PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EL APROVECHAMIENTO DE PASTOS DEL PRADO MUNICIPAL JUNTO AL CAMPAMENTO DE "PRADO DE LA TORRE".
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EL APROVECHAMIENTO DE PASTOS XXX XXXXX MUNICIPAL JUNTO AL CAMPAMENTO DE "XXXXX DE LA TORRE".
CLÁUSULA PRIMERA. Objeto del Contrato
El objeto del contrato es la adjudicación del aprovechamiento del bien municipal sito en "Xxxxx de la Torre" de esta localidad, para el aprovechamiento de pastos.
Las características de los terrenos son las siguientes:
— Descripción: Finca de titularidad Municipal.
— Ubicación: Xxxxxxxx 0, xxxxxxx 000, xx xxxxx xx "Xxxxx xx xx Xxxxx"
— Superficie de los terrenos: 20.032 m2
El contrato definido tiene la calificación de contrato privado, tal y como establece el artículo 4.1.p) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
CLÁUSULA SEGUNDA. Procedimiento de Selección y Adjudicación
La forma de adjudicación del aprovechamiento será la subasta, en la que cualquier interesado podrá presentar una oferta.
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a un solo criterio de adjudicación, deberá ser necesariamente el del mejor precio.
Asimismo, en el supuesto de igual de condiciones se dará preferencia a los postores que sean vecinos de conformidad con lo establecido en el artículo 98 del Real
Decreto 1372/1986, de 13 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.
CLÁUSULA TERCERA. El Perfil de contratante
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de contratante al que tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web.
CLÁUSULA CUARTA. Tipo de Licitación
Se establece un tipo mínimo de licitación de trescientos euros (300,00 €) anuales que podrá ser mejorado al alza por sus licitadores.
La renta se actualizará cada año de vigencia del contrato, aplicando a la anualidad anterior la variación porcentual experimentada por el Índice General Nacional del Sistema de Índices de Precios de Consumo en un período de doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de cada actualización.
CLÁUSULA QUINTA. Órgano de Contratación
El órgano competente para efectuar la presente contratación y tramitar el expediente, de conformidad con la Disposición Adicional Segunda de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, y con el artículo 102 del Real Decreto 1372/1986, de 13 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales será la Junta de Gobierno Local.
CLÁUSULA SEXTA. Duración del Contrato
La duración del contrato se fija en cuatro años, de carácter improrrogable, que finalizará en todo caso el día 31 de Diciembre de 2019.
CLÁUSULA SÉPTIMA. Capacidad
Podrán presentar proposiciones, por sí mismas o por medio de representantes, las personas naturales y jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad para ello y que no se encuentren incluidos en los supuestos de prohibición recogidos en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
CLÁUSULA OCTAVA. Acreditación de la Aptitud para Contratar
Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y no estén incursas en prohibiciones para contratar.
1. La capacidad de obrar del empresario se acreditará:
a) En cuanto a personas físicas, mediante la fotocopia compulsada del documento nacional de identidad.
b) En cuanto a personas jurídicas, mediante la fotocopia compulsada del CIF y la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
CLÁUSULA NOVENA. Presentación de Proposiciones y Documentación
Administrativa
Las ofertas se presentarán en el Ayuntamiento de Mombeltrán, en horario de atención al público y hasta las 13:00 horas, dentro del plazo de trece días naturales contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el Perfil de Contratante y en el tablón de anuncios.
Cada licitador no podrá presentar más de una oferta. Tampoco podrá suscribir ninguna oferta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurara en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las solicitudes por él suscritas.
La presentación de una oferta supone la aceptación incondicionada por los licitadores de las cláusulas del presente Xxxxxx.
Las ofertas para tomar parte en la licitación se presentarán en dos sobres cerrados, firmados por el licitador y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda
«Oferta para licitar a la contratación del aprovechamiento de pastos xxx xxxxx municipal situado junto al Campamento de Prado de la Torre de esta localidad. La denominación de los sobres es la siguiente:
— Sobre «A»: Documentación Administrativa.
— Sobre «B»: Oferta Económica.
Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la Legislación en vigor.
Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos:
SOBRE «A»- DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
a) Documentos que acrediten la personalidad jurídica.
b) Documentos que acrediten la representación.
— Los que comparezcan o firmen ofertas en nombre de otro, acreditarán la representación de cualquier modo adecuado en Derecho.
— Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando sea exigible legalmente.
— Igualmente la persona con poder bastanteado a efectos de representación, deberá acompañar fotocopia compulsada administrativamente o testimonio notarial de su documento nacional de identidad.
