Nº: 24/16
Nº: 24/16
SESION CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DIA
23 XX XXXXX DE 2.016 (EXTRACTO)
2.- SERVICIOS A LA CIUDAD, TURISMO Y PATRIMONIO HISTÓRICO. Dictámenes
Comisión Informativa. Convenio entre el Ministerio de Industria, Energía y Turismo y el Ayuntamiento xx Xxxxx para el desarrollo del polígono industrial de Las Hervencias. Fue dada cuenta del Convenio a suscribir entre el Ministerio de Industria, Energía y Turismo y el Ayuntamiento xx Xxxxx para el desarrollo del polígono industrial de Las Hervencias.
El Convenio se establece como medio de canalización e instrumento de la subvención nominativa que figura en la correspondiente partida presupuestaria Al Ayuntamiento xx Xxxxx para el desarrollo del Polígono Industrial de las Hervencias” correspondiente a la DGIPYME, por importe de 1.000.000 €.
Las actuaciones que se llevarán a cabo son las siguientes:
1. Renovación de la red de abastecimiento en las calles Río Eresma, Río Xxxxx, Río Esla y Río Xxxxx. Esta zona es la más antigua del Polígono de las Hervencias, siendo la red de abastecimiento de fibrocemento antiguo, por lo que se considera como actuación prioritaria la sustitución de la misma por una red de Fundición Dúctil, con válvulas y piecería del mismo material. Conlleva la sustitución de las acometidas de abastecimiento por otras nuevas con tubería de polietileno.
2. Saneamiento. Instalación de imbornales o canaletas de recogida de aguas pluviales con capacidad suficiente para recoger las aguas que se embalsan en momentos de lluvia de alta intensidad en la parte baja de la calle Río Esla en su encuentro con la calle Río Xxxxx.
3. Telecomunicaciones. Instalación de 4 tubos de PVC corrugados de 110 mm de diámetro que se dejarán instalados bajo calzada o acera a disposición del Ayuntamiento para uso de las compañías operadores de telecomunicaciones, telefonía, electricidad, etc. …, así como construcción de arquetas para tales usos.
4. Pavimentación. Se procederá a la pavimentación de aceras y calzada de aproximadamente una longitud de 950 metros xx xxxxx. La pavimentación de las aceras se proyecta con bordillos de hormigón y adoquines del mismo material, más resistentes que las baldosas al paso de vehículos sobre las mismas. La calzada se pavimentará con aglomerado asfáltico en caliente fresando previamente la capa de rodadura actual.
5. Seguridad y Salud. Elementos necesarios para prevenir riesgos laborales. Incluye todos los equipos de protección individuales y colectivos necesarios en la obra.
6. Gestión de residuos. Incluye la retirada, carga, transporte y entrega de todos los residuos de construcción a gestor autorizado.
7. Colaboraciones externas. Incluye el proyecto de dirección de obra.
A su vista, la Junta de Gobierno Local, de conformidad con el dictamen evacuado por la Comisión Informativa de Servicios a la Ciudad, Turismo y Patrimonio Histórico en sesión de fecha 20 xx xxxxx de 2016, acordó lo siguiente:
- Aprobar el Convenio a suscribir con el Ministerio de Industria, Energía y Turismo y el Ayuntamiento xx Xxxxx para el desarrollo del polígono industrial de Las Hervencias.
- Facultar tan ampliamente como proceda al Ilmo. Sr. Alcalde para la firma del mismo.
3.- CULTURA, EDUCACIÓN Y DEPORTES.
A) Dictámenes Comisión Informativa.
a) Proyecto de Fiestas xx Xxxxxx 2016. La Junta de Gobierno Local, de conformidad con el dictamen emitido al efecto por la Comisión Informativa de Cultura, Educación y Deportes en fecha de 21 xx xxxxx de 2.016, acordó prestar su aprobación al proyecto de Fiestas xx Xxxxxx 2016, con un
presupuesto que asciende a la cantidad de 30.786 €
b) En Clave xx Xxxx 2016. La Junta de Gobierno Local, de conformidad con el dictamen emitido al efecto por la Comisión Informativa de Cultura, Educación y Deportes en fecha de 21 xx xxxxx de 2.016, acordó prestar su aprobación al proyecto “En Clave xx Xxxx”, que tendrá lugar en el Corralón de Xxxxxx Xxxxxxx (Patio xxx Xxxxxxxxx) y en el Auditorio de San Xxxxxxxxx los días 5, 6 y 9 xx xxxxxx, con un presupuesto que asciende a la cantidad de 9.500 €, y el precio de las localidades de los conciertos del 5 y 6 xx xxxxxx, que se fija en 3 €, siendo gratuita hasta completar el aforo la del día 9 xx xxxxxx.
c) Clave de Xxxx Xxx@x. La Junta de Gobierno Local, de conformidad con el dictamen emitido al efecto por la Comisión Informativa de Cultura, Educación y Deportes en fecha de 21 xx xxxxx de 2.016, acordó prestar su aprobación al proyecto “Clave de Xxxx Xxx@x”, que tendrá lugar en el Corralón de Xxxxxx Xxxxxxx (Patio xxx Xxxxxxxxx) los día 13 y 21 xx xxxxxx, con un presupuesto que asciende a la cantidad de 60,50 € en gastos de cartelería y el precio de la localidad que se fija en 5 €.
d) La Lengua de Signos, Patrimonio de Todos. La Junta de Gobierno Local, de conformidad con el dictamen emitido al efecto por la Comisión Informativa de Cultura, Educación y Deportes en fecha de 21 xx xxxxx de 2.016, acordó prestar su aprobación al proyecto “La Lengua de Signos, Patrimonio de Todos”, consistente en la realización de una charla taller, el día 30 xx xxxxx, en el Episcopio, con un presupuesto que asciende a la cantidad de 60,50 €.
e) Deportes.
1.- Campeonato Nacional xx Xxxxx. La Junta de Gobierno Local, de conformidad con el dictamen emitido al efecto por la Comisión Informativa de Cultura, Educación y Deportes en fecha de 21 xx xxxxx de 2.016, acordó autorizar la cesión gratuita del campo de fútbol Anexo 2 al Estadio Xxxxxx Xxxxxx a la Delegación xx Xxxxx de Deportes Autóctonos para la celebración del Campeonato Nacional xx Xxxxx, que se celebrará el día 00 xx xxxxx xxx xxxxxxxxx, así como la infraestructura necesaria para la realización del mismo.
2.- III Fiesta de la Bicicleta. La Junta de Gobierno Local, de conformidad con el dictamen emitido al efecto por la Comisión Informativa de Cultura, Educación y Deportes en fecha de 21 xx xxxxx de 2.016, acordó colaborar con la Cadena 100 Ávila, en la realización de la III Fiesta de la Bicicleta, que se celebrará el día 00 xx xxxxx xxx xxxxxxxxx, mediante la cesión de la infraestructura necesaria para la realización de la misma.
3.- Tercer Torneo Los Mineros. La Junta de Gobierno Local, de conformidad con el dictamen emitido al efecto por la Comisión Informativa de Cultura, Educación y Deportes en fecha de 21 xx xxxxx de 2.016, acordó colaborar con la Asociación Cultural Los Mineros en la realización del Tercer Torneo Los Mineros, que se celebrará el día 9 de julio del corriente, mediante la cesión gratuita de 3 pistas de fútbol sala de la Cubierta Multiusos en horario de 10:00 a 14:00 horas y 2 pistas de fútbol sala de la Cubierta Multiusos de 15:00 a 19:00 horas.
4.- XLIII Torneo Nacional de Tenis “Ciudad xx Xxxxx”. La Junta de Gobierno Local, de conformidad con el dictamen emitido al efecto por la Comisión Informativa de Cultura, Educación y Deportes en fecha de 21 xx xxxxx de 2.016, acordó colaborar con el Polideportivo Casa Social Católica para la realización del XLIII Torneo Nacional de Tenis “Ciudad xx Xxxxx”, que se celebrará del 4 al 17 de julio, mediante la cesión gratuita del 50 % de las horas utilizadas de las pistas de la Ciudad Deportiva Municipal.
5.- Torneo de Tenis Camino del Éxito. La Junta de Gobierno Local, de conformidad con el dictamen emitido al efecto por la Comisión Informativa de Cultura, Educación y Deportes en fecha de 21 xx xxxxx de 2.016, acordó colaborar con el Club Tenis Ávila en la realización del Torneo de Tenis Camino del Éxito, que tendrá lugar los días 18, 19, 25 y 26 xx xxxxx, mediante la cesión gratuita del 50 % de las horas utilizadas de las pistas de tenis de la Ciudad Deportiva Municipal.
7.- Convenio con el Real Xxxxx C.F. para la utilización del Estadio Municipal Xxxxxx Xxxxxx conjuntamente con Colegios Diocesanos. Fue dada cuenta del convenio a suscribir con el Real Xxxxx
C.F. para la utilización del Estadio Municipal Xxxxxx Xxxxxx conjuntamente con Colegios Diocesanos.
“XXXXXXXX XXXXX XX XXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXX XX XXXXX X XX XXXX XXXXX
X.X. S.A.D., PARA EL USO DEL ESTADIO XXXXXX XXXXXX.
Por medio de este convenio El Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx, cede el uso y utilización del Estadio Municipal Xxxxxx Xxxxxx de esta capital, al Real Xxxxx C.F. S.A.D. para la práctica del fútbol.
El Real Xxxxx C.F. S.A.D., queda obligado durante la vigencia del presente Xxxxxxxx y mediante petición del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx, a compartir el uso del Estadio Municipal Xxxxxx Xxxxxx con cualquier club deportivo de la ciudad xx Xxxxx que lo solicite y que participe en competiciones federadas en categoría Regional o Nacional, previo acuerdo con el club deportivo solicitante.
Los acuerdos adoptados entre el Real Xxxxx C.F. S.A.D. y los distintos clubs con los que pueden compartir el uso del estadio quedarán reflejados en el Anexo correspondiente, regulando las relaciones entre ambas entidades. Estos acuerdos han de estar en todo momento supervisados por el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx.
El Real Xxxxx C.F. S.A.D., se obliga a realizar el mantenimiento y conservación de las instalaciones que en este Convenio se determinan. Todos los gastos de mantenimiento y conservación del estadio, por cualquier concepto, serán por cuenta del Real Xxxxx C.F. S.A.D.
También serán por cuenta del Real Xxxxx C.F. S.A.D., todos los gastos derivados de la contratación de personal afecto al estadio, como salarios, Seguridad Social, etc.
El Real Xxxxx C.F. S.A.D., como contraprestación al Convenio, se compromete a realizar una inversión antes del comienzo de la temporada deportiva 2.016-2.017 para la adecuación y mejora de las instalaciones del Estadio Municipal Xxxxxx Xxxxxx.
La inversión estimada será en torno a los 100.000 euros y estará ligada a los 10 años de duración del Convenio. Estas inversiones han de estar supervisadas y autorizadas por los servicios técnicos municipales competentes, teniendo constancia documental del importe de las mismas.
La duración del presente Convenio será por 10 años, siempre y cuando que el Real Xxxxx C.F. S.A.D., reúna los siguientes requisitos:
• Participe en Competiciones Oficiales de la Real Federación Española de Futbol de categoría nacional.
El Excmo. Ayuntamiento se reserva el derecho a utilizar el estadio para la celebración de los actos que estime oportunos, previo acuerdo con el Real Xxxxx C.F. S.A.D en lo referente a los gastos ocasionados por dicha utilización.
A su vista, la Junta de Gobierno Local de conformidad con el dictamen emitido al efecto por la Comisión Informativa de Cultura, Educación y Deportes en fecha de 21 xx xxxxx de 2.016, acordó lo siguiente:
- Aprobar el Convenio a suscribir con el Real Xxxxx C.F. para la utilización del Estadio Municipal Xxxxxx Xxxxxx conjuntamente con Colegios Diocesanos.
- Facultar tan ampliamente como proceda al Ilmo. Sr. Alcalde para la firma del mismo.
f) Cesión gratuita del Auditorio Municipal de San Xxxxxxxxx.
1.- De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Cultura, Educación y Deportes, emitido en sesión celebrada el día 21 xx xxxxx de 2.016, la Junta de Gobierno Local acordó aprobar la cesión gratuita del Auditorio Municipal de San Xxxxxxxxx para la celebración de una asamblea de trabajadores de la planta de Nissan en Ávila, a las 17:30 horas, con entrada libre, en fecha a determinar.
2.- De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Cultura, Educación y Deportes, emitido en sesión celebrada el día 21 xx xxxxx de 2.016, la Junta de Gobierno Local acordó aprobar la cesión gratuita del Auditorio Municipal de San Xxxxxxxxx para la celebración el día 23 de septiembre de un recital de piano a cargo de Xxxxxx Xxxxxxxxx, con un precio de la entrada de 5 € y un coloquio abierto al público sobre composición en colaboración con el Conservatorio de Música xx Xxxxx.
3.- De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Cultura, Educación y Deportes, emitido en sesión celebrada el día 21 xx xxxxx de 2.016, la Junta de Gobierno Local acordó aprobar la cesión gratuita del Auditorio Municipal de San Xxxxxxxxx para la celebración el día 28 de octubre de un concierto de la coral Terpsícore a las 20:30 horas, con un precio de la entrada de 5 €, y cuya recaudación irá destinada a la Asociación de Familiares de Enfermos de Alzheimer xx Xxxxx.
4.- De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Cultura, Educación y Deportes, emitido en sesión celebrada el día 21 xx xxxxx de 2.016, la Junta de Gobierno Local acordó aprobar la cesión gratuita del Auditorio Municipal de San Xxxxxxxxx para la celebración el día 17 de diciembre el Festival de Jotas organizado por el Grupo de Jotas San Xxxxxxx, y cuya recaudación se destinará a la Asociación de Esclerosis Múltiple xx Xxxxx.
g) Cesión gratuita de El Episcopio.
1.- De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Cultura, Educación y Deportes, emitido en sesión celebrada el día 21 xx xxxxx de 2.016, la Junta de Gobierno Local acordó aprobar la cesión gratuita de El Episcopio para la celebración el día 27 xx xxxxx de una mesa redonda para la presentación del Bastón Rojo y Blanco, organizado por ASOCIDE en colaboración con la ONCE, con motivo del Día Internacional de las Personas Sordociegas, a las 12:00 horas, con entrada libre hasta completar el aforo.
2.- De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Cultura, Educación y Deportes, emitido en sesión celebrada el día 21 xx xxxxx de 2.016, la Junta de Gobierno Local acordó aprobar la cesión gratuita de El Episcopio para la celebración el día 29 xx xxxxxx de un concierto de la Joven Orquesta Sinfónica Xxxxxxxxxxxx xxx Xxxxx Unido en el Patio xxx Xxxxxxxxx a las 21:00 horas, con entrada gratuita hasta completar el aforo.
B) Autorizaciones de hogueras.
a) Fue dada cuenta del informe evacuado por el Servicio de S.P.E.I.S. con el siguiente tenor:
“ASUNTO : HOGUERA DE SAN XXXX
SITUACIÓN : PLAZA DE LA IGLESIA
DÍA : 00 XX XXXXX
SOLICITANTE : BARRIO DE XXXXX XXX XXX NIÑO
INFORME:
Para hacer costar que, como medida excepcional, por consideración a autorizaciones concedidas en años pasados, se tomarán las medidas necesarias para el desarrollo de esta actividad acudiendo 1 vehículo con miembros de la Agrupación de Protección Civil hasta la terminación de la actividad, por lo que no existe inconveniente en acceder a lo solicitado
Así mismo el solicitante acatará aquellas disposiciones que, a tenor de las circunstancias del momento, estimen necesarias la autoridad desplazada al evento.
Este permiso no exime de culpas si se observa alguna irresponsabilidad.”
