CONTRATO DE CESIÓN DE LA TITULARIDAD EN LA INVENCIÓN DENOMINADA “_”
CONTRATO DE CESIÓN DE LA TITULARIDAD EN LA INVENCIÓN DENOMINADA “_”
En Madrid a de de 20
DE UNA PARTE: D. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, Vicerrector de Investigación de la Universidad Politécnica de Madrid, en adelante UPM, con CIF X0000000X, y domicilio social en c/ Xxxxxx xx Xxxxxx nº 7, 00000 Xxxxxx, en nombre y representación de ésta en virtud de la delegación de competencias otorgada por el Sr. Rector Magnífico de la UPM, con fecha 2 de diciembre de 2010. En adelante el cesionario.
DE OTRA PARTE: D. , mayor de edad domiciliado en
, de , con D.N.I. , de nacionalidad , en su propio nombre y derecho. En adelante el inventor cedente.
Tienen en su respectiva calidad y representación la capacidad legal necesaria para este acto y
EXPONEN
PRIMERO.- El inventor cedente ha colaborado en el desarrollo de la invención denominada “ ”, que es susceptible de ser protegida como patente a tenor de los dispuesto en la LEY 11/1986 de 20 xx xxxxx, de patentes de invención y modelos de utilidad (BOE 26/3/1986, núm. 73).
SEGUNDO.- Que cede a la Universidad Politécnica de Madrid la titularidad de la invención que le corresponde como inventor y titular de la citada invención, mediante el presente contrato de cesión, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
PRIMERA.- El inventor cedente es autor de un porcentaje equivalente al
% de la invención denominada “ ”.
SEGUNDA.- El inventor cedente cede la titularidad que ostenta de la citada invención a la Universidad Politécnica de Madrid, que acepta, para su explotación comercial en cualquier lengua y para todo el mundo.
TERCERA.- La cesión se entiende con carácter exclusivo y sin limitación alguna, lo que atribuye a la Universidad Politécnica de Madrid la facultad de
explotar la invención con exclusión de otra persona, comprendidos los propios cedentes, e incluso, otorgar autorizaciones no exclusivas a terceros.
Asimismo, la cesión confiere a la Universidad Politécnica de Madrid legitimación, con independencia de la del inventor cedente, para perseguir las violaciones que afecten a todas las facultades inherentes a sus inventores conferidas en la Ley de Patentes de Invención y Modelos de Utilidad.
CUARTA.- Como remuneración por la parte de autoría que le corresponde, cuya cesión es objeto del presente contrato, el inventor cedente percibirá el porcentaje del beneficio neto obtenido por la UPM en la explotación de la invención que le corresponde de acuerdo con su porcentaje de autoría, referido en la cláusula primera, y de acuerdo con el artículo 13 de la Normativa de Propiedad Intelectual de la Universidad Politécnica de Madrid.
QUINTA.- La Universidad Politécnica de Madrid, de acuerdo con la Ley de Patentes de Invención y Modelos de Utilidad, se obliga a que figure el nombre de los inventores en la solicitud de patente, tanto nacional como internacional, y a observar las formalidades administrativas requeridas para la circulación y explotación de la invención.
SEXTA.- El presente acuerdo tendrá una duración de 20 años, contada desde esta fecha, con las limitaciones contenidas en el art. 49 de la Ley de Patentes de Invención y Modelos de Utilidad.
SÉPTIMA.- El presente acuerdo de cesión se regirá y será interpretado conforme a lo previsto en la Ley de Patentes de Invención y Modelos de Utilidad y, en general, por las disposiciones legales que le sean de aplicación.
OCTAVA.- Ambas partes designan como domicilio respectivo a efectos de notificaciones, las que se hacen constar en el encabezamiento de este contrato y se comprometen a informar mediante notificación por escrito a la otra parte de posibles cambios de domicilio a efectos de comunicación de cualquier extremo relativo al presente contrato.
NOVENA.- El presente contrato, así como su ejecución se regirá por las leyes de España y los convenios y tratados internacionales en los que España forme parte.
DÉCIMA.- Ambas partes, con renuncia al fuero que le sea propio, si lo tuvieren, se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Madrid.
Y para que conste, firman dos ejemplares y a un sólo efecto el presente documento, en el lugar y fecha en el encabezamiento indicados.
EL INVENTOR CEDENTE EL VICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID
Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx