto Morelense para el Financiamiento del Sector Productivo El “PROPONENTE” se obliga expresamente a destinar los recursos otorgados, exclusivamente para el desarrollo del “PROYECTO”, y en caso de que exista algún remante y rendimientos financieros que por cualquier concepto generen los mismos, estos sean reintegrados en su totalidad al “FIDEICOMISO”, al final de la ejecución del “PROYECTO”.
QUINTA.- NATURALEZA DE LOS RECURSOS.- Los recursos que aporta el “FIDECOMP” para el cumplimiento del presente Convenio y que se realiza con sujeción a ”LOS “LINEAMIENTOS”, serán considerados en todo momento como subsidio Estatal, en los términos de las disposiciones aplicables, en consecuencia no pierden el carácter de público y estarán sujetos en todo momento a las disposiciones estatales que regulan su control y ejercicio.
SEXTA.- METAS Y PLAZOS DE EJECUCIÓN.- “LAS PARTES” establecen que la
ejecución del “PROYECTO”, la aplicación y las acciones establecidas para el desarrollo de éste, se sujetarán a los plazos y términos previstos en el “PROGRAMA DE EJECUCIÓN”.
SÉPTIMA.- RESPONSABLES DE LA EJECUCIÓN.- La ejecución del
“PROYECTO” descrito el “PROGRAMA DE EJECUCIÓN”, se encontrará a cargo de “EL PROPONENTE”.
OCTAVA.- OBLIGACIONES:
I.- Para el cumplimiento del objeto del presente Convenio “EL PROPONENTE” asume expresamente las obligaciones siguientes:
a) Ejecutar el “PROYECTO” en los plazos y términos expresamente establecidos en el “PROGRAMA DE EJECUCIÓN”.
b) Aplicar en su totalidad los recursos en la ejecución del “PROYECTO” aprobado.
c) Abstenerse de utilizar los recursos aportados por el “FIDECOMP”, en gastos de conceptos que no tengan relación alguna con la estricta ejecución del “PROYECTO” aprobado;
d) Recabar y facilitar al “FIDECOMP” a través de sus órganos componentes de conformidad con “LOS LINEAMIENTOS”, la comprobación de los informes considerados en éstas;
e) Aceptar la realización de visitas de supervisión e inspección y entregar la información y documentación que le solicite el “FIDECOMP” por conducto de su Director General y las instancias fiscalizadoras que conforme a la Ley cuenten con tal atribución;
f) Mantener aperturada la cuenta bancaria específica que refiere la Cláusula Cuarta del presente Convenio y en su caso, notificar por escrito al “FIDUCIARIO” cualquier cambio;
g) Ser los únicos e inmediatos responsables de las obligaciones laborales, civiles o penales derivadas de las contrataciones que directamente realice para llevar a cabo el objeto del presente Xxxxxxxx, sin que pueda considerarse bajo ninguna circunstancia al “FIDUCIARIO” como responsable solidario o patrón sustituto; y
h) En general asumir las obligaciones contenidas en el artículo 25 de “LOS LINEAMIENTOS”.
II.- El “FIDUCIARIO” se obliga a:
a) Otorgar los recursos económicos referidos en la cláusula segunda del presente Convenio con cargo al patrimonio del “FIDEICOMISO”, previo cumplimiento del “PROPONENTE”, a las obligaciones a su cargo y previa validación de las mismas por el Director General del “FIDECOMP”; y
b) Procurar la asistencia y orientación al “PROPONENTE” por conducto del Director General del “FIDECOMP”, cuando éste así lo solicite.
NOVENA.- REVISIÓN DEL AVANCE FINANCIERO DEL “PROYECTO”.- A
efecto de garantizar la ejecución del “PROYECTO” en la forma y plazo establecido, el “FIDUCIARIO” por conducto de la persona titular de la Dirección General del “FIDECOMP”, solicitará por escrito al “PROPONENTE” un informe acerca de los avances financieros del mismo, así como los informes de ejecución con la información que considere necesaria para supervisar su ejecución y la documentación comprobatoria de los recursos ejercidos.
De igual forma, el “PROPONENTE” se encontrará obligado a remitir ante el “FIDECOMP” por conducto de su Titular, un informe el cual deberá acompañar de la documentación comprobatoria que del recurso ejercido que genere con motivo de la ejecución del “PROYECTO”, su avance, y la aplicación de recursos correspondientes.
