ESTUDIOS PREVIOS CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES Y DE APOYO A LA GESTIÓN O PARA LA EJECUCIÓN DE TRABAJOS ARTÍSTICOS QUE SOLO PUEDAN ENCOMENDARSE A DETERMINADAS PERSONAS NATURALES
|
ESTUDIOS PREVIOS CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES Y DE APOYO A LA GESTIÓN O PARA LA EJECUCIÓN DE TRABAJOS ARTÍSTICOS QUE SOLO PUEDAN ENCOMENDARSE A DETERMINADAS PERSONAS NATURALES |
|
CÓDIGO: GCON-FM-035 |
VERSIÓN: 11 |
|
FECHA DE APLICACIÓN: 31 de diciembre de 2018 |
TIPO DE CONTRATO A CELEBRAR |
Marque con una X el tipo de contrato que se pretende celebrar
Contrato de Prestación de servicios profesionales
Contrato de Prestación de servicios de apoyo a la gestión
Contrato para la ejecución de trabajos artísticos
|
OFICINA/ÁREA/DEPENDENCIA QUE REQUIERE LA CONTRATACIÓN |
Escriba aquí el proceso que genera el requerimiento de contratación |
1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD A SATISFACER |
En esta casilla se debe consignar la descripción de la necesidad que la Entidad pretende satisfacer con la contratación (¿qué se persigue con el contrato?), de tal forma que debe detallarse de manera precisa la necesidad del servicio a requerir, el contexto dentro del cual el objeto a contratar permite alcanzar un objetivo, contribuir a la realización de un proyecto de inversión “indicando cual”, y, de ser el caso, la disposición legal que los comprende, contenida en el plan de desarrollo, los acuerdos de estructura organizacional y las funciones de la entidad.
Debe indicarse que la contratación se encuentra contenida en el Plan Anual de Adquisiciones.
Nota: Para la contratación de trabajos artísticos que solamente puedan encomendarse a determinadas personas naturales, se debe justificar esta situación con total claridad en este acápite. |
2.2.7. Obligaciones de las partes |
2.2.7.1. DEL CONTRATISTA
(Definir de manera clara las obligaciones específicas, las cuales deben ser coherentes con el objeto y tipo de contrato, utilizando verbos en infinitivo y precisando el alcance de las actividades. No deben repetirse las que se encuentran en las obligaciones generales).
1. 2. 3.
2.2.7.2. OBLIGACIONES DE LA UAERMV:
(Estas obligaciones son indicativas, pueden definirse las necesarias de acuerdo a la naturaleza del contrato y a las actividades a desarrollar).
|
3. JUSTIFICACIÓN Y FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN |
|
La UAERMV no cuenta con el personal suficiente para adelantar las actividades descritas o con la especialidad requerida (escoger una de las dos), motivo por el que es necesaria su contratación para que coadyuve y apoye los procesos que adelanta la UAERMV. En consecuencia, el proceso se deberá regir por lo dispuesto en el Estatuto General de contratación esto es la ley 80 de 1993 y su decreto reglamentario 1082 de 2015. De conformidad con el Decreto 1082 de 2015 la Entidad estatal podrá contratar directamente con la persona natural o jurídica que este en capacidad de ejecutar el objeto del contrato y que haya demostrado idoneidad y experiencia relacionada con el área a contratar.
En lo que respecta a los fundamentos jurídicos de la modalidad de selección por contratación directa para la prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión o para la ejecución de trabajos artísticos que solo puedan encomendarse a determinadas personas naturales, éstos se presentan a continuación: |
|
CONTRATACIÓN DIRECTA |
Mediante la modalidad de contratación directa solamente se podrá contratar lo que taxativamente señala el artículo 2 numeral 4 de la ley 1150 de 2007en concordancia con lo establecido en el en el Libro 2 Parte 2 Capítulo 2 Titulo 1 Sección 1 Subsección 4 del Decreto 1082 de 2015.
En el caso de la presente contratación:
|
4. SOPORTES DEL PRESENTE ESTUDIO |
|
4.1. SOPORTE ECONÓMICO
Plan de Desarrollo- # - Nombre del Plan de Desarrollo Distrital |
|
4.1.1. Eje |
|
4.1.2. Programa |
|
4.1.3. Proyecto |
|
4.1.4. Proyecto prioritario |
|
4.1.5. Registro BPID No. y Fecha |
|
4.1.6. Código |
|
5. ANÁLISIS DE LAS VARIABLES QUE SOPORTAN EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO |
|
La Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial verificó y dio cumplimiento a los requisitos establecidos en el acto administrativo vigente, mediante el cual se adopta la tabla de honorarios para los contratistas de Prestación de Servicios Profesionales y de Apoyo a la Gestión de la UAERMV, así mismo se tuvo en cuenta el tiempo durante el cual se requiere la necesidad.
Nota: En el caso que se trate de un contrato para la prestación de servicios para la ejecución de trabajos artísticos que solo pueden encomendarse a determinadas personas naturales, deberá establecerse con claridad el análisis realizado para la estimación del valor del contrato. |
6. JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN QUE PERMITEN IDENTIFICAR LA OFERTA MAS FAVORABLE |
Los requerimientos de experiencia y educación están definidos en el acto administrativo vigente, mediante el cual se adopta la Tabla de Honorarios para la suscripción de contratos de Prestación de Servicios Profesionales y de Apoyo a la Gestión.
xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
Nota 1: Establecer si se requiere dar aplicación a las equivalencias establecidas en el acto administrativo vigente.
Nota 2: En el caso que se trate de un contrato para la prestación de servicios para la ejecución de trabajos artísticos que solo pueden encomendarse a determinadas personas naturales, deberá establecerse con claridad la justificación que da lugar a la selección de dicha persona natural.
|
7. SOPORTE QUE PERMITE LA TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN Y ASIGNACIÓN DE RIESGOS PREVISIBLES QUE PUEDAN AFECTAR EL EQUILIBRIO ECONÓMICO DEL CONTRATO |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Dando aplicación al numeral 6º del artículo 2.2.1.1.2.1.1 del Decreto 1082 de 2015, se realizó el análisis de riesgos de la contratación, así:
(Identifique los riesgos asociados al proceso de contratación o a la ejecución del contrato utilizando la metodología y la siguiente la matriz de Riesgos de Colombia Compra Eficiente).
|
8. ANÁLISIS DE RIESGOS LABORALES |
En el evento en que las actividades a realizar por el contratista se encuentren clasificadas en nivel de riesgo I, II y III el pago de los aportes a la ARL correrá por cuenta del contratista. Si las actividades se encuentran clasificadas en niveles de riesgo IV y V el pago correrá por cuenta de la Entidad.
El área que requiere la contratación debe indicar en esta casilla el nivel de riesgo laboral según las actividades del contrato de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 1607 de 2002 expedido por el Ministerio del Trabajo. También debe incluir la justificación de la clasificación del nivel del riesgo.
|
9.ANÁLISIS QUE SUSTENTA LA EXIGENCIA DE GARANTÍAS DESTINADAS A AMPARAR LOS PERJUICIOS DE NATURALEZA CONTRACTUAL O EXTRACONTRACTUAL |
||||||||
(A continuación, se indica el texto que acompaña la justificación de exigencia de garantías)
Para garantizar la prestación del servicio, el contratista deberá constituir a favor y a satisfacción de la UAERMV, con NIT 900.127.032.7, cualquiera de las garantías establecidas en el Artículo 2.2.1.2.3.1.2. del D. 1082 de 2015, para el cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato, según lo establecido en el artículo 7 de la Ley 1150 de 2007, y en el Libro 2 Parte 2 Capítulo 2 Titulo 1 Sección 3 del Decreto 1082 de 2015.
De acuerdo con lo establecido en el Artículo 2.2.1.2.1.4.5 del Decreto 1082 de 2015, la Entidad encuentra la necesidad de exigir una garantía que ampare el siguiente riesgo:
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El seguro de cumplimiento es uno de los mecanismos previstos por la ley, para proteger el patrimonio público de los perjuicios que se causen a la Entidad, a causa del incumplimiento por parte del contratista de las obligaciones que surgen del contrato celebrado. Al monto de esta garantía se imputará el valor de las multas y la cláusula penal, y se repondrá si por este motivo se disminuyere o agotare. El garante podrá subrogarse en las obligaciones del contratista para la UAERMV. La garantía deberá estar vigente hasta la liquidación del contrato, si hubiere lugar a ello.
En caso de que haya necesidad de adicionar, prorrogar o suspender la ejecución del contrato resultante, o en cualquier otro evento, el contratista se obliga a modificarla de acuerdo con las normas legales vigentes. El contratista deberá mantenerla vigente y será de su cargo el pago de todas las primas y demás erogaciones de la constitución. PARÁGRAFO: El contratista deberá realizar el cargue por medio de la plataforma SECOP II, de las garantías que constituya con ocasión del contrato.
(A continuación, se indica el texto que acompaña la justificación de la no exigencia de garantías)
En atención a la naturaleza las obligaciones derivadas de este contrato, su plazo de ejecución y el valor del mismo, y de acuerdo con los riesgos de la contratación identificados para el efecto, no se considera necesaria la constitución de garantía que ampare el cumplimiento de las obligaciones, lo anterior, por cuanto:
_______________________ (el área que requiere la contratación debe justificar la no exigencia de garantías, en atención a lo previsto en el art. 2.2.1.2.1.4.5. del D. 1082 del 2015)
|
10. INDICACIÓN DE SI LA PRESENTE CONTRATACIÓN ESTÁ COBIJADA POR UN ACUERDO INTERNACIONAL O UN TRATADO DE LIBRE COMERCIO VIGENTE PARA EL ESTADO COLOMBIANO |
N.A. |
11. ANEXOS |
Documentos técnicos o de soporte:
|
12. RESPONSABLES |
|
Responsable de la Dependencia generadora de la necesidad:
NOMBRE: xxxxxxxx
CARGO: xxxxxxxx |
FIRMA:
|
Profesional que proyecta:
XXXXXXX |
FIRMA:
|
Profesional de la Secretaría General que acompaña el proceso (cuando aplique):
XXXXXXX |
FIRMA:
|
Ordenador del gasto:
NOMBRE: xxxxxxxx
CARGO: xxxxxxxx |
FIRMA:
|
X xxxx 00 Xx. 00-00 Xxxxx 0, Xxxxx 7 y 8 CEMSA – C.P. 111321 CON-FM-035
PBX. 3779555 - Información: Línea 195 Página 9 de 9