PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL PATROCINIO DEL MAPA TURÍSTICO DE LA CIUDAD DE PALMA
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL XXXXXXXXXX XXX XXXX TURÍSTICO DE LA CIUDAD XX XXXXX
Expediente número: INF 17 003
Tipo de contrato: Contrato privado de Patrocinio Procedimiento: Abierto
Tramitación: Ordinaria
Forma: No sujeto a regulación armonizada
Órgano de contratación: Comisión Ejecutiva Fundación Turismo Palma 365
ÍNDICE
1. INTRODUCCIÓN 3
2. OBJETO Y FINALIDAD DEL PATROCINIO 3
3. RÉGIMEN JURÍDICO 4
4. CARACTERÍSTICAS DEL PATROCINIO 5
5. ÁMBITO SUBJETIVO 5
6. PRESUPUESTO Y PRECIO DEL CONTRATO 6
7. PAGO DEL PRECIO 6
8. GARANTÍAS 6
9. PUBLICIDAD DE LA CONVOCATORIA 7
10. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR 7
11. XXXXX X XXXXX XX XXXXXXXXXXXX 0
00. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN 9
13. APERTURA Y EXAMEN DE LA PROPOSICIÓN 10
14. CLASIFICACIÓN DE LAS PROPOSICIONES 10
15. REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN 11
16. RESOLUCIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO DE PATROCINIO 11
17. DURACIÓN DEL CONTRATO 11
18. PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS 12
19. CONFIDENCIALIDAD 12
20. SUSPENSIÓN DEL PATROCINIO 12
21. ACEPTACIÓN DE LOS PLIEGOS 13
22. JURISDICCIÓN 13
ANEXO I 14
ANEXO II 15
ANEXO III 16
ANEXO IV 17
1. INTRODUCCIÓN
La Fundación Turismo Palma 365, en lo sucesivo FTP365, es un entidad turística pública sin ánimo de lucro y gestión público-privada, inscrita en el Registro Único de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares el 9 de noviembre de 2012, con el núm. 100000000312, cuya finalidad es promocionar y fo- mentar el turismo de la ciudad de Palma de Mallorca y, en su caso, de la isla de Mallorca.
Una de las funciones de la FTP365, establecidas en el artículo 6 de sus Estatutos, publicados en el BOIB núm. 52, de 12 xx xxxxx de 2012, es elaborar, producir, editar, difundir y explotar material de divulgación, publicidad y de imagen necesario a fin de dar a conocer los recursos, los bienes y los servicios turísticos que ofrece el destino, y fomentar la captación de visitantes.
2. OBJETO Y FINALIDAD DEL PATROCINIO
El objeto de este concurso es regular el contrato de xxxxxxxxxx xxx xxxx turístico de la ciudad (Centro, Pla- ya xx Xxxxx, Cala Mayor-San Xxxxxxx y el Portixol-el Xxxxxxx-Ciudad Jardín), el cual será revisado e impreso para su distribución a efectos de orientar y ayudar a los visitantes, haciendo su estancia más fácil y facilitar que puedan disfrutar de los mejores recursos y servicios que ofrece la ciudad.
El mapa turístico xx Xxxxx constituye la pieza básica de información y promoción de la ciudad y supone la carta de presentación del destino. La empresa que patrocine el plano ganará visibilidad en todos los puntos de referencia en los que entra en contacto con turistas y residentes (público objetivo de la publicación). Así, la FTP365 garantizará la presencia y promoción online y offline del patrocinador en:
1. Oficinas y puntos de información turística municipales: el Parc de les Estacions, el Parc de la Mar y la Platja xx Xxxxx.
2. Otras dependencias municipales.
3. Principales vías de entrada del turista: puerto y aeropuerto.
4. Acciones promocionales en todos los mercados previstos en el plan de actuación 2018 y 2019 de la FTP365: ferias, workshops, viajes de familiarización para prensa, operadores turísticos y agentes del sector (fam trips y press trips) y otros grupos especiales.
5. Viajes de negocios en destino en los que colabore la Fundación: congresos e incentivos.
6. Principales eventos culturales, deportivos, náuticos, gastronómicos y de otros genéricos del calen- xxxxx anual.
7. En cuanto a la promoción online, el plano contará con presencia en los soportes online propios (la web municipal xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xx y la web turística xxx.xxxxxxxxxx.xx) y de terceros a los que se ceda el plano con fines promocionales.
Con motivo de la actualización xxx xxxx respecto de su versión anterior, la FTP365 considera adecuado producir, un máximo de 550.000 unidades, las cuales permitirán subsanar las posibles modificaciones sin perjuicio del stock total y cubrir las necesidades de material de información turística de la temporada alta 2018 y 2019.
En relación con el espacio para publicidad, acompaña este documento el anexo IV, que contiene todas las características de la estructura xxx xxxx incluyendo el módulo reservado para el patrocinador.
3. RÉGIMEN JURÍDICO.
El contrato tiene carácter privado, conforme a lo establecido en el artículo 20 del TRLCSP.
En todo lo no previsto en el contrato que se formalice y en los pliegos que rigen la contratación serán de aplicación:
- En cuanto a su preparación y adjudicación, el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP), y en lo que no se oponga al mismo, el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas ( en adelante RGLCAP); la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, reguladora de las Bases de Régimen Local y el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 3 18 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Dis- posiciones legales cuyos articulados en materia de contratos estén vigentes. Con carácter supleto- rio se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de de- recho privado.
- En cuanto a sus efectos y extinción, las normas de derecho privado.
No obstante, serán de aplicación a los contratos privados las normas contenidas en el Título V del Libro I, del TRLCSP sobre modificación de los contratos.
El contrato de patrocinio se encuentra regulado en la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publici- dad, modificada por la Ley 29/2009, de 30 de diciembre, por la que se modifica el régimen jurídico legal de la competencia desleal y de la publicidad para la mejora de la protección de los consumidores y usuarios, junto con los contratos de publicidad, de difusión publicitaria y de creación publicitaria.
El artículo 22 de la Ley General de Publicidad lo define como “aquel contrato en que el patrocinador, a cambio de una ayuda económica para la realización de su actividad deportiva, benéfica, cultural, científica o de otra índole, se compromete a colaborar en la publicidad del patrocinado.”
El contrato se ajustará al contenido del presente pliego, considerándose parte integrante del contrato.
El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole aprobadas por la Administración, que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento.
4. CARACTERÍSTICAS DEL PATROCINIO
El xxxxxxxxxx xxx xxxx turístico de la ciudad xx Xxxxx objeto de este concurso tendrá las siguientes carac- terísticas:
a) Será de carácter exclusivo. Solo se seleccionará un patrocinador. Sin embargo, esta exclusividad se- rá simple, ya que la FTP365 se reserva el derecho de utilizar el mapa en el desarrollo de sus fines y actividades estatutarias.
En todo caso, el Ayuntamiento xx Xxxxx y/o la FTP365 podrán utilizar el mapa turístico de la ciudad xx Xxxxx en los términos que consideren oportunos de acuerdo con la estrategia de promoción tu- rística diseñada en cada momento, sin que esta utilización se pueda considerar en ningún momento una vulneración del patrocinio objeto de la convocatoria.
b) Será de carácter parcial. Este patrocinio se otorga sólo al mapa turístico de la ciudad, mencionado en el punto 2 de este documento, y de acuerdo con sus términos y sus condiciones.
c) Será carácter oneroso. El patrocinio consistirá en una aportación económica que contribuya a su- fragar los gastos derivados del objeto de este concurso.
d) Será de carácter territorial internacional. Como ya se ha mencionado anteriormente, el mapa será distribuido a nivel local, pero también nacional e internacional.
e) El mapa patrocinado se podrá ceder a terceros.
