FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO – FONADE
FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO – FONADE
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA
CONVENIO INTERADMINISTRATIVO No. 193048
LICITACIÓN PÚBLICA LP 011 – 2010
Contratar los servicios para adelantar las gestiones necesarias para el cobro pre jurídico y jurídico de las obligaciones incumplidas por los emprendedores, con ocasión al contrato de cooperación empresarial, suscritos con el Fondo Emprender a nivel nacional
PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO
BOGOTÁ D.C., MAYO DE 2010
PLIEGO DE CONDICIONES VERSIÓN 04/05/2010 16:55:00 | LICITACIÓN PÚBLICA No. 011- 2010 | CONTRATO DE GESTIÓN Y COBRO DE CARTERA |
TABLA DE CONTENIDO
CAPÍTULO PRIMERO 6
1. INFORMACIÓN GENERAL DEL PROCESO DE SELECCIÓN 6
1.1. INTRODUCCIÓN 6
1.2. OBJETO DEL PROCESO DE SELECCIÓN 7
1.3. LOCALIZACIÓN Y DESCRIPCIÓN GENERAL DEL PROYECTO 7
1.4 PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO 7
1.5 PLAZO DEL CONTRATO 8
1.6 FUENTES DE FINANCIACIÓN 8
1.7 RÉGIMEN JURÍDICO Y FUNDAMENTOS DE LA MODALIDAD DE SELECCIÓN 8
1.8 PROGRAMA PRESIDENCIAL “LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN” 8
1.9 DEFINICIONES GENERALES DE TÉRMINOS APLICABLES AL PRESENTE PROCESO. 8
CAPÍTULO SEGUNDO 12
2 DEL TRÁMITE DEL PROCESO DE SELECCIÓN 12
2.1. CRONOGRAMA GENERAL 12
2.2. DOCUMENTOS DEL PROCESO DE SELECCIÓN 14
2.3. COMUNICACIÓN CON LOS INTERESADOS Y PROPONENTES 14
2.4. ETAPA PRELIMINAR 14
2.4.1. OBSERVACIONES AL PROYECTO XX XXXXXX DE CONDICIONES 14
2.5. PROCESO DE SELECCIÓN 15
2.5.1. FASE INICIAL 15
2.5.1.1. Acto administrativo que ordena la apertura de la licitación 15
2.5.1.2. Publicación xxx xxxxxx de condiciones definitivo 15
2.5.1.3. Retiro xxx xxxxxx de condiciones 15
2.5.2. PLAZO DE LA LICITACIÓN 15
2.5.2.1. Inicio y cierre del término para presentar propuestas 15
2.5.2.2. Audiencias 16
2.5.2.2.1 Audiencia de Revisión de la Asignación de Riesgos Previsibles. 16
2.5.2.2.2 Audiencia de precisión del contenido y alcance xxx xxxxxx de condiciones. 16
2.5.2.3. Observaciones al proyecto pliego de condiciones 16
2.5.2.4. Modificación xxx xxxxxx de condiciones 16
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2.5.3. EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y DETERMINACIÓN DEL ORDEN DE ELEGIBILIDAD 16
2.5.3.1. Verificación de los requisitos habilitantes y término para presentar aclaraciones
17
2.5.3.2. Evaluación de los factores técnicos de escogencia 18
2.5.3.3. Observaciones al informe de evaluación 18
2.5.4 Audiencia pública, apertura de sobres económicos, determinación del orden de elegibilidad y adjudicación 18
2.5.4.1 VALORACIÓN DE LAS PROPUESTAS ECONÓMICAS 19
2.5.4.1.1 Evaluación Factor Económico. 19
2.5.4.2 Causales de rechazo 19
2.5.4.3 Desempate de propuestas 20
2.5.5 DEFINICIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN 21
2.5.5.1 Declaratoria de desierto 21
2.5.5.2 Adjudicación del contrato 21
2.6 SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO 21
CAPÍTULO TERCERO 22
3 DEL PROPONENTE Y SU PROPUESTA 22
3.1 CONDICIONES GENERALES 22
3.1.1 MODALIDADES DE PARTICIPACIÓN 22
3.1.2 RESPONSABILIDAD EN LA ELABORACIÓN DE LA PROPUESTA 22
3.1.3 VIGENCIA DE LA PROPUESTA 22
3.1.4 IDIOMA Y MONEDA DE LA PROPUESTA 22
3.1.5 PROPUESTAS ALTERNATIVAS O PARCIALES 22
3.1.6 DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTRANJERO 22
3.1.7 FORMA, IDENTIFICACIÓN Y ESTRUCTURA DE LA PROPUESTA 23
3.2 PRIMER COMPONENTE: REQUISITOS HABILITANTES 23
3.2.1 ASPECTOS JURÍDICOS DEL PROPONENTE 23
3.2.1.1 Carta de presentación de la propuesta 23
3.2.1.2 Acreditación de la existencia y la representación legal 24
3.2.1.3 Documento de constitución del consorcio o unión temporal 24
3.2.1.4 Capacidad de contratación (K) y capacidad residual (Kr) – Formato 06 25
3.2.1.5 Garantía de seriedad de la propuesta 25
3.2.1.6 Certificación de pagos al sistema de seguridad social y de aportes parafiscales 26
3.2.1.7 Reporte de certificado de registro de precios definitivo o temporal SICE 26
3.2.1.8 Reciprocidad 26
3.2.2 CAPACIDAD FINANCIERA DEL PROPONENTE 27
3.2.3 CONDICIONES DE EXPERIENCIA PROBABLE DEL PROPONENTE (E) 28
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3.2.4 CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN DEL PROPONENTE (CO) 29
3.3 SEGUNDO COMPONENTE: FACTORES TECNICOS Y ECONOMICOS DE ESCOGENCIA. 29
3.3.1 FACTOR TÉCNICO - (A). EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE 29
3.3.1.1. Acreditación y Valoración de la Experiencia Específica. 30
CAPÍTULO CUARTO 33
4 CONDICIONES CONTRACTUALES GENERALES 33
4.1 OBJETO 33
4.2 VALOR 33
4.2.1 FORMA DE PAGO 33
4.2.2 REGLAS COMUNES PARA LOS PAGOS Y LA ENTREGA DE RECURSOS 33
4.3 PLAZO DE EJECUCION DEL OBJETO CONTRACTUAL 33
4.3.1 ACTA DE INICIO 33
4.3.2 PRÓRROGA 34
4.3.3 SUSPENSIÓN 34
4.4 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 34
4.4.1 OBLIGACIONES DE CARÁCTER GENERAL 34
4.4.2 OBLIGACIONES RELACIONADAS CON LA ADMINISTRACIÓN DEL COBRO DE LA CARTERA. 34
4.4.3 OBLIGACIONES DE RESERVA O CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN 34
4.5 OBLIGACIONES DE FONADE 35
4.6 SUPERVISION 35
4.7. MULTAS 35
4.7.1 PROCEDIMIENTO PARA LA IMPOSICIÓN DE LAS MULTAS 36
4.8. CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA 36
4.9. CLÁUSULAS EXCEPCIONALES AL DERECHO COMÚN 36
4.10. DISTRIBUCIÓN DE RIESGOS CONTRACTUALES PREVISIBLES 37
4.10.1. TIPIFICACIÓN 37
4.11. GARANTÍAS 38
4.11.1. DE CUMPLIMIENTO 38
4.11.2. DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES LABORALES 38
4.11.3. DE CALIDAD EN EL SERVICIO ¡ERROR! MARCADOR NO DEFINIDO.
4.11.4. DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL ¡ERROR! MARCADOR NO DEFINIDO.
4.11.5. TÉRMINO PARA SU ENTREGA 38
4.11.6. REQUISITOS GENERALES 38
4.11.7. SUFICIENCIA DE LAS GARANTÍAS 38
4.12. CESIÓN 39
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4.13. SUBCONTRATOS 39
4.14. CONOCIMIENTO DEL CONTRATISTA SOBRE LAS CONDICIONES PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO 39
4.15. INDEMNIDAD 39
4.15.1. ARREGLO DIRECTO 39
4.16. PERFECCIONAMIENTO 40
4.17. REQUISITOS DE EJECUCIÓN 40
4.17.1. POR PARTE DEL CONTRATISTA 40
4.17.2. POR PARTE DE FONADE 40
4.18. TERMINACIÓN DEL CONTRATO 40
4.19. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR 40
4.20. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO 41
4.21. PUBLICACIÓN 41
4.23 CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN 41
4.24 PREVENCIÓN XX XXXXXX DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO 41
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PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO CAPÍTULO PRIMERO
INFORMACIÓN GENERAL DEL PROCESO DE SELECCIÓN
1.1. INTRODUCCIÓN
El FONDO EMPRENDER fue creado por la Ley 789 de 2002 como una cuenta independiente y especial adscrita al Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, el cual será administrado por esta entidad y cuyo objeto exclusivo será financiar iniciativas empresariales que provengan y sean desarrolladas por aprendices o asociaciones entre aprendices, practicantes universitarios o profesionales que su formación se esté desarrollando o se haya desarrollado en instituciones que para los efectos legales, sean reconocidas por el Estado de conformidad con las Leyes 30 de 1992 y 115 de 1994 y demás que las complementen, modifiquen o adicionen.
El Decreto 934 de 2003 por el cual se reglamenta el funcionamiento del FONDO EMPRENDER establece en su artículo 6 como funciones de la Dirección del FONDO EMPRENDER entre otras:
… “2. celebrar los convenios y contratos requeridos para que el FONDO EMPRENDER cumpla con su objeto.”
Por lo anterior fue suscrito el convenio interadministrativo No. 193048 entre FONADE y el Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, para el manejo de los recursos del FONDO EMPRENDER. En cumplimiento al objeto del mismo, la Junta Administradora del FONDO EMPRENDER autorizó la contratación de una firma CONTRATISTA especializada para efectuar todas las actividades que sean necesarias para obtener un pronto y efectivo recaudo de las obligaciones correspondientes a los planes de negocio del FONDO EMPRENDER que deben rembolsar los recursos o que solicitaron acuerdos de pago o se les determino incumplimiento de contrato según lo establecido en el ACUERDO 0007 XX XXXXX 02 DE 2005 por el cual se establece el reglamento interno del FONDO EMPRENDER así:
Artículo 4º. Calidad de los recursos. De conformidad con lo señalado en el artículo 40 de la Ley 789 de 2002, los recursos entregados por el FONDO EMPRENDER tendrán la calidad de capital semilla, no reembolsable, siempre y cuando la destinación que se les dé, corresponda a lo establecido en el plan de negocios aprobado por el Consejo Directivo del Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, en su calidad de Consejo de Administración del FONDO EMPRENDER y cumpla con los indicadores de gestión formulados en el mismo.
Artículo 8º. Causales de devolución. El Consejo Directivo del Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, en su calidad de Consejo de Administración del FONDO EMPRENDER podrá ordenar la devolución parcial o total de los recursos o suspender, reducir o retener la entrega de recursos, cuando el gerente administrador de recursos del FONDO EMPRENDER, informe sobre la ocurrencia de alguna de las siguientes causales:
1. Si se comprueba el incumplimiento de los indicadores de gestión establecidos.
2. Si se confirma que los recursos entregados por el FONDO EMPRENDER han sido o se están utilizando de manera diferente, parcial o totalmente, a los fines establecidos en el Plan de Negocio.
3. Suministro de información inexacta durante cualquiera de las etapas del proceso y que ésta haya incidido directamente en la asignación de los recursos.
4. Si se demuestra que alguno de los beneficiarios ha obtenido recursos del FONDO EMPRENDER para más de un plan de negocio.
5. Cuando el retiro de alguno de los integrantes del equipo de trabajo, afecta el cumplimiento de las condiciones exigidas en el artículo 1° del presente acuerdo, dará lugar a la suspensión de los desembolsos de los recursos por un período de hasta tres (3) meses contados a partir de la fecha de retiro del (los) integrante(s) hasta tanto no se subsane esta
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condición. Transcurrido el término anteriormente señalado sin que se subsane esta condición, la empresa devolverá la totalidad de los recursos entregados.
6. El no cumplimiento de las contrapartidas establecidas por el beneficiario en su plan de negocio.
Parágrafo. La aplicación de las medidas señaladas en el inciso primero del presente artículo, deberá ser evaluada teniendo en cuenta, en todo caso, la correcta utilización de los recursos del FONDO EMPRENDER.
Artículo 21. Control y evaluación de la inversión. El Gerente administrador de recursos del FONDO EMPRENDER, deberá realizar la Interventoría permanente a los planes de negocio financiados y presentar informes bimensuales de avance de ejecución de los mismos, al supervisor y coordinador por parte xxx Xxxx.
Adicionalmente, debe presentar un informe anual consolidado, sobre los resultados obtenidos por los planes de negocio beneficiados con los recursos del FONDO EMPRENDER, el cual contendrá, entre otros, los indicadores de gestión propuestos en los planes de negocio. El cumplimiento de los indicadores y resultados, servirá de soporte para que el Consejo Directivo xxx Xxxx, decida sobre el reembolso de los recursos asignados, en cuyo caso el Gerente administrador de recursos del FONDO EMPRENDER, deberá realizar la gestión necesaria para la recuperación de los recursos.
La Resolución 2509 del 09 de septiembre de 2009 emitida por el Director General xxx XXXX, determina el procedimiento a seguir para la recuperación de cartera y los mecanismos para realizar los acuerdos de pago con emprendedores, determinando en el administrador dicha obligación y estableciendo la necesidad de tener una firma que se encargue del control y manejo de este recaudo.
1.2. OBJETO DEL PROCESO DE SELECCIÓN
FONADE ha previsto la contratación de los servicios para adelantar las gestiones necesarias para el cobro pre jurídico y jurídico de las obligaciones incumplidas por los emprendedores, con ocasión al contrato de cooperación empresarial, suscritos con el Fondo Emprender a nivel nacional.
1.3. LOCALIZACIÓN Y DESCRIPCIÓN GENERAL DEL PROYECTO
Localización:
El domicilio contractual será en la ciudad de Bogotá D.C. La ejecución de los cobros a realizar a los beneficiarios del Fondo Emprender será en el Territorio Nacional.
Descripción del Proyecto:
El FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO - FONADE, en ejecución del
convenio 193048 suscrito con el SENA; está interesado en contratar la prestación de los servicios para que se adelanten las gestiones necesarias para obtener un pronto y efectivo recaudo de las obligaciones correspondientes a los planes de negocio del FONDO EMPRENDER que deben rembolsar los recursos de las obligaciones incumplidas por los emprendedores o que solicitaron acuerdos de pago o se les determino incumplimiento de contrato según lo establecido en el reglamento interno del FONDO EMPRENDER. Estos contratos de cooperación empresarial están sometidos a la jurisdicción civil ordinaria, es decir, el cobro jurídico es aquel donde interviene una autoridad judicial y el cobro prejurídico todas aquellas acciones necesarias para el cobro y recaudo de la cartera sin mediación judicial y previa al cobro jurídico.
1.4 PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO
Se ha estimado, para el cumplimiento del objeto del contrato derivado del presente proceso de selección, un presupuesto de hasta un mil ciento diez millones noventa mil pesos ($1.110.090.000) MCTE, en el cual se entiende incluido, los gastos de honorarios, IVA e impuestos que se causen y demás tributos por el hecho de su celebración, ejecución y liquidación. Así como gastos de cartera o expensas, y gastos de viajes (terrestres y aéreos) por desplazamientos a que haya lugar.
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1.5 PLAZO DEL CONTRATO
El plazo del contrato será a partir de la suscripción del acta de inicio, previa aprobación de las pólizas de cumplimiento por parte de FONADE y hasta el 31 de diciembre de 2010.
1.6 FUENTES DE FINANCIACIÓN
FONADE cuenta para el presente proceso de contratación con el (los) certificado(s) de disponibilidad presupuestal a continuación señalado(s):
No. CDP | Fecha CDP | Código Presupuestal | Centro de Costo | Descripción del Rubro | Monto |
5965 | 02−ene−2010 | 2−1−7−1−01−08−00−01 | 193048 | Honorarios | $1.300.000.000 |
Total | $1.300.000.000 |
Expedido(s) por el responsable del Fondo de Ejecución de Proyectos.
1.7 RÉGIMEN JURÍDICO Y FUNDAMENTOS DE LA MODALIDAD DE SELECCIÓN
El presente proceso de selección, así como el contrato que de él se derive están sujetos a la Constitución Política, al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, contenido en las leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007, y al presente pliego de condiciones. La modalidad de selección – licitación pública – fue adoptada teniendo en cuenta lo previsto en el numeral 1º del artículo 2º de la Ley 1150 de 2007, toda vez que el objeto del contrato cuya celebración se pretende es para un proyecto y el presupuesto oficial estimado es superior a la menor cuantía de la entidad, esto es, superior a mil (1.000) SMMLV, de acuerdo con las cuantías indicadas en el en el literal b. del numeral 2º del artículo 2º de la Ley 1150 de 2007
1.8 PROGRAMA PRESIDENCIAL “LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN”
Toda persona que llegue a conocer casos especiales de corrupción en las entidades del Estado debe reportar el hecho al Programa Presidencial “Lucha contra la Corrupción” a través de los teléfonos (0) 000 00 00, (0) 000 00 00 y (0) 000 00 00; al fax: (0) 000 00 00; a la línea gratuita nacional 01 8000 913 040; al sitio de denuncias del programa, en la página de Internet: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx; por correspondencia o personalmente en la Xxxxxxx 0 Xx. 0–00, Xxxxxx, X.X. También puede reportar el hecho a las páginas xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y/o xxx.XXXXXX.xxx.xx.
1.9 DEFINICIONES GENERALES DE TÉRMINOS APLICABLES AL PRESENTE PROCESO.
1. El valor xxx Xxxxxxx Mínimo Mensual Legal Vigente (SMMLV), a tener en cuenta para conversiones que se requieran en el desarrollo del presente proceso, para el K y el Presupuesto Oficial Estimado (XXX), será aquel vigente al año en que se presenta la propuesta, al resultado de la operación matemática que se realice para hacer esta conversión, se debe aplicar el procedimiento de redondeo indicado en este pliego.
2. A la totalidad de los resultados de cada una de las operaciones aritméticas que se realicen en desarrollo de este proceso, se les aplicará la metodología de redondeo a continuación señalada.
− Redondeo: Para el presente proceso, es el procedimiento mediante el cual se eliminan todos los decimales.
− Reglas de redondeo: Se aplican a la unidad situada en la siguiente posición al número entero al que se pretenda ajustar, es decir, a los dos primeros números decimales, así:
▪ Si los dos primeros decimales son mayor o igual que 50, el número entero se incrementará en una unidad. Ejemplo 1: 12,546891 = 13.
Ejemplo 2: 12,500891 = 13.
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▪ Si los dos primeros decimales son menores que 50, el número entero no se modifica.
Ejemplo 1: 12,499891 = 12.
Ejemplo 2: 12,407891 = 12.
Las únicas y exclusivas excepciones a la aplicación de esta regla, se presentarán en los siguientes casos: a) durante la asignación de puntaje que establece el literal e del numeral 2.5.3.4 “Audiencia pública de apertura de sobres económicos, determinación del orden de elegibilidad y adjudicación”. Procedimiento en el cual se tendrán en cuenta todos los decimales que sean necesarios para que no se presente empate; b) y en el cálculo de los factores financieros establecidos en el numeral 3.2.2.2
En el evento en que la fecha de cierre del término para presentar propuesta del presente proceso sea prorrogada mediante adenda, los documentos que en este pliego se requieran en términos relacionados con la fecha de cierre, este término se contará a partir de la primera fecha de cierre señalada en el cronograma xxx xxxxxx definitivo.
3. Normas y documentos aplicables al presente proceso relacionados con el Fondo Emprender: Los proponentes podrán consultar en los siguientes links toda la información sobre las normas que rigen al Fondo Emprender (tomado de xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx/):
Ley 789 de Diciembre 27 de 2002, Acuerdo 007 de julio 13 de 2004, Acuerdo 0015 de
diciembre 17 de 2004 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx/XxxxxXxxxxxxxxxxx/X/XXXXX_000_XX_XXXXXXXXX_00_XX_ 2002/LALEY_789_DE_DICIEMBRE_27_DE_2002.asp
Acuerdo 007 xx xxxxx 2 de 2005
xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx/XxxxxXxxxxx/Xxxxxxxxxx%00Xxxxxx/Xxxxxxx%0000000%00xx
%202005_1.doc
Acuerdo 3930 de 2006
xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx/xxxxxXxxxxx/Xxxxxxxxxx%00Xxxxxx/Xxxxxxx0000xx0000.xxx
Acuerdo 005 de 2007
xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx/XxxxxXxxxxx/Xxxxxxxxxx%00Xxxxxx/Xxxxxxx0,0000XX.xxx
Acuerdo 006 xx xxxxx 2 de 2006
xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx/XxxxxXxxxxx/Xxxxxxxxxx%00Xxxxxx/Xxxxxxx0,0000XX.xxx
Acuerdo 004 xx xxxxx 2 de 2009 http:ƒƒwww.fondoemprender.comƒBancoMediosƒDocumentos%20OfficeƒAcuerdo%20004%2 0del%202009.tif
Manual de Financiación del Fondo Emprender
xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxx%00XXX/XxxxxxXxxxxxxxxxxx.xxx
Manual de operación del Fondo Emprender xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx/xxxxxXxxxxx/Xxxxxxxxxx%00Xxxxxx/XxxxxxXxxxxxxxx0000. doc
Modificación al manual de financiación
xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx/xxxxxXxxxxx/xxxxxx/Xxxxxxxxxx%00Xx.%000000%00-
%20Modificación%20al%20Manual%20de%20Financiación
Modificación al manual de operación
xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx/xxxxxXxxxxx/xxxxxx/Xxxxxxxxxx%00Xx.%000000%00-
%20Modificación%20al%20Manual%20de%20Operación
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4. Documentación que se le entregará al proponente adjudicatario
a) Tipo de Garantía: El FONDO EMPRENDER cuenta con los pagarés en blanco firmados y las respectivas cartas de instrucciones (que constituyen garantía como título valor). Teniendo en cuenta la destinación de los recursos entregados al Emprendedor habrá una prenda para aquellos Planes de negocio que hayan adquirido un bien, según los establecido en el Manual de Financiación del FONDO EMPRENDER y sus modificaciones.
b) Antigüedad del título: Para el caso de los Pagarés, como estos se encuentran en blanco, con su respectiva carta de instrucción, se entiende que la antigüedad es cero (0). El pagaré se diligenciará teniendo en cuenta la carta de instrucciones y la fecha del mismo se registrará en la medida que se requiera hacer uso del título tal como se establece en el Anexo No. 2.
c) Procedimiento de la Garantía: Cuando se asignaron los recursos a los distintos Planes de Negocios, las garantías que soportan cada uno de los contratos de cooperación empresarial son las establecidas en el manual de operación del FONDO EMPRENDER
5. Definiciones.
Estudio financiero histórico y futuro del deudor, se refiere a la gestión que debe realizar el contratista y presentar a FONADE como parte de su metodología con el fin de precisar el estado de la cartera y así obtener la recuperación ágil de los recursos adeudados por cada Plan de Negocio
Titulares que puede tener una obligación o proyecto: La base de concentración por Plan de Negocios es variable teniendo en cuenta las condiciones habilitantes establecidos en el Manual de Operación del FONDOEMPRENDER y sus modificaciones para asignar recursos a cada Plan de Negocios, y por lo tanto, la conformación es de mínimo uno (1) y no hay un tope máximo por cuanto pueden conformarse Asociaciones
Acuerdo de pago a plazos: FONADE se encuentra interesado en que el cobro y recaudo de la cartera se haga efectivo antes o durante la etapa pre-jurídica, por tanto los acuerdos de pago deben considerar la fecha de finalización del contrato objeto de este proceso y los saldos de los créditos de los emprendedores. Para el cumplimiento se tendrá en cuenta el valor del recaudo mes a mes comprometido por el Contratista.
Localización de los deudores: En el Anexo No. 2 numerales 3.3.1.1 y 3.3.1.7 se enuncian las condiciones de gestión del cobro pre-jurídico, entre las cuales se encuentra las actividades relacionadas con la localización y contacto de los deudores, por lo tanto, FONADE será el receptor de la información soportada de los deudores que no han podido ser localizados
Gastos de transporte de bienes y avalúos peritazgos: Conforme la Resolución 2509 del 09 de septiembre de 2009 en el Artículo segundo numeral 5 se establece que los avalúos serán realizados por un técnico especialista (perito) xxx XXXX y el transporte de bienes será coordinado por las subdirecciones de los centros de formación xxx XXXX con el Fondo Emprender, los gastos producto de transporte de los bienes no corresponden al presente proceso
Plan de acción: El contratista debe presentar un Plan de Acción, la metodología a utilizar, el cronograma de trabajo con sus actividades y las metas proyectadas de recuperación de cartera, para dar inicio a la ejecución del contrato. Una vez realizado el primer diagnóstico deberá efectuar los ajustes respectivos, previo acuerdo y autorización de FONADE
Soportes físicos de pago: Evidencia que respalda el cumplimiento por parte de los deudores, la cual solo se soporta con la copia de cada consignación efectuada. FONADE dispondrá de una cuenta de recaudo nacional (a través del Banco de Bogotá) y que entregará al CONTRATISTA un nombre de usuario y contraseña para la consulta de los movimientos de la cuenta bancaria de manera que pueda efectuar el seguimiento a los compromisos de pagos suscritos con los emprendedores-deudores
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Bienes dados en dación de pago: En el Anexo No. 2 se establece claramente en el Cobro Pre- jurídico la suscripción de acuerdos de pago (entre estos se encuentran los acuerdos de pago con dación de pago) y el procedimiento se encuentra establecido en la Resolución No 2509 del 09 de septiembre de 2009, mediante el cual se especifican los parámetros para la entrega de los bienes dados en dación de pago.
Con respecto al acto con el que se oficializará el recaudo por concepto de bienes entregados en dación de pago, una vez cumplidos los numerales del 1 al 8 de la Resolución citada, el punto No. 9 señala que el perito (técnico xxx XXXX) entregará un informe en el cual indicará el avalúo del(os) bien(es) recibido(s). Adicionalmente, se reitera lo expuesto en el numeral 6) del Anexo No. 2 en el cual se indica que se conformará un Comité de Seguimiento que tendrá entre otras funciones la de coordinar las actividades que se requieran gestionar con el SENA
Recaudo: Acción de recaudar. Cobrar o percibir dinero
Gestión de Cobro: Acción y resultado de cobrar. Cobro de las obligaciones
Alcance del poder o mandato: De conformidad con lo establecido en los pliegos de condiciones para el proceso de cobro de cartera, es de advertir que, una vez culminado el proceso de cobro préjuridico y realizado el análisis de las obligaciones a las cuales se le va adelantar el proceso de cobro jurídico ante la justicia ordinaria, el SENA, otorgará un “PODER ESPECIAL” por cada obligación en particular. Dicho poder será otorgado para adelantar el proceso ejecutivo. Lo anterior, de conformidad con lo establecido en el Código Civil y el Código de Procedimiento Civil.
