SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL
SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL
PÓLIZA NÚMERO: 215446 | ||
CONDICIONES PARTICULARES | ||
La información facilitada por el Tomador del Seguro en la Solicitud de Seguro y sus Anexos constituyen la base sobre la cual se han establecido los presentes términos y condiciones, incluyendo el cálculo de la prima y, el motivo esencial por el que los Aseguradores celebran este contrato. Si, al prestar dicha información, se hubiera incurrido en reserva o inexactitud, se quebraría el equilibrio contractual. Si el contenido de la Póliza difiere de la proposición de Seguro o de las cláusulas acordadas, el Tomador del Seguro podrán reclamar al Asegurador, en el plazo de un mes a contar desde la entrega de la Póliza, para que subsane la divergencia existente. Transcurrido dicho plazo sin efectuar la reclamación, se estará a lo dispuesto en la Póliza. | ||
El Tomador del Seguro / Asegurado declara que de conformidad con el cuestionario facilitado por el Asegurador, ha declarado todas las circunstancias que puedan ser de relevancia para la valoración del riesgo asegurado a la fecha de la Solicitud de seguro. | ||
Los términos y cláusulas de las presentes Condiciones Particulares prevalecerán en todo caso sobre las de las Condiciones Generales y Especiales, en caso de contradicción o incompatibilidad entre unas y otras. | ||
I. TOMADOR DEL SEGURO / ASEGURADO.- | ||
TOMADOR | ||
DEL SEGURO: | CONSEJO GENERAL DE COLEGIOS OFICIALES DE PSICÓLOGOS | |
Domicilio: | X/ Xxxxx xx Xxxxxxxx, 00 – Izquierda | |
00000 Xxxxxx | ||
C.I.F.: | Q2801522J | |
ASEGURADO: | El Tomador del seguro y el colectivo de colegiados oficiales y colegios de Piscólogos adheridos a la póliza, habilitados legalmente para ejercer la actividad descrita. | |
CONSEJO GENERAL DE COLEGIOS OFICIALES DE PSICÓLOGOS: Colegio de psicólogos de: Xxxxx, Andalucía Oriental, Andalucía Occidental, Aragón, Asturias, Bizkaia, Cantabria, Castilla La Mancha, Cataluña, Ceuta, Extremadura, Galicia, Guipuzkoa, Islas Baleares, La Rioja, Las Palmas, Madrid, Melilla, Murcia, Navarra, Tenerife y Comunidad Valenciana. |
ASEGURADOS ADICIONALES: La Junta de Gobierno del Consejo y las Juntas de Gobierno de los Colegios Asegurados. Las Comisiones nombradas por los Órganos rectores del Consejo y de los respectivos Colegios Asegurados, así como los miembros que componen dichas Comisiones. Los miembros de la Junta de Gobierno del Consejo, de los respectivos Colegios Asegurados y de la Comisión Delegada de las mismas. Los Gerentes, Directores, Asesores y personal del Consejo y de los Colegios Asegurados. Aquellos otros cargos o personas que actúen por mandato o disposición de las Juntas de Gobierno u Órganos Rectores del Consejo y Colegios Asegurados. |
II. ACTIVIDAD PROFESIONAL.- |
Ejercicio de la profesión de Licenciado en Psicología, así como las actividades colegiales propias del Tomador. Con carácter enunciativo pero no exhaustivo, se incluye: - El desarrollo o participación en conferencias, congresos, jornadas de estudio y cursos de especialización o prácticas. - Daños derivados de cualquier tratamiento psicológico reconocido por la psicología. A estos efectos se podrá formular consulta al Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos de España siendo vinculante su dictamen al respecto. - La realización de dictámenes y/o informes profesionales. - Mediación en conflictos, |
estando el Asegurado legalmente habilitado para su ejercicio y, en cumplimiento de los requisitos que para el ejercicio de esta profesión se exigen en cada momento. |
III. ASEGURADOR.- |
XXXXXX INTERNATIONAL INSURANCE COMPANY LIMITED, SUCURSAL EN ESPAÑA |
De acuerdo con lo dispuesto en la ley 20/2015, de 14 de julio, de Ordenación y Supervisión y Solvencia de las Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras, el Asegurador a quien se ha solicitado cobertura, declara: |
1. Que el presente contrato de seguro se celebra en régimen de Derecho de Establecimiento con XXXXXX International Insurance Company Limited, Sucursal en España, con domicilio en Xxxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx, 0 - Xxxxxx 00, 00000 Xxxxxx (Xxxxxx), que consta inscrita en el Registro de Entidades Aseguradoras de la Dirección General de Seguros bajo la clave de autorización Nº E 163. |
2. El Estado Miembro a cargo de la supervisión de las actividades del Asegurador es el Xxxxx Unido y la Autoridad de Control es la " Prudential Regulation Authority", con domicilio en 00 Xxxxxxxx, Xxxxxxx, XX0X 0XX y la “Financial Services Authority”, con domicilio en 25 de Xxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxxx, X00 0XX, Inglaterra. |
3. Que la legislación aplicable al presente contrato será la Ley 50/1980 de 8 de octubre, del Contrato de Seguro y, por la ley 20/2015, de 14 de julio, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados Supervisión y Solvencia de las Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras y demás normativa española de desarrollo. | |
4. Que las disposiciones relativas a las reclamaciones serán las siguientes: | |
a). Instancias internas de reclamación: | |
En el supuesto de que tenga alguna queja o reclamación, podrán Ud. dirigirse por escrito, al corredor que intermedió la póliza, en su caso. | |
En caso de no quedar satisfecho con el modo en que se tramita su reclamación, si Ud. quisiera presentar una queja o reclamación relacionada con sus intereses y derechos legalmente reconocidos, podrá dirigirla, por escrito a: | |
Servicio de Atención al Cliente | |
Titular del Servicio: D. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx | |
X/ Xxxxxx, 00, 0x Xxxxxxxxx | |
00000 – Xxxxxx | |
Teléfono: 00 000 00 00 | |
Fax: 00 000 00 00 | |
b). Instancias externas de reclamación: | |
En caso de disputa, podrá usted reclamar, en virtud del Artículo 24 de la Ley de Contrato de Seguro, ante el Juzgado de Primera Instancia correspondiente a su domicilio. | |
Así mismo, podrá usted someter voluntariamente sus divergencias a decisión arbitral en los términos previstos en el Artículo 31 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y sus normas de desarrollo, sin perjuicio de lo establecido en la Ley de Arbitraje, para el caso de que las partes sometan sus diferencias a decisión de uno o varios árbitros. | |
IV. CORREDOR DE SEGUROS.- | |
BROKER'S 88 Correduría de Xxxxxxx, S.A. | |
Domicilio: | X/ Xxxxxx, 00 - 0x X Xxx Xxxx |
00000 Xxxxxx | |
Teléfono: | 00 000 00 00 |
Fax: | 00 000 00 00 |
V. RIESGO ASEGURADO.- | ||
Responsabilidad Civil Profesional por Reclamaciones formuladas contra el Asegurado que resulten de Actos Profesionales Incorrectos, cometidos o supuestamente cometidos por el Asegurado en el desempeño únicamente de su Actividad Profesional, en el modo y con la extensión establecida en las presentes Condiciones de Seguro, sin perjuicio de cualquier otra cobertura adicional que pueda ser contratada mediante Suplemento al presente Seguro. | ||
VI. FECHA DE LA SOLICITUD DEL SEGURO.- | ||
08 xx xxxxx de 2017 | ||
VII. PERIODO DE SEGURO.- | ||
