CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO
CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO
I.- OBJETO DEL CONTRATO
El presente contrato tiene la prestación de los servicios que a continuación se detallan:
a) SEGUROIL BÁSICO: incluye la revisión preventiva anual de la instalación de calefacción según lo indicado en la ITE 3 de la versión consolidada del REAL DECRETO 1027/2007, 20 de julio, (BOE 9/9/2013) por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios,
El servicio incluye la revisión del sistema de calefacción (circuito hidráulico, caldera y radiadores), de la caldera, del circuito generador de agua caliente sanitaria, de acuerdo con el programa de visitas que tenga establecido Xxxxxxx y Xxxxxxx S.L (En adelante S&R).
En caso de imposibilidad imputable al cliente (por cambio de datos de contacto, cambios de cita por parte del cliente cuando ya estaba concertada la misma…) de contactar con él para concertar o ejecutar la visita ya concertada durante el año de contrato S&R quedará eximida de la obligación de realizar la revisión correspondiente a ese período de vigencia anual. Tras la revisión, se facilitará al cliente un certificado de la revisión realizada que será el resultado de una actuación puntual y corresponderá a la situación de la instalación observada el día de la visita.
El servicio incluye el asesoramiento sobre la utilización, mejora o ampliación de las instalaciones cubiertas por el presente contrato, con el fin de conseguir la máxima seguridad y eficiencia y, si fuera necesario, el desplazamiento al domicilio del cliente. Las piezas, mano de obra y materiales, serán facturados por el instalador al cliente, previa aceptación del presupuesto correspondiente que se emitirá sin coste alguno para el cliente.
b) SEGUROIL: incluye la revisión preventiva anual de la instalación de calefacción según lo indicado en la ITE 3 de la versión consolidada del REAL DECRETO 1027/2007, 20 de julio, (BOE 9/9/2013) por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios y el servicio de reparación con Intervención Urgente en la forma y modo determinado en el presente contrato en su cláusula primera y tercera.
El servicio SEGURIOIL incluye la revisión del sistema de calefacción (circuito hidráulico, caldera y radiadores), de la caldera o calentador, del circuito generador de agua caliente sanitaria, y demás aparatos que funcionan con gas natural, de acuerdo con el programa de visitas que tenga establecido Xxxxxxx y Xxxxxxx S.L (En adelante S&R).
En caso de imposibilidad imputable al cliente (por cambio de datos de contacto, cambios de cita por parte del cliente cuando ya estaba concertada la misma…) de contactar con él para concertar o ejecutar la visita ya concertada durante el año de contrato S&R quedará eximida de la obligación de realizar la revisión correspondiente a ese período de vigencia anual. Tras la revisión, se facilitará al cliente un certificado de la revisión realizada que será el resultado de una actuación puntual y corresponderá a la situación de la instalación observada el día de la visita.
El servicio incluye el asesoramiento sobre la utilización, mejora o ampliación de las instalaciones cubiertas por el presente contrato, con el fin de conseguir la máxima seguridad y eficiencia y, si fuera necesario, el desplazamiento al domicilio del cliente. Las piezas, mano de obra y materiales, serán facturados por el instalador al cliente, previa aceptación del presupuesto correspondiente que se emitirá sin coste alguno para el cliente.
Igualmente incluye la reparación con intervención urgente de los defectos de funcionamiento de la instalación doméstica de gas natural, cuando para su reparación se precise la asistencia a domicilio siempre y cuando dichos defectos de funcionamiento no provengan de causas ajenas a la propia instalación doméstica o sean resultado de una mala utilización de la instalación dolosa o imprudente imputable al cliente o a terceras personas, en cuyo caso S&R quedará exonerado de la reparación y de su Intervención Urgente.
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c) SEGURIOIL PLUS: incluye además de la cobertura del SEGURIGAL el servicio de reparación con Intervención Urgente fines de semana. Conforme a la cláusula cuarta del presente contrato
II.- DOMICILIO A EFECTOS DE NOTIFICACIONES Y DATOS DE CONTACTO.
Los servicios contratados, anteriormente descritos, serán prestados en las instalaciones sitas en el domicilio que consta en el encabezamiento del Contrato en las condiciones y términos aquí pactados. En caso de cambio de domicilio del cliente será necesaria la suscripción de un nuevo contrato para la nueva vivienda.
