CLASE DE CONTRATO: PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES
CLASE DE CONTRATO: PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES
RADICACIÓN: No 048-2011
CONTRATANTE: HOSPITAL SAN XXXX DE AGUADAS E.S.E CONTRATISTA: XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX ESPAÑA IDENTIFICACIÓN: C.C. Nº 36.861.133 xx Xxxxxxx
DURACIÓN: Del 1 Mayo al 31 de Julio de 2011
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Entre los suscritos a saber XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX, mayor de edad y vecino de la ciudad, identificado con la cédula de ciudadanía Nº 3’021.492 de Bogotá Cundinamarca, quien obra en nombre y representación legal del HOSPITAL SAN XXXX DE AGUADAS EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO, en
su calidad de Gerente, cargo para el cual fue nombrado mediante Resolución No. 314 de Septiembre 9 de 2004, y reelegido mediante Resolución Nro. 163 xx Xxxxx
12 de 2008, debidamente facultado para la suscripción del contrato, según Acuerdo Nro. 111 del 14 de Septiembre de 2010 y quien para estos efectos se denominará EL HOSPITAL, y de la otra XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX ESPAÑA que en adelante se denominara EL CONTRATISTA hemos decidido suscribir el presente Contrato de Prestación de Servicios Profesionales, según las siguientes estipulaciones: 1- ANTECEDENTES PREVIOS A LA CONTRATACIÓN: a)- Que la Empresa Social del Estado Hospital San Xxxx de Aguadas, es una entidad de derecho público cuyo objeto es la prestación de servicios de salud, en un esquema de competencia con el sector privado donde hay primacía o el objeto central se desarrolla mediante la compraventa de servicios de salud. b)- Que dentro de la normatividad legal aplicable a la entidad, su sistema presupuestal es de reembolso y/o contraprestación de servicios, esto es, que sus servicios deben ser debidamente costeados por quien los requiere y dentro de los lineamientos xxx xxxxxxx que para el efecto se encuentra determinado en el marco del sistema nacional de seguridad social en salud. c)- Que la Empresa Social del Estado en cumplimiento de lo previsto en el artículo 195 numeral 6 de la ley 100 de 1993, mediante acuerdo de Junta Directiva Nro.
111 del 14 de Septiembre de 2010 expidió el correspondiente manual de
procedimientos y protocolos de contratación de derecho privado para esta institución; d)- Que el artículo 29 del estatuto de contratación adoptado por la entidad, contiene dentro de las modalidades de contratación, la contratación la de prestación de servicios profesionales y apoyo a la gestión; e)- En concordancia con lo anterior, la entidad elaboró un estudio de conveniencia y oportunidad que evidencia la necesidad de vincular personal ocasional o transitorio, para la prestación de servicios requeridos para el cumplimiento de obligaciones contraídas con las Administradoras del Sistema General de Seguridad Social en Salud (el cual se ajusta a lo previsto en el artículo 25 numeral 7 de la Ley 80 de 1993 y a sus decretos reglamentarios); f)- El citado documento ha hecho evidente que los servicios que fundamentalmente se requieren, hacen relación
ACTIVIDADES DE MEDICINA Y PROMOCION Y PEVENCION; g)- Que para los
efectos pertinentes de ésta contratación directa, EL HOSPITAL, cuenta con la respectiva disponibilidad presupuestal y ha expedido los respectivos certificados de disponibilidad presupuestal previos; h)- Que conforme a lo anterior y existiendo mérito suficiente para adelantar la contratación, contarse con la respectiva certificación de disponibilidad presupuestal previa, no contarse con personal de planta para asumir el asunto y demás requisitos preparatorios y al cumplir el profesional con los requisitos de idoneidad profesional y experiencia, se procede a la suscripción del presente contrato de prestación de servicios profesionales, el cual se regirá por las siguientes: 2- CLÁUSULAS GENERALES: Constituyen derechos y deberes generales de la ENTIDAD CONTRATANTE, para efectos del presente contrato, los contenidos en el artículo 4 de la ley 80/93. b-) Constituyen derechos y deberes generales del CONTRATISTA los contenidos al tenor del artículo 5 de la ley 80 de 1993. Y en armonía con lo previsto en la ley 1150 de 2007, además de las siguientes obligaciones: a) Pagar cumplidamente los honorarios o contraprestación emanados de este contrato. b) Facilitar los espacios físicos, equipos y elementos para el cumplimiento del objeto del contrato y, c) Coordinar con el Contratista según la autonomía de éste, los horarios o turnos que pondrá a disposición del Hospital para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el objeto contractual. B) Son derechos y obligaciones del contratista los contenidos en el Artículo 5° ibídem . 3- CLÁUSULAS ESPECIALES: PRIMERA. OBJETO: El CONTRATISTA se compromete para con el HOSPITAL a prestar sus servicios personales y en su condición de profesional en MEDICINA, en las instalaciones de la Entidad, según oferta de servicios presentada por éste (a). SEGUNDA. OBLIGACIONES ESPECIALES del CONTRATISTA: El
CONTRATISTA, en desarrollo del objeto contratado se obliga a realizar a favor del
HOSPITAL las siguientes actividades: 1. Realizar mensualmente al menos OCHOCIENTAS CINCUENTA Y SIETE (857) actividades y/o procedimientos MÉDICOS, en los diferentes servicios, de acuerdo a concertación previa con el HOSPITAL. No obstante, si el total de actividades y/o procedimientos ejecutados fuere inferior a dicho número, se deberá demostrar disponibilidad del profesional y demanda de servicios inferior a la estimada. 2. Cumplir con las actividades propias del servicio médico en las áreas de urgencias, hospitalización, quirófanos, sala de partos y consulta externa, utilizando elementos de trabajo propios, tales como fonendoscopio, tensiómetro y equipos de órganos. 3. Presentar informes periódicos de actividades solicitados por el supervisor de la presente orden. 4. Atender los requerimientos del sistema de información del Hospital con fines estadísticos, legales y de facturación.5. Conocer y aplicar las guías de atención y Normas Técnicas de la resolución 412 de 2000; las guías de Manejo de urgencias del Ministerio de la Protección Social y las guías de Manejo adoptadas por el HOSPITAL en cada uno de los servicios 6. Participar en las actividades a desarrollar que hagan parte del Sistema Obligatorio de Garantía de la Calidad. 7. Como EL CONTRATISTA se sujeta a la prestación de servicios profesionales en su respectiva área y bajo los parámetros previamente definidos por el hospital (sin
desconocer la autonomía que al contratista como profesional le asiste y la ausencia de subordinación) en el evento de que por su actuación se desvíe el cumplimiento de las actividades establecidas en el objeto del contrato y por cuya razón las respectivas facturas de cobro xxxx xxxxxxxx e imposibles de cobrar, el profesional contratista asumirá bajo su responsabilidad dichos valores, para lo cual desde ahora igualmente autoriza a la entidad contratante para que le sean descontados de las sumas existentes a su favor. PARÁGRAFO: El CONTRATISTA prestará los servicios objeto de la presente orden en las instalaciones del HOSPITAL, previa concertación entre las partes sobre el número y el tipo de actividades por día y por mes, según su disponibilidad de tiempo, la oferta de servicios y previa coordinación con las autoridades administrativas y asistenciales de la entidad, siendo de cargo de éste último brindarle la información pertinente para el desarrollo de la gestión. 8. Realizar vigilancia epidemiológica en todas aquellas situaciones que sean factor de riesgo para la población e informar sobre las enfermedades de notificación obligatoria. TERCERA. VALOR: Para todos los efectos fiscales, el presente contrato tiene un valor de NUEVE MILLONES SEISCIENTOS MIL PESOS ML MONEDA LEGAL ($9.600.000.00)
CUARTA. FORMA DE PAGO: EL HOSPITAL pagará al contratista el valor del
presente, en mensualidades vencidas de TRES MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS MONEDA LEGAL ($3.200.000.00), al vencimiento de cada mes, en un total de UN pago, previa presentación de la constancia suscrita por el interventor o supervisor del contrato, en la cual se señalará que el CONTRATISTA cumplió a satisfacción con sus obligaciones. QUINTA: TÉRMINO DE EJECUCIÓN: EL CONTRATISTA ejecutará el objeto del presente contrato en TRES (03) MESES, contados a partir del primero (1) xx Xxxx del 2011 y hasta el treinta y uno (31) de Julio del 2011. SEXTA. EXENCION DEL PAGO DE PRESTACIONES: Por tratarse
de una orden de compra, el CONTRATISTA no tendrá derecho a ninguna prestación distinta a la pactada expresamente en la cláusula TERCERA del presente contrato. Así mismo, el contratista deberá acreditar, como condición para que se efectúe el pago por la entrega efectivamente realizada, que por su propia cuenta y riesgo está afiliado a los sistemas de seguridad social integral, en especial a salud y pensiones en forma obligatoria y a riesgos profesionales en forma voluntaria según lo establecido en el artículo 23 de la ley 1150 de 2007, en concordancia con lo previsto en el decreto 1703 de 2003 y decreto 510 de 2003 y 2800 de 2005, a pesar de que los riesgos profesionales no sean de obligatoriedad xx xxx, en este caso el hospital lo adopta como una obligación debido a la actividad asistencial que se desarrolla en virtud del presente instrumento. En el evento que la contratista emplee personal para el desarrollo del objeto del contrato, deberá acreditar en los mismos términos legales que tiene afiliado al personal a la seguridad social y el pago de parafiscales, según corresponda. SEPTIMA. REGISTRO PRESUPUESTAL Y SUJECIÓN A LAS APROPIACIONES
PRESUPUESTALES: EL HOSPITAL se compromete a reservar la suma de
NUEVE MILLONES SEISCIENTOS MIL PESOS ML ($9.600.000.00) que será
tomada del presupuesto asignado para la Entidad en la vigencia fiscal de 2011 y
según certificado de disponibilidad presupuestal previo, el cual se anexa al presente. OCTAVA. CLAUSULAS EXCEPCIONALES: De acuerdo a lo previsto en el inciso 3, numeral 2, del Art. 14 de la Ley 80/93, EL HOSPITAL, podrá declarar la caducidad del presente contrato si se dan las situaciones previstas en el Artículo 18 de dicha ley. Así mismo EL HOSPITAL podrá interpretar, modificar o terminar unilateralmente el presente contrato, si se dan las circunstancias previstas en los Artículos 15,16 y 17 de la Ley 80/93. NOVENA. CONTROL DE LA EJECUCIÓN
DEL PRESENTE CONTRATO: EL HOSPITAL por conducto del Coordinador Médico, supervisará y controlará la debida ejecución del presente contrato por parte del CONTRATISTA. Para tal efecto, tendrá las siguientes atribuciones: 1- Verificar que el CONTRATISTA cumpla con las actividades a las cuales se comprometió, descritas en la cláusula segunda del presente contrato. 2- Concertar con el CONTRATISTA los días y horarios en que este realizará las actividades. 3- Certificar el cumplimiento del objeto del presente instrumento, por parte del CONTRATISTA. Dicha certificación se constituye en requisito previo para cada uno de los pagos que deba realizarse y, 4- Las demás inherentes a la función o actividad de control a la contratación en cuanto a interventoría se refiere. DECIMA. CESION. El CONTRATISTA no podrá ceder total o parcialmente la presente, ni subcontratar servicios objeto de la misma a persona alguna, salvo previa autorización por parte del Gerente del Hospital. DECIMA PRIMERA. MULTAS: En caso de incumplimiento parcial de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA en virtud del contrato que se suscriba, EL HOSPITAL, tendrá la facultad de imponerle multas así: 1. Por incumplimiento en los Términos de Legalización del Contrato: Si el CONTRATISTA no allega en los términos establecidos en el contrato los documentos necesarios para la legalización del mismo se causará una multa de (5) salarios mínimos legales diarios vigentes, por cada día calendario transcurrido a partir de la fecha prevista para el cumplimiento de esta obligación. 2. Por incumplimiento en el cronograma de trabajo o en la entrega del objeto Contractual: Por no cumplir con el cronograma de trabajo o si el CONTRATISTA no entrega el objeto del contrato de manera oportuna, completa y cumpliendo satisfactoriamente con los requisitos previstos en el contrato y sus anexos, se causará una multa equivalente al 1x 1.000 del valor del contrato por cada día calendario que transcurra desde la fecha prevista para el cumplimiento de dichas obligaciones y hasta cuando estas efectivamente se cumplan. Si pasaren más de treinta (30) días calendario, sin que el contratista haya cumplido con esta obligación, el CONTRATANTE podrá declarar la caducidad del contrato. 3. Por incumplimiento en la constitución y mantenimiento de las garantías: Por no mantener en vigor, renovar, prorrogar, corregir o adicionar las garantías, en los plazos y por los montos establecidos en la cláusula correspondiente, se causará una multa equivalente a tres (3) salarios mínimos legales mensuales vigentes por cada día calendario transcurrido a partir de la fecha prevista para el cumplimiento de esta obligación, previo requerimiento del interventor o del CONTRATANTE. Si pasaren más de treinta (30) días calendario sin que el CONTRATISTA haya cumplido con sus obligaciones, el CONTRATANTE podrá declarar la caducidad
del contrato. 4. Por incumplimiento de las obligaciones de seguridad social Integral y parafiscales: De acuerdo con lo estipulado en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, el incumplimiento por parte del contratista de sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social Integral, parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, SENA e ICBF) se causará una multa equivalente a cinco
(5) salarios mínimos legales mensuales vigentes, por cada día calendario transcurrido entre el momento en que el contratista ha incurrido en el incumplimiento y el momento en el que se verifique su cumplimiento. Lo anterior previa verificación de la xxxx mediante liquidación efectuada por la entidad administradora. Las sumas que se recauden por concepto de la multa, en lo que respecta al Sistema General de Seguridad Social en salud, se destinarán a la subcuenta de solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía. 5. Por no cumplir con las obligaciones contenidas en el contrato, o cumplirlas deficientemente o por fuera del tiempo estipulado: se causará una multa equivalente hasta el uno por mil (1 X 1000) del valor del contrato, por cada día calendario que transcurra desde la fecha prevista para el cumplimiento de dichas obligaciones y hasta cuando estas efectivamente se cumplan. La imposición de la multa atenderá criterios de racionabilidad, proporcionalidad y gravedad de la obligación incumplida. Si pasaren más de treinta (30) calendario, sin que el CONTRATISTA haya cumplido, el CONTRATANTE podrá declarar la caducidad del contrato. PARÁGRAFO PRIMERO: El pago o deducción de las multas no exonerará al CONTRATISTA del cumplimiento de sus obligaciones emanadas del contrato. Si pasaren más de treinta
(30) días calendario sin que el CONTRATISTA haya cumplido con sus obligaciones,
el CONTRATANTE podrá declarar la caducidad del contrato. PARÁGRAFO SEGUNDO: Las partes acuerdan que en caso de proceder a la aplicación de multas, la entidad lo podrá hacer directamente y el contratista autoriza expresamente la realización del procedimiento establecido en las cláusulas comunes del contrato y el descuento del valor de la multa, de los saldos del contrato por este concepto. DECIMA SEGUNDA: GARANTIAS. LA CONTRATISTA se compromete mediante el presente instrumento a constituir a favor del Hospital garantía única de cumplimiento de compañía bancaria o de seguros cuyas pólizas matrices se encuentren debidamente autorizadas por la Superintendencia Bancaria y por los siguientes conceptos: 1- De cumplimiento general de sus obligaciones en cuantía equivalente al 10% del valor total del contrato y con una vigencia igual a la del mismo y tres (3) meses más. Parágrafo: El CONTRATISTA en todo caso garantizará al HOSPITAL, que constituirá o que cuenta con póliza especial de responsabilidad civil por valor de 300 SMMLV y de acuerdo a la vigencia del contrato, de tal manera que por su actuar en desarrollo de esta orden mantenga indemne a la entidad frente a posibles reclamaciones que se formulen argumentando falla del servicio. DECIMA TERCERA. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: El CONTRATISTA declara bajo
juramento, el cual se entiende prestado con la aceptación del presente contrato,
que no se halla incurso en ninguna de las causales de inhabilidad ni incompatibilidad previstas en los Artículos 8 y 9 de la Ley 80/93, y las previstas en
la Ley 1150 de 2007. DECIMA CUARTA. DOMICILIO: Para todos los efectos legales, las partes declaran su domicilio contractual el Municipio de Aguadas, Caldas. DECIMA QUINTA. DOCUMENTOS: Hacen parte integral del presente contrato, los siguientes documentos: 1- Estudio Previo de conveniencia y oportunidad. 2- Certificado de disponibilidad presupuestal. 3- Hoja de Vida diligenciada por el CONTRATISTA. 4- Documento que certifica la existencia de la garantía de que trata la cláusula décima segunda. 5- Certificados de antecedentes judiciales, fiscales y disciplinarios. 6- Certificado que acredite que el CONTRATISTA se encuentra afiliado al sistema de seguridad social integral (salud y pensión y autoliquidaciones mensuales). 7- Hacen igualmente parte de este instrumento, todos los documentos de interventoría e informes sobre la gestión contractual que se produzcan a lo largo del término del contrato. DECIMA SEXTA. LIQUIDACIÓN: La liquidación del presente contrato se realizará de acuerdo a lo previsto en el artículo 11 de la Ley 1150 de julio 16 de 2007. DECIMA SÉPTIMA. El CONTRATISTA es responsable por la pérdida o deterioro de los bienes encomendados a su custodia. En caso de entrega de elementos devolutivos que le sean suministrados para el desarrollo de sus actividades profesionales, será mediante inventario individual, comprometiéndose a devolverlos una vez vencido el contrato en el estado en que le fueron entregados o mediante reparación o reposición en el caso de daño o pérdida, salvo deterioro normal de los mismos. No siendo otro el objeto el contrato, y una vez leído y en señal de aceptación, las partes proceden a firmarlo. Dado en Aguadas, Caldas, a 1 xx Xxxx de 2011.
XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX X
Gerente
XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX E
Contratista
Cc 36.861.133 IPIALES
Enterado del contenido
_ Interventor
ACTA DE INICIO
CONTRATO: Prestación de Servicios Asistenciales Nro 048- 2011
CONTRATANTE: E.S.E. Hospital San Xxxx de Aguadas
CONTRATISTA: XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX ESPAÑA
OBJETO: Realizar actividades Médicas en el área de hospitalización, urgencias, sala de partos, quirófanos, consulta externa y promoción y prevención en la E.S.E Hospital San Xxxx de Aguadas
MUNICIPIO: Aguadas (Caldas)
VALOR: $9.600.000.00
FECHA DE INICIO: 1 xx Xxxx de 2011
PLAZO DE EJECUCIÓN: Tres Meses
FECHA DE TERMINACIÓN: 31 de Julio de 2011
En Aguadas, Caldas, el Primero (1)° del mes de Febrero de 2011, se reunieron XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX, Gerente de la Empresa Social del Estado Hospital San Xxxx de Aguadas, y XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX ESPAÑA, con el fin de dar inicio al contrato de prestación de servicios para Realizar actividades Medicas en el área de hospitalización, urgencias, sala de partos, quirófanos, consulta externa y promoción y prevención en la E.S.E Hospital San Xxxx de Aguadas
No siendo otro el objeto de la presente acta, la misma se firma por los que en ella intervinieron luego de ser leída y aprobada en su integridad.
XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX X. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX ESPAÑA
GERENTE CONTRATISTA
C.C. Nº 36.861.133 xx Xxxxxxx
ESTUDIO DE CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD DEL CONTRATO
La suscrita Profesional Universitaria del Hospital San Xxxx de Aguadas E.S.E., mediante el presente documento se permite informar y presentar al Gerente del mismo el siguiente documento de conveniencia y oportunidad (El cual es conforme a lo preceptuado en el manual interno de contrataciones de la entidad), para adelantar el proceso de selección, mediante contratación de servicios para desarrollar actividades relacionadas con la prestación de los servicios de salud en la E.S.E Hospital San Xxxx de Aguadas y la consecuente celebración del contrato requerido para desarrollar el objetivo
DESCRIPCIÓN DEL REQUERIMIENTO: La entidad necesita desarrollar actividades relacionadas con el ejercicio de la Medicina para suplir la carencia de profesionales que ejecuten la demanda de este servicio, de acuerdo a la población que presenta el Municipio de Aguadas, en la cual se tiene identificada una población correspondiente a 24.000 usuarios, cuya implementación es imprescindible para poder efectuar uno de los fines esenciales previstos en la Constitución Política de 1991 consagra el derecho a la salud por parte de todos los Colombianos, a la vez que dar cumplimiento a su objeto social como es la prestación de servicios de salud.
