AYUNTAMIENTO DE ARAS DE LOS OLMOS P/PLACETA Nº 7 -46.179- ARAS DE LOS OLMOS - TEL- 96.2.10.20.01.FAX- 96.2.10.20.38.
XXXXXXXXXXXX XX XXXX XX XXX XXXXX
X/XXXXXXX Xx 0 -46.179- ARAS DE LOS XXXXX - TEL- 00.0.00.00.00.FAX- 00.0.00.00.00.
"PLIEGO DE CONDICIONES ECONOMICO-ADMINISTRATIVAS. QUE HA DE REGIR LA CONTRATACION DEL ARRIENDO DE BAR DE LA PISCINA MUNICIPAL ARAS DE LOS XXXXX".
CLÁUSULA PRIMERA. Objeto del Contrato |
El Ayuntamiento Pleno acuerda celebrar Procedimiento Negociado Sin Publicidad y tramitación ordinaria, para la contratación del arriendo de "Bar de la piscina municipal de Aras de los Xxxxx", de conformidad con la Ley 13/95, de 18 xx Xxxx de Contratos de las Administraciones Públicas, por la cantidad 3.500,00 Euros, IVA incluido al alza, por la anualidad 2014 de que consta el contrato.
El contrato definido tiene la calificación de contrato privado, tal y como establece el artículo 4.1.p) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
CLÁUSULA SEGUNDA. Procedimiento de Selección y Adjudicación |
La forma de adjudicación del contrato de arrendamiento será el concurso público, en el que cualquier interesado podrá presentar una oferta, de acuerdo con el artículo 107.1 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.
Para la valoración de las ofertas y la determinación de la mejor oferta deberá de atenderse a varios criterios de adjudicación.
CLÁUSULA TERCERA. Publicación |
Sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento publicará los anuncios que considere necesarios en la web municipal, al que tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx
CLÁUSULA CUARTA. Importe del arrendamiento |
El importe del arrendamiento se establece en la cantidad minima de 3.500,00 euros Iva incluido que podrá ser mejorado al alza por los licitadores.
La cantidad por la que se adjudique el arriendo del servicio será satisfecha por el adjudicatario al Ayuntamiento, la mitad a fecha 30 de julio de 2014 y el resto a la finalizacion del contrato.
CLÁUSULA QUINTA. Órgano de Contratación |
A la vista del importe del arrendamiento, el órgano competente para efectuar la presente contratación y tramitar el expediente, de conformidad con la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, será el Alcalde.
CLÁUSULA SEXTA. Duración del Contrato |
La duración del contrato de arrendamiento se fija del 21 xx XXXXX AL 15 DE SEPTIEMBRE DE 2014, de carácter NO PRORROGABLE, debido a las obras que todavía faltan por ejecutar en el recinto de la piscina.
CLÁUSULA SÉPTIMA. Capacidad |
Podrán presentar ofertas, por sí mismas o por medio de representantes, las personas naturales y jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar
CLÁUSULA OCTAVA. Acreditación de la Aptitud para Contratar |
1. La capacidad de obrar de los licitadores se acreditará:
a) En cuanto a personas físicas, mediante la fotocopia compulsada del documento nacional de identidad.
b) En cuanto a personas jurídicas, mediante la fotocopia compulsada del CIF y la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
CLÁUSULA NOVENA. Presentación de Ofertas y Documentación Administrativa |
Las ofertas se presentarán en el Ayuntamiento, Plaza Placeta 6 en horario de atención al público, desde el día 06 xx xxxxx de 2014 hasta el 16 xx xxxxx de 2014 hasta las 14 horas.
Las ofertas podrán presentarse, por correo, por telefax, o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Cuando las ofertas se envíen por correo, el licitador deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador.
La acreditación de la recepción del referido télex, fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la oferta si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida.
Cada licitador no podrá presentar más de una oferta. La presentación de una oferta supone la aceptación incondicionada por el licitador de las cláusulas del presente Xxxxxx.
Las ofertas para tomar parte en la licitación se presentarán en dos sobres cerrados, firmados por el licitador y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda «Oferta para licitar a la contratación del arrendamiento del Bar de la PISCINA MUNICIPAL propiedad del Ayuntamiento de Aras de los Xxxxx y calificado como bien patrimonial en el Inventario Municipal”. La denominación de los sobres es la siguiente:
— Sobre «A»: Documentación Administrativa.
— Sobre «B»: Oferta Económica y Documentación Técnica.
Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la Legislación en vigor.
Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos:
SOBRE «A»
DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
a) Documentos que acrediten la personalidad jurídica y la capacidad de obrar del licitador.
b) Documentos que acrediten la representación.
— Los que comparezcan o firmen ofertas en nombre de otro, acreditarán la representación de cualquier modo adecuado en Derecho.
— Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando sea exigible legalmente.
— Igualmente la persona que actúe en representación de otro, deberá acompañar fotocopia compulsada administrativamente o testimonio notarial de su documento nacional de identidad.
SOBRE «B»
OFERTA ECONÓMICA Y DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
Oferta económica.
Se presentará conforme al siguiente modelo:
«D. ____________, con domicilio a efectos de notificaciones en __________, c/ ___________, n.º ___, con DNI n.º ______, en representación de la Entidad _____________, con CIF n.º _________, enterado del expediente para el arrendamiento del bien inmueble ______________, ubicado en la c/ ______________________, número ___, de este Municipio, por concurso, , hago constar que conozco el Pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación ofreciendo la cantidad de ____________ euros.
En ____________, a ___ de ________ de 20__.
Firma del licitador,
Fdo.: _________________».
b) Documentos que permitan a la Mesa de Contratación valorar las condiciones de las ofertas según los criterios de adjudicación, si así se estima.
