INFORME DEFINITIVO DE AUDITORÍA MODALIDAD EXPRÉS EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE VILLAVICENCIO E.S.P. NIT. 892.000.265-1
INFORME DEFINITIVO DE AUDITORÍA MODALIDAD EXPRÉS
EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO XX XXXXXXXXXXXXX E.S.P. NIT. 892.000.265-1
ASUNTO AUDITADO:
PC 79-11-2016, pérdida de 186 medidores y exoneración de pago por cobros inoportunos.
PC 87-12-2016, CONTRATO N° 165 DE 2015 y CONTRATO N° 187 DE 2015
CONTRALORÍA MUNICIPAL XX XXXXXXXXXXXXX
Villavicencio, Junio de 2017
¡Control efectivo, responsabilidad de todos!
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INFORME DEFINITIVO DE AUDITORÍA MODALIDAD EXPRÉS
ASUNTO AUDITADO:
PC 79-11-2016, pérdida de 186 medidores y exoneración de pago por cobros inoportunos.
PC 87-12-2016, CONTRATO N° 165 DE 2015 y CONTRATO N° 187 DE 2015
XXXXX XXXX XXXXXXXX XXXXXXX
Contralor Municipal xx Xxxxxxxxxxxxx
Equipo Directivo:
XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX
Secretario General
XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX
Contralor Auxiliar de Control Fiscal Y Apoyo Financiero
Rol de Auditor:
XXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXXXX
Profesional Universitario.
Villavicencio, Junio de 2017.
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TABLA DE CONTENIDO | ||
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Villavicencio,
Doctor
XXXXXXXXX XXXXXX XXXXX XXXX
Gerente
EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO XX XXXXXXXXXXXXX
Ciudad
Asunto: Carta de Conclusiones
Cordial saludo Doctor Xxxxx:
La Contraloría Municipal xx Xxxxxxxxxxxxx con fundamento en las facultades otorgadas por los Artículos 267 y 272 de la Constitución Política de Colombia, practicó Auditoría modalidad exprés a la pérdida de 186 medidores y el cobro inoportuno (PC 79-11-2016, ) y a los contratos N° 165 de 2015 y N° 187 de 2015 (PC 87-12-2016), para lo cual se aplicó los sistemas de Control Fiscal definidos en la Ley 42 de 1993 y la metodología establecida en la Guía de Auditoría Territorial.
Desde lo anterior la evaluación se realizó a través de la valoración de los principios de economía, eficiencia, eficacia y equidad con que se han administrado los recursos de inventarios y los procesos contractuales con respecto a los contratos del párrafo anterior.
Por lo tanto es responsabilidad de su administración, el contenido de la información suministrada y analizada por la Contraloría Municipal xx Xxxxxxxxxxxxx, quien a su vez tiene la responsabilidad de producir un informe técnico e integral de auditoría exprés, que contiene el concepto sobre el examen practicado a la pérdida de 186 medidores, a cobros inoportunos y a los contratos 165 y 187 de 2015.
En consecuencia, la evaluación se llevó a cabo de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas, con políticas y procedimientos de auditoría establecidos por la Contraloría Municipal xx Xxxxxxxxxxxxx, consecuentes con las de general aceptación; por lo tanto, requirió de un examen que proporcione una base razonable para fundamentar nuestro concepto.
En la evaluación anterior incluyó el examen, sobre las evidencias y documentos que soportan el cumplimiento de las etapas pre contractual, contractual y post contractual a los contratos en mención auditados y el cumplimiento de las disposiciones legales. El informe de auditoría de gestión y su corroboración en campo, los cuales reposan en los archivos de la Contraloría Territorial.
El informe generado a como producto del proceso descrito en el párrafo anterior contiene la evaluación de los aspectos más relevantes, que una vez detectados como deficiencias por los auditores, y serán corregidos por la
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Empresa de Acueducto y Alcantarillado xx Xxxxxxxxxxxxx ESP, lo cual contribuye a su mejoramiento continuo y por consiguiente en la eficiente y efectiva producción y/o prestación de bienes y/o servicios en beneficio de la ciudadanía, fin último del control.
CONCEPTO SOBRE EL ANÁLISIS EFECTUADO
La Contraloría Municipal xx Xxxxxxxxxxxxx como resultado de la auditoría adelantada, conceptúa que la gestión en el área xx xxxxxxx presenta deficiencia en el proceso de almacenamiento, identificación, individualización y trazabilidad de cada uno de los elementos en custodia de esta dependencia, lo que ha conllevado a las pérdidas de inventarios detectadas, sobre valoración de los inventarios en los Estados Financieros, es decir, afectando la eficiencia, y la eficacia.
Adicional a lo anterior se establece debilidades en los desmontes realizados, debido al incumplimiento de los tiempos establecidos en la ley 142 en el artículo 150.
Por otro lado en la evaluación de los contratos N° 165 de 2015 por un valor total de $95.000.902, se evidenció la ausencia de concreción en el proceso, a su vez de la aparente carencia de control por parte del supervisor del contrato y el N°187 de 2015 de $1.730.991.055 se evidencia la ausencia de concreción en el contrato, rigurosidad en la etapa precontractual, inobservancia del capítulo III, articulo 10, numeral 2 del manual interno de contratación, conflicto de intereses por parte del supervisor lo que generó presuntas ambigüedades y desviación de lineamientos de la EAAV ESP,.
En consecuencia, la EAAV E.S.P deberá allegarle a los presuntos implicados el informe final de la auditoria exprés por otra parte al Empresa deberá establecer un plan mejoramiento, páralo cual este ente de control le otorga 4 días hábiles siguientes al recibido de la presente comunicación.
Atentamente,
Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Contralor Municipal xx Xxxxxxxxxxxxx
Proyectó: Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx /Profesional Universitario. Revisó: Xxxxxx Xxxxxx/Contralora Auxiliar de CF y AF
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El contexto en el cual se desarrolla La Empresa de Acueducto y Alcantarillado xx Xxxxxxxxxxxxx es el siguiente: es una empresa industrial y comercial del estado del orden municipal, la cual tiene como fin principal prestar servicio públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado sanitario.
Misión
Este objetivo busca fortalecer y mejorar la infraestructura y la automatización del sistema de acueducto, todo ello para disminuir el índice de agua no contabilizada, así como para garantizar a nuestros usuarios la calidad del agua que ofrecemos, la continuidad del servicio y aumentar la cobertura para poder llegar a más barrios de nuestra ciudad.
Visión
En el año 2019 seremos un referente nacional en la prestación de servicios públicos domiciliarios con cobertura, calidad, competitividad, procesos innovadores y fortalecidos técnicamente con responsabilidad social, ambiental y solidez financiera.
OBJETIVO DEL SECTOR
Garantizar la prestación continua de los servicios de acueducto y alcantarillado a la comunidad xx Xxxxxxxxxxxxx.
OBJETIVOS ESTRATEGICOS:
1. Implementar el programa de gestión ambiental.
2. Incrementar en nivel de satisfacción de los empleados.
3. Aunar esfuerzos para la consecución de recursos financieros.
4. Administrar eficientemente las fuentes y el uso de los recursos con el fin de garantizar la disponibilidad de los mismos y su correcta ejecución.
5. Disminuir el índice de agua no contabilizada.
6. Mejorar la prestación del servicio alcantarillado sanitario.
7. Mejorar la prestación del servicio del alcantarillado pluvial.
8. Dar cumplimiento al plan de saneamientos y manejo de vertimientos.
9. Disminuir la cartera morosa de la empresa.
10. Consolidar un talento humano competente con vocación de servicio y orientación al logro que trabaje en condiciones seguras.
11. Optimizar la tecnología informática, maquinaria y equipos para la gestión integral de procesos.
En el presente documento plasma el proceso auditor desarrollado en la solución a la queja PC-79-11-2016, relacionada con las pérdidas de 211 medidores (sin embargo al finalizar el proceso auditor se estableció que solo
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existe perdida de 186 medidores), a su vez la exoneración por cobros inoportunos y PC 87-12-2016 inconsistencias en los contratos 165 de 2015 y 187 de 2015.
La queja fue asignada por parte del Xx. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, contralora auxiliar de Control Fiscal y Apoyo Financiero, mediante memorando de asignación N° 300-3-1-0087 con fecha 18 de enero de 2017.
Para la presentación, el presente informe se estructurará en dos apartados, el primero se resolverá lo correspondiente PC-79-11-2016 y en el segundo oportuno a la PC 87-12-2016.
En esta queja se hablará inicialmente de la pérdida de 211 medidores, sin embargo, al finalizar se establecerá la pérdida de 186 medidores
Hechos de la denuncia.
El siguiente apartado se trascribe del informe final de auditoría al proceso de gerencia de control de perdidas-alcance bodegas 08 y 09 inclusive ventas y gestión de recursos físico
“…la Oficina de Control interno de Gestión, determina que se ha configurado un daño fiscal por el hurto de aproximadamente (es un valor aproximado, pueden existir mas medidores sin detectar) 211 medidores detectados en el sistema de información, y se ha confrontado que éstos seriales corresponden a la cuarta entrega realizada por LASSA, por un valor de $ 42.255.282 millones de presos aproximadamente, configurándose un detrimento patrimonial para la empresa.
Se verificó del sistema de información BODEGA GCP la base de datos de inventarios Bodega GCP, observando que dichos seriales de medidores corresponden a los presentados por los usuarios e instalados por la empresa, es claro precisar que en seguimiento realizado paso a paso de los medidores, se logró identificar que no ingresaron a la Bodega 08 para su instalación, se presume que fueron sacados de la bodega xxx xxxxxxx, ubicada en la planta de tratamiento.
Teniendo en cuenta la naturaleza de los hallazgos evidenciados se correrá traslado a los entes de control competentes para su atención o lo de su competencia” (SIC) (pág.23)
Consideraciones.
Antes de dar respuesta a la queja por parte de este Órgano de Control, es importante tener claridad en lo siguiente:
PROCEDIMIENTO MANEJO Y CONTROL DE INVENTARIOS EN LA EAAV ESP.
Teniendo en cuenta el formato con código 11-GEF-PR-01, en el cual se establece el procedimiento de manejo y control de inventarios y en el cual se establece lo siguiente:
“ 1. OBJETO
Desarrollar actividades al ingreso, custodia, conservación, administración, protección, traslado y salida de los bienes, materiales, reactivos, productos químicos, elementos y/o suministros, buscando siempre mantener un stock mínimo de los mismo, para así atender las necesidades de las diferentes áreas de la empresa de forma eficaz y eficiente.
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1. ALCANCE
Este procedimiento inicia desde la recepción o entrada del bien, material, reactivo, producto químico, elemento, suministro, equipo y/o vehículo, su identificación clasificación, almacenamiento y va hata la salida o entrega del mismo a las áreas para el cumplimiento de sus actividades.
…
4.. POLÍTICAS DE OPERACIÓN
…
b) La administración del control de los bienes no sólo corresponde al almacén de la Empresa, sino a cada una de las áreas y funcionarios que reciben materiales y bienes para su manejo y custodia.
…
d) Los elementos adquiridos deben ser entregados en su totalidad por parte del proveedor en el Almacén o en el lugar que estipule la orden de adquisición; en el evento de presentarse o hacerse necesario recibir entregas parciales en razón de las características del producto, especificaciones técnicas, entre otras, deberá quedar estipulado en el contrato.
…
g) Toda salida de bienes xxx xxxxxxx, con destino a las dependencias y funcionarios o terceros, se hará previo pedido por parte de los jefes y profesionales responsables de las diferentes áreas de la empresa y exigirá la firma por parte de la persona que recibe el bien.
h) La entrega de los bienes que se haga a los funcionarios, para el cumplimiento de las funciones para las que fueron contratados, se hará directamente a la persona indicada en el orden de salida quien con su firma, se hará responsable y legalizará el recibo de los elementos.
…
m) la orden de salida debe ser registrada en el sistema de control de inventarios en Almacén, con el fin de mantener actualizados los movimientos y saldos.
…
p) Adicional al inventario anual obligatorio, Empresa podrá realizar inventarios rotativos o de verificación de forma periódica que le permitan mantener actualizadas las cifras que componen su patrimonio y controlar los bienes en especiales los que se encuentran en servicio.
…
q) Deberán hacerse revisiones físicas periódicas contra la existencias en kardex, a efecto de verificar que las existencias en el kardex, coincidan con las existencias físicas en Almacén.
…
t) Son responsables administrativa y físicamente todas las personas que administre, custodien, manejen, reciban, suministren o usen elementos de propiedad del Estado, de entidades o de particulares puestos al servicio del estado.
…
El área xx xxxxxxx es responsable de:
1) Adoptar normas para la protección y preservación de los bienes.
2) Definir y aplicar medidas para prevenir riesgos, así como detectar y corregir las posibles desviaciones.
3) Realizar stocks mínimos para los productos.
4) Constatar las existencias y estado físico de los elementos cuando se estime necesario.
5) Presentar el inventario físico pormenorizado de las existencias en almacén con la periocidad que las normas fiscales y administrativas lo indiquen”
A continuación se muestran el flujo grama de ingreso y salida xxx xxxxxxx.
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Una vez de observado el procedimiento de manejo de inventarios, se continuó con la revisión del manual específico de funciones y competencias laborales del cargo de Almacenista General.
Nivel: PROFESIONAL
“MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES
Denominación del Empleo: ALMACENISTA GENERAL
Código: 215
Grado: 01
Número de cargos: 1
Dependencia: ALMACEN
Cargo de jefe inmediato: SECRETARIO GENERAL
II. PROPOSITO PRINCIPAL
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Administrar y coordinar las actividades de recepción, almacenamiento, entrega, protección y mantenimiento de los materiales e insumos inherentes al funcionamiento de la EAAV. ESP; en cumplimiento de la misión, visión y objetivos corporativos.
III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES
…
1. Coordinar y controlar todas las actividades de recibo y entrega de artículos en la bodega de la empresa, velando por el registro y manejo adecuado de los mismos.
…
9. Administran y supervisar todas las actividades relacionadas con el manejo y control de inventarios físicos de materiales e insumos.
10. Responder por la realización periódica de inventarios físicos de los materiales e insumos de la empresa.
…
13. Garantizar el cumplimiento de las normas de almacenamiento que garanticen la seguridad e integridad de los elementos en Almacén.
14. Velar por la programación y elaboración del conteo físico de las existencias en almacén, mínimo dos veces al año.”
Sin embargo, en el año 2013 mediante el acuerdo No 002 de Enero de 2013 se reorganiza parcialmente la estructura orgánica de la empresa de acueducto y alcantarillado xx Xxxxxxxxxxxxx E.S.P., así:
“ARTÍCULO PRIMERO: Reorganizar la estructura administrativa de la empresa de Acueducto y Alcantarillado xx Xxxxxxxxxxxxx ESP transformando el área xx Xxxxxxx General en Oficina Almacén General con dependencia de la Secretaría General.
ARTÍCULO SEGUNDO: Transformar el cargo de Almacenista General Xxxxx profesional por el de Jefe Oficina Almacén General Xxxxx Directivo, con el siguiente perfil:
CODIGO | GRADO | NIVEL | DENOMINACION | REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA |
006 | 04 | Directivo | Jefe Oficina Almacén General | Título de formación profesional en ciencias administrativas o económicas y especialización en áreas afines. Tres años de experiencia profesional. |
ARTÍCULO TERCERO: Las Funciones a desempeñar por el jefe de oficina almacén general serán las siguientes:
1. Coordinar y controlar todas las actividades de recibo y entrega de artículos en la bodega de la empresa, velando por el registro y manejo adecuado de los mismos.
…
9. Administran y supervisar todas las actividades relacionadas con el manejo y control de inventarios físicos de materiales e insumos.
10. Responder por la realización periódica de inventarios físicos de los materiales e insumos de la empresa.
…
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13. Garantizar el cumplimiento de las normas de almacenamiento que garanticen la seguridad e integridad de los elementos en Almacén.
