FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO – FONADE
FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO – FONADE
CLIENTE
MINISTERIO DE TRANSPORTE DE COLOMBIA - MINTRANSPORTE.
CONTRATO INTERADMINISTRATIVO DE GERENCIA INTEGRAL DE PROYECTOS No. 217050 OBJETO
PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE GESTIÓN DOCUMENTAL, EN LOS ORGANISMOS DE TRANSITO DE BUCARAMANGA Y FLORIDABLANCA SANTANDER.
CONVOCATORIA ABIERTA ABREVIADA CAA 004-2018
BOGOTÁ D.C., OCTUBRE DE 2018
6.1.3.1 REQUISITOS DE EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL OFERENTE 32
6.1.3.1.1. INVOCACIÓN DE MÉRITOS DE EXPERIENCIA 32
6.1.3.1.2. ACREDITACIÓN Y VERIFICACIÓN DE LA EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL OFERENTE (APLICA PARA REQUISITOS HABILITANTES Y FACTOR DE PONDERACIÓN) 33
6.1.3.2 REQUISITOS DE EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PERSONAL MÍNIMO REQUERIDO OBJETO DE EVALUACIÓN 35
6.1.3.3 PRESENTACIÓN DE LA OFERTA ECONÓMICA 35
6.1.3.4. PRESENTACIÓN FORMATO 07A 35
6.1.3.5. VERIFICACIÓN FORMATOS 7A Y 11: 35
6.1.4 CONDICIONES Y DOCUMENTOS EXIGIDOS Y LOS OFERENTES QUE SEAN PERSONAS NATURALES EXTRANJERAS SIN DOMICILIO EN EL PAÍS O PERSONAS JURÍDICAS EXTRANJERAS QUE NO TENGAN ESTABLECIDA SUCURSAL EN COLOMBIA CON LA FINALIDAD DE VERIFICAR LA CAPACIDAD JURÍDICA Y LA CAPACIDAD FINANCIERA. 36
6.1.4.2 CAPACIDAD FINANCIERA – PARA OFERENTES EXTRANJEROS (FORMATO 17 - REQUISITOS DE CARÁCTER FINANCIERO) 37
6.2 FACTORES DE EVALUACIÓN Y PONDERACIÓN 39
6.2.1 ASIGNACIÓN PUNTAJE OFERTA ECONÓMICA 39
6.2.1.2.1. DETERMINACIÓN DEL MECANISMO A APLICAR PARA LA ASIGNACIÓN DE PUNTAJE POR OFERTA ECONÓMICA 40
6.2.1.2.2. APERTURA DE OFERTA ECONÓMICA 40
6.2.1.2.3. ASIGNACIÓN DE PUNTAJE OFERTA ECONÓMICA 41
6.2.2 ASIGNACIÓN PUNTAJE EXPERIENCIA ESPECÍFICA ADICIONAL DEL OFERENTE 43
6.2.3 ASIGNACIÓN DE PUNTAJE APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL Y RECIPROCIDAD INDUSTRIA NACIONAL. 43
6.2.4 ASIGNACIÓN DE PUNTAJE PARA OFERENTES CON TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD. 46
7 CONDICIONES DE COSTO Y CALIDAD QUE FONADE DEBE TENER EN CUENTA PARA LA SELECCIÓN OBJETIVA 49
8 CONDICIONES CONTRACTUALES GENERALES 50
8.3 OBLIGACIONES DE LAS PARTES 50
8.3.1 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 50
8.3.1.1 OBLIGACIONES DE CARÁCTER GENERAL 50
8.3.1.2 OBLIGACIONES ESPECÍFICAS 50
8.3.1.3 OBLIGACIONES DE TIPO LABORAL 52
8.3.1.4 OBLIGACIONES RELACIONADAS CON EL PERSONAL REQUERIDO PARA LA EJECUCIÓN DEL OBJETO CONTRACTUAL 53
8.3.1.5 PERSONAL MÍNIMO REQUERIDO PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO 54
LOS ESTUDIOS DE EDUCACIÓN SUPERIOR (PREGRADO Y POSTGRADO), ASÍ COMO LOS ESTUDIOS TÉCNICOS SE ACREDITARÁN MEDIANTE FOTOCOPIA DE LOS DIPLOMAS RESPECTIVOS O CERTIFICADOS DE OBTENCIÓN DEL TÍTULO CORRESPONDIENTE. 56
8.3.2. OBLIGACIONES POR PARTE DE FONADE 56
8.4 ACTA DE INICIO Y LIQUIDACIÓN CONTRACTUAL 56
8.5 AUTORIZACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS REQUERIDOS PARA LA EJECUCIÓN DEL OBJETO CONTRACTUAL 57
8.6 PROPIEDAD DE LOS INFORMES, PRODUCTOS O BIENES 57
8.7 MODIFICACIÓN DEL VALOR DEL CONTRATO 57
8.8 CONOCIMIENTO DEL CONTRATISTA SOBRE LAS CONDICIONES PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO 57
8.11 DAÑOS A PERSONAS, OBRAS, BIENES, EQUIPOS, DATOS, PROGRAMAS Y SERVICIOS, ACTIVIDADES U OBLIGACIONES MAL EJECUTADOS: 58
8.12 PREVENCIÓN XX XXXXXX DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO 59
8.13 CONFIDENCIALIDAD E INFORMACIÓN PRIVILEGIADA 59
9. CAUSALES DE RECHAZO DE LA OFERTA 61
10. VALOR DEL CONTRATO, FORMA DE PAGO, REQUISITOS PARA EL PAGO, SISTEMA DE PAGO, ANTICIPO 64
10.3 REQUISITOS PARA EL PAGO 64
11. RIESGOS ASOCIADOS AL CONTRATO, FORMA DE MITIGARLOS, ASIGNACIÓN DEL RIESGO ENTRE LAS PARTES CONTRACTUALES 65
12. GARANTÍAS EXIGIDAS Y CONDICIONES 66
12.1. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA 66
12.2. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO 66
12.3.1. SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL 66
13. CONTROL Y SEGUIMIENTO A LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL 68
14. CRONOGRAMA DEL PROCESO Y FIRMA DEL CONTRATO 69
COMPLEMENTO REGLAS DE PARTICIPACIÓN
1.1. ANTECEDENTES
CAPÍTULO PRIMERO
1. INTRODUCCIÓN
El Artículo 1.1.1.1. del Decreto 1079 de 2015 (Decreto 087 de 2011, artículo 1), el Ministerio de Transporte tiene como objeto primordial la formulación y adopción de las políticas, planes, programas y proyectos y la regulación económica en materia de transporte, tránsito e infraestructura en los diferentes modos de transporte. De acuerdo con ello, los procesos realizados por medio de sus grupos se encontrarán encaminados al cumplimiento de dichos postulados y en pro del mejoramiento continuo de los procesos con los que el ciudadano debe emprender trámites y requerimientos. De acuerdo con la política de transparencia establecida por el Ministerio de Transporte, el Grupo de Reposición Vehicular inicia el proceso, reglamentado mediante Decreto No.0153 del 03 de febrero de 2017, que establece las medidas especiales y transitorias para normalizar el registro inicial de vehículos de transporte de carga.
El Ministerio de Transporte, como ente fijador de política en el sector de transporte y tránsito a nivel nacional y como responsable del programa de reposición vehicular del parque automotor de carga, suscribió el contrato interadministrativo N° 217050 el 6 de diciembre de 2017 con FONADE, para realizar la gerencia del proyecto para la verificación, organización, digitalización de los documentos que conforman las carpetas correspondientes a los vehículos de transporte de carga matriculados en los organismos de transito definidos por el Ministerio.
El Contrato Interadministrativo de Gerencia de Proyectos, encuentra su justificación en el artículo 6° de la Ley 489 de 1998, el cual señala que “En virtud del principio de coordinación y colaboración, las autoridades administrativas deben garantizar la armonía en el ejercicio de sus respectivas funciones con el fin de lograr los fines y cometidos estatales”. Que de conformidad con las disposiciones del literal c del numeral 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 92 de la ley 1474 de 2011, las entidades estatales pueden celebrar directamente contratos interadministrativos, siempre que las obligaciones derivadas de tales contratos tengan relación directa con el objeto señalado en la Ley o en los reglamentos de la entidad ejecutora por lo tanto, teniendo en cuenta la naturaleza de FONADE puede ser contratada por otra Entidad del Estado, mediante contrato interadministrativo y puede a su vez, celebrar contratos como parte del desarrollo de su línea de negocios, con el fin de asegurar el cumplimiento de los fines del estado.
El contrato Interadministrativo entre el Ministerio de Transporte y FONADE tiene por objeto: “Gerencia del proyecto para la verificación, organización, digitalización de los documentos que conforman las carpetas correspondientes a los vehículos de transporte de carga matriculados en los Organismos de Transito que defina el Ministerio de Transporte, su posterior validación y depuración en la plataforma del Registro Único de Transito – RUNT y la contratación del personal de enlace de conformidad con la información del Ministerio”.
1.2. NECESIDAD DE LA CONTRATACIÓN
En cumplimiento de las obligaciones adquiridas en el Contrato Interadministrativo N° 217050, y de acuerdo con lo establecido en la CLÁUSULA PRIMERA – OBJETO FONADE se compromete con el Ministerio de Transporte a ejecutar la “Gerencia del proyecto para la verificación, organización, digitalización de los documentos que conforman las carpetas correspondientes a los vehículos de transporte de carga matriculados en los Organismos de Transito que defina el Ministerio de Transporte, su posterior validación y depuración en la plataforma del Registro Único de Transito
– RUNT y la contratación del personal de enlace de conformidad con la información del Ministerio” y en la CLAUSULA NOVENA OBLIGACIONES ESPECIFICAS numeral 5, FONADE deberá “Adelantar bajo su exclusivo riesgo y responsabilidad, los tramites precontractuales y contractuales a que haya lugar para adelantar los procesos de selección y contratación de las personas naturales o jurídicas para ejecutar el objeto del contrato (….)”.
Por lo anterior es necesario realizar la contratación para adelantar las actividades que permitan organizar y digitalizar las carpetas del parque automotor correspondiente a los vehículos de cargas en los Organismos de Transito de Bucaramanga y Florida Xxxxxx Xxxxxxxxx.
La presente prestación de servicios se encuentra incluida dentro del Plan Anual de Adquisiciones mediante el código No. 25169.
1.3. PROGRAMA PRESIDENCIAL DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN
Toda persona que llegue a conocer casos de corrupción en las Entidades del Estado debe reportar el hecho a la Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República, a través de los teléfonos: (00 0) 000 0000 Ext. 3633 o a la línea gratuita nacional 01 8000 913 666; al sitio de denuncias del programa en la página de Internet xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx o al correo electrónico: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx de la Entidad; por correspondencia o personalmente en la Xxxxx 0 Xx. 0 – 00 xx Xxxxxx X.X. También puede reportar el hecho a las páginas xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y/o xxx.xxxxxx.xxx.xx y al E-mail: xxxxx0@xxxxxxxxxxx.xxx.xx.
1.4. INVITACIÓN A VEEDURÍAS CIUDADANAS
FONADE se permite invitar a todas las Veedurías Ciudadanas establecidas en la ley, a realizar control social tanto al presente proceso de selección, como al contrato producto de la aceptación de oferta. Para tal fin, se les proporcionará toda la información y documentación requerida.
1.5. PUBLICIDAD DEL PROCESO
Todos los documentos y estudios del proyecto y aquellos resultantes de la Convocatoria serán publicados en la plataforma del SECOP II.
Los documentos de la presente convocatoria, anexos técnicos, estudios de necesidad, presupuesto y demás documentos que se generen, se podrán consultar en la plataforma del SECOP II.
1.6. DEFINICIONES GENERALES DE TÉRMINOS APLICABLES A LOS PROCESOS DE FONADE.
Para todos los efectos del presente proceso se tendrán en cuenta las definiciones contenidas en la versión 10 del Manual de Contratación – MDI 720, las establecidas en el GLOSARIO ESTUDIO PREVIO adjunto al Documento de Estudio Previo, el cual hace parte integral del presente documento y las siguientes:
VALOR XXX XXXXXXX MÍNIMO MENSUAL LEGAL VIGENTE (SMMLV): El valor a tener en cuenta para todas las conversiones que se requieran en el desarrollo del presente proceso, para el KR (cuando aplique) y el Presupuesto Oficial Estimado (XXX), será aquel vigente al año en que se presenta la oferta; al resultado de la operación matemática que se realice para hacer esta conversión, se debe aplicar el procedimiento de redondeo indicado en el presente documento.
REDONDEO: Para el presente proceso, es el procedimiento mediante el cual se eliminan todos los decimales.
REGLAS DE REDONDEO: Se aplican a la unidad situada en la siguiente posición al número entero al que se pretenda ajustar, es decir, a los dos primeros números decimales, así:
Si los dos primeros decimales son mayor o igual que 50, el número entero se incrementará en una unidad. Ejemplo 1: 12,546891 = 13.
Ejemplo 2: 12,500891 = 13.
Si los dos primeros decimales son menores que 50, el número entero no se modifica.
Ejemplo 1: 12,499891 = 12.
Ejemplo 2: 12,407891 = 12.
NOTA: Las únicas y exclusivas excepciones a la aplicación de esta regla, se presentarán en los siguientes casos:
1. Durante la asignación de puntaje que establece el numeral 6.2.1 - ASIGNACIÓN DE PUNTAJE OFERTA ECONÓMICA, procedimiento en el cual se tendrán en cuenta todos los decimales que sean necesarios para que no se presente empate;
2. En el cálculo de los indicadores de carácter financiero y de organización establecidos en el numeral 6.1.2 -
REQUISITOS HABILITANTES FINANCIEROS Y DE ORGANIZACIÓN del presente documento.
PREVALENCIA DE LETRAS SOBRE NÚMEROS EN LOS VALORES Y CANTIDADES: En el evento de que se
presenten en las ofertas correspondientes a este proceso discrepancias entre cantidades expresadas en letras y números, prevalecerán las expresadas en letras.
CAPÍTULO SEGUNDO
2. INFORMACIÓN GENERAL DEL PROCESO DE SELECCIÓN
2.1. OBJETO DEL PROCESO DE SELECCIÓN
El Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo - FONADE, está interesado en: “PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE GESTIÓN DOCUMENTAL, EN LOS ORGANISMOS DE TRANSITO DE BUCARAMANGA Y FLORIDABLANCA SANTANDER.”
2.2. ALCANCE DEL OBJETO
La descripción técnica detallada del proyecto y el alcance del contrato a realizar, se encuentran debidamente discriminados en el numeral 2.2, del Documento de Estudio Previo, el cual hace parte integral del presente documento.
2.3. LUGAR DE EJECUCIÓN
El lugar de ejecución del contrato será en las instalaciones del contratista ubicadas en la ciudad de Bucaramanga o Floridablanca. En todo caso deberá garantizar el traslado seguro y la custodia de las carpetas desde el momento del recibo de la carpeta hasta su devolución al organismo.
2.4. PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo previsto para la ejecución del contrato es hasta el 31 de diciembre de 2018, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato.
NOTA: Al inicio del contrato el contratista deberá fijar un plazo independiente para la ejecución de actividades en cada uno de los Organismos de Tránsito, el cual no podrá superar el plazo del contrato interadministrativo N° 217050.
CONDICIÓN RESOLUTORIA: El plazo de ejecución del contrato resultante del presente proceso se encuentra condicionado al plazo de ejecución del Contrato Xxxxxxxxxxxxxxxxxxx Xx. 000000 el cual será de acuerdo con lo establecido en la Primera Modificación hasta el 31 de diciembre de 2018, por lo cual, su fecha de terminación dará lugar a terminar el contrato derivado que se celebre.
2.5. PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO - XXX
El Presupuesto Oficial Estimado (XXX) para la “LA PRESTACIÓN DE SERVICIO DE LA GESTIÓN DOCUMENTAL, EN LOS ORGANISMOS DE TRANSITO DE BUCARAMANGA Y FLORIDA XXXXXX XXXXXXXXX.” es hasta por la suma de OCHOCIENTOS VEINTIDÓS MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS
CUATRO PESOS ($ 822,462,204.00), incluido IVA, seguros a que haya lugar, garantías y demás tributos que se causen con ocasión de la celebración, ejecución y liquidación, así:
DESCRIPCIÓN | UNIDAD | CANT. | VALOR UNITARIO ANTES DE IVA | IVA | VALOR UNITARIO INCLUIDO IVA |
GESTIÓN DOCUMENTAL DE LAS CARPETAS (REVISIÓN, ORGANIZACIÓN, DIGITALIZACIÓN, DIGITACIÓN) DE LOS VEHÍCULOS, CAMIONES Y TRACTOCAMIONES MATRICULADOS EN LOS ORGANISMOS DE XXXXXXXX XX XXXXXXXXXXX X XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX | XXXXXX | 00000 | $ 37,327.00 | $ 7,092.00 | $ 44,419.00 |
El oferente deberá considerar en su oferta todos los costos correspondientes a impuestos, tasas, contribuciones o gravámenes que se causen con ocasión de la suscripción, legalización, ejecución y liquidación del contrato.
tales como:
Impuesto Transacciones Financieras (4x1.000) |
Impuesto de Industria y Comercio – ICA |
Impuesto del Valor Agregado – IVA |
Retención en la fuente |
Adicionalmente tendrá en cuenta, los costos de las pólizas incluidas en el Capítulo 12 - GARANTÍAS EXIGIDAS Y CONDICIONES del presente documento.
x. XXXXXXX DE FINANCIACIÓN
FONADE cuenta para el presente proceso de selección con el(los) Certificado(s) de Disponibilidad Presupuestal a continuación señalado(s):
No. CDP | Fecha CDP | Código Presupuestal | Centro de Costo | Descripción del Rubro | Monto |
7230 | 24-09-2018 | 2-1-7-1-01-08-00-01 | 217050 | Honorarios Vigencia Actual | $ 822.462.204.oo |
Expedido(s) por el Responsable del Fondo Ejecución de Proyectos de FONADE.
CAPÍTULO TERCERO
3. MODALIDAD DEL PROCESO DE SELECCIÓN Y JUSTIFICACIÓN
El presente proceso de selección se adelanta mediante la modalidad prevista en la versión 10 del Manual de Contratación – MDI 720 de FONADE, adoptado mediante Resolución No.223 del 14 xx xxxxxx de 2018, en su artículo 6 “CONVOCATORIA ABIERTA ABREVIADA”, teniendo en cuenta que se trata de una contratación cuya cuantía se encuentra entre los doscientos (200) SMLMV y los mil quinientos (1.500) SMLMV y el procedimiento a seguir es el previsto en el PARÁGRAFO del artículo 6 del Manual de Contratación.
De acuerdo con el Decreto 288 de 2004, FONADE es una Empresa Industrial y Comercial del Estado, de carácter financiero, dotada de personería jurídica, patrimonio propio, autonomía administrativa, vinculada al Departamento Nacional de Planeación y vigilado por la Superintendencia Financiera de Colombia. El Artículo 15 de la Ley 1150 de 2007, establece que los Contratos que celebren las Entidades financieras de carácter estatal, no estarán sujetos a las disposiciones del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y se regirán por las disposiciones legales y reglamentarias aplicables a dichas actividades. Asimismo, el régimen aplicable a la contratación de FONADE es el del derecho privado, el cual se desarrolla mediante el Manual de Contratación Versión 10.
Teniendo en cuenta la necesidad de dar cumplimiento al objeto y obligaciones del Contrato Interadministrativo de Gerencia de Proyectos No.217050, así como la persistencia de cubrir las necesidades de contratación, se hace necesario adoptar las medidas contractuales y administrativas correspondientes en los procesos de selección, en cumplimiento y protección de los principios constitucionales, función administrativa y gestión fiscal, tales como selección objetiva, responsabilidad, transparencia, planeación, economía, eficiencia y eficacia.
FONADE ha abierto el presente procedimiento de Convocatoria, el cual NO constituye oferta de negocio jurídico de parte de FONADE, por lo cual, FONADE tendrá siempre derecho a seleccionar o no alguna(s) de las Ofertas, e incluso podrá suspender o cancelar en cualquier momento la presente convocatoria, por lo que la participación de un Oferente no le otorga derecho alguno al agotamiento y finiquito del procedimiento iniciado o a la aceptación de la oferta.
Teniendo en cuenta lo anterior, FONADE podrá suspender el proceso de selección en cualquiera de sus etapas, cuando aparezcan circunstancias técnicas, económicas, de fuerza mayor, orden de autoridad, razones de utilidad o conveniencia que puedan justificar esta decisión. La decisión de suspender el proceso será motivada o informada a los interesados u oferentes a través del(os) medio(s) electrónico(s) de publicidad.
Asimismo, si existen razones que lo justifiquen el proceso de selección podrá ser cancelado. Esta decisión requiere de la respectiva justificación será informada por los medios de publicidad.
CAPÍTULO CUARTO
4. TRÁMITE DEL PROCESO DE SELECCIÓN
4.1 DOCUMENTOS DEL PROCESO DE SELECCIÓN
Hacen parte del presente proceso de selección:
1) Acta de Apertura del Proceso de Convocatoria.
2) Complemento de Reglas de Participación.
3) Certificado(s) de Disponibilidad Presupuestal
4) Estudios previos y anexos.
5) Especificaciones técnicas, planos, estudios, diseños, licencias. (cuando aplique)
6) Las respuestas a las observaciones realizadas a las Reglas de Participación y aclaraciones emitidas por FONADE en los medios dispuestos para ello.
7) Adendas.
8) Acta Audiencia de Cierre de la Convocatoria.
9) Las ofertas que sean presentadas.
10) Las solicitudes de aclaración o subsanación de requisitos habilitantes y/o ponderables y sus respectivas respuestas.
11) El informe de evaluación y las observaciones presentadas en relación con este.
12) Acta Audiencia de apertura de ofertas económicas y asignación de puntaje.
13) El Informe de respuesta a las observaciones al Informe de Evaluación.
14) Acta de aceptación de oferta o de declaratoria de desierto o fallido, según sea el caso.
15) Los documentos que se expidan en desarrollo del proceso de selección.
NOTA 1: Es responsabilidad del oferente su consulta y verificación.
NOTA 2: Los documentos que sirvieron de soporte para elaborar el estudio previo (especificaciones técnicas, soportes de licencias, estudios y diseños), se encuentran a disposición para consulta de los interesados en las instalaciones de FONADE. Es responsabilidad del oferente su consulta y verificación.
4.2 COMUNICACIÓN CON LOS INTERESADOS Y OFERENTES
FONADE publicará en la plataforma del SECOP II la totalidad de los documentos relacionados en el numeral anterior y tal publicación es de obligatorio cumplimiento frente a los interesados y oferentes.
LOS INTERESADOS PODRÁN ENVIAR COMUNICACIONES A TRAVÉS DE LA PLATAFORMA DEL SECOP II.
Todos los interesados pueden enviar las observaciones, solicitudes de aclaraciones y/o sugerencias, al contenido de las Reglas de Participación, a través de la plataforma SECOP II.
