Contract
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE REGIRÁN EN EL CONTRATO PRIVADO DE “ARRENDAMIENTO DE UN LOCAL PARA LA AGRUPACIÓN DE
VOLUNTARIOS DE PROTECCIÓN CIVIL DE CALVIÀ”, habiendo sido informado favorablemente por la Intervención y por la Secretaría municipal y aprobado por el Órgano de Contratación competente.
1. OBJETO DEL CONTRATO: el objeto del contrato a que se refiere el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares es el arrendamiento de un local para la agrupación de voluntarios de Protección Civil de Calvià, por el procedimiento negociado sin publicidad y tramitación ordinaria.
Las características requeridas al inmueble cuyo arrendamiento será objeto del contrato, se recogen en la cláusula 2º xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, y deberá estar ubicado en el núcleo del Polígono de Son Bugadelles.
El presente contrato tiende a satisfacer la necesidad administrativa de disponer de un local para albergar una oficina, servicios propios del personal, así como los vehículos, maquinaria y materiales propios de la agrupación de voluntarios de Protección Civil.
2. RÉGIMEN JURÍDICO: el contrato de arrendamiento de inmuebles es un negocio jurídico de carácter privado que se rige por la legislación patrimonial, de conformidad con lo establecido en el artículo 4, número 1, letra p) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante, TRLCSP), aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre. Los actos de preparación y adjudicación se regularán por lo establecido en la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, en el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 1372/1986, de 13 xx xxxxx y en defecto de otras normas especiales, serán de aplicación supletoria la Ley de Contratos del Sector Público y sus disposiciones de desarrollo (art. 20.2 TRLCSP).
Los efectos y la extinción del contrato de arrendamiento se encuentran sujetos al Derecho Privado tal y como señala el art. 20.2 in fine del TRLCSP. Unicamente se aplicarán los principios del mencionado Cuerpo Legal para la resolución de dudas y lagunas que pudieran presentarse (art.
4.2 in fine TRLCSP).
El arrendamiento de inmuebles se encuentra regulado en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos y supletoriamente en el Código Civil.
Obligatoriamente tienen carácter contractual el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, y el propio documento en que se formalice el contrato.
3. PRESUPUESTO DEL CONTRATO: el precio máximo del contrato será de cuarenta mil seiscientos cincuenta y seis euros (40.656,00 €), impuestos incluidos (Base: treinta y tres mil seiscientos euros (33.600,00 €) + IVA: siete mil cincuenta y seis euros (7.056,00 €); con la siguiente distribución por anualidades:
– 2015: 18.634,00 €
– 2016: 20.328,00 €
– 2017: 1694,00 €
–
El importe máximo mensual, que deberá ser mejorado a la baja por los licitadores será de mil seiscientos noventa y cuatro euros (1.694,00 €).
En dicho precio se considerarán incluidos los gastos generales y de servicios, siendo por cuenta del arrendador el pago del impuesto sobre bienes inmuebles. Serán a cargo del arrendatario la tasa de residuos que grave directamente el inmueble o cualquier o cualquier impuesto o tasa que grave la actividad del local arrendado. Asimismo, los gastos individualizables tales como los consumos de energía eléctrica, gastos de telefonía y gastos de agua irán por cuenta del arrendatario.
El crédito para atender a las obligaciones económicas del contrato se somete a condición suspensiva.
La efectividad del presente contrato en los años sucesivos, así como de las posibles prórrogas, quedará condicionada a la existencia de crédito presupuestario suficiente y adecuado para atender las obligaciones derivadas del contrato en el presupuesto municipal del ejercicio correspondiente, dejándose en suspenso el contrato en caso contrario.
El arrendamiento quedará excluido de la obligación de prestación de la fianza a la que alude el art. 36 de la Ley 29/1994. Asimismo, por las especiales características del contrato, no se exigirá la constitución de garantía definitiva.
Las personas físicas o jurídicas que presenten oferta económica, podrán mejorar el presupuesto del contrato a la baja. El resto de condiciones económicas relativas a la distribución de los gastos, quedarán determinadas según la negociación efectuada.
4. REVISIÓN DE PRECIOS: el precio de la renta no podrá ser actualizado por el arrendador o arrendatario durante el periodo de vigencia del contrato, ni durante la prórroga del mismo, en su caso.
5. DURACIÓN DEL CONTRATO: La duración del presente contrato será de dos (2) años a contar desde el primer día hábil posterior al de la firma del contrato
El contrato podrá ser objeto de prórroga por un (1) año más.
6. FORMA DE ADJUDICACIÓN: La forma de adjudicación del presente contrato será la del procedimiento negociado sin publicidad del artículo 169 del TRLCSP.
El órgano de contratación, a través de la unidad administrativa de contratación, cursará petición de ofertas al menos a tres interesados para la realización del objeto del contrato, si ello es posible, con las cuales negociará el precio del contrato
La comunicación con cada empresario se hará mediante escrito de invitación que, como mínimo, deberá contener la información siguiente: Objeto del contrato; Pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas, en su caso, o indicación de la forma de acceso a estos documentos y lugar y plazo de presentación de sus proposiciones.
Las proposiciones se presentarán en el lugar y plazo indicados en el escrito de invitación. Si el día indicado fuera sábado o festivo, se estará al primer día hábil siguiente.
7. DOCUMENTACIÓN EXIGIDA
7.1 La documentación que se presente, debe ir acompañada de una relación de todos los documentos que se adjuntan. Este documento debe estar suscrito por el licitador o por el representante de la empresa interesada, y debe incluir la denominación de la empresa, su NIF/CIF, el nombre y los apellidos de quien firme la proposición y el carácter con que lo hace, así como el número de teléfono y el fax de contacto. Si se trata de una unión temporal de empresas, se indicarán los datos de cada uno de los empresarios.
7.2 La presentación de la proposición presupone la aceptación incondicionada por el interesado del contenido de la totalidad de las cláusulas de este Pliego y, en su caso, xxx Xxxxxx de prescripciones técnicas.
7.3 El importe de la proposición económica no deberá superar el precio máximo fijado en la clausula 3ª del presente pliego de clausulas administrativa particulares.
7.4 Las oficinas receptoras darán recibo de cada proposición al presentador, en el que constará el nombre del licitador, la denominación del contrato objeto de la licitación y el día y hora de la presentación. Una vez entregada o remitida la proposición, no podrá ser retirada.
7.5 Cuando la documentación se envíe por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta en el mismo día, mediante cualquiera de los medios permitidos. ario se entiende que no se admite.
Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo.
Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
7.6 Una vez adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación general de los licitadores o candidatos que no hayan resultado adjudicatarios quedará a su disposición en las oficinas del órgano de contratación. En el caso de que la documentación no sea retirada en el plazo de 6 meses, se entenderá que el interesado ha renunciado a ella y el órgano de contratación quedará facultado para destruirla.
7.7 Los licitadores deberán presentar sus proposiciones en un ÚNICO SOBRE la documentación general y la proposición económica. Se presentarán en los términos que se establecen a continuación.
7.7.1 Documentación general: Incluirá: UNA DECLARACIÓN RESPONSABLE, DOCUMENTACIÓN ANEXA, en su caso.
UNA DECLARACIÓN RESPONSABLE ( según el modelo que figura como Anexo I, en el presente pliego ) que hace referencia a los apartados recogidos en el art 146.1 del TRLCP,
del tenor siguiente:
a) Personalidad y capacidad del arrendador: si el arrendador fuera persona jurídica presentará escritura de constitución, y de modificación en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuera, la acreditación de la capacidad se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acta fundacional, inscritos en el correspondiente registro oficial.
Para las personas físicas será obligatoria la presentación del N.I.F. o el documento que lo sustituya legalmente.
b) Representación: Cuando el ofertante no actúe en nombre propio, o se trate de sociedad o persona jurídica, habrá de aportar documento fehaciente que acredite que el firmante de la proposición económica tiene poder bastante para comparecer ante la Corporación Municipal y contratar con ella en nombre y representación de la persona o entidad de que se trate. Este poder habrá de estar inscrito en el Registro Mercantil cuando proceda con arreglo a lo dispuesto en el artículo 94 del Reglamento regulador de este Registro.
c)Declaraciones relativas a no estar incursos en prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración, de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
d) En su caso, una dirección de correo electrónico en que efectuar notificaciones.
e) Las empresas extranjeras deben presentar una declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Palma de Mallorca de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
1.- Documentación acreditativa de la capacidad de obrar según los supuestos que a continuación se detallan:
a) Persona física: D.N.I. o documento fehaciente que haga sus veces de la persona que realice la proposición.
b) Persona jurídica: escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. En todo caso será necesario que las prestaciones objeto del contrato estén
El licitador en que recaiga la oferta más ventajosa, deberá presentar la documentación administrativa que se cita a continuación:
DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA * ( A presentar por el Licitador que haya presentado la oferta más ventajosa)
comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales les sean propios.
c) Uniones temporales de empresarios: cada uno de los componentes acreditará su capacidad, personalidad representación y solvencia.
d) Empresarios/as no españoles/as que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea:
inscripción de los empresarios/as en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Asimismo, cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.
e) Personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea: informe de la Misión Diplomáticas Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Asimismo, se acompañará a la documentación que presente que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración en forma sustancialmente análoga. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio.
2.- Documentos acreditativos de la representación.
Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán poder bastante al efecto .Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para un acto concreto, no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con lo dispuesto en el art.94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil . Igualmente, la persona con poder bastante a efectos de representación deberá acompañar copia compulsada,notarial o administrativamente, de su Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el documento que haga sus veces.
3.- Las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en España. Deberán presentar una declaración en virtud de la cual se someten a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
4.- Nota registral del bien inmueble objeto del arrendamiento. 7.7.2.- Proposición económica.
El licitador debe presentar su oferta económica según el modelo del Anexo II de este
Pliego. La oferta debe estar firmada por quien tenga poder suficiente para ello, y no debe contener errores, omisiones u obstáculos para una interpretación correcta de la misma.
El importe debe expresarse claramente en números y letras. Se indicará el importe IVA excluido y, a continuación, como partida independiente, el importe del IVA que deba ser repercutido. También debe indicarse el tipo impositivo de IVA aplicable a la prestación y el importe total de la oferta. El ofertante deberé presentar una sola oferta económica, según el modelo que se incorpora como anexo 2 en el presente pliego, en la que indicará el local que se oferta y que cumple con las características xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, así como la superficie útil en planta baja y el precio/mes. La oferta será firme, debiéndose mantener al menos por el plazo de dos meses a partir de la presentación de la misma.
8. EXAMEN DE LAS OFERTAS Y NEGOCIACIÓN
8.1.- Concluido el plazo de presentación de ofertas, el órgano de contratación negociará con los interesados, los términos de sus ofertas, velando porque todos los interesados reciban igual trato, y en particular no facilitando, de forma discriminatoria, información que pueda dar ventajas a determinados interesados con respecto al resto.
El órgano de contratación negociará con los licitadores las ofertas que éstos hayan presentado para adaptarlas a los requisitos indicados en el Pliego de cláusulas administrativas particulares y en el anuncio de licitación, en su caso, y en los posibles documentos complementarios, con el fin de identificar la oferta económicamente más ventajosa.
8.2 Las negociaciones se podrán realizar vía fax, teléfono, por escrito, por correo electrónico, o por comparecencia, dejando constancia de ello en el expediente.
8.3 Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá únicamente al precio ofertado.
En el supuesto de que a lo largo de la negociación se pongan de manifiesto nuevos aspectos que sea conveniente incorporar a la misma, se informará a todos los empresarios participantes para que puedan, en su caso, incluirlos en sus ofertas o en sus negociaciones.
8.4 La unidad administrativa correspondiente procederá a examinar las declaraciones responsables presentadas por los licitadores (anexo I del PCAP) y se hará constar el cumplimiento de dicho requisito previo al inicio de las negociaciones. Si observare defectos materiales en la declaración presentada lo comunicará a los interesados y se concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que el licitador subsane el error, y si fuera necesario, las aclaraciones o documentación complementaria a que se refiere el artículo 82 del TRLCSP. La comunicación de los defectos u omisiones subsanables se podrá realizar mediante fax o correo electrónico.
La falta de subsanación en plazo de los defectos u omisiones advertidos dará lugar a la exclusión.
8.5. El órgano de contratación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime convenientes, clasificará las proposiciones presentadas, por orden decreciente, atendiendo al resultado de la negociación realizada.
8.6. En el expediente deberá dejarse constancia de las invitaciones cursadas, de las ofertas recibidas y de las razones para su aceptación o rechazo.
9. ASPECTOS OBJETO DE NEGOCIACIÓN
- Mejoras en la oferta: hasta un máximo de 50 puntos. La oferta más económica obtendrá 50 puntos y el resto proporcionalmente.
- Mejoras en las características del local previstas en el Pliego de Prescripciones técnicas u otras mejoras relativas a la distribución de los gastos: hasta un máximo de 50 puntos.
10. ADJUDICACIÓN
10.1 El órgano de contratación adjudicará el contrato en el plazo máximo de dos meses, a contar desde la finalización del plazo de presentación de las ofertas, al licitador que haya presentado la oferta que resulte económicamente más ventajosa. La adjudicación concretará y fijará los términos definitivos del contrato.
10.2 Transcurrido el plazo señalado en el apartado anterior sin que se haya dictado acuerdo resolutorio, los interesados podrán retirar sus ofertas.
10.3 La adjudicación deberá dictarse en todo caso, siempre que alguna de las ofertas presentadas reúna los requisitos exigidos en el Pliego de cláusulas, no pudiendo en tal caso declararse desierta la licitación.
No obstante, en los términos previstos en el artículo 155 del TRLCSP, el órgano de contratación, antes de dictar la adjudicación, podrá renunciar a celebrar el contrato por razones de interés público, o desistir del procedimiento tramitado, cuando éste adolezca de defectos no subsanables.
10.4 El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación indicada en la cláusula 7 del presente pliego.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan sido clasificadas las ofertas.
10.5 El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
10.6 La adjudicación del contrato, que en todo caso deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil del contratante del órgano de contratación.
Será de aplicación a la motivación de la adjudicación la excepción de confidencialidad contenida en el art. 153 del TRLCSP
11. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO: El contrato se formalizará dentro del plazo establecido en el artículo 156 del TRLCSP, constituyendo dicho dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público.
A petición del arrendador se elevará el contrato a escritura pública, siendo a su xxxxx los gastos del otorgamiento y su inscripción en el Registro de la Propiedad (en su caso). En este caso, el arrendador viene obligado a la entrega de una copia autorizada al Ayuntamiento de Calvià.
12. EFECTOS DE LA FALTA DE FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO: cuando por causas imputables al adjudicatario no pudiera formalizarse el contrato en el plazo señalado en la cláusula anterior, el Ayuntamiento de Calvià podrá acordar la resolución del mismo, previa audiencia del interesado, quedando obligado al abono de la correspondiente indemnización por los daños y perjuicios ocasionados.
En este supuesto el Ayuntamiento podrá optar entre adjudicar el contrato al licitador o licitadores siguientes, por orden de calificación de sus ofertas o convocar una nueva licitación.
No se podrá iniciar la ejecución del contrato sin su previa formalización.
13. EJECUCIÓN DEL CONTRATO: El arrendador está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar el local en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los arts. 1563 y 1564 del Código Civil.
El arrendatario podrá modificar la configuración del local mediante mamparas y elementos usuales en las oficinas. Asimismo deberá realizar dentro del local arrendado las modificaciones que estime oportunas en las instalaciones audiovisuales y de electricidad y climatización, tomando las medidas oportunas para que dichas modificaciones no afecten al resto del edificio. Todo ello sin que repercuta en la renta pactada. Finalizado el contrato el arrendatario podrá optar por dejar las reformas realizadas a beneficio del local, o retirar todo o parte de lo instalado.
Los derechos y obligaciones de las partes serán los previstos en las cláusula 3ª xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
14. PAGO DEL PRECIO: El arrendador tiene derecho a la contraprestación económica prevista en el contrato, haciéndose efectiva mensualmente la cantidad que resulte de dividir por 24 el precio de adjudicación.
El pago de la renta al arrendatario se efectuará, previa presentación de factura, entre los días 1 a 5 de cada mes, mediante ingreso en la cuenta corriente indicada por la parte arrendadora.
15. CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBARRIENDO: El arrendatario podrá ceder los derechos y obligaciones dimanantes del contrato formalizado a cualquiera de las entidades dependientes del Ayuntamiento de Calvià, sin derecho a indemnización ni elevación xx xxxxx por parte del arrendador.
16. JURISDICCIÓN Y RECURSOS: La contratación objeto del presente pliego es de naturaleza privada. Por consiguiente, cuantas incidencias se deriven del mismo quedarán sometidas a las normas procesales comunes y en concreto a la competencia de la jurisdicción civil. No obstante se consideran actos jurídicos separables los que se dictan en relación con la preparación y adjudicación del contrato y, en consecuencia, las incidencias surgidas en relación con la preparación y adjudicación del contrato serán resueltas en primer término por el órgano de contratación, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa, y contra los mismos podrá interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes ante el mismo órgano, o recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Baleares, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación o publicación; todo ello conforme a lo dispuesto en la Ley 30/92, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y por la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
ANEXO I
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
Don …...............................con DNI nº..................... actuando en nombre propio o representación
de la empresa o entidad …............................. con domicilio en ….................................. con NIF nº...................... en calidad de Administrador/Apoderado según escritura pública
nº.............................., de fecha …............... del protocolo de D. …........................Notario de
…........................
DECLARA:
Que cumple todas las condiciones establecidas legalmente para contratar que se indican en este pliego de cláusulas administrativas particulares, en relación con el artículo 146.1 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (ver cláusula 14.1.1 de este pliego).
En caso de resultar adjudicatario, acreditará ante el órgano de contratación, antes de la adjudicación del contrato, la posesión y la validez de los requisitos exigidos.
Y para que así conste a efectos de la licitación al Expediente número 134/14, del contrato de
…......................................., lo firmo en …........................... , ….....de de 2014.
(firma y sello de la empresa)
MODELO DE OFERTA ECONÓMICA
………..……………………………… (nombre y apellidos), con DNI …………………………., con domicilio en …………………………, c/pl. ………………………………..………………………..
…………………………………………………….… número……..……, CP ,
teléfono…………………, fax.................................... y correo electrónico................................
DECLARO:
Que estoy informado/da de las condiciones y los requisitos que se exigen para poder ser adjudicatario/a del contrato de ARRENDAMIENTO DE UN LOCAL PARA LA AGRUPACIÓN DE VOLUNTARIOS DE PROTECCIÓN CIVIL DE CALVIÀ.
Que me comprometo en nombre propio (o en nombre y representación de la empresa…………………………………………………………………………………….., con NIF/CIF……………………………), a ejecutarlo con sujeción estricta a los requisitos y las condiciones estipulados en los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas del contrato, según los términos expresados en la presente oferta:
Local:...................................................................................................................................................
Ubicación:...........................................................................................................................................
M² útiles: …........................
Precio/ mes (IVA excluido):......................………(en números);............................................
………….……………………………………………………… (en letras).
IVA: ……….…….…………………euros (en números); ………………………………............................
(en letras).
Tipo impositivo de IVA aplicable: ……….
Precio total: …..…………… euros (en números); ….........................…………………………………
(en letras).
Precio total (2 años): …..……...euros (en números); ………………………………….........................
(en letras).
………………, …….. de ………………………….. de …………
(Lugar, fecha y firma del licitador)