14. Velar por la programación y elaboración del conteo físico de las existencias en almacén, mínimo dos veces al año.”
En lo anterior se puede determinar la obligatoriedad del profesional jefe de oficina xx xxxxxxx general de realizar por lo menos 2 conteos físicos xx xxxxxxx. Continuado con las pesquisas de las funciones de los encargados xxx xxxxxxx, en especial el jefe xx xxxxxxx y el administrativo responsable de la bodega de la Esmeralda, se continúa con la descripción de las funciones del auxiliar administrativo.
“MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES Nivel: ADMINISTRATIVO
Denominación del Empleo: AUXILIAR ADMINISTRATIVO
Código: 550
Grado: 04
Números de cargos:
Dependencia: SUBGERENCIA COMERCIAL
Cargo del jefe inmediato: SUBGERENCIA COMERCIAL
III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES
…
5. Recibir, tramitar, archivar documentos y correspondencia de acuerdo con las normas técnicas vigentes.
19. Desempeñar las demás funciones asignadas por el superior inmediato, las que reciba por la delegación y aquellas que sean inherentes a las que desarrolla la dependencia y la profesión del titular del Cargo.”
Desde lo descrito hasta el momento se establece las funciones del jefe xx xxxxxxx y las funciones del auxiliar administrativo, con lo cual se procedió a establecer quienes se encontraban ocupando ese cargo en la vigencia 2015.
Desde lo anterior se procedió a indagar la fecha de nombramiento de la funcionario (a) que desempeñó el cargo de Jefe xx xxxxxxx, encontrando que según la resolución de gerencia N° 018 del 01 de febrero de 2013 se nombró a la funcionaria Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx identificada con cédula N°40.392.619 xx Xxxxxxxxxxxxx en el cargo de “JEFE DE OFICINA ALMACEN GENERAL” cargo en el cual se posesionó desde el día 1 de febrero de 2013 y que desempeño hasta el día 04 de febrero de 2016 según lo establece la resolución de gerencia N° 042 de 4 de Febrero de 2016.
Del mismo modo se prosiguió a establecer si existía alguna delegación de la que trata la función número 19 del auxiliar administrativo, encontrando que el día 4 de enero de 2012, con el oficio SAD-021, el señor Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx es informado de los siguiente “De manera atenta le informo que a partir de la fecha sírvase desempeñar sus funciones en la Oficina xx Xxxxxxx, bajo las órdenes de la jefe de la Oficina Xxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx”
Teniendo claro lo descrito hasta el momento se realizó inspección documental al contrato 069 de 2015 por medio del cual se adquirieron 11.000 medidores que fueron entregados en 4 momentos. En la cuarta
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entrega fueron allegados a la EAAV ESP los seriales desde 2015436951 al 2015439700 para una entrega parcial (en la cuarta entrega) de 2750 medidores.
Se encontró que en la carpeta 3 del contrato 069 de 2015 en su folio 510 se observa la remisión de ventas 00007282 de 30 xx Xxxxx de 2015, en el cual se evidencia que la cuarta entrega de los “MEDIDORES CON DIAMETRO DE ½”, TIPO VELOCIDAD, CHORRO UNICO, CLASIFICACIÓN R160, TRANSMISION
MECANICA Y CAUDAL DE 2.5 M3” la recepción de los medidores fue realizada por el funcionario Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx, adicional a lo anterior en el folio 517 de la misma carpeta el Ing. Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx enuncia que en la entrega corresponde a los seriales desde 2015436951 al 2015439700.
Con lo anterior se corrobora que los elementos fueron entregados por el contratista XXXXX y pasaron a custodia del almacenista Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx y por funciones a la Jefe de la oficina xx xxxxxxx.
Por lo tanto se procede a verificar las actas de autoevaluación de la oficina xx xxxxxxx, con el fin de determinar si existe algún otro elemento que aporte en el presente análisis.
Llama la atención al equipo auditor el acta de autoevaluación con fecha 8 xx xxxx de 2015, con número 005, llevada a cabo por los funcionarios xxx xxxxxxx en cabeza de la jefe xx xxxxxxx, en la cual en uno de los puntos del numeral 3, se indica “se programo en conjunto con el funcionario Xxxx Xxxx, el ing. Xxxxxxx Xxxxxxxxx y la dra. Xxxxxxx Xxxxxxxx, la recepción de los 11.000 equipos de medida.” (SIC)
Posteriormente el día 5 xx xxxxx de 2015, en el acta con número 006, se observa en el numeral 3 lo siguiente “Se realizaron los monitoreos de la bodega del paraíso y de la bodega sede planta la esmeralda, subsanando la falencias encontradas y realizando los ajustes necesarios. Se evidencio la demora en la entrega oportuna del formato 112- GEF-FR 14 solicitud de materiales, para su respectiva inclusión el sistema xxxxx, evitando así tener información precisa de los stok mínimos de seguridad, esta tarea es responsabilidad del funcionario Xxxx Xxxx Xxxxxxx. Para esta situación se decidió que el funcionario todos los días haga entrega de los formatos “solicitud de materiales”, en la oficina de almacén del paraíso”
En la reunión siguiente de autoevaluación del proceso de gestión de recursos físicos del mes de julio de 2015, con número 007, se evidencia que en el numeral 3 lo siguiente “ El funcionario Xxxx Xxxx responsable de la bodega paraíso, no ha cumplido con la función de entrega diaria del formato 112-GEF-FR 14 solicitud de materiales, (materiales entregados), como medida al incumplimiento de las funciones a su cargo, veo la necesidad de asignar acompañamiento de los funcionarios Xxxxx Xxxxx xxxxxxx y Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, los cuales están entregando los reportes diarios de la bodega la esmeralda.”
Siguiente a la anterior reunión en el acta número 008 xx Xxxxxx 10 de 2015, se evidenció que en el numeral 3 establece “El funcionario Xxxx Xxxx responsable de la bodega planta la esmeralda, sigue incumpliendo con la tarea de entrega diaria del formato 112-GEF-FR 14 solicitud de materiales, (materiales entregados), por lo cual al requerirlo dichos incumplimientos del funcionario Xxxx Xxxx Xxxxxxx aduce que está revisando el archivo que él tiene para poder subsanar las inconsistencias encontradas a la fecha.”
En el acta 009 de Septiembre 08 de 2015, en su numeral 3 enuncia que “El funcionario Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx, responsable de la bodega planta la esmeralda, sigue incumpliendo con la función de entrega diaria del formato 112-GEF-FR 14 solicitudes, (materiales entregados).
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La reunión llevada a cabo el día 09 de octubre de 2015 y registrada en el acta número 010 de 2015 se encontró que en el numeral establece lo siguiente “El funcionario Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx, sigue incumpliendo con sus funciones, lo cual impide alimentar el sistema que nos permite tener la información real del inventario general, por cuanto no ha radicado los formatos 112-GEF-FR 14, pendientes por descargar del sistema. Los funcionarios Xxxxx Xxxxx y Xxxxxxx Xxxxx, siguen efectuando los relevos a la entrega de combustible y atención a la bodega de la sede Planta la Esmeralda.”, adicional se encontró en el mismo numeral lo siguiente “En razón a los serios incumplimientos que se han observado en el inventario de la bodega la esmeralda, el objeto de esta reunión es aclarar los faltantes de los soportes de los formatos 112-GEF-FR 14, pero el funcionario no Xxxx Xxxx no asistió a la reunión de autoevaluación”
En el mes de noviembre, específicamente el día 9 del año 2016, quedó registrada el acta 011 en el numeral 3 siguiente: “Se efectuó en el mes de octubre el monitoreo de las bodegas de la sede paraíso y planta la Esmeralda, encontrando algunas inconsistencias en la bodega la esmeralda, las cuales el funcionario Xxxx xxxx se comprometió a subsanar con la entrega de los formatos 112-GEF-RE 14 faltantes. (tubería de 3”, Tubería presión con campana XXX 00 xx 00” x 00”, Xxxxxxxxx antifraude a manguera y a pvc de ½”, Registro de paso de ½, malla para gavión, tapas Rexess, cajillas plásticas para medidor, válvulas medidores volumétricos de ½ vertical no conformes, barras petroleras, manguera pf+aud de ½” entre otros, compromiso que hasta la fecha no ha sido cumplido, por cuanto sigue encontrándose inconsistencias en el inventario a su cargo.
Realizando la valoración al estado del inventario y en razón a las inconsistencias encontradas requiero realizar un control mensual detallado para hacer un seguimiento a las situaciones encontradas en el inventario que está a cargo del funcionario Xxxx Xxxx Xxxxxxx, por cuanto como persona responsable de la bodega planta la esmeralda, a la fecha sigue incumpliendo con sus funciones, lo cual impide alimentar el sistema que nos permite tener la información real del inventario general.”
En la reunión con acta número 012 de 04 de diciembre de 2015, se enunció lo siguiente “Debido a los constantes incumplimientos con las tareas y funciones asignadas al Xxxx Xxxx Xxxxxxx, responsable de la bodega planta la esmeralda, lo cual impide alimentar el sistema que nos permite tener un la información real del inventario, se realiza un inventario general para conocer el estado actual del mismo y tomar las medidas y acciones pertinentes que nos permita esclarecer las causas de los reiterados faltantes y/o inconsistencias de los bienes …”
Con las anteriores actas se evidencia que existían falencias en el manejo de inventario xxx xxxxxxx, aunque no se habla específicamente de los medidores, sí se enuncia los problemas de la legalización de la entrega de los elementos mediante el formato 112-GEF-FR 14 solicitud de materiales y la renuencia del funcionario Xxxx Xxxx Xxxxxxx en realizar dicho procedimiento.
Lo anterior se resalta porque tiene relación con el funcionario Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx quien recibe la última entrega de los medidores Watertech, modelo Sirius con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3, lote del cual se detectó el faltante de 211 medidores.
Del mismo modo se proceden a inspeccionar los papeles y el informe de auditoría interna de gestión de trabajo elaborados por la auditora Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, quien realizó la auditoria al proceso de gerencia de control de perdidas-alcance bodegas 08 y 09 inclusive ventas y gestión de recursos físicos.
En el informe elaborado por la auditora Xxxxxxx se establece “que al cotejar la información de la cantidad de equipos de medida que se encuentran en custodia en la bodega xx xxxxxxx, según kardex a junio de 2016, es de 5.850 comparado con el saldo real en físico es de 5.560, se encuentra una diferencia de 290 medidores de ½”, que no se evidenciaron registros de salida durante el examen practicado a la fecha de la auditoria, como tampoco en el sistema de información se ve reflejado el descargue de dichos elementos..” (SIC), desde su inspección física a los elementos a
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los medidores y al compararlo con el medio de control de inventario Kardex se presenta una diferencia de 290 medidores.
Como estrategia para identificar la ubicación de los medidores la auditora inicia el cruce de información con la subgerencia comercial en el área de ventas, con el fin de constatar las quejas sobre los seriales de los medidores (ver página 14 de informe de Control Interno de Gestión-CIG), al cruzar los registros de seriales de los medidores que reposan en el área comercial y que fueron aportados por los usuarios (para su calificación y posterior instalación) con los seriales que posee la EAAV ESP en su inventario, la auditoría interna logró constatar que en los registros del área comercial aparecían 211 seriales de medidores presentados por usuarios como adquiridos en establecimientos diferentes a la EAAV E.S.P, pero que fueron adquiridos por la EAAV ESP mediante el contrato 069 de 2015 y que concuerdan con 211 seriales de los 2750 entregados, es decir, estableció que los 211 medidores salieron de la custodia xx xxxxxxx de la EAAV ESP y fueron adquiridos por algunos usuarios en el comercio formal en Villavicencio.
En relación a lo anterior la auditora enuncia lo siguiente “El auditor revisó minuciosamente cada uno de los soportes presentados por los usuarios observando que los equipos cumplen con los requisitos establecidos para ser instalados como es factura de compra, protocolo de calibración y constancia de recibo del medidor” (p.14), lo anterior hace referencia a que los usuarios presentaron el medidor con los documentos completos como lo establece el procedimiento, sin embargo, llama la atención que cuentan con factura.
Posteriormente a la identificación de los 211 medidores, la auditora en compañía del jefe xx xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx y Xxxxx Xxxxxxxx funcionario de la oficina de control de gestión, procedieron realizar visita de campo a 40 de 211 seriales con el fin de constatar que se encontraran instalados en los predios que fueron solicitados, encontrando lo siguiente “De la visita de inspección, se evidenció que efectivamente los equipos de medida fueron instalados correctamente en cada una de las direcciones aportadas..” (p.16)
Posterior a esto la auditora establece que los seriales que fueron presentados por los usuarios no aparecían en el sistema en consecuencia a que el cargue de los seriales no se había realizado oportunamente a lo cual la auditora manifiesta “…es claro precisar que en seguimiento realizado paso a paso de los medidores, se logró identificar que no ingresaron a la Bodega 08 para su instalación, se presume que fueron sacados de la bodega xxx xxxxxxx, ubicada en la planta de tratamiento” (p.23) refiriéndose a la planta de tratamiento de La Esmeralda.
Pese a lo anterior se solicitó a la Empresa de Acueducto de Alcantarillado xx Xxxxxxxxxxxxx E.S.P- (EAAV E.S.P)., aportar las evidencias y relación de los medidores que fueron aportados por los usuarios adquiridos en el mercado y que pertenecían a la EAAV E.S.P., encontrando que de los 211 medidores reportados por la Auditoria de Control a la gestión, se evidenciaron seriales repetidos, seriales que fueron instalados en comodato y seriales de medidores que cuentan con factura de venta, por lo anterior se concluyó que el faltante de los medidores es de 186.
A continuación enuncian los seriales de los186 medidores de los cuales se configura el daño fiscal,
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RELACION DE SERIALES DE MEDIDORES ADQUIRIDOS EN EL MERCADO | ||||
2015438231 | 2015438239 | 2015438256 | 2015438324 | 2015438332 |
2015438252 | 2015438240 | 2015438257 | 2015138325 | 2015438333 |
2015438253 | 2015438241 | 2015437606 | 2015438326 | 2015438334 |
2015438234 | 2015438251 | 2015438259 | 2015438327 | 2015438335 |
2015438235 | 2015438100 | 2015438260 | 2015438328 | 2015438336 |
2015438236 | 2015438091 | 2015438321 | 2015438329 | 2015438337 |
2015438237 | 2015438099 | 2015438322 | 2015438330 | 2015438338 |
2015438238 | 2015438255 | 2015438323 | 2015438331 | 2015438341 |
2015437610 | 2015437609 | 2015437603 | 2015437627 | 2015437622 |
2015437624 | 2015437623 | 2015437629 | 2015437625 | 2015437233 |
2015437621 | 2015437626 | 2015438095 | 2015438097 | 2015438343 |
2015438094 | 2015438348 | 2015437607 | 2015437401 | 2015438344 |
2015438342 | 2015438347 | 2015438092 | 2015438093 | 2015438098 |
2015437633 | 2015437639 | 2015437636 | 2015437635 | 2015438811 |
2015437815 | 2015437813 | 2015437816 | 2015437817 | 2015437820 |
2015438249 | 2015438250 | 2015437031 | 2015437037 | 2015437038 |
2015437032 | 2015437033 | 2015437034 | 2015437035 | 2015437036 |
2015437818 | 2015437201 | 2015437206 | 2015437203 | 2015437204 |
2015438233 | 2015437208 | 2015437207 | 2015437209 | 2015437819 |
2015438082 | 2015438087 | 2015438089 | 2015438090 | 2014369830 |
2014369829 | 2015438141 | 2015437202 | 2015438146 | 2015438142 |
2015437637 | 2015437638 | 2015438145 | 2015438149 | 2015438148 |
2015438147 | 2015438355 | 2015438356 | 2015438357 | 2015438358 |
2015438360 | 2015438258 | 2015438345 | 2015438254 | 2015438359 |
2015437040 | 2015438349 | 2015438350 | 2015438351 | 2015438150 |
2015438354 | 2015438352 | 2015438353 | 2015437632 | 2015438088 |
2015437634 | 2015437814 | 2015437039 | 2015437234 | 2015437235 |
2015437236 | 2015437237 | 2015437238 | 2015437239 | 2015437240 |
2015438096 | 2015437402 | 2015437403 | 2015437404 | 2015437405 |
2015437406 | 2015437407 | 2015437408 | 2015437409 | 2015437410 |
2015437431 | 2015437432 | 2015437433 | 2015437434 | 2015437435 |
2015437436 2015437601 | 2015437437 2015437602 | 2015437438 2015437604 | 2015437439 2015437605 | 2015437440 2015437608 |
2015437611 | 2015437612 | 2015437613 | 2015437614 | 2015438232 |
2015437615 | 2015437616 | 2015437617 | 2015437618 | 2015437619 |
2015437620 | 2015437628 | 2015437630 | 2015437631 | 2015437640 |
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2015437811 | 2015437232 | 2015438143 | 2015438144 | 2015437205 |
2015437231 |
Fuente: elaboración propia desde informe de auditoría de control de gestión y el radicado 0545 de 07 xx Xxxxx de 2017
Desde lo anterior se procede a contrastar con lo establecido en la parte normativa frente a las acciones detectadas, específicamente desde la ley 610 de 2000, evidenciando lo siguiente:
“Artículo 3°. Gestión fiscal. Para los efectos de la presente ley, se entiende por gestión fiscal el conjunto de actividades económicas, jurídicas y tecnológicas, que realizan los servidores públicos y las personas de derecho privado que manejen o administren recursos o fondos públicos, tendientes a la adecuada y correcta adquisición, planeación, conservación, administración, custodia, explotación, enajenación, consumo, adjudicación, gasto, inversión y disposición de los bienes públicos, así como a la recaudación, manejo e inversión de sus rentas en orden a cumplir los fines esenciales del Estado, con sujeción a los principios de legalidad, eficiencia, economía, eficacia, equidad, imparcialidad, moralidad, transparencia, publicidad y valoración de los costos ambientales.
Artículo 6°. Daño patrimonial al Estado. Para efectos de esta ley se entiende por daño patrimonial al Estado la lesión del patrimonio público, representada en el menoscabo, disminución, perjuicio, detrimento, pérdida, uso indebido o deterioro de los bienes o recursos públicos, o a los intereses patrimoniales del Estado, producida por una gestión fiscal antieconómica, ineficaz, ineficiente, inequitativa e inoportuna, que en términos generales, no se aplique al cumplimiento de los cometidos y de los fines esenciales del Estado, particularizados por el objetivo funcional y organizacional, programa o proyecto de los sujetos de vigilancia y control de las contralorías. Dicho daño podrá ocasionarse por acción u omisión de los servidores públicos o por la persona natural o jurídica de derecho privado, que en forma dolosa o culposa produzcan directamente o contribuyan al detrimento al patrimonio público. El texto subrayado fue declarado INEXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-340 de 2007
Artículo 7°. Pérdida, daño o deterioro de bienes. En los casos de pérdida, daño o deterioro por causas distintas al desgaste natural que sufren las cosas, de bienes en servicio o inservibles no dados de baja, únicamente procederá derivación de responsabilidad fiscal cuando el hecho tenga relación directa con el ejercicio de actos propios de la gestión fiscal por parte de los presuntos responsables. En los demás eventos de pérdida, daño o deterioro de este tipo de bienes, el resarcimiento de los perjuicios causados al erario procederá como sanción accesoria a la principal que se imponga dentro de los procesos disciplinarios que se adelanten por tales conductas o como consecuencia civil derivada de la comisión de hechos punibles, según que los hechos que originaron su ocurrencia correspondan a las faltas que sobre guarda y custodia de los bienes estatales establece el Código Disciplinario Único o a los delitos tipificados en la legislación penal.”
Por lo anterior se establece como responsable fiscal a la Dra. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, quien para la vigencia 2015 desempeño el cargo de jefe de oficina xx xxxxxxx, según certificado xx xxxxxxx humano “ Que la señora XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX, con cédula de ciudadanía N° 40.392.619 xx Xxxxxxxxxxxxx, laboró en la Empresa de Acueducto y Alcantarillado xx Xxxxxxxxxxxxx ESP, desde el 0 xx xxxxxxx xx 0000, xx 0 xx xxxxxxx de 2016, en el cargo de Jefe de la Oficina xx Xxxxxxx Código 006, Grado 04, Nivel Directivo, Dependencia Secretaría General, con una asignación básica mensual de CUATRO MILLONES CIENTO SESENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS SESENTA Y SIETE
PESOS $4.169.567” lo anterior en consecuencia a las funciones propias de su cargo descrita en este apartado, adicionalmente por ser la jefe encargada de hacer cumplir el procedimiento de manejo y control de inventarios.
Sin embargo y atendiendo a la relación directa que tuvo el señor Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx con el manejo de la bodega ubicada en la planta La Esmeralda, lugar de donde se extraviaron los elementos de los cuales se trata en la presente denuncia, es involucrado como responsable fiscal, lo anterior en consecuencia a lo evidenciado en las siguientes actas y demás documentos:
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Acta de reunión número 02 del 4 xx xxxx de 2012, en donde asistieron Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx xx Xxxx, Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxx, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx y Xxxxxxx Xxxxx Xxxx. E el punto 4 de esta acta en la quinta viñeta se establece lo siguiente “Se acuerda con los responsables de la custodia de los inventarios de la bodega la esmeralda, Xxxx Xxxx con el señor Xxxxxxx Xxxxxx como auxiliar…”
En el acta de reunión número 02 de 2013, con fecha de febrero de 2013 con los siguientes asistentes Xxxxxx X. Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx xx Xxxx, Xxxx Xxxx Xxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, Xxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxxxxxx y Xxxxxx Xxxxxxxxxx, en esta acta se establece lo siguiente en su numeral 4:
“De acuerdo con el cuarto punto, se realizó la entrega del cargo del jefe xx xxxxxxx por parte del Adm. Fn Xxxxxxx Xxxxx Xxxx a la Adm. Pub. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx quien pasó ser la nueva Jefe de la Oficina xx Xxxxxxx.
Dicha entrega se realizó con los respectivos inventarios, bodega Paraíso, bodega Esmeralda, bodega devolutivos, inventarios individuales por funcionarios, inventarios de equipos y vehículos, las interventorías, y demás archivos correspondientes a la gestión de la oficina xx xxxxxxx.
Debido al cambio de jefe xx Xxxxxxx se socializo el trabajo de cada uno de los funcionarios xxx xxxxxxx con la adm. Pub. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, dando a conocer sus respectivas funciones y responsabilidades.
Se asignaron las tareas relacionadas en el siguiente cuadro, y no siendo más se da por terminada la reunión a las 5:45 pm del día 28 de febrero de 2013.
TAREAS Y COMPROMISOS | ||
ACTIVIDAD | RESPONSABLE | FECHA |
Monitoreo de inventario de la bodega Paraíso | Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx | 4 xx xxxxx de 2013 |
Encargado de la bodega de devolutivos | Xxxxxxx Xxxxx | Continúa con esta función |
Interventorías a contratos y entradas | Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx de Dios | Continúa con esta función |
Salidas xx xxxxxxx | Xxxxxx Xxxxxxxxxx | Continúa con esta función |
Inventarios individuales por funcionario | Xxx Xxxx Xxxxx | Continúa con esta función |
Encargado de Vehículos y equipos | Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx | Continúa con esta función |
Custodia de la bodega la Xxxxxxxxx | Xxxx xxxx Xxxxxxx | Continúa con esta función |
Entrega de la custodia de la bodega Paraíso | Entrega: Xxxxxx Xxxxxxxxx y recibe: Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx | 8 xx Xxxxx de 2013 |
Apoyo de inventarios individuales por funcionario y a las interventorías a contratos | Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx | A partir del 8 xx xxxxx de 2013 |
(subrayado y negrilla fuera del texto original)”
En el acta de reunión número 02 de 2014, del día 27 de febrero de 2014, con los siguientes asistentes Xxxxxx X, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx de Dios, Xxxx xxxx Xxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx y Xxxxxx Xxxxxxxxxx. En el numeral dos se establece lo siguiente:
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“Se estableció un cronograma previo para la toma de inventarios y monitoreos de las bodegas Paraíso y Planta la Esmeralda por parte de los funcionarios Xxxx Xxxx Xxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxxxx y Xxxxxxx Xxxxxx, ya que son los responsables de los bienes de las respectivas bodegas por cuanto son los únicos con llaves de las mismas, dejando acordado hacer cuatro monitoreos, uno por cada trimestre, y dos inventarios generales, uno a mitad de año y el otro a 31 de diciembre de 2014 con el fin de este último cerrar la vigencia actual.”
Acta de reunión número 04 de 2014, con fecha del 30 xx xxxxx de 2014, con los siguientes asistentes: Xxxxxx X. Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx xx Xxxx, Xxxx Xxxx Xxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx y Xxxxxx Xxxxxxxxxx. En su numeral 3 y 4 se evidenció lo siguiente:
“3. …
Los monitoreos programados para las bodegas de la sede el Paraíso y la planta la Esmeralda se realizaron satisfactoriamente en las fechas programadas por parte de los funcionarios correspondientes así: Xxxxxx Xxxxxxxxx y Xxxx Xxxx se encargaron del monitoreo de la planta la Esmeralda y Xxxxxx Xxxxxxxxxx u Xxxxxxx Xxxxxx se encargaron del monitoreo de la sede el Paraíso.
…
4 …
… No se genera un cambio de funciones específicas, si no por el contrario, se reafirman y se continúa con las labores asignadas a cada funcionario de la oficina xx xxxxxxx general.
TAREAS Y COMPROMISOS | ||
ACTIVIDAD | RESPONSABLE | FECHA |
Xxxxxx Xxxxxxxxx | ||
Xxxx xxxx Xxxxxxx | ||
Xxxxxxx Xxxxxx | ||
Continúa con sus labores | Xxxxx Xxxxx | |
xxxxxxxxx dándole continuidad al | Xxxxxxx Xxxxx | A partir del mes xx xxxx |
proceso. | Xxxxxx Xxxxxxxxxx | |
Dra. Xxxxxxx | ||
Xxxxxxx Xxxxxxxx | ||
Xxxxxx |
No siendo más se da por terminada la reunión”
En el acta número 03 de 2014 de 29 xx xxxxx de 2014, en donde asistieron los siguientes: Xxxxxx X. Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx xx Xxxx, Xxxx Xxxx Xxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx y Xxxxxx Xxxxxxxxxx.
TAREAS Y COMPROMISOS | ||
ACTIVIDAD | RESPONSABLE | FECHA |
Realización de los monitoreos de la bodega de la planta la Xxxxxxxxx | Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx Xxxx Xxxxxxx | 4 xx xxxxx |
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Continuado con la inspección documental se evidenció en el formato 113-GTH-FR-44 diligenciado el 20 xx xxxxxx de 2015, en la concertación de objetivos de desempeño redactado junto con el empleado en el numeral 1 lo siguiente: “1.Custodiar y conservar los inventarios de la bodega la esmeralda conforme al manual de manejo de inventarios y a las normas técnicas sobre “administrar de inventarios”. 2. Reportar en las entradas a almacén la sección de bodega en la que fueron almacenado los bienes recibidos, igualmente informar sobre si la calidad del bien se ajusta a los términos requeridos. 3. Realizar los monitoreos físicos de todos los bienes trimestralmente e inventario general. 4. Ordenar y controlar el suministro de combustible, lubricantes y montaje de llantas entre el proveedor del servicio y los conductores. 5. Radicación diaria en la oficina xx xxxxxxx sede Paraíso del formato de las solicitudes de materiales (112-GEF-FR-14) entregadas en su totalidad” (SIC). Dicho documento se encuentra firmado por el funcionario Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx
En el memorando 2015-112-02 con fecha de 13 de enero de 2016 enviado por la Dra. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx (Jefe de oficina xx xxxxxxx) a la Dra. Xxxx Xxxxxxxx Xxxxx (Subgerente Talento humano y servicios administrativos), en el cuerpo del mencionado memorando se evidencia lo siguiente : “Teniendo en cuenta que se debe realizar el cierre del inventario de Diciembre del Año 2015, es necesario contar con el apoyo de todo el equipo de Trabajo de la Oficina xx Xxxxxxx General, en especial el aux. ad. G-4 XXXX XXXXX XXXX XXXXXXX, quién manejó la bodega ubicada en la planta la Esmeralda. Por lo tanto solicito aplazar el disfrute de sus vacaciones una vez haya terminado el cierre Contable.-”
Teniendo en cuenta las anteriores consideraciones se encuentra merito suficiente para establecer un hallazgo con alcance fiscal, disciplinario y penal.
Hallazgo 1, con alcance administrativo, fiscal, disciplinario y penal Perdida de 186 medidores
En auditoría interna de gestión realizada por la EAAV E.S.P. finalizada en noviembre de 2016 a la UCPA (Unidad de Control de Perdidas de Agua)-bodega 08, bodega 09, inclusive y gestión de recursos físicos y posterior confirmación por parte de la EAAV ESP, se evidenció perdida o faltante de 186 medidores, que corresponden a seriales adquiridos mediante el contrato 069 de 2015 por medio del cual se adquirieron
11.000 “MEDIDORES CON DIAMETRO DE ½”, TIPO VELOCIDAD, CHORRO UNICO, CLASIFICACIÓN R160, TRANSMISION MECANICA Y CAUDAL DE 2.5 M3” que fueron entregados en 4 momentos. En la cuarta entrega fueron allegados a la EAAV ESP los seriales desde 2015436951 al 2015439700 para una entrega parcial (en la cuarta entrega) de 2750 medidores, de ésta última entrega se evidencia que pertenecen los 186 seriales de los medidores evidenciado como perdidos o faltantes, la recepción de los medidores fue realizada por el funcionario Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx, dichos medidores fueron entregados por el contratista LASSA y pasaron a custodia del almacenista Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx y por funciones a la Jefe de la oficina xx xxxxxxx.
Lo anterior en contravía al procedimiento xx xxxxxxx el cual tiene como objeto “Desarrollar actividades al ingreso, custodia, conservación, administración, protección, traslado y salida de los bienes, materiales, reactivos, productos químicos, elementos y/o suministros, buscando siempre mantener un stock mínimo de los mismo, para así atender las necesidades de las diferentes áreas de la empresa de forma eficaz y eficiente.”, lo anterior ocasionó un detrimento patrimonial según lo establecido en el artículo 6 de la ley 610 “Daño patrimonial al Estado. Para efectos de esta ley se entiende por daño patrimonial al Estado la lesión del patrimonio público, representada en el menoscabo, disminución, perjuicio, detrimento, pérdida, uso indebido o deterioro de los bienes o recursos públicos, o a los intereses patrimoniales del Estado, producida por una gestión fiscal antieconómica,
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ineficaz, ineficiente, inequitativa e inoportuna”, lo cual conlleva a determinar un menoscabo del patrimonio por valor de $29.019.720 (Veintinueve millones veinte mil setecientos veinte pesos).
Los seriales de los medidores faltantes se encuentran a continuación:
Orden | Serial | Tipo de Medidor | Remitido al acueducto mediante | Recibido en Bodega la Esmeralda: Recibido por y fecha de recibido | Encargado de la custodia en Bodega la Esmeralda | Ex jefe xx xxxxxxx y Jefe xx Xxxxxxx | Valor Unitario ($) |
1 | 2015438231 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
2 | 2015438252 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
3 | 2015438253 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
4 | 2015438234 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
5 | 2015438235 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
6 | 2015438236 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
7 | 2015438237 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
8 | 2015438238 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
9 | 2015437610 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
10 | 2015437624 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
11 | 2015438091 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
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mecánica y caudal de 2.5 m3 | |||||||
12 | 2015437621 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
13 | 2015438094 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
14 | 2015438342 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
15 | 2015437633 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
16 | 2015437815 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
17 | 2015438249 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
18 | 2015437032 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
19 | 2015437818 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
20 | 2015438082 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
21 | 2014369829 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
22 | 2015437637 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
23 | 2015438147 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
24 | 2015438360 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
25 | 2015438331 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
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mecánica y caudal de 2.5 m3 | |||||||
26 | 2015437040 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
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28 | 2015438257 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
29 | 2015437236 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
30 | 2015437406 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
31 | 2015437431 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
32 | 2015437436 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
33 | 2015437601 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
34 | 2015437611 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
35 | 2015437615 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
36 | 2015437620 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
37 | 2015437811 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
38 | 2015437231 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
39 | 2015438232 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
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40 | 2015438239 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
41 | 2015438240 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
42 | 2015438241 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
43 | 2015438251 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
44 | 2015438254 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
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46 | 2015437609 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
47 | 2015437623 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
48 | 2015438100 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
49 | 2015437626 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
50 | 2015438348 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
51 | 2015438347 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
52 | 2015437639 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
53 | 2015437813 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
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54 | 2015438250 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
55 | 2015437033 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
56 | 2015437201 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
57 | 2015437208 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
58 | 2015438087 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
59 | 2015438141 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
60 | 2015437638 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
61 | 2015438355 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
62 | 2015438256 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 xx xxxxx de 2015 | Xxxx Xxxx – Julio 2 de 2015 | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx | 156,020 |
63 | 2015438349 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 de junio de 2015 | Jhon Vega – Julio 2 de 2015 | Jhon Jairo Vega Salinas-Cesar Raúl Vásquez Rico | Claudia González-Edgar Bonilla | 156,020 |
64 | 2015438352 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 de junio de 2015 | Jhon Vega – Julio 2 de 2015 | Jhon Jairo Vega Salinas-Cesar Raúl Vásquez Rico | Claudia González-Edgar Bonilla | 156,020 |
65 | 2015438337 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 de junio de 2015 | Jhon Vega – Julio 2 de 2015 | Jhon Jairo Vega Salinas-Cesar Raúl Vásquez Rico | Claudia González-Edgar Bonilla | 156,020 |
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66 | 2015437237 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 de junio de 2015 | Jhon Vega – Julio 2 de 2015 | Jhon Jairo Vega Salinas-Cesar Raúl Vásquez Rico | Claudia González-Edgar Bonilla | 156,020 |
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70 | 2015437437 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 de junio de 2015 | Jhon Vega – Julio 2 de 2015 | Jhon Jairo Vega Salinas-Cesar Raúl Vásquez Rico | Claudia González-Edgar Bonilla | 156,020 |
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90 | 2015437034 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 de junio de 2015 | Jhon Vega – Julio 2 de 2015 | Jhon Jairo Vega Salinas-Cesar Raúl Vásquez Rico | Claudia González-Edgar Bonilla | 156,020 |
91 | 2015437206 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 de junio de 2015 | Jhon Vega – Julio 2 de 2015 | Jhon Jairo Vega Salinas-Cesar Raúl Vásquez Rico | Claudia González-Edgar Bonilla | 156,020 |
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113 | 2015138325 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 de junio de 2015 | Jhon Vega – Julio 2 de 2015 | Jhon Jairo Vega Salinas-Cesar Raúl Vásquez Rico | Claudia González-Edgar Bonilla | 156,020 |
114 | 2015438326 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 de junio de 2015 | Jhon Vega – Julio 2 de 2015 | Jhon Jairo Vega Salinas-Cesar Raúl Vásquez Rico | Claudia González-Edgar Bonilla | 156,020 |
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120 | 2015437625 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 de junio de 2015 | Jhon Vega – Julio 2 de 2015 | Jhon Jairo Vega Salinas-Cesar Raúl Vásquez Rico | Claudia González-Edgar Bonilla | 156,020 |
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159 | 2015438344 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 de junio de 2015 | Jhon Vega – Julio 2 de 2015 | Jhon Jairo Vega Salinas-Cesar Raúl Vásquez Rico | Claudia González-Edgar Bonilla | 156,020 |
160 | 2015438098 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 de junio de 2015 | Jhon Vega – Julio 2 de 2015 | Jhon Jairo Vega Salinas-Cesar Raúl Vásquez Rico | Claudia González-Edgar Bonilla | 156,020 |
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162 | 2015437820 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 de junio de 2015 | Jhon Vega – Julio 2 de 2015 | Jhon Jairo Vega Salinas-Cesar Raúl Vásquez Rico | Claudia González-Edgar Bonilla | 156,020 |
163 | 2015437038 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 de junio de 2015 | Jhon Vega – Julio 2 de 2015 | Jhon Jairo Vega Salinas-Cesar Raúl Vásquez Rico | Claudia González-Edgar Bonilla | 156,020 |
164 | 2015437036 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 de junio de 2015 | Jhon Vega – Julio 2 de 2015 | Jhon Jairo Vega Salinas-Cesar Raúl Vásquez Rico | Claudia González-Edgar Bonilla | 156,020 |
165 | 2015437204 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 de junio de 2015 | Jhon Vega – Julio 2 de 2015 | Jhon Jairo Vega Salinas-Cesar Raúl Vásquez Rico | Claudia González-Edgar Bonilla | 156,020 |
166 | 2015437819 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 de junio de 2015 | Jhon Vega – Julio 2 de 2015 | Jhon Jairo Vega Salinas-Cesar Raúl Vásquez Rico | Claudia González-Edgar Bonilla | 156,020 |
167 | 2014369830 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 de junio de 2015 | Jhon Vega – Julio 2 de 2015 | Jhon Jairo Vega Salinas-Cesar Raúl Vásquez Rico | Claudia González-Edgar Bonilla | 156,020 |
168 | 2015438142 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 de junio de 2015 | Jhon Vega – Julio 2 de 2015 | Jhon Jairo Vega Salinas-Cesar Raúl Vásquez Rico | Claudia González-Edgar Bonilla | 156,020 |
169 | 2015438148 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 de junio de 2015 | Jhon Vega – Julio 2 de 2015 | Jhon Jairo Vega Salinas-Cesar Raúl Vásquez Rico | Claudia González-Edgar Bonilla | 156,020 |
170 | 2015438358 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 de junio de 2015 | Jhon Vega – Julio 2 de 2015 | Jhon Jairo Vega Salinas-Cesar Raúl Vásquez Rico | Claudia González-Edgar Bonilla | 156,020 |
171 | 2015438359 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 de junio de 2015 | Jhon Vega – Julio 2 de 2015 | Jhon Jairo Vega Salinas-Cesar Raúl Vásquez Rico | Claudia González-Edgar Bonilla | 156,020 |
172 | 2015438332 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 de junio de 2015 | Jhon Vega – Julio 2 de 2015 | Jhon Jairo Vega Salinas-Cesar Raúl Vásquez Rico | Claudia González-Edgar Bonilla | 156,020 |
173 | 2015437039 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 de junio de 2015 | Jhon Vega – Julio 2 de 2015 | Jhon Jairo Vega Salinas-Cesar Raúl Vásquez Rico | Claudia González-Edgar Bonilla | 156,020 |
174 | 2015438150 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 de junio de 2015 | Jhon Vega – Julio 2 de 2015 | Jhon Jairo Vega Salinas-Cesar Raúl Vásquez Rico | Claudia González-Edgar Bonilla | 156,020 |
175 | 2015438088 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 de junio de 2015 | Jhon Vega – Julio 2 de 2015 | Jhon Jairo Vega Salinas-Cesar Raúl Vásquez Rico | Claudia González-Edgar Bonilla | 156,020 |
176 | 2015437235 | Medidores con diámetro de ½”, tipo | Remisión | Jhon Vega – | Jhon Jairo Vega | Claudia | 156,020 |
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velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | 00007282 de 30 de junio de 2015 | Julio 2 de 2015 | Salinas-Cesar Raúl Vásquez Rico | González-Edgar Bonilla | |||
177 | 2015437240 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 de junio de 2015 | Jhon Vega – Julio 2 de 2015 | Jhon Jairo Vega Salinas-Cesar Raúl Vásquez Rico | Claudia González-Edgar Bonilla | 156,020 |
178 | 2015437405 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 de junio de 2015 | Jhon Vega – Julio 2 de 2015 | Jhon Jairo Vega Salinas-Cesar Raúl Vásquez Rico | Claudia González-Edgar Bonilla | 156,020 |
179 | 2015437410 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 de junio de 2015 | Jhon Vega – Julio 2 de 2015 | Jhon Jairo Vega Salinas-Cesar Raúl Vásquez Rico | Claudia González-Edgar Bonilla | 156,020 |
180 | 2015437435 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 de junio de 2015 | Jhon Vega – Julio 2 de 2015 | Jhon Jairo Vega Salinas-Cesar Raúl Vásquez Rico | Claudia González-Edgar Bonilla | 156,020 |
181 | 2015437440 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 de junio de 2015 | Jhon Vega – Julio 2 de 2015 | Jhon Jairo Vega Salinas-Cesar Raúl Vásquez Rico | Claudia González-Edgar Bonilla | 156,020 |
182 | 2015437608 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 de junio de 2015 | Jhon Vega – Julio 2 de 2015 | Jhon Jairo Vega Salinas-Cesar Raúl Vásquez Rico | Claudia González-Edgar Bonilla | 156,020 |
183 | 2015437619 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 de junio de 2015 | Jhon Vega – Julio 2 de 2015 | Jhon Jairo Vega Salinas-Cesar Raúl Vásquez Rico | Claudia González-Edgar Bonilla | 156,020 |
184 | 2015437640 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 de junio de 2015 | Jhon Vega – Julio 2 de 2015 | Jhon Jairo Vega Salinas-Cesar Raúl Vásquez Rico | Claudia González-Edgar Bonilla | 156,020 |
185 | 2015437205 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 de junio de 2015 | Jhon Vega – Julio 2 de 2015 | Jhon Jairo Vega Salinas-Cesar Raúl Vásquez Rico | Claudia González-Edgar Bonilla | 156,020 |
186 | 2015438233 | Medidores con diámetro de ½”, tipo velocidad, chorro único, clasificación r160, transmisión mecánica y caudal de 2.5 m3 | Remisión 00007282 de 30 de junio de 2015 | Jhon Vega – Julio 2 de 2015 | Jhon Jairo Vega Salinas-Cesar Raúl Vásquez Rico | Claudia González-Edgar Bonilla | 156,020 |
TOTAL DEL DAÑO FISCAL | 29,019,720 |
De acuerdo a los argumentos expuestos por la Sra. Claudia Marcela González Iregui en documento presentado a este ente de control en donde enuncia uno de sus apartados lo siguiente: “En la entrega del Inventario del cargo como almacenista General, que desempeñe hasta el 4 de febrero de 2016, se solicitó el acompañamiento de la Dra. Paola Álvarez Ocampo, Jefe de Control Interno de Gestión, se efectuó el conteo de cada uno de los elementos en custodia y se realizó la respectiva acta firmada por los participantes del mismo, sin encontrar faltantes de los medidores relacionados a esta investigación. (Anexo copia).
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En el acta de entrega y recibo del cargo del nuevo Almacenista y luego de lo realizado de nuevo el inventario por el señor Giovanny Bonilla Leyton, no se evidencio faltantes de los medidores relacionados a esta investigación. (Anexo copia)”
Los argumentos son validados por el comité directivo y por lo tanto se vincula al hallazgo con alcance administrativo, fiscal, disciplinario y penal al señor Edgar Giovanny Bonilla Leyton quien recibe el cargo de Jefe de Almacén y al auxiliar administrativo Cesar Raúl Vásquez Rico, quien queda encargado de la bodega La Esmeralda.
Nota:
Aunque el hallazgo tiene alcance penal y disciplinario no se realiza traslados, puesto que esto fueron realizados por la EAAV ESP, así:
Remisión ante fiscalía general de la nación: RAD. 500016000567201700146 con fecha de 16 de enero de 2017. Procuraduría provincial: Oficio con radicado del 26 de Diciembre de 2016, radicado de salida (EAAV ESP) 2016- 120-004902.
Control Interno Disciplinario: oficio Rad. 2016-101-111 con fecha de 15 de Noviembre de 2016.
NORMAS PRESUNTAMENTE VULNERADAS
Ley 610/2000, Artículo 3,6 y 7
Ley 734/02 Articulo 48 numeral 3
Ley 599/2000, Artículo 397 y 414
PRESUNTOS RESPONSABLES
Claudia Marcela González Iregui – ex Jefe oficina almacén general.
Edgar Giovanny Bonilla Leyton- Jefe ofician de almacén
John Jairo Vega Salinas – ex Auxiliar Administrativo Grado 04, con funciones de almacén.
Cesar Raúl Vásquez Rico.
DOCUMENTOS QUE SOPORTAN EL HALLAZGO
Copia resultado final auditoría interna al proceso de gerencia de control de perdidas-Alcance bodegas 08 y 09 inclusive ventas y gestión de recursos físicos.
Análisis a la réplica de la auditoría interna al proceso de gerencia de control de perdidas-Alcance bodegas 08 y 09 inclusive ventas y gestión de recursos físicos
Oficio Con radicado 0545 de Marzo 7 de 2017 (folios 21), y soportes aportados por los usuarios (CD).
Copia Inventario anual vigencias 2015
Copia Procedimiento manejo y control de inventarios Código 112-GEF-PR-01- versión 7
Copia instructivo normas técnicas de almacenamiento Código 112-GEF-IN-02- versión 5
Copia actas de autoevaluación de la vigencia 2015. (desde la número 1 a la número 12)
Copia de acta de reunión Número 02 de 04 de mayo de 2012
Copia acta de reunión número 02 de 2013 de 28 de febrero de 2013
Copia acta de reunión número 02 de 2014 de 27 de Febrero de 2014
Copia acta de reunión número 04 de 2014 de 30 de abril de 2014
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Copia acta de reunión número 03 de 2014 de 29 de marzo de 2014
Copia de formato 113-GTH-FR0-44, concertación de compromisos laborales, comportamentales y evaluación de desempeño.
Copia de memorando 2015-112-02 de 13 de enero de 2016
Copia de Certificado de garantía CS-G2012-06075 de 30 de junio de 2015
Copia de Factura C-00000000040
Copia Remisión de ventas 00007282 de fecha 30 de junio de 2015
Copia de informe de interventoría
Copia de acta de recibo final
Copia acta de liquidación por mutuo acuerdo
Copia de pólizas vigencia 2015.
Certificado de menor cuantía.
Copia Acuerdo No 002 Por medio del cual se reorganiza la estructura administrativa de la EAAV ESP
Certificado laboral.
Copia hoja de vida Jhon Jairo Vega Salinas.
Copia de Contrato laboral
Copia declaración juramentada de bienes y rentas Jhon Jairo Vega Salinas
Copia manual especifico de funciones y competencia laborales del cargo auxiliar administrativo código 550 grado 04.
Copia memorando asignación de funciones en la oficina de almacén a Jhon Jairo Vega Salinas, de fecha 04 de enero de 2012.
Copia hoja de vida de Claudia Marcela González Iregui.
Copia Declaración juramentada de bienes y rentas y actividad económica Claudia Marcela González Iregui
Copia resolución de gerencia No 018, nombramiento en el cargo jefe oficina almacén general a Claudia Marcela González Iregui de fecha 01 de febrero de 2013
Copia acta de posesión No 0821 en el cargo jefe oficina almacén general por parte de Claudia Marcela González Iregui de fecha 01 de febrero de 2013.
Copia resolución de gerencia No 042, renuncia del cargo jefe oficina almacén general Claudia Marcela González Iregui.
Copia manual especifico de funciones y competencias laborales del cargo almacenista general.
Certificado laboral de Edgar Giovanny Bonilla Leyton
Copia hoja de vida de Edgar Giovanny Bonilla Leyton
Copia Declaración juramentada de bienes y rentas y actividad económica Edgar Giovanny Bonilla Leyton
Copia resolución de gerencia No 059, nombramiento en el cargo jefe oficina almacén general a Edgar Giovanny Bonilla Leyton de fecha 02 de Marzo de 2016
Copia acta de posesión No 0870 en el cargo jefe oficina almacén general por parte de Edgar Giovanny Bonilla Leyton
Certificado laboral de Cesar Raúl Vásquez Rico
Copia hoja de vida de Cesar Raúl Vásquez Rico
Copia Declaración juramentada de bienes y rentas y actividad económica Cesar Raúl Vásquez Rico
Contrato Individual de trabajo a término indefinido de Cesar Raúl Vásquez Rico
Copia acta de posesión No 0870 en el cargo jefe oficina almacén general por parte de Edgar Giovanny Bonilla Leyton
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Remisión ante fiscalía general de la nación: RAD. 500016000567201700146 con fecha de 16 de enero de 2017.
Procuraduría provincial: Oficio con radicado del 26 de Diciembre de 2016, radicado de salida (EAAV ESP) 2016-120-004902.
Control Interno Disciplinario: oficio Rad. 2016-101-111 con fecha de 15 de Noviembre de 2016.
Continuado con los hechos denunciados en la PC-79-11-2016, se pasará a estudiar los hechos relacionados con el desmonte de cobros realizados a usuarios sin soporte adecuado.
Hechos de la denuncia.
Desmonte de valores relacionados con la instalación de medidores en la comuna 8 a usuarios beneficiados con medidores en comodato, “incumpliendo lo establecido en las resoluciones que autorizan los medidores dados en comodato”. Consideraciones.
A continuación se presentaran las resoluciones de las cuales se originó el comodato en la entrega de medidores y de esta forma poder establecer los motivos por los cuales se realizaron desmontes a las facturas de los usuarios.
Resolución de gerencia No 096 de 01 de agosto de 2014, “Por la cual se establece y da inicio al programa Piloto de suministro e instalación de medidores de ½” bajo la modalidad de comodato, para los usuarios del servicio público de acueducto del sector Montecarlo bajo perteneciente a la Comuna 8 del municipio de Villavicencio”
En la parte resolutiva de la resolución No 096, se evidencia lo siguiente:
“ARTÍCULO PRIMERO: Dar inicio al programa de instalación de medidores de ½”, bajo la modalidad de comodato a los cinco mil ochocientos cincuenta y siete (5.857) usuarios del servicio público de acueducto de los estratos socioeconómicos uno, dos, tres del sector Montecarlo ubicado en la comuna 8 del municipio de Villavicencio, determinados en la presente resolución.” ARTÍCULO TERCERO: …
Parágrafo Primero: El objeto de la presente resolución es la entrega de medidores de ½” de manera gratuita bajo la modalidad de comodato. La instalación de los medidores, los registros y cajilla de seguridad estarán sujetos a la siguiente lista de precios, según el escenario que escoja el usuario:
TIPO DE INSTALACIÓN | PRECIO |
Instalación de medidor de ½” suministrado en calidad de comodato y Registros. | $104.079 |
Instalación de medidor de ½” suministrado en calidad de comodato, Registros y cajilla; Piso tierra. | $245.217 |
Instalación de medidor de ½” suministrado en calidad de comodato, Registros y cajilla; Piso en concreto | $256.719” |
Posterior a la anterior resolución se expusieron una serie de resoluciones, así:
Número de resolución de gerencia | Resuelve |
005 de 08 de enero de 2014 | Prorrogar por dos meses la vigencia de las resolución 096 de 01 agosto de 2014 e incluir a los usuarios que residen en los barrios: Santa librada, Guaduales, Villas del Progreso, Palmar bajo y Catumare. |
010 de 22 de Enero de 2015 | Prorrogar por tres meses la vigencia de la resolución 096 de 01 agosto de 2014 desde 28 de febrero de 2015 hasta el día 29 de mayo de 2015. |
095 de 19 de Abril de 2016 | Prorrogar del 01 de agosto de 2014 hasta el día 31 de octubre de 2016 la vigencia y efectos de la resolución 096 de 01 agosto de |
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2014 e incluir a los usuarios que residen en los barrios: Divino Niño, Alamos Sur, Montecarlo, Villa del Rio. | |
060 de 22 de Mayo de 2015 | Prorrogar la vigencia dela resolución de gerencia 096 de 01 de Agosto de 2014… |
Continuando con la inspección, se evidenciaron las siguientes resoluciones:
Número de resolución de gerencia | Resuelve |
045 de 22 de abril de 2015 | Autorizar a la jefatura de Cartea de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Villavicencio – EAVV ESP- a reliquidar lo facturado por concepto de vertimientos desde el mes de Abril de 2010 y hasta el mes de Mayo de 2014, a razón de 4m3, a todos y cada uno de los usuarios de los Barrios Villa del Rio II, Nuevo Horizonte, Divino Niño y Alamos de Santa Rosa de los estratos uno, dos y tres. |
046 de 22 de abril de 2015 | Autorizar a la jefatura de Cartea de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Villavicencio – EAVV ESP- a Reliquidar lo facturado por concepto de vertimientos desde el mes de Abril de 2010 y hasta el mes de Mayo de 2014, a razón de 4m3, a todos y cada uno de los usuarios de los Barrios Villa del Rio I, des los estratos uno, dos y tres. |
En las últimas dos resoluciones de gerencia la empresa ordena reliquidar lo facturado por concepto de vertimientos, desde abril de 2014 hasta mayo de 2014, lo que ocasionó saldo a favor para los usuarios y que generó un cruce de cuentas con aquellos que tenían deudas y por ende el desmonte de los valores facturados de la instalación de los medidores.
Por lo anterior se procedió a revisar la base de datos SOLIN con la ayuda de Mercy Garcia, profesional de la gerencia comercial, Por lo anterior de 2430 registros ocasionados por el cobro de cajilla, materiales, registro antifraudes y demás, relacionados con los medidores en comodato. Al realizar el cruce con los usuarios se evidencia que un total de 1576 registros con los cuales se realizó cruce de cuentas en consecuencia a las resoluciones de gerencia 045 y 046 de 2015 de abril de 2015, el restante 854 registros corresponden a ajustes por desviación significativas, pago de contado, error en la facturación y otros de estos registros se revisaron los conceptos por lo cual se solicitaron 50 expedientes, teniendo en cuenta el concepto de desmonte.
Por lo tanto la muestra seleccionada fue la siguiente:
103473 | 103464 | 103485 | 103483 | 103480 | 057287 | 57701 | 58957 | 57584 | 58909 |
57971 | 57995 | 57295 | 60324 | 60400 | 59278 | 59552 | 58980 | 63675 | 58358 |
58374 | 58277 | 58093 | 58279 | 58363 | 68352 | 68353 | 103464 | 103473 | 103480 |
103483 | 104667 | 126170 | 103485 | 58359 | 58373 | 58288 | 58338 | 58445 | 58293 |
63595 | 102906 | 68240 | 102906 | 68217 | 102894 | 68269 | 68272 | 90481 | 90422 |
No obstante lo anterior se evidenció procesos en los cuales se desmontaron valores aduciendo el cobro inoportuno, se realizó teniendo en cuenta la reglamentación para el caso, así:
“LEY 142 DE 1994. Por la cual se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones.
…
Artículo 150. De los cobros inoportunos. Al cabo de cinco meses de haber entregado las facturas, las empresas no podrán cobrar bienes o servicios que no facturaron por error, omisión, o investigación de desviaciones significativas frente a consumos
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anteriores. Se exceptúan los casos en que se compruebe dolo del suscriptor o usuario.", los expedientes en donde se evidenciaron los desmontes por el cobro inoportuno fueron en los siguientes códigos de usuarios.
103473, 103480, 103464, 103483 y 103485
Una vez evidenciado la situación de desmontes por cobros inoportunos, se procedió a identificar de acuerdo a la resolución de gerencia No 593 de 2007 las funciones del jefe de facturación y la subgerencia comercial, encontrando lo siguiente:
2
Manual específico de competencias laborales del jefe de facturación.
“Nivel: DIRECTIVO
Denominación: JEFE DE OFICINA
Código: 006
Grado: 05
Numero de cargos: 12
Dependencia: FACTURACIÓN
Cargo del Jefe Inmediato: SUBGERENTE COMERCIAL
II. PROPOSITO PRINCIPAL
Garantizar el proceso de facturación mensual, para entregar oportunamente a los usuarios y de manera confiable la información con el fin de obtener un recaudo efectivo de los servicios prestados en cumplimiento de la misión, visión y objetivos corporativos de la Entidad.
III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES
1. Realizar la emisión de la facturación con las facturas vigentes y aprobadas por la CRA.
…
Manual especifico de funciones y competencias laborales de la subgerente comercial.
“Nivel: DIRECTIVO
Denominación dl empleo: SUBGERENTE
Código: 090
Grado: 03
Numero de cargos: 3
Dependencia: SUBEGERENCIA COMERCIAL
Cargo del jefe inmediato: GERENTE
II. PROPOSITO PRINCIPAL
Formular, dirigir, coordinar, ejecutar, controlar y garantizar la comercialización de los productos que entrega la empresa, así como el proceso del facturación, atención al cliente, manejo de cartera, Unidad de Control de Pérdidas de Agua y desarrollo de programas de gestión comunitaria; estableciendo el logro eficiente de los procesos, actividades y procedimientos en cumplimiento de la Misión, Visión y Objetivos corporativos de la EAAV ESP.
III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES
…
27. Velar por el cumplimiento de las normas legales que rigen para el cobro de los servicios que presta la empresa.
Con lo enunciado hasta el momento se procede a estructurar el hallazgo con alcance administrativo y fiscal.
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Luego de llevarse a cabo la reunión de comité directivo el día 10 de mayo de 2017, el comité establece merito suficiente para ampliar el alcance del hallazgo a fiscal.
HALLAZGO N° 2, con alcance administrativo, disciplinario y fiscal. Desmontes por cobros inoportunos.
La ley 142 de 1994 en su artículo 150 establece que al transcurrir un tiempo igual o superior a 5 meses de haber entregado facturas no podrán cobrarse bienes o servicios que no facturaron por error u otro, el anterior fue el argumento que utilizaron los usuarios para solicitar el desmonte de cobros en sus respectivas facturas, lo que ocasionó que la empresa presentara una pérdida de los servicios o bienes prestados al usuario, por lo tanto se configura un daño patrimonial en los términos de la ley 610 de 2000 en su artículo 6, el daño patrimonial es calculado en un valor total $825.678 y se obtiene desde los desmontes por inoportunidad en el cobro y los cuales se describen por usuario en el siguiente cuadro:
Código | Motivo de desmonte | Acto administrativo | Valor de desmonte | Fecha | Jefe de facturación | Subgerente comercial |
103473 | Cobro inoportuno | Rad. 2015-142-2750 | 104,080 | 12-mayo de 2015 | Alfredo Linares Galeano | Constanza Patricia Díaz González |
103480 | Cobro inoportuno | Rad. 2015-142-2756 | 256,719 | 13-mayo de 2015 | Alfredo Linares Galeano | Constanza Patricia Díaz González |
103464 | Cobro inoportuno | Rad. 2015-142-2788 | 256,719 | 13-mayo de 2015 | Alfredo Linares Galeano | Constanza Patricia Díaz González |
103483 | Cobro inoportuno | Rad. 2015-142-2755 | 104,080 | 13-mayo de 2015 | Alfredo Linares Galeano | Constanza Patricia Díaz González |
103485 | Cobro inoportuno | Rad. 2015-142-2818 | 104,080 | 14-mayo de 2015 | Alfredo Linares Galeano | Constanza Patricia Díaz González |
Total daño fiscal | 825,678 |
Presuntos responsables
Alfredo Linares Galeano
Jefe de facturación
Constanza Patricia Díaz González
Gerente Comercial
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Normas Vulneradas
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Ley 610 de 200, art.6
142 de 1994, art. 150
Documentos que soportan el hallazgo.
Copia de informe de “AUDITORÍA AL PROCESO DE GERENCIA DE CONTRO DE PERDIDAS- ALCANCE BODEGAS 08 Y 09 INCLUSIVE VENTAS Y GESTION DE RECURSOS FISICOS”
Copia de resolución de gerencia N° 084 de Junio 17 de2013
Copia de resolución de gerencia N° 0026 de Febrero 17 de2014
Copia de resolución de gerencia N° 096 de Agosto 1 de 2014
Copia de resolución de gerencia N° 005 de Enero 08 de 2015
Copia de resolución de gerencia N° 010 de Enero 22 de 2015
Copia de resolución de gerencia N° 095 de Abril 19 de 2016
Copia de resolución de gerencia N° 045 de Abril 22 de 2015
Copia de resolución de gerencia N° 046 de Abril 22 de 2015
Copia de resolución de gerencia N° 060 de Mayo 22 de 2015
Copia de resolución de gerencia N° 097 de Agosto 14 de 2015
Copia de resolución de gerencia N° 105 de Septiembre 22 de 2015
Copia de comodato suscriptor N° 103473.
Rad.2015-142-2750, desmonte de cobro suscriptor N° 103473.
Copia de comodato suscriptor N° 10346400.
Rad.2015-142-2788, desmonte de cobro suscriptor N° 103464.
Copia de comodato suscriptor N° 103483.
Rad.2015-142-2755, desmonte de cobro suscriptor N° 103483.
Copia de comodato suscriptor N° 103480.
Rad.2015-142-2756, desmonte de cobro suscriptor N° 103480
Copia de comodato suscriptor N° 103485.
Rad.2015-142-2818, desmonte de cobro suscriptor N° 103485.
Copia de comodato suscriptor N° 103473.
Rad.2015-142-2750, desmonte de cobro suscriptor N° 103473.
Certificado laboral de Alfredo Linares Galeano
Resolución de Gerencia No 093 por medio de la cual se nombra a Alfredo Linares Galeano.
Acta de posesión de Alfredo Linares Galeano.
Formato único de hoja de vida de Alfredo Linares Galeano.
Declaración de bienes y renta de Alfredo Linares Galeano.
Resolución de Gerencia No 014 por medio de la cual se acepta la renuncia a Alfredo Linares Galeano
Certificado laboral de Constanza Patricia Díaz González
Resolución de Gerencia No 009 por medio de la cual se nombra a Constanza Patricia Díaz González.
Acta de posesión No 0817 de Constanza Patricia Díaz González.
Formato único de hoja de vida de Constanza Patricia Díaz González.
Declaración de bienes y renta de Constanza Patricia Díaz González.
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Resolución de Gerencia No 007 por medio de la cual se acepta la renuncia a Constanza Patricia Díaz González
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Copia de póliza vigencia 2015
Certificado de mínima cuantía vigencia 2015.
Hasta acá podemos encontrar la primera parte del documento a continuación se iniciará el análisis de la
2. INFORME SOBRE SEGUIMIENTO DENUNCIA No. PC-87-12-2016
PETICIONARIO: FRANCISCO JACOBO MATUS DIAZ –Gerente Empresa de Acueducto y alcantarillado de Villavicencio EAAV ESP
ASUNTO: Presuntas irregularidades con ocasión a la suscripción de los contratos 165 y 187 de la vigencia 2015 en la EAAV ESP.
ANTECEDENTES: El gerente de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Villavicencio EAAV ESP el señor FRANCISCO JACOBO MATUS DIAZ, remite denuncia a la Contraloría Municipal de Villavicencio el día 9 de diciembre del 2016, con radicado de este órgano de control número 2290, el cual manifiesta Presuntas irregularidades con ocasión a la suscripción de los contratos 165 y 187 de la vigencia 2015 en la EAAV ESP:
1. Contrato 165/2015: Contrato de prestación de servicios profesionales cuyo objeto fue “El Avaluó y Negociación de Predios y Constitución de Servidumbres a favor de la EAAV ESP”, en el que se presentó un presunto detrimento patrimonial, toda vez la prestación del servicio no se ejecutó en la vigencia del contrato.
2. Contrato 187/2015: Contrato de obra cuyo objeto fue “Construcción Prolongación de alcantarillado pluvial barrio Montearroyo zona Guayuriba” en el que se suscribió el contrato sin el cumplimiento de requisitos legales como es la legalización de la servidumbre, ante esta situación se incumplió con lo establecido con el estatuto interno de contratación de la EAAV, además la empresa celebró el contrato, firmó el acta de inicio, se entregó anticipo del 50%, para posteriormente suspenderlo por la falta de legalización de la servidumbre, lo anterior denota incumplimiento de los principios y procedimientos en la contratación por parte de la administración en la vigencia 2015, generando riesgo a la misma que puede conllevar a que el contratista utilice el anticipo para otros fines.
Así mismo no se evidencia los soportes documentales que acrediten el perfil solicitado desde los estudios previos para el director de obra, ingeniera civil ASTRID CONSTANZA PARRADO ROJAS, quien es el mismo profesional que abona la propuesta presentada por AVIZOR INVERSIONES S.A.S.
Aunado a lo anterior, no se encuentra en la carpeta solicitud de cambio de director de la obra por parte del contratista, ni revisión del perfil del mismo, pero si encontramos que la ingeniera civil ASTRID CONSTANZA PARRADO ROJAS, mediante contrato de prestación de servicios fue vinculada por la EAAV ESP para hacer interventorías a las obras contratadas por la empresa, entregándole entre otras la interventoría del contrato Nº 187 de 2025 en la cual abono la propuesta AVIZOR INVERSIONES S.A.S. y fungía como directora de obra encontrándose un conflicto de intereses a nuestro parecer.
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ACTUACIONES DE LA CONTRALORÍA
Se solicitó a la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Villavicencio EAAV ESP los expedientes contractuales 165,259 y 187 correspondientes a la vigencia 2015, mediante oficio número 300-34-1-0127 fechado el 20 de enero del 2017, con radicado en la entidad número 2017-144-000257-2 calendado el mismo día, con el propósito de dar trámite y adelantar la respectiva revisión a las presuntas denuncian interpuesta por la empresa.
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES 165 DEL 2015
Una vez revisada la carpeta del contrato de Prestación de Servicios Profesionales número 165 del 2015, suscrito el 19 de junio del 2015 entre la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Villavicencio EAAV y el señor Jorge Pérez Ríos, cuyo objeto fue “El Avaluó y Negociación de Predios y Constitución de Servidumbres a favor de la EAAV ESP”.
CONTRATO N° 165 | TIPO DE CONTRATO: Prestación de servicios | FECHA SUSCRIPCION: 19/06/2015 | |
OBJETO | El Avaluó y Negociación de Predios y Constitución de Servidumbres a favor de la EAAV ESP | ||
CONTRATANTE | Empresa de acueducto y alcantarillado de Villavicencio – NIT 892000265-1 – Héctor Andrés Castro Rey – CC: 17.356.411 | ||
CONTRATISTA | Jorge Pérez Ríos CC. Nº 19.288.288 T.P 38.823 del C.S de la J | ||
PLAZO | Fecha del acta de inicio hasta el 31 de diciembre del 2015 | ||
VALOR: $. 95.000.902 | VALOR ADICION: $.0 | VALOR FINAL: | ANTICIPO: 40% |
INTERVENTOR y/o SUPERVISOR | Jhon Alexandre Peñuela Gutiérrez | ||
FECHA DE ACTA DE INICIO | 14 julio 2015 | ||
PRORROGA | 90 días suscrita el 18 de diciembre 2015 | ||
FECHA TERMINACION | Sin fecha | ||
FECHA DE ACTA LIQUIDACION | Sin fecha |
El valor del contrato fue de Noventa y Cinco millones novecientos tres pesos $95.000.902, de conformidad con las descripciones, cantidades y costos unitarios expresados en la cláusula cuarta de la minuta contractual, la cual estipula lo siguiente:
Ítem | Descripción | Cant. | Valor unitario | Valor total |
1 | Avaluó | 13 | $. 987.160 | $. 12.833.082 |
2 | Ficha predial | 13 | $. 1.078.611 | $. 14.021.947 |
3 | Gerencia inmobiliaria | 13 | $. 1.138.077 | $. 14.795.006 |
4 | Proceso para la imposición de servidumbre | 4 | $. 6.829.064 | $. 27.316.258 |
Subtotal | $. 68.966.295 | |||
I.V.A | $. 11.034.607 | |||
Gastos de legalización y escrituración de servidumbre | $. 15.000.000 | |||
VALOR TOTAL | $. 95.000.902 |
Se evidenció lo siguiente:
1. En el contenido del estudio de conveniencia y oportunidad presentado por la Empresa de Acueducto y Alcantarillado del municipio de Villavicencio fechado el 26 de mayo 2015 referente al contrato, no se identificó
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plenamente los 13 predios a los cuales se les iba realizar el avaluó catastral, igualmente no se estableció cuáles eran las cuatro 4 demandas para la imposición de servidumbres, contenido que fue plasmado exactamente en la minuta contractual en su cláusula cuarta, por lo que la entidad demostró falta de planeación por no ser especifico en sus requerimientos y dejar general y abierto la ejecución del contrato. Ver (Folios 3 al 6 carpeta 1 del contrato 165 de 2015)
2. Cuadro resumen de la ejecución del contrato aportado por el contratista referente a la zona Maizaro Izquierdo, como se muestra en la siguiente tabla. Ver (Folio 92 carpeta 1 del contrato 165 de 2015)
EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALACANTARRILLADO DE CONTRATO 165 DE 2015 MAIZARO IZQUIERDO JORGE PEREZ RIOS | ||||||||
No | PREDIO | Nº CATASTRAL | PROPIETARIOS | F.M.I | AVALUO | FICHA PREDIAL | ESTUDI O DE TITULO S | ACTUACCION |
1 | SAN FRANCISCO | 00-17-0089-0002- 000 | PARRADO PARRADO DIOGENES,TIUSO,NIÑ O GLORIA LUCIA | 230- 73181 | X | X | X | DEMANDADO LIMITACION FISCALIA |
2 | SAN FRANCISCO 2 | 00-17-0089-0138- 000 | PARRADO PARRADO DIOGENES,EXTINCIO N DE DOMINIO POR LAVADO DE ACTIVOS | 230- 140344 | X | X | X | DEMANDADO LIMITACION FISCALIA |
3 | JUANAMBU | 00-17-0088-0002- 000 | MORENO JIMENEZ CARLOS VICENTE | 230- 155172 | X | X | X | ESCRITURA EN NOTARIA |
4 | LETICIA | 00-17-0070-0002- 000 | INVERSIONES REFOUS 88 | 230- 162240 | X | X | X | ESCRITURA EN NOTARIA |
5 | GALICIA | 00-17-0063-0001- 000 | ARQUIZARO LTDA | 230- 106993 | X | X | X | ESCRITURA EN NOTARIA |
6 | PARTE DE LA CRISTALINA | 00-17-0062-0001- 000 | BAQUERO RICO JAIRO,CONSTRUCCIO NES FUTURA S.A, INJVERSIONES LA COLINA | 230- 79445 | X | X | X | ESCRITURA EN NOTARIA |
7 | LA CRISTALINA | 00-17-0062-0002- 000 | SOCIEDAD COMERCIAL MC CONSTRUCCION LTDA | 230- 72707 | X | X | X | ESCRITURA EN NOTARIA |
8 | LA MARIA | 00-17-0061-0003- 000 | FIDUCIARA BOGOTA S.A COMO VOCRA Y ADMINISTRADORA DEL PATRIMONIO AUTONOMO DENOMINADO FIDEICOMISO LA MARIA VILLAVICENCIO FIDUBOGOTA | 230- 128015 | X | X | X | PENDIENTE ESCRITURACION |
9 | LOTE 9ª | 00-17-0061-0004- 000 | HINCAPIE AGUDELO LIDIA, OLAYA LOPEZ FERNANDO | 230- 122599 | X | X | X | DEMANDADO NO NEGOCIA |
10 | CASA 9B DE LA MARIA | 00-17-0061-0015- 000 | MORALES VELA LUIS EDUARDO Y OTROS | 230- 122600 | X | X | X | DEMANDADO NO NEGOCIA |
11 | EL POTRILLO Y LA POTRILLA | 00-17-0059-0001- 000 | HOTEL CAMPESTRE EL CAMPANARIO | 230- 34130 | X | X | X | DEMANDADO LIMITACION FISCALIA |
12 | HACIENDA CATAMA LOTE 1 | 00-02-0002-0338- 000 | FONDO GANADERO DEL META S.A | 230- 119638 | X | X | X | PENDIENTE AFECTACION |
13 | MATADERO FRIGORIFICO DE VILLAVICENCIO | 00-02-0002-0104- 000 | MATADERO FRIGORIFICO DE VILLAVICENCIO S.A | 230- 11039 | X | X | X | PENDIENTE AFECTACION |
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3. Los documentos contenidos como soportes para la ejecución del contrato 165 del 2015 son avalúos, estudios de títulos, fichas prediales y demandas. Ver (Folios 93 al 195 carpeta 1 y folios 196 al 238 carpeta 2 del contrato 165 de 2015)
a) Los trece (13) avalúos allegados por el contratista y que reposan en la carpeta del contrato muestran según los informes que fueron realizados en el mes de abril de la vigencia 2015, fecha anterior a la suscripción del contrato, generando unos hechos cumplidos.
A continuación se muestra un cuadro resumen de lo observado:
Avalúos | ||||||
Ítem | Nombre del predio | N° matricula | N° catastral | Avaluó | Nombre evaluador | |
N° | Fecha | |||||
1 | SAN FRANCISCO | 230-73181 | 00-17-0089-0002-000 | 04/2015 | Reinaldo Sánchez Vargas | |
2 | SAN FRANCISCO 2 | 230-140344 | 00-17-0089-0138-000 | 04/2015 | Reinaldo Sánchez Vargas | |
3 | JUANAMBU | 230-155172 | 00-17-0088-0002-000 | 04/2015 | Reinaldo Sánchez Vargas | |
4 | LETICIA | 230-162240 | 00-17-0070-0002-000 | Sin fecha | Jorge Diego Navarro Machado | |
5 | GALICIA | 230-106993 | 00-17-0063-0001-000 | 04/2015 | Reinaldo Sánchez Vargas | |
6 | PARTE DE LA CRISTALINA | 230-79445 | 00-17-0062-0001-000 | 04/2015 | Reinaldo Sánchez Vargas | |
7 | LA CRISTALINA | 230-72707 | 00-17-0062-0002-000 | 04/2015 | Reinaldo Sánchez Vargas | |
8 | LA MARIA | 230-128015 | 00-17-0061-0003-000 | 04/2015 | Reinaldo Sánchez Vargas | |
9 | LOTE 9ª | 230-122599 | 00-17-0061-0004-000 | 04/2015 | Reinaldo Sánchez Vargas | |
10 | CASA 9B DE LA MARIA | 230-122600 | 00-17-0061-0015-000 | 04/2015 | Reinaldo Sánchez Vargas | |
11 | EL POTRILLO Y LA POTRILLA | 230-34130 | 00-17-0059-0001-000 | 04/2015 | Reinaldo Sánchez Vargas | |
12 | HACIENDA CATAMA LOTE 1 | 230-119638 | 00-02-0002-0338-000 | 04/2015 | Reinaldo Sánchez Vargas | |
13 | MATADERO FRIGORIFICO DE VILLAVICENCIO | 230-11039 | 00-02-0002-0104-000 | 04/2015 | Reinaldo Sánchez Vargas |
b) Las trece (13) fichas prediales efectuadas por el contratista y contenidas en el informe muestran que fueron elaboradas el 7 de julio del año 2015, fecha anterior a la suscripción del acta de inicio el cual fue el 14 de julio del mismo año.
Ficha predial | |||||
Ítem | Nombre del predio | N° matricula | N° catastral | Fecha de elaboración | Nombre elaborador |
1 | SAN FRANCISCO | 230-73181 | 00-17-0089-0002-000 | 7 de julio de 2015 | Jorge Pérez Ríos |
2 | SAN FRANCISCO 2 | 230-140344 | 00-17-0089-0138-000 | 7 de julio de 2015 | Jorge Pérez Ríos |
3 | JUANAMBU | 230-155172 | 00-17-0088-0002-000 | 7 de julio de 2015 | Jorge Pérez Ríos |
4 | LETICIA | 230-162240 | 00-17-0070-0002-000 | 7 de julio de 2015 | Jorge Pérez Ríos |
5 | GALICIA | 230-106993 | 00-17-0063-0001-000 | 7 de julio de 2015 | Jorge Pérez Ríos |
6 | PARTE DE LA CRISTALINA | 230-79445 | 00-17-0062-0001-000 | 7 de julio de 2015 | Jorge Pérez Ríos |
7 | LA CRISTALINA | 230-72707 | 00-17-0062-0002-000 | 7 de julio de 2015 | Jorge Pérez Ríos |
8 | LA MARIA | 230-128015 | 00-17-0061-0003-000 | 7 de julio de 2015 | Jorge Pérez Ríos |
9 | LOTE 9ª | 230-122599 | 00-17-0061-0004-000 | 7 de julio de 2015 | Jorge Pérez Ríos |
10 | CASA 9B DE LA MARIA | 230-122600 | 00-17-0061-0015-000 | 7 de julio de 2015 | Jorge Pérez Ríos |
11 | EL POTRILLO Y LA POTRILLA | 230-34130 | 00-17-0059-0001-000 | 7 de julio de 2015 | Jorge Pérez Ríos |
12 | HACIENDA CATAMA LOTE 1 | 230-119638 | 00-02-0002-0338-000 | 7 de julio de 2015 | Jorge Pérez Ríos |
13 | MATADERO FRIGORIFICO DE VILLAVICENCIO | 230-11039 | 00-02-0002-0104-000 | 7 de julio de 2015 | Jorge Pérez Ríos |
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c) Los trece (13) estudios de títulos de las servidumbres que se encuentran contenidas en la carpeta del contrato no poseen la fecha de realización, por lo que no se determinar en qué periodo se efectuaron.
d) De acuerdo a lo revisado en la carpeta del contrato el contratista remitió copia de cinco (5) demandas instauradas por él ante los jueces del circuito de Villavicencio, que de acuerdo con el acta de interventoría sirvieron como soporte para el pago efectuado, sin embargo, ninguna demanda posee la fecha de presentación y admisión de la misma, en que despacho fue admitida ni el número de radicación del proceso, igualmente tres (3) de estas demandas no presentan firma alguna
Ítem | Nombre del predio | Demandado | Demandante |
1 | SAN FRANCISCO | PARRADO PARRADO DIOGENES,TIUSO,NIÑO GLORIA LUCIA | EAAV |
2 | SAN FRANCISCO 2 | PARRADO PARRADO DIOGENES | EAAV |
3 | LOTE 9ª | HINCAPIE AGUDELO LIDIA, OLAYA LOPEZ FERNANDO | EAAV |
4 | CASA 9B DE LA MARIA | MORALES VELA LUIS EDUARDO Y OTROS | EAAV |
5 | EL POTRILLO Y LA POTRILLA | HOTEL CAMPESTRE EL CAMPANARIO S.A | EAAV |
El grupo auditor de control fiscal con el ánimo de resolver la denuncia y establecer si hubo o un detrimento al patrimonio o determinar un proceso de responsabilidad fiscal, realizo las siguientes actuaciones:
1. Nos desplazamos con el Secretario General de la entidad hacia oficina donde funciona la Gerencia Técnica de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado del municipio de Villavicencio EAAV ESP, para identificar los trece (13) predios a los que hace alusión el contrato 165 de 2015, toda vez que no fueron plasmados en el estudio de conveniencia y oportunidad, fuimos atendidos por el Ing. Omar Quiroga donde nos enseñó los planos correspondientes a las obras realizadas en la Zona de Maizaro Izquierdo, las cuales estaban las servidumbres, SAN FRANCISCO, SAN FRANCISCO 2, JUANAMBU, LETICIA, GALICIA, PARTE DE LA CRISTALINA, LA CRISTALINA, LA MARIA, LOTE 9ª, CASA 9B DE LA MARIA, EL POTRILLO Y LA POTRILLA,HACIENDA CATAMA LOTE 1, MATADERO FRIGORIFICO DE VILLAVICENCIO, las cuales coinciden exactamente con los predios del contrato en mención.
2. se verificó en la página de consultada de procesos de la Rama Judicial – Consejo Superior de la Judicatura para el municipio de Villavicencio, especialidad juzgados civiles del circuito de Villavicencio encontrando lo siguiente:
SAN FRANCISCO
Número Proceso | Fecha Radicación | Clase | Ponente | Demandante(s) | Demandado(s) |
5000131030042015004320 | 27/08/2015 | Abreviado | Juez Juzgado Cuarto Civil del Circuito | - EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE VILLAVICENCIO ESP EAAV | - GLORIA LUCIA TIUSO NIÑO - DIOGENES PARRADO |
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SAN FRANCISCO II
Número Proceso | Fecha Radicación | Clase | Ponente | Demandante(s) | Demandado(s) |
500013103001201500420 | 27/08/2015 | Abreviado | Juez Juzgado Primero Civil del Circuito | - EAAV ESP | - DIOGENES PARRADO PARRADO |
LOTE 9ª
Número Proceso | Fecha Radicación | Clase | Ponente | Demandante(s) | Demandado(s) |
50001310300420150051100 | 02/10/2015 | Abreviado | Juez Juzgado Cuarto Civil del Circuito | - EMPRESA ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE VILLAVICENCIO | - FERNANDO OLAYA LOPEZ - LIDIA HINCAPIE AGUDELO |
CASA 9B DE LA MARIA
Número Proceso | Fecha Radicación | Clase | Ponente | Demandante(s) | Demandado(s) |
50001310300220150047400 | 02/10/2015 | Abreviado | Juez Juzgado Segundo Civil del Circuito | - EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE VILLAVICENCIO | - OTROS - MARIA ISABEL MORALES DE SALAS |
HOTEL CAMPESTRE EL CAMPANARIO S.A
Número Proceso | Fecha Radicación | Clase | Ponente | Demandante(s) | Demandado(s) |
50001310300520160031200 | 14/04/2016 | ESPECIAL | Juez Juzgado Quinto Civil del Circuito | - EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE VILLAVICENCIO EAAV | - HOTEL CAMPESTRE EL CAMPANARIO LTDA |
3. El equipo auditor revisó los archivos soportes de las escrituras correspondientes a las servidumbres del respectivo contrato con el fin de determinar las actuaciones del contratista, encontrando lo siguiente:
PREDIO: JUANAMBU
No | PREDIO | Nº CATASTRAL | PROPIETARIOS | F.M.I | ACTUACCION |
1 | JUANAMBU | 00-17-0088-0002- 000 | MORENO JIMENEZ CARLOS VICENTE | 230- 155172 | ESCRITURA EN NOTARIA |
Se evidenció recibo 357335 de la oficina de registro de instrumentos públicos fechado según impresión del recibo 12 de junio del 2015, por valor de $521.600, referente al concepto de solicitud registro de documento correspondiente a servidumbre, con numero de radicación 2015-230-6-10912, según escritura Nº 640 del 03/6/2015 de la Notaria Cuarta de Villavicencio. (El solicitante fue el señor Jorge Pérez)
Se evidenció copia de la Escritura Nº 640 del 3 de junio del 2015 de la Notaria Cuarta de Villavicencio.
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Se evidenció, que el 15 de julio de 2015 la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Villavicencio EAAV ESP pagó servidumbre legal de la escritura Nº640 de la notaria cuarta, según cheque Nº 8983350 del Banco de Bogotá a nombre del señor Carlos Vicente Moreno Jiménez por valor de $28.980.000.
Se observó orden de pago Nº22753, calendado el 14 de julio del 2015 de Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Villavicencio EAAV ESP, a nombre del señor Carlos Vicente Moreno Jiménez por valor de
$28.980.000.
Se evidenció certificado de disponibilidad presupuestal Nº12537 y registro presupuestal Nº15290 por valor de
$28.980.000 fechado el 10 de julio 2015, por concepto pago servidumbre legal de acueducto y transito con ocupación permanente a favor de la EAAA ESP, predio lote caños negros de propiedad del señor Carlos Vicente Moreno Jiménez.
Constancia de inscripción en la oficina de registro de instrumentos públicos fechado el 16 de junio del 2015.
PREDIO: PARTE DE LA CRISTALINA
No | PREDIO | Nº CATASTRAL | PROPIETARIOS | F.M.I | ACTUACCION |
6 | PARTE DE LA CRISTALINA | 00-17-0062-0001- 000 | BAQUERO RICO JAIRO,CONSTRUCCIO NES FUTURA S.A, INJVERSIONES LA COLINA | 230- 79445 | ESCRITURA EN NOTARIA |
Se evidenció copia de escritura Nº 4836 del 29 de noviembre del 2015 de la notaria primera de Villavicencio a favor de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Villavicencio EAAV ESP, otorgado por Jairo Baquero , Construcciones Futura S.A. e inversiones la Colina Ltda.
Constancia de inscripción en la oficina de registro de instrumentos públicos fechado el 3 de Diciembre del 2015.
Se evidenció, que el 29 de febrero de 2016 la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Villavicencio EAAV ESP pagó servidumbre legal de la escritura Nº 4836 de la notaria primera, según cheque Nº 4510 del Banco de Occidente a nombre inversiones la colina Ltda por valor de $82.817.368.
Se observó orden de pago Nº23812, calendado el 4 de febrero del 2016 de Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Villavicencio EAAV ESP, a nombre inversiones la colina Ltda por valor de $82.817.368.
Se evidenció, que el 29 de febrero de 2016 la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Villavicencio EAAV ESP pagó servidumbre legal de la escritura Nº 4836 de la notaria primera, según cheque Nº 4509 del Banco de Occidente a nombre del señor Pedro Rico Rico por valor de $124.226.052.
Se observó orden de pago Nº23811, calendado el 4 de febrero del 2016 de Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Villavicencio EAAV ESP, a nombre del señor Pedro Rico Rico por valor de $124.226.052.
Se evidenció, que el 29 de febrero de 2016 la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Villavicencio EAAV ESP pagó servidumbre legal de la escritura Nº 4836 de la notaria primera, según cheque Nº 4511 del Banco de Occidente a nombre del Señor Álvaro Baquero Rico por valor de $41.408.684.
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Se observó orden de pago Nº23813, calendado el 4 de febrero del 2016 de Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Villavicencio EAAV ESP, a nombre del Señor Álvaro Baquero Rico por valor de
$41.408.684.
PREDIO: LETICIA
No | PREDIO | Nº CATASTRAL | PROPIETARIOS | F.M.I | ACTUACCION |
1 | LETICIA | 00-17-0070-0002- 000 | INVERSIONES REFOUS 88 | 230- 162240 | ESCRITURA EN NOTARIA |
Se evidenció copia de escritura Nº 6163 del 11 de diciembre del 2015 de la notaria tercera de Villavicencio a favor de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Villavicencio EAAV ESP, otorgado por Luis Alberto Gutiérrez y otros.
Constancia de inscripción en la oficina de registro de instrumentos públicos fechado el 19 de febrero del 2016.
Se evidenció, que el 8 de abril de 2016 la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Villavicencio EAAV ESP pagó servidumbre legal de la escritura Nº 6163 de la notaria tercera, según transferencia electrónica a Bancolombia, a nombre de inversiones Refous 88 por valor de $36.124.000.
Se observó orden de pago Nº24024 calendado el 7 de abril del 2016, por valor de $36.124.000.
Se evidenció, que el 8 de abril de 2016 la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Villavicencio EAAV ESP pagó servidumbre legal de la escritura Nº 6163 de la notaria tercera, según cheque Nº 8983583 del Banco de Bogotá a nombre de la señora Mireya Gutiérrez por valor de $36.124.000.
Se observó orden de pago Nº24023 calendado el 7 de abril del 2016, por valor de $36.124.000.
Oficio del señor Jorge Pérez Ríos, sin fecha, presentado al director jurídico y de contratación de la EAAV ESP con el asunto de viabilizar el pago de las cuentas de cobro de Arquizaro predio Galicia, familia Gutiérrez y otros, y predio Leticia ya que se encuentran debidamente registradas.
PREDIO: GALICIA
No | PREDIO | Nº CATASTRAL | PROPIETARIOS | F.M.I | ACTUACCION |
1 | GALICIA | 00-17-0063-0001- 000 | ARQUIZARO LTDA | 230- 106993 | ESCRITURA EN NOTARIA |
Se evidenció copia de escritura Nº 1252 del 30 de octubre del 2015 de la notaria cuarta de Villavicencio a favor de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Villavicencio EAAV ESP, otorgado por Arquizaro Ltda.
Constancia de inscripción en la oficina de registro de instrumentos públicos fechado el 11 de febrero del 2016.
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Se evidenció que el 25 de abril de 2016 la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Villavicencio EAAV ESP pagó servidumbre legal de la escritura Nº 6163 de la notaria tercera, según transferencia electrónica a Davivienda, a nombre de Arquizaro Ltda, por valor de $50.349.480.
Se observó orden de pago Nº24094 calendado el 25 de abril del 2016, por valor de $50.349.480
PREDIO: LA CRISTALINA
No | PREDIO | Nº CATASTRAL | PROPIETARIOS | F.M.I | ACTUACCION |
1 | LA CRISTALINA | 00-17-0062-0002- 000 | SOCIEDAD COMERCIAL MC CONSTRUCCION LTDA | 230- 72707 | ESCRITURA EN NOTARIA |
No se evidenció que la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Villavicencio EAAV ESP haya realizado la escrituración de este predio, sin embargo, si se realizó avaluó catastral.
CONCLUSIONES
1. Se evidenció falencias en la elaboración del estudio de conveniencia y oportunidad realizado por la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Villavicencio EAAV ESP, toda vez que no definieron a cuales predios se les iban a efectuar los avalúos y Negociación de los mismos para la Constitución de Servidumbres a favor de la EAAV ESP.
2. Se presentaron falencias en la supervisión del contrato, ya que el supervisor no verificó la fechas de los soportes documentales presentados por el contratista, sin embargo, de acuerdo con la revisión del equipo auditor no existe detrimento patrimonial al municipio de Villavicencio, ya que estas obligaciones se ejecutaron durante la vigencia del contrato, con la excepción de la actuación de la escritura pública del predio JUANAMBU que fue antes de la suscripción del contrato, pero el contratista realizo el tramite a favor de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado EAAV ESP.
CONTRATO DE OBRA 187 DEL 2015
Una vez revisada las carpetas que contienen el contrato de obra número 187 del 2015 cuyo objeto “fue “Construcción Prolongación de alcantarillado pluvial barrio Montearroyo Zona Guayuriba”, por valor de
$1.730.991.055, celebrado entre la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Villavicencio EAAV y Avizor Inversiones SAS, a continuación se muestra ficha técnica del contrato:
CONTRATO N° 116 | TIPO DE CONTRATO: obra | FECHA SUSCRIPCION: 24/06/2015 | |
OBJETO | Construcción Prolongación de alcantarillado pluvial barrio Montearroyo Zona Guayuriba | ||
CONTRATANTE | Empresa de acueducto y alcantarillado de Villavicencio – NIT 892000265-1 – Héctor Andrés Castro Rey – CC: 17.356.411 | ||
CONTRATISTA | AVIZOR INVERSIONES S.A.S- Nit 900.308.912-0, RL. Sandra Yolima Rico Morales CC. 40.444.940 | ||
PLAZO | Seis (6) Meses | ||
VALOR: $. 1.730.991.055 | VALOR ADICION: $.0 | VALOR FINAL: | ANTICIPO: 50% |
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INTERVENTOR y/o SUPERVISOR | Gustavo Piñeros Vega |
FECHA DE ACTA DE INICIO | 03 de Agosto de 2015 |
FECHA DE PRORROGA | 22 de diciembre del 2015 (120 días) |
FECHA DE SUSPENSION | 25 de enero 2016 |
FECHA DE REINICIO | 07 de octubre 2016 |
FECHA TERMINACION | Sin fecha |
FECHA DE ACTA LIQUIDACION | Sin fecha |
Se encontró lo siguiente:
Denunciado por el quejoso:
“El Contrato de obra cuyo objeto fue “Construcción Prolongación de alcantarillado pluvial barrio Montearroyo zona Guayuriba” en el que se suscribió el contrato sin el cumplimiento de requisitos legales como es la legalización de la servidumbre, ante esta situación se incumplió con lo establecido con el estatuto interno de contratación de la EAAV, además la empresa celebró el contrato, firmó el acta de inicio, se entregó anticipo del 50%, para posteriormente suspenderlo por la falta de legalización de la servidumbre, lo anterior denota incumplimiento de los principios y procedimientos en la contratación por parte de la administración en la vigencia 2015, generando riesgo a la misma que puede conllevar a que el contratista utilice el anticipo para otros fines.”
Verificado equipo auditor:
Fecha de pago anticipo: 30 de julio 2015 Plan de inversión del anticipo:
Nº | Descripción | Valor | Porcentaje |
1 | Mano de obra | 129,824,329.13 | 15% |
2 | Compra de equipos y herramienta menor | 86,549,552.75 | 10% |
3 | Transporte y alquiler de maquinaria | 216,373,881.88 | 25% |
4 | Compra de materiales y accesorios (tubería, cemento, materiales pétreos, hierro) | 432,747,763.74 | 50% |
Total | 865,495,527.50 | 100% |
Póliza de seguros del contrato de obra 187 de 2015, fecha de suscripción 24-06-2015.
ASEGURADORA: | CONFIANZA | POLIZA 12 SP004169 | ||
CONTRATISTA: | AVIZOR INVERSIONES | FECHA DE EXPEDICION | 26-06-2015 | |
AMPAROS | VIGENCIAS | VALOR ASEGURADO | VALOR PRIMA | |
Desde | Hasta | |||
ANTICIPO | 26-06-2015 | 30-08-2016 | $865.495.527 | 1.223.044 |
Aprobación de la póliza 26-06-2015 | Jorge Eliecer Parrado Guerrero – Secretario General |
Póliza de seguros con modificación en el plazo por suscripción del acta de inicio fechada el 03-08-2015.
ASEGURADORA: | CONFIANZA | POLIZA 12 SP004169 | |||
CONTRATISTA: | AVIZOR INVERSIONES | FECHA DE EXPEDICION | 07-09-2015 | ||
AMPAROS | VIGENCIAS | VALOR ASEGURADO ANTERIOR | VALOR ASEGURADO NUEVO | VALOR PRIMA | |
Desde | Hasta | ||||
ANTICIPO | 08-08-2015 | 12-10-2016 | $865.495.527 | $865.495.527 | - |
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Póliza de seguros con ampliación en plazo s, por modificación al contrato 187 del 2015, el día 22 de diciembre del 2015, cual tuvo una prórroga de 120 días.
ASEGURADORA: | CONFIANZA | POLIZA 12 SP004169 | |||
CONTRATISTA: | AVIZOR INVERSIONES | FECHA DE EXPEDICION | 04-01-2016 | ||
AMPAROS | VIGENCIAS | VALOR ASEGURADO ANTERIOR | VALOR ASEGURADO NUEVO | VALOR PRIMA | |
Desde | Hasta | ||||
ANTICIPO | 22-12-2015 | 12-02-2017 | $865.495.527 | $865.495.527 | $349.037 |
Póliza de seguros de conformidad con el acta de suspensión Nº 1 calendada el 25 de enero del 2016 y acta de reinicio del 7 de octubre del 2016. Con nueva fecha de terminación el 13 de febrero del 2017.
ASEGURADORA: | CONFIANZA | POLIZA 12 SP004169 | |||
CONTRATISTA: | AVIZOR INVERSIONES | FECHA DE EXPEDICION | 13-10-2016 | ||
AMPAROS | VIGENCIAS | VALOR ASEGURADO ANTERIOR | VALOR ASEGURADO NUEVO | VALOR PRIMA | |
Desde | Hasta | ||||
ANTICIPO | 07-10-2016 | 24-10-2017 | $865.495.527 | $865.495.527 | - |
Aprobación de la póliza 13-10-2016 | Fabián Alberto Saavedra Ríos – Secretario General |
Extractos Bancarios Banco del Occidente cuenta de ahorros Nº 700-86738-5 entre Avizor Inversiones SAS y la Empresa de Acueducto y Alcantarillado EAAV ESP, para el manejo de los dineros correspondiente al contrato 187 del 2015.
