Condiciones Generales de Contratación para Proveedores de Servicios
Condiciones Generales de Contratación para Proveedores de Servicios
1. PRELIMINAR
1.1. Yeeply Mobile, S.L. (en adelante “Yeeply”) es una entidad con domicilio en 46980 – Paterna (Valencia), xxxxx Xxxxxxx, 45, 5-36. Yeeply tiene por objeto social la prestación de una amplia variedad de servicios a sus clientes (en adelante, los “Clientes” o, individualmente cada uno de ellos, el “Cliente”) relacionados con las tecnologías de la información y el diseño e implementación de todo tipo de proyectos digitales (en adelante, los “Proyectos Digitales”), como el desarrollo de aplicaciones móviles, plataformas web, software, campañas de posicionamiento y marketing digital, actualizaciones y/o mantenimiento de proyectos ya terminados, etc.
1.2. En particular, Yeeply presta servicios de búsqueda y selección de los profesionales más idóneos para el desarrollo de los Proyectos Digitales que sus Clientes tienen interés en promover, ya sea persona física o jurídica, así como de asistencia, interlocución, coordinación y seguimiento a lo largo del proceso de desarrollo a fin de que el profesional en cuestión pueda ejecutar el referido proyecto a plena satisfacción del Cliente.
1.3. Por ello, en el curso de su actividad Yeeply colabora con determinados profesionales o expertos en el ámbito de las tecnologías de la información y/o de diversas áreas conexas o complementarias que, tras un exhaustivo proceso de filtrado y validación efectuado por Yeeply, hayan acreditado disponer de la experiencia, cualificación y medios técnicos y humanos necesarios para el desarrollo satisfactorio de los Proyectos Digitales (en adelante, los “Proveedores de Servicios”).
De esta manera, Yeeply puede contar con los profesionales más cualificados para el desarrollo de los Proyectos Digitales en beneficio de sus Clientes y, correlativamente, el Proveedor de Servicios dispone de la oportunidad de desarrollar determinados Proyectos Digitales a los que de otro modo no habría tenido acceso.
1.4. El referido proceso de validación, realizado mediante un método de certificación propio, trata de garantizar unos estándares de profesionalidad y calidad óptimos en el desarrollo de cada uno de los Proyectos Digitales. Una vez superado dicho proceso, el profesional adquiere la condición de Proveedor de Servicios y pasa a estar en disposición de colaborar con Yeeply de forma recurrente en el desarrollo de los distintos Proyectos Digitales que le puedan ser asignados en atención a las características del Proveedor de Servicios y de los propios proyectos.
1.5. Como paso previo a su validación por parte de Yeeply, los profesionales interesados en adquirir la condición de Proveedor de Servicios deben registrarse en la sección de “Profesionales” de la página web de Yeeply, mediante la cumplimentación de determinados datos solicitados en el
formulario habilitado al efecto en dicha web, y aceptar los términos y condiciones contenidos en el presente documento.
1.6. Los presentes términos y condiciones tienen la consideración de condiciones generales de la contratación según lo dispuesto en la Ley 7/1998, de 13 xx xxxxx, sobre condiciones generales de la contratación. Dichas condiciones se han redactado en cumplimiento del citado cuerpo legal, así como de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico y del resto de normativa que resulta de aplicación en la materia. En particular, a dichos efectos se hace constar que:
(i) el Proveedor de Servicios o potencial Proveedor de Servicios no ostenta la condición de consumidor y usuario en los términos del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, en la medida que el Proveedor de Servicios o potencial Proveedor de Servicios accede y, en su caso, acepta las presentes condiciones generales en ejercicio de su actividad profesional;
(ii) sin perjuicio de la condición de profesional del Proveedor de Servicios o potencial Proveedor de Servicios, las presentes condiciones generales de la contratación se han redactado conforme a los criterios de transparencia, claridad, concreción y sencillez referidos en la Ley sobre Condiciones Generales de la Contratación;
(iii) tratándose de un contrato electrónico, y a fin de asegurar la prestación de un consentimiento plenamente válido, Yeeply:
a. ha habilitado en su página web (xxxxx://xxx.xxxxxx.xxx/) la funcionalidad oportuna a los efectos de que el Proveedor de Servicios o potencial Proveedor de Servicios pueda visualizar las presentes condiciones generales de contratación con anterioridad a la aceptación de las mismas, de modo que el Proveedor de Servicios no podrá aceptar las mismas sin tener la posibilidad de conocer íntegramente su existencia y contenido. La citada funcionalidad permitirá al Proveedor de Servicios o potencial Proveedor de Servicios, si así lo desea, archivar e imprimir el presente documento en formato pdf;
b. ha diseñado un procedimiento de contratación electrónica que ofrece la posibilidad de cortar la conexión o abandonar dicho proceso con anterioridad a la aceptación de las presentes condiciones generales; y
c. ha dado cumplimiento, antes de iniciar el procedimiento de contratación, a todas las obligaciones previas previstas en la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico a cargo del oferente de dichos servicios, mediante la información facilitada en la sección de “Profesionales” de la página web de Yeeply.
(iv) una vez que el Proveedor de Servicios o potencial Proveedor de Servicios ha tenido la oportunidad xx xxxx y entender las presentes condiciones generales de contratación, éste aceptará, en su caso, todas y cada una de las mismas haciendo “clic” en el botón de aceptación que incluye la leyenda “He leído y acepto las condiciones generales” habilitada al efecto en la sección de “Profesionales” de la web de Yeeply; y
(v) posteriormente a la aceptación, en su caso, de las presentes condiciones generales de contratación, Xxxxxx procederá a confirmar la recepción de la aceptación al Proveedor de Servicios o potencial Proveedor de Servicios por cualquiera de los medios permitidos por la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico.