Para la realización de los objetivos descritos anteriormente la E.S.E HOSPITAL SAN XXXX, tiene previsto dentro de su Plan de Compras y servicios, la contratación de Profesionales en Medicina, los cuales deben contener las siguientes características o requisitos mínimos:
• Fotocopia de la cédula de ciudadanía y de la libreta militar si es varón.
• Fotocopia del diploma de Médico.
• Fotocopia del acta de grado.
• Fotocopia de la Tarjeta Profesional
• Certificado de antecedentes disciplinarios.
• Certificado de Antecedentes Judiciales.
• Certificado de no responsable Fiscal de la Contraloría.
En caso de ser plaza de Servicio Social Obligatoria, deberá presentar acto administrativo en el cual se asigne la plaza.
La carencia de profesional en Medicina puede suplirse de manera total implementando la contratación de profesionales para realizar una disponibilidad máxima de 260 horas mensuales para cubrir los servicios de Hospitalización, urgencias, consulta externa, promoción y prevención realizando 857 actividades y/o procedimientos medico por mes, las cuales pueden ser contratadas mediante contratación directa, con un valor aproximado de
$3.000.000 a $3.300.000 por paquete de servicios médicos, para urgencias y hospitalización, disponibilidad de ambulancias, y todas aquellas que surjan de los compromisos adquiridos por la E.S.E Hospital San Xxxx y los cuales se originan en la contratación realizada por EPSs Subsidiadas y contributivas, Municipio, particulares, regímenes especiales, entre otros
CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD: Conforme a la continua necesidad de adelantar las actividades relacionadas con medicina, en las áreas de urgencias, hospitalización, y otras actividades de salud demandadas por la comunidad y en atención a lo anteriormente expuesto, y contando la E.S.E HOSPITAL SAN XXXX con: a) Las instalaciones y los elementos físicos adecuados para adelantar las actividades; d) Los recursos económicos dispuestos en el Presupuesto General xx Xxxxxx y Gastos de la entidad, en la vigencia de 2011 para cubrir el gasto que demande el desarrollo de las actividades requeridas, y c) El gasto programado en el Plan de Compras de la presente vigencia, es viable, conveniente y oportuno adelantar el proceso de selección y contratos respectivos para satisfacer la necesidad aquí determinada.
ELEMENTOS QUE SOPORTAN EL PRESENTE ESTUDIO:
1. Análisis de precios xx xxxxxxx: Teniendo en cuenta que se requiere contratar: Actividades Medicas para las áreas de urgencias, hospitalización y consulta externa, entre otras esta dependencia ha efectuado indagaciones y consultas de precios en el mercado entre el lapso comprendido entre el 15 y el 30 xx Xxxxx de 2011, con personas naturales y Jurídicas y se ha llegado a la conclusión de que el valor promedio de Profesional en Medicina es de
$3.000.000 a $3.300.000 M./cte. Por paquete de servicios.
2. Precios del RUPR Y CUBS: El presente análisis se consulto en la pagina del SICE, con el fin de determinar si estos servicios tienen Registro Único de Precios de Referencia, RUPR, y al Catálogo Único de Bienes y Servicios, CUBS, establecidos por la Contraloría General de la República, para ejecutar los planes de compras y la adquisición de bienes y servicios a particulares, encontrándose que solo se encuentran registrados hasta un tercer nivel, por lo tanto no se adjunta certificado alguno, el código consultado es 2.17.1 Cuidado de la Salud, prevención, promoción y fomento
3. Estudio técnico: Es procedente efectuar la contratación de: 1 Profesional
en Medicina, por cuanto las actividades a contratar son necesarias para cumplir con la demanda de usuarios y la disponibilidad de tiempo en los servicios de Urgencias y Hospitalización de acuerdo a lo contemplado en el presente estudio
Para constancia se firma en Aguadas a Treinta (30) xx Xxxxx de 2011.
XXX XXXXXX XXXXX XXXXX
Profesional Universitario
E.S.E. Hospital San Xxxx Aguadas, Caldas.