CLÁUSULA DÉCIMA. Criterios de Adjudicación |
La adjudicación recaerá en el licitador que, en su conjunto, haga la mejor oferta, teniendo en cuenta los criterios que se establecen en el presente Xxxxxx, sin atender exclusivamente al precio de la misma.
Los criterios objetivos (y vinculados al objeto del contrato) para valorar la oferta son:
a).- Precio ofertado hasta 70 puntos
b).- Mejoras ofrecidas sin coste para el Ayuntamiento: 30 puntos.
CLÁUSULA UNDÉCIMA. Apertura de Ofertas |
La Apertura de las ofertas se realizara el dia 18 xx Xxxxx a las 12 horas, se procederá en primer lugar a la apertura de los Sobres «A» y calificará la documentación administrativa contenida en los mismos.
Si fuera necesario, se concederá un plazo de 3 DIAS para que el licitador corrija los defectos u omisiones subsanables observados en la documentación presentada.
Posteriormente, procederá a la apertura y examen de los sobres «B», que contienen las ofertas económicas y los documentos que permitan al órgano de Contratación valorar las condiciones de las ofertas según los criterios de adjudicación.
Tras la lectura de dichas ofertas, el órgano de Contratación podrá solicitar cuantos informes técnicos considere precisos, para la valoración de las mismas con arreglo a los criterios establecidos en este Pliego.
CLÁUSULA DUODÉCIMA. Requerimiento de Documentación |
A la vista de la valoración de las ofertas, la Mesa de Contratación propondrá al licitador que haya presentado la mejor oferta.
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la mejor oferta para que, dentro del plazo de 3 días, a contar desde el siguiente al de la recepción del requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
CLÁUSULA DECIMOTERCERA. Fianza |
Por las características del contrato no se exige fianza.
CLÁUSULA DECIMOCUARTA. Adjudicación del Contrato |
Recibida la documentación solicitada, el órgano competente deberá adjudicar el contrato dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
La adjudicación deberá ser motivada y se notificará a los licitadores.
CLÁUSULA DECIMOQUINTA. Obligaciones del Arrendatario |
— Los gastos derivados del suministro de agua, gas y electricidad serán de cuenta del arrendatario y abonados junto con la renta o directamente a las empresas suministradoras. No obstante, el Ayuntamiento realizará las instalaciones y acometidas adecuadas con los respectivos contadores individualizados.
El Bar permanecerá abierto del a partir del 21 xx xxxxx hasta el al 15 septiembre, en el horario que marque la normativa para ese tipo de establecimientos la Generalitat Valenciana
El arrendatario estará obligado a utilizar el inmueble para destinarlo a Bar debiendo solicitar y obtener las licencias que correspondan.
El arrendatario, No podra realizar obra alguna.
El arrendatario se compromete al abono de la renta.
Suscribir una póliza de seguros que responda de los daños que puedan producirse.
CLÁUSULA DECIMOSEXTA. Obligaciones del Ayuntamiento |
Serán obligaciones del arrendador:
— El Ayuntamiento deberá realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar el inmueble en las condiciones de utilización para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1563 y 1564 del Código Civil.
— En cuanto a obras de conservación y mejora, se estará a lo dispuesto en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.
— Obras de mejora: El arrendatario estará obligado a soportar la realización por el arrendador de obras de mejora cuya ejecución no pueda razonablemente diferirse hasta la conclusión del arrendamiento (artículo 22 de la Ley de Arrendamientos Urbanos).
— Obras del arrendatario: El arrendatario no podrá realizar sin el consentimiento del arrendador, expresado por escrito, obras que modifiquen la configuración de la vivienda o de los accesorios, o que provoquen una disminución en la estabilidad o seguridad de la misma.
Sin perjuicio de la facultad de resolver el contrato, el arrendador que no haya autorizado la realización de las obras podrá exigir, al concluir el contrato, que el arrendatario reponga las cosas al estado anterior o conservar la modificación efectuada, sin que este pueda reclamar indemnización alguna.
Si las obras han provocado una disminución de la estabilidad de la edificación o de la seguridad de la vivienda o sus accesorios, el arrendador podrá exigir de inmediato del arrendatario la reposición de las cosas al estado anterior (artículo 23 de la Ley de Arrendamientos Urbanos)].
CLÁUSULA DECIMOSÉPTIMA. Formalización del Contrato |
El contrato se formalizará en documento administrativo, en el que se transcribirán los derechos y deberes de ambas partes que han sido enumerados en este Pliego. Cuando los arrendamientos sean susceptibles de poder inscribirse en el Registro de la Propiedad, deberán formalizarse en escritura pública, para poder ser inscritos, teniendo en cuenta que los gastos generados por ello serán x xxxxx de la parte que haya solicitado la citada formalización, todo ello tal y como se establece en el artículo 113.1 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, 1280.2 del Código Civil y 2.5º de la Ley Hipotecaria según Decreto de 8 de febrero de 1946.
CLÁUSULA DECIMOCTAVA . Régimen Jurídico del Contrato |
Este contrato tiene carácter privado, su preparación y adjudicación se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas; el Real Decreto 1372/1986, de 13 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales; los principios extraídos de la legislación contenida en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre y sus disposiciones de desarrollo, para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
En cuanto a sus efectos y extinción se regirá por la normativa patrimonial de las Entidades Locales, cuando resulte de aplicación, y por las normas de derecho privado.
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente el conocimiento de las cuestiones que se susciten en relación con la preparación y adjudicación de este contrato.
El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con los efectos, cumplimiento y extinción del contrato.
En Aras de los Xxxxx, a 06 xx xxxxx de 0000
Xx Xxxxxxx,
Xxx. : Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx.