CONTRATO LOCACIÓN DE SERVICIOS
CONTRATO LOCACIÓN DE SERVICIOS
SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE ÁREAS VERDES
Conste por el presente CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS, la contratación del SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE ÁREAS VERDES, que celebra de una parte la Municipalidad de Comas, en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº 20168737565 con domicilio legal en Xxxxx xx Xxxxx xx Xxxxx, xxx Xxxxxxxx xx Xxxxx, Xxxxxxxxx x Xxxxxxxxxxxx xx Xxxx, representada por su Gerente Municipal Eco. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, con DNI Nº 00000000 designado mediante Resolución de Alcaldía Nº 1860-2009-A/MC y de otra parte la Empresa SERVICIOS GENERALES LUNIC S.R.L. con RUC Nº 20418646480, con domicilio legal en la Av. Xxxxxxxxx de la Fuente Nº 833 Xxx. Xxx Xxxxxxx xxx Xxxxxxxx xx Xxxxx, Xxxxxxxxx x Xxxxxxxxxxxx xx Xxxx, según constitución registrada con Escritura Nº 2165, Kardex Nº 26031, Minuta Nº 2144, Fojas Nº 10882, Partida Nº 11049594 del Registro de Personas Jurídicas de Lima, debidamente representado por su Gerente General, Xxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx con DNI N° 00000000, según poder inscrito en la Ficha N° A 00001, a quien en adelante se le denominará “EL CONTRATISTA” en los términos y condiciones siguientes:
I.- BASE LEGAL
➢ Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017. En adelante LA LEY.
➢ Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. En adelante
EL REGLAMENTO y su modificatoria Decreto Supremo N° 021-2009-EF.
➢ Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2010 - Ley N° 29465.
➢ Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972
➢ Presupuesto Institucional de Apertura 2010 (PIA).
➢ Código Civil, LIBRO VII, SECCIÓN SEGUNDA TITULO IX.
CLÁUSULA PRIMERA: OBJETO
Mediante Resolución de Gerencia Municipal Nº 010-2010-GM/MC se aprueban las Bases del Concurso Público Nº 01-2010-CE/MC para contratar el SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE ÁREAS VERDES para las dependencias de Gerencia de Desarrollo Ambiental y Subgerencia de Parques y Jardines de la Municipalidad de Comas, realizándose su convocatoria de conformidad con el Artículo 51º de EL REGLAMENTO. El LUNES 01 xx XXXXX de 2010 el CE otorga la Buena Pro a la Empresa SERVICIOS GENERALES LUNIC S.R.L. al ser admitida, evaluada y calificada, obteniendo el máximo puntaje, su Propuesta Técnica y Económica son parte integrantes del presente contrato.
CLÁUSULA SEGUNDA: FINALIDAD DEL CONTRATO
El presente Contrato de Locación de Servicios, tiene como finalidad contratar a una Empresa especializada para realizar el SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE ÁREAS VERDES para las dependencias de Gerencia de Desarrollo Ambiental y Subgerencia de Parques y Jardines de la Municipalidad de Comas, en las siguientes zonas:
Zona 1º Av. UNIVERSITARIA con 122,000 m²
Comprende desde el límite del Distrito de Los Olivos hasta el límite con el Distrito de Carabayllo.
Zona 2º Av. HÉROES DEL ALTO CENEPA (Ex TRAPICHE) con 55,600 m²
Comprende desde el Distrito de Carabayllo hasta el cruce con la Panamericana Norte (Distrito de Los Olivos)
Zona 3º Av. XXXXX XXXXX con 21,500 m²
Comprende desde el límite del Distrito de Independencia hasta el Distrito de Carabayllo.
Zona 4º Av. EL RETABLO con 16,200 m²
Comprende desde la Xx. Xxx Xxxxx xxxxx xx Xx. Xxx Xxxxxxx
Xxxx 0x Av. METROPOLITANA con 14,200 m²
Comprende desde la Xx. Xxxxx Xxxxx xxxxx xx Xx. Xxxxxx
Xxxx 0x Av. CARABAYLLO con 12,800 m²
Comprende desde la Av. El Maestro Peruano hasta la Xx. Xxxxx Xxxxx
Xxxx 0x Xx. XXXXXXXX (xx Xxx Xxxxx) con 11,000 m²
Comprende desde la Xxxxx 00 Xxx. Xx Xxxxx hasta la Xx. Xxxxxxx Xxxxx
Xxxx 0x Xx. 00 XX XXXXXX con 10,800 m²
Comprende desde el Xx. Xxxxxxxx xxxxx xx Xx. Xxxxxxx Xxxxx
Xxxx 0x Av. LOS INCAS
Comprende desde la Xx. Xxxxxx xxx Xxxx Xxxxxx hasta la Av. Xxxxx Xxxxx con 4,945 m²
Zona 10º Av. ÁLAMO con 8,200 m²
Comprende desde Xx. Xxxxxx xxx Xxxx Xxxxxx xxxxx xx Xx. Xxx Xxxxxxx
Xxxx 00x Av. MEXICO con 8,020 m²
Comprende desde Xxxxx Xxxxxxxx xxxxx xx Xx. Xxxxxxx Xxxxx
Xxxx 00x Av. EL MAESTRO PERUANO con 7,820 m²
Comprende desde el Xx. Xxxxxxxx xxxxx xx Xx. Xxxxxxxxxxxxx
Xxxx 00x Av. SANGARARA con 7,800 m²
Comprende desde la Av. Xxxxx Xxxxx hasta la Xx. Xxxxxx Xxxx
Xxxx 00x Xx. XXX XXXXXX con 7,650 m²
Comprende desde la Av. Xxxxx Xxxxx hasta la Xx. Xxxxxx xxx Xxxx Xxxxxx
Xxxx 00x Xx. XXXXXXXXX XX XX XXXXXX con 7,640 m²
Comprende desde el Xx. Xxxxxx xx Xxxxxxx Xxx. Xxx Xxxxxxx xxxxx xx Xx. Xxxxxxx Xxxxx
Xxxx 00x XXXXXXX XXXXXXXX con 7,340 m²
Comprende desde la Av. Xxxxx Xxxxx hasta el Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxx. Xxxxxxx XX Xxxxx
Xxxx 00x Av. JAMAICA con 3,920 m²
Comprende desde la Xx. Xxxxx Xxxxx xxxxx xx Xx. Xxxxxxx XX Xxxxx
Xxxx 00x Av. XXXXXXXX con 6,500 m²
Comprende desde la Xxxxx 0 xx Xxxxxxx Xx Xxxxxx Xxxx hasta el Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx XX Xxxxx
Xxxx 00x Xx. XXX XXXXXX con 4,600 m²
Comprende desde la Av. Xxxxx Xxxxx hasta la Xx. Xxxxxxxxxxxxx
Xxxx 00x Xx. XXX XXXXXXX con 4,280 m²
Comprende desde la Xx. Xxxxxxxxxxxxx xxxxx xx Xx. Xxxxxxx Xxxxx
Xxxx 00x Av. LIMA con 3,700 m²
Comprende desde el Xx. Xxxxxxxx xxxxx xx Xx. Xxxxxxxxxxxxx.
Xxxx 00x Av. EL PARRAL con 3,670 m²
Comprende desde la Xxxxx Xxxxxxxx xxxxx xx Xx. Xxxxxxxxxxxxx
Xxxx 00x Av. SAN XXXXXXXX con 1,600 m²
Comprende desde el Jr. San Xxxx hasta Jr. Otuzco San Xxxxxx
Haciendo un total de 351,785 m²
CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL
El monto total del SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE ÁREAS VERDES para las diferentes dependencias de la Municipalidad de Comas, asciende a:
PERIODO DEL CONTRATO: UN AÑO (12 meses)
COSTO TOTAL: S/. 1’688,568.00
Un millón seiscientos ochenta y ocho mil quinientos sesenta y ocho con 00/100 Nuevos Soles) el que incluye el IGV.
Los montos comprenden el costo del servicio, seguros e impuestos, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato.
CLÁUSULA CUARTA: FORMA DE PAGO
LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en NUEVOS SOLES, luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente (quincenalmente), según lo establecido en el Artículo 176°; 177º; 180º de EL REGLAMENTO, para tal efecto, la Subgerencia de Parques y Jardines conjuntamente con la Gerencia de Desarrollo Ambiental, dependencias responsable de dar la conformidad de la prestación, deberán hacerlo en los plazos señalados en el Artículo 181º de EL REGLAMENTO.
Dicho pago se realizara con la Fuente de Financiamiento, siguientes:
F.F. 05 RUBRO 07 FONCOMUN
F.F. 05 RUBRO 08 IMPUESTOS MUNICIPALES
F.F. 02 RUBRO 09 RDR
CLÁUSULA QUINTA: INICIO y CULMINACIÓN DE LA PRESTACIÓN
El plazo de ejecución de la prestación se extenderá desde el día siguiente suscrito el Contrato hasta el 11 xx XXXXX de 2011.
CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO
El presente contrato está conformado por las Bases Integradas, la oferta ganadora y los documentos derivados del Proceso de Selección que establezcan obligaciones para las partes.
CLÁUSULA SETIMA: GARANTIAS
En Garantía del resarcimiento proveniente del eventual incumplimiento en la entrega de los servicios contratados, EL CONTRATISTA en aplicación del Artículo 39 de LA LEY, entrega a la suscripción del presente Contrato una DECLARACIÓN JURADA en la que solicita que le retengan el monto equivalente al 10% (S/. 168,856.80) del monto total contratado, conforme a lo establecido en la Ley N° 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa; retención que se efectuará durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, en cada pago, con cargo a ser devuelto a la finalización del contrato. El texto en copia forma parte del presente Contrato; el original estará bajo custodia en la Subgerencia de Tesorería de LA MUNICIPALIDAD.
CLÁUSULA OCTAVA: CONFORMIDAD DEL SERVICIO
La conformidad del servicio (Quincenal) se regula por lo dispuesto en el Artículo 176º y 177º de EL REGLAMENTO, la que será otorgada por la Gerencia de de Desarrollo Ambiental conjuntamente con la Subgerencia de Parques y Jardines, de la Municipalidad de Comas.
CLÁUSULA NOVENA: DECLARACION JURADA DEL CONTRATISTA
El contratista declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
En el caso de existir observaciones se levantará un Acta de Observaciones, en la que se indicará claramente en que consisten éstas, dándole a EL CONTRATISTA un plazo prudente para su subsanación, según los plazos establecidos en EL REGLAMENTO.
Si después del plazo otorgado a EL CONTRATISTA, LA ENTIDAD considera que no se ha cumplido a cabalidad con la subsanación, podrá resolver el contrato.
CLÁUSULA DÉCIMA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS
La conformidad del servicio por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicio ocultos, conforme a lo dispuesto por el Artículo 50º de LA LEY.
CLÁUSULA DÉCIMO PRIMERA: PENALIDADES POR RETRASO INJUSTIFICADO
Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplicará en todos los casos, una penalidad por cada día calendario de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto contractual, en concordancia con el Artículo 165° de EL REGLAMENTO. La penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:
Penalidad Diaria = 0.10 x Monto
0.25 x Plazo en días
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato parcial o totalmente por incumplimiento mediante carta notarial y comunicará al OSCE su incumplimiento, sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios ulteriores que pueda exigir.
La penalidad será deducida de cualquiera de sus facturas pendientes o en la liquidación final.
La justificación por el retraso se sujeta a lo dispuesto por el Código Civil y demás normas concordantes.
CLÁUSULA DECIMO SEGUNDA: RESOLUCION DEL CONTRATO
Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato, de conformidad con los Artículos 40º, inciso c), y 44º de LA LEY, y los Artículos 167º y 168º de EL REGLAMENTO. De darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en el Artículo 169° de EL REGLAMENTO.
Es causal de resolución del contrato celebrado entre la Entidad y EL CONTRATISTA, la verificación por parte de la Entidad de algún incumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de EL CONTRATISTA. Las entidades están obligadas a verificar el cumplimiento de las obligaciones laborales que tiene EL CONTRATISTA con los trabajadores destacados; para tal obligación podrán solicitar la inspección de la Autoridad Administrativa de Trabajo.
CLÁUSULA DECIMO TERCERA: RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA
Sin perjuicio de la indemnización por daño ulterior, las sanciones administrativas y pecuniarias aplicadas a EL CONTRATISTA, no lo eximen de cumplir con las demás obligaciones pactadas ni de las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar.
CLÁUSULA DECIMO CUARTA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO
En, lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, serán de aplicación las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente y demás normas concordantes.
CLÁUSULA DECIMO QUINTA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Cualquiera de las partes tiene el derecho a iniciar el arbitraje administrativo a fin de resolver las controversias que se presenten durante la etapa de ejecución contractual dentro del plazo de caducidad previsto en los Artículos 144º, 170, 175º y 177º de EL REGLAMENTO o, en su defecto, en el Artículo 52º de LA LEY.
Facultativamente, cualquiera de las partes podrá someter a conciliación la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, según lo señalado en el Artículo 214º de EL REGLAMENTO.
El Laudo arbitral emitido es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia.
CLÁUSULA DECIMO SEXTA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA
Cualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.
CLÁUSULA DECIMO SEPTIMA: VERACIDAD DE DOMICILIOS
Las partes contratantes han declarado sus respectivos domicilios en la parte introductoria del presente contrato.
De acuerdo con las Bases, la propuesta Técnico Económica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por TRIPLICADO en señal de conformidad en la ciudad de Lima al 12 xx XXXXX de 2010.
“LA ENTIDAD” “EL CONTRATISTA”