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CAPÍTULO SEGUNDO
2 DEL TRÁMITE DEL PROCESO DE SELECCIÓN
2.1. CRONOGRAMA GENERAL
ACTIVIDAD | OPORTUNIDAD | LUGAR | |
ETAPA PRELIMINAR | |||
A | Aviso a la Cámara de Comercio de Bogotá | Jueves, 18 xx Xxxxx de 2010 | Cámara de Comercio de Bogotá |
B | Aviso de convocatoria publica | Jueves, 00 xx Xxxxx xx 0000 | XXXXX - Xxxxxx único de contratación |
C | Publicación del proyecto xx xxxxxx de condiciones | Jueves, 00 xx Xxxxx xx 0000 | XXXXX - Xxxxxx único de contratación |
D | Observaciones al proyecto xx xxxxxx de condiciones | Desde el viernes, 19 xx Xxxxx de 2010 hasta el martes, 6 xx xxxxx de 2010 a las 5:00:00pm | De acuerdo con la establecido en el numeral 2.3. |
E | Respuesta a las observaciones al proyecto xx xxxxxx de condiciones | Parte 1: viernes, 09 xx Xxxxx de 2010 Parte 2: Viernes 00 xx xxxxx xx 0000 | XXXXX - Xxxxxx único de contratación |
PROCESO DE SELECCIÓN Fase Inicial | |||
F | Publicación de aviso en diario de amplia circulación | Domingo, 28 xx xxxxx de 2010 | Diario de amplia circulación nacional |
G | Expedición del acto administrativo que ordena la apertura del proceso de selección | martes, 0 xx Xxxx xx 0000 | XXXXX - Xxxxxx único de contratación |
H | Publicación xxx xxxxxx de condiciones definitivo | martes, 0 xx Xxxx xx 0000 | XXXXX - Xxxxxx único de contratación |
I | Retiro xxx xxxxxx de condiciones | miércoles, 5 xx Xxxx de 2010 a las 8:00am hasta el jueves 20 xx xxxx de 2010 | De conformidad con lo establecido en el numeral 2.5.1.3. |
J | Audiencia para la revisión de la Asignación de riesgos previsibles identificados | Jueves 6 xx Xxxx de 2010 03:00pm | XXXXXX (xxxxx 00 Xx. 00-00, Xxxxxx X.X. Auditorio). |
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PLAZO DE LA LICITACIÓN | |||||
K | Inicio del término para presentar propuestas | viernes, 7 xx Xxxx de 2010 | FONADE (calle 26 No. 13-19, Bogotá D.C.) sala de recepción de ofertas – Auditorio. | ||
L | Audiencia de precisión del contenido y alcance xxx xxxxxx de condiciones. | martes, 11 xx xxxx de 2010 a las 3:00pm | XXXXXX (xxxxx 00 Xx. 00-00, Xxxxxx X.X. Auditorio). | ||
M | Cierre del término para presentar propuestas | jueves, 20 xx xxxx de 2010 a las 3:00pm | XXXXXX (xxxxx 00 Xx. 00-00 Xxxxxx X.X., sala de entrega de propuestas - Auditorio). | ||
EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS | |||||
N | Solicitud aclaraciones | de | Durante toda la fase de evaluación de las propuestas | SECOP - Portal único de contratación | |
O | Publicación del Informe de evaluación. | Dentro de los seis (06) días hábiles siguientes al cierre del término para presentar propuestas | SECOP - Portal único de contratación | ||
P | Observaciones informe evaluación. | al | Por cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación del informe de evaluación hasta las 5:00 pm del último día. | Comunicación escrita dirigida al Área de Evaluación y Contratación de FONADE. | |
Q | Publicación de las observaciones al Informe de evaluación. | El día hábil siguiente del vencimiento del plazo para la presentación de observaciones al informe de evaluación. | SECOP - Portal único de contratación | ||
R | Documento de respuestas a las observaciones realizadas al informe de evaluación | Podrá ser publicado el día hábil anterior a la fecha de realización de la Audiencia Pública de apertura de sobres económicos. | SECOP – Portal único de contratación | ||
DEFINICIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN | |||||
S | Audiencia pública de apertura de sobres económicos y determinación del orden de elegibilidad y adjudicación. | Dentro de los seis (6) días hábiles siguientes de la publicación de las observaciones presentadas al informe de evaluación. | FONADE (calle 26, número 13.19, Auditorio FONADE). | ||
SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO | |||||
T | Suscripción del contrato | Dentro de los cinco hábiles siguientes al FONADE. | (5) aviso | días de | FONADE (calle 26, número 13.19, mezzanine). |
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2.2. DOCUMENTOS DEL PROCESO DE SELECCIÓN
Hacen parte del presente proceso de selección:
1) Los estudios y documentos previos.
2) El aviso de convocatoria pública.
3) El certificado de disponibilidad presupuestal
4) Este pliego de condiciones, junto con sus anexos y adendas.
5) Especificaciones técnicas
6) Las respuestas de aclaración emitidas por FONADE en los medios dispuestos para ello.
7) Las adendas emitidas por FONADE en los medios dispuestos para ello.
8) El acta de cierre del término para presentar propuestas.
9) Las propuestas que sean presentadas.
10) Las actas de audiencia.
11) Las solicitudes de aclaración a las propuestas y sus respectivas respuestas.
12) El informe de evaluación de los requisitos habilitantes y factores técnicos de escogencia, y las observaciones presentadas en relación con él.
13) Los actos administrativos que se expidan en desarrollo del proceso de selección, entre ellos, el que ordena su apertura, el de suspensión, el de revocatoria del acto que ordena la apertura y aquel por medio del cual se defina el proceso, esto es, de adjudicación o de declaratoria de desierto.
2.3. COMUNICACIÓN CON LOS INTERESADOS Y PROPONENTES
FONADE publicará en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP - PORTAL ÚNICO DE CONTRATACIÓN) la totalidad de los documentos relacionados en el numeral anterior y a tal publicación se encontrará sujeta su obligatoriedad frente a los interesados y proponentes.
Por regla general, los interesados y proponentes podrán enviar comunicaciones electrónicas a la siguiente dirección electrónica (xx0000000@xxxxxx.xxx.xx o radicarlas en el Centro de Radicación e Información de FONADE (en adelante CRIF), con la indicación clara del número de proceso al cual se refiere.
Sin embargo, cuando en este pliego de condiciones se imponga la obligación de presentar la documentación mediante otro o un único mecanismo, éste prevalecerá frente a lo regulado en el inciso anterior.
Las horas señaladas en el presente pliego de condiciones para la expedición de documentos por parte de FONADE y/o para la recepción de aquellos que deban ser presentados por los interesados o proponentes, se sujetarán a la hora legal de la República de Colombia señalada por la División de Metrología de la Superintendencia de Industria y Comercio.
2.4. ETAPA PRELIMINAR
El proyecto xx xxxxxx de condiciones será publicado en el SECOP - Portal único de contratación como lo indica el numeral 2.1. Cronograma General, junto con la publicación del aviso de convocatoria pública en el SECOP - Portal Único de Contratación.
2.4.1. Observaciones al proyecto xx xxxxxx de condiciones
En concordancia con el inciso 3 del artículo 9 del decreto 2474 los interesados y proponentes deberán, formular las observaciones frente al contenido y alcance xxx xxxxxx de condiciones que estimen pertinentes, de acuerdo con la regla general establecida en el numeral 2.3 (Comunicación con los interesados y proponentes) y dentro del término indicado en el numeral 2.1. (Cronograma General). Tales solicitudes serán publicadas en el SECOP - Portal único de contratación.
FONADE, mediante documento que será publicado de conformidad con lo establecido en el numeral 2.3 (Comunicación con los interesados y proponentes), responderá las observaciones formuladas, a más tardar en la fecha indicada en el Cronograma General.
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2.5. PROCESO DE SELECCIÓN
El presente proceso de selección inicia formalmente en la fecha de expedición del acto administrativo de que trata el numeral 1º del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, fecha que coincide con la de su publicación en el SECOP - Portal único de contratación.
El proceso de selección se encuentra dividido en las siguientes fases:
2.5.1. Fase Inicial
Comprende las actuaciones requeridas para la adecuada publicidad de la licitación pública antes del “inicio del término para presentar propuestas”, de conformidad con las normas legales y reglamentarias pertinentes.
2.5.1.1. Acto administrativo que ordena la apertura de la licitación
Mediante el acto administrativo, publicado en el SECOP - Portal único de contratación, esta entidad dispuso la apertura del presente proceso de selección.
2.5.1.2. Publicación xxx xxxxxx de condiciones definitivo
El acto administrativo que ordenó la apertura del proceso de selección LP011-2010, dispuso la publicación del presente pliego de condiciones, al cual se sujetará.
2.5.1.3. Retiro xxx xxxxxx de condiciones
El pliego de condiciones definitivo puede ser retirado u obtenido del SECOP- Portal único de contratación, sitio web donde se encuentra publicado con todos sus anexos desde la fecha indicada en el numeral 2.1 de este pliego.
2.5.2. Plazo de la licitación
El plazo de la presente licitación será aquel término que transcurrirá entre la fecha a partir de la cual se podrán presentar propuestas y la de su cierre.
2.5.2.1. Inicio y cierre del término para presentar propuestas
De acuerdo con las fechas establecidas en el Cronograma General (numeral 2.1), en las casillas correspondientes a “inicio del término para presentar propuestas” y “cierre del término para presentar propuestas”, los interesados podrán presentar sus propuestas, de acuerdo con las siguientes reglas:
a. Las propuestas deberán ser entregadas de conformidad con las fechas indicadas en el numeral 2.1. Cronograma General, en FONADE, ubicado en la siguiente dirección: Calle 26 No. 13.19, Sala de recepción de ofertas - Auditorio, Bogotá D.C., República de Colombia, salvo lo dispuesto en el literal e) del presente numeral.
b. Para la recepción de la propuesta, el proponente –o la persona delegada para esos efectos- deberá diligenciar el formato de registro ante la persona designada por FONADE. Una vez registrado, el sobre contentivo de la propuesta económica permanecerá en el sitio dispuesto para su reserva y custodia, el cual sólo será abierto en la audiencia pública de que trata el numeral 2.5.4.
c. Si el día y hora exactos previstos para el “cierre del término para presentar propuestas”, la oferta de que se trate se encuentra en el lugar indicado en el literal a) anterior, la misma se entenderá recibida en tiempo.
d. Una vez vencido el término para presentar propuestas, se llevará a cabo en la sala de recepción de ofertas (Auditorio), el acto público de apertura del original del sobre No. 1 de todas y cada una de las propuestas presentadas dentro del plazo establecido en el numeral
2.1. De este acto se levantará un acta suscrita por los asistentes en la cual se consignará: el nombre o razón social del proponente, fecha y hora de la presentación de la propuesta, si la carta de presentación está incluida y firmada, el numero de folios, el numero de la garantía de seriedad de la propuesta adjunta y las observaciones, si las hubiese.
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e. Las propuestas enviadas por correo sólo serán aceptadas si tal envío se realiza utilizando servicios de mensajería especializada, de conformidad con lo establecido en el decreto 229 de 1995 o las normas que lo modifiquen. La fecha y hora de entrega de las propuestas así remitidas será la de su radicación en el CRIF. Las propuestas se entenderán recibidas oportunamente siempre que la fecha y hora de recepción no sean anteriores a la fecha y hora establecidas para el “inicio del término para presentar propuestas”, ni posteriores a la fecha y hora previstas para el “cierre del término para presentar propuestas”, de acuerdo con el numeral 2.1 (Cronograma General).
2.5.2.2. Audiencias
2.5.2.2.1 Audiencia de Revisión de la Asignación de Riesgos Previsibles.
En la fecha y hora establecida en el 2.1 (Cronograma General) se realizará Audiencia en la cual los interesados en presentar ofertas, deberán pronunciarse sobre la tipificación, distribución y Asignación de Riesgos Previsibles.
De todo lo actuado se levantará un acta que será publicada en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP - Portal único de contratación).
Producto de la audiencia la entidad podrá modificar la distribución de riesgos propuesta, para lo cual expedirá la adenda correspondiente.
2.5.2.2.2 Audiencia de precisión del contenido y alcance xxx xxxxxx de condiciones.
En la fecha y hora establecidas en el numeral 2.1 (Cronograma General), se llevará a cabo audiencia pública en la cual se realizará la presentación general del proyecto. En la misma audiencia, serán absueltas las solicitudes de aclaración formuladas por los asistentes en relación con el contenido y alcance xxx xxxxxx de condiciones.
De todo lo actuado se levantará un acta que será publicada en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP - Portal único de contratación).
Las solicitudes que no sean resueltas en la respectiva audiencia lo serán en documento que será publicado en la página web del SECOP a más tardar dentro de los dos (2), días hábiles siguientes a la realización de la audiencia.
2.5.2.3. Observaciones al proyecto pliego de condiciones
De acuerdo con lo establecido en el numeral 2.4.1 del presente pliego de condiciones.
2.5.2.4. Modificación xxx xxxxxx de condiciones
FONADE podrá modificar el presente pliego de condiciones únicamente mediante adenda que será publicada de acuerdo con lo señalado en el numeral 2.3 (Comunicación con los interesados y proponentes).
Con posteridad al “cierre del término para presentar propuestas”, FONADE podrá modificar el Cronograma General, exclusivamente, mediante comunicación escrita que publicará de acuerdo con lo establecido en el numeral 2.3, con sujeción a las normas legales y reglamentarias pertinentes.
2.5.3. Evaluación de las propuestas y determinación del orden de elegibilidad
El comité asesor y evaluador designado por FONADE para el presente proceso será el órgano responsable de la evaluación de la totalidad de las propuestas presentadas y de la determinación del orden de elegibilidad de las mismas, con sujeción a lo establecido en el presente pliego de condiciones. El comité asesor y evaluador presentará ante el funcionario competente para realizar la adjudicación del contrato objeto del presente proceso de selección, la recomendación que corresponda, la cual se ajustará a los resultados contenidos en el informe de la evaluación de los requisitos habilitantes y de los factores técnicos de escogencia, así como al orden de elegibilidad que se determine.
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En una primera fase serán evaluados los requisitos habilitantes y los factores técnicos de escogencia. Posteriormente, en una segunda fase y en audiencia pública, se procederá a la apertura de los sobres económicos de las propuestas habilitadas y que hayan dado cumplimiento a los factores técnicos exigidos.
La primera fase finalizará con el documento de evaluación de los requisitos habilitantes y de los factores técnicos de escogencia. La segunda, por su parte, finalizará con la evaluación de las propuestas económicas. Culminadas las fases y obtenidos los puntajes correspondientes de la segunda fase se determinará el orden de elegibilidad de las propuestas, y aquellas que hayan ocupado el primer y segundo lugares se les realizará la revisión total de la propuesta económica, de acuerdo con el procedimiento definido en el numeral 2.5.4.
La evaluación de las propuestas se resume en el siguiente cuadro general:
FACTORES DE EVALUACIÓN | CALIFICACIÓN | |
PRIMERA FASE | Requisitos habilitantes | Habilitado/No habilitado |
Factores técnicos de escogencia | Máximo 300 puntos (numeral 3.3.1) | |
SEGUNDA FASE | Propuesta económica | Máximo 700 puntos |
PUNTAJE MÁXIMO TOTAL | 1.000 Puntos |
2.5.3.1. Verificación de los requisitos habilitantes y término para presentar aclaraciones
El Comité asesor y Evaluador verificará el cumplimiento de las exigencias relativas a la capacidad jurídica, la capacidad financiera, la capacidad organizacional y las condiciones de experiencia de los proponentes, para lo cual podrá solicitar, si resulta necesario, la aclaración de los mismos.
FONADE se reserva el derecho de verificar integralmente la autenticidad, exactitud y coherencia de la información aportada por el proponente, pudiendo acudir para ello a las personas, empresas o entidades respectivas de donde provenga la información.
FONADE se reserva el derecho de verificar y solicitar complementar, subsanar o aclarar la información presentada por el proponente para la acreditación de las exigencias establecidas en el presente pliego de condiciones, en cualquier estado en que se encuentre el proceso de selección.
La respuesta a la solicitud de aclaraciones deberá ser presentada por el proponente dentro del plazo que dadas las condiciones particulares del requerimiento, conceda el comité asesor y evaluador.
A continuación se presentan los requisitos habilitantes que deberán cumplir los proponentes para continuar en la evaluación. El contenido de cada uno de los requisitos habilitantes se desarrollan en el capítulo 3.
1. Aspectos jurídicos (ver numeral 3.2.1):
x. Xxxxx de presentación de la propuesta
b. Acreditación de la existencia y la representación legal
c. Documento de constitución del consorcio o unión temporal
d. Capacidad de contratación (K) y capacidad residual de contratación (Kr)
e. Garantía de seriedad de la oferta
f. Certificación de pagos al sistema de seguridad social y de aportes parafiscales
g. Reporte de certificado de registro de precios
h. Reciprocidad
2. Capacidad financiera (ver numeral 3.2.2):
a. Capital de trabajo
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b. Índice de Liquidez
c. Nivel de endeudamiento
3. Condiciones de Experiencia Probable del proponente (E), (ver numeral 3.2.3):
4. Capacidad Organizacional del proponente (Co). (ver numeral 3.2.4)
En los casos en que se solicite aclarar, subsanar o presentar documentación relacionada con las exigencias contenidas en los numerales 3.2.1.2 y 3.2.1.4 la fecha límite para su expedición será referida a la fecha de su presentación, sin que por esta circunstancia sea posible acreditar hechos ocurridos con posterioridad a la fecha establecida para el cierre del término para presentar propuestas
Producto de la verificación señalada, el comité asesor y evaluador de FONADE determinará cuáles proponentes se encuentran habilitados para continuar en el proceso de selección y así lo indicará en el informe de evaluación correspondiente. El resultado de la verificación será de “habilitado” o “no habilitado”.
2.5.3.2. Evaluación de los factores técnicos de escogencia
El Comité asesor y Evaluador, evaluarán y calificarán el factor técnico de escogencia de acuerdo con los requerimientos y puntajes señalados en el numeral 3.3.1 del presente pliego de condiciones, para lo cual podrá solicitar, si resulta necesario, la aclaración de los mismos, sin que con ello se pueda completar, adicionar, modificar o mejorar la oferta. La documentación solicitada o aquella que bajo los mismo términos aporte el proponente debe corresponder a los proyectos relacionados en la propuesta, razón por la cual, no podrá solicitarse, ni aceptarse el aporte de documentos de proyectos diferentes a los allí aportados.
En ningún caso podrá solicitarse complementar o subsanar información correspondiente a los factores técnicos de escogencia.
La respuesta a la solicitud de aclaraciones deberá ser presentada por el proponente dentro del plazo que dadas las condiciones particulares del requerimiento, conceda el comité asesor y evaluador.
Producto de la evaluación realizada, el comité asesor determinará el orden de calificación de los proponentes.
La mejor propuesta será la que obtenga el puntaje más alto y, por tanto, será ella quien ocupe el primer lugar en el orden de calificación.
2.5.3.3. Observaciones al informe de evaluación
El informe de evaluación de los requisitos habilitantes y factores técnicos de escogencia de las propuestas será publicado en la fecha indicada en el numeral 2.1 Cronograma General.
Dentro del término señalado en el numeral 2.1. Cronograma general y hasta las 17:00:00 horas del último día establecido, podrán presentarse las observaciones correspondientes por los proponentes e interesados, de conformidad con el numeral 2.3.
Vencido el término señalado para presentar las observaciones al informe de evaluación de requisitos habilitantes y factores técnicos de escogencia, estas serán publicadas como lo señala el numeral 2.1 Cronograma General.
El documento de respuestas a las observaciones realizadas al informe de evaluación podrá ser publicado el día hábil anterior a la fecha de realización de la audiencia pública de apertura de sobres económicos.
2.5.4 Audiencia pública, apertura de sobres económicos, determinación del orden de elegibilidad y adjudicación
La audiencia se sujetará al protocolo señalado en la resolución No. 237 del 15 de julio de 2009.
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En la fecha señalada en el numeral 2.1. Cronograma general del presente proceso de selección, se adelantará la audiencia pública de apertura de sobres económicos, determinación del orden de elegibilidad y adjudicación, teniendo en cuenta el siguiente procedimiento:
El Comité Asesor y evaluador, en primera instancia, presentará las respuestas a las observaciones formuladas frente al informe de evaluación de los requisitos habilitantes y factores técnicos de escogencia, en el evento de que el documento de respuesta no haya sido publicado, si lo fue, este acto se obvia. Acto seguido, se otorgará a los proponentes y demás interesados la oportunidad para pronunciarse por una sola vez, sobre el informe de evaluación y de tales respuestas.
Luego, se procederá a la presentación de los resultados definitivos de la evaluación de los requisitos habilitantes y de los factores técnicos de escogencia.
En caso de presentarse pronunciamientos que, a juicio del jefe de la entidad o su delegado, requieran de análisis y cuya solución pueda incidir en el sentido de la decisión por adoptar, la audiencia podrá ser suspendida por el término razonablemente necesario para la verificación de los asuntos debatidos y la comprobación de lo alegado.
Realizadas las anteriores actividades, se dará paso a la valoración de las propuestas económicas, teniendo en cuenta primero la siguiente consideración:
En el caso en que se hubiese presentado una única propuesta y ésta haya resultado “habilitada” y tenga una calificación de “cumple” o en el evento en que de las varias propuestas presentadas sólo una cumpla con tales condiciones, a la misma le será asignado el máximo puntaje establecido para la calificación de las propuestas económicas y ocupará el primer orden de elegibilidad sin necesidad de sortear la aplicación de mecanismo alguno, previas las verificaciones correspondientes en relación con el cumplimiento de las condiciones económicas exigidas para la propuesta económica
2.5.4.1 Valoración de las Propuestas Económicas
Para los casos en los que más de una propuesta resulte habilitada, el procedimiento será el siguiente:
2.5.4.1.1 Evaluación Factor Económico.
El Comité asesor y evaluador realizará la correspondiente revisión y verificación del Formato 07 presentado por el proponente, de conformidad con el pliego de condiciones y si es necesario hará las correcciones matemáticas del caso.
A la totalidad de los resultados de las operaciones matemáticas realizadas se les aplicará el procedimiento de redondeo establecido en el presente pliego de condiciones, si resulta necesario.
El Comité asesor y evaluador asignará setecientos (700) puntos a la oferta cuyo valor de la propuesta económica (incluida si es el caso la corrección matemática), sea el más bajo y a las demás ofertas se les asignará el puntaje en forma inversamente proporcional según el procedimiento señalado en el numeral 3.3.2.7.
Una vez se tengan asignados los puntos a cada uno de los oferentes se constituye la lista de elegibilidad.
El primer lugar en el orden de elegibilidad lo ocupará la propuesta que haya obtenido el mayor puntaje, y el segundo lugar el proponente que obtenga el puntaje inmediatamente inferior al que ocupo el primer lugar. Las propuestas que no ocupen tales lugares serán consideradas como “no favorables” y serán rechazadas.
2.5.4.2 Causales de rechazo
FONADE rechazará las propuestas, únicamente, en los siguientes casos:
a. Cuando el proponente no cumpla con alguno de los requisitos habilitantes para participar en el proceso de selección, sea calificado como “no cumple” en los factores de escogencia o su propuesta sea considerada “no favorable”.
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b. Cuando el comité asesor y evaluador haya solicitado presentar algún documento o subsanar o aclarar alguna información necesaria para el cumplimiento de los requisitos habilitantes, y el proponente no aporte, subsane o aclare lo pertinente, en los plazos y condiciones señalados por el comité asesor y evaluador.
c. Cuando FONADE, en cualquier estado del proceso de selección, evidencie una inexactitud en la información contenida en la propuesta que, de haber sido advertida al momento de la verificación de dicha información, no le hubiera permitido al proponente cumplir con uno o varios de los requisitos habilitantes o técnicos.
d. Cuando la propuesta sea presentada luego de la fecha y hora exactas señaladas para el cierre del término para presentar propuestas.
e. Cuando la propuesta sea alternativa o parcial, o cuando en ella se formulen condiciones contractuales diferentes a las establecidas en el presente pliego de condiciones.
f. Cuando, presentada la propuesta mediante consorcio, unión temporal, o cualquier otra modalidad de propuesta conjunta, luego de la fecha señalada para la entrega de propuestas, se modifique el porcentaje de participación de uno o varios de sus integrantes, o uno o algunos de ellos desista o sea excluido de participar en el consorcio, unión temporal o la modalidad de asociación escogida.
g. Cuando el proponente o uno de los integrantes del consorcio o unión temporal no cuente con la capacidad jurídica suficiente para la presentación de la oferta.
h. Cuando el proponente o uno de los integrantes del consorcio o unión temporal se encuentre incurso en alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad previstas en la Constitución y la Ley.
i. Cuando una persona natural o jurídica participe o tenga interés en más de una propuesta, bien sea como proponente individual, como socio o representante legal de una persona jurídica, o como integrante de un consorcio o unión temporal. En este caso, se rechazarán todas las propuestas que incurran en la situación descrita
j. Cuando el proponente, persona natural o jurídica, o uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, sea partícipe en la conformación de otra persona jurídica que participe en el mismo proceso de selección. En este caso se rechazarán todas las propuestas que incurran en la situación descrita.
k. Cuando no se presente la propuesta económica.
l. Cuando, en la propuesta económica, se presente algún valor en moneda extranjera.
m. Cuando en la evaluación económica, el proponente presente en la propuesta económica impresa o en la resultante de la verificación aritmética un valor total superior al 100% del presupuesto oficial estimado
n. Cuando en la propuesta económica no se consigne dato alguno por concepto de valor unitario y/o IVA.
o. Cuando el proponente, en la propuesta económica impresa, no diligencie, o consigne cero pesos ($0), en la casilla correspondiente al precio indicado en el formato 07
p. Cuando no se presente la garantía de seriedad de forma simultánea con la oferta o cuando no se ajuste en tiempo, la vigencia de la garantía de seriedad, en el evento que en el proceso supere el término de la vigencia inicial.
2.5.4.3 Desempate de propuestas
En caso de empate, FONADE aplicará los siguientes criterios de desempate:
a. Se utilizará como instrumento de desempate, el sorteo por medio de balotas en el cual los participantes señalarán el mecanismo que deseen. (Balota con mayor numero, con menor número, etc.) para escoger el adjudicatario.
b. Si luego de realizado el desempate en el cual se determina la recomendación de adjudicación, y para efectos de establecer el segundo lugar en el proceso de selección, dos o más proponentes continúan empatados, el comité asesor y evaluador aplicará las reglas de desempate establecidas en el presente numeral
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2.5.5 Definición del proceso de selección
2.5.5.1 Declaratoria de desierto
FONADE declarará desierto el proceso de selección, únicamente, cuando:
a. Existan motivos o causas que impidan la escogencia objetiva de una propuesta.
b. No se presente ninguna propuesta.
c. Habiéndose presentado únicamente una propuesta, ésta incurra en alguna causal de rechazo.
d. Habiéndose presentado más de una propuesta, ninguna de ellas se ajuste a los requerimientos y condiciones consignados en este pliego de condiciones.
e. En caso de que ninguno de los proponentes haya ampliado la vigencia de su propuesta en el evento en que el proceso de selección supere el término de vigencia de las propuestas.
2.5.5.2 Adjudicación del contrato
En la audiencia pública dispuesta para el efecto, el representante legal de FONADE, o su delegado, adjudicará el contrato objeto del presente proceso de selección, mediante acto administrativo motivado, al proponente que, de conformidad con el pliego de condiciones, ocupe el primer lugar en el orden de elegibilidad, el cual se entenderá notificado del contenido del acto en dicha audiencia.
2.6 SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
Para la suscripción del contrato el proponente adjudicatario deberá haber entregado previamente la siguiente información:
• Cuando el proponente es persona natural o Jurídica:
o Formato de creación terceros. Lo pueden consultar en la página Web de FONADE en el siguiente link: xxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx/xXxxxxxx/xxxxxxx/xxxxxxxxx/XxxXxxxXx000Xxxx mentNo12503.XLS
o RUT.
o Certificación Bancaria
• Cuando el proponente es Consorcio o Unión Temporal:
o Formato de creación terceros diligenciado por cada uno de los integrantes. Lo pueden consultar en la página Web de FONADE en el siguiente link: xxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx/xXxxxxxx/xxxxxxx/xxxxxxxxx/XxxXxxxXx000Xxxx mentNo12503.XLS
o RUT de cada uno de los integrantes
o El Nit del Consorcio o Unión Temporal registrado ante la DIAN
o Certificación Bancaria
El proponente deberá presentarse ante FONADE, con el fin de firmar el respectivo contrato, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al aviso que, para el efecto, le dé la entidad.
En los eventos en que el proponente no proceda a la suscripción del contrato, le sobrevenga una inhabilidad o incompatibilidad o se demuestre que el acto administrativo de adjudicación se obtuvo por medios ilegales, FONADE podrá revocarlo y, en el mismo acto de revocatoria, podrá adjudicar el respectivo contrato al proponente que haya ocupado el segundo lugar, conforme a lo previsto en el artículo 30 de la Ley 80 de 1993 y en el artículo 9º de la Ley 1150 de 2007.
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CAPÍTULO TERCERO
3 DEL PROPONENTE Y SU PROPUESTA
3.1 CONDICIONES GENERALES
3.1.1 Modalidades de participación
Podrán participar en esta licitación Personas Naturales, Jurídicas, públicas o privadas, nacionales, consorcios o uniones temporales.
3.1.2 Responsabilidad en la elaboración de la propuesta
Los proponentes deberán elaborar por su cuenta y riesgo la propuesta, de acuerdo con lo solicitado en este pliego de condiciones, el cual hará parte integral del contrato. Se considera como documento oficial del proceso de selección el pliego de condiciones publicado en la Portal Único de Contratación (xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx).
La presentación de la propuesta lleva implícitos el conocimiento y la aceptación, por parte de proponente, de todas las condiciones conforme a las cuales se ejecutará el contrato, de tal manera que la propuesta presentada deberá reflejar la totalidad de los costos en que se incurrirá para alcanzar la realización del objeto del contrato derivado de este proceso de selección.
3.1.3 Vigencia de la propuesta
La propuesta deberá permanecer vigente por un período mínimo de noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha prevista para el cierre del término para presentar propuestas. FONADE podrá solicitar, si ello fuere necesario, la ampliación de la vigencia de la propuesta y, por ende, la ampliación de la garantía de seriedad de la misma, por el término que se requiera.
Durante el período de su vigencia, la propuesta será irrevocable, de tal manera que el proponente no podrá retirarla, ni modificar los términos o condiciones de la misma, so pena de que FONADE haga efectiva la garantía de seriedad de la propuesta, de acuerdo con lo establecido en el numeral 3.2.1.5.
Si por cualquier circunstancia se amplía el trámite del proceso de selección y el proponente presenta una ampliación a la garantía de seriedad de la propuesta que comprenda tal ampliación, se entenderá que amplía su propuesta y mantiene la totalidad de sus condiciones.
