TERMINOS Y CONDICIONES ALQUILER DE VEHÍCULOS SIN CONDUCTOR
TERMINOS Y CONDICIONES ALQUILER DE VEHÍCULOS SIN CONDUCTOR
CONSIDERACIONES GENERALES:
A) DE ACCESO
1. Descargar MOVE BY LOS COCHES (La aplicación). El SUSCRIPTOR deberá descargar la aplicación MOVE BY LOS COCHES en su celular, la cual estará disponible en el App Store de su equipo móvil ya sea Android o Apple.
2. Para acceder y utilizar los servicios ofrecidos por LOS COCHES, El SUSCRIPTOR deberá crear una cuenta en la aplicación MOVE BY LOS COCHES, ingresando sus datos personales, información de su tarjeta de crédito, escanear su licencia de conducir y cargarla en la aplicación. Adicionalmente, deberá cargar: i) una fotografía de su documento de identidad; y, ii) una selfie con su licencia de conducir.
B) DEL SERVICIO.
i) Los servicios únicamente podrán ser adquiridos por El SUSCRIPTOR que haya creado su cuenta en la aplicación y haya aceptado estos Términos y Condiciones de manera electrónica. La identidad del SUSCRIPTOR podrá ser verificada físicamente (cuando así se requiera) al momento de la entrega del vehículo o a la suscripción por primea vez del contrato de arrendamiento de vehículo sin conductor por parte de LOS COCHES
ii) El SUSCRIPTOR solo podrá arrendar el vehículo de acuerdo con la información mencionada en la App, por lo cual entiende y acepta que no podrá exigir un precio diferente al ofertado.
iii) USO Y ACCESO AL SERVICIO. El SUSCRIPTOR, deberá contar con un dispositivo móvil con servicio de internet, a través del cual realizará la creación de la cuenta, selección y reserva del vehículo, aceptación de las presentes disposiciones, pagos, check-in, apertura de puertas del vehículo arrendado, finalización del servicio, etc., todo esto, ingresando a la aplicación. Adicionalmente, el dispositivo móvil deberá contar con el servicio de Bluetooth el cual deberá estar activado en todo momento.
iv) RESERVA. Se materializa una vez EL SUSCRIPTOR ha elegido el vehículo, los días en que lo utilizará, ha realizado el pago conforme a lo aquí acordado y se ha validado por parte de LOS COCHES los documentos de identificación del SUSCRIPTOR. Para estos efectos, LOS COCHES efectuará la correspondiente validación crediticia.
v) CANCELACIÓN GRATUITA DE LA RESERVA. Será posible con un mínimo de dos (2) horas de antelación a la hora en que debió iniciarse la prestación del servicio. De lo contrario LOS COCHES cobrará una sanción por NO SHOW correspondiente a un (1) día del valor de la reserva del vehículo elegido.
vi) INGRESO AL SERVICIO. Para iniciar el servicio el SUSCRIPTOR deberá esperar la confirmación de validación a través de su dirección de correo electrónico registrada, ingresar a la App y seleccionar el botón de inicio, desde allí podrá abrir o cerrar el vehículo a través del celular o con la llave según sea el caso. Para este proceso deberá estar fuera del vehículo.
vii) CONDUCTOR ADICIONAL. EL SUSCRIPTOR, podrá reportar un conductor adicional a través de los canales de atención dispuestos por LOS COCHES, correo electrónico xxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx o mediante la línea WhatsApp 0000000000, adjuntando fotocopia del pase de conducir y cedula de ciudadanía del conductor adicional, quien será solidariamente responsable respecto de todas las obligaciones asumidas por EL SUSCRIPTOR. Por lo tanto, en caso de que el vehículo sea conducido por alguna persona distinta a la informada, EL SUSCRIPTOR incurrirá en incumplimiento del contrato. Si tal comportamiento acarrea la falta de cobertura de las pólizas contratadas por LOS COCHES, EL SUSCRIPTOR responderá directamente conforme lo regulado en el contrato de arrendamiento de vehículo.
viii) RETIRO DEL VEHÍCULO. Una vez EL SUSCRIPTOR ha elegido el tipo de vehículo a arrendar, cumpliendo con todas las condiciones exigidas por LOS COCHES y realizado el previo check-in, se dirigirá al lugar de ubicación del vehículo y realizará el retiro del mismo haciendo uso de su dispositivo móvil. Los USUARIOS podrán encontrar la llave de encendido (cuando ésta sea requerida) en la caja ubicada al interior de la guantera del vehículo (keyholder).
ix) FINALIZACIÓN DEL SERVICIO. EL SUSCRIPTOR deberá finalizar el servicio a través de la opción TERMINAR dispuesta en la aplicación y si el automotor cuenta con llave de encendido deberá dejar ésta en el compartimento ubicado en la guantera (keyholder). Si la llave no es dejada en este sitio, la aplicación no le permitirá dar por terminado el servicio.
x) DEVOLUCIÓN DEL VEHÍCULO. Una vez cumplidos los días de arrendamiento, EL SUSCRIPTOR devolverá el vehículo en las sedes físicas autorizadas de LOS COCHES. El cliente seleccionará en la aplicación la opción TERMINAR, hará el reporte xx xxxxxxxxx y diligenciará la encuesta de servicio. Adicionalmente, el vehículo deberá ser regresado con la misma cantidad de combustible y las
mismas condiciones de aseo con la que fue entregado. De lo contrario, se cobrarán los valores correspondientes a la tarjeta de crédito registrada en la App.
xi) COBROS ADICIONALES. LOS COCHES podrá cargar a la tarjeta de crédito registrada en la aplicación por el SUSCRIPTOR los montos adicionales que se lleguen a causar por concepto de: i) daños al vehículo o a terceros; iii) gastos no cubiertos por la compañía aseguradora o el deducible, según corresponda; iii) elementos y/o accesorios perdidos; iv) multas o comparendos que recaigan sobre el vehículo objeto de arrendamiento y que se hubieren generado dentro del término de ejecución del servicio con independencia de su fecha de notificación.
C) DEL USUARIO
i) El SUSCRIPTOR como el conductor adicional deberán tener mínimo 21 años al momento de contratar el servicio.
ii) Todos los documentos registrados en la aplicación deberán corresponder a los del SUSCRITOR, es decir, la persona que suscribirá el contrato de arrendamiento de vehículo sin conductor.
iii) Tanto el SUSCRIPTOR como el conductor adicional, deberán exhibir sus licencias de conducción vigentes y acordes al tipo de vehículo en el cual tomará el servicio.
iv) Inscribirse en la aplicación y diligenciar todos los datos exigidos en esta.
v) Registrar como mecanismo de pago una tarjeta de crédito con un cupo mínimo al equivalente de 2.0 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (SMLMV) y un término de vencimiento superior a dos (2) años, contados a partir del momento en el cual se va a tomar el servicio.
vi) Proporcionar información veraz en relación con sus datos personales, datos de contacto y tarjeta de crédito.
- Los conductores que no cumplan con estas condiciones serán excluidos y se les negará el acceso a los servicios ofertados por LOS COCHES.
- LOS COCHES se reserva el derecho de rechazar, retirar o restringir el acceso a un SUSCRIPTOR, por inconsistencias de información o comportamiento inadecuado por el uso del servicio o por falta de capacidad crediticia.