La Junta de Gobierno Local acordó aprobar el meritado informe, elevándolo a acuerdo.
b) Fue dada cuenta del informe evacuado por el Servicio de S.P.E.I.S. con el siguiente tenor:
“ASUNTO : AUTORIZACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE UNA SARDINADA Y PAELLA
DÍA : 1 Y 0 XX XXXXX XX 0000
SITUACIÓN : PLAZA XX XXXXXX XXXXXX
SOLICITANTE : ASOCIACIÓN DE VECINOS XX XXXXXX XXXXXX
INFORME:
Para hacer costar que no existe inconveniente en acceder a lo solicitado, si se reúnen las condiciones adecuadas, que serán:
• Que algún representante de la AAVV xx Xxxxxx Xxxxxx notificará cualquier eventualidad al Parque de Bomberos. (920 22 44 50 ó 920 2110 80)
• Se formará un cortafuego en el borde de la zona en la que se va a realizar el evento, que en ningún caso será inferior a cinco metros.
• Se situará personal suficiente para sofocar los posibles conatos de incendios, que estarán provistos de algún útil de extinción como los que a continuación se relacionan:
• 1 extintor
• Reservas de agua en cubos en cantidad no inferior a 50 litros
• No se abandonará la vigilancia de la zona hasta que el fuego esté completamente apagado.
• Se acatarán aquellas disposiciones que, a tenor de las circunstancias del momento, estimen necesarias la autoridad
Este permiso no exime de culpas si se observa alguna irresponsabilidad.”
La Junta de Gobierno Local acordó aprobar el meritado informe, elevándolo a acuerdo.
4.- SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES.- Dictámenes Comisión
Informativa.
A) Ludotecas Municipales.
a) Normas de funcionamiento. Fue dada cuenta del dictamen evacuado por la Comisión Informativa de Servicios Sociales e Igualdad de Oportunidades en su sesión celebrada con fecha 21 xx xxxxx de 2016, con el siguiente tenor:
“2.- Ludotecas Municipales:
A.- Normas de funcionamiento. Fue dada cuenta del informe emitido por los Servicios Sociales municipales, en relación con la programación anual de las Ludotecas Municipales, en el que se desarrollarán el programa de Primera Infancia, los programas de Pequeteca y Juego en Familia, dos programas de ocio y tiempo libre, talleres de aprendizaje, el programa de estimulación Ludobebé, y la Casita del Parque, cuyo objetivo principal es constituirse en centros de animación de la actividad lúdica que favorezcan el desarrollo integral de la personalidad del niño, fomentando la participación infantil, promoviendo la formación en valores sociables deseables y creando nuevas actitudes y aptitudes en los padres ante las posibilidades pedagógicas del juguete. Igualmente, se dio cuenta de la metodología, recursos, horarios y temporalización de dichos programas, así como de las normas de funcionamiento y para la inscripción en los mismos.
La Junta de Gobierno Local acordó prestar su aprobación al transcrito dictamen, elevándolo a acuerdo.
b) Proyecto “La Casita del Parque”. Fue dada cuenta del dictamen evacuado por la Comisión Informativa de Servicios Sociales e Igualdad de Oportunidades en su sesión celebrada con fecha 21 xx xxxxx de 2016, con el siguiente tenor:
“2.- Ludotecas Municipales:
B.- Proyecto “La Casita del Parque”. Fue dada cuenta del informe emitido por los Servicios Sociales Municipales en relación con el Programa “La Casita del Parque”, que pretende la ampliación de la oferta de lúdica durante el periodo estival, mediante la organización de juegos destinados preferentemente a menores de seis años, así como para los adultos que los acompañen, realizados en los diferentes parques de la Ciudad, comprendiendo entre otros aspectos los lugares de realización en relación con la temporalización del proyecto, el régimen de funcionamiento del Programa y las actividades a realizar.
La Junta de Gobierno Local acordó prestar su aprobación al transcrito dictamen, elevándolo a acuerdo.
B) Programa de Alojamiento Alternativo. Fue dada cuenta del dictamen evacuado por la Comisión Informativa de Servicios Sociales e Igualdad de Oportunidades en su sesión celebrada con fecha 21 xx xxxxx de 2016, con el siguiente tenor:
“3.- Programa de Alojamiento Alternativo. Fue dada cuenta del programa de Alojamiento Alternativo elaborado por los Servicios Sociales, destinado a ofrecer un acogimiento inmediato y temporal a indomiciliados, en situaciones de emergencia social o tránsito por la Ciudad, que plantea como objetivos generales acoger transitoriamente a individuos o familias en situación de especial urgencia social y carencia económica, procurar su manutención y alojamiento, informar, orientar y asesorar sobre otros recursos, apoyar en la búsqueda de soluciones a la situación, y acoger a las citadas personas, indomiciliados y/o transeúntes, durante el cierre del Albergue del Transeúnte de Cáritas. En dicho proyecto constan, entre otros extremos, los objetivos del Programa, su temporalización, beneficiarios, medios personales adscritos al mismo, prestaciones y procedimiento de tramitación de solicitudes.
La Junta de Gobierno Local acordó prestar su aprobación al transcrito dictamen, elevándolo a acuerdo.
C) Juventud: Programa de Animación xx Xxxxxx 2016. Fue dada cuenta del dictamen evacuado por la Comisión Informativa de Servicios Sociales e Igualdad de Oportunidades en su sesión celebrada con fecha 21 xx xxxxx de 2016, con el siguiente tenor:
“4.- Juventud: Programa de Animación xx Xxxxxx 2016. Fue dada cuenta del informe emitido por los servicios técnicos en relación con la propuesta de actividades lúdico recreativas que integran el programa de Animación xx Xxxxxx, cuyo tenor literal es el siguiente:
“INFORME.- Desde la Concejalía de Juventud se continúa como en años precedentes, con la propuesta de actividades lúdico recreativas, deportivas y culturales en horarios afines a los jóvenes y en los meses estivales, por ello se diseña anualmente el programa de promoción juvenil “Animación xx Xxxxxx”, con el objeto de fomentar la participación juvenil a través de un ocio alternativo de carácter lúdico- educativo.
Los programas de educación xx xxxxx “Crea tu xxxxx”, “xxxxxxx xxxxxxxxxxxx”, “Kedada 3.0” e intervención educativa “Educando para la participación”, que se llevan a cabo anualmente en espacios públicos de la ciudad y en los distintos centros de educación secundaria, nos han permitido recabar información sobre actuaciones y demandas de jóvenes con edades comprendidas entre los diez y los treinta años.
Por ello, en base a todo este trabajo y con el objeto de programar actividades alternativas de ocio juvenil en el período estival, los equipos de dinamización juvenil, Kedada 3.0 y educación xx xxxxx de la Concejalía de juventud han realizado un análisis de las actividades propuestas, estableciendo un calendario de actuación en el que interactúen el mayor número de jóvenes posible.
Dicho programa se llevará a cabo entre los meses de julio y agosto y estará destinado a jóvenes de 10 a 30 años, exceptuando las actividades culturales y formativas que irán dirigidas a jóvenes hasta 36 años. Las actividades estarán divididas en diferentes tramos de edad, 10-14, 15-20, 20-36 años.
Para la realización de dichas actividades se contará con el personal de las instalaciones juveniles municipales, jóvenes provenientes del programa de voluntariado europeo y asociaciones juveniles, culturales y grupos de música inscritos en los registros municipales.
El acceso será libre y no tendrá límite de plazas, adaptándose el equipo de dinamización a la actividad y a los destinatarios. El proyecto contiene a su vez otros aspectos como lugar de realización, metodología, recursos y evaluación.”
La Junta de Gobierno Local acordó prestar su aprobación al transcrito dictamen, elevándolo a acuerdo.
5.- PRESIDENCIA, INTERIOR Y ADMINISTRACIÓN LOCAL.- Dictámenes Comisión
Informativa. Interior.
A) Administración Local: Convenio de Colaboración con la Universidad Xxxxxx X xx Xxxxxxxx. Fue dada cuenta del dictamen evacuado por la Comisión Informativa de Presidencia, Interior y Administración Local en su sesión celebrada con 21 xx xxxxx de 2016, con el siguiente tenor:
“2.- Administración Local:
C.- Convenio de Colaboración con la Universidad Xxxxxx X xx Xxxxxxxx. Fue dada cuenta del convenio de colaboración educativa a suscribir entre la Universidad Xxxxxx X xx Xxxxxxxx, con sede en Burgos, y este Excmo. Ayuntamiento cuyo objeto es la realización de prácticas académicas externas curriculares a realizar por los estudiantes de Grado y Máster impartidos por dicha Universidad con la finalidad de contribuir su formación y la adquisición de competencias para el ejercicio de actividades profesionales.