Anticipo (50%): $865.495.527,50
Mes | Saldo | Rendimientos financieros | Observaciones |
31 de julio 2015 | $865.495.527 | $46.950 | El 4 de agosto del 2015 el contratista realizo una transferencia de 400.000.000, el 14 de septiembre el contratista consigna a la EAAV la suma de $895.573 correspondiente a los rendimientos financieros de julio y agosto. |
31 de agosto 2015 | $466.211.272 | $848.623 | |
30 de septiembre 2015 | $467.011.381 | $759.421 | 20 de noviembre del 2015 el contratista consigna a la EAAV la suma de $1.545.364 correspondiente a los rendimientos financieros, septiembre y octubre. |
31 de octubre del 2015 | $467.742.084 | $785.943 | |
30 de noviembre 2015 | $468.475.724 | $2.127.335 | El 26 de febrero del 2016 el contratista consigna a la EAAV la suma de $2.127.335 correspondiente a los rendimientos financieros, |
31 de diciembre 2015 | $359.108.855 | ||
31 de enero del 2016 | $359.696.174 |
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Mes | Saldo | Rendimientos financieros | Observaciones |
noviembre, diciembre 2015 y enero del 2016 | |||
28 de febrero del 2016 | $360.267.130 | $2.107.549 | El 12 de mayo del 2016 el contratista consigna a la EAAV la suma de $2.107.549 correspondiente a los rendimientos financieros, febrero, marzo y abril del 2016 |
31 de marzo del 2016 | $360.900.389 | ||
30 de abril del 2016 | $361.559.942 | ||
31 de mayo del 2016 | $360.122.062 | $778.776 | El 6 de junio del 2016 el contratista consigna a la EAAV la suma de $778.776 correspondiente a los rendimientos financieros, mayo del 2016 |
30 de junio del 2016 | $359.996.340 | $728.949 | El 12 de julio del 2016 el contratista consigna a la EAAV la suma de $728.949 correspondiente a los rendimientos financieros, junio del 2016 |
31 de julio del 2016 | $359.897.000 | $704.253 | El 11 de agosto del 2016 el contratista consigna a la EAAV la suma de $704.253correspondiente a los rendimientos financieros, julio del 2016 |
31 de agosto del 2016 | $325.102.235 | $740.300 | El 20 de septiembre del 2016 el contratista consigna a la EAAV la suma de $740.300 correspondiente a los rendimientos financieros, agosto del 2016 |
30 de septiembre 2016 | $324.949.446 | $658.281 | En octubre del 2016 el contratista consigna a la EAAV la suma de $658.281 correspondiente a los rendimientos financieros, septiembre. |
31 de octubre 2016 | $159.328.315 | $519.519 | El 16 de noviembre del 2016 el contratista consigna a la EAAV la suma de $$519.519 correspondiente a los rendimientos financieros, octubre. Se realizaron dos transacciones una de $150.000.000 y otra de $50.000.000 |
30 de noviembre 2016 | $151.156 | $79.330 | El 21 de diciembre el contratista consigna a la EAAV la suma de $79.330 correspondiente a los rendimientos financieros, noviembre. Se realizó una transferencia de $100.000.0000 y otra de $58.000.000 |
Denunciado por el quejoso:
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“No se evidencia los soportes documentales que acrediten el perfil solicitado desde los estudios previos para el director de obra, ingeniera civil ASTRID CONSTANZA PARRADO ROJAS, quien es el mismo profesional que abona la propuesta presentada por AVIZOR INVERSIONES S.A.S”
Verificado equipo auditor:
De acuerdo en el pliego de condiciones a la solicitud privada de ofertas del contrato 187 del 2015, se observó que en su literal F establece “Hoja de vida (formato del departamento administrativo de la función pública), con sus respectivos soportes, como del oferente como cada uno de los integrantes del personal propuesto; incluyendo el certificado de vigencia de la tarjeta profesional, para el caso de los profesionales” y en el numeral 3.2.1.2 CALIDAD DEL PERSONAL PROPUESTO (200 PUNTOS), para el Director de obra dice “ deberá ser Ingeniero civil, matriculado con experiencia general de cinco años (5) contados a partir de la fecha de grado profesional, además el Director de Obra será la persona que tendrá la capacidad técnica y administrativa para tomar decisiones y asistir a los comités de obra; su dedicación de será mínima del 50% ”.
Según lo anterior se revisó el contenido de la propuesta presentada por la Empresa Avizor Inversiones S.A.S, a la cual se le adjudicó el contrato 187 del 2015 encontrando lo siguiente:
1. Fotocopia de la cedula de ciudadanía de la directora de obra ASTRID CONSTANZA PARRADO ROJAS, número de identificación 40.186.168.
2. Fotocopia de la Tarjeta profesional del Consejo Profesional de ingeniería y sus profesiones auxiliares, que la acredita como Ingeniero civil, con número de matrícula 25202-096145 CND, fechada el 23 de enero del 2003
3. Certificación de vigencia y de antecedentes disciplinarios del consejo profesional nacional de ingeniería fechado el 5 de mayo del 2015, acreditando que la matricula profesional se encuentra vigente y no está impedida para ejercer su profesión, no tiene antecedentes disciplinarios éticos profesionales.
4. Anexo 7, Referente al personal propuesto: se evidenció, formatos técnicos de experiencia del personal profesional propuesto con los datos personales y experiencia laboral, de la señora ASTRID CONSTANZA PARRADO ROJAS, fotocopia del diploma de la Universidad cooperativa de Colombia calendado el 17 de diciembre del 2002, que la acredita como ingeniera civil, fotocopia de Especialista en gestión ambiental fechada el 27 de abril del 2007 y por último el formato de hoja de vida de la función pública en donde relaciona los datos personales, formación académica, experiencia laboral y tiempo total de experiencia (12 años y 5 meses).
No obra en la carpeta de la propuestas los soportes documentales correspondientes a la información de la hoja de vida de la señora ASTRID CONSTANZA PARRADO ROJAS.
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5. Se evidenció que en la evaluación técnica- económica realizada por la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Villavicencio EAAV ESP, el único proponente habilitado fue la empresa AVIZOR INVERSIONES S.A.S, con experiencia general del proponente (cumple), experiencia especifica del proponente (300 puntos) y calidad del personal propuesto (200 puntos ) para un total de (500 puntos), los otros proponentes fueron inhabilitados por no cumplir con la experiencia general exigida en los pliegos de condiciones de la solicitud privada de varias ofertas,.
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Denunciado por el quejoso:
No se encuentra en la carpeta solicitud de cambio de director de la obra por parte del contratista, ni revisión del perfil del mismo, pero si encontramos que la ingeniera civil ASTRID CONSTANZA PARRADO ROJAS, mediante contrato de prestación de servicios fue vinculada por la EAAV ESP para hacer interventorías a las obras contratadas por la empresa, entregándole entre otras la interventoría del contrato Nº 187 de 2025 en la cual abono la propuesta AVIZOR INVERSIONES S.A.S. y fungía como directora de obra encontrándose un conflicto de intereses a nuestro parecer.
Verificado equipo auditor:
En la propuesta presentada a la empresa de acueducto y Alcantarillado EAAV ESP por la señora Sandra Milena Rico Morales, como representante legal de Avizor Inversiones S.A.S, en el anexo numero 7 correspondiente al personal propuesto, se incluye a la ingeniera civil, ASTRID CONSTANZA PARRADO ROJAS, como Directora de Obra, posteriormente se le adjudica el contrato 187 de 2015 a la empresa y la ingeniera avala con su firma el plan de trabajo propuesto para la construcción prolongación pluvial barrio Montearroyo zona Guayuriba.
Se evidencio oficio fechado el 26 de noviembre del 2015 en donde la directora de obra la ingeniera ASTRID CONSTANZA PARRADO ROJAS, entrega al interventor del contrato al ingeniero Gustavo Piñeros Vega el informe mensual del mes de octubre del 2015 y la documentación correspondiente a consignaciones de rendimientos financieros y extractos bancarios del mes de septiembre y octubre.
No se evidenció que el contratista hubiese solicitado a la interventoría el cambio de director de obra, ni que este último fuese aceptado, igualmente
Se evidenció oficio 2015-140-1058 fechado el 21 de diciembre del 2015 donde el gerente de la época el señor Héctor Andrés Castro Rey designa la interventoría del contrato 187 del 2015 a la ingeniera ASTRID CONSTANZA PARRADO ROJAS.
Se observó oficio del 22 de diciembre 2015 en donde la representante legal de Avizor Inversiones S.A.S la señora SANDRA YOLIMA RICI MORALES solicita prorroga de cuatro (4) meses a la interventora la ingeniera ASTRID CONSTANZA PARRADO ROJAS, toda vez que no han podido iniciar las obras teniendo en cuenta que a la fecha no se dispones con la autorización para ingresar al predio privado del sector e iniciar con el descole de las aguas lluvias.
Se evidenció oficio de la interventora la ingeniera, ASTRID CONSTANZA PARRADO ROJAS emitido al gerente HECTOR ANDRES CASTRO REY, en donde considera viable conceder prorroga de cuatro (4) meses al contratista, así mismo informa que el abogado Jorge Pérez Ríos de la Lonja inmobiliaria va realizar diligencia en el predio para la servidumbre la cual está prevista el 18 de enero del 2016 y poder iniciar las obras correspondientes.
El 22 de diciembre del 2015 la Empresa de Acueducto y Alcantarillado EAAV realizo modificación Nº 1 al contrato 187 del 2015, el cual se prorrogo el contrato 120 días.
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El 25 de enero del 2016, el contratista envía una solicitud a la ingeniera ASTRID CONSTANZA PARRADO ROJAS, con el fin de suspender el contrato de obra, ya que no ha podido iniciar las actividades de obra en el sitio toda vez que se encuentre en trámite por parte de la EAAV ESP los permisos de la servidumbre para el predio privado por donde según los planos de diseño se localiza parte de la red de descole del sistema pluvial y en la fecha que se tenía prevista adelantar en el predio la diligencia no se realizó, anexan informes para la suspensión del contrato 187 del 2015.
CONLUSIONES
1. La Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Villavicencio EAAV ESP, no tuvo en cuenta en la suscripción del contrato 187 de 2015, la fase de la legalización de servidumbres inobservando el capítulo III, articulo 10, numeral 2 del manual interno de contratación.
2. No hubo pérdida de recursos económicos del anticipo del 50% entregado al contratista por el contrato 187 de 2015, a pesar que hubo prórroga de noventa (90) día y suspensión y reinicio del contrato, ya que siempre estuvo amparado por las pólizas de garantida con la aseguradora Confianza además el contratista ha venido consignando a la Empresa de Acueducto y Alcantarillado EAAV ESP, los rendimientos financieros generados por el anticipo.
3. Al momento de la evaluación de la propuesta en lo referente a lo Técnico-Económico, el comité evaluador omitió la revisión detallada de los soportes presentados por el contratista con el objetivo de evaluar la calidad del personal propuesto de acuerdo a lo establecido en la solicitud privada de ofertas en el pliego de condiciones, otorgando la máxima calificación que fue de 200 puntos.
4. El contratista tuvo como directora de obra a la ingeniera civil ASTRID CONSTANZA PARRADO ROJAS, quien avaló con su firma la propuesta presentada por AVIZOR INVERSIONES SAS y posteriormente fue contratada por la Empresa de Acueducto y Alcantarillado EAAV ESP y designada como interventora de este mismo contrato generándose en un conflicto de intereses.
HALLAZGO No 3. Administrativa y Disciplinaria.
Celebración del contrato 187 de 2015 por parte de EAAV ESP sin el cumplimiento de requisitos legales.
Una vez revisada las carpetas que contienen el contrato de obra número 187 del 2015 cuyo objeto “fue “Construcción Prolongación de alcantarillado pluvial barrio Montearroyo Zona Guayuriba”, por valor de
$1.730.991.055, celebrado entre la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Villavicencio EAAV y Avizor Inversiones SAS, se encontró que se firmó el acta de inicio y se entregó al contratista un anticipo del 50%, después fue prorrogado por un término de 120 días y posteriormente fue suspendido por un plazo de 8 meses y 12 días, y luego fue reiniciado el 7 de octubre del 2016, ya que la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Villavicencio EAAV ESP, al momento de realizar los estudios previos y adjudicación del contrato no habían legalizado la servidumbre donde se iban a efectuar las obras, vulnerando el principio de planeación y de procedimientos en la contratación , situación que generó traumatismo en la ejecución del contrato y riesgo económico que podrían conllevar a que el contratista no utilizara debidamente el anticipo para el plan de inversión propuesto para el mismo, por lo que se suscribió el contrato sin el cumplimiento de los requisitos legales e
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inobservó lo establecido en el Manual Interno de Contratación Acuerdo Nº 13 de 2008, el cual reza en su, CAPÍTULO TERCERO. Permisos, Licencias y legalización de servidumbres, articulo 10, numeral 2 “Antes de iniciar cualquier procedimiento contractual que requiera legalización de servidumbres estas deberán adelantarse mediante estudios previos a nivel catastral, predial, elaboración de avalúos y escrituración los cuales estará a cargo de la EAAV ESP”.
Con respecto a la evaluación de la propuesta técnica, el comité evaluador omitió la revisión detallada de los soportes presentados por la empresa Avizor Inversiones SAS, con el objetivo de calificar la calidad del personal propuesto de acuerdo a lo establecido en la solicitud privada de ofertas en el pliego de condiciones, otorgándole la máxima la calificación de 200 puntos.
Asimismo el contratista tuvo como directora de obra a la ingeniera civil ASTRID CONSTANZA PARRADO ROJAS, quien avaló con su firma la propuesta presentada por AVIZOR INVERSIONES SAS y posteriormente fue contratada por la Empresa de Acueducto y Alcantarillado EAAV ESP y designada como interventora de este mismo contrato generándose un conflicto de intereses.
NORMAS PRESUNTAMENTE VULNERADAS
Ley 599 de 2000 articulo 410
Estatuto interno de contratación EAAV capítulo tercero articulo 10 Ley 734 de 2002y articulo 48 numeral 31
Ley 734 de 2002, art 22 y 196
PRESUNTOS RESPONSABLES PENALES
Héctor Andrés Castro Rey-Gerente para la época.
PRESUNTOS RESPONSABLES DISCIPLINARIOS
Héctor Andrés Castro Rey-Gerente para la época.
Astrid Constanza Parrado Rojas- Directora de obra e interventora contrato187 de 2015 Diego Fabián Usme Gallo- Comité Evaluador (Técnico)
Cristina Flórez Medina John Alexander Peñaloza
DOCUMENTOS QUE SOPORTAN El HALLAZGO
Manual interno de contratación de la EAAV ESP
Minuta del contrato 187 de 2015.
Acta de inicio del contrato 187 de 2015
Pliego de condiciones de la solicitud privada de ofertas contrato 187 de 2015.
Anexo 7 presentado por el contratista referente a los soportes del personal propuesto.
Memorando de designación comité evaluador.
Evaluación técnica de la propuesta del contrato 187 de 2015
Plan de trabajo propuesto por el contratista para el contrato 187 de 2015.
Oficio de 2015-140-1058 fechado el 21 de octubre de 2015, designación de interventoría.
Oficio fechado el 22 de diciembre del 2015, solicitud de prórroga por parte del contratista.
Oficio fechado el 22 de diciembre del 2015, aprobación de prórroga por parte del gerente.
Acta de Suspensión Nº 1 del Contrato 187 de 2015, fechada el 25 de enero de 2015.
Acta de Reinicio Nº 1 del Contrato 187 de 2015, fechada el 7 de Octubre de 2016.
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Cordialmente, Equipo auditor.
2. CUADRO RESUMEN DE HALLAZGOS
ALCANCE | Total |
Administrativo | 3 |
Disciplinario | 3 |
Fiscal | 2 |
Penal | 0 |
Everlides Perea Cuesta Profesional Universitario Auditor
Hector Giovani Garzon Castellanos Profesional Universitario
Auditor
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