En el evento en que el proceso de selección supere el término de vigencia de las propuestas exigido en este numeral y alguna(s) propuesta(s) venza(n) sin que el(los) proponente(s) la(s) haya(n) ampliado y/o sin que haya(n) ampliado la vigencia de la garantía de seriedad de la propuesta, se entenderá que desiste(n) de participar en el proceso de selección.
3.1.4 Idioma y moneda de la propuesta
Toda la información y datos que tenga que presentar el proponente en su propuesta deberán estar en idioma castellano. En los casos en que deba aportar información que se encuentre en un idioma diferente, deberá presentar su correspondiente traducción al castellano.
Todos los valores que se estimen en la propuesta económica deberán presentarse en pesos colombianos, so pena de dar aplicación de lo establecido en el numeral 2.5.4.2
3.1.5 Propuestas alternativas o parciales
No se aceptarán propuestas alternativas ni parciales.
3.1.6 Documentos otorgados en el extranjero
Los documentos públicos otorgados en el extranjero deberán cumplir con los requisitos previstos en los artículos 259 y 260 del Código de Procedimiento Civil Colombiano y 480 del Código de Comercio Colombiano o con el requisito de la apostille contemplado en la Ley 455 de 1998, según sea el caso, siempre que de conformidad con dichas disposiciones así se requiera.
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3.1.7 Forma, identificación y estructura de la propuesta
La propuesta debe ser presentada en idioma español, escrita por cualquier medio mecánico, numeradas en la parte inferior todas las hojas que contiene, cada una de ellas conformará un folio. En tres (3), sobres separados cerrados e identificados, La documentación del sobre No. 1 y del sobre No 2 debe estar debidamente legajada o argollada de tal forma que no exista posibilidad de pérdida de documentos.
Sobre No. 1: Requisitos habilitantes y factores técnicos de escogencia – Original
SE DEBE ANEXAR EN MEDIO MAGNÉTICO EL CONTENIDO DEL FORMATO N° 03 DEBIDAMENTE DILIGENCIADO
Sobre No. 2: Propuesta económica
Sobre No. 3: Debe contener un CD, en el cual se almacene digitalizada la información del sobre No. 1 (Requisitos habilitantes y factores técnicos de escogencia)
Estos sobres se deberán identificar, cada uno, de la siguiente manera:
FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO - FONADE
Propuesta Pública de Contrato LP 011 - 2010
Contratar los servicios para adelantar las gestiones necesarias para el cobro pre jurídico y jurídico de las obligaciones incumplidas por los emprendedores, con ocasión al contrato de cooperación empresarial, suscritos con el Fondo Emprender a nivel nacional.
Proponente:
Dirección, Ciudad, Teléfono, Fax Sobre No:
Contenido:
Si se presenta alguna discrepancia entre el contenido del sobre No. 1 y el contenido del sobre No. 3, prevalecerá el correspondiente al sobre No. 1, salvo que, con la información contenida en el sobre No. 3, que no haya sido incluida en el sobre No. 1, el proponente acredite algún o algunos de los requisitos exigidos en el presente pliego de condiciones. En este último caso, FONADE podrá solicitar las aclaraciones que correspondan.
Si se presentan discrepancias entre cantidades expresadas en letras y en números, prevalecerán las cantidades expresadas en letras.
Las anteriores reglas serán aplicables siempre que de las discrepancias no se advierta la existencia de inexactitudes en la propuesta que den lugar a la aplicación de lo establecido en el numeral 2.5.4.2.
3.2 PRIMER COMPONENTE: REQUISITOS HABILITANTES
3.2.1 Aspectos jurídicos del proponente
3.2.1.1 Carta de presentación de la propuesta
De acuerdo con el contenido del formato 01 suministrado, la carta de presentación de la propuesta debe estar suscrita por la persona natural o por el representante legal de la persona jurídica o por el representante designado por los miembros del consorcio o de la unión temporal. Se deberá anexar copia de la cédula de ciudadanía de quien suscribe la propuesta.
Quien suscriba la carta de presentación de la propuesta deberá:
a. Persona jurídica: Tener la calidad de representante legal o apoderado del proponente, con facultad expresa de actuar en nombre y representación del mismo. En este último caso, la facultad de representación debe comprender las de presentar la propuesta, celebrar el contrato (en caso de resultar adjudicatario) y liquidarlo. Si la presentación de la propuesta implica la transgresión del deber establecido en el numeral 7º del artículo 23 de la ley 222
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de 1995, el proponente individual o el integrante de la propuesta conjunta deberá, además, allegar autorización de la junta de socios o asamblea general de accionistas, según corresponda.
b. Consorcio o unión temporal: Tener la calidad de representante del consorcio o unión temporal, con facultad expresa de actuar en nombre y representación del mismo. Tal facultad de representación debe comprender las de presentar la propuesta, celebrar el contrato (en caso de resultar adjudicatarios) y liquidarlo.
3.2.1.2 Acreditación de la existencia y la representación legal
Los proponentes que tengan la calidad de personas jurídicas deberán presentar el certificado de existencia y representación legal, o sus documentos equivalentes en caso de personas jurídicas extranjeras, expedido dentro del mes anterior a la fecha señalada para el cierre del término para presentar propuestas, donde conste que el objeto social permite presentar la propuesta respectiva y celebrar y ejecutar el contrato objeto del presente proceso de selección. Así mismo, en tal documento deberá constar que la duración de la sociedad no es inferior a la duración del contrato objeto del presente proceso de selección y dos (2) años más. Deberá adjuntarse fotocopia del documento de identificación del representante legal de la persona jurídica.
Si el representante legal de la sociedad tiene restricciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, deberá adjuntarse el documento de autorización expresa del órgano competente, documento este que para los efectos del presente proceso es insubsanable
Los proponentes que tengan la calidad de personas naturales deberán presentar fotocopia de su documento de identificación. Las propuestas presentadas por personas naturales de origen extranjero que se encuentren dentro del país, deberán estar acompañadas de la autorización correspondiente, expedida de conformidad con las normas de control migratorio vigentes.
Las sociedades extranjeras sin sucursal en Colombia deberán acreditar que cuentan con un apoderado debidamente constituido, con domicilio en Colombia y ampliamente facultado para representarlas judicial o extrajudicialmente hasta la constitución de la sucursal en Colombia, en caso de resultar aceptada su propuesta, de conformidad con lo señalado en el título VIII del Libro II del Código de Comercio Colombiano.
Los proponentes plurales (uniones temporales o consorcios) deberán presentar el certificado de existencia y representación legal de las personas jurídicas y/o la fotocopia de la cédula de ciudadanía de las personas naturales que los conforman. En caso de que uno o varios de los integrantes de la forma conjunta sea una persona natural de origen extranjero o una sociedad extranjera sin sucursal en Colombia, la propuesta deberá acompañarse de los documentos indicados en los dos párrafos precedentes, según corresponda.
3.2.1.3 Documento de constitución del consorcio o unión temporal
El proponente, con la propuesta, deberá anexar un documento suscrito por todos los integrantes de la forma asociativa escogida, o por sus representantes debidamente facultados, en el que conste la constitución de la unión temporal o el consorcio, según corresponda, en el cual se exprese lo siguiente:
a. Identificación de cada uno de sus integrantes: Nombre o razón social, tipo y número del documento de identificación y domicilio.
b. Designación del representante: Deberán constar su identificación y las facultades de representación, entre ellas, la de presentar la propuesta correspondiente al presente proceso de selección y las de celebrar, modificar y liquidar el contrato en caso de resultar adjudicatario, así como la de suscribir la totalidad de los documentos contractuales que resulten necesarios.
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c. Indicación de los términos y extensión de la participación en la propuesta y en la ejecución del contrato de cada uno de los integrantes de la forma asociativa, así como las reglas básicas que regularán sus relaciones.
d. Indicación de la participación porcentual de cada uno de los integrantes en la forma asociativa correspondiente. sumatoria de los porcentajes de participación no podrá exceder del 100%
e. Duración de la forma de asociación escogida, la cual no podrá ser inferior al lapso comprendido entre la fecha de entrega de la propuesta y un (1) año después de finalizado el contrato objeto del presente proceso de selección.
El documento deberá ir acompañado de aquellos otros que acrediten que quienes lo suscriben tienen la representación y capacidad necesarias para dicha constitución y para adquirir las obligaciones solidarias derivadas de la propuesta y del contrato resultante.
El proponente deberá tener en cuenta que después de la presentación de la propuesta, no podrá modificar los literales a y d, ni tampoco alguno de los integrantes podrá desistir o ser excluido en la participación, so pena de aplicar el numeral 2.5.4.2 causales de rechazo.
3.2.1.4 Capacidad de contratación (K) y capacidad residual (Kr) – Formato 06
Para evidenciar que el proponente se encuentra inscrito, calificado y clasificado al momento de presentar la oferta y en cumplimiento del artículo 6 de la ley 1150 de 2007, el proponente persona natural o jurídica o cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, según corresponda, deberán presentar el certificado de inscripción en el registro único de proponentes – RUP, el cual no puede tener fecha de expedición superior a 30 DÍAS CALENDARIO, contados a partir de la fecha señalada para el cierre del término para presentar propuesta y este(os) documento(os) debe(n) demostrar que esta(n) clasificado(s) como:
ACTIVIDAD | ESPECIALIDAD (es) | |
Proveedor | 23 | Servicios |
El proponente deberá tener, al momento de presentación de la propuesta, una capacidad de contratación (K) y una capacidad residual de contratación (Kr) como consultor igual o superior a:
Capacidad de contratación (K) (expresado en SMMLV) | Capacidad de contratación residual (Kr) (expresado en SMMLV) |
2 veces el valor total del presupuesto estimado – numeral 1.4. - | 1.5 veces el valor total del presupuesto estimado – numeral 1.4. |
En caso de propuestas presentadas en consorcio o unión temporal, la capacidad de contratación (K y Kr) se entenderá como la suma de las capacidades individuales de cada integrante.
Para verificar la capacidad de contratación residual (Kr), el proponente, persona natural o jurídica o cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, según corresponda, deberá suministrar, en formatos independientes, la información de contratos vigentes, para lo cual podrá utilizar el número de formatos que requiera. En caso de que el proponente, o alguno de sus integrantes, no tengan contratos vigentes, deberá manifestarlo expresamente en la casilla de “observaciones” del formato 06 y suscribirlo debidamente. Para suministrar esta información el proponente deberá utilizar el número de formatos que requiera.
Los proponentes extranjeros o los miembros de consorcios o uniones temporales que tengan tal calidad con sucursal en Colombia, deberán cumplir con lo exigido en el presente numeral.
3.2.1.5 Garantía de seriedad de la propuesta
El proponente deberá anexar a su propuesta, a favor del Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo – FONADE, una garantía que ampare la seriedad de su propuesta, por un valor equivalente, como mínimo, al diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial estimado indicado en el numeral 1.4, con una vigencia igual a la señalada en el numeral 3.1.3 contada x
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partir de la fecha indicada en el cronograma general para el “cierre del término para presentar propuestas”.
En caso de requerirse la ampliación de la vigencia de la propuesta, la vigencia de la garantía de seriedad deberá ser, igualmente, ampliada.
La garantía debe ser tomada en formato “a favor de entidades estatales”, a nombre del proponente persona natural o de la razón social que figura en el certificado de existencia y representación legal expedido por la cámara de comercio o su equivalente, sin utilizar sigla, a no ser que el certificado de existencia y representación legal de la cámara de comercio, o su equivalente, establezca que la firma podrá identificarse con la sigla. Cuando se trate de consorcios o uniones temporales, deberá tomarse la garantía a nombre de todos y cada uno de los integrantes y deberá indicarse su respectivo porcentaje de participación en la forma asociativa correspondiente.
Al proponente se le hará efectiva la garantía de seriedad de la propuesta, en cualquiera de los eventos descritos en el numeral 4.1 del Artículo 4 del Decreto 4828 de 2008.
3.2.1.6 Certificación de pagos al sistema de seguridad social y de aportes parafiscales
Cuando el proponente sea persona natural deberá adjuntar certificación que demuestre estar afiliado al sistema de seguridad social en salud y en pensiones o fotocopia de las planillas de pago en donde conste el valor cancelado, el periodo de cotización, la fecha de pago y la entidad Promotora de Salud y Pensión a la que se encuentre afiliado.
En el caso de personas jurídicas, deberán presentar una certificación, expedida por el Revisor Fiscal, cuando este exista de acuerdo con los requerimientos de la Ley, o por el Representante Legal cuando no se requiera Revisor Fiscal, donde se certifique el pago de los aportes a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje. Dicho documento debe certificar que, a la fecha de presentación de su oferta, ha realizado el pago de dichos aportes correspondientes a los últimos seis (6) meses, contados a partir de la citada fecha, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos.
Cuando se trate de una persona jurídica que no tenga más de seis (6) meses de constituida, deberá acreditar los mencionados pagos a sus empleados, a partir de la fecha de su constitución.
En caso de presentar acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de alguna de las obligaciones mencionadas deberá manifestar que existe el acuerdo y que se encuentra al día en el cumplimiento del mismo. En este evento el oferente deberá anexar certificación expedida por la entidad con la cual existe el acuerdo de pago.
Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus miembros integrantes, deberá aportar el certificado aquí exigido.
3.2.1.7 Reporte de certificado de registro de precios definitivo o temporal SICE
Para el presente proceso NO APLICA.
3.2.1.8 Reciprocidad
Los proponentes de bienes o servicios extranjeros recibirán, dentro del proceso de selección, igual tratamiento que aquellos que realicen ofrecimientos de bienes o servicios nacionales siempre que exista un acuerdo, tratado o convenio entre el país de origen de los bienes o servicios y República de Colombia, conforme con el cual a las ofertas de bienes o servicios colombianos se le concede, en ese país, el mismo tratamiento otorgado a sus nacionales en cuanto a las condiciones, requisitos, procedimientos y criterios para la adjudicación de los contratos celebrados con el sector público.
En los casos en que la reciprocidad no tenga por causa un tratado, acuerdo o convenio entre la República de Colombia y el país de que se trate, ella será demostrada mediante un informe que al
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efecto expida la misión diplomática colombiana en el país de origen de los bienes o servicios ofrecidos y que se deberá presentar junto con la propuesta.
3.2.1.9 Certificado de Antecedentes Fiscales de la Contraloría General de la República
El proponente, persona natural o jurídica, y cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, según corresponda, deberán presentar el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República.
3.2.1.10 Certificado de Antecedentes Disciplinarios Procuraduría General de la Nación
El proponente, persona natural o jurídica, y cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, deberán presentar el Certificado de Antecedentes Disciplinarios expedido por la Procuraduría General de la Nación.
3.2.2 Capacidad financiera del proponente
La capacidad financiera del proponente, como requisito habilitante, se verificará con base en los factores financieros denominados: a) capital de trabajo, b) índice de liquidez y c) nivel de endeudamiento que se revisarán con fundamento en la información del certificado de inscripción en el registro único de proponentes – RUP (Art. 4 del Decreto 836/2009), el cual se debe adjuntar a la propuesta, como lo requiere el inciso primero del numeral 3.2.1.4 de este pliego.
Para que la propuesta pueda continuar en la siguiente fase de evaluación esta debe cumplir:
a) El capital de trabajo se verificará de la siguiente manera:
➢ Si el proponente es una persona natural o jurídica: Debe cumplir lo siguiente:
CT ≥ 30% PO
Donde, CT = AC – PC
CT | = | Capital de trabajo. |
AC | = | Activo corriente |
PC | = | Pasivo corriente |
PO | = | Presupuesto oficial estimado. |
Si CT, es mayor o igual al 30% del PO el proponente es habilitado. SI CT, es menor al 30% del PO el proponente no es habilitado.
➢ Si el proponente es un consorcio o una unión temporal: Debe cumplir:
CT=Σ CTi
Σ CTi ≥ 30% PO
Donde,
Σ CTi = Sumatoria de capital de trabajo de los integrantes. CT = Capital de trabajo del consorcio o la unión temporal. CTi = Capital de trabajo de cada uno de los integrantes. PO = Presupuesto oficial estimado.
Si CT, es mayor o igual al 30% PO el proponente es habilitado. SI CT, es menor al 30% PO el proponente no es habilitado.
b) El índice de liquidez se verificará de la siguiente manera:
➢ Si el proponente es una persona natural o jurídica: Debe cumplir:
LIQ. = AC ƒ PC ≥ 1,0
Donde,
LIQ. | = | Índice de liquidez. |
AC | = | Activo corriente. |
PC | = | Pasivo corriente. |
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Si LIQ es mayor o igual a 1.0 el proponente es habilitado. SI LIQ es menor a 1.0 el proponente no es habilitado.
➢ Si el proponente es un consorcio o una unión temporal: Debe cumplir:
Σ ACi
LIQ. = −−−−−−−−−−−− ≥ 1,0
Σ PCi
Donde,
LIQ. = Índice de liquidez del consorcio o la unión temporal. ACi = Activo corriente de cada uno de los integrantes.
PCi = Pasivo corriente de cada uno de los integrantes.
Si LIQ es mayor o igual a 1.0 el proponente es habilitado. SI LIQ es menor a 1.0 el proponente no es habilitado.
c) El nivel de endeudamiento se verificará de la siguiente manera:
➢ Si el proponente es una persona natural o jurídica: Debe cumplir: NE = PT / AT ≤ 0,70
Donde,
NE = Nivel de endeudamiento. PT = Pasivo total.
AT = Activo total.
Si NE es menor o igual a 0,70 el proponente es habilitado. SI NE es mayor a 0,70 el proponente no es habilitado.
➢ Si el proponente es un consorcio o una unión temporal: Debe cumplir:
Σ PTi
NE = −−−−−−−−−−−− ≤ 0,70
Σ ATi
Donde,
NE | = | Nivel de endeudamiento del consorcio o la unión temporal. |
PTi | = | Pasivo total de cada uno de los integrantes. |
ATi | = | Activo total de cada uno de los integrantes. |
Si NE es menor o igual a 0,70 el proponente es habilitado. SI NE es mayor a 0,70 el proponente no es habilitado.
3.2.3 Condiciones de Experiencia Probable del Proponente (E)
El proponte deberá contar en el certificado del RUP expedido por la Cámara de Comercio con una experiencia probable (E), como PROVEEDOR IGUAL O SUPERIOR A SESENTA (60) PUNTOS, en caso contrario, la propuesta será declarada no habilitada.
Para el caso en el que el proponente es plural (consorcio, unión temporal, etc.) la Experiencia probable requerida (E) se verificará con la sumatoria de (E) Experiencia probable de los integrantes del consorcio o unión temporal.
Ep = Σ Ei ≥ 60 puntos
Donde,
Ep = Experiencia Probable del proponente
Σ = Sumatoria
Ei = Experiencia Probable de los integrantes
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Se debe cumplir que:
Ep ≥ 60 puntos, la propuesta es habilitada Ep < 60 puntos, la propuesta no es habilitada.
3.2.4 Capacidad de Organización del proponente (Co)
Teniendo en cuenta que en la fórmula utilizada por la Cámara de Comercio para calcular el K de contratación el factor Capacidad de Organización del proponente (Co), tiene un impacto alto, la entidad considera que con el requerimiento que se hace del K para este proceso se está verificando la capacidad de organización del proponente de forma adecuada y proporcional a la magnitud y complejidad del proyecto.
3.3 SEGUNDO COMPONENTE: FACTORES TECNICOS Y ECONOMICOS DE ESCOGENCIA.
3.3.1 Factor Técnico - (A). Experiencia Específica del proponente
El proponente debe demostrar en su propuesta, que cuenta con experiencia específica en:
Administración y/o recaudo de cartera Prejurídica y Jurídica con más de 1.000 obligaciones administradas
1) Mínimo tres (3) contratos y máximo diez (10) contratos ejecutados y terminados en los últimos cinco (05) años, contados estos a partir de la fecha establecida para el cierre del término para presentar propuestas. Por lo menos el valor de uno de esos contratos debe ser dos (2) veces el del presupuesto oficial estimado.
2) Mínimo tres (3) contratos y máximo diez (10) contratos en ejecución en los últimos cinco
(05) años, contados estos a partir de la fecha establecida para el cierre del término para presentar propuestas. Por lo menos el valor de uno de esos contratos debe ser dos (2) veces el del presupuesto oficial estimado.
Para los casos anteriores se debe cumplir con lo siguiente:
Para acreditar la experiencia, el proponente deberá presentar copia de los contratos o el acta respectiva de liquidación del contrato, si este hubiese terminado. En el documento de estar registrado el nombre de la entidad contratante, el contratista, el objeto, el valor, el plazo, el cumplimiento satisfactorio del contrato, dirección y el teléfono de quien la expide, adicionalmente contener la siguiente información:
a. Monto de la cartera: valor de la cartera administrada y recaudada
b. Número de obligaciones administradas: número inicial y final de obligaciones
c. El porcentaje certificado debe estar debidamente avalado y recibido a satisfacción por la entidad.
d. Porcentaje de la ejecución expresado en porcentaje de cartera recaudado y porcentaje de éxito de recaudo
Para contratos que se encuentran en ejecución y/o que hayan sido prorrogados en tiempo deben cumplir con las siguientes condiciones:
a. Anexar copia del contrato adicional
b. Copia del acta de liquidación donde se refleje la ejecución de lo adicionado.
c. Porcentaje de avance de la ejecución (El avance de ejecución debe ser superior al 70% del total) expresado en porcentaje de cartera recaudado y porcentaje de éxito de recaudo
Los contratos con los que se pretenda acreditar la experiencia del proponente, deben estar terminados, no necesariamente liquidados a la fecha establecida para el cierre del término para presentar propuestas
Para demostrar la experiencia específica el proponente debe presentar con su propuesta el
Formato No. 03 debidamente diligenciado e indicando en él toda la información allí solicitada. Así
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mismo, debe anexar la documentación adecuada y pertinente, que acredite clara y verazmente la realización de los contratos relacionados, cuyo número debe ser máximo el señalado en el inciso segundo del presente numeral.
Los documentos de los contratos presentados y aportados con la propuesta, que acrediten los relacionados en el Formato No. 03 deben permitir al Comité Asesor y Evaluador realizar eficazmente la verificación y evaluación del factor técnico establecido en este numeral.
El Comité Asesor y Evaluador, de acuerdo al cumplimiento de los requisitos indicados, asignará a cada propuesta, el puntaje a continuación señalado:
CONCEPTO | REQUISITO | PUNTAJE |
EXPERIENCIA ESPECIFICA DEL PROPONENTE | No cumple con el mínimo de contratos establecidos en el numeral 3.3.1 | 0 |
Cumpliendo con lo establecido en el numeral 3.3.1. y si la sumatoria del valor de los contratos que acredita expresado en SMMLV a la fecha de su terminación es menor a (1) UNA VEZ EL VALOR XXX XXX. | ||
100 | ||
Cumpliendo con lo establecido en el numeral 3.3.1. y si la sumatoria del valor de los contratos que acredita expresado en SMMLV a la fecha de su terminación es igual o superior a (1) UNA VEZ EL VALOR XXX XXX y menor a 1.5 VECES EL VALOR XXX XXX. | 200 | |
Cumpliendo con lo establecido en el numeral 3.3.1. y si la sumatoria del valor de los contratos que acredita expresado en SMMLV a la fecha de su terminación es igual o superior a 1.5 VECES EL VALOR XXX XXX y menor a 2 VECES EL VALOR XXX XXX. | 250 | |
Cumpliendo con lo establecido en el numeral 3.3.1. y si la sumatoria del valor de los contratos que acredita expresado en SMMLV a la fecha de su terminación es igual o superior a 2 VECES EL VALOR XXX XXX. | 300 | |
PUNTAJE MÁXIMO | 300 | |
Nota: XXX: Presupuesto Oficial Estimado – Expresado en SMMLV. |
3.3.1.1. Acreditación y Valoración de la Experiencia Específica.
Para acreditar la experiencia requerida y las condiciones mínimas señaladas en el numeral 3.3.1., el proponente deberá presentar certificaciones, constancias o cualquier otro documento expedido por el contratante, su representante o por el supervisor del contrato. La documentación presentada deberá permitir acreditar en conjunto la siguiente información:
1. Nombre del contratante.
2. Nombre del contratista.
3. Si el contrato se ejecutó en consorcio, unión temporal u otra forma conjunta, deberá indicar el nombre de sus integrantes y el porcentaje de participación de cada uno de ellos. Cuando en la certificación no se indique el porcentaje de participación, deberá adjuntarse certificación del proponente individual o del integrante del proponente plural que desea hacer valer la experiencia, en la que se haga constar dicho porcentaje de participación. Tratándose de personas jurídicas, la referida certificación deberá suscribirse por su representante legal y, además, por el contador público o el revisor fiscal, según sea el caso.
4. Objeto del contrato.
5. Valor total del contrato que se pretende acreditar.
6. Lugar de ejecución.
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7. Fecha de inicio y finalización del contrato.
8. Constancia de recibo del informe final o el acta de terminación del contrato, con indicación de la fecha correspondiente y de la satisfacción del contratante frente al contrato ejecutado.
9. Actividades desarrolladas.
NOTA: Las certificaciones de experiencia se consideran expedidas bajo la gravedad del juramento y por tanto el contenido se desvirtúa con prueba en contrario.
3.3.1.2 La verificación de las condiciones de experiencia del proponente
Se sujetará a las siguientes reglas especiales:
El valor total del o los contratos celebrados que se aporten para acreditar la experiencia específica será aquel que tuvieron a la fecha de recibo del informe final o la del acta de terminación del contrato, y la conversión a salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) se hará conforme al vigente en el año de recibo final o terminación. En caso de presentar el valor en moneda extranjera, se aplicará lo siguiente:
▪ Cuando el valor esté dado en dólares americanos (USD) se convertirá a pesos colombianos utilizando para esa conversión la tasa representativa xxx xxxxxxx (TRM) vigente para la fecha de recibo final o terminación.
▪ Cuando el valor esté dado en moneda extranjera diferente al dólar americano, se realizará su conversión a dólares americanos de acuerdo con las tasas de cambio estadísticas publicadas por el Banco de la República, teniendo en cuenta la fecha de recibo final o de su terminación y, posteriormente, se procederá a su conversión a pesos colombianos de conformidad con la TRM vigente para la fecha de recibo final o de su terminación, según corresponda.
3.3.2 Factor Económico. – (B)
El proponente debe formular su propuesta económica exclusivamente en el formato 07, el proponente adjudicatario deberá presentar previo a la firma del contrato el formato 07A ajustado al valor adjudicado, anexo al presente pliego, la cual deberá presentar en medio físico y magnético, de acuerdo con las siguientes reglas:
3.3.2.1 Para la elaboración de la propuesta el proponente deberá tener en cuenta lo señalado en los numerales 1.3, y 3.1.2, del presente pliego de condiciones.
3.3.2.2 Todos los valores deben estar expresados en pesos colombianos.
3.3.2.3 Todos los valores deberán estar ajustados al peso, es decir, sin decimales. Para el efecto, se debe aplicar la metodología de redondeo señalada en el numeral 1.9.
3.3.2.4 Deberá considerar el plazo de ejecución señalado en el numeral 1.5.
3.3.2.5 Deberá considerar la forma y el sistema de pago señalados en el capítulo cuarto del presente pliego de condiciones.
3.3.2.6 El valor total de la propuesta no puede ser superior al 100% del presupuesto Oficial Estimado señalado en el numeral 1.4 del presente pliego de condiciones.
Para efectos de la comparación de ofertas, en el evento en que alguno de los proponentes pertenezca al régimen tributario simplificado, deberá adicionar al valor de su oferta aquel correspondiente al de la retención que realice FONADE por concepto de IVA. El resultado en ningún caso podrá ser superior al presupuesto oficial estimado. No obstante lo anterior, de resultar seleccionado el proponente que se encuentre en esta situación, el contrato que se suscriba no incluirá el valor de la retención del IVA. Para los oferentes que por su naturaleza jurídica (más no por el régimen tributario al que pertenezcan), no son responsables del IVA, su oferta económica no deberá incluirlo. Para estos casos, ni FONADE ni el oferente adjudicatario estarán obligados a efectuar este tributo.
3.3.2.7 Procedimiento para asignación de puntaje en el factor económico:
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a. Para la asignación del puntaje a cada una de las propuestas se tomará en consideración el valor total de la propuesta incluido el IVA, una vez hecha la verificación, revisión y corrección si es el caso.
b. Se asignarán 700 puntos a aquella propuesta cuyo valor total de la oferta incluido IVA, y efectuada la verificación, revisión y corrección si es el caso, sea el más bajo, y a las demás propuestas se les asignara el puntaje de acuerdo a la siguiente fórmula:
Px = 700 x Vm / Vx
En donde:
Px = Puntaje de la propuesta X
Vm = Valor de la propuesta de Menor Valor
Vx = El valor de la propuesta X
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CAPÍTULO CUARTO
4 CONDICIONES CONTRACTUALES GENERALES
4.1 OBJETO
El objeto del contrato es la ejecución, por parte del contratista, de “Prestar los servicios para adelantar las gestiones necesarias para el cobro pre jurídico y jurídico de las obligaciones incumplidas por los emprendedores, con ocasión al contrato de cooperación empresarial, suscritos con el Fondo Emprender a nivel nacional”, de acuerdo con la descripción, especificaciones y demás condiciones establecidas en el presente pliego de condiciones, los documentos e información técnica suministrada por FONADE y la propuesta presentada por el contratista, todo lo cual hace parte integral del contrato.
