SUMARIO
SUMARIO
INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueba el modelo de convocatoria para la
designación de Consejeros Presidentes y Consejeros Electorales de los Organismos Públicos Locales. 7443
PODER EJECUTIVO SECRETARÍA SALUD
Convenio Específico de colaboración en Materia de Transferencia de Recursos provenientes del Programa
DGPLADES-CALIDAD-CECTR-QRO-01/14, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Querétaro. 7454
Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestales Federales para la Operación del Programa Caravanas de la Salud 2014, DGPLADES-CARAVANAS-CECTR-QRO-01/14, que celebran la
Secretaría de Salud y el Estado de Querétaro. 7478
PROCURADURÍA ESTATAL DE PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO URBANO
Periodos vacacionales y días inhábiles de la Procuraduría Estatal de Protección al Medio Ambiente y Desarrollo
Urbano. 7525
GOBIERNO MUNICIPAL
Acuerdo por el que se otorga la autorización provisional para venta de lotes del fraccionamiento de tipo habitacional medio denominado “Xxxxxx xx Xxxxxx” en su etapa 1, ubicado en el lote de terreno que formó parte de la Ex Hacienda
xx Xxxxxxxx que a su vez formó parte del predio Balvanera, en el Municipio de Corregidora, Qro. 7526
Acuerdo que autoriza la causahabiencia a favor de la empresa denominada “Comercial Oder, S. A. de C. V.”, respecto de todas y cada una de las autorizaciones, otorgadas al Lic. Xxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, relativas a la Fracción Segunda
del predio rústico conocido como “Xxxxxxx”, Municipio de Corregidora, Qro. 7533
Acuerdo que autoriza la relotificación y venta provisional de lotes del fraccionamiento de tipo habitacional medio denominado “Misión Marbella”, ubicado en el predio resultado de la fusión de los predios 1, 2, 3 y 4 que pertenecen a una fracción del resto de la fracción II en las que se dividió el Rancho San Xxxxxx, Los Xxxxxx, Municipio de Corregidora,
Qro. 7543
Acuerdo por el que se aprueba la formulación del Programa de Obra Anual POA 2014 del Municipio de Huimilpan, Qro. 7551
Acuerdo por el que se autoriza el cierre xxx Xxxx 33 ejercicio 2013 del Municipio de Huimilpan, Qro. 7554
Acuerdo por el que se autoriza la relotificación del fraccionamiento “Punta San Xxxxxx”, ubicado en la Avenida
Sombrerete S/N del Desarrollo Centro Norte, Delegación Municipal Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, Municipio de Querétaro, Qro. 7558
Acuerdo relativo a la autorización de reconocimiento de vialidad denominada Mompaní – La Purísima, a favor de la empresa Inmobiliaria y Desarrolladora San Xxxx, S.A. de C.V., ubicada en la Delegación Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx,
Municipio de Querétaro, Qro. 7565
Acuerdo por el que se modifica el Acuerdo relativo a la autorización de reconocimiento de vialidad denominada Mompaní - La Purísima, ubicada en la Delegación Municipal Xxxxxx Xxxxxxxx Puerto, aprobado en Sesión Ordinaria xx
Xxxxxxx de 25 de septiembre de 2012, Municipio de Querétaro, Qro. 7570
Acuerdo relativo a la autorización para la venta provisional de lotes de las etapas 3 y 4 del fraccionamiento denominado
Xxxxxx xx Xxxxx, ubicado en la Delegación Municipal Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, Municipio de Querétaro, Qro. 7574
Acuerdo por el que se ratifica al Síndico como representante del Ayuntamiento del Municipio de Querétaro, para que acuda en representación del mismo, ante la Comisión de Puntos Constitucionales de la LVII Legislatura del Estado de
Querétaro, Municipio de Querétaro, Qro. 7583
Acuerdo por el cual se autoriza al Presidente Municipal y al Síndico con la participación del Secretario de Seguridad Pública para celebrar en representación del Municipio de Querétaro, un convenio de colaboración y coordinación con la Procuraduría General de Justicia del Estado de Querétaro, con el objeto de establecer lineamientos para brindar atención especializada a las mujeres víctimas de violencia y de delitos por motivo de género, Municipio de Querétaro,
Qro. 7585
Reglamento de Ecología y Protección al Ambiente del Municipio de San Xxxx del Río, Querétaro. 7589
Acuerdo por el que se autoriza la entrega recepción correspondiente al fraccionamiento “Campestre San Xxxx”, ubicado
en Calle Xxxxxxx Xxxx Xxxxx s/n, Barrio xxx Xxxxxxxx Xxxxx, Municipio de San Xxxx del Río, Qro. 7618
AVISOS JUDICIALES Y OFICIALES 7629
INFORMES AL TELÉFONO 00(000) 000-00-00 EXTENSIONES 5677 Y 0000 X XXXXXXXXXXXX XX XX. XXXX XXXXXXX NO. 3-A, CENTRO HISTÓRICO, SANTIAGO DE QUERÉTARO, QRO.
xxxx://xxx0.xxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx0/xxxxxxxxx/XxXxxxxxxxXxxxxxx xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx
INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
INE/CG69/2014
ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE APRUEBA EL MODELO DE CONVOCATORIA PARA LA DESIGNACIÓN DE CONSEJEROS PRESIDENTES Y CONSEJEROS ELECTORALES DE LOS ORGANISMOS PÚBLICOS LOCALES
A N T E C E D E N T E S
I. El 31 de enero de 2014, el Presidente de la República promulgó la Reforma Constitucional en Materia Político- Electoral, aprobada por el Congreso de la Unión y la mayoría de las legislaturas estatales.
II. El 10 de febrero de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia política-electoral”.
III. El Decreto de reforma contiene diversas disposiciones que modifican la denominación, estructura, funciones y objetivos del Instituto Federal Electoral para transformarse en Instituto Nacional Electoral, entre las que destacan la modificación de la integración de su Consejo General y la inclusión de nuevas atribuciones.
IV. El Transitorio Segundo del Decreto de la mencionada reforma, establece que el Congreso de la Unión debe expedir las leyes generales en materia de delitos electorales, así como las que distribuyan competencias entre la Federación y las entidades federativas en materias de partidos políticos; organismos electorales y procesos electorales, de conformidad con lo previsto en el inciso a) de la fracción XXI, y en la fracción XXIX-U del artículo 73 de la Constitución, a más tardar el 30 xx xxxxx de 2014.
V. Por otro lado, el primer párrafo del Transitorio Cuarto, refiere que las adiciones, reformas y derogaciones que se hacen, entre otros, al artículo 116, fracción IV, de la Constitución, entrarán en vigor en la misma fecha en que lo hagan las normas a que se refiere el Transitorio Segundo, sin perjuicio de lo previsto en el Transitorio Quinto.
VI. El Transitorio Quinto, dispone que el Instituto Nacional Electoral deberá integrarse dentro de los ciento veinte días naturales siguientes a la entrada en vigor del Decreto y comenzará a ejercer sus atribuciones a partir de que entren en vigor las normas previstas en el Transitorio Segundo antes referido. Y que en caso de que a la fecha de integración del Instituto no hubieren entrado en vigor las normas previstas en el Transitorio Segundo, ejercerá las atribuciones que las leyes vigentes otorgan al Instituto Federal Electoral.
VII. El 3 xx xxxxx de 2014, el pleno de la X. Xxxxxx de Diputados, designó al Consejero Presidente y a los diez Consejeros Electorales del Consejo General del Instituto Nacional Electoral. El Decreto relativo se publicó en el Diario Oficial de la Federación el día siguiente.
VIII. El 4 xx xxxxx de 2014, los Consejeros electos rindieron protesta en sesión convocada para tal efecto conforme a lo dispuesto por el artículo 110 numeral 7 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. Acto con el cual quedó integrado el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, en términos de lo establecido en el artículo 41, Base V, Apartado A, párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
IX. El 23 xx xxxx de 2014, se publicó la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales en el Diario Oficial de la Federación, iniciando vigencia el día 24 xx xxxx de 2014.
X. El 6 xx xxxxx de 2014, se aprobó el Acuerdo INE/CG/44/2014 mediante el cual el Consejo General aprobó los Lineamientos para la designación de consejeros presidentes y consejeros electorales de los organismos públicos locales.
XI. El 6 xx xxxxx de 2014, se aprobó el Acuerdo INE/CG/46/2014 mediante el cual se estableció la integración de las comisiones permanentes y temporales del Consejo General, entre las cuales se encuentra la Comisión de Vinculación con Organismos Públicos Locales quedando integrada por los Consejeros Electorales siguientes:
Nombre Cargo
Mtro. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Presidente
Mtra. Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Integrante
Xx. Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Integrante
Mtro. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Integrante
C O N S I D E R A N D O
1. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41, Xxxxxxx Xxxxxxx, Base V, Apartado A, párrafo primero y segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Instituto Nacional Electoral es un organismo público autónomo dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, en cuya integración participan el Poder Legislativo de la Unión, los Partidos Políticos Nacionales y los ciudadanos, en los términos que ordene la ley. En el ejercicio de esta función estatal, la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad serán principios rectores.
2. Que el Artículo Transitorio Noveno del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia política-electoral, señala que el Consejo General del Instituto Nacional Electoral designará a los nuevos consejeros de los organismos locales, en términos de lo dispuesto por el inciso c) de la fracción IV del artículo 116 de esta Constitución; que los actuales consejeros continuarán en su encargo hasta en tanto se realicen las nuevas designaciones y que el Consejo General llevará a cabo los procedimientos para que el nombramiento de los consejeros electorales se verifique con antelación al siguiente Proceso Electoral posterior a la entrada en vigor del mencionado Decreto.
3. El artículo 2, párrafo 1, inciso d) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en lo sucesivo la Ley General, establece que reglamenta, entre otras, las normas constitucionales relativas a la integración de los organismos electorales.
4. El artículo 6, párrafo 2 de la Ley General, establece que el Instituto dispondrá lo necesario para asegurar el cumplimiento de las normas antes establecidas y de las demás dispuestas en esta ley.
5. El artículo 31, párrafo 1, de la Ley General, establece que el Instituto es autoridad en materia electoral, independiente en sus decisiones y funcionamiento y profesional en su desempeño.
6. El artículo 42, párrafo 5, de la Ley General, dispone que el Consejo General integrará la Comisión de Vinculación con los Organismos Públicos Locales, que funcionará permanentemente y se conforma por cuatro Consejeros.
7. El artículo 44, párrafo 1, incisos g) y jj), de la Ley General, señalan como atribución del Consejo General designar y remover, en su caso, a los Presidentes y Consejeros Electorales de los Organismos Públicos Locales, conforme a los procedimientos establecidos en la propia Ley, así como dictar los Acuerdos necesarios para hacer efectivas sus atribuciones.
8. El Artículo 100 de la Ley General indica los requisitos para ser Consejero Electoral Local.
9. Que el inciso k), del párrafo 2 del artículo 100 del ordenamiento general vigente dispone que entre los requisitos para ser Consejero Electoral en los Organismos Públicos Locales está el no ser ni haber sido miembro del Servicio Profesional Electoral Nacional durante el último Proceso Electoral en la entidad, es el caso que se considera que la instalación del Servicio Profesional Electoral Nacional en los términos establecidos en las disposiciones constitucionales y legales está en curso para quedar totalmente integrado
una vez que se expida y se aplique el Estatuto correspondiente, razón por la cual se considera que no es aplicable la hipótesis prevista en este precepto legal.
10. El Artículo 101 de la Ley General establece el proceso de elección de los Consejeros Electorales Locales.
11. Que el inciso a), párrafo 1, del artículo 101 de la Ley General dispone que el Consejo General emitirá convocatoria pública para cada entidad federativa que corresponda, en la que deberán considerar expresamente los cargos y periodos a designar, plazos del proceso de designación, órganos ante quienes se deberán inscribir los interesados, requisitos, documentación y el procedimiento a seguir.