El presente documento tiene un carácter informativo, por lo cual el SUSCRIPTOR solo podrá dar inicio al servicio de alquiler de vehículos una vez suscriba el contrato de arrendamiento de vehículo sin conductor a corto plazo, en el cual se consagran las disposiciones generales y especiales bajo las cuales se regirá el servicio.
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULO SIN CONDUCTOR A CORTO PLAZO
Entre los suscritos: DISTRIBUIDORA LOS COCHES LA SABANA S.A.S. (en adelante “LOS COCHES”), identificada con NIT. 860.052.634- 2, domiciliada en la ciudad de Bogotá D.C., quien se denominará LA ARRENDADORA, por una parte; y por otra, EL ARRENDATARIO y/o USUARIO, quien es la persona que libre y voluntariamente realizó su registro a través de la aplicación MOVE BY LOS COCHES para hacer uso del servicio de ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULO SIN CONDUCTOR, se celebra el presente contrato de arrendamiento a corto plazo que se regirá por las siguientes disposiciones, y en lo no previsto en ellas, por las normas comunes que rigen el arrendamiento en Colombia.
I. DECLARACIONES
EL ARRENDATARIO y/o USUARIO declara que: a) todos los datos registrados en la aplicación corresponden a su información personal, y que los documentos de identificación (cédula/pasaporte y licencia de conducción) son de su titularidad;
b) fue informado del clausulado y tuvo el tiempo suficiente para leer la totalidad del contenido de este documento; c) conoce los términos y condiciones del servicio prestado de conformidad con lo establecido en el presente contrato; d) reconoce que el vehículo arrendado, sus accesorios y repuestos instalados, son de propiedad de LA ARRENDADORA; e) fue informado sobre la normatividad vigente en relación con el Pico y Placa y demás restricciones para transitar en la ciudad y/o municipios aledaños;
f) se aclararon las dudas presentadas, en relación con el contrato y/o del servicio ofertado.
II. DEFINICIONES
• ARRENDAMIENTO: Se refiere al alquiler de un vehículo sin conductor, mediante reserva efectuada a través de la aplicación MOVE BY LOS COCHES.
• APLICACIÓN: Se refiere a la aplicación MOVE BY LOS COCHES, descargada por el ARRENDATARIO y/o USUARIO en su teléfono móvil (Android o iPhone) para acceder a los servicios ofrecidos por LA ARRENDADORA y que se describen en este documento.
• CLOUDBOXX Y/O KEYLESS GO & ENTRY: Dispositivo con el que están equipados los vehículos, el cual permite acceder a toda la información del automotor y proceder con el retiro del mismo de los establecimientos de LA ARRENDADORA, mismo que se encuentra conectado con la aplicación MOVE BY LOS COCHES, permitiendo ubicar el vehículo y extraer información en tiempo real de localización, datos de motor, combustible, batería, sensor de movimiento, choque y seguimiento de llaves, entre otros.
• KEYHOLDER: Caja ubicada al interior de la guantera del vehículo donde se podrá encontrar la llave de encendido del mismo. La llave deberá ser depositada en este mismo lugar, una vez finalizado el servicio.
• OFERTA / ANUNCIO: Es la información que aparece disponible en la aplicación, relacionada con el precio, disponibilidad y condiciones del vehículo a arrendar.
• ARRENDATARIO / USUARIO: Persona natural o jurídica que celebra el contrato de arrendamiento de vehículo sin conductor, y quien puede ser el conductor principal del mismo por el período contratado.
• CONDUCTOR ADICIONAL: Persona autorizada por el ARRENDATARIO y/o USUARIO que podrá conducir el vehículo y quien deberá cumplir con los mismos requisitos exigidos para aquel siendo solidariamente responsable con los términos y condiciones establecidos en el presente contrato.
• ARRENDADORA: Persona jurídica (LOS COCHES), propietaria de los vehículos que se encuentran dispuestos en la aplicación para que puedan ser tomados en arrendamiento.
• CUENTA: Perfil creado por el ARRENDATARIO y/o USUARIO en la aplicación, con sus nombres, apellidos, identificación, correo electrónico y datos sobre tarjeta de crédito, a través de la cual accederá a los servicios ofrecidos por LA ARRENDADORA.
• RESERVA: Solicitud que realiza el ARRENDATARIO y/o USUARIO, a fin de apartar un vehículo a través de la aplicación.
• SEGURO: Póliza contratada por LA ARRENDADORA ante una compañía de seguros para amparar los riesgos que se pueden suscitar en el ejercicio del objeto del presente contrato.
• SERVICIOS: Se refiere a los proporcionados por LA ARRENDADORA y que son puestos a disposición del ARRENDATARIO y/o USUARIO cuando utiliza correctamente la aplicación.
• VEHÍCULO: Se refiere al automotor puesto a disposición del ARRENDATARIO y/o USUARIO, para ser arrendados.
• ACCESORIOS: Piezas, elementos o dispositivos que se agregan al equipamiento de fábrica del vehículo para personalizarlo mejorando su diseño, comodidad y desempeño.
• TARJETA DE CRÉDITO: Es el método de pago registrado en la aplicación de titularidad del ARRENDATARIO y/o USUARIO, mediante el cual se realizarán los pagos de los servicios contratados, así como aquellos que se llegaren a generar de manera posterior, con fundamento en lo expuesto en este documento.
• NO SHOW: Significa la no comparecencia del ARRENDATARIO y/o USUARIO para el retiro del vehículo en el lugar, fecha y día (s) reservados.
• TARJETAHABIENTE: Persona titular de la tarjeta de crédito registrada, y quien debe ser el mismo ARRENDATARIO y/o USUARIO. Esta persona será responsable de los pagos y cobros adicionales contemplados en el presente contrato.
III. CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO. LA ARRENDADORA se
compromete a entregar en calidad de arrendamiento al ARRENDATARIO y/o USUARIO el VEHÍCULO seleccionado en la aplicación, para el uso, goce y disfrute a cambio del pago del
precio diario informado por el número de días acordados. El ARRENDATARIO y/o USUARIO podrá disponer del vehículo, sin estar sujeto a la dirección u órdenes de LA ARRENDADORA. PARÁGRAFO PRIMERO. El ARRENDATARIO y/o USUARIO
tendrá derecho a usar el vehículo arrendado por la tarifa diaria contratada.
PARÁGRAFO SEGUNDO: El VEHÍCULO solo podrá
desplazarse dentro de territorio colombiano y en ningún momento podrá exceder los límites fronterizos.
PARÁGRAFO TERCERO. LA ARRENDADORA se compromete
a entregar el vehículo con el cubrimiento del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) y responsabilidad civil extracontractual, equipo de carretera y revisión técnico-mecánica al día en caso de requerirse.
PARÁGRAFO CUARTO. Al inicio de la reserva y/o recogida del vehículo, el cliente inspeccionará el automotor y en caso de encontrar fallas o inconsistencias en el mismo, tanto estéticas como mecánicas, o falta de equipos, accesorios y/o herramientas, notificará a LOS COCHES de manera inmediata a través de la aplicación o de los canales de atención dispuestos: xxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx o mediante el número celular y línea de WhatsApp 0000000000, a fin de que se deje constancia en el acta de entrega del automotor. De no existir registro de la evidencia, se entenderá que el vehículo fue entregado a satisfacción y con todos los accesorios completos. SEGUNDA. PLAZO Y CONDICIONES DEL SERVICIO. Será el
número de días que el ARRENDATARIO y/o USUARIO elija en la aplicación, el cual será de mínimo un día (24 horas), término que dará inicio con la recogida del vehículo. El plazo podrá prorrogarse por uno o más días adicionales previa confirmación de disponibilidad con LA ARRENDADORA.
TERCERA. FORMA DE PAGO. El ARRENDATARIO y/o
USUARIO pagará el valor del servicio contratado de manera anticipada, únicamente a través de una Tarjeta de Crédito de su titularidad vinculada en la aplicación, mediante la cual, se efectuarán los cargos a la pasarela de pagos PayU. PARÁGRAFO PRIMERO. El ARRENDATARIO y/o USUARIO,
pagará el 100% del precio equivalente a la totalidad de días reservados de manera anticipada. Cualquier extensión en la reserva, será calculada y cobrada de acuerdo con la tarifa contratada y con base en lo dispuesto en la cláusula segunda de este contrato. Cada día adicional de servicio será cobrado por anticipado con cargo a la tarjeta de crédito vinculada en la aplicación.
PARÁGRAFO SEGUNDO. La aceptación de LA ARRENDADORA en recibir pagos tardíos no implica el cambio de los términos de pago estipulados en este contrato, ni afecta la constitución en xxxx del arrendatario. El ARRENDATARIO y/o USUARIO acepta que seguirán corriendo todos los demás gastos que se generen por la tenencia del VEHÍCULO hasta la entrega física del mismo.
PARÁGRAFO TERCERO. El ARRENDATARIO y/o USUARIO
se compromete a no bloquear su tarjeta de crédito, sobregirarla, o impedir de cualquier forma el cobro por parte de LA ARRENDADORA, so pena de considerarse como un acto de mala fe e incumplimiento del contrato, otorgándole la facultad a LA ARRENDADORA de ejercer las acciones legales correspondientes tendientes a obtener el resarcimiento de todos los perjuicios que le hayan sido ocasionados con el
incumplimiento.
PARÁGRAFO CUARTO. Con la aceptación de los Términos y Condiciones de servicio contratado, el ARRENDATARIO y/o USUARIO autoriza a LA ARRENDADORA a cargar a la Tarjeta de Crédito de aquel, todos los valores generados por: i) El arrendamiento del vehículo; ii) los montos adicionales por daños causados al vehículo o a terceros; iii) los gastos no cubiertos por la compañía aseguradora o el deducible según corresponda; iii) los elementos perdidos; iv) las multas o comparendos que recaigan sobre el vehículo objeto de arrendamiento y que se hubieren generado dentro del término del presente contrato.
CUARTA. VEHÍCULO LIBRE DE HUMO. El ARRENDATARIO
y/o USUARIO conoce que por mandato del artículo 132 de la Ley 769 de 2002 (“Por la cual se expide el Código Nacional de Tránsito Terrestre”), está prohibido fumar dentro del vehículo. Cualquier sanción impuesta por este hecho y que llegare a recaer sobre el vehículo, deberá ser pagada, sin objeción, por el ARRENDATARIO y/o USUARIO.
QUINTA. HORARIOS Y PUNTOS SERVICIO. Los servicios
serán prestados en la ciudad de Bogotá D.C., en los establecimientos de LA ARRENDADORA ubicados en: XXXXXXX XX XXXXXX Xx. 00 – 00; XXXXXXX 00 Xx. 000 – 00 XXXXXX y KILÓMETRO 1 VÍA CHÍA – CAJICÁ; y se prestarán
en los siguientes horarios: De lunes x xxxxxxx (Incluyendo festivos o feriados) 24 horas, según disponibilidad.
SEXTA. CUSTODIA. Mientras la tenencia del vehículo se encuentre en manos del ARRENDATARIO y/o USUARIO, éste será responsable por los daños causados al mismo y a terceros. En caso de presentarse cualquier daño o perjuicio, el valor de estos será cargado a la Tarjeta de Crédito conforme a lo regulado en este contrato. Sin perjuicio de lo anterior, LA ARRENDADORA podrá según su necesidad pagar directamente el monto correspondiente a los daños o perjuicios generados sobre el vehículo o terceros. No obstante, es obligación del ARRENDATARIO y/o USUARIO reembolsar el valor pagado por LA ARRENDADORA en caso de que no se hubiere efectuado el cargue a su tarjeta de crédito; LA ARRENDADORA podrá hacer efectivo el cobro de estos conceptos vía judicial previo requerimiento al ARRENDATARIO y/o USUARIO.
SÉPTIMA. DEVOLUCIÓN. El ARRENDATARIO y/o USUARIO
devolverá el vehículo en las mismas condiciones en que lo recibió, salvo el desgaste normal que se produzca por el uso natural en puntos de servicio autorizados por LA ARRENDADORA, en la fecha y hora acordada, con todos sus accesorios, aditamentos, documentos (tarjeta de propiedad y SOAT) y herramientas, si los hubiese. En caso de solicitud expresa del ARRENDATARIO y/o USUARIO, éste podrá devolver EL VEHÍCULO en un punto de servicio diferente a la inicial. Se entenderá efectuada la restitución cuando LA ARRENDADORA lo tenga físicamente dentro de los horarios de operación del lugar convenido para tal efecto, sin penalidades, salvo el cobro normal por reserva de días adicionales, si es el caso.
PARÁGRAFO PRIMERO. En caso de encontrar alguna novedad en el vehículo durante la prestación del servicio o al momento de la devolución, el ARRENDATARIO y/o USUARIO deberá reportar dicha novedad remitiendo a través de la aplicación las evidencias fotográficas correspondientes.
PARÁGRAFO SEGUNDO. En caso de que LA ARRENDADORA
lo requiriera, podrá solicitar al ARRENDATARIO y/o USUARIO, a través del medio de comunicación registrado por éste, que la entrega del vehículo se realice antes del día y hora reservados, y aquel cumplirá inmediatamente tal exigencia. En este caso, LA ARRENDADORA podrá remplazar el vehículo por el tiempo restante del contrato sin que esto implique incumplimiento por parte de LA ARRENDADORA.
PARÁGRAFO TERCERO. En caso de que el ARRENDATARIO
y/o USUARIO no reintegre el vehículo en alguna de las oficinas autorizadas por LA ARRENDADORA, aquel pagará a ésta última, una multa equivalente al 50% de la tarifa diaria, más los gastos de parqueadero en que se llegaré a incurrir. Tales gastos serán cargados a la tarjeta de crédito del ARRENDATARIO y/o USUARIO, sin lugar a rechazar tal cobro.
PARÁGRAFO CUARTO. Si el ARRENDATARIO y/o USUARIO
no entrega el vehículo en la oportunidad prevista en el contrato o al requerimiento de LA ARRENDADORA, ésta podrá acudir a las autoridades competentes, interponiendo la correspondiente denuncia, sin perjuicio del derecho de bloquear su funcionamiento, retirarlo del lugar donde lo encuentre, en el entendido de que el ARRENDATARIO y/o USUARIO y/o las personas autorizadas para conducirlo, renuncian a cualquier acción o reclamación por este concepto. La solicitud de intervención de la autoridad policial o judicial, aun cuando sea desestimada, no dará derecho a indemnización alguna a favor del ARRENDATARIO y/o USUARIO o conductor autorizado, acompañantes o dependientes y los gastos en que se incurran serán por su sola y exclusiva cuenta. El ARRENDATARIO y/o USUARIO también renuncia a reclamar a LA ARRENDADORA, cualquier daño y/o perjuicio que sufriere como consecuencia del ejercicio por parte de ésta, de las acciones legales, aún en caso de que la falta de devolución del vehículo en su oportunidad resultare de causas no imputables a EL ARRENDATARIO y/o USUARIO.
OCTAVA. COMBUSTIBLE. El VEHÍCULO se entregará al ARRENDATARIO y/o USUARIO con el tanque de combustible a la mitad (50% de la capacidad del tanque) y el valor de éste será incluido en la tarifa estipulada para el arrendamiento diario. No obstante, de requerir una cantidad adicional de combustible a la que se suministra con la entrega, El ARRENDATARIO y/o USUARIO deberá adquirirlo por su cuenta y dicho valor en ningún caso será reembolsado por LA ARRENDADORA. En todo caso, el ARRENDATARIO y/o USUARIO estará obligado a retornar el automotor con la misma cantidad de combustible con la que le fue entregado. De lo contrario será cargado el valor correspondiente a la tarjeta de crédito registrada por el ARRENDATARIO y/o USUARIO.
NOVENA. EXTENSIÓN DEL CONTRATO. El ARRENDATARIO
y/o USUARIO reconoce que el plazo del arrendamiento del vehículo será el solicitado inicialmente a través de la aplicación. Por lo cual, los días subsiguientes el vehículo seguirá disponible para que otros usuarios realicen su reserva. Si el ARRENDATARIO y/o USUARIO quisiera extender el plazo de arrendamiento, se someterá a la disponibilidad que aparezca en la aplicación. En caso de no disponibilidad del mismo vehículo, el ARRENDATARIO y/o USUARIO podrá tomar otro o acordar con LA ARRENDADORA el arrendamiento de uno diferente sin que esto genere algún tipo de indemnización a favor del ARRENDATARIO y/o USUARIO. Cualquier extensión del
presente contrato deberá ser notificada a LA ARRENDADORA a través de la aplicación, con un mínimo de veinticuatro (24) horas de antelación a la finalización del plazo contratado inicialmente. De igual manera, para que se haga efectiva la extensión de la reserva, el ARRENDATARIO y/o USUARIO deberá estar x xxx y salvo por concepto de pago de servicio contratado anteriormente; valor del deducible que se haya generado con la reserva anterior; valor de reparaciones mecánicas y/o estructurales ocasionadas en la reserva anterior; pago de Multas, comparendos, sanciones ante entidades de tránsito, como también, gastos ocasionados por esta como es el retiro del vehículo de los patios y el costo de la grúa al momento de la inmovilización y; demás montos que se encuentren a favor y sean exigibles por LA ARRENDADORA. DÉCIMA. OBLIGACIONES DEL ARRENDATARIO y/o
USUARIO. Acepta que:
10.1. No representa a LA ARRENDADORA en ningún caso y que es un mero tenedor del vehículo arrendado.
10.2. Tendrá la guarda material y jurídica del vehículo durante el tiempo de arrendamiento, por lo tanto, será el único responsable frente a los daños o cualquier perjuicio directo o indirecto que cause en su persona, a terceros, al vehículo y/o a LA ARRENDADORA.
10.3. Garantizará que: i) EL VEHÍCULO será conducido en circunstancias de velocidad y uso normales de acuerdo con sus características y normatividad de tránsito vigente, sin causar daños en el mismo o en sus accesorios; ii) no participará en carreras o pruebas de velocidad ni lo usará para empujar, halar o remolcar otros vehículos, ni será conducido por personas bajo el efecto de narcóticos, bebidas alcohólicas o sustancias que alteren la capacidad de reacción del conductor; iii) no será utilizado por vías no pavimentadas; iv) sólo será conducido por el ARRENDATARIO y/o USUARIO o por la persona autorizada como conductor adicional. Dicha autorización debe ser reportada al correo electrónico xxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx o mediante el número celular y línea de WhatsApp 0000000000;
v) no trasladará cargas mayores a los límites máximos de carga bruta especificados en la tarjeta de propiedad y en las normas de tránsito colombianas, ni excederá el límite de ocupantes permitido; vi) utilizará el vehículo en los términos y condiciones estipulados en este contrato; vii) se tanqueará con el tipo de combustible exigido para el vehículo, de conformidad con sus características; viii) se mantendrá con los niveles de fluidos requeridos y bajo los cuales fue entregado, es decir, con agua en el radiador, la batería con niveles normales y con el aceite en el nivel normal y apropiado; ix) se mantendrá con un nivel adecuado de presión de llantas; x) no dará la tenencia del vehículo a terceros ni lo utilizará para la prestación de servicios de transporte público de cosas o personas que generen una remuneración de cualquier especie o que constituyan alguna forma de explotación bajo cualquier modalidad contractual; xi) no será utilizado con fines de enseñanza; xii) no será utilizado para actividades ilícitas ni para el desarrollo de actividades económicas a través de plataformas digitales; xiii) no sufrirá modificaciones de equipamiento, repuestos y/o accesorios; xiv) en caso de requerir ser remolcado solo se realizará en vehículos idóneos (grúa, remolcadora); xv) no celebrará ningún acuerdo o contrato que verse sobre el vehículo con terceras personas; xvi) responderá por los daños que ocasionen a bienes de LA ARRENDADORA o a terceros en sus bienes o persona. El
ARRENDATARIO y/o USUARIO, autoriza a LA ARRENDADORA, a exigir cualquier suma adicional que aquel le adeude, para lo cual el presente contrato por sí solo prestará mérito ejecutivo; xvii) Informará inmediatamente a LA ARRENDADORA a través de los canales de atención dispuestos: xxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx o mediante el número celular y línea de WhatsApp 0000000000, sobre cualquier daño o avería que afecte las condiciones de funcionamiento del vehículo conforme lo dispuesto en el parágrafo de la cláusula séptima del presente contrato y no podrá ordenar reparaciones de forma unilateral. De ser posible, LA ARRENDADORA suministrará un vehículo de reemplazo. De no dar aviso conforme a este numeral, el ARRENDATARIO y/o USUARIO responderá por cualquier perjuicio directo o indirecto que se llegare a causar; xviii) resarcirá a LA ARRENDADORA sobre cualquier pérdida, daño y perjuicio o costo que ésta pague o sea condenada a pagar en razón de las lesiones o daños sufridos por los pasajeros o acompañantes del vehículo o por terceras personas o cosas; ix) Contribuirá diligentemente con todas las solicitudes, trámites y procedimientos requeridos por LA ARRENDADORA para hacer efectiva la correspondiente reclamación, declaración y/o notificación de siniestro ante la compañía aseguradora con la que se encuentre amparado el vehículo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1077 del Código de Comercio, esto es, colaborará con el suministro de la documentación que sea necesaria, por ejemplo, documentos que prueben el interés asegurable, copia de la denuncia penal, licencia vigente del conductor al momento de la ocurrencia del siniestro, informe de accidente de tránsito ante autoridad competente, si es el caso, y demás que sean requeridos por la compañía aseguradora teniendo de presente las labores de verificación y ajuste correspondientes.
10.4. En caso de la práctica de cualquier medida cautelar o de secuestro del vehículo, el ARRENDATARIO y/o USUARIO se obligará a formular oposición durante la diligencia o ante la autoridad correspondiente y dará aviso inmediato a LA ARRENDADORA.
10.5. En caso de presentarse multas o comparendos, el ARRENDATARIO y/o USUARIO pagará el monto total de las mismas conforme lo establecido en el parágrafo 3 de la cláusula tercera del presente contrato.
10.6. Permitirá la inspección del vehículo por parte de LA ARRENDADORA en cualquier momento para comprobar las condiciones de funcionamiento y mantenimiento del mismo.
10.7. Pagará el valor de la factura, según lo expresado en la cláusula tercera de este contrato, con todos los conceptos, servicios adicionales y cualquier otro que aplique.
10.8. Cumplirá con las normas de tránsito.
10.9. Velará por la seguridad del vehículo en todo momento y será responsable de manera especial, por los daños derivados de hurto, volcamientos, choques contra objetos fijos o en movimiento, arrollamientos, aquellos accidentes causados por la imprudencia, impericia o negligencia del ARRENDATARIO y/o USUARIO o del conductor autorizado y la pérdida de partes, piezas accesorios o llantas en caso de hurto o daño, casos en los que será cobrado el valor integral de cualquier accesorio y/o de las llantas del vehículo, o elementos que hubieren sido sustituidos durante el arrendamiento sin autorización de LA ARRENDADORA y/o en talleres no autorizados. Dichos cobros
serán cargados a la tarjeta de crédito registrada por el ARRENDATARIO y/o USUARIO.
10.10. Pagará a LA ARRENDADORA el valor de todo daño mecánico o estético que hubiere ocasionado el ARRENDATARIO y/o USUARIO por maltrato o descuido; igualmente, se obliga a pagar todo hurto total o parcial y las averías por accidente que no sean cubiertas por las pólizas de seguro contratadas por LA ARRENDADORA, producidos durante el tiempo de uso y los que sucedan en cualquier momento por el abandono del vehículo arrendado. Dichos cobros serán cargados a la tarjeta de crédito registrada por el ARRENDATARIO y/o USUARIO.
10.11. En caso de retención del vehículo por circunstancias atribuibles al ARRENDATARIO y/o USUARIO, este compromete a prestar toda su colaboración para con LA ARRENDADORA a fin de lograr la devolución del automotor, además de continuar con la obligación de pagar los valores pactados por concepto del arrendamiento del vehículo.
10.12. Devolverá EL VEHÍCULO en la oportunidad reportada por el ARRENDATARIO y/o USUARIO al momento de tomar el servicio, y al finalizar el plazo, o al requerimiento de LA ARRENDADORA.
10.13 Pagará el lucro cesante, entendido este como el tiempo que transcurre entre el momento en que LA ARRENDADORA debió tener la restitución del vehículo para poder ser arrendado a otro usuario, sin que se hubiere dado tal restitución por parte del ARRENDATARIO y/o USUARIO. Este lucro cesante se suspenderá cuando el automotor sea recuperado o recibido por LA ARRENDADORA en iguales condiciones a como fue entregado, hasta que reciba la indemnización de perjuicios o hasta que se expida la constancia de no recuperación por parte de la Autoridad Competente. En estos casos se cobrará por cada día, el canon diario más los servicios adicionales a que hubiere lugar.
10.14. El ARRENDATARIO y/o USUARIO se compromete a pagar en general todos los gastos de cobranzas, honorarios de abogados y otros gastos que resulten del incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este contrato.
10.15. El ARRENDATARIO y/o USUARIO se compromete a usar el vehículo respetando las normas de xxxxxxxx xxxxxxxxxx, de acuerdo con el servicio para el cual está autorizado, que, para el presente caso, corresponde a servicio particular (placa amarilla), esto es, para suplir únicamente necesidades privadas de transporte.
DÉCIMA PRIMERA. PAGO DE SERVICIOS ADICIONALES,
OTROS COBROS Y REEMBOLSOS. En caso de llegar a ocurrir una extensión en el tiempo de alquiler del vehículo o de presentarse valores adicionales, el ARRENDATARIO y/o USUARIO autoriza a LA ARRENDADORA a cargar a la Tarjeta de Crédito de aquel, todos los valores generados por:
11.1. Cualquier plazo adicional contratado de conformidad con la tabla de tarifas dispuesta en la cláusula segunda del presente documento.
11.2. La limpieza interior y exterior del vehículo en caso de que éste sea devuelto sin el lavado correspondiente y/o pelo de animales, manchas por derramamiento de líquidos u olores ocasionados por manejo inadecuado de residuos, LA ARRENDADORA cobrará el monto adicional por PAQUETE XX XXXXXX, según corresponda y de acuerdo con la tarifa vigente
para estos fines, valor que será cargado a la tarjeta de crédito de EL USUARIO / ARRENDATARIO
11.3. DEDUCIBLES DE PÓLIZAS: En caso de un siniestro, EL USUARIO / ARRENDATARIO pagará el deducible, cuyo monto será informado una vez la aseguradora liquide el respectivo siniestro y se cargará a la tarjeta de crédito registrada por aquel. En los eventos donde los daños presentados se encuentren exentos de la cobertura de la póliza, bien sea por su naturaleza o su cuantía, LA ARRENDADORA procederá a cargar a la tarjeta de crédito inscrita, el monto y/o valores que deban ser pagados por el ARRENDATARIO y/o USUARIO, una vez se tenga la cotización de los daños causados, reportados en las 72 horas siguientes a la finalización del servicio contratado. Dicho término del reporte contará, únicamente, dentro de la franja horaria de funcionamiento del taller de la compañía, esto es, de lunes a viernes de 8 am a 5 pm y sábados de 8 am a 12 m (Domingos y festivos no opera el taller).
11.4. Pérdida de documentos, manuales de usuario, o de placas: se cobrará una suma equivalente a la tarifa vigente para la obtención de una nueva documentación o de una nueva placa ante las autoridades de tránsito, más el 100% del valor de los trámites administrativos y de gestores de tránsito, además del IVA sobre el valor resultante. El ARRENDATARIO y/o USUARIO no podrá retirar del vehículo los documentos y/o manuales del usuario.
11.5. PÉRDIDA DE LLAVES: se cobrará una suma equivalente a la tarifa de reposición más el reembolso de los gastos para la obtención de unas nuevas llaves del vehículo, más los gastos administrativos a que hubiere lugar, gastos de gestores de tránsito e IVA sobre el valor resultante.
11.6. NO SHOW: corresponde a la sanción aplicada al ARRENDATARIO y/o USUARIO por la no comparecencia para el retiro del vehículo en el lugar, fecha y día (s) de la reserva. Para las reservas que NO sean canceladas con un mínimo de dos (2) horas antes de la hora de inicio del servicio, será cobrada una suma equivalente a un día del valor de la reserva del vehículo elegido por el cliente.
11.7. Cuando el vehículo sea devuelto o abandonado en un lugar diferente a los puntos autorizados por LA ARRENDADORA, El ARRENDATARIO y/o USUARIO pagará la totalidad de los gastos y costos que se causen en el traslado del vehículo más el cincuenta por ciento (50%) del valor de la tarifa diaria establecida por el servicio contratado.
11.8 INFRACCIONES DE TRÁNSITO: En caso de presentarse infracciones de tránsito durante la vigencia del contrato de arrendamiento el ARRENDATARIO y/o USUARIO pagará a LA ARRENDADORA el 100% del valor de la infracción con independencia de la fecha en que estas se hubieren notificado. A este valor se le sumará el 100% del valor por trámites administrativos y de gestores de tránsito. Dentro de estas infracciones de tránsito se encuentran incluidas todas las foto multas que se generen durante la vigencia del contrato de arrendamiento, bien sea que hayan sido recibidas por LA ARRENDADORA durante la vigencia del contrato y que no hayan sido pagadas por el ARRENDATARIO y/o USUARIO o cuando sean notificadas con posterioridad a la restitución del vehículo. Adicionalmente, el ARRENDATARIO y/o USUARIO renuncia a cualquier trámite dirigido a objetar las multas o sanciones impuestas. Sin perjuicio de lo anterior, LA ARRENDADORA
podrá según su necesidad pagar directamente el monto correspondiente a la infracción. Es obligación del ARRENDATARIO y/o USUARIO reembolsar el valor pagado por LA ARRENDADORA en caso de que no se hubiere efectuado el cargue a su tarjeta de crédito.
11.9 Liberación del vehículo: si el vehículo objeto del presente contrato fuera retenido como consecuencia de un incidente en el cual se vea involucrado, y se requieran de los servicios de abogado para la liberación de este, tales servicios deberán ser pagados por el ARRENDATARIO y/o USUARIO, adicionados con los valores que deban pagarse por concepto de trámites ante las autoridades competentes.
11.10. Tasa por gestiones de tránsito y fiscalías: en cualquier caso que LA ARRENDADORA tenga que asumir costos por gestiones de tránsito, legales o de cualquier índole derivados del presente contrato y que sean de responsabilidad del ARRENDATARIO y/o USUARIO, éstos tendrán que reconocer a LA ARRENDADORA todos los gastos más un adicional del 100% de los trámites administrativos y de gestores de tránsito, sin perjuicio de realizar los demás pagos a que haya lugar según las condiciones señaladas en el presente contrato.
PARÁGRAFO. El ARRENDATARIO y/o USUARIO, autorizan a LA ARRENDADORA para realizar cobros no presenciales, en aquellos casos en los cuales El ARRENDATARIO y/o USUARIO se encuentren obligados a realizar pagos y/o reembolsos por los conceptos anteriormente mencionados, así como por cualquier otra obligación contraída con ocasión del presente contrato. Para esto LA ARRENDADORA procederá a cargar a la tarjeta de crédito inscrita, el monto y/o valores que deban ser pagados una vez se tenga la cotización de los daños causados, reportados en las 72 horas siguientes a la finalización del servicio contratado. Dicho término del reporte contará, únicamente, dentro de la franja horaria de funcionamiento del taller de la compañía, esto es, de lunes a viernes de 8 am a 5 pm y sábados de 8 am a 12 m (Domingos y festivos no opera el taller).
DÉCIMA SEGUNDA. DÉCIMA SEGUNDA. TERMINACIÓN DEL
CONTRATO. El presente contrato se entenderá terminado a la fecha de cumplimiento del plazo de la reserva.
PARÁGRAFO PRIMERO: LA ARRENDADORA podrá dar por
terminado de manera unilateral el contrato en los siguientes eventos: i) por uso inadecuado o mal uso del vehículo; ii) cuando se requiera el vehículo para un mantenimiento preventivo o correctivo y no se cuente con un vehículo de reemplazo; iii) por incumplimiento de las obligaciones del ARRENDATARIO y/o USUARIO, consagradas en el presente contrato. No obstante, si se da por terminado el contrato de arrendamiento por las causales relacionadas en este parágrafo, el ARRENDATARIO y/o USUARIO deberá pagar la tarifa contratada hasta el momento de la restitución del vehículo.
PARÁGRAFO SEGUNDO: El ARRENDATARIO y/o USUARIO
podrá solicitar la terminación del contrato cuando: i) ocurra un siniestro con el vehículo que no sea atribuible a su responsabilidad, es decir, que se produzca por el hecho de un tercero; ii) detención del vehículo por parte de una autoridad competente, por circunstancias que no le sean imputables, lo anterior, sin perjuicio de las obligaciones e indemnizaciones que se deriven de este contrato.
DÉCIMA TERCERA. POLIZA DEL VEHÍCULO. En caso de
generarse algún tipo de accidente o situación exógena que
requiera la afectación de las pólizas de seguro del vehículo, el ARRENDATARIO y/o USUARIO pagará en principio el valor del deducible al momento de la devolución del vehículo a LA ARRENDADORA. Este pago no desconoce las obligaciones restantes que se encuentran enunciadas en este contrato. Si la situación presentada no da lugar a la afectación de las pólizas contratadas, el ARRENDATARIO y/o USUARIO estará obligado al pago de todos los montos generados según el peritaje efectuado por LA ARRENDADORA, así como de aquellos derivados de la reparación del vehículo en el taller de propiedad de LA ARRENDADORA y al pago de los perjuicios Dichos cobros serán cargados a la tarjeta de crédito registrada por el ARRENDATARIO y/o USUARIO. Lo anterior, se encuentra directamente relacionado con el numeral 10.9 de la cláusula décima del presente contrato.
PARÁGRAFO PRIMERO. No existirá cobertura en los siguientes casos: i) pérdida de objetos personales del ARRENDATARIO y/o USUARIO; ii) lucro cesante; iii) pérdida de llaves, accesorios, placas y/o documentos del vehículo arrendado; iv) gastos de remolque o acarreo producto de incidentes de tránsito que impliquen inmovilización del vehículo arrendado en aquellos casos en que éstos no llegaren a ser cubiertos por las pólizas de seguros contratadas por LA ARRENDADORA; v) gasto de tarifas y tasas de liberación de vehículos ante cualquier organismo de tránsito o similares en caso de que el vehículo llegare a ser retenido por cualquier autoridad competente por causas no imputables a LA ARRENDADORA; vi) daños xxxxxxx; vii) servicios profesionales de abogados y/o gestores; y, viii) siniestros o accidentes ocasionados por un conductor no autorizado, esto es, que no haya sido notificado / autorizado previamente a LA ARRENDADORA.
PARÁGRAFO SEGUNDO. LA ARRENDADORA no aceptará
seguros externos. En este orden de ideas, el ARRENDATARIO y/o USUARIO expresamente admite que no serán aceptados los seguros expedidos por tarjetas de crédito (sin importar la nacionalidad de la tarjeta o de su titular).
PARÁGRAFO TERCERO. Para los procesos de reclamaciones, asistencias y/o atención al usuario, el ARRENDATARIO y/o USUARIO, deberá comunicarse con la compañía aseguradora “SURA” al número 01800 051 8888, desde cualquier ciudad del país; desde Bogotá, Cali y Medellín al número 437 88 88 o #888 desde cualquier teléfono celular. También podrá solicitar los servicios xx xxxx, taller móvil, abogado, desplazamiento, conductor elegido, cerrajero a través de la APP SURA. Sin perjuicio de lo anterior, el ARRENDATARIO y/o USUARIO, deberá notificar a LA ARRENDADORA la novedad correspondiente.
DÉCIMA CUARTA. ACCIDENTES DE TRANSITO. En caso de
accidentes de tránsito ocurridos durante el uso del vehículo arrendado, el ARRENDATARIO y/o USUARIO se compromete a dar aviso inmediatamente a LA ARRENDADORA sobre la ocurrencia del hecho y el envío de todas las evidencias fotográficas, notificaciones, denuncias y noticias relacionadas con el caso, mediante los canales de atención dispuestos por la ARRENDADORA: xxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx o número celular y línea de WhatsApp 0000000000; así mismo, se compromete a cooperar plenamente con LA ARRENDADORA en la investigación o defensa de cualquier acción legal; para tal efecto, deberá actuar bajo las siguientes indicaciones: i) solicitar
la intervención de las autoridades de tránsito; ii) dar información inmediata sobre el accidente a LA ARRENDADORA; iii) reunir todos los datos que puedan ser de interés, tales como sitio, fecha, y hora del accidente, nombre completo de las personas implicadas, teléfonos, dirección y placas de los vehículos, nombre, cédula, dirección y teléfonos de testigos presenciales del accidente; iv) no efectuar ningún tipo de conciliación o arreglo ya que esto comprometería la responsabilidad de LA ARRENDADORA. La omisión de las disposiciones anteriores obligará al ARRENDATARIO y/o USUARIO al pago de los daños que sufra EL VEHICULO y a indemnizar enteramente los daños causados a terceros.
PARÁGRAFO. En caso de que el vehículo hubiere estado implicado en acciones terroristas o delincuenciales, LA ARRENDADORA dará aviso a las autoridades y a la aseguradora para lo de su competencia. Los daños derivados de tales acciones serán de entera responsabilidad del ARRENDATARIO y/o USUARIO o de su conductor autorizado, quienes en todo caso responderán solidariamente.
DÉCIMA QUINTA. En caso de que el ARRENDATARIO y/o USUARIO devuelva el vehículo con daños que no ameriten afectación de la póliza, aquel autoriza a LA ARRENDADORA para que cargue dicho arreglo a la tarjeta de crédito registrada. PARÁGRAFO. En los casos que sea necesario realizar un peritaje para la cuantificación del valor de los arreglos, y una vez el monto de los mismos esté determinado, el ARRENDATARIO y/o USUARIO autoriza expresamente a LA ARRENDADORA para que cargue a su tarjeta de crédito, el monto correspondiente al deducible, de acuerdo a la liquidación efectuada por la aseguradora correspondiente. En todo caso, el ARRENDATARIO y/o USUARIO se compromete a mantener la autorización y fondos en la tarjeta de crédito para que LA ARRENDADORA pueda realizar los cobros por estos conceptos y los demás que se hubieren derivado de su actuar. En el caso que el valor de los arreglos que por el monto no afecte la póliza, DÉCIMA SEXTA. El ARRENDATARIO y/o USUARIO declara
que conoce y acepta, que LA ARRENDADORA puede vender sus cuentas por cobrar a terceros y/o contratar a terceros para que éstos realicen el cobro de su cartera, en Colombia y en el exterior, y acepta el tratamiento de sus datos personales para estos fines.
DÉCIMA SÉPTIMA. CONDUCTOR ADICIONAL. El conductor
adicional que reporte el ARRENDATARIO y/o USUARIO, a través de los canales de atención dispuestos por LA ARRENDADORA, correo electrónico xxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx o mediante la línea WhatsApp 0000000000, y será solidariamente responsable respecto de todas las obligaciones asumidas por éste. El ARRENDATARIO y/o USUARIO reconoce y ACEPTA, que EL VEHÍCULO no podrá ser conducido por terceros no autorizados y reportados previamente ante LA ARRENDADORA, y por lo tanto, reconoce que, en caso de ser manejado por alguna persona distinta incurrirá en incumplimiento del contrato. En este caso, LA ARRENDADORA se reserva el derecho de ejercer las acciones legales correspondientes, tendientes a obtener el resarcimiento de todos los perjuicios que le hubieran sido ocasionados con el incumplimiento, e incluso de dar por terminado el contrato de manera anticipada y en consecuencia exigir la devolución del vehículo inmediatamente. Si tal
comportamiento acarrea la falta de cobertura de las pólizas contratadas por LA ARRENDADORA, el ARRENDATARIO y/o USUARIO responderá directamente conforme a lo regulado en este contrato.
DÉCIMA OCTAVA. CANCELACIÓN DEL SERVICIO O
DERECHO DE RETRACTO. Sin perjuicio de las normas consagradas en el artículo 47 de la Ley 1480 de 2011, el ARRENDATARIO y/o USUARIO podrá manifestar su voluntad de retracto o la cancelación del servicio con un mínimo de dos (2) horas antes del inicio de la hora de reserva establecida, a través de la aplicación en la opción dispuesta para este fin. LA ARRENDADORA realizará el reembolso del 100% de los dineros que el ARRENDATARIO y/o USUARIO hubiere pagado a la tarjeta de crédito registrada por él, de conformidad con los tiempos establecidos en la cláusula vigésima. Este derecho no procederá si la cancelación se realiza en un término inferior al aquí estipulado o si el ARRENDATARIO y/o USUARIO no se presenta en la fecha y hora indicada en su reserva para hacer uso del servicio, en estos eventos el ARRENDATARIO y/o USUARIO se acogerá a las sanciones establecidas en el numeral
11.6 de la cláusula décima primera por NO SHOW. PARÁGRAFO. El ARRENDATARIO y/o USUARIO no podrá solicitar devolución o reembolso de dinero en caso de dar por finalizado el servicio antes de la fecha inicialmente pactada DÉCIMA NOVENA. REVERSIÓN DE PAGOS. Teniendo en cuenta que el pago del servicio de ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULO SIN CONDUCTOR, se realiza a través de tarjeta de crédito, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 51 de la Ley 1480 de 2011, cuando el ARRENDATARIO y/o USUARIO sea víctima de fraude, o corresponda a una operación no solicitada, o el servicio adquirido no sea recibido por circunstancias atribuibles a LA ARRENDADORA, o no corresponda a lo solicitado o sea defectuoso, la reversión del pago procederá dentro los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en que el ARRENDATARIO y/o USUARIO tuvo noticia de la operación fraudulenta o no solicitada o que debió haber recibido el servicio o lo recibió defectuoso o sin que correspondiera a lo solicitado, el ARRENDATARIO y/o USUARIO deberá presentar queja ante el proveedor, cuando sea procedente, y notificar de la reclamación al emisor del instrumento de pago electrónico utilizado para realizar la compra, el cual, en conjunto con los demás participantes del proceso de pago, procederán a reversar la transacción al comprador. Todo lo anterior, sin perjuicio de las políticas internas establecidas por la pasarela de pagos PAYU. VIGÉSIMA. TIEMPO DE DEVOLUCIÓN. En los casos en que las devoluciones previstas sean procedentes y una vez cumplidos los requisitos legales, estas serán canceladas dentro de los 30 días calendario siguientes a la fecha en que el ARRENDATARIO y/o USUARIO radicó la solicitud completa de devolución al correo electrónico xxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx, los dineros correspondientes serán consignados a la cuenta bancaria informada por el ARRENDATARIO y/o USUARIO de la cual deberá ser titular. Esto, de acuerdo con lo contemplado en el inciso final del artículo 50 de la Ley 1480 de 2011.
VIGÉSIMA PRIMERA. El ARRENDATARIO y/o USUARIO,
recibirá atención y podrá comunicar sus inquietudes, solicitudes, quejas o reclamos a través del correo xxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx o a los números telefónicos 4233535 Ext 1532 o al 3175061999.
VIGÉSIMA SEGUNDA. AUTORIZACIÓN DE TRATAMIENTO
DE DATOS PERSONALES. En cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 y Decreto 1377 de 2013, mediante la aceptación de estos Términos y Condiciones, SE AUTORIZA a DISTRIBUIDORA LOS COCHES LA SABANA S.A.S., para el tratamiento de sus datos personales, que incluye: el envío de información y/o contactarlo con propósitos comerciales relativos al mercadeo de vehículos nuevos y usados, arrendamiento de vehículos, repuestos, servicio postventa, campañas publicitarias, ofertas y promociones referentes al arrendamiento de vehículos, análisis de riesgo SAGRILAFT y en general, con el fin de evaluar la calidad de los productos y servicios a través de sus diferentes canales de contacto, SE AUTORIZA también a que sus datos personales puedan ser transferidos a sus aliados comerciales, sean nacionales o extranjeros y sus encargados.
PARÁGRAFO PRIMERO. LA ARRENDADORA comunica al
ARRENDATARIO y/o USUARIO y al conductor adicional reportado, que podrán conocer, actualizar, rectificar y solicitar supresión de la información suministrada, así como del derecho que le asiste, para solicitar prueba de la autorización otorgada y revocar la misma en cualquier tiempo. Para lo anterior, podrán comunicarse al número de teléfono (000) 0000000, Ext 1669 desde cualquier ciudad marcando el indicativo correspondiente para la ciudad de Bogotá D.C., al correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx o de manera presencial, podrá presentar tales solicitudes en la Xxxxxxx Xx Xxxxxx # 00– 00 xx Xxxxxx X.X.
PARÁGRAFO SEGUNDO. El ARRENDATARIO y/o USUARIO,
podrá consultar la Política de Tratamiento de Datos Personales en xxx.xxxxxxxxx.xxx.
VIGÉSIMA TERCERA. AUTORIZACIÓN PARA CONSULTA Y REPORTE DE DATOS EN CENTRALES DE RIESGOS. El
ARRENDATARIO y/o USUARIO autoriza de manera expresa, concreta, suficiente, voluntaria, informada e irrevocable a LA ARRENDADORA, o a quien represente sus derechos, a: capturar, tratar, procesar, operar, verificar, transmitir, transferir, usar, poner en circulación, consultar, divulgar, reportar y solicitar toda la información que se refiere a su comportamiento crediticio, financiero, comercial y de servicios, de los cuales es titular, referida al nacimiento, ejecución y extinción de obligaciones dinerarias (independientemente de la naturaleza del contrato que les de origen) a su comportamiento e historial crediticio, incluida la información positiva y negativa de sus hábitos de pago y aquella que se refiera a la información personal necesaria para el estudio, análisis y eventual otorgamiento de un crédito o celebración de un contrato, para que dicha información sea concernida y reportada en cualquier central de riesgos o base de datos, tales como Datacrédito, XXXXX, Procrédito o a quien represente sus derechos u opere dichas entidades.
PARÁGRAFO PRIMERO. En caso xx xxxx en el pago, cancelación de tarjeta de crédito registrada o cualquier maniobra dirigida a evitar los pagos derivados de la prestación del servicio contratado, el ARRENDATARIO y/o USUARIO será reportado negativamente ante las Centrales de Riesgos. Por lo tanto, El ARRENDATARIO y/o USUARIO acepta de manera irrevocable tal reporte. Dicho reporte negativo ante Centrales de Riesgos se realizará por parte de LA ARRENDADORA con el estricto cumplimiento de lo estipulado en la ley vigente.
PARÁGRAFO SEGUNDO. El ARRENDATARIO y/o USUARIO
acepta que la permanencia de su información en las bases de datos será determinada por el ordenamiento jurídico aplicable y manifiesta que conoce el reglamento de las Centrales de Riesgos.
PARÁGRAFO TERCERO. El ARRENDATARIO y/o USUARIO
acepta pagar el monto que LA ARRENDADORA cobre a fin de efectuar la consulta de sus datos en Centrales de Riesgos.
VIIGÉSIMA CUARTA. PREVENCIÓN XXX XXXXXX DE ACTIVOS Y LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO. El
ARRENDATARIO y/o USUARIO y los conductores autorizados, se obligan a implementar las medidas tendientes a evitar que sus operaciones puedan ser utilizadas con o sin su conocimiento y consentimiento, como instrumentos para el ocultamiento, manejo, inversión o aprovechamiento en cualquier forma de dinero u otros bienes provenientes de actividades delictivas o para dar apariencia de legalidad a estas actividades. LA ARRENDADORA podrá dar por terminado de manera unilateral e inmediata el contrato celebrado y suspender el que esté en proceso de serlo, en caso que el ARRENDATARIO y/o USUARIO llegaren a ser vinculados por parte de las autoridades competentes a cualquier tipo de investigación por delitos de narcotráfico, terrorismo, secuestro, lavado de activos, financiación del terrorismo y administración de recursos relacionados con dichas actividades, incluidos en listas para el control xx xxxxxx de activos y financiación del terrorismo administradas por cualquier autoridad nacional o extranjera, tales como la lista de la Oficina de Control de Activos en el Exterior - OFAC emitida por la Oficina xxx Xxxxxx de los Estados Unidos
de Norte América, la lista de la Organización de las Naciones Unidas y otras listas públicas relacionadas con el tema xxx xxxxxx de activos y financiación del terrorismo y/o condenados por parte de las autoridades competentes en cualquier tipo de proceso judicial relacionado con la comisión de los anteriores delitos.
VIGÉSIMA QUINTA. El presente contrato estará regido en todas sus partes por las leyes de la República de Colombia.
VIGÉSIMA SEXTA. Las partes manifiestan que este contrato constituye un acuerdo completo y total acerca de su objeto, reemplazando cualquier otro contrato verbal o escrito celebrado entre las mismas partes con anterioridad respecto del mismo objeto.
En consecuencia, en señal de aceptación de estos Términos y Condiciones, el ARRENDATARIO y/o USUARIO firma de manera digital el presente documento.
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