En cuanto a las aclaraciones y envío de documentos requeridos con ocasión de la verificación y evaluación de las ofertas, sólo serán tenidas en cuenta aquellas que sean presentadas en tiempo y en línea, es decir, directamente en la plataforma de SECOP II, ingresando al Link del proceso, con la identificación del proceso de selección al que se refieren.
Las horas señaladas en el Complemento Reglas de Participación para la expedición de documentos por parte de FONADE y/o para la recepción de aquellos que deban ser presentados por los interesados u oferentes, se sujetarán a la hora legal de la República de Colombia señalada por la División de Metrología de la Superintendencia de Industria y Comercio.
4.3 ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN
El presente proceso de selección inicia a partir de la fecha de publicación del Acta de Apertura y de las Reglas de Participación en la plataforma del SECOP II.
El proceso de selección se encuentra dividido en las siguientes etapas:
4.3.1 PUBLICACIÓN DEL PROYECTO DE REGLAS DE PARTICIPACIÓN
NO APLICA PARA EL PRESENTE PROCESO.
4.3.2 APERTURA DEL PROCESO
La apertura del proceso se llevará a cabo a partir de la expedición del Acta respectiva, suscrita por el Ordenador del Gasto o su delegado, en la que se establecerá el cronograma de la CONVOCATORIA, la cual será publicada junto con las Reglas de Participación en la plataforma del SECOP II.
4.3.3 OBSERVACIONES AL COMPLEMENTO REGLAS DE PARTICIPACIÓN
Las observaciones al Complemento Reglas de Participación seguirán los parámetros, de acuerdo con lo establecido en el Cronograma General del presente Complemento Reglas de Participación.
Las respuestas de aclaración emitidas por FONADE en los medios dispuestos para ello a las preguntas formuladas por los Oferentes o interesados son de carácter exclusivamente ilustrativo y, por consiguiente, no pueden modificar, adicionar, complementar o de manera alguna alterar lo consignado en el Complemento Reglas de Participación, ya que estás respuestas no forman parte del presente documento ni sustituyen este Complemento Reglas de Participación. Las modificaciones al Complemento Reglas de Participación, solo se realizarán conforme lo establecido en el numeral 4.3.4 del presente documento.
NOTA: ATENDIENDO LOS PRINCIPIOS DE PLANEACIÓN, CONTRADICCIÓN, DEBIDO PROCESO, PUBLICIDAD, ECONOMÍA, CELERIDAD, EFICACIA, EFICIENCIA Y RESPONSABILIDAD, ENTRE OTROS, FONADE DARÁ RESPUESTA ÚNICAMENTE A LAS OBSERVACIONES RECIBIDAS AL COMPLEMENTO REGLAS DE PARTICIPACIÓN A TRAVÉS DE LA PLATAFORMA DEL SECOP II Y DENTRO DEL TÉRMINO ESTABLECIDO EN EL CRONOGRAMA DEL PRESENTE PROCESO DE SELECCIÓN.
4.3.4 ADENDAS
FONADE puede modificar las Reglas de Participación a través de Adendas expedidas antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas, previa motivación de la dependencia solicitante o la Subgerencia de Contratación, las cuales serán comunicadas en la plataforma SECOP II a todos los interesados. Estas se podrán expedir hasta un (1) día hábil antes del cierre, evento en el cual podrá prorrogarse la fecha del cierre.
Adicionalmente se podrán expedir adendas posteriores al cierre solamente para modificar el cronograma del proceso.
4.3.5 PLAZO DEL PROCESO DE SELECCIÓN
El plazo del presente proceso de selección será aquel término que transcurrirá entre la fecha de publicación de las Reglas de Participación y la publicación del Acta de Selección de Oferente.
4.3.6 PLAZO PARA PRESENTAR OFERTAS
Dentro de las fechas y horas establecidas en el cronograma del proceso, los interesados podrán presentar sus ofertas, de acuerdo con las siguientes reglas:
a. Las ofertas deberán ser presentadas a través de la plataforma SECOP II, en la fecha indicada en el cronograma del proceso. En caso contrario, la misma se entenderá como no recibida en tiempo. El oferente es el único y exclusivo responsable de la entrega de la oferta.
b. Sólo serán recibidas y tenidas en cuenta las ofertas presentadas, oportunamente y en línea, a través de la plataforma del SECOP II, en el respectivo proceso.
c. Las ofertas se entenderán recibidas oportunamente siempre que la fecha y hora de recepción no sean anteriores a la fecha y hora establecidas para el inicio del término para presentar ofertas, ni posteriores a la fecha y hora previstas para la finalización del término para presentar ofertas, de acuerdo con el cronograma del proceso.
4.3.7 ACTO DE CIERRE
Una vez llegado el plazo señalado para presentar ofertas, FONADE en acto público, en la fecha y hora establecida en el cronograma del proceso, verificará el número total de ofertas recibidas al momento de la finalización del término para su presentación y se dejará constancia de ello en la plataforma del SECOP II. En el acto de cierre se dejará constancia del valor total de la oferta y se verificará en la garantía de seriedad de la oferta el número de la garantía, el objeto y/o número del proceso y el nombre o razón social del oferente.
NOTA 1: En caso de no encontrarse la garantía de seriedad de la oferta, se entenderá por no presentada la oferta, lo cual constituye causal de rechazo y su ausencia no podrá ser subsanada.
NOTA 2: Constituye causal de rechazo lo siguiente:
• Cuando en la garantía de seriedad de la oferta, el número y el objeto del proceso allí señalado no correspondan con el del presente proceso de selección.
• Cuando el valor de la oferta económica se presente con decimales.
4.4 VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
La Subgerencia de Contratación designará el Comité Evaluador, el cual se constituye en el órgano responsable de la evaluación de las ofertas presentadas, verificación del cumplimiento de los requisitos habilitantes y de la determinación del orden de elegibilidad, con sujeción a lo establecido en el presente documento.
4.4.1 Verificación del cumplimiento de los requisitos habilitantes
En desarrollo de su labor, el Comité Evaluador procederá a la verificación del cumplimiento de los requisitos habilitantes y suscribirá las comunicaciones mediante las cuales se soliciten aclaraciones o subsanaciones en el plazo establecido en el cronograma del proceso contenido en el presente documento o en su defecto determinando el plazo durante el cual los interesados pueden contestar y/o aportar los documentos necesarios para aclarar o subsanar.
Recibidas las aclaraciones y/o subsanaciones requeridas, el Comité Evaluador las analizará y expedirá el Informe de Evaluación, al cual se dará traslado por el término establecido en el cronograma del proceso, publicándolo en la plataforma del SECOP II para que los interesados presenten observaciones.
Las observaciones al Informe de Evaluación se resolverán por parte del Comité Evaluador dentro del plazo establecido para el efecto en el cronograma del proceso.
NOTA 1: FONADE se reserva el derecho de verificar integralmente la autenticidad, exactitud y coherencia de la información aportada por el oferente, pudiendo acudir para ello a las personas, empresas o Entidades respectivas de donde provenga la información.
NOTA 2: FONADE se reserva el derecho de verificar y solicitar complementar, subsanar o aclarar la información presentada por el oferente para la acreditación de las exigencias establecidas en el presente documento, en cualquier estado en que se encuentre el proceso de selección hasta antes del acta de selección.
NOTA 3: La respuesta a la solicitud de aclaraciones deberá ser presentada por el oferente dentro del plazo que, dadas las condiciones particulares del requerimiento, conceda el Comité Evaluador y únicamente a través de la plataforma del SECOP II.
4.4.2 SUBSANABILIDAD
En atención a los principios de igualdad, prevalencia del interés general y primacía del derecho sustancial, en los procesos de selección de contratistas que adelante FONADE, prevalecerá lo sustancial sobre lo formal, de modo que la ausencia de requisitos o la falta de documentos habilitantes no servirán de título suficiente para el rechazo de los ofrecimientos hechos y podrán ser subsanados. El defecto, el error, lo incompleto podrá corregirse dentro del plazo previsto para tal fin, conforme a lo establecido en el presente documento.
En la etapa de verificación de los requisitos habilitantes, FONADE podrá solicitar a los oferentes las aclaraciones y explicaciones que estime indispensables.
Tratándose de los requisitos habilitantes, el Comité Evaluador podrá solicitar, si resulta necesario, las aclaraciones y explicaciones que estime indispensables. La documentación solicitada o aquella que bajo los mismos términos aporte el oferente debe corresponder a los contratos y/o proyectos y/o experiencias relacionados en la oferta, razón por la cual, no podrá solicitarse, ni aceptarse el aporte de documentos de proyectos y/o experiencias diferentes a los allí aportados.
4.4.3 EVALUACIÓN DE OFERTAS
Superada la etapa de evaluación de las ofertas, se emitirá el INFORME DE EVALUACIÓN del cual se dará traslado por un término de dos (2) días hábiles, publicándolo en la plataforma del SECOP II para que los interesados presenten observaciones al informe de Evaluación.
El Comité Evaluador presenta el INFORME DE RESPUESTA A OBSERVACIONES AL INFORME DE EVALUACIÓN
con la recomendación al ordenador del gasto o su delegado sobre la mejor oferta para la Entidad.
4.5 ACTA DE SELECCIÓN DE OFERENTE O DECLARATORIA DE FALLIDO
4.5.1 ACTA DE SELECCIÓN DE OFERENTES
El Ordenador del gasto o su delegado suscribirá el Acta de Selección de la oferta más conveniente, para lo cual se tendrá en cuenta el resultado final de la evaluación que se hace de las ofertas habilitadas, la cual será publicada en la plataforma del SECOP II.
4.5.2 DECLARATORIA DE DESIERTO O FALLIDO
Sin perjuicio de la facultad discrecional de FONADE para cancelar el proceso de selección, el proceso podrá ser declarado desierto o fallido, entre otras, por las siguientes circunstancias, cuando:
a. Existan motivos o causas que impidan la escogencia objetiva de una oferta.
b. No se presente ninguna oferta.
c. Habiéndose presentado únicamente una oferta, ésta incurra en alguna causal de rechazo.
d. Habiéndose presentado más de una oferta, ninguna de ellas se ajuste a los requerimientos y condiciones consignados en el presente documento.
e. En caso de que ninguno de los oferentes haya ampliado la vigencia de su oferta, en el evento en que el proceso de selección supere el término de vigencia inicial de las ofertas.
4.6 SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
El oferente seleccionado tendrá un plazo tendrá un plazo máximo de dos (2) días hábiles siguientes a la publicación del Acta de Selección para presentar la documentación requerida para la suscripción del contrato, so pena de hacer exigible la garantía de seriedad de la oferta y FONADE podrá contratar con el oferente que haya ocupado el segundo lugar si las condiciones de la oferta son igualmente favorables para Entidad o con el que siguiere en lista hasta adjudicarse el Proceso de ser posible.
El Abogado del Comité Evaluador elaborará la minuta del contrato en la plataforma de Secop II dentro del término de un (1) día hábil. Luego de lo anterior, el ordenador del gasto deberá aprobar la misma en la plataforma del Secop II para efectos de ser suscrita por parte del contratista.
El oferente seleccionado deberá firmar el contrato en la plataforma del Secop II dentro del término de un día (1) hábil
siguiente a la aprobación del mismo por parte del ordenador del gasto en el Secop II.
El ordenador de gasto deberá firmar el contrato en la plataforma del Secop II dentro del término de un día (1) hábil siguiente a la firma del contrato por parte del oferente seleccionado, con lo cual el contrato se entenderá perfeccionado.
El Contratista tendrá un máximo de tres (3) días hábiles siguientes a la firma del contrato para presentar las garantías exigidas en las Reglas de Participación para su respectiva aprobación.
De lo contrario se entenderá que no está interesado en su ejecución y FONADE podrá hacer exigible la garantía de seriedad de la oferta al no cumplirse los requisitos de ejecución del contrato y podrá contratar con el oferente que haya ocupado el segundo lugar si las condiciones de la oferta son igualmente favorables para FONADE o con el que siguiere en lista hasta adjudicarse el Proceso de ser posible.
CAPÍTULO QUINTO
5 PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
5.1 CONDICIONES GENERALES
5.1.1 MODALIDADES DE PARTICIPACIÓN
Podrán presentar oferta personas naturales, personas jurídicas, consorcios, uniones temporales o cualquier otra modalidad de asociación prevista en la ley.
Las condiciones de participación previstas en el presente documento para los consorcios o uniones temporales, se harán extensivas a cualquier modalidad de asociación prevista en la Ley escogida por los oferentes.
Para poder presentar oferta para el presente proceso, es necesario estar previamente registrado en el SECOP II. Los oferentes singulares en su correspondiente calidad de persona natural o jurídica y los plurales, como consorcio o unión temporal, según sea el caso. En consecuencia, es obligatorio que el nombre con el cual participan sea el mismo con el cual están registrados en el SECOP II.
Toda consulta al proceso deberá formularse por los usuarios debidamente registrados en el SECOP II, a través de mensaje enviado a esta misma plataforma. En ningún caso FONADE atenderá consultas telefónicas ni personales.
5.1.2 RESPONSABILIDAD EN LA ELABORACIÓN DE LA OFERTA
Los oferentes deberán elaborar por su cuenta y riesgo la oferta, de acuerdo con lo solicitado en el presente documento, las cuales harán parte integral del contrato. Se consideran como documentos oficiales del proceso de selección, las Reglas de Participación, y sus anexos, publicados en la plataforma del SECOP II.
La presentación de la oferta lleva implícitos el conocimiento y la aceptación por parte del oferente, de todas las condiciones conforme a las cuales se ejecutará el contrato, incluyendo las propias del sitio de trabajo, tales como la información social, cultural, técnica, hidrológica, geológica, geomorfológica y sismológica, geotécnica, topográfica y cartográfica, estudios de impacto ambiental, las leyes y normas que rigen para la región, entre otras, de tal manera que la oferta presentada deberá reflejar la totalidad de los costos en que se incurrirá para alcanzar la realización del objeto del contrato derivado de este proceso de selección. Así mismo, deberá tener en cuenta la movilización y permanencia en el sitio de los trabajos, tanto del personal como de los insumos, la situación de orden público, el factor climático y ambiental, así como los demás aspectos que puedan incidir en la ejecución del contrato. Por lo anterior es obligación del interesado, para elaborar su oferta, realizar las inspecciones necesarias al sitio donde se adelantará el proyecto objeto del contrato derivado del presente proceso y conocer las condiciones de suministro de materiales, mano de obra, transporte de personal y materiales, condiciones técnicas del sitio especifico y sus alrededores, aspectos sociales, de orden público, climáticos, ambientales y las demás en las que se ejecutará el proyecto objeto del contrato derivado del presente proceso.
Igualmente deberá considerar los aspectos relacionados en la Descripción y Aspectos Generales del Proyecto.
5.1.3 VIGENCIA DE LA OFERTA
La oferta deberá permanecer vigente por un período mínimo de tres (3) meses contados a partir de la fecha prevista para la finalización del término para presentar ofertas.
FONADE podrá solicitar, si ello fuere necesario, la ampliación de la vigencia de la oferta y por ende, la ampliación de la Garantía de Seriedad de la misma por el término que se requiera. En cualquier caso la ampliación del término de
vigencia de la oferta será obligatoria hasta por 90 días. En el evento en que el requerimiento de FONADE exceda de este término, el oferente y su garante podrán decidir si amplían la vigencia de la oferta o si la retiran, sin que la Entidad pueda hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta.
Durante el período de su vigencia, la oferta será irrevocable, de tal manera que el oferente no podrá retirarla, ni modificar los términos o condiciones de la misma, so pena que FONADE haga efectiva la garantía de seriedad de la oferta, de acuerdo con lo establecido en el presente documento.
Si por cualquier circunstancia se amplía el trámite del proceso de selección y el oferente presenta una ampliación a la garantía de seriedad de la oferta que comprenda tal ampliación, se entenderá que amplía su oferta y mantiene la totalidad de sus condiciones.
En el evento en que el proceso de selección supere el término de vigencia de las ofertas exigido en este numeral y alguna(s) oferta(s) venza(n) sin que el(los) oferente(s) la(s) haya(n) ampliado y/o sin que haya(n) ampliado la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta, se entenderá que desiste(n) de participar en el proceso de selección, so pena de hacer efectiva la Garantía de Seriedad de la oferta.
5.1.4 IDIOMA
La oferta, todos los documentos que la integran y la totalidad de la correspondencia remitida dentro del presente proceso de selección, deberán estar redactados en idioma castellano.
Los documentos en idioma extranjero, por lo tanto, deberán venir acompañados de traducción simple al castellano, salvo en los casos en que la Ley exija traducción oficial o que se prevea en el presente documento.
5.1.5 OFERTAS ALTERNATIVAS O PARCIALES
No se aceptarán ofertas alternativas ni parciales.
Para efectos de la evaluación no se tendrán en cuenta presentaciones, portafolios de servicios o similares que no hayan sido solicitados en el presente documento.
Sin excepción, todos los documentos constitutivos de la oferta otorgados en el exterior deberán estar legalizados o apostillados, de conformidad con los requisitos nacionales de validación para documentos expedidos en el exterior. Si el documento es emitido en idioma distinto al oficial de Colombia, deberá adjuntarse acompañado de la respectiva traducción oficial al idioma castellano, por traductor oficial, acreditado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, así mismo dicha traducción deberá presentarse debidamente legalizada o apostillada según corresponda.
5.1.6 LEGALIZACIÓN
Los documentos públicos otorgados en el extranjero por un funcionario de un Estado que no haga parte de la Convención Sobre la Abolición del Requisito de Legalización para Documentos Públicos Extranjeros o los documentos privados provenientes de tales Estados, deberán presentarse debidamente legalizados, para lo cual se verificará que se haya surtido la siguiente cadena de legalización: (i) Realizar el reconocimiento del documento ante Notario o quién haga sus veces, si aplica; (ii) Realizar la Legalización de los documentos ante la autoridad competente en el país de origen (donde fueron emitidos los documentos); (iii) Presentar los documentos, previamente legalizados, en el consulado de Colombia ubicado en el país en el cual se emitió el documento, para que el Cónsul colombiano reconozca la firma de la autoridad que lo legalizó, o a falta de éste, por el de una nación amiga; (iv) Legalizar la firma del Cónsul Colombiano ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.
5.1.7 APOSTILLE
Cuando se trate de documentos de naturaleza pública otorgados en país extranjero por funcionario de un Estado parte de la Convención que haya suscrito el Convenio sobre la abolición del requisito de legalización para Documentos Públicos Extranjeros, suscrita en La Haya del 5 de octubre de 1961, sólo será exigible la apostilla. La apostilla es el trámite mediante el cual se avala la autenticidad de la firma y el título al que actúa el funcionario público firmante del documento y que se surte ante la autoridad competente en el país de origen. Si la apostilla está dada en idioma distinto al castellano, deberá presentarse acompañada de una traducción oficial a dicho idioma realizada por un traductor oficial debidamente acreditado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores Colombiano, la cual deberá presentarse debidamente apostillada o legalizada.
La Entidad se permite advertir que aplicará estrictamente las previsiones contenidas en la Convención de La Haya, la cual fue aprobada mediante la Ley 455 de 1998, en el sentido de verificar que el trámite surtido ante la autoridad competente avale la autenticidad de la firma e indique a qué título ha actuado la persona que firma el documento público.
5.1.8 TÍTULOS OBTENIDOS EN EL EXTERIOR
El oferente que resulte seleccionado y haya ofrecido personal profesional con títulos académicos otorgados por una institución de educación superior extranjera o por una institución legalmente reconocida por la autoridad competente en el respectivo país para expedir títulos de educación superior, deberá acreditar la convalidación de estos títulos ante el Ministerio de Educación Nacional, para lo cual deberá contar con los mismos o iniciar con suficiente anticipación los trámites respectivos y presentarlo al supervisor del contrato previo a la suscripción del acta de inicio.
5.1.9 PROCEDIMIENTO PARA LA VERIFICACIÓN DE CONTRATOS Y/O PROYECTOS EJECUTADOS EN MONEDA EXTRANJERA
a) Verificación de la fecha de terminación o de la suscripción del acta de entrega y recibo final del contrato.
b) Verificación e identificación de la moneda extranjera en la cual fue suscrito el contrato o proyecto.
c) Conversión del valor del contrato a dólar americano, cuando se trate de una moneda diferente a éste y posteriormente conversión a pesos colombianos. Cuando el contrato se haya suscrito en moneda extranjera, el valor xxx xxxxx americano será el vigente al día de la fecha de terminación o de la suscripción del acta de entrega y recibo final del contrato.
d) Se establecerá directamente el valor del contrato o proyecto presentado en moneda extranjera cuando exista información oficial que permita efectuar la conversión a la moneda criterio de comparación.
e) La conversión a salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) se efectuará de acuerdo con el valor total del contrato a la fecha de terminación o de la suscripción del acta de entrega y recibo final del mismo.
f) Para efectos de la conversión a salarios mínimos, en caso que el oferente presente soportes de la fecha de terminación y de la fecha de suscripción del acta de entrega y/o recibo final, la fecha que será tomada para la conversión, será la de terminación del contrato.
g) En el evento que el oferente, con la oferta o cuando se le requiera no presente documentos que cumplan con las condiciones establecidas en las alternativas de acreditación de experiencia en donde se pueda verificar el valor total ejecutado del contrato, con el objeto de realizar el cálculo de los SMMLV, dicho contrato o proyecto no será tenido en cuenta para acreditar este criterio de experiencia.
5.1.10 FORMA, IDENTIFICACIÓN, ESTRUCTURA DE LA OFERTA Y RESPONSABILIDAD EN LA PRESENTACIÓN DE LA MISMA
La presentación de la oferta debe cumplir con los siguientes requisitos:
a) La oferta debe ser presentada en idioma castellano, escrita por cualquier medio mecánico, cada hoja que contenga conformará un folio.
b) La oferta debe ser presentada en la plataforma del SECOP II. En consecuencia, es responsabilidad del oferente el conocimiento, manejo y uso de la Plataforma.
La responsabilidad de la presentación de la oferta como se indica en los literales anteriores de este numeral, así como el estricto cumplimiento de lo establecido en el presente documento, en especial en cuanto se refiere al término, modo, lugar y tiempo de presentación de la oferta, es total, rotunda y exclusiva del oferente, quien debe propender porque se haga en completa concordancia a lo ordenado en el presente documento, razón por lo cual, la entidad no asume ninguna responsabilidad por ofertas y/o documentos que no hayan sido elaborados y/o entregados como lo señala el presente documento.
CAPÍTULO SEXTO
6 REQUISITOS HABILITANTES, CRITERIOS DE SELECCIÓN, FACTORES DE DESEMPATE, INCENTIVOS
6.1. REQUISITOS HABILITANTES
Los requisitos habilitantes son aquellos que se refieren a la capacidad jurídica, financiera y de organización, residual y técnica de los oferentes y son objeto de verificación de cumplimiento para la participación en el proceso de selección.
La verificación de los requisitos habilitantes que se señalan a continuación se calificará como cumple o no cumple y el cumplimiento o no de la totalidad de los mismos dará como resultado la habilitación o no habilitación del oferente.