DÉCIMA.- INFORME FINAL.- “LAS PARTES” acuerdan que al término de la ejecución del “PROYECTO”, el “PROPONENTE” deberá elaborar el Informe Final por escrito a que se refiere el artículo 22, de “LOS LINEAMIENTOS”, en el que se mostrará de manera detallada la información referente a la ejecución y se señalará con mayor énfasis y de manera prioritaria aquello relativo al avance financiero.
Asimismo, deberá incluirse en dicho Informe Final un desglose pormenorizado en el que se contenga una exposición de los logros de las metas alcanzadas, debiendo adjuntar a este toda la documentación comprobatoria de la ejecución del “PROYECTO”.
DÉCIMA PRIMERA.- CONTROL, VIGILANCIA Y SEGUIMIENTO.- Los recursos
públicos involucrados en el presente Convenio de Colaboración, son sujetos de
acciones de vigilancia, control y evaluación por parte de las Autoridades Estatales competentes.
DÉCIMA SEGUNDA.- MODIFICACIONES.- El presente Convenio podrá ser modificado o adicionado de común acuerdo entre “LAS PARTES” por escrito, siempre que dichas adecuaciones no impliquen o signifiquen una modificación al objeto original del presente instrumento y que las mismas contribuyan y coadyuven al cumplimiento del mismo.
DÉCIMA TERCERA.- RELACIONES LABORALES.- Las relaciones de trabajo que cada una de “LAS PARTES” establezca con sus trabajadores y empleados, serán de su exclusiva responsabilidad, por lo que cada uno deberá responder de todas las obligaciones que contraiga de índole Civil, Penal, Administrativo o Laboral obligándose, a liberar a la otra parte de cualquier reclamación que llegare a formularse, por lo que, en ningún caso serán considerados patrones solidarios o sustitutos.
DÉCIMA CUARTA.- RESCISIÓN.- El incumplimiento total o parcial de las obligaciones que por virtud de este Convenio de Colaboración y en su caso de sus modificaciones, sean imputables al “PROPONENTE”, dará lugar a la rescisión, y el “FIDUCIARIO” tendrá derecho a solicitar por escrito la devolución de la aportación señalada en la Cláusula Segunda del presente instrumento al “PROPONENTE”, quien de inmediato en un plazo que no excederá de 15 días naturales, realizará el reintegro de los recursos. Asimismo, el “FIDUCIARIO” podrá rescindir sin ninguna responsabilidad y sin necesidad de declaración judicial alguna el presente Xxxxxxxx, en caso de que el “PROPONENTE” aplique los recursos económicos entregados de manera diferente a lo pactado en el presente Convenio.
DÉCIMA QUINTA.- PLAZO Y VIGENCIA.- El presente Convenio tendrá una vigencia a partir de la fecha de su firma y concluirá hasta la total comprobación de la conclusión del “PROYECTO”, sin que ello implique comprometer recursos de ejercicios presupuestales siguientes, en términos de lo dispuesto por el artículo 31 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado xx Xxxxxxx.
DÉCIMA SÉXTA.- RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.- “LAS PARTES”
convienen en que las controversias que se susciten con motivo de la
interpretación, ejecución, alcance y aplicación de las cláusulas del presente instrumento jurídico, las resolverán de común acuerdo y por la vía de la amigable composición.
LEÍDO QUE FUE EL PRESENTE CONVENIO Y ENTERADAS LAS PARTES DE SU CONTENIDO Y ALCANCE LEGAL POR NO EXISTIR, DOLO, MALA FE, ERROR, LESIÓN O ALGÚN OTRO VICIO QUE AFECTE LA VOLUNTAD DE LAS PARTES, LO FIRMAN DE CONFORMIDAD EN TRES TANTOS ORIGINALES EN LA CIUDAD DE CUERNAVACA, MORELOS, EL DÍA PRIMERO XX XXXXX DEL AÑO DOS MIL VEINTE.
POR “EL FIDECOMP” C. XXXX XXXXX XXXX XXXX XX XXXX APODERADO DE BANCO MERCANTIL DEL NORTE S.A EN SU CARÁCTER DE FIDUCIARIO DEL FIDEICOMISO 10864 Y DIRECTOR GENERAL DEL FIDEICOMISO EJECUTIVO DEL FONDO DE COMPETITIVIDAD Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO POR “EL PROPONENTE” M.B.A XXXX XXXXXXX XXXXXX DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO MORELENSE PARA EL FINANCIAMIENTO DEL SECTOR PRODUCTIVO.
