PETRÓLEOS DEL PERÚ - PETROPERÚ S. A.
PETRÓLEOS DEL PERÚ - PETROPERÚ S. A.
BASES INTEGRADAS DEL PROCESO POR COMPETENCIA MAYOR CMA-029-2013-OTL/PETROPERU
CONTRATACION DEL SERVICIO DE VIGILANCIA PARA REFINERIA TALARA Y OTRAS INSTALACIONES DE PETROPERU
PRIMERA CONVOCATORIA I N D I C E
Página
BASES ADMINISTRATIVAS 2
1. GENERALIDADES 2
2. MARCO LEGAL 2
3. DE LOS POSTORES 2
4. MONTO ESTIMADO REFERENCIAL 2
5. RECURSOS FINANCIEROS 2
6. VALIDEZ DE LA OFERTA 2
7. PLAZO DE EJECUCION 2
8. GARANTÍAS 2
9. CONDICIONES DEL PROCESO 4
10. SISTEMA DE CONTRATACION 6
11. EVALUACION DE PROPUESTAS 6
12. METODOLOGIA DE EVALUACION 6
13. PUNTAJE PARA PODER ACCEDER A LA ETAPA DE EVALUACIÓN ECONÓMICA 7
14. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO 7
15. RECURSOS DE APELACION Y REVISION 7
16. CONTRATO 7
17. FORMA DE PAGO 8
18. SEGURIDAD Y PROTECCION AMBIENTAL 9
19. PERSONAL DE “EL CONTRATISTA” 9
20. PAGO AL PERSONAL DE “EL CONTRATISTA” 9
21. PENALIDAD POR XXXX 10
22. SEGUROS 10
23. DISTINCION RESPECTO A LA INTERMEDIACION LABORAL 10
24. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL 10
25. RECEPCION Y CONFORMIDAD DEL SERVICIO Y EFECTOS 10
26. CAMBIO DOMICILIO LEGAL 11
27. CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO DE LA POLITICA CORPORATIVA DE SEGURIDAD DE LA 11
INFORMACION Y DEL REGLAMENTO DE SEGURIDAD DE LA INFORMACION DE PETROPERU S.A.
FORMATO Nº 1 MODELO DE DECLARACIÓN JURADA CON DATOS DEL POSTOR 13
ADJUNTO DEL FORMATO Nº 1 IMPEDIMENTOS PARA SER POSTORES Y/O CONTRATISTAS DE 14
PETROPERU S.A.
FORMATO Nº 2 DATOS DEL POSTOR SOBRE CONSTITUCION DE EMPRESA 15
FORMATO Nº 3 PROMESA FORMAL DE CONSORCIO 16
FORMATO Nº 4 MODELO DE CARTA PROPUESTA ECONOMICA 17
FORMATO Nº 4A MODELO DE PRESUPUESTO DETALLADO 18
FORMATO Nº 5 CARTA DE ACREDITACION DE REPRESENTACION DEL POSTOR 23
FORMATO Nº 6 FORMATO DE CONTROL DE HORAS HOMBRE TRABAJADAS POR CONTRATO 24
FORMATO Nº 7 CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN 25
FORMATO Nº 8 MODELO DE CARTA FIANZA BANCARIA POR FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO 26 ANEXO Nº 1 FACTORES DE XXXXXXXXXX 00
XXXXX Xx 0-X DOCUMENTOS QUE ACREDITEN LA EXPERIENCIA DEL POSTOR EN LA ACTIVIDAD 32 ANEXO Nº 2 PROFORMA DE CONTRATO 34
ANEXO Nº 3 BASES TÉCNICAS 51
ADJUNTO ADMINISTRATIVO Nº 1 POLITICA INTEGRADA DE GESTION DE LA CALIDAD, AMBIENTE, 69
SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL
ADJUNTO ADMINISTRATIVO Nº 2 CONDICIONES MINIMAS DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO70
Y PROTECCIÓN AMBIENTAL EN LA CONTRATACIÓN DE OBRAS, SERVICIOS Y ADQUISICIONES EN OPERACIONES TALARA.
ADJUNTO ADMINISTRATIVO Nº 3 CÒDIGO DE INTEGRIDAD 74
ADJUNTO ADMINISTRATIVO Nº 4 POLÍTICA CORPORATIVA DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN 00
XX XXXXXXXXX XXX XXXX – PETROPERU S. A
ADJUNTO ADMINISTRATIVO Nº 5 POLÍTICA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL 78
BASES ADMINISTRATIVAS
CONTRATACIÓN POR COMPETENCIA MAYOR N° CMA-029 -2013-OTL/PETROPERU PRIMERA CONVOCATORIA
(Nº INTERNO CMA-0600406-2013-XXXX/OTL)
“SERVICIO DE VIGILANCIA PARA REFINERIA TALARA Y OTRAS INSTALACIONES DE PETROPERU”
1. GENERALIDADES
Petróleos del Perú - PETROPERU S.A., en adelante PETROPERU, con RUC 20100128218, domiciliado en Xxxxx
000 acceso Portón Nº 5 del Área Industrial - Ref inería Talara conv oca la contratación del SERVICIO DE VIGILANCIA PARA REFINERIA TALARA Y OTRAS INSTALACIONES DE PETROPERU, que se realizará en proceso por Competencia May or en los términos y condiciones que se detallan en las presentes Bases Administrativ as y Técnicas (Anexo Nº 3).
2. MAR C O L EGAL
▪ Reglamento de Contrataciones de Petróleos del Perú - PETROPERU S.A., aprobado por Resolución Nº 523-2009-
OSCE/PRE, v igente desde el 12.12.2009, en adelante el Reglamento.
▪ Adjuntos Administrativ os Nº 1, 2, 3, 4 y 5.
Los postores y las propuestas deberán cumplir con todas las disposiciones de las Bases Administrativ as y Técnicas, así como con las disposiciones legales v igentes, aplicables al presente Servicio.
3. DE LOS POSTORES
Las empresas que deseen participar en el presente Proceso de Contratación deberán contar con inscripción
VIGENTE en el Registro Nacional de Proveedores (RNP), del Organismo Superv isor de las Contrataciones del Estado – OSCE, como Prov eedor de Serv icios, de acuerdo a lo establecido en la normativ a que rige las contrataciones públicas, asimismo deberán registrarse (ver Formato Nº 7), en la oportunidad indicada en el cronograma del proceso y haber adquirido las presentes Bases.
De acuerdo al numeral 6.2 y 6.3 de la Directiv a Nº 016-2012-OSCE/PRE, para el caso de CONSORCIOS, todos los integrantes del consorcio, deben contar con inscripción VIGENTE en el Registro Nacional de Proveedores (RNP), de conf ormidad con lo establecido en el artículo 252º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Toda comunicación referente al Proceso, deberá ser remitida al correo electrónico: xxxxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx
El env ío de consultas, o cualquier otra comunicación ref erente al Proceso que sea remitida a correos electrónicos
distintos al indicado en el párraf o anterior, serán no admitidos.
La notif icación a trav és del SEACE prev alece sobre cualquier medio que se hay a utilizado adicionalmente, siendo responsabilidad del participante y postor el permanente seguimiento del proceso de contratación a trav és del SEACE, medio por el cual será of icial y legalmente notif icado, así como también es de su responsabilidad la rev isión de la inf ormación que será env iada a su correo electrónico que consignó al momento de su inscripción.
4. MONTO ESTIMADO REFERENCIAL
El Monto Estimado Ref erencial para la ejecución del serv icio asciende a la suma de: S/. 17’746,000.00 (Diecisiete millones setecientos cuarenta y seis mil con 00/100 Nuevos Soles), incluido IGV.
Las Propuestas Económicas que excedan en más del 10% del Monto Estimado Ref erencial (MER), serán dev ueltas a los Postores, teniéndolas por no presentadas.
5. RECURSOS FINANCIEROS
Recursos propios de PETROPERÚ.
6. VALIDEZ DE LA OFERTA
El Plazo mínimo de v alidez de of erta será hasta la firma del contrato.
7. PLAZO DE EJECUCION
Plazo máximo de ejecución del serv icio es de setecientos treinta (730) días calendario.
8. GARANTÍAS
El Contratista ganador deberá presentar las siguientes garantías:
8.1 Garantía de Fiel Cumplimiento.- Debe tener un importe equiv alente al 10% del monto contractual, incluido IGV. y una v igencia hasta un mes posterior de la conf ormidad de la recepción de la prestación. En el caso que f uese renov ado el plazo del Contrato, la Garantía de Fiel Cumplimiento deberá también ser renov ada por un término igual al señalado para el cumplimiento del mismo.
Se aceptará garantía con una v igencia mínima de un año y un mes, renovable por el periodo similar y por el 10% del monto total contractual, según el numeral 8 del Anexo Nº 1 del Reglamento de Contrataciones de Petroperú.
La garantía se otorgará mediante Carta Fianza Bancaria la que será de carácter incondicional, solidaria, irrev ocable, de realización automática, y sin benef icio de excusión, al solo requerimiento de PETROPERU, bajo responsabilidad de las Entidades que las emiten. (Formato N° 8 ).
La garantía sólo se ejecutará en los siguientes casos:
a) Cuando el contratista no la hubiere renov ado antes de la f echa de su vencimiento. Contra esta ejecución, el contratista no tiene derecho a interponer reclamo alguno.
Una v ez culminado el contrato, y siempre que no existan deudas a cargo del contratista, el monto ejecutado le será dev uelto a éste sin dar lugar al pago de intereses.
b) La garantía de f iel cumplimiento se ejecutará, en su totalidad, sólo cuando la resolución por la cual la Entidad resuelv e el contrato por causa imputable al contratista, haya quedado consentida o cuando por laudo arbitral consentido y ejecutoriado se declare procedente la decisión de resolver el contrato. El monto de la garantía corresponderá íntegramente a la Entidad, independientemente de la cuantif icación del daño ef ectiv amente irrogado.
c) Igualmente, la garantía de f iel cumplimiento se ejecutará cuando transcurridos tres (3) días de haber sido requerido por la Entidad, el contratista no hubiera cumplido con pagar el saldo a su cargo establecido en el acta de conf ormidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista., Esta ejecución será solicitada por un monto equiv alente al citado saldo a cargo del contratista.
La mencionada garantía deberá ser emitida por entidad sujeta al ámbito de superv isión de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP o estar considerada en la última lista de Bancos Extranjeros de Primera Categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserv a.
Devolución de Garantía: La garantía será devuelta una v ez que la recepción de la prestación a cargo del Contratista esté aprobada por PETROPERU.
8.2 Garantía de Cumplimiento de Obligaciones Contractuales.-
✓ CARTA FIANZA LABORAL.- Conf xxxx a lo establecido en el Contrato en cumplimiento a lo dispuesto el Art. 24º de la Ley 27626 “Ley de Intermediación Laboral”, El Contratista deberá presentar una CARTA FIANZA a nombre del Ministerio de Trabajo que garantice el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de su personal destacado para la ejecución del Serv icio por el tiempo de v igencia del contrato, más un monto adicional equiv alente de dos (02) meses de remuneraciones y beneficios colaterales; la misma que deberá cumplirse con lo prescrito en los Art. 17º al 25º del Reglamento de la ley antes indicada.
Dicha Carta Fianza deberá tener una v igencia hasta de tres (03) meses posteriores al término del Contrato, v encido el plazo se dev olv erá la Carta Fianza, siempre que no exista incumplimiento de sus obligaciones laborales. Cuando el CONTRATISTA incumpla sus obligaciones laborales, PETROPERÚ S.A. le otorgará un plazo para que subsane el pago, conf xxxx a lo establecido en el numeral 10.13 del Reglamento. En caso de persistir el incumplimiento, independientemente de las acciones que correspondan, PETROPERÚ ejecutará dicha Garantía hasta por el monto adeudado por el CONTRATISTA a su personal destacado al serv icio por concepto de remuneraciones y benef icios colaterales y comunicará el Ministerio de Trabajo sobre este incumplimiento; independientemente de manera obligatoria el Contratista deberá presentar la renov ación de Carta Fianza en un plazo no may or a diez (10) días hábiles por el mismo concepto y monto o presentará una nuev a, según corresponda; sin perjuicio de que PETROPERÚ procederá al pago directo del monto que el CONTRATISTA adeuda a su personal en mención. Dicho incumplimiento, se encuentra considerado como incumplimiento de Contrato; y como tal, causal de Resolución del Contrato.
✓ CARTA FIANZA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.- Las Cartas Fianzas que deberán presentar los CONSORCIOS a la f xxxx del Contrato, debido a que éstos no constituyen una persona jurídica; y a f in de que las obligaciones asumidas por sus integrantes estén adecuadamente protegidas, dicha carta fianza deberá mencionar expresamente a todas y cada una de la empresas consorciadas que integran el Consorcio.
✓ LAS GARANTÍAS.- De acuerdo al a lo dispuesto en el Numeral 6.5.3 de la Directiv a Nº 016-2012-OSCE/CD aprobada mediante Resolución Nº 291-2012-OSCE/PRE del 19.09.2012, las GARANTÍAS que presenten los Consorcios para la firma del contrato, durante la ejecución contractual y para la interposición de los recursos administrativos; además de cumplir con las condiciones establecidas en el en el artículo 39º de la Ley de Contrataciones del Estado, deberán consignar expresamente el nombre completo o la denominación o la razón social de los consorciados integrantes del Consorcio, en calidad de garantizados; de lo contrario no podrán ser aceptadas por XXXXXXXXX S.A. (No se cumple el requisito antes indicado, si se consigna únicamente la denominación del Consorcio).
8.3 PÓLIZA DE SEGURO: PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL COMPRENSIVA
• El Contratista deberá contratar una Póliza de Seguro de Responsabilidad Civ il General Comprensiv a (que incluy a Responsabilidad Civil Contractual y Responsabilidad Civil Extracontractual y Responsabilidad Civ il Cruzada), hasta por la suma asegurada de US$ 500,000.00, que cubra los daños a terceros (bienes y personas); daños al medio ambiente; daños por el uso de empleo de armas de f uego.
Asimismo, se deberá incluir en la Póliza de Seguro los daños por el uso, empleo y /o conducción de cualquier v ehículo o medio de transporte terrestre a motor, perteneciente o al serv icio del contratista, salv o que la f lota de v ehículo de propiedad del contratista o de terceros bajo su responsabilidad, tuv iera una Póliza de Seguro de Automóv iles, incluida la cobertura de Responsabilidad Civil por la suma asegurada de US$. 100,000.00 por cada v ehículo.
• La Póliza de Seguro deberá incluir a PETROPERU como Asegurado Adicional y Tercero Benef iciario,
incluido su personal.
• Con respecto a los intereses de PETROPERU y a su personal, la Póliza de Xxxxxx deberá tener el carácter de primaria. Cualquier otro seguro contratado por PETROPERU, es en exceso y no concurrente.
• La aseguradora renuncia a su derecho de subrogación contra PETROPERU, sus agentes, f uncionarios y
empleados.
• El Contratista deberá mantener v igente la Póliza de Seguro durante el plazo señalado en el contrato de serv icios. Asimismo, deberá remitir a PETROPERU una copia de la póliza de seguro y el(los) comprobante(s) de pago mensual de la Prima con el que acrediten la v igencia de la cobertura; y cualquier otro documento relacionado a lo anterior, para su rev isión y conf ormidad.
• La Póliza de Seguro de Responsabilidad Civ il General deberá contener una disposición que obligue a la
aseguradora a notif icar por escrito a PETROPERU, en el plazo de tres (03) días hábiles a partir de la modif icación de los términos y condiciones, anulación de la Póliza de Seguro o del incumplimiento por parte del Contratista en el pago de la prima.
• Si ante la ev entualidad de un siniestro, la Póliza de Seguro resultase insuf iciente o no pueda ejecutarse por
cualquier motiv o atribuible al Contratista, éste asumirá directamente el pago de la indemnización a terceras personas, así como a PETROPERU y a su personal por los daños ocasionados como consecuencia del ref erido siniestro.
• En caso de siniestro, el importe del deducible será asumido por el Contratista. PETROPERU y su personal
serán íntegramente indemnizados.
• La póliza de seguro deberá ser emitida por una Compañía de Seguro sujeta al ámbito de superv isión de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP.
✓ CARACTERÍSTICAS DE LA POLIZA DE SEGURO.- LAS POLIZAS DE SEGURO que presenten los Consorcios a la firma del contrato; además de cumplir con las condiciones establecidas en el en el artículo 39º de la Ley de Contrataciones del Estado, deberán consignar expresamente el nombre completo o la denominación o la razón social de los consorciados integrantes del Consorcio, en calidad de garantizados; de lo contrario no podrán ser aceptadas por PETROPERU. (No se cumple el requisito antes indicado, si se consigna únicamente la denominación del Consorcio y no de todos los integrantes del mismo). .- De acuerdo al a lo dispuesto en el Numeral 6.5.3 de la Directiv a Nº 016-2012-OSCE/CD aprobada mediante Resolución Nº 291-2012-OSCE/PRE del 19.09.2012
El contratista deberá considerar en sus gastos generales, los respectiv os gastos f inancieros de la Carta Fianza Bancaria y la Póliza de Seguro.
9. CONDICIONES DEL PROCESO
9.1 Las consultas a las Bases serán f ormuladas por escrito a la siguiente dirección:
- Petróleos del Perú – PETROPERU S.A. Operaciones Talara.
Ref inería Talara - Of icina de Trámite Documentario - Calle 400 - Portón Nº 5 Talara-Piura-Perú. Ref erencia: Competencia May or Nº XXX- -0000-XXX/XXXXXXXXX.
Atención: Órgano Ad - Hoc.
- O al Telef ax: (073) 28-4352.
- O al E-mail: xxxxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx
El plazo para la presentación de consultas se indica en el av iso de conv xxxxxxxx publicado en el SEACE. Las respuestas a las consultas se notificarán a través del SEACE en la f echa indicada en el av iso de conv ocatoria.
9.2 Las respuestas a las consultas f ormarán parte de las presentes Bases y se integrarán a éstas en la f echa indicada en av iso de conv ocatoria publicado en el SEACE.
9.3 El proceso de contratación podrá ser declarado desierto por las causales a que se contrae el numeral 12 del Reglamento.
Asimismo, podrá cancelarse el proceso de contratación hasta antes del otorgamiento de la buena pro, según las causales prev istas en el numeral 13 del Reglamento.
El proceso de contratación podrá ser declarado nulo por las causales a que se contrae el numeral 14 del
Reglamento.
9.4 PETROPERU podrá postergar las etapas del proceso, incluso hasta momentos prev ios a la realización del acto respectiv o; las nuev as f echas serán dadas a conocer por los mismos medios en que se ef ectuó la conv ocatoria.
En caso de que el día señalado en el cronograma resulte no laborable para PETROPERU, el acto se ef ectuará al día hábil siguiente, dejándose constancia de esta circunstancia en el acta.
9.5 El acto de presentación de propuestas se realizará en el lugar, f echa y hora señalados en el av iso de conv ocatoria publicado en el SEACE.
Forma de Presentación:
En dos sobres cerrados: Sobre 1: Propuesta Técnica y Sobre 2: Propuesta Económica, indicando el número
y objeto del proceso y el nombre del postor.
SOBRE Nº 01
Petróleos del Perú – PETROPERU S.A. OPERACIONES TALARA COMPETENCIA MAYOR Nº XXX- -0000-XXX/XXXXXXXXX PRIMERA CONVOCATORIA
“SERVICIO DE ”
<Nombre del Postor>
<RUC>
PROPUESTA TÉCNICA
SOBRE Nº 02
Petróleos del Perú – PETROPERU S.A. OPERACIONES TALARA
PROPUESTA ECONÓMICA
COMPETENCIA MAYOR Nº XXX- -0000-XXX/XXXXXXXXX PRIMERA CONVOCATORIA
“SERVICIO DE ”
<Nombre del Postor>
<RUC>
Acreditación de Representante en Acto Público.-
Para los actos públicos de Presentación de Propuestas (Sobres Nº 1 y N° 2) , Apertura Sobre Nº 1, Apertura Sobre Nº 2 y Otorgamiento de la Buena Pro, las personas naturales concurren personalmente o a través de su apoderado debidamente acreditado ante el Órgano Ad-Hoc mediante carta poder simple según modelo Formato Nº 5. Las personas jurídicas lo hacen por medio de su representante legal o apoderado. El representante legal acreditará tal condición con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo y, en el caso del apoderado, será acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que acredite la condición de éste, expedido con una antigüedad no mayor de treinta (30) días a la presentación de propuestas.
En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante legal común del consorcio, o por el apoderado designado por éste, o por el representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, conforme a lo siguiente:
1. En el caso que el representante legal común del consorcio presente la propuesta, éste debe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio.
2. En el caso que el apoderado designado por el representante legal común del consorcio presente propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante legal común del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio.
3. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditación se realizará conforme a lo dispuesto por el primer y segundo párrafo del presente artículo, según corresponda.
En el caso que el Órgano Ad-Hoc rechace la acreditación del apoderado, representante legal, representante legal común, según corresponda, y este exprese su disconformidad, se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario mantendrá la propuesta y los documentos de acreditación en su poder hasta el momento en que el participante formule apelación.
* Una persona natural no podrá representar a más de un postor.
9.6 Contenido de las propuestas
Las propuestas serán presentadas en original y una copia, y deben estar f oliadas y f irmadas por el postor o su representante legal o apoderado.
CONTENIDO DEL SOBRE Nº 1 - PROPUESTATÉCNICA
La propuesta técnica deberá contener, cuando menos, los siguientes documentos:
a) De presentación obligatoria:
- Declaración Jurada de Datos del Postor según modelo del Formato Nº 1. (*) (**).
- Datos del Postor sobre Constitución de Empresa según Formato Nº 2. Para el caso de Personas Naturales, deberán presentar copia de Ficha RUC de la empresa (*)(**).
- Copia simple de la Constancia de Registro y autorización VIGENTE en el Registro Nacional de Empresas y
Entidades que realizan activ idades de Intermediación Laboral (RENEEIL), emitido por el Ministerio de Trabajo y Promoción Social, en la activ idad requerida (tipo de servicio COMPLEMENTARIO), para la zona de Talara. (*) (**).
- Certif icado de Vigencia de Inscripción de Persona Jurídica, expedida por la Superintendencia Nacional de Registros Públicos, con v igencia no may or a 30 días a la f echa de presentación de propuestas.
- Copia simple de la Resolución Directoral VIGENTE, emitida por la SUCAMEC, mediante la cual se autoriza
a la empresa, a brindar el serv icio de v igilancia y su relación del personal inscrito. (*) (**).
- Plan de Trabajo (que contiene objetiv os, metas, acciones a tomar, prevenciones, estrategias, etc.), según numeral 2 de las Bases Técnicas.
MUY IMPORTANTE, la omisión de alguno de los documentos enunciados causará la descalif icación de la propuesta.
b) De ser el caso:
- Promesa Formal de Consorcio, de acuerdo a la normativ a en materia de Contrataciones del Estado, cuando corresponda, según Formato Nº 3.
c) Para efectos de evaluación:
- Documentación que acredite los f actores de ev aluación establecidos, con un xxxxxx xx xxxx (10)
serv icios, según Anexos Nº 1 y 1-A.
(*) En caso de consorcio la documentación será presentada de acuerdo a lo dispuesto en la Directiva Nº 016-2012-OSCE/CD, sobre consorcios.
(**) Se debe tener en cuenta que, estos documentos deben ser presentados por cada integrante del consorcio.
CONTENIDO DEL SOBRE Nº 2 - PROPUESTAECONÓMICA
La propuesta económica deberá contener la of erta económica y el detalle de Precios Unitarios expresado en
Nuevos Soles, de acuerdo al modelo de presentación indicado en los Formatos Nº 4, 4A.
9.7 Todos los documentos que contengan inf ormación esencial sobre las propuestas se presentarán en idioma español o, en su def ecto, acompañados de traducción por un traductor público juramentado, salv o el caso de la inf ormación complementaria contenida en f olletos, instructiv os, catálogos o similares, que podrá ser presentada en idioma de origen. El postor será responsable de la exactitud y v eracidad de dichos documentos. Toda inf ormación entregada por el postor en su propuesta tendrá carácter de declaración jurada.
9.8 En mérito al principio de presunción de v eracidad, PETROPERU admitirá la inf ormación y documentación presentada por los postores con sus propuestas en el proceso de contratación, reserv ándose el derecho de v erif icar la v alidez y v eracidad de las mismas. De adv ertirse información f alsa o inexacta se descalif icará al postor, sin que ello pueda dar derecho a los postores a demandar pérdidas o intereses por los gastos en que hubieran podido incurrir, como consecuencia de la preparación y presentación de las of ertas, de la constitución de garantías o de cualquier otro concepto; e inf ormándose al OSCE para la iniciación del procedimiento administrativ o sancionador. Esta presunción de v eracidad también es aplicable en la etapa contractual o ejecución del serv icio.
PRESUNCIÓN DE VERACIDAD.- Mediante este Principio, se presume que los documentos y declaraciones f ormulados por los administrados en la f orma prescrita por esta Ley, responden a la v erdad de los hechos que ellos af xxxxx. Esta presunción admite prueba en contrario.
De acuerdo con este principio, se establece un niv el de confianza entre PETROPERU (administración pública) con los postores (administrados) con quienes se relaciona durante su participación en los procesos de contratación. Este principio se basa en suponer que el postor (administrado) dice la v erdad (en tanto no se descubra lo contrario), cuando presenta documentos e inf ormación para obtener un pronunciamiento pertinente.
La exigencia de presentación de “Declaraciones Juradas” durante el proceso de contratación, conf xxxx lo dispone la Ley de la materia, sustituyen la f iscalización prev ia de los documentos e inf ormación declarados, pero la Administración, por Ley , se encuentra obligada a realizar una FISCALIZACIÓN POSTERIOR; por lo que en v irtud de este principio, PETROPERU se reserva el derecho de comprobar la veracidad de la información presentada por los postores durante los procesos de contratación y el cumplimiento de la normatividad sustantiva; estando facultado a aplicar las sanciones pertinentes en caso la información presentada no sea veraz. Esta facultad se extiende a la etapa de ejecución del Servicio en la que el Contratista está obligada a presentar documentación.
*Verificada la ocurrencia de fraude o falsedad en la prueba documental o en la declaración jurada, la
exigencia respectiv a será considerada como no satisf echa y sin ef ecto alguno, y PETROPERU pondrá en conocimiento del Tribunal del OSCE para la iniciación del procedimiento administrativ o sancionador y /o correspondiente proceso penal (Delitos contra la Fe Pública) tipif icado en el Código Penal, así como para la adopción de las medidas que conf xxxx x Xxx conduzcan a declarar la nulidad del acto o proceso administrativo
de que se trate, sin perjuicio de las acciones legales pertinentes que pudiera iniciar PETROPERU para las indemnizaciones a que hubiere lugar.
9.9 El acto público de presentación de propuestas se inicia cuando el Órgano Ad-Hoc llama a cada uno de los participantes para que hagan entrega de sus propuestas. En caso algún participante sea omitido podrá acreditarse con la presentación del comprobante de pago por derecho de participación, en cuy o caso PETROPERU v erif icará si el postor se registró como participante dentro del plazo prev isto. El Órgano Ad-Hoc abrirá los sobres que contienen la Propuesta Técnica de cada postor y v erif icará que los documentos presentados sean los solicitados por las Bases, de no ser así, el Órgano Ad-Hoc dev olv erá la propuesta teniéndola por no presentada, salv o que el postor exprese su disconf ormidad, en cuy o caso, tal circunstancia quedará anotada en el Acta del proceso en presencia xxx Xxxxxxx Público, quien mantendrá la propuesta en su poder hasta que el postor f ormule apelación. Si se f ormula apelación se estará a lo que f inalmente se resuelv a al respecto.
9.10 PETROPERU, podrá solicitar a los postores documentos aclaratorios, siempre que ello no constituy a modif icación de su propuesta técnico – económica.
Se entiende por modif icación, la v ariación de precios, condiciones de pago, f inanciamiento, requerimientos técnicos mínimos, plazo de entrega exigido en las bases u of ertado por los postores y otras condiciones que hubieran sido determinantes durante la ev aluación de propuestas.
La f acultad de solicitar aclaraciones respecto de la propuesta técnica se podrá ejercer durante la etapa de ev aluación técnica y hasta antes de la apertura del sobre económico. En el caso de la propuesta económica se podrá solicitar aclaración durante la etapa de ev aluación económica y hasta antes del otorgamiento de la Buena Pro. El postor tendrá un plazo no may or a dos (02) días hábiles para presentar las aclaraciones solicitadas, computado desde el día siguiente de la notif icación.
9.11 Los def ectos de f orma tales como omisiones o errores subsanables en los documentos presentados, que no modif iquen el alcance de la propuesta serán subsanados por el postor en el plazo de dos (02) días, computados desde el día siguiente de la notif icación para que el postor lo subsane, en cuy o caso la propuesta continuará v igente para todo ef ecto, a condición de la ef ectiv a enmienda del def ecto encontrado dentro del plazo prev isto, salv o que el def ecto pueda corregirse en el mismo acto.
10. SISTEMA DE CONTRATACIÓN
El sistema de contratación es a Precios Unitarios.
11. EVALUACIÓN DE PROPUESTAS
El Órgano Ad-Hoc ev aluará las propuestas que cumplan con lo especif icado en las Bases, considerando los criterios y parámetros de ev aluación detallados en los numerales subsiguientes.
Las propuestas técnicas serán descalificadas cuando:
• No cumplan los Requerimientos Técnicos Mínimos (Indicados en las Bases Técnicas).
• No incluy an la documentación requerida como obligatoria indicada en el numeral 9.6 de estas Bases.
• Contengan inf ormación discrepante con los f olletos, instructiv os, catálogos o similares, que no permitan determinar si la propuesta cumple los Requerimientos Técnicos Mínimos (Indicados en las Bases Técnicas).
• Contengan inf ormación f alsa o inexacta.
• No alcancen el puntaje mínimo requerido para acceder a la ev aluación económica, cuando corresponda.
Las propuestas económicas serán descalificadas cuando:
• Presenten errores no subsanables, salv o que se configure el supuesto prev isto en el numeral 29 del Anexo N° 1 del Reglamento.
• Cuando no señalen cualquiera de los datos ref eridos a cantidad, precio unitario, unidad de medida, subtotal,
gastos generales y utilidad, de ser el caso, o modif iquen las cantidades u omitan alguna(s) de las partidas prev istas en las Bases.
12. METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN
12.1 Sólo se ev aluarán las propuestas que hay an cumplido con la TOTALIDAD de los Requerimientos Técnicos Mínimos (RTM), y de las especif icaciones técnicas requeridas. La propuesta que no cumpla con lo indicado
será desestimada.
12.2 La ev aluación de las propuestas se realizará en dos etapas. La primera es la ev aluación técnica, cuy a f inalidad es identif icar las propuestas que accederán a la etapa de la ev aluación económica, conf xxxx a los f actores, criterios y puntajes establecidos en las Bases, y la segunda es la ev aluación económica, cuy o objeto es calif icar el monto de la propuesta.
12.3 Ev aluación técnica. Los f actores de ev aluación serán de acuerdo a Anexos Nº 1 y 1-A.
12.4 La ev aluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se le asignará puntaje de f orma inv ersamente proporcional.
12.5 Tanto la ev aluación técnica como la ev aluación económica se calif ican sobre cien (100) puntos. El puntaje total será la suma ponderada de las ev aluaciones técnica y económica, obtenido de la aplicación de la siguiente f órmula:
PTPi = c1 PTi + c2 PEi
Donde:
PTPi = Puntaje total del postor i
PTi = Puntaje de la ev aluación técnica del postor i
PEi = Puntaje de la ev aluación económica del postor i
c1 = 0.70 Coef iciente de ponderación de la ev aluación técnica
c2 = 0.30 Coef iciente de ponderación de la ev aluación económica La propuesta ev aluada como la mejor será la que obtenga may or puntaje total.
13. PUNTAJE PARA ACCEDER A LA ETAPA DE EVALUACIÓN ECONÓMICA
Para acceder a la ev aluación económica, el postor deberá obtener ochenta (80) puntos como mínimo en la ev aluación técnica.
14. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
14.1. PETROPERU otorgará la Buena Pro a la propuesta que obtenga el may or puntaje total, según lo establecido en las presentes Bases.
14.2. En el supuesto que dos o más propuestas empaten, el otorgamiento de la buena se ef ectuará observ ando estrictamente el siguiente orden:
a) A f av or del postor que hay a obtenido el mejor puntaje Técnico.
b) A trav és del sorteo, en el mismo acto.
14.3. El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notif icada a todos los postores en la misma f echa del acto público, sin admitirse prueba en contrario. Adicionalmente, se publicará en el SEACE y de ser el caso a través de los otros medios en que se ef ectuó la conv ocatoria.
14.4. El registro del otorgamiento de la Buena Pro incluirá el acta y el cuadro comparativ o detallado con los resultados de la ev aluación.
15. RECURSOS DE APELACIÓN Y REVISIÓN
Los postores podrán interponer los recursos de apelación y rev isión, según lo establecido en los Numerales 7.9 al
7.16 del Reglamento, de acuerdo a lo siguiente:
15.1 Los postores podrán presentar recursos de apelación ante PETROPERÚ después de otorgada la Buena Pro. El plazo para su interposición es de ocho (08) días hábiles siguientes a la notif icación de la Buena Pro a trav és del SEACE.
15.2 Al momento de la presentación del recurso de apelación los postores adjuntarán una Carta Fianza irrev ocable, solidaria, incondicional y de realización automática, por el 1% del Monto Estimado Ref erencial a f av or del OSCE, y deberá tener un plazo mínimo de v igencia de treinta (30) días calendario, debiendo ser renov ada hasta el momento que se agote la Vía Administrativ a.
Dentro de los diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de publicada en el SEACE la resolución que resuelv e el recurso de apelación, podrá interponerse recurso de rev isión ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.
Vencido el plazo xxxxxx xx xxxx (10) días hábiles sin que PETROPERÚ registre en el SEACE su resolución, el postor apelante tendrá por denegado su recurso y podrá interponer recurso de rev isión contra la denegatoria f icta ante el Tribunal de Contrataciones del Estado. PETROPERÚ elev ará todo lo actuado al Tribunal de Contrataciones del Estado, incluyendo la Carta Fianza, en un plazo no may or de tres (3) días hábiles, luego de haber recibido el requerimiento del Tribunal.
Cuando se declare inf undado o improcedente el recurso, se ejecutará la Carta Fianza.
16. CONTRATO
16.1. Para la suscripción del Contrato (según prof orma del Anexo Nº 2) el Contratista ganador de la Buena Pro deberá entregar:
❖ Constancia v igente de No estar Inhabilitado para Contratar con el Estado, expedida por el OSCE (en el caso de Xxxxxxxxx, de cada uno de los integrantes).
❖ Fotocopia Simple de: (en el caso de Consorcio, de cada uno de los integrantes).
a) Registro Único de Contribuy ente del Postor (RUC) VIGENTE a la f echa del proceso.
b) Documento de identidad VIGENTE del Postor o de su Representante Legal, o del Apoderado del Consorcio, según corresponda.
❖ Documento Original de:
a) Constancia de “Vigencia de Poder” del Representante Legal que suscribirá el Contrato; el mismo que deberá tener una antigüedad no may or a tres (3) meses, contados desde la f echa de su expedición por la correspondiente Zona Registral de SUNARP. En el poder otorgado al representante legal, deberá indicarse literalmente, la facultad para suscribir Contratos y otros actos administrativos derivados de los procesos de contratación en el que participa el postor.
* Si durante la etapa de ejecución contractual el poder del representante legal hay a sido rev ocado, extinguido, o se hay a cambiado al representante legal o apoderado común (consorcio), se deberá hacer de conocimiento a PETROPERÚ.
b) Contrato de Consorcio con f irmas legalizadas ante Notario Público de los representantes legales de los postores que se consorcian, cuando corresponda, de acuerdo con los dispuesto en la Directiv a Nº 016-2012-OSCE/CD.
❖ Constancia de Inscripción en el REMYPE (Registro Nacional de Micro y Pequeña Empresa), v igente, cuando corresponda; la que posteriormente será contrastada con la inf ormación que obra en el Ministerio de Trabajo para su v erif icación.
❖ Garantía de Fiel Cumplimiento (De acuerdo al numeral 8.1 de las presentes Bases). De ser el caso, PETROPERU aplicará lo indicado en el Numeral 8 Anexo Nº 1 del Reglamento.
❖ Póliza de Seguro: Póliza de Responsabilidad Civ il General Comprensiva (De acuerdo al numeral 8.3 de las presentes Bases).
❖ Copia de la constancia de Carta Fianza que garantice obligaciones laborales, de acuerdo a lo establecido en el numeral 8.2 de las Bases Administrativas, deberá ser entregada a PETROPERU.
❖ Copia de la Constancia inf ormando a la Autoridad Administrativa de Trabajo de la Zona de Talara, sobre el desarrollo de este serv icio.
❖ Presentar en copia simple, la documentación sustentatoria que acredite que el personal propuesto, cumple con lo solicitado en los términos de ref xxxxxxx (Hoja de vida de la(s) persona(s) que ejecutará(n) el servicio).
16.2. Dentro de los tres (03) días hábiles de consentida la Buena Pro, PETROPERU deberá citar al contratista ganador de la Buena Pro otorgándole un plazo xx xxxx (10) días hábiles para entregar las garantías y demás documentos indicados en el numeral precedente. Este plazo podrá ser ampliado hasta en cinco (05) días hábiles, a solicitud del CONTRATISTA y previa aprobación de PETROPERÚ, siempre que medie una causa justif icada para otorgar dicha ampliación. Por ningún motivo los plazos podrán ser mayores al de la v alidez de la of erta, de la propuesta ganadora.
16.3. El Incumplimiento de lo estipulado en el numeral anterior, en el plazo establecido, originará la pérdida de la Buena Pro, y PETROPERU ejecutará y tramitará el honramiento de las garantías correspondientes, procediéndose a consignar este hecho en la Base de Datos de Contratistas Calif icados de PETROPERU, aplicándose la sanción que corresponda según Reglamento de Gestión de Base de Datos de Contratistas Calif icados de PETROPERU, inf ormándose al Tribunal de Contrataciones de este hecho.
16.4. Una v ez cumplido con lo indicado en el numeral 16.2 de las Bases, PETROPERU suscribirá el Contrato respectiv o; sí dentro del plazo de 5 días hábiles el contratista ganador de la Buena Pro no suscriba el contrato; de no presentarse perderá la Buena Pro, procediéndose seguidamente, según lo indicado en el numeral anterior. PETROPERU podrá ampliar el plazo, pero por ningún motiv o será mayor al de v alidez de la of erta, de la propuesta ganadora.
16.5. En los casos mencionados en los numerales 16.3 y 16.4 de las Bases, PETROPERU podrá optar por adjudicar la buena pro al postor que ocupó el siguiente lugar de acuerdo a lo prev isto en el Reglamento y siguiendo el mismo procedimiento.
16.6. Antes de iniciar el Serv icio, el contratista ganador de la buena pro, deberá presentar al Administrador del Contrato, los siguientes documentos:
• La relación de los trabajadores que estarán a cargo de la ejecución del Serv icio contratado, debidamente identif icados con DNI y con sus respectiv as f irmas; la misma que deberá ser igual a la relación de trabajadores para quienes se tramitó/tramitará ante la Unidad Seguridad la autorización correspondientes para ingresar a la Ref inería Talara.
• Copia del DNI y foto tamaño carnet del personal propuesto por el contratista para la ejecución del serv icio.
• Declaración Jurada de Antecedentes Penales del personal propuesto por el contratista para la ejecución del serv icio.
• Original del Certif icado de Antecedentes Policiales (vigente) del personal propuesto por el contratista para la ejecución del serv icio, expedido por la Comisaría del Sector.
• Original de Certif icado Médico (v igente) donde se indique la realización del examen médico al personal propuesto para la ejecución del serv icio; y con el que se acredita el estado f ísico y mental de cada trabajador. Este documento deberá tener una antigüedad no may or a seis meses, contados a partir del inicio del serv icio.
• Copia del CONTRATO o POLIZA de Seguro Complementario de Trabajo de Xxxxxx SCTR (*), suscrito con ESSALUD o con una COMPAÑÍA DE SEGUROS, acreditando la contratación de las coberturas de salud de cada uno de los trabajadores a cargo de la ejecución del serv icio, al que adjuntarán copia de/los comprobantes de pago de los aportes/prima, mensual, según corresponda, acreditando la vigencia de las coberturas de salud de cada uno de sus trabajadores que ejecutarán la obra.
• Términos del contrato del personal contratado.
• Copia del CONTRATO o POLIZA de Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo SCTR (*), suscrito con la OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL – ONP o con una COMPAÑÍA DE SEGUROS, acreditando la contratación de la cobertura de invalidez y sepelio de cada uno de los trabajadores a cargo de la ejecución del serv icio, al que adjuntarán copia de/los comprobantes de pago de los aportes/prima, mensual, según corresponda, acreditando la vigencia de las coberturas de pensiones de cada uno de sus trabajadores que ejecutarán la obra.
• Asimismo, de ser el caso, deberá presentar los documentos necesarios para el cumplimiento de las condiciones propias para el inicio del servicio, las mismas que se encuentra detalladas en las Bases Técnicas del Proceso.
Vigencia: La v igencia para tener derecho a las coberturas de salud o pensiones del SCTR, lo da el pago mensual, obligatorio, que debe hacer el CONTRATISTA a ESSALUD o Compañía de seguros con quien celebró el contrato anual por este seguro de alto riesgo.
(*) De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 19°de la Ley 26790, el Anexo Nº 05 y los Artículos 82°, 83°
y 84° de su Reglamento, aprobado por D.S. No.009-97-SA y modificado por el D.S. No.003 -98-SA, las refinerías de petróleo están consideradas como actividades de alto riesgo; por lo que, los contratistas y subcontratistas que destacan su personal a las instalaciones de Operaciones Talara, están obligados a contratar para este personal, las pólizas del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) con las correspondientes coberturas para las prestaciones de salud y para la de invalidez y sepelio.
17 . FORMA DE PAGO:
PLAZO PARA LOS PAGOS:
El Contratista presentará valorizaciones mensuales, durante la ejecución del Servicio. No se otorgaran adelantos por
este serv icio.
PETROPERU ef ectuará el pago a los 10 días posteriores a la correcta presentación de la f actura y previa conformidad de los serv icios prestados. Dichos pagos tendrán el carácter de pagos a cuenta.
Para tal ef ecto, los encargados de emitir la conformidad de recepción de serv icios, deberán hacerlo en un plazo que
no excederá de los diez (10) días de ser éstos recibidos, a f in de permitir que el pago se realice puntualmente.
El contratista consignará obligatoriamente en su f actura el número y descripción del contrato. La f actura no será tramitada si no cumple con estos requisitos.
El contratista tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en los Artículos 1244º, 1245º Y 1246º del Código Civ il en caso de retraso en el pago, contado desde la oportunidad en que éste debió ef ectuarse.
CONDICIONAMIENTO DEL PAGO DE LAS VALORIZACIONES
El Contratista deberá realizar el pago de todos los beneficios sociolaborales (establecidos por ley ) de sus
trabajadores a trav és de una Entidad Financiera.
El pago de las v alorizaciones parciales y/o final estará supeditado a la acreditación previa por parte del contratista del pago de los sueldos, salarios y demás benef icios sociales que de acuerdo a la legislación laboral v igente le corresponden a sus trabajadores que interv ienen en el serv icio.
Es obligación de El Contratista, Provisionar fondos para realizar los pagos laborales mensuales, puntuales y sin dilación, de sus trabajadores a cargo de la ejecución del Serv icio; eximiendo de esta responsabilidad a PETROPERU. A ef ectos de que sea posible la acreditación del pago de los derechos laborales y demás benef icios sociales de los trabajadores, el contratista deberá presentar adjunto a su f actura los siguientes documentos:
a) Copia de la Planilla de Remuneraciones de los Trabajadores, que acredite el pago de sus sueldos y demás benef icios laborales y prev isionales ( salud y pensiones).
b) Las boletas de pago de todo el personal comprendido en el serv icio, con indicación expresa del pago por concepto xx xxxxxx o salario y demás benef icios y contribuciones sociales que señala la normativ idad v igente y que se deriv en de la propuesta del contratista.
c) Las constancias de pago por concepto de aportaciones a ESSALUD, SPP o el Sistema Nacional de Pensiones, CTS y Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) u otra obligación que exista o se cree, del personal que presta el serv icio al contratista.
d) Copia de la CONSTANCIA del depósito bancario, mensual, realizado ante una Entidad Financiera bajo la normativ a de la Superintendencia de Banca y Seguros; con cuy o documento el Contratista deberá acreditar el cumplimiento de sus obligaciones contractuales, respecto al pago por concepto xx xxxxxx o salario y de los benef icios sociales y prev isionales de sus trabajadores que realizan el Serv icio contratado.
En caso de que el contratista no cumpla con adjuntar a su v alorización la documentación antes indicada (de los pagos del personal del mes anterior al que corresponde el pago), la v alorización le será dev uelta, y el plazo para la aprobación de la misma por la dependencia correspondiente, empezará a contabilizarse desde la f echa de subsanación de las observ aciones f ormuladas, siendo de su responsabilidad el oportuno pago de su personal.
INFORMACIÓN PARA BENCHMARKING
El contratista deberá adjuntar a sus f acturas la inf ormación respecto al número de horas trabajadas en el serv icio. Esta inf ormación se presentará en el f ormato de control de horas hombre trabajadas por contrato, distribución, costo,
que se adjunta para tal ef ecto. Xxxx incluirse a superv isores, personal secretarial en las horas que corresponden al trabajo contratado y todo el personal que ejecuta directamente el trabajo.
En este mismo f ormato deberá reportarse el desagregado de los montos facturados es decir aquello que corresponden a mano de obra, materiales y otros incluy endo los gastos generales y utilidad (Ver Formato Nº 6).
18. SEGURIDAD Y PROTECCION AMBIENTAL.-
El CONTRATISTA está obligado a cumplir y hacer cumplir a su personal las “Normas Básicas de Seguridad y
Protección Ambiental para Contratistas de PETROPERU” contenidas en el Manual 040 v igente, el cual f orma parte de las Bases y que deberá considerar para su estructura de costos. Sin embargo el hecho de que PETROPERU le imparta indicaciones al respecto, no lo libera de la obligación de adoptar todas las medidas de seguridad y protección ambiental necesarias, que son de exclusiv a responsabilidad y cargo.
El CONTRATISTA se obliga a respetar todos los dispositivos y normas legales vigentes que xxxxxx la protección y conservación del medio ambiente; por lo tanto, es responsable legal y económicamente si al ejecutar la prestación a su cargo af ecte y contamine el medio ambiente y PETROPERU sea pasible de sanción con alguna multa. El pago de la multa en referencia será trasladado a EL CONTRATISTA.
El hecho que PETROPERÚ le imparta instrucciones respecto a la Protección Ambiental, no exime al CONTRATISTA de su total responsabilidad en lo que se ref iere a adoptar las medidas pertinentes para preserv ar el medio ambiente. Adicionalmente, de requerirse el uso de plásticos, papeles o cartones para la ejecución del serv icio, estos deberán cumplir con lo indicado en el D.S. Nº 011-2010-MINAM artículo 4º numeral 4.1.5 a) y numeral 4.1.5 b), que establecen utilizar obligatoriamente plásticos, papeles, cartones con un porcentaje de material reciclado y bolsas de plástico biodegradables.
19. PERSONAL DE “EL CONTRATISTA”
El contratista proporcionará para la ejecución de los trabajos el personal, los equipos, las herramientas, etc., por su cuenta y responsabilidad, asumiendo todas las responsabilidades inherentes a su personal, el cual dependerá
exclusiv amente de él y respecto del cual PETROPERU no tiene relación laboral alguna.
20. PAGO AL PERSONAL DE “EL CONTRATISTA”
El Contratista es el único responsable del pago íntegro de los sueldos, benef icios, v acaciones, gratif icaciones,
compensación por tiempo de serv icios (CTS), aportes al SNP ó SPP y demás benef icios sociales en general, sin excepción alguna, correspondientes a cada uno de los trabajadores que ésta decidió contratar, a ef ectos de cumplir con el objeto del contrato que suscribió el Contratista con PETROPERU no responsabilizándose PETROPERU por ninguno de estos conceptos.
Los pagos a su personal y demás obligaciones sociales, deberán ser efectuados por el contratista dentro de los plazos establecidos en la legislación v igente para cada uno de ellos. Dichos pagos serán de cargo del contratista, no siendo transf eribles a PETROPERU; teniendo el contratista la obligación de prov isionar los montos de acuerdo a los costos y
porcentajes de su propuesta económica. PETROPERU cancelará las v alorizaciones que corresponda, prev ia acreditación de haber realizado el pago a su personal y obligaciones sociales.
El Contratista tiene la obligación de presentar a PETROPERU, todos los documentos que acrediten los pagos a sus
trabajadores que laboren en f orma f ija o ev entual en la prestación del Serv icio. Asimismo, en caso lo requiera PETROPERU, el contratista facilitará el acceso a las planillas de remuneraciones, boletas de pago y aportes sociales, a trav és de uno ó más Superv isores de PETROPERU, para v erif icar el cumplimiento de las obligaciones con su personal y la seguridad social.
CONDICIÓN PARA RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
En caso de incumplimiento de las obligaciones contractuales, PETROPERU requerirá vía notarial, el cumplimiento de
la obligación contractual a cargo de El contratista. De persistir el incumplimiento, PETROPERÚ remitirá carta notarial resolv iendo el contrato, procediendo la ejecución de las garantías otorgadas por el contratista.
También se considera como incumplimiento de las obligaciones contractuales, el retraso injustificado en el pago de las remuneraciones y demás beneficios sociales a cargo de “EL CONTRATISTA”, de acuerdo a la estructura de costos presentada en su propuesta económica.
21. PENALIDAD POR XXXX
En caso de retraso injustif icado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, PETROPERU aplicara al CONTRATISTA una penalidad por xxxx por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equiv alente al diez por ciento (10%) del monto contractual, o de ser el caso, del ítem, tramo, etapa o lote que debió ejecutarse o de la prestación parcial en el caso de ejecución periódica. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago f inal o en la liquidación f inal; o si f uese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías de f iel cumplimiento.
En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente f órmula:
Penalidad diaria = 0.10 x Monto del Contrato
0.25 x Plazo en días
El plazo en días se aplicará al total de días calendario de la etapa.
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad (10% del monto contractual), PETROPERU podrá resolver el contrato por incumplimiento.
22. SEGUROS
El Contratista es responsable de cualquier daño que pueda suf rir el personal a su cargo, que interv iene en la ejecución del serv icio, para lo cual debe contar con los seguros pertinentes, que establecen las ley es y el contrato, quedando
liberado PETROPERU de cualquier responsabilidad.
El personal del contratista deberá estar inscrito obligatoriamente en el Seguro Complementario Trabajo de Riesgo (SCTR), tanto en la cobertura de salud (Essalud o EPS) como en la cobertura de pensión por inv alidez, sobrev ivencia y sepelio (ONP y Empresas de Seguro debidamente acreditadas), para lo cual deberán contar con las respectiv as pólizas de seguro. Estas pólizas deberán tener v alidez para todas las áreas inv olucradas en el contrato. Es obligación del contratista presentar, antes de iniciar la ejecución del contrato, copia de la póliza del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) emitida por la ONP o una compañía de Seguros y copia de la Ficha de Af iliación al Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo – Salud, emitida por Essalud o EPS.
23. INEXISTENCIA DE RELACION LABORAL CON PETROPERU
Las partes contratantes dejan constancia expresa que el contrato suscrito es de naturaleza civ il, y por tanto no existe relación laboral entre PETROPERU y “EL CONTRATISTA”; tampoco existe relación contractual ni laboral alguna,
entre PETROPERU y el personal de “El Contratista” y/o subcontratista si lo hubiera; precisándose que, el personal de “El Contratista” depende exclusiv amente de éste.
24 . SOLUCION DE CONTROVERSIAS DURANTE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL.
Artículo 52.-Solución de controv ersias: Ley de Contrataciones del Estado; vigente; norma de aplicación al Reglamento
de Contrataciones de PETROPERU S.A.
25.1.Las controv ersias que surjan entre las partes sobre la ejecución, interpretación, resolución, inexistencia, inef icacia, nulidad o inv alidez del contrato, se resuelv en mediante conciliación o arbitraje, según el acuerdo de las partes. La conciliación debe realizarse en un centro de conciliación público o acreditado por el Ministerio de Justicia; que para el caso de Ref inería Talara, La conciliación se desarrollará ante un Centro de Conciliación con sede en la Ciudad de Piura o ciudad de Talara, por su cercanía con el lugar de ejecución del Contrato (Ref inería Talara); y el arbitraje será INSTITUCIONAL y se rige bajo la organización y administración de los Órganos del Sistema Nacional de Arbitraje del Organismo Superv isor de las Contrataciones del Estado (OSCE) de acuerdo con su Reglamento.
25.2.Los procedimientos de conciliación y /o arbitraje deben solicitarse en cualquier momento anterior a la f echa de culminación del contrato.
25.3.Para los casos específicos en los que la materia en controv ersia se ref iera a nulidad de contrato, resolución de contrato, ampliación de plazo contractual, recepción y conf ormidad de la prestación, v alorizaciones o metrados, liquidación del contrato y pago, se debe iniciar el respectivo procedimiento dentro del plazo de quince (15) días hábiles conf xxxx lo señalado en los artículos 214º y 215º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 138-2012-EF.
25.4.Para los reclamos que f ormulen las Entidades por vicios ocultos en los bienes, servicios y obras entregados por el contratista, el plazo de caducidad es el que se f ije en f unción del artículo 50°de la pr esente Ley de Contrataciones del Estado; y se computa a partir de la conf ormidad otorgada por la Entidad.
TODOS LOS PLAZOS PREVISTOS SON DE CADUCIDAD.
25.5.El arbitraje será de derecho y resuelto por árbitro único; o de ser el caso, por un Tribunal Arbitral, cuando se trate de contratos que rev istan prestaciones técnicas muy complejas y especializadas (en este caso las partes acuerdan cursarse prev iamente comunicación escrita, con el fin de poder analizar y ev aluar que el monto de los gastos arbitrales no les resulte oneroso). Este arbitraje será resuelto mediante la aplicación de la Constitución Política del Perú, de la
Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como de las normas de derecho público y las de derecho priv ado; manteniendo obligatoriamente este orden de pref erencia en la aplicación del derecho. Esta disposición es de orden público. El incumplimiento de lo dispuesto en este numeral es causal de anulación xxx xxxxx.
25.6.Cuando exista un arbitraje en curso y surja una nuev a controv ersia deriv ada del mismo contrato, cualquiera de las partes puede solicitar a los árbitros la acumulación de las pretensiones a dicho arbitraje, debiendo hacerlo dentro del plazo de caducidad prev isto en el numeral 52.2 del artículo 52º de la Ley . En el CONVENIO ARBITRAL considerado en el Contrato, se ha establecido la acumulación de pretensiones, previo acuerdo de la partes, a fin de no dilatar el proceso innecesariamente.
25.7.El laudo arbitral es inapelable, def initiv o y obligatorio para las partes desde el momento de su notif icación, debiéndose notif icar a las partes en f orma personal y a través del Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE) para ef ecto de su v alidez. (…) La notificación se dará por ef ectuada desde ocurrido el último acto. Contra dicho laudo solo cabe interponer recurso de anulación de acuerdo a lo establecido en la Ley de Contrataciones del Estado y al Decreto Legislativ o Nº 1071, Ley de Arbitraje.
25.8.El arbitraje a que se ref iere la Ley de Contrataciones del Estado, se desarrolla en cumplimiento del Principio de Transparencia. El Organismo Superv isor de las Contrataciones del Estado (OSCE) dispone la publicación de los laudos y actas de conciliación, así como su utilización para el desarrollo de estudios especializados en materia de arbitraje administrativ o.
25.9.El Sistema Nacional de Arbitraje del Organismo Superv isor de las Contrataciones del Estado (SNA-OSCE) constituy e un régimen institucional de arbitraje especializado para la resolución de controversias en las contrataciones con el Estado. Es autónomo, especializado y se rige por su propio reglamento que es aprobado por el Organismo Superv isor de Contrataciones del Estado (OSCE) y supletoriamente por la Ley de Arbitraje. El reglamento establece su conf ormación y atribuciones.
25.10.Los procedimientos de conciliación y arbitraje se sujetan supletoriamente a lo dispuesto por las ley es de la materia, siempre que no se opongan a lo establecido en la presente ley y su Reglamento.
* Para la designación del árbitro/los árbitros, las partes acuerdan cursarse previamente comunicación escrita, con el fin de poder analizar y ev aluar que el monto de los gastos arbitrales no les resulte oneroso.
25 . RECEPCION Y CONFORMIDAD DEL SERVICIO Y EFECTOS
La recepción y conformidad del Servicio estará a cargo de la Unidad Seguridad - Superintendencia Administración
quien, conjuntamente con el contratista, suscribirán el “Acta de Recepción”.
La conf ormidad requiere de la aprobación de la xxx xxxxx responsable del área usuaria, quién v erificará (DEPENDIENDO DE LA NATURALEZA DE LA PRESTACION), la calidad, cantidad y cumplimiento de las condiciones contractuales, debiendo realizar las pruebas que f ueran necesarias.
De existir observ aciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de éstas, y se dará al contratista un plazo (prudencial de dos (2) a diez (10) calendario para su subsanación, en f unción a la complejidad del bien o del serv icio). Si pese al plazo otorgado, el contratista no cumpliese a cabalidad con la subsanación, PETROPERU podrá resolv er el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan.
Este procedimiento no será aplicable cuando los bienes y /o serv icios manif iestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso PETROPERU no efectuará la recepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicando las penalidades que correspondan.
La recepción conf xxxx por PETROPERU no enerv a su derecho a reclamar posteriormente por def ectos o v icios ocultos.
Efectos de la conformidad.- Luego de haberse dado la conf ormidad a la prestación se genera el derecho del pago al contratista. Ef ectuado el pago, culmina el contrato y se cierra el expediente de contratación respectiv o.
Toda recomendación o controv ersia derivada del contrato inclusive los vicios ocultos se resolverá mediante conciliación
y /o arbitraje, en los plazos prev istos en cada caso.
26. CAMBIO DOMICILIO LEGAL
De acuerdo a lo dispuesto por los artículos 39°y 40°del Código Civil, el cambio de dom icilio se realiza por el traslado
de la residencia habitual a otro lugar.
El deudor deberá comunicar al acreedor el cambio de domicilio señalado para el cumplimiento de la prestación obligacional, dentro de los treinta días de ocurrido el hecho, bajo responsabilidad civ il y /o penal a que hubiere lugar.
El deudor y los terceros ajenos a la relacion obligacional con el acreedor, están f acultados para oponer ante éste el cambio de su domicilio.
La oponibilidad al cambio de domicilio se ef ectuará mediante comunicación indubitable; el cual deberá ser una carta notarial; caso contrario, en caso de no poner en conocimiento de la otra parte este cambio domiciliario, se tendrá por v álido para ef ectos del presente contrato, el domicilio consignado en la introducción del mismo.
27 . CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO DE LA POLITICA CORPORATIVA DE SEGURIDAD DE LA INFORMACION Y DEL REGLAMENTO DE SEGURIDAD DE LA INFORMACION DE PETROPERU S.A.
El contratista deberá cumplir con la Política Corporativa, Reglamento y Procedimientos de Seguridad de la Inf ormación de PETROPERU, guardar conf idencialidad y reserva de la inf ormación a la que acceda en v irtud del presente contrato y reportar de inmediato cualquier irregularidad de seguridad de la inf ormación detectada.
No mantener el riguroso cuidado de los activ os de inf ormación de PETROPERU otorgados para su uso, ni av isar a tiempo de f allas en los mismos al área de Tecnologías de Inf ormación y Comunicaciones de la dependencia donde suministra serv icios, es considerado un incumplimiento de la Política Corporativ a, Reglamento y Procedimientos de Seguridad de la Inf ormación de PETROPERU.
CONSULTA N° 01
Basado en la Ley Nº 29783 Ley de Seguridad y Salud en el trabajo, ¿Entendemos que PETROPERU brindara
ambientes adecuados para v estuarios, comedor y servicios higiénicos con sus respectivos casilleros para ser usados por el personal de Seguridad, siendo que estos son materia de Inspección por La Autoridad de Trabajo y de no cumplirse con las condiciones en benef icio del derecho a la salud de acuerdo x xxx habrá responsabilidad compartida con el empleador principal?
RESPUESTA Nº 01
Debido a la naturaleza del serv icio, el personal debe ingresar a nuestras instalaciones debidamente unif ormado y
listo para el correcto desempeño de sus f unciones, por lo que no sería necesario el uso de v estuarios y/o casilleros. Asimismo, cabe señalar que en áreas industriales existen comedores y servicios higiénicos acondicionados para el personal de serv icio.
FORMATO Nº 1
MODELO DE DECLARACION JURADA CON DATOS DEL POSTOR
Xxxxx, xx xx 0000
Xxxxxxx
Xxxxxxxxx xxx Xxxx - PETROPERU S.A.
Talara. -
Ref.: COMPETENCIA MAYOR N°CMA- -2013-OTL/PETROPERU
“SERVICIO DE ”
Estimados Señores:
(Indicar Razón Social), con RUC Nº ……………………………. Y domicilio f iscal en………………………………………………………., correo electrónico …………., teléf ono y /o f ax Nº ;
representada por el Sr.………………………………………………..………., identif icado con DNI. Nº con
domicilio en… ,declaro bajo juramento lo siguiente:
a) No tengo impedimento para participar en el proceso de contratación ni para contratar con el Estado¹
b) No he participado en la elaboración (Expediente Técnico/Términos de Ref erencia/Especif icaciones Técnicas) prev ios que dan origen al proceso de (adquisición o contratación) y sirv ieron de base para el objeto del contrato, salv o en el caso de los contratos de superv isión.
c) Conozco, acepto y me someto a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de contratación,
d) Xxx responsable de la v eracidad de los documentos e inf ormación que presento para ef ecto del proceso de contratación
e) Me comprometo a mantener mi of erta hasta (Firma del contrato/emisión de la Orden de Compra/Orden de Trabajo a Terceros, según corresponda); y ,
f ) Conozco las sanciones que estipula el Reglamento de Gestión de Base de Datos de Contratistas de Petroperú², la normativ a en materia de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y la Ley Nº 27444.
g) Mi número de inscripción v igente en el Registro Nacional de Prov eedores del OSCE, como prov eedor es
…………………….
1 De acuerdo al numeral 7.7 del Reglamento de Contrataciones de PETROPERU S.A., están impedidos de ser postores y/o contratistas, las personas (naturales o jurídicas) referidas en el artículo 10º de la Ley de Contrataciones del Estado.
2 El Reglamento de Gestión de Base de Datos de Proveedores de PETROPERU S.A., todavía no se encuentra implementado.
Por otro lado, de acuerdo a lo establecido en el numeral 16.1 del Reglamento de Contrataciones de PETROPERU S.A., la
inscripción en la Base de Datos de Proveedores Calificados de PETROPERU S.A., no será condición para participar como postor en los procesos de contrataciones hasta su implementación.
Asimismo, declaro bajo juramento ser una, cuando corresponda³ :
PEQUEÑA EMPRESA
MICROEMPRESA
3 En caso requiera acceder a los Beneficios de la Ley 28015 deberá presentar su constancia de Inscripción en REMYPE, previa a la firma de contrato.
(Nombre/ Razón Social) POSTOR Ruc / DNI
Firma del Representante Legal
NOTA:
Reglamento de la Ley MYPE, Artículo 18º.- Las MYPES para acceder al beneficio de acceso a las Compras Públicas, deberán tener Registro vigente en el REMYPE
Ley Nº 30056, publicada el 02.07.2013.- Artículo 11º establece la existencia de:
- MICROEMPRESA: ventas anuales hasta el monto máximo de 150 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).
- PEQUEÑA EMPRESA: ventas anuales superiores a 150 UIT y hasta el monto máximo de 1700 Unidades Impositivas Tributarias (UIT)
- MEDIANA EMPRESA: ventas anuales superiores a 1700 UIT y hasta el monto máximo de 2300 UIT.
ADJUNTO DEL FORMATO N° 1
IMPEDIMENTOS PARA SER POSTORES Y/O CONTRATISTAS DE PETROPERU S.A.: ARTÍCULO 10º
Artículo 10º.- Impedimentos para ser postor y/o contratista.- Cualquiera sea el régimen legal de contratación aplicable, están impedidos de ser participantes como postores y /o contratistas en todo proceso de contratación pública:
Literales a), b), c),- Hasta doce (12) meses después de haber dejado el cargo: El Presidente y los Vicepresidentes de la República, los Congresistas de la República, los Ministros y Viceministros de Estado, los Vocales de la Corte Suprema de Justicia de la República, los titulares y los miembros del órgano colegiado de los Organismos Constitucionales Autónomos; En el ámbito regional: los Presidentes, Vicepresidentes y los Consejeros de los Gobiernos Regionales. En el ámbito de su jurisdicción: los Vocales de las Cortes Superiores de Justicia, los Alcaldes y Regidores;
Literales d).- En la Entidad a la que pertenecen, los titulares de instituciones o de organismos públicos del Poder Ejecutivo, los directores, gerentes y trabajadores de las empresas del Estado, los funcionarios públicos, empleados de confianza y servidores públicos, según la ley especial de la materia;
Literal e).- En el correspondiente proceso de contratación, las personas naturales o jurídicas que tengan intervención directa en la determinación de las características técnicas y valor referencial, elaboración de Bases, selección y evaluación de ofertas de un proceso de selección y en la autorización de pagos de los contratos derivados de dicho proceso, salvo en el caso de los contratos de supervisión;
Literal f).- En el ámbito y tiempo establecidos para las personas señaladas en los literales precedentes, el cónyuge, conviviente o los parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad;
Literal g).- En el ámbito y tiempo establecidos para las personas señaladas en los literales precedentes, las personas jurídicas en las que aquellas tengan o hayan tenido una participación superior al cinco por ciento (5%) del capital o patrimonio social, dentro de los doce (12) meses anteriores a la convocatoria
Literal h), i), j).- (…)
Literal K).- Las personas jurídicas cuyos socios, accionistas, participacionistas, titulares, integrantes de los órganos de administración, apoderados o representantes legales formen o hayan formado parte, en los últimos doce (12) meses de impuesta la sanción, de personas jurídicas que se encuentren sancionadas administrativamente con inhabilitación temporal o permanente para participar en procesos de selección y para contratar con el Estado; o que habiendo actuado como personas naturales hayan sido sancionadas por la misma infracción; conforme a los criterios señalados en el presente Decreto Legislativo y su Reglamento. Para el caso de socios, accionistas, participacionistas o titulares, este impedimento se aplicará siempre y cuando la participación sea superior al cinco por ciento (5%) del capital o patrimonio social y por el tiempo que la sanción se encuentre vigente;
“Artículo 237º.‐ Impedimentos
Adicionalmente a los impedimentos establecidos en el artículo 10º de la Ley, se encuentran impedidos de ser participantes, postores y/o contratistas aquellas personas naturales o jurídicas a través de las cuales una autoridad, funcionario público, empleado de confianza, servidor público o proveedor pretenda eludir su condición de impedido valiéndose de cualquier modalidad de reorganización societaria y/o la utilización de testaferros para participar en un proceso de selección.”
NOTA.- Las propuestas que contravengan lo dispuesto en el presente artículo se tendrán por no presentadas. Los contratos celebrados en contravención de lo dispuesto por el presente artículo son nulos, sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiere lugar de los funcionarios y servidores de la Entidad contratante y de los contratistas que celebraron dichos contratos.
GRADOS DE PARENTESCO DEL TRABAJADOR DE PETROPERU: CONSANGUINIDAD O AFINIDAD
Primer grado de consanguinidad • PADRES • HIJOS | Primer grado de afinidad • SUEGROS • HIJOS DEL CONYUGE • YERNO/ NUERA |
Segundo grado de consanguinidad • ABUELOS • HERMANOS • NIETOS | Segundo grado de afinidad • ABUELOS DEL CONYUGE • CUÑADOS |
Tercer grado de consanguinidad • TIOS • SOBRINOS | |
Cuarto grado de consanguinidad • PRIMOS HERMANOS • TIOS ABUELOS |
DATOS DEL POSTOR SOBRE CONSTITUCION DE EMPRESA
DENOMINACION O RAZÓN SOCIAL………………………………………………………………………………………….
TIPO DE EMPRESA O SOCIEDAD1:…………………………………………………………………………………………
Nº RUC……………………………………………………………………………………………………………………………
DOMICILIO FISCAL2……………………………………………………………………………………………………………
INSCRITA EN LOS REGISTROS PÚBLICOS DE …………………………………………según consta en la Ficha(electrónica)Nº………………………..Asiento Nº…………………… desde… (f echa).
INSCRITA EN EL REMYPE a) SI B) NO
Código
OBJETO SOCIAL DE CONSTITUCIÓN 3……………………………………………………………………………………..
………………………………………………………………………………………………………………………………………
…..…………………………………………………………………………………………………………………………....……. FECHA INICIO DE SUS ACTIVIDADES COMERCIALES….………………………………………………………………..
DOMICILIO COMERCIAL…..……………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………………………………
REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA (DNI)……………………………………………………………………….
………………………………………………………………………………………………………………………………………
Según Poder Inscrito en la Ficha ………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………………………………
(Nombre/ Razón Social) POSTOR Ruc / DNI
Firma del Representante Legal
1 Señalar si se trata de una Sociedad Anónima, Sociedad Anónima Cerrada, Sociedad Anónima Abierta, Empresa Indiv idual de Responsabilidad Limitada o Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada, u otra.
2 Lugar en que se hará llegar cualquier notif icación y que se entiende es el domicilio contractual. 3 Ref erido a la contratación que se está conv xxxxxx.
❖ NOTA: La presente declaración Jurada no es aplicable a las Personas Naturales que estén concursando, quienes
acreditarán su activ idad comercial con documentos de v alidez tributaria.
PROMESA FORMAL DE CONSORCIO
(Esta Declaración Jurada, sólo se incluirá cuando sea pertinente)
Lugar,..…... de. de 2013
Señores
Petróleos del Perú - PETROPERU S.A.
Ciudad.-
Ref.: PROCESO POR COMPETENCIA MAYOR Nº CMA 2013-OTL/PETROPERU
SERVICIO DE ………………………………………………………….………………..………
Estimados Señores:
Por la presente, nos dirigimos a ustedes para hacer de su conocimiento que las empresas que representamos hemos acordado constituir un Consorcio para interv enir en el proceso de la ref erencia, y nos comprometemos a cumplir con las disposiciones de la Directiv a Nº 016-2012-OSCE/CD y el Reglamento de Contrataciones de Petróleos del Perú – PETROPERU S.A., bajo las siguientes condiciones:
Nombre del Consorcio | ||
Representante legal común del Consorcio | Nombre | |
DNI | ||
Domicilio legal común | ||
E-mail del Consorcio |
El nombre de las empresas que x xxxxx el consorcio y su participación porcentual en este acto es como sigue:
Nombre de la Empresa | Representante Legal | Participación (%) | Obligaciones | |
Nombre | DNI | |||
TOTAL | 100% |
Representante Legal del Postor “A” Representante Legal del Postor “B” Nombre y Firma Nombre y Firma
MODELO DE CARTA PROPUESTA ECONOMICA
Lugax, xx xx 0000.
Xxxxxxx
Xxxxxxxxx xxx Xxxx - XETROPERU S.A. Presente.-
Ref.: PROCESO POR COMPETENCIA MAYOR Nº CMA- -2013-OTL/PETROPERU
SERVICIO DE ……………………………………………………..………………….…………
De nuestra consideración:
El presente tiene por objeto presentarles nuestra propuesta, para proporcionar el servicio de la ref erencia, de acuerdo a las condiciones establecidas en las presentes bases.
Nuestra propuesta a Precios Unitarios incluy e los costos y gastos directos e indirectos que debamos realizar para el debido cumplimiento del serv icio, materia de esta contratación.
El Monto Total de la propuesta es de S/. ...………….................... (En números y letras) Incluy e IGV.
Adicionalmente se adjunta el presupuesto detallado de acuerdo al modelo del Formato Nº 4-A.
Atentamente
Nombre de la Empresa / Consorcio………………………………………………….
Nombre y f xxxx del representante legal: ……………………………………………
Nº Propuesta: …………………………………..
Nota- El monto total of ertado deberá incluir todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y costos laborales conf xxxx a la legislación v igente; así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda incidir sobre el x xxxx del serv icio a contratar.
Nombre y f xxxx del Representante Legal: ........................................................
Nombre de la Compañía: .............................................................................….
Verificación de las Operaciones Aritméticas.- Debido a que el proceso de contratación es bajo el sistema de contratación a precios unitarios, PETROPERU S. A., verificará las operaciones aritméticas de la estructura de costos de la propuesta que obtenga el primer lugar en el orden de prelación y , de existir alguna incorrección aritmética, las corregirá a f in de consignar el monto correcto y de ser el caso, asignarle el lugar en el orden de prelación que le corresponde. Dicha corrección se realizará siguiendo los siguientes criterios:
• Los Sub Totales, deberán ser expresados con dos decimales, el resultado que se obtenga de multiplicar el costo unitario
– que podrá ser expresado con más de dos decimales – de cada activ idad por la cantidad prev ista para cada partida, deberá ser redondeado a la segunda cif ra decimal; de esta manera, el costo de cada partida constituy e un subtotal.
• Si el Sub Total de una partida contiene más de dos (2) decimales, se ef ectuará el redondeo, siendo que si el primer decimal siguiente es igual o superior a 5, el x xxxx será incrementado en un centésimo. Si se usa la hoja de cálculo
“Microsof t Excel”, en la celda correspondiente a “Sub-total” se utilizará la sintaxis: “=redondear([Cantidad]*[Precio Unitario];2)” .
• El Costo Directo será expresado con dos decimales, siendo la sumatoria de los Sub Totales debidamente redondeados a dos decimales.
Se aclara que las cantidades y los precios unitarios, no están sujetas a modificación o corrección alguna.
CONSULTA Nº 39
Según el Formato N° 4-A, donde se detalla el f ormato de presupuesto detallado en la hoja N°17 en Í tem N°23, indican un monto de 19% para el cálculo del IGV.
Se procederá a modif icar el monto al 18% para el cálculo del IGV según la actualidad.
RESPUESTA Nº 39
El cálculo del IGV es del 18%
FORMATO Nº 5
CARTA DE ACREDITACIÓN DE REPRESENTACIÓN DEL POSTOR
Lugar, …….. de .......................... de 2013
Señores
Petróleos del Perú - PETROPERU S.A.
Presente.-
Referencia: PROCESO POR COMPETENCIA MAYOR Nº CMA- -2013-OTL/PETROPERU
“SERVICIO DE ”
Estimados Señores:
[CONSIGNAR NOMBRE DEL POSTOR [PERSONA NATURAL, PERSONA JURÍDICA Y/O CONSORCIO)], identif icado con DNI [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA NATURAL] y Nº RUC Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], debidamente representado por su [CONSIGNAR SI SE TRATA DE REPRESENTANTE LEGAL EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA O DEL REPRESENTANTE COMÚN
EN CASO DE CONSORCIOS, ASÍ COMO SU NOMBRE COMPLETO], identif icado con DNI Nº […………], tenemos el agrado de
dirigirnos a ustedes, en relación con el proceso de [CONSIGNAR TIPO DE PROCESO DE CONTRATACIÓN] Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO DE CONTRATACION, a f in de acreditar a nuestro apoderado: [CONSIGNAR NOMBRE DEL APODERADO] identif icado con DNI Nº [ ], quien se encuentra en v irtud a este documento, debidamente autorizado a
realizar todos los actos v inculados al proceso de contratación.
Para tal ef ecto, se adjunta copia simple de la f icha registral v igente del suscrito.1
…..………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
1 Incluir dicho párrafo sólo en el caso de personas jurídicas.
FORMATO Nº 6
FORMATO DE CONTROL DE HORAS HOMBRE TRABAJADAS POR CONTRATO | |||||||||||||||||||||||||||||||||||
XXX/CONTRATO | PROCESO DE CONTRATACION | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
DESCRIPCIÓN | |||||||||||||||||||||||||||||||||||
CONTRATISTA | |||||||||||||||||||||||||||||||||||
SUPERVISOR CONTRATISTA: | SUPERVISOR PETROPERU | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
NOMBRE TRABAJADOR | OF | DIAS DEL MES DE: /2013 | TOTAL HORAS | ||||||||||||||||||||||||||||||||
HORAS TRABAJADAS | |||||||||||||||||||||||||||||||||||
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | 27 | 28 | 29 | 30 | 31 | R E | S B | T O | ||
TOTALES DEL MES Y AL FINAL DEL SERVICIO |
DISTRIBUCION DE COSTOS DE LOS MONTOS FACTURADOS / SIN IGV
EN SOLES S/. | EN DOLARES US$ | |
MANO DE OBRA | ||
MATERIALES | ||
OTROS (ESPECIFICAR) | ||
TOTAL |
NOTA: EN CASO EL SERVICIO SE REALICE EN MAS DE UN MES / DEBE ADICIONARSE UN RESUMEN AL FINAL DEL SERVICIO.
FORMATO Nº 7 CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN
1. DATOS GENERALES
PROCESO DE CONTRATACIÓN Nº
SERVICIO DE ……………………………………………………………………………………………………………..
FECHA DE REGISTRO: HORA DE REGISTRO:
2. DATOS DE LA EMPRESA QUE PARTICIPA DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN:
RAZON SOCIAL:
RUC: DIRECCION:
TELEFONOS: FAX: EMAIL (*):
(*) EN CASO QUE DESEE SER NOTIFICADO ELECTRÓNICAMENTE. DEBERÁ MANTENERSE ACTIVA DURANTE EL DESARROLLO DEL PROCESO A EFECTO DE LAS NOTIFICACIONES QUE DEBAN REALIZARSE.
3. REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA:
NOMBRE: TELEFONO: FAX: E-MAIL:
4. PERSONA QUE REALIZA EL REGISTRO:
NOMBRE: TELEFONO: FAX:
E-mail:
--------------------------------------------------------------------------------------------------
NOMBRE Y FIRMA DE LA PERSONA REGISTRANTE
NOTA:
En caso que el participante no consigne correctamente la dirección, teléf ono, Fax o E-mail de la Empresa, no será responsabilidad del Órgano Ad hoc, la no recepción de algún documento del proceso.
FORMATO Nº 8 FORMATO SUGERIDO
MODELO DE CARTA FIANZA BANCARIA POR FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Lugar,…….de… de 2013
Señores
PETROPERU S.A. – REFINERIA TALARA
Talara.-
De nuestra consideración:
Por la presente, otorgamos una f ianza irrev ocable, solidaria, incondicional, de realización automática y con renuncia expresa al benef icio de excusión, a favor de ustedes garantizando a ………………………...,por la suma de S/......................................
(indicar monto en letras), correspondiente al diez por ciento (10%) del monto contractual, a f in de garantizar EL FIEL
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DERIVADO DEL PROCESO POR COMPETENCIA MAYOR Nº CMA 2013-
OTL/PETROPERU, para la Contratación del SERVICIO DE VIGILANCIA PARA REFINERIA TALARA Y OTRAS INSTALACIONES DE PETROPERU
Esta f ianza garantiza, ante Petróleos del Perú, PETROPERU S.A. el cumplimiento por (nombre del contratista o en caso de consorcio deberá indicarse además el nombre de cada una de las empresas que lo conforman) de todas y cada una de las obligaciones que le corresponden según el Contrato mencionado en el párraf o anterior.
Por ef ecto de este compromiso el Banco asume con su af ianzado las responsabilidades en que éste llegara a incurrir. Queda entendido, que esta f ianza no podrá exceder en ningún caso y por ningún concepto la suma de S/....……………………………., siendo su plazo de v igencia hasta el ………………………………………….
Esta f ianza puede ser renov ada, a solicitud de la parte interesada y prev ia conf irmación por escrito.
Es expresamente entendido por nosotros, que esta fianza será ejecutada por ustedes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1898º del Código Civ il v igente, indicándonos posteriormente el monto que debemos pagarles.
Toda demora de nuestra parte de honrar la presente Fianza a f av or de Uds., dev engará Tasa Máxima de Interés Compensatorio y tasa Máxima de Interés Moratorio permitidos por dispositiv os legales para personas ajenas al sistema f inanciero. Los intereses y gastos serán calculados a partir de la f echa de la notif icación del requerimiento del pago a que se ref iere el párraf o anterior.
Nombre y f xxxx(s) autorizada (s) de la Entidad Bancaria.
ANEXO Nº 1
CRITERIOS Y PARAMETROS DE EVALUACIÓN DE PROPUESTAS
Sólo se ev aluarán las propuestas que han cumplido con la TOTALIDAD de los Requerimientos Técnicos Mínimos (RTM) y de las especif icaciones técnicas requeridas. La propuesta que no cumpla con lo indicado será desestimada.
La ev aluación de las propuestas se realizará en dos (2) etapas. La primera es la ev aluación técnica, cuy a f inalidad es calif icar la calidad de la propuesta, y la segunda es la ev aluación económica, cuy o objeto es calif icar el monto de la propuesta.
Las propuestas técnicas y económicas se evalúan asignándoles puntajes de acuerdo a los f actores y criterios de ev aluación y calif icación que se establecen a continuación:
1 EV ALUACIÓN TÉCNICA. (Sobre Nº 01) Máximo: 100 puntos
Ítem | Criterio Técnico | Parámetro | PUNTAJE | |
A | Experiencia del postor en la Especialidad | Monto Facturado Incluido IGV. May or a 2 v eces el MER | 65 | |
Desde 2 hasta 1 v ez el MER | 45 | |||
Menor a 1 v ez el MER | 00 | |||
B | Record de Sanciones (emitidos por SUCAMEC) | No registra con ningún tipo de sanción. | 15 | |
Ha sido sancionado, con un apercibimiento o amonestación escrita. | Menor o igual a 3 apercibimientos o amonestaciones escritas | 10 | ||
May or a 3 apercibimientos o amonestaciones escritas | 00 | |||
Ha sido sancionada al menos, con una multa económica. | Menor o igual a 3 multas económicas | 05 | ||
May or a 3 multas económicas | 00 | |||
Han sido suspendidas temporalmente sus actividades o sancionada con decomiso. | 00 | |||
C | Inhabilitaciones para Contratar con el Estado (emitido por el OSCE) | No presenta ninguna sanción | 05 | |
Cuenta con sanción en el período indicado. | 00 | |||
D | Certif icación de Sistemas de Gestión | Cuenta con tres (03) Sistemas de Gestión Certif icados y v igxxxxx (XXX 00000, XXX 0000 x XHSAS 18001) | 15 | |
Cuenta con dos (02) Sistemas de Gestión Certificados y vigentes (ISO 14001, ISO 9001 y OHSAS 18001) | 10 | |||
Cuenta con un (01) Sistema de Gestión Certificado y vigente (ISO 14001, ISO 9001 y OHSAS 18001) | 05 | |||
No cuenta con Certif icado de Sistema de Gestión vigente. | 00 |
FORMA DE ACREDITAR:
A.- Experiencia del Postor en la Especialidad (EP) (65 puntos)
El puntaje se asignará de acuerdo al monto f acturado por servicios realizados de: Seguridad y v igilancia priv ada en Instalaciones Industriales (Instalaciones Minera, Empresas Textiles, Empresas Generadoras, Captadoras y Distribuidoras de Energía Eléctrica, Fábricas de Pintura, Manuf acturas, etc.), considerando los trabajos ejecutados en los últimos diez (10) años a la f echa de la presentación de propuestas, con un xxxxxx xx xxxx (10) servicios.
- Tratándose de contratos en ejecución, se validará únicamente la experiencia efectivamente adquirida a la f echa de presentación de propuestas, (Según Directiv a Nº 007-2008/CONSUCODE/PRE).
- La experiencia del postor será acreditada de cualquiera de las siguientes f ormas:
1. Copia del contrato y su respectiv a conf ormidad de culminación de la prestación del serv icio (Acta de Recepción), donde se especif ique claramente el período de ejecución y el monto ejecutado; en caso algún contrato no cuente con la respectiv a conf ormidad de culminación (Acta de Recepción), no se considerará v álido. Las v alorizaciones debidamente aprobadas podrán cumplir la f unción del Acta de Recepción, debiendo estar acompañadas de los Contratos u Orden de Trabajo u Orden de Serv icio;
2. Copia simple de los comprobantes de pago cancelados (la cancelación será acreditada documental y f ehacientemente para lo cual bastará con adjuntar los Voucher de depósito o reporte de estados de cuenta donde pueda v erif icarse el pago ef ectuado, o que la cancelación por parte de la entidad Bancaria o de la Institución a cargo del cumplimiento de dicha prestación conste en el mismo comprobante).
- Sólo se considerarán en la ev aluación, la relación de documentos indicados en el Anexo 1-A, en donde se especif ique claramente el período de ejecución de la prestación. En los casos de contratos de ejecución periódica deberán adjuntar, además del contrato respectivo, la presentación de los comprobantes de pago cancelados que sustenten los montos ef ectiv amente ejecutados (Según Directiv a Nº 007-2008/CONSUCODE/PRE.
- El postor es responsable de que la descripción de los trabajos y /o partidas consignadas en los contratos y /o
comprobantes de pagos presentados, sean lo suficientemente claras para que pueda ser calif icada la experiencia que se pretende acreditar. Si PETROPERU lo estima conv eniente podrá solicitar aclaraciones a los postores según lo estipula el numeral 18 dxx Xxxxx 0 xxx Reglamento de Contrataciones de PETROPERU aprobado por Resolución Nº 523-2009-OSCE/PRE.
- No se aceptarán otros documentos distintos a los solicitados, estos documentos deben cumplir con las siguientes
características: ser legibles, indicar fecha, razón social del postor y descripción detallada de la prestación, caso contrario no se tomarán en cuenta para la evaluación Técnica.
- En caso de documentos sustentatorios con montos en Dólares Americanos (US$.), se utilizará el tipo de cambio
v enta v igente publicado en la página Web de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), tomando como base la f echa del documento presentado.
PARA EL CASO DE CONSORCIOS
Para los casos en que los postores se presenten como consorcios y /o acrediten trabajos realizados como parte de un consorcio, se aplicará lo siguiente:
De conf ormidad con la Directiva Nº 016-2012-OSCE/CD y para ef ectos de acreditar la “Experiencia del postor”, sólo se ev aluará la documentación presentada por el o los integrantes del consorcio que se hubieran comprometido a ejecutar las obligaciones v inculadas directamente al objeto de la conv ocatoria, de acuerdo con lo declarado en la promesa f ormal del consorcio. En tal sentido, para ev aluar dicha experiencia no se tomará en cuenta la documentación presentada por el o los consorciados que asumen las obligaciones ref eridas a las actividades de carácter administrativ o o de gestión o activ idades relacionadas con asuntos de organización interna.
En el caso que los integrantes del consorcio acrediten experiencia respecto de contrataciones ejecutadas, y a sea en f orma indiv idual y/o en consorcio, vinculadas directamente al objeto de la conv ocatoria, se deberá ponderar los montos de f acturación teniendo en cuenta el porcentaje de las obligaciones declarado en la promesa f ormal de consorcio, de acuerdo a lo indicado en el numeral 4 del acápite 6.5.2 de la Directiv a Nº 016-2012-OSCE/CD.
La sumatoria de los montos de f acturación ponderados para cada integrante del consorcio conf xxxx a lo mencionado anteriormente, constituy e la experiencia del consorcio.
B. Record de Sanciones (RS) (15 puntos)
- Se ev aluará en f unción al Record de Sanciones otorgado por la SUCAMEC, en el que se acredite que el postor no
registra sanción de suspensión temporal, cancelación de su autorización e inhabilitación de carácter temporal y /o def initiv o, en los últimos tres (03) años a la f echa de presentación de propuestas.
- En el caso de las propuestas presentadas en Consorcio, la Constancia deberá ser presentada por todos y cada uno de
los integrantes del Consorcio.
- La Constancia deberá haber sido emitida por la SUCAMEC en los últimos treinta (30) días de la f echa de presentación de propuestas.
CONSULTAN°08
ANEXO Nº 1
CRITERIOS Y PARAMETROS DE EVALUACION DE PROPUESTAS 1 EVALUACION TECNICA
B. Record de Sanciones (emitidos por SUCAMEC)
No registra con ningún tipo de sanción: 15 PUNTOS
Ha sido sancionado, con un percibimiento o amonestación escrita:
• Menor o igual a 3 apercibimientos o amonestaciones escritas 10 Puntos
• May or a 3 apercibimientos o amonestaciones escritas 00 Puntos Ha sido sancionada al menos, con una multa económica:
• Menor o igual a 3 multas económicas 05 Puntos
• May or a 3 multas económicas 00 Puntos
Han sido suspendidas temporalmente sus actividades o sancionada con decomiso: 00 Puntos
Forma de Acreditar:
- Se ev aluará en f unción al Record de Sanciones otorgado por la SUCAMEC, en el que se acredite que el postor no registra sanción de suspensión temporal, cancelación de su autorización e inhabilitación de carácter temporal y /o def initiv o, en los últimos cinco (05) años a la f echa de presentación de propuestas.
- En el caso de las propuestas presentadas en Consorcio, la Constancia deberá ser presentada por todos y cada uno de los integrantes del Consorcio.
- La Constancia deberá haber sido emitida por la SUCAMEC en los últimos treinta (30) días de la f echa de presentación de propuestas.
Consulta
8.1 ¿En este criterio de ev aluación para la obtención de los 15 puntos, entendemos que el Órgano Ad – Hoc solo lo ev aluará que el postor no registre sanción de suspensión temporal, cancelación de su autorización e inhabilitación de carácter temporal y /o definitivo, en los últimos cinco (05) años a la f echa de presentación de propuestas sin tomar en cuenta el tipo de sanciones que impone la SUCAMEC?
8.2 Teniendo en cuenta que la SUCAMEC no emite Record de Sanciones en el que se acredite que el postor no registra sanción de suspensión temporal, cancelación de su autorización e inhabilitación de carácter temporal y /o def initiv o ¿Entendemos que el Postor podrá presentar una Declaración Jurada indicando bajo responsabilidad que no registra sanción de suspensión temporal, cancelación de su autorización e inhabilitación de carácter temporal y /o def initiv o en los últimos cinco (05)?
RESPUESTA Nº 08
8.1 La obtención del puntaje máximo estará determinado a que el postor NO REGISTRE ningún tipo de sanción (entiéndase todos los tipos de sanciones que impone SUCAMEC), siendo que de tener alguna sanción, el postor
obtendrá un menor puntaje tal como se muestra en el cuadro del Anexo Nº 1 de las Bases del proceso.
Para tal ef ecto, con la finalidad de ampliar la participación de los postores en el proceso, se hace la precisión que en el Literal B del Anexo Nº 1 de las Bases del proceso se ev aluará de acuerdo a las sanciones impuestas por SUCAMEC, tales como: apercibimientos y /o amonestación escrita, multas económicas o suspensión temporal, cancelación de su autorización e inhabilitación de carácter temporal y /o definitivo, en los últimos tres (03) años a la fecha de presentación de propuestas, manteniendo el puntaje de quince (15) puntos para el postor que no registre sanción ante el SUCAMEC, considerando dicho puntaje por la relación más directa y especializada de control que existe entre dicha entidad y las empresas de vigilancia en el Perú, lo cual nos permitirá ev aluar de la mejor manera a los participantes.
8.2 Asimismo, la presentación del Récord de Sanciones será obligatoria para determinar el puntaje de cada postor, no pudiendo presentar documentos dif erentes a los solicitados en las Bases del Proceso.
Para la obtención de dicha inf ormación, deberán sujetarse a lo dispuesto en el Numeral 17 xxx XXXX DEL MINISTERIO DEL INTERIOR (Expedición de Constancias, Reportes, Relaciones y Copias Certificadas emitidos por SUCAMEC), el cual establece la presentación del Formulario de solicitud (Ver Anexo A1) detallando la inf ormación a solicitar. Dicha constancia deberá haber sido emitida por SUCAMEC en los últimos treinta (30) días a la f echa de presentación de propuestas.
C. Inhabilitaciones para Contratar con el Estado (ICE) (05 puntos)
- Se acreditará con Constancia de Búsqueda y Manif iesto del Prov eedor emitido por el Organismo Superv isor de las
Contrataciones del Estado (OSCE), de NO haber sido sancionado con Inhabilitación para Contratar con el Estado por Incumplimiento de Contrato o presentación de Inf ormación Falsa y /o Inexacta o por cualquier otro tipo de incumplimiento, considerando el tiempo de los cinco (05) últimos años a la f echa de presentación de propuestas.
- La Constancia deberá haber sido emitida por el OSCE, en lo últimos treinta (30) días a la f echa de presentación de
propuestas (Trámite tipif icado en el Numeral 55 xxx XXXX 2013 del OSCE)
- En caso de las propuestas presentadas en Consorcio, deberán presentar la Constancia antes indicada, por cada uno de los integrantes del mismo.
CONSULTAN°09
ANEXO Nº 1
CRITERIOS Y PARAMETROS DE EVALUACION DE PROPUESTAS 1 EVALUACION TECNICA
C Inhabilitaciones para Contratar con el Estado (emitido por el OSCE)
No presenta ninguna sanción: 05 Puntos
Cuenta con sanción en el período indicado: 00 Puntos
Forma de Acreditar:
- Se acreditará con Constancia de Búsqueda y Manif iesto del Proveedor emitido por el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), de NO haber sido sancionado con Inhabilitación para Contratar con el Estado por Incumplimiento de Contrato o presentación de Inf ormación Falsa y /o Inexacta o por cualquier otro tipo de incumplimiento, considerando el tiempo de los diez (10) últimos años a la f echa de presentación de propuestas.
- La Constancia deberá haber sido emitida por el OSCE, en lo últimos treinta (30) días a la f echa de presentación de propuestas (Trámite tipif icado en el Numeral 55 xxx XXXX 2013 del OSCE)
- En caso de las propuestas presentadas en Consorcio, deberán presentar la Constancia antes indicada, por cada uno de los integrantes del mismo.
Consulta
Las sanciones administrativas son aplicadas por el Estado, como consecuencia de una conducta inapropiada o ilícita del administrado, por lo que al haber sido castigado un postor con una sanción, sea este de inhabilitación o multa, cuando cumpla el administrado con la sanción, este se encontraría rehabilitado, y por lo tanto no debería v olv er a realizar la acción que f ue causante de la sanción.
Por lo que al conceptualizar la disminución de puntajes por haber el postor tenido alguna sanción, se estaría penalizando doblemente al postor, restándole la posibilidad de poder presentarse en igualdad de condiciones con los demás postores.
Por lo que cuestionamos el criterio del Órgano Ad – Hoc que requiere a los postores no hay an sido sancionados con Inhabilitación para Contratar con el Estado por Incumplimiento de Contrato o presentación de Información Falsa y /o Inexacta o por cualquier otro tipo de incumplimiento, considerando el tiempo de los diez (10) últimos años para obtener puntaje en este criterio de ev aluación, porque ello limita la libre concurrencia y participación de postores y v ulneran los siguientes principios de las contrataciones:
LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO
Artículo 4°.- Principios que rigen las contrataciones
c) Principio de Libre Concurrencia y Competencia: En los procesos de contrataciones se incluirán regulaciones o tratamientos que fomenten la más amplia, objetiv a e imparcial concurrencia, pluralidad y participación de postores.
h) Principio de Transparencia: Toda contratación deberá realizarse sobre la base de criterios y calif icaciones objetiv as, sustentadas y accesibles a los postores.
k) Principio de Xxxxx Xxxxx e Igualitario: Todo postor de bienes, servicios o de obras debe tener participación y acceso para contratar con las Entidades en condiciones semejantes, estando prohibida la existencia de priv ilegios, v entajas o prerrogativ as.
Del mismo modo, contraviene el inciso a) del artículo 26 de la Ley de Contrataciones del Estado estipula que las bases de un proceso de selección deben contener obligatoriamente los mecanismos que f omenten la may or concurrencia y participación de postores en función al objeto del proceso y la obtención de la propuesta técnica y económica más f av orable.
Las bases al establecer que para acceder a puntaje en este f actor de ev aluación los postores no deben haber sido sancionado con Inhabilitación para Contratar con el Estado por Incumplimiento de Contrato o presentación de
Inf ormación Falsa y/o Inexacta o por cualquier otro tipo de incumplimiento, adolece de criterio objetivo y/o razonable, si bien es cierto, la Entidad buscar elegir a la mejor empresa y por ello a la que tenga mejor comportamiento ante la autoridad que lo superv isa en este caso el OSCE, no obstante, no considera que los postores hay an mejorado y superado demostrando una mejora en su serv icio.
Por tanto, a mérito de lo expuesto ¿El Órgano Ad – Hoc modif icara los CRITERIOS Y PARAMETROS DE EVALUACION DE PROPUESTAS, eliminando el Criterio Técnico Inhabilitaciones para Contratar con el Estado (emitido por el OSCE) distribuy endo los 05 Puntos respectivos entre los otros criterios de evaluación, con la finalidad de f omentar la más amplia participación de postores en este proceso de selección, conf xxxx a los principios de Libre Concurrencia y Competencia, Transparencia, Trato Justo e Igualitario que rige las contrataciones?
RESPUESTA Nº 09
Es preciso indicar que todos los procesos que PETROPERU S.A. convoca, son llevados siguiendo estrictamente las
normas, procedimientos y ley es que nos gobiernan, incluy endo los principios que en la consulta se inv ocan, de aplicación básica e imprescindible; es por esto que la asignación de estos puntajes con dif erenciación a las empresas que cuenten o no con sanciones emitidas por el Organismo Superv isor de las Contrataciones del Estado, busca contar con los mejores postores.
Asimismo, XXXXXXXXX SA busca fomentar la mayor participación de postores que cumplan con los requerimientos exigidos, que se encuentren en el mejor estado y con la mejor tecnología, con el objetiv o de que el desempeño del serv icio of recido sea acorde a los estándares de excelencia que buscamos en Ref inería Talara.
Conf xxxx a lo establecido en el Literal C del Anexo Nº 1, se calif icará con cinco (05) puntos a aquel postor que no presente Inhabilitación para contratar con el Estado en los últimos diez (10) años.
En este sentido, si bien este criterio abarca la participación de varios postores, se ha considerado dicho parámetro con cinco (05) años a la fecha de presentación de propuestas, manteniendo el puntaje de cinco (05) puntos para el postor que acredite ninguna sanción ante el OSCE.
Al incluirse este f actor de ev aluación busca seleccionar a la mejor empresa, la cual coincide con lo mencionado en x xxxxx oportunidades por el OSCE “Resulta razonable el otorgamiento de puntajes adicionales a aquellos postores que no hubieran sido sancionados en el ejercicio de actividades similares a la que es materia de la
presente convocatoria, dado que ello demuestra un determinado comportamiento y seriedad de las
empresas que brindan servicios de seguridad respecto del cumplimiento de las disposiciones y procedimientos que regulan su accionar”.
Por lo tanto, considerando la env ergadura del serv icio, se han considerado criterios de ev aluación que nos permita calif icar a una empresa que centre toda su atención en la excelencia del serv icio, y que no se encuentre aun en la
etapa de planif icación para xxx xxxxx sus sanciones impuestas recientemente.
CONSULTA Nº 37
En el ANEXO Nº 1, CRITERIOS Y PARAMETROS DE EVALUACIÓN DE PROPUESTAS, en el numeral C.
Inhabilitaciones para Contratar con el Estado (ICE) (05 puntos), se menciona que: C: Inhabilitaciones para Contratar con el Estado (emitido por el OSCE)
No presenta ninguna sanción
Cuenta con sanción en el período indicado
Consulta
05
00
pts. pts
Considerando que, con amplio criterio, el Comité Ad hoc pretende dar un peso específ ico alto a la ev aluación técnica de los postores que se presenten al proceso, para así garantizar la calidad y oportunidad del serv icio, entendemos que tanto el récord de sanciones (Sucamec) como el registro de sanciones con inhabilitaciones para contratar con el estado tienen la misma importancia.
En este sentido, considerando que las constancias del OSCE son un instrumento para medir la Gestión de las Compañías en los serv icios que brindan al Estado, solicitamos al Comité Adhoc que, tomando como ref erencia las bases del proceso de contratación del año 2011, la v aloración de estos f actores sea equilibrada y se considere la rev isión de los mismos, en todo caso que sea igualado el puntaje de ambos.
RESPUESTA Nº 37
Ver Respuestas Nº 8 y Nº 9
D. Certificación en Sistemas de Gestión (CSG) (15 puntos)
- El puntaje se asignará de acuerdo a las Certif icaciones de Sistemas de Gestión obtenidos por el postor y que se encuentren v igentes a la f echa de presentación de la propuesta.
- Estos f actores se acreditarán con copia del certif icado otorgado por una institución autorizada para emitir dicha certif icación.
- Para el caso de Consorcios, los miembros del Consorcio que ejecutarán el serv icio, deberán acreditar la respectiv a
certif icación para lograr el puntaje en la ev aluación.
PUNTAJE TOTAL DE LA EVALUACION TECNICA (PT)
El puntaje de la Ev aluación Técnica (PT) del postor está dado por la sumatoria de los puntajes parciales, de acuerdo a lo siguiente:
PT = EP + CS + S + CSG
NOTAS.-
a) Para acceder a la ev aluación de las propuestas económicas, las propuestas técnicas deberán alcanzar el puntaje mínimo de ochenta (80) puntos. Las propuestas técnicas que no alcancen dicho puntaje serán descalif icadas y rechazadas en esta etapa.
b) El Órgano Ad-HOC procederá a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas económicas, dentro de uno o más sobres, los que serán debidamente sellados y firmados por ellos. Los sobres cerrados, sellados y firmados serán entregados al Notario Público, en calidad de custodia, para que sean conserv adas hasta la f echa en que se proceda a abrir las propuestas de los sobres económicos.
c) No se tendrá acceso a las propuestas económicas sino hasta que la ev aluación técnica hay a concluido.
2 EV ALUACIÓN ECONÓMICA. (Sobre Nº 02) Máximo: 100 puntos
La ev aluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se le asignará puntaje de f orma inv ersamente proporcional, según la siguiente f órmula:
Puntaje Económico (PEi)= 100 x (Propuesta Económica de Monto o precio más bajo)
(Propuesta Económica del postor “i”)
El puntaje de la propuesta económica será calculado hasta el tercer decimal.
Las propuestas económicas que excedan en más del 10 % del Monto Estimado Ref erencial, serán dev ueltas, teniéndolas por no presentadas.
3 CÁLCULO DEL PUNTAJE TOTAL
El puntaje total será el promedio ponderado de las ev aluaciones técnica y económica, obtenido de la aplicación de la siguiente f órmula:
PTPi = c1 PTi + c2 PEi
Donde:
PTPi = Puntaje total del postor i
PTi = Puntaje de la ev aluación técnica del postor i
PEi = Puntaje de la ev aluación económica del postor i
c1 = 0.70 Coef iciente de ponderación de la ev aluación técnica
c2 = 0.30 Coef iciente de ponderación de la ev aluación económica
El puntaje total será calculado hasta el tercer decimal y la Buena Pro será otorgada a la propuesta que obtenga el mayor puntaje total.
ANEXO Nº 1-A
RELACIÓN DE DOCUMENTOS QUE ACREDITEN LA EXPERIENCIA DEL POSTOR EN LA ACTIVIDAD
Nº DE TRABAJO EJECUTADO | FOLIO Nº | DESCRIPCIÓN | TIPO DEL DOCUMENTO | NÚMERO DEL DOCUMENTO | TIPO MONEDA | MONTO CON IGV | FECHA DEL DOCUMENTO |
1 | |||||||
2 | |||||||
3 | |||||||
4 | |||||||
5 | |||||||
6 | |||||||
7 | |||||||
8 | |||||||
9 | |||||||
10 | |||||||
TOTAL S/. |
CONSULTAN°04
Respecto a la Pro f orma del contrato, debe indicarse que de acuerdo a la Ley No. 27626 Ley que regula la activ idad de las empresas especiales de servicios y de las cooperativas de trabajadores y su Reglamento, señala una serie de
requisitos que deben cumplir los contratos de locación de serv icios que se celebran con la empresa usuaria, entre ellos, señalar en f orma precisa servicio es complementario de seguridad priv ada, especif icar el inicio y término del plazo contractual y señalar la dirección del Anexo personal destacado.
En ese sentido, de conf ormidad con lo dispuesto en el artículo 32 del Reglamento de la Ley General de Inspección de Trabajo: “Constituy e una infracción leve el incumplimiento de obligaciones meramente f ormales o documentales relativ as a las empresas y entidades que realizan actividades de intermediación laboral” constituyendo una infracción lev e la no inscripción del Contrato de locación de serv icios suscrito con la empresa usuaria, y pasible de multa conf xxxx a lo dispuesto por el artículo 48 numeral 48.1 de la precitada norma, oscilando la base de cálculo para el caso de multas por inf racciones lev es de 1 a 5UIT, aplicándose un porcentaje de acuerdo con el número de trabajadores af ectados.
Consulta
4.1 ¿Se tendrá en cuentas dichas observaciones por parte del Ministerio de Trabajo al contrato a suscribirse entre la Entidad y la empresa adjudicada con la buena pro?
4.2 ¿Consultamos si se precisará en el Contrato la f echa exacta de inicio y término del mismo a f in de ev itar la denegatoria de inscripción y la imposición de multa por el Ministerio de Trabajo?
4.3 ¿Se considerará en el objeto del contrato que se contrata el serv icio complementario de v igilancia priv ada?
4.4 ¿Se considerara un Anexo del personal destacado a PETROPERU?
RESPUESTA Nº 04
4.1 Si, se tendrá en cuenta las indicaciones dispuestas en la Ley Nº 27626 Ley que regula la actividad de las empresas especiales de servicios y de las cooperativas de trabajadores y su Reglamento.
4.2 Respecto a la f echa de inicio y término del contrato, cabe señalar que las mismas no se establecen en el contrato, pues la f echa de suscripción del mismo no implica que sea la misma f echa de inicio del serv icio, solo se consigna en el contrato el plazo de ejecución del serv icio y para ef ectos del registro correspondiente, deberán considerar la f echa de suscripción del Acta de Inicio del Serv icio como fecha de inicio del serv icio, a partir del cual, considerarán dos años de ejecución, según lo señalado en las Bases del proceso.
4.3 Según lo dispuesto en la Ley Nº 27626 Ley que regula la actividad de las empresas especiales de servicios y de las cooperativas de trabajadores y su Reglamento, se hará mención en el contrato, el carácter complementario del serv icio v igilancia priv ada.
4.4 De acuerdo a lo indicado en el numeral 16.1 de las Bases Administrativ as, el ganador de la Buena Pro deberá: “(…) Presentar en copia simple, la documentación sustentatoria que acredite que el personal propuesto, cumple con lo solicitado en los términos de ref erencia (Hoja de v ida de la(s) persona(s) que ejecutará(n) el serv icio).
En ese sentido, teniendo en cuenta dicho requisito, se hace la precisión que para la f ormalización del contrato, el ganador de la Buena Pro deberá presentar un listado simple del personal destacado a PETROPERU S.A., para ser incluido como anexo al contrato del serv icio, considerando los siguientes datos:
a. Nombres y Apellidos
b. N° DNI v igente
c. Edad
d. Grado de instrucción
e. Puesto asignado
f. Años de experiencia en el puesto
g. Nº Carné SUCAMEC v igente
ANEXO Nº 2 PROFORMA DE CONTRATO
Conste por el presente documento el Contrato que celebran de una parte Petróleos del Perú - PETROPERU S.A., con
Registro Único de Contribuy ente (RUC), Nº 20100128218, con domicilio en el Área Industrial de PETROPERU, calle 400 entrada por el Portón Nº 5 Talara, a quien en adelante se le denominará PETROPERU, debidamente representada por el Señor, (Ingeniero)……………………………………., Gerente Ref inería Talara, debidamente identif icado con DNI Nº
…………...., según Poder inscrito en la Partida Nº ………, en el Asiento …., del Registro de Personas Jurídicas de la Of icina Registral de Lima; y de la otra parte, la Empresa de......................con RUC Nº con domicilio legal en
.................................debidamente representada por el Señor .................... (Gerente, Administrador), con DNI Nº ,
según poder inscrito en el Asiento.......fojas........Ficha. , del Registro de Personal Jurídicas de la Of icina Registral (Zona
Registral Nº) de Registros Públicos de la ciudad de. , (**cuando se trate de consorcio), a quien en adelante se le
denominará “EL CONTRATISTA”, en los términos y condiciones de las cláusulas siguientes:
(**)y de la otra parte, el CONSORCIO…...................... debidamente representado por su Apoderado Común,
Señor…..……………………., identif icado con DNI……………, señalando domicilio legal en según
Contrato de Consorcio celebrado por ante Notario Público de la ciudad de …………., señor doctor , de
f echa…….., a quien en adelante se le denominará “EL CONTRATISTA”, en los términos y condiciones de las cláusulas siguientes:
CLAUSULA PRELIMINAR - ANTECEDENTES.
PETROPERU es una Empresa del Estado del Sector Energía y Minas, cuy o objeto social es el de llev ar a cabo activ idades
de hidrocarburos, conf xxxx a lo dispuesto por la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos.
PETROPERU mediante publicación en el SEACE, con f echa.......... convocó el proceso por Competencia May or Nº XXX-
-0000-XXX/XXXXXXXXX para la contratación del serv icio materia del presente contrato.
En Acto Público la apertura de Sobres de Propuestas se llev ó a cabo en el……………….., los días.........................
Ef ectuada las Ev aluaciones Técnicas y Económicas, resultó ganador de la Buena Pro El CONTRATISTA ; según
consta en el Acta N°……. de Otorgamiento de Buena Pro, de f echa……. de……….…. de 2013, la cual f ue publicada en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE, el de 2013.
El CONSORCIO , se encuentra conformado por las siguientes personas naturales/jurídicas: la empresa “xxxxxx”,
RUC Nº…………. representado por el Señor……………., según poder inscrito en el Asiento .......x xxxx........Ficha. , del
Registro de Personas Jurídicas de la Of icina Registral (Zona Registral N°) de R egistros Públicos de la ciudad de. ,
y la empresa “xxxxxx”, RUC Nº………… representado por el Señor…………., según poder inscrito en el Asiento
.......fojas........ficha. , del Registro de Personas Jurídicas de la Of icina Registral (Zona Registral N°) de Registros Públicos
de la ciudad de.................
CLAUSULA PRIMERA - GENERALIDADES.
El presente Contrato se rige por el Reglamento de Contrataciones de Petróleos del Perú – PETROPERU S.A., aprobado
por Resolución Nº 523-2009-OSCE/PRE, en adelante el REGLAMENTO; y , supletoriamente por las demás normas que resulten de aplicación al serv icio contratado.
Forman parte del Contrato, las Bases Integradas del Proceso de Competencia Mayor Nº CMA- - 2013-OTL/PETROPERU (que contiene consultas con sus correspondientes absoluciones; declaraciones juradas suscritas por el Contratista, etc.); la Propuesta Técnica y Económica presentada por EL CONTRATISTA; y toda la inf ormación que el contratista presentó con su propuesta, la misma que tiene carácter de declaración jurada.
CLAUSULA SEGUNDA - OBJETO DEL SERVICIO.
Por el presente documento, PETROPERU contrata a EL CONTRATISTA para que, preste el “SERVICIO DE VIGILANCIA PRIVADA PARA LAS INSTALACIONES DE OPERACIONES TALARA”, a ejecutarse de acuerdo a lo establecido en las especif icaciones técnicas de las Bases Integradas del proceso, y en estricto cumplimiento con la normatividad legal v igente aplicable para la realización de este tipo de serv icio.
EL CONTRATISTA ejecutará el serv icio con sujeción a las Bases Integradas en que se basó para f ormular su propuesta (técnica y económica), en v irtud a la cual se le otorgó la Buena Pro; las que f irmadas en su integridad constituy en parte del presente Contrato.
CLAUSULA TERCERA - PLAZO.
El plazo de ejecución del serv icio será de setecientos treinta (730) días calendario
La ejecución contractual se computa en días calendario desde el día siguiente de f ormalizado el contrato o desde el día que se cumplen las condiciones establecidas en la Bases para ello.
CLAUSULA CUARTA - FORMA DE PAGO.
El Serv icio a que se ref iere la Cláusula Segunda del presente Contrato asciende a la suma de S/....…………….……….... (poner en letras ), incluido IGV.
PETROPERU pagará a EL CONTRATISTA el precio pactado contra v alorizaciones mensuales, durante la ejecución del Serv icio, por serv icios ef ectiv amente prestados y prev ia conf ormidad de las mismas. (según numeral 17 de las Bases Integradas).
El monto del presente contrato comprende: pago al personal prof esional que preste el serv icio, personal técnico y /o de apoy o contemplados en las ley es laborales y previsionales, materiales, equipos, tributos, impuestos, seguros, transporte y todo cuanto de hecho y de derecho sea necesario para el cabal cumplimiento del objeto del contrato; imprev istos de cualquier naturaleza y demás gastos.
El procedimiento para la aprobación de las f acturas antes de ser presentadas en las Of icinas de Tramite Documentario (TD) se encuentra establecido en el Numeral 17 de las Bases Integradas; concluida la aprobación y después de su presentación en TD., serán abonadas a los diez (10) días calendario posterior a su correcta presentación.
CLAUSULA QUINTA - OBLIGACIONES DE LAS PARTES
Son Obligaciones de EL CONTRATISTA:
5.1 Ejecutar las prestaciones a su cargo y a satisfacción de PETROPERU, en estricta observancia de las Bases Técnicas y
demás consideraciones que se encuentran contempladas en las Bases Administrativ as y el presente Contrato, así como mantener la calidad de las mismas durante la v igencia de éste.
5.2 Garantizar que la ejecución del serv icio se realice con personal permanente durante la ejecución de los trabajos, los que deberán estar correctamente vestidos con la ropa de trabajo de acuerdo a las normas de seguridad exigidas por PETROPERU. Este personal deberá cumplir con el perf il que presentó EL CONTRATISTA en su propuesta técnica.
5.3 Cumplir con las disposiciones municipales y gubernamentales vigentes que normen el desarrollo del Serv icio. Mantener en absoluta conf idencialidad cualquier inf ormación o documentación que por razones del serv icio pudiera llegar a conocimiento de su personal que se encuentra a cargo de la ejecución del trabajo, así como de toda inf ormación o documentación que le prov ea PETROPERU.
5.4 Prov isionar f ondos para realizar los pagos laborales mensuales, puntuales y sin dilación, de sus trabajadores a cargo de la ejecución del serv icio; eximiendo de esta responsabilidad a PETROPERU.
5.5 Cumplir con el pago de los benef icios laborales, previsionales y otros deriv ados de la relación laboral que mantiene EL CONTRATISTA con su personal contratado; así como el pago de seguros, tributos y demás obligaciones, de acuerdo al Régimen Laboral General del D.S. N°003-97-TR y hacer entrega de las correspondientes Boletas de Pago a cada uno de los trabajadores.
5.6 Contratar para todo su personal a cargo de la ejecución del serv icio, el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR), tanto la póliza para la cobertura de salud como la cobertura de inv alidez y sepelio.
5.7 Mantener libro de planillas, y demás documentos exigidos en el numeral 17 de las Bases, durante la v igencia del contrato.
5.8 Garantizar que su personal observ e correcta disciplina y prácticas de buena conducta en el desarrollo de sus activ idades en la ejecución del Serv icio, a f in de ev itar conf lictos internos de tipo personal y laboral, que v ay a en desmedro del propio Serv icio o de la buena imagen de la Entidad. PETROPERU, al ser notif icado de estas conductas, se reserva el derecho de pedir la separación de algún trabajador de EL CONTRATISTA por indisciplina y que no guarde la compostura adecuada o realice actos contra la moral o buenas costumbres.
5.9 Responder por cualquier daño que pudiera suf rir en su salud (accidente y/o enfermedad profesional) su personal que interv iene en la ejecución del serv icio; para lo cual, tiene que contar con los seguros pertinentes, quedando liberado PETROPERU de cualquier responsabilidad.
5.10 Asumir el cumplimiento de los dispositiv os legales v igentes que regulan las activ idades del serv icio contratado y demás normas que le sean de su aplicación.
5.11 Estar impedido de asumir obligaciones pecuniarias, adquirir créditos o realizar adquisiciones a nombre de PETROPERU.
5.12 Dar las f acilidades y acceso a uno ó más Superv isores de PETROPERU para que hagan la v erif icación de las planillas de remuneraciones, boletas de pago y aportes sociales, para constatar el cumplimiento de las obligaciones laborales y prev isionales con su personal.
5.13 Conocer y cumplir en lo que corresponda, las condiciones mínimas de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental, que se encuentran en el Adjunto Administrativ o Nº 2 de las Bases Integradas.
5.14 Conocer y cumplir en lo que corresponda, los Principios Básicos del Código de Integridad de PETROPERU que se encuentran en el Adjunto Administrativ o N° 3 de las Bases Integradas.
5.15 Conocer y cumplir en lo que corresponda, la Política Corporativ a de Seguridad de la Inf ormación de PETROPERU que se encuentra en el Adjunto Administrativ o N° 4 de las Bases Integradas.
Son Obligaciones de PETROPERU
5.16 El Administrador del Contrato gestionará ante la Unidad Seguridad, los pases de los trabajadores presentados por EL CONTRATISTA que estarán a cargo de la ejecución del serv icio y cuentan con el correspondiente Seguro Complementario de Riesgo, v igente, para que puedan ingresar a las instalaciones de PETROPERU.
5.17 Dar acceso a las instalaciones de la Ref inería Talara, al personal de EL CONTRATISTA que estará a cargo de la ejecución del serv icio y cuente con la debida autorización.
5.18 Proporcionar a EL CONTRATISTA la inf ormación pertinente relacionada con el objeto del Contrato.
5.19 Superv isar y exigir a EL CONTRATISTA y a su personal, que durante la ejecución del contrato se encuentre adecuadamente v estido con la ropa e implementos de trabajo, en buen estado para su uso, .
5.20 Exigir a EL CONTRATISTA dar estricto cumplimiento a las normas contenidas en el Manual 040, “Normas Básicas de Seguridad y Protección Ambiental para Contratistas de PETROPERU”, v igente, que le ha sido entregado por PETROPERU.
5.21 Exigir a EL CONTRATISTA dar cumplimiento a la “Condiciones Mínimas de Seguridad en el Trabajo y Protección ambiental establecidas en el Adjunto Administrativ o N° 2, de las Bases Integradas.
5.22 Dar la correspondiente autorización y oportunidad al intercambio, coordinación y diálogo entre el personal de PETROPERU y el personal de EL CONTRATISTA, para la realización de los trabajos del serv icio contratado durante la ejecución del contrato.
5.23 Aprobar las v alorizaciones presentadas por EL CONTRATISTA, previa acreditación y presentación de constancia de no adeudar pago de remuneraciones alguna a sus trabajadores, así como presentar constancias de haber pagado/aportado a los regímenes prev isionales (salud y pensiones) de su personal a cargo del serv icio.
5.24 Cumplir, y hacer cumplir en lo que corresponda, los Principios Básicos del Código de Integridad de PETROPERU que se encuentran en el Adjunto Administrativ o N° 3 de las Bases Integradas.
5.25 Cumplir, y hacer cumplir en lo que corresponda, la Política Corporativ a de Seguridad de la Inf ormación de PETROPERU que se encuentra en el Adjunto Administrativ o N° 4 de las Bases Integr adas.
CLAUSULA SEXTA – PAGOS LABORALES AL PERSONAL DE EL CONTRATISTA
EL CONTRATISTA se obliga a realizar en f orma mensual, el pago íntegro, de los sueldos, benef icios laborales, prev isionales y demás beneficios sociales y laborales en general, sin excepción alguna, así como la entrega de las “boletas
de pago”, mensuales, correspondientes a cada uno de los trabajadores destinados para la ejecución de los trabajos para cumplir con el objeto del contrato, no responsabilizando a PETROPERU por ninguno de estos conceptos; para el ef ecto, se
obliga a provisionar los montos correspondientes para realizar los pagos laborales mensuales, sin dilación; y sin condicionar esta obligación hasta que PETROPERU cumpla con pagar sus valorizaciones por la ejecución de los trabajos realmente ejecutados, conf xxxx ha sido establecido en el numeral 17 de las Bases Integradas.
PETROPERU aprobará las v alorizaciones presentadas por EL CONTRATISTA, prev ia acreditación y constancia de no adeudar pago de sueldos y de las obligaciones prev isionales a su personal.
Si PETROPERU es requerido por la Autoridad Zonal de Trabajo para que EL CONTRATISTA realice pagos laborales a sus trabajadores, EL CONTRATISTA se compromete a dar las f acilidades y el acceso a uno ó más Superv isores de PETROPERU para que hagan la v erif icación de las planillas de remuneraciones, boletas de pago y aportes sociales, para constatar el cumplimiento de las obligaciones laborales y prev isionales con su personal.
CLAUSULA SEPTIMA – SEGUROS
EL CONTRATISTA, prev io a la ejecución del contrato y como requisito para realizar la programación de su personal, deberá entregar a PETROPERU:
• Póliza o Contrato del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo con las correspondientes coberturas de salud y pensión de invalidez o sepelio, y copia de los comprobantes de pago de la póliza o aportes mensuales que acrediten la vigencia de las coberturas, para salvaguardar los derechos del personal que realizará la prestación
a cargo de EL CONTRATISTA, de acuerdo a lo establecido en el numeral 22 de las Bases Integradas del Proceso de Contratación; y , en aplicación a lo dispuesto por el Artículo 19°de la Ley 26790, el Anex o N°05 y los Artículos 82°, 83° y 84° de su Reglamento, aprobado por el D.S. No.009-97-SA y modif icado por el D.S. N o.003-98-SA, en el que se señala que: Las Ref inerías de Petróleo por estar consideradas como actividades de alto riesgo dentro del Código CIIU, deben exigir a los contratistas y subcontratistas que destacan a su personal a realizar trabajos en sus instalaciones la contratación de este seguro, del presente Proceso de Contratación.
CLAUSULA OCTAVA - ATENCION MÉDICA
EL CONTRATISTA, deberá contar permanentemente y v igente, con la cobertura de salud deriv ada del Seguro Complementario de Riesgo, conf xxxx a lo estipulado en la Cláusula Séptima del presente Contrato, para la atención médica de sus trabajadores cuando el caso lo requiriera.
Adicionalmente, debe asegurarse de tener a su alcance las f acilidades que le permitan evacuar a su personal que requiera tratamiento médico de emergencia o especializado en caso de presentarse la contingencia; para este efecto, deberá hacer coordinaciones y mantener comunicación con las entidades prestadoras de salud o centros asistenciales con quienes tiene contratado dicha cobertura de salud.
PETROPERU no asumirá gasto alguno por la atención médica que requiera el personal de EL CONTRATISTA; sin embargo, se reserv a el derecho de superv isar el caso a través de sus profesionales de la Salud de Operaciones Talara o a trav és de otros medios que estime por conv eniente. EL CONTRATISTA deberá cumplir con las estipulaciones de la presente cláusula y con las recomendaciones que pudieran impartir los prof esionales de la salud y por orden de ésta, en caso de presentarse una emergencia o urgencia en salud.
CLAUSULA NOVENA - GARANTIAS.
El CONTRATISTA entrega a PETROPERU como Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, la Carta Fianza Nº………..
emitida por el Banco …………………………..., por S/ Nuevos Soles, equivalente al 10% del monto contractual
v igente hasta un mes posterior a la conf ormidad de la recepción de la prestación a cargo del CONTRATISTA; la misma que tiene la calidad de solidaria, irrev ocable, de carácter incondicional, de realización automática y sin beneficio de excusión, al solo requerimiento de PETROPERU. De extenderse el Contrato, la Carta Fianza será renovada en los mismos términos y monto.
EL CONTRATISTA entregará a PETROPERU, la Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil General Comprensiva Nº
…………………. de …………………….., que cubre los daños a terceros (bienes y personas); al medio ambiente; daños por el uso de empleo de armas de fuego; daños por tenencia, uso, empleo y/o conducción de cualquier vehículo o medio de transporte terrestre a motor, perteneciente o al servicio del contratista (salvo la indicación señalada en el numeral 8.3 de las Bases), hasta la suma asegurada de US$ 500,000.00, de acuerdo a lo indicado en el Numeral 8.3 de las Bases. De extenderse el Contrato, la Póliza de Seguro de Responsabilidad Civ il General Comprensiv a también deberá ser renov ada en los términos y monto.
CLAUSULA DÉCIMA - NORMAS BASICAS DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN AMBIENTAL.-
El CONTRATISTA está obligado a cumplir y hacer cumplir a su personal las “Normas Básicas de Seguridad y Protección Ambiental para Contratistas de PETROPERU” contenidas en el Manual 040, v igente, el cual f orma parte de las Bases
Integradas y que deberá considerar para su estructura de costos. Sin embargo el hecho de que PETROPERU le imparta indicaciones al respecto, no lo libera de la obligación de adoptar todas las medidas de seguridad y protección ambiental necesarias, que son de exclusiv a responsabilidad y cargo.
El CONTRATISTA se obliga a respetar todos los dispositivos y normas legales vigentes que xxxxxx la protección y conservación del medio ambiente; por lo tanto, es responsable legal y económicamente si al ejecutar la prestación a su cargo af ecte y contamine el medio ambiente y PETROPERU sea pasible de sanción con alguna multa. El pago de la multa en referencia será trasladado a EL CONTRATISTA.
El hecho que PETROPERÚ le imparta instrucciones respecto a la Protección Ambiental, no exime al CONTRATISTA de su total responsabilidad en lo que se ref iere a adoptar las medidas pertinentes para preserv ar el medio ambiente.
Adicionalmente, de requerirse el uso de plásticos, papeles o cartones para la ejecución del serv icio, estos deberán cumplir con lo indicado en el D.S. Nº 011-2010-MINAM artículo 4º numeral 4.1.5 a) y numeral 4.1.5 b), que establecen utilizar obligatoriamente plásticos, papeles, cartones con un porcentaje de material reciclado y bolsas de plástico biodegradables.
CLAUSULA DÉCIMA PRIMERA - TRIBUTACION.
EL CONTRATISTA asumirá, como de su exclusiva responsabilidad, el pago de todos los tributos creados o por crearse, que de acuerdo x Xxx le corresponda pagar y que grav en la prestación del serv icio contratado.
CLAUSULA DÉCIMA SEGUNDA - INSPECCIONES.
EL CONTRATISTA reconoce y acepta el derecho que tiene PETROPERU de estar presente en el lugar de ejecución de
trabajos en cualquier momento e inspeccionar, examinar y aprobar los equipos utilizados por EL CONTRATISTA, así como
los trabajos realizados conf xxxx al presente Contrato. EL CONTRATISTA dará a PETROPERU las f acilidades y el acceso permanente al lugar de ejecución de los trabajos.
PETROPERU tiene el derecho, de inspeccionar permanentemente la correcta ejecución del Serv icio y el cumplimiento de
todos los aspectos materia del contrato.
Las recomendaciones dadas por PETROPERU serán materia de ejecución inmediata por parte de EL CONTRATISTA.
CLAUSULA DECIMA TERCERA - CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR.
PETROPERU y EL CONTRATISTA, en concordancia con lo establecido en el Art. 1315° del Código civ il, conv ienen en def inir como caso f ortuito o de f uerza may or, aquellos actos o hechos que, af ectando la normal ejecución del presente Contrato, estén f uera del control racional de las partes contratantes y que no pueden ser prev istos, o que si prev istos, no pueden ser ev itados, siempre que tales hechos no acontezcan por negligencia de la parte que la inv oca o de sus dependientes.
Con carácter enunciativ o más no limitativo, se consideran casos f ortuitos o de f uerza may or los que deriv en de acciones militares, inv asiones, guerra civ il, catástrof es naturales, etc.
De perdurar la situación de caso f ortuito o fuerza may or por un período may or de tres (3) días continuos o diez (10) días
acumulados, que hiciese aconsejable la resolución del presente Contrato, será de aplicación lo dispuesto por los artículos 1371º del Código Civ il. En tal supuesto, deberá resolverse el contrato de mutuo acuerdo, para lo cual la parte perjudicada comunicará a la otra, mediante carta notarial.
CLAUSULA DECIMA CUARTA – PROHIBICIÓN DE SUBCONTRATAR Y DE TRANSFERIR
EL CONTRATISTA no subcontratará a otra empresa parte de las prestaciones a su cargo sin la correspondiente autorización expresa de PETROPERU. Ev entualmente PETROPERÚ sólo podría autorizar la subcontratación de activ idades especializadas distintas al objeto principal del presente serv icio.
EL CONTRATISTA no podrá ceder ni transf erir parcial o totalmente el presente Contrato sin la autorización prev ia y por escrito de PETROPERU.
XXXXXXXX XXXXXX XXXXXX – CONTRATISTA INDEPENDIENTE.
Las partes de mutuo acuerdo, dejan clara y expresa constancia que con la suscripción del presente contrato administrativ o para la ejecución del SERVICIO SERVICIO DE VIGILANCIA PARA REFINERIA TALARA Y OTRAS INSTALACIONES DE
PETROPERU, no existe ninguna relación laboral entre PETROPERU y EL CONTRATISTA, ni entre PETROPERU y el personal de EL CONTRATISTA independiente y /o subcontratistas si los hubiera.
EL CONTRATISTA cumplirá f ielmente con todas las leyes, reglamentos y demás disposiciones vigentes, y suministrará los respectiv os certif icados de cumplimiento que dispongan tales ley es, reglamentos o disposiciones v igentes. EL CONTRATISTA conv iene en liberar y eximir a PETROPERU de la responsabilidad en cuanto esté originada por la f alta de cumplimiento de las ley es, reglamentos y demás disposiciones v igentes aplicables a él.
CLAUSULA – DECIMA SEXTA SOLUCION DE CONTROVERSIAS
Todos los conf lictos que se deriv en de la ejecución e interpretación del presente contrato, incluidos los que se ref ieren a su nulidad e inv alidez, serán resueltos de manera def initiv a e inapelable mediante conciliación y /o arbitraje de derecho, de
conf ormidad con lo establecido en la normativa de Contrataciones del Estado, bajo la organización y administración de los órganos del Sistema Nacional de Arbitraje del OSCE y de acuerdo con su Reglamento.
El procedimiento de solución de controv ersias se encuentra establecido en el Numeral 25 de las Bases Integradas del presente proceso de contratación.
CLAUSULA DECIMA SETIMA - RESOLUCION DEL CONTRATO.
Cualquiera de las partes puede resolv er el contrato por incumplimiento de la otra. Si alguna de las partes f alta al
cumplimiento de sus obligaciones, la parte perjudicada deberá requerirla mediante carta notarial para que las satisf aga en un plazo no may or de quince (15) días calendario, bajo apercibimiento de resolv er el contrato.
PETROPERU, podrá resolv er el Contrato cuando EL CONTRATISTA:
• Incumpla injustif icadamente obligaciones contractuales, legales o reglamentarias a su cargo, pese a haber sido requerido para corregir tal situación.
• Hay a acumulado el monto máximo de la penalidad; y ,
• Paralice o reduzca injustif icadamente la ejecución de la prestación, pese a haber sido requerido para corregir tal situación.
Asimismo, es causal de resolución de contrato, el incumplimiento de Cláusula Sexta del presente contrato, ref erido al
incumplimiento por parte de EL CONTRATISTA se sus obligaciones socio-laborales de los trabajadores y éstos dejan de laborar y como consecuencia se v ean af ectados los intereses de carácter público, así como el retraso de las metas institucionales y objetivos de la Entidad que han sido programados y /o presupuestados con anticipación; del mismo modo cuando EL CONTRATISTA incumpla con la presentación de las Cartas Fianzas renov adas y/o ampliadas contempladas en el Numeral 8.1 y 8.2; en v irtud de lo dispuesto por el numeral 10.11 Reglamento de Contrataciones de PETROPERU.
Podrá resolv erse el contrato por mutuo acuerdo, cuando se encuentre plenamente acreditado la causal de caso f ortuito o f uerza may or establecida en la Cláusula Décimo Tercera del presente contrato.
CLAUSULA DECIMA OCTAVA - RECEPCION Y CONFORMIDAD DE LA PRESTACION Y EFECTOS
La recepción y conformidad del Serv icio estará a cargo de la Unidad Seguridad – Refinería Talara; quien, conjuntamente con el contratista, suscribirán el “Acta de Recepción”, correspondiente.
Para la recepción se seguirá el procedimiento establecido en el Numeral 26 de las Bases Integradas del presente proceso de contratación.
CLAUSULA DECIMA NOVENA – PENALIDAD POR XXXX
En caso de retraso injustif icado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, PETROPERU aplicara al CONTRATISTA una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equiv alente al diez por ciento (10%) del
monto contractual.
La aplicación de la penalidad y el procedimiento, se encuentra establecidas en el Numeral 21 de las Bases Integradas.
CLÁUSULA VIGÉSIMA - CUADERNO DE SERVICIO
En la f echa de inicio del serv icio, se abrirá el Cuaderno del Serv icio, el mismo que será f irmado en todas sus páginas por el(los) Administrador(es) designado(s) por PETROPERÚ, y por el Administrador residente del CONTRATISTA. Dichos prof esionales son los únicos autorizados para hacer anotaciones en el Cuaderno de Serv icio.
El Cuaderno de Serv icio debe constar de una hoja original con tres (3) copias desglosables, correspondiendo una de éstas a la Entidad, la otra a EL CONTRATISTA y la tercera al Administrador de PETROPERÚ. Concluida la ejecución del Serv icio, el original quedará en poder de la Entidad.
El Cuaderno de Serv icio debe permanecer f ísicamente en el área donde se administra el contrato.
CLAUSULA VIGESIMA PRIMERA - CAMBIO DOMICILIO LEGAL.
Cualquiera de las partes, tendrá derecho a cambiar de domicilio; sin embargo, para que este cambio tenga la validez
legal para efectos del Contrato, la parte interesada deberá poner en conocimiento de la otra parte contratante mediante carta notarial dentro de los treinta (30) días calendario de ocurrido el hecho; caso contrario, se tendrá por v álido la dirección consignada en la parte introductoria del contrato, a donde se remitirán todas las notif icaciones generadas durante la ejecución del Contrato.
Las partes conv ienen, que las notificaciones a cursarse entre ellas serán consideradas como v álidamente dirigidas en la dirección consignada en la parte introductoria del presente contrato, y entregadas al destinatario con documento de cargo de recepción.
Cualquiera de las partes contratantes podrá elevar este Contrato a Escritura Pública, corriendo los gastos que este origine a cargo de quien lo solicite.
Las partes suscriben dos (2) ejemplares del presente contrato, correspondiendo, el primero a PETROPERÚ y el segundo al CONTRATISTA.
Se suscribe el presente contrato en la ciudad de Talara, a los…….. días del mes de… …………………. del año……………
Por PETROPERU Por el CONTRATISTA
M I S I Ó N | |
Des arrollar ac t iv idades de ref inac ión de pet róleo, des pac ho de c ombus t ible y ot ros deriv ados , as í c omo ot ras relac ionadas c on los planes de la c orporac ión c on c r i t erio de rent abilidad, c alidad y c ompet i t iv idad, c ont r ibuy endo al pleno des arrollo de s u pers onal, s at is f ac c ión de s us c l ient es , pres erv ando el medio ambient e y mant eniendo buenas relac iones c on la c omunidad. | V I S I Ó N Ser una operac ión c ompet i t iv a e int egrada, l í der en ref inac ión de pet róleo, c on proy ec c ión int ernac ional. |
CONSULTA N° 02
REAJUSTE DE LOS PAGOS
Teniendo en cuenta que el reajuste de la RMV af ecta todos los costos directos e indirectos (aportes, benef icios colaterales de la remuneración del v igilante y demás de carácter v ariable)
Consulta
2.1 ¿Se ha considerado en este incremento af ecta el pago de asignación f amiliar, feriados, horas extras, bonificación nocturna, etc.? ¿Entendemos que PETROPERU reconocerá dicho incremento que por ef ecto del reajuste de la RMV af ecta a dichos benef icios?
2.2 ¿Qué pasaría si por disposición legal se incrementa el porcentaje de las Horas extras, asignación familiar u otro benef icio que modif ique la Estructura de Costos? ¿Entendemos que PETROPERU reconocerá estos may ores reajustes y /o incrementos?
2.3 ¿Entendemos que PETROPERU reconocerá todo reajuste y /o incremento en materia tributaria y laboral que af ecte la estructura de costo?
RESPUESTA Nº 02
2.1, 2.2, 2.3 – Respecto a la RMV, se podrá incrementar dicho costo mensual, si se cumple lo establecido en el Numeral 7 - REMUNERACIONES (Ítem 7.9 y 7.10) de las Bases Técnicas, donde se han considerado los puntos en cuestión.
CONSULTA N° 03
3.1 ¿PETROPERU entregará al Contratista antes de la instalación del serv icio un inv entario de sus bienes patrimoniales para tener conocimiento de los bienes que se protegerán a f in de llev ar un óptimo control del ingreso y salida de los mismos?
3.2 ¿En caso af irmativ o, cuál es el área de la Entidad con la que se coordinará la entrega de dicho inv entario?
RESPUESTA Nº 03
3.1 y 3.2 Sí, al inicio del serv icio, las dependencias de PETROPERU SA, encargadas de la custodia de los bienes, se
reunirán con la contratista para hacerle entrega de los mismos, redactando el Acta de Inicio del Serv icio. El postor ganador deberá exigir bajo responsabilidad dicha Acta, de lo contrario estaría dando por aceptado y conf xxxx el inv entario de bienes a custodiar.
CONSULTA N° 05
BASES TECNICAS
14 FACILIDADES QUE PROPORCIONARA LA CONTRATISTA
14.1 “El contratista contará con 93 radios nuevos de frecuencia VHF…”
Consulta
5.1 ¿Cuál es la distribución f ísica de las radios en los puestos?
5.2 ¿PETROPERU considerará los tiempos de implementación del sistema digital de radios en el documento?
5.3 ¿Qué área de PETROPERU dará el VºBº a la conf ormidad de f uncionamiento de las radios, antes del inicio del serv icios?
RESPUESTA Nº 05
5.1 Los radios se instalarán en todos los puestos del serv icio: En Refinería Talara, Planta de Ventas Talara, Planta de Ventas Piura y Los Órganos.
5.2 Según el numeral 14.1 de las Bases Técnicas, el sistema radial deberá f uncionar antes del inicio del Serv icio, de acuerdo a las especif icaciones indicadas en dicho numeral.
5.3 La Unidad de Seguridad y la Unidad de Tecnología de la Inf ormación y Comunicaciones, son las encargadas de
dar la conf ormidad del f uncionamiento del sistema radial.
CONSULTA N° 06
BASES TECNICAS
14 FACILIDADES QUE PROPORCIONARA LA CONTRATISTA
14.3 “El contratista proporcionará dieciséis (16) controles de ronda nuevos…”
Consulta
6.1 ¿Qué se entiende con Controles de Xxxxx?
6.2 ¿Cuál es la cantidad y ubicación exacta (dirección) de los puntos a monitorear?
RESPUESTA Nº 06
6.1 El control de ronda es un sistema electrónico encargado de verificar el cumplimiento de rondas de v igilancia a pie o en v ehículo. A f in de garantizar las labores del personal de v igilancia, los reportes generados deben ser entregados diariamente.
Estos equipos deben ser nuev os con tecnología de proximidad.
6.2. Respecto a la cantidad y ubicación exacta de los puntos a monitorear, deberán considerar lo establecido en las Bases Técnicas, Numeral 14: FACILIDADES QUE PROPORCIONARA LA CONTRATISTA, Ítem 14.23. Considerando que se ref iere a la mejora del serv icio, el postor deberá recomendar y def inir los puntos más estratégicos para el control de las rondas a f in de garantizar un buen control del personal de v igilancia en serv icio.
CONSULTA N° 07
BASES TECNICAS
14 FACILIDADES QUE PROPORCIONARA LA CONTRATISTA
14.27 “El contratista proporcionará un sistema de circuito cerrado de televisión…”
7.1 ¿Cuáles son las ubicaciones exactas (direcciones) de las cámaras, DVR y TV para cada puesto indicado?
7.2 ¿Cuáles son las distancias de las cámaras al equipo grabador?
7.3 ¿La toma eléctrica para los equipos CCTV serán prov istos por PETROPERU?
7.4 ¿Habrá necesidad de utilización de postes para colocar las cámaras?, si fuera afirmativo, ¿cuál es la cantidad y dimensiones de las mismas?
7.5 Las cámaras IP (mencionadas en el documento) no pueden conectar a equipos DVR. Los equipos DVR trabajan con cámaras análogas.
Los TV sólo pueden conectarse a DVR.
¿Las cámaras a of recer pueden ser análogas con características similares a las IP mencionadas?
¿Habrá necesidad de utilización de postes para colocar las cámaras?, si f uera af irmativ o, ¿cuál es la cantidad y dimensiones de las mismas?
RESPUESTA Nº 07
7.1 Las ubicaciones exactas de las cámaras, DVR y TV se encuentran detalladas en el Numeral 14 - FACILIDADES QUE PROPORCIONARA LA CONTRATISTA, Ítem 14.27 de las Bases Técnicas.
7.2 La distancia mínima es de 05 metros y la máxima es de 12 metros aproximadamente.
7.3 PETROPERU, indicará el punto de corriente eléctrica, la habilitación de este punto en caso de ser necesario, será cubierta por el postor ganador.
7.4 La cantidad y tamaño de los Postes deberá ser determinado por los postores, de acuerdo a las características de las cámaras a instalar, en la etapa de v isita a las instalaciones.
7.5 La cámara indicada es ref erencial, se puede utilizar de otra marca o protocolo de comunicación, el postor
ganador es responsable de la compatibilidad del sistema. Las características deben ser iguales o superiores a las indicadas en el ítem 14.27 de las Bases Técnicas.
CONSULTA N° 10
En la página 03, en Bases Técnicas en los requisitos que deben cumplir el coordinador general/ asistente coordinador/ Superv isor:
“el coordinador, asistente coordinador y supervisor deberán tener licencia para portar arma”.
Consulta
¿Estas armas están consideradas del total solicitado enunciadas en la página 8 numeral 10 ARMAS (rev olv er)?
RESPUESTA Nº 10
Las armas mencionadas no están consideradas en el total del numeral 10 de las Bases Técnicas.
CONSULTA N° 11
En la página 06, en Bases Técnicas en el ítem 7.3 y 7.4 indica:
“Para el personal que sea transferido de su lugar de origen a cubrir servicio en Piura, los órganos y Talara los gastos de alimentación, pasajes correrá por cuenta del contratista…”
Consulta
Por la alta rotación de personal ¿El Órgano Ad – Hoc indicara una cantidad f ija mensual para tener una idea clara
sobre los gastos?
RESPUESTA Nº 11
En promedio se requerirán por mes, ocho (08) agentes para Piura, ocho (08) agentes para Talara y dos (02) para
Los Órganos.
CONSULTA N° 12
En la página 8, en Bases Técnicas en el ítem 9.04 indica:
“puestos de 8 horas serán cubiertos de 06:00 a 14:00 ,14:00 a 22:00 y de 22:00 a 06:00…”
Consulta
¿En qué lugar se brindará el serv icio de 08 Horas?
RESPUESTA Nº 12
Según el ítem 9.04 de las Bases Técnicas, este serv icio se brindará en los Portones Nº 1 y Nº 5.
CONSULTA N° 13
En la página 9, en Bases Técnicas en el ítem 11.03 indica:
“Los vigilantes de aéreas industriales se capacitaran en técnicas de prevención de incendio…”
Consulta
¿Entendemos que el propio personal asumirá el costo por estas capacitaciones?
RESPUESTA Nº 13
Sólo el dictado de la capacitación en técnicas de prev ención de incendio, estará a cargo de PETROPERU SA, en f orma gratuita.
En ningún caso el costo de las capacitaciones será asumido por el personal, todos los costos que se generen por capacitación son asumidos por el Postor Ganador.
CONSULTANº 14
¿En caso que el gobierno incremente la Remuneración Mínima Vital (RMV), sueldos y /o salarios, asignaciones, bonif icaciones u otros beneficios para el trabajador, que produzcan v ariación en los componentes de la estructura de costos, así como los gastos administrativos y utilidad, serán reflejados en las tarifas y aceptados por PETROPERU? RESPUESTA Nº 14
Ver Respuesta Nº 2
CONSULTA Nº 15
15.1 ¿Podría indicar si el personal de seguridad que desempeñara las activ idades de transporte de f uncionarios, deberán recibir alguna capacitación adicional?
15.2. ¿Indicar el tipo de perf il que mantendrá este puesto de seguridad?
RESPUESTA Nº15
15.1 Se deberá capacitar en tácticas de manejo ev asiv o y /o manejo en situaciones de emergencia.
15.2 El Perf il considerado es el de Superv isor y está indicado en las Bases Técnicas, Numeral 6: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO - Ítem 6.1 de las Bases.
CONSULTANº 16
Según el punto N°7.2 de la página N°40, indican que al personal de 12 horas se le asignará seis (06) nuev os soles diarios por el concepto de mov ilidad y ocho (08) nuev os soles diarios por el concepto de refrigerio, asimismo indican que al puesto de 08 horas se le asignará de manera diaria cuatro (04) nuev os soles por el concepto de mov ilidad y seis (06) nuev os soles por concepto ref rigerio.
Consulta
Dichas asignaciones deberán estar asignadas al cálculo de las cargas sociales por ley o son asignaciones no remunerativ as los que se les brindará al personal indicado, cabe mencionar que al ser un pago mensual estas asignaciones (mov ilidad y ref rigerio) deberían estar incluidas en el cálculo de las cargas sociales.
RESPUESTA Nº16
Véase Formato 4-A (página 18 de las Bases administrativ as), en la que encontrará la Estructura de Costos,
detallándose la f orma de pago de las mismas.
CONSULTANº 17
Según las bases técnicas, Documentación del Personal Contratista / “Estado de Salud del Personal Contratista”
¿Fav or de indicar si solo tendrán reconocimiento para ustedes los certificados que emitan los médicos de ESSALUD o los prof esionales del MINSA, o también pueden emitirse certificados por parte de medios privados o prof esionales de clínicas reconocidas?
RESPUESTA Nº 17
Los certif icados médicos pueden ser de ESSALUD, MINSA o de Clínicas Privadas, debidamente autorizadas.
CONSULTANº 18
Según el punto N° 7.3 de las Bases Técnicas.
¿Los temas de alojamiento y alimentación cuando un personal sea transf erido de su lugar de origen (Talara, Piura, Los Órganos) a otro punto del mismo, será cubierto por PETROPERU? O caso contrario será aplicable a los costos de SECURITAS.
RESPUESTA Nº 18
Los gastos por este concepto son cubiertos por el Postor Ganador. (Ver numeral 7: REMUNERACIONES – ítem 7.9
y 7.10 de las Bases Técnicas).
CONSULTANº 19
¿Fav or de indicar si el sistema de trabajo requerido para los presentes servicios de vigilancia son en un sistema de
trabajo 6x1? Es decir seis (06) días de trabajo por un (01) día de descanso.
RESPUESTA Nº 19
Sí, ese es el sistema de trabajo requerido.
CONSULTANº 20
Según el numeral N°9.4 de la página N°42, indican que el relev o de los v igilantes por el conc epto de ref rigerio se realizara con 15 minutos de anticipación, en tal sentido:
20.1 ¿Indicar la cantidad de ref rigerantes a considerar y que turno de trabajo se le asignará?
20.2 ¿Fav or de conf irmar si solo se requerirá los servicios de ref rigerantes para los puestos que laboren de lunes x xxxxxxx, o también serán aplicables a los puestos menores a estos días laborados?
RESPUESTA Nº 20
20.1 No se considerará Personal Ref rigerante en el Serv icio.
20.2 El tiempo de 15 minutos de anticipación es para realizar el relev o entre el personal saliente y entrante, para la entrega de implementos, consignas y otros. Véase numeral 9 de las Bases Técnicas: TURNOS Y HORARIOS – ítem 9.4.
CONSULTANº 21
Según el punto N° 11 Capacitaciones de las Bases Técnicas;
Donde indican que las capacitaciones se deben desarrollar dentro de la jornada de trabajo.
¿Fav or de indicar si Petroperú of recerá todas las f acilidades del caso para poder desarrollar de la manera más adecuada las capacitaciones solicitadas, es decir brindara las instalaciones, materiales, etc. O será cubiertas por Securitas en su totalidad?
RESPUESTA Nº 21
Las Capacitaciones son asumidas íntegramente por el Postor Xxxxxxx, PETROPERÚ SA no proporcionará ninguna
f acilidad (sólo brindará capacitaciones gratuitas sobre técnicas de prev ención de incendio, de acuerdo a lo indicado en la Respuesta Nº 13)
Asimismo, de acuerdo al Numeral 11: CAPACITACION - de las Bases Técnicas, las capacitaciones también pueden desarrollarse f uera de la jornada de trabajo, las cuales deberán ser remuneradas conf xxxx a este contrato.