4.2 VALOR
El valor estimado del contrato es la suma de _ en el cual se entiende incluido, los gastos de honorarios, IVA e impuestos que se causen y demás tributos por el hecho de su celebración, ejecución y liquidación. Así como gastos de cartera o expensas, y gastos de viajes (terrestres y aéreos) por desplazamientos a que haya lugar.
4.2.1 Forma de pago
FONADE cancelará al contratista de acuerdo con lo establecido el numeral 5 del documento Anexo 02 Especificaciones técnicas, la presentación de la certificación de pagos parafiscales y la certificación de cumplimiento y recibo a satisfacción por parte del supervisor del contrato.
4.2.2 Reglas comunes para los pagos y la entrega de recursos
Los pagos y la entrega de recursos relacionados con el contrato quedan sometidos, además de las condiciones anteriormente previstas, a las siguientes reglas:
• El contratista deberá acreditar el cumplimiento de las obligaciones señalada en el inciso 2º del artículo 41 de la Ley 80 de 1993, adicionado por el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007.
• Se realizarán dentro de los diez (10) días calendario siguientes a las fechas de radicación de las facturas o de la fecha en que el contratista subsane las glosas que se le formulen.
• Deberá haberse producido el ingreso efectivo de los recursos del proyecto a la Tesorería de FONADE.
• Toda vez que los tributos y retenciones que surjan por la celebración, ejecución y liquidación del contrato corren por cuenta del contratista, FONADE hará las retenciones del caso y cumplirá las obligaciones fiscales que ordene la ley.
• Todos los documentos de pago deberán ser aprobados por el supervisor del contrato, para lo cual deberá presentar certificación expedida por la supervisión del contrato que avala el cumplimiento de los compromisos adquiridos y el recibo a satisfacción de los entregables.
4.3 PLAZO DE EJECUCION DEL OBJETO CONTRACTUAL
El plazo para la ejecución del objeto del contrato es el señalado en el numeral 1.5, contado a partir de la fecha de suscripción del acta de inicio y hasta el 31 de diciembre de 2010.
4.3.1 Acta de inicio
Para la suscripción del acta de inicio será necesario el cumplimiento de los siguientes requisitos:
• El contrato debe encontrarse perfeccionado, de acuerdo con lo establecido en el numeral 4.17.
• La garantía única debe encontrarse aprobada por FONADE.
• La comprobación por el contratista ante FONADE de que todo el personal necesario para el inicio de la ejecución del contrato se encuentra afiliado a los sistemas de seguridad social en salud, pensiones y riesgos profesionales, incluso los trabajadores independientes, y que los pagos de las cotizaciones respectivas se encuentran al día.
Cumplidos los anteriores requisitos, la negativa por parte del contratista a la suscripción del acta de inicio dará lugar a la imposición de la cláusula penal de apremio.
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4.3.2 Prórroga
El plazo señalado podrá ser prorrogado, previa ampliación de la garantía única, mediante la suscripción de un documento contractual que así lo disponga, en el cual deberán señalarse las circunstancias que lo motivaron.
4.3.3 Suspensión
El plazo de ejecución del contrato podrá ser suspendido mediante suscripción de un documento contractual que así lo disponga, en el cual se señalarán las causas que motivaron la suspensión.
4.4 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
Sin perjuicio de las demás obligaciones que se desprendan de la Constitución Política de la República de Colombia, del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, de las particulares que correspondan a la naturaleza del contrato a celebrar y de aquellas contenidas en otros apartes del presente pliego de condiciones y de las consignadas específicamente en el contenido del contrato, el contratista contrae, entre otras, las siguientes:
4.4.1 Obligaciones de carácter general
• Cumplir el objeto del contrato, ejecutando el contrato de acuerdo con lo establecido en el pliego de condiciones y dentro del plazo establecido.
• Acreditar, en las oportunidades que así se requiera, de conformidad con lo establecido en el inciso segundo del artículo 41 xx Xxx 80 de 1993 –adicionado mediante el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007–, que se encuentra al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios al Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF y las cajas de compensación familiar.
• Obtener la aprobación de la supervisión con antelación al cambio de profesionales o técnicos requeridos y ofrecidos. La solicitud de sustitución deberá contener las justificaciones correspondientes y estar acompañada de los soportes que acrediten el cumplimiento de las calidades profesionales o técnicas y la experiencia general y especifica del nuevo personal.
• Responder por el pago de los tributos que se causen o llegaren a causarse por la celebración, ejecución y liquidación del contrato.
• Cumplir a cabalidad con las obligaciones propias e inherentes al contrato en las condiciones, modos y plazos determinados.
• Acatar las instrucciones, que durante el desarrollo del contrato, se impartan por parte de FONADE y las decisiones adoptadas por el FONDO EMPRENDER.
• Contar con una plataforma tecnológica (Hardware, Software, comunicaciones) con un grado de automatización que le permita asegurar la disponibilidad de la información sobre el desarrollo del objeto del contrato objeto de la presente licitación.
• Contar con oficina u oficinas debidamente equipadas (sistemas de comunicaciones, logística, personal y demás requeridas) para atención de los emprendedores y gestión del contrato, entre otros).
4.4.2 Obligaciones relacionadas con la administración del cobro de la cartera.
De acuerdo con lo establecido en el documento Anexo 02 Ficha Técnica
4.4.3 Obligaciones de reserva o confidencialidad de la información
Toda información que reciba EL CONTRATISTA xxx XXXX, FONADE y EL FONDO EMPRENDER en desarrollo del contrato, tendrá el carácter de confidencial. Por lo tanto, se obliga a mantenerla bajo estricta reserva durante toda la vigencia del contrato y por dos (2) años adicionales, luego de su terminación. Igualmente, la información es privilegiada y de propiedad exclusiva de EL SENA y del FONADE como administrador de los recursos del FONDO EMPRENDER, por lo tanto, se obliga a no hacer uso indebido de la misma, así como a no divulgarla sin previa autorización escrita del FONADE. Cualquier violación a la confidencialidad de la información o el uso indebido de la información privilegiada, acarreará a EL CONTRATISTA las sanciones xx Xxx.
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El contratista debe mantener la reserva profesional sobre la información que le sea suministrada para el desarrollo del objeto del contrato, con excepción en casos de una decisión judicial en firme, orden, requerimiento o una solicitud oficial expedida bien sea por un tribunal competente, entes de control, una autoridad u órgano judicial o legislativo con competencia para ello.
4.5 OBLIGACIONES DE FONADE
Son obligaciones de FONADE las siguientes:
1. Ejercer la supervisión general del contrato
2. Designar la supervisión del contrato para que realice la verificación y cumplimiento de todas y cada una de las actividades y operaciones contempladas en las obligaciones del contratista.
3. Pagar el valor del contrato, exigiendo el cumplimiento de lo establecido en el presente Pliegos de Condiciones.
4. Aprobar y controlar los pagos que se deben efectuar al contratista, por concepto del recaudo exitoso de la cartera del Fondo Emprender, previa certificación de la supervisión del contrato.
5. Realizar las observaciones pertinentes al contratista con ocasión del desarrollo del contrato.
6. Ser facilitador y/o asesor entre el SENA y el contratista para dirimir problemas, conceptuar y plantear alternativas tendientes a mejorar y hacer más eficiente el desarrollo del contrato.
7. Formular las sugerencias por escrito sobre los asuntos que estime convenientes en el desarrollo del contrato
8. Llevar un control de viáticos, gastos de viajes y desplazamientos así como de los gastos por expensas procesales o judiciales.
4.6 SUPERVISION
La SUPERVISIÓN será efectuada por la persona natural o jurídica que FONADE designe para tal fin, lo cual será oportunamente informado al Contratista, quien desempeñará, además de las funciones señaladas en la resolución No. 156 del 11 xx Xxxxxx de 2009, Manual de CONTRATACION de FONADE, las siguientes: a) Vigilar el cabal cumplimiento de las actividades a efecto de lograr el correcto desarrollo del objeto del contrato. b) Aprobar las solicitudes de desembolso EL CONTRATISTA presente a FONADE. c) Impartir las órdenes y sugerencias por escrito y formular las observaciones que estime convenientes sobre el desarrollo del contrato, siempre enmarcadas dentro de los términos del mismo. d) Certificar la correcta ejecución del contrato y los resultados esperados. e) Informar oportunamente a FONADE sobre el desarrollo del contrato; g) Las demás contempladas en el contrato, así como aquellas que fueren necesarias para vigilar el cabal cumplimiento del objeto contractual.
En ningún caso el supervisor goza de la facultad de modificar el contenido y alcance del contrato suscrito entre el contratista y FONADE, ni de eximir, a ninguno de ellos, de sus obligaciones y responsabilidades y estará obligado a aprobar y revisar los documentos oportunamente y dentro del menor tiempo posible para no afectar el flujo de caja del Contratista.
4.7. MULTAS
En caso xx xxxx por parte del CONTRATISTA en la ejecución de la programación del contrato o en cumplimiento de sus obligaciones durante la ejecución del contrato, el CONTRATISTA cancelará a FONADE por cada semana de retraso, el 1.0 % del valor total de la etapa correspondiente del contrato, sin exceder el 10% del valor de la etapa correspondiente del contrato. PARÁGRAFO PRIMERO: Para efectos de dar cumplimiento a la presente cláusula, FONADE y/o el supervisor verificarán semanalmente el cumplimiento del Cronograma de Trabajo y obligaciones a cargo del CONTRATISTA, de acuerdo con lo señalado en el pliego de condiciones, especificaciones técnicas, propuesta presentada por el contratista y cláusulas del presente contrato, quien deberá informar sobre su cumplimiento o incumplimiento. PARÁGRAFO SEGUNDO: Para efectos de que el CONTRATISTA cancele los valores por la xxxx en la ejecución de las obligaciones no se requiere que FONADE lo constituya en xxxx, el simple incumplimiento x
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retardo imputable al contratista dará origen al pago o compensación de las sumas previstas en esta cláusula. PARÁGRAFO TERCERO: El CONTRATISTA autoriza que FONADE descuente y compense de las sumas a su favor los valores correspondientes a la multa. PARAGRAFO CUARTO: De no existir tales saldos a favor del contratista o de no resultar estas suficientes para cubrir la totalidad del valor de las multas, FONADE podrá obtener el pago total o parcial de la multa mediante reclamación de pago ante la compañía de seguros, haciendo efectivo el amparo de cumplimiento otorgado con la garantía única.
4.7.1 Procedimiento para la imposición de las multas
Para efectos de la exigibilidad de la multa y/o cláusula penal pecuniaria, Fonade requerirá al contratista y a su garante para que ejerzan el derecho a la defensa y contradicción, otorgando un término de tres (3) días hábiles, contados a partir de la fecha en la cual se haga el requerimiento; una vez surtido el paso anterior, se procederá a la revisión y análisis de los argumentos presentados por el contratista y/o su garante, o a proferir el acto administrativo que exige el pago de la multa y/o cláusula penal pecuniaria, el cual es constitutivo de siniestro en las garantías otorgadas mediante póliza de seguro.
4.8. CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA
En caso de incumplimiento parcial o definitivo de las obligaciones a cargo del contratista o de declaratoria de caducidad del contrato, FONADE podrá hacer efectiva la cláusula penal pecuniaria, por un monto equivalente al diez por ciento (10%) del valor de la etapa que se incumpla, suma que se estipula como estimación anticipada y parcial de los perjuicios que se le causen, sin perjuicio del derecho a obtener del contratista y/o de su garante el pago de la indemnización correspondiente a los demás perjuicios que con dicho incumplimiento se le hayan irrogado. El contratista autoriza a FONADE a descontarle y compensar, de las sumas que le adeuden, los valores correspondientes a la pena pecuniaria aquí estipulada. De no existir tales deudas o de no resultar suficientes para cubrir la totalidad de su valor, FONADE podrá obtener el pago de la pena pecuniaria mediante reclamación de pago ante la compañía de seguros, dentro xxx xxxxxx de cumplimiento otorgado con la garantía única.
El valor de la pena pecuniaria pactada se calculará sobre el valor total del contrato previsto en el numeral 4.2.
La aplicación de la pena pecuniaria establecida en el presente numeral deberá estar precedida del procedimiento establecido en el numeral anterior, y culminará, en cualquier caso, con la expedición de un acto administrativo motivado.
El acto administrativo, además, declarará el incumplimiento definitivo de las obligaciones y, según corresponda, la terminación o caducidad del contrato.
4.9. CLÁUSULAS EXCEPCIONALES AL DERECHO COMÚN
En el contrato se entenderán pactadas las facultades excepcionales al derecho común de interpretación, modificación y terminación unilateral, las cuales podrán ser ejercidas en los términos y condiciones establecidas en la legislación vigente.
El incumplimiento de una o algunas de las obligaciones a cargo del contratista que afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato y evidencie que puede conducir a su paralización facultará a FONADE para que, mediante acto administrativo motivado, declare la caducidad del contrato, lo dé por terminado y ordene su liquidación en el estado en que se encuentre.
La caducidad también podrá ser declarada, entre otras causales ordenadas por la ley o reglamentos, las cuales se entienden incorporadas al respectivo negocio jurídico, por las previstas en las leyes 40 de 1993, 80 de 1993, 418 de 1997 (modificada por la ley 782 de 2002 y prorrogada
por ley 1106 de 2006), 610 de 2000 y el artículo 5º del decreto 280 de 2002.
En firme el acto administrativo por medio del cual se declara la caducidad, se hará efectiva la garantía constituida para amparar el cumplimiento del contrato y se procederá al cobro xx xxxx pecuniaria correspondiente.
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4.10. DISTRIBUCIÓN DE RIESGOS CONTRACTUALES PREVISIBLES
La tipificación, estimación y distribución de los riesgos previsibles del contrato objeto del presente proceso de selección (anexo Nº 1), se sujetarán a los criterios definidos en este numeral, sin perjuicio del alcance de las obligaciones a cargo de cada una de las partes, de acuerdo con las previsiones legales pertinentes, la naturaleza del contrato y el contenido xxx xxxxxx de condiciones, considerando, preponderantemente, que, en general, está a cargo del contratista la ejecución del contrato de conformidad con la documentación técnica suministrada por FONADE, y a cargo de esta entidad el pago del valor pactado.
La entidad y el proponente -con la presentación de su propuesta-, entienden como riesgo contractual previsible aquel que reúne las siguientes características:
− Su previsión se sujeta a términos de racionalidad, considerando la experiencia del contratista en proyectos similares a aquellos que constituyen el objeto del contrato.