5. ÁMBITO SUBJETIVO
Pueden participar en este convocatoria las personas físicas o jurídicas que estén al corriente de sus obliga- ciones tributarias y con la Seguridad Social y que no estén incursas en alguna de las circunstancias que de- terminen la prohibición para contratar con la Administración pública, de acuerdo con la legislación aplicable en materia de contratación del sector público, y lo acrediten mediante declaración responsable. (Véase con más detalle el anexo I.)
6. PRESUPUESTO Y PRECIO DEL CONTRATO
El presupuesto y precio total estimado del contrato es de quince mil euros (15.000€) más tres mil ciento cincuenta (3.150 €) de IVA.
En el precio del contrato no incluye los tributos, tasas, y cánones de cualquier índole, así como todos los gastos que se originen para el contratista adjudicatario como consecuencia del cumplimiento de las obliga- ciones recogidas en el presente pliego.
7. PAGO DEL PRECIO
El pago se realizará contra factura emitida por la FTP365 una vez formalizado el contrato de patrocinio a través de una transferencia bancaria al número de cuenta que la FTP365 comunique al adjudicatario.
8. GARANTÍAS Garantía provisional:
No se exige garantía provisional.
Garantía definitiva:
El órgano de contratación requerirá al licitador cuya propuesta haya sido seleccionada para su adjudicación para que en el plazo xx xxxx días hábiles, contados desde el día siguiente a la recepción del requerimiento, constituya la garantía definitiva del 5% del importe de adjudicación, excluida el impuesto sobre el valor añadido, a disposición del órgano de contratación. Si no se cumple este requisito se entenderá que ha reti- rado su oferta y será de aplicación lo que dispone el último párrafo del art. 151.2 del TRLCSP.
Cuando como consecuencia de una modificación del contrato su precio varíe, se deberá ajustar la garantía para que guarde la proporción debida en el nuevo precio, en el plazo de quince días contados desde que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. En caso contrario se incurrirá en causa de resolución contractual. A este efecto no se considerarán las variaciones de precio que se produzcan debido a una revi- sión de éste conforme con los arts. 89 y siguientes del TRLCSP.
Las garantías se devolverán y se cancelarán de acuerdo con el artículo 104 del TRLCSP, la garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfac- toriamente el contrato de que se trate, o hasta que se declare la resolución de éste sin culpa del contratis- ta.
Si en el plazo anteriormente señalado no se recibe esta documentación o no se justifica que está al corrien- te en cuenta a sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, se entenderá que el licitador ha retira- do su oferta, y propondrá como adjudicatario provisional el licitador siguiente según el orden establecido
por el Jurado en el acta del fallo y así sucesivamente. Si ninguno cumpliera con los requisitos exigidos se declarará el concurso desierto.
Si la adjudicación se otorga a una unión temporal de empresas, estas deberán acreditar la constitución en escritura pública, en el plazo otorgado para formalizar el contrato, el alta en el impuesto de actividades económicas y el NIF asignado a la agrupación, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empre- sas que la integren.
El órgano de contratación adjudicará el contrato en los plazos establecidos en el art. 151.3 del RDL 3/2011.
Plazo de garantía: Tres meses a partir de la formalización del contrato.
9. PUBLICIDAD DE LA CONVOCATORIA
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contrac- tual, y en cumplimiento de lo establecido en el TRLCSP, sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, el anuncio de este concurso se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Xxxxx Balears (BOIB) y en el apartado de la FTP365 del perfil del contratante: Empresas, organismos y otros de la web del Ajuntament xx Xxxxx.
Además de la información relativa a la convocatoria de este patrocinio, en el perfil del contratante se publi- carán también estos pliegos y, en su caso, documentación complementaria.
Los gastos de publicación de estos anuncios y que origine este concurso serán por cuenta del patrocinador, sin que en ningún caso el importe de estos gastos pueda superar los trescientos euros (300 €), IVA excluido. Si el procedimiento resultara desierto, el importe de los gastos de publicación corre respondientes serán a cuenta del FTP365.
10. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
La proposición del licitador constará de 2 sobres, que serán los indicados en la presente cláusula.
Los sobres se presentarán cerrados y firmados por el licitador o persona que lo represente, debiendo figu- rar en el exterior de cada uno de ellos el número de referencia y la denominación del contrato, la razón social de la empresa y su correspondiente C.I.F, y dirección de correo electrónico.
Los sobres se dividen de la siguiente forma:
- Sobre A: TITULO: “DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA”. Contenido:
1. XXX de quien participa, o documento que, en su caso, lo sustituya reglamentariamente. Las perso- nas jurídicas deberán aportar, además del NIF, escritura de constitución o documento de constitu- ción y de modificación, en su caso, debidamente inscrita o con asiento de presentación en el Regis- tro Mercantil, y estatutos sociales en vigor, adaptados al Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de
julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, cuando este re- quisito sea exigible de acuerdo con la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo es, la capa- cidad de obrar se deberá acreditar mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en los que consten las normas que regulen su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente registro público.
2. Domicilio.
3. Poder suficiente del representante de la entidad que suscriba el contrato de patrocinio para firmar- lo y para adquirir compromisos en nombre de su representante.
4. Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad So- cial y no estar incurso en prohibición de contratar (anexo I).
5. Declaración responsable de cumplir con la instrucción municipal por la cual se establecen las pautas referentes a la reproducción de imágenes no sexistas ni esteriotipadas de las mujeres en la publici- dad (anexo II)
6. La acreditación de las circunstancias que se consideren, cuando la empresa pretenda acogerse al sistema de solución de empates previsto en la cláusula 12 de este pliego.
7. Dirección de correo electrónico a efectos de notificaciones.
- Sobre B: TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA”. Contenido:
1. En relación al anuncio, los participantes deberán presentar:
- Ejemplo de la página de publicidad que querrán incluir en el mapa. El anunciante podrá cambiarlo a posterior, siempre sujeto al visto bueno de la FTP365.
- Una breve descripción del bien, del servicio y/o la actividad que incluya el anuncio.
2. La cuantía de la aportación dineraria del patrocinio, que en todo caso deberá ser superior a quince mil euros (15.000 €), iva excluido, conforme el anexo III.
La solicitud y la declaración responsable deberán ser firmadas por el representante legal de la entidad soli- citante que cuente con el poder oportuno.
Esta documentación se aportará también en soporte electrónico.
La FTP365 rechazará y no valorará las solicitudes que no cumplan los requisitos mínimos establecidos ante- riormente.
La FTP365 podrá requerir a los solicitantes las aclaraciones necesarias para la comprensión de cualquier aspecto de la propuesta así como del cumplimiento del resto de las condiciones de participación. En ningún
caso se admitirá que en el proceso de aclaraciones el solicitante varíe los términos expresados en su pro- puesta.
El patrocinio que se obtenga y acepte no podrá ser aplicado a atenciones distintas de aquellas para las que se hayan otorgado y no podrán generar situaciones de privilegio o preferencia respecto a la actividad muni- cipal ni relación laboral, ni tampoco utilizarse como criterio de valoración de licitaciones futuras.
Para garantizar el cumplimiento de lo dispuesto anteriormente, la FTP365 enviará al patrocinador la docu- mentación que acredite el destino del patrocinio. En caso de incumplimiento el patrocinador podrá exigir el reintegro de la cuantía aportada.
11. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN
Las solicitudes se deberán acompañar con la documentación y la información requerida en los apartados anteriores y presentar en las oficinas del FTP365, calle Socors 22 A, 07002 Palma, Xxxxx Balears, de lunes a viernes, de 9 a 14 horas.
El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días naturales, a contar desde el día siguiente que se publique este anuncio en el BOIB.