Sin perjuicio de lo anterior los datos de contacto (teléfonos, dirección postal o electrónica, faxes…) proporcionados por el cliente y fijados en el presente contrato serán válidos a efectos de notificaciones y comunicaciones conforme a la cláusula undécima del presente contrato. Cualquier cambio de teléfono, fax, dirección y en general de cualquier dato de contacto del cliente deberá ser comunicado por éste a la empresa a través de fax o correo electrónico de S&R como medios que permitan dejar constancia de dicha comunicación. En caso contrario se entenderán válidamente realizados los intentos de comunicación a cualquiera de los teléfonos, faxes o direcciones aportadas por el cliente en este contrato.
III.- CONDICIONES DE LA INTERVENCIÓN URGENTE:.
- Se realizará el contacto con el cliente en menos de tres (3) horas desde la recepción del aviso y la visita al mismo se producirá en menos de veinticuatro
(24) horas desde dicho contacto, dichos plazos se observarán en todo caso en horario laboral (de lunes a viernes de 9 a 20h) quedando excluidos xxxxxxx, xxxxxxxx y festividades nacionales y locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria y Santander así como de 20 horas a 8 horas de todos los días del año.
La prestación del servicio de reparación con Intervención Urgente podrá omitir los plazos anteriormente indicados cuando concurran circunstancias geográficas, climatológicas o de fuerza mayor que impidan su cumplimiento, en cuyo caso S&R quedará eximido de cumplir el plazo y deberá prestar el servicio tan pronto cesen dichas circunstancias sobrevenidas y ajenas a su voluntad. Del mismo modo no se podrá garantizar la presencia en los plazos indicados en el caso de que se requiera que la reparación la efectúe el servicio técnico (SAT) homologado por la marca.
- El precio incluye los gastos de desplazamiento y las tres (3) primeras horas de mano de obra, excluido el coste de piezas y materiales.
El resto de horas de mano de obra utilizadas, así como las piezas y materiales, serán facturados por el instalador al cliente, previa aceptación del presupuesto correspondiente que se emitirá sin coste alguno para el cliente.
IV.- CONDICIONES DE LA INTERVENCIÓN URGENTE FINES DE SEMANA:
- Se realizará el contacto con el cliente en menos de tres (3) horas desde la recepción del aviso y la visita al mismo se producirá en menos de veinticuatro
(24) horas desde dicho contacto, dichos plazos se observarán en todo caso en horario de 9h a 20h xxxxxxx, xxxxxxxx y festividades nacionales y locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria y Santander.
La prestación del servicio de reparación con Intervención Urgente podrá omitir los plazos anteriormente indicados cuando concurran circunstancias geográficas, climatológicas o de fuerza mayor que impidan su cumplimiento, en cuyo caso S&R quedará eximido de cumplir el plazo y deberá prestar el servicio tan pronto cesen dichas circunstancias sobrevenidas y ajenas a su voluntad. Del mismo modo no se podrá garantizar la presencia en los plazos indicados en el caso de que se requiera que la reparación la efectúe el servicio técnico (SAT) homologado por la marca.
- El precio incluye los gastos de desplazamiento y las tres (3) primeras horas de mano de obra, excluido el coste de piezas y materiales.
El resto de horas de mano de obra utilizadas, así como las piezas y materiales, serán facturados por el instalador al cliente, previa aceptación del presupuesto correspondiente que se emitirá sin coste alguno para el cliente.
V.- CONDICIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO: SERVICIOS EXCLUIDOS
• Aparatos en particular, termos eléctricos para producción de agua caliente sanitaria, instalaciones térmicas con generadores de frío/bombas de calor e instalaciones de energía solar térmica.
• Calderas / calentadores o aparatos con una antigüedad superior a diez años, instalaciones comunitarias, de pública concurrencia o que se destinen a usos no domésticos, instalaciones con aparatos de potencia útil por aparato superior a los 70 KW, con más de una caldera o acumuladores de más de 150 litros de capacidad y generadores de calor de aire.
• Comprobaciones del ánodo de sacrificio en aquellas calderas provistas del mismo (el cliente debe solicitar al instalador según las recomendaciones del fabricante su sustitución previo pago).
• La revisión y certificación de la instalación de suministro energético (gasóleo, gas u otros)
• Corrección de los defectos que se pudieran detectar de las inspecciones periódicas obligatorias efectuadas por la compañía distribuidora, y revisión de los elementos y/o partes de la instalación no visibles y/o no accesibles por el instalador y trabajos de obra civil para acceder a los elementos cubiertos por el presente contrato salvo aprobación expresa del cliente del correspondiente presupuesto para efectuar dichos trabajos.