12. El Artículo Transitorio Sexto del Decreto que expide la Ley General establece que el Consejo General del Instituto Nacional Electoral dictará los Acuerdos necesarios para hacer efectivas las disposiciones de esta Ley y deberá expedir los Reglamentos que se deriven del mismo a más tardar en 180 días a partir de su entrada en vigor.
13. El Artículo Transitorio Décimo del Decreto que expide la Ley General dispone que para los procesos electorales locales cuya Jornada Electoral se celebre en 2015, el Consejo General del Instituto deberá realizar los nombramientos de los Consejeros Electorales locales a más tardar el 30 de septiembre de 2014. Para dicho efecto, deberá realizar nombramientos de forma escalonada, en los siguientes términos:
a) Tres consejeros que durarán en su encargo tres años;
b) Tres consejeros que durarán en su encargo seis años, y
c) Un consejero que durará en su encargo siete años.
14. En la valoración y selección de las y los aspirantes se considerarán, entre otros aspectos, el apego a los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad, establecidos en el Apartado A, Base V, del artículo 41 constitucional y en el párrafo 2 del artículo 30 de la Ley General.
15. Que el Punto octavo párrafo 2 inciso b) del Acuerdo INE/CG/44/2014, por el cual se establecen los Lineamientos del Instituto Nacional Electoral para la designación de los Consejeros Presidentes y Consejeros Electorales de los Organismos Públicos Locales, señala que corresponde a la Comisión de Vinculación con Organismos Público locales, instrumentar el proceso para la selección y designación de las y los integrantes del órgano superior de dirección de los Organismos Públicos Locales.
16. Que de conformidad en el Lineamiento Décimo Segundo, numeral 2, las convocatorias para la selección y designación de uno o varios consejeros electorales de los Organismos Públicos Locales, serán propuestas al Consejo por la Comisión de Vinculación cuando sea necesario ocupar una vacante o cuando se trate de la renovación de los órganos superiores de dichos órganos; por lo que es el caso que siendo el proceso de designación para la primera integración de dichos cuerpos colegiados, considera pertinente conocer y aprobar de manera directa el modelo de convocatorias en cuestión.
17. Que con base en el punto décimo segundo, párrafo 1, del Acuerdo INE/CG/44/2014, el proceso de selección y designación inicia con la publicación del Acuerdo del Consejo General por el que se emite la Convocatoria.
18. Que en el punto décimo segundo, párrafos 3 y 4 de los citados Lineamientos se establece que deberá emitirse una convocatoria por cada entidad federativa y ésta deberá tener al menos lo siguiente:
a. Bases;
b. Cargos y periodos a designar;
c. Requisitos que deben cumplir las y los ciudadanos interesados en integrar los órganos superiores de dirección de los Organismos Públicos Locales;
d. Órganos del Instituto ante quienes se pueden registrar los aspirantes y entregar los documentos que comprueben el cumplimiento de los requisitos legales;
e. Funcionarios y teléfonos en los que se aclararán dudas;
f. Etapas del proceso de designación;
g. Plazos del proceso de designación;
h. Mecanismos y criterios de evaluación;
i. Forma en que se realizará la notificación de la designación;
j. Los términos en que rendirán protesta los candidatos que resulten designados; y
k. La atención de los asuntos no previstos.
19. Que el punto décimo tercero, párrafos 1, 2 y 3 del mismo Acuerdo del Consejo General dispone que:
La Convocatoria deberá difundirse ampliamente en los medios de comunicación, debiendo utilizar primordialmente los tiempos del Estado que correspondan al Instituto, en el portal del mismo, así como en los portales de los Organismos Públicos Locales, en los Estrados de las oficinas del Instituto en todo el país, y publicarse en tres periódicos de circulación nacional, la Gaceta Oficial de la entidad federativa y tres medios de circulación regional o local en la entidad federativa en la que se realizará el proceso de selección y designación, entre otros medios de difusión.
Los Vocales Ejecutivos deberán asistir a los medios de comunicación de su entidad a fin de divulgar el contenido de la Convocatoria.
El resto de los vocales integrantes de las Juntas Locales y Distritales deberán difundir ampliamente el contenido de la Convocatoria en las universidades, instituciones de educación superior, colegios, organizaciones de la sociedad civil, en organizaciones indígenas y con líderes de opinión de su entidad.
20. Que en el punto décimo noveno del Acuerdo INE/CG/44/2014, que establece las etapas del proceso de selección y los requerimientos mínimos que deberán acreditar las y los aspirantes para cada etapa, el Consejo General considera que además de la historia profesional y laboral, el apego a los principios rectores de la función electoral, las aptitudes para el desempeño del cargo, la participación en actividades cívicas y sociales y la experiencia en materia electoral, se deben valorar aspectos relacionados con la equidad de género en cada una de las etapas del procedimiento y es deseable que en entidades como Chiapas, Guerrero y Oaxaca se atienda la multiculturalidad de la entidad federativa para la integración de la lista final de candidatos a ocupar los cargos y los periodos respectivos de cada organismo público local y el análisis respecto de la integración conjunta de cada órgano superior de dirección.
21. Que las entidades federativas en las que llevará a cabo el proceso de selección y designación de consejeros presidentes y consejeros electorales de los organismos públicos locales son Baja California Sur, Campeche, Colima, Chiapas, Distrito Federal, Guanajuato, Guerrero, Jalisco, México, Michoacán, Morelos, Oaxaca, Nuevo León, Querétaro, San Xxxx Potosí, Sonora, Tabasco y Yucatán.
22. Que dado que corresponde al Instituto Nacional Electoral designar y remover a los integrantes del órgano superior de dirección de los Organismos Públicos Locales, en los términos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, es necesario expedir el presente Acuerdo para aprobar la convocatoria para la designación de los integrantes de los órganos superiores de dirección de los Organismos Públicos Locales.