Desde (Fecha de Efecto): | 19 xx xxxxx de 2017 | a las 00.00 horas |
Hasta (Fecha de Vencimiento): | 18 xx xxxxx de 2018 | a las 24.00 horas |
Queda expresamente acordado que, a su vencimiento, el seguro quedará sujeto al régimen de prórroga tácita establecido en el artículo 22 de la Ley del Contrato de Seguro. | ||
VIII. PERIODO RETROACTIVO.- | ||
El presente seguro cubre también las Reclamaciones formuladas por vez primera contra el Asegurado durante el Periodo de Seguro por razón de Actos Profesionales Incorrectos, según la definición, cometidos o supuestamentes cometidos por el Asegurado durante un Periodo Retroactivo con efectos: | ||
Desde (Fecha Retroactiva): | Ilimitada | |
Hasta la Fecha de Toma de Efecto del Seguro: | 00 xx xxxxx xx 0000 | |
XX. LÍMITES DE INDEMNIZACIÓN.- | ||
€ 1.000.000,00 por Reclamación y € 7.500.000,00 por Anualidad de Seguro |
X. COBERTURAS Y SUBLÍMITES.-
Responsabilidad Civil de Explotación
€ 1.000.000,00 por Reclamación y € 7.500.000,00 por Anualidad
Responsabilidad Civil Profesional
€ 1.000.000,00 por Reclamación y € 7.500.000,00 por Anualidad
Responsabilidad Civil Patronal
€ 180.000,00 por Víctima
Responsabilidad Civil Locativa
€ 1.000.000,00 por Reclamación y € 7.500.000,00 por Anualidad
Xxxxx Xxxxxxx no consecuenciales
€ 60.000,00 por Reclamación y Anualidad POR ASEGURADO
Daños a Expedientes y Documentos
€ 90.000,00 por Reclamación y € 180.000,00 por Anualidad
Daños Patrimoniales Primarios
€ 1.000.000,00
Protección de Datos
€ 300.000,00
por Reclamación y € 7.500.000,00 por Anualidad
por Reclamación y Anualidad
Inhabilitación Profesional
€ 45.000,00 (€ 2.500,00 / mes, máx. 18 meses)
Gastos de Defensa en materia de propiedad intelectual y/o industrial
€ 150.000,00 por Reclamación y Anualidad por ASEGURADO
Deshonestidad de Empleados
€ 150.000,00 por Reclamación y Anualidad por ASEGURADO
Libre Elección de Abogados
€ 30.000,00 por Reclamación y Anualidad PARA EL CONJUNTO DE ASEGURADOS
Asistencia Jurídica para Agresiones
€ 30.000,00 por Reclamación y Anualidad PARA EL CONJUNTO DE ASEGURADOS
Junta de Gobierno | Incluida | |
Defensa y Fianzas | Incluida | |
Liberación de Gastos | Incluida | |
XI. FRANQUICIA.- | ||
€ 3.000,00 por reclamación para la cobertura de Protección de Datos | ||
XII. PRIMA.- | ||
Prima Neta Mín. y de Depósito: | € 179.632,70 | |
I.P.S. 6% | € 10.777,96 | |
R.C.C.S. 0,15% | € 269,45 | |
PRIMA BRUTA MÍN. Y DE DEPÓSITO: | € 190.680,11 | |
NÚMERO DE ALTAS AL EFECTO: | 39.721 | |
La Prima del presente contrato deberá ser liquidada al Asegurador en los 30 días siguientes a la toma de efecto de la Póliza. En caso de incumplimiento de esta garantía el Asegurador se reserva el derecho a cancelar la Póliza desde la fecha de efecto. | ||
XIII. ÁMBITO TERRITORIAL.- | ||
Unión Europea. | ||
La actividad de participación en congresos, seminarios y/o simposios, en todo el mundo, excepto USA y Canadá. | ||
XIV. CLÁUSULAS ADICIONALES APLICABLES A LA PÓLIZA.- | ||
- | LISTADO DE ASEGURADOS (según texto adjunto). | |
- | ANEXO de Inclusión de la Junta de Gobierno (según texto adjunto). | |
- | ANEXO de RC Explotación (según texto adjunto). |
- | Se entiende y acuerda que también tendrán la consideración de asegurados bajo las coberturas de la presente Póliza los Asegurados Inactivos, de acuerdo a lo establecido en los párrafos siguientes: |
a). Cada uno de los miembros del Colegio Tomador del Seguro que, habiendo estado legalmente habilitado para ejercer la actividad profesional que figura descrita en las Condiciones Particulares de esta Póliza, causen baja en el ejercicio de dicha actividad a consecuencia de su incapacidad profesional, retiro, cese o cualquier otro motivo, siempre que puedan demostrar que han tenido póliza de responsabilidad civil profesional y que estuvieron asegurados durante su periodo activo antes de la entrada en vigor de la presente Póliza; en estos casos el asegurador seguirá cubriendo su responsabilidad civil profesional gratuitamente, quedando exento de abonar prima alguna. | |
b). La herencia, herederos y legatarios, representantes legales o causahabientes de un miembro del Colegio Tomador del Seguro identificado en las Condiciones Particulares de la Póliza que, habiendo estado legalmente habilitados para ejercer la actividad profedsional que figura descrita en las Condiciones Particulares de esta Póliza, haya fallecido, haya sido declarado incapacitado, quebrado o concursado, siempre que puedan demostrar que han tenido póliza de responsabilidad civil profesional y que estuvieron asegurados durante su periodo activo antes de la entrada en vigor de la presente Póliza; en estos casos el asegurador seguirá cubriendo su responsabilidad civil profesional gratuitamente, quedando exento de abonar prima alguna. | |
PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. | |
De conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, les informamos que todos los datos que nos facilite son confidenciales y que serán incorporados a nuestros ficheros de Seguros, con las finalidades de evaluar el riesgo cuya cobertura solicita, tramitar su desarrollo, cumplimiento y control en caso de su contratación, tramitar los posibles siniestros derivados de las misma, así como, siempre y cuando no nos indique lo contrario, conservar sus datos, independientemente de la contratación de la póliza, para facilitarle futuras propuestas y mantenerle informado de nuestros productos y/o servicios relacionados con nuestra actividad, inclusive por medios electrónicos. Asimismo le informamos que sus datos, durante las tramitaciones de los siniestros, podrán ser comunicados a corredores y agentes de seguros, compañías aseguradoras, así como a todas aquellas entidades y organismos necesarios para la resolución y tramitación de siniestros. En el supuesto de que la tramitación de un siniestro implique el tratamiento de datos de salud, nos autoriza expresamente para su gestión. | |
En cualquier momento puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición sobre sus datos dirigiéndose a: XXXXXX INTERNATIONAL (Ref. Protección Datos), Xxxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx, 0, xxxxxx 00 (Xxxxx Xxxxxxx), 00000 de Madrid, adjuntando una copia de su DNI. |
El Tomador del Seguro/Xxxxxxxxx declara haber recibido la oportuna información relativa a la legislación aplicable al contrato de seguro, las diferentes instancias de reclamación, el Estado miembro del domicilio del Asegurador y su autoridad de control, la denominación social y forma jurídica del Asegurador, reproducidas en estas mismas Condiciones Particulares. |
Igualmente, y como acuerdo adicional a las presentes Condiciones Particulares, el Tomador de Seguro/Asegurado declara haber recibido las Condiciones Generales y Especiales de esta Póliza, y que ha leido, estudiado y entendido el contenido y la extensión de todas aquellas, y, especialmente, de las que, debidamente resaltadas en negrita, puedan tener un alcance limitativo de sus derechos y que está conforme y acepta expresamente las mismas. |
Para que quede constancia el Tomador de Seguro/Asegurado firma el documento |
En Madrid a 08 xx xxxxx de 2017 |