1.7. Las presentes condiciones generales están dirigidas a todos los profesionales interesados en colaborar con Yeeply en los Proyectos Digitales de su portfolio, sin perjuicio de que dichas condiciones, a excepción de esta condición “Preliminar”, únicamente resultarán de aplicación, en su caso, una vez que dichos profesionales hayan sido validados por Yeeply (es decir, cuando el profesional en cuestión adquiera la condición de Proveedores de Servicios según lo indicado en la Condición 1.3 anterior) y participen en el desarrollo de los Proyectos Digitales eventualmente asignados por Yeeply.
1.8. El Proveedor de Servicios que acepte las presentes condiciones generales de contratación en representación de una persona jurídica, declara que tiene la capacidad necesaria para obligar a dicha persona jurídica en virtud de la aceptación de este documento.
2. OBJETO
2.1. El objeto de las presentes condiciones generales de contratación (en adelante, el presente “Acuerdo Marco”) es establecer las condiciones comunes en las que el Proveedor de Servicios desarrollará, a través de los Contratos de Ejecución (tal y como este término se define a continuación), los Proyectos Digitales para los Clientes de Yeeply.
2.2. De acuerdo con lo anterior, cada uno de los Proyectos Digitales que el Proveedor de Servicios lleve a cabo para los Clientes de Yeeply se regirán, asimismo, por lo dispuesto en unos contratos específicos que establecerán el objeto, los plazos de entrega, la contraprestación y el resto de las condiciones particulares aplicables a los Proyectos Digitales concretos que corresponda en cada caso (en adelante, los “Contratos de Ejecución” e, individualmente, el “Contrato de Ejecución”). Los citados Contratos de Ejecución adoptarán la forma y el contenido previstos en el modelo de Contrato de Ejecución que se adjunta como Anexo 1 al presente Acuerdo Marco.
En consecuencia, y en evitación de dudas se hace constar que, en caso de desarrollo de un determinado Proyecto Digital, la relación entre Yeeply y el
Proveedor de Servicios se regirá por lo dispuesto en este Acuerdo Marco, aceptado en su caso por vía electrónica mediante el botón habilitado al efecto una vez leídas las presentes condiciones generales, y el Contrato de Ejecución que corresponda al Proyecto Digital de que se trate y que Yeeply y el Proveedor de Servicios suscribirán antes de iniciar el desarrollo de dicho proyecto.
Asimismo, se hace constar a efectos aclaratorios que, en todos aquellos aspectos que no contravengan o resulten incompatibles con lo dispuesto en el presente Acuerdo Marco y/o en los Contratos de Ejecución, resultarán de aplicación los términos generales de uso de la web de Yeeply debidamente aceptados por el Proveedor de Servicios en su condición de usuario de dicha website, y todo ello pese a que la referencia a la fuerza obligacional de dichos términos generales de uso no se reproduzca en todas las previsiones de este Acuerdo Xxxxx en las que pudiera resultar de aplicación a fin de evitar reiteraciones innecesarias.
2.3. Los Contratos de Ejecución y los anexos adjuntos al presente Acuerdo Xxxxx formarán parte integrante del mismo con idéntica fuerza obligacional. Los Contratos de Ejecución deberán ser interpretados siempre de acuerdo con lo indicado en el presente Acuerdo Xxxxx salvo por las cuestiones particulares y específicas del Proyecto Digital en cuestión o aquellos aspectos que estuviesen expresamente excepcionados y/o que previesen acuerdos contrarios a los principios básicos recogidos en el presente documento.
2.4. El Proveedor de Servicios es conocedor de que el presente Acuerdo Marco y, en su caso, los distintos Contratos de Ejecución se otorga o se otorgarán en la medida que Xxxxxx mantiene suscritos o tiene intención de seguir suscribiendo en el futuro contratos de prestación de servicios con sus Clientes. En tal sentido, se hace constar que las especificaciones técnicas exactas, plazos de entrega de los Proyectos Digitales y/o determinadas obligaciones del Proveedor de Servicios previstas en este Acuerdo Marco y/o en los Contratos de Ejecución son coherentes con los plazos y las obligaciones establecidos a cargo de Yeeply en los contratos que ésta suscribe con sus Clientes.
3. CONDICIONES ESENCIALES PARA LA FIRMA DEL PRESENTE ACUERDO XXXXX
3.1. El desarrollo y entrega del Proyecto Digital en su debido tiempo y forma se configuran expresamente como una obligación de resultado, de modo que el presente Acuerdo Xxxxx se suscribe bajo la premisa esencial de que dicho proyecto será efectuado de forma satisfactoria por el Proveedor de Servicios conforme a las especificaciones y los plazos que se detallen en cada uno de los Contratos de Ejecución. En consecuencia, Xxxxxx podrá resolver el Acuerdo Marco, con restitución recíproca de las prestaciones que se hubieran hecho las partes, si el Proyecto Digital desarrollado no se ajusta a las características pactadas o no se entrega en los plazos estipulados.
3.2. Si el Cliente solicitase a Yeeply cambios en el Proyecto Digital que, a su vez, implicasen alguna modificación en las características establecidas en el
Contrato de Ejecución que corresponda, Yeeply lo comunicará al Proveedor de Servicios para que éste pueda evaluar el impacto de dicho cambio en el desarrollo del Proyecto Digital y, en su caso, en el precio y los plazos pactados en el Contrato de Ejecución.
En caso de que el cambio solicitado por el Cliente conlleve un mayor precio y/o plazo en su ejecución a juicio del Proveedor de Servicios, éste trasladará a Yeeply el detalle del efecto del cambio en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles a contar desde la fecha en que el Proveedor de Servicios haya tenido conocimiento de dicho cambio. No obstante, los ajustes propuestos por el Proveedor de Servicios en el coste o en los plazos de ejecución deberán ser coherentes con la estructura del precio acordado para el desarrollo del Proyecto Digital y, en todo caso, deberán ser aceptados expresamente por el Cliente, debiendo comunicar Yeeply dicha aceptación al Proveedor de Servicios. Por tanto, el Proveedor de Servicios no podrá alterar el contenido del Proyecto Digital, los plazos de desarrollo o entrega o la contraprestación por su ejecución sin el previo consentimiento por escrito del Cliente (bien sea de forma directa o a través de Yeeply).