• Los gastos de desplazamientos y asistencias consecuencia de un mal uso y conservación de las instalaciones, falta de ejecución de reparaciones diagnosticadas por S&R o relativos a instalaciones cuya antigüedad supere los 10 años.
• Queda excluido del cualquier elemento de la instalación que no este recogido en el Reglamento de Instalaciones Térmica de Edificios indicados en la IT3: Mantenimiento y uso, tal como la parte de la instalación destinada al suministro de combustible.
VI-EXCLUSIÓN DE RESPONSABILIDAD DE S&R
S&R no será responsable de los daños personales o materiales resultantes de un uso o conservación indebidos de los elementos cubiertos por el presente contrato y que sean imputables al cliente o a terceros.
S&R tampoco será responsable de los daños causados a terceros por los elementos cubiertos por el presente contrato ni de los daños ocasionados a dichos elementos por heladas, incendios, explosiones, inundaciones u otras catástrofes ni en general los causados por caso fortuito o fuerza mayor.
S&R, con carácter previo a la reparación o manipulación de un aparato o instalación que se encuentre en periodo de garantía, recomendará expresamente al cliente acudir al centro técnico especializado de la marca SAT en ejercicio de dicha garantía.
El Cliente declara conocer que las reparaciones o manipulaciones derivadas de los servicios contratados sobre aparatos o instalaciones que se encuentren en periodo de garantía es susceptible de interrumpir la validez de las mismas por lo que asume la responsabilidad derivada de dicha intervención.
VII-ENTRADA EN VIGOR Y DURACIÓN:
El presente contrato tendrá una duración de un año, prorrogándose tácitamente por períodos anuales, salvo denuncia de cualquiera de las partes con al menos un mes de antelación a la fecha de su vencimiento.
Los contratos de Mantenimiento suscritos entrarán en vigor cuando S&R reciba la documentación contractual firmada y la de de alta en sus sistemas. En el caso de contratación telefónica, el contrato entrará en vigor una vez validada la locución contractual, que se realizará en un plazo aproximado de 48 horas. El Cliente podrá consultar si se ha producido la activación del servicio llamando al Teléfono de Atención al Cliente. S&R le remitirá asimismo una carta de “Bienvenida” con la fecha de activación del servicio. En caso de resolución anticipada del contrato por el Cliente, éste deberá abonar las cuotas pendientes hasta completar el año de duración.
VII- CONDICIONES ECONOMICAS
Segurioil Básico, Segurioil Segurioil Plus: Para la primera anualidad el precio será el que consta en las Condiciones Económicas del presente contrato, más el IVA o cualquier otro tributo que grave este servicio. A partir del primer año de vigencia, el precio se revisará anualmente de forma automática, tomando como base el IPC general publicado por el Instituto Nacional de Estadística en enero de cada año.
Cualquier promoción y/o descuento sobre el precio ofrecido al cliente por parte de S&R se limita a las circunstancias específicas para las que se otorgaron y al tiempo de duración de la citada promoción sin generar consolidación o derecho alguno en el mantenimiento del citado precio.
IX.- CONDICIONES DE PAGO
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El precio del contrato se abonará a través de domiciliación bancaria mediante cargo en la cuenta bancaria aportada por el cliente.
El importe de los servicios deberá ser abonado por el Cliente en sus fechas de vencimiento.
Las cantidades adeudadas y no pagadas por cualquiera de los servicios contratados devengarán interés de demora sin necesidad de requerimiento, desde que finalice el plazo de pago.
X. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Los contratos se podrán resolver por las causas legalmente previstas, entre otras:
a) Impago por parte del cliente de cualquiera de las facturas emitidas por S&R.;
b) Modificaciones en las condiciones técnicas de las instalaciones cubiertas por el presente contrato, que las sitúe como excluidas del servicio;
c) incumplimiento por alguna de las Partes de cualquier otra obligación dimanante del Contrato.
XI.- REVOCACIÓN
En el plazo de siete días hábiles, a contar desde la firma del presente contrato, el Cliente podrá dejar sin efecto cualquiera de los servicios contratados, mediante la remisión a S&R del documento de revocación que se adjunta, Conforme a lo establecido en el texto refundido de la ley general para la defensa de los consumidores y usuarios.
XII.- CESIÓN Y SUBROGACIÓN DEL CONTRATO
S&R podrá ceder el presente contrato a cualquier otra empresa mantenedora, comunicándoselo previamente al Cliente por escrito. El Cliente podrá traspasar su contrato a otro consumidor que vaya a utilizarlo en el mismo emplazamiento y para el mismo uso, siempre que este último se subrogue en todos los derechos y obligaciones estipulados en el presente contrato, cesión que habrá de comunicar a S&R mediante escrito firmado por cedente y cesionario.
XIII. SUBCONTRATACIÓN.
S&R podrá subcontratar total o parcialmente con terceros, que cuenten con todas las autorizaciones preceptivas, la ejecución de los servicios correspondientes, sin coste alguno adicional para el cliente final.
XIV. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
De conformidad con el art. 5 de la LOPD y el RD 1720/2007 de 21 de Diciembre, le informamos que los datos por Ud. proporcionados están incorporados a un fichero CLIENTES Y PROVEEDORES de carácter automatizado y no automatizado, cuyo responsable es: XXXXXXX Y XXXXXXX S.L, debidamente inscrito en el Registro de la Agencia Española de Proteccion de Datos de Carácter Personal y cuya finalidad es la gestión del servicio que nos ha sido encomendado por nuestros clientes y proveedores. Del mismo modo se le informa de que únicamente serán objeto de tratamiento los datos imprescindibles para el cumplimiento de la referida finalidad y de que sus datos no serán objeto de cesión alguna mas allá de los supuestos impuestos por la ley o en aquellos casos en que se permita dicha cesión sin necesidad de su consentimiento y/o información, todo ello sin perjuicio de la cesión publicitaria a que se hará referencia. Usted puede ejercer sus derechos de oposición, cancelación, rectificación y acceso por escrito a la dirección
XXXXXX XXXXXX XXXX 34-36 XX XXXXXXXXX (39007) o a través del
teléfono 000 00 00 00 o del mail xxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx en los supuestos y forma exigidos por la normativa de protección de datos. Igualmente usted autoriza que sus datos sean tratados con la finalidad de dirigirle ofertas comerciales de los productos y servicios xx XXXXXXX Y XXXXXXX S.L. autorización que persistirá incluso cuando la relación jurídica hubiese finalizado y que puede revocar en cualquier momento en la dirección, teléfonos y correo electrónico anteriormente referidos. De no desear que sus datos sean tratados para la referida finalidad publicitaria o comercial, señale con un “x” el espacio dejado al efecto .En este sentido se le informa de que sus datos personales pueden ser objeto de cesión x XXXXXXX Y LANZA S.L como empresa cesionaria al objeto de dirigirle ofertas comerciales relacionadas con el suministro y consumo de energía, mantenimiento de instalaciones de gas o electricidad y de equipamiento y asistencia en el hogar, o para la realización de prospecciones relacionadas con el sector energético, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 del RD 1720/2007 de 21 de Diciembre tiene usted un plazo de 30 días para manifestar su negativa a dicha cesión de datos para dicha finalidad comercial advirtiéndole que en caso de no pronunciarse a tal efecto se entenderá que consiente con dicha cesión. Igualmente se le informa que caso de manifestar su negativa al tratamiento para finalidades publicitarias o de prospección comercial serán conservados los datos imprescindibles para evitar el envío de comunicaciones comerciales en el fichero EXCLUSION DE PUBLICIDAD cuyo responsable es XXXXXXX Y XXXXXXX S.L pudiendo a su vez ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en la dirección: XXXXXX XXXXXX XXXX 34-36 XX XXXXXXXXX (39007) o a través del teléfono 000 00 00 00 o del mail xxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx
XV. COMUNICACIONES/SERVICIO AL CLIENTE
Se entenderán válidamente hechas todas las notificaciones al Cliente, incluidas las relacionadas con la gestión del cobro, mediante su remisión a la dirección facilitada por el Cliente por correo ordinario o cualquier otro medio que garantice la comunicación, así como mediante el correo electrónico o el teléfono móvil, bien por mensajes de voz o SMS, que hayan sido facilitados por el Cliente a S&R.
Para cualquier tipo de consulta, quejas, reclamaciones, bajas, suspensiones o de posibles incidencias en sus instalaciones puede dirigirse por escrito al departamento de Servicio de Atención al Cliente de S&R sito en X/ Xxxxxx Xxxxxx xxxx Xx 00. Santander 39007, personarse en el centro de atención a cliente en la misma dirección.
XVI. FUERO
Ambas partes contratantes se someten a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales xx Xxxxxxxxx.