CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES N° 094 DE 2024 CELEBRADO ENTRE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE ORGANIZACIONES SOLIDARIAS- UNIDAD SOLIDARIA – Y FELIPE ERNESTO PERDOMO HORTA
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES N° 094 DE 2024 CELEBRADO ENTRE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE ORGANIZACIONES SOLIDARIAS- UNIDAD SOLIDARIA – Y XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXX
NUMERO | 094 |
FECHA | 15 DE FEBRERO DE 2024 |
C.D.P | No. 4724 DEL 02 DE FEBRERO DE 2024 |
CONTRATANTE | UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE ORGANIZACIONES SOLIDARIAS |
IMPUTACION PRESUPUESTAL | Rubro Presupuestal C3602 1300 9 20307G 3602050 02 ADQUISICIÓN DE BYS SERVICIO DE FOMENTO DE LA ASOCIATIVIDAD SOLIDARIA. - DESARROLLO DE ASOCIATIVIDAD SOLIDARIA PARA LA PAZ A NIVEL NACIONAL Uso Presupuestal A-02-02-02-008-003- 09 Otros servicios profesionales y técnicos N.C.P. |
CONTRATISTA | XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXX |
C.C. No. 7.731.995 | |
Identificación: Persona Natural. | |
Dirección: Xxxxxxx 00 - 00X 00 xxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx | |
Teléfono: 0000000000 | |
CONSIDERACIONES | A. La Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias – Unidad Solidaria, de conformidad con el Decreto 4122 de 2011, modificado por el Artículo 85 de la Ley 2294 del 2023, por medio de la cual se adopta el Plan Nacional de Desarrollo- PND 2022-2026, es la entidad Estatal encargada de “Diseñar, adoptar, coordinar, ejecutar y promover los planes, programas y proyectos asociados con la economía solidaria, popular, comunitaria y social en el marco de la Agenda de la Asociatividad Solidaria para la Paz - AASP”. El Plan Nacional de Desarrollo se construye en el marco de la seguridad humana y justicia social, el trabajo digno y decente, planteando entre otros, el reconocimiento e impulso de la economía popular y comunitaria y la asociatividad solidaria para la paz, en atención a las disposiciones constitucionales del Estado Colombiano (Artículos: 1, 38, 58 inciso 3, 333 inciso 3). B. En la Agenda de la Asociatividad Solidaria para la Paz, la Unidad Solidaria propuso doce (12) lineamientos estratégicos para fomentar la articulación con todos los sectores del Estado, posicionando e impulsando la economía social, solidaria, popular y comunitaria para la inclusión social y productiva de las mujeres, la población en proceso de reincorporación, las víctimas del conflicto armado, las comunidades étnicas, los jóvenes, la población con discapacidad, la población que autónomamente genera sus propias iniciativas laborales, los campesinos y campesinas, entre otras poblaciones prioritarias, en cumplimiento de los siguientes objetivos neurálgicos: (i) Fortalecer territorialmente las organizaciones de la economía solidaria, popular, comunitaria y social, con el desarrollo de doce (12) Mesas territoriales de economía popular, social y solidaria que promuevan acuerdos territoriales de asociatividad solidaria para la paz, con sus doce (12) agendas, la articulación de la estrategia de compras públicas locales y mercados campesinos como parte del modelo de gestión institucional nacional y territorial en 50 municipios y, la vinculación de 500 organizaciones solidarias a dicha estrategia. (ii) Mejorar la cooperación y las redes, buscando, entre otros, fomentar la red pública de apoyo al sector solidario, popular y comunitario articulando las iniciativas e instrumentos de política de los |
gobiernos locales, departamentales y nacionales (iii) Articular los esfuerzos y recursos intersectoriales e interinstitucionales para la asociatividad solidaria, para lo cual se propuso, entre otros avanzar en el desarrollo de veinte (20) Proyectos de Impacto Territorial – PIT. C. En este sentido, la Unidad Solidaria estableció en su Plan Estratégico Institucional 2023-2026, “Con la Economía Solidaria, Popular y Comunitaria el cambio es desde los territorios”, la consolidación de los territorios asociativos solidarios mediante el fomento de la economía solidaria, popular, comunitaria y social, para generar cambios estratégicos que permitan la revitalización económica, social, ambiental, cultural y política desde los territorios; ello en atención a los objetivos planteados en la Agenda de la Asociatividad Solidaria para la Paz. El proceso de implementación de la Agenda incluye la transversalización de las competencias de solidaridad y asociatividad en el sistema educativo colombiano; por ello, se hace necesario la consolidación de la formación y la investigación en