3.3. Sin perjuicio de cualquier otro aspecto que pueda tener la consideración de esencial de conformidad con este Acuerdo Xxxxx, Xxxxxx podrá resolver el mismo y/o reclamar la indemnización que corresponda por daños y perjuicios, en los términos del artículo 1.124 del Código Civil, si el Proveedor de Servicios incumple cualquier previsión relativa a las características del Proyecto Digital y/o a los plazos de entrega acordados.
4. RELACIÓN MERCANTIL E INDEPENDENCIA DE LAS PARTES
4.1. La relación derivada del presente Acuerdo Marco y, en consecuencia, de los Contratos de Ejecución, tiene carácter mercantil y se regirá por las propias condiciones recogidas en el mismo. En consecuencia, Yeeply y el Proveedor de Servicios dejan expresa constancia de que no son partes vinculadas a los efectos de la legislación vigente, por lo que cada una de ellas mantendrá plenamente su independencia y personalidad jurídica diferenciada. En este sentido, queda expresamente excluida cualquier vinculación de carácter laboral (común o especial), comercial o asociativa, de representación, agencia o mandato entre ambas partes. En consecuencia, ninguna de dichas partes, sus empleados o sus colaboradores externos o asociados podrán actuar o presentarse ante terceros como si entre ellas existiera dicha relación, ni suscribir contratos ni obligaciones en nombre de la otra parte.
4.2. El Proveedor de Servicios responde frente a Yeeply, frente al Cliente y frente a terceros de todas las actuaciones y obligaciones que le correspondan, así como de cualquier actuación culpable o negligente realizada por su personal, manteniendo indemne a Yeeply de cualquier sanción, perjuicio o indemnización a la que Yeeply deba hacer frente como consecuencia del incumplimiento de este Acuerdo Marco o de los Contratos de Ejecución, así como de los términos generales de uso de la página web de Yeeply, por parte del Proveedor de Servicios.
5. ENTREGABLES
5.1. La entrega de la versión final del Proyecto Digital, una vez finalizado según lo previsto en el presente Acuerdo Xxxxx y en el respectivo Contrato de Ejecución, se producirá en el formato y no más tarde de la fecha que se indique en dicho Contrato de Ejecución.
5.2. El Proveedor de Servicios reconoce expresamente que los plazos de entrega señalados en cada Contrato de Ejecución son una condición esencial para Yeeply, en la medida que asimismo es esencial para el Cliente, comprometiéndose el Proveedor de Servicios a cumplirlos de forma precisa y obligándose a poner los medios técnicos, económicos y humanos necesarios para garantizar su cumplimiento.
5.3. Pese a lo anterior, Yeeply podrá solicitar al Proveedor de Servicios la entrega de la parte del Proyecto Digital desarrollada hasta un determinado momento, siendo suficiente para ello que Yeeply notifique tal voluntad al Proveedor de Servicios con una antelación mínima de siete (7) días naturales a la fecha de entrega.
5.4. Los componentes del Proyecto Digital desarrollados en virtud del presente Acuerdo Marco y de los Contratos de Ejecución deberán ser entregados, previo abono al Proveedor de Servicios de las cantidades que corresponda, en forma de archivos individuales en código fuente abierto, sin cajas negras ni librerías accesorias o complementarias en código cerrado. A título enunciativo, pero no limitativo, el Proveedor de Servicios deberá entregar los componentes del Proyecto Digital detallados en el correspondiente Contrato de Ejecución que, formando parte íntegra de dicho proyecto, puedan ser debidamente agrupados o “paquetizados”.
5.5. Asimismo, el Proveedor de Servicios entregará, dentro del plazo máximo indicado en el Contrato de Ejecución correspondiente, toda la documentación técnica o de otra naturaleza asociada al Proyecto Digital o que razonablemente pueda resultar necesaria para que Yeeply y/o el Cliente puedan ejercer con plena autonomía los derechos de propiedad intelectual que les correspondan sobre el Proyecto Digital y, particularmente, para llevar a cabo la libre explotación del mismo.
6. ACEPTACIÓN
6.1. Todos los entregables del Proyecto Digital que el Proveedor de Servicios transfiera a Yeeply y/o al Cliente en virtud del presente Acuerdo Xxxxx estarán sometidos a la aceptación por parte del Cliente (en adelante, la “Aceptación”) a fin de que éste pueda comprobar su adecuación a las especificaciones acordadas.
6.2. La Aceptación se producirá en un plazo máximo de siete (7) días naturales desde la fecha de entrega por parte del Proveedor de Servicios. Si, transcurrido dicho plazo, el Cliente (bien directamente o a través de Yeeply) no realizara comunicación alguna en sentido contrario, se entenderá que los componentes del Proyecto Digital de que se trate han sido objeto de Aceptación por el Cliente. No obstante, la previsión anterior se entenderá sin
perjuicio de lo dispuesto en la Condición 6.3 siguiente, de modo que la Aceptación del Cliente no implicará necesariamente la percepción íntegra de la contraprestación por parte del Proveedor de Servicios con motivo del desarrollo del Proyecto Digital si por cualquier causa el Cliente no abonara a Yeeply la totalidad de los honorarios que Xxxxxx deba percibir por la prestación de sus servicios al Cliente.
6.3. Si el Cliente estuviera en desacuerdo con los componentes del Proyecto Digital entregados en virtud del correspondiente Contrato de Ejecución, bien por no cumplir con las especificaciones indicadas en el mismo o por existir cualquier error o defecto en los elementos del Proyecto Digital objeto de entrega (en adelante los “Defectos”), el Cliente (bien directamente o a través de Yeeply) lo comunicará al Proveedor de Servicios por escrito dentro del citado plazo de siete (7) días naturales. En el caso de que se produzcan sucesivas entregas como consecuencia de la aplicación de la presente Condición, el periodo de siete (7) días naturales descrito se verá renovado con cada nueva entrega, y se entenderá que el Proyecto Digital ha sido finalmente entregado en la fecha de la última entrega tras la que no hayan surgido disconformidades de especificación o funcionamiento. No obstante, lo dispuesto en la presente Condición se entenderá sin perjuicio de las acciones que le correspondan a Yeeply o al Cliente, en su caso, por razón de los Defectos o de los retrasos en los plazos de ejecución eventualmente provocados por los Defectos.
6.4. Los Defectos podrán consistir, a título enunciativo pero no limitativo, en la falta de alguno de los elementos referidos en el Contrato de Ejecución, en la existencia xx xxxxx negras en los componentes del Proyecto Digital objeto de entrega o de fallos, bugs o desajustes de cualquier tipo en dichos elementos que impidan su normal funcionamiento de acuerdo con las especificaciones correspondientes.
6.5. Si apareciera cualquier Defecto, el Proveedor de Servicios deberá subsanar dichos Defectos de manera rápida y eficaz, por su cuenta y cargo, siempre y cuando la aparición de los mismos le haya sido notificada por el Cliente (bien directamente o a través de Yeeply) dentro de los referidos siete (7) días naturales previos a la fecha límite para la Aceptación, todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en la Condición 12 siguiente (“Resolución del Acuerdo Marco”).
6.6. Si el Proveedor de Servicios (i) no hace entrega de la versión final del Proyecto Digital en plazo y a conformidad del Cliente, o (ii) no subsana cualquier incumplimiento de las especificaciones dentro del plazo indicado, Yeeply estará facultada para recibir toda la documentación y efectos que sean necesarios a fin de contratar o encomendar a cualquier tercero la finalización del Proyecto Digital no entregado o entregado defectuosamente, obligándose el Proveedor de Servicios a poner en disposición de Yeeply todo el Proyecto Digital realizado hasta dicho momento.
7. CONTRAPRESTACIÓN
7.1. La contraprestación que percibirá el Proveedor de Servicios por el desarrollo del Proyecto Digital será la que se indique en el correspondiente Contrato de Ejecución y se abonará de acuerdo con el calendario previsto en el mismo.
7.2. Al importe de la contraprestación se añadirá, si procede, el Impuesto sobre el Valor Añadido o equivalente que resulte de aplicación al tipo que corresponda.
7.3. No obstante lo anterior, el pago de la contraprestación se efectuará siempre que Yeeply haya percibido previamente del Cliente sus honorarios por los servicios prestados por Yeeply al Cliente en función de cada uno de los hitos pactados. En tal caso, la contraprestación del Proveedor de Servicios será abonada por Yeeply mediante transferencias bancarias efectuadas a la cuenta que indique el Proveedor de Servicios o mediante cualquier otro medio de pago que se indique en el Contrato de Ejecución correspondiente, previa recepción de cada una de las facturas que el Proveedor de Servicios expedirá a cargo de Yeeply de acuerdo con el calendario de pagos previsto en dicho Contrato de Ejecución.
7.4. En aquellos casos en los que el Cliente no abone a Yeeply la totalidad de los honorarios derivados del contrato de prestación de servicios suscrito entre Yeeply y el Cliente, el Proveedor de Servicios recibirá su parte proporcional del total efectivamente ingresado por Yeeply en la forma de pago expresada en la Condición 7.3 anterior.
7.5. La totalidad de los gastos en los que incurra el Proveedor de Servicios con ocasión del desarrollo del Proyecto Digital serán de cargo del Proveedor de Servicios y se entenderán debidamente remunerados según lo establecido en la presente Condición, sin que el Proveedor de Servicios pueda reclamar a Yeeply otros importes derivados del Proyecto Digital y del presente Acuerdo Marco o de los Contratos de Ejecución.
7.6. La contraprestación prevista en la presente Condición se abonará, en todo caso, directamente desde Yeeply al Proveedor de Servicios. Cualquier actuación del Proveedor de Servicios tendente a eludir dicho pago directo, o de alguna manera a recibir la contraprestación al margen del canal referido, será considerada como causa de incumplimiento del presente Acuerdo Marco. Asimismo, si el Cliente pretendiera efectuar el pago parcial o total del Proyecto Digital de forma directa al Proveedor de Servicios, éste deberá comunicar dicha circunstancia a Yeeply de forma inmediata.
8. DURACIÓN
8.1. El presente Acuerdo Xxxxx se celebra por tiempo indefinido.
8.2. No obstante lo anterior, tanto el Proveedor de Servicios como Yeeply podrán darlo por resuelto mediando un preaviso por escrito hecho con al menos quince (15) días de antelación a la fecha en la que se pretenda su terminación.
8.3. La resolución del Acuerdo Marco no conllevará la terminación de los Contratos de Ejecución que se encuentren en curso (si bien, una vez resuelto el Acuerdo Marco, no podrán suscribirse nuevos Contratos de Ejecución entre Yeeply y el Proveedor de Servicios).
8.4. Sin perjuicio de lo anterior, determinados derechos y obligaciones previstos en el presente Acuerdo Xxxxx continuarán surtiendo efectos tras la finalización de su vigencia o su resolución por cualquier causa, de conformidad con lo previsto en el presente Acuerdo Marco.
9. OBLIGACIONES DE LAS PARTES
9.1. Mediante el presente Acuerdo Marco, Yeeply se obliga a:
(i) proporcionar todos los datos e información necesarios para que el Proveedor de Servicios pueda llevar a buen término el desarrollo del Proyecto Digital previsto en este Acuerdo Marco y en el correspondiente Contrato de Ejecución;
(ii) recibir el Proyecto Digital del Proveedor de Servicios siempre que el resultado del mismo sea conforme a lo estipulado en este Acuerdo Marco y en el correspondiente Contrato de Ejecución, particularmente en lo relativo a las especificaciones técnicas y plazos de ejecución;
(iii) abonar la contraprestación convenida según lo dispuesto en la Condición 7 anterior (“Contraprestación”), siempre que el desarrollo del Proyecto Digital se ajuste a lo pactado en este Acuerdo Marco y en el correspondiente Contrato de Ejecución y sin perjuicio de lo previsto en la Condición 7.3 anterior;
(iv) notificar al Proveedor de Servicios a la mayor brevedad posible cualquier incidencia o disconformidad que pudiera afectar al cumplimiento de las obligaciones del Proveedor de Servicios bajo este Acuerdo Marco y el correspondiente Contrato de Ejecución; y
(v) en general, cumplir con todas sus obligaciones derivadas del presente Acuerdo Marco y del correspondiente Contrato de Ejecución para el buen fin del mismo.
9.2. Por su parte, por medio del presente Acuerdo Marco el Proveedor de Servicios se obliga a:
(i) desarrollar el Proyecto Digital siguiendo las indicaciones de Yeeply y conforme a lo estipulado en este Acuerdo Marco y en el correspondiente Contrato de Ejecución, de acuerdo con las especificaciones técnicas y los plazos de ejecución previstos en el correspondiente Contrato de Ejecución;
(ii) incluir, en todo el material o documentación que pueda llegar al Cliente, la firma, el logotipo o cualquier otro símbolo distintivo propio de la imagen corporativa de Yeeply que ésta pudiera designar a tal fin
con posterioridad a la firma de este Acuerdo Marco o del correspondiente Contrato de Ejecución;
(iii) asumir todos los gastos incurridos con ocasión del desarrollo del Proyecto Digital, sin tener en ningún caso derecho a ser reembolsado por dichos gastos;
(iv) respetar las obligaciones de propiedad intelectual e industrial, protección de datos personales y de información confidencial de Yeeply y/o del Cliente de conformidad con lo dispuesto en el presente Acuerdo Marco, así como limitar el acceso a toda la información confidencial de la que el Proveedor de Servicios tenga conocimiento en virtud de este Acuerdo Xxxxx exclusivamente al personal autorizado que necesite conocer dicha información para dar cumplimiento a este Acuerdo Xxxxx y al correspondiente Contrato de Ejecución incluso tras la terminación de los mismos.
(v) mantener informado a Yeeply, de forma continua, frecuente e inmediata del estado de desarrollo y desempeño de las tareas encaminadas a la ejecución del Proyecto Digital;
(vi) en su caso, designar un gestor o responsable del desarrollo del Proyecto Digital, integrado en la propia plantilla del Proveedor de Servicios, a los efectos de coordinar adecuadamente el seguimiento de las tareas o actuaciones desarrolladas por el Proveedor de Servicios;
(vii) no subcontratar el desarrollo del Proyecto Digital objeto de este Acuerdo Marco y del correspondiente Contrato de Ejecución sin la autorización previa y por escrito de Xxxxxx;
(viii) no usar en su página web los logotipos o cualquier otro signo distintivo de propiedad intelectual titularidad de Xxxxxx y/o del Cliente; y
(ix) en general, cumplir con el resto de obligaciones previstas en este Acuerdo Marco y en el correspondiente Contrato de Ejecución y, asimismo, con las normas de trabajo de Yeeply que se indican en el Anexo 2 de este Acuerdo Marco.
10. DECLARACIONES Y GARANTÍAS DEL PROVEEDOR DE SERVICIOS
10.1. En relación con el desarrollo del Proyecto Digital objeto de este Acuerdo Marco y del correspondiente Contrato de Ejecución, el Proveedor de Servicios declara expresamente que:
(i) está especializado en el diseño y/o desarrollo de software, plataformas web, aplicaciones móviles, acciones de marketing y posicionamiento digital y/o cualquier otra área relacionada en sentido amplio con las tecnologías de la información, con la experiencia y capacitación necesarias para la ejecución de los Proyectos Digitales en la forma y plazos convenidos en este Acuerdo Marco y en el correspondiente Contrato de Ejecución, que aplica en el desarrollo de su actividad los estándares de calidad generalmente aceptados como usuales y correctos en el sector para la ejecución de los Proyectos Digitales;
(ii) dispone de los medios organizativos, materiales y/o humanos adecuados para desarrollar los Proyectos Digitales en los términos pactados, asumiendo en todo momento su propio riesgo y xxxxxxx;
(iii) dispone de las autorizaciones, licencias o permisos administrativos, así como de los títulos que le habiliten, en su caso, para el desarrollo de su actividad de conformidad con la legislación vigente en cada momento;
(iv) conoce y acepta que la suscripción del presente Acuerdo Marco y de los correspondientes Contratos de Ejecución trae causa, a su vez, de los contratos de prestación de servicios que Yeeply pueda suscribir con sus Clientes, de modo que el objeto, la contraprestación u otros aspectos de este Acuerdo Marco y del Contrato de Ejecución podrían verse afectados por determinadas vicisitudes del referido contrato de prestación de servicios de Yeeply y el Cliente, y en particular, por determinados ajustes en las características del Proyecto Digital que pueda requerir el Cliente y los honorarios efectivamente percibidos por Yeeply de parte del Cliente (a título enunciativo pero en ningún caso limitativo, en los términos previstos en las Condiciones 3.2, 7.3 o 12.1 (iii)); y
(v) conoce y acepta que, una vez finalizados los trabajos de desarrollo de los Proyectos Digitales, la propiedad intelectual de los mismos y el código fuente pasarán a ser titularidad del Cliente.
El Proveedor de Servicios reconoce expresamente que el presente Acuerdo Marco y los correspondientes Contratos de Ejecución se suscriben bajo la premisa de que las declaraciones anteriores son exactas y veraces, constituyendo todas ellas un elemento esencial del Acuerdo Marco y de los correspondientes Contratos de Ejecución determinantes de su celebración.
10.2. Sin perjuicio de lo dispuesto en la Condición 6 anterior (“Aceptación”), y dado que determinados Defectos pueden manifestarse con posterioridad al plazo fijado para la Aceptación del Proyecto Digital, el Proveedor de Servicios ofrece una garantía de funcionamiento por un periodo de seis (6) meses a contar desde el momento en que el Proyecto Digital se encuentre en funcionamiento en un entorno productivo, a los efectos de cubrir aquellos bugs, defectos o fallos operativos de cualquier tipo que pudieran derivarse
de errores en el código fuente del sistema y que no hubieran sido detectados durante la fase de testing o pruebas del Proyecto Digital.
No obstante, se excluyen expresamente de dicha garantía aquellos bugs o fallos que estén provocados por:
(i) Causas ajenas al Proveedor de Servicios que sean desconocidas en el momento del desarrollo del Proyecto Digital;
(ii) Cambios u operaciones de mantenimiento adaptativo o perfectivo; o
(iii) Cambios u operaciones de mantenimiento evolutivo, por los cuales se cree una nueva funcionalidad que esté fuera del alcance de la propuesta inicial de desarrollo del Proyecto Digital. En este caso, los fallos que puedan producirse como consecuencia de dichos cambios estarán garantizados en la medida en que sean objeto de una nueva propuesta o contrato elaborado específicamente para el desarrollo de dichos cambios u operaciones de mantenimiento evolutivo.
11. PACTO DE NO CONTRATACIÓN
11.1. Salvo autorización previa y por escrito de Xxxxxx, con la firma del presente Acuerdo Xxxxx el Proveedor de Servicios se compromete a (i) no contratar a trabajadores o colaboradores externos de Yeeply, con independencia de la modalidad o fórmula de contratación bajo la cual dichos trabajadores o colaboradores presten servicios a Yeeply, y a (ii) no suscribir, ni durante la vigencia del presente Acuerdo Marco ni durante los doce (12) meses siguientes a la finalización del último Contrato de Ejecución, ningún contrato ni mantener relación mercantil alguna con el Cliente para la prestación de servicios, desarrollo de Proyectos Digitales o colaboración análoga en cualquiera de sus términos y modalidades sin la autorización previa por parte de Yeeply.
11.2. Del mismo modo, y correlativamente a la obligación anterior a cargo del Proveedor de Servicios, Yeeply se compromete a no contratar directamente a los trabajadores o colaboradores externos del Proveedor de Servicios, sin la previa autorización de éste.
Este pacto se hace extensible a los dos (2) años siguientes a la finalización del presente Acuerdo Xxxxx.
11.3. En cuanto al Proveedor de Servicios, la obligación de no contratación prevista en esta Condición se entiende plenamente retribuida por Xxxxxx dentro de la contraprestación pactada para el desarrollo del Proyecto Digital, sin que pueda ser facturada por el Proveedor de Servicios como complemento adicional en la factura.
12. RESOLUCIÓN DEL ACUERDO MARCO
12.1. Sin perjuicio de las causas legales o las expresamente previstas en este Acuerdo Marco, Yeeply y/o el Proveedor de Servicios podrán resolver el mismo por:
(i) mutuo acuerdo;
(ii) en los términos previstos en la Condición 8.2 anterior (“Duración”);
(iii) decisión unilateral de Yeeply comunicada mediante escrito al Proveedor de Servicios cuando previamente se hubiera resuelto el contrato de prestación de servicios suscrito entre Yeeply y el Cliente del que trae causa, a su vez, el presente Acuerdo Marco, siempre que, habiendo percibido de sus Clientes las cantidades que corresponda hasta la fecha de resolución, Yeeply abone al Proveedor de Servicios la contraprestación proporcional al estado de desarrollo del Proyecto Digital de que se trate;
(iv) el incumplimiento por parte de cualquiera de las partes de las obligaciones materiales contraídas en virtud del Acuerdo Marco o del correspondiente Contrato de Ejecución, así como de los términos generales de uso de la web de Yeeply, siempre que la parte incumplidora, después de haber recibido un escrito fehaciente de la otra Parte denunciando dicho incumplimiento y solicitando su subsanación, no proceda dentro de un plazo de siete (7) días desde la recepción de dicho escrito a subsanar el incumplimiento y cumplir así con las obligaciones contractuales que le son propias; y
(v) por la terminación o suspensión de la actividad empresarial de cualquiera de las partes, por extinción del título que habilita a cualquiera de las mismas para la prestación de las actividades que constituyen su objeto social o por decisión judicial o administrativa que implique la imposibilidad para cualquiera de las partes de ejecutar el presente Acuerdo Marco o el correspondiente Contrato de Ejecución.
12.2. En el supuesto de que se produzca un incumplimiento de las obligaciones, compromisos, disposiciones, términos, condiciones o pactos establecidos en el presente Acuerdo Marco o en el correspondiente Contrato de Ejecución, así como de los términos generales de uso de la web de Yeeply la parte perjudicada por el incumplimiento podrá optar entre exigir el cumplimiento de las mismas o la resolución del presente Acuerdo Marco y del correspondiente Contrato de Ejecución, pudiendo percibir por ello la correspondiente indemnización por todos los daños y perjuicios que dicho incumplimiento le haya podido ocasionar.
12.3. La finalización o resolución del presente Acuerdo Marco dará lugar a la obligación de Yeeply de reembolsar los gastos efectivamente incurridos o invertidos por el Proveedor de Servicios en el marco de la ejecución del Acuerdo Xxxxx y el correspondiente Contrato de Ejecución, siempre que (i) dicha resolución no se deba a un incumplimiento del Acuerdo Marco o del correspondiente Contrato de Ejecución imputable al Proveedor de Servicios y
(ii) Yeeply haya cobrado debidamente del Cliente las cantidades correspondientes.