SOBRE «B» PROPOSICIÓN ECONÓMICA
— Oferta económica.
Se presentará conforme al siguiente modelo:
«D. , con domicilio a efectos de notificaciones en
, c/ , n.º , con DNI n.º , en representación de la Entidad , con CIF n.º , enterado del expediente para la adjudicación del aprovechamiento de `pastos xxx xxxxx municipal situado junto al campamento de "Xxxxx de la Torre" de esta localidad, mediante subasta publicado en el Perfil de Contratante, hago constar que conozco el Pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación ofreciendo la cantidad de euros.
Igualmente declara que no se encuentra incurso en ninguno de los supuestos de prohibición recogidos en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
En , a de de 2015. Firma del licitador, Fdo.: ».
CLÁUSULA DÉCIMA. Mesa de Contratación
Conforman la Mesa de Contratación los miembros de la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, actuando como Secretario el que lo desempeña en la Corporación.
CLÁUSULA UNDÉCIMA. Apertura de Proposiciones
La Mesa de Contratación se constituirá a las 13:30 horas el mismo día hábil tras la finalización del plazo de presentación de las ofertas, procederá a la apertura de los Sobres «A» y calificará la documentación administrativa contenida en los mismos.
Si fuera necesario, la Mesa concederá un plazo de 3 días naturales para que el licitador corrija los defectos u omisiones subsanables observados en la documentación presentada.
Posteriormente, procederá a la apertura y examen del sobre «B», que contienen las ofertas económicas. (dando preferencia en igualdad de condiciones a los postores que sean vecinos).
CLÁUSULA DUODÉCIMA. Requerimiento de la Documentación
A la vista de la valoración de las ofertas, la Mesa de Contratación propondrá al licitador que haya presentado la mejor oferta.
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, salvo que se establezca otra cosa en estos pliegos
CLÁUSULA DECIMOTERCERA. Fianza
A la celebración del contrato se exigirá la prestación de fianza en metálico, en cantidad equivalente a 5% de la suma del valor de adjudicación de las cuatro anualidades del contrato.
CLÁUSULA DECIMOCUARTA. Pago
El pago se realizará previa o simultáneamente a la firma del contrato y en el resto de anualidades antes del día 31 de enero de cada anualidad.
CLÁUSULA DECIMOQUINTA. Adjudicación del Contrato
Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
En ningún caso podrá declararse desierta una licitación cuando exija alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
La adjudicación deberá ser motivada se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante.
La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación.
CLÁUSULA DECIMOSEXTA. Derechos y Obligaciones del Contratista
Los derechos y obligaciones del adjudicatario son los que nacen de este Pliego para el aprovechamiento que formará parte del contrato que se firma, que tendrán carácter contractual, y del contrato firmado entre las partes, así como los derivados de la Legislación aplicable.
Este contrato se realiza a "Riesgo y Xxxxxxx", siendo por cuenta del adjudicatario la realización de las reparaciones necesarias en el cerramiento de la finca, así como los desbroces.
CLÁUSULA DECIMOSÉPTIMA. Formalización del Contrato
El contrato se formalizará en documento administrativo, en el que se transcribirán los derechos y deberes de ambas partes que han sido enumerados en este Pliego. Cuando el aprovechamiento sea susceptible de poder inscribirse en el Registro de la Propiedad, deberá formalizarse en escritura pública, para poder ser inscritos. Los gastos generados por ello serán x xxxxx de la parte que haya solicitado la citada formalización, artículo 113.1 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas y 1280.2 del Código Civil y 2.5 de la Ley Hipotecaria, Texto Refundido según Decreto de 8 de febrero de 1946.
CLÁUSULA DECIMOCTAVA Régimen Jurídico del Contrato
Este contrato tiene carácter privado, su preparación y adjudicación se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre y sus disposiciones de desarrollo; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado. En cuanto a sus efectos y extinción se regirá por las Normas de Derecho privado.
En cuanto a sus efectos y extinción se regirá por la normativa patrimonial de las Entidades Locales, cuando resulte de aplicación, y las Normas de Derecho privado.
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente el conocimiento de las cuestiones que se susciten en relación con la preparación y adjudicación de este contrato.
El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con los efectos, cumplimiento y extinción del contrato.
En Mombeltrán, a uno de diciembre de dos mil quince El Alcalde,
Fdo.: Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx de la Xxxx
Diligencia: Para hacer constar que el presente pliego fue aprobado por la Junta de Gobierno Local de fecha 22 de Diciembre de 2015.
El Secretario Accidental,
Fdo. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx