Contract
I.2.12. Acuerdo 12/CG 20-04-18 por el que se aprueba la Convocatoria de ayudas con cargo al Fondo Social de Estudiantes de la Universidad Autónoma de Madrid.
CONVOCATORIA DE AYUDAS CON CARGO AL FONDO SOCIAL DE ESTUDIANTES DE LA UAM
C U R S O 2 0 1 7 / 1 8
Con el fin de garantizar las condiciones de igualdad en el ejercicio del derecho a la educación y que los estudiantes disfruten de las mismas oportunidades de acceso a los estudios superiores, el Vicerrectorado de Estudiantes y Empleabilidad de la Universidad Autónoma de Madrid, convoca Ayudas del Fondo Social para el curso 2017 / 2018 . Las ayudas van destinadas a todos los estudiantes de títulos oficiales de esta Universidad, que no teniendo beca ni ayuda económica de otro tipo, tienen una situación económica, social y/o familiar que pueda influir en la continuidad de sus estudios.
Esta convocatoria se gestionará con cargo a la partida presupuestaria 4 2 2 A 4 0 1 del Fondo Social para los Estudiantes, por un importe máximo de 500 . 00 0 €, quedando incluido en este importe la cantidad que, en su caso, la Comunidad de Madrid destine al apoyo a estas ayudas para el curso 2 017 / 201 8 .
B A S E S
En lo no previsto en esta convocatoria será de aplicación lo dispuesto en la normativa de becas de carácter general para estudiantes universitarios para el curso 2017 / 2018 .
1. R E Q U I S I T O S G E N E R A L E S :
a) No haber obtenido o estar en disposición de obtener ninguna beca o ayuda para la misma finalidad de otras entidades o personas públicas o privadas. En el caso de estudiantes extranjeros deberán aportar obligatoriamente certificación de su país de origen, de no recibir ninguna beca o ayuda para la misma finalidad de entidades públicas o privadas.
b) Ser estudiante de estudios oficiales de esta Universidad (grado, máster y doctorado) y no haber abandonado dichos estudios antes de su finalización. Xxxxxx excluidas de esta convocatoria, ayudas para la realización de estudios correspondientes a Títulos Propios.
c) No estar en posesión o no reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o superior nivel al correspondiente al de los estudios para los que se solicita la Ayuda.
d) No superar los umbrales máximos xx xxxxx familiar para la obtención de la beca de matrícula establecidos en esta convocatoria y calculados conforme a la Resolución de 3 xx xxxxxx de 2017, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2017 - 2018 , para estudiantes que cursen estudios postobligatorios.
No superar los umbrales máximos de patrimonio establecidos en el artículo 18, exceptuando el apartado 2 de la citada Resolución.
e) No estar incurso en ninguno de los supuestos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.
f) No disfrutar de la exención de tasas por otras causas, salvo que dicha exención sea inferior al importe de la ayuda establecida en esta convocatoria.
g) Para obtener esta Ayuda, será preciso que el estudiante, además de cumplir los requisitos establecidos por la convocatoria, obtenga un coeficiente de prelación de su derecho que le sitúe dentro del crédito global consignado para estas Ayudas.
2. R EQ UIS IT OS DE C AR Á C TE R E CO NÓ MI CO Y P A TR IM ON IA L
A efectos de la determinación de la renta se computará la información del ejercicio 2016. No obstante, cuando los ingresos de la unidad familiar hubieran sufrido una disminución por causas sobrevenidas, la Universidad podrá determinar la información de la renta necesaria respecto del ejercicio 2017, siempre y cuando quede debidamente justificada la situación económica del estudiante. Excepcionalmente se exonerará de la citada justificación documental a aquellos estudiantes que acrediten ser solicitantes del derecho de asilo o refugio en España o situación asimilable.
2 . 1 . - REN T A DE LA U N ID A D FA MI L I A R :
Para obtener la Ayuda del Fondo Social de la UAM, la renta de la unidad familiar de los solicitantes no podrá exceder, en función del número de miembros computables de la unidad familiar, de los siguientes umbrales:
Familias de un miembro | 14 . 112 , 00 eu r os |
Familias de dos miembros | 24 . 089 , 00 eu r os |
Familias de tres miembros | 32 . 697 , 00 eu r os |
Familias de cuatro miembros | 38 . 831 , 00 eu r os |
Familias de cinco miembros | 43 . 402 , 00 eu r os |
Familias de seis miembros | 46 . 853 , 00 eu r os |
Familias de siete miembros | 50 . 267 , 00 eu r os |
Familias de ocho miembros | 53 . 665 , 00 eu r os |
A partir del octavo miembro, se añadirán 3 . 3 91 , 00 eu r o s por cada nuevo miembro computable de la familia.