El oferente habilitado podrá continuar en el proceso con la siguiente etapa, la cual corresponde a la evaluación de los factores de ponderación, como resultado de esta, se establecerá el orden de elegibilidad.
ORDEN | FACTORES DE VERIFICACIÓN Y EVALUACIÓN | CALIFICACIÓN | |
1. | FACTORES DE VERIFICACIÓN | JURÍDICOS | Cumple / No Cumple |
TÉCNICOS | |||
FINANCIEROS |
6.1.1 REQUISITOS HABILITANTES JURÍDICOS
6.1.1.1 Carta de presentación
De acuerdo con el modelo del FORMATO 01 suministrado, la carta de presentación de la oferta debe estar suscrita por la persona natural o por el representante legal de la persona jurídica o por el representante designado por los miembros del consorcio o de la unión temporal. Se deberá anexar copia de la cédula de ciudadanía de quien suscribe la oferta.
En los siguientes eventos, quien suscriba la Carta de Presentación de la oferta debe acreditar:
a. Persona jurídica: Tener la calidad de representante legal o apoderado del oferente, con facultad expresa de actuar en nombre y representación del mismo. En este último caso, la facultad de representación debe comprender las de presentar la oferta, celebrar el contrato (en caso de resultar adjudicatario) y liquidarlo. Si la presentación de la oferta implica la trasgresión del deber establecido en el numeral 7º del artículo 23 de la ley 222 de 1995 reglamentado parcialmente por el Decreto Nacional 1925 de 2009 o si el representante legal tiene limitaciones derivadas de los estatutos sociales el oferente individual o el integrante de la oferta conjunta deberá, además, allegar autorización de la junta de socios o asamblea general de accionistas, según corresponda.
b. Consorcio o unión temporal: Tener la calidad de representante del consorcio o unión temporal, con facultad expresa de actuar en nombre y representación del mismo. Tal facultad de representación debe comprender las de presentar la oferta, celebrar el contrato (en caso de resultar adjudicatarios) y liquidarlo.
NOTA: Para poder presentar oferta para el presente proceso, es necesario estar previamente registrado en el SECOP II. Los oferentes singulares en su correspondiente calidad de persona natural o jurídica y los plurales, como consorcio o unión temporal, según sea el caso. En consecuencia, se verificará que el proveedor que presente la oferta sea el mismo que se encuentra registrado en el SECOP II.
6.1.1.2 Acreditación de la existencia y la representación legal
Los oferentes que tengan la calidad de personas jurídicas deberán presentar el certificado de existencia y representación legal cuya expedición no sea superior a 30 días calendario anteriores a la fecha señalada para el finalización del término para presentar ofertas o sus documentos equivalentes en caso de personas jurídicas extranjeras expedido por lo menos dentro de los cuatro (4) meses anteriores a la fecha de cierre, donde evidencie que el objeto social permite ejecutar el contrato objeto del presente proceso de selección.
En tal documento deberá constar que la duración de la persona jurídica no es inferior a la duración del contrato objeto del presente proceso de selección y un (1) año más.
Deberá adjuntarse fotocopia del documento de identificación del representante legal de la persona jurídica.
Si el representante legal de la persona jurídica tiene restricciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, deberá contar con el documento de autorización expresa del órgano competente desde el momento mismo de la presentación de la oferta. En el evento en que no se presente este documento con la oferta, el Comité Evaluador podrá solicitarlo, pero en todo caso la fecha de éste no podrá ser posterior a la de cierre del proceso.
Los oferentes que tengan la calidad de personas naturales deberán presentar fotocopia de su documento de identificación.
Para el caso de comerciantes se deberá presentar el Registro Mercantil expedido a más tardar dentro del mes anterior a la fecha señalada para el cierre del término para presentar ofertas.
Las ofertas presentadas por personas naturales de origen extranjero que se encuentren dentro del país, deberán estar acompañadas de la autorización correspondiente, expedida de conformidad con las normas de control migratorio vigentes.
Los oferentes plurales (uniones temporales o consorcios) deberán presentar el certificado de existencia y representación legal de las personas jurídicas cumpliendo con los requisitos del párrafo primero de este numeral y/o la fotocopia de la cédula de ciudadanía de las personas naturales que los conforman, para el caso de comerciantes se deberá presentar el Registro Mercantil expedido dentro del mes anterior a la fecha señalada para el cierre del término para presentar ofertas.
Los oferentes extranjeros (personas naturales extranjeras sin domicilio en Colombia o las personas jurídicas extranjeras sin sucursal establecida en Colombia) o los integrantes extranjeros del oferente plural, para acreditar la existencia y representación legal deberán cumplir con lo establecido en el numeral 6.1.4 Condiciones y Documentos Exigidos y los Oferentes que sean Personas Naturales Extranjeras sin Domicilio en el País o Personas Jurídicas Extranjeras que no tengan Establecida Sucursal en Colombia con la Finalidad de Verificar la Capacidad Jurídica y la Capacidad Financiera, del presente documento.
Así mismo, si el oferente se encuentra obligado a tener Revisor Fiscal conforme a lo descrito en el Artículo 203 del Código de Comercio y Artículo 13 de la Ley 43 de 1990, deberá encontrarse registrado debidamente el acto de nombramiento y posesión ante la Cámara de Comercio del domicilio Social del Oferente.
NOTA 1: EL OBJETO SOCIAL DE LAS PERSONAS JURÍDICAS O DE CADA UNO DE LOS INTEGRANTES DEL CONSORCIO O DE LA UNIÓN TEMPORAL, EN CASO DE UN PROPONENTE PLURAL, DEBERÁ PERMITIR ADELANTAR LAS ACTIVIDADES DEL PRESENTE PROCESO DE SELECCIÓN, BIEN POR SER PARTE DE SU OBJETO SOCIAL O POR SER UNA ACTIVIDAD CONEXA A ESTE, SO PENA DE INCURRIR EN CAUSAL DE RECHAZO.
NOTA 2: EN RELACIÓN CON LOS COMERCIANTES, LA(S) ACTIVIDAD(ES) ECONÓMICA(S) CONTENIDA(S) EN EL REGISTRO MERCANTIL DEBERÁ(N) PERMITIR ADELANTAR LAS ACTIVIDADES DEL PRESENTE PROCESO DE SELECCIÓN, SO PENA DE INCURRIR EN CAUSAL DE RECHAZO.
6.1.1.3 Documento de constitución del consorcio o unión temporal.
El oferente, con la oferta, deberá anexar un documento suscrito por todos los integrantes de la forma asociativa escogida, o por sus apoderados debidamente facultados, así como también por el representante designado de la figura asociativa debidamente identificado, en el que conste la constitución de la unión temporal o el consorcio, según corresponda, en el cual se exprese lo siguiente:
a. Identificación de cada uno de sus integrantes: Nombre o razón social, tipo y número del documento de identificación y domicilio.
b. Designación del representante: Deberá allegarse su identificación.
c. Indicación de los términos y extensión de la participación en la oferta y en la ejecución del contrato de cada uno de los integrantes de la forma asociativa, para el caso de unión temporal, así como las reglas básicas que regularán sus relaciones, para cualquier forma de oferente plural.
d. Deberá constar que la duración de la figura asociativa no es inferior a la duración del contrato objeto del presente proceso de selección y un (1) año más.
e. Indicación de la participación porcentual de cada uno de los integrantes en la forma asociativa correspondiente. La sumatoria de los porcentajes de participación no podrá exceder ni ser menor del 100%
Con la suscripción del documento de constitución del consorcio o unión temporal, se entenderá para todos los efectos legales y contractuales que el representante del consorcio o unión temporal tiene las siguientes facultades referentes a la etapa precontractual, contractual y post contractual:
➢ Presentación de la oferta y representación del consorcio o unión temporal en todas las diligencias del proceso de selección.
➢ Suscribir el contrato y sus modificaciones.
➢ Suscribir el acta de terminación, liquidación o cierre y notificarse del acta de liquidación unilateral.
Con la suscripción del documento de constitución del consorcio o unión temporal, se entenderá, para todos los efectos legales y contractuales, que la duración de la forma de asociación escogida no será inferior al lapso comprendido entre la fecha de entrega de la oferta y la liquidación del contrato objeto del presente proceso de selección.
Cualquier manifestación contraria a lo previsto en los incisos precedentes o que condicione tales preceptos, se entenderá por no escrita.
El documento deberá ir acompañado de aquellos otros que acrediten que quienes lo suscriben tienen la representación y capacidad necesarias para dicha constitución y para adquirir las obligaciones solidarias derivadas de la oferta y del contrato resultante.
Cualquier modificación al documento de constitución del consorcio o unión temporal deberá ser suscrita por la totalidad de integrantes del consorcio o unión temporal, y deberá tener la aprobación previa de FONADE.
Sin perjuicio de lo anterior, el oferente deberá tener en cuenta que después de la presentación de la oferta, no podrá modificar o alterar el contenido sustancial de la información de los literales a, b, y e del presente numeral, ni tampoco alguno de los integrantes podrá desistir o ser excluido en la participación, so pena de incurrir en causal de rechazo.
Nota: Para poder presentarse como oferente plural para el presente proceso, es necesario estar registrado previamente como unión temporal o consorcio en el SECOP II. En consecuencia, es obligatorio que el nombre con el cual participan sea el mismo con el cual están registrados en el SECOP II.
6.1.1.4 Certificación de Inscripción, Clasificación y Calificación - Registro Único de Proponentes - RUP
El oferente persona natural o jurídica, nacionales o extranjeras con domicilio en Colombia o cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal deberá acreditar que se encuentra inscrito al momento de presentar la oferta, en el Registro Único de Proponentes – RUP, documento que deberá encontrarse actualizado, vigente y en firme de acuerdo a la normatividad vigente, salvo las excepciones previstas de forma taxativa en la ley. La presentación del Certificado Único de Proponentes - RUP se deberá entregar al junto con la oferta y la fecha de expedición de dicho documento no puede ser superior a 30 DÍAS CALENDARIO, contados a partir de la fecha señalada de la finalización del término para presentar la oferta.
6.1.1.5 Garantía de seriedad de la oferta con firma del Tomador
El oferente deberá anexar a su oferta, a favor del Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo – FONADE, una garantía que ampare la seriedad de su oferta, por un valor equivalente, como mínimo, al diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial total estimado para el presente proceso, con una vigencia igual a tres (3) meses contada a partir de la fecha indicada en el cronograma general para el cierre del proceso.
Esta garantía podrá consistir en póliza de seguro o garantía bancaria, otorgada por una compañía de seguros o una Entidad bancaria, respectivamente, la cual deberá encontrarse legalmente establecida en Colombia y vigilada por la Superintendencia Financiera.
Si se trata de una garantía bancaria, la Entidad correspondiente deberá actuar por su cuenta incluso en calidad de corresponsal, sin que ello atenúe su responsabilidad o deteriore la calidad de la garantía, la cual deberá ser irrevocable y exigible a favor de FONADE a primer requerimiento, renunciando al beneficio de excusión.
En caso de otorgar la garantía mediante póliza de seguros, la cual deberá corresponder a la Póliza de Cumplimiento ANTE ENTIDADES PÚBLICAS CON RÉGIMEN PRIVADO DE CONTRATACIÓN (Esta condición debe constar en la póliza o en una certificación anexa) a nombre del oferente persona natural o de la razón social que figura en el certificado de existencia y representación legal expedido por la cámara de comercio o su equivalente, sin utilizar sigla, a no ser que el certificado de existencia y representación legal de la cámara de comercio, o su equivalente, establezca que la firma podrá identificarse con la sigla.
Cuando se trate de consorcios o uniones temporales, deberá tomarse la garantía a nombre de todos y cada uno de los integrantes y deberá indicarse su respectivo porcentaje de participación en la forma asociativa correspondiente.
La garantía deberá tener la firma del tomador y se debe anexar el recibo de pago de la prima.
En caso de requerirse la ampliación de la vigencia de la oferta, la vigencia de la garantía de seriedad deberá ser igualmente, ampliada.
NOTA: LA NO PRESENTACIÓN DE LA GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA AL MOMENTO DEL CIERRE DEL PROCESO SERÁ CAUSAL DE RECHAZO. IGUALMENTE, EN CASO QUE EL NÚMERO O EL OBJETO DEL PROCESO NO CORRESPONDA CON EL PRESENTE PROCESO DE SELECCIÓN, EL OFERENTE INCURRIRÁ EN CAUSAL DE RECHAZO.
6.1.1.6 Certificación de pagos al sistema de seguridad social y de aportes parafiscales
Cuando el oferente sea persona natural deberá adjuntar una certificación emitida por la entidad promotora de salud, pensión y riesgos laborales cuando a ello haya lugar, expedida dentro de los 30 días calendario anteriores a la fecha señalada para la finalización del término para presentar ofertas, que demuestre estar afiliado al sistema de seguridad social en salud, en pensiones y riesgos laborales cuando a ello haya lugar o fotocopia de las planillas de pago en donde conste que se encuentra al día por este concepto para la fecha de cierre del presente proceso, el valor cancelado, el periodo de cotización, la fecha de pago y la entidad promotora de salud, pensión y riesgos laborales a la
que se encuentre afiliado cuando a ello haya lugar, en los términos del Literal a) del Artículo 2 de la Ley 1562 de 2012 (Riesgos Laborales). En el caso que tenga personal a su cargo, deberá acreditar la correspondiente declaración juramentada (Ley 789 de 2002).
En el caso de personas jurídicas, deberán presentar una certificación, expedida por el Revisor Fiscal, cuando este exista de acuerdo con los requerimientos de la Ley, o por el Representante Legal cuando no se requiera Revisor Fiscal, donde se certifique el pago de los aportes a los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, dicho documento debe certificar que a la fecha de presentación de su oferta, ha realizado el pago de dichos aportes correspondientes a los últimos seis (6) meses, contados a partir de la citada fecha, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos.
En caso de presentar acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de alguna de las obligaciones mencionadas deberá manifestar que existe el acuerdo y que se encuentra al día en el cumplimiento del mismo. En este evento el oferente deberá anexar certificación expedida por la entidad con la cual existe el acuerdo de pago.
Cuando se trate de consorcios o uniones temporales, cada uno de sus miembros integrantes, deberá aportar el certificado aquí exigido.
Las personas naturales extranjeras sin domicilio en Colombia y las personas jurídicas extranjeras sin sucursal establecida en Colombia, deberán acreditar este requisito o certificar las circunstancias que demuestren que no tiene obligaciones frente al sistema de Seguridad Social en Colombia.
Cuando se presente certificación suscrita por Xxxxxxx Xxxxxx, deberá aportarse fotocopia de la Cédula de Ciudadanía, de la tarjeta profesional de contador y certificado vigente de antecedentes disciplinarios expedido por la Junta Central de Contadores.
6.1.1.7 Verificación de no inclusión en el boletín de responsables fiscales
El artículo 60 de la Ley 610 de 2000, por medio del cual se establece el trámite de los procesos de responsabilidad fiscal de competencia de las contralorías, exige como requisito indispensable para nombrar, dar posesión o celebrar cualquier tipo de contrato con el Estado, verificar que la correspondiente persona natural o jurídica según se trate, no se encuentra reportada en el boletín de responsables fiscales que publica la Contraloría General de la República con periodicidad trimestral.
Con el fin de acreditar el cumplimiento de la anterior obligación, FONADE verificará en el último boletín de responsables fiscales expedido por la Contraloría General de la República que el oferente y cada uno de sus integrantes cuando el mismo sea un consorcio o una unión temporal, no se encuentre(n) reportado(s) en dicho boletín., así como, el Representante de cada uno de los Consorciados y de la figura asociativa.
6.1.1.8 Verificación del sistema de información de registro de sanciones y causas de inhabilidad (SIRI) de la Procuraduría General de la Nación
De conformidad con lo previsto en el artículo 1º de la Ley 1238 de 2008 y con el fin de verificar los antecedentes disciplinarios del oferente y cada uno de sus integrantes cuando el mismo sea un consorcio o una unión temporal, toda vez que de las sanciones disciplinarias también se desprenden inhabilidades, FONADE verificará e imprimirá la consulta de los antecedentes disciplinarios realizada a través de la página web de la Procuraduría General de la Nación.
6.1.1.9 Verificación de antecedentes judiciales del Ministerio De Defensa Nacional – Policía Nacional.
De conformidad con lo previsto en el artículo 94 del Decreto 0019 de 2012 y con el fin de verificar los antecedentes judiciales del oferente (persona natural o representante legal de persona jurídica o consorcio o unión temporal),
FONADE verificará e imprimirá la consulta de los antecedentes judiciales realizada a través de la página web de la Policía Nacional.
En caso que el oferente persona natural o representante legal de la persona jurídica o del consorcio o unión temporal, según el caso, registre antecedentes judiciales consistentes en sentencia judicial condenatoria con pena accesoria de interdicción de derechos y funciones públicas, la oferta será rechazada.
6.1.1.10 Verificación de Medidas Correctivas
De conformidad con lo previsto en el artículo 183 de la Ley 1801 de 2016 Código Nacional de Policía y Convivencia y con el fin de verificar que el oferente (persona natural o representante legal de persona jurídica o consorcio o unión temporal) se encuentra al día en el pago de las multas establecidas en el Código Nacional de Policía y Convivencia, FONADE verificará e imprimirá la consulta realizada a través de la página web de la Policía Nacional.
En caso de que el oferente persona natural o representante legal de la persona jurídica o del consorcio o unión temporal, registre multas en el Registro Nacional de Medidas Correctivas y que las mismas no hayan sido canceladas en el plazo previsto para ello, incurrirá en causal de rechazo.
xxxxx://xxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx/XXX/xxx_xxx_xxxxxxxx.xxxx
6.1.1.11 Manifestación de No Incursión en Prácticas Anticompetitivas (FORMATO 19)
El oferente persona natural, jurídica nacional o extranjera y cada uno de sus integrantes cuando se trate de Consorcio o Unión Temporal, no puede(n) encontrarse incurso(s) en prácticas de colusión o en acuerdos restrictivos de la competencia con otras empresas o con el mercado. Para ello el oferente manifestará bajo la gravedad de juramento ésta circunstancia y deberá diligenciar el FORMATO 19 - CERTIFICADO DE MANIFESTACIÓN DE NO INCURSIÓN EN PRÁCTICAS ANTICOMPETITIVAS, adjunto al presente documento, el cual deberá ser suscrito en documento individual por el oferente persona natural o por el representante legal según sea el caso debidamente facultado para tal fin y por todos los miembros en caso de ser oferente plural.
6.1.1.12 Otros Documentos
En el caso de personas naturales es necesario adjuntar los siguientes documentos:
• Certificación Bancaria: El oferente deberá anexar a la oferta la certificación de la cuenta bancaria relacionada en el FORMATO de Vinculación FAP 801, con una expedición no mayor a 30 días calendario.
• Registro Único Tributario – RUT actualizado: El oferente deberá anexar a la oferta fotocopia del Registro Único Tributario RUT, el cual deberá tener debidamente actualizada su actividad económica de acuerdo a la nueva clasificación de códigos CIIU.
• FORMATO de Vinculación FAP 801(Versión para diligenciar en línea)
• Fotocopia de la libreta militar (cuando aplique).
En caso de persona jurídica, es necesario adjuntar los siguientes documentos:
• Registro Único Tributario – RUT actualizado: El oferente deberá anexar a la oferta fotocopia del Registro Único Tributario RUT, el cual deberá tener debidamente actualizada su actividad económica de acuerdo a la nueva clasificación de códigos CIIU.
• Certificación Bancaria: El oferente deberá anexar a la oferta la certificación de la cuenta bancaria relacionada en el FORMATO de Vinculación FAP 801, con una expedición no mayor a 30 días calendario.
• Balance General y Estado de Resultados, firmados por el Representante Legal y/o Revisor Fiscal según corresponda. (Cuando se presenten suscritos por Revisor Fiscal, deberá aportarse fotocopia de la Cédula de Ciudadanía, de la tarjeta profesional de contador y de antecedentes disciplinarios expedido por la Junta Central de Contadores.)
• FORMATO 21. PARTICIPACIÓN DE ASOCIADOS O ACCIONISTAS PARA LA VINCULACIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS.
• FORMATO de vinculación FAP 801(Versión para diligenciar en línea)
NOTA 1: Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus miembros integrantes, deberán aportar cada uno de los documentos señalados en el presente numeral.
NOTA 2: En caso de ser aceptada la oferta a un Consorcio o Unión Temporal, los documentos señalados en el presente numeral a nombre del oferente plural, deberán ser aportados para efectos de la suscripción del contrato.
FORMATO de Vinculación FAP 801 (Versión para diligenciar en línea)
El FORMATO de vinculación deberá descargarse de la página Web de la entidad: xxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx, debe seleccionar del Menú Principal la opción “Documentos para la contratación y pago”, luego seleccionar la opción “Solicitud de Vinculación” y en la lista:
Al seleccionar SOLICITUD DE VINCULACIÓN aparece el link “Formato de Solicitud de Vinculación (Versión para diligenciar en línea)” de acuerdo con lo siguiente:
Al seleccionar el link le muestra el siguiente cuadro con lo cual podrá almacenar el FORMATO de vinculación, el cual
Al seleccionar el link se muestra el siguiente cuadro, el cual deberá diligenciar para poder acceder al Aplicativo Formato Solicitud de Vinculación.
Tener en cuenta la información relacionada con el Navegador:
En el menú Ayuda se encuentran detallados los pasos para realizar el registro de la información de las personas naturales y jurídicas que pretendan vincularse o se encuentren vinculadas con el Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo – FONADE, mediante el aplicativo “Formulario Solicitud de Vinculación”.
El oferente deberá diligenciar el formato de vinculación, el cual deberá imprimir y presentar con firma y huella de quien lo suscribe.
NOTA: El oferente deberá presentar con la oferta los documentos relacionados en este numeral, no obstante, su NO presentación no será causal de rechazo. Sin embargo, el Comité Evaluador deberá realizar la verificación de su contenido y solicitarlo en caso de su no presentación con la oferta.
6.1.2 REQUISITOS HABILITANTES FINANCIEROS Y DE ORGANIZACIÓN
El Oferente o cada uno de los integrantes del Oferente (en caso de que éste sea un Consorcio o una Unión Temporal) deberá(n) demostrar que cuenta(n) con la capacidad financiera y la capacidad organizacional adecuada para ejecutar el Contrato, dicha información se verificará de conformidad con los parámetros que se describen en el presente numeral.
La capacidad financiera del oferente, como requisito mínimo, se verificará, con base en los factores financieros denominados: a) capital de trabajo, b) índice de liquidez, c) nivel de endeudamiento y d) cobertura de intereses.
La capacidad de organización se verificará con base en los indicadores: a) Rentabilidad del Activo y b) Rentabilidad del Patrimonio.
Para ello el oferente o cada uno de los integrantes del Oferente (en caso de que éste sea un Consorcio o una Unión Temporal), debe (n) presentar el Registro Único de Proponentes RUP expedido por la Cámara de Comercio con una antelación no superior a treinta (30) días calendario a la fecha de cierre del presente proceso, documento que deberá encontrarse vigente, actualizado y en firme conforme a la normatividad vigente, salvo las excepciones previstas de forma taxativa en la ley.