− Su concreción comporta un daño patrimonial para una o ambas partes de la relación contractual.
− Es un evento anterior, concomitante o posterior a la celebración del contrato. En caso de ser anterior o concomitante, ninguna de las partes debe conocerlo y no puede predicarse la obligación de conocimiento a ninguna de ellas por razones tales como su experticia técnica o profesional, su experiencia corporativa o personal o sus indagaciones previas particulares.
− Su concreción o conocimiento debe presentarse durante la ejecución de la relación contractual o luego de su terminación, siempre que, para este último caso, se encuentren pendientes de cumplimiento algunas de las obligaciones que de ella emanaron.
− De concretarse, no puede ser imputable a ninguna de las partes. La indemnización de las consecuencias negativas de eventos imputables al contratista debe estar garantizada mediante los mecanismos de cobertura del riesgo de que trata el artículo 7º de la ley 1150 de 2007.
− El daño que resulte de la concreción del riesgo deberá ser asumido por la parte a la cual le fue asignado, de tal manera que, si afecta directamente su patrimonio, deberá soportarlo íntegramente, y si, por el contrario, afecta el patrimonio de la otra parte, deberá restituir la condición patrimonial perdida hasta el monto probado del daño emergente.
4.10.1. Tipificación
FONADE ha agrupado los riesgos contractuales previsibles en seis (6) categorías generales de amenazas que podrían afectar la consecución, en los términos pactados, de las finalidades contractuales, así Riesgos: regulatorios, servicios prestados, fraudes e infidelidad, de revelación de información, asociadas al contrato y asociadas a la información. Dentro de cada una de las categorías establecidas, se encuentran, únicamente, los riesgos previstos para el objeto contractual específico.
4.10.1.1 Riesgos de servicios prestados
Los riesgos económicos incluirán aquellos eventos relacionados con las variaciones de las tasas de interés, de las tasas de cambio, del costo de los insumos con precio no regulado, así como con las variaciones salariales no ordenadas por el Gobierno Nacional, de los costos de transporte de personas o insumos y, en fin, con todas aquellas situaciones xxx xxxxxxx internacional, nacional o local que incidan en el costo directo o indirecto del proyecto.
4.10.1.2 Riesgos fraudes e infidelidad
Los riesgos fraudes e infidelidad incluirán aquellos eventos relacionados con pérdida de recursos de la cartera, por fraudes, por documentos negociables relacionados con la cartera.
4.10.1.3 Riesgos de Revelación de información
Los riesgos de Revelación de información confidencial del proyecto a un tercero no autorizado.
4.10.1.4 Estimación
Cada categoría general de riesgo ha sido estimada en un porcentaje referido a la sumatoria de los valores correspondientes a los imprevistos y a la utilidad pactados en el contrato. Por lo tanto, si durante la ejecución del contrato se concreta uno o varios de los riesgos asignados al contratista y,
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en definitiva, el valor del daño emergente no supera aquel estimado para cada uno de ellos, FONADE no reconocerá ninguna suma adicional.
En el evento en que el daño emergente producido por la concreción de uno o varios de los riesgos asignados al contratista supere el porcentaje estimado para la categoría de que se trate, FONADE reconocerá sólo el valor en exceso, con lo cual se entenderá restablecido el equilibrio económico del contrato.
4.10.1.5 Asignación
Es el resultado de la tipificación y estimación de los riesgos previsibles con el objeto de que sean gestionados eficientemente y de establecer cuál de las partes soportará las consecuencias negativas de su concreción.
4.11. GARANTÍAS
El contratista deberá a constituir a favor de FONADE, en formato para entidades estatales, en los términos establecidos en la normatividad vigente, la garantía a nombre del proponente persona natural o de la razón social que figura en el certificado de existencia y representación legal expedido por la cámara de comercio o su equivalente, sin utilizar sigla, a no ser que el certificado de existencia y representación legal de la cámara de comercio, o su equivalente, establezca que la firma podrá identificarse con la sigla. Cuando se trate de consorcios o uniones temporales, deberá tomarse la garantía a nombre de todos y cada uno de los integrantes y deberá indicarse su respectivo porcentaje de participación en la forma asociativa correspondiente, que incluya los siguientes amparos:
4.11.1. De cumplimiento
Por un monto equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato, por el término de vigencia del contrato y seis (6) meses más. Esta cobertura también debe incluir el cumplimiento del pago por el asegurador de la cláusula penal pecuniaria, en los porcentajes señalados en el contrato.
4.11.2. De salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales
Por un monto equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del contrato, por el término de vigencia del contrato y tres (3) años más.
4.11.3. Término para su entrega
El contratista entregará a FONADE, a más tardar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato, las garantías a las que se refiere el presente numeral.
4.11.4. Requisitos generales
En las pólizas deben figurar como aseguradas cada una de las personas que integran la parte contratista.
4.11.5. Suficiencia de las garantías
El contratista debe mantener, durante la vigencia del contrato, la suficiencia de las garantías otorgadas. En consecuencia, en el evento en que el plazo de ejecución del contrato y/o su valor se amplíe o aumente, respectivamente, el contratista deberá proceder a ampliar la vigencia de las garantías y/o el valor amparado de las mismas, según sea el caso, como condición previa y necesaria para el pago de las facturas pendientes de pago.
De igual modo, el contratista deberá reponer las garantías cuando su valor se afecte por razón de la ocurrencia de los siniestros amparados. En el caso de los amparos cuya vigencia debe prolongarse con posterioridad al vencimiento del plazo de ejecución del contrato objeto del mismo, el valor amparado también debe reponerse cuando el mismo se afecte por la ocurrencia de los riesgos asegurados con posterioridad a tales fechas.
El pago de todas las primas y demás gastos que generen la constitución, el mantenimiento y el restablecimiento inmediato del monto de las garantías, será de cargo exclusivo del contratista.
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4.12. CESIÓN
El presente contrato se celebra en consideración a las calidades del contratista; en consecuencia, no podrá cederlo en todo ni en parte, a ningún título, sin el consentimiento expreso, previo y escrito de FONADE. Dicha cesión, de producirse, requerirá, para su eficacia, de la suscripción de un documento por parte cedente, el cesionario y FONADE.
No obstante lo anterior, el contratista podrá ceder parcial o totalmente los derechos económicos del contrato, previa autorización expresa de FONADE.
4.13. SUBCONTRATOS
En el evento en que el contratista subcontrate parcialmente la ejecución del contrato, deberá hacerlo con personas naturales o jurídicas que tengan la idoneidad y capacidad para desarrollar la actividad subcontratada.
No obstante lo anterior, el contratista continuará siendo el único responsable ante FONADE por el cumplimiento de las obligaciones del contrato. En todo caso, FONADE se reserva el derecho de solicitar al contratista cambiar al(los) subcontratista(s) cuando, a su juicio, éste(os) no cumpla(n) con las calidades mínimas necesarias para la ejecución de la(s) labor(es) subcontratada(s).
4.14. CONOCIMIENTO DEL CONTRATISTA SOBRE LAS CONDICIONES PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO Se entiende por las partes que el contratista ha hecho sus propias averiguaciones, estudios y proyecciones, y ha analizado las condiciones técnicas, sociales, y las demás circunstancias relevantes bajo las cuales se adelantará la ejecución del contrato. En consecuencia, se considera conocedor de todos los elementos necesarios para tomar la decisión de asumir totalmente, a su riesgo, las obligaciones derivadas del contrato, tal como efectivamente lo hace con la presentación de la propuesta y, posteriormente, de resultar adjudicatario, con la suscripción del mismo.
4.15. INDEMNIDAD
El contratista mantendrá indemne y defenderá a su propio costo a FONADE de cualquier pleito, queja o demanda y responsabilidad de cualquier naturaleza, incluyendo costos y gastos provenientes de actos y omisiones del contratista en el desarrollo de este contrato.
El contratista se obliga a evitar que sus empleados y/o los familiares de los mismos, sus acreedores, sus proveedores y/o terceros, presenten reclamaciones (judiciales o extrajudiciales) contra FONADE, con ocasión o por razón de acciones u omisiones suyas, relacionadas con la ejecución del presente contrato. Si ello no fuere posible y se presentaren reclamaciones o demandas contra FONADE, esta entidad podrá comunicar la situación por escrito al contratista. En cualquiera de dichas situaciones, el contratista se obliga a acudir en defensa de los intereses de FONADE, para lo cual contratará profesionales idóneos que representen a la entidad y asumirá el costo de los honorarios de éstos, del proceso y de la condena, si la hubiere.
Si FONADE estima que sus intereses no están siendo adecuadamente defendidos, lo manifestará por escrito al contratista, caso en el cual acordará la mejor estrategia de defensa o, si FONADE lo estima necesario, asumirá directamente la misma. En este último caso, FONADE cobrará y descontará de los saldos a favor del contratista todos los costos que implique esa defensa, más un diez por ciento (10%) del valor de los mismos, por concepto de gastos de administración. Si no hubiere saldos pendientes de pago a favor del contratista, FONADE podrá proceder, para el cobro de los valores a que se refiere este numeral, por la vía ejecutiva, para lo cual este contrato, junto con los documentos en los que se consignen dichos valores, prestará mérito ejecutivo.
Solución de controversias
Las partes podrán buscar solucionar en forma ágil y directa las diferencias y discrepancias surgidas de la actividad contractual, mediante la conciliación, transacción o los mecanismos que las partes acuerden, según los procedimientos establecidos por la ley.
4.15.1. Arreglo directo
Las partes acuerdan que, en el evento que surjan diferencias entre ellas, por razón o con ocasión de la celebración, ejecución o liquidación del presente contrato, las mismas podrán buscar mecanismos de arreglo directo, para lo cual dispondrán de un término de treinta (30) días hábiles
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contados a partir de la fecha en que cualquiera de ellas manifieste por escrito su inconformidad a la otra. Dicho término podrá ser prorrogado por mutuo acuerdo.
4.16. PERFECCIONAMIENTO
El contrato se perfecciona con la suscripción del mismo por las partes y la expedición del registro presupuestal.
Para la mencionada suscripción, el contratista ha acreditado, previamente, la condición establecida en el inciso 2º del artículo 41 de la Ley 80 de 1993, adicionado por la Ley 1150 de 2007.
4.17. REQUISITOS DE EJECUCIÓN
Perfeccionado el contrato, para su ejecución se requiere:
4.17.1. Por parte del contratista
1. Constituir las garantías previstas en el contrato.
2. Presentar el formato de creación de terceros debidamente diligenciado, fotocopia del RUT y certificación de la cuenta bancaria (para efectos de realizar los desembolsos mediante transferencia electrónica vía ACH).
3. Cancelar los derechos de publicación en el Diario Único de Contratación.
Para el cumplimiento de los requisitos señalados en los anteriores numerales 1 y 2, el contratista dispone de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la suscripción del contrato
4.17.2. Por parte de FONADE
• Aprobar la garantía que ampara el contrato.
• Realizar el registro presupuestal.
Lo señalado en el presente numeral, se entiende sin perjuicio de los demás requisitos y obligaciones que el contratista debe acreditar o cumplir para la suscripción del acta de inicio.
4.18. TERMINACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se entenderá terminado, en los siguientes eventos:
• Orden legal o judicial.
• Vencimiento del plazo de duración pactado, incluido el de su liquidación.
• Mutuo acuerdo de las partes.
• Declaratoria de caducidad.
• Las demás causas de terminación dispuestas en la ley.
4.19. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR
Ninguna de las partes será responsable por el no cumplimiento de las obligaciones a su cargo derivado de circunstancias ajenas a ellas y cuya ocurrencia fue imprevisible e irresistible de conformidad con lo establecido en la ley.
En estos casos, de común acuerdo, se señalarán nuevos plazos y se establecerán las obligaciones que cada parte asume para afrontar la situación. Cada una de las partes se obliga a comunicarle a la otra por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su ocurrencia, los hechos que en su concepto constituyan caso fortuito o fuerza mayor.
La parte afectada con el caso fortuito o fuerza mayor debe realizar todo esfuerzo razonable para minimizar sus efectos y evitar su prolongación y no se exonerará del cumplimiento de las obligaciones pertinentes si omite la citada comunicación.
Las suspensiones del plazo del contrato debido a las circunstancias establecidas en el presente numeral, se sujetarán a lo dispuesto en el numeral 4.3.3.
La ocurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor no dará lugar a indemnizaciones o compensaciones a favor de la parte que resulte afectada.
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4.20. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO
Al producirse una cualquiera de las causas de terminación del contrato, se procederá a su liquidación en un plazo máximo de dos (2) meses, contados a partir de la ocurrencia del hecho o acto que genera la terminación. La liquidación por mutuo acuerdo se hará por acta firmada por las partes, en la cual deben constar los ajustes, revisiones y reconocimientos a que haya lugar y los acuerdos, transacciones y conciliaciones que alcancen las partes para poner fin a las posibles divergencias presentadas y poder declararse x xxx y salvo.
4.21. PUBLICACIÓN
De acuerdo con la normatividad pertinente, el contratista se obliga a pagar, oportunamente, el importe correspondiente a la publicación del contrato..
4.23 CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN
El proponente adjudicatario deberá presentar un documento que contenga la organización planteada para la realización del proyecto en el tiempo establecido en el presente pliego de condiciones. El documento debe contener la descripción de lo señalado en el capítulo 4 del documento anexo 02
4.24 PREVENCIÓN XX XXXXXX DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO
“EL CONTRATISTA manifiesta bajo la gravedad de juramento, que se entiende prestado con la suscripción del presente contrato, que los recursos que componen su patrimonio no provienen xx xxxxxx de activos, financiación del terrorismo, narcotráfico, captación ilegal de dineros y en general de cualquier actividad ilícita; de igual manera manifiesta que los recursos recibidos en desarrollo de éste contrato, no serán destinados a ninguna de las actividades antes descritas. Para efectos de lo anterior, el contratista autoriza expresamente a FONADE, para que consulte los listados, sistemas de información y bases de datos a los que haya lugar y, de encontrar algún reporte, FONADE procederá a adelantar las acciones contractuales y/o legales que correspondan. EL CONTRATISTA se obliga a realizar todas las actividades encaminadas a asegurar que todos sus socios, administradores, clientes, proveedores, empleados, etc., y los recursos de estos, no se encuentren relacionados o provengan, de actividades ilícitas, particularmente, de las anteriormente enunciadas”.
PLIEGO DE CONDICIONES VERSIÓN 04/05/2010 16:55:00 | LICITACIÓN XXXXXXX Xx. 000- 0000 | XXXXXXXX XX XXXXXXX X XXXXX XX XXXXXXX |