Mediante dicho Convenio, cuya vigencia está prevista para el curso escolar 2016-2017, renovable anualmente si no media denuncia de cualquiera de las partes firmantes comunicada con la antelación de, al menos, dos meses, y que carece de contenido económico, el Ayuntamiento se compromete, con carácter general, a contribuir al desarrollo de prácticas externas de los alumnos propuestos por dicha Universidad, exigir la observancia de las normas en materia de prevención de riesgos laborales e informar a los estudiantes de las mismas, designar un Tutor de Prácticas con la experiencia y conocimientos necesarios, que realizará las tareas de seguimiento y control de los estudiantes, resolución de incidencias y redacción de un informe de evaluación final sobre las actividades realizadas por el estudiante, en coordinación con el tutor de la Universidad.
Por su parte, la Universidad Xxxxxx X xx Xxxxxxxx deberá elaborar el proyecto formativo y seleccionar a los participantes, designar el Tutor académico, que se coordinará con el Tutor de las prácticas, y garantizar a los estudiantes la debida cobertura por el seguro de responsabilidad civil y de accidentes.
La Junta de Gobierno Local acordó prestar su aprobación al transcrito dictamen, elevándolo a acuerdo.
B) Interior. Seguridad y movilidad: Nueva regulación del tráfico en calles Virgen de la Caridad y Virgen de las Fuentes. Fue dada cuenta del dictamen evacuado por la Comisión Informativa de Presidencia, Interior y Administración Local en su sesión celebrada con 21 xx xxxxx de 2016, con el siguiente tenor:
“3.- Interior. Seguridad y movilidad: Nueva regulación del tráfico en calles Virgen de la Caridad y Virgen de las Fuentes. Fue dada cuenta del informe emitido por la Jefatura del Servicio de Policía Local, en relación con la reordenación del tráfico en el las calles Virgen de la Caridad y Virgen de las Fuentes, del que resulta la necesidad de acometer una nueva regulación del tráfico rodado en la manzana comprendida entre las calles xx Xxxxxxx, Xxxxxx de la Soterraña, Xxxxx Xxxxxxx y Xxxxxx xxx Xxxxxxx y, en concreto, de establecer sentidos únicos de circulación en las calles Virgen de la Caridad y Virgen de las Fuentes de esta Ciudad. Igualmente, se dio cuenta de las conversaciones mantenidas con la Asociación de Vecinos de la Zona Norte “El Seminario”, que han manifestado su conformidad con la propuesta.
La Junta de Gobierno Local acordó prestar su aprobación al transcrito dictamen, elevándolo a acuerdo.
C) Venta en la vía pública y mercados al aire libre.
a) Propuesta cambio titularidad diversos puestos. Fue dada cuenta del dictamen evacuado por la Comisión Informativa de Presidencia, Interior y Administración Local en su sesión celebrada con 21 xx xxxxx de 2016, con el siguiente tenor:
“4.- Venta en la vía pública y mercados al aire libre:
A.- Propuesta cambio titularidad diversos puestos. Fue dada cuenta del informe emitido por los servicios técnicos en relación la solicitud formulada interesando el cambio de titularidad de un puesto xxx Xxxxxxx ubicado en los anexos de la Plaza de Toros de esta Ciudad, que es del siguiente tenor:
“INFORME.- La Ordenanza Reguladora de la venta realizada fuera de establecimiento comercial permanente y la realización de actividades en la vía pública en el término municipal xx Xxxxx (BOP 17/09/2012), en su apartado 1 del Artículo 11, señala que la Autorización Municipal de Venta será personal y únicamente podrá ser transferible previa comunicación, comprobación y posterior autorización del Ayuntamiento xx Xxxxx.
Conforme a lo señalado, se informa de la siguiente entrada registrada en el Ayuntamiento xx Xxxxx solicitando cambio de titularidad en el mercado de los anexos de la plaza de xxxxx xx Xxxxx,
De acuerdo al apartado 1 del Artículo 11 y atendiendo a todo lo anteriormente señalado, previo cumplimiento de los requisitos exigidos para la venta en vía pública detallados en la Ordenanza Reguladora (17/09/2012), se PROPONE el siguientes cambios de titularidad,
PUESTO | SUPLENTE |
59 | SIN SUPLENTE” |
La Junta de Gobierno Local acordó prestar su aprobación al transcrito dictamen, elevándolo a acuerdo.
b) Propuesta traslado provisional del Mercado de la Plaza de Toros. Fue dada cuenta del dictamen evacuado por la Comisión Informativa de Presidencia, Interior y Administración Local en su sesión celebrada con 21 xx xxxxx de 2016, con el siguiente tenor:
“4.- Venta en la vía pública y mercados al aire libre:
B.- Propuesta traslado provisional del Mercado de la Plaza de Toros. Fue dada cuenta de la propuesta formulada sobre el traslado temporal y provisional xxx Xxxxxxx al aire libre que habitualmente se celebra en los Anexos de la Plaza de Toros a la Avenida de Xxxx Xxxxx XX con motivo de la celebración de las Fiestas xx Xxxxxx, en las siguientes fechas:
- Días 1, 8 y 29 de Julio: Los puestos comprendidos entre el 100 y 117, y entre el 147 y 163 de acuerdo al Anexo III Plano Numeración Mercado de los anexos de la Plaza de Xxxxx xx Xxxxx de la Ordenanza Reguladora (17/09/2012).
- Días 15 y 22 de Julio: Todos los puestos xxx xxxxxxx.
Así mismo, se informó a los miembros de la Comisión de las normas de acceso y regulación que
se proponen, que modifican parcialmente la regulación de los últimos dos años a propuesta tanto de los servicios técnicos municipales como del servicio de Policía Local, en el ánimo de atender la demanda de los titulares de los puestos de dicho Mercado, señalándose las siguientes:
- El control de acceso a la Avenida Xxxx Xxxxx XX se hará en la rotonda de la Plaza del Descubrimiento de 7:30 a 9:00. Pasadas las 9:00 horas no se podrá acceder al mercado.
- Todos los puestos están numerados y su situación será marcada por la Policía Local xx Xxxxx.
- El montaje de los puestos no podrá llevarse a cabo hasta que la Policía Local lo indique, y será en torno a las 9:10 horas.
- La ocupación, que estará marcada en el suelo, no excederá en ningún caso de los cinco metros lineales.
- La Policía Local xx Xxxxx se ocupará en todo momento de indicar el número de puesto, su situación y posición en la calle, así como coordinar los accesos y salidas. La recogida de los puestos será a partir de las 14:00 horas y la salida xxx xxxxxxx a las 15:00 horas.
La Junta de Gobierno Local acordó prestar su aprobación al transcrito dictamen, elevándolo a acuerdo.
6.- HACIENDA, DESARROLLO ECONÓMICO E INNOVACIÓN.
B) Aprobación de gastos de subvenciones.
Visto el expediente tramitado en orden a la concesión de distintas subvenciones, según relación
anexa.
Considerando que existe dotación presupuestaria específica, adecuada y suficiente para la imputación del respectivo gasto, en las partidas correspondientes del Presupuesto General del presente ejercicio.
Considerando que consta en el expediente la conformidad con la tramitación efectuada y que los convenios que sustentan el otorgamiento de dichas subvenciones se ajustan a la normativa de aplicación en la materia.
Y siendo competente al efecto la Junta de Gobierno Local, se eleva propuesta para la adopción del siguiente acuerdo:
Autorizar el gasto por importe total de 150.200 € según relación anexa (Q/2016/105) a favor de los beneficiarios que se detallan a continuación, en los términos que figuran en el convenio que sustentan las condiciones particulares de dichas ayudas correspondientes.
NOMBRE/RAZÓN SOCIAL | CONCEPTO | IMPORTE |
PORNATURALES, S.L. | SUBVENCION PLAZA DE TOROS AÑO 2016 | 39.000 |
SOCIEDAD PROTECTORA DE ANIMALES | SUBVENCIÓN PARA EL MANTENIMIENTO Y PROTECCIÓN DE LOS ANIMALES DE COMPAÑÍA. AÑO 2016 | 42.000 |
AYUDA TRANSPORTE UNIVERSITARIO SEGUNDO TRIMESTRE 2016, CURSO 2015-16 | 300 | |
AYUDA TRANSPORTE UNIVERSITARIO SEGUNDO TRIMESTRE 2016, CURSO 2015-16 | 300 | |
AYUDA TRANSPORTE UNIVERSITARIO SEGUNDO TRIMESTRE 2016, CURSO 2015-16 | 300 | |
AYUDA TRANSPORTE UNIVERSITARIO SEGUNDO TRIMESTRE 2016, CURSO 2015-16 | 300 | |
FEDERACION ASOCIACIONES VECINOS | SUBVENCIÓN A LA XXXX PARA SU PROPIO FUNCIONAMIENTO, EL DE LAS DISTINTAS AA.VV., SUS SEMANAS CULTURALES Y DÍA DEL VECINO | 68.000 |
TOTAL | 150.200 |
La Junta de Gobierno Local acordó prestar su aprobación a la transcrita propuesta, elevándola a acuerdo.
C) Dictámenes Comisión Informativa.
a) Convenio de Colaboración con la Asociación de Empresarios del Polígono Industrial de Vicolozano xx Xxxxx. Fue dada cuenta del Convenio de Colaboración a suscribir con la Asociación de Empresarios del Polígono Industrial de Vicolozano xx Xxxxx con el siguiente tenor:
“CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXXX Y LA ASOCIACIÓN DE EMPRESARIOS DEL POLÍGONO INDUSTRIAL DE VICOLOZANO XX XXXXX
En la Casa Consistorial del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx.
COMPARECEN
De una parte, Xxx Xxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, en su condición xx Xxxxxxx-Presidente del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx, en representación legal del mismo de conformidad con el artículo 21 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y al amparo del acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha xx de xxxxxxxx de 2016.
De otra parte, Don Xxxxxx Xxxxx del Xxxxx Xxxxx, con D.N.I. 6.570.576M, en su condición de Presidente de la Asociación de Empresarios del Polígono Industrial de Vicolozano xx Xxxxx, con domicilio en Manzana 3, Parcela 9, Naves 1 y 2 de dicho Polígono; actuando en nombre y representación legal de dicha entidad.
Reconociéndose ambos capacidad bastante para suscribir el presente, de común acuerdo
E X P O N E N I
Que el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx como entidad básica es el cauce inmediato de participación ciudadana en los asuntos públicos y gestiona con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades. Para ello puede promover toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad, firmando para ello los oportunos convenios de colaboración.
II
Que la Asociación de Empresarios del Polígono Industrial de Vicolozano xx Xxxxx, tal y como consta en sus Estatutos aprobados en reunión celebrada el 10 xx xxxxx de 2003, se constituye con los siguientes fines:
La representación, defensa y promoción de los interesas económicos, sociales, profesionales y culturales de sus afiliados.
Fomentar la solidaridad de los afiliados, promocionando y creando servicios comunes, así como canalizar iniciativa y sugerencias para mejorar el funcionamiento de sus afiliados.
Programar y promocionar las acciones necesarias para conseguir mejoras sociales y económicas de sus afiliados.
Organizar una constante labor de información, asesoramiento y formación empresarial de sus
socios.
Cualesquiera otras actividades que sean beneficiosas a los fines y funciones de la Asociación.
III
La Asociación de Empresarios del Polígono Industrial de Vicolozano xx Xxxxx ha mostrado interés
por la elaboración de un programa de acciones que fomente el desarrollo y la mejora del Polígono Industrial de Vicolozano y, por ende, el desarrollo industrial de la ciudad xx Xxxxx.
IV
Tanto el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx como la Asociación de Empresarios del Polígono Industrial de Vicolozano desean trabajar en el objetivo común de promover el desarrollo del tejido económico abulense, para contribuir a la creación de empleo, al progreso y a la generación de un tejido empresarial competitivo.
V
Que por ambas partes existe la voluntad de coordinar y cooperar en todo aquello que suponga favorecer el desarrollo de la actividad industrial y económica en Ávila, planteando respuestas a los retos del desarrollo empresarial para lo cual establecen bases de actuación conjunta.
Por todo ello, consienten el presente Convenio de conformidad con las siguientes
E S T I P U L A C I O N E S PRIMERA. BASES REGULADORAS.
El presente convenio se suscribe al amparo de las normas aprobadas en la Base de Ejecución del Presupuesto General para el ejercicio de 2.016 número 42 denominada “Normas especiales para subvenciones de interés público, social, económico o humanitario, sin convocatoria pública”.
SEGUNDA. CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS.
La cuantía de la subvención que conlleva este Convenio asciende a 6.000 euros con cargo a la partida “Transferencias Asociaciones Polígonos” número 0502 43301 47011.
El documento AD previo al que se imputa la subvención por un importe total de 6.000 euros es 920160001614.
TERCERA. OBJETO DE LA SUBVENCION.
Conscientes de la relevancia que el sector industrial tiene para el desarrollo y el empleo abulenses, el Ayuntamiento xx Xxxxx y la Asociación de Empresarios del Polígono Industrial de Vicolozano suscriben este Convenio con el objeto de establecer un marco de colaboración para la dinamización, difusión y consolidación del Polígono Industrial de Vicolozano y, por tanto, del tejido industrial y empresarial de la ciudad xx Xxxxx, en el marco general de sus actuaciones conjuntas para la ejecución de programas y proyectos para la consecución de estos fines a través del apoyo económico para la contratación de un trabajador que desarrolle estas tareas.
CUARTA. MOTIVO DE LA CONCESIÓN DIRECTA Y BENEFICIARIO
El motivo de la concesión directa de esta subvención a la Asociación de Empresarios del Polígono Industrial de Vicolozano es en atención a su interés público, social, económico o humanitario, así como por la capacidad y suficiente solvencia y experiencia que tiene esta entidad para la realización de actuaciones de dinamización y promoción del Polígono Industrial de Vicolozano.
QUINTA. REQUISITOS.
Los requisitos que tienen que cumplir el beneficiario son los siguientes:
1.- El gasto subvencionable, responderá de manera indubitada a la naturaleza de la actividad subvencionada.
2.- El gasto subvencionable se realizará en el plazo comprendido entre el 01 de enero de 2.016 y el 30 de noviembre de 2.016.
3.- En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor xx xxxxxxx.
4.- Se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente realizado con anterioridad a la finalización del período de justificación, con independencia de si ha sido pagado.
SEXTA. MODALIDADES DE AYUDA EN SU CASO.
La modalidad de ayuda consistirá en el cumplimiento por parte de la Asociación de Empresarios del Polígono Industrial de Vicolozano del objetivo contemplado en la Estipulación Tercera del presente Convenio.
SÉPTIMA. RÉGIMEN DE ANTICIPOS A CUENTA Y PAGOS ANTICIPADOS.
En concepto de anticipo el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx podrá abonar a la Asociación de Empresarios del Polígono Industrial de Vicolozano el 90% de su aportación económica, previa solicitud de este anticipo por parte de dicha entidad. El resto se abonará a la Asociación finalizadas las acciones y justificados los gastos realizados.
OCTAVA. PLAZO DE JUSTIFICACIÓN.
El plazo para justificación por parte del beneficiario del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención y de la aplicación de los fondos recibidos, no podrá exceder de 15 días naturales del plazo para el cumplimiento del objeto de la subvención.
NOVENA. RÉGIMEN DE JUSTIFICACIÓN DE LA APLICACIÓN.
1. Sólo se librará el importe de la subvención previa justificación de haber efectuado las prestaciones comprometidas o la adopción de los comportamientos requeridos en el acuerdo de concesión de la subvención dentro del plazo fijado en el mismo, así como la acreditación de estar al corriente de sus obligaciones fiscales con la Entidad.
La justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos en el acto de concesión de la subvención se documentará mediante “Cuenta justificativa del gasto realizado” en la que se deben incluir, bajo responsabilidad del declarante, los justificantes de gasto o cualquier otro documento con validez jurídica que permitan acreditar el cumplimiento del objeto de la subvención pública.
3. El importe de la subvención, junto con cualquier otra aportación pública o privada no podrá exceder del 90 por 100.
4. Los perceptores o beneficiarios de las subvenciones que tengan cantidades pendientes de justificar no podrán percibir nuevas subvenciones o pagos cualquiera que sea el concepto con cargo a las arcas municipales, hasta que justifiquen las cantidades pendientes.
5. La Asociación de Empresarios del Polígono Industrial de Vicolozano se encargará de ejecutar materialmente las acciones desarrolladas en base a este Convenio, contratando a su nombre todos los gastos necesarios justificando los realizados, una vez terminada la actividad.
6. En cualquier caso, la Asociación de Empresarios del Polígono Industrial de Vicolozano deberá justificar los gastos realizados antes del 15 de diciembre de 2016, cumpliendo lo establecido en la Estipulación Octava, presentando la siguiente documentación: memoria de las actuaciones realizadas; nóminas, seguros sociales, facturas o justificantes del gasto relacionados con la actividad objeto de la subvención compulsados, así como justificantes del pago de las mismas; y cualquier otra documentación que se considere.
DECIMA. REGIMEN JURIDICO.
El presente convenio se regirá por lo dispuesto en la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones y sus disposiciones de desarrollo, por la Base de Ejecución del Presupuesto de 2.016 número 42. “Normas especiales para subvenciones de interés público, social, económico o humanitario, sin convocatoria pública”, y en lo no establecido en la misma, por lo dispuesto en las anteriores bases y demás legislación aplicable.
DECIMOPRIMERA. AMBITO DE APLICACIÓN.
El presente Convenio de colaboración tendrá como ámbito de aplicación la ciudad xx Xxxxx.
DECIMOSEGUNDA. OBLIGACIONES DE LAS ENTIDADES COLABORADORAS.
1.- Por parte del ayuntamiento xx Xxxxx.
El Ayuntamiento xx Xxxxx se compromete a destinar la cantidad de seis mil euros (6.000 €), para apoyar a la Asociación de Empresarios del Polígono Industrial de Vicolozano a la realización de actuaciones de dinamización, difusión y consolidación del Polígono Industrial de Vicolozano, así como del tejido industrial y empresarial de la ciudad xx Xxxxx,
El Ayuntamiento estará informado y participará en las actuaciones que realice la Asociación de Empresarios del Polígono Industrial de Vicolozano en base a este Convenio y estará presente institucionalmente en los posibles foros a celebrar.
2. Por parte de la Asociación de Empresarios del Polígono Industrial de Vicolozano xx Xxxxx.
La Asociación de Empresarios del Polígono Industrial de Vicolozano se encargará de la organización y ejecución de las actuaciones dinamización y promoción del tejido industrial y empresarial del Polígono, así como los programas y acciones que ambas partes determinen en consecución de los fines anteriormente expuestos; dando puntual cuenta de los avances al Ayuntamiento xx Xxxxx.
3.- Las relaciones de todo tipo que existan o puedan crearse con la persona o personas que ejecuten las actividades y trabajos que se lleven a cabo en base a este Convenio serán de la exclusiva responsabilidad de la Asociación de Empresarios del Polígono Industrial de Vicolozano xx Xxxxx.
En ningún caso, existirá relación laboral entre el Ayuntamiento xx Xxxxx y el Trabajador que contrate la Asociación de Empresarios del Polígono Industrial de Vicolozano, por lo que esta Entidad no tendrá ninguna obligación ni responsabilidad civil ni laboral ante el mismo.
DECIMOTERCERA. DURACIÓN
El presente convenio extenderá su vigencia desde el día 1 de enero de 2016 hasta el día 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xxx xxxxxxxxxxxxx del día que se formalice mediante su firma.
DECIMOCUARTA. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN.
Se creará una Comisión de Seguimiento integrada por dos representantes de cada entidad firmante que se reunirán cuantas veces resulte necesario, asumiendo entre sus funciones, la elaboración y aprobación de la programación de acciones a desarrollar en el marco del presente Convenio.
A las reuniones de la Comisión podrán asistir otras personas de ambas Instituciones o ajenas, siempre que a juicio de los miembros de esta se considere preciso.
En lo no previsto en el presente Convenio se estará a lo dispuesto por cuantos acuerdos complementarios pudieran establecerse en el seno de la Comisión Mixta de Seguimiento.
DECIMOQUINTA. PUBLICIDAD DE LAS ACCIONES
Las acciones que se desarrollen en ejecución de este convenio deberán llevar el logotipo y denominación de las entidades firmantes.
DECIMOSEXTA. NATURALEZA DEL CONVENIO
El presente convenio queda sujeto a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 887/2006 de 21 de julio, y a las restantes normas que, en su caso, resulten de aplicación.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa; quedando sometidas a la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, las controversias que pudieran originarse.
Y en prueba de conformidad, se firma el presente documento por ambas partes, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.”
A su vista, la Junta de Gobierno Local, de conformidad con el dictamen evacuado por la Comisión Informativa de Hacienda, Desarrollo Económico e Innovación en sesión de fecha 20 xx xxxxx de 2016, acordó lo siguiente:
- Aprobar el Convenio a suscribir entre la Asociación de Empresarios del Polígono Industrial de Vicolozano xx Xxxxx y el Ayuntamiento xx Xxxxx con el tenor que consta transcrito.
- Facultar tan ampliamente como proceda al Ilmo. Sr. Alcalde para la firma del mismo.
b) Concesión de subvenciones línea de ayudas para el fomento del empleo estable. Fue dada cuenta del dictamen evacuado por la Comisión Informativa de Hacienda, Desarrollo Económico e Innovación en sesión de fecha 20 xx xxxxx de 2016 con el siguiente tenor:
“3.- CONCESIÓN DE SUBVENCIONES LÍNEA DE AYUDAS PARA EL FOMENTO DEL
EMPLEO ESTABLE. Xx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx expone a la Comisión que con fecha 16 xx xxxx se publicaron en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxx las Bases Reguladoras y Reguladoras y la Convocatoria para el año 2016 de la Línea de Ayudas para el Fomento del Empleo Estable en el municipio xx Xxxxx aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de éste Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 00 xx xxxxx xxx xxxxxxxxx.
Que el objeto de las mismas es regular la concesión de subvenciones a pymes, micropymes, autónomos, cooperativas y entidades sin ánimo de lucro, que tengan establecido un centro de trabajo en el municipio xx Xxxxx, estableciendo ayudas económicas para apoyar y favorecer la estabilidad en el empleo realizada mediante la contratación de nuevo personal con contratos indefinidos o mediante la transformación de contratos temporales en indefinidos.
Que en esta Comisión, se informa sobre 8 solicitudes presentadas completas, estudiadas e informadas por los Técnicos de la Concejalía de Hacienda, Desarrollo económico e Innovación y que cumplen con los requisitos exigidos en las Bases, haciendo la siguiente propuesta de concesión:
Nº EXPTE. | NOMBRE COMERCIAL | C.I.F. N.I.F. | ACTIVIDAD | Nº CONTRATOS | CONCEPTO SUBVENCIÓN | SUBVENCIÓN A CONCEDER |
1 | MIS ZALEITOS | 09264102R | Comercio al por menor de prendas de vestir y tocados | 1 | Transformación | 3.000,00 € |
2 | FAEMA EMPLEO | B05226063 | Acabado de textiles, servicios de limpieza, serigrafía, rotulación…. | 1 | Transformación | 2.500,00 € | ||
3 | FAEMA | G05145123 | Mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad mental y otras discapacidades y de sus familias | 1 | Transformación | 1.558,50 € | ||
4 | ADCORE DESARROLLO TROTALIA VIAJES | B85305712 | Agencia de viajes e informática | 1 | Contratación | 2.500,00 € | ||
5 | IANET CONECTA | B87535357 | Explotación electrónica por terceros | 1 | Contratación | 3.000,00 € | ||
6 | AUTOESCUELA XXXXXX | B05010863 | Enseñanza de conducción de vehículos | 1 | Contratación | 2.125,00 € | ||
7 | WALLBYTE SISTEMS | B05230776 | Reparación de equipos de comunicación | 1 | Transformación | 3.000,00 € | ||
8 | XXXX ESTHETIC | B05245378 | Peluquería y otros tratamientos de belleza | 1 | Contratación | 2.500,00 € | ||
TOTAL | 20.183,50 € |
La Junta de Gobierno Local, vista la relación Q/2016/102 operaciones en fase previa fiscalizadas por la intervención municipal, acordó prestar su aprobación al transcrito dictamen, elevándolo a acuerdo.
7.- CONTRATACIÓN.-
A) Prórroga contrato desarrollo de un programa para la inclusión social en el municipio xx Xxxxx. Fue dada cuenta de la finalización del plazo de vigencia del contrato de prestación del servicio de desarrollo de un programa para la inclusión social en el municipio xx Xxxxx, adjudicado mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local en sesión de 17 de julio de 2014, a ASOCIACIÓN COMISIÓN CATÓLICA ESPAÑOLA DE MIGRACIÓN, así como de la solicitud cursada por dicha empresa de prórroga y de la propuesta suscrita al efecto por la Tte. xx Xxxxxxx Delegada de Servicios Sociales e Igualdad y la Coordinadora de Servicios Sociales.
Considerando lo establecido en la cláusula 5ª del referido contrato, y con el fin de garantizar la continuación del servicio, vistos los informes favorables de los servicios técnicos, del Secretario General y del Interventor Municipal, la Junta de Gobierno acordó por unanimidad prorrogar por un año la prestación del servicio referido a la entidad adjudicataria.
B) Propuesta adjudicación contrato de prestación del servicio para la realización de la logística de una campaña de promoción de la ciudad xx Xxxxx en los principales mercados emisores turísticos nacionales. Fue dada cuenta del acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesión de fecha 28 xx xxxxx de 2016 por el que se disponía la aprobación del expediente para proceder a contratar la prestación del servicio para la realización de la logística de una campaña de promoción de la ciudad xx Xxxxx en los principales mercados emisores turísticos nacionales, mediante procedimiento abierto para su adjudicación a la proposición más ventajosa considerando varios criterios, con un tipo de licitación de 134.297,52 €, importe sobre el que se repercutirá el 21 % de I.V.A., esto es 28.202,48 €, arrojando un total de 162.500 €.
Vista la propuesta elaborada por la Mesa de Contratación en sesión celebrada con fecha 21 xx xxxxx del año en curso, así como el informe evacuado al efecto por los servicios técnicos, la Junta de Gobierno Local, de conformidad con lo establecido en el artículo 151.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, acordó lo siguiente:
- Aceptar plenamente la propuesta realizada por la Mesa de Contratación en los términos que se reseñan en el Acta de la misma.
- Requerir expresamente a PRODUCCIONES NADA CON XXXXX, S.L.U., para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que reciba este requerimiento, presente la documentación reseñada en la cláusula 17ª xxx xxxxxx de condiciones.
C) Servicio de coordinación y realización del festival ARTESCENA (nuevos lenguajes escénicos y circo). Fue dada cuenta del acuerdo adoptado por esta Junta de Gobierno Local en fecha 10 xx xxxxx de 2016 por el que, de conformidad con lo establecido en el artículo 151 Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y considerando el expediente administrativo tramitado para contratar, mediante procedimiento abierto para su adjudicación a la proposición más ventajosa considerando varios criterios, el servicio de coordinación y realización del festival ARTESCENA (nuevos lenguajes escénicos y circo), acordó declarar desierto el referido procedimiento por falta de licitadores.
Igualmente, se dio cuenta de la propuesta suscrita en fecha 10 de los corrientes por la Directora de Instalaciones Juveniles cuyo tenor es el siguiente:
“A la vista de los tres presupuestos presentados por Xxxxxxx Xxxxxxx artística y cultural, la entidad Xxxxxxx Xxxxx y la disculpa de la entidad Pepa Cases que no pudo presentar proyecto en el presupuesto inicial planteado, en los que se describe la calidad artística de las propuestas escénicas y la programación y presupuesto de las mismas, se propone a la entidad Xxxxxxx Xxxxx que ha presentado una propuesta distribuida en diversas actuaciones escénicas, talleres y foro, siendo este el presupuesto de menor cuantía económica y mayor calidad artística y enfoque del Festival ARTESCENA.”
La Junta de Gobierno Local acordó adjudicar el mencionado contrato de coordinación y realización del festival ARTESCENA (nuevos lenguajes escénicos y circo) según la propuesta presentada por la entidad XXXXXXX XXXXX, en el precio de 29.828 €, I.V.A. incluido, diligenciándose los trámites pertinentes para autorizar el gasto a favor de las entidades, organizaciones o responsables que realizarán las diversas actuaciones programadas en dicha propuesta.
D) Xxxxxxx y convocatoria contrato de ejecución de obras, incluyendo la redacción del proyecto, de mejora y conservación en las calzadas de las calles de la ciudad xx Xxxxx y sus barrios anexionados. Fue dada cuenta del expediente que se tramita para proceder a contratar la ejecución de obras, incluyendo la redacción del proyecto, de mejora y conservación en las calzadas de las calles de la ciudad xx Xxxxx y sus barrios anexionados a realizar durante cuatro años.
Se trata de establecer las condiciones de contratación de las obras denominadas genéricamente “operación asfalto” a realizar durante cuatro años.
Este pliego se enmarca y justifica por las necesidades que periódicamente se detectan de intervención en diversas vías públicas de la ciudad cuyo deterioro es apreciable debido al paso del tiempo, al tráfico que soportan o a la instalación de diversas infraestructuras que han debilitado o dañado el pavimento existente.
La zona de actuación de las obras serán todas las calles, vías públicas y espacios de titularidad municipal de la zona urbana de la ciudad xx Xxxxx y sus barrios anexionados. Las zonas que comprende el contrato podrán ser ampliadas por el Ayuntamiento xx Xxxxx, como consecuencia de la construcción de nuevas vías, modificación de trazados, incorporación o cesión xx xxxxxx de otros organismos o coordinación con otros organismos para un mejor servicio a los usuarios.
El contrato incluye la redacción de los programas anuales de actuación, redacción de los proyectos anuales de ejecución de obras de mejora y conservación de las calzadas de la ciudad y sus barrios anexionados y la ejecución de las obras justificadas y contenidas en el proyecto redactado y posteriormente aprobado por el Ayuntamiento. El presupuesto de las obras a realizar será consignado anualmente por el Ayuntamiento dentro de su presupuesto.
Ante la carestía de medios propios y la necesidad de contar con una empresa especializada se ha determinado la conveniencia de seleccionar al mejor postor con consideración de diversidad de criterios dadas las características de la licitación en cuanto a su objeto singular y plazo de duración.
Así, uno de los criterios es el control de calidad, otro tiene que ver con el plazo de garantía de la obra superior a los dos años obligatorios, la posesión de certificados de gestión ambiental, calidad y gestión de seguridad y salud así como la cercanía de la planta de aglomerado según los términos reseñados en el pliego serán objeto de consideración. Y, finalmente, el parámetro económico con el fin de establecer este criterio objetivo adicional que viabilice una eventual minoración de costes.
La necesidad de afrontar una contratación con empresa del sector deviene de la carestía de medios propios adecuados para hacer frente a su ejecución.
Con fundamento en cuanto antecede, la Junta de Gobierno Local, de conformidad con el dictamen emitido al efecto por la Comisión Informativa de Servicios a la Ciudad, Turismo y Patrimonio Histórico en sesión de fecha 20 xx xxxxx de 2016 y con lo establecido en el artículo 110 del Real Decreto Legislativo 3/2.011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, acordó por unanimidad lo siguiente:
- Aprobar el pliego de cláusulas económico-administrativas y el pliego de prescripciones técnicas para proceder, mediante procedimiento abierto para su adjudicación a la proposición más ventajosa considerando varios criterios, a adjudicar el referido contrato de ejecución de obras, incluyendo la redacción del proyecto, de mejora y conservación en las calzadas de las calles de la ciudad xx Xxxxx y sus barrios anexionados a realizar durante cuatro años, haciendo constar, a efectos puramente referenciales o estimatorios, que el presupuesto anual previsto como mínimo para su realización durante cada año asciende a un total de 247.933,89 €, más el 21 % de I.V.A. (52.066,11 €), arrojando un total de
300.000 € por año (con fundamento en la consignación para el presente ejercicio).
E) Propuesta de no prorrogar el contrato de prestación de la totalidad de los servicios postales y telegráficos generados en el ámbito del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx y medida transitoria. Fue dada cuenta del escrito presentado por xxx Xxxxx Xxxxx Xxxxx y xxx Xxxx Xxxxxx Xxxxx, en representación de SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELÉGRAFOS, S.A., adjudicataria de la prestación de la totalidad de los servicios postales y telegráficos generados en el ámbito del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx, de acuerdo con las especificaciones detalladas en el pliego de cláusulas económico-administrativas y pliego de prescripciones técnicas y anexos, que le fue adjudicado definitivamente mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local en sesión de 21 de julio de 2011, por el que comunica a este Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx que por parte de esta Sociedad Estatal no es posible acceder a la prórroga del contrato en las condiciones actuales.
Con el fin de garantizar la prestación del servicio, la Junta de Gobierno Local acordó por unanimidad prorrogar transitoriamente a la entidad adjudicataria, SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELÉGRAFOS, S.A. con el límite de la fecha 31 de diciembre de 2016 y en todo caso hasta sustanciarse una nueva licitación y formalizar la correspondiente adjudicación de un nuevo contrato.
F) Xxxxxxx y convocatoria contrato de prestación de los servicios de telecomunicaciones al Ayuntamiento xx Xxxxx. Fue dada cuenta del expediente que se tramita para proceder a contratar la prestación de los servicios de telecomunicaciones al Ayuntamiento xx Xxxxx.
El objeto de este Pliego es establecer las condiciones técnicas, económicas y de explotación para la prestación de servicios de Telecomunicaciones al Ayuntamiento xx Xxxxx, en el ámbito de la Telefonía Fija y Móvil, tanto dentro de la ciudad xx Xxxxx como fuera de ella, acceso a Internet xx xxxxx ancha y transmisión de datos entre sus sedes así como el mantenimiento de las infraestructuras necesarias para la correcta prestación del servicio.
Las necesidades administrativas a satisfacer con este contrato son la prestación de los servicios de telefonía fija, de telefonía móvil y de acceso a internet del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx, así como, en su caso, la prestación de servicios complementarios relativos a la tecnología de la información y
comunicaciones, para lo que de manera obligada debe contarse con operadores legalmente autorizados seleccionando el mismo conforme a los criterios que reseña el presente pliego.
Uno de los criterios es el enjuiciamiento de la calidad técnica de la oferta teniendo en cuenta la cobertura, horarios y tarjetas tanto para el lote 1 como para el lote 3; y otro aspecto atañe a las mejoras técnicas ofertadas en relación con las llamadas, anchos xx xxxxx, redundancia con tecnologías simétricas, etc. para el lote 2 dada su especificidad.
Y finalmente el criterio económico en orden a determinar una eventual minoración del coste para cada uno de los lotes.
A tal fin resulta conveniente la determinación del mejor licitador mediante un procedimiento abierto a la libre concurrencia con consideración de diversos criterios que avalen la calidad del servicio y que deberán ser enjuiciados oportuna y motivadamente en la forma que luego se señala.
Singularmente se introducen criterios de carácter social en la forma descrita en el anexo II xxx xxxxxx de condiciones.
Con fundamento en cuanto antecede, la Junta de Gobierno Local, de conformidad con el dictamen emitido al efecto por la Comisión Informativa de Presidencia, Interior y Administración Local en sesión de fecha 21 xx xxxxx de 2016 y con lo establecido en el artículo 110 del Real Decreto Legislativo 3/2.011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, acordó por unanimidad lo siguiente:
- Aprobar el pliego de cláusulas económico-administrativas y el pliego de prescripciones técnicas para proceder, mediante procedimiento abierto para su adjudicación a la proposición más ventajosa considerando varios criterios, a adjudicar el referido contrato de prestación de los servicios de telecomunicaciones al Ayuntamiento xx Xxxxx, en lotes diferenciados, pudiendo formular ofertas los licitadores a uno, varios o la totalidad de los lotes objeto del contrato, que son los siguientes:
Lote 1 | Servicios de telefonía móvil y elementos de interoperabilidad con la red corporativa |
Lote 2 | Servicios de red corporativa, voz ip, datos e Internet |
Lote 3 | Servicios fuera de la red corporativa de telefonía fija y datos |
El presupuesto anual destinado a la contratación de dicho servicio, desglosado por lotes, es el siguiente:
- Lote 1: Servicios de telefonía móvil y elementos de interoperabilidad con la red corporativa, asciende a un total de 14.433,89 €/año, IVA excluido, importe sobre el que se repercutirá el tipo de 21 % IVA (3.301,11 €), arrojando un total de 17.465 €/año.
- Lote 2: Servicios de red corporativa, voz ip, datos e Internet, asciende a un total de 34.293,12 €/año, IVA excluido, importe sobre el que se repercutirá el tipo de 21 % IVA (7.201,55 €), arrojando un total de 41.494,67 €/año.
- Lote 3: Servicios fuera de la red corporativa de telefonía fija y datos, asciende a un total de 13.661,99 €/año, IVA excluido, importe sobre el que se repercutirá el tipo de 21% IVA (2.869,01 €), arrojando un total de 16.531 €/año.
En consecuencia, el presupuesto total anual destinado a la contratación de dicho servicio asciende a 62.389 €/año, I.V.A. excluido, importe sobre el que se repercutirá el tipo de 21% IVA (13.101,69 €), arrojando un total de 75.490,69 €/año.
8.- ASUNTOS DE LA PRESIDENCIA.
B) Reservas de agua. Por la Presidencia se informó a la Junta de Gobierno Local de que las reservas de agua alcanzan, globalmente y a fecha 22 xx xxxxx del corriente, el 100% de la capacidad de embalsamiento total.
D) Adjudicación contrato explotación del quiosco-bar sito en el parque El Xxxx. Fue dada cuenta del acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesión de fecha 16 xx xxxxx de 2016 por el que de conformidad con el 151.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y considerando el expediente administrativo tramitado para proceder a contratar la explotación del quiosco-bar sito en el parque El Xxxx carretera de Burgohondo, s/n, de esta ciudad, mediante procedimiento abierto considerando varios criterios, con un canon anual mínimo de 250 €, se resolvía lo siguiente:
- Aceptar plenamente la propuesta realizada por la Mesa de Contratación en los términos que se reseñan en el Acta de la misma.
- Requerir expresamente a VADASOAL, S.L., para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que reciba este requerimiento, presente la documentación reseñada en la cláusula 15ª xxx xxxxxx de condiciones.
Ello, vista la propuesta elaborada por la Mesa de Contratación en sesión celebrada con fecha 15 xx xxxxx del año en curso, así como el informe evacuado al efecto por los servicios técnicos.
Considerando que la citada entidad ha presentado la documentación preceptiva a los efectos del presente.
La Junta de Gobierno Local, al amparo de lo establecido en el artículo 151.4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, acordó lo siguiente:
- Adjudicar el contrato de la explotación del quiosco-bar sito en el parque El Xxxx carretera de Burgohondo, s/n, de esta ciudad a VADASOAL, S.L.., en el precio de 300 €/año de canon.
- Notificar, de conformidad con lo establecido en el artículo 156.3 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, la resolución que antecede al adjudicatario, requiriéndole la firma del pertinente contrato en el plazo máximo de 15 días hábiles a partir de la notificación del presente acuerdo.