CONVOCATORIA AL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA
CONVOCATORIA AL PROCEDIMIENTO DE
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA
NÚMERO LA-08-VST-008VST973-N-70-2023
RELATIVA A LAS ADQUISICIONES Y SUMINISTROS XX XXXXX Y DESBASTE; MATERIALES Y REACTIVOS DE LABORATORIO Y KIT DE PRUEBAS RÁPIDAS, PARA LA GERENCIA METROPOLITANA SUR DE LICONSA, S.A. DE C.V.
1.- Datos de la Entidad Convocante.
LICONSA, S.A. de C.V., Gerencia Metropolita Sur en lo sucesivo “LA CONVOCANTE” ubicada en la calle Santa Catarina Número dos Santa Catarina, Municipio Xxxxx xx Xxxxxx Solidaridad Edo. de México, Código Postal 56619, teléfonos 0000 0000 y 00000000 Ext 63270.
2.- Medio y Carácter de la Licitación.
En cumplimiento a lo que establece los artículos 24, 25, 26 fracción I, 26 Bis fracción II, 27, 28 fracción I, 29, 36, 36 Bis y 47, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en lo sucesivo “LA LEY”, así como las demás disposiciones legales aplicables en la materia, “LA CONVOCANTE”, celebrará el procedimiento de Licitación Pública Nacional Electrónica No. LA-08-VST-008VST973-N-70-2023.
La presente Licitación Pública Nacional es Electrónica por lo que los participantes en lo sucesivo “LOS LICITANTES”, podrán participar presentando sus proposiciones y documentación complementaria por escrito o a través del medio remoto de comunicación electrónica, conforme al Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet, en lo sucesivo el “ACUERDO”.
2.1 Para el presente procedimiento de licitación, no se aceptarán proposiciones enviadas a través de servicio postal o de mensajería.
2.2 Los recursos destinados para la adquisición corresponden al programa de gasto corriente de “LA CONVOCANTE” para el ejercicio fiscal 2023, se cuenta con la disponibilidad presupuestaria necesaria para la presente licitación en el ejercicio 2023, de conformidad con las requisiciones números 1880, 2037 y 2261 debidamente codificadas y autorizadas, con el oficio número 500.1684-2022, emitido por la Secretaria de Hacienda y Crédito Público a través a través del oficio circular número LICONSA-UAF-GCP- 533-2022, de fecha diecisiete (15) de diciembre de dos mil veintidós (2022), emitido por la Unidad de Administración y Finanzas de “LA CONVOCANTE”.
2.3 Los “LICITANTES” invitados, deberán presentar sus proposiciones en idioma Español.
2.4 Este procedimiento de adquisición, se realizará conforme a lo establecido en el Protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, y a las disposiciones específicas de la Ley General de Responsabilidades Administrativas vigentes.
2.5 Las áreas que intervienen en el procedimiento son las siguientes:
ÁREA CONTRATANTE | LIC. XXXXXXXX XXXXX XXXXXX, COORDINADORA GENERAL DE ADQUISICIONES Y SERVICIOS |
ÁREA REQUIRENTE | ING, XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX, SUBGERENTE DE OPERACIONES |
ÁREA TÈCNICA | ING. XXXXXX XXXX XXXX XXXXXX, COORDINADOR GENERAL DE MANTENIMIENTO A PLANTA ING. XXXX XXXXX XXXXXX XXXX, COORDINADOR GENERAL DE CONTROL DE CALIDAD | ||
ÁREA ADMINISTRADORA DEL CONTRATO | SUBGERENCIA DE OPERACIONES | ||
3.- Objeto de la Licitación. |
El objeto del presente procedimiento de licitación pública es para las adquisiciones y suministros xx xxxxx y desbaste; materiales y reactivos de laboratorio y kit de pruebas rápidas en lo sucesivo “LOS BIENES”, conforme a las especificaciones, condiciones y requerimientos técnicos que se detallan en el Anexo VI de esta convocatoria.
APARTADO “A” CORTE Y DESBASTE
PARTIDA | DESCRIPCIÓN | UNIDAD | CANTIDAD MINIMA | CANTIDAD MAXIMA |
1 | CORTADOR VERT. DE 3/16" DOBLE A V 4 GAVILANES | PZ | 3 | 6 |
2 | BROCHA 1/4" A.V. P/HACER CUÑEROS | PZ | 1 | 2 |
3 | BURIL DE 3/8" DE COBALTO | PZ | 4 | 10 |
4 | DISCO PARA CORTE DE METAL A.I. 4 1/2 X 1/16 X 7/8 TIPO 08-F 453 GRANO A-60 SS QUICK, 13300 RPM, XXXXXX | XX | 28 | 70 |
5 | DISCO PARA CORTE DE METALES DE 7" X 1/8" X 7/8" CLAVE 780 MCA. AUSTROMEX | PZ | 20 | 50 |
6 | BROCA P/METAL DE 3/16" A.V. | PZ | 18 | 45 |
7 | BROCA P/METAL DE 5/8" A.V. | PZ | 4 | 10 |
8 | BROCA P/METAL DE 1/4" A.V. | PZ | 14 | 35 |
9 | DISCO PARA DESBASTAR METAL, MCA. AUSTROMEX DE 175 X 6 X 22.2 MM. CLAVE 381 | PZ | 8 | 20 |
10 | CORTADOR VERTICAL DE 1/4 4FL SQ EM TUGSTENO LWSA 50230-7 | PZ | 2 | 4 |
11 | BROCA DE 4.20 MM ACERO A.V. NO STOCK | PZ | 4 | 10 |
12 | BROCA DE 5.0 MM EN ACERO A.V. NO STOCK | PZ | 4 | 10 |
13 | CUCHILLA PARA CORTE EN TORNO AL COBALTO 1/8" X 7/8" X 6" C44747 CLEVELAD NO STOCK 2 PZ | PZ | 3 | 7 |
14 | BROCA DE 5/16" A.V. PARA XXXXXX | PZ | 20 | 50 |
15 | BROCA DE CENTROS Nº "5" MCA. XXXXXXXXXX | PZ | 2 | 3 |
16 | BROCA DE CENTROS A V Nº "4" XXXXXXXXXX | PZ | 3 | 6 |
17 | MACHUELO 1/8" NPT CONICO | PZ | 3 | 6 |
18 | DISCO XX XXXXX P/A.INOX DE 4 1/2 X 3/64 X 7/8 CLAVE 750 | PZ | 16 | 40 |
19 | BROCA 1/4" X 10" A.V. NO STOCK | PZ | 2 | 5 |
20 | BROCA P/METAL DE 1/8" A.V. | PZ | 20 | 50 |
21 | CORTADOR VERTICAL DE 5 MM 4 GAVILANES PUNTA PLANA EN CARBURO DE TUGSTENO PARA USO GENERAL SGS DE 5MM NP 242-40137 | PZ | 2 | 3 |
22 | CORTADOR VERTICAL DE 6 MM 4 GAVILANES PUNTA PLANA EN CARBURO DE TUGSTENO PARA USO GENERAL SGS DE 6MM NP242-40191 | PZ | 2 | 3 |
23 | CORTADOR VERTICAL DE 10 MM, 4 GAVILANES PUNTA PLANA EN CARBURO DE TUGSTENO PARA USO GENERAL SGS NP 242-40157 | PZ | 1 | 1 |
24 | CORTADOR VERTICAL DE 12 MM 4 GAVILANES PUNTA PLANA EN CARBURO DE TUGSTENO PARA USO GENERAL SGS DE12MM NP 242-41665 | PZ | 1 | 1 |
25 | MACHUELO A.V. DE 10 MM PASO 1.25 | PZ | 2 | 5 |
26 | MACHUELO A V DE 3/16" NC JG.3 PZ.C/U | PZ | 3 | 8 |
27 | MACHUELO A V DE 5/16" NC JG.3 PZ.C/U | JG | 4 | 10 |
28 | BROCA DE 1" A.V. CON ZANCO RECTO,LARGA M-2 | PZ | 2 | 3 |
29 | BROCA DE 3/8" A.V. | PZ | 6 | 15 |
30 | BURIL 3/8" TUGSTENO DERECHO "R" | PZ | 12 | 30 |
31 | BURIL 3/8" TUGSTENO IZQUIERDO | PZ | 10 | 25 |
32 | JUEGO DE MACHUELOS DE 1/2 A.C NC 13 HILOS/PULG XXXXXX G O EQUIVALENTE | JG | 2 | 4 |
33 | MACHUELO A V DE 3/8" NC (JG 3 PZ. C/U) | JG | 4 | 10 |
34 | BROCA DE 1/2" A.V. | PZ | 4 | 10 |
35 | MACHUELO A V DE 6 MM PASO 1 (JGO.3 PZ C/U) | JG | 4 | 10 |
36 | CORTADOR VERTICAL 1/8" | PZ | 3 | 6 |
37 | CORTADOR VERTICAL DE 1/4 ZANCO RECTO 4 GAVILANES DE 1/4 GRENNFIELD | PZ | 2 | 5 |
38 | CORTADOR VERTICAL DE 5/8" ZANCO RECTO DE 4 GAVILANES MCA. CLEVELAND, ROYCO, XXXXXXXXXX | PZ | 1 | 2 |
39 | MACHUELO 1/4" NPT CONICO | PZ | 4 | 8 |
40 | BROCA DE CENTRO Nº 2 N/S | PZ | 2 | 4 |
41 | BROCA DE CENTROS Nº "3" MCA. XXXXXXXXXX | PZ | 4 | 8 |
42 | BROCA DE 5/32" A.V. | PZ | 8 | 20 |
43 | MACHUELO 1/4" | PZ | 2 | 4 |
44 | DISCO XX XXXXX P/A.I CLAVE 873 TIPO 41 DE 7"X0.045"X7/8" VEL MAX 8,600 RPM OXIDO DE ALUMINIO | PZ | 8 | 20 |
APARTADO “B” MATERIALES Y REACTIVOS DE LABORATORIO
PARTIDA. | DESCRIPCIÓN | U.M. | CANTIDAD MINIMA | CANTIDAD MAXIMA |
45 | CALDO LAURIL SULFATO DE SODIO NP-223800 FCO. DE 450 GRAMOS | FC | 1 | 2 |
46 | AGAR VERDE BRILLANTE NP-214500, FCO. DE 450 GRAMOS P/AISLAMIENTO DE SALMONELLA | FC | 1 | 1 |
47 | AGAR DE BILIS Y XXXX XXXXXXX NP-214300 FCO DE 450 GRAMOS. DEBEN SER DE UN MISMO LOTE Y CON MAS DE UN AÑO DE CADUCIDAD | FC | 30 | 70 |
48 | ESTANDAR DE VITAMINA A (RETINOL 25MG) SIGMA XXXXXXX | FC | 7 | 9 |
49 | AGAR DEXTROSA Y PAPA NP-211900 FCO DE 450 GRAMOS | FC | 1 | 2 |
50 | AGAR XLD (XILOSA LISINA DESOXICOLATO) NP- 211741 FCO DE 450 GRAMOS | FC | 1 | 1 |
51 | DIMETILAMINA PARA SINTESIS (SOLUCIÓN AL 40% EN AGUA) ART. 8.22033.1000 FCO DE 1 LITRO | FC | 1 | 1 |
52 | NITRATO XX XXXXX XXXXXXX P/ANÁLISIS, FCO. DE 100 GRAMOS. | FC | 10 | 15 |
53 | CLORURO DE BENZALCONIO SOLUCION ALCOHOLICA AL 10% FRASCO DE 3.5 LITROS | GL | 2 | 5 |
54 | ALCOHOL DE CAÑA 96° (PORRÓN DE PLASTICO DE 20 LT.) DESNATURALIZADO | LT | 180 | 360 |
55 | TUBO DE CULTIVO XX XXXXXX DE 6 X 50 MM (CAMPANAS XXXXXX) | PZ | 72 | 144 |
56 | PILAS RECARGABLES Ni-MH, 9 V, 200 mAh | PZ | 2 | 4 |
57 | CLORURO DE SODIO GRADO REACTIVO (FCO 500 GRAMOS) | FC | 6 | 8 |
58 | SULFATO DE XXXXX XXXXXXX A.C.S. FCO DE 1 KG | KG | 16 | 22 |
59 | CROMATO DE POTASIO FRASCO DE 500 GRAMOS | FC | 1 | 2 |
60 | YODURO DE POTASIO ART. 1.05043.1000, FCO DE 1 KILOGRAMO | FC | 6 | 8 |
61 | HIDROGENO FOSFATO DE POTASIO N° DE ARTICULO 1.02400.0080, FCO 80 GRAMOS | FC | 1 | 1 |
62 | SULFATO DE POTASIO R.A. GRADO ACS. FCO. DE 1 KILOGRAMO. | FC | 12 | 15 |
63 | ACIDO SULFURICO A.C.S. AL 95-98 % FCO. DE 1 LITROS | FC | 15 | 22 |
64 | ACIDO SULFURICO 91-93 % A 20°C FCO. DE 1 LT. P/METODO GERBER | LT | 3 | 7 |
65 | CAPSULA DE ALUMINIO DE 8.5 A 9.5 CM. DE DIÁMETRO Y 4.5 A 5.5 CM DE ALTO | PZ | 8 | 12 |
66 | GUANTES DE NITRILO TALLA GRANDE (8 ½) CAJA C/100 PIEZAS. | CJ | 2 | 4 |
67 | HEXAMETAFOSFATO DE SODIO A.C.S FCO 1 KILOGRAMOS | FC | 2 | 3 |
68 | PICETA DE PLASTICO DE CAPACIDAD DE 500 ML. | FC | 2 | 4 |
69 | FRASCO P/MUESTREO DE 1000 ML DE POLIETILENO ALTA DENSIDAD CON TAPA, BOCA | FC | 20 | 40 |
ANCHA | ||||
70 | SOLUCION DE WIJS (YODO MONOCLORURO) A.C.S FRASCO DE 1 LITRO | FC | 1 | 2 |
71 | FRASCO T/ACEITUNERO C/TAPA DE POLIPROPILENO DE 125 ML. | FC | 200 | 300 |
72 | DENSIMETRO ESCALA DE 0.800 A 1.000 CON DIVISIÓN MINIMA DE 0.002 | PZ | 2 | 3 |
73 | FRASCO P/DILUCION DE LECHE DE 160 ML BOCA DE 40 MM DE DIAM. AUTOCLAVEABLE ALT. 150 MM SECCION EXT. 45X45 MM GRAD. EN LINEA DE 99 ML. | FC | 8 | 20 |
74 | LACTODENSIMETRO P/LECHE, QUEVENNE, 1.015 - 1.040: 0.0005 G/ML, T= 15°C CON TERMOMETRO DE O-40°C | PZ | 1 | 2 |
75 | TERMOMETRO DE MERCURIO (INMERSION PARCIAL) DE -10 A 110 ° C. | PZ | 4 | 8 |
76 | TERMOMETRO DE MERCURIO (INMERSION PARCIAL) DE -10 A 150° C. | PZ | 4 | 8 |
77 | MATRAZ ERLENMEYER DE 1000 ML. PYREX/KIMAX | PZ | 3 | 7 |
78 | MATRAZ VOLUMETRICO DE 2000 ML. CLASE A MCA PYREX O KIMAX | PZ | 1 | 1 |
79 | MATRAZ P/DETERMINACION YODO DE 250 ML PYREX/KIMAX | PZ | 10 | 20 |
80 | MATRAZ VOLUMETRICO DE 250 ML CLASE "A" CON TAPON ESMERILADO | PZ | 1 | 2 |
81 | EMBUDO XXXXXXX DE PORCELANA DE 125 MM | PZ | 3 | 5 |
82 | VASO DE PRECIPITADO GRADUADO DE 150 ML. PYREX O KIMAX | PZ | 2 | 5 |
83 | VASO DE PRECIPITADO GRADUADO DE 400 ML. PYREX/KIMAX | PZ | 6 | 10 |
84 | VASO DE PRECIPITADO DE PLASTICO DE 1000 ML GRADUADO | PZ | 2 | 5 |
85 | PAPEL FILTRO WHATMAN NO. 4 , DE DIÁMETRO 12.5 CM | CJ | 6 | 10 |
86 | PIPETA SEROLOGICA DE 1 ML. 1/10 PYREX O KIMAX | PZ | 60 | 100 |
87 | PIPETA SEROLOGICA DE 5 ML. 1/10 | PZ | 70 | 100 |
88 | PIPETA SEROLOGICA 10 ML 1/10 PYREX/KIMAX | PZ | 100 | 150 |
89 | ÉTER ETÍLICO, GRADO ACS, LIBRE DE PERÓXIDOS (FRASCO DE 4 LITROS) | FCO | 14 | 20 |
90 | TUBO DE SOLUBILIDAD ADPI 50 ML GRADUADO DE 0 A 20 ML MARCA EN 50 ML | PZ | 2 | 4 |
91 | PROBETA GRADUADA DE PLASTICO DE 100:1 ML. | PZ | 1 | 1 |
92 | PROBETA GRADUADA DE 500 ML. XX XXXXXX KIMAX/PYREX | PZ | 1 | 3 |
93 | PROBETA GRADUADA DE 1000 ML. XX XXXXXX | PZ | 1 | 3 |
KIMAX/PYREX. | ||||
94 | XXXXXX XX XXXXXX DE 25 ML. C/LLAVE DE TEFLON | PZ | 1 | 2 |
95 | DETERGENTE ALCALINO CONCENTRADO EXTRAN DE 4 O 5 LITROS, MA-01 ART. EX0999-4 EM CIENCIA | PZ | 20 | 30 |
96 | ALGODON ABSORBENTE (ROLLO DE 500 GRS.) | RL | 30 | 50 |
97 | CUBRE OBJETOS P/MICROSCOPIO 22 X 22 MM PYREX/KIMAX CAT. CORNING 2865-22X22 CAJA C/100 | CJ | 4 | 10 |
98 | CAJA PETRI DE PLASTICO DESECHABLE DE 15 X 100 ESTERIL | PZ | 20000 | 50,000 |
99 | PARAFILM 2 PULGADAS X 250 FT | PZ | 1 | 1 |
100 | BUTIROMETRO PARA CREMA DE 0-55%, CON DIVISIÓN MÍNIMA DE 0.5 XXXXX XXXXXX | PZ | 4 | 6 |
101 | BURETA AUTOMÁTICA 10 ML MCA SILVER BRAND CAT. 237-53 | PZ | 1 | 1 |
102 | PIPETA DE 2.2 ML. PARA LECHE PYREX/KIMAX | PZ | 30 | 50 |
103 | CLORURO SODIO PATRÓN PRIMARIO FCO 80 GRAMOS, ART. 1.02406.0080 | FC | 1 | 1 |
104 | CLORURO DE AMONIO GRANULAR, GRADO REACTIVO ACS FRASCO DE 500 G | FC | 1 | 1 |
105 | GLICERINA NEUTRA FCO. 1 LITRO 1.04094.1000 | FC | 1 | 3 |
106 | AGUA DESTILADA LIBRE DE CO2 (DESIONIZADA A.C.S.) (GARRAFÓN DE 20 LTS) | PZ | 200 | 350 |
107 | ÉTER DE PETRÓLEO GRADO ACS, LIBRE DE PERÓXIDOS Y SIN RESIDUOS DE EVAPORACIÓN, PORRÓN DE 18 LITROS | PR | 4 | 7 |
108 | ALUMBRE GRADO REACTIVO DE FCO. 10 G | FCO | 1 | 1 |
109 | INDICADOR UNIVERSAL PAPEL PH 0-14 | PZ | 20 | 35 |
110 | PIPETA VOLUMÉTRICA 2 ML CLASE "A" XX XXXXXX PYREX O KIMAX | PZ | 2 | 4 |
111 | ARENA MAR PURIFICADA FCO. 1 KILOGRAMO ART. 1.07712.1000 | KG | 5 | 10 |
112 | SULFATO FERROSO PENTAHIDRATADO DE 50 G | FCO | 1 | 1 |
113 | PIPETA VOLUMETRICA XX XXXXXX DE 4 ML KIMAX O PYREX | PZ | 1 | 2 |
114 | CALDO SELENITO CISTINA, FCO DE 100 GRAMOS Deberán ser de un mismo lote y con más de un año de caducidad | FC | 1 | 1 |
115 | AMPOLLETAS DE STERIKON PLUS BIOINDICADOR CAJA CON 100 AMPOLLETAS Deberán tener más de un año de caducidad | PZ | 1 | 2 |
116 | PROBETA GRADUADA DE 500 ML DE PLASTICO | PZ | 1 | 1 |
117 | SULFATO DE QUININA DE 10 G | FCO | 1 | 1 |
118 | ALCOHOL METILICO FCO DE 1 LITRO | FC | 3 | 5 |
119 | BUFFER PH 10 MERCK FCO DE 1 LITRO, TRAZABLES A NIST | FC | 4 | 7 |
120 | BUFFER PH 7.00 MERCK FCO DE 1 LITRO, TRAZABLES A NIST | FC | 4 | 7 |
121 | BUFFER PH 4.00 MERCK FCO DE 1 LITRO, TRAZABLES A NIST | FC | 6 | 10 |
122 | TERMÓMETRO DE XXXXXXXX XXXXX XXXXXXX RANGO -2 A 68°C DIVISIONES DE 0.2°C ASTM 36C- CAT-1272 | PZ | 2 | 5 |
123 | AZIDA DE SODIO, FCO DE 100 GRAMOS | FC | 1 | 2 |
124 | ALCOHOL ETILICO ABSOLUTO GRADO REACTIVO FCO. DE 1 LITRO | LT | 4 | 10 |
125 | PERA DE GOMA DE 3 VIAS | PZ | 2 | 5 |
126 | KIT LACTO –ZYMA P/PRUEBAS DE FOSFATASA MCA HYCEL | PZ | 2 | 6 |
127 | TERMÓMETRO DE PENETRACIÓN, TESTO 104, TERMÓMETRO DE COCINA MODELO 05630104, TEMPERATURA DE FUNCIONAMIENTO DE -20 A 60°C CON SENSOR NTC. | PZ | 1 | 1 |
128 | MORTERO DE PORCELANA CON PISTILO DE 15 CENTIMETROS DE DIAMETRO EXTERIOR | PZ | 4 | 6 |
129 | ESTÁNDAR DE REFERENCIA PRIMARIO DE ACETATO DE VITAMINA A. HPLC 500 MILIGRAMOS | FCO | 1 | 2 |
130 | BURETA DIGITAL CERTIFICADA CON ACCESORIOS. CAP. 25 ML CON INTERFAZ RS232 TITRETTE CERT. DE CONFIANZA BRAND | PZ | 1 | 1 |
131 | COLUMNA ANALITICA HPLC FASE NORMAL ZORBAX NH2 MICR0METROS (µm), 150 x 4.6 MILIMETROS (mm) | PZ | 1 | 1 |
132 | ISOCTANO 2,2,4 TRIMETIL PENTANO HPLC FCO DE 3.5 A 4 LITROS | GL | 1 | 1 |
133 | DOSIFICADOR DISPENSETTE, S. ORGANIC DE 2.5 A 25 ML CONCERTIFICADO DE CALIBRACIÓN CODIGO 4630151 | PZ | 1 | 1 |
134 | AGUA DE 4 LITROS GRADO HPLC FCO DE 3.5 A 4 LITROS | GL | 3 | 4 |
135 | TIRAS REACTIVAS PARA DETERMINAR CLORO LIBRE RESIDUAL CON 50 TIRAS, RANGO DE 0 A 10 (MILIGRAMOS/LITRO), INTERVALOS 0, 0.5, 1.0, 2.0, 4.0, 10.0 | PZA | 10 | 20 |
136 | CARRUSEL 8 LUG (SOPORTE P/PIPETAS | PZA | 1 | 1 |
137 | TIRAS REACTIVAS PARA DETERMINAR DUREZA TOTAL CON 50 TIRAS, 0-425 PPM, (INTERVALOS DE 0, 25, 50, 120, 250, 425 PPM) | PZA | 3 | 5 |
138 | TIRAS REACTIVAS PARA DETERMINAR CLORUROS DE 30 A 600 (MILIGRAMOS/LITRO), CON 40 TIRAS | PZA | 3 | 5 |
139 | TERMÓMETRO DIGITAL DE -50 A 150 (° C ), RESOLUCIÓN 0.1 (° C) PRECISION ± 0,3 º C (-20 A 90 º C), XXXXX XX XXXXX INOXIDABLE CON 1 M (3,3 ´) DE CABLE DE SILICONA; 97.3 X DIAMETRO DE 3,5 MM (3,8 X DIA 0.14´´) TEMPERATURA AMBIENTE 20 A 50 º C, DIMENSIONES 107 X 59 X 16,5 MM, 3 PILAS DE 1,5 V AAA/ APROXIMADAMENTE 3 AÑOS DE USO. CON CERTIFICADO DE CALIBRACIÓN. | PZA | 1 | 2 |
140 | AGAR PARA MÉTODOS ESTÁNDAR FCO DE 450 GRAMOS, DEBEN SER DE UN MISMO LOTE Y CON MAS DE UN AÑO DE CADUCIDAD MERCK | FCO | 30 | 60 |
141 | AGAR PARA SALMONELLA SHIGELLA FCO 450G | FCO | 1 | 1 |
142 | AGAR EOSINA AZUL DE METILENO FRASCO DE 450G | FCO | 1 | 2 |
143 | CALDO RV (XXXXXXXXX Y VASSILIADIS) FCO DE 500 GRAMOS | FCO | 1 | 1 |
144 | CALDO VERDE BRILLANTE BILIS AL 2% 450 GRAMOS | FCO | 1 | 1 |
145 | GRADILLA DE TERMOMETROS DE POLIPROPILENO 149 X 213 X 251 MILIMETROS (MM) ORIFICIO DE 7.9 MILIMETROS (MM) | PZ | 1 | 1 |
146 | REFRIGERANTE LONGITUD DE CUBIERTA 40 CETIMETROS (CM), JUNTAS 24/40 KIMAX | PZ | 4 | 6 |
147 | CALDO LACTOSADO FCO 450 GRAMOS | FCO | 1 | 1 |
148 | ÁCIDO CÍTRICO MONOHIDRATADO DE 20 G | FCO | 1 | 1 |
149 | L-TRIPTOFANO DE 98% DE PUREZA, FCO. 5 GRAMOS | FCO | 5 | 8 |
150 | FENOLFTALEINA EN POLVO GRADO A.C.S, DE FCO. 250 GRAMOS | FCO | 1 | 1 |
151 | TERMÓMETRO DE MÁXIMAS DE MERCURIO MCA XXXXXXX P/AUTOCLAVE RANGO DE 80 A 135 °C | PZ | 1 | 2 |
152 | ACETATO DE ZINC DE FCO. 500 GRAMOS | FCO | 1 | 1 |
153 | SULFATO DE COBRE II, 5-HIDRATADO ACS FRASCO DE 500 GRAMOS | FCO | 1 | 4 |
154 | HIDRÓXIDO DE AMONIO CONCENTRADO GRADO ACS DE FCO. 1 LITRO | FCO | 4 | 8 |
155 | ASAS BACTERIOLÓGICAS DE NICROMO CALIBRADA 1/100 3 MM CAJA CON 10 PZ | CJ | 3 | 5 |
156 | CAPSULAS DE ALUMINIO PARA DETERMINACIÓN DE GRASA XXXXXXXXX | PZ | 5 | 10 |
157 | SULFATO DE AMONIO GRADO ESTÁNDAR DE FCO 50 GRAMOS SIGMA XXXXXXX | XXX | 1 | 1 |
158 | EMBUDO DE SEPARACIÓN EN FORMA XX XXXX | PZ | 8 | 12 |
(ACTINICO) | ||||
159 | PERMANGANATO DE POTASIO GRADO REACTIVO FCO. DE 500 GRAMOS | FCO | 1 | 1 |
160 | YODURO DE POTASIO GRADO REACTIVO, FCO DE DE 500 G | FCO | 3 | 6 |
161 | NEGRO DE ERIOCROMO 25 GRAMOS GRADO REACTIVO | FCO | 1 | 1 |
162 | 2,2,4 TRIMETIL PENTANO FRASCO 4 LITROS GRADO REACTIVO | FCO | 1 | 1 |
163 | TUBO CAPILAR XX XXXXXX 1 MM INTERNO CON 100 CAPILARES CADA UNO | 1 | 2 | |
164 | JERINGA DE PLÁSTICO DESECHABLE CON AGUJA 21G*11/4” DE 10 ML | PZ | 150 | 200 |
165 | PAPAINA (DE CARICA PAPAYA) > = 3U/mg SIGMA XXXXXXX | XXX | 1 | 1 |
166 | TRITON X-100 FCO.100 ML. | FCO | 2 | 3 |
167 | ETILEN DIAMINO TETRA ACETATO GRADO REACTIVO 100 GRAMOS | FCO | 1 | 1 |
168 | CLORURO FERRICO GRADO REACTIVO,FCO. 100 GRAMOS | FCO | 1 | 2 |
169 | PENTOXIDO DE VANADIO GRADO REACTIVO, FCO 200 GRAMOS | FCO | 1 | 1 |
170 | SOLUCIÓN DE CALIBRACIÓN ESTÁNDAR A -0.408°C, 250 ML CLAVE 27186 | PZ | 6 | 15 |
171 | SOLUCIÓN DE CALIBRACIÓN ESTÁNDAR B -0.600°C, 250 ML CLAVE 27187 | PZ | 5 | 12 |
172 | SOLUCIÓN DE CALIBRACIÓN ESTÁNDAR C -0.512°C, 250 ML | PZ | 5 | 12 |
173 | LIQUIDO PARA BAÑO DE ENFRIAMIENTO PARA CRIOSCOPO DE 500 ML | PZ | 4 | 10 |
174 | Tip Box CON 28 PUNTAS DE 5 MILILITROS PARA PIPETOR BRAND REFERENCIA 7026 05 | PZ | 5 | 10 |
175 | PIPET TIP/2-200UL/96/RACK/1 RACK (100-ULT-X1) | PZ | 1 | 1 |
176 | PIPET TIP/200-1000UL,96/BOX (100-MLT-96) | CJ | 1 | 1 |
177 | MICROPIPETA VOLUMEN VARIABLE 20-200 MICROLITROS (PIP-20-200 MICROLITROS-M) | PZ | 1 | 1 |
178 | MICROPIPETA VOLUMEN VARIABLE 100-1000 MICROLITROS (PIP-100-1000 MICROLITROS-M) | PZ | 1 | 1 |
179 | MICROPIPETA VOLUMEN VARIABLE 50-300 MICROLITROS (PIP-MULTICANAL 50-300 MICROLITROS-M) | PZ | 1 | 1 |
APARTADO “C” KIT DE PRUEBAS RÁPIDAS
PARTIDA. | DESCRIPCIÓN | U.M. | CANTIDAD |
180 | DETERMINACIONES RAPIDAS COMPACT DRY SL (SALMONELLA) | PIEZA | 2 |
PLACAS | |||
181 | DETERMINACIONES RAPIDAS COMPACT DRY YMR (HONGOS Y LEVADURAS pba. rápida) PLACAS | PIEZA | 1 |
182 | DETERMINACIONES RAPIDAS COMPACT DRY VP (Vibrio parahaemolyticus) | PIEZA | 70 |
183 | DETERMINACIONES RAPIDAS COMPACT DRY X-SA (S. aureus) PLACAS | PIEZA | 9 |
184 | MANGUERA DE TFE PARA EQUIPO EPIC | PIEZA | 2 |
185 | EPIC CLEAN ZYME KIT REACTIVOS PARA REALIZAR LIMPIEZA AL SISTEMA EPIC INCLUYE 3 FCOS. DE REACTIVO; EPIC-WASH Y 22 FCOS. DE AGUA LIBRE DE ATP | JUEGO | 1 |
186 | EPIC CONTROL KIT DE REACTIVOS PARA VERIFICAR DIARIAMENTE EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA EPIC | JUEGO | 1 |
“LOS LICITANTES” deberán presentar una sola propuesta técnica y económica. No obstante podrán participar en una o más partidas en los APARTADOS A y B, en el APARTADO C se adjudicara a un solo proveedor, debiendo cotizar invariablemente las partidas completas.