2 . 2 . - P AT RI M ON IO DE LA UN ID A D FA M I L I A R:
Se denegará la solicitud de Ayuda del Fondo Social de la UAM, cuando el patrimonio del conjunto de miembros de la unidad familiar, cualquiera que sea la renta familiar a efectos de ayuda, supere los umbrales que se indican a continuación, de acuerdo con las siguientes reglas:
FINCAS URBANAS: La suma de los valores catastrales de las fincas urbanas que pertenezcan a la unidad familiar, excluida la vivienda habitual, no podrá superar 42 . 900 €.
FINCAS RÚSTICAS: La suma de los valores catastrales de las fincas rústicas que pertenezcan a la unidad familiar no podrá superar 1 3 . 130 € por cada miembro computable de la unidad familiar.
CAPITAL MOBILIARIO GANANCIAS Y PÉRDIDAS PATRIMONIALES: La suma de los
rendimientos netos reducidos del capital mobiliario, más el saldo neto positivo de ganancias y pérdidas patrimoniales pertenecientes a los miembros computables de la familia, no podrá superar 1 . 700 €.
ACTIVIDADES ECONÓMICAS: Cuando alguno de los miembros computables de la familia sea titular de cualquier actividad económica con un volumen de facturación, en el año 2016, superior a 155 . 500 €.
3. P RESE N TA CI ÓN D E S OLI CI T UD ES
La solicitud se realiza completando el formulario accesible por vía telemática en la dirección URL: xxxxx://xxxxxxxxxx- xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxx/Xxxxxxxxxxx/?xxxxXxxxxxx&xxxx&xxXxxxxxxxxx&XxxxxXxxxxxXxxxxxxxxxxx&Xx mbreUsuarioAlumno=ALUMNO (Gestión de Becas Propias). Una vez cumplimentado, se deberá imprimir el modelo de solicitud en fichero pdf y presentarlo, en el plazo establecido en la convocatoria, en la Sección de Becas de la Universidad (Edificio Plaza Mayor) firmado por el solicitante y demás miembros computables de la unidad familiar, con la documentación exigida en este apartado. Sin este trámite no se dará por presentada aunque se hubiese validado la solicitud electrónica.
La presentación de la solicitud de estas ayudas supone la aceptación de las bases de la convocatoria y la autorización a la Universidad para recabar los datos tributarios a la Agencia Tributaria.
En aquellos casos singulares en que el estudiante considere que, aun incumpliendo los requisitos generales y/o económicos establecidos en la convocatoria, su unidad familiar se encuentra en una situación de excepcionalidad extrema que pudiera ser considerada de modo graciable por la Comisión de Selección de Becas, presentará su solicitud de ayuda, acompañada de la documentación justificativa de la situación de excepcionalidad extrema alegada.
4. D O CU ME N TA CI ÓN GE NE RA L
MUY IMPORTANTE: Es obligatoria la presentación de todos los documentos que se relacionan en este apartado de documentación general, en caso de solicitudes de estudiantes extranjeros será obligatorio que se aporte tanto la documentación original, como la traducción de la misma.
- Fotocopia de la solicitud de matrícula (liquidación económica de tasas académicas).
- Fotocopia del NIF, NIE o documento equivalente de todos los miembros computables.
- En el caso de que la unidad familiar tenga derecho a alguna de las deducciones que se establecen en la convocatoria de becas de carácter general para estudiantes universitarios para el curso 2017/2018, deberá aportar los justificantes oportunos, en caso de no aportarlos no se realizarán las deducciones.
- Certificado resumen de la declaración anual del IRPF correspondiente al ejercicio 2016, o en su defecto, certificado de imputaciones de todos los miembros computables de la unidad familiar. Los ingresos que estén exentos de tributación deberán acreditarse con el certificado de la entidad pagadora correspondiente.
- Fotocopia de los recibos de los impuestos de bienes inmuebles de naturaleza urbana y rústica del ejercicio 2016, relativos a inmuebles distintos de la vivienda habitual. Certificado del catastro donde figuren tanto las fincas urbanas como las rústicas de todos los miembros de la unidad familiar a nivel nacional.
- En los casos en que el solicitante alegue su independencia familiar y económica cualquiera que sea su estado civil, deberá acreditar fehacientemente esta circunstancia justificando los medios económicos con que cuenta (certificado resumen de la declaración anual del IRPF correspondiente al ejercicio 2016, o en su defecto, certificado de imputaciones), titularidad o el alquiler del domicilio a su nombre, certificado de empadronamiento colectivo del año 2016, y recibos de pagos (agua, luz, alquiler…). De no justificar suficientemente estos extremos, la solicitud será objeto de denegación.
- Firmar la declaración jurada anexa a la solicitud de no disfrutar de ninguna beca o ayuda durante el curso 2017/2018 (en el caso de estudiantes extranjeros deberán además aportar obligatoriamente certificación de su país de origen, de no recibir ninguna beca o ayuda para la misma finalidad de entidades públicas o privadas)
- Los estudiantes de segundo y posteriores cursos que no hubiesen realizado el curso anterior en la Universidad Autónoma de Madrid o lo hubiesen realizado en el Centro Universitario La Salle, deberán aportar obligatoriamente certificación académica de la Universidad/Centro donde realizaron dicho curso académico (en el certificado deben constar tanto las asignaturas superadas como las no superadas en el último curso realizado), los estudiantes de Máster que no hubiesen realizado los estudios en nuestra Universidad o lo hubiesen realizado en el Centro Universitario La Salle, deberán aportar obligatoriamente certificación académica de la Universidad/Centro donde cursaron los estudios que le han dado acceso al Máster. En caso de haber realizado los estudios en una Universidad extranjera deberán aportar certificado del Ministerio de Educación de las equivalencias de nota media de los estudios completos realizados en el extranjero a la escala española para los estudiantes de Máster, y únicamente del curso anterior para el resto de estudios.
- En caso de alegar enfermedad, deberán aportar los informes médicos oficiales correspondientes.
- En los casos de divorcio o separación, deberán adjuntar sentencia de separación, convenio regulador actualizado, y certificado de empadronamiento colectivo.
5. V AL OR A CIÓ N DE LA S SO LI CI T UDES Y P RO CE DI MIE N TO DE A DJ U DI C AC IÓ N
Las solicitudes que contengan toda la documentación requerida serán estudiadas y valoradas por la Comisión de Selección de Becas de la UAM. La composición de dicha Comisión de Selección estará formada por:
Presidenta: - Vicerrectora de Estudiantes y Empleabilidad
Vocales: - Vicedecanos/as y subdirector/a de Estudiantes de los Centros
- Tres representantes de estudiantes Secretaria: - Jefa de la Sección de Becas y Ayudas
Los datos académicos se podrán valorar conjuntamente con la situación social, económica y/o familiar sobrevenida que alegue el estudiante y que haya podido influir directamente en las calificaciones del curso que se barema. Para estas situaciones, la Comisión podría tener en cuenta, además, el rendimiento académico que haya obtenido el estudiante durante sus estudios.
También podrán ser valoradas por la Comisión de Selección, aquellas situaciones de enfermedad que alegue el solicitante siempre que estén debidamente documentadas.
La Comisión de Selección podrá valorar para obtener esta Ayuda, que la unidad familiar se encuentre en alguna de estas circunstancias: orfandad, viudedad, personas con discapacidad, cuidador de un familiar en situación de dependencia, padres pensionistas, desempleados, divorciados, separados, víctimas de violencia de género, padre o madre solteros, así como estudiantes refugiados. El estudiante deberá exponer dicha situación y acreditarlo documentalmente.
Cuando el número de solicitudes admitidas a valoración sume una cuantía superior al crédito destinado a estas ayudas, se aplicará el siguiente orden de prelación para la concesión de las mismas:
1º Menor renta per cápita.
2º Si se produjera un empate en cuanto a renta familiar se concederá la ayuda a aquellos solicitantes que acrediten la condición de víctima de violencia de género, conforme a lo establecido en el artículo 31 de la Ley 5/2005, de 20 de diciembre, Integral contra la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid.
3º En función de los datos de carácter académico y xx xxxxx de la unidad familiar, con la siguiente puntuación:
P U NT OS P OR D A TOS DE C A RÁ C TE R ACA D ÉM IC O:
a) Puntuación según nota media del curso 2 016 / 2017 :
Calificación obtenida | Puntos | |
Enseñanzas técnicas | ≥ 4 | 1 |
Resto de enseñanzas | ≥ 5 | 1 |
A los estudiantes que solicitan la Ayuda para 1º curso por primera vez, se les adjudicará la puntuación máxima en este apartado.
b) Porcentaje de créditos superados curso 2016 / 2 017 Enseñanzas técnicas:
60% créditos superados | 2,5 puntos |
55% créditos superados | 1,5 puntos |
50% créditos superados | 1 punto |
45% créditos superados | 0,5 puntos |
Resto de enseñanzas:
80% créditos superados | 2,5 puntos |
75% créditos superados | 1,5 puntos |
70% créditos superados | 1 punto |
65% créditos superados | 0,5 puntos |
A los estudiantes que solicitan la Ayuda para 1º curso, por primera vez, se les adjudicará la puntuación máxima en este apartado.
P U NTO S P OR D AT OS DE C A RÁ C TE R E CO NÓ MI CO :
Nº miembros | Renta inferior a: | Renta inferior a: | Renta inferior a: | Renta inferior a: | Renta inferior a: | Renta inferior a: | Renta inferior a: |
1 | 11.937,00 € | 10.743,30 € | 9.549,60 € | 8.355,90 € | 7.162,20 € | 5.968,50 € | 4.774,80 € |
2 | 19.444,00 € | 17.499,60 € | 15.555,20 € | 13.610,80 € | 11.666,40 € | 9.722,00 € | 7.777,60 € |
3 | 25.534,00 € | 22.980,60 € | 20.427,20 € | 17.873,80 € | 15.320,40 € | 12.767,00 € | 10.213,60 € |
4 | 30.287,00 € | 27.258,30 € | 24.229,60 € | 21.200,90 € | 18.172,20 € | 15.143,50 € | 12.114,80 € |
5 | 34.370,00 € | 30.933,00 € | 27.496,00 € | 24.059,00 € | 20.622,00 € | 17.185,00 € | 13.748,00 € |
6 | 38.313,00 € | 34.481,70 € | 30.650,40 € | 26.819,10 € | 22.987,80 € | 19.156,50 € | 15.325,20 € |
7 | 42.041,00 € | 37.836,90 € | 33.632,80 € | 29.428,70 € | 25.224,60 € | 21.020,50 € | 16.816,40 € |
8 | 45.744,00 € | 41.169,60 € | 36.595,20 € | 32.020,80 € | 27.446,40 € | 22.872,00 € | 18.297,60 € |
Puntos | 1 Punto | 2 Puntos | 3 Puntos | 4 Puntos | 5 Puntos | 6 Puntos | 7 Puntos |
La Universidad realizará una única relación de beneficiarios ordenados de menor a mayor renta familiar per cápita, adjudicándose las ayudas a quienes cumplan los requisitos exigidos conforme a este orden hasta agotar el presupuesto establecido.
Si no existiera disponibilidad presupuestaria para atender todas las solicitudes y se produjera un empate en cuanto renta familiar per cápita entre las últimas solicitudes antes de agotarse el crédito, se procederá al orden de prelación establecido en esta convocatoria.
6. F O RM A Y P LA ZO D E P RE SEN T AC IÓ N DE L AS S OL IC IT UD ES
Del 24 xx xxxxx al 11 xx xxxx. La solicitud se deberá cumplimentar por vía telemática en la dirección URL: xxxxx://xxxxxxxxxx-
xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxx/Xxxxxxxxxxx/?xxxxXxxxxxx&xxxx&xxXxxxxxxxxx&XxxxxXxxxxxXxxxxxxxxxxx&X ombreUsuarioAlumno=ALUMNO (Gestión de Becas Propias).
Una vez cumplimentado el impreso, se deberá imprimir el modelo de solicitud en fichero pdf y presentarlo con la firma del solicitante y demás miembros computables de la familia en la Sección de Becas de la Universidad (Edificio Plaza Mayor), acompañada de todos los documentos requeridos en convocatoria, sin este trámite no se dará por presentada la solicitud, aunque se hubiese cumplimentado la parte telemática.
La presentación de todos los documentos que se relacionan en el apartado de documentación general es obligatoria. En el caso de no presentar los documentos junto con la solicitud, deberán aportarlos en un plazo máximo de 10 días, significándole que de no hacerlo la Ayuda será denegada. Como justificante de la presentación de la solicitud de la Ayuda, se entregará un resguardo sellado por la Sección de Becas, sin él, no se podrá justificar la entrega de la solicitud, por lo que es muy importante que el solicitante lo conserve. No se aceptará ninguna alegación sin el resguardo correctamente cumplimentado y sellado.
7. C U A NT ÍA D E L A AYU DA
La Ayuda se destinará a compensar parte del importe de la matrícula en la UAM en el curso 2017 / 2018 , hasta un máximo de:
a) Estudios de Doctorado: Importe precio público por tutela académica.
b) Estudios de Máster Oficial: 2 . 100 eur os .
c) Resto de estudios: Importe de los precios públicos de primera matriculación correspondiente a un curso completo de los estudios cursados.
En la reunión de la Comisión de Selección que resuelva la adjudicación de estas Ayudas, se establecerá un remanente para poder atender situaciones excepcionales que puedan surgir con posterioridad a la finalización de la convocatoria, y para las cuales se entenderá que la convocatoria se encuentra abierta con carácter permanente hasta la finalización del curso académico.
Igualmente, y siempre para casos excepcionales, dicha Comisión podrá valorar la concesión de Ayudas superiores a las establecidas en la convocatoria hasta un máximo del pago de la matrícula completa, siempre que cumplan todos los requisitos establecidos en la presente convocatoria. Para que estas situaciones puedan ser valoradas, el estudiante deberá aportar junto con el impreso de solicitud toda la documentación que justifique fehacientemente la situación alegada.
8. R ESO L UC IÓ N
La Resolución de las Ayudas concedidas corresponde al vicerrectorado de estudiantes y empleabilidad. Dicha resolución se hará pública a partir del día 7 xx xxxxx en la página Web de la Sección de Becas de la UAM. Dicha resolución surtirá los efectos de notificación individual a los interesados.
Los estudiantes que finalmente sean beneficiarios de esta Ayuda y hayan abonado previamente el precio público por matrícula, deberán solicitar la devolución del importe concedido en la Secretaría de su Centro de Estudios.
En el supuesto de que el importe total del precio público por matrícula sea superior a la Ayuda concedida por el Fondo Social, el estudiante deberá ponerse en contacto con la Secretaría de su Facultad o Escuela en el plazo máximo de 3 días desde la publicación de la resolución de las Ayudas con el fin de abonar la diferencia.
Por último, los estudiantes a los que les haya sido denegada la Ayuda del Fondo Social y no hubieran abonado el precio público por matrícula, deberán hacerlo en el plazo inmediato de 3 días hábiles desde la publicación de la Resolución en la página Web de la Universidad.
9. R EVO C AC IÓ N
La adjudicación de la ayuda podrá ser revisada mediante expediente revocatorio cuya resolución podrá dar lugar a su revocación y a la exigencia de la devolución de las cantidades indebidamente percibidas,
en el caso de ocultación o falseamiento de datos o documentos que hubieran servido de base para la concesión de la ayuda o en casos de incompatibilidad o anulación de matrícula.
10. R E CU RSO S
La Resolución del Vicerrectorado que recoja el acuerdo de la Comisión de Selección agota la vía administrativa. Contra ella podrán interponerse los siguientes recursos:
− Con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de la misma. Este recurso se podrá presentar ante el Órgano que tramitó la solicitud de beca.
− Recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación de la resolución o, en su caso, de la notificación de la resolución del recurso de reposición.
11. C ESI ÓN D E DA TOS D E C AR Á CTE R PERS ON AL
Según lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el acto de consignar la solicitud de ayuda supone el consentimiento y la información conocimiento de que los datos personales recogidos serán cedidos, incorporados y tratados en el fichero de Becas, cuya finalidad es el soporte en los procesos de concesión y denegación de ayudas, tramitación de solicitudes y de notificación de las concesiones y comunicación de las denegaciones. El órgano responsable del fichero es la Secretaria General. Para ejercer los derechos de rectificación, cancelación y oposición podrán dirigirse a la dirección xxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxx@xxx.xx.