En virtud de lo señalado y con fundamento en lo previsto en los artículos 41, Base V y 116, Base IV, inciso c) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como el Artículo Noveno Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia política-electoral; 2, párrafo 1, inciso d); 4, párrafo 2; 6, párrafo 2; 29, párrafo 1; 30, párrafo 2;
31, párrafos 1 y 4; 32, párrafo 2, inciso b); 39, párrafo 2; 42, párrafos 5, 6, 8 y 10; 43; 44, párrafo 1, incisos a), g), jj);
45, párrafo 1, inciso a); 46, párrafo 1, inciso k); 60; 99, párrafo 1; 100; y 101, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, así como Sexto y Décimo Transitorios del Decreto que expide la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, así como en los Lineamientos para la designación de los Consejeros Presidentes y Consejeros Electorales de los Organismos Públicos Locales, el Consejo General ha determinado emitir el siguiente:
A C U E R D O
PRIMERO. Se aprueba el modelo de convocatoria para la designación de Consejeros Presidentes y Consejeros Electorales de los Organismos Públicos Locales, en los términos del Anexo 1 que forma parte integrante del presente Acuerdo.
SEGUNDO. Con base en este modelo general, se instruye a la Secretaría Ejecutiva que realice las adecuaciones a las convocatorias para cada una de las entidades federativas señaladas en el considerando 21 del presente, a propósito del nombre de cada entidad federativa, la ubicación y número telefónico de las Juntas Ejecutivas del Instituto.
TERCERO. Se ordena a la Comisión de Vinculación con los Organismos Públicos Locales aprobar los formatos señalados en el modelo de Convocatoria que se utilizarán para la solicitud de registro de las y los aspirantes.
CUARTO. Instrúyase a la Secretaría Ejecutiva para difundir la Convocatoria en el portal de Internet del Instituto Nacional Electoral, en los Estrados de las oficinas del Instituto de todo el país y en tres periódicos de circulación nacional.
QUINTO. Se instruye a los Vocales Ejecutivos Locales de la entidades federativas donde se realizará la designación de consejeros, para que por su conducto se realicen las gestiones necesarias para que la convocatoria se publique en los portales de Internet de los Organismos Públicos Locales, la gaceta oficial de las entidades federativas y tres medios de circulación regional o local en las entidades en la que se realizará el proceso de selección y designación, entre otros medios de comunicación.
SEXTO. Se instruye a los Vocales Integrantes de las Juntas Ejecutivos Locales y Distritales de las entidades federativas donde se realizará la designación de consejeros, para difundir el contenido de la convocatoria, en las universidades, instituciones de educación superior, colegios, organizaciones de la sociedad civil, en organizaciones indígenas y con líderes de opinión en la entidad.
SÉPTIMO. El presente Acuerdo entrará en vigor a partir de su aprobación.
OCTAVO. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.
El presente Acuerdo fue aprobado en lo general en sesión extraordinaria del Consejo General celebrada el 20 xx xxxxx de dos mil catorce, por votación unánime de los Consejeros Electorales, Xxxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, Maestro Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Doctor Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, Doctor Xxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, Licenciada Xxxxxxxxx Xxxxxx San Xxxxxx Xxxx y Xxxxxx, Maestro Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Licenciado Xxxxxx Santiago Xxxxxxxx y del Consejero Presidente, Doctor Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, no estando presente durante la votación el Consejero Electoral, Doctor Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx.
EL CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
XX. XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX
Rúbrica
EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. XXXXXXX XXXXXX XXXXXX
Rúbrica
INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
C O N V O C A T O R I A
El Consejo General del Instituto Nacional Electoral, con fundamento en los artículos 1, párrafo 3 y 41, Base V, párrafo 1, Apartado C, segundo párrafo; 116, Base IV, inciso c), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; el Artículo Noveno Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia política- electoral; 2, numeral 1, inciso d); 4, numeral 2; 6, numeral 2; 29, numeral 1; 30, numeral 2; 31, numerales 1 y 4;
32, numeral 2, inciso b); 39, numeral 2; 42, numerales 5, 6, 8 y 10; 43; 44, numeral 1, incisos a), g), jj); 45,
numeral 1, inciso a); 46, numeral 1, inciso k); 60; 99, numeral 1; 100; y 101, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, así como Sexto y Décimo Transitorios del Decreto que expide la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, y de conformidad con lo establecido en los Lineamientos del Instituto Nacional Electoral para la designación de Consejeros Presidentes y Consejeros Electorales de los Organismos Públicos Locales.
C O N V O C A:
A las ciudadanas y los ciudadanos mexicanos que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 116, fracción IV, inciso c), numeral 2, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 100, párrafo 2, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y Décimo Quinto de los Lineamientos del Instituto Nacional Electoral para la designación de Consejeros Presidentes y Consejeros Electorales de los Organismos Públicos Locales, y deseen participar en los procesos de selección y designación a los cargos de Consejero Presidente y Consejeros Electorales del Organismo Público Local, en el Estado de Querétaro, a solicitar su registro y presentar su documentación de aspirante conforme a las siguientes:
B A S E S:
• Las solicitudes de registro de aspirantes a ocupar un cargo para el órgano superior de dirección del Organismo Público Local, se recibirán del 7 al 11 de julio de 2014, así como los días 14 y 15 del mismo mes y año, mediante el formato que estará disponible en las oficinas de las Juntas Local y Distritales Ejecutivas, de la Secretaría Ejecutiva y en el portal del Instituto Nacional Electoral (xxx.xxx.xx).
• La recepción de solicitudes, debidamente requisitadas, se realizará en la Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral, ubicada en Xxxxx Xxxxxxxxx xxxxxx 00, Xxxxx. Xxxxxxxx, Santiago de Querétaro, Querétaro, C.P. 76030; en la Secretaría Ejecutiva del Instituto, ubicada en Xxxxxxxx Xxxxxxx xxxxxx 000, xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxx, X.X. 14610, México, Distrito Federal; o bien, en las Juntas Distritales Ejecutivas que se enlistan a continuación:
Junta Distrital 01
Xxxxxxx Xxxxxx xxxxxx 00, xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxxxxx, X.X. 76500.
Junta Distrital 02
Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx xxxxxx 00, xxxxxxx Xxxxxx, Xxx Xxxx xxx Xxx, Xxxxxxxxx, X.X. 76800.
Junta Distrital 03
Xxxxxxx Xxxxx xxxxxx 00, xxxxxxx Xxxxxxxxx, xxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxx, Xxxxxxxxx,
C.P. 76030.
Junta Distrital 04
Xxxxxxx Xxxx Xxxx x Xxxxxx xxxxxx 000, xxxxxxx Xxxxx xxx Xxx, 0xx. Sección, Querétaro, Querétaro,
C.P. 76060.
• Las y los ciudadanos que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 116, fracción IV, inciso c), numeral 2, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 100, párrafo 2, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y en el Décimo Quinto de los Lineamientos del Instituto Nacional Electoral mencionados, podrán inscribirse como aspirantes a cargos de Consejeros Presidentes y Consejeros Electorales del Organismo Público Local, del Estado de Querétaro.
• El Consejo General del Instituto Nacional Electoral emitirá el Acuerdo con las designaciones procedentes, a más tardar el 30 de septiembre de 2014.
CARGOS A DESIGNAR:
El proceso de selección es para designar:
a) Consejero Presidente que durará en su encargo 7 años.
b) 3 consejeros electorales que durarán en su encargo 6 años.
c) 3 consejeros electorales que durarán en su encargo 3 años.
REQUISITOS:
1. Ser ciudadano mexicano por nacimiento, no haber adquirido otra nacionalidad, y estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos;
2. Ser originario de la entidad federativa correspondiente o contar con una residencia efectiva de por lo menos cinco años anteriores a su designación, salvo el caso de ausencia por servicio público, educativo o de investigación por un tiempo menor de seis meses;
3. Cumplir con los requisitos xx xxx y el perfil que acredite su idoneidad para el cargo;
4. Aparecer inscrito en el Registro Federal de Electores y contar con credencial para votar vigente;
5. Tener más de 30 años de edad al día de la designación;
6. Poseer al día de la designación, con antigüedad mínima de cinco años, título profesional de nivel licenciatura;
7. Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito alguno, salvo que hubiese sido de carácter no intencional o imprudencial;
8. No haber sido registrado como candidato ni haber desempeñado cargo alguno de elección popular en los cuatro años anteriores a la designación;
9. No desempeñar ni haber desempeñado cargo de dirección nacional, estatal o municipal en algún partido político en los cuatro años anteriores a la designación;
10. No estar inhabilitado para ejercer cargos públicos en cualquier institución pública federal o local; y
11. No haberse desempeñado durante los cuatro años previos a la designación como titular de secretaría o dependencia del gabinete legal o ampliado tanto del gobierno de la Federación o de las entidades federativas, subsecretario u oficial mayor en la administración pública de cualquier nivel de gobierno. No ser Jefe de Gobierno del Distrito Federal, Gobernador, Secretario de Gobierno o su equivalente a nivel local. No ser Presidente Municipal, Síndico x Xxxxxxx o titular de dependencia de los ayuntamientos.
D O C U M E N T O S:
Al formato de solicitud de registro con firma autógrafa, las y los aspirantes deberán adjuntar la documentación siguiente:
1. Copia certificada del acta de nacimiento;
2. En caso de no ser originario de la entidad federativa correspondiente, constancia de residencia efectiva en la entidad federativa, de por lo menos cinco años anteriores a la fecha de designación establecida en esta Convocatoria, expedida por autoridad competente; o en su caso, el documento con el que compruebe ubicarse en una excepción por razón de ausencia del país por servicio público, educativo o de investigación por un tiempo menor de seis meses.
3. Copia certificada del anverso y reverso de la credencial para votar vigente;
4. Dos fotografías tamaño infantil;
5. Copia de comprobante de domicilio, con una antigüedad máxima de tres meses;
6. Copia certificada del título o cédula profesional de nivel licenciatura con antigüedad mínima de cinco años al día 30 de septiembre de 2014;
7. Currículo firmado por el o la aspirante; el cual deberá contener, entre otros datos, nombre, domicilio, teléfonos y correo electrónico; estudios realizados, trayectoria laboral, académica, política, docente y profesional; publicaciones vinculadas con la materia político electoral y afines, actividad empresarial, cargos de elección popular, organizaciones de cualquier tipo a las que pertenezca y el carácter de su participación (conforme al formato que se encuentra disponible en el portal xxx.xxx.xx y en las oficinas del Instituto Nacional Electoral antes referidas);
8. Resumen curricular de máximo una cuartilla en formato de letra Arial 12, sin domicilio ni teléfono, para su eventual publicación;
9. Carta con firma autógrafa en la que la o el aspirante manifieste, bajo protesta de decir verdad (conforme al formato que se encuentra disponible en el portal xxx.xxx.xx y en las oficinas del Instituto Nacional Electoral antes referidas):
- Ser ciudadano mexicano por nacimiento y no haber adquirido otra nacionalidad, además de estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos;
- No haber sido condenado por delito alguno, salvo que hubiese sido de carácter no intencional o imprudencial;
- No haber sido registrado como candidata o candidato a cargo alguno de elección popular durante los cuatro años anteriores a la designación;
- No desempeñar ni haber desempeñado cargo de dirección nacional o estatal en algún partido político en los últimos cuatro años anteriores a la designación;
- No estar inhabilitado para ejercer cargos públicos en cualquier institución pública federal o local;
- No haberse desempeñado durante los cuatro años previos a la designación como titular de secretaría o dependencia del gabinete legal o ampliado tanto del gobierno de la Federación o de las entidades federativas, subsecretario u oficial mayor en la administración pública de cualquier nivel de gobierno. No ser Jefe de Gobierno del Distrito Federal, Gobernador, Secretario de Gobierno o su equivalente a nivel local. No ser Presidente Municipal, Síndico x Xxxxxxx o titular de dependencia de los ayuntamientos;
- Toda la información que, con motivo del procedimiento de elección a que se refiere la Convocatoria, ha proporcionado o llegue a proporcionar es veraz y toda la documentación que ha entregado o llegue a entregar es auténtica.
- La aceptación de las reglas establecidas en el presente proceso de selección.
PLAZOS PARA EL REGISTRO:
Los aspirantes deberán solicitar su registro en la Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en el Estado de Querétaro y en las Juntas Distritales Ejecutivas de la entidad, de lunes a viernes, en un horario de 8:30 a 16:00 horas, o en la Secretaría Ejecutiva del Instituto, de lunes a viernes, en un horario de 10:00 a 17:00 horas, del 7 al 11 de julio de 2014, así como los días 14 y 15 del mismo mes y año.
ETAPAS:
El procedimiento de selección para la integración del Consejo General del Organismo Público Local del Estado de Querétaro, se desarrollará de conformidad con las siguientes etapas y acciones:
1. Registro de aspirantes. La Junta Local Ejecutiva, las Juntas Distritales Ejecutivas y la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral recibirán las solicitudes y documentación para ocupar los cargos convocados, directamente por las y los aspirantes o por cualquier persona, siempre y cuando en la solicitud aparezca la firma autógrafa de dichos aspirantes. Cada órgano receptor será el responsable de concentrar las solicitudes y documentación correspondiente para la integración de los expedientes respectivos.
La Junta Local Ejecutiva será la responsable de concentrar los expedientes de las y los aspirantes que se presenten ante la misma o ante las Juntas Distritales Ejecutivas.
A más tardar el 17 de julio de 2014, la Junta Local Ejecutiva remitirá los expedientes a la Secretaría Ejecutiva para que, junto con los expedientes formados en ésta, sean remitidos al Presidente de la Comisión de Vinculación con los Organismos Públicos Locales, los cuales estarán a disposición de los integrantes del Consejo General.
Al momento de presentar la solicitud de registro, las y los aspirantes recibirán un acuse con la descripción de la información y documentación entregada al Instituto, el cual deberán firmar de conformidad. El mencionado comprobante tendrá como único propósito acusar de recibo la documentación ahí referida, por lo que en ningún caso se podrá considerar como constancia de cumplimiento de los requisitos mencionados anteriormente.
2. Verificación de los requisitos. La Comisión de Vinculación con los Organismos Públicos Locales, con el apoyo de los grupos de trabajo que en su caso se conformen, verificará el cumplimiento de los requisitos. Aprobará una lista con los nombres de las y los aspirantes que cumplen los requisitos de elegibilidad y ordenará su publicación en el portal del Instituto Nacional Electoral, agregando un resumen curricular de dichos aspirantes.
3. Examen de conocimientos. Las y los aspirantes que hayan cumplido los requisitos legales serán convocados a través del portal xxx.xxx.xx, para presentar un examen de conocimientos que tendrá verificativo el 2 xx xxxxxx del presente año, en la sede que previamente se defina y se publicite. De la misma manera se publicará el temario correspondiente y las condiciones de aplicación del examen. La fecha para la presentación del examen es inamovible, por lo que no podrán aplicarse en otra diversa, bajo ninguna causa, debiendo las y los sustentantes identificarse con credencial para votar, cédula profesional o pasaporte vigente. La aplicación y evaluación de los exámenes estará a cargo de una institución de educación superior, de investigación o evaluación, y los resultados serán definitivos e inatacables.
Los resultados del examen de conocimientos se publicarán, identificándose con los folios asignados a las y los sustentantes, en el portal xxx.xxx.xx.
4. Ensayo presencial. Las 25 aspirantes mujeres y los 25 aspirantes hombres que obtengan la mejor puntuación en el examen de conocimientos, presentarán un ensayo de manera presencial, en la fecha y sede que defina la Comisión de Vinculación con los Organismos Públicos Locales, lo que será notificado a los aspirantes en el portal xxx.xxx.xx. La fecha para la elaboración del ensayo es inamovible, por lo que no podrá presentarse en otra fecha, bajo ninguna causa. La aplicación de los ensayos y su dictamen estará a cargo de una institución de educación superior o de investigación que determinará quiénes son las y los aspirantes que en esta etapa resultaron los idóneos, garantizando para ello la paridad de género.
5. Valoración curricular y entrevista.
5.1 Valoración curricular. Para la valoración de los currículos de las y los aspirantes se considerarán los siguientes aspectos: historia profesional y laboral; apego a los principios rectores de la función electoral; aptitudes e idoneidad para el desempeño del cargo; participación en actividades cívicas y sociales; y experiencia en materia electoral.
Dicha evaluación estará a cargo de los Consejeros Electorales integrantes de la Comisión de Vinculación con los Organismos Públicos Locales y, en su caso, de los Consejeros Electorales integrantes de los grupos de trabajo que se creen para tal fin. Una vez realizada la valoración curricular, se elaborará una lista que contenga, en orden alfabético, los nombres de las y los aspirantes que podrán ser designados como Consejera o Consejero Presidente y Consejeras o Consejeros Electorales del Organismo Público Local, la que será remitida
a los partidos políticos conforme a lo previsto en los Lineamientos previamente mencionados. Dicha lista se hará de conocimiento público en el portal del Instituto xxx.xxx.xx.
Los representantes de los partidos políticos y los Consejeros del Poder Legislativo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral podrán presentar por escrito ante la Comisión de Vinculación con los Organismos Públicos Locales, las observaciones y comentarios que consideren convenientes respecto de cada una de las y los aspirantes, debiendo acompañar, en su caso, los elementos objetivos que sustenten o corroboren sus afirmaciones.
5.2 Entrevista. A partir de lo anterior, la Comisión de Vinculación con los Organismos Públicos Locales procederá, garantizando la paridad de género, a seleccionar a las y los aspirantes que concurrirán a la etapa de entrevistas. Las entrevistas se realizarán conforme al calendario y sedes que previamente apruebe la Comisión de Vinculación con los Organismos Públicos Locales, y que se publicará en el portal xxx.xxx.xx. Dichas entrevistas serán grabadas y aquellas de los aspirantes que hayan sido designados como Consejeras o Consejeros de los Organismos Públicos Locales estarán disponibles en dicho portal de Internet.
6. Integración de las listas de candidatos. Conforme a lo previsto en el artículo 101, inciso f), de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Comisión de Vinculación con los Organismos Públicos Locales presentará al Consejo General del Instituto Nacional Electoral una sola lista con los nombres de la totalidad de las y los candidatos a ocupar todas las vacantes y los periodos respectivos, procurando que por lo menos tres candidatos sean del mismo género, conforme a los resultados de las etapas identificadas como puntos 2, 3, 4, y 5.