economía social, solidaria, popular y comunitaria, la recopilación de experiencias exitosas, el acceso a pasantías y estudios de caso, sumado a la construcción de una estrategia nacional de promoción de la cultura solidaria, empleando diferentes medios de comunicación comunitaria, alternativa y digital (lineamiento No. 11), situación que cumple con la función de: ¨1. Diseñar, adoptar, dirigir, coordinar y ejecutar los programas y proyectos para la promoción, planeación, protección, fortalecimiento y desarrollo de las organizaciones solidarias”. D. De acuerdo a lo expuesto anteriormente, la Unidad Solidaria registró ante el Departamento Nacional de Planeación-DNP, el proyecto de inversión “DESARROLLO DE ASOCIATIVIDAD SOLIDARIA PARA LA PAZ A NIVEL NACIONAL”, con el objetivo de fortalecer los procesos de asociatividad solidaria en los territorios, procesos que se orientan a la identificación y/o consolidación de redes, circuitos e iniciativas para fomentar durante el 2024 a 600 organizaciones, colocando en marcha la implementación del Programa de Asociatividad Solidaria – PASO, el cual busca establecer la ruta para el fomento de Territorios Asociativos Solidarios, diseñada para reconocer las prácticas colectivas solidarias presentes en los territorios, desde el contexto comunitario con abordaje de los enfoques diferenciales, e incentiva el trabajo asociativo solidario de las organizaciones, la articulación interinstitucional y las redes, como actores determinantes para el desarrollo territorial. Así las cosas, dentro del mencionado proyecto de inversión, se propuso “posicionar y fortalecer las redes y medios alternativos, comunitarios y digitales en el territorio, con el fin de que estos sean el vehículo a través del cual se promocione la cultura solidaria para la paz y se visibilicen las bondades de la asociatividad solidaria como gestor del cambio en los territorios”, considerando que los medios de comunicación son potenciales actores de la economía solidaria, popular, social y comunitaria y, para ello, se establecieron indicadores y metas para la presente vigencia fiscal en dicha materia. E. Para facilitar el manejo territorial en la implementación de la Agenda de la Asociatividad Solidaria para la Paz, la Unidad Solidaria planteó en su esquema operativo la regionalización del territorio nacional, en diez (10) regiones. F. En virtud de lo anterior y considerando que la Unidad Solidaria no cuenta con presencia permanente en todos los departamentos del país, se hace necesario contratar personal para que, en un rol de Gestor Regional de Comunicaciones, adelanten actividades relacionadas con la promoción, visualización y posicionamiento de la economía solidaria, popular, social y comunitaria a través de los diferentes medios de comunicación comunitaria, alternativa y digital, en el marco de la implementación del Programa de Asociatividad Solidaria – PASO. Entonces, se hace necesario contar con profesionales graduados en los núcleos básicos del área del conocimiento de las ciencias |
sociales y humanas. G. Además, de conformidad con los objetivos trazados para la asociatividad solidaria en los territorios, de acuerdo con los propósitos institucionales, se valorará dentro del proceso de contratación, la experiencia profesional laboral y/o contractual y/o aquella relacionada con el trabajo con organizaciones solidarias o populares o comunitarias o sociales. H. Por lo anterior, atendiendo que en la actualidad la entidad no dispone del personal suficiente para cumplir a cabalidad con la demanda de actividades necesarias para obtener el propósito señalado, el Director Nacional de la Unidad Administrativa como representante legal expide certificación conforme lo enunciado en el Decreto 2209 de 1998, Artículo 1 que modificó el artículo 3 del decreto 1737 de 1998, y que a su tenor literal enuncia: “Los contratos de prestación de servicios con personas naturales o jurídicas, sólo se podrán celebrar cuando no exista personal de planta con capacidad para realizar las actividades que se contratarán. Se entiende que no existe personal de planta en el respectivo organismo, entidad, ente público o persona jurídica, es imposible atender la actividad con personal de planta, porque de acuerdo con los manuales específicos, no existe personal que pueda desarrollar la actividad para la cual se requiere contratar la prestación del servicio, o cuando el desarrollo de la actividad requiere un grado de especialización que implica la contratación del servicio, o cuando aun existiendo personal en la planta, éste no sea suficiente, la inexistencia de personal suficiente (…)”. Que siendo así las partes acuerdan: | |
OBJETO | Prestar servicios profesionales para realizar actividades tendientes a llevar a cabo las estrategias de comunicación de la entidad y aquellas que permitan el fomento de las redes de comunicación de la asociatividad solidaria. |
PLAZO | El tiempo de ejecución del contrato será xx XXXX (10) MESES, contados a partir de la expedición del registro presupuestal, aprobación de la garantía única y conforme la fecha de iniciación que registre la plataforma SECOP II. |
VALOR | Para todos los efectos fiscales y legales, el valor total del presente contrato corresponde a la suma de CUARENTA MILLONES DE PESOS ($40.000.000) M/CTE. |
FORMA DE PAGO | LA UNIDAD SOLIDARIA, pagará al CONTRATISTA el valor total del contrato, de la siguiente forma: 1. Un primer pago correspondiente a los días ejecutados, desde el inicio del contrato hasta el último día del respectivo mes, previo cumplimiento de los requisitos de iniciación y avance de ejecución en el cumplimiento de obligaciones contractuales, previa presentación de informe y recibo a satisfacción por parte del supervisor, soporte de pago por concepto de aportes al Sistema de Seguridad Social y presentación de cuenta de cobro o factura según corresponda. 2. Un segundo pago y siguientes por mes calendario vencido, previo cumplimiento de obligaciones y avance de ejecución contractual, por la suma de CUATRO MILLONES DE PESOS M/CTE ($4.000.000), cada uno, previa presentación de informe y recibo a satisfacción por parte del supervisor, soporte de pago por concepto de aportes al Sistema de Seguridad Social y presentación de cuenta de cobro o factura según corresponda. Un 3. Último pago por el saldo del contrato, al desarrollo y cumplimiento en el 100% del objeto y obligaciones contractuales y terminación del contrato, lo anterior previo visto bueno y cumplido a satisfacción por parte del supervisor, presentación de factura o cuenta de cobro según corresponda y demás documentos jurídicos y financieros debidamente necesarios para la realización de este. Nota 1: Cada uno de los pagos está sujeto a previo visto bueno y cumplido a satisfacción por parte del supervisor, presentación de informes de supervisión y de ejecución, presentación de factura o cuenta de cobro según corresponda y demás soportes jurídicos y financieros necesarios para la realización del mismo y entrega de los productos |
esperados. Nota 2: El desembolso del presente contrato se encuentra sujeto a PAC del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Nota 3: En caso de que exista alguna situación relacionada con la determinación de la base de retención en la fuente, el contratista deberá reportar oportunamente la novedad para que se tenga en cuenta en el pago. PARÁGRAFO Los gastos de desplazamiento dentro del departamento base asignado estarán a cargo del contratista. En ciertos casos la Unidad Solidaria, durante la ejecución del contrato y previa autorización del Director Nacional u Ordenador del Gasto, podrá reconocer estos gastos dentro y/o fuera de la región asignada, de conformidad con la regulación interna. Así mismo, el contratista deberá presentar informe y legalización de gastos de viaje dentro los tres (3) días hábiles siguientes a la culminación del desplazamiento reconocido por la Unidad Solidaria, so pena de los requerimientos correspondientes. | |
SUPERVISOR | La supervisión estará a cargo de XXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX, profesional de la Dirección Técnica de Desarrollo, o de quien designe el Ordenador del Gasto. |
VIABILIDAD JURIDICA | La modalidad de selección del contratista corresponde a la consagrada en el literal H numeral 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 en concordancia con lo enunciado en el artículo 2.2.1.2.1.4.9. Del decreto 1082 de 2015. Contratación Directa, Contrato de prestación de servicios de apoyo a la gestión. |
DOMICILIO | El domicilio contractual es la ciudad de Bogotá. D.C. |
LUGAR DE EJECUCIÓN | El lugar de ejecución es Zona sur - Caquetá, Huila, Putumayo y Tolima. |
DISPOSICIONES APLICABLES | Al presente contrato le son aplicables las disposiciones contractuales vigentes, el literal H numeral 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 en concordancia con lo enunciado en el artículo 2.2.1.2.1.4.9. Del decreto 1082 de 2015. Contratación Directa. Contrato de apoyo a la gestión. Los servicios profesionales y de apoyo a la gestión corresponden a aquellos de naturaleza intelectual diferentes a los de consultoría que se derivan del cumplimiento de las funciones de la Entidad Estatal (…) |