LA PRESENTE HOJA DE FIRMAS FORMA PARTE INTEGRANTE DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN FIDECOMP/DG/04/2020 QUE CONSTA DE 8 FOJAS ÚTILES MÁS SUS ANEXOS, QUE CELEBRAN BANCO MERCANTIL DEL NORTE, S.A., INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE GRUPO FINANCIERO BANORTE, EN SU CARÁCTER DE FIDUCIARIO DEL FIDEICOMISO EJECUTIVO DEL FONDO DE COMPETITIVIDAD Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO (FIDECOMP) NÚMERO 10864 Y EL INSTITUTO MORELENSE PARA EL FINANCIAMIENTO DEL SECTOR PRODUCTIVO PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO “PROGRAMA EMERGENTE PARA EMPRESAS INCLUIDO EN EL PLAN ESTATAL DE APOYO A LA ECONOMÍA Y AL EMPLEO PARA COMBATIR LOS EFECTOS ECONÓMICOS DEL COVID-19” DE FECHA 01 XX XXXXX DE DOS MIL VEINTE.
DIRECCIÓN GENERAL DE PROCESOS PARA LA ADJUDICACIÓN DE CONTRATOS DE LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y XXXXXXXX XX XXXXXXX RESUMEN DE
CONVOCATORIA DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL PRESENCIAL NÚMERO EA-N07-2020
De conformidad con la Ley Sobre Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del Poder Ejecutivo del Estado Libre y Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional número EA-N07-2020, cuyas bases de participación están disponibles para consulta en Internet:
xxxx://xxxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxx, o bien en: xxxxx Xxxxxxxxx xxxxxxx Xxxxxx, xxxxxx 0, Xxxxxxxx Xxxxxxx, 0xx. y 0xx. xxxx, xxxxxxx Xxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxxxxxx, Xxxxxxx; con teléfono 00 (000) 000-00-00, ext.
1283, 1291 y 1293, los días del 13 al 26 xx xxxx del 2020 de las 8:00 a 15:00 horas.
Carácter, medio y No. de Licitación: | Licitación Pública Nacional Presencial Número EA-N07-2020. |
Objeto de la Licitación: | Contratación abierta de prestación de servicio de materiales impresos para la difusión de las distintas campañas informativas para la Coordinación de Comunicación Social de la Jefatura de la Oficina de la Gubernatura. |
Volumen a adquirir: | Los detalles se determinan en la propia Convocatoria. |
Fecha de publicación en: xxxx://xxxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxx cia/licitaciones | 13 xx xxxx de 2020 |
Fecha y hora de la junta de aclaraciones: | 26 xx xxxx de 2020, 10:00 hrs |
Fecha y hora para la visita a instalaciones/ Entrega de muestras: | De acuerdo a bases |
Fecha y hora para la presentación y apertura de proposiciones: | 01 xx xxxxx de 2020, 10:00 hrs. |
Fecha y hora para emitir el fallo: | 18 xx xxxxx de 2020, 10:00 hrs |
Costo de bases: | $1,800.00 debiendo realizar el pago en la Institución Financiera “HSBC |
México, S.A.” en la cuenta correspondiente, mediante el Formato RAP que provee el mismo banco y con el número de Convenio 1626. Para efectuar el trámite deberá de remitirse a la página de internet: xxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx/xxx pranet/pago-de-bases-licitacion. En el caso de pagar en la Coordinación de Políticas de Ingresos, ubicada en Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx X/X, Xxx. Xxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxx, Xxxxxxx, X.X. 00000, Tel. 00 (000) 000 00 00; 310 09 21 ext. 127. El costo será de $2,000.00 (Dos mil pesos 00/100 M.N.) | |
Monto de garantía de la seriedad de las propuestas: | 5% del monto total de la propuesta económica sin considerar el impuesto al valor agregado, cuya vigencia será de 90 días naturales contados a partir de la presentación de la misma. |
Anticipo: | No se otorgará anticipo |
No podrán participar en presente procedimiento: | Las personas que se encuentren en los supuestos del artículo 40, fracción XVI de la Ley Sobre Adquisiciones, Enajenaciones, y Prestación de Servicios del Poder Ejecutivo del estado Libre y Xxxxxxxx xx Xxxxxxx. |
Podrán asistir: | Quienes cumplan con los requisitos del artículo 39, fracción IX de la Ley Sobre Adquisiciones, Enajenaciones, y Prestación de Servicios del Poder |
Ejecutivo del Estado Libre y Xxxxxxxx xx Xxxxxxx. |
Cuernavaca, Mor., a 13 xx xxxx de 2020.
ATENTAMENTE
C. XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX DIRECTOR GENERAL DE PROCESOS
PARA LA ADJUDICACIÓN DE CONTRATOS RÚBRICA.