CREDITOS EUROFES
CREDITOS EUROFES
CONDICIONES PARA EL DERECHO AL SERVICIO DE CRÉDITO: Para tener derecho a
utilizar el servicio de crédito xx Xxxxxxx, es necesario:
1. Ser Asociado hábil.
2. Que no estén cumpliendo sanción impuesta por la Junta Directiva xx Xxxxxxx.
3. Llevar como mínimo dos meses de antigüedad en la empresa que genera el vínculo común de asociación.
4. Estar al día en el cumplimiento de todas sus obligaciones.
5. Tener contrato de trabajo a término indefinido.
CAPACIDAD MÁXIMA XX XXXXXXXX. El monto máximo que se prestará a un asociado, será siete (7) veces el ahorro permanente menos el saldo de la deuda, que al momento xxx xxxxxxxx tuviere el asociado por las líneas de libre inversión, promoción, turismo y taquilla, sin exceder la totalidad de la deuda de 250 SMMLV
NIVEL DE ENDEUDAMIENTO. Las deducciones de nómina del asociado no deben exceder en ningún caso, el 50% del total salario básico mensual, es responsabilidad de la Junta Directiva y/o responsables de la aprobación de los créditos, controlar las deducciones de cada asociado con el fin de que no se afecten sus necesidades básicas.
Cuando el asociado posea en ahorros una suma superior o igual al saldo de los créditos no se tendrá en cuenta este nivel.
PLAZO MÁXIMO DE PAGO. El plazo máximo de pago será de seis (6) años, teniendo en cuenta los rangos de SMMLV, pagaderos en cuotas iguales continuas, de acuerdo con la forma de la remuneración de la empresa que genera el vínculo común de asociación y al siguiente rango:
MONTO MÍNIMO. No se estudiará ni aprobará ninguna solicitud de crédito por un valor inferior al 21% de un SMMLV excepto los casos de eventos específicos de promoción; a partir de julio de 2014 el valor mínimo será del 40% de un SMMLV, para el crédito de compra de cartera, el monto mínimo será de 2 SMMLV.
GARANTÍA LEGAL DE LOS CRÉDITOS. Los créditos estarán garantizados por:
1. Ahorros Obligatorios incluidos los intereses.
2. Por pagaré.
3. Por codeudor, cuando el saldo de los créditos sea superior a los ahorros, o
4. Por Fondo de garantías.
5. Las demás garantías idóneas que al momento de la aprobación exija la Junta Directiva y/o los responsables de la aprobación de los créditos, de acuerdo a la capacidad de cada asociado.
Para exigir codeudor de acuerdo al monto, se tendrá en cuenta lo siguiente:
1. El saldo del ahorro permanente.
2. El historial crediticio en todo el sector financiero y solidario.
3. El salario del asociado.
4. Las prestaciones sociales.
5. El comportamiento y desempeño laboral, además del siguiente rango.
PÓLIZA DE VIDA DEUDORES. Se descontará a cada asociado usuario de crédito, una cuota equivalente al porcentaje establecido por Eurofes, sobre el saldo insoluto de sus deudas con destino al pago de la póliza de vida deudores, de acuerdo al periodo en que el asociado reciba su remuneración, ésta cuota será asumida por Eurofes hasta que la Junta determine lo contrario.
LÍNEAS XX XXXXXXXX. Las líneas xx xxxxxxxx, se atenderán con base en los recursos disponibles y de la siguiente manera:
1) Préstamo de libre inversión
2) Préstamo de promoción
3) Préstamo educativo
4) Préstamo de calamidad
5) Préstamo de turismo
6) Préstamo para compra de cartera
7) Préstamo de vehículo.
8) Préstamo hipotecario
9) Préstamo de taquilla 10).Préstamo de vivienda
a) PARA COMPRA DE VIVIENDA, TERRENO, TERRAZA O GARAJE:
1. Original o copia de la promesa de compraventa del inmueble que se va a adquirir con firmas del vendedor o vendedores y del comprador registrada en notaria.
2. Copia del último Impuesto predial
3. Certificado de catastro departamental o municipal.
4. Certificado de tradición y libertad del inmueble objeto de compra, con fecha de expedición no mayor a quince (15) días calendario.
5. Copia de la escritura de la propiedad que se va a adquirir.
6. Avalúo de la propiedad a hipotecar, expedido por un perito autorizado por la Lonja de Xxxxxxxxx Xxxx.
7. Los demás documentos que se consideren pertinentes, para un mejor análisis del crédito.
b) PARA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA EN TERRENO O TERRAZA:
1. Copia de la escritura debidamente registrada.
2. Permiso de construcción expedido por la oficina Municipal competente.
3. Presupuesto oficial de construcción.
4. Certificado de tradición y libertad, con fecha de expedición no mayor a quince
(15) días calendario.
5. Copia del último Impuesto predial
6. Certificado de catastro departamental o municipal
7. Avalúo de la propiedad a hipotecar, expedido por un perito autorizado por la Lonja de Xxxxxxxxx Xxxx.
8. Los demás documentos que se consideren pertinentes, para un mejor análisis del crédito.
c) PARA PAGO O AMORTIZACIÓN DE GRAVÁMENES HIPOTECARIOS Y DE VALORIZACIÓN:
1. Certificación actualizada del monto de la deuda, expedida por la entidad acreedora a quien se le hará el pago.
2. Presentar la escritura a través de la cual se constituyó la hipoteca para el caso de pago o amortización de gravamen hipotecario.
3. Certificado de tradición y libertad del inmueble con fecha de expedición no mayor a quince (15) días calendario.
4. Certificado de catastro departamental o municipal a nombre del Asociado, el cónyuge o de sus padres.
PARÁGRAFO 1: En este caso el desembolso se realizará directamente a la entidad acreedora salvo causa justificada que demuestre la imposibilidad de pagar directamente a la entidad.
d) PARA PROGRAMA DE VIVIENDA:
1. Certificación por escrito de la entidad constructora o urbanización de las viviendas otorgadas.
2. Original o copia de la promesa de compraventa del inmueble que se va a adquirir con firmas del vendedor o vendedores y del comprador registrada en notaria.
3. Los demás documentos que se consideren pertinentes, para un mejor análisis del crédito.
e) LÍMITE DE CRÉDITO PARA VIVIENDA.
1. 40 SMMLV para la compra, construcción y remodelación.
2. 50 SMMLV para programa de vivienda.
No se realizaran créditos para la compra, construcción o remodelación de una segunda vivienda.
CRÉDITO PARA VEHÍCULO. DEFINICIÓN: Es el que se concede al Asociado para los siguientes fines:
1. Adquisición de vehículo nuevo o usado.
2. Adquisición Soat, seguro contra terceros, pago de impuestos, certificado de emisión de gases.
3. Reparación, compra de repuestos y accesorios necesarios para el vehículo de propiedad del asociado.
4. Para comprar o renovar la licencia de conducción
5. Para el pago de crédito de vehículo en entidades financieras, del sector real y Cooperativas bajo la supervisión de la Superintendencia Financiera o la Superintendencia de Economía Solidaria.
CUPO MÁXIMO: el cupo máximo que se prestará por esta línea, es el 80% del valor del vehículo de acuerdo a la guía FASECOLDA, sin exceder de 56 SMMLV y para la compra de accesorios dependerá de la capacidad del asociado.
El comité de créditos podrá evaluar y aprobar las solicitudes que superen los anteriores montos, siempre y cuando la garantía sea suficiente para el cubrimiento de la deuda.
REQUISITOS: PARA REALIZAR EL ESTUDIO DE CRÉDITO, EL ASOCIADO DEBERÁ CUMPLIR LOS SIGUIENTES REQUISITOS.
1. Antigüedad mínima de un año en la empresa que genera el vínculo común de asociación.
2. Pagaré, carta de instrucciones y solicitud de crédito debidamente diligenciada y firmada por el deudor o por los copropietarios si los hubiere.
3. Avalúo del vehículo para los usados y la cotización para los nuevos.
4. El modelo del vehículo no debe ser mayor de 15 años.
DOCUMENTOS PREVIOS AL DESEMBOLSO. Aprobado el crédito de vehículo, Eurofes expedirá una certificación con destino al vendedor, haciendo constar que el desembolso respectivo se realizará exclusiva y directamente a su favor, previa presentación de la matrícula a nombre del Asociado y en la cual conste la prenda sin tenencia, todos los gastos relacionados con el crédito de vehículo, serán por cuenta del Asociado.
1. Contrato de prenda sin tenencia del acreedor.
2. Constitución de un seguro contra todo riesgo a favor xx Xxxxxxx, sin ninguna exclusión, con renovación automática y cuyo beneficiario sea el Fondo de Empleados, preferiblemente contratado dentro de la póliza colectiva que tenga el Fondo de Empleados para sus asociados.
3. El seguro será asumido por el asociado y no se podrá levantar la prenda hasta que el crédito este cancelado, excepto autorización del gerente para la cancelación anticipada de la prenda.
4. Fotocopia de la tarjeta de propiedad del vehículo, en la cual aparezca Eurofes como dueño.
5. Para la compra de accesorios y de vehículo nuevo, se deberá presentar la factura donde se soporte el crédito, la cual deberá cumplir con todos los requisitos legales; si se trata de vehículo usado, bastará con los documentos del traspaso.
DESEMBOLSOS: los desembolsos se realizarán mediante cheque y/o transferencia a nombre del vendedor, o de la entidad financiera a la cual se la vaya a comprar la cartera.
NOVACIONES: Este servicio de crédito podrá tener novación en caso de sustitución del vehículo, pero previamente el asociado deberá realizar el trámite de levantamiento de pignoración del automóvil anterior y el Fondo de Empleados realizará de nuevo el procedimiento de evaluación previsto
CONDICIONES PARA LA COMPRA DE CARTERA:
1. Antigüedad mínima en la empresa de un año.
2. Solo se compra cartera en entidades del sector financiero, solidario y sector real.
3. No se compra cartera xx Xxxxxxx ni de otros fondos de empleados cuando el asociado simultáneamente pertenece a otros fondos.
4. Los créditos deben aparecer registrados en la Central de riesgos.
5. Presentar el extracto de cada crédito, expedido por la entidad, con máximo 8 días de vigencia, en donde conste el nombre del titular y el saldo de la deuda.
DESEMBOLSOS: El desembolso se realizará mediante cheque o transferencia a nombre de la entidad titular de la obligación objeto de la compra de cartera, salvo causa justificada que demuestre la imposibilidad de pagar directamente a la entidad. , en este caso se consignará a la cuenta de ahorros o corriente del asociado.
CRÉDITO DE TAQUILLA: es una línea de crédito diseñada para aquellos asociados que no tienen capacidad para descuentos por nómina.
El asociado no tendrá derecho a realizar un segundo crédito por esta línea, cuando haya presentado morosidad constante en uno o varios de los créditos por taquilla.
CRÉDITO PARA GARANTIA REAL Y/O PERSONAL
Es una línea de crédito diseñada para aquellos asociados que requieren de mayores sumas de dinero, de menor tasa de interés y donde el requisito principal es garantizar el crédito con hipoteca, prenda o cualquier título valor que sea válido legalmente.
Las garantías deben cumplir los siguientes requisitos:
HIPOTECARIA.
1. Se le debe realizar el avalúo con cargo al asociado como máximo cada tres años, para determinar la idoneidad del respaldo ofrecido.
2. Debe presentar el certificado de tradición y libertad cada año.
3. Cuando el saldo de los créditos sea igual al valor de la hipoteca, se debe hacer una ampliación para acceder a un nuevo préstamo.
PRENDA SIN TENENCIA.
1. Se presta máximo hasta el 90% del valor Fasecolda o hasta el 100%, cuando la aseguradora otorgue cobertura sobre el mismo porcentaje
2. El vehículo debe tener un seguro contra todo riesgo.