Dicho criterio se ha considerado, de acuerdo a lo señalado en el Artículo 98º del DS-005-2012-TR “Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo”, estas pueden realizarse dentro y f uera de la jornada de trabajo.
CONSULTANº 22
Según el punto N° 11.2 de las Bases Técnicas;
Indican que se desarrollaran prácticas de manera semestral para los supervisores, jefes de grupo y v igilantes en su totalidad:
22.1 ¿Fav or de indicar si Petroperú proporcionara el lugar y /o zona indicada para poder realizar las prácticas de tiro
o corren por cuenta de la Contratista?
22.2 ¿Fav or de indicar si solo el personal de seguridad de la Contratista desarrollara dichas prácticas de tiro o también estarán dentro de ellas personal propio de Petroperú? De ser el caso ¿Indicar cuantas personas adicionales recibirían las prácticas de tiro y las municiones respectiv as correrían por cuanta de la Contratada o de Petroperú?
RESPUESTA Nº 22
22.1 PETROPERÚ SA no proporcionará el lugar y /o zona indicada para realizar las prácticas de tiro, estos requerimientos son de responsabilidad del Postor ganador.
22.2 Las prácticas son únicamente para el personal del Postor Ganador.
CONSULTANº 23
Según el punto N° 11.3 de las Bases Técnicas;
Indican que a los v igilantes de áreas industriales se les capacitara en técnicas de prev ención de incendios.
23.1 ¿Fav or de indicar cuales son los puestos designados a las “Áreas Industriales?
23.2 ¿Cuántas personas componen este serv icio?
RESPUESTA Nº 23
23.1 Ver cuadro siguiente:
PUESTOS SERVICIO VIGILANCIA | TOTAL |
SUPERVISOR | 1 |
REFINERIA TALARA | 17 |
REFINERIA TALARA - INSTALACION PORTUARIA | 8 |
REFINERIA TALARA BRIGADA CI | 4 |
PLANTA VENTAS TALARA | 9 |
TANQUES TABLAZO | 3 |
PLANTA VENTAS PIURA 24 H | 6 |
PLANTA VENTAS PIURA 12 H | 4 |
REFINERIA TALARA 12 H | 9 |
TOTAL PUESTOS | 61 |
23.2 En promedio son 140 personas
CONSULTA Nº 24
Según el punto N°14 “Facilidades que Proporcionara la Contratista”, en el numeral N° 14.1 de las Bases Técnicas.
24.1 Las dos (02) f recuencias de comunicación serán proporcionadas por el cliente o serán adicionales a la que el cliente nos proporcione.
24.2 ¿El cliente nos proporcionará las antenas repetidoras? o solo se considerará la radio + su antena incluida
propia de la radio.
24.3 ¿Las 93 radios solicitadas deberán ser intrínsecamente seguras?
RESPUESTA Nº 24
24.1 y 24.2 Las 02 f recuencias y las antenas repetidores serán proporcionadas por el Postor Ganador de acuerdo al
Numeral 14: FACILIDADES QUE PROPORCIONARA LA CONTRATISTA, ítem 14.1 de las Bases Técnicas,.
24.3 Los radios deberán ser intrínsecamente seguros según lo establecido en el Numeral 14: FACILIDADES QUE PROPORCIONARA LA CONTRATISTA, ítem 14.1 de las Bases Técnicas.
CONSULTA Nº 25
Según el punto N° 14.2. Donde indican el v estuario para los puestos de v igilancia.
25.1 ¿Fav or de indicar cuales son los puestos de v igilancia que estarán designados como conductores de motocicletas? ¿Deberán tener alguna f ormación específ ica o algún perf il específ ico para el serv icio?
25.2 ¿Fav or de conf irmar e indicar cuales son los puestos de seguridad y v igilancia que se considera personal
f emenino?
RESPUESTA 25
25.1 Los puestos de v igilancia en motocicleta, son los puestos para el recorrido de los Oleoductos y Ternas Eléctricas.
El Perf il considerado para el personal en motocicleta, es el indicado en las Bases Técnicas - Numeral 6: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Del SERVICIO- Ítem 6.1
Requisitos que debe cumplir el Personal a cargo de Puestos de Vigilancia, con su respectiv a licencia para conducir motocicleta.
25.2 Los puestos para personal f emenino son rotativ os, y están ubicados en Talara y Piura.
CONSULTANº 26
Según el punto N° 14.23 de las Bases Técnicas.
Indican que la Contratista proporcionara dieciséis (16) controles de rondas nuev os, de los cuales cuatro (04) son para los v ehículos, ocho (08) para las motocicletas y cuatro (04) para personal operativ o, las cuales serán utilizadas para el monitoreo del serv icio.
26.1 ¿Fav or de indicar a que puestos se le designara las camionetas, las motocicletas, asimismo como a qué lugar estarán destinadas?
26.2 ¿Fav or de indicar las ubicaciones geográf icas que recorrerán las motos y v ehículos solicitados?
26.3 ¿Cuál será el Kilometraje (mensual y /o diario) asignado a estás móv iles (camionetas y motocicletas)?
26.4 ¿Dichos v ehículos y motocicletas serán considerados como gastos generales?
26.5 Indica el detalle técnico de los controles de rondas a considerar.
RESPUESTA Nº 26
26.1 Los v ehículos son para: área Industrial, ronda superv isor, dos (02) rondas oleoductos.
Las motocicletas son para ronda oleoductos y ternas eléctricas y cuatro (04) para personal operativ o.
26.2 Las ubicaciones geográf icas son en las áreas industriales y en el campo para recorrido de oleoductos y ternas eléctricas.
26.3 Para camionetas: ver Numeral 14: FACILIDADES QUE PROPORCIONARA LA CONTRATISTAS –Ítem 14.19 de las Bases Técnicas.
Para motocicletas: ver Numeral 14: FACILIDADES QUE PROPORCIONARA LA CONTRATISTAS –Ítem 14.32 de las Bases Técnicas.
26.4 De acuerdo a lo establecido en la página 17 Bases Administrativas, Formato 4-A, el costo de los vehículos más
combustible, se consideran en el ítem 15. Las motocicletas se consideran en los Gastos Generales, ítem 19.
26.5 Ver Respuesta Nº 6.1.
CONSULTANº 27
Según el punto N° 14.27.
Indican que la Contratista proporcionara, un sistema de circuitos cerrado de telev isión en determinados puestos.
27.1 ¿Petroperú of recerá todas las f acilidades del caso para poder instalar los equipos de seguridad CCTV?
27.2 ¿Petroperú of recerá todos los puntos de red, conexiones eléctricas, etc. Para el desarrollo del serv icio y de los equipamientos solicitados?
RESPUESTA Nº 27
27.1 La instalación de estos equipos será por cuenta del Postor ganador y PETROPERU S.A. brindará las
f acilidades para los trabajos de instalación que realice el postor ganador.
27.2 La instalación de estos equipos será por cuenta del Postor ganador y PETROPERU S.A. brindará las f acilidades para los trabajos de instalación que realice el postor ganador.
CONSULTANº 28
Indicar la cantidad de puestos según la distribución indicada en los lugares de ejecución (Ref inería Talara, Punta Arenas, Planta v entas talara, Milla seis, Planta ventas Piura, Planta aeropuerto talara, Villas de v iv ienda – Órganos, Casas Play as, Patio Tanques, Oleoductos y Estación de Bombeo, Otras instalaciones.
RESPUESTA Nº 28
PUESTOS SERVICIO VIGILANCIA | TOTAL |
SUPERVISOR | 1 |
REFINERIA TALARA | 17 |
REFINERIA TALARA - INSTALACION PORTUARIA | 8 |
REFINERIA TALARA BRIGADA CI | 6 |
PUNTA ARENAS | 11 |
LOS ORGANOS | 2 |
PLANTA VENTAS TALARA | 9 |
TANQUES TABLAZO | 3 |
PLANTA VENTAS PIURA 24 H | 6 |
PLANTA VENTAS PIURA 12 H | 4 |
REFINERIA TALARA 12 H | 9 |
CAMPO -OLEODUCTOS | 12 |
CAMPO MOTORIZADOS | 6 |
CAMPO MALACAS TERNAS | 6 |
CAMIONETAS REFINERIA Y CAMPO | 5 |
PUESTOS EVENTUALES | 4 |
TOTAL | 109 |
CONSULTANº 29
Los sueldos indicados en el ítem 7 Remuneraciones son considerados al 100% remunerativo a benef icios sociales o se podrá considerar concepto de condiciones de trabajo como por ejemplo aseo personal, alimentación o refrigerio.
RESPUESTA Nº 29
En el Formato 4-A (Página 18 de las Bases Administrativas) se encuentra la Estructura de Costos, donde se establece su f orma de pago.
CONSULTANº 30
Los sueldos indicados en el ítem 7 Remuneraciones serán considerados como sueldos brutos o netos.
RESPUESTA Nº 30
En el adjunto del Formato 4-A (Página 18 de las Bases Administrativas) se encuentra la Estructura de Costos, donde
se establece su f orma de pago (ítem A3 Total Remuneración) en concordancia con el Numeral 7: REMUNERACIONES de las Bases Técnicas, ítem 7.1.
CONSULTA Nº 31
De acuerdo al ítem 7 “Remuneraciones” de las bases.
Rev isando la escala salarial (N°8 – 14) se observ a que se está considerando sueldos por debajo de lo esperado; por lo cual se consulta si es posible considerar sueldos superiores al indicado por Petroperú.
RESPUESTA Nº 31
Los sueldos a considerar son los mínimos requeridos y están indicados en el ítem 7: REMUNERACIONES de las
Bases Técnicas.
CONSULTA Nº 32
Según el f ormato de la relación de ítem inv olucrado como gastos generales del f ormato N° 4- A, indicar lo siguiente:
32.1 ¿Los puestos de Administrador, Secretaría, Armero y Coordinador General serán de carácter exclusiv o para PETROPERU?
De ser de carácter exclusivos para la cuenta de PETROPERU ¿Indicar la ubicación o el lugar base donde estarán ubicados dichos puestos?
32.2 ¿Cuál será el sueldo bruto a ser asignado al Administrador, Secretaría, Armero?
32.3 ¿Indicar el sistema de trabajo de cada uno de los puestos (Coordinador General, Administrador, Secretaría y Armero)?.
32.4 Según la cantidad detallada en el cuadro de gastos generales donde indican uno (01) en la celda del Coordinador General y tres (03) en el Personal Administrativo, fav or de conf irmar si se ref ieren a una persona por cada puesto, sin requerir personal relev o para ellos.
RESPUESTA Nº 32
32.1 El Administrador, la Secretaria y el Armero no son de carácter exclusiv o para PETROPERU SA.
Tampoco es de carácter exclusiv o el Coordinador General, pero de acuerdo a las Bases Técnicas – Numeral 6: ESPECIFICACIONES TECNICAS DEL SERVICIO - ítem 6.1, Perfil para el Coordinador General - Párraf o a), deberá asistir diariamente a la reunión de Coordinación con el Representante de PETROPERÚ SA.
32.2 Lo determina el Postor Ganador.
32.3 Lo determina el Postor Ganador.
32.4 Considerar una persona en cada puesto.
CONSULTA Nº 33
Conf irmar si el puesto de coordinador será incluido dentro de los costos xxx xxxx ecto o será un puesto f acturado a
Petroperú.
RESPUESTA Nº 33
El puesto de Coordinador, no será f acturado a PETROPERÚ SA.
CONSULTA Nº 34
Se hace mención sobre un Sistema de radio / teléf ono Nextel en base 93 unidades. ¿Indicar si se f acturará por radios o Nextel? Ya que en el anexo económico Pág. 17 se detalla por separado las radios y equipos Nextel.
RESPUESTA Nº 34
Son 93 radios de f recuencia VHF y 06 radios Nextel (Ver Numeral 14: FACILIDADES QUE PROPORCIONARA LA
CONTRATISTA, ítem 14.1)
En tal sentido el f ormato 4-A y adjuntos quedan tal como se muestran a continuación:
CONSULTA Nº 35
35.1 Conf irmar si se considerará los seis (06) y ocho (08) por concepto de mov ilidad y alimentación a todos los turnos de trabajo de 12 horas; incluy endo los puestos de 12 horas incluidas en las de 24 horas.
35.2 Por f av or indicar precios de la empresa de transportes EPPO, indicados en el punto 7.4. o se puede optar por
otra empresa de transportes de la zona
35.3 Según el punto 7.3 indicar que cantidad de personas habrá que considerar la partida de alojamiento, alimentación.
35.4 Según el punto 7.4 indicar que cantidad de personas habrá que considerar la partida transporte.
RESPUESTA Nº 35
35.1 El concepto de atención al personal es para cada agente por turno laborado según el numeral 7: REMUNERACIONES ítem 7.2 de las Bases Técnicas.
35.2 Sí, se puede optar por otra empresa.
35.3 y 35.4 Ver Respuesta Nº 11.
CONSULTA Nº 36
En las Bases Administrativas, el Numeral 24: DISTINCIÓN RESPECTO A LA INTERMEDIACIÓN LABORAL, señala que El presente contrato NO constituye UN CONTRATO DE INTERMEDIACIÓN LABORAL, no siendo aplicable lo
dispuesto en la Ley N° 27626 (Ley que regula la activ idad de las Empresas Especiales de Serv icios y de las Cooperativ as de Trabajadores) y el Decreto Supremo N° 003-2002-TR (Reglamento de Intermediaci ón Laboral). Consulta
Solicitamos aclaración al respecto puesto que La ley 27626, el D.S. N°003-2002-TR y Directiva Nacional Nro. 001- 2010-MTPE/3/11.2,, señala este serv icio como una Activ idad Complementaria, no v inculada al giro del negocio, contemplándola como una de las activ idades que deben considerarse dentro de los alcances de la intermediación laboral.
RESPUESTA Nº 36
Respecto a este punto, se hace la corrección del Numeral 24 de las Bases Administrativ as, modif icando dicho numeral, por no corresponder a este serv icio, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 27626, lo mismo que se correlaciona con las cláusulas de la Prof orma del Contrato que no incluy e dicha disposición.
CONSULTA Nº 38
En el numeral 14, Facilidades que brindará el contratista, sub numerales del 14.10 al 14.14 se solicita un stock de
equipos de seguridad que se deberán tener en stock.
Consulta
En que rubro se deben considerar estos equipos que no están incluidos en la lista de Gastos Generales que se
señala en las bases
RESPUESTA Nº 38
Ver Nota al f inal de la lista de Gastos Generales, donde indica que esta relación es enunciativ a más no limitativ a.
CONSULTA Nº 40
De acuerdo al serv icio electrónico solicitado, presentamos las siguientes consultas:
40.1. Indicar el alcance o radio de cobertura de las cámaras con mov imiento.
40.2. Se consideran cámaras megapíxel o CIF.
40.3. Indicar si existe alguna pref erencia por alguna marca de cable ac y utp: Indeco, Belden, AMP, etc.
40.4. Indicar si algunas de las cámaras se v an a considerar antiexplosiv as.
40.5. ¿Los Housings de las cámaras serán presurizados o anticorrosiv os?
40.6. ¿Las cámaras con mov imiento son del tipo PTZ o domo?
40.7. Se considera solo un monitor de 29” por cada DVR o se pueden aumentar la cantidad de acuerdo a la cantidad de cámaras que se v an a v isualizar. Asimismo puedo reducir las dimensiones del monitor a 20”.
40.8. Indicar xxxxx xx xxxxx xx xxxxxx xx xxxxxxxxxxxx xx 000XXX estabilizada para la alimentación de las cámaras, equipos DVR y monitores. De existir plano de distribución de energía f av or de f acilitarlo.
40.9. Se considerar equipo de respaldo de energía UPS o la alimentación 220VAC prov ista por Petroperú será estabilizada e ininterrumpida.
40.10. Ubicación en plano CAD de las cámaras para las dimensiones de distancias y diseños de los enlaces
inalámbricos.
40.11. Se pueden proponer cámaras IP con antenas inalámbricas de otras marcas, es decir no necesariamente que la cámara sea inalámbrica.
40.12. Indicar radio de alcance del micróf ono o potencia requerida, se podría no considerar esta opción en las cámaras para hacer más v ersátil la elección de la cámara.
40.13. ¿El lugar de almacenamiento de repuestos será dentro de las instalaciones de Petroperú y que personal
estará a cargo del inv entario de este almacén de repuesto?
40.14. Fav or de def inir el tipo de tubo: PVC pesado, conduit liv iano o pesado.
40.15. Indicar los horarios de trabajo de personal técnico para las instalaciones de las cámaras. Asimismo de la v estimenta de trabajo para zonas peligrosas.
40.16. Se debe incluir el costo de operadores para el manejo de las cámaras o será monitoreado por personal de Petroperú.
RESPUESTA Nº 40
40.1 La distancia mínima es de 05 metros y la máxima es de 12 metros aproximadamente.
40.2 La resolución es en megapíxel.
40.3 No existe pref erencia, su elección es responsabilidad del Postor Ganador.
40.4 Ninguna cámara se considera antiexplosiv a
40.5 No es obligatorio.
40.6 Dependerá de la ubicación.
40.7 Sí, se puede aumentar el número de monitores (TV).
En caso de aumentar el número de monitores se puede reducir su tamaño a 20”.
40.8 La ubicación está indicada en las Bases técnicas – Numeral 14: FACILIDADES QUE PROPORCIONARÁ LA CONTRATISTA - ítem 14.27.
40.9 Los UPS, son de responsabilidad del Postor Ganador.
40.10 Ver Respuesta 40.1
40.11 La marca de las cámaras indicadas es sólo ref erencial, se pueden proponer de otras marcas. Se puede usar cámaras que no sean inalámbricas. Las características están indicadas en las Bases técnicas – Numeral 14: FACILIDADES QUE PROPORCIONARÁ LA CONTRATISTA - ítem 14.27.
40.12 Se retira el requisito del micróf ono.
40.13 No, es responsabilidad del Postor Ganador.
40.14 Esto es responsabilidad del Postor Ganador.
40.15 Horario de trabajo las 24 horas, inclusiv e domingos y f eriados. Vestimenta apropiada, que no sea de material sintético.
40.16 No se debe incluir el costo de Operadores.
CONSULTA Nº 41
Hace ref erencia a una xxxxx xx xxxxxx “ZECUR-TAHG”, modelos: XX-X000X, XX-XX00X, estas cámaras son de
tecnología IP inalámbricas o cableada:
41.1. Con cuál de estas tecnologías v a f uncionar las cámaras (inalámbrica o cableada)?
41.2. Si f uera inalámbrica, cuanto es el metraje desde la cámara hacia el grabador?, y si existe obstáculos para la señal (pared, muros, etc.) que produzcan interf erencias y mal desempeño de las cámaras?.
41.3. Si f uera cableada, podrían darnos el metraje aproximado del cableado de las cámaras hacia el grabador, el tipo
de cable de red a utilizar?, existiría ductos empotrados para el cableado? si no lo hubiera se instalaría los ductos con tubería conduit, pv c pesado o canaletas de pv c?
41.4. Hablan del sistema de grabación “DVR” este equipo está diseñado para trabajar con cámaras Análogas , la
tecnología de las cámaras son IP por lo tanto necesitan un “NVR” o PC (computadora serv idor), conf irmar bien el equipo de grabación?.
41.5. Piden cámaras internas y externas con movimiento, se deberá considerar un joy stick o solo con el interf az de
las cámaras se v a a mov er?
41.6. La marca y modelos de las cámaras no son muy comerciales en el Perú, por lo tanto su respaldo técnico es muy limitado solo una cadena de tiendas lo v ende, se podría cambiar la marca de las cámaras y por ende el grabador con marca reconocida en el mercado y que tenga respaldo técnico? esto v a por el tema de garantía, soporte técnico y respuesta a soluciones inmediata de cualquier f alla o reposición de equipos que le estamos of reciendo.
RESPUESTA Nº 41
41.1 Cualquiera de las dos: inalámbricas o cableadas.
41.2 Ver Respuesta 40.1, en algunos casos existen paredes.
41.3 Ver Respuesta 40.1, en algunos casos existen paredes.
41.4 El equipo de grabación es NVR o PC.
41.5 Se debe considerar un joy stick, para poder maniobrar las cámaras.
41.6 Ver Respuesta 40.11.
CONSULTA Nº 42
Según el inciso N°14.6 mencionan que los unif xxxxx y los ov xxxxxx deberán estar conf eccionados c on tela ignif xxxx?
¿Conf irmar si todos los uniformes destacados para el personal y /o puesto solicitado estarán conf eccionados de la tela ignif xxxx?
RESPUESTA Nº 42
Los unif xxxxx y ov xxxxxx, deben ser conf eccionados con telas de características ignif xxxx.
CONSULTA Nº 43
Según el inciso N°14.14 mencionan que todo el personal se les deberá asignar respiradores desechables c on f iltro
de f ibras de polipropileno.
¿Indicar la cantidad de f iltros y cartuchos que se les asignará al personal de manera mensual?
RESPUESTA Nº 43
Los respiradores son desechables, no usan cartuchos ni f iltros adicionales, es similar al modelo R95 de 3M, se deberá entregar 01 en f orma mensual para todo el personal inv olucrado en este contrato.
AN EXO N º 03
B ASES TÉC N I C AS
ADJUNTO ADMINISTRATIVO Nº 3