La descripción completa con las especificaciones técnicas, características y requerimientos de “LOS BIENES” solicitados, se proporcionan en forma detallada en el Anexo VI de la presente convocatoria a la licitación, el cual forma parte integral de ésta.
“LICITANTES”, para la presentación de sus proposiciones, deberán ajustarse estrictamente a los requisitos y especificaciones previstos en esta convocatoria a la licitación y a los que se deriven de la Junta de Aclaraciones.
“LA CONVOCANTE”, a través del Ing. Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, Subgerente de Operaciones en la Gerencia Metropolitana Sur, como área requirente y administradora del CONTRATO, verificará que la Contratación de “LOS BIENES”, objeto de la presente licitación, cumpla con las características y especificaciones solicitadas en el Anexo VI de la presente convocatoria a la licitación, con el propósito de otorgar la debida aceptación de “LOS BIENES”, para lo cual, el licitante deberá manifestar su aceptación de que hasta en tanto ello no se cumpla, “LOS BIENES” no se tendrán por recibidos o aceptados, de conformidad con el Artículo 84 último párrafo del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público en lo sucesivo “EL REGLAMENTO”.
3.1.1 La adjudicación se realizará por partida al licitante que cumpla con los requisitos establecidos, y sus propuestas sean solventes técnicamente para “LA CONVOCANTE”, así mismo presenten el precio más bajo por partida, de acuerdo a lo solicitado en el Anexo VI de la presente convocatoria a la licitación.
3.1.2 Únicamente podrán participar personas de nacionalidad mexicana, de conformidad con los artículos 28 fracción I de “LA LEY” y 35 de “EL REGLAMENTO”.
3.1.3 “LOS BIENES” de los Apartados A y B se entregaran a través de un CONTRATO abierto en términos de lo dispuesto por el Artículo 47 de “LA LEY” y 85 de “EL REGLAMENTO”.
3.1.- Lugar y Condiciones para el Suministro de “LOS BIENES”:
PARTIDAS | FECHAS DE ENTREGA |
De la partida No. 1 a la 44 | APARTADO “A” CORTE Y DESBASTE (20 (veinte) días a hábiles posteriores al requerimiento, por escrito por parte de la convocante a partir de la notificación de fallo y hasta el 31 de diciembre del 2023). |
De la partida No. 45 a la 179 | APARTADO “B” MATERIAL Y REACTIVOS DE LABORATORIO (45 (cuarenta y cinco) días a hábiles a partir de la notificación de fallo y hasta el 31 de diciembre del 2023). |
De la partida No. 180 a la 186 | APARTADO “C” KIT DE PRUEBAS RÁPIDAS (10 (diez) días a hábiles a partir de la notificación de fallo. |
“LOS BIENES” deberán entregarse en el almacén de refacciones de “LA CONVOCANTE”, ubicado en la xxxxx xx Xxxxx Xxxxxxxx xxxxxx 0, Xxx. Santa Catarina, Municipio Xxxxx xx Xxxxxx Solidaridad Estado de México, C.P. 56619 en días hábiles de lunes a viernes, entre las 9:00 y las 16:00 horas de acuerdo a lo que se estipula en el Anexo VI y conforme a las necesidades, condiciones, especificaciones y requerimientos técnicos, establecidos en esta convocatoria y su anexo técnico, en coordinación con la Subgerencia de Operaciones de “LA CONVOCANTE”.
“EL LICITANTE” se compromete a suministrar de acuerdo a los horarios y días establecidos, y de ser el caso en cualquier otro día que por necesidades de la operación de “LA CONVOCANTE” se requiera.
Las personas designadas por la Subgerencia de Operaciones para verificar la entrega de “LOS BIENES ” es: el Ing. Xxxxxx Xxxx Xxxx Xxxxxx, Coordinador General de Mantenimiento a Planta y el Ing. Xxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxx, Coordinador General de Control de Calidad, quienes verificarán que “LOS BIENES” sean suministrados de conformidad con lo establecido en esta convocatoria, sus anexos y el CONTRATO respectivo; en los términos de calidad y oportunidad que se detallan y el “LICITANTE” que resulte ganador acepta que, en tanto ello no se cumpla, “LOS BIENES” no se tendrán por aceptados o recibidos, siendo también los responsables de la administración y verificación del cumplimiento del CONTRATO de conformidad con el artículo 84 del Reglamento de “La Ley”.
Será total responsabilidad del “EL LICITANTE” ganador realizar el suministro al 100% (cien por ciento) de “LOS BIENES” requerida a entera satisfacción de “LA CONVOCANTE” en tiempo y forma, por lo que se deberán tomar las precauciones necesarias para evitar retraso e incumplimiento y en consecuencia la aplicación de la penalización establecida en el numeral 4.3 de esta convocatoria.
3.2.- Lugar y forma de Pago.
El precio de “LOS BIENES” motivo de esta licitación, deberá presentarse en pesos mexicanos, unitarios y totales por la partida, en congruencia con las condiciones de esta convocatoria y sus anexos, indicando además la suma total de la propuesta, señalando el IVA por separado; dicho precio será fijo hasta el total cumplimiento del CONTRATO correspondiente, incluyendo todos los gastos, impuestos y derechos que se tengan que erogar para el suministro oportuno de “LOS BIENES”.
No se otorgará anticipo, y los pagos correspondientes se realizarán por el 100% (cien por ciento) por la entrega de “LOS BIENES” a entera satisfacción de “LA CONVOCANTE”, a través de cheque nominativo o transferencia bancaria electrónica (cumpliendo con los requisitos establecidos por el Departamento de Finanzas) a favor del “LICITANTE” adjudicado cumpliendo con lo establecido en esta Convocatoria y el CONTRATO respectivo.
El pago se llevará a cabo a los 20 días naturales posteriores a la presentación de las facturas a revisión, dichas facturas deberán ser validadas por el personal designado por la Subgerencia de Administración y Finanzas de “LA CONVOCANTE” indicando que cumplen con las condiciones, especificaciones, cantidades para el suministro de “LOS BIENES”.
La factura deberá ser emitida en pesos mexicanos, requisitada en términos del Código Fiscal de la Federación en sus artículos 29 y 29-A, e incluir el folio fiscal del CFDI (Código Fiscal Digital por Internet) en formato XML en forma electrónica, en una unidad de almacenamiento USB, en formato PDF, la factura debe coincidir en descripción y precio con los indicados en el CONTRATO respectivo, el pago se efectuará en moneda nacional (peso mexicano) conforme a las leyes y disposiciones monetarias y fiscales que se encuentren vigentes en ese momento.
Las facturas en original deberán presentarse a revisión los días martes y viernes, o al siguiente día hábil, si éste no lo fuera, de 09:00 a 14:00 horas en el Departamento de Finanzas de “LA CONVOCANTE”, ubicado en la xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxx (0), Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, Municipio Xxxxx xx Xxxxxx Solidaridad, C.P. 56619, Estado de México.
En caso de elegir como medio de pago la transferencia electrónica, “EL LICITANTE” adjudicado deberá presentar escrito en hoja membretada, firmada por el representante, en el que se indique el nombre de la institución bancaria, número de cuenta, número de CLABE y plaza, éste escrito deberá estar certificado por la institución bancaria respectiva y ser presentado al Departamento de Cuentas por Pagar de “LA CONVOCANTE”. Anexo X de la Convocatoria.
Los impuestos serán pagados por “LA CONVOCANTE”, en los términos de la legislación aplicable, debiendo indicarse éstos al final de cada una de las facturas, por separado de los demás conceptos.
“EL LICITANTE” que resulte adjudicatario del CONTRATO, se obliga a respetar el vencimiento de los plazos descritos, verificando en todo momento la fecha en que se hace realmente exigible la obligación de pago a cargo de “LA CONVOCANTE”, evitando colocar a esta última en posición de incumplimiento sin causa justificada y acreditable, en caso contrario se hará acreedor al pago de daños y perjuicios que tal hecho pueda generar a “LA CONVOCANTE”.
Los pagos quedarán condicionados, proporcionalmente al pago que “EL LICITANTE” adjudicado deberá efectuar por concepto de la pena convencional a la que se haya hecho acreedor.
“LA CONVOCANTE” otorgará su consentimiento para que “EL LICITANTE” que resulte adjudicado, ceda sus derechos de cobro y esté en posibilidad de realizar operaciones de factoraje o descuento electrónico con intermediarios financieros y no tendrá inconveniente en caso de que “EL LICITANTE” adjudicado que se encuentre clasificado como micro, pequeña o mediana empresa, accedan y utilicen los beneficios del factoraje y descuento electrónico de documentos por cobrar del “Programa xx Xxxxxxx Productivas de NAFIN, S.N.C. Esta es la liga para poderse afiliar xxxxx://xxx.xxxxx.xxx/xxxxxxxx/xxxxxxx/xxxxxxx-xxxxxxxxxxx/
3.3.- GARANTÍA DE “LOS BIENES”
Los “LICITANTES” deberán manifestar en su propuesta técnica, que “LOS BIENES” que ofrecen a “LICONSA” cumplen estrictamente con las condiciones, características, especificaciones técnicas, que se establecen en esta convocatoria y sus anexos y que cuentan con garantía contra defectos de fabricación, vicios ocultos y materiales, “LOS BIENES” tiene garantía de producción o de surtimiento de 12 (doce) meses a partir de la fecha de entrega, obligándose el “PROVEEDOR” a sustituir, en el lugar en que se hubiesen entregado, “LOS BIENES Y/O SERVICIOS ” que resulten con defectos de fabricación, vicios ocultos y/o mala calidad, en un periodo que no excederá de 5 (cinco) días hábiles, posteriores a la reclamación que por escrito realice el área responsable de recibirlos, sin cargo adicional para “LA CONVOCANTE”.
El “LICITANTE” adjudicado queda obligado ante “LA CONVOCANTE” a responder de las deficiencias en la calidad de “LOS BIENES”, así como de cualquier otra responsabilidad en que incurra, en los términos señalados en la convocatoria, en el CONTRATO que se celebre derivado de este procedimiento de contratación y en la legislación aplicable.
3.4.- ARTÍCULO 32-D DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN.
Para dar cumplimiento a lo establecido al artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, el “LICITANTE” cuando el monto del CONTRATO exceda los $300,000.00 M.N. (Trescientos mil pesos 00/100 M.N.) sin incluir el IVA, deberá presentar la “Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales” vigente y en sentido positivo, en la forma y términos previstos en la regla 2.1.31 de la Resolución Miscelánea Fiscal publicada en el Diario Oficial de la Federación o aquella que en el futuro la sustituya, expedida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) o bien generarlo a través de la aplicación en línea que para estos efectos le proporcione el SAT.
Conforme a lo solicitado en el ACUERDO “ACDO.SA1.HCT.270422/107.P.DIR, y su Anexo Único, dictado por el
H. Consejo Técnico, relativo a las Reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social”, publicado el 22 de septiembre de 2022, en el Diario Oficial de la Federación, el licitante deberá presentar la “Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en Materia de Seguridad Social” vigente y en sentido positivo, y gozará de vigencia durante el día de la fecha en que haya sido generada, expedida por el Instituto Mexicano del Seguro Social.
Conforme a lo solicitado en el ACUERDO del H. Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores por el que se emiten las Reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos, publicado el 28 xx xxxxx de 2017, en el Diario Oficial de la Federación, el licitante deberá presentar la “Constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de amortizaciones” indicando que se encuentra “Sin adeudo o con garantía” o “Con adeudo pero con convenio celebrado” y deberá contar una vigencia de 30 días naturales contados a partir del día de su emisión, expedida por el INFONAVIT.
4.- DEL CONTRATO.
El CONTRATO será abierto para los apartados A y B, por lo que se formalizarán en términos de artículo 47 de “La Ley”.
Para efectos de lo establecido en los artículos 45 penúltimo párrafo de “LA LEY” y 81 fracción IV de “EL REGLAMENTO”, la convocatoria de licitación, el CONTRATO y sus anexos son los instrumentos que vinculan a las partes en sus derechos y obligaciones. Las estipulaciones que se establezcan en el CONTRATO no deberán modificar las condiciones previstas en la convocatoria de la licitación, sus anexos y las juntas de aclaraciones; en caso de discrepancia, prevalecerá lo estipulado en éstas.
“EL LICITANTE” adjudicado deberá presentarse a firmar el contrato correspondiente, en Enlace Administrativo, ubicada en la calle Santa Catarina Número dos, Colonia Santa Catarina, Municipio Xxxxx xx Xxxxxx Solidaridad Estado de México, Código Postal 56619 en días hábiles de lunes a viernes, entre las 9:00 y las 16:30 horas dentro de los 15 (quince) días naturales posteriores a la comunicación del fallo. Para ello y dentro de este plazo “EL LICITANTE” adjudicado deberá comunicarse al teléfono 5862 2100 ext. 63269, a fin de coordinar la fecha y hora en que deberá presentarse para la formalización del documento contractual, conforme al Acuerdo 97-2020 de fecha 18 de septiembre del 2020, emitido por la Secretaria de Hacienda Y Crédito Público, el contrato se formalizará de forma electrónica en el Módulo de Formalización de Instrumentos Jurídicos, dentro del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet, por lo que el licitante adjudicado deberá de contar con su Certificado vigente e. firma emitida por el SAT.
De conformidad con lo establecido en el artículo 46 de “LA LEY”, si “EL LICITANTE” adjudicado no firma el CONTRATO por causas imputables a él, dentro del plazo a que se refiere el párrafo anterior, “LA CONVOCANTE” podrá, sin necesidad de un nuevo procedimiento, adjudicar el CONTRATO a “EL LICITANTE” que haya presentado la siguiente proposición solvente más baja y así sucesivamente en caso de que este último no acepte la adjudicación, siempre que la diferencia en precio con respecto a la propuesta que inicialmente hubiere resultado ganadora, no sea superior al 10% (diez por ciento).
Lo anterior, independientemente de la aplicación de las sanciones establecidas a “EL LICITANTE” adjudicado que no firme el CONTRATO correspondiente, “LA CONVOCANTE” procederá a notificar a la Secretaria de la Función Pública, tal y como lo señala el artículo 60 de “LA LEY”.
“EL LICITANTE” adjudicado, no podrá por ningún motivo, subcontratar o ceder total o parcialmente a terceros los derechos y obligaciones derivados del CONTRATO objeto de la presente licitación, al amparo de lo señalado por el Artículo 46 último párrafo de “LA LEY”, salvo los derechos de cobro, previo consentimiento expreso y por escrito de “LA CONVOCANTE”.
“EL LICITANTE” adjudicado para efectos de elaboración del CONTRATO deberá entregar, forzosamente, la siguiente documentación, en original o copia certificada (para su cotejo) y copia fotostática más tardar a las 12:00 hrs. del día hábil siguiente a la fecha en que se emita el fallo:
a) Acta constitutiva y sus reformas, en la que conste que se constituyó conforme a las Leyes Mexicanas y que tiene su domicilio en el Territorio Nacional. (en caso de personas xxxxxxx).
b) Cédula de Identificación Fiscal.
c) Poder otorgado ante Fedatario Público a su representante legal, (pudiendo ser un poder especial para efectos de procedimientos de esta naturaleza, o bien poder para actos de administración y/o poder para actos de dominio).
d) Identificación oficial vigente con fotografía y firma del representante legal. (frente y reverso).
e) Copia del Comprobante de Domicilio, con una vigencia no mayor a 30 (treinta) días.
f) Tarjeta Patronal ante el IMSS
g) “Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales” vigente y en sentido positivo, expedida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
h) Solicitud de “Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en Materia de Seguridad Social” vigente y en sentido positivo, y gozará de vigencia durante el día de la fecha en que haya sido generada, expedida por el Instituto Mexicano del Seguro Social.
i) Constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos (INFONAVIT), indicando que se encuentra “Sin adeudo o con garantía” o “Con adeudo pero con convenio celebrado” y deberá contar una vigencia de 30 días naturales contados a partir del día de su emisión, expedida por el INFONAVIT.
En el Anexo V, se incluye el Modelo de CONTRATO al que para la presente licitación se sujetarán las partes, mismo que contiene los requisitos establecidos en el artículo 45 de “LA LEY”.
4.1.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
Con base en los artículos 36 y 36 bis de “LA LEY” y 51 de “EL REGLAMENTO” el CONTRATO se adjudicará a “EL LICITANTE” cuya propuesta resulte solvente al reunir las condiciones legales, técnicas y económicas establecidas por “LA CONVOCANTE”, en cuanto a, especificaciones y requerimientos técnicos de “LOS BIENES” y las demás condiciones contenidas en esta convocatoria y sus anexos, y su precio sea el más bajo en comparación con las demás propuestas solventes o, al no existir tales, su precio resulte conveniente con base en la investigación xx xxxxxxx realizada, en el entendido de que ninguna de las condiciones establecidas en esta convocatoria, así como en las proposiciones presentadas por “LOS LICITANTES” serán negociables por ningún concepto.
En el caso que se obtuviera un empate entre dos o más “LICITANTES” en la partida de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 36 Bis de “LA LEY” y el 54 de “EL REGLAMENTO”, se deberá adjudicar el CONTRATO en primer término a las micro empresas, posteriormente se considerará a las pequeñas empresas y en caso de no contarse con alguna de las anteriores, se adjudicará a la que tenga el carácter de mediana empresa.
De subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados en el párrafo anterior, o de no haber empresas de este sector y el empate se diera entre “LICITANTES” que no tienen el carácter de MIPYMES, se realizará la adjudicación del CONTRATO a favor de “EL LICITANTE” que resulte adjudicado del sorteo por insaculación que realice “LA CONVOCANTE”, el cual consistirá en depositar en una urna o recipiente transparente, las boletas con el nombre de cada “LICITANTE” empatado, acto seguido se extraerá en primer lugar la boleta del “LICITANTE” adjudicado y posteriormente las demás boletas de “LOS LICITANTES” que resultaron empatados en la partida, con lo cual se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones.
Cuando “LA CONVOCANTE” requiera llevar a cabo el sorteo por insaculación, se invitará al Órgano Interno de Control para que en su presencia se lleve a cabo dicho sorteo; se levantará acta que firmarán los asistentes, sin que la inasistencia, la negativa o falta de firma en el acta respectiva de “LOS LICITANTES” o invitados invalide el acto de conformidad con lo señalado en el artículo 54 de “EL REGLAMENTO”.
4.2.- De las Garantías de Cumplimiento
Conforme a los artículos 48 fracción II, y 49 fracción I, de la “LAASSP”, 85 fracción III, y 103 de su Reglamento; 166 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, 48 fracción II, de la Ley de Tesorería de la Federación, de su Reglamento, las Disposiciones Generales a que se sujetarán las garantías otorgadas a favor del Gobierno Federal para el cumplimiento de obligaciones distintas de las fiscales que constituyan las Dependencias y Entidades en los actos y contratos que celebren, publicadas en el DOF el 08 de septiembre de 2015, “EL PROVEEDOR” se obliga a constituir una garantía indivisible por el cumplimiento fiel y exacto de todas y cada una de las obligaciones derivadas de este contrato, mediante fianza expedida por compañía afianzadora mexicana autorizada por la Comisión Nacional de Seguros y de Fianzas, a favor de la Tesorería de la Federación, por un importe equivalente al 10% DE LA CANTIDAD DE $ sin incluir el IVA. Dicha fianza deberá ser entregada a “LICONSA”, a más tardar dentro de los 10 días naturales posteriores a la firma del contrato.
Si las disposiciones jurídicas aplicables lo permitan, la entrega de la garantía de cumplimiento se realice de manera electrónica.
La fianza deberá presentarse en las Oficinas de Enlace Administrativo, en la cual deberán de indicarse los siguientes requisitos:
* Expedirse a favor de la Tesorería de la Federación y señalar su domicilio;
* La indicación del importe total garantizado con número y letra;
* La referencia de que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato y anexos respectivo), así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta;
* La información correspondiente al número de contrato, su fecha de firma, así como la especificación de las obligaciones garantizadas;
* El señalamiento de la denominación o nombre de “EL PROVEEDOR” y de la institución afianzadora, así como sus domicilios correspondientes;
* La condición de que la vigencia de la fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su objetivo, y continuará vigente durante la sustanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se dicte resolución definitiva por la autoridad competente, de forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su vigencia, lo cual no debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previstas en el contrato y actos administrativos garantizados;
* La indicación de que la fianza se hará efectiva conforme al procedimiento dispuesto en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, el cual será aplicable también para el cobro de los intereses que en su caso se generen en los términos previstos en el artículo 283 del propio ordenamiento;
* La indicación de que la cancelación de la póliza de fianza procederá una vez que “LICONSA” otorgue el documento en el que se señale la extinción de derechos y obligaciones, previo otorgamiento del finiquito correspondiente, o en caso de existir saldos a cargo de “EL PROVEEDOR”, la liquidación debida;
* Para efectos de la garantía señalada en esta cláusula, se deberá considerar la indivisibilidad de ésta, por lo que en caso de incumplimiento del contrato se hará efectiva por el monto total de la garantía de cumplimiento;
* Para acreditar a la institución afianzadora el incumplimiento de la obligación garantizada, tendrá que cumplirse con los requisitos establecidos en las Disposiciones Generales a que se sujetarán las garantías otorgadas a favor del Gobierno Federal para el cumplimiento de obligaciones distintas de las fiscales que constituyan las dependencias y entidades en los actos y contratos que celebren, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 08 de septiembre de 2015; y
* El momento de inicio de la fianza y, en su caso, su vigencia. Considerando los requisitos anteriores, dentro de la fianza, se deberán incluir las declaraciones siguientes en forma expresa:
* “Esta garantía estará vigente durante la sustanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva por autoridad competente, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del contrato.
* “La institución de fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, para la efectividad de la presente garantía, procedimiento al que también se sujetará para el caso del cobro de intereses que prevé el artículo 283 del mismo ordenamiento legal, por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.”;
* “La cancelación de la fianza no procederá sino en virtud de manifestación previa de manera expresa y por escrito de “LICONSA”; y
* “La afianzadora acepta expresamente tener garantizado el contrato a que esta póliza se refiere, aún en el caso de que se otorgue prórroga o espera al deudor principal o fiado por parte de “LICONSA” para el cumplimiento total de las obligaciones que se garantizaran, por lo que la afianzadora renuncia expresamente al derecho que le otorga el artículo 179 de la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y de Fianzas.
” De no cumplir con dicha entrega, “LICONSA” podrá rescindir el contrato y remitir el asunto al Órgano Interno de Control para que determine si se aplican las sanciones estipuladas en el artículo 60 fracción III de la “LAASSP”.
La garantía de cumplimiento de ninguna manera será considerada como una limitación de la responsabilidad de “EL PROVEEDOR”, derivada de sus obligaciones y garantías estipuladas en el presente instrumento jurídico, y de ninguna manera impedirá que “LICONSA” reclame la indemnización o el reembolso por cualquier incumplimiento que pueda exceder el valor de la garantía de cumplimiento.
En caso de incremento al monto del presente instrumento jurídico o modificación al plazo, “EL PROVEEDOR” se obliga a entregar a “LICONSA” dentro de los diez días naturales siguientes a la formalización del mismo, de conformidad con el último párrafo del artículo 91 del Reglamento de la “LAASSP”, los documentos modificatorios o endosos correspondientes, debiendo contener en el documento la estipulación de que se otorga de manera conjunta, solidaria e inseparable de la garantía otorgada inicialmente.
“EL PROVEEDOR” acepta expresamente que la garantía expedida para garantizar el cumplimiento se hará efectiva independientemente de que se interponga cualquier otro tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o judicial, así como que permanecerá vigente durante la substanciación de los juicios o recursos legales que se interponga con relación a dicho contrato, hasta que sea pronunciada resolución definitiva que cause ejecutoria por la autoridad competente.
El trámite de liberación de garantía, se realizará inmediato a que se extienda la constancia de cumplimiento de obligaciones contractuales por parte de “LICONSA”, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 81, fracción VIII del Reglamento de la “LAASSP”. Considerando que la entrega de la prestación de los servicios, cuando aplique se haya previsto un plazo menor a diez días naturales, se exceptúa el cumplimiento de la garantía, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 último párrafo de la "LAASSP", en concordancia con lo señalado en el tercer párrafo del artículo 86 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Para este caso, el monto máximo de las penas convencionales por atraso que se puede aplicar, será del veinte por ciento del monto de los BIENES Y/O SERVICIOS entregados fuera de la fecha convenida, de conformidad con lo establecido en el tercer párrafo del artículo 96 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
4.3.- Pena Convencional
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 45 fracción XIX, 53 y 53 bis de “LA LEY”, en relación con el artículo 96 de “EL REGLAMENTO” y sin perjuicio de que se pueda hacer efectiva la garantía de cumplimiento del CONTRATO, la pena convencional que se aplicará por cada día de retraso en el suministro de “LOS BIENES”, conforme al plazo establecido en el CONTRATO correspondiente por “LA CONVOCANTE”, será del 2% (dos por ciento) por cada día hábil de retraso injustificado, del importe de “LOS BIENES” que no sean suministrados oportunamente, de acuerdo a los plazos de entrega establecidos, hasta un máximo equivalente a la garantía de cumplimiento del CONTRATO.
El importe de la pena convencional, será descontado del valor total de la factura correspondiente o el “LICITANTE” adjudicado lo cubrirá mediante cheque certificado a nombre de “LA CONVOCANTE”, previamente al pago respectivo.
El pago de “LOS BIENES” quedará condicionado proporcionalmente al pago que el prestador deba efectuar por concepto xx xxxx convencional, en el entendido de que, en el supuesto de que sea rescindido el CONTRATO, no procederá el cobro de dichas penalizaciones ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento del CONTRATO.
4.4.- Causales de Rescisión y Terminación Anticipada del CONTRATO.
– Rescisión del CONTRATO.
“LA CONVOCANTE”, con fundamento en el artículo 54 de “LA LEY” y 98 de “EL REGLAMENTO”, podrá en cualquier momento iniciar el procedimiento de rescisión administrativa del CONTRATO adjudicado, por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones del “EL LICITANTE” que se estipulen en ese documento, así como por la contravención a las disposiciones, lineamientos, convocatoria, procedimientos y requisitos que establece dicha Ley y demás normatividad aplicable en la materia.
Sin perjuicio de lo anterior, “LA CONVOCANTE” podrá aplicar al “EL LICITANTE” la pena convencional conforme a lo pactado en esta convocatoria y el CONTRATO correspondiente que proceda y en su caso, hacer efectiva la garantía otorgada para el cumplimiento del mismo, en forma proporcional al incumplimiento y sin contabilizar la pena convencional aplicada.
“LA CONVOCANTE”, tendrá derecho a su elección, a rescindir administrativamente el CONTRATO sin responsabilidad alguna para ella, sin necesidad de acudir a los Tribunales competentes, o exigir el cumplimiento forzoso y el pago de los daños y perjuicios, sin que medie resolución judicial.
– Terminación Anticipada del CONTRATO.
“LA CONVOCANTE”, con fundamento en lo establecido por el artículo 54 Bis de “LA LEY”, podrá dar por terminado anticipadamente el CONTRATO correspondiente, cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir “LOS BIENES” originalmente contratados y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio a “LA CONVOCANTE”, o se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al CONTRATO, con motivo de la resolución de una inconformidad emitida por la Secretaría de la Función Pública, de ahora en adelante “SFP”. En estos supuestos “LA CONVOCANTE” reembolsará al
“LICITANTE” adjudicado los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el CONTRATO correspondiente.
Cuando la terminación anticipada afecte en forma parcial las obligaciones pactadas en el CONTRATO, es decir, respecto de algunos de los conceptos que lo integran, se celebrará convenio modificatorio.
4.5.- MODIFICACIONES AL CONTRATO.
Cualquier modificación al CONTRATO deberá formalizarse por escrito, en cuyo caso “EL LICITANTE” que resulte adjudicatario del mismo deberá entregar el endoso correspondiente a la garantía de cumplimiento.
Las modificaciones al CONTRATO no podrán ser superiores al 20% en monto, volumen y/o vigencia, conforme a lo previsto en los artículos 52 de “LA LEY” y 91 de “EL REGLAMENTO”.
El CONTRATO podrá ser modificado a efecto de diferir las fechas para la realización de “LOS BIENES“ cuando así lo determine “LA CONVOCANTE”, siempre y cuando se compruebe que existen condiciones derivadas de caso fortuito o fuerza mayor que impiden realizar en las fechas pactadas.
4.6.- Juicios, Reclamaciones o Controversias, Relación Laboral, Civil y Fiscal.
Los “LICITANTES” y “LA CONVOCANTE” reconocen y aceptan que las únicas relaciones jurídicas existentes entre ellas son las derivadas del CONTRATO que lleguen a formalizar, razón por la cual el personal que intervenga en el desarrollo del mismo será CONTRATO por exclusiva cuenta del “LICITANTE” ganador, quien será el responsable ante dicho personal de todas y cada una de sus obligaciones que como patrón establece la Ley Federal del Trabajo y demás leyes y reglamentos aplicables. Los “LICITANTES” convienen por lo mismo en responder de todas las reclamaciones que sus trabajadores, empleados y demás personal que contraten para el suministro de “LOS BIENES” objeto del CONTRATO, presentasen en contra de “LA CONVOCANTE” en relación con dichos BIENES; por lo que expresamente las partes reconocen que no existe ningún tipo de subordinación entre ellas.
Para la celebración del CONTRATO cada una de las partes tiene contratados y, cuando lo estime adecuado, contratará a los trabajadores que requiera, siempre a su cargo y bajo su propia responsabilidad (en lo sucesivo, el “Personal”), y en ningún momento existirá relación laboral entre éstos y la otra parte, en la inteligencia de que cada una de las partes contrata al “Personal” para sí y no en calidad de intermediarios y, por lo tanto, cada parte será responsable y a su cargo y por su cuenta exclusiva el pago de salarios, sueldos, bonos, primas de vacaciones, aguinaldos, indemnizaciones por riesgos profesionales y cualquier otra obligación o prestación en favor del Personal derivadas de la Ley Federal del Trabajo, la Ley del Seguro Social, la Ley del Instituto Nacional del Fondo de la Vivienda para los Trabajadores, el Sistema de Ahorro para el Retiro o de cualquier otra índole.
“LA CONVOCANTE” y “EL LICITANTE” expresamente convienen que sacarán en paz y a salvo a la otra por cualquier reclamación, demanda, juicio, procesos o procedimientos u obligaciones que surjan o sean resultado de obligaciones pendientes que cada una tenga para con cualquier empleado asignado a la otra parte, por lo que no podrá designarse a la contraparte como patrón sustituto.
El CONTRATO no pretende y nada de lo incluido en el mismo deberá interpretarse en el sentido de que se crea una relación de mandante y mandatario, comitente y comisionista, patrón/patrón sustituto y empleado, socio y asociado entre “LA CONVOCANTE” y “EL LICITANTE”. Ninguna de las partes estará facultada para
representar y obligar a la otra de manera alguna, y cada una de las partes será responsable exclusivamente de sus propios actos.
Calendario de Eventos
5.- FORMA y Términos que Regirán los Diversos Actos del Procedimiento.
Fecha de Publicación | Obtención de Convocatoria | Disponibilidad de la Convocatoria |
04 de julio del 2023 | xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx xxx.xxxxxxx.xxx.xx | 04 al 12 de julio del 2023 |
JUNTA DE ACLARACIONES:
DÍA: | 12 | MES: | JULIO | AÑO: | 2023 | HORA: | 10:30 |
LUGAR: | A través del Sistema Electrónico de Contrataciones CompraNet |
SOLICITUD DE ACLARACIÓN SOBRE LAS RESPUESTAS OTORGADAS:
DÍA: | 12 | MES: | JULIO | AÑO: | 2023 | HORA: | 16:30 |
LUGAR: | A través del Sistema Electrónico de Contrataciones CompraNet |
ACTO DE APERTURA DE PROPOSICIONES:
DÍA: | 19 | MES: | JULIO | AÑO: | 2023 | HORA: | 12:00 |
LUGAR: | A través del Sistema Electrónico de Contrataciones CompraNet |
ACTA DE NOTIFICACIÓN DE FALLO:
DÍA: | 26 | MES: | JULIO | AÑO: | 2023 | HORA: | 12:00 |
LUGAR: | A través del Sistema Electrónico de Contrataciones CompraNet |
FECHA DE FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO:
DÍA: | El CONTRATO se firmará dentro de los 15 días naturales siguientes a la Notificación del Fallo de la presente licitación. |
LUGAR: | Sistema Electrónico de Contrataciones CompraNet, Módulo Formalización de Instrumentos Jurídicos y/o en la oficina de la Coordinación General de Adquisiciones y Servicios, ubicada en Xxxxxx Xxxx xx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx 0, Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, Xxxxx xx Xxxxxx Xxxxxxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx, C.P. 56619. |
5.1.- Consulta, Difusión y Disponibilidad de la Convocatoria del Procedimiento.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 30 de “La ley”, la presente licitación no tendrá costo alguno y estará a disposición de los interesados, a partir de la fecha de publicación de la Convocatoria en “Compranet” y del Resumen den el Diario Oficial de la Federación, en las páginas de Internet de CompraNet xxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y de “LA CONVOCANTE” xxxxx://xxx.xxx.xx/xxxxxxx, siendo responsabilidad de los interesados obtenerla oportunamente.
Conforme al artículo 42 penúltimo párrafo de “EL REGLAMENTO”, se pondrá a disposición para consulta de los “LICITANTES” un ejemplar impreso en la Subgerencia de Administración y Finanzas, ubicada en el domicilio de “LA CONVOCANTE” hasta el día 12 de julio del 2023 en días hábiles, con horario de 9:00 a 16:00 horas.
La presente convocatoria contiene entre otros aspectos, las especificaciones, condiciones y requerimientos técnicos, para participar en el procedimiento de contratación en cuestión, mismas a las que se sujetará el criterio de evaluación seleccionado para adjudicar el CONTRATO al “LICITANTE” que su proposición resulte en conjunto solvente técnica y económicamente.
De conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 26 Bis Fracción II de “LA LEY”, la o las juntas de aclaraciones, el acto de apertura de proposiciones y el acto de fallo, sólo se realizarán a través de CompraNet, sin la presencia de los “LICITANTES” en dichos actos.
No podrán participar las personas físicas x xxxxxxx inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la Función Pública, de ahora en adelante “SFP”, en los términos de “LA LEY”.
INFORMACIÓN A PARTICULARES
De conformidad con lo establecido en los numerales 6 y 7 de las Reglas generales para el contacto con particulares, Sección II, Anexo Primero del “Protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones”, del ACUERDO por el que se expide el Protocolo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día jueves 20 xx xxxxxx de 2015 y en vigor a los treinta días naturales siguientes al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, así como a los ACUERDOS por los que se modifican los diversos que expide el Protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prorroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, publicados en el Diario Oficial de la Federación los días viernes 19 de febrero de 2016 y martes 28 de febrero de 2017, se hace del conocimiento lo siguiente:
Los datos personales que se recaben serán protegidos y tratados conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.
Los particulares tienen el derecho de presentar queja o denuncia ante el Órgano Interno de Control en LICONSA, por el incumplimiento de obligaciones que adviertan en el contacto con los servidores públicos de la CONVOCANTE.
La queja o denuncia la podrá presentar el particular, en el domicilio de la Secretaría de la Función Pública, sito en Av. Insurgentes Sede: Insurgentes Sur 1735 Col. Guadalupe Inn Alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx CP 01020. Ciudad de México.
Con la finalidad de dar protección a los datos personales de los particulares, LICONSA, establece el formato que se localiza como ANEXO XII en la presente CONVOCATORIA, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 113, 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, 110 y 113 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, para lo cual deberá indicar si los documentos presentados y cuáles de ellos, contiene información de carácter confidencial, reservada o comercial reservada, así como el fundamento legal por el cual consideren que tengan ese carácter.
A los particulares que intervengan en el presente procedimiento de contratación, se les invita para que realicen su manifiesto a fin de prevenir posibles conflictos de interés, el cual podrán realizarlo en la página de internet de la Secretaría de la Función Pública, que se encuentra en el portal de la Ventanilla Única Nacional (xxx.xx), a través de la liga xxxxx://xxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, ello con fundamento en el Anexo Segundo, numeral 8 del ACUERDO por el que se expide el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones.
5.2.- Junta de Aclaraciones a la Convocatoria de este Procedimiento.
La junta de aclaraciones a la presente convocatoria, se celebrará el día 12 de julio del 2023 a las 10:30 horas.
Los “LICITANTES” que pretendan solicitar aclaraciones a los aspectos contenidos en la presente convocatoria, deberán enviar un escrito en hoja membretada en el que expresen su interés en participar en la licitación, por sí o en representación de un tercero, manifestando los datos generales del interesado y, en su caso de su representante conforme a los requisitos previstos en el artículo 48 fracción V de “EL REGLAMENTO”; Las solicitudes de aclaración deberán plantearse de manera concisa y estar directamente vinculadas con los puntos contenidos en la convocatoria, indicando el numeral o punto específico con el cual se relaciona; las solicitudes que no cumplan con los requisitos señalados podrán ser desechadas por “LA CONVOCANTE”, conforme al artículo 45 de “EL REGLAMENTO”, a elección de “ LOS LICITANTES” podrán utilizar el formato del Anexo I.
De conformidad con los Artículos 33-Bis antepenúltimo párrafo de “LA LEY” y 45 de “EL REGLAMENTO”, las solicitudes de aclaración y el escrito en el que “EL LICITANTE” exprese su interés en participar en este procedimiento (el cual deberá ser escaneado y firmado por la persona facultada para ello) deberán enviarse a través de “CompraNet”, libre de virus conforme al “ACUERDO”, a más tardar 24 horas antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la junta de aclaraciones, a efecto de que “LA CONVOCANTE” esté en posibilidad de analizarlas y hacer las correspondientes aclaraciones; sin embargo, las solicitudes de aclaración que sean recibidas con posterioridad al plazo señalado en este párrafo, no serán contestadas por “LA CONVOCANTE” por resultar extemporáneas; en caso de que algún “EL LICITANTE” envíe nuevas solicitudes de aclaración en la junta correspondiente, “LA CONVOCANTE” las recibirá, pero no les dará respuesta. Lo anterior de conformidad con el Artículo 46, fracción VI de “EL REGLAMENTO”.
La junta de aclaraciones será para despejar las dudas que existan en la convocatoria y sus anexos, en ningún caso podrán consistir en la sustitución de “LOS BIENES Y/O SERVICIOS “convocados originalmente, adición de otros de distintos rubros o en variación significativa de sus características.
“LOS LICITANTES” que envíen sus preguntas en tiempo y forma podrán realizar solicitudes de aclaración sobre las respuestas remitidas en un plazo de 6 (seis) horas, que se computarán a partir de que sea publicada el Acta con las respuestas otorgadas, las respuestas a dicha solicitudes de aclaración se publicarán a las 16:30 horas del día 12 de julio del 2023, esto con fundamento en el segundo párrafo del artículo 46 Fracción II de “EL REGLAMENTO”.
Cualquier punto señalado en la presente convocatoria respecto del cual no sea solicitada aclaración por parte de “LOS LICITANTES”, se considerará como plenamente entendido y aceptado, debiéndose cumplir en los términos de la presente convocatoria.
Con fundamento en el artículo 37 Bis de “LA LEY” el acta de la junta de aclaraciones será firmada por los servidores públicos que en ella intervinieron, de la cual al finalizar el acto se difundirá en “CompraNet” en la dirección electrónica: xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx, para efectos de notificación de “LOS LICITANTES” y se fijará un ejemplar de la misma en un lugar visible, en las oficinas de la Subgerencia de Administración y Finanzas o en el Departamento de Adquisiciones y Servicios de “LA CONVOCANTE” ubicadas en la xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx xxxxxx xxx (0), Xxx. Santa Catarina, Municipio de Xxxxx xx Xxxxxx Solidaridad Estado de México, Código Postal 6619, por un término de cinco (5) días hábiles.
De conformidad con el artículo 33 tercer párrafo de “LA LEY”, cualquier modificación a la convocatoria de la licitación y sus anexos, derivada del resultado de la junta de aclaraciones, será considerada como parte integrante de la propia convocatoria y deberá tomarse en cuenta por los “LICITANTES” en la elaboración de sus proposiciones.
5.3.- Acto de Apertura de Proposiciones
La documentación legal y administrativa, así como las propuestas técnicas y económicas, deberán ser enviadas a través de “CompraNet”, a más tardar el 19 de julio del 2023, hasta las 11:59 horas.
De conformidad con lo indicado en el artículo 43 fracción II de “LA LEY”, la apertura de proposiciones se llevará a cabo el 19 de julio del 2023, hasta las 10:00 horas, en la Sala de Juntas de la Gerencia.
“LOS LICITANTES”, enviarán su propuesta técnica y económica y documentación adicional por “CompraNet” conforme al “ACUERDO”.
Deberá ser elaboradas en formatos PDF (versión 4 o superior), HTML o en su caso, utilizar archivos de imagen tipo JPG o GIF, en WinZip, según se requiera.
Deben identificarse cada una de las páginas que integran la propuesta, con el registro federal de contribuyentes “RFC”, número de Licitación y número de página o folio (ejemplo 1 de 100, 2 de 100), dicha identificación debe reflejarse, en su caso, en la impresión que se realice de los documentos durante el acto de apertura de proposiciones.
En sustitución de la firma autógrafa, se emplearán los medios de identificación electrónica que para tal fin debe certificar previamente la Secretaría de la Función Pública “SFP”. (Deberá incluir el archivo pdf.p7m que se genera al firmar de manera electrónica las proposiciones).
El programa informático que la “SFP” les proporcione, una vez concluido el proceso de certificación de su medio de identificación electrónica, generará los archivos que mediante el uso de tecnologías resguarden la confidencialidad de la información, de tal forma que sea inviolable.
Los “LICITANTES”, admitirán que se tendrán por no presentadas las proposiciones y la demás documentación requerida por “LA CONVOCANTE”, cuando los archivos que la contenga presenten virus informáticos o no puedan abrirse, por cualquier causa motivada por problemas técnicos imputables a sus programas o equipos de cómputo.
ATENCIÓN: La plataforma CompraNet, no permite visualizar otro tipo de documentos firmados electrónicamente adicionales al resumen de las propuestas que el mismo sistema proporciona a los licitantes, por lo que estas deberán ser el único conjunto de documentos que el licitante firme y adjunte a la proposición.
Desarrollo de la Apertura de Proposiciones.
Conforme a lo establecido en el Art. 35 de “la ley” el acto de apertura de proposiciones se llevará a cabo, conforme a lo siguiente:
a) El servidor público que presida el Acto de apertura de proposiciones, verificará que existan proposiciones depositadas en CompraNet, para dar inicio a la apertura de las propuestas recibidas de acuerdo a lo establecido en el Artículo 47 de “EL REGLAMENTO”.
b) “LA CONVOCANTE” procederá a la apertura de los archivos que fueron enviados a través de CompraNet, haciéndose constar la documentación presentada, sin que ello implique la evaluación de su contenido.
c) Recibidas las proposiciones en la fecha y hora establecidas en esta convocatoria, no podrán dejarse sin efecto, por lo que se considerarán vigentes dentro del procedimiento, hasta su conclusión.
d) En el supuesto de que durante el acto de apertura de proposiciones, por causas ajenas a la voluntad de la “SFP”, o de “LA CONVOCANTE”, no sea posible abrir la página de “CompraNet” que contenga las propuestas enviadas por medios remotos de comunicación electrónica, el acto se suspenderá y se reanudará a partir de que se restablezcan las condiciones que dieron origen a la interrupción.
e) Lo anterior será aplicable una vez que “LA CONVOCANTE” haya intentado abrir los archivos más de una vez y se haya entablado comunicación con el personal que administra el sistema “CompraNet” en la “SFP”. En términos de lo dispuesto en el artículo 47 de “EL REGLAMENTO”, el Presidente del evento tomará las decisiones que correspondan para continuar con este acto.
f) En caso de que se confirme que el archivo contiene algún virus informático, la proposición será desechada de conformidad con el “ACUERDO”.
g) Si derivado del caso fortuito o fuerza mayor, no fuera posible realizar el acto de apertura de proposiciones en la fecha señalada en esta convocatoria, el mismo se celebrará el día que indique “LA CONVOCANTE”, dentro de los plazos previstos en el artículo 32 de “LA LEY”, lo cual se dará a conocer a los “LICITANTES” mediante el sistema CompraNet.
Se levantará acta de la celebración del acto de apertura de proposiciones en la que se hará constar el importe de cada una de ellas y se señalará fecha y hora en que se dará a conocer el fallo de la presente convocatoria.
Al finalizar dicha acta, se difundirá en CompraNet y se fijará un ejemplar del acta en algún lugar visible, en la Subgerencia de Administración y Finanzas, ubicada en la Calle Santa Catarina Número dos, Colonia Santa Catarina, Municipio Xxxxx xx Xxxxxx Solidaridad Estado de México, Código Postal 56619 por un término no menor de (5) cinco días hábiles. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal.
5.4.- Documentación Legal y Administrativa que Deben Exhibir los Licitantes.
5.4.1. Con fundamento en el artículo 48 fracción V de “EL REGLAMENTO” “EL LICITANTE” o sus representantes, deberán enviar escrito en el que el firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada y suscribir las proposiciones correspondientes. Mismo que contendrá los datos siguientes:
a) Del “LICITANTE”: Registro Federal de Contribuyentes, nombre y domicilio, así como, en su caso, de su apoderado o representante. Tratándose de personas xxxxxxx, además se señalará la descripción del objeto social de la empresa, identificando los datos de las escrituras públicas y, de haberlas, sus reformas y modificaciones, con las que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx así como el nombre de los socios (adjuntar acta constitutiva y sus reformas), y
b) Del representante legal del “LICITANTE”: datos de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades para suscribir las propuestas.
“LOS LICITANTES” podrán optar por enviar, en lugar del escrito a que se ha hecho referencia, el formato Anexo II (Manifestación de Identidad y Facultades) junto con la documentación legal, debidamente requisitado.
5.4.2 Escrito firmado de manera autógrafa por “EL LICITANTE”, o en su caso por el apoderado, bajo protesta de decir verdad la Dirección del correo electrónico.
5.4.3 “EL LICITANTE” deberá escanear manifestación por escrito firmada de manera autógrafa por sí mismo, o en su caso por el apoderado, bajo protesta de decir verdad, de que ni él ni su representada se encuentran en ninguno de los supuestos que señalan los artículos 50 y 60 de “LA LEY”. Anexo VII.
5.4.4 Declaración de integridad, escaneo del escrito firmado de manera autógrafa por “EL LICITANTE”, o en su caso por el apoderado, bajo protesta de decir verdad, en el que manifieste que por sí mismo o por interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas para que los servidores públicos de “LA CONVOCANTE”, induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás “LICITANTES”, de acuerdo a lo indicado en la fracción IX del artículo 29 de la “LA LEY” y el artículo 39 fracción VI inciso f) de “EL REGLAMENTO”. Anexo VIII
5.4.5. “EL LICITANTE” deberá presentar escaneo del documento “Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales” vigente y en sentido positivo, expedida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), requisito sin el cual no podrá formalizarse el CONTRATO correspondiente. Numeral
3.4 (se verificará con la aplicación QR su autenticidad).
5.4.6. “EL LICITANTE” deberá presentar escaneo del documento la solicitud de “Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en materia de Seguridad Social”, en sentido positivo, con una vigencia de 3 días hábiles previos a la presentación de sus proposiciones, conforme a lo establecido en el ACUERDO ACDO.SA1.HCT.270422/107.P.DIR y su Anexo Único, Reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social. (Se verificará con la aplicación QR su autenticidad).
5.4.7. “Constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de amortizaciones” indicando que se encuentra “Sin adeudo o con garantía” o “Con adeudo pero con convenio celebrado” y con una vigencia de 30 días naturales contados a partir del día de su emisión, expedida por el INFONAVIT (se verificará con la aplicación QR su autenticidad).
5.4.8. Escaneo del comprobante de domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones que no sea mayor a 30 días naturales.
5.4.9. Escaneo del escrito en el que “EL LICITANTE” manifieste bajo protesta de decir verdad que es de nacionalidad mexicana, conforme a lo señalado en el artículo 35 de “EL REGLAMENTO”.
5.4.10. Escaneo de la identificación oficial vigente de “EL LICITANTE” y en caso de personas xxxxxxx de su apoderado, con fotografía y firma (credencial para votar, pasaporte o Cartilla del Servicio Militar Nacional).
5.4.11. Con fundamento en el Artículo 46 último párrafo de “LA LEY”, “EL LICITANTE” deberá escanear escrito en papel membretado de la empresa y firmado por el Representante Legal, que contenga la manifestación, que los derechos y obligaciones derivados de la presente convocatoria a la invitación, no podrán ser transferidos por “EL LICITANTE” adjudicado a favor de cualquier otra persona física o moral en forma parcial ni total, salvo los derechos de cobro previa autorización expresa y por escrito de “LA CONVOCANTE”.
5.4.12. Escaneo Copia legible de la Cédula de Identificación Fiscal, cuya Actividad esté relacionada con el SERVICIO objeto del presente procedimiento con una antigüedad no mayor a tres meses.
Nota: Si “EL LICITANTE” es una persona moral, en caso de que en el documento “Inscripción en el R.F.C” en el concepto de “Actividad” NO señale la actividad comercial acorde al BIEN objeto del presente procedimiento, deberá anexar copia simple legible, a su Cédula de Identificación Fiscal, la foja correspondiente a la constitución de la empresa (Acta Constitutiva), así como la foja donde se indique el objeto social de la empresa, mediante el cual se indique que su giro comercial tiene relación con el BIEN a ofertar objeto del presente procedimiento de Invitación.
Sí “EL LICITANTE” es una persona física, y de igual manera, en el documento “Inscripción en el R.F.C” en el concepto de “Actividad” NO señale la actividad comercial acorde al Bien objeto del presente procedimiento, deberá anexar copia simple legible del formato donde haya realizado el trámite ante la SHCP de la “Actualización/Aumento/Disminución de Obligaciones”, mediante el cual se indique que su giro comercial tiene relación con el bien a ofertar objeto del presente procedimiento de Invitación.
5.4.13. Con fundamento en el artículo 34 de “EL REGLAMENTO”, deberá presentar escaneo de la declaración de “EL LICITANTE” en la cual deberá manifestar la estratificación a la que pertenece dentro de las MIPYMES, de acuerdo al Anexo III.
5.4.14. Escaneo del escrito en el que el licitante manifieste que no existe conflicto de interés. Anexo XI.
5.4.15. En su caso, los “LICITANTES” que decidan agruparse para presentar una proposición conjunta, deberán presentar copia del convenio celebrado en los términos de la fracción II del artículo 44 de “EL REGLAMENTO”; así como presentar en forma individual los escritos señalados en la fracción VIII del artículo 48 de “EL REGLAMENTO”.
5.4.16 Escaneo de la Tarjeta Patronal ante el IMSS.
Se hace del conocimiento de las personas físicas y xxxxxxx que tengan interés en participar en el procedimiento de contratación convocado, que en términos de lo dispuesto por los artículos 113, 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, 110 y 113 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, deberán indicar si en los documentos que proporcionen a LICONSA se contiene información de carácter confidencial, reservada o comercial reservada, señalando los documentos o las secciones de estos que la contengan, así como el fundamento legal por el cual consideren que tengan ese carácter. ANEXO XII (el presente anexo es opcional).
5.5.- Contenido de la Propuesta Técnica.
La propuesta técnica deberá identificarse como tal, incluyendo en la parte superior de la primera hoja la leyenda “PROPUESTA TÉCNICA”, debiendo integrarse con toda la información y documentación técnica requerida por “LA CONVOCANTE”, en congruencia con esta convocatoria y el Anexo VI, así como sus especificaciones detalladas en los términos establecidos en esta convocatoria y sus anexos, aplicando las modificaciones o precisiones que, en su caso, hayan derivado de la junta de aclaraciones respectiva (para la presentación de sus proposiciones no deberán usar ninguno de los logotipos integrados en esta convocatoria).
Se deberá de escanear cada uno de los documentos que a continuación se señalan:
5.5.1 “LOS LICITANTES” deberán de presentar manifestación, firmado por su representante legal bajo protesta de decir verdad que el objeto social de la empresa y actividades están relacionadas con los bienes y/o servicios requeridos y que tiene un año de antigüedad comercializando BIENES similares a la naturaleza, características, magnitud y complejidad a lo solicitado.
5.5.2 “LOS LICITANTES” en su propuesta deberán anexar ficha técnica detallada que indique a que partida corresponde y anotar para cada bien, la marca y tipo ofertado. La ficha técnica deberá ser emitida por el fabricante.
5.5.3 “LOS LICITANTES” deberán de presentar escrito debidamente firmado por el representante legal, en donde manifieste que en caso de resultar ganador se compromete con LICONSA que “LOS BIENES” a entregar, cumplen estrictamente con las condiciones especificaciones que se establecen en este requerimiento y sus anexos.
5.5.4 “LOS LICITANTES” deberán presentar junto a su propuesta técnica, escrito debidamente firmado por el representante legal, en el cual manifieste que se compromete a entregar garantía contra defectos de
fabricación, mala calidad y/o vicios ocultos, la cual tendrá una vigencia mínima de 12 (doce) meses, y que “LOS BIENES Y/O SERVICIOS” que resulten con defectos de fabricación, vicios ocultos y/o mala calidad, serán sustituidos en un periodo que no excederá de 5 (cinco) días hábiles, posteriores a la notificación correspondiente por parte de la Convocante.
5.5.5 “LOS LICITANTES” deberán emitir una declaración por escrito debidamente firmada por el representante legal en el que manifieste que los BIENES no son reciclados, similares, distintos, apócrifos, equivalentes o alternativos a los requeridos.
5.5.6 “LOS LICITANTES” deberán emitir una declaración por escrito debidamente firmada por el representante legal en el que manifieste que los BIENES a entregar estarán debidamente protegidos con empaques originales o en los que mejor se garantice su recepción, para evitar que se dañen en su transportación y por el tiempo de la garantía, por lo que deberá contener la información necesaria para su identificación, traslado o almacenamiento.
5.5.7 “LOS LICITANTES” deberán emitir una declaración por escrito debidamente firmada por el representante legal en el que manifieste que el proveedor tendrá bajo su cargo y responsabilidad, el medio de transporte que mejor le convenga; así como, las maniobras de carga y descarga de los BIENES en el lugar que sea asignado por personal xxx xxxxxxx, sin que esto represente un costo adicional para la convocante.
5.5.8 “LOS LICITANTES” deberán emitir una declaración por escrito debidamente firmada por el representante legal en el que manifieste que tiene la capacidad técnica e infraestructura adecuada que garantice el oportuno suministro de los BIENES ofertados, en condiciones de calidad y oportunidad, en los lugares y plazos establecidos anteriormente.
5.5.9 “LOS LICITANTES” deberán presentar manifestación por escrito, firmada por el representante legal, bajo protesta de decir verdad de que los bienes ofertados, cumplen con las normas de calidad (Normas Oficiales Mexicanas, Normas Mexicanas, Normas Internacionales o las Normas de Referencia Aplicables; o las normas propias de calidad de la empresa) debiendo enunciarlas, conforme al artículo 31 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Posterior al acto de presentación y apertura de proposiciones, las proposiciones técnicas se entregarán al área requirente para su evaluación cualitativa y verificación del cumplimiento de los requisitos solicitados.
5.6.- Contenido de la Propuesta Económica.
5.6.1. Escaneo de la propuesta económica, por medio del cual “LOS LICITANTES” presentarán la cotización de “LOS BIENES” requeridos por “LA CONVOCANTE”, deberá ser elaborado en papel membretado del “LICITANTE” y firmado por su Representante Legal, y contener además lo siguiente: deberá identificarse como tal, incluyendo en la parte superior de la primera hoja la leyenda “PROPUESTA ECONÓMICA”, indicando el importe total de la propuesta, en pesos mexicanos, señalando el IVA por separado, en congruencia con las condiciones de esta convocatoria y sus anexos, deberá contener además todos los gastos, impuestos y derechos que sea necesario erogar para la entrega oportuna de “LOS BIENES Y/O SERVICIOS”, indicando la forma de pago, de conformidad con los requisitos y condiciones establecidos por en esta convocatoria, su modelo de CONTRATO y su anexo.
5.6.2. En la propuesta económica se deberá indicar que ésta tiene una vigencia mínima de 40 (cuarenta) días naturales posteriores a la fecha de presentación de propuestas, expresarse en moneda nacional (peso mexicano), que los precios señalados en ella serán fijos hasta el total cumplimiento del CONTRATO respectivo, y que el precio ofertado ya considera todos los costos hasta la conclusión total de la entrega de “LOS BIENES”.
5.7.- Propuestas Conjuntas.
En términos de lo establecido en los artículos 34 de “LA LEY” y 44 de “EL REGLAMENTO”, dos o más personas podrán presentar conjuntamente proposiciones en la Licitación, sin necesidad de constituir una nueva persona moral, siempre y cuando la asociación sea congruente con los criterios de adjudicación, para ello, los proponentes celebrarán un convenio en términos de la legislación aplicable, cuyo original deberán presentar indistintamente en el interior o fuera del sobre de las propuestas, en el cual se establecerán con precisión los siguientes aspectos:
Nombre, domicilio y Registro Federal de Contribuyentes de las personas integrantes, identificando los datos de las escrituras públicas con las que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx, sus reformas y modificaciones, así como el nombre de los socios que aparezcan en ellas;
Nombre y domicilio de los representantes de cada una de las personas agrupadas, identificando, en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación;
La designación de un representante común, otorgándole poder amplio y suficiente, para atender todo lo relacionado con la propuesta en el procedimiento de licitación, mismo que firmará la proposición;
La descripción de las partes objeto del CONTRATO que corresponderá cumplir a cada persona, así como la manera en que se les exigirá el cumplimiento de sus obligaciones;
Estipulación expresa de que cada uno de los firmantes quedará obligado junto con los demás integrantes, ya sea en forma solidaria o mancomunada, según se convenga, para efectos del procedimiento de contratación y del CONTRATO, en caso de que se les adjudique el mismo.
En términos de lo establecido en el artículo 44 de “EL REGLAMENTO”, cuando resulte adjudicada una propuesta conjunta, el convenio indicado en este numeral y la acreditación de las facultades del apoderado legal que formalizará el CONTRATO respectivo, deberán constar en escritura pública, salvo que el CONTRATO sea firmado por todas las personas que integran la propuesta conjunta o sus apoderados, quienes en lo individual, deberán acreditar su respectiva personalidad.
5.8.- Criterios Específicos para Evaluar Proposiciones y Adjudicar el CONTRATO.
Una vez recibida la documentación, en términos de lo establecido en el artículo 36 de “LA LEY”, “LA CONVOCANTE” efectuará la evaluación cuantitativa y cualitativa de las proposiciones, para lo cual revisará y
analizará la documentación legal, administrativa, técnica y económica, presentada por cada uno de “LOS LICITANTES” que cumplan con lo solicitado en esta convocatoria y sus anexos.
Para la evaluación de las proposiciones se establece el criterio binario (cumple, no cumple), fundamentado en los artículos 36 segundo párrafo y 36 Bis de “LA LEY” y artículo 51 de “EL REGLAMENTO”, mediante el cual se adjudica a quien cumpla los requisitos establecidos por la convocante y oferte el precio más bajo por la partida completa, En este supuesto, la convocante evaluará al menos las dos proposiciones cuyo precio resulte ser más bajo; de no resultar éstas solventes, se evaluarán las que les sigan en precio.
“LA CONVOCANTE”, a través de Enlace Administrativo, realizará la evaluación de los requisitos legales y administrativos, verificando que cumplan con lo solicitado en esta convocatoria, o en su caso señalar aquellos incumplimientos, motivando y fundando dicha evaluación.
Las condiciones que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar la conducción de los actos de la licitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento por sí mismo o deficiencia en su contenido no afecte la solvencia de las proposiciones, no será objeto de evaluación y se tendrán por no establecidas; La inobservancia por parte de “LOS LICITANTES” respecto a dichas condiciones o requisitos no será motivo para desechar sus proposiciones.
Entre los requisitos cuyo incumplimiento no afecta la solvencia de la proposición, se considerarán: el proponer un plazo de entrega menor al solicitado, en cuyo caso, de resultar adjudicado y de convenir a la convocante pudiera aceptarse; el omitir aspectos que puedan ser cubiertos con información contenida en la propia propuesta técnica o económica; el no observar los formatos establecidos, si se proporciona de manera clara la información requerida; y el no observar requisitos que carezcan de fundamento legal o cualquier otro que no tenga por objeto determinar objetivamente la solvencia de la proposición presentada. En ningún caso la convocante o los licitantes podrán suplir o corregir las deficiencias de las proposiciones presentadas.
Criterios de Evaluación de la Propuesta Técnica.
A través de la propuesta técnica presentada por “LOS LICITANTES” se verificará que “LOS BIENES” propuestos cumplan con las especificaciones, condiciones y requerimientos técnicos solicitados en el Anexo VI de esta convocatoria, la evaluación será realizada por personal adscritos a la Coordinación General de Mantenimiento a Planta y la Coordinación General de Mantenimiento Civil a Lecherías.
La evaluación permitirá verificar y/o asegurar la confiabilidad de las propuestas técnicas de los participantes, así como que las características técnicas ofrecidas cumplan con los requerimientos solicitados por “LA CONVOCANTE”.
Que la propuesta técnica contenga la información indicada en el numeral 5.5 y los requerimientos del
Xxxxx XX de esta convocatoria.
El incumplimiento de los requisitos antes citados o en las especificaciones técnicas del Anexo VI, será motivo para que la propuesta sea desechada.
En ningún caso “LA CONVOCANTE” o los “LICITANTES” podrán suplir o corregir las deficiencias de la propuesta presentada.
En los casos en que las propuestas por sí o como resultado de tachaduras o enmendaduras, presenten información que cause confusión o cree una situación de incertidumbre o inconsistencia, respecto del cumplimiento del suministro de “LOS BIENES” o presente contradicción entre los diversos documentos de la oferta, serán consideradas insolventes y serán desechadas.
Las condiciones que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar la conducción de los actos de la licitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento por sí mismo o deficiencia en su contenido no afecte la solvencia de las proposiciones, no será objeto de evaluación y se tendrán por no establecidas; La inobservancia por parte de los licitantes respecto a dichas condiciones o requisitos no será motivo para desechar sus proposiciones.
Los “LICITANTES” deben demostrar a través de la documentación y la información presentada en su propuesta técnica, que cuentan con la capacidad técnica para atender los requerimientos solicitados en esta licitación conforme a su Anexo VI.
Criterios de Evaluación de la Propuesta Económica.
“LA CONVOCANTE”, efectuará el análisis, revisión y cotejo de la documentación económica presentada por cada uno de los “LICITANTES” y efectuará la evaluación cuantitativa y cualitativa de sus propuestas económicas de conformidad con los términos y condiciones de esta convocatoria.
La Enlace Administrativo por conducto de la Coordinación General de Adquisiciones y Servicios, realizará la evaluación de la propuesta económica respecto de su solvencia, la cual cotejará con la propuesta técnica, a fin de verificar que la propuesta económica sea congruente con la propuesta técnica presentada, en caso de existir discrepancia entre ambos documentos, la propuesta será considerada insolvente y será desechada.
Los “LICITANTES” deberán presentar un precio unitario cotizado de acuerdo al Anexo VI, por lo que deberán incluir precios fijos y en ningún caso procederán ajustes, ya que “LA CONVOCANTE” únicamente pagará el precio ofertado por el “LICITANTE” ganador más el IVA correspondiente.
En caso de que sólo sea aceptada una proposición solvente, se tomarán en cuenta los resultados de la investigación xx xxxxxxx realizada por “LA CONVOCANTE”, para constatar que, los precios ofertados no sean mayores a los existentes en el mercado o no resulten inconvenientes para “LA CONVOCANTE”, de conformidad a lo señalado en el Artículo 36 Bis fracción II de “LA LEY”.
Cuando se presente un error de cálculo en las propuestas presentadas, sólo habrá lugar a su rectificación por parte de “LA CONVOCANTE”, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios, en caso de discrepancia entre las cantidades escritas con letra y con número, prevalecerá la cantidad con letra, por lo que de presentarse errores en las cantidades o volúmenes solicitados estos podrán corregirse, en términos de lo señalado por el artículo 55 de “EL REGLAMENTO”.
5.9.- Causas Expresas de Desechamiento de las Proposiciones Presentadas por los Licitantes.
Será motivo de desechamiento de las proposiciones enviadas por los licitantes:
a) La omisión del envío de su proposición de cualquiera de los requisitos administrativos y legales establecidos en el numeral 5.4 de esta convocatoria.
b) La omisión de los requisitos que afectan la solvencia de las proposiciones, establecidos en el numeral 5.5 y 5.6 de la presente convocatoria.
c) Condicionar la proposición o establecer condiciones adicionales a las establecidas en esta convocatoria.
d) Será causa de desechamiento la contravención de las condiciones establecidas en esta convocatoria y sus Anexos.
e) Será causa de desechamiento que las proposiciones no se envíen debidamente foliadas de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de “EL REGLAMENTO”.
f) La comprobación de que algún licitante ha acordado con uno o más licitantes elevar los precios de “LOS BIENES” objeto de esta licitación o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes.
g) Cuando los conceptos cotizados no correspondan al total de los conceptos solicitados por “LA CONVOCANTE”.
h) Cuando “EL LICITANTE” envié cualquiera de los documentos legales, técnicos y económicos fuera de los términos establecidos en esta convocatoria.
i) Cuando cualquiera de los documentos de la proposición, se presenten sin la firma autógrafa o la firma electrónica (archivo pdf.p7m) y/o sin el nombre del representante legal, en donde lo indiquen los formatos establecidos por “LA CONVOCANTE” en el presente procedimiento.
j) Cuando algunos de los documentos de las propuestas técnicas y económicas se envíen con xxxxxxxxxx y enmendaduras
k) Si se contraviene cualquier disposición de “LA LEY”, o “EL REGLAMENTO” o de las demás disposiciones vigentes en la materia.
l) Cuando los precios propuestos por los “LICITANTES” no fueran aceptables por “LA CONVOCANTE”.
m) Si el precio indicado en la propuesta no se considera conveniente para “LA CONVOCANTE”, conforme a la investigación de precios realizada por a la Coordinación General de Mantenimiento a Planta y la Coordinación General de Control de Calidad de “LA CONVOCANTE”.
n) Cuando el objeto social del “LICITANTE” no corresponda con el objeto de la adquisición en la presente licitación.
Circunstancias que, en su caso, “LA CONVOCANTE” comunicará a los licitantes, por escrito debidamente fundado y motivado.
5.10.- Causas que Determinan Declarar Desierta la Licitación.
a) Ningún “LICITANTE” presente o envíe sus proposiciones en el lugar, fecha y horario establecidos.
b) Ninguna de las proposiciones presentadas reúna los requisitos establecidos en esta convocatoria.
c) Cuando el importe de la propuesta solvente más baja sea superior al monto del presupuesto autorizado a “LA CONVOCANTE” para “LOS BIENES” objeto de la presente licitación y no sea posible obtener la reasignación de recursos en términos de lo señalado por el artículo 56 de “EL REGLAMENTO”, ni efectuar las reducciones indicadas en dicho precepto.
d) Cuando los precios de las propuestas presentadas, conforme a la investigación de precios realizada por a la Coordinación General de Mantenimiento a Planta y la Coordinación General de Control de Calidad no fueran convenientes para “LA CONVOCANTE”.
5.11.- Cancelación del Procedimiento de Contratación.
Con fundamento en el artículo 38 de “LA LEY” “LA CONVOCANTE” podrá cancelar esta licitación, partida o conceptos incluidos en éstas, cuando se presente caso fortuito; fuerza mayor; existan circunstancias justificadas que extingan la necesidad para contratar “LOS BIENES”, y que de continuarse con el procedimiento se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a “LA CONVOCANTE”.
La determinación de dar por cancelada la licitación o conceptos, deberá precisar el acontecimiento que motiva la decisión, la cual se hará del conocimiento de los “LICITANTES”, y no será procedente contra ella recurso alguno, sin embargo, podrán interponer la inconformidad en términos del Título Sexto, Capítulo Primero de esta “LA LEY”.
5.12.- FALLO.
Comunicación del Fallo.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 37 de “LA LEY” el fallo de este procedimiento de licitación se dará a conocer a través de “CompraNet”, el cual se llevará a cabo el 26 de julio del 2023, a las 12:00 horas, enviándoles un aviso a “LOS LICITANTES” que ya se encuentra disponible en la página.
Asimismo, se fijará un ejemplar del acta en algún lugar visible de la oficina de Enlace Administrativo o en la Coordinación General de Adquisiciones y Servicios, ubicada en la Calle Santa Catarina Número dos, Colonia Santa Catarina, Municipio Xxxxx xx Xxxxxx Solidaridad Estado de México, Código Postal 56619, por un término de 5 (cinco) días hábiles posteriores a la celebración del acto, en horario comprendido de las 09:00 a las 16:30 horas.
Efectos del Fallo.
Conforme a lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 46 de “LA LEY” con la notificación del fallo serán exigibles los derechos y obligaciones establecidos en el modelo de CONTRATO adjunto a esta convocatoria sin perjuicio de la obligación de las partes de firmarlo en la fecha y términos señalados en el fallo.
Contra el fallo no procederá recurso alguno; sin embargo, será potestativo para “EL LICITANTE” presentar inconformidad en términos de lo establecido Título Sexto, Capítulo Primero de “LA LEY”.
De conformidad con lo señalado en el penúltimo párrafo del artículo 37 de “LA LEY” cuando se advierta en el fallo la existencia de un error aritmético, mecanográfico o de cualquier otra naturaleza, que no afecte el
resultado de la evaluación realizada por “LA CONVOCANTE”, dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a su notificación y siempre que no se haya firmado el CONTRATO, el titular del área responsable del procedimiento de contratación procederá a su corrección, con la intervención de su superior jerárquico, aclarando o rectificando el mismo, mediante el acta administrativa correspondiente, en la que se harán constar los motivos que lo originaron y las razones que sustentan su enmienda, hecho que se notificará a los “LICITANTES” que hubieren participado en el procedimiento de contratación, remitiendo copia de la misma al Órgano Interno de Control de “LA CONVOCANTE” dentro de los 5 (cinco) días hábiles posteriores a la fecha de su firma.
Si el error cometido en el fallo no fuera susceptible de corrección conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior, se dará vista de inmediato al Órgano Interno de Control de “LA CONVOCANTE”, a efecto de que, previa intervención de oficio, se emitan las directrices para su reposición.
6.- Inconformidades.
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 65 y 66 de “LA LEY”, “LOS LICITANTES” podrán presentar inconformidades por escrito, en las oficinas de la “SFP”, sita en Xx. xx xxx Xxxxxxxxxxx Xxx xxxxxx 0000, xxxxxx xxxx xxx xxx, xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxx, X.X. 01020, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México D.F. o ante el Órgano Interno de Control de “LA CONVOCANTE” ubicado en el tercer piso de Xxxxxxx Xxxxxx xxxxxx 0, Xxxxxxxxxxxxxxx Xxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx 00000, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx, dentro de los seis días hábiles siguientes en que ocurra el acto impugnado.
Dicha inconformidad podrá presentarse a través del sistema "CompraNet" en la dirección electrónica xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx.
7.- ANEXOS.
I. Solicitud de Aclaración a la Convocatoria
II. Manifestación de Identidad y Facultades.
III. Formato para la Manifestación que deberán Presentar los Licitantes que Participen en los Procedimientos de Adquisición para dar Cumplimiento a lo Dispuesto en los Lineamientos para Fomentar la Participación de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas en los Procedimientos de Adquisición y Arrendamiento de Bienes Muebles, así como la Contratación de Bienes que Realicen las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal.
IV. Relación de Documentos Requeridos para Participar en la Licitación.
V. Modelo de CONTRATO.
VI. Especificaciones, Condiciones y Requerimientos Técnicos.
VII. Formato de Presentación de Carta de Manifestación del Art. 50 y 60.
VIII. Declaración de Integridad.
IX. Resumen de propuesta económica.
X. Escrito de solicitud de pago por transferencia electrónica.
XI. Conflicto de Interés.
XII. Información Reservada y Confidencial
ANEXO I
FORMATO DE PARTICIPACIÓN A LA JUNTA DE ACLARACIONES
De conformidad con lo previsto por el artículo 33 Bis de La Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, por mi propio derecho (o en representación) de: _ manifiesto mi interés de participar en el procedimiento de Licitación Pública Nacional Electrónica No. convocada por “LA CONVOCANTE”, para la adquisición de: , para lo cual proporciono mis datos generales (o los de mi representado)
DATOS GENERALES
Nombre de la persona física o moral:
Registro Federal de Contribuyentes: Domicilio:
Calle y Número:
Colonia:
Delegación o Municipio:
Código Postal:
Entidad Federativa:
Teléfonos:
Fax:
Correo Electrónico:
I. Del licitante: Registro Federal de Contribuyentes; nombre y domicilio, así como, en su caso, de su apoderado o representante. Tratándose de personas xxxxxxx, además, descripción del objeto social de la empresa; identificando los datos de las escrituras públicas con las que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx, y de haberlas, sus reformas y modificaciones, así como nombre de los socios que aparezcan en éstas, y
II. Del representante del licitante: Datos de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades para suscribir las propuestas
Firma
Nombre
ANEXO I
NOMBRE DE LA EMPRESA
SOLICITUD DE ACLARACION A LA CONVOCATORIA INVITACION PÚBLICA NACIONAL ELECTRONICA No.
PREGUNTAS
Por medio del presente en mi carácter de representante legal de (nombre del licitante) y en relación a la
LICITACIÓN PÚBLICA ELECTRÓNICA NACIONAL número referente a
, me permito solicitar la aclaración de los siguientes cuestionamientos:
No. | REFERENCIA DE LA CONVOCATORIA | PREGUNTA | ||
NUMERAL | PUNTO / INCISO | APARTADO / INCISO | ||
1 | ||||
2 | ||||
3 | ||||
4 | ||||
5 | ||||
6 | ||||
… |
Agradeciendo de antemano sus atenciones, reciba un cordial saludo.
ATENTAMENTE
(Nombre y firma) REPRESENTANTE LEGAL NOMBRE DE LA EMPRESA
ANEXO II
MANIFESTACIÓN DE IDENTIDAD Y FACULTADES.
Xx, (nombre del apoderado) _, manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados así como que cuento con facultades suficientes para comprometerme por mi o por mi representada, a través de la propuesta en el presente procedimiento _ . _ _, a nombre y representación de: (nombre de la persona física o moral).
Clave del Registro Federal de Contribuyentes: Domicilio: Calle y Número:
Colonia:
Código Postal:
Teléfonos:
Correo electrónico:
No. de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva:
Delegación o Municipio: Entidad Federativa: Fax:
Fecha:
Nombre, número y circunscripción xxx Xxxxxxx Público o Fedatario que las protocolizó: Relación de Socios:
Apellido Paterno: Apellido Materno:
Nombre( s )
Descripción del objeto social (para personas físicas, actividad comercial o profesional:
Reformas o modificaciones al acta constitutiva:
Nombre, número y circunscripción xxx Xxxxxxx Público o Fedatario que las protocolizó:
Nombre y domicilio del apoderado:
Datos de la Escritura Pública mediante la cual acredita su personalidad y facultades para suscribir la propuesta: Escritura pública número:
Fecha:
Nombre, número, y circunscripción xxx Xxxxxxx o Fedatario Público que la protocolizó:
Lugar y fecha
Protesto lo necesario.
_(Firma autógrafa del apoderado)_
Notas:
1.- El presente formato podrá ser reproducido por cada licitante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido, en el orden indicado.
2.- El licitante deberá incorporar textualmente, los datos de los documentos legales que se solicitan en este documento, sin utilizar abreviaturas, principalmente en lo relativo al nombre de la persona física o razón social de la persona moral.
3.- De igual forma, tratándose de personas físicas podrá ser adecuado a lo conducente.
ANEXO III
Formato para que los licitantes manifiesten, bajo protesta de decir verdad, la estratificación que les corresponde como Mipymes, de conformidad con el Acuerdo de Estratificación de las Mipymes, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 xx xxxxx de 2009.
de _ de __ _ (1)
(2) _ P r e s e n t e.
Me refiero al procedimiento de (3) No. (4) _ en el que mi representada, la
empresa _(5) , participa a través de la presente proposición.
Al respecto y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 34 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que mi representada está constituida conforme a las leyes mexicanas, con Registro Federal de Contribuyentes _ (6) _, y asimismo que considerando los criterios (sector, número total de trabajadores y ventas anuales) establecidos en el Acuerdo por el que se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 xx xxxxx de 2009, mi representada tiene un Tope Máximo Combinado de _ (7) , con base en lo cual se estatifica como una empresa (8) _.
De igual forma, declaro que la presente manifestación la hago teniendo pleno conocimiento de que la omisión, simulación o presentación de información falsa, son infracciones previstas por el artículo 8 fracciones IV y VIII, sancionables en términos de lo dispuesto por el artículo 27, ambos de la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, y demás disposiciones aplicables.
A T E N T A M E N T E
(9)
INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS LICITANTES PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LOS LINEAMIENTOS PARA FOMENTAR LA PARTICIPACIÓN DE LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS EN LOS PROCEDIMIENTOS DE ADQUISICIÓN Y ARRENDAMIENTOS DE BIENES MUEBLES, ASÍ COMO LA CONTRATACIÓN DE INSUMOS QUE REALICEN LAS DEPENDENCIA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA FEDERAL.
Instructivo de llenado
Llenar los campos conforme aplique tomando en cuenta los rangos previstos en el Acuerdo antes mencionado.
1. Señalar la fecha de suscripción del documento.
2. Anotar el nombre de la convocante.
3. Precisar el procedimiento de contratación de que se trate (licitación pública o invitación a cuando menos tres personas).
4. Indicar el número de procedimiento de contratación asignado por CompraNet.
5. Anotar el nombre, razón social o denominación del licitante.
6. Indicar el Registro Federal de Contribuyentes del licitante.
7. Señalar el número que resulte de la aplicación de la expresión: Tope Máximo Combinado = (Trabajadores) x10% + (Ventas anuales en millones de pesos) x 90%. Para tales efectos puede utilizar la calculadora MIPYME disponible en la página xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx
Para el concepto “Trabajadores”, utilizar el total de los trabajadores con los que cuenta la empresa a la fecha de la emisión de la manifestación.
Para el concepto “ventas anuales”, utilizar los datos conforme al reporte de su ejercicio fiscal correspondiente a la última declaración anual de impuestos federales, expresados en millones de pesos.
8. Señalar el tamaño de la empresa (Micro, Pequeña o Mediana), conforme al resultado de la operación señalada en el numeral anterior.
9. Anotar el nombre y firma del apoderado o representante legal del licitante.
NOTA: SI NO SE ENCUENTRA DENTRO DE ESTE SUPUESTO BASTARÁ CON UN ESCRITO FIRMADO POR EL REPRESENTANTE LEGAL, DONDE MANIFIESTE NO ENCONTRARSE DENTRO DE ESTE.
LUGAR Y FECHA
ANEXO IV
RELACIÓN DE DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN.
No. de PROCEDIMIENTO: LA-08-VST-008VST973-N-70-2023
LICITANTE
5.4.- DOCUMENTACIÓN Legal y Administrativa | ||||
5.4.1 | Con fundamento en el artículo 48 fracción V de “EL REGLAMENTO” “EL LICITANTE” o sus representantes, deberán enviar escrito en el que el firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada y suscribir las proposiciones correspondientes. Mismo que contendrá los datos siguientes: a) Del “LICITANTE”: Registro Federal de Contribuyentes, nombre y domicilio, así como, en su caso, de su apoderado o representante. Tratándose de personas xxxxxxx, además se señalará la descripción del objeto social de la empresa, identificando los datos de las escrituras públicas y, de haberlas, sus reformas y modificaciones, con las que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx así como el nombre de los socios, y b) Del representante legal del “LICITANTE”: datos de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades para suscribir las propuestas. “LOS LICITANTES” podrán optar por enviar, en lugar del escrito a que se ha hecho referencia, el formato Anexo II (Manifestación de Identidad y Facultades) junto con la documentación legal (acta constitutiva y sus reformas), debidamente requisitado. | Sí ( | ) | No ( ) |
5.4.2 | Escrito firmado de manera autógrafa por “EL LICITANTE”, o en su caso por el apoderado, bajo protesta de decir verdad la Dirección del correo electrónico. | Sí ( | ) | No ( ) |
5.4.3 | “EL LICITANTE” deberá escanear manifestación por escrito firmada de manera autógrafa por sí mismo, o en su caso por el apoderado, bajo protesta de decir verdad, de que ni él ni su representada se encuentran en ninguno de los supuestos que señalan los artículos 50 y 60 de “LA LEY”. Anexo VII. | Sí ( | ) | No ( ) |
5.4.4 | Declaración de integridad, escaneo del escrito firmado de manera autógrafa por “EL LICITANTE”, o en su caso por el apoderado, bajo protesta de decir verdad, en el que manifieste que por sí mismo o por interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas para que los servidores públicos de “LA CONVOCANTE”, induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás “LICITANTES”, de acuerdo a lo indicado en la fracción IX del artículo 29 de la “LA LEY” y el artículo 39 fracción VI inciso f) de “EL REGLAMENTO”. Anexo VIII | Sí ( | ) | No. ( ) |
5.4.5 | “EL LICITANTE” deberá presentar escaneo del documento “Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales” vigente y en sentido positivo, expedida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), requisito sin el cual no podrá formalizarse el CONTRATO correspondiente. Numeral 3.4 | Sí ( | ) | No ( ) |
5.4.6 | “EL LICITANTE” deberá presentar escaneo del documento la solicitud de “Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en materia de Seguridad Social”, en sentido positivo, con una vigencia de 3 días hábiles previos a la presentación de sus proposiciones, conforme a lo establecido en el ACUERDO ACDO.SA1.HCT.270422/107.P.DIR y su Anexo Único, Reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social. (Se verificara con la aplicación QR su autenticidad). | Sí ( | ) | No ( ) |
5.4.7 | “Constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de amortizaciones” indicando que se encuentra “Sin adeudo o con garantía” o “Con adeudo pero con convenio celebrado” y con una vigencia de 30 días naturales contados a partir del día de su emisión, expedida por el INFONAVIT. | Sí ( | ) | No ( ) |
5.4.8 | Escaneo del comprobante de domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones que no sea mayor a 30 días naturales. | Sí ( | ) | No ( ) |
5.4.9 | Escaneo del escrito en el que “EL LICITANTE” manifieste bajo protesta de decir verdad que es de nacionalidad mexicana, conforme a lo señalado en el artículo 35 de “EL REGLAMENTO”. | Sí ( | ) | No ( ) |
5.4.10 | Escaneo de la identificación oficial vigente de “EL LICITANTE” y en caso de personas xxxxxxx de su apoderado, con fotografía y firma (credencial para votar, pasaporte o Cartilla del Servicio Militar Nacional). | Sí ( | ) | No | ( ) |
5.4.11 | Con fundamento en el Artículo 46 último párrafo de “LA LEY”, “EL LICITANTE” deberá escanear escrito en papel membretado de la empresa y firmado por el Representante Legal, que contenga la manifestación, que los derechos y obligaciones derivados de la presente convocatoria a la invitación, no podrán ser transferidos por “EL LICITANTE” adjudicado a favor de cualquier otra persona física o moral en forma parcial ni total, salvo los derechos de cobro previa autorización expresa y por escrito de “LA CONVOCANTE”. | Sí ( | ) | No | ( ) |
5.4.12 | Escaneo Copia legible de la Cedula de Identificación Fiscal, cuya Actividad esté relacionada con el SERVICIO objeto del presente procedimiento con una antigüedad no mayor a tres meses. | Sí ( | ) | No | ( ) |
5.4.13 | Con fundamento en el artículo 34 de “EL REGLAMENTO”, deberá presentar escaneo de la declaración de “EL LICITANTE” en la cual deberá manifestar la estratificación a la que pertenece dentro de las MIPYMES, de acuerdo al Anexo III. | ||||
5.4.14 | Escaneo del escrito en el que el licitante manifieste que no existe conflicto de interés. Anexo XI. | Sí ( | ) | No | ( ) |
5.4.15 | En su caso, los “LICITANTES” que decidan agruparse para presentar una proposición conjunta, deberán presentar copia del convenio celebrado en los términos de la fracción II del artículo 44 de “EL REGLAMENTO”; así como presentar en forma individual los escritos señalados en la fracción VIII del artículo 48 de “EL REGLAMENTO”. | Sí ( | ) | No | ( ) |
5.4.16 | Escaneo de la Tarjeta Patronal ante el IMSS | Sí ( | ) | No | ( ) |
5.5- Documentación Técnica | |||||
PROPUESTA TECNICA | La propuesta técnica deberá identificarse como tal, incluyendo en la parte superior de la primera hoja la leyenda “PROPUESTA TÉCNICA”, debiendo integrarse con toda la información y documentación técnica requerida por “LA CONVOCANTE”, en congruencia con esta convocatoria y el Anexo VI de esta convocatoria, aplicando las modificaciones o precisiones que, en su caso, hayan derivado de la junta de aclaraciones respectiva (para la presentación de sus proposiciones no deberán usar ninguno de los logotipos integrados en esta convocatoria). | Sí ( | ) | No ( | ) |
5.5.1 | “LOS LICITANTES” deberán de presentar manifestación por escrito, firmado por su representante legal bajo protesta de decir verdad que el objeto social de la empresa y actividades están relacionadas con los bienes requeridos y que tiene un año de antigüedad comercializando bienes similares a la naturaleza, características, magnitud y complejidad a lo solicitado. | Sí ( | ) | No ( | ) |
5.5.2 | “LOS LICITANTES” deberán de presentar ficha técnica que indique a que partida corresponde y anotar para cada bien, la marca y tipo ofertado. La ficha técnica deberá ser emitida por el fabricante. | Sí ( | ) | No ( | ) |
5.5.3 | “LOS LICITANTES” deberán de presentar escrito debidamente firmado por el representante legal, en donde manifieste que en caso de resultar ganador se compromete con LICONSA, que “LOS BIENES” a entregar, cumplen estrictamente con las condiciones y especificaciones que se establecen en este requerimiento y sus anexos. | Sí ( | ) | No ( | ) |
5.5.4 | “LOS LICITANTES” deberán de presentar junto a su propuesta técnica, escrito debidamente firmado por el representante legal, en el cual manifieste que se compromete a entregar garantía contra defectos de fabricación, mala calidad y/o vicios ocultos, la cual tendrá una vigencia mínima de 12 (doce) meses, y que “LOS BIENES” que resulten con defectos de fabricación, vicios ocultos y/o mala calidad, serán sustituidos en un periodo que no excederá de 5 (cinco) días hábiles, posteriores a la notificación correspondiente por parte de la Convocante. | Sí ( | ) | No ( | ) |
5.5.5 | “LOS LICITANTES” deberán de emitir una declaración por escrito debidamente firmada por el representante legal en el que manifieste que los bienes son nuevos y que no son reciclados, similares, distintos, apócrifos, equivalentes o alternativos a los requeridos. | Sí ( | ) | No ( | ) |
5.5.6 | “LOS LICITANTES” deberán de emitir una declaración por escrito debidamente firmada por el representante legal en el que manifieste que los bienes a entregar estarán debidamente protegidos con empaques originales o en los que mejor se garantice su recepción, para evitar que se dañen, rompan o humedezcan en su transportación y almacenamiento por el tiempo de la garantía, por lo que deberá contener la información necesaria para su identificación, traslado o almacenamiento. | Sí ( | ) | No ( | ) |
5.5.7 | “LOS LICITANTES” deberán de emitir una declaración por escrito debidamente firmada por el representante legal en el que manifieste que el proveedor tendrá bajo su cargo y responsabilidad, el medio de transporte que mejor le convenga; así como, las maniobras de carga y descarga de los bienes en el lugar que sea asignado por personal xxx xxxxxxx, sin que esto represente un costo adicional para la convocante. | Sí ( ) No ( ) |
5.5.8 | “LOS LICITANTES” deberán de emitir una declaración por escrito debidamente firmada por el representante legal en el que manifieste que tiene la capacidad técnica e infraestructura adecuada que garantice el oportuno suministro de los bienes ofertados, en condiciones de calidad y oportunidad, en los lugares y plazos establecidos anteriormente. | Sí ( ) No ( ) |
5.5.9 | “LOS LICITANTES” deberán presentar manifestación por escrito, firmada por el representante legal, bajo protesta de decir verdad de que los bienes ofertados, cumplen con las normas de calidad (Normas Oficiales Mexicanas, Normas Mexicanas, Normas Internacionales o las Normas de Referencia Aplicables; o las normas propias de calidad de la empresa) debiendo enunciarlas, conforme al artículo 31 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público. | Sí ( ) No ( ) |
5.6.- Documentación Económica | ||
5.6.1 | Escaneo de la propuesta económica por lo cual “LOS LICITANTES” presentarán la cotización del servicio requerido por “LA CONVOCANTE”, deberá ser elaborado en papel membretado del “LICITANTE” y firmado por su Representante Legal, y contener además lo siguiente: deberá identificarse como tal, incluyéndose en la parte superior de la primera hoja la leyenda “PROPUESTA ECONÓMICA”, indicando la descripción general, y el total por cada partida que se cotice, así como el importe total de la propuesta, en pesos mexicanos, señalando el IVA por separado, en congruencia con las condiciones de esta convocatoria y sus anexos, indicando además la suma total de la propuesta por partida, incluyendo todos los gastos, impuestos y derechos que sea necesario erogar para la entrega oportuna de los bienes, indicando la forma de pago, de conformidad con los requisitos y condiciones establecidos por “LA CONVOCANTE” en el Anexo VI de esta convocatoria. | Sí ( ) No ( ) |
5.6.2 | En la propuesta económica se deberá indicar que ésta tiene una vigencia mínima de 40 (cuarenta) días naturales posteriores a la fecha de presentación de propuestas, expresarse en moneda nacional (peso mexicano), que los precios señalados en ella serán fijos hasta el total cumplimiento del CONTRATO respectivo, y que el precio ofertado ya considera todos los costos hasta la conclusión total de la entrega de bienes. | Sí ( ) No ( ) |
Xxxxx xx Xxxxxx Solidaridad, Estado de México, a de _ de 2023. Nombre y firma autógrafa del apoderado:
ANEXO V
MODELO DE CONTRATO
CONTRATO ABIERTO Y/O CERRADO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE “LICONSA”,
S.A. DE C.V., A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LICONSA”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL C ,
EN SU CARÁCTER DE APODERADO, Y POR LA OTRA PARTE, “-----------------”, , EN LO SUCESIVO “EL PROVEEDOR”, REPRESENTADA POR EL C. -------, EN SU CARÁCTER DE , A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ
“LAS PARTES” AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
A N T E C E D E N T E S
Que para dar cumplimiento a lo señalado en el artículo tercero de las Reglas de Operación del Programa xx Xxxxxx Social de Leche, a cargo de “LICONSA”, S.A. DE C.V. (LICONSA) para el ejercicio fiscal 2023, que regulan la operación del Programa xx Xxxxxx Social de Leche de “LICONSA”, deberá realizar la para la Gerencia Metropolitana Sur para cumplir sus objetivos. Mediante -------, se realiza un procedimiento de -------, emitido por el C. --. El cual
instruye a “LICONSA” a realizar la adjudicación con “EL PROVEEDOR”, toda vez que se trató de una contratación --.
Mediante oficio número ---------, de fecha ------------, se solicitó la elaboración del contrato del , suscrito por el
Licenciado ----------, cuyo cargo es --.
D E C L A R A C I O N E S
I. “LICONSA” declara que:
I.1.- Que conforme a las Leyes de los Estados Unidos Mexicanos, su representada se constituyó bajo la denominación de Rehidratadora de Xxxxx Xxxxxx, Sociedad de Participación Estatal Mayoritaria, según consta en la Escritura Pública número 6,661 (seis mil seiscientos sesenta y uno) de fecha 02 (dos) xx Xxxxx de 1961 (mil novecientos sesenta y uno), otorgada ante la fe del Licenciado Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxxxx, Notario Público número 129 (ciento veintinueve) en el Distrito Federal, e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Distrito Federal en el Libro 3 (tres), Volumen 501 (quinientos uno) a foja 152 (ciento cincuenta y dos), bajo el número xx xxxxxxx 87 (ochenta y siete) de la Sección de Comercio el día 02 (dos) xx xxxxx de 1961 (mil novecientos sesenta y uno).
I.2.- Que su representada es una Empresa de Participación Estatal Mayoritaria de la Administración Pública Federal, sectorizada en la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural de conformidad con lo dispuesto en el artículo transitorio décimo séptimo del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal publicado en el Diario Oficial de la Federación el treinta (30) de noviembre de dos mil dieciocho (2018); y después de diversas modificaciones a su denominación, actualmente ostenta la de Liconsa, S.A. de C.V., según consta en la protocolización del acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas celebrada el 17 (diecisiete) de Julio de 1995 (mil novecientos noventa y cinco), según consta en la Escritura Publica número 24,971 (veinticuatro mil novecientos setenta y uno) de fecha 15 (quince) xx Xxxxxx de 1995 (mil novecientos noventa y cinco), pasada ante la fe del Licenciado Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx, Notario Público número 20 (veinte) en el Municipio de Tlalnepantla xx Xxx, Estado de México, la cual quedó inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Distrito Federal, con el folio mercantil número 42,552 (cuarenta y dos mil quinientos cincuenta y dos).
Que con fecha once (11) xx xxxxx de dos mil veintiuno (2021), se publicaron en el Diario Oficial de la Federación los nuevos Estatutos Sociales de Liconsa, S.A. de C.V., donde en su artículo tercero señalan que la sociedad tiene por objeto coadyuvar, en los términos de su artículo segundo, al desarrollo de la autosuficiencia y seguridad alimentaria de la población más necesitada del país, realizando las siguientes actividades: la adquisición y enajenación, por cualquier título legal, de leche fresca o en polvo y de otros productos necesarios para su industrialización y la de sus derivados, en plantas propias o de terceros contratadas con los sectores público y privado, así como de complementos alimenticios; el procesamiento, distribución y venta de leche fluida pasteurizada o en polvo y de otros productos lácteos y sus derivados, complementos alimenticios, y otros productos derivados del aprovechamiento de sus procesos industriales, a los sectores urbanos y rurales en pobreza, en establecimientos propios o de terceros, a través de cualquier canal de distribución que
se precise en las Reglas de Operación del Programa xx Xxxxxx Social de Leche a cargo de la sociedad o en otros programas autorizados; y la distribución y venta a precio preferencial de leche líquida, pasteurizada, rehidratada, ultrapasteurizada o en polvo y fortificada, así como de complementos alimenticios, derivados lácteos, u otros productos a través de cualquier canal de distribución y comercialización, a fin de obtener recursos adicionales; así como la adquisición, renta, obtención de comodato o por cualquier título legal de bienes inmuebles y de bienes muebles, en especial equipo, materiales y materias primas como leche líquida o en polvo, de origen nacional o internacional, que se utilicen para desarrollar las actividades necesarias a fin de lograr el objeto social; la celebración de toda clase de actos, contratos, pedidos y convenios, de cualquier naturaleza, necesarios o convenientes para el cumplimiento del objeto social, proveer de leche fresca o en polvo a las instituciones gubernamentales con que se convenga; un objetivo común a SEGALMEX, LICONSA y DICONSA es el promover la autosuficiencia alimentaria del país; por lo tanto, podrán intercambiar información técnica, de recursos humanos y financieros para que se pueda alcanzar el objetivo ya mencionado, y en relación con los precios de garantía a la leche, la empresa denominada LICONSA, S.A. de C.V. será a quien corresponda la operación de los mismos. La intervención de SEGALMEX en este caso se limitará a la autorización para la transferencia de los recursos correspondientes.
I.3.- Conforme a lo dispuesto por la del Estatuto Orgánico del Organismo Público Descentralizado Seguridad
Alimentaria Mexicana, SEGALMEX y ------------ de los Estatutos Generales de “LICONSA”, el C. ------------, con RFC ,
es el servidor público que tiene conferidas las facultades legales para celebrar el presente contrato, quien podrá ser sustituido en cualquier momento en su cargo o funciones, sin que ello implique la necesidad de elaborar convenio modificatorio.
I.4.- De conformidad con el numeral 6.20 de las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público suscribe el presente instrumento la C. ----, con R.F.C , facultado para
administrar el cumplimiento de las obligaciones que deriven del objeto del presente contrato, quien podrá ser sustituido en cualquier momento en su cargo o funciones, bastando para tales efectos un comunicado por escrito y firmado por el servidor público facultado para ello, dirigido al representante de “EL PROVEEDOR” para los efectos del presente contrato, encargados del cumplimiento de las obligaciones contraídas en el presente instrumento jurídico.
I.5.- De conformidad con las fracciones VI Y XIX del artículo trigésimo de los Estatutos Generales de “LICONSA”, el C. -------
--, Titular de -- -------------, R.F.C , facultado para suscribir el presente contrato, en términos de la escritura pública
número -------- de fecha ----------, otorgada ante la fe del Lic. ----------, Notario Público número --- de , manifestando
que cuenta con facultades plenas para suscribir el presente contrato y que las mismas no le han sido limitadas, modificadas o revocadas en forma alguna.
I.6.- La adjudicación del presente contrato se realizó mediante el procedimiento de ------- de carácter ----- número ----------
-, realizado al amparo de lo establecido en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos ------- de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “LAASSP”, y los correlativos de su Reglamento.
I.7.- “LICONSA” cuenta con recursos suficientes y con autorización para ejercerlos en el cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente contrato, como se desprende del reporte general de suficiencia presupuestaria número -----
autorizada y codificada, de fecha -------- ---- emitido por la Subdirección de Recursos Financieros previo sello de autorización.
I.8.- Para efectos fiscales las Autoridades Hacendarias le han asignado el Registro Federal de Contribuyentes
LIC950821M84
I.9.- Tiene establecido su domicilio en , mismo que señala para los fines y efectos legales del presente
contrato.
II. “EL PROVEEDOR” declara que:
II.1.- Es una persona ------, legalmente constituida mediante Escritura Pública número -----, de fecha otorgada ante la
fe del -------, Titular de la Notaria Pública número --- del -------, inscrita en el Registro Público de la Propiedad del ,
bajo la partida --------, de fecha ---------, denominada “----------“. Cuyo objeto social entre otros, se encuentra: -----------------
II.2.- El C , cuenta con facultades suficientes para suscribir el presente contrato y obligar a su representada en
los términos, lo cual acredita mediante Escritura Pública --------, de fecha ----------, pasada ante la Fe del Lic ,
Notario Público Número --- del -------------; en este acto se identifica con -------------- con fotografía, vigente y número -------
--, expedido a su favor por , mismo que bajo protesta de decir verdad manifiesta que no le han sido limitado ni
revocado en forma alguna.
II.3.- Ha considerado todos y cada uno de los factores que intervienen en el presente contrato, manifestando reunir las condiciones técnicas, jurídicas y económicas, así como la organización y elementos necesarios para su cumplimiento.
II.4.- Bajo protesta de decir verdad, manifiesta que ni él ni ninguno de los socios o accionistas desempeñan un empleo, cargo o comisión en el servicio público, ni se encuentran inhabilitados para ello, o en su caso que, a pesar de desempeñarlo, con la formalización del presente contrato no se actualiza un conflicto de interés, en términos del artículo 49, fracción IX de la Ley General de Responsabilidades Administrativas lo cual se constató por el Órgano Interno de Control en “LICONSA”, en concordancia con los artículos 50, fracción II de la “LAASSP” y 88, fracción I de su Reglamento; así como que “EL PROVEEDOR” no se encuentra en alguno de los supuestos del artículo 50 y penúltimo y antepenúltimo párrafos del artículo 60 de la “LAASSP”.
II.5.- Bajo protesta de decir verdad, declara que conoce y se obliga a cumplir con el Convenio 138 de la Organización Internacional del Trabajo en materia de erradicación del Trabajo Infantil, del artículo 123 Constitucional, apartado A) en todas sus fracciones y de la Ley Federal del Trabajo en su artículo 22, manifestando que ni en sus registros, ni en su nómina tiene empleados menores de quince años y que en caso de llegar a tener a menores de dieciocho años que se encuentren dentro de los supuestos de edad permitida para laborar le serán respetados todos los derechos que se establecen en el marco normativo transcrito.
II.6.- Cuenta con su Registro Federal de Contribuyentes: -------------
II.7.- Bajo protesta de decir verdad, manifiesta estar al corriente en los pagos que se derivan de sus obligaciones fiscales, en específico de las previstas en el artículo 32-D del Código Fiscal Federal vigente, así como de sus obligaciones fiscales en materia de seguridad social, ante el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y el Instituto Mexicano del Seguro Social; lo que acredita con las Opiniones de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales y en materia de Seguridad Social en sentido positivo, emitidas por el SAT e IMSS respectivamente, así como con la Constancia de Situación Fiscal en materia de Aportaciones Patronales y Entero de Descuentos, sin adeudo emitida por el INFONAVIT, las cuales se encuentran vigentes y obran en el expediente respectivo.
II.8.- Señala como su domicilio para todos los efectos legales el ubicado en , mismo que señala para los fines y
efectos legales del presente contrato.
I. De “LAS PARTES”:
III.1.- Que es su voluntad celebrar el presente contrato y sujetarse a sus términos y condiciones, para lo cual se reconocen ampliamente las facultades y capacidades necesarias, mismas que no les han sido revocadas o limitadas en forma alguna, por lo que de común acuerdo se obligan de conformidad con las siguientes:
CLÁUSULAS PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO.
“EL PROVEEDOR” acepta y se obliga a proporcionar a “LICONSA” la prestación del servicio, al amparo del procedimiento de contratación señalado en el punto I.6 de las declaraciones de este instrumento jurídico.
SEGUNDA. DE LOS MONTOS Y PRECIOS
El monto total mínimo es por la cantidad de $ , en moneda nacional antes de impuestos y el monto total máximo
del mismo es por la cantidad de $ en moneda nacional antes de impuestos. El precio es considerado fijo y en
moneda nacional (pesos mexicanos) hasta que concluya la relación contractual que se formaliza, incluyendo “EL PROVEEDOR” todos los conceptos y costos involucrados en la prestación del servicio, por lo que “EL PROVEEDOR” no podrá agregar ningún costo extra y los precios serán inalterables durante la vigencia del presente contrato.
TERCERA. FORMA Y LUGAR DE PAGO (ODCS y RICG)
“LICONSA” se obliga a pagar a “EL PROVEEDOR” la cantidad señalada en la cláusula segunda de este instrumento jurídico, en moneda nacional, en un plazo máximo de 20 días naturales siguientes, a partir de la fecha en que sea entregado y aceptado el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) o factura electrónica por “LICONSA”, con la aprobación (firma) del Administrador del presente contrato mencionado en la Declaración I.4; a través del Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF). El cómputo del plazo para realizar el pago se contabilizará a partir del día hábil siguiente de la recepción de los bienes y del CFDI o factura electrónica, esto considerando que no existan aclaraciones al importe o a los bienes facturados, para lo cual es necesario que el CFDI o factura electrónica que se presente reúna los requisitos fiscales que establece la legislación en la materia, el desglose de los bienes entregados y los precios unitarios; asimismo, deberá acompañarse con la documentación completa y debidamente requisitada. De conformidad con el artículo 90 del Reglamento de la “LAASSP”, en caso de que el CFDI o factura electrónica entregado presenten errores, el Administrador del presente contrato mencionado en la Declaración I.4, dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes de su recepción, indicará a “EL PROVEEDOR” las deficiencias que deberá corregir; por lo que, el procedimiento de pago reiniciará en el momento en que “EL PROVEEDOR” presente el CFDI o factura electrónica corregido. El tiempo que “EL PROVEEDOR” utilice para la corrección de la documentación entregada, no se computará para efectos de pago, de acuerdo con lo establecido en el artículo 51 de la “LAASSP”. El CFDI o factura electrónica deberá ser presentada (señalar la forma y el medio mediante el cual se presentará) El CFDI o factura electrónica se deberá presentar desglosando el IVA cuando aplique. “EL PROVEEDOR” manifiesta su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla con la verificación, supervisión y aceptación de los bienes o prestación de los servicios, no se tendrán como recibidos o aceptados por el Administrador del presente contrato mencionado en la Declaración I.4, Para efectos de trámite de pago, conforme a lo establecido en el SIAFF, “EL PROVEEDOR” deberá ser titular de una cuenta de cheques vigente y para tal efecto proporciona la CLABE _ , del banco , a nombre de “ ”, en la que se efectuará la
transferencia electrónica de pago, debiendo anexar:
1. Constancia de la institución financiera sobre la existencia de la cuenta de cheques abierta a nombre del beneficiario que incluya:
Nombre del beneficiario (conforme al timbre fiscal);
Registro Federal de Contribuyentes;
Domicilio fiscal: xxxxx, Xx xxxxxxxx, Xx xxxxxxxx, colonia, código postal, alcaldía y entidad federativa;
Nombre(s) del(los) banco(s); y
Número de la cuenta con once dígitos, así como la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) con 18 dígitos, que permita realizar transferencias electrónicas de fondo, a través del Sistema de Pago.
2. Copia de estado de cuenta reciente, con no más de dos meses de antigüedad.
El pago de los bienes entregados o prestación de los servicios o arrendamiento recibidos, quedará condicionado proporcionalmente al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales. El pago será efectuado mediante transferencia bancaria a la cuenta que “EL PROVEEDOR” proporcione. Para el caso de que se presenten pagos en exceso, se estará a lo dispuesto por el artículo 51 párrafo tercero, de la “LAASSP”.
CUARTA. VIGENCIA
El contrato comprenderá una vigencia considerada a partir del -------- y , sin perjuicio de su posible terminación
anticipada, en los términos establecidos en su clausulado.
QUINTA. MODIFICACIONES DEL CONTRATO.
“LAS PARTES” están de acuerdo en que por necesidades de “LICONSA” podrá ampliarse la prestación del servicio objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “LAASSP”, siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “LAASSP”, “EL PROVEEDOR” deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SEXTA de este contrato. Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “LICONSA”, se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la prestación de los servicios. En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “LICONSA”, no se requerirá de la solicitud de “EL PROVEEDOR”.
SEXTA. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
Conforme a los artículos 48 fracción II, y 49 fracción I, de la “LAASSP”, 85 fracción III, y 103 de su Reglamento; 166 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, 48 fracción II, de la Ley de Tesorería de la Federación, de su Reglamento, las Disposiciones Generales a que se sujetarán las garantías otorgadas a favor del Gobierno Federal para el cumplimiento de obligaciones distintas de las fiscales que constituyan las Dependencias y Entidades en los actos y contratos que celebren, publicadas en el DOF el 08 de septiembre de 2015, “EL PROVEEDOR” se obliga a constituir una garantía indivisible por el cumplimiento fiel y exacto de todas y cada una de las obligaciones derivadas de este contrato, mediante fianza expedida por compañía afianzadora mexicana autorizada por la Comisión Nacional de Seguros y de Fianzas, a favor de la Tesorería de la Federación, por un importe equivalente al 10% DE LA CANTIDAD DE $ sin incluir el IVA. Dicha fianza deberá ser entregada a “LICONSA”, a más tardar dentro de los 10 días naturales posteriores a la firma del contrato.
Si las disposiciones jurídicas aplicables lo permitan, la entrega de la garantía de cumplimiento se realice de manera electrónica.
La fianza deberá presentarse en las Oficinas de Enlace Administrativo, en la cual deberán de indicarse los siguientes requisitos:
* Expedirse a favor de la Tesorería de la Federación y señalar su domicilio;
* La indicación del importe total garantizado con número y letra;
* La referencia de que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato y anexos respectivo), así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta;
* La información correspondiente al número de contrato, su fecha de firma, así como la especificación de las obligaciones garantizadas;
* El señalamiento de la denominación o nombre de “EL PROVEEDOR” y de la institución afianzadora, así como sus domicilios correspondientes;
* La condición de que la vigencia de la fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su objetivo, y continuará vigente durante la sustanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se dicte resolución definitiva por la autoridad competente, de forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su vigencia, lo cual no debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previstas en el contrato y actos administrativos garantizados;
* La indicación de que la fianza se hará efectiva conforme al procedimiento dispuesto en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, el cual será aplicable también para el cobro de los intereses que en su caso se generen en los términos previstos en el artículo 283 del propio ordenamiento;
* La indicación de que la cancelación de la póliza de fianza procederá una vez que “LICONSA” otorgue el documento en el que se señale la extinción de derechos y obligaciones, previo otorgamiento del finiquito correspondiente, o en caso de existir saldos a cargo de “EL PROVEEDOR”, la liquidación debida; θ Para efectos de la garantía señalada en esta cláusula, se deberá considerar la indivisibilidad de ésta, por lo que en caso de incumplimiento del contrato se hará efectiva por el monto total de la garantía de cumplimiento;
* Para acreditar a la institución afianzadora el incumplimiento de la obligación garantizada, tendrá que cumplirse con los requisitos establecidos en las Disposiciones Generales a que se sujetarán las garantías otorgadas a favor del Gobierno Federal para el cumplimiento de obligaciones distintas de las fiscales que constituyan las dependencias y entidades en los actos y contratos que celebren, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 08 de septiembre de 2015; y
* El momento de inicio de la fianza y, en su caso, su vigencia. Considerando los requisitos anteriores, dentro de la fianza, se deberán incluir las declaraciones siguientes en forma expresa:
* “Esta garantía estará vigente durante la sustanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva por autoridad competente, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del contrato.
* “La institución de fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, para la efectividad de la presente garantía, procedimiento al que también se sujetará para el caso del cobro de intereses que prevé el artículo 283 del mismo ordenamiento legal, por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.”;
* “La cancelación de la fianza no procederá sino en virtud de manifestación previa de manera expresa y por escrito de
“LICONSA”; y
* “La afianzadora acepta expresamente tener garantizado el contrato a que esta póliza se refiere, aún en el caso de que se otorgue prórroga o espera al deudor principal o fiado por parte de “LICONSA” para el cumplimiento total de las obligaciones que se garantizaran, por lo que la afianzadora renuncia expresamente al derecho que le otorga el artículo 179 de la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y de Fianzas.
” De no cumplir con dicha entrega, “LICONSA” podrá rescindir el contrato y remitir el asunto al Órgano Interno de Control para que determine si se aplican las sanciones estipuladas en el artículo 60 fracción III de la “LAASSP”.
La garantía de cumplimiento de ninguna manera será considerada como una limitación de la responsabilidad de “EL PROVEEDOR”, derivada de sus obligaciones y garantías estipuladas en el presente instrumento jurídico, y de ninguna manera impedirá que “LICONSA” reclame la indemnización o el reembolso por cualquier incumplimiento que pueda exceder el valor de la garantía de cumplimiento.
En caso de incremento al monto del presente instrumento jurídico o modificación al plazo, “EL PROVEEDOR” se obliga a entregar a “LICONSA” dentro de los diez días naturales siguientes a la formalización del mismo, de conformidad con el último párrafo del artículo 91 del Reglamento de la “LAASSP”, los documentos modificatorios o endosos correspondientes, debiendo contener en el documento la estipulación de que se otorga de manera conjunta, solidaria e inseparable de la garantía otorgada inicialmente.
“EL PROVEEDOR” acepta expresamente que la garantía expedida para garantizar el cumplimiento se hará efectiva independientemente de que se interponga cualquier otro tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o judicial, así como que permanecerá vigente durante la substanciación de los juicios o recursos legales que se interponga con relación a dicho contrato, hasta que sea pronunciada resolución definitiva que cause ejecutoria por la autoridad competente.
El trámite de liberación de garantía, se realizará inmediato a que se extienda la constancia de cumplimiento de obligaciones contractuales por parte de “LICONSA”, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 81, fracción VIII del Reglamento de la “LAASSP”. Considerando que la entrega de la prestación de los servicios, cuando aplique se haya previsto un plazo menor a diez días naturales, se exceptúa el cumplimiento de la garantía, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 último párrafo de la "LAASSP", en concordancia con lo señalado en el tercer párrafo del artículo 86 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Para este caso, el monto máximo de las penas convencionales por atraso que se puede aplicar, será del veinte por ciento del monto de los bienes entregados fuera de la fecha convenida, de conformidad con lo establecido en el tercer párrafo del artículo 96 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
SÉPTIMA. OBLIGACIONES DE “EL PROVEEDOR”
a) prestar los servicios en las fechas o plazos y lugares específicos conforme a lo requerido en el presente contrato y anexo respectivo.
b) Cumplir con las especificaciones técnicas y de calidad y demás condiciones establecidas en el contrato respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta;
c) Xxxxxx su responsabilidad ante cualquier situación que pudiera generarse con motivo del presente contrato.
d) No difundir a terceros sin autorización expresa de “LICONSA” la información que le sea proporcionada, inclusive después de la rescisión o terminación del presente instrumento, sin perjuicio de las sanciones administrativas, civiles y penales a que haya lugar.
e) Proporcionar la información que le sea requerida por parte de la Secretaría de la Función Pública y el Órgano Interno de Control, de conformidad con el artículo 107 del Reglamento de la “LAASSP”.
OCTAVA. OBLIGACIONES DE “LICONSA”
a) Otorgar todas las facilidades necesarias, a efecto de que “EL PROVEEDOR” lleve a cabo en los términos convenidos.
b) Sufragar el pago correspondiente en tiempo y forma, por el suministro de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento.
c) Extender a “EL PROVEEDOR”, en caso de que lo requiera, por conducto del Administrador del Contrato, la constancia de cumplimiento de obligaciones contractuales inmediatamente que se cumplan éstas a satisfacción expresa de dicho servidor público para que se dé trámite a la cancelación de la garantía de cumplimiento del presente contrato.
NOVENA. LUGAR, PLAZOS Y CONDICIONES DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS
La prestación de los servicios será conforme a los plazos, condiciones y entregables establecidos por “LICONSA” en el Anexo Técnico. La prestación de los servicios se realizará en los domicilios señalados en el Anexo Técnico y en las fechas establecidas en el mismo. Señalar si existirá el otorgamiento de prórrogas para el cumplimiento de las obligaciones contractuales y los requisitos que deberán observarse, así como el servidor público facultado para el otorgamiento de la misma.
DÉCIMA. TRANSPORTE
“EL PROVEEDOR” se obliga a efectuar el transporte necesario para la prestación del servicio, desde su lugar de origen, hasta las instalaciones referidas en el Anexo Técnico del presente contrato.
DÉCIMA PRIMERA. DEVOLUCIÓN.
“LICONSA” procederá a la devolución del total de las entregas a “EL PROVEEDOR”, cuando con posterioridad a la entrega, se detecte que existen defectos, o cuando éstos no hayan sido repuestos. “EL PROVEEDOR” se obliga a responder por su cuenta y riesgo de los daños y/o perjuicios que por inobservancia o negligencia de su parte se generen.
DÉCIMA SEGUNDA. CALIDAD
“EL PROVEEDOR” deberá contar con la infraestructura necesaria, personal técnico especializado en el ramo, herramientas, técnicas y equipos adecuados para proporcionar la prestación de los servicios requeridos, a fin de garantizar que el objeto de este contrato sea proporcionado con la calidad, oportunidad y eficiencia requerida para tal efecto, comprometiéndose a realizarlo a satisfacción de “LICONSA” y con estricto apego a lo establecido en las cláusulas del presente instrumento jurídico y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta. “LICONSA” no estará obligada a recibir los servicios cuando éstos no cumplan con los requisitos establecidos en el párrafo anterior.
DÉCIMA TERCERA. DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS
“EL PROVEEDOR” queda obligado ante “LICONSA” a responder de los defectos y vicios ocultos derivados de las obligaciones del presente contrato, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos
señalados en este instrumento jurídico y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, y/o en la legislación aplicable en la materia. Para los efectos de la presente cláusula, se entiende por vicios ocultos los defectos que existan en la prestación de los servicios, que los hagan impropios para los usos a que se le destine o que disminuyan de tal modo este uso, que de haberlo conocido “LICONSA” no lo hubiere adquirido o los hubiere adquirido a un precio menor.
DÉCIMA CUARTA. RESPONSABILIDAD
“EL PROVEEDOR” se obliga a responder por su cuenta y riesgo de los daños y/o perjuicios que por inobservancia o negligencia de su parte lleguen a causar a “LICONSA”, con motivo de las obligaciones pactadas, o bien por los defectos o vicios ocultos en los bienes entregados o prestación de los servicios, de conformidad con lo establecido en el artículo 53 de la “LAASSP”.
DÉCIMA QUINTA. IMPUESTOS Y DERECHOS
Los impuestos, derechos y gastos que procedan con motivo de la prestación de los servicios, objeto del presente contrato, serán pagados por “EL PROVEEDOR”, mismos que no serán repercutidos a “LICONSA”.
“LICONSA” sólo cubrirá, cuando aplique, lo correspondiente al IVA, en los términos de la normatividad aplicable y de conformidad con las disposiciones fiscales vigentes.
DÉCIMA SEXTA. PROHIBICIÓN DE CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES
“EL PROVEEDOR” no podrá ceder total o parcialmente los derechos y obligaciones derivados del presente contrato, a favor de cualquier otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la conformidad previa y por escrito de “LICONSA” deslindando a ésta de toda responsabilidad.
DÉCIMA SÉPTIMA. DERECHOS DE AUTOR, PATENTES Y/O MARCAS
“EL PROVEEDOR” asume la responsabilidad total en caso de que, al prestar los servicios, objeto del presente contrato, infrinja patentes, marcas o viole otros registros de derechos de propiedad industrial a nivel nacional e internacional, por lo que, se obliga a responder personal e ilimitadamente de los daños y perjuicios que pudiera causar a “LICONSA” o a terceros. En tal virtud, “EL PROVEEDOR” manifiesta en este acto bajo protesta de decir verdad, no encontrarse en ninguno de los supuestos de infracción administrativa y/o delito establecidos en la Ley Federal del Derecho de Autor ni en la Ley de la Propiedad Industrial. En caso de que sobreviniera alguna reclamación en contra de “LICONSA”, por cualquiera de las causas antes mencionadas, la única obligación de ésta será la de dar aviso en el domicilio previsto en el apartado de Declaraciones de este instrumento a “EL PROVEEDOR”, para que éste, utilizando los medios correspondientes al caso, garantice salvaguardar a “LICONSA” de cualquier controversia, liberándole de toda responsabilidad de carácter civil, penal, mercantil, fiscal o de cualquier otra índole. En caso de que “LICONSA” tuviese que erogar recursos por cualquiera de estos conceptos, “EL PROVEEDOR” se obliga a reembolsar de manera inmediata los recursos erogados por aquella.
DÉCIMA OCTAVA. CONFIDENCIALIDAD
“LAS PARTES” están conformes en que la información que se derive de la celebración del presente instrumento jurídico, así como toda aquella información que “LICONSA” entregue a “EL PROVEEDOR” tendrá el carácter de confidencial, por lo que este se compromete, de forma directa o a través de interpósita persona, a no proporcionarla o divulgarla por escrito, verbalmente o por cualquier otro medio a terceros, inclusive después de la terminación de este contrato. La información contenida en el presente contrato es pública, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70 fracción XXVIII de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 68 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; sin embargo la información que proporcione “LICONSA” a “EL PROVEEDOR” para el cumplimiento del objeto materia del mismo, será considerada como confidencial en términos de los artículos 116 y 113, respectivamente, de los citados ordenamientos jurídicos, por lo que “EL PROVEEDOR” se compromete a recibir, proteger y guardar la información confidencial proporcionada por “LICONSA” con el mismo empeño y cuidado que tiene respecto
de su propia información confidencial, así como hacer cumplir a todos y cada uno de los usuarios autorizados a los que les entregue o permita acceso a la información confidencial, en los términos de este instrumento. “EL PROVEEDOR” se compromete a que la información considerada como confidencial no será utilizada para fines diversos a los autorizados con el presente contrato especifico; asimismo, dicha información no podrá ser copiada o duplicada total o parcialmente en ninguna forma o por ningún medio, ni podrá ser divulgada a terceros que no sean usuarios autorizados. De esta forma, “EL PROVEEDOR” se obliga a no divulgar o publicar informes, datos y resultados obtenidos objeto del presente instrumento, toda vez que son propiedad de “LICONSA”. Cuando de las causas descritas en las cláusulas de RESCISIÓN y TERMINACIÓN ANTICIPADA, del presente contrato, concluya la vigencia del mismo, subsistirá la obligación de confidencialidad sobre los bienes establecidos en este instrumento legal. En caso de incumplimiento a lo establecido en esta cláusula, “EL PROVEEDOR” tiene conocimiento en que “LICONSA” podrá ejecutar o tramitar las sanciones establecidas en la “LAASSP” y su Reglamento, así como presentar las denuncias correspondientes de conformidad con lo dispuesto por el Libro Segundo, Título Noveno, Capítulos I y II del Código Penal Federal y demás normatividad aplicable. De igual forma, “EL PROVEEDOR” se compromete a no alterar la información confidencial, a llevar un control de su personal y hacer de su conocimiento las sanciones que se aplicarán en caso de incumplir con lo dispuesto en esta cláusula, por lo que, en su caso, se obliga a notificar a “LICONSA” cuando se realicen actos que se consideren como ilícitos, debiendo dar inicio a las acciones legales correspondientes y sacar en paz y a salvo a “LICONSA” de cualquier proceso legal. “EL PROVEEDOR” se obliga a poner en conocimiento de “LICONSA” cualquier hecho o circunstancia que en razón de los bienes prestados sea de su conocimiento y que pueda beneficiar o evitar un perjuicio a la misma. Asimismo, “EL PROVEEDOR” no podrá, con motivo de la prestación de los servicios que realice a “LICONSA”, utilizar la información a que tenga acceso, para asesorar, patrocinar o constituirse en consultor de cualquier persona que tenga relaciones directas o indirectas con el objeto de las actividades que lleve a cabo.
DÉCIMA NOVENA. ADMINISTRACIÓN, VERIFICACIÓN, SUPERVISIÓN Y ACEPTACIÓN DE LOS SERVICIOS
“LICONSA” designa como responsable de administrar y vigilar el cumplimiento del presente contrato a la C. --------, ---------
----, con el objeto de verificar el óptimo cumplimiento del mismo, por lo que indicará a “EL PROVEEDOR” las observaciones que se estimen pertinentes, quedando éste obligado a corregir las anomalías que le sean indicadas, así como deficiencias en la entrega de los bienes o prestación de los servicios o de su personal. Asimismo, “LICONSA” sólo aceptará la prestación de los servicios materia del presente contrato y autorizará el pago de los mismos previa verificación de las especificaciones requeridas, de conformidad con lo especificado en el presente contrato y sus correspondientes anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta. En tal virtud, “EL PROVEEDOR” manifiesta expresamente su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, la prestación de los servicios, no se tendrán por aceptados por parte de “LICONSA”.
“LICONSA”, a través administrador del contrato o a través del personal que para tal efecto designe, podrá rechazar los bienes si no reúnen las especificaciones y alcances establecidos en este contrato y en su Anexo técnico, obligándose “EL PROVEEDOR” en este supuesto a entregarlos nuevamente bajo su exclusiva responsabilidad y sin costo adicional para “LICONSA”
VIGÉSIMA. DEDUCCIONES
En caso de que “EL PROVEEDOR” incurra en incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales de forma parcial o deficiente a lo estipulado en las cláusulas del presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, “LICONSA” por conducto del administrador del contrato aplicará una deducción del (COLOCAR PORCENTAJE DE DEDUCTIVA) % sobre el monto de los bienes proporcionados en forma parcial o deficientemente (o los días de atraso en el inicio de la prestación del servicio o del arrendamiento), los montos a deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que “EL PROVEEDOR” presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago. En caso de no existir pagos pendientes, la deducción se aplicará sobre la garantía de cumplimiento del contrato siempre y cuando “EL PROVEEDOR” no realice el pago de la misma y para el caso de que la garantía no sea suficiente para cubrir la deducción correspondiente, “EL PROVEEDOR” realizará el pago de la deductiva a través del esquema e5cinco Pago Electrónico de Derechos, Productos y Aprovechamientos (DPA´s), a favor de la Tesorería de la Federación.
Lo anterior, en el entendido de que se cumpla con el objeto de este contrato de forma inmediata, conforme a lo acordado. En caso contrario, “LICONSA” podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por “LICONSA”.
Las deducciones económicas se aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el IVA. La notificación y cálculo de las deducciones correspondientes las realizará el administrador del contrato de “LICONSA”.
Cuando el monto total de aplicación de deducciones alcance el 20% (veinte por ciento) del monto total del contrato, se iniciará el procedimiento de rescisión.
VIGÉSIMA PRIMERA. PENAS CONVENCIONALES
En caso de que “EL PROVEEDOR” presente atraso en el cumplimiento de cualquiera de sus obligaciones pactadas para la adquisición de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento, objeto del presente contrato, “LICONSA”, por conducto del administrador del contrato podrá aplicar una pena convencional equivalente al (COLOCAR PORCENTAJE XX XXXX CONVENCIONAL)_%_, por cada (colcar periodicidad xx xxxx) de atraso sobre el monto de los bienes no proporcionados o atraso en el inicio de la prestación de los servicios o arrendamiento oportunamente, de conformidad con el presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta. Por lo anterior, el pago de la prestación de los servicios quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso, en el entendido de que si el contrato es rescindido en términos de lo previsto en la CLÁUSULA DE RESCISIÓN, no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de las mismas al hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato.
El pago de la pena deberá efectuarse a través del esquema e5cinco Pago Electrónico de Derechos, Productos y Aprovechamientos (DPA´s), a favor de la Tesorería de la Federación, sin que la acumulación de esta pena exceda el equivalente al monto total de la garantía de cumplimiento del contrato y se aplicará sobre el monto proporcional sin incluir el IVA. Cuando la suma de las penas convencionales exceda el monto total de la garantía de cumplimiento del presente contrato, se iniciará el procedimiento de rescisión del mismo, en los términos del artículo 54 de la “LAASSP”. Independientemente de la aplicación de la pena convencional a que hace referencia el párrafo que antecede, se aplicarán además cualquiera otra que la “LAASSP” establezca.
Esta pena convencional no descarta que “LICONSA” en cualquier momento posterior al incumplimiento determine procedente la rescisión del contrato, considerando la gravedad de los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses de “LICONSA”.
En caso que sea necesario llevar a cabo la rescisión administrativa del contrato, la aplicación de la garantía de cumplimiento será por el monto total de las obligaciones garantizadas. La penalización tendrá como objeto resarcir los daños y perjuicios ocasionados a “LICONSA” por el atraso en el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el presente contrato. La notificación y cálculo de la pena convencional, corresponde al administrador o el supervisor del contrato de “LICONSA”.
VIGÉSIMA SEGUNDA. SANCIONES ADMINISTRATIVAS
Cuando “EL PROVEEDOR” incumpla con sus obligaciones contractuales por causas imputables a éste, y como consecuencia, cause daños y/o perjuicios graves a “LICONSA”, o bien, proporcione información falsa, actúe con dolo o mala fe en la celebración del presente contrato o durante la vigencia del mismo, por determinación de la Secretaría de la Función Pública, se podrá hacer acreedor a las sanciones establecidas en la “LAASSP”, en los términos de los artículos 59, 60 y 61 de dicho ordenamiento legal y 109 al 115 de su Reglamento.
VIGÉSIMA TERCERA. SANCIONES APLICABLES Y TERMINACIÓN DE LA RELACIÓN CONTRACTUAL
“LICONSA”, de conformidad con lo establecido en los artículos 53, 53 Bis, 54 y 54 Bis de la “LAASSP”, y 86 segundo párrafo, 95 al 100 y 102 de su Reglamento, aplicará sanciones, o en su caso, llevará a cabo la cancelación de partidas total o parcialmente o la rescisión administrativa del contrato.
VIGÉSIMA CUARTA. RELACIÓN LABORAL
“EL PROVEEDOR” reconoce y acepta ser el único patrón del personal que ocupe con motivo del suministro objeto de este contrato, así como el responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y seguridad social. Asimismo, “EL PROVEEDOR” conviene en responder de todas las reclamaciones que sus trabajadores presenten en su contra o en contra de “LICONSA”, en relación con este contrato.
VIGÉSIMA QUINTA. EXCLUSIÓN LABORAL
“LAS PARTES” convienen en que “LICONSA” no adquiere ninguna obligación de carácter laboral con “EL PROVEEDOR” ni con los elementos que éste utilice para la prestación de los servicios objeto del presente contrato, por lo cual no se le podrá considerar como patrón ni como un sustituto. En particular el personal se entenderá relacionado exclusivamente con la o las personas que lo emplearon y por ende cada una de ellas asumirá su responsabilidad por dicho concepto. Igualmente, y para este efecto y cualquiera no previsto, “EL PROVEEDOR” exime expresamente a “LICONSA” de cualquier responsabilidad laboral, civil, penal, de seguridad social o de otra especie que, en su caso, pudiera llegar a generarse; sin embargo, si “LICONSA” tuviera que realizar alguna erogación por alguno de los conceptos que anteceden, “EL PROVEEDOR” se obliga a realizar el reembolso e indemnización correspondiente. Por lo anterior, “LAS PARTES” reconocen expresamente en este acto que “LICONSA” no tiene nexo laboral alguno con “EL PROVEEDOR”, por lo que éste último libera a “LICONSA” de toda responsabilidad relativa a cualquier accidente o enfermedad que pudiera sufrir o contraer cualquiera de sus trabajadores durante el desarrollo de sus labores o como consecuencia de ellos, así como de cualquier responsabilidad que resulte de la aplicación de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley del Seguro Social, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y/o cualquier otra aplicable, derivada de la entrega de los bienes o prestación de los servicios materia de este contrato.
VIGÉSIMA SEXTA. SUSPENSIÓN DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS.
Cuando en la prestación de los servicios, se presente caso fortuito o de fuerza mayor, “LICONSA” bajo su responsabilidad, podrá de resultar aplicable conforme a la normatividad en la materia, suspender el suministro de los bienes o la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente recibidos por “LICONSA”. Cuando la suspensión obedezca a causas imputables a “LICONSA”, a solicitud escrita de “EL PROVEEDOR”, cubrirá los gastos no recuperables, durante el tiempo que dure esta suspensión, para lo cual “EL PROVEEDOR” deberá presentar dentro de los 30 (treinta) días naturales siguientes de la notificación del término de la suspensión, la factura y documentación de los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que estos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato. “LICONSA” pagará los gastos no recuperables, en moneda nacional (pesos mexicanos), dentro de los 45 (cuarenta y cinco) días naturales posteriores a la presentación de la solicitud debidamente fundada y documentada de “EL PROVEEDOR”, así como del CFDI o factura electrónica respectiva y documentación soporte. En caso de que “EL PROVEEDOR” no presente en tiempo y forma la documentación requerida para el trámite de pago, la fecha de pago se recorrerá el mismo número de días que dure el retraso. El plazo de suspensión será fijado por “LICONSA”, a cuyo término en su caso, podrá iniciarse la terminación anticipada del presente contrato, o bien, podrá continuar produciendo todos los efectos legales, una vez que hayan desaparecido las causas que motivaron dicha suspensión.
VIGÉSIMA SÉPTIMA. RESCISIÓN
“LICONSA” podrá en cualquier momento rescindir administrativamente el presente contrato y hacer efectiva la fianza de cumplimiento, cuando “EL PROVEEDOR” incurra en incumplimiento de sus obligaciones contractuales, sin necesidad de acudir a los tribunales competentes en la materia, por lo que, de manera enunciativa, más no limitativa, se entenderá por incumplimiento:
a) Si incurre en responsabilidad por errores u omisiones en su actuación;
b) Si incurre en negligencia en la prestación de los servicios objeto del presente contrato, sin justificación para “LICONSA”; c) Si transfiere en todo o en parte las obligaciones que deriven del presente contrato a un tercero ajeno a la relación contractual;
d) Si cede los derechos de cobro derivados del contrato, sin contar con la conformidad previa y por escrito de “LICONSA”;
e) Si suspende total o parcialmente y sin causa justificada la prestación de los servicios del presente contrato o no les otorga la debida atención conforme a las instrucciones de “LICONSA”;
f) Si no presta los servicios en tiempo y forma conforme a lo establecido en el presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta;
g) Si no proporciona a “LICONSA”, los datos necesarios para la inspección, vigilancia y supervisión del suministro de los bienes objeto o prestación de los servicios o arrendamiento del presente contrato;
h) Si cambia de nacionalidad e invoca la protección de su gobierno contra reclamaciones y órdenes de “LICONSA”;
i) Si es declarado en concurso mercantil por autoridad competente o por cualquier otra causa distinta o análoga que afecte su patrimonio;
j) Si no acepta pagar penalizaciones o no repara los daños o pérdidas, por argumentar que no le son directamente imputables, sino a uno de sus asociados o filiales o a cualquier otra causa que no sea de fuerza mayor o caso fortuito;
k) Si no entrega dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la fecha de firma del presente contrato, la garantía de cumplimiento del mismo;
l) Si la suma de las penas convencionales excede el monto total de la garantía de cumplimiento del contrato y/o de las deducciones alcanzan el 20% (veinte por ciento) del monto total de este instrumento jurídico;
m) Si “EL PROVEEDOR” no presta los servicios objeto de este contrato de acuerdo con las normas, la calidad, eficiencia y especificaciones requeridas por “LICONSA” conforme a las cláusulas del presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta;
n) Si divulga, transfiere o utiliza la información que conozca en el desarrollo del cumplimiento del objeto del presente contrato, sin contar con la autorización de “LICONSA” en los términos de lo dispuesto en la cláusula DÉCIMA OCTAVA del presente instrumento jurídico;
o) Si se comprueba la falsedad de alguna manifestación contenida en el apartado de sus declaraciones del presente contrato;
p) Cuando “EL PROVEEDOR” y/o su personal, impidan el desempeño normal de labores de “LICONSA”, durante la prestación del servicio, por causas distintas a la naturaleza del objeto del mismo;
q) Cuando exista conocimiento y se corrobore mediante resolución definitiva de autoridad competente que “EL PROVEEDOR” incurrió en violaciones en materia penal, civil, fiscal, mercantil o administrativa que redunde en perjuicio de los intereses de “LICONSA” en cuanto al cumplimiento oportuno y eficaz en la entrega de los bienes objeto o prestación de los servicios del presente contrato; y
r) En general, incurra en incumplimiento total o parcial de las obligaciones que se estipulen en el presente contrato o de las disposiciones de la “LAASSP” y su Reglamento.
Para el caso de optar por la rescisión del contrato, “LICONSA” comunicará por escrito a “EL PROVEEDOR” el incumplimiento en que haya incurrido, para que en un término de 5 (cinco) días hábiles contados a partir de la notificación, exponga lo que a su derecho convenga y aporte en su caso las pruebas que estime pertinentes.
Transcurrido dicho término “LICONSA”, en un plazo de 15 (quince) días hábiles siguientes, tomando en consideración los argumentos y pruebas que hubiere hecho “EL PROVEEDOR”, determinará de manera fundada y motivada dar o no por rescindido el contrato, y comunicará a “EL PROVEEDOR” dicha determinación dentro del citado plazo.
Cuando se rescinda el contrato, se formulará el finiquito correspondiente, a efecto de hacer constar los pagos que deba efectuar “LICONSA” por concepto del contrato hasta el momento de rescisión.
Iniciado un procedimiento de conciliación “LICONSA” podrá suspender el trámite del procedimiento de rescisión.
Si previamente a la determinación de dar por rescindido el contrato se entregaran los servicios, el procedimiento iniciado quedará sin efecto, previa aceptación y verificación de “LICONSA” de que continúa vigente la necesidad de la prestación de los servicios, aplicando, en su caso, las penas convencionales correspondientes.
“LICONSA” podrá determinar no dar por rescindido el contrato, cuando durante el procedimiento advierta que la rescisión del mismo pudiera ocasionar algún daño o afectación a las funciones que tiene encomendadas.
En este supuesto, “LICONSA” elaborará un dictamen en el cual justifique que los impactos económicos o de operación que se ocasionarían con la rescisión del contrato resultarían más inconvenientes. Al no dar por rescindido el contrato, “LICONSA” establecerá con “EL PROVEEDOR” otro plazo, que le permita subsanar el incumplimiento que hubiere motivado el inicio del procedimiento.
El convenio modificatorio que al efecto se celebre deberá atender a las condiciones previstas por los dos últimos párrafos del artículo 52 de la “LAASSP”. Cuando se presente cualquiera de los casos mencionados, “LICONSA” quedará expresamente facultada para optar por exigir el cumplimiento del contrato, aplicando las penas convencionales y/o rescindirlo, siendo esta situación una facultad potestativa. Si se llevara a cabo la rescisión del contrato, y en el caso de que a “EL PROVEEDOR” se le hubieran entregado pagos progresivos, éste deberá de reintegrarlos más los intereses correspondientes, conforme a lo indicado en el artículo 51 párrafo cuarto, de la “LAASSP”.
Los intereses se calcularán sobre el monto de los pagos progresivos efectuados y se computarán por días naturales desde la fecha de su entrega hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de “LICONSA”. “EL PROVEEDOR” será responsable por los daños y perjuicios que le cause a “LICONSA”.
VIGÉSIMA OCTAVA. TERMINACIÓN ANTICIPADA
“LICONSA” podrá dar por terminado anticipadamente el presente contrato, cuando concurran razones de interés general o bien cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de la prestación de los servicios originalmente contratados, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio a “LICONSA”, o se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al contrato con motivo de una resolución de una inconformidad o intervención de oficio emitida por la Secretaría de la Función Pública, lo que bastará sea comunicado a “EL PROVEEDOR” con 30 (treinta) días naturales anteriores al hecho. En este caso, “LICONSA” a solicitud escrita de “EL PROVEEDOR” cubrirá los gastos no recuperables, siempre que estos sean razonables estén debidamente comprobados y relacionados directamente con el contrato.
VIGÉSIMA NOVENA. DISCREPANCIAS
“LAS PARTES” convienen que, en caso de discrepancia entre la solicitud de cotización, la propuesta económica de “EL PROVEEDOR” y el presente contrato, prevalecerá lo establecido en la solicitud de cotización respectiva, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 81 fracción IV, del Reglamento de la “LAASSP”.
TRIGÉSIMA. CONCILIACIÓN.
“LAS PARTES” acuerdan que para el caso de que se presenten desavenencias derivadas de la ejecución y cumplimiento del presente contrato se someterán al procedimiento de conciliación establecido en los artículos 77, 78, 79 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 126 al 136 de su Reglamento y al Decreto por el que se establecen las acciones administrativas que deberá implementar la Administración Pública Federal para llevar a cabo la conciliación o la celebración de convenios o acuerdos previstos en las leyes respectivas como medios alternativos de solución de controversias, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de abril de 2016. La solicitud de conciliación se presentará mediante escrito, el cual contendrá los requisitos contenidos en el artículo 15 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, además, hará referencia al número de contrato, al servidor público encargado de su administración, objeto, vigencia y monto del contrato, señalando, en su caso, sobre la existencia de convenios modificatorios, debiendo adjuntar copia de los instrumentos consensuales debidamente suscritos.
TRIGÉSIMA PRIMERA. DOMICILIOS
“LAS PARTES” señalan como sus domicilios legales para todos los efectos a que haya lugar y que se relacionan en el presente contrato, los que se indican en el apartado de Declaraciones, por lo que cualquier notificación judicial o extrajudicial, emplazamiento, requerimiento o diligencia que en dichos domicilios se practique, será enteramente válida, al tenor de lo dispuesto en el Título Tercero del Código Civil Federal y sus correlativos en los Estados de la República Mexicana.
TRIGÉSIMA SEGUNDA. LEGISLACIÓN APLICABLE
“LAS PARTES” se obligan a sujetarse estrictamente para la prestación de los servicios objeto del presente contrato a todas y cada una de las cláusulas que lo integran, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento; al Código Civil Federal; la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; al Código Federal de Procedimientos Civiles; a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento, el Acuerdo por el que se expide el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones y a las demás disposiciones jurídicas aplicables.
TRIGÉSIMA TERCERA. JURISDICCIÓN
“LAS PARTES” convienen que, para la interpretación y cumplimiento de este contrato, así como para lo no previsto en el mismo, se someterán a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales en la Ciudad de México, renunciando expresamente al fuero que pudiera corresponderles en razón de su domicilio actual o futuro. Por lo anteriormente expuesto, tanto “LICONSA” como “EL PROVEEDOR”, declaran estar conformes y bien enterados de las consecuencias, valor y alcance legal de todas y cada una de las estipulaciones que el presente instrumento jurídico contiene, por lo que lo ratifican y firman en -------, a --.
POR: “LICONSA”
NOMBRE | CARGO | R.F.C. |
(NOMBRE DEL FIRMANTE9 | (CARGO DEL FIRMANTE) |
POR: “EL PROVEEDOR”
NOMBRE | R.F.C. |
ANEXO VI
ANEXO TÉCNICO
DESCRIPCIÓN, CARACTERÍSTICAS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DETALLADAS, PARA LA ADQUISICIÓN Y SUMINISTRO DE MATERIAL DE CORTE Y DESBASTE.
APARTADO “A” CONEXIONES ELECTRICAS
PARTIDA | DESCRIPCIÓN | UNIDAD | CANTIDAD MINIMA | CANTIDAD MAXIMA |
1 | CORTADOR VERT. DE 3/16" DOBLE A V 4 GAVILANES | PZ | 3 | 6 |
2 | BROCHA 1/4" A.V. P/HACER CUÑEROS | PZ | 1 | 2 |
3 | BURIL DE 3/8" DE COBALTO | PZ | 4 | 10 |
4 | DISCO PARA CORTE DE METAL A.I. 4 1/2 X 1/16 X 7/8 TIPO 08-F 453 GRANO A-60 SS QUICK, 13300 RPM, WALTER | PZ | 28 | 70 |
5 | DISCO PARA CORTE DE METALES DE 7" X 1/8" X 7/8" CLAVE 780 MCA. AUSTROMEX | PZ | 20 | 50 |
6 | BROCA P/METAL DE 3/16" A.V. | PZ | 18 | 45 |
7 | BROCA P/METAL DE 5/8" A.V. | PZ | 4 | 10 |
8 | BROCA P/METAL DE 1/4" A.V. | PZ | 14 | 35 |
9 | DISCO PARA DESBASTAR METAL, MCA. AUSTROMEX DE 175 X 6 X 22.2 MM. CLAVE 381 | PZ | 8 | 20 |
10 | CORTADOR VERTICAL DE 1/4 4FL SQ EM TUGSTENO LWSA 50230-7 | PZ | 2 | 4 |
11 | BROCA DE 4.20 MM ACERO A.V. NO STOCK | PZ | 4 | 10 |
12 | BROCA DE 5.0 MM EN ACERO A.V. NO STOCK | PZ | 4 | 10 |
13 | CUCHILLA PARA CORTE EN TORNO AL COBALTO 1/8" X 7/8" X 6" C44747 CLEVELAD NO STOCK 2 PZ | PZ | 3 | 7 |
14 | BROCA DE 5/16" A.V. PARA FIERRO | PZ | 20 | 50 |
15 | BROCA DE CENTROS Nº "5" MCA. GREENFIELD | PZ | 2 | 3 |
16 | BROCA DE CENTROS A V Nº "4" GREENFIELD | PZ | 3 | 6 |
17 | MACHUELO 1/8" NPT CONICO | PZ | 3 | 6 |
18 | DISCO DE CORTE P/A.INOX DE 4 1/2 X 3/64 X 7/8 CLAVE 750 | PZ | 16 | 40 |
19 | BROCA 1/4" X 10" A.V. NO STOCK | PZ | 2 | 5 |
20 | BROCA P/METAL DE 1/8" A.V. | PZ | 20 | 50 |
21 | CORTADOR VERTICAL DE 5 MM 4 GAVILANES PUNTA PLANA EN CARBURO DE TUGSTENO PARA USO GENERAL SGS DE 5MM NP 242-40137 | PZ | 2 | 3 |
22 | CORTADOR VERTICAL DE 6 MM 4 GAVILANES PUNTA PLANA EN CARBURO DE TUGSTENO PARA USO GENERAL SGS DE 6MM NP242-40191 | PZ | 2 | 3 |
23 | CORTADOR VERTICAL DE 10 MM, 4 GAVILANES | PZ | 1 | 1 |
PUNTA PLANA EN CARBURO DE TUGSTENO PARA USO GENERAL SGS NP 242-40157 | ||||
24 | CORTADOR VERTICAL DE 12 MM 4 GAVILANES PUNTA PLANA EN CARBURO DE TUGSTENO PARA USO GENERAL SGS DE12MM NP 242-41665 | PZ | 1 | 1 |
25 | MACHUELO A.V. DE 10 MM PASO 1.25 | PZ | 2 | 5 |
26 | MACHUELO A V DE 3/16" NC JG.3 PZ.C/U | PZ | 3 | 8 |
27 | MACHUELO A V DE 5/16" NC JG.3 PZ.C/U | JG | 4 | 10 |
28 | BROCA DE 1" A.V. CON ZANCO RECTO,LARGA M-2 | PZ | 2 | 3 |
29 | BROCA DE 3/8" A.V. | PZ | 6 | 15 |
30 | BURIL 3/8" TUGSTENO DERECHO "R" | PZ | 12 | 30 |
31 | BURIL 3/8" TUGSTENO IZQUIERDO | PZ | 10 | 25 |
32 | JUEGO DE MACHUELOS DE 1/2 A.C NC 13 HILOS/PULG HANSON G O EQUIVALENTE | JG | 2 | 4 |
33 | MACHUELO A V DE 3/8" NC (JG 3 PZ. C/U) | JG | 4 | 10 |
34 | BROCA DE 1/2" A.V. | PZ | 4 | 10 |
35 | MACHUELO A V DE 6 MM PASO 1 (JGO.3 PZ C/U) | JG | 4 | 10 |
36 | CORTADOR VERTICAL 1/8" | PZ | 3 | 6 |
37 | CORTADOR VERTICAL DE 1/4 ZANCO RECTO 4 GAVILANES DE 1/4 GRENNFIELD | PZ | 2 | 5 |
38 | CORTADOR VERTICAL DE 5/8" ZANCO RECTO DE 4 GAVILANES MCA. CLEVELAND, ROYCO, GREENFIELD | PZ | 1 | 2 |
39 | MACHUELO 1/4" NPT CONICO | PZ | 4 | 8 |
40 | BROCA DE CENTRO Nº 2 N/S | PZ | 2 | 4 |
41 | BROCA DE CENTROS Nº "3" MCA. GREENFIELD | PZ | 4 | 8 |
42 | BROCA DE 5/32" A.V. | PZ | 8 | 20 |
43 | MACHUELO 1/4" | PZ | 2 | 4 |
44 | DISCO DE CORTE P/A.I CLAVE 873 TIPO 41 DE 7"X0.045"X7/8" VEL MAX 8,600 RPM OXIDO DE ALUMINIO | PZ | 8 | 20 |
CALIDAD DE LOS BIENES
No se aceptarán bienes reciclados, usados, similares, distintos, apócrifos, equivalentes o alternativos.
Manifestación por escrito, firmada por el representante legal, bajo protesta de decir verdad de que los bienes ofertados, cumplen con las normas de calidad (Normas Oficiales Mexicanas, Normas Mexicanas, Normas Internacionales o las Normas de Referencia Aplicables; o las normas propias de calidad de la empresa) debiendo enunciarlas, conforme al artículo 31 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
EMPAQUE DE LOS BIENES
El proveedor deberá entregar los bienes debidamente protegidos con empaques originales o en los que mejor se garantice su recepción, para evitar que se dañen o contaminen en su transportación y hasta el momento de su formal recepción, por lo que deberá contener la información necesaria para su identificación, traslado o almacenamiento, así como su marca y número de parte correspondiente.
TRANSPORTE DE LOS BIENES
El proveedor tendrá bajo su cargo y responsabilidad, el medio de transporte que mejor le convenga, así como las maniobras de carga y descarga de los bienes en el lugar que sea asignado por personal del almacén, sin que esto represente un costo adicional para la convocante.
GARANTÍAS DE LOS BIENES:
Como parte de la propuesta técnica, los licitantes deberán manifestar que LOS BIENES que ofrecen a “LICONSA” cumplen estrictamente con las condiciones, características, especificaciones técnicas, accesorios que se establecen en este requerimiento y sus anexos y que cuentan con garantía contra defectos de fabricación, vicios ocultos y calidad de los productos utilizados, la cual tendrá una vigencia mínima de 12 (doce) meses a partir de la fecha de entrega, obligándose el “PROVEEDOR” a sustituir, en el lugar en que se hubiesen entregado, “LOS BIENES”, que resulten con defectos de fabricación, vicios ocultos y/o mala calidad, en un periodo que no excederá de 5 (cinco) días hábiles, posteriores a la notificación correspondiente por parte del área usuaria.
GARANTIA DE CUMPLIMIENTO:
Conforme a lo señalado en el artículo 48 de “LA LEY”, salvo que la entrega de “LOS BIENES” adjudicados se concluya durante los 10 (diez) DIAS NATURALES SIGUIENTES A LA FIRMA DEL Contrato correspondiente, “EL LICITANTE” que resulte adjudicado deberá entregar en la Coordinación General de Adquisiciones y Servicios, antes de cualquier pago derivado del Contrato de que se trata, fianza expedida por Institución autorizada para ello, a favor de “LA CONCOVANTE, que garantice el total cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Contrato, por un importe equivalente al 10% del monto total del mismo antes del IVA. Esta fianza se mantendrá en vigor hasta que “EL LICITANTE” adjudicado cumpla con todas y cada una de las obligaciones por él contraídas.
En apego a lo establecido por el articulo 103 fracción I de “EL REGLAMENTO”.
FECHA Y LUGAR DE ENTREGA
“LOS BIENES” se solicitaran en parcialidades, por lo que deberán ser entregados dentro de 20 (Veinte) días hábiles posteriores al requerimiento, por escrito por parte de la convocante a partir de la fecha de notificación del fallo y hasta el 31 de diciembre del 2023, en las instalaciones de la “CONVOCANTE” ubicadas en la calle de Santa Catarina número 2, Col. Santa Catarina, Municipio Valle de Chalco Solidaridad, Estado de México, C.P. 56619 en días hábiles de lunes a viernes, en el horario comprendido de las 9:00 a las 16:00 hrs., conforme a las condiciones, especificaciones y requerimientos técnicos establecidos.
CONDICIONES DE ENTREGA
Debidamente etiquetado con identificación del fabricante, descripción del bien; en caso de rechazo el proveedor deberá reponer sin condición alguna a más tardar en 5 días hábiles otro bien que cumpla con solicitados requeridos a entera satisfacción de Liconsa en tiempo y forma, por lo que se deberán tomar las precauciones necesarias para evitar retraso e incumplimiento, y en consecuencia la aplicación de la penalización establecida.
RESPONSABLE
La persona designada para coordinar las entregas es el C. Jesús Ferreira Hernández Coordinador General de Almacenes, quién verificará que “LOS BIENES” sean suministrados de conformidad con lo establecido en la requisición, sus anexos y el pedido respectivo; en los términos de calidad y oportunidad que se detallan.
PENA CONVENCIONAL.
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 45 fracción XIX, 53 de “LA LEY y 96 de “EL REGLAMENTO”, se aplicará al “PROVEEDOR” una pena convencional del dos por ciento (2%) por cada día hábil de retraso injustificado, calculado sobre el importe total de los bienes que no sean entregados conforme al plazo establecido en este requerimiento y el pedido
respectivo, hasta un máximo del 10 % (diez por ciento) del importe total del pedido, en cuyo caso, “LA CONVOCANTE” podrá optar por la rescisión, sin responsabilidad alguna para ella sin necesidad de acudir a los tribunales competentes, o exigir el cumplimiento forzoso y el pago de los daños y perjuicios, sin que medie resolución judicial.
El importe de la penalización aplicada será descontado del valor total de la factura correspondiente o el “PROVEEDOR” lo cubrirá mediante cheque certificado a nombre de “LA CONVOCANTE”, previamente al pago de la factura. El pago quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que el “PROVEEDOR” deba efectuar por concepto de pena convencional.
CONDICIONES DE PAGO
No se otorgarán anticipos y los pagos se realizaran por el 100 % (cien por ciento) del valor total de los bienes suministrados conforme a lo establecido en este requerimiento, sus anexos y el pedido respectivo, mediante cheque nominativo, el pago se llevará a cabo a los 20 (veinte) días naturales posteriores a la presentación de la factura a revisión, dicha factura deberá ser validada por el personal designado por el Enlace Administrativo, indicando que se cumple con las condiciones, especificaciones, cantidades y fechas programadas para la entrega de “LOS BIENES”.
APARTADO “B” MATERIAL Y REACTIVOS DE LABORATORIO
DESCRIPCION, CARACTERISTICAS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DETALLADAS, PARA LA ADQUISICIÓN MATERIALES Y REACTIVOS DE LABORATORIO DE CONTROL DE CALIDAD.
PARTIDA. | DESCRIPCIÓN | U.M. | CANTIDAD MINIMA | CANTIDAD MAXIMA |
45 | CALDO LAURIL SULFATO DE SODIO NP-223800 FCO. DE 450 GRAMOS | FC | 1 | 2 |
46 | AGAR VERDE BRILLANTE NP-214500, FCO. DE 450 GRAMOS P/AISLAMIENTO DE SALMONELLA | FC | 1 | 1 |
47 | AGAR DE BILIS Y ROJO VIOLETA NP-214300 FCO DE 450 GRAMOS. DEBEN SER DE UN MISMO LOTE Y CON MAS DE UN AÑO DE CADUCIDAD | FC | 30 | 70 |
48 | ESTANDAR DE VITAMINA A (RETINOL 25MG) SIGMA ALDRICH | FC | 7 | 9 |
49 | AGAR DEXTROSA Y PAPA NP-211900 FCO DE 450 GRAMOS | FC | 1 | 2 |
50 | AGAR XLD (XILOSA LISINA DESOXICOLATO) NP- 211741 FCO DE 450 GRAMOS | FC | 1 | 1 |
51 | DIMETILAMINA PARA SINTESIS (SOLUCIÓN AL 40% EN AGUA) ART. 8.22033.1000 FCO DE 1 LITRO | FC | 1 | 1 |
52 | NITRATO DE PLATA CRISTAL P/ANÁLISIS, FCO. DE 100 GRAMOS. | FC | 10 | 15 |
53 | CLORURO DE BENZALCONIO SOLUCION ALCOHOLICA AL 10% FRASCO DE 3.5 LITROS | GL | 2 | 5 |
54 | ALCOHOL DE CAÑA 96° (PORRÓN DE PLASTICO DE 20 LT.) DESNATURALIZADO | LT | 180 | 360 |
55 | TUBO DE CULTIVO DE VIDRIO DE 6 X 50 MM (CAMPANAS DURHAM) | PZ | 72 | 144 |
56 | PILAS RECARGABLES Ni-MH, 9 V, 200 mAh | PZ | 2 | 4 |
57 | CLORURO DE SODIO GRADO REACTIVO (FCO 500 | FC | 6 | 8 |
GRAMOS) | ||||
58 | SULFATO DE SODIO ANHIDRO A.C.S. FCO DE 1 KG | KG | 16 | 22 |
59 | CROMATO DE POTASIO FRASCO DE 500 GRAMOS | FC | 1 | 2 |
60 | YODURO DE POTASIO ART. 1.05043.1000, FCO DE 1 KILOGRAMO | FC | 6 | 8 |
61 | HIDROGENO FOSFATO DE POTASIO N° DE ARTICULO 1.02400.0080, FCO 80 GRAMOS | FC | 1 | 1 |
62 | SULFATO DE POTASIO R.A. GRADO ACS. FCO. DE 1 KILOGRAMO. | FC | 12 | 15 |
63 | ACIDO SULFURICO A.C.S. AL 95-98 % FCO. DE 1 LITROS | FC | 15 | 22 |
64 | ACIDO SULFURICO 91-93 % A 20°C FCO. DE 1 LT. P/METODO GERBER | LT | 3 | 7 |
65 | CAPSULA DE ALUMINIO DE 8.5 A 9.5 CM. DE DIÁMETRO Y 4.5 A 5.5 CM DE ALTO | PZ | 8 | 12 |
66 | GUANTES DE NITRILO TALLA GRANDE (8 ½) CAJA C/100 PIEZAS | CJ | 2 | 4 |
67 | HEXAMETAFOSFATO DE SODIO A.C.S FCO 1 KILOGRAMOS | FC | 2 | 3 |
68 | PICETA DE PLASTICO DE CAPACIDAD DE 500 ML. | FC | 2 | 4 |
69 | FRASCO P/MUESTREO DE 1000 ML DE POLIETILENO ALTA DENSIDAD CON TAPA, BOCA ANCHA | FC | 20 | 40 |
70 | SOLUCION DE WIJS (YODO MONOCLORURO) A.C.S FRASCO DE 1 LITRO | FC | 1 | 2 |
71 | FRASCO T/ACEITUNERO C/TAPA DE POLIPROPILENO DE 125 ML. | FC | 200 | 300 |
72 | DENSIMETRO ESCALA DE 0.800 A 1.000 CON DIVISIÓN MINIMA DE 0.002 | PZ | 2 | 3 |
73 | FRASCO P/DILUCION DE LECHE DE 160 ML BOCA DE 40 MM DE DIAM. AUTOCLAVEABLE ALT. 150 MM SECCION EXT. 45X45 MM GRAD. EN LINEA DE 99 ML. | FC | 8 | 20 |
74 | LACTODENSIMETRO P/LECHE, QUEVENNE, 1.015 - 1.040: 0.0005 G/ML, T= 15°C CON TERMOMETRO DE O-40°C | PZ | 1 | 2 |
75 | TERMOMETRO DE MERCURIO (INMERSION PARCIAL) DE -10 A 110 ° C. | PZ | 4 | 8 |
76 | TERMOMETRO DE MERCURIO (INMERSION PARCIAL) DE -10 A 150° C. | PZ | 4 | 8 |
77 | MATRAZ ERLENMEYER DE 1000 ML. PYREX/KIMAX | PZ | 3 | 7 |
78 | MATRAZ VOLUMETRICO DE 2000 ML. CLASE A MCA PYREX O KIMAX | PZ | 1 | 1 |
79 | MATRAZ P/DETERMINACION YODO DE 250 ML PYREX/KIMAX | PZ | 10 | 20 |
80 | MATRAZ VOLUMETRICO DE 250 ML CLASE "A" | PZ | 1 | 2 |
CON TAPON ESMERILADO | ||||
81 | EMBUDO BÜCHNER DE PORCELANA DE 125 MM | PZ | 3 | 5 |
82 | VASO DE PRECIPITADO GRADUADO DE 150 ML. PYREX O KIMAX | PZ | 2 | 5 |
83 | VASO DE PRECIPITADO GRADUADO DE 400 ML. PYREX/KIMAX | PZ | 6 | 10 |
84 | VASO DE PRECIPITADO DE PLASTICO DE 1000 ML GRADUADO | PZ | 2 | 5 |
85 | PAPEL FILTRO WHATMAN NO. 4 , DE DIÁMETRO 12.5 CM | CJ | 6 | 10 |
86 | PIPETA SEROLOGICA DE 1 ML. 1/10 PYREX O KIMAX | PZ | 60 | 100 |
87 | PIPETA SEROLOGICA DE 5 ML. 1/10 | PZ | 70 | 100 |
88 | PIPETA SEROLOGICA 10 ML 1/10 PYREX/KIMAX | PZ | 100 | 150 |
89 | ÉTER ETÍLICO, GRADO ACS, LIBRE DE PERÓXIDOS (FRASCO DE 4 LITROS) | FCO | 14 | 20 |
90 | TUBO DE SOLUBILIDAD ADPI 50 ML GRADUADO DE 0 A 20 ML MARCA EN 50 ML | PZ | 2 | 4 |
91 | PROBETA GRADUADA DE PLASTICO DE 100:1 ML. | PZ | 1 | 1 |
92 | PROBETA GRADUADA DE 500 ML. DE VIDRIO KIMAX/PYREX | PZ | 1 | 3 |
93 | PROBETA GRADUADA DE 1000 ML. DE VIDRIO KIMAX/PYREX. | PZ | 1 | 3 |
94 | BURETA DE VIDRIO DE 25 ML. C/LLAVE DE TEFLON | PZ | 1 | 2 |
95 | DETERGENTE ALCALINO CONCENTRADO EXTRAN DE 4 O 5 LITROS, MA-01 ART. EX0999-4 EM CIENCIA | PZ | 20 | 30 |
96 | ALGODON ABSORBENTE (ROLLO DE 500 GRS.) | RL | 30 | 50 |
97 | CUBRE OBJETOS P/MICROSCOPIO 22 X 22 MM PYREX/KIMAX CAT. CORNING 2865-22X22 CAJA C/100 | CJ | 4 | 10 |
98 | CAJA PETRI DE PLASTICO DESECHABLE DE 15 X 100 ESTERIL | PZ | 20000 | 50,000 |
99 | PARAFILM 2 PULGADAS X 250 FT | PZ | 1 | 1 |
100 | BUTIROMETRO PARA CREMA DE 0-55%, CON DIVISIÓN MÍNIMA DE 0.5 FUNKE GERBER | PZ | 4 | 6 |
101 | BURETA AUTOMÁTICA 10 ML MCA SILVER BRAND CAT. 237-53 | PZ | 1 | 1 |
102 | PIPETA DE 2.2 ML. PARA LECHE PYREX/KIMAX | PZ | 30 | 50 |
103 | CLORURO SODIO PATRÓN PRIMARIO FCO 80 GRAMOS, ART. 1.02406.0080 | FC | 1 | 1 |
104 | CLORURO DE AMONIO GRANULAR, GRADO REACTIVO ACS FRASCO DE 500 G | FC | 1 | 1 |
105 | GLICERINA NEUTRA FCO. 1 LITRO 1.04094.1000 | FC | 1 | 3 |
106 | AGUA DESTILADA LIBRE DE CO2 (DESIONIZADA | PZ | 200 | 350 |
A.C.S.) (GARRAFÓN DE 20 LTS) | ||||
107 | ÉTER DE PETRÓLEO GRADO ACS, LIBRE DE PERÓXIDOS Y SIN RESIDUOS DE EVAPORACIÓN, PORRÓN DE 18 LITROS | PR | 4 | 7 |
108 | ALUMBRE GRADO REACTIVO DE FCO. 10 G | FCO | 1 | 1 |
109 | INDICADOR UNIVERSAL PAPEL PH 0-14 | PZ | 20 | 35 |
110 | PIPETA VOLUMÉTRICA 2 ML CLASE "A" DE VIDRIO PYREX O KIMAX | PZ | 2 | 4 |
111 | ARENA MAR PURIFICADA FCO. 1 KILOGRAMO ART. 1.07712.1000 | KG | 5 | 10 |
112 | SULFATO FERROSO PENTAHIDRATADO DE 50 G | FCO | 1 | 1 |
113 | PIPETA VOLUMETRICA DE VIDRIO DE 4 ML KIMAX O PYREX | PZ | 1 | 2 |
114 | CALDO SELENITO CISTINA, FCO DE 100 GRAMOS Deberán ser de un mismo lote y con más de un año de caducidad | FC | 1 | 1 |
115 | AMPOLLETAS DE STERIKON PLUS BIOINDICADOR CAJA CON 100 AMPOLLETAS Deberán tener más de un año de caducidad | PZ | 1 | 2 |
116 | PROBETA GRADUADA DE 500 ML DE PLASTICO | PZ | 1 | 1 |
117 | SULFATO DE QUININA DE 10 G | FCO | 1 | 1 |
118 | ALCOHOL METILICO FCO DE 1 LITRO | FC | 3 | 5 |
119 | BUFFER PH 10 MERCK FCO DE 1 LITRO, TRAZABLES A NIST | FC | 4 | 7 |
120 | BUFFER PH 7.00 MERCK FCO DE 1 LITRO, TRAZABLES A NIST | FC | 4 | 7 |
121 | BUFFER PH 4.00 MERCK FCO DE 1 LITRO, TRAZABLES A NIST | FC | 6 | 10 |
122 | TERMÓMETRO DE MERCURIO MARCA KESSLER RANGO -2 A 68°C DIVISIONES DE 0.2°C ASTM 36C- CAT-1272 | PZ | 2 | 5 |
123 | AZIDA DE SODIO, FCO DE 100 GRAMOS | FC | 1 | 2 |
124 | ALCOHOL ETILICO ABSOLUTO GRADO REACTIVO FCO. DE 1 LITRO | LT | 4 | 10 |
125 | PERA DE GOMA DE 3 VIAS | PZ | 2 | 5 |
126 | KIT LACTO –ZYMA P/PRUEBAS DE FOSFATASA MCA HYCEL | PZ | 2 | 6 |
127 | TERMÓMETRO DE PENETRACIÓN, TESTO 104, TERMÓMETRO DE COCINA MODELO 05630104, TEMPERATURA DE FUNCIONAMIENTO DE -20 A 60°C CON SENSOR NTC. | PZ | 1 | 1 |
128 | MORTERO DE PORCELANA CON PISTILO DE 15 CENTIMETROS DE DIAMETRO EXTERIOR | PZ | 4 | 6 |
129 | ESTÁNDAR DE REFERENCIA PRIMARIO DE ACETATO DE VITAMINA A. HPLC 500 MILIGRAMOS | FCO | 1 | 2 |
130 | BURETA DIGITAL CERTIFICADA CON ACCESORIOS. | 1 | 1 |
CAP. 25 ML CON INTERFAZ RS232 TITRETTE CERT. DE CONFIANZA BRAND | PZ | |||
131 | COLUMNA ANALITICA HPLC FASE NORMAL ZORBAX NH2 MICR0METROS (µm), 150 x 4.6 MILIMETROS (mm) | PZ | 1 | 1 |
132 | ISOCTANO 2,2,4 TRIMETIL PENTANO HPLC FCO DE 3.5 A 4 LITROS | GL | 1 | 1 |
133 | DOSIFICADOR DISPENSETTE, S. ORGANIC DE 2.5 A 25 ML CONCERTIFICADO DE CALIBRACIÓN CODIGO 4630151 | PZ | 1 | 1 |
134 | AGUA DE 4 LITROS GRADO HPLC FCO DE 3.5 A 4 LITROS | GL | 3 | 4 |
135 | TIRAS REACTIVAS PARA DETERMINAR CLORO LIBRE RESIDUAL CON 50 TIRAS, RANGO DE 0 A 10 (MILIGRAMOS/LITRO), INTERVALOS 0, 0.5, 1.0, 2.0, 4.0, 10.0 | PZA | 10 | 20 |
136 | CARRUSEL 8 LUG (SOPORTE P/PIPETAS | PZA | 1 | 1 |
137 | TIRAS REACTIVAS PARA DETERMINAR DUREZA TOTAL CON 50 TIRAS, 0-425 PPM, (INTERVALOS DE 0, 25, 50, 120, 250, 425 PPM) | PZA | 3 | 5 |
138 | TIRAS REACTIVAS PARA DETERMINAR CLORUROS DE 30 A 600 (MILIGRAMOS/LITRO), CON 40 TIRAS | PZA | 3 | 5 |
139 | TERMÓMETRO DIGITAL DE -50 A 150 (° C ), RESOLUCIÓN 0.1 (° C) PRECISION ± 0,3 º C (-20 A 90 º C), SONDA DE ACERO INOXIDABLE CON 1 M (3,3 ´) DE CABLE DE SILICONA; 97.3 X DIAMETRO DE 3,5 MM (3,8 X DIA 0.14´´) TEMPERATURA AMBIENTE 20 A 50 º C, DIMENSIONES 107 X 59 X 16,5 MM, 3 PILAS DE 1,5 V AAA/ APROXIMADAMENTE 3 AÑOS DE USO. CON CERTIFICADO DE CALIBRACIÓN. | PZA | 1 | 2 |
140 | AGAR PARA MÉTODOS ESTÁNDAR FCO DE 450 GRAMOS, DEBEN SER DE UN MISMO LOTE Y CON MAS DE UN AÑO DE CADUCIDAD MERCK | FCO | 30 | 60 |
141 | AGAR PARA SALMONELLA SHIGELLA FCO 450G | FCO | 1 | 1 |
142 | AGAR EOSINA AZUL DE METILENO FRASCO DE 450G | FCO | 1 | 2 |
143 | CALDO RV (RAPPAPORT Y VASSILIADIS) FCO DE 500 GRAMOS | FCO | 1 | 1 |
144 | CALDO VERDE BRILLANTE BILIS AL 2% 450 GRAMOS | FCO | 1 | 1 |
145 | GRADILLA DE TERMOMETROS DE POLIPROPILENO 149 X 213 X 251 MILIMETROS (MM) ORIFICIO DE 7.9 MILIMETROS (MM) | PZ | 1 | 1 |
146 | REFRIGERANTE LONGITUD DE CUBIERTA 40 CETIMETROS (CM), JUNTAS 24/40 KIMAX | PZ | 4 | 6 |
147 | CALDO LACTOSADO FCO 450 GRAMOS | FCO | 1 | 1 |
148 | ÁCIDO CÍTRICO MONOHIDRATADO DE 20 G | FCO | 1 | 1 |
149 | L-TRIPTOFANO DE 98% DE PUREZA, FCO. 5 GRAMOS | FCO | 5 | 8 |
150 | FENOLFTALEINA EN POLVO GRADO A.C.S, DE FCO. 250 GRAMOS | FCO | 1 | 1 |
151 | TERMÓMETRO DE MÁXIMAS DE MERCURIO MCA KESSLER P/AUTOCLAVE RANGO DE 80 A 135 °C | PZ | 1 | 2 |
152 | ACETATO DE ZINC DE FCO. 500 GRAMOS | FCO | 1 | 1 |
153 | SULFATO DE COBRE II, 5-HIDRATADO ACS FRASCO DE 500 GRAMOS | FCO | 1 | 4 |
154 | HIDRÓXIDO DE AMONIO CONCENTRADO GRADO ACS DE FCO. 1 LITRO | FCO | 4 | 8 |
155 | ASAS BACTERIOLÓGICAS DE NICROMO CALIBRADA 1/100 3 MM CAJA CON 10 PZ | CJ | 3 | 5 |
156 | CAPSULAS DE ALUMINIO PARA DETERMINACIÓN DE GRASA MOJONNIER | PZ | 5 | 10 |
157 | SULFATO DE AMONIO GRADO ESTÁNDAR DE FCO 50 GRAMOS SIGMA ALDRICH | FCO | 1 | 1 |
158 | EMBUDO DE SEPARACIÓN EN FORMA DE PERA (ACTINICO) | PZ | 8 | 12 |
159 | PERMANGANATO DE POTASIO GRADO REACTIVO FCO. DE 500 GRAMOS | FCO | 1 | 1 |
160 | YODURO DE POTASIO GRADO REACTIVO, FCO DE DE 500 G | FCO | 3 | 6 |
161 | NEGRO DE ERIOCROMO 25 GRAMOS GRADO REACTIVO | FCO | 1 | 1 |
162 | 2,2,4 TRIMETIL PENTANO FRASCO 4 LITROS GRADO REACTIVO | FCO | 1 | 1 |
163 | TUBO CAPILAR DE VIDRIO 1 MM INTERNO CON 100 CAPILARES CADA UNO | 1 | 2 | |
164 | JERINGA DE PLÁSTICO DESECHABLE CON AGUJA 21G*11/4” DE 10 ML | PZ | 150 | 200 |
165 | PAPAINA (DE CARICA PAPAYA) > = 3U/mg SIGMA ALDRICH | FCO | 1 | 1 |
166 | TRITON X-100 FCO.100 ML. | FCO | 2 | 3 |
167 | ETILEN DIAMINO TETRA ACETATO GRADO REACTIVO 100 GRAMOS | FCO | 1 | 1 |
168 | CLORURO FERRICO GRADO REACTIVO,FCO. 100 GRAMOS | FCO | 1 | 2 |
169 | PENTOXIDO DE VANADIO GRADO REACTIVO, FCO 200 GRAMOS | FCO | 1 | 1 |
170 | SOLUCIÓN DE CALIBRACIÓN ESTÁNDAR A -0.408°C, 250 ML CLAVE 27186 | PZ | 6 | 15 |
171 | SOLUCIÓN DE CALIBRACIÓN ESTÁNDAR B -0.600°C, 250 ML CLAVE 27187 | PZ | 5 | 12 |
172 | SOLUCIÓN DE CALIBRACIÓN ESTÁNDAR C -0.512°C, 250 ML | PZ | 5 | 12 |
173 | LIQUIDO PARA BAÑO DE ENFRIAMIENTO PARA CRIOSCOPO DE 500 ML | PZ | 4 | 10 |
174 | Tip Box CON 28 PUNTAS DE 5 MILILITROS PARA PIPETOR BRAND REFERENCIA 7026 05 | PZ | 5 | 10 |
175 | PIPET TIP/2-200UL/96/RACK/1 RACK (100-ULT-X1) | PZ | 1 | 1 |
176 | PIPET TIP/200-1000UL,96/BOX (100-MLT-96) | CJ | 1 | 1 |
177 | MICROPIPETA VOLUMEN VARIABLE 20-200 MICROLITROS (PIP-20-200 MICROLITROS-M) | PZ | 1 | 1 |
178 | MICROPIPETA VOLUMEN VARIABLE 100-1000 MICROLITROS (PIP-100-1000 MICROLITROS-M) | PZ | 1 | 1 |
179 | MICROPIPETA VOLUMEN VARIABLE 50-300 MICROLITROS (PIP-MULTICANAL 50-300 MICROLITROS-M) | PZ | 1 | 1 |
“EL PROVEEDOR” adjudicatario en las partidas de reactivos deberá de presentar a la entrega de los bienes, certificado de análisis y hojas de seguridad.
FECHA Y LUGAR DE ENTREGA
“LOS BIENES Y/O SERVICIOS” deberán ser entregados a los 45 días hábiles de acuerdo al requerimiento solicitado por el almacén de refacciones de la Gerencia Metropolitana Sur, posteriores a la fecha de notificación del fallo y hasta el 31 de diciembre del 2023, en las instalaciones de “LA CONVOCANTE”, ubicadas en la calle de Santa Catarina número 2, Col. Santa Catarina, Municipio Valle de Chalco Solidaridad, Estado de México, C.P. 56619 en días hábiles de lunes a viernes, en el horario comprendido de las 9:00 a las 16:00 hrs., conforme a las condiciones, especificaciones y requerimientos técnicos establecidos.
RESPONSABLE DE LA SUPERVISIÓN Y VALIDACIÓN
La persona designada para coordinar los aspectos técnicos es IBQ. José Ramón Zapata Lara, Coordinador de Control de Calidad y/o a quien el designe, quienes verificarán que “LOS BIENES Y/O SERVICIOS” sean entregados de conformidad con lo establecido en la requisición, sus anexos y el pedido respectivo; en los términos de calidad y oportunidad que se detallan.
SERVIDOR PÚBLICO ENCARGADO DE LA ADMINISTRACIÓN Y VIGILANCIA DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO:
ING. Sergio Gutiérrez Cancino, Subgerente de Operaciones. GARANTÍA DEL BIEN
Como parte de la propuesta técnica, los licitantes deberán manifestar en su propuesta técnica, que LOS BIENES que
ofrecen a “LICONSA” cumplen estrictamente con las condiciones, características, especificaciones técnicas, accesorios que se establecen en este requerimiento y sus anexos y que cuentan con garantía contra defectos de fabricación, vicios ocultos y calidad de los productos utilizados, la cual tendrá una vigencia mínima de 12 (doce) meses a partir de la fecha de entrega, obligándose el “PROVEEDOR” a sustituir, en el lugar en que se hubiesen entregado, “LOS BIENES Y/O SERVICIOS”, que resulten con defectos de fabricación, vicios ocultos y/o mala calidad, en un periodo que no excederá de 5 (cinco) días hábiles, posteriores a la notificación correspondiente por parte del área usuaria.
CONDICIONES DE PAGO
No se otorgarán anticipos y los pagos se realizaran por el 100 % (cien por ciento) del valor total de los bienes y/o servicios suministrados conforme a lo establecido en este requerimiento, sus anexos y el pedido respectivo, mediante cheque nominativo, el pago se llevará a cabo a los 20 (veinte) días naturales posteriores a la presentación de la factura a revisión, dicha factura deberá ser validada por el personal designado por el área de Enlace Administrativo, indicando que se cumple con las condiciones, especificaciones, cantidades y fechas programadas para la entrega de “LOS BIENES Y/O SERVICIOS”.
GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO
Conforme a lo señalado en el artículo 48 de “LA LEY”, salvo que la entrega de “LOS BIENES Y/O SERVICIOS” adjudicados se concluya durante los 45 días naturales siguientes a la firma del Contrato correspondiente, “EL LICITANTE” que resulte adjudicado deberá entregar en la Coordinación General de Adquisiciones y Servicios, antes de cualquier pago derivado del Contrato de que se trata, fianza expedida por institución autorizada para ello, a favor de “LA CONVOCANTE”, que garantice el total cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Contrato, por un importe equivalente a 10% (diez por ciento) del monto total del mismo antes del IVA. Esta fianza se mantendrá en vigor hasta que “EL LICITANTE” adjudicado cumplan con todas y cada una de las obligaciones por él contraídas.
En apego a lo establecido por el artículo 103 fracción I de “EL REGLAMENTO”:
PENA CONVENCIONAL
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 45 fracción XIX, 53 de “LA LEY y 96 de “EL REGLAMENTO”, se aplicará al “PROVEEDOR” una pena convencional del dos por ciento (2%) por cada día hábil de retraso injustificado, calculado sobre el importe total de los bienes y/o servicios que no sean entregados conforme al plazo establecido en el pedido respectivo, hasta un máximo del 10 % (diez por ciento) del importe total del pedido, en cuyo caso, “LA CONVOCANTE” podrá optar por la rescisión, sin responsabilidad alguna para ella sin necesidad de acudir a los tribunales competentes, o exigir el cumplimiento forzoso y el pago de los daños y perjuicios, sin que medie resolución judicial.
El importe de la penalización aplicada será descontado del valor total de la factura correspondiente o el “PROVEEDOR” lo cubrirá mediante cheque certificado a nombre de “LA CONVOCANTE”, previamente al pago de la factura. El pago quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que el “PROVEEDOR” deba efectuar por concepto de pena convencional.
APARTADO “C” KIT DE PRUEBAS RÁPIDAS
DESCRIPCION, CARACTERISTICAS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DETALLADAS, PARA LA ADQUISICIÓN
MATERIALES EPIC PARA EL LABORATORIO DE CONTROL DE CALIDAD.
PARTIDA | DESCRIPCION | UNIDAD | CANTIDAD |
180 | DETERMINACIONES RAPIDAS COMPACT DRY SL (SALMONELLA) PLACAS | PZ | 80 |
181 | DETERMINACIONES RAPIDAS COMPACT DRY YMR (HONGOS Y LEVADURAS pba. rápida) PLACAS | PZ | 80 |
182 | DETERMINACIONES RAPIDAS COMPACT DRY VP (Vibrio parahaemolyticus) | PZ | 20 |
183 | DETERMINACIONES RAPIDAS COMPACT DRY X-SA (S. aureus) PLACAS | PZ | 160 |
184 | MANGUERA DE TFE PARA EQUIPO EPIC | PZ | 1 |
185 | EPIC CLEAN ZYME KIT REACTIVOS PARA REALIZAR LIMPIEZA AL SISTEMA EPIC INCLUYE 3 FCOS. DE REACTIVO; EPIC-WASH Y 22 FCOS. DE AGUA LIBRE DE ATP | JG | 4 |
186 | EPIC CONTROL KIT DE REACTIVOS PARA VERIFICAR DIARIAMENTE EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA EPIC | JG | 1 |
FECHA Y LUGAR DE ENTREGA
“LOS BIENES” deberán ser entregados en una sola exhibición dentro de los diez (10) días hábiles posteriores a la fecha de notificación del fallo, en las instalaciones de “LA CONVOCANTE”, ubicadas en la calle de Santa Catarina número 2, Col. Santa Catarina, Municipio Valle de Chalco Solidaridad, Estado de México, C.P. 56619 en días hábiles de lunes a viernes, en el horario comprendido de las 9:00 a las 16:00 hrs., conforme a las condiciones, especificaciones y requerimientos técnicos establecidos.
RESPONSABLE DE LA SUPERVISIÓN Y VALIDACIÓN
La persona designada para coordinar los aspectos técnicos es IBQ. José Ramón Zapata Lara, Coordinador de Control de Calidad y/o a quien el designe, quienes verificarán que “LOS BIENES Y/O SERVICIOS” sean entregados de conformidad con lo establecido en la requisición, sus anexos y el pedido respectivo; en los términos de calidad y oportunidad que se detallan.
SERVIDOR PÚBLICO ENCARGADO DE LA ADMINISTRACIÓN Y VIGILANCIA DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO:
ING. Sergio Gutiérrez Cancino, Subgerente de Operaciones.
GARANTÍA DEL BIEN:
Como parte de la propuesta técnica, los licitantes deberán manifestar en su propuesta técnica, que LOS BIENES que ofrecen a “LICONSA” cumplen estrictamente con las condiciones, características, especificaciones técnicas, accesorios que se establecen en este requerimiento y sus anexos y que cuentan con garantía contra defectos de fabricación, vicios ocultos y calidad de los productos utilizados, la cual tendrá una vigencia mínima de 12 (doce) meses a partir de la fecha de entrega, obligándose el “PROVEEDOR” a sustituir, en el lugar en que se hubiesen entregado, “LOS BIENES”, que resulten con defectos de fabricación, vicios ocultos y/o mala calidad, en un periodo que no excederá de 5 (cinco) días hábiles, posteriores a la notificación correspondiente por parte del área usuaria.
El precio se mantendrá fijo durante la vigencia del contrato/pedido que se llegue a formalizar. Vigencia a partir del fallo
CONDICIONES DE PAGO
No se otorgarán anticipos y los pagos se realizaran por el 100 % (cien por ciento) del valor total de los bienes y/o servicios suministrados conforme a lo establecido en este requerimiento, sus anexos y el pedido respectivo, mediante cheque nominativo, el pago se llevará a cabo a los 20 (veinte) días naturales posteriores a la presentación de la factura a revisión, dicha factura deberá ser validada por el personal designado por el área de Enlace Administrativo, indicando que se cumple con las condiciones, especificaciones, cantidades y fechas programadas para la entrega de “LOS BIENES Y/O SERVICIOS”.
PENA CONVENCIONAL
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 45 fracción XIX, 53 de “LA LEY y 96 de “EL REGLAMENTO”, se aplicará al “PROVEEDOR” una pena convencional del dos por ciento (2%) por cada día hábil de retraso injustificado, calculado sobre el importe total de los bienes y/o servicios que no sean entregados conforme al plazo establecido en el pedido respectivo, hasta un máximo del 10 % (diez por ciento) del importe total del pedido, en cuyo caso, “LA CONVOCANTE” podrá optar por la rescisión, sin responsabilidad alguna para ella sin necesidad de acudir a los tribunales competentes, o exigir el cumplimiento forzoso y el pago de los daños y perjuicios, sin que medie resolución judicial.
El importe de la penalización aplicada será descontado del valor total de la factura correspondiente o el “PROVEEDOR” lo cubrirá mediante cheque certificado a nombre de “LA CONVOCANTE”, previamente al pago de la factura. El pago quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que el “PROVEEDOR” deba efectuar por concepto de pena convencional.
ANEXO VII
, a, .
INVITACION No. LA-08-VST-008VST973-N-70-2023
LICONSA, S.A. DE C.V. PRESENTE.
(NOMBRE) EN MI CARÁCTER DE (CARGO) Y CON LAS FACULTADES DE REPRESENTACIÓN DE (NOMBRE DE LA EMPRESA) QUE TENGO CONFERIDAS, MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE EL SUSCRITO, MI REPRESENTADA O LOS SOCIOS QUE LA CONFORMAN, NO SE ENCUENTRAN UBICADOS EN CUALQUIERA DE LOS SUPUESTOS QUE INDICAN LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.
ATENTAMENTE
(FIRMA Y NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL)
(HOJA MEMBRETADA DEL LICITANTE).
ANEXO VIII
MÉXICO, D.F., .
LICITACIÓN No. LA-08-VST-008VST973-N-70-2023
LICONSA, S.A. DE C.V. PRESENTE.
DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD
(NOMBRE) EN MI CARÁCTER DE (CARGO) Y CON LAS FACULTADES DE REPRESENTACIÓN DE (NOMBRE DE LA EMPRESA) QUE TENGO CONFERIDAS, MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE POR MI MISMO O A TRAVÉS DE INTERPÓSITA PERSONA, ME ABSTENDRÉ DE ADOPTAR CONDUCTAS, PARA QUE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE “LA CONVOCANTE”, INDUZCAN O ALTEREN LAS EVALUACIONES DE LAS PROPOSICIONES, EL RESULTADO DEL PROCEDIMIENTO U OTROS ASPECTOS QUE OTORGUEN CONDICIONES MÁS VENTAJOSAS CON RELACIÓN A LOS DEMÁS PARTICIPANTES.
ATENTAMENTE
(FIRMA Y NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL)
FORMATO DE PROPUESTA ECONOMICA
FORMATO PARA COTIZAR LOS SERVICIOS
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRONICA NUMERO LA-08-VST-008VST973-N-70-2023
PART. | DESCRIPCIÓN GENERAL | CANTIDAD MÍNIMA | CANTIDAD MÁXIMA | UNIDAD | PRECIO UNITARIO SIN I.V.A. | IMPORTE SIN I.V.A. |
$ | $ | |||||
IMPORTE TOTAL DE LA PROPUESTA ANTES DE IVA | $ |
Precios antes de IVA.
En la propuesta económica se deberá indicar que ésta tiene una vigencia mínima de 40 (cuarenta) días naturales posteriores a la fecha de presentación de propuestas.
El licitante deberá señalar en su proposición económica que el precio ofertado(s) por “LOS BIENES” y expresarse en moneda nacional (peso mexicano) y será fijo hasta la conclusión de la entrega de “LOS BIENES”.
ESCRITO PARA PAGO POR TRANSFERENCIA
Lugar y Fecha_
“LA CONVOCANTE”
El suscrito _ con domicilio Fiscal en
y Registro Federal de Contribuyente número _ me permito indicarle que:
Otorgo autorización para que la empresa “LA CONVOCANTE” liquide las facturas que amparan y/o servicios que le entrego, a través de transferencias electrónicas, abonando dichos importes a la siguiente cuenta bancaria:
NÚMERO DE CUENTA:
TIPO DE CUENTA:
BANCO:
NOMBRE Y NÚMERO DE SUCURSAL:
DIRECCIÓN DE LA SUCURSAL:
NOMBRE Y NÚMERO DE PLAZA:
CLABE BANCARIA ESTANDARIZADA:
Acepto que los comprobantes que emita el banco por las transferencias realizadas por ustedes, harán plena prueba de los pagos que me efectúan, respecto a los servicios que proporciono a esa empresa.
En el caso de que se presentara alguna irregularidad en los depósitos realizados por tal medio, de inmediato lo aclararé directamente con ustedes, mediante un escrito que les haré llegar acompañándolo del estado de cuenta donde se registra dicha irregularidad, para que sea aclarada a la brevedad posible.
Asimismo, me comprometo a informarles oportunamente cualquier cambio en mi cuenta bancaria.
Se presenta original y copia del Estado de Cuenta Bancario, para confirmar los datos señalados en este formato. ATENTAMENTE
Nombre y firma
CONFLICTO DE INTERÉS
MANIFESTACIÓN BAJO PROTESTA DE NO EXISTIR CONFLICTO DE INTERÉS
(NOMBRE) _ _ , en mi carácter de (Representante Legal, Administrador, Socio Accionista, titular
mancomunado)
de _ (NOMBRE DE LA EMPRESA) _ bajo protesta de decir verdad manifiesto: Que no
desempeño empleo, cargo o comisión en el Servicio Público, por lo que no actualizo conflicto de interés alguno.
En consecuencia, solicito que previamente a la formalización del acto contractual respectivo, vinculado con la presente manifestación, se haga del conocimiento del Órgano Interno de Control en Liconsa, S.A. de C.V.
ATENTAMENTE
ANEXO XII
INFORMACIÓN RESERVADA Y CONFIDENCIAL
CIUDAD DE MÉXICO, a _ de del 2023.
PRESENTE.
(Nombre) , en mi carácter de _ _, de la empresa denominada (nombre, denominación o razón social de quien otorga el poder) indico por medio de la presente que los documentos contenidos en mi Propuesta y proporcionada a la CONVOCANTE, para los efectos establecidos en los artículos 113, 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, 110 y 113 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la siguiente documentación es de naturaleza confidencial:
.
.
.
(EN CASO DE QUE SE CONSIDERE QUE NINGÚN DOCUMENTO DE LOS QUE SE ENTREGAN EN LA PROPOSICIÓN ES DE NATURALEZA CONFIDENCIAL DEBERÁ SEÑALARSE LA REDACCIÓN SIGUIENTE.)
Se informa que ninguno de los documentos que se entregan en nuestra proposición es de naturaleza confidencial para los efectos de Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.*
• (UTILIZAR ÚNICAMENTE EL PÁRRAFO QUE CORRESPONDA)
_ NOMBRE Y FIRMA DE LA PERSONA FACULTADA LEGALMENTE