PROHIBICIONES DE CESION | EL CONTRATISTA no podrá ceder a ningún título el presente contrato a persona natural o jurídica alguna, sin consentimiento previo de la Unidad Solidaria, el cual deberá constar por escrito. |
MULTAS | En caso de que el contratista se constituya en xxxx o incumpla injustificada y parcialmente alguna de las obligaciones que asume en virtud del presente contrato, la Unidad Solidaria podrá imponerle, mediante resolución motivada, multas sucesivas por el 0.5% del valor total del contrato sin exceder el 10% del valor de este y sin perjuicio de hacer efectiva la cláusula penal, o de la declaratoria de caducidad del contrato. |
CLAUSULA PENAL | En caso de incumplimiento injustificado definitivo o parcial del objeto del contrato o definitivo de cualquiera de las obligaciones contraídas en el contrato o declaratoria de caducidad, el contratista conviene en pagar a la Unidad Solidaria, una suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, suma que la Unidad hará efectiva mediante el cobro de los saldos que adeude al contratista, si los hubiere, para lo cual se entiende expresamente autorizada con la suscripción del presente contrato; si esto no fuere posible se cobrará por vía judicial. La aplicación de la cláusula penal no excluye la indemnización de perjuicios causados y no cubiertos en su totalidad por el monto establecido como tasación anticipada de los mismos. Igualmente, la aplicación de la cláusula penal no exime al contratista del cumplimiento de la obligación principal. |
INEXISTENCIA DE RELACION LABORAL | El presente contrato no genera relación laboral alguna con el CONTRATISTA, y en consecuencia tampoco el pago de prestaciones sociales, ningún tipo de emolumentos diferentes al valor acordado en el presente documento. Las partes declaran que el presente contrato corresponde a los de prestación de servicios |
profesionales y de apoyo a la gestión, y que por lo tanto la Unidad Solidaria no adquiere relación laboral alguna, por lo que el contratista no podrá exigir a la Unidad, el pago de salarios, prestaciones sociales, e indemnizaciones laborales por razón de la ejecución del mismo, puesto que el contratista realiza las actividades contractuales de manera autónoma e independiente sin subordinación laboral con la Unidad Solidaria. | |
INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES | El contratista afirma bajo la gravedad del Juramento que no se halla incurso en las inhabilidades e incompatibilidades consagradas por la ley para contratar, y especialmente en las previstas en el artículo 8°de la Ley 80 de 1993, en la ley 1150 de 2007 y demás disposiciones vigentes. El contratista se compromete a informar a la Unidad Solidaria, las causales de incompatibilidad o inhabilidad que le sobrevengan durante el término de ejecución del contrato. |
VEEDURIA CIUDADANA | El presente contrato está dispuesto a la vigilancia y control ciudadano, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 80 de 1993. |
DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE DEL CONTRATO | Forman parte del presente contrato como documentos, los estudios previos, constancia emitida por el ordenador del gasto de la Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias sobre la idoneidad y experiencia para ejecutar el objeto del presente contrato, en virtud de lo consagrado en el artículo 2.2.1.2.1.4.9 del decreto 1082 de 2015; certificación expedida por el Director Nacional de la Unidad Solidaria en la cual se enuncia que el personal de planta, no es suficiente para el desarrollo de las actividades a contratar, amparado en lo que establece el artículo 3 del decreto 1737 de 1998 modificado por el artículo 1 del decreto 2209 del mismo año; y los documentos anexos de la contratista. constancia de registro de inscripción en el SECOP II y pantallazo del plan anual de adquisiciones. |
INDENMIDAD | EL CONTRATISTA mantendrá indemne a LA UNIDAD SOLIDARIA, contra todo reclamo, demanda, acción legal, y costos que puedan causarse o surgir por daños o lesiones a personas o bienes, ocasionados por él o su personal, durante la ejecución del objeto y obligaciones del contrato. |
RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA | EL CONTRATISTA responderá civil y penalmente tanto por el incumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato como por los hechos u omisiones que le fueren imputables y que causen daño o perjuicio a la UNIDAD SOLIDARIA. |
NOTIFICACIÓN | Con la suscripción del presente documento, el contratista autoriza expresamente que se le envíen las notificaciones que surjan por cualquier motivo en la ejecución del mismo, al igual que para los requerimientos extrajudicial y judicial. Según lo ordenado por el numeral 1 del artículo 67 de la ley 1437 de 2011. |
OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA: EL contratista se obliga a ejecutar el objeto del contrato y en consecuencia deberá cumplir con las obligaciones que se describen a continuación: 1. Ejecutar idónea y oportunamente el objeto de contrato. 2. Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales y evitando las dilaciones que pudieran presentarse. 3. Atender los requerimientos hechos por el supervisor y en caso de no ser posible, emitir por escrito una explicación que fundamente este hecho. 4. Cumplir a cabalidad el objeto contratado desde las especificaciones trazadas y definidas por el supervisor del mismo. 5. Anexar las certificaciones de cumplimiento del servicio de pago de los aportes realizados al sistema de seguridad social integral, en calidad de cotizante independiente, entendiendo que la base de cotización no podrá ser inferior al 40% del valor total del contrato. 6. Confidencialidad. El contratista en virtud de la suscripción del presente contrato se compromete a: 6.1. Manejar de manera confidencial la información que como tal sea presentada, entregada y toda aquella que se genere en torno a ella como fruto de la presentación de sus servicios. 6.2. Guardar confidencialidad sobre esa información y no emplearla en beneficio propio o de terceros mientras conserve sus características de confidencialidad o mientras sea manejada como un secreto empresarial o comercial. 6.3. Informar inmediatamente, al supervisor del contrato sobre cualquier circunstancia presentada en el desarrollo de su trabajo. 6.4. Colaborar con la mayor diligencia en la documentación y declaración de lo hallado y mantener sobre todo ello los compromisos de confidencialidad requeridos y necesarios. Parágrafo. El desconocimiento de los compromisos descritos por el contratista, pueden conllevar demandas civiles y penales según lo señalan las leyes colombianas. 7. Contar con la disponibilidad necesaria para el desarrollo de las actividades que desarrollan el objeto del contrato. 8. Certificar por medio escrito bajo la gravedad del juramento ante la Unidad Solidaria al inicio del contrato si está obligada a presentar declaración xx xxxxx por el año inmediatamente anterior y la |
categoría según la clasificación cedular de acuerdo con lo establecido en el artículo 330 del estatuto tributario y sus decretos reglamentarios vigentes, con los documentos para el primer pago. 9. Mantener activa la cuenta bancaria que reporta para que la Unidad Solidaria realice los pagos. 10. Remitir a la Unidad Administrativa el RUT cuando la información consignada en el documento inicial se modifique. 11. Mantener actualizada la información del Registro Único Tributario. 12. Certificar por medio escrito bajo la gravedad de juramento ante la Unidad Solidaria para cada pago que los documentos soporte del pago de seguridad social (salud, pensión y ARL) corresponden a los ingresos provenientes del presente contrato. 13. Presentar el examen médico ocupacional vigente. 14. Cumplir con las normas del Sistema General de Riesgos Laborales: 14.1 Procurar el cuidado integral de su salud. 14.2 Informar al contratante la ocurrencia de incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades laborales. 14.3 Participar en las actividades de Prevención y Promoción organizadas por los contratantes, los Comités Paritarios de Seguridad y Salud en el Trabajo o Vigías Ocupacionales o la Administradora de Riesgos Laborales. 14.4. Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST. 14.5. Informar oportunamente a los contratantes toda novedad derivada del contrato. 15. Dar cumplimiento a la propuesta y realizar todas las actividades tendientes al cumplimiento del objeto del contrato, propuesta que hace parte integral del presente documento. 16. Radicar la cuenta de cobro a más tardar dentro de los 05 días calendarios siguientes al vencimiento del periodo correspondiente. 17. Atender los contenidos temáticos, metodología y herramientas a aplicar en el desarrollo de la atención al ciudadano. 18. Responder por los recursos físicos, tecnológicos y bienes que le sean asignados de la Unidad Solidaria en los territorios. 19. Suscribir el acta de inicio del contrato. OBLIGACIONES ESPECIFICAS DEL CONTRATISTA: 1. Elaborar documentos, notas de prensa, crónicas, vídeos y/o reportes de todas las actividades misionales realizadas en la región, para los medios virtuales, radiofónicos, audiovisuales o impresos, siguiendo los manuales de imagen y comunicación de la entidad. 2. Realizar gestión con los medios de comunicación de la región para garantizar la difusión de la gestión realizada por la Unidad Solidaria en los territorios. 3. Liderar y coordinar acciones para el fomento y fortalecimiento de la red o redes de medios comunitarios existentes o en proceso de conformación, en la región. 4. Acompañar todas las actividades realizadas en el territorio, incluidas las visitas de los directivos de la Unidad Solidaria, garantizando el cubrimiento de medios y ruedas de prensa, cuando sea necesario. 5. Convocar y hacer seguimiento al cumplimiento de compromisos de las mesas territoriales de comunicación solidaria. 6. Realizar la entrega y/o difusión del material de comunicaciones (digitales y físicos) en las diferentes actividades que programe la Unidad Solidaria. 7. Atender los requerimientos que en materia de comunicación se solicite por el grupo de Conectividad y Prensa de la Unidad Solidaria. 8. Las demás que se deriven del objeto contractual aquí señalado. GARANTÍA: En virtud del análisis de riesgos, el contratista deberá constituir una garantía única que ampare las obligaciones que se deriven del contrato, con una entidad Bancaria o una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, a favor de la Unidad Solidaria identificada con NIT. 899999050-8, consistente en una póliza que ampare: -Cumplimiento del contrato por el 10% del valor total de este y con una vigencia igual al término de duración del mismo y cuatro (04) meses más. PARAGRAFO: El contratista manifiesta bajo la gravedad del juramento no estar incurso inhabilidad o incompatibilidad o conflicto de intereses para contratar con el Estado, de que tratan el artículo 8, 9 y 10 de la Ley 80 de 1993 y demás disposiciones aplicables vigentes. PRODUCTOS: 1. Mínimo ocho (8) documentos, crónicas, vídeos y/o reportes mensuales. 2. Mínimo ocho (8) notas mensuales de prensa, crónicas o informes dirigidos a las publicaciones virtuales, radiofónicas, audiovisuales. 3. Un (1) informe mensual de seguimiento de las mesas territoriales de comunicación solidaria. 4. Un (1) informe mensual con sus debidos soportes. OBLIGACIONES DE LA UNIDAD SOLIDARIA: 1. Tramitar para que se efectúen los pagos acordados al contratista producto del contrato. 2. Ejercer supervisión sobre el desarrollo del objeto del contrato, de cuya actividad será responsable en adscripción de funciones el supervisor quien tendrán responsabilidad disciplinaria, penal y fiscal por sus acciones u omisiones en el desarrollo de sus funciones de acuerdo con lo consagrado en resolución interna y la Ley 1474 de 2011. 3. Impartir las instrucciones necesarias, sugerencias y requerimientos para la adecuada, normal y total ejecución del contrato, lo cual hará el supervisor. 4. Entregar la información requerida para el desarrollo del contrato. Para el efecto, el supervisor del contrato tramitará el cumplido a satisfacción de acuerdo con la forma de pago. Lo anterior al desarrollo y ejecución de las actividades asignadas para cada periodo previo visto bueno y/o cumplido a satisfacción por parte del supervisor, presentación de factura o cuenta de cobro según corresponda adjuntando certificación que acredite pago de aportes relativos al Sistema de seguridad Social integral (pensión, salud y ARL) de acuerdo en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007 y al Sistema de Riesgos Laborales en virtud de lo consagrado en el numeral 1 literal a) del artículo 13 de la Ley 1562 de 2012. Para el efecto, el supervisor del contrato tramitará el cumplido a satisfacción de acuerdo con la forma de pago. 5. Brindar formación y capacitación técnica que se requiera para el desarrollo del objeto del contrato. 6. Suscribir el acta de inicio del contrato, a través del supervisor. PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: De conformidad con el artículo 41 de la Ley 80 de 1993, este contrato se entiende perfeccionado cuando se logre acuerdo sobre el objeto y la contraprestación y este se eleve a escrito. Por lo tanto, este contrato se entiende perfeccionado con las firmas de las partes a través de la Plataforma SECOP II, así mismo, atendiendo lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, para su ejecución se requiere: Por parte del contratista: Constituir la garantía única. Por parte de la entidad: La existencia de la disponibilidad presupuestal, expedición de registro presupuestal, aprobación de la garantía única. De conformidad con el artículo 223 del Decreto Nacional 019 de 2012, el presente contrato se publicará en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública SECOP II.