Si el último día de presentación fuera inhábil, se entenderá prorrogado al siguiente día hábil, sin perjuicio de poder presentar las ofertas por correo o mensajería. En este último caso, el interesado deberá remitir a la FTP365, a través de correo electrónico (xxxxx@xxx000.xxx) o cualquier otro medio que deje constancia del mismo, el justificante del envío de la documentación antes de la finalización del plazo del presentación.
12. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
El Órgano de Contratación de la FTP365, a través de una Mesa de Contratación, estudiará las ofertas aten- diendo unos criterios de adjudicación:
1. La oferta económica más ventajosa para este concurso de patrocinio, la cual no podrá ser inferior a quince mil euros (15.000 €), IVA excluido.
2. A los efectos de solución de empates, la propuesta de adjudicación se realizará a favor del licitador que haya acreditado en la documentación aportada el cumplimiento de que cuenta con un plan de igualdad previamente visado por el Instituto Balear de la Mujer u órgano equivalente de otras ad- ministraciones públicas.
En su defecto, o cuando persista el empate, en la misma forma y condiciones, la propuesta de adju- dicación se realizará a propuesta del licitador que haya acreditado el incumplimiento de alguna de las circunstancias que se indican en la Disposición Adicional Cuarta del TRLCSP.
La selección del patrocinador de este concurso, la realizará la Mesa de Contratación designada.
Una vez constituida la Mesa, su composición se publicará en el perfil del contratante de la web del Ajunta- ment xx Xxxxx, en el apartado de la FTP365.
Es competencia asignada a la Mesa de Contratación, además de la valoración de las ofertas presentadas por los participantes, interpretar estas bases y resolver las cuestiones que se susciten con motivo de este concurso.
La FTP365 se reserva el derecho de anular o declarar desierto este procedimiento y los solicitantes no ten- drán derecho a ninguna reclamación por este motivo.
13. APERTURA Y EXAMEN DE LA PROPOSICIÓN
Concluido el plazo de presentación de la proposición, se procederá a la apertura y examen de la misma. Examinada la documentación administrativa contenida en el SOBRE A, de estimarse completa, se procederá a continuación a la apertura del SOBRES B.
Si la Mesa de Contratación observara defectos u omisiones subsanables en la documentación administrati- va presentada, lo comunicará por correo electrónico, o cualquier otro medio que permita tener constancia de su recepción por el interesado, concediéndole, si lo estima conveniente, un plazo no superior a 3 días hábiles a partir de la notificación para que se subsanen los defectos u omisiones observados, bajo aperci- bimiento de exclusión definitiva si en el plazo concedido no procede a la subsanación de la documentación
Una vez calificada la documentación y realizadas, si procede, las actuaciones indicadas, la Mesa de Contra- tación procederá a la apertura del SOBRE B.
Si la proposición técnica y económica no guardase concordancia con la documentación examinada y admi- tida, comportase error manifiesto en el importe de la proposición o en la documentación técnica, será des- echada por el Órgano de Contratación, en resolución motivada.
14. CLASIFICACIÓN DE LAS PROPOSICIONES
Finalizada la valoración de las proposiciones, se clasificarán las proposiciones presentadas, por orden de- creciente, atendiendo al resultado de la valoración de las mismas y se concluirá cual es la proposición que se estime que es más ventajosa.
La clasificación de las proposiciones se publicará en el perfil del contratante.
15. REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN.
Antes de la formalización del contrato, el órgano de contratación requerirá al concursante seleccionado para que, en el plazo xx xxxx días hábiles contados desde el día siguiente a que haya recibido el reque- rimiento, presente la siguiente documentación:
1. Certificados expedidos por los órganos competentes en cada caso, con la forma y los efectos pre- vistos en los arts. 13 a 16 del RDL 1089/2001, que acrediten que está al corriente en el cumplimien- to de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Ajuntament xx Xxxxx, impuestas por las disposiciones vigentes.
De acuerdo con el comunicado expedido por el Departamento Financiero del Ajuntament xx Xxxxx, de 1 de septiembre de 2011, el requisito de presentación del certificado de estar al corriente de pago con el Ajuntament será sustituido por la comprobación del mismo órgano de contratación si no se presenta certificado por parte del adjudicatario.
2. Alta en el impuesto de actividades económicas, referido al ejercicio corriente, o el último recibo, completado con una declaración responsable que no se ha dado de baja en la matrícula del im- puesto, en su caso.
16. RESOLUCIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO DE PATROCINIO
Una vez que los organismos correspondientes hayan resuelto el expediente de patrocinio y aprobado el contrato se formalizará este con la entidad patrocinadora.
El patrocinador seleccionado dispondrá de 10 días hábiles, a contar desde la firma del contrato, para entre- gar el original del anuncio con las medidas y la forma solicitadas por la FTP365. En cualquier caso el anuncio deberá contar con la conformidad y ajustarse a los criterios estéticos de la FTP365.
No se aceptarán imágenes y/o textos que puedan considerarse ofensivos, indecentes, difamatorios o de mal gusto, siendo una decisión exclusiva del FTP365.
Si el patrocinador no cumple con las condiciones exigidas se entenderá que ha retirado su oferta y se pro- pondrá como nuevo patrocinador el participante siguiente cuya oferta sea más ventajosa de acuerdo con sus ofertas.
17. DURACIÓN DEL CONTRATO
Este patrocinio tendrá vigencia hasta fin de existencias, es decir, hasta que se agoten las 550.000 unidades de impresión xxx xxxx turístico de la ciudad xx Xxxxx objeto del presente contrato, y en ningún caso supe- rará los 2 años desde la formalización del mismo.
18. PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS
En ningún caso los derechos de propiedad xxx xxxx turístico xx Xxxxx serán del patrocinador.
La participación como patrocinador no le dará derecho a usar, a efectos publicitarios o en sus relaciones comerciales con terceros, ninguna marca o signo distintivo de la FTP365 y/o el Ajuntament xx Xxxxx.
Sin embargo, el patrocinador tendrá derecho a usar gratuitamente el logotipo y el nombre comercial en los mapas turísticos de Palma de Mallorca, y a difundir su condición de patrocinador en su propia publicidad, según los términos y condiciones expresados en el contrato de patrocinio y únicamente durante la vigencia del mismo.
Asimismo, el patrocinador seleccionado tendrá presencia, como tal, en los actos protocolarios que se pue- dan realizar con motivo de la presentación del objeto de este concurso.
19. CONFIDENCIALIDAD
Toda la información y la documentación obtenida para alcanzar el objeto de este concurso de patrocinio por parte del patrocinador no se podrá facilita r a ninguna persona o entidad ajena sin consentimiento ex- preso de la FTP365. Tanto la entidad patrocinadora como el personal asignado a ésta se comprometerán a guardar absoluta reserva y el patrocinador se comprometerá por escrito a respetar esta cláusula.
20. SUSPENSIÓN DEL PATROCINIO
Serán causas de suspensión del patrocinio:
a) La falsedad de los datos aportados.
b) La extinción de la personalidad jurídica de cualquiera de las partes.
c) El acuerdo mutuo de las partes.
d) El incumplimiento total o parcial de todas o alguna de las condiciones generales o particulares pac- tadas.
e) La realización por parte del patrocinador, a juicio del FTP365, de actuaciones contrarias a los objeti- vos y las finalidades de la Fundación.
En cualquier caso, cuando un patrocinador pierda tal condición o renuncie, la FTP365 no estará obligada a restituirle la aportación que éste hubiera realizado en el marco de este concurso.
21. ACEPTACIÓN DE LOS PLIEGOS
Participar en este procedimiento de patrocinio supone aceptar íntegramente estos pliegos.
22. JURISDICCIÓN
Para resolver las divergencias que se puedan derivar de la ejecución del contrato de patrocinio las partes se someterán a la jurisdicción de los juzgados y tribunales xx Xxxxx.
ANEXO I
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE ESTAR AL CORRIENTE DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL Y NO ESTAR INCURSO EN LA PROHIBICIÓN DE CONTRATAR
El Sr. / Sra. (Representante legal) con NIF (o equi- xxxxxxx) , actuando en nombre de (entidad/persona) con NIF / CIF y domicilio en , del muni- cipio de , CP DECLARA BAJO SU RESPON-
SABILIDAD que la entidad/persona está al corriente del cum- plimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y no está incursa en ninguna de las causas de prohibición para contratar con la Administración previstas en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011 , de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
, de de 2017 Firma:
(Nombre y apellidos)
ANEXO II
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CUMPLIR CON LA INSTRUCCIÓN POR LA CUAL SE ESTABLECEN LAS PAU- TAS REFERENTES A LA REPRODUCCIÓN DE IMÁGENES NO SEXISTAS NI ESTEREOTIPADAS DE LAS MUJERES EN LA PUBLICIDAD INSTITUCIONAL DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXX.
El Sr. / Sra. (Representante legal) con NIF (o equiva- lente) , actuando en nombre de (entidad/persona) con NIF / CIF y domicilio en , del municipio de , CP DECLARA BAJO SU RES- PONSABILIDAD que la entidad/persona cumple con la Instrucción por la cual se establecen las pautas referentes a la reproducción de imágenes no sexistas ni estereotipadas de las mujeres en la publicidad institucional del Ayuntamiento xx Xxxxx.
, de de 2017 Firma:
ANEXO III
OFERTA DE PATROCINIO: APORTACIÓN ECONÓMICA
El Sr. / La Sra con domicilio en (municipio) CP , en nombre propio (o en representación de) , con domici- lio social en manifiesta que, conoce- dor del anuncio publicado en el BOIB núm. , de fecha , referente al pliego de cláusulas administrativas y técnicas para la convocatoria de xxxxxxxxxx xxx xxxx turístico de la ciudad xx Xxxxx y teniendo capacidad legal para ser patrocinador, se compromete, con sujeción a los plie- gos de dicha convocatoria, a tomar a su cargo este contrato de patrocinio ofreciendo en concepto de apor- tación económica la cantidad (en letra) de (en números).
, de de 2017
Firma:
(Nombre y apellidos)
ANEXO IV
ESTRUCTURA XXX XXXX TURÍSTICO DE LA CIUDAD XX XXXXX
Espacio para publicidad
DESCRIPCIÓN
Un plano plegado en acordeón con 6 endidos por 2.
Las dimensiones una vez cerrado son de 100x210 mm permitiendo ser sostenido con una sola mano para su consulta y con una zona lo suficientemente grande del plano que evita tener que ser manipulado continuamente.
En su impresión se utilizarán papeles reciclados y el tamaño del plano permite el uso completo de los estándares de impresión para no malgastar papel en su impresión.
PORTADA DEL FOLLETO PLANO XX XXXXX
CONTRA PORTADA, PÁGINA DE PUBLICIDAD
PLAYA XX XXXXX
PUBLICIDAD
COLL D’EN REBASSA
BALNEARIO 1
PORTADA
CENTRO CIUDAD
FUNDACIÓN XXXXX Y XXXX XXXX
XXXX D’EN REBASSA
60 cm
42 cm
21 cm | PÁGINA PUBLICIDAD | ||||||
10 cm | |||||||
PORTADA |
El tamaño de la página de publicidad se entregará adaptado al tamaño de disponible:
100 x 210 mm de alto, con 3 milímetros de sangrado, se entregará en formato pdf de alta calidad con las imagenes convertidas a cmyk a tamaños de impresión oportunos:
Tamaño real de impresión y a 300 dpi.