En consecuencia, para la verificación de los requisitos habilitantes financieros y organizacionales, el oferente deberá acreditar mediante Certificado de Registro Único de Proponentes RUP la información financiera con corte a 31 de diciembre de 2017, documento que deberá encontrarse de conformidad con lo establecido en el numeral 6.1.1.4. Registro Único de Proponentes - RUP del presente documento.
6.1.2.1. Capacidad Financiera
Los índices financieros requeridos en el presente proceso son calculados con base al objeto, condiciones, complejidad y valor del proyecto, permitiendo así, contar con un futuro contratista que refleje la Capacidad Financiera adecuada para desarrollar eficazmente el objeto del contrato.
La Capacidad Financiera se verificará con base en los siguientes índices financieros que serán calculados de acuerdo con la información financiera reportada con corte a 31 de diciembre de 2017 en el Certificado de Registro Único de Proponentes – RUP:
a) Capital de trabajo: Este indicador representa la liquidez operativa del oferente, es decir luego de liquidar sus activos corrientes (convertirlos en efectivo) y pagar el pasivo de corto plazo. Un capital de trabajo positivo contribuye con el desarrollo eficiente de la actividad económica del oferente. Es recomendable su uso cuando la Entidad Estatal requiere analizar el nivel de liquidez en términos absolutos.
b) Índice de liquidez: Determina la capacidad que tiene un oferente para cumplir con sus obligaciones de corto plazo. A mayor índice de liquidez, menor es la probabilidad de que el oferente incumpla sus obligaciones de corto plazo.
c) Nivel de Endeudamiento: Determina el grado de endeudamiento en la estructura de financiación (pasivos y patrimonio) del oferente. A mayor índice de endeudamiento, mayor es la probabilidad del oferente de no poder cumplir con sus pasivos.
d) Razón de cobertura de intereses: Refleja la capacidad del oferente de cumplir con sus obligaciones financieras. A mayor cobertura de intereses, menor es la probabilidad de que el oferente incumpla sus obligaciones financieras.
Para este proceso se efectuó el análisis teniendo en cuenta la selección de las diferentes empresas que hacen parte del sector con el(los) código(s): 9101. Actividades de bibliotecas y archivos y 6311. Procesamiento de datos, alojamiento (hosting) y actividades relacionadas, así como el presupuesto oficial estimado, el plazo y la forma de pago, estableciendo como resultado los siguientes parámetros de capacidad financiera y capacidad organizacional:
La verificación señalada se realizará de acuerdo con el cumplimiento de los parámetros mínimos exigidos del oferente persona natural o jurídica, como se detallan a continuación:
INDICADOR | FÓRMULA | PARÁMETRO EXIGIDO MÍNIMOS |
CAPITAL DE TRABAJO | Activo corriente - Pasivo corriente | ≥ 100% xxx XXX |
ÍNDICE DE LIQUIDEZ | Activo Corriente / Pasivo Corriente | ≥ 1.5 |
NIVEL DE ENDEUDAMIENTO | Pasivo Total / Activo Total | ≤ 0.70 |
RAZÓN DE COBERTURA DE INTERESES | Utilidad Operacional / Gastos de Intereses | ≥ 1.5 |
NOTA 1: Para la verificación de los requisitos habilitantes financieros, la Entidad tomará la información del certificado de Registro Único de Proponentes – RUP el cual deberá encontrarse actualizado, vigente y en firme, tomando como base la información financiera reportada al cierre a 31 de diciembre del 2017, salvo normatividad vigente expresa.
NOTA 2: Para aquellos oferentes que sean Personas Naturales o Jurídicas constituidas en el año 2018, deberá reflejarse en el Certificado de Registro Único de Proponentes - RUP vigente y en firme la información financiera correspondiente al Balance de Apertura o Balance Inicial; así mismo los datos reflejados deberán coincidir con los depositados en la Cámara de Comercio para la inscripción en el Registro Mercantil.
NOTA 3: Para los oferentes plurales personas naturales o jurídicas de carácter nacional (consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura), la Entidad, acogió dentro de sus procesos de evaluación la opción No.1 Ponderación de los componentes de los indicadores según lo establecido en el capítulo VII proponentes plurales del “Manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes en los Procesos de Contratación” emitido por Colombia compra Eficiente, con el objetivo de establecer el criterio de CUMPLE o NO CUMPLE.
Se aclara que, para la verificación del indicador de capital de trabajo del oferente plural, de conformidad con lo que indica el aludido Manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes en los Procesos de Contratación, se aplicará la fórmula de la sumatoria de los indicadores de cada integrante del oferente plural.
NOTA 4: Para acreditar los requisitos de carácter financiero los oferentes que sean extranjeros (personas naturales extranjeras sin domicilio en Colombia o las personas jurídicas extranjeras sin sucursal establecida en Colombia) o los integrantes extranjeros del oferente plural, para acreditar la CAPACIDAD FINANCIERA deberán cumplir con lo establecido en el numeral 6.1.4.2. Capacidad Financiera – para Oferentes Extranjeros (FORMATO 17 - Requisitos de Carácter Financiero) del presente documento.
NOTA 5: Los oferentes sociedades extranjeras con sucursal en Colombia, deberán acreditar los requisitos de carácter financiero, de acuerdo con lo establecido en el presente numeral y las demás normas que lo rigen.
NOTA 6: Los oferentes sociedades extranjeras con sucursal en Colombia, que tengan fecha corte fiscal diferente al 31 de diciembre de 2017, deberán adjuntar el FORMATO 17A en el que se indique expresamente la fecha de cierre fiscal del país de origen, suscrita por el Revisor fiscal, Auditor o Contador, según corresponda y el representante legal de la sucursal
NOTA 7: Las cifras correspondientes a la capacidad financiera y capacidad organizacional se podrán expresar hasta con un máximo de dos decimales, sin aproximaciones.
El resultado de las operaciones para determinar los indicadores de la capacidad financiera y capacidad organizacional, cuando se trate de divisiones de cifras en donde el divisor es “0” será igual a “indeterminado”. Cuando el dividendo y el divisor sean “0”, su resultado será “Indeterminado”
6.1.2.2 Capacidad Organizacional
La capacidad organizacional es la aptitud de un proponente para cumplir oportuna y cabalmente el objeto del contrato en función de su organización interna. Teniendo en cuenta el objeto del proyecto, la complejidad y el valor del mismo, se considera conveniente que el futuro contratista cuente con la capacidad organizacional adecuada para desarrollar eficazmente el objeto del contrato.
La capacidad organizacional del oferente se verificará con la información financiera reportada en el Certificado de Registro Único de Proponentes - RUP los siguientes índices de CAPACIDAD ORGANIZACIONAL:
• Rentabilidad sobre patrimonio: determina la rentabilidad del patrimonio del oferente, es decir, la capacidad de generación de utilidad operacional por cada peso invertido en el patrimonio. A mayor rentabilidad sobre el patrimonio, mayor es la rentabilidad de los accionistas y mejor la capacidad organizacional del oferente.
• Rentabilidad sobre activos: Determina la rentabilidad de los activos del oferente, es decir, la capacidad de generación de utilidad operacional por cada peso invertido en el activo. A mayor rentabilidad sobre activos, mayor es la rentabilidad del negocio y mejor la capacidad organizacional del oferente. Este indicador debe ser siempre menor o igual que el de rentabilidad sobre patrimonio.
Para la verificación de los requisitos habilitantes de capacidad organizacional, la Entidad tomará la información del certificado de Registro Único de Proponentes – RUP el cual deberá encontrarse actualizado, vigente y en firme, conforme a las prescripciones del decreto 1082 del 2015, tomando como base la información financiera correspondiente al cierre a 31 de diciembre del 2017, para lo cual el oferente deberá cumplir con los siguiente:
INDICADOR | FÓRMULA | PARÁMETRO EXIGIDO MÍNIMOS |
Rentabilidad del patrimonio | Utilidad Operacional / Patrimonio | RP = UO/P ≥ 0.04 |
Rentabilidad del activo | Utilidad Operacional / Activo Total | RA = UO/AT ≥ 0.02 |
NOTA 1: Para la verificación de los requisitos habilitantes financieros, la Entidad tomará la información del certificado de Registro Único de Proponentes – RUP el cual deberá encontrarse actualizado, vigente y en firme, tomando como base la información financiera reportada al cierre a 31 de diciembre del 2017, salvo normatividad vigente expresa.
NOTA 2: Para aquellos oferentes que sean Personas Naturales o Jurídicas constituidas en el año 2018, deberá reflejarse en el Certificado de Registro Único de Proponentes - RUP vigente y en firme la información financiera correspondiente al Balance de Apertura o Balance Inicial; así mismo los datos reflejados deberán coincidir con los depositados en la Cámara de Comercio para la inscripción en el Registro Mercantil.
NOTA 3: Para los oferentes plurales personas naturales o jurídicas de carácter nacional (consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura), la Entidad, acogió dentro de sus procesos de evaluación la opción No.1 Ponderación de los componentes de los indicadores según lo establecido en el capítulo VII proponentes plurales del “Manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes en los Procesos de Contratación” emitido por Colombia compra Eficiente, con el objetivo de establecer el criterio de CUMPLE o NO CUMPLE.
NOTA 4: Para acreditar los requisitos de carácter financiero los oferentes que sean extranjeros (personas naturales extranjeras sin domicilio en Colombia o las personas jurídicas extranjeras sin sucursal establecida en Colombia) o los
integrantes extranjeros del oferente plural, para acreditar la CAPACIDAD FINANCIERA deberán cumplir con lo establecido en el numeral 6.1.4.2. Capacidad Financiera – para Oferentes Extranjeros (FORMATO 17 - Requisitos de Carácter Financiero) del presente documento.
NOTA 5: Los oferentes sociedades extranjeras con sucursal en Colombia, deberán acreditar los requisitos de carácter financiero, de acuerdo con lo establecido en el presente numeral y las demás normas que lo rigen.
NOTA 6: Los oferentes sociedades extranjeras con sucursal en Colombia, que tengan fecha corte fiscal diferente al 31 de diciembre de 2017, deberán adjuntar el FORMATO 17A en el que se indique expresamente la fecha de cierre fiscal del país de origen, suscrita por el Revisor fiscal, Auditor o Contador, según corresponda y el representante legal de la sucursal.
NOTA 7: Las cifras correspondientes a la capacidad financiera y capacidad organizacional se podrán expresar hasta con un máximo de dos decimales, sin aproximaciones.
El resultado de las operaciones para determinar los indicadores de la capacidad financiera y capacidad organizacional, cuando se trate de divisiones de cifras en donde el divisor es “0” será igual a “indeterminado”. Cuando el dividendo y el divisor sean “0”, su resultado será “Indeterminado”.
6.1.3 REQUISITOS HABILITANTES TÉCNICOS
6.1.3.1 Requisitos de Experiencia Específica del Oferente
El oferente debe acreditar en su oferta, que cuenta con experiencia específica en SERVICIOS DE GESTIÓN DOCUMENTAL.
➢ La experiencia deberá acreditarse con la ejecución de máximo CINCO (5) CONTRATOS TERMINADOS.
➢ Los contratos aportados deberán sumar, en su conjunto, un valor igual o superior a 1.0 vez el XXX expresado en SMMLV.
Para demostrar la experiencia específica, el oferente debe presentar con su oferta el FORMATO 03 EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL OFERENTE debidamente diligenciado e indicando en él toda la información allí solicitada. Así mismo, debe anexar la documentación adecuada y pertinente, que acredite clara y verazmente la realización de los contratos relacionados, cuyo número debe ser máximo el señalado en el presente numeral.
Los documentos de los contratos presentados y aportados con la oferta, que acrediten los relacionados en el FORMATO 03 deben permitir al Comité Evaluador realizar eficazmente la verificación y evaluación del factor técnico establecido en este numeral.
6.1.3.1.1. Invocación de Méritos de Experiencia
El Oferente podrá invocar méritos, es decir aportar la experiencia de que trata el presente numeral, a través de su empresa matriz y/o de su(s) subordinada(s) o controlada(s) o filial(es). Las compañías de las cuales se invoquen méritos, asumen la responsabilidad solidaria con el Oferente, por las obligaciones derivadas de la oferta y del eventual contrato a suscribir, para tal fin el Oferente debe obtener por parte del Representante Legal de dichas compañías una manifestación expresa en la que se haga constar que en el evento en que le sea adjudicado el contrato, éste se compromete a ejecutar y a suscribir el contrato en calidad de obligadas solidarias y a constituir un apoderado en Colombia con facultades para notificarse de actuaciones administrativas y judiciales. El Oferente deberá obtener de dichas compañías manifestación expresa de que se ha proferido la autorización respectiva de su máximo órgano directivo.
Para que la invocación de méritos de experiencia sea válida, además de lo anterior, el Oferente deberá demostrar que la casa matriz, cuenta con una participación accionaria en la filial de mínimo el treinta por ciento (30%). El cual se verificará en el certificado de existencia y representación legal de la cámara de comercio.
Nota: Lo anterior NO APLICA en el caso de las sucursales, las cuales a la luz del artículo 263 del Código de Comercio Colombiano, no son más que establecimientos de comercio establecidos para el desarrollo total o parcial de los negocios sociales dentro o fuera del domicilio de una sociedad, razón por la cual, no son entes autónomos distintos de la sociedad comercial dado que no gozan de personería jurídica independiente y por el contrario, surgen como una prolongación de la misma.
6.1.3.1.2. Acreditación y Verificación de la Experiencia Específica del Oferente (Aplica para Requisitos Habilitantes y Factor de Ponderación)
Los contratos con los que pretendan acreditar la experiencia específica deben cumplir o tener en cuenta lo siguiente:
1. El contrato deberá estar terminado en la fecha prevista para la finalización del término para presentar oferta. Para el presente estudio previo, se tomará como fecha de terminación del contrato la del recibo final de la prestación del servicio objeto de este, suscrito por el contratante o su representante.
2. En los casos en que el contrato o los contratos hayan sido celebrados en consorcio, unión temporal o bajo cualquier otra forma de participación conjunta, será tenida en cuenta la experiencia específica en su totalidad; es decir, que la entidad no entrará a diferenciar las actividades específicas ejecutadas por cada uno de los integrantes del contratista plural y el valor del respectivo contrato será tenido en cuenta de acuerdo al porcentaje de participación del interesado que lo pretenda acreditar.
3. En caso de oferta plural, la experiencia será la sumatoria de las experiencias específicas de los integrantes que la tengan. Si la totalidad de la experiencia específica es acreditada por uno solo de los integrantes de la oferta plural, este deberá tener una participación igual o superior al 51% Si la experiencia específica es acreditada por más de uno de los integrantes de la oferta plural, aquel que aporte el mayor valor en contratos, respecto de los otros integrantes, deberá tener una participación igual o superior al 34% en la oferta plural, De igual manera los demás integrantes del oferente plural que aporten la experiencia específica, deben tener un porcentaje de participación en la oferta plural de MÍNIMO del 20% cada uno. En todo caso, aquel integrante que no aporte experiencia específica no podrá tener una participación mayor en la oferta plural que aquel o aquellos que la acreditan. (APLICA PARA REQUISITOS HABILITANTES).
4. No podrá acreditarse la experiencia exigida a través de subcontratos. En virtud de lo anterior no será tenida en cuenta la experiencia que pretendan acreditar el oferente o los integrantes de la estructura plural mediante contratos en los cuales la parte contratante, haya sido contratada a su vez por otra entidad para la ejecución de todo o parte del mismo objeto.
5. No será considerada la experiencia que se pretenda acreditar con convenios interadministrativos para cuyo desarrollo se haya subcontratado la totalidad de la ejecución de la prestación de servicios.
6. El oferente deberá presentar, para la acreditación de la experiencia: Certificaciones, constancias o cualquier otro documento expedido por el contratante, su representante o por el interventor o supervisor del contrato. La documentación presentada para la acreditación de la experiencia deberá permitir en conjunto la verificación de la siguiente información:
a. Nombre del contratante.
b. Nombre del contratista.
c. Objeto del contrato.
d. Valor total del contrato que se pretenden acreditar.
x. Xxxxx de ejecución.
f. Fecha de inicio del contrato.
g. Constancia de recibo final de la prestación de los servicios objeto del contrato, con indicación de la fecha correspondiente.
h. Si el contrato se ejecutó por un oferente plural, deberá indicar el nombre de sus integrantes y el porcentaje de participación de cada uno de ellos. Cuando en la certificación no se indique el porcentaje de participación, deberá adjuntarse copia del documento de constitución del oferente plural, o copia del contrato celebrado cuando en este consten tales porcentajes de participación.
7. La experiencia de los socios de una persona jurídica se podrá acumular a la de esta cuando no cuente con más de tres (3) años de constituida y se hará en proporción a su participación en el capital social. La acreditación de esta experiencia se sujetará a las exigencias en los numerales anteriores.
8. No se permite presentar auto-certificaciones, entendidas como:
✓ Cualquier certificación expedida por el oferente para acreditar su propia experiencia.
✓ Cualquier certificación expedida por Consorcios en los cuales el oferente o los integrantes del Consorcio o Unión Temporal hayan hecho parte.
9. En los casos en que las actividades hayan sido ejecutadas en virtud de un contrato xx xxxxxxx mercantil, deberá presentarse certificación expedida por la sociedad fiduciaria titular del patrimonio autónomo, en la que se indique, el nombre del o los fideicomitentes y el nombre de la persona natural o jurídica que llevo a cabo el contrato.
10. El valor total del o los contratos celebrados que se aporten para acreditar la experiencia específica será aquel que tuvieron a la fecha del informe de recibo final o la del acta de recibo final suscrito por el contratante o su representante o a la terminación del contrato, y la conversión a salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) se hará conforme al vigente en el año de recibo final o terminación. En caso de presentar el valor en moneda extranjera, se aplicará lo siguiente:
a. Cuando el valor del contrato esté dado en dólares americanos (USD) se convertirá a pesos colombianos utilizando para esa conversión la tasa representativa xxx xxxxxxx (TRM) vigente para la fecha de recibo final o terminación. Cuando la fecha de recibo final o de terminación del contrato no especifique el día, pero si el mes y el año, se tomará para su conversión la tasa representativa xxx xxxxxxx (TRM) vigente para el último día hábil del mes en que haya terminado el contrato o se haya realizado su recibo final.
b. Cuando el valor del contrato esté dado en moneda extranjera diferente al dólar americano, se realizará su conversión a dólares americanos de acuerdo con las tasas de cambio estadísticas publicadas por el Banco de la República, teniendo en cuenta la fecha de recibo final o de su terminación y, posteriormente, se procederá a su conversión a pesos colombianos de conformidad con la TRM vigente para la fecha de recibo final o de su terminación, según corresponda. Cuando la fecha de recibo final o de terminación del contrato no especifique el día, pero si el mes y el año, se tomará para su conversión la tasa representativa xxx xxxxxxx (TRM) vigente para el último día hábil del mes en que haya terminado el contrato o se haya realizado su recibo final.
NOTA 1: El comité Evaluador podrá solicitar otros documentos para acreditar la experiencia, dentro de los cuales se encuentran entre otros, las facturas cambiarias de compraventa que cumplan con los requisitos previstos en los artículos 772 y 774 del Código de Comercio.
NOTA 2: Las certificaciones de experiencia se consideran expedidas bajo la gravedad del juramento y por tanto el contenido se desvirtúa con prueba en contrario.
NOTA 3: Cuando el objeto requerido como experiencia sea una parte del objeto contractual de la(s) certificación(es) aportada(s), no será tenido en cuenta, salvo que se acredite debidamente discriminados la experiencia requerida y su
valor. En este evento, el valor que se tendrá en cuenta para efectos de la verificación de la experiencia del oferente será el correspondiente al valor discriminado de la experiencia solicitada.
NOTA 4: Para efecto de evaluación de los contratos aportados, la entidad realizará la revisión de los mismos, en el orden en que se relacionan en el formato que destina FONADE para este fin hasta el número máximo establecido.
6.1.3.2 Requisitos de experiencia Específica del Personal Mínimo Requerido Objeto de Evaluación
NO APLICA PARA EL PRESENTE PROCESO DE SELECCIÓN
6.1.3.3 Presentación de la Oferta Económica
El oferente debe formular su oferta económica en la plataforma del SECOP II, teniendo en cuenta, entre otros, los siguientes aspectos:
1) Todos los valores deben estar expresados en pesos colombianos.
2) Todos los valores deberán estar ajustados al peso, es decir, sin decimales. Para el efecto, el oferente deberá aplicar la metodología de redondeo establecida en el numeral 1.6 - DEFINICIONES GENERALES DE TÉRMINOS APLICABLES A LOS PROCESOS DE FONADE del presente documento.
3) En caso de no expresar un valor para el IVA, FONADE dará por entendido que el valor correspondiente, de acuerdo con las normas tributarias pertinentes, se encuentra incluido en el valor total de la oferta.
4) Deberá tener en cuenta al momento de diligenciar el FORMATO establecido, que el valor unitario de cada ítem no podrá ser superior al 100% del valor unitario indicado para cada uno de ellos en el numeral 4.2. del documento de Estudio Previo.
5) Deberá incluir costos, gastos, impuestos, tasas y demás contribuciones con ocasión de la celebración, ejecución y liquidación del contrato.
6) No podrá, en ningún caso modificar las especificaciones de los servicios en su oferta, por alguna otra de características técnicas inferiores a las descritas en el numeral 2.2. del estudio previo.
7) No podrá, en ningún caso, modificar las cantidades descritas en el numeral 2.2. del estudio previo.
8) Deberá diligenciar la totalidad de las casillas correspondientes en la Oferta Económica:
• Valor unitario de cada uno de los ítems. (IVA incluido cuando aplique)
• Valor total por ítem (IVA incluido cuando aplique)
9) El valor de la oferta económica no podrá ser, en ningún caso superior al presupuesto oficial estimado.
6.1.3.4. Presentación Formato 07A
NO APLICA PARA EL PRESENTE PROCESO.
6.1.3.5. Verificación Formatos 7A y 11:
NO APLICA PARA EL PRESENTE PROCESO.
6.1.4 CONDICIONES Y DOCUMENTOS EXIGIDOS Y LOS OFERENTES QUE SEAN PERSONAS NATURALES EXTRANJERAS SIN DOMICILIO EN EL PAÍS O PERSONAS JURÍDICAS EXTRANJERAS QUE NO TENGAN ESTABLECIDA SUCURSAL EN COLOMBIA CON LA FINALIDAD DE VERIFICAR LA CAPACIDAD JURÍDICA Y LA CAPACIDAD FINANCIERA.
6.1.4.1 Capacidad Jurídica
Personas Naturales: Las personas naturales extranjeras, deberán acreditar su existencia mediante la presentación de copia de su pasaporte y si se encuentra residenciado en Colombia, mediante la presentación de copia de la Cédula de Extranjería expedida por la autoridad competente.
Personas Jurídicas: Las personas jurídicas extranjeras deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Acreditar su existencia y representación legal, para lo cual deberá presentar un documento expedido por la autoridad competente en el país de su domicilio, expedido por lo menos dentro de los cuatro (4) meses anteriores a la fecha de cierre, en el que conste su existencia, objeto, fecha de constitución (que en todo caso deberá ser anterior a la fecha de cierre), vigencia, nombre del representante legal de la sociedad o de la persona o personas que tengan la Capacidad Jurídica para comprometerla y sus facultades señalando expresamente, si fuere el caso, que el representante no tiene limitaciones para presentar la oferta. En el evento en que conforme a la jurisdicción del Interesado extranjero no hubiese un documento que contenga la totalidad de la información, presentarán los documentos que sean necesarios para acreditar lo solicitado en el presente literal expedidos por las respectivas autoridades competentes.
Si, en la jurisdicción no existiese ninguna autoridad o Entidad que certifique la información aquí solicitada, el Oferente extranjero deberá presentar una declaración juramentada ante una persona con Capacidad Jurídica para vincular y representar a la persona jurídica en la que conste que, ¡(1) no existe autoridad u organismo que certifique lo solicitado en el presente numeral; (2) la información requerida en el presente numeral; y (3) la Capacidad Jurídica de la persona que efectúa la declaración para vincular y representar a la persona jurídica y de las demás personas que puedan representar y vincular a la misma, si las hay.
b) Acreditar que su objeto social principal o complementario permite la celebración y ejecución del Contrato, para lo cual presentará un extracto de sus estatutos sociales o un certificado del representante legal o funcionario autorizado (esta persona deberá aparecer en los documentos señalados en el literal (a) anterior). Para estos efectos, la autorización se entiende contenida dentro de las autorizaciones generales otorgadas para comprometer a la persona jurídica.
c) Acreditar la suficiencia de la capacidad jurídica de su(s) representante(s) legal(es) o de su(s) apoderado(s) especial(es) en Colombia para la suscripción del Contrato, para lo cual presentará un extracto de sus estatutos sociales o un certificado del representante legal o funcionario autorizado (esta persona deberá aparecer en los documentos señalados en el literal (a) anterior).
d) Acreditar que su duración es por lo menos igual al Plazo Total Estimado del Contrato y cinco (5) años más, para lo cual presentará un extracto de sus estatutos sociales o un certificado del representante legal o funcionario autorizado (esta persona deberá aparecer en los documentos señalados en el literal (a) anterior).
e) Si (el)(los)representante(s) legal(es) tuviere(n) limitaciones estatutarias para presentar la oferta o suscribir el Contrato y en general para efectuar cualquier acto derivado del proceso licitatorio o de su eventual condición de adjudicatario, deberá adjuntarse una autorización del órgano social competente de la sociedad o persona jurídica, en la cual se eliminen dichas limitaciones(se entenderá que se verificará la limitación respecto de la(s) persona(s) que esté(n) facultada(s) para actuar en el presente proceso y no respecto de aquellos representantes que no estén representando al oferente en la presente oferta cerrada de contrato, de manera que la limitación solamente deberá levantarse respecto de aquél (aquellos) representante(s) que suscriban documentos que sean presentados en la oferta o si la duración de la persona jurídica no fuese suficiente en los términos del presente
documento, se adjuntará un documento en el que conste que el órgano social competente ha decidido aumentar el plazo de la persona jurídica en caso de resultar Adjudicatario y antes de la suscripción del Contrato o de la constitución de la sociedad si se presenta bajo promesa de sociedad futura.
f) Adicionalmente a lo exigido en los literales (a) y (e) anteriores, si la oferta fuera suscrita por una persona jurídica extranjera a través de la sucursal que se encuentre abierta en Colombia y/o por el representante de ésta, deberá acreditarse la Capacidad Jurídica de la sucursal y/o de su representante, mediante la presentación del original del certificado de existencia y representación legal en una fecha de expedición máximo de un (1) mes antes de la fecha de cierre del presente proceso de selección por la Cámara de Comercio de la ciudad de la República de Colombia en la cual se encuentre establecida la sucursal.
g) Cuando el representante legal de la sucursal tenga limitaciones para presentar la oferta, suscribir el Contrato o realizar cualquier otro acto requerido para la contratación en caso de resultar Adjudicatario, se deberá presentar en la oferta copia del acta en la que conste la decisión del órgano social competente correspondiente de la sociedad extranjera, que autorice la presentación de la oferta, la celebración del Contrato y la realización de los demás actos requeridos para la contratación en caso de resultar Adjudicatario.
NOTA: En el evento en que participen oferentes cuya naturaleza corresponda a organismos internacionales de derecho público derivados de tratados o instrumentos internacionales de los que haga parte el Estado Colombiano, su acreditación se realizará mediante certificación expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores (Director de Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores), la cual deberá contener lo siguiente: (i) Lugar y fecha de expedición de la certificación; (ii) Número y fecha del Tratado; (iii) Objeto del Tratado; (iv) Vigencia del Tratado Adicionalmente el oferente deberá aportar copia simple del tratado o instrumento internacional respectivo.
Adicionalmente el oferente deberá aportar copia simple del tratado o instrumento internacional respectivo.
Apoderado
Las personas naturales extranjeras sin residencia en Colombia, y las personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia, deberán acreditar un apoderado domiciliado en Colombia, debidamente facultado para presentar la oferta, participar y comprometer a su representado en las diferentes instancias de la presente oferta pública de contrato, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran, así como el Contrato, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de acuerdo con el presente documento.
Dicho apoderado podrá ser el mismo apoderado único para el caso de personas extranjeras que participen en Consorcio o Unión Temporal y en tal caso, bastará para todos los efectos, la presentación del poder común otorgado por todos los participantes del Consorcio o Unión Temporal con los requisitos de autenticación, consularización y traducción exigidos en el código de comercio de Colombia. El poder a que se refiere este párrafo podrá otorgarse en el mismo acto de constitución del Consorcio o Unión Temporal.
Para fines de claridad únicamente, las personas naturales y jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia podrán designar a más de una persona como su apoderado en Colombia, caso en el cual podrá indicar a su entera discreción las condiciones o las limitaciones a los apoderados. En todo caso, si no se precisan tales condiciones y/o limitaciones, FONADE presumirá que cualquiera de los apoderados podrá suscribir y vincular al oferente extranjero sin domicilio en Colombia que no sea Consorcio o Unión Temporal.
6.1.4.2 Capacidad Financiera – para Oferentes Extranjeros (FORMATO 17 - Requisitos de Carácter Financiero)
Personas Jurídicas y Naturales.
Los oferentes extranjeros (personas naturales extranjeras sin domicilio en Colombia o las personas jurídicas extranjeras sin sucursal establecida en Colombia o los integrantes extranjeros del oferente plural), deberán acreditar su capacitad financiera con los siguientes documentos: presentar:
a. Diligenciar y adjuntar el FORMATO 17 - Requisitos de Carácter Financiero (Aplica para Oferentes Extranjeros sin Sucursal en Colombia), en caso de que el oferente sea plural deberá diligenciarse por cada uno de los integrantes cuando se trate de Consorcio o Unión Temporal con la información financiera descrita en los estados financieros convertidos a moneda colombiana, este formato debe estar suscrito por apoderado y contador público colombiano.
b. Presentar los Estados Financieros (Estado de Situación financiera, Estado de Resultados revelaciones a los Estados Financieros, dictamen o informe del Revisor Fiscal o Auditor Externo) de la persona natural extranjera sin domicilio en Colombia o persona jurídica extranjera sin sucursal establecida en Colombia debidamente aprobados de acuerdo con el último cierre fiscal en cada país de origen.
c. Los documentos contenidos en la información financiera del Oferente (Estado de Situación financiera, Estado de Resultados revelaciones a los Estados Financieros, dictamen o informe del Revisor Fiscal o Auditor Externo), deberán ser presentados en español y convertidos a moneda colombiana indicando la fecha de cierre fiscal del país. Cuando se encuentren en un idioma distinto del español, se aceptarán las traducciones simples al idioma español, adjuntando los documentos en el idioma de origen.
d. Aportar los Estados Financieros (Estado de Situación financiera, Estado de Resultados revelaciones a los Estados Financieros, dictamen o informe del Revisor Fiscal o Auditor Externo) de la persona natural extranjera sin domicilio en Colombia o persona jurídica extranjera sin sucursal establecida en Colombia, convertidos a la moneda funcional colombiana y deberán ser avalados en documento debidamente suscrito por Contador Público Colombiano y el Representante Legal o Apoderado del Oferente en Colombia de conformidad con la normatividad vigente.
e. El contador público colombiano que avala la conversión de los Estados Financieros a la moneda funcional colombiana debe allegar copia de la tarjeta profesional y de la certificación antecedentes disciplinarios expedida por la Junta Central de Contadores, certificación que deberá encontrarse vigente a la fecha de presentación de la oferta con vigencia no mayor a 90 días de expedición.
f. En el evento en que por las prácticas contables del país de origen los rubros que correspondan a las cuentas de capital de trabajo, índice liquidez y nivel de endeudamiento difieran de las establecidas en el numeral
6.1.2.1 - CAPACIDAD FINANCIERA del presente documento, se debe aportar junto con la información financiera y el Formato 17, una certificación suscrita por la persona natural o por el representante legal o apoderado (persona jurídica) y avalada por un contador público inscrito en la Junta Central de Contadores de Colombia, en la que conste tal circunstancia y en la que se indique con claridad la homologación de los rubros que corresponden a las cuentas ya señaladas, anexando copia de la tarjeta profesional del contador público y certificación de antecedentes disciplinarios expedida por la junta Central de Contadores vigente. Para aquellas sociedades extranjeras cuyas prácticas contables difieran de lo establecido en la normatividad vigente, deberán aportar junto con la información financiera de la persona jurídica extranjera una certificación suscrita por el representante legal, en la cual conste dicha circunstancia y en la cual deben indicarse los rubros que correspondan a las cuentas de activo total, pasivo total, activo corriente, pasivo corriente y patrimonio.
g. En el evento en que cualquiera de estos requerimientos no sea aplicable en el país del domicilio de la empresa extranjera, el Representante Legal de esta última, así como el apoderado en Colombia, deberán hacerlo constar bajo la gravedad de juramento.
h. Si el oferente es sede principal o casa matriz deberá presentar los Estados Financieros (estados de situación financiera y Estado de Resultados) de manera consolidada, de acuerdo con la normatividad vigente.
i. Cuando el oferente sea parte de un grupo empresarial, (subsidiaria o filial), deberá presentar los Estados Financieros (estados de situación financiera y estado de resultados) de manera individual de acuerdo con la normatividad vigente.
Con base en la información suministrada en el FORMATO 17 - Requisitos de Carácter Financiero y demás documento requeridos en los literales anteriormente mencionados, la Entidad verificará los indicadores financieros y de organización y estos deben cumplir con los valores mínimos indicados en el numerales 6.1.2. - REQUISITOS HABILITANTES FINANCIEROS Y DE ORGANIZACIÓN del presente documento.
6.2 FACTORES DE EVALUACIÓN Y PONDERACIÓN
El Comité Evaluador designado por FONADE para el presente proceso será el órgano responsable de la evaluación de las ofertas presentadas y de la determinación del orden de las mismas, con sujeción a lo siguiente:
Una vez establecidos los oferentes que cumplen con los requisitos de orden económico, jurídicos, financieros y de organización, capacidad residual (cuando aplique) y técnicos, el Comité Evaluador procederá a otorgarles el correspondiente puntaje de conformidad a la evaluación de los factores ponderables que a continuación se establecen:
La evaluación de los requisitos que otorgan puntaje solo se realizará a los oferentes habilitados, de acuerdo con los siguientes criterios:
FACTORES DE EVALUACIÓN Y PONDERACIÓN | CALIFICACIÓN | |
VALOR TOTAL DE LA OFERTA ECONÓMICA | ||
(50 PUNTOS) | ||
(Puntaje otorgado en la Audiencia de apertura de oferta | ||
económica) | ||
FACTORES DE EVALUACIÓN | EXPERIENCIA ESPECÍFICA ADICIONAL DEL OFERENTE (29 PUNTOS) | MÁXIMO 100 PUNTOS |
APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL Y RECIPROCIDAD | ||
(20 PUNTOS) | ||
TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD | ||
(1 PUNTO) |
6.2.1 ASIGNACIÓN PUNTAJE OFERTA ECONÓMICA
Para el presente proceso de selección, durante la Audiencia de Apertura de Ofertas Económicas se asignará puntaje máximo de 50 PUNTOS a la oferta económica, de conformidad con lo establecido en el numeral 6.3.1 del documento de Estudios Previos y lo siguiente:
6.2.1.1 Audiencia de apertura de oferta económica y asignación de puntaje
Una vez publicado el Informe de Evaluación, se convocará a la audiencia pública de Apertura de Oferta Económica presentada en la plataforma SECOP II. Durante esta audiencia no se aceptarán observaciones ni documentos que no hayan sido entregados en los términos establecidos.
En esta audiencia se procederá a la revisión de la oferta económica presentada en la plataforma SECOP II de aquellas ofertas que hayan sido calificadas como HÁBILES, entendidas como hábiles las ofertas que cumplan con los requisitos jurídicos, financieros, capacidad residual (cuando aplique) y técnicos.
En el caso en que se presente una única oferta hábil, FONADE verificará el cumplimiento de los requisitos contenidos en los numerales 6.2.1.1.2 - Apertura de Oferta Económica y le será otorgado el máximo puntaje previsto para la calificación de las ofertas económicas, con lo que se dará por concluida la audiencia de apertura de oferta económica y asignación de puntaje.
6.2.1.1.1. Determinación del Mecanismo a Aplicar para la Asignación de Puntaje por Oferta Económica
De conformidad con lo establecido en el estudio previo numeral 6.3.2, se determinará, con la participación de los asistentes, mediante sistema aleatorio, cuál de los cuatro (4) mecanismos establecidos en el presente numeral, se utilizará para asignar el puntaje correspondiente a las ofertas económicas, de forma independiente: “media geométrica”, “media aritmética”, “media aritmética alta” o “media aritmética baja”.
MECANISMO 1 | “Media geométrica” |
En el evento en que el mecanismo establecido corresponda media geométrica se utilizará para establecer la asignación de puntaje y el orden el procedimiento indicado en el numeral 6.2.1.1.2 Asignación de Puntaje y Determinación del Orden del presente documento. |
MECANISMO 2 | “Media aritmética” |
En el evento en que el mecanismo establecido corresponda media aritmética se utilizará para establecer la asignación de puntaje y el orden el procedimiento indicado en el numeral 6.2.1.1.3 Asignación de Puntaje y Determinación del Orden del presente documento. |
MECANISMO 3 | “Media aritmética alta” |
En el evento en que el mecanismo establecido corresponda media aritmética alta se utilizará para establecer la asignación de puntaje y el orden el procedimiento indicado en el numeral 6.2.1.1.3 Asignación de Puntaje y Determinación del Orden del presente documento. |
MECANISMO 4 | “Media aritmética baja” |
En el evento en que el mecanismo establecido corresponda media aritmética baja se utilizará para establecer la asignación de puntaje y el orden el procedimiento indicado en el numeral 6.2.1.1.3 Asignación de Puntaje y Determinación del Orden del presente documento. |
Sistema aleatorio: Se procederá a introducir en una bolsa que no permita observar su contenido, un total de cuatro balotas de diferentes colores, posteriormente y con la participación de los asistentes se procederá a sacarlas de la bolsa de una en una con el fin de asignarle un color a cada mecanismo en el orden ascendente conforme se encuentran consignadas en el presente numeral.
Posteriormente, se introducen nuevamente en la bolsa y con la participación de los asistentes, se elige cuál de las balotas (primera, segunda, tercera o cuarta balota) al sacarla de la bolsa al azar, se determinará el mecanismo a aplicar.
6.2.1.1.2. Apertura de Oferta Económica
Una vez seleccionado el mecanismo de acuerdo con lo indicado en los numerales anteriores, se procederá a la apertura de la oferta económica en la plataforma SECOP II, se verificará que su valor cumpla con lo exigido respecto al XXX y el contenido, de acuerdo con las siguientes reglas, so pena de incurrir en causal de rechazo:
• Se verificará que se incluya el valor del IVA, en caso de no incluirse, FONADE dará por entendido que el valor correspondiente, de acuerdo con las normas tributarias pertinentes, se encuentra incluido en el valor total de la oferta.
• Se verificará que el valor total de la oferta resultante de la verificación aritmética no sea superior al 100% del presupuesto oficial estimado.
• Se verificará que los valores ofertados (totales y unitarios) no presenten decimales.
• Se verificará que, en la oferta económica cada uno de los ítems allí relacionados cuenten con un valor mayor a cero pesos.
• Se verificará que los valores unitarios de los ítems de la oferta económica no excedan al 100% del valor unitario del ítem correspondiente del presupuesto descrito en el numeral 4.2 PRESUPUESTO del documento de Estudios Previos.
• FONADE en la audiencia y para no volver a citar nuevamente a los oferentes en la Entidad, utilizará como instrumento el sorteo por balotas (mayor balota o menor balota), en caso de empate entre los oferentes, una vez concluida la evaluación de todos los requisitos mínimos exigidos.
6.2.1.1.3. Asignación de Puntaje Oferta Económica
La asignación de puntaje se realizará de acuerdo con lo establecido en el numeral 6.3.2 del estudio previo teniendo en cuenta el siguiente procedimiento:
a) El Comité Evaluador, con las ofertas económicas, aplicará el mecanismo seleccionado, con el fin de asignar el puntaje correspondiente a las ofertas económicas, salvo que, con fundamento en la verificación, se determine que sólo una oferta continúa en el proceso de selección, caso en el cual a la misma le será otorgado el máximo puntaje previsto para la calificación de las ofertas económicas. Máximo puntaje a asignar 50 PUNTOS. La aplicación del mecanismo seleccionado se hará, según el caso, de acuerdo con las siguientes fórmulas.
Cuadro 1.
MECANISMO | Media Geométrica | ||
FÓRMULA | |||
Dónde: | |||
G | = | Media geométrica de los valores totales de las ofertas económicamente (costo de administración) hábiles. | |
Xn | = | Valor de cada oferta hábil. | |
n | = | Número de ofertas hábiles. |
Cuadro 2.
MECANISMO | Media Aritmética | ||
FÓRMULA | |||
Dónde: | |||
G | = | Media aritmética de los valores totales las ofertas |
económicamente (costo de administración) hábiles. | |||
Xn | = | Valor de cada oferta hábil. | |
n | = | Número de ofertas hábiles. |
Cuadro 3.
MECANISMO | Media Aritmética Alta | ||
FÓRMULA | |||
Dónde: | |||
AA | = | Media aritmética alta de los valores de las ofertas económicamente (costo de administración) hábiles. | |
A | = | Media aritmética de los valores de las ofertas económicamente (costo de administración) hábiles. | |
Xa | = | Valor de la oferta hábil más alta. |
Cuadro 4.
MECANISMO | Media Aritmética Baja | ||
FÓRMULA | |||
Dónde: | |||
AB | = | Media aritmética baja de los valores de las ofertas económicamente (costo de administración) hábiles. | |
A | = | Media aritmética de los valores de las ofertas económicamente (costo de administración) hábiles. | |
Xb | = | Valor de la oferta hábil más baja. |
b) Una vez aplicado el mecanismo seleccionado se procederá a la asignación de los puntajes teniendo en cuenta dos rectas, cuya aplicación se realizará conforme al valor de las ofertas, las cuales podrán ser superior o inferior a la media de que se trate.
1.) Para valores iguales e inferiores a la media:
i. Fórmula:
Dónde: Px = Puntaje Oferta x. (A asignar al oferente)
Vx = Valor Oferta x.
PM = Puntaje Máximo
= Valor de la media 2.) Para valores superiores a la media:
i. Fórmula:
Dónde: Px = Puntaje Oferta x (A asignar al oferente)
V = Valor Oferta x.
PM= Puntaje Máximo
= Valor de la media
6.2.2 ASIGNACIÓN PUNTAJE EXPERIENCIA ESPECÍFICA ADICIONAL DEL OFERENTE
Para el presente proceso de selección se asignará puntaje máximo de 29 PUNTOS en función de la experiencia específica del oferente, para lo cual el oferente allegará hasta dos (2) contratos adicionales a los relacionados en el formato No. 3 de las reglas de participación, los cuales deberán cumplir con los requerimientos para lo cual deberá diligenciar el formato 3A, de acuerdo con lo que se define a continuación:
CRITERIO PARA ASIGNACIÓN DE PUNTAJE | PUNTAJE |
Con los contratos aportados en SERVICIOS DE GESTIÓN DOCUMENTAL, cuyo valor sea mayor a 1.0 veces el valor xxx XXX y hasta 1.5 veces el XXX, expresado en SMMLV. | 9 |
Con los contratos aportados en SERVICIOS DE GESTIÓN DOCUMENTAL, cuyo valor sea mayor a 1.5 veces el XXX hasta 2.0 veces el XXX, expresado en SMMLV. | 19 |
Con los contratos aportados en SERVICIOS DE GESTIÓN DOCUMENTAL, cuyo valor sea mayor a 2.0 veces el XXX, expresado en SMMLV. | 29 |
NOTA: El oferente deberá relacionar los contratos adicionales indicados en este numeral, en el FORMATO 3A, anexo al presente documento.
6.2.3 ASIGNACIÓN DE PUNTAJE APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL Y RECIPROCIDAD INDUSTRIA NACIONAL.
De conformidad con lo previsto en la Ley 816 de 2003, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 51 del Decreto Ley 019 de 2012, con el fin de apoyar la industria colombiana se otorgará un puntaje máximo de 20 PUNTOS con fundamento en las respectivas certificaciones publicadas en el SECOP.
• RECIPROCIDAD
La reciprocidad aplica para aquellos Oferentes extranjeros, que participen individualmente o como integrantes de estructuras plurales, que deseen el tratamiento de Oferente colombiano, para lo cual se aplicarán las siguientes reglas:
Servicios Nacionales: Son los servicios prestados por Oferentes Singulares: personas naturales colombianas o residentes en Colombia, o por personas jurídicas constituidas de conformidad con la legislación colombiana.
En los términos señalados en el Artículo 51 del Decreto Ley 019 de 2012 en concordancia con el artículo 2.2.1.2.4.1.3 del Decreto 1082 de 2015, la Entidad otorgará tratamiento de bienes y servicios nacionales a:
a) Los oferentes, bienes y servicios provenientes de Estados con los cuales Colombia tenga Acuerdos Comerciales, en los términos establecidos en tales Acuerdos Comerciales;
b) A los bienes y servicios provenientes de Estados con los cuales no exista un Acuerdo Comercial pero respecto de los cuales el Gobierno Nacional haya certificado que los oferentes de bienes y servicios nacionales gozan de trato nacional, con base en la revisión y comparación de la normativa en materia de compras y contratación pública de dicho estado; y
c) A los servicios prestados por oferentes miembros de la Comunidad Andina de Naciones teniendo en cuenta la regulación andina aplicable a la materia.
El Ministerio de Relaciones Exteriores deberá expedir el certificado por medio del cual se acredite la situación mencionada en el literal b) anterior en relación con un estado en particular.
Tanto las certificaciones como la información sobre los acuerdos comerciales suscritos por Colombia están disponibles en la página del SECOP.
El oferente podrá presentar las respectivas consultas del SECOP y en una carta indicará que su oferta cumple con los requisitos para que se le otorgue tratamiento de bienes y servicios nacionales pese a ser de origen extranjero, en virtud del principio de reciprocidad. La entidad verificará dicha información.
Para el presente proceso, se atenderán las siguientes definiciones:
- Se entiende como bienes nacionales, aquellos bienes totalmente obtenidos, bienes elaborados con materiales nacionales o productos que sufran una transformación sustancial de conformidad con lo previsto en el Decreto 2680 de 2009.
- Son servicios de origen nacional aquellos prestados por empresas constituidas de acuerdo con la legislación nacional, por personas naturales colombianas o por residentes en Colombia.
- Para el caso de bienes de origen nacional, el oferente deberá estar inscrito en el registro de productores de bienes nacionales.
Por su parte, tratándose de servicios de origen nacional la forma de acreditarlo será certificado en la Cámara de Comercio o estatutos si se trata de empresas constituidas de acuerdo con la legislación nacional o siguiendo lo establecido en el presente numeral sobre la reciprocidad.
En todo caso, la inexistencia del acuerdo o certificación mencionados no restringe la participación de sociedades o personas extranjeras, ni constituye causal de rechazo de su propuesta.
La información para acreditar reciprocidad en el evento que un Oferente Extranjero sin sucursal o domicilio en Colombia pretenda recibir trato nacional será la que corresponda a la publicada en el SECOP.
En caso que la información anterior no esté publicada en el SECOP, el Oferente deberá aportarla en su oferta, en caso de no hacerlo no será causal de rechazo de la Oferta, pero hará que el factor de Apoyo a la Industria Nacional y Reciprocidad sea calificado con cero (0) puntos.
NOTA: Sólo los Oferentes que NO acrediten el principio de reciprocidad de acuerdo con lo dispuesto en la ley 816 de 2003, deben suscribir el FORMATO 13 “DECLARACIÓN DE PORCENTAJE DE PERSONAL CALIFICADO
XXXXXXXXXX”, xxxxx xx presente documento.
• INCENTIVO A LA INCORPORACIÓN DE COMPONENTE COLOMBIANO:
Para la aplicación de este criterio se tendrá en cuenta lo dispuesto por el segundo inciso del Artículo 2º de la Ley 816 de 2003: a los proponentes de origen extranjero que ofrezcan determinado porcentaje de componente colombiano incorporado, referido a la totalidad del personal calificado del contrato (si aplica), se les otorgará puntaje de conformidad con la tabla de componente nacional que se establece más adelante para la evaluación correspondiente.
Por Personal calificado se entiende aquel que requiere de un título universitario otorgado por una institución de educación superior, conforme a la Ley 749 de 2002, para ejercer determinada profesión.
Para estos efectos, los oferentes extranjeros que no hayan acreditado reciprocidad, deberán señalar en el
FORMATO 13 DE DECLARACIÓN DE PORCENTAJE DE PERSONAL CALIFICADO COLOMBIANO anexo al
presente documento, el porcentaje ofrecido de componente nacional incorporado, referido a la totalidad del personal calificado que empleará para la ejecución del contrato.
Dado que la Protección a la Industria Nacional es factor de evaluación de las propuestas, el oferente no podrá
modificar los porcentajes totales de componente nacional y extranjero ofrecidos en la ejecución del contrato.
Habida cuenta de lo anterior, el presente factor de escogencia y su puntaje, se calificarán de conformidad con los siguientes criterios y ponderaciones:
FACTOR PROTECCIÓN A LA INDUSTRIA NACIONAL Puntaje máximo posible en este factor = 20 PUNTOS | ||
SUBCRITERIO | CONDICIONES | PUNTAJE |
SERVICIOS DE ORIGEN NACIONAL (subcriterio 1) | La totalidad de la estructura plural o proponente individual deben cumplir y ser: Oferentes Singulares es decir: Personas naturales nacionales, personas naturales extranjeras residentes en Colombia, personas jurídicas nacionales y; Oferentes Singulares es decir: Personas jurídicas extranjeras o las personas naturales extranjeras no residentes en el país que hayan acreditado la reciprocidad o la existencia de un acuerdo comercial vigente, así como las Estructuras Plurales integradas por dichas personas. | 20 |
En caso que el Oferentes plural no ofrezca en su totalidad bienes y/o servicios de origen nacional, de acuerdo con las condiciones señaladas anteriormente, se le otorgara el puntaje proporcional al porcentaje de participación en la estructura plural del integrante que ostente el componente nacional. | ||
INCENTIVO A LA INCORPORACIÓN DE COMPONENTE NACIONAL (subcriterio 2) | Oferentes extranjeros y Estructurales Plurales de origen extranjero que no hayan acreditado la reciprocidad o la existencia de un acuerdo comercial vigente, que ofrezcan determinado porcentaje de componente nacional incorporado, referido a la totalidad del personal calificado del contrato, de conformidad con la tabla de componente nacional que se establece a continuación: | Máximo 10 puntos, según tabla: |
COMPONENTE NACIONAL OFRECIDO DEL PERSONAL CALIFICADO [Medido en términos de % referido a la totalidad del personal calificado del contrato] | ||
Hasta el 80 % de componente nacional incorporado | 0 PUNTOS | |
Más del 80% de componente nacional y hasta el 85% | 6 PUNTOS | |
Más del 85% de componente nacional y hasta el 90% | 8 PUNTOS | |
Más del 90% de componente nacional | 10 PUNTOS |
NOTA 1: Para efectos de lo anterior: para el subcriterio 1: el oferente debe suscribir el FORMATO 14 “APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL”, y para el subcriterio 2: el oferente debe suscribir el el FORMATO 13 “DECLARACIÓN DE PORCENTAJE DE PERSONAL CALIFICADO COLOMBIANO”, anexos al presente documento.
NOTA 2: Podrán acumularse puntajes del subcriterio 1 y 2, pero en ningún caso podrán sumar para este factor más de veinte (20) puntos.
6.2.4 ASIGNACIÓN DE PUNTAJE PARA OFERENTES CON TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD.
De conformidad con el régimen de contratación de FONADE, en consonancia con lo previsto en el Decreto No. 392 de 2018, sobre incentivos en Procesos de Contratación en favor de personas con discapacidad y en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.1.2.4.2.6. del aludido Decreto, se otorgará puntaje máximo de UN (1) PUNTO. De acuerdo con los siguientes requisitos:
1. La persona natural, el representante legal de la persona jurídica o el revisor fiscal, según corresponda, certificará el número total de trabajadores vinculados a la planta de personal del proponente o sus integrantes a la fecha de cierre del proceso de selección. El oferente debe diligenciar el FORMATO 20.
2. Para acreditar el número mínimo de personas con discapacidad en su planta de personal, el oferente debe presentar el certificado expedido por el Ministerio de Trabajo, el cual deberá estar vigente a la fecha de cierre del proceso de selección.
Verificados los anteriores requisitos, se asignará UN (1) PUNTO, a quienes acrediten el número mínimo de trabajadores con discapacidad, señalados a continuación:
Número total de trabajadores de la planta de personal del proponente | Número mínimo de trabajadores con discapacidad exigido | ||
Entre 1 y 30 | 1 | ||
Entre 31 y 100 | 2 | ||
Entre 101 y 150 | 3 | ||
Entre 151 y 200 | 4 | ||
Más de 200 | 5 |
NOTA: Para efectos de lo señalado en el presente numeral, si la oferta es presentada por un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, se tendrá en cuenta la planta de personal del integrante del proponente plural que aporte como mínimo el cuarenta por ciento (40%) de la experiencia requerida en los REQUISITOS HABILITANTES en el numeral 6.1.3.2 Requisitos de Experiencia Específica del Oferente, del presente documento.
6.3 ORDEN DE ELEGIBILIDAD
Una vez aplicados los criterios anteriormente señalados, el primer lugar en el orden, lo ocupará la oferta que haya obtenido el mayor puntaje, y el segundo lugar la que obtenga el puntaje inmediatamente inferior al que ocupó el primer lugar, y así sucesivamente.
OFERENTE | PUNTAJE FACTOR | ORDEN |
Primer lugar | ||
Segundo lugar | ||
Tercer Lugar |
6.4 FACTORES DE DESEMPATE
En caso de empate en el puntaje total de dos o más ofertas, FONADE escogerá el oferente que tenga el mayor puntaje en el factor de escogencia y calificación establecido en el presente documento, es decir, EL VALOR TOTAL DE LA OFERTA ECONÓMICA.
Si persiste el empate, FONADE escogerá al oferente que tenga el mayor puntaje en el factor de escogencia y calificación establecido en el presente documento, es decir, EXPERIENCIA ESPECÍFICA ADICIONAL DEL OFERENTE.
Si persiste el empate, FONADE escogerá al oferente que tenga el mayor puntaje en el factor de escogencia y calificación establecido en el presente documento, es decir, APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL Y RECIPROCIDAD.
Si persiste el empate, FONADE escogerá al oferente que tenga el mayor puntaje en el factor de escogencia y calificación establecido en el presente documento, es decir, TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD.
Si persiste el empate, se aplicarán las siguientes reglas de forma sucesiva y excluyente para seleccionar el oferente favorecido, respetando los compromisos adquiridos por Acuerdos Comerciales:
1. Preferir la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros.
2. Preferir al oferente que acredite la condición de Mipyme nacional, sea oferente singular, o consorcio, unión temporal conformada únicamente por Mipymes nacionales.
3. Si no se presenta la circunstancia antes enunciada y entre los empatados se encuentran consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura en los que tenga participación al menos una Mipyme nacional, éste se preferirá.
Para la aplicación del presente criterio de desempate, se preferirá la oferta presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura, siempre que: (a) esté conformado por al menos una Mipyme nacional que tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%); (b) la Mipyme aporte mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta; y (c) ni la Mipyme, ni sus accionistas, socios o representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros del consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura.
4. Preferir la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones establecidas en la ley, que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad a la que se refiere la Ley 361 de 1997. Si la oferta es presentada por un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, el integrante del oferente que acredite que el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad en los términos del presente numeral, debe tener una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura.
Si persistiera el empate después de la verificación de los criterios anteriores, se utilizará como instrumento de desempate el orden resultante del sorteo realizado en el Acto de Cierre, de acuerdo con lo establecido en el presente documento.
6.4.1 CERTIFICACIÓN DE MIPYME - LEY 905 DE 2004 (aplica como criterio de desempate)
El oferente que conforme lo dispuesto en el Artículo 2º de la Ley 905 del 2 xx xxxxxx de 2004, y demás normas vigentes y aplicables sobre la materia tenga la condición de MIPYME deberá acreditar tal circunstancia mediante certificación, expedida dentro de los treinta (30) días anteriores al cierre del proceso, por el revisor fiscal cuando el oferente cuente o se encuentre obligado a tenerlo o por contador público debidamente registrado en la Junta Central
de Contadores, en los demás casos, o mediante certificado de Registro Único de Proponentes del oferente o de los miembros del consorcio o unión temporal en el que conste tal circunstancia.
Para efectos de la acreditación de esta circunstancia por parte de oferentes individuales o integrantes de oferentes plurales, que ostenten la condición de extranjeros sin sucursal en Colombia, se dará aplicación al principio de reciprocidad, para tal efecto deberán aportar certificación, expedida dentro de los treinta (30) días anteriores al cierre del proceso, firmada por representante legal y avalada por contador público registrado en la Junta Central de Contadores de Colombia.
La certificación, debe acompañarse de la fotocopia de la Cédula de Ciudadanía, de la tarjeta profesional de contador y de antecedentes disciplinarios expedido por la Junta Central de Contadores.
Adicionalmente y con independencia a que esta condición de MIPYME pueda constatarse mediante verificación en el certificado de Registro Único de Proponentes, si la oferta es presentada por un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, cada uno de los miembros del consorcio o unión temporal o promesa de sociedad futura que ostente la condición de MIPYME deberá acreditar mediante certificación expedida por el representante legal de la persona jurídica y por el revisor fiscal cuando el oferente cuente o se encuentre obligado a tenerlo o por contador público debidamente registrado en la Junta Central de Contadores en los demás casos, que ni la Mipyme, ni sus accionistas, socios o representantes legales son empleados, socios o accionistas de los otros miembros del Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura.
NOTA: La omisión de la información requerida en este numeral al momento de la presentación de la oferta, no será subsanable por ser criterio de desempate, en todo caso, la no presentación de la información requerida no restringe la participación del oferente, ni es causal de rechazo de la oferta, salvo que la información o documentación omitida constituya parcial o totalmente un requisito jurídico, técnico o financiero habilitante (cédula de ciudadanía y certificado de antecedentes disciplinarios del Revisor Fiscal, entre otros).
6.4.2 ACREDITACIÓN DE PERSONAL CON LIMITACIONES - LEY 361 DE 1997 (aplica como criterio de desempate)
El oferente que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 361 de 1997 tenga vinculado laboralmente personal con limitaciones, como mínimo del 10% de su nómina, deberá acreditar tal circunstancia mediante certificación expedida por la oficina de trabajo.
La certificación deberá permitir verificar que el personal se encuentra contratado por lo menos con anterioridad a un año a la finalización del término para la entrega de ofertas y, en cualquier caso, el contratista debe tener presente que deberá mantener tal vinculación por un lapso igual al de la contratación, para lo cual deberá aportar carta de compromiso o certificación suscrita por el representante legal de la persona jurídica, que indique que mantendrá dicha circunstancia por el tiempo de ejecución, en el caso de consorcios o uniones temporales la certificación deberá ser aportada por los representantes legales de los miembros del oferente plural que acrediten este requisito.
NOTA: La omisión de la información requerida en este numeral al momento de la presentación de la oferta, no será subsanable por ser criterio de desempate, en todo caso, la no presentación de la información requerida no restringe la participación del oferente, ni es causal de rechazo de la oferta.
CAPÍTULO SÉPTIMO
7 CONDICIONES DE COSTO Y CALIDAD QUE FONADE DEBE TENER EN CUENTA PARA LA SELECCIÓN
OBJETIVA
FONADE tendrá en cuenta que el oferente presente su oferta cumpliendo con todas las condiciones exigidas en el presente documento, así como el cumplimiento de las normas técnicas que regulan la actividad y aseguren la ejecución con calidad del objeto contractual.
CAPÍTULO OCTAVO
8 CONDICIONES CONTRACTUALES GENERALES
8.1 MINUTA DEL CONTRATO
Las condiciones generales del contrato resultante del presente proceso de selección podrán verificarse en el Anexo 10 “CONDICIONES ESPECIALES DEL CONTRATO”.
8.2 TIPOLOGÍA DEL CONTRATO
De conformidad con el objeto a contratar, el contrato a suscribir es de PRESTACIÓN DE SERVICIOS.
8.3 OBLIGACIONES DE LAS PARTES
8.3.1 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
Sin perjuicio de las demás obligaciones que se desprendan de la Constitución Política de la República de Colombia, de las normas que regulan el ejercicio de la ingeniería y sus profesiones afines y auxiliares, de las contenidas en las normas urbanísticas, técnicas y ambientales pertinentes, de las particulares que correspondan a la naturaleza del contrato a celebrar, de aquellas contenidas en otros apartes del presente documento y de las consignadas específicamente en el contenido del contrato, EL CONTRATISTA contrae, entre otras, las siguientes:
8.3.1.1 Obligaciones de Carácter General
En atención al tipo de contrato que se suscribirá, las obligaciones a tener en cuenta serán las aplicables a los
CONTRATOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS.
En atención al tipo de contrato que se suscribirá, las obligaciones para tener en cuenta en las Reglas de Participación serán las aplicables a los contratos de prestación de servicios de acuerdo con el ANEXO - OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA.
8.3.1.2 Obligaciones Específicas
Adicionalmente y considerando las actividades a desarrollar, se establecen las siguientes obligaciones específicas:
Cumplir a cabalidad con las obligaciones propias e inherentes al contrato en las condiciones, modos y plazos determinados y establecidos en el presente documento.
Ejecutar las actividades que sean necesarias para lograr un total y fiel cumplimiento del objeto, el alcance y las obligaciones contractuales, aunque no estén específicamente señaladas en el presente documento, siempre y cuando las mismas correspondan a la naturaleza y objeto del contrato.
Prestar los servicios requeridos por FONADE, aplicando las políticas definidas por el Archivo General de la Nación, en especial cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 594 de 2000, El reglamento General de Archivos y los demás relacionados con la materia.
Disponer de la sede (espacio adecuado para la realización de la gestión documental a las carpetas, con reserva y restricción de acceso y consulta) con conexión a internet y los equipos necesarios para desarrollar las actividades propias del contrato.
Trasladar y custodiar en forma segura las carpetas que le son entregadas para su organización hasta que estas sean devueltas al Organismo de Transito. Deberá contar con los medios que garanticen la custodia de los documentos.
Establecer los mecanismos de seguridad interna que les permitan la conservación de las carpetas y que eviten inconvenientes por pérdidas o hurtos de estas.
Conservar y usar adecuadamente, respondiendo por su deterioro o perdida, los documentos, expedientes e información que se entreguen al contratista para la ejecución del objeto pactado, los cuales quedarán bajo la responsabilidad de este, quien deberá a la terminación del contrato, efectuar la devolución de los documentos, expedientes e información entregados para el desarrollo de este que tendrá que anexarse al mismo al informe de finalización del contrato.
Realizar y entregar informes mensuales donde se describan las actividades desarrolladas para el cumplimiento del objeto, avances, ejecución física y demás requerimientos que solicite FONADE, dicho informe debe ser entregado en un plazo máximo de 5 días calendario del mes vencido.
Realizar los procedimientos y metodología en conjunto con los Organismos de Transito y FONADE, para el manejo de las carpetas, con el propósito de no interferir en las actividades cotidianas de los organismos.
Suministrar y garantizar durante la ejecución del contrato y hasta la liquidación de este, la disponibilidad del equipo ofrecido (personal exigido, necesario y suficiente), con los perfiles mínimos establecidos en el presente documento y debidamente capacitado para el desarrollo del contrato, el cual no debe tener antecedentes penales ni disciplinarios. En caso de que el contratista requiera cambiar alguno de los profesionales y demás personal ofrecido y presentado, éste deberá tener un perfil igual o superior al exigido en el presente estudio previo. En todo caso, el supervisor, deberá aprobar, previamente, el reemplazo.
Presentar a la supervisión, con cinco (5) días calendario de antelación al inicio del contrato, un informe sobre la acreditación de las calidades y la experiencia general y específica del equipo de trabajo requerido para la ejecución del contrato.
Hacer la distribución del personal, de acuerdo con las necesidades de cada organismo, garantizando el cumplimiento del objeto dentro del plazo establecido, de ser necesario deberá incluir personal adicional para adelantar la organización del archivo generado al 100% sin alterar el presupuesto y plazo inicialmente establecido. En el caso en que se requiera mayor personal por causas imputables al contratista este deberá suministrarlo sin que esto implique costos adicionales para FONADE.
Dedicar el personal mínimo requerido en cada Organismo de Transito y contar con la disponibilidad de trabajadores, de acuerdo con el cronograma de ejecución del contrato y las necesidades de cada Organismo de Transito.
Suministrar los equipos e insumos necesarios para el cumplimiento del objeto y alcance del contrato en atención al cronograma de actividades establecido. La asistencia técnica que se requiera durante la ejecución del contrato será por cuenta del contratista. Para efectos de programar la mencionada asistencia será necesaria la aprobación previa por parte del supervisor del contrato, teniendo en cuenta que con esta actividad no podrá verse afectado el cronograma propuesto.
Disponer de puestos de trabajo para el personal contratado y de FONADE, y contar con papel, tóner, perforadora, humedecedores, saca ganchos, lápices, esferos, marcadores, tajalápiz, todos los elementos de protección y seguridad industrial requeridos por norma, y todos aquello implementos que se requieran durante la ejecución del contrato.
Hacer entrega de los documentos digitalizados, de acuerdo con el volumen y el cronograma pactado al inicio del proceso.
Permitir el seguimiento y control por parte de FONADE, los Organismos de Transito y el Ministerio de Transporte, así como acatar las instrucciones que le imparta el o los supervisores del contrato.
Custodiar e impedir el acceso a los datos personales a cualquier usuario no autorizado o persona ajena a su organización. La anterior obligación se extiende en cualquier fase del tratamiento que de esos datos pudiera realizarse y subsistirán aún después de terminado el mismo. El contratista únicamente tratará los datos conforme a las instrucciones que reciba expresamente del Ministerio de Transporte y/o FONADE, y no los destinará, aplicará o utilizará con fin distinto al que figure en el contrato. A si mismo se compromete a no revelar, transferir, ceder o de otra forma comunicar las bases de datos o datos contenidos en ellas, ya sea verbalmente o por escrito, por medios electrónicos, papel o mediante acceso informático, ni siquiera para su conservación, a otras personas; salvo que previa indicación expresa de FONADE y/o el Ministerio de Transporte, comunique los datos a un Tercero designado por aquel, al que hubiera encomendado la prestación de un servicio.
Suscribir un documento de confidencialidad sobre la información a la que tendrá acceso en el desarrollo del contrato, en el momento de la suscripción del contrato.
Asumir los costos a que haya lugar, para garantizar la reposición de los insumos implementados por cada uno de los Organismos de Transito, si durante la manipulación de las carpetas, se llegara a deteriorar algún elemento y/o insumo.
Responder ante FONADE y/o el Ministerio de Transporte, cuando por causas imputables al contratista se causen daños en las carpetas de vehículos de carga matriculados en cada Organismo de Transito.
Aplicar las normas de seguridad, confidencialidad y preservación de la información de acuerdo con las normas vigentes para este tipo de servicio.
Evaluar los riesgos, y aplicar medidas de corrección y reacción consignadas en planes de mantenimiento de aseo, limpieza y desinfección de depósitos y documentos, así como de prevención de desastres.
Evaluar los riesgos y aplicar medidas de seguridad en el traslado de documentos.
Mantener actualizado su domicilio durante la vigencia del contrato y cinco (5) meses más luego de la terminación de este y presentarse a FONADE en el momento en que sea requerido para la suscripción de la correspondiente acta de liquidación.
Las demás que contribuyan a garantizar el cumplimiento del contrato y las que por su naturaleza le sean atribuibles conforme al objeto y alcance de este.
8.3.1.3 Obligaciones de Tipo Laboral
1) Cumplir estrictamente todas las obligaciones establecidas en la Ley 100 de 1993 y sus decretos reglamentarios, así como con la Ley 789 de 2002 y suministrar al interventor externo y FONADE la información que estos requieran al respecto y específicamente aportar la planilla sobre pagos de salud, pensión y parafiscales mensuales del personal que presta los servicios en la ejecución de la obra.
