COLEGIO JORDÁN DE SAJONIADominicos CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS- Año 2019Jardín
COLEGIO XXXXXX XX XXXXXXX Dominicos | |
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS- Año 2019 Jardín |
Entre los suscritos a saber XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX O.P., identificado con la Cédula de ciudadanía No. 18.468.893 xx Xxxxxxxx, mayor de edad e identificado como aparece al pie de su firma, obrando en nombre y representación del CONVENTO DE XXXXX XXXXXXX Y/O COLEGIO XXXXXX XX XXXXXXX, quien de ahora en adelante se llamará EL COLEGIO, y,
Identificado(a) con la C.C. No. y, Identificado(a) con la C.C. No en su nombre y en condición de PADRES Y/O ACUDIENTES del EDUCANDO
con documento de identidad No , quien cursará el grado y quienes en lo sucesivo se denominarán los PADRES Y/O ACUDIENTES, identificados como aparece al pie de sus firmas, hemos celebrado el presente contrato que se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA. DEFINICIÓN DEL CONTRATO. El presente contrato formaliza la vinculación del EDUCANDO al servicio educativo que ofrece EL COLEGIO, en los términos de la legislación vigente y el Manual de Convivencia, comprometiendo a las partes y al EDUCANDO, a las obligaciones legales y pedagógicas tendientes a hacer efectiva la prestación del servicio educativo, obligaciones que son correlativas y esenciales para la consecución del objeto y de los fines comunes, ya que el derecho a la educación se considera un derecho-deber. SEGUNDA. OBJETO DEL CONTRATO. El objeto del presente contrato es procurar la formación integral del EDUCANDO mediante la recíproca labor de formación, tanto de los PADRES Y/O ACUDIENTES como del COLEGIO, en el fortalecimiento de su formación académica y en la búsqueda del pleno desarrollo de la personalidad del EDUCANDO. Para ello, se garantiza conjuntamente, el respeto a su dignidad, integridad física y moral, así como de un rendimiento académico satisfactorio en el ejercicio del programa curricular correspondiente al grado indicado, de acuerdo al Proyecto Educativo Institucional del COLEGIO. TERCERA. NATURALEZA JURIDICA DEL CONTRATO. El presente contrato es de naturaleza civil, conforme se establece en la legislación vigente. CUARTA. INCENTIVO. Para los PADRES Y/O ACUDIENTES que cancelen al momento de la matrícula la totalidad del valor del presente contrato, tendrán un descuento del 5 % sobre el valor anual correspondiente a pensiones. QUINTA. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS PADRES Y/O ACUDIENTES. Para cumplir con el fin común de la educación del EDUCANDO y en cumplimiento de las normas vigentes para el servicio educativo, los PADRES Y/O ACUDIENTES tienen los siguientes DERECHOS: a) Exigir la regular prestación del servicio; b) Exigir que el servicio educativo se ajuste a los programas oficiales; c) Exigir el cumplimiento del P.E.I.; d) Participar en el proceso educativo; y, e) Buscar y recibir orientación sobre la educación de su hijo. Así mismo, los PADRES Y/O ACUDIENTES tienen las siguientes OBLIGACIONES: a) Renovar la matrícula del EDUCANDO, para cada periodo académico correspondiente, en los días y horas señaladas para ello, previo el cumplimiento de los requisitos exigidos por el COLEGIO para el caso; b) Pagar estricta y cumplidamente los costos del servicio educativo (pensiones) dentro de los primeros cinco (5) días de cada mes; c) Proporcionar al EDUCANDO el ambiente adecuado para su desarrollo integral; d) Velar por el progreso del EDUCANDO en todos los órdenes; e) Cumplir estrictamente las citas y las llamadas que por parte de las directivas del plantel que se requieran; f) Cumplir con lo prescrito en el proyecto Educativo Institucional (P.E.I.) y el Reglamento y/o Manual de Convivencia interno del COLEGIO, los cuales manifiestan conocer y haber leído; g) Participar en las diferentes actividades que organiza el COLEGIO tales como escuelas de padres, entrega de boletines, reuniones para padres de familia, programadas por el colegio, reuniones programadas por la pastoral institucional del colegio etc.; h) Respetar por medios verbales y escritos, así como en redes sociales y medios tecnológicos a los profesores, integrantes de la comunidad religiosa, personal administrativo, contratistas del colegio y empleados de la empresa de vigilancia que presta servicios al colegio, entendiéndose el respeto como aquel comportamiento que dentro de la costumbres y conceptos sociales se entiende como tal; i)Todos los demás derechos y deberes contenidos en el Manual de Convivencia y cualquier otra que requiera de su presencia. PARAGRAFO: Los PADRES Y/O ACUDIENTES son conscientes que el presente contrato solamente se firmará si ellos se encuentran x xxx y salvo con las obligaciones económicas contenidas en contratos de vigencias anteriores, pero si se llegara a firmar el presente contrato sin estar x xxx y salvo, el mismo no tendrá ninguna validez y por ende no se entenderán vinculados a la Institución. SEXTA. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL EDUCANDO. En cumplimiento de las normas vigentes para el servicio educativo y en concordancia con el objeto del presente contrato, el EDUCANDO tiene los siguientes DERECHOS: a) Recibir una educación integral acorde con los principios que inspiran el P.E.I., b) Ser valorado y respetado como persona por todos y cada uno de los miembros de la comunidad educativa; c) Participar en el desarrollo del servicio educativo a través de los proyectos y programas establecidos por el COLEGIO; d) Conocer
oportunamente sus aciertos y/o deficiencias y a desarrollar actividades que le permitan afianzar sus aciertos o corregir sus deficiencias; e) Recibir de Directivos y Profesores buen ejemplo, acompañamiento, estímulo y atención y a ser escuchados oportunamente, y; f) Participar en las instancias establecidas en el Reglamento y/o Manual de Convivencia. Así mismo, el EDUCANDO representado legalmente en este contrato por sus padres o acudientes se compromete a cumplir las siguientes OBLIGACIONES: a) Cumplir, respetar y acatar el Reglamento y/o Manual de Convivencia interno del COLEGIO y los principios que orientan el proyecto Educativo Institucional. b) Respetar y valorar a todas las personas que constituyen la comunidad educativa. c) Enaltecer con sus actuaciones y expresiones el buen nombre del COLEGIO: d) Asistir puntual y respetuosamente a las clases. e) Asistir a todas las actividades programadas por el COLEGIO, tales como convivencias, retiros, peregrinaciones, salidas pedagógicas, actividades artísticas, eventos deportivos, etc., o cualquier otro en que el COLEGIO considere que requiera de su asistencia. PARÁGRAFO: El incumplimiento sin justa causa, fuerza mayor o caso fortuito que sea comprobada por el COLEGIO de las obligaciones relacionadas en los literales anteriores del presente contrato, dará lugar a la reserva del derecho de admisión del cupo del EDUCANDO para el año subsiguiente, previa la valoración de cada caso en particular especialmente, en lo referente al cumplimiento de todos los demás derechos y deberes contenidos en el manual de convivencia. SÉPTIMA. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL COLEGIO. En cumplimiento de las normas vigentes para la prestación del servicio educativo y en concordancia con el objeto del presente contrato, el COLEGIO tiene los siguientes DERECHOS: a) Exigir el cumplimiento de los deberes académicos que derivan del servicio y del reglamento y/o Manual de Convivencia interno del establecimiento por parte del EDUCANDO y PADRES Y/O ACUDIENTES; b) Exigir a los PADRES Y/O ACUDIENTES el cumplimiento de sus obligaciones como responsables del EDUCANDO; c) Recaudar los valores incurridos por los servicios educativos y demás gastos adicionales establecidos en este contrato, previa autorización del MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL o entidad encargada de este asunto: (matrícula, pensión y otros cobros, por todos los medios autorizados por la ley; d) Reservarse el derecho de no renovación del presente contrato, por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones consignadas por este, al igual que los actos que atenten contra la ética, la moral y las buenas costumbres de conformidad con los lineamientos dados por el (MEN) Ministerio de Educación Nacional , al igual que los planes y programas establecidos en el PEI. Así mismo el COLEGIO tiene las siguientes OBLIGACIONES: a) Ofrecer una educación integral de acuerdo con los fines de la educación COLOMBIANA y- los lineamientos consignados dentro del Manual de Convivencia del establecimiento; b) A prestar en forma regular el servicio educativo contratado dentro de las prescripciones legales; c) Inculcar valores y principios religiosos propios de nuestro perfil; d) Propiciar espacios adecuados para el proceso de enseñanza- aprendizaje; e) Potenciar el desarrollo pleno y armónico de la personalidad de nuestros estudiantes; f) Generar clima de diálogo y tolerancia que permita a los estudiantes participar en la toma de decisiones en todos los aspectos de su vida y en la construcción del conocimiento en comunidad; g) A brindar información oportuna a los padres de familia y acudientes acerca de los desempeños académicos y actitudinales de los estudiantes; h) A entregar documentos que constaten la vinculación a la institución y el desempeño académico y actitudinal de los estudiantes que se encuentren x xxx y salvo con los compromisos económicos adquiridos por sus padres o acudientes. OCTAVA. COSTO DEL CONTRATO.- El presente contrato tiene un costo anual de DOCE MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO PESOS M/CTE. ($12.584.445),
que serán cancelados por los PADRES Y/O ACUDIENTES, así: Matrícula UN MILLON DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS M/CTE.($1.258.444) y el excedente en 10 cuotas
mensuales de Febrero a Noviembre, por valor de UN MILLON CIENTO TREINTA Y DOS MIL SEISCIENTOS PESOS M/CTE. ($1.132.600) cada una, las cuales deberán ser pagadas dentro de los cinco (5) primeros días del mes o período al cual corresponde. PARÁGRAFO PRIMERO. - XXXX EN EL PAGO: La xxxx en el pago de las sumas indicadas en la cláusula anterior generará una multa equivalente a SEIS MIL OCHOCIENTOS PESOS ($6.800) M/CTE, por cada mes de retardo, de conformidad con el reglamento y/o Manual de Convivencia y demás normas legales. En lo referente a cheques de gerencia devueltos, el COLEGIO cobrará una sanción sobre el valor del mismo, la suma que determine la ley como sanción para esta práctica. PARÁGRAFO SEGUNDO. - Los costos educativos y los cobros adicionales, se ajustarán cada año, según lo autorizado por el MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL - MEN-, de conformidad con nuestro rango de clasificación. PARÁGRAFO TERCERO.- Los padres de familia y/o acudientes deben cancelar anualmente junto con la matrícula la cuota de otros cobros adoptados por el Consejo Directivo del Colegio, previa aprobación del MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL, que comprenden entre otros agenda, carné estudiantil, materiales para énfasis técnico, boletines y publicaciones por valor de TRESCIENTOS SETENTA Y TRES MIL CIENTO SETENTA Y OCHO PESOS M/CTE ($373.178) para el presente año de conformidad con lo establecido por el CADEL local No. 2. Adicional a este deberán cancelar $60.000 por concepto de Seguro Estudiantil, el cual será incluido en el Recibo de Matrícula. NOVENA. CLAUSULAS ADICIONALES. - Se entiende como parte integral del presente contrato el Proyecto Educativo Institucional P.EI. y el Reglamento y/o Manual de Convivencia interno del plantel que se encuentra inserto en la página web: xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx. DÉCIMA. CAUSALES DE TERMINACIÓN Y DE NO RENOVACIÓN DEL CONTRATO. El presente contrato terminará además de las razones contempladas en el P.E.I y el reglamento y/o Manual de convivencia por cualquiera de las siguientes causas: a) El retraso en el pago de la pensión por más de noventa (90) días calendario con sus debidas sanciones y multas; b) Por expiración del término fijado o sea el año lectivo; c) Por mutuo consentimiento de las partes; d) Por
muerte del EDUCANDO o cualquier otra fuerza mayor; e) Por suspensión de actividades del COLEGIO por más de sesenta (60) días calendario; o por clausura definitiva del establecimiento. Serán causales de no renovación del contrato: a) El incumplimiento de las obligaciones contempladas para los padres de familia o acudientes en la cláusula quinta del presente contrato. b) El incumplimiento de las obligaciones contempladas para el educando en la cláusula sexta. DÉCIMA PRIMERA. DURACIÓN y RENOVACIÓN DEL CONTRATO: La vigencia del presente es equivalente al año lectivo, el cual inicia el 21 de enero del 2019 y termina el día 29 de noviembre del año 2019 momento en que terminan las actividades académicas. DÉCIMA SEGUNDA. AUTORIZACIONES EXPRESAS. Los PADRES Y/O ACUDIENTES, autorizan al COLEGIO que se publique en el anuario y en su página institucional, imágenes o videos académicos y recreacionales de los alumnos del COLEGIO. DÉCIMA TERCERA. Las partes expresamente manifiestan que los datos suministrados a la institución educativa a nivel personal y familiar, con excepción a los relacionados con el manejo del crédito de la Cláusula anterior, son reservados y no se autoriza su utilización para fines distintos a los privados, con excepción de orden de autoridad competente y lo exigido en las normas legales vigentes. DÉCIMA CUARTA. CLÁUSULA ACELERATORIA. - Para cualquier efecto las partes acuerdan que el presente contrato presta mérito ejecutivo, y que el incumplimiento de cualquiera de las clausulas pactadas conllevará el derecho a declarar vencida anticipadamente la totalidad de las obligaciones y a hacer exigibles los instalamentos pendientes. También se podrá ejercer la cláusula aceleratoria, y se podrá proceder al cobro judicial o extrajudicialmente de toda la obligación, en el evento en que el deudor o cualquiera de los deudores fuera embargado en sus bienes o fuera sometido a concordato o liquidación obligatoria. DÉCIMA QUINTA. AUTORIZACIÓN REPORTE A CENTRALES DE RIESGO. En ejercicio de mi (nuestro) derecho a la libertad y autodeterminación informática, AUTORIZO de manera expresa, concreta, suficiente, voluntaria, informada e irrevocable al CONVENTO DE XXXXX XXXXXXX/ COLEGIO XXXXXX XX XXXXXXX, o a quien represente sus derechos u ostente en el futuro a cualquier título la calidad de acreedor a: capturar, tratar, procesar, operar, verificar, transmitir, transferir, usar, poner en circulación, consultar, divulgar, reportar y solicitar toda la información que se refiere a nuestro comportamiento crediticio, financiero, comercial y de servicios de los cuales somos sus titulares, referida al nacimiento, ejecución y extinción de obligaciones dinerarias generadas por el contrato educativo en lo que respecta a nuestro comportamiento e historial crediticio, incluida la información positiva y negativa de mis hábitos de pago y aquella que se refiera a la información personal necesaria para el estudio, análisis y eventual otorgamiento de un crédito o celebración de un contrato, para que dicha información sea concernida y reportada en cualquier CENTRAL DEL RIESGOS o BASE DE DATOS, tales como CENTRAL DE INFORMACIÓN DE ENTIDADES FINANCIERAS DE COLOMBIA o
DATACRÉDITO o a quien represente sus derechos u opere dichas entidades. La permanencia de mi información en las bases de datos será determinada por el ordenamiento jurídico aplicable, en especial por las normas legales y la jurisprudencia, los cuales contienen mis derechos y obligaciones, que, por ser públicos, conozco plenamente. Así mismo manifiesto que conozco el reglamento de las CENTRALES DE RIESGOS. En caso que, en el futuro, el autorizado en este documento efectúe una venta de cartera o una cesión de cualquier título de las obligaciones a mi(nuestro) cargo a favor de un tercero, los efectos de la presente autorización se extenderán a éste, en los mismos términos y condiciones.
Para constancia se firma en Bogotá, D.C., a los días del mes de del año 20_ .
Firma Padre y/o Acudiente del estudiante Firma Madre y/o Acudiente del estudiante
Nombres y apellidos Nombres y Apellidos
C. C. No. C. C. No.
DEUDOR (Responsable de las obligaciones económicas) CODEUDOR
Nombre:
C.C. No.
Nombre: X.X.Xx.
(Anexar fotocopia de la XX. Xxxxxx) (Xxxxxx xxxxxxxxx xx xx XX. Xxxxxxxx)
XXXXXXX XXXXXX XX XXXXXXX