12.4. Al margen de la resolución del presente Acuerdo Marco y/o de los Contratos de Ejecución, y de la indemnización que pudiera corresponder por los daños y perjuicios causados, el incumplimiento de las obligaciones referidas en la presente Condición por parte del Proveedor de Servicios facultará a Yeeply a dar de baja de su plataforma o website a dicho proveedor incumplidor.
13. FUERZA MAYOR
En todos los casos de fuerza mayor, la parte afectada informará por escrito a la otra parte de forma inmediata y con todos los medios y documentación a su alcance, a satisfacción de la otra parte, expresando la causa de la fuerza mayor y adoptando todas las medidas a su alcance para resolver las causas de la suspensión en el plazo más corto posible. Si transcurridos quince (15) días no hubiera cesado la causa de fuerza mayor, la parte que sufra la circunstancia de fuerza mayor podrá cancelar la totalidad o parte de sus prestaciones, sin derecho de la otra parte a reclamar ni percibir indemnización o compensación alguna por dicha cancelación.
14. ILEGALIDAD SOBREVENIDA
La nulidad o ineficacia de alguna de las disposiciones previstas en el presente Acuerdo Marco como consecuencia de disposiciones de la legislación nacional, local o comunitaria, no afectará de ningún modo a la validez o aplicabilidad del resto de las disposiciones del presente Acuerdo Marco.
15. PROTECCIÓN DE DATOS
15.1. Para el caso de que el desarrollo de los Proyectos Digitales previstos en este Acuerdo Marco requiriese el tratamiento de datos de carácter personal, cada parte se responsabilizará del cumplimiento de todas y cada una de las disposiciones que les resulten de aplicación en cumplimiento de la normativa de protección de datos de carácter personal.
15.2. Los datos de las partes del presente Acuerdo Marco serán tratados por las mismas con la exclusiva finalidad de dar cumplimiento a las obligaciones legales derivadas del mismo. Dichos datos serán conservados durante el plazo necesario para atender las correspondientes responsabilidades legales. Las partes podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación o supresión, oposición, limitación a su tratamiento, y portabilidad, en los términos previstos en la normativa de protección de datos, previa acreditación de su identidad, dirigiéndose por escrito a las direcciones referidas en la Condición 18 (“Notificaciones”).
16. CONFIDENCIALIDAD
16.1. Las partes se comprometen a mantener la más absoluta confidencialidad sobre cualquier información o documentación intercambiada durante la vigencia de este Acuerdo Marco o del correspondiente Contrato de Ejecución, o a la que tengan acceso directa o indirectamente como consecuencia de la ejecución del Proyecto Digital, relativa a cualquiera de las partes y/o a los Clientes.
A dichos efectos, tendrá la consideración de confidencial, en todo caso, toda documentación e información (de tipo económico, financiero, técnico, legal, comercial, estratégico o de otro tipo) proporcionada o conocida de cualquier forma (oral, escrita o en cualquier soporte) y en cualquier momento en el marco de la ejecución del Proyecto Digital, por cualquiera de las partes, ya sea con anterioridad o posterioridad a la firma de este Acuerdo Marco y/o de los Contratos de Ejecución.
En particular, la información o documentación confidencial referida puede contener, sin ningún tipo de limitaciones:
(i) Cualquier análisis, presupuesto, estimación, recopilación, estudio, resumen, extracto o documentación de cualquier tipo elaborado por cualquiera de las partes y/o los Clientes (o por todos ellos o algunas de dichas partes conjuntamente) a partir de la información confidencial revelada por alguna de las partes o por los Clientes para el desarrollo del Proyecto Digital;
(ii) Conceptos o ideas relativas a la planificación estratégica y/o a los productos de las partes y/o los Clientes;
(iii) Secretos de compraventa, metodologías, herramientas de investigación y análisis, ideas, conceptos, procesos, trabajos, dibujos, conocimientos, proyectos, técnicas y programas de software de cualquiera de las partes y/o de los Clientes;
(iv) Información relativa a planes de investigación y desarrollo, oferta actual o futura de productos o servicios, marketing, planes de trabajo, presupuestos, licencias, y acuerdos de distribución, precios y costes, proveedores y clientes relativos a la actividad de cualquiera de las partes y/o de los Clientes;
(v) Existencia de algún conflicto de trabajo, negociaciones o contratos con terceros suscritos por cualquiera de las partes y/o los Clientes; y
(vi) Cualquier información relativa al método de trabajo y a la remuneración del personal que afecte a cualquiera de las partes y/o los Clientes; y
16.2. Respecto de dicha información, a título enunciativo pero no limitativo, la parte receptora de la misma se compromete a:
(vii) Proteger la privacidad de dicha información o documentación con el mismo grado de diligencia o cuidado que la parte receptora observaría si fuera propia;
(viii) No utilizar la información o documentación confidencial para cualquier propósito distinto de la ejecución del Proyecto Digital (incluyendo, pero sin limitarse a ellos, cualquier propósito comercial o competitivo distinto a la citada implementación del Proyecto Digital);
(ix) No difundirla o revelarla pública ni privadamente, por ningún medio.
(x) No guardar copias de los documentos que se les proporcionen, ni extractar o guardar la información contenida en dichos documentos de ningún modo;
(xi) No mostrar dichos documentos ni revelar la información a ningún tercero, salvo en su caso a personal dependiente de cada una de las partes o a sus asesores o colaboradores externos siempre que dicha revelación se realice en el marco de la ejecución del Proyecto Digital objeto de este Acuerdo Xxxxx;
(xii) Adoptar todas las medidas necesarias para que el referido personal dependiente de cada una de las partes respete igualmente estas obligaciones, asumiendo toda la responsabilidad por su comportamiento;
(xiii) Limitar, en todo caso, al mínimo imprescindible para la satisfactoria ejecución del Proyecto Digital, el número de personas dependientes del Proveedor de Servicios que tienen acceso a la información confidencial
16.3. Yeeply y el Proveedor de Servicios reconocen que cualquier incumplimiento del deber de confidencialidad previsto en esta Condición podría ocasionar daños y perjuicios a la otra parte y, por tanto, constituiría un incumplimiento sustancial que daría lugar a la resolución inmediata de este Acuerdo Xxxxx, sin perjuicio de la obligación de indemnizar por los daños y perjuicios causados por la parte incumplidora.
16.4. Cuando la información o documentación confidencial ya no sea necesaria para la ejecución satisfactoria del Proyecto Digital por parte del Proveedor de Servicios, las partes se obligan a devolver o eliminar, ante el primer aviso por escrito de la parte que así lo requiera, la Información Confidencial y todas las copias y duplicados de la misma sin demora. Además, la parte receptora deberá eliminar la información confidencial almacenada, con ocasión de la ejecución del Proyecto Digital, en sus sistemas de procesamiento de datos en la medida de lo técnicamente posible. A petición de la parte informante, la parte receptora deberá confirmar por escrito la correcta eliminación. En dicha confirmación la parte receptora asegurará que se han realizado todos los esfuerzos posibles para cumplir con lo anteriormente indicado. La devolución y destrucción de la información
Confidencial no liberará a la parte receptora de su obligación de mantener la confidencialidad en los términos previstos en la presente Condición.
16.5. Esta obligación de confidencialidad se extenderá hasta que transcurran dos
(2) años desde la terminación del presente Acuerdo Xxxxx o del correspondiente Contrato de Ejecución por cualquier causa.
17. NOTIFICACIONES
17.1. El Proveedor de Servicios realizará todas las comunicaciones relativas al presente Acuerdo Marco o al correspondiente Contrato de Ejecución a través de la cuenta interna de Xxxxxx.xxx o por correo electrónico a la siguiente dirección: xxxxxxx@xxxxxx.xxx. Por su parte, Xxxxxx dirigirá sus comunicaciones relativas a este Acuerdo Marco o al Contrato de Ejecución que corresponda a la dirección de correo electrónico indicada por el Proveedor de Servicios en el formulario de registro que ha debido cumplimentar con anterioridad a la aceptación del presente Acuerdo Marco.
17.2. Cualquier modificación en las personas o direcciones electrónicas indicadas deberá ser inmediatamente comunicada a la otra parte en la forma prevista en esta Condición. Hasta la fecha de recepción de una eventual comunicación en la que se informe del cambio de datos de contacto, se considerarán válidas las comunicaciones efectuadas a las direcciones que figuran en la Condición 17.1 anterior.
18. CESIÓN Y SUBROGACIÓN
18.1. Ni Yeeply ni el Proveedor de Servicios podrán asignar, ceder o subrogar los derechos y obligaciones previstos en este Acuerdo Marco o en el correspondiente Contrato de Ejecución a ningún tercero sin el consentimiento previo y por escrito de la otra parte.
18.2. En caso de que el Proveedor de Servicios disponga de personal dependiente a su cargo, éste no podrá retirar o sustituir a ninguno de los profesionales que integren el equipo dedicado al desarrollo del Proyecto Digital, salvo que cuente con la autorización previa y por escrito de Xxxxxx.
19. INTEGRIDAD DEL ACUERDO MARCO Y OTRAS
19.1. El Acuerdo Marco contiene, junto con los Contratos de Ejecución y los términos generales de uso de la web de Yeeply que no contravengan lo dispuesto en este Acuerdo Marco, todas las condiciones y términos sobre los que Yeeply y el Proveedor de Servicios están de acuerdo en relación con la materia objeto del mismo, y sustituye y anula todas las negociaciones, compromisos, pactos, comunicaciones, entendimientos y acuerdos anteriores con el mismo objeto, ya sean verbales o escritos, que pudieran contravenir de cualquier forma los principios y estipulaciones establecidas en el presente Acuerdo Marco.
19.2. Cualquier modificación a este Acuerdo Marco o que afecte al correspondiente Contrato de Ejecución deberá realizarse en forma escrita y deberá estar
firmada por las partes con expresa mención a su relación con este Acuerdo Xxxxx o con el correspondiente Contrato de Ejecución.
19.3. La falta de ejercicio por cualquiera de las partes de sus derechos bajo este Acuerdo Xxxxx o el correspondiente Contrato de Ejecución no se considerará una renuncia a los mismos y no impedirá su ulterior ejercicio en los términos de los mismos.
19.4. Los Contratos de Ejecución podrán ser firmados en uno o más ejemplares, cada uno de los cuales será considerado copia original de dicho contrato, y todos constituirán un único y mismo acuerdo.
A dichos efectos, las firmas del Contrato de Ejecución transmitidas por fax, correo electrónico en formato pdf o por cualquier otro medio electrónico con la intención de conservar el aspecto gráfico e ilustrado original del Contrato de Ejecución, tendrán el mismo efecto que la entrega física del documento original firmado.
20. GASTOS
Los gastos que se ocasionen por incumplimiento del presente Acuerdo Marco o del correspondiente Contrato de Ejecución serán por cuenta de la parte incumplidora, incluidos los honorarios de los profesionales que deban contratarse para defender o asesorar a las partes ante el incumplimiento total o parcial de las disposiciones del presente Acuerdo Marco o del correspondiente Contrato de Ejecución.
21. LEY Y FUERO
21.1. El presente Acuerdo Xxxxx y los Contratos de Ejecución se regirán por las leyes comunes del Reino de España.
21.2. Yeeply y el Proveedor de Servicios, con expresa renuncia a cualquier fuero personal o territorial que pudiera corresponderles y en la medida en que tal sumisión resulte legalmente admisible, acuerdan someter todas las cuestiones derivadas de la interpretación, aplicación o cumplimiento de este Acuerdo Marco o del correspondiente Contrato de Ejecución a los Juzgados y Tribunales de la ciudad de València y sus superiores jerárquicos.
[ES] 190304_CGC Yeeply - Proveedores de Servicios.docx
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