2) Entregar al interventor durante los quince (15) primeros días calendario de cada mes durante la vigencia del contrato y al momento de la liquidación del mismo, los documentos que acrediten el cumplimiento de las obligaciones de seguridad social integral y parafiscales (Cajas de compensación familiar, Sena e ICBF), y/o certificación expedida por el revisor fiscal o el representante legal según el caso, en la que conste el cumplimiento de tales obligaciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la ley 1150 de 2007
3) Aportar la planilla sobre pagos de salud, pensión y parafiscales mensuales del personal que presta los servicios en la ejecución del proyecto.
4) Realizar informes de accidentes de trabajo, si a ello hubiere lugar.
5) Vincular el personal propuesto para la ejecución de todo el contrato, de acuerdo con la calidad requerida y solicitar los cambios que fuesen necesarios.
6) Pagar cumplidamente al personal a su cargo sueldos, prestaciones, seguros, bonificaciones y demás que ordena la Ley, de tal forma que el contratante, bajo ningún concepto, asumirá responsabilidades por omisiones legales del contratista.
8.3.1.4 Obligaciones Relacionadas con el Personal Requerido para la Ejecución del Objeto Contractual
1) Presentar al interventor del contrato, dentro de los tres (03) días siguientes a la suscripción del contrato de obra, y previo a la firma del acta de inicio, los soportes correspondientes que acrediten las calidades y la experiencia general y específica del personal mínimo requerido para la ejecución del contrato.
2) Suministrar y mantener, durante la ejecución del contrato, el personal ofrecido y requerido para la ejecución del objeto contractual, relacionado anteriormente, el cual deberá cumplir con las calidades técnicas o profesionales y la experiencia general y específica exigida en las Reglas de Participación. En todo caso, EL CONTRATISTA deberá contar con los profesionales o técnicos requeridos, para cumplir con el objeto contractual, que en ningún caso podrán estar comprometidos más del 100% de su tiempo incluyendo la dedicación requerida para la ejecución del contrato derivado del presente proceso y con contratos en ejecución con FONADE o con terceros. Además de lo anterior, deberá contar con una oficina central que, entre otros aspectos, le preste soporte en asuntos de orden técnico, legal, administrativo, financiero y contable, la cual debe ser certificada por el contratista y verificada por la Interventoría y el supervisor de FONADE.
3) Garantizar que todos los profesionales a quienes se les asignen labores en desarrollo del contrato cuenten con matrícula o tarjeta profesional vigente.
4) Mantener al frente durante el desarrollo del contrato, al Director de obra y demás personal de especialistas aprobados por FONADE. El Director de obra deberá tener autonomía para actuar en nombre del CONTRATISTA y para decidir con el Interventor cualquier asunto de orden técnico o administrativo en desarrollo del contrato, siempre que sus decisiones no impliquen modificaciones en las condiciones contractuales. El Director de obra no podrá delegar la toma de decisiones de orden técnico a ningún subalterno.
5) Obtener la aprobación de la interventoría con antelación al cambio de profesionales o técnicos requeridos y ofrecidos. La solicitud de sustitución deberá contener las justificaciones correspondientes y estar acompañada de los soportes que acrediten el cumplimiento de las calidades profesionales o técnicas, la experiencia general y especifica del nuevo personal, el nuevo profesional deberá tener un perfil igual o superior al profesional a ser remplazado, quien cumplió con los requisitos exigidos en las Reglas de Participación, sin perjuicio de la regulación específica que sobre este aspecto se establece para el personal mínimo requerido.
6) Asumir el pago de los salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones de todo el personal que ocupe en la ejecución de la obra, así como garantizar que la celebración y ejecución de los subcontratos necesarios no darán lugar al surgimiento de ningún tipo de vínculo laboral entre el personal subcontratado y FONADE.
7) Responder por cualquier tipo de reclamación, judicial o extrajudicial, que instaure, impulse o en la que coadyuve el personal o los subcontratistas contra FONADE, por causa o con ocasión del contrato.
8) Presentar las respectivas afiliaciones y/o soportes de pago al sistema de seguridad social y a una ARP de su personal antes de la autorización de inicio de los trabajos por parte de la Interventoría.
9) Proveer los medios necesarios, en las instalaciones provisionales y los sitios de trabajo, para garantizar, en todo momento, la seguridad del personal contra posibles accidentes.
10) Suministrar y exigir a su personal el uso de elementos de protección como casco plástico, guantes, botas y gafas de seguridad. Los trabajadores deberán utilizar ropa de trabajo adecuada. No se permitirá el uso de zapatos tenis o similares, que no garanticen protección a los pies. Siempre deberá utilizarse el casco y, cuando la naturaleza o las condiciones de trabajo lo requieran, guantes, gafas, y cinturón de seguridad.
8.3.1.5 Personal Mínimo Requerido para la Ejecución del Contrato
Para todos los profesionales se establece un tiempo de dedicación mínimo para la ejecución del contrato; no obstante, a la dedicación señalada y requerida, el recurso humano deberá estar presente en las reuniones y/o comités, en la toma de decisiones y cuando FONADE lo requiera.
El oferente, debe tener en cuenta al momento de elaboración de la oferta en el aspecto de recurso humano, lo siguiente:
1. Contar con los profesionales o técnicos que se requieran para cumplir cabalmente con el contrato, es decir con el personal mínimo requerido. En ningún caso podrá presentar equipo de trabajo que se encuentre comprometido hasta el 100% de tiempo de dedicación en contratos en ejecución con FONADE y/o con otras entidades.
2. Garantizar que todos los profesionales a quienes se les asignen labores en desarrollo del contrato cuenten con matrícula o tarjeta profesional vigente (cuando aplique).
3. Suministrar y mantener, durante la ejecución del contrato, el personal ofrecido, exigido y necesario. En caso de que el contratista requiera cambiar alguno de los profesionales y demás personal ofrecido y/o presentado, este deberá tener un perfil igual o superior al exigido en el presente documento y/o las reglas de participación, sin perjuicio de la regulación específica que sobre este aspecto se establece para el equipo de trabajo. En todo caso, el supervisor deberá aprobar previamente el reemplazo.
4. Xxxxxx, por su cuenta y riesgo, el pago de los salarios, prestaciones sociales, indemnizaciones y honorarios de todo el personal que ocupe en la ejecución de la prestación de servicios, es decir cumplir con las obligaciones de pago de seguridad social y aportes parafiscales de acuerdo con la normatividad vigente (cuando aplique), en todo caso no existe ningún tipo de vínculo laboral de tal personal con FONADE, ni responsabilidad en los riesgos que se deriven de esa contratación.
5. Responder por cualquier tipo de reclamación, judicial o extrajudicial, que instaure, impulse o en la que coadyuve su personal o sus subcontratistas contra FONADE, por causa o con ocasión del contrato.
Las obligaciones relacionadas con el personal requerido para la ejecución del objeto contractual serán objeto de especial verificación por el supervisor del contrato y su incumplimiento, incluida la ausencia injustificada de una o varias de las personas que hacen parte del equipo de trabajo, acarreará la imposición de las sanciones contractuales correspondientes.
El contratista deberá presentar a la firma del acta de inicio a la supervisión (quien verificará la experiencia) las hojas de vida con los soportes correspondientes que acrediten las calidades y la experiencia general y especifica del siguiente PERSONAL MÍNIMO REQUERIDO PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
Entiéndase como personal mínimo requerido para la ejecución del contrato, aquel recurso humano base para la ejecución del contrato.
Así mismo, deberá suministrar y mantener el personal que resulte pertinente para efectos de la ejecución del contrato.
Se deberán presentar los soportes correspondientes que acrediten las calidades y la experiencia general y específica del siguiente personal mínimo requerido para la ejecución del contrato, el cual se describe a continuación:
PERSONAL MÍNIMO REQUERIDO PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO | % DE DEDICACIÓN EN LA DURACIÓN TOTAL DEL CONTRATO | |||||
CANTIDAD | CARGO A DESEMPEÑAR | TÍTULO OBTENIDO | EXPERIENCIA GENERAL | EXPERIENCIA ESPECÍFICA | ||
Como/En: | EXPERIENCIA ESPECIFICA | |||||
2 | Coordinadores | Ingeniero industrial o de sistemas o abogado o administrador de empresas o economista | 4 años | Coordinación de en gestión de archivos. | 3 AÑOS | 100% |
100% | ||||||
63 | Organizador de Archivo y digitalizadores | Técnico en archivística o administración de empresas o sistemas de información | N/A | Gestión documental o archivo o digitalización. Con conocimiento en normas del Archivo General de la Nación. (AGN) | 1 AÑO | Este personal será distribuido de acuerdo con la necesidad de cada Organismo de Transito |
100% | ||||||
38 | Digitadores | Técnico en archivística o administración de empresas o sistemas de información | N/A | Digitación y manejo de base de datos. | 1 AÑO | Este personal será distribuido de acuerdo con la necesidad de cada Organismo de Transito |
NOTA: Se aclara, que el personal antes relacionado corresponde al personal mínimo, con el cual el contratista debe contar para la ejecución del contrato, estableciendo que: si durante la ejecución del contrato se hace necesario disponer de más personal para garantizar el cumplimiento de las obligaciones en el plazo establecido, este deberá contratar de manera inmediata el personal idóneo que se requiera para garantizar el cumplimiento de las obligaciones, sin incurrir en costos adicionales del contrato.
En caso, que el contratista requiera cambiar alguno de los profesionales y demás personal ofrecido y/o presentado en su oferta, este deberá tener un perfil igual o superior al ofertado, sin perjuicio de la regulación específica que sobre este aspecto se establece para el equipo de trabajo.
En este caso, la supervisión deberá REVISAR Y VERIFICAR que las hojas de vida del personal ofertado, cumpla con los requisitos de formación académica, experiencia general y específica, en concordancia con los perfiles profesionales indicados contractualmente y tiempo dedicación mínimo exigido para la ejecución del contrato.
Nota: El personal anteriormente descrito, será de carácter obligatorio en el proyecto, por lo cual el oferente lo deberá tener en cuenta y considerar en su totalidad, al momento de elaborar su oferta económica.
La valoración de la documentación aportada para efectos de demostrar las condiciones requeridas para el personal requerido se sujetará a las siguientes reglas especiales:
a. Para la acreditación de la experiencia específica de cada uno de los integrantes del personal mínimo requerido deberán presentar la matrícula o tarjeta profesional y certificaciones de los proyectos ejecutados o su respectiva acta de liquidación o cualquier otro documento debidamente firmado por el contratante que contenga como mínimo la siguiente información:
Nombre del contratante del profesional propuesto Nombre del contratista (profesional propuesto)
Objeto del proyecto
Valor del proyecto (si aplica)
Fechas de inicio y terminación del proyecto Firma del personal competente
NOTA: En caso de que los oferentes presenten para acreditar la experiencia de los profesionales propuestos los contratos suscritos por los referidos profesionales, los mismos deben acompañarse en todo caso de las certificaciones y/o actas de recibo final y/o actas de liquidación suscritas por el contratante o su representante, lo anterior para evidenciar la ejecución efectiva del contrato o el proyecto acreditado.
En el caso en que el oferente o alguno de los miembros del consorcio o unión temporal sea quien certifique la experiencia de alguno de los profesionales que presenta para aprobación, por haber sido su contratante, deberá adjuntarse adicionalmente el respectivo contrato y/o la debida acta de terminación y/o liquidación y/o pago de parafiscales como empleado del mismo. Así mismo, FONADE se reserva la facultad de solicitar documentación adicional para verificar los requisitos de los profesionales.
b. Las certificaciones de experiencia en idioma diferente al castellano deberán acompañarse de la traducción correspondiente.
c. La experiencia general de los profesionales se contará de conformidad con lo reglado por la normatividad vigente para cada profesión, sin embargo, en el caso particular de los Ingenieros, Economistas, Administradores de Empresas, Contadores, la experiencia profesional sólo se computará a partir de la expedición de la Matrícula Profesional - autorización estatal del respectivo ejercicio.
En el evento que la experiencia general de los profesionales se compute a partir de la expedición de la tarjeta o matricula profesional y la misma no indique la fecha de su expedición, deberán aportar el documento expedido por el ente correspondiente en donde se indique la fecha de expedición de la misma o la certificación expedida por el ente de educación superior respectivo en donde conste la fecha de terminación y aprobación del pensum académico.
d. El proyecto deberá estar terminado en la fecha prevista para la finalización del término para presentar ofertas. Para el presente proceso selección, se tomará como fecha de terminación del proyecto la del recibo del informe final o del acta de recibo final o el acta de liquidación suscrita por el contratante o su representante.
Los estudios de educación superior (pregrado y postgrado), así como los estudios técnicos se acreditarán mediante fotocopia de los diplomas respectivos o certificados de obtención del título correspondiente.
8.3.2. OBLIGACIONES POR PARTE DE FONADE
1. Cancelar al CONTRATISTA el valor del contrato y en la forma de pago establecidos en el Acta de Selección.
2. Exigir al CONTRATISTA la ejecución idónea y oportuna del objeto contractual y velar por el cumplimiento de este.
3. Suministrar la información necesaria que el contratista requiera para la ejecución del contrato.
4. Ejercer la supervisión general del contrato.
5. Formular las sugerencias por escrito sobre los asuntos que estime convenientes en el desarrollo del contrato.
6. Las demás obligaciones que surjan de acuerdo con la naturaleza del contrato.
8.4 ACTA DE INICIO Y LIQUIDACIÓN CONTRACTUAL
El contrato que suscriba producto del presente proceso para la ejecución requerirá de acta de inicio debidamente firmada por el contratista y la interventoría. Por otra parte, requerirá de acta de liquidación, teniendo en cuenta que es
un contrato de tracto sucesivo el cual es una de las causales descritas en el artículo 27 del MDI720 – Manual de Contratación del Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo - FONADE literales b, y f) …versión 10 adoptado mediante Resolución 223 del 14 xx xxxxxx de 2018.
8.5 AUTORIZACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS REQUERIDOS PARA LA EJECUCIÓN DEL OBJETO CONTRACTUAL
En caso de requerirse un permiso especial para el desarrollo de alguna de las actividades derivadas de la ejecución del objeto contractual, el contratista se obliga a tramitar y obtener tales permisos, de manera que le permitan cumplir con la normatividad vigente sobre la materia y cumplir a cabalidad con el objeto contractual.
8.6 PROPIEDAD DE LOS INFORMES, PRODUCTOS O BIENES
Todos los estudios, informes, documentos, gráficos, planos, u otros materiales preparados por el CONTRATISTA en cumplimiento del presente contrato, serán de propiedad de FONADE y deberá hacer entrega formal de los mismos al momento de liquidación del contrato, sin perjuicio de las obligaciones contraídas en virtud del acuerdo de confidencialidad.
8.7 MODIFICACIÓN DEL VALOR DEL CONTRATO
El valor del contrato inicialmente estimado podrá ser modificado con razón de la necesidad de dar continuidad al Contrato de Prestación de Servicios, previa solicitud debidamente justificada.
Para modificar el valor del contrato previamente se requiere:
a) La solicitud, justificación técnica y presupuesto correspondiente por parte de la interventoría y/o supervisión del contrato.
b) Aval y concepto técnico del gerente del Contrato Interadministrativo.
c) Certificado de disponibilidad presupuestal.
El valor del contrato inicial podrá ser modificado en razón con la necesidad o conveniencia de ampliación del alcance inicial del objeto contractual por decisión de FONADE. Las modificaciones al valor se constituyen en contrato adicional y no podrán superar el 100% del valor inicial.
8.8 CONOCIMIENTO DEL CONTRATISTA SOBRE LAS CONDICIONES PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Se entiende por las partes que EL CONTRATISTA ha hecho sus propias averiguaciones, estudios y proyecciones, y ha analizado las condiciones técnicas, sociales, de orden público, climatológicas, ambientales y las demás circunstancias relevantes bajo las cuales se adelantará la ejecución del contrato. En consecuencia, se considera conocedor de todos los elementos necesarios para tomar la decisión de asumir totalmente, a su riesgo, las obligaciones derivadas del contrato, tal como efectivamente lo hace con la presentación de la oferta y, posteriormente de aceptar su oferta, con la suscripción del mismo..
8.9 OMISIONES
Cualquier omisión, error o vicio en los ítems contenidos en la oferta, en las especificaciones técnicas y demás documentos e información técnica que al momento del estudio para la presentación de la oferta económica debió advertir el oferente o que advirtiéndolo no lo informó oportunamente a FONADE antes de la presentación de la oferta, será de su responsabilidad exclusiva y, en tal virtud, los mayores costos, atrasos en el cronograma de ejecución, defectos o vicios de la construcción serán asumidos íntegramente con su patrimonio. Así mismo, las omisiones o errores y en general, cualquier otro componente de los precios unitarios, serán de exclusiva responsabilidad del oferente y, por tanto, FONADE no realizará ningún reconocimiento por estos conceptos.
8.10 PREVENCIÓN DE RIESGOS
El CONTRATISTA es responsable, y deberá adoptar y cumplir con todas las medidas de seguridad y preventivas que tiendan a evitar la causación de daños y perjuicios físicos, económicos, técnicos, financieros, contables, jurídicos en desarrollo y ejecución del presente contrato, para ello deberá: 1. En el lugar de ejecución del contrato y hasta los límites circundantes del mismo, el CONTRATISTA es responsable de la seguridad de cada una de las personas que se encuentren laborando, por tal motivo, deberá tener en cuenta todas las medidas de protección para evitar la causación de daños en la integridad física de las personas y adicionalmente a través xx xxxxxx informativas establecer e informar a todas las personas con respecto a las labores ejecutadas, riesgos de las actividades ejecutadas, medidas de prevención establecidas para prevenir los riesgos y datos identificadores del contratista en calidad de ejecutor y responsable. 2. La ejecución de las actividades objeto del contrato se deberá efectuar teniendo en cuenta las especificaciones técnicas y de seguridad para el personal encargado de la ejecución y teniendo en cuenta las condiciones de cada uno de los materiales empleados para el desarrollo de la misma.
8.11 DAÑOS A PERSONAS, OBRAS, BIENES, EQUIPOS, DATOS, PROGRAMAS Y SERVICIOS, ACTIVIDADES U OBLIGACIONES MAL EJECUTADOS:
1. El CONTRATISTA será el único responsable por la calidad y cumplimiento de las actividades (servicios, trabajos, obras, informes, etc.) y productos contratados, y por los daños que su personal, trabajadores, contratistas, proveedores o propios le ocasionen a las obras, lotes, equipos, datos y/o programas, bienes de propiedad de FONADE o de la Entidad beneficiaria o suscriptora del respectivo convenio interadministrativo de gerencia de proyectos del que se derive del presente contrato, y de las propiedades y bienes adyacentes.
2. El CONTRATISTA se obliga a responder y a asumir los costos de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados a cualesquier persona y/o bienes de particulares, de servicio público o de FONADE o de la Entidad beneficiaria o suscriptora del respectivo convenio interadministrativo y de las propiedades y bienes adyacentes, por imprudencia, negligencia, impericia o descuido, por la inobservancia de las políticas, normas o procedimientos establecidos, dentro o fuera de las áreas donde se ha de ejecutar total o parcialmente el objeto del contrato, derivados de su actividad, de la de sus trabajadores, de la de sus contratistas o de la de sus proveedores.
3. El CONTRATISTA se obliga a responder y a asumir el riesgo, los daños o pérdida de las máquinas, equipos, informes y bienes de su propiedad o utilizados por este para la ejecución del presente contrato.
4. En el evento que cause algún daño a FONADE, a la Entidad beneficiaria o suscriptora del convenio, a personal o contratistas de FONADE, o a terceros por acción u omisión del CONTRATISTA o del personal del CONTRATISTA o de sus proveedores o subcontratistas, el CONTRATISTA se obliga, a su xxxxx, a: a) Responder por los daños y perjuicios que se ocasionen a las personas o bienes de FONADE, a la Entidad beneficiaria o suscriptora del convenio y/o de terceros; b) Reparar o reponer las máquinas, bienes, equipos dañados o averiados por otros de iguales especificaciones técnicas; c) Recuperar los datos y/o programas dañados o averiados; d) Rehacer los servicios mal prestados y los trabajos mal ejecutados o con condiciones o especificaciones diferentes a las pactadas, y e) Realizar las acciones pertinentes para subsanar el daño causado, en forma oportuna, asumiendo todos los costos a que haya lugar.
5. El CONTRATISTA se obliga a reparar, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la fecha de su causación, los daños ocasionados a bienes de propiedad de FONADE, o de la Entidad beneficiaria o suscriptora del convenio. Si los daños se causan a instalaciones, bienes o edificaciones de FONADE, o de la Entidad beneficiaria o suscriptora del convenio que demanden su inmediata reparación, si el CONTRATISTA no acomete las reparaciones oportunamente de conformidad con la situación, FONADE procederá a efectuar los trabajos necesarios y descontará al CONTRATISTA la totalidad de los costos más el diez por ciento (10%) por costos de administración, los cuales serán descontados de los saldos pendientes de pago a favor del CONTRATISTA, y en el evento que no existieren dichos saldos FONADE podrá proceder, para el cobro
de los valores mencionados, por la vía ejecutiva, para lo cual este contrato junto con los documentos en los que se consignen tales valores, prestan el mérito de título ejecutivo.
8.12 PREVENCIÓN XX XXXXXX DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO
EL CONTRATISTA manifiesta bajo la gravedad de juramento, que se entiende prestado con la suscripción del presente contrato, que los recursos que componen su patrimonio no provienen xx xxxxxx de activos, financiación del terrorismo, narcotráfico, captación ilegal de dineros y en general de cualquier actividad ilícita; de igual manera manifiesta que los recursos recibidos en desarrollo de este contrato, no serán destinados a ninguna de las actividades antes descritas. Para efectos de lo anterior, EL CONTRATISTA autoriza expresamente a FONADE, para que consulte los listados, sistemas de información y bases de datos a los que haya lugar y, de encontrar algún reporte, FONADE procederá a adelantar las acciones contractuales y/o legales que correspondan. EL CONTRATISTA se obliga a realizar todas las actividades encaminadas a asegurar que todos sus socios, administradores, clientes, proveedores, empleados, etc., y los recursos de estos, no se encuentren relacionados o provengan, de actividades ilícitas, particularmente, de las anteriormente enunciadas”.
8.13 CONFIDENCIALIDAD E INFORMACIÓN PRIVILEGIADA
EL CONTRATISTA adquiere las obligaciones que se describen a continuación, las cuales extenderá a todas las personas de las que éste se valga para la ejecución del contrato en relación con la información confidencial y/o privilegiada a la que tenga acceso en el desarrollo del presente contrato:
a) Abstenerse en cualquier tiempo de divulgar, parcial o totalmente la Información Confidencial y/o privilegiada a cualquier persona natural o jurídica, Entidades gubernamentales o privadas, excepto en los casos que se precisan a continuación:
(i). Cuando la información sea solicitada por FONADE.
(ii). En cumplimiento de una decisión judicial en firme, orden, requerimiento o una solicitud oficial expedida bien sea por un tribunal competente, una autoridad u órgano judicial o legislativo con competencia para ello, para lo cual deberá observarse el procedimiento establecido por FONADE para dar respuesta a tales decisiones, requerimientos o solicitudes, así como las competencias y delegaciones establecidas para la suscripción de las mismas.
(iii). Cuando cualquier autoridad judicial, gubernamental o regulatoria la haya requerido legalmente, siempre y cuando la información confidencial y/o privilegiada se entregue a la mencionada autoridad cumpliendo con los mecanismos de cuidado, protección y manejo responsable de la información estipulados en esta cláusula, previa notificación a FONADE, con el fin de que puedan tomar las acciones administrativas y judiciales pertinentes y se observe el procedimiento establecido por FONADE para dar respuesta a tales requerimientos, así como las competencias y delegaciones establecidas para la suscripción de los mismos.
b) Abstenerse en cualquier tiempo de utilizar, explotar, emplear, publicar o divulgar la Información Confidencial y/o privilegiada en una forma diferente a la autorizada en esta cláusula.
c) Tomar todas las medidas necesarias para que la Información Confidencial y/o privilegiada que le sea suministrada en medio físico o electrónico, se transporte, manipule y mantenga en un lugar seguro y de acceso restringido.
d) Instruir a todas aquellas personas que tengan acceso a la Información Confidencial y/o privilegiada sobre la forma de manipulación, utilización, manejo de medidas de seguridad y demás, para que la información subsista bien manejada y protegida.
e) El uso de la Información Confidencial y/o privilegiada no otorga derecho ni constituye licencia a EL CONTRATISTA, para utilizarla sin observar los principios de la ética profesional, comercial y la competencia xxxx, ni otorgando, favoreciendo ni beneficiando a cualquier otra persona natural o jurídica. Para ello EL CONTRATISTA acuerda expresamente emplear todos los medios a su alcance para impedir esa utilización irregular de la Información Confidencial y/o privilegiada.
PARÁGRAFO PRIMERO: Para todos los efectos, el término “información confidencial y/o privilegiada”, corresponde a la información que entrega FONADE para el desarrollo de las actividades propias del contrato, que debe ser cuidada, protegida y tratada de manera responsable por EL CONTRATISTA.
PARÁGRAFO SEGUNDO: El incumplimiento de las obligaciones derivadas de la presente cláusula generará un incumplimiento del contrato.
PARÁGRAFO TERCERO: FONADE adelantará las acciones judiciales pertinentes contra EL CONTRATISTA en el evento que éste, en cualquier tiempo, vulnere el compromiso adquirido en virtud de la presente cláusula.
8.14 INDEMNIDAD
EL CONTRATISTA mantendrá indemne y defenderá a su propio costo a FONADE de cualquier pleito, queja o demanda y responsabilidad de cualquier naturaleza, incluyendo costos y gastos provenientes de actos y omisiones del CONTRATISTA en el desarrollo de este contrato. EL CONTRATISTA se obliga a evitar que sus empleados y/o los familiares de los mismos, sus acreedores, sus proveedores y/o terceros, presenten reclamaciones (judiciales o extrajudiciales) contra FONADE, con ocasión o por razón de acciones u omisiones suyas, relacionadas con la ejecución del presente contrato. Si ello no fuere posible y se presentaren reclamaciones o demandas contra FONADE, esta Entidad podrá comunicar la situación por escrito al contratista. En cualquiera de dichas situaciones, EL CONTRATISTA se obliga a acudir en defensa de los intereses de FONADE, para lo cual contratará profesionales idóneos que representen a la Entidad y asumirá el costo de los honorarios de éstos, del proceso y de la condena, si la hubiere. Si FONADE estima que sus intereses no están siendo adecuadamente defendidos, lo manifestará por escrito al contratista, caso en el cual acordará la mejor estrategia de defensa o, si FONADE lo estima necesario, asumirá directamente la misma. En este último caso, FONADE cobrará y descontará de los saldos a favor del CONTRATISTA todos los costos que implique esa defensa, más un diez por ciento (10%) del valor de los mismos, por concepto de gastos de administración. Si no hubiere saldos pendientes de pago a favor del CONTRATISTA, FONADE podrá proceder, para el cobro de los valores a que se refiere este numeral, por la vía ejecutiva, para lo cual este contrato, junto con los documentos en los que se consignen dichos valores, prestará mérito ejecutivo.
CAPÍTULO NOVENO
9. CAUSALES DE RECHAZO DE LA OFERTA FONADE rechazará las ofertas, en los siguientes casos:
1. Cuando el oferente no cumpla con alguno de los requisitos mínimos o las condiciones de los requisitos mínimos exigidos en el presente documento.
2. Cuando el comité evaluador haya solicitado presentar algún documento o subsanar o aclarar alguna información necesaria para el cumplimiento de los requisitos mínimos habilitantes y el oferente NO aporte, subsane o aclare lo pertinente, en el término definido por el Comité Evaluador.
3. Cuando FONADE en cualquier estado del proceso de selección evidencie, que alguno(s) de los documentos que conforman la oferta contiene(n) información inconsistente o contradictoria o evidencie una inexactitud en la información contenida en la oferta que, de haber sido advertida al momento de la verificación de dicha información, no le hubiera permitido al oferente cumplir con uno o varios de los requisitos mínimos y/o ponderables.
4. Cuando la oferta sea presentada luego de la fecha y hora exactas señaladas para la finalización del término para presentar ofertas o cuando sea radicada en un lugar diferente al establecido en el presente documento (Plataforma del SECOP II).
5. Cuando la oferta sea alternativa o parcial o cuando en ella se formulen condiciones contractuales y/o técnicas diferentes a las establecidas en el presente documento, que las contradigan o que contengan salvedades, excepciones o condicionamientos a estas.
6. Cuando presentada la oferta mediante consorcio, unión temporal o cualquier otra modalidad de oferta conjunta, luego de la fecha señalada para la entrega de ofertas, se modifique el porcentaje de participación de uno o varios de sus integrantes o uno o algunos de ellos desistan o sean excluidos de participar en el consorcio, unión temporal o la modalidad de asociación escogida.
7. Cuando el objeto social de las personas jurídicas o de cada uno de los integrantes del consorcio o de la Unión Temporal, en caso de un proponente plural, no permita adelantar las actividades del presente proceso de selección, bien por no ser parte de su objeto social o, por no ser una actividad relacionada a este.
8. Cuando en relación con los comerciantes, la(s) actividad(es) económica(s) contenida(s) en el registro mercantil, no permitan adelantar las actividades del presente proceso de selección.
9. Cuando el oferente o alguno de los integrantes del consorcio o unión temporal o alguno de sus representantes legales se encuentre incurso en alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad previstas en las normas constitucionales y legales.
10. Cuando una persona natural o jurídica participe en más de una oferta, bien sea como oferente individual o como integrante de un consorcio o unión temporal. En este caso, se rechazarán todas las ofertas que incurran en la situación descrita.
11. Cuando no se presente la oferta económica de acuerdo con los requisitos establecidos en el presente documento.
12. Cuando en la oferta económica o en la resultante de la verificación aritmética, el oferente presente un
“VALOR TOTAL DE LA OFERTA superior al 100% del valor total del presupuesto oficial estimado – XXX.
13. Cuando en la oferta económica, uno cualquiera de los valores unitarios de los ítems, exceda al 100% del valor unitario del correspondiente precio unitario oficial estipulado para el ítem en el Presupuesto oficial – XXX.
14. Cuando en la oferta económica se presente algún valor (unitario y/o total) con decimales.
15. Cuando el oferente, en la oferta económica, no diligencie o consigne cero pesos ($0) en la casilla correspondiente al valor de uno o varios ítems cuya cantidad diferente xx xxxx esté indicada en el FORMATO de oferta económica.
16. Cuando en la oferta económica se presente algún valor en moneda extranjera.
17. Cuando el oferente no presente la garantía de seriedad de la oferta o cuando habiéndola presentado, el número o el objeto del proceso allí señalado no corresponda con el del presente proceso de selección.
18. Cuando el oferente no subsane o aclare la garantía de seriedad de la oferta, de acuerdo con lo solicitado por parte del Comité Evaluador. (vigencia, monto, pago, tomador, firma, beneficiario, etc).
19. Cuando el oferente no efectúe el pago de la prima de la garantía de seriedad de la oferta (Art.81 Ley 45 de 1990) y/o cuando habiéndose solicitado su acreditación, el Oferente no presente la documentación respectiva.
20. Cuando el representante legal de la persona jurídica tenga restricciones para contraer obligaciones en nombre de la persona jurídica y no evidencie con el documento pertinente que contaba al vencimiento del término para presentar ofertas, con la autorización expresa del órgano competente.
21. Cuando el término de duración del oferente persona jurídica o de la persona jurídica integrante del consorcio o unión temporal sea inferior al plazo exigido para el efecto, en el presente documento y no lo subsane.
22. Cuando el oferente no presente la garantía de seriedad de la oferta o cuando habiéndola presentado, el número y el objeto del proceso allí señalado no correspondan con el del presente proceso de selección.
23. Cuando la oferta sea presentada en la modalidad de consorcio o unión temporal y el oferente modifique los términos y extensión de la participación en la oferta y en la ejecución del contrato de cada uno de los integrantes de la forma asociativa, o modifique la participación porcentual de cada uno de los integrantes.
24. Cuando el oferente, alguno de los integrantes del consorcio o unión temporal o alguno de sus representantes legales se encuentre reportado en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República y/o presente antecedentes disciplinarios según certificación expedida por la Procuraduría General de la Nación y/o antecedentes penales según certificación expedida por la Policía Nacional.
25. Cuando el oferente de acuerdo con la normatividad vigente se encuentre obligado a tener revisor fiscal y no cuente con este o su nombramiento no se encuentre registrado en el certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica.
26. Cuando el oferente persona natural o jurídica o uno de los integrantes del consorcio o unión temporal haya participado como contratista o subcontratista en la elaboración de los estudios, diseños y proyectos que tengan relación directa con el objeto del presente proceso de selección. (cuando aplique).
27. Cuando el oferente o alguno de los integrantes del consorcio o unión temporal o, alguno de sus representantes legales haya sido objeto de aplicación de cláusula penal de apremio y/o cláusula penal pecuniaria dentro del año anterior a la presentación de la oferta.
28. Cuando dentro del año anterior a la presentación de la oferta, FONADE haya iniciado el trámite contractual para exigir el reconocimiento de perjuicios soportados en una Cláusula Penal Pecuniaria y/o de Apremio al oferente persona natural o jurídica o uno de los integrantes del consorcio o unión temporal.
29. Cuando el contratista haya sido objeto de cinco (5) o más multas durante la ejecución de uno (1) o varios contratos durante una misma vigencia fiscal con una o varias entidades estatales (Art. 90 – Ley 1474 de 2011).
30. Cuando el contratista haya sido objeto de declaratorias de incumplimiento contractual en por los menos dos
(2) contratos durante una misma vigencia fiscal, con una o varias entidades estatales. (Art. 90 – Ley 1474 de 2011).
31. Cuando el contratista haya sido objeto de imposición de dos (2) multas y un (1) incumplimiento durante una misma vigencia fiscal, con una o varias entidades estatales. (Art. 90 – Ley 1474 de 2011).
32. Cuando el oferente, persona natural o jurídica, su representante legal, socios o integrantes se encuentren registrados en alguna de las listas vinculantes o restrictivas que conlleven una inhabilidad para contratar.
33. Cuando con la oferta se presenten condicionamientos para la aceptación de la oferta del proceso de selección.
34. Cuando los documentos presentados por el oferente contengan información que de cualquier manera no corresponda con la realidad, caso en el cual se iniciarán las acciones correspondientes, si a ello hubiere lugar.
35. Cuando en la oferta económica se presente algún valor con decimales, a excepción de los valores establecidos en la NOTA del numeral 1.6 Definiciones Generales de Términos Aplicables a los Procesos de FONADE del presente documento.
36. Cuando la oferente persona natural o alguno de los representantes legales de los integrantes del consorcio o unión temporal, registre multas en el Registro Nacional de Medidas Correctivas y que las mismas no hayan sido canceladas en el plazo previsto para ello.
37. Cuando el proveedor que presente la oferta NO sea el mismo que se encuentra registrado en el SECOP II.
38. Los demás casos expresamente establecidos en el presente documento y en la normatividad vigente.
CAPÍTULO DÉCIMO
10. VALOR DEL CONTRATO, FORMA DE PAGO, REQUISITOS PARA EL PAGO, SISTEMA DE PAGO, ANTICIPO
10.1 VALOR DEL CONTRATO
El valor del contrato corresponderá al consignado en el Acta de Selección del Proceso, el cual obedece a la oferta presentada por el oferente a quien se le acepte la oferta. En caso de terminación anticipada, cesión o suspensión del contrato, sólo habrá lugar al pago proporcional a las obras efectivamente entregadas y aprobadas.
10.2 FORMA DE PAGO
FONADE pagará a EL CONTRATISTA el valor total del contrato mediante mensualidades vencidas, de acuerdo con el número de carpetas a las que se realice la gestión documental (revisión, organización, digitalización y digitación) dentro del respectivo mes, y suscripción del acta de recibo a satisfacción por parte de la supervisión, de los servicios contratados y efectivamente prestados, previa presentación de la factura o cuenta de cobro según corresponda y la certificación por parte de la supervisión del cumplimiento del contrato.
10.3 REQUISITOS PARA EL PAGO
Los pagos y/o el desembolso de recursos relacionados con el contrato quedan sometidos, además de las condiciones anteriormente previstas, al cumplimiento de los siguientes requisitos:
a. Deberán ser refrendados por la SUPERVISIÓN en los formatos que FONADE suministre para el efecto.
b. El CONTRATISTA acreditará al supervisor del cumplimiento de sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, SENA, e ICBF) de conformidad con lo establecido en la normatividad vigente.
c. Se realizarán dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de radicación de la factura o cuenta, según sea el caso, o de la fecha en que el CONTRATISTA subsane las glosas que se le formulen.
d. Toda vez que los impuestos y retenciones que surjan por la celebración y ejecución del contrato corren por cuenta de EL CONTRATISTA, FONADE hará las retenciones del caso y cumplirá las obligaciones fiscales que ordene la ley.
10.4 SISTEMA DE PAGO
Para la ejecución del objeto contractual se encuentran establecidos los servicios requeridos, las características técnicas, las cantidades requeridas y el precio unitario, por lo tanto, el sistema de pago del contrato es por Precios unitarios fijos sin formula de reajuste. En consecuencia, el valor definitivo del contrato será la suma de los resultados que se obtengan al multiplicar el número de carpetas a las que se realice la gestión documental (revisión, organización, digitalización y digitación) por el Contratista y recibidas por FONADE a su entera satisfacción, por el valor o precio unitario fijo pactado para el respectivo ítem según la oferta económica. El Contratista no podrá superar en su ejecución el presupuesto asignado por la Entidad.
10.5 ANTICIPO
NO APLICA PARA EL PRESENTE PROCESO.
CAPÍTULO DÉCIMO PRIMERO
11. RIESGOS ASOCIADOS AL CONTRATO, FORMA DE MITIGARLOS, ASIGNACIÓN DEL RIESGO ENTRE
LAS PARTES CONTRACTUALES
Conocer los riesgos que afectarían este proyecto, tanto en aspectos favorables como adversos, contribuye a asegurar los fines que el Estado persigue con la contratación. Con este propósito se preparó el estudio definido en este numeral, el cual permite revelar aspectos que deben ser considerados en la adecuada estructuración de ofertas, planes de contingencia y continuidad del presente proceso.
El análisis de riesgos del proceso de selección se encuentra adjunto al presente documento.
CAPÍTULO DÉCIMO SEGUNDO
12. GARANTÍAS EXIGIDAS Y CONDICIONES
12.1. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
De conformidad con lo establecido en el numeral 6.1.1.5 - Garantía de seriedad de la oferta del presente documento.
12.2. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO
El contratista deberá constituir a favor FONADE en calidad de asegurado y beneficiario, en los términos establecidos en la normatividad vigente, una garantía que podrá consistir en una póliza de seguro expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, correspondiente a la póliza de cumplimiento ANTE ENTIDADES PÚBLICAS CON RÉGIMEN PRIVADO DE CONTRATACIÓN o garantía bancaria expedida por un banco local que incluya los siguientes amparos:
TIPIFICACIÓN DEL RIESGO | % XX XXXXXX | XXXXXXXX | RESPONSABLE |
Cumplimiento | 30% del valor del contrato | Vigente por el plazo de ejecución del contrato y ocho (8) meses más. | CONTRATISTA |
Calidad del servicio | 30% del valor Total del contrato | Vigente por tres (3) años contados a partir de la terminación del contrato | |
Pago de salarios y prestaciones sociales | 5% del valor del contrato | Vigente por el plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más. |
Nota: en caso de que la garantía sea una póliza de seguro, el contratista deberá presentar el respectivo recibo de pago de prima de la misma.
12.3. SEGUROS DE DAÑOS
Desde el inicio del contrato y hasta la culminación del plazo de ejecución, se deben contemplar seguros de responsabilidad civil y daños, según se explica a continuación:
12.3.1. SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL
El Contratista deberá presentar para aprobación de la ENTIDAD, adicional a la Garantía de Cumplimiento, como amparo autónomo y en póliza anexa, bajo la modalidad de ocurrencia, una garantía para cubrir los daños que el Contratista, en el desarrollo de las labores relacionadas con el contrato, cause a terceros en sus personas o en sus bienes.
Amparo | Límite Asegurado |
Daños patrimoniales y extrapatrimoniales | Sin Sublímite |
Responsabilidad Civil Patronal | Sin Sublímite |
Responsabilidad civil por gastos médicos | Sin Sublímite |
Vehículos propios y no propios | Sin Sublímite |
Amparo | Límite Asegurado |
Bienes bajo cuidado, tenencia control y custodia. | Sin Sublímite |
Esta póliza tendrá un valor asegurado correspondiente a 30%, y deberá permanecer vigente desde el acta de inicio, hasta la fecha de terminación del contrato. Xxxx figurar como asegurado, en lo que se relacione con este contrato, FONADE. En caso de prorrogarse el plazo de ejecución, deberá ampliarse la vigencia xxx xxxxxx por el mismo término. Ocurrido cualquier siniestro el Contratista está obligado a restablecer la cobertura completa. De la vigencia de este amparo se dejará constancia en el acto de liquidación. (según aplique)
NOTA: La aprobación de las garantías por parte de FONADE es requisito previo para el inicio de la ejecución de los contratos, razón por la cual, ningún contrato en el que se haya previsto la existencia de garantías podrá iniciar su ejecución sin la respectiva aprobación de estas.
CAPÍTULO DÉCIMO TERCERO
13. CONTROL Y SEGUIMIENTO A LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL
13.1. INTERVENTORÍA
NO APLICA PARA EL PRESENTE PROCESO DE SELECCIÓN.
13.2. SUPERVISIÓN
La supervisión administrativa será ejercida por el Gerente del Contrato Interadministrativo No. 217050 o el profesional designado por FONADE para el efecto, quien hará el seguimiento y control, verificación de requisitos, aval, gestión y demás que le correspondan a FONADE de conformidad con el Manual de Supervisión e Interventoría (MMI002). Por otra parte, la supervisión técnica y de ejecución se ejercerá en forma conjunta entre FONADE y los Organismos de tránsito.
El Contratista, con el objeto de garantizar el adecuado seguimiento y control de sus actividades, está en la obligación de conocer las disposiciones del MMI002 Manual de Interventoría, que se encuentre vigente.
CAPÍTULO DÉCIMO CUARTO
14. CRONOGRAMA DEL PROCESO Y FIRMA DEL CONTRATO
El presente proceso de contratación se regirá por el siguiente cronograma:
ACTIVIDAD | TÉRMINO | LUGAR | |
A | Acta de Apertura y Publicación de las Reglas de Participación | 02 DE OCTUBRE DE 2018 | Plataforma del SECOP II |
B | Plazo para presentar observaciones a las Reglas de Participación | Dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de apertura y publicación de Reglas de Participación | Plataforma del SECOP II |
C | Respuesta a las observaciones a las Reglas de Participación | Dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha del Plazo para presentar observaciones a las Reglas de Participación | Plataforma del SECOP II |
D | Plazo Para Presentar Ofertas | 00 XX XXXXXXX XX 0000 HORA: 09:00 A.M. | Presentación de ofertas: Plataforma del SECOP II |
E | Acto de Cierre | 12 DE OCTUBRE DE 2018 HORA: 11:00 A.M. | FONADE. Xxxxx 00 Xx. 00- 00 Xxxx xx xxxxxxx xx ofertas Auditorio |
VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS | |||
F | Verificación de Cumplimiento de Requisitos Habilitantes, Solicitud de Aclaraciones y/o Subsanaciones. | Dentro de los cuatro (4) días hábiles siguientes a la fecha prevista para el cierre del término para presentar ofertas. | Plataforma del SECOP II |
G | Término Para Presentar las Aclaraciones. | Dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al término que antecede. | Plataforma del SECOP II. |
H | Publicación Informe de Evaluación | Dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al vencimiento del término para presentar aclaraciones | Plataforma del SECOP II |
I | Plazo para Presentar Observaciones al Informe de Evaluación | Dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al término de Publicación del Informe de Evaluación | Plataforma del SECOP II |
J | Audiencia Apertura de Oferta Económica y asignación de puntaje | Dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo para la presentación de Observaciones al Informe de Evaluación | FONADE. Xxxxx 00 Xx. 00- 00 Auditorio |
K | Informe de respuesta a Observaciones al Informe de Evaluación | Dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al término de Publicación del Informe de Evaluación | Plataforma del SECOP II |
L | Acta de Selección o Declaratoria Desierta o Fallido y Publicación | Dentro del día hábil siguiente a la publicación del Informe de respuesta a observaciones al informe de evaluación | Plataforma del SECOP II |
CONTRATO | |||
M | Elaboración Minuta | Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la publicación del Acta de Selección. | Plataforma del SECOP II |
ACTIVIDAD | TÉRMINO | LUGAR | |
N | Suscripción del Contrato | Dentro del día hábil siguiente a su comunicación | Plataforma del SECOP II |
Ñ | Aporte de Garantías | Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la firma del contrato | Plataforma del SECOP II |
NOTA: ATENDIENDO LOS PRINCIPIOS DE PLANEACIÓN, CONTRADICCIÓN, DEBIDO PROCESO, PUBLICIDAD, ECONOMÍA, CELERIDAD, EFICACIA, EFICIENCIA Y RESPONSABILIDAD, ENTRE OTROS, FONADE DARÁ RESPUESTA ÚNICAMENTE A LAS OBSERVACIONES RECIBIDAS EN LA PLATAFORMA DEL SECOP II A LAS REGLAS DE PARTICIPACIÓN, DENTRO DEL TÉRMINO ESTABLECIDO EN EL CRONOGRAMA DEL PRESENTE PROCESO DE SELECCIÓN.