7. Designaciones. El Consejo General del Instituto Nacional Electoral votará las propuestas y realizará las designaciones conforme a lo dispuesto en el inciso h) del párrafo 1 del artículo 101 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y a los Lineamientos del Instituto Nacional Electoral para la designación de Consejeros Presidentes y Consejeros Electorales de los Organismos Públicos Locales.
TRANSPARENCIA
El resultado de cada una de las etapas es definitivo y deberá hacerse público a través del portal del Instituto (xxx.xxx.xx) y por los demás medios que determine la Comisión de Vinculación con los Organismos Públicos Locales, en los términos establecidos para cada etapa en la presente Convocatoria.
La información y documentación que integre los expedientes individuales de los aspirantes será confidencial en términos de lo establecido en el artículo 18, fracción I, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, por lo que no podrá tener otro fin que el previsto en el procedimiento objeto de los Lineamientos mencionados, ni ser utilizada o difundida salvo que medie el consentimiento expreso del titular conforme al Reglamento del Instituto en materia de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
DE LA DESIGNACIÓN:
El Consejo General designará a los integrantes del Consejo General del Organismo Público Local en el Estado de Querétaro, a más tardar el 30 de septiembre de 2014.
FECHA DE PUBLICACIÓN DE LOS RESULTADOS DE LA DESIGNACIÓN:
La lista de Consejeros designados será publicada a más tardar el 1 de octubre de 2014 en el portal del Instituto (xxx.xxx.xx). Para efectos de su difusión, la Comisión de Vinculación con los Organismos Públicos Locales
ordenará su publicación en el Diario Oficial de la Federación y en la Gaceta Oficial del Estado, en fecha posterior.
FECHA Y LUGAR DE LA PROTESTA LEGAL:
Los Consejeros designados rendirán protesta en la fecha que determine el Consejo General en el Acuerdo de designación respectivo y en la sede del Organismo Público Local, bajo el siguiente procedimiento:
El Consejero Presidente del Organismo Público Local rendirá la protesta xx xxx y, posteriormente, tomarán la protesta a los Consejeros Electorales de su respectivo Consejo.
CASOS NO PREVISTOS:
Lo no previsto en la presente convocatoria será resuelto por la Comisión de Vinculación con los Organismos Públicos Locales o, en su caso, por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral.
Para mayores informes favor de comunicarse a los teléfonos de la Junta Local Ejecutiva 01(442), 2153287, 2153109, 2153345, 2153647, 2153347 y 2153587 y de las Juntas Distritales Ejecutivas que se enuncian a continuación:
Junta Distrital 01 (00-000-0000000, 2760386, 2760716, 2760736 y 2760756); Junta Distrital 02 (01-427-
2723995, 2725293, 2723836 y 2728255); Junta Distrital 03 (00-000-0000000, 2120562, 2145571, 2146266,
2146117, 2145684 y 2149134) y Junta Distrital 04 (01-442- 2481513, 2231447, 2231467, 2481447 y
2231364).
El Licenciado Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Secretario Ejecutivo del Instituto Nacional Electoral, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 51, párrafo 1, inciso v), de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
C E R T I F I C A
Que el presente documento, es copia fiel del original relativo al INE/CG69/2014 del “Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueba el Modelo de Convocatoria para la designación de Consejeros Presidentes y Consejeros Electorales de los Organismos Públicos Locales”; aprobado en sesión extraordinaria del Consejo General celebrada el día 20 xx xxxxx del 2014, al término de la sesión extraordinaria convocada para la misma fecha a las 10:00 horas, el cual consta de 20 (veinte) fojas útiles, mismo que tuve a la vista y obra en los archivos de este Instituto, lo que certifico para los efectos legales a que haya lugar, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintitrés días del mes xx xxxxx del año dos mil catorce.---------------------
El Secretario Ejecutivo
Licenciado Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx
Rúbrica
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE SALUD
CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PROVENIENTES DEL PROGRAMA DE APOYO PARA FORTALECER LA CALIDAD EN LOS SERVICIOS DE SALUD, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ “LA SECRETARÍA”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL XX. XXXXXXX XXXXXXXX XXXX, SUBSECRETARIO DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO DEL SECTOR SALUD, ASISTIDO POR EL LIC. XXXXXX XXXXXX XXXX, DIRECTOR GENERAL DE PLANEACIÓN Y DESARROLLO EN SALUD (DGPLADES), Y POR LA OTRA PARTE, EL ESTADO DE QUERÉTARO, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO “LA ENTIDAD”, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL XX. XXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXXXXX, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE SALUD DEL PODER EJECUTIVO; CON LA PARTICIPACIÓN DEL ING. XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX Y EL XX. XXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE PLANEACIÒN Y FINANZAS DEL PODER EJECUTIVO Y COORDINADOR GENERAL DE SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE QUERÉTARO, RESPECTIVAMENTE; Y A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO “LAS PARTES”, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES.
I. Con fecha 2 xx xxxxxx de 2012, “LA ENTIDAD” y “LA SECRETARIA” celebraron el Acuerdo Marco de Coordinación, en lo sucesivo “EL ACUERDO MARCO”, con objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de salubridad general, así como para fijar las bases y mecanismos generales a través de los cuales serían transferidos, mediante la suscripción del instrumento específico correspondiente, recursos presupuestarios federales, insumos y bienes a “LA ENTIDAD” para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos de los artículos 9 y 13 apartado B de la Ley General de Salud.
II. Que de conformidad con lo establecido en la Cláusula SEGUNDA de “EL ACUERDO MARCO”, los Convenios Específicos serían suscritos atendiendo al ámbito de competencia que cada uno de ellos se determine por “LA ENTIDAD”, el Secretario de Salud del Poder Ejecutivo, el Coordinador General de Servicios de Salud del Estado de Querétaro y el Secretario de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo; y por “LA SECRETARIA”, la Subsecretaría de Administración y Finanzas, la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, y la Comisión Nacional Contra las Adicciones, por sí mismas, o asistidas por las Unidades Administrativas y/o órganos desconcentrados que cada una tiene adscritas.
III. La presente administración dentro del Plan Nacional de Desarrollo 2013 – 2018 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 xx xxxx de 2013, establece cinco Metas Nacionales, dentro de las cuales en su Meta II. México Incluyente (VI.2.) se plantea un México Incluyente para garantizar el ejercicio efectivo de los derechos sociales de todos los mexicanos, pondrá especial énfasis en proveer una red de protección social que garantice el acceso al derecho a la salud a todos los mexicanos y evite que problemas inesperados de salud o movimientos de la economía, sean un factor determinante en su desarrollo. Asimismo su Objetivo 2.3. plantea Asegurar el acceso a los servicios de salud, conforme a las Estrategias y Líneas de acción planteadas.
IV. Que el Gobierno Federal ha establecido dentro del Objetivo 2 del Programa Sectorial de Salud 2013 - 2018 “Asegurar el acceso efectivo a servicios de salud con calidad”, para lo cual el Estado deberá instrumentar todas las herramientas a su alcance para que la población acceda a una atención integral con calidad técnica e interpersonal, sin importar su sexo, edad, lugar de residencia o condición laboral, se deberán abordar temas de ampliación de infraestructura y otras modalidades de servicios médicos, especialmente en las localidades más aisladas y dispersas; crear redes integradas de servicios de salud interinstitucional; reforzar las redes de servicios y procesos para la detección oportuna,
diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y cuidados paliativos; ampliar la red de atención a través de unidades móviles en regiones de alta marginación y dispersión poblacional. Y en su Objetivo 5 Asegurar la generación y el uso efectivo de los recursos en salud, para obtener mejores resultados en salud; dentro de este objetivo se plantea como una Estrategia el Establecer una planeación y gestión interinstitucional de recursos (infraestructura y equipamiento) para la salud, con sus diferentes líneas de acción.
V. Que en fecha 3 de diciembre de 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014, en el cual su Anexo número 29 establece la distribución del Programa de Apoyo para Fortalecer la Calidad en los Servicios de Salud por un monto total de $4,113’123,811.00 (Cuatro mil ciento trece millones, ciento veintitrés mil ochocientos once pesos 00/100 M.N.).
DECLARACIONES.
I. De “LA SECRETARÍA”:
1. Que el Xx. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, en su carácter de Subsecretario de Integración y Desarrollo del Sector Salud, tiene la competencia y legitimidad para intervenir en el presente instrumento jurídico, de conformidad con lo establecido en los artículos 2 apartado A, 8 fracción XVI y 9, facciones II, IV, VIII, IX y X del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, así como en lo dispuesto por el Acuerdo mediante el cual se adscriben orgánicamente las unidades de la Secretaría de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 xx xxxxx de 2010; cargo que queda debidamente acreditado con la copia de su nombramiento.
2. Que dentro de las funciones de la Dirección General de Planeación y Desarrollo en Salud (DGPLADES), se encuentran las de diseñar, desarrollar e implantar instrumentos para la innovación y la modernización del Sistema Nacional de Salud, fortaleciendo la función rectora y de coordinación de “LA SECRETARÍA” con las unidades que lo conforman o que en él participan, vigilando permanentemente en ello el cumplimiento de las políticas y estrategias en materia de equidad; así como coordinar el análisis de la oferta, demanda, necesidades y oportunidades de los servicios de salud para el diseño y desarrollo de propuestas innovadoras; realizar el análisis, planeación y actualización del Plan Maestro de Infraestructura física en Salud; diseñar e instrumentar sistemas y programas que permitan optimizar la asignación de recursos financieros para la infraestructura de atención a la salud, así como emitir y aplicar criterios e instrumentos para la construcción de infraestructura nueva y el reordenamiento de la ya existente, de conformidad con lo establecido en el artículo 25 fracciones I, II, III, V, VIII, X y XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.
3. Que de conformidad con lo previsto en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2014, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 3 de diciembre de 2013, cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente para hacer frente a los compromisos derivados de la suscripción del presente instrumento jurídico.
4. Que para efectos del presente Convenio Específico de Colaboración señala como domicilio el ubicado en el xxxxxx 0 (xxxxx) xx xx Xxxxx xx Xxxxx, Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, X.X. 06600, en México, Distrito Federal.
II. De “LA ENTIDAD”:
1. Que el Xx. Xxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, por disposición del C. Gobernador del Estado Lic. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, el día 01 de octubre de 2009, fue designado Secretario de Salud, dependencia del Poder Ejecutivo, como consecuencia de lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 22 fracción IV de la Constitución Política del Estado de Querétaro, de conformidad con lo establecido en los artículo 19 fracción X, 28 fracción XVII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, contando con la facultad de celebrar convenios y demás actos jurídicos, cargo que quedó debidamente acreditado con la copia del nombramiento que se adjuntó a “EL ACUERDO XXXXX”.
2. Que el Ing. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, Secretario de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo, participa en la suscripción del presente Convenio Específico de Colaboración, de conformidad con los artículos 19 fracción II y 22 fracción XXVI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, cargo que quedó debidamente acreditado con la copia del nombramiento que se adjuntó a “EL ACUERDO MARCO”.
3. Que el Xx. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, Coordinador General de Servicios de Salud del Estado de Querétaro, participa a la suscripción del presente Convenio Específico de Colaboración, en virtud de que su representada es un Organismo de la Administración Pública Estatal de acuerdo al decreto de creación publicado en el Periódico Oficial “La Sombra xx Xxxxxxx” el 28 de noviembre de 1996, con personalidad jurídica y patrimonio propio y cuenta con la facultad de celebrar convenios y demás actos jurídicos de conformidad a lo establecido en el artículo Décimo fracciones X y XI del Decreto de referencia, previo acuerdo de la Junta de Gobierno, cargo que se acredita con la copia del nombramiento que se adjuntó a “EL ACUERDO MARCO”.
4. Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento jurídico son implementar las acciones que permitan coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos de los artículos 9 y 13 apartado B de la Ley General de Salud, que le posibiliten fortalecer la calidad de los servicios de salud en el Estado.
5. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio Específico señala como su domicilio el ubicado en Xxxxx 00 xx xxxxxxxxxx, xxxxxx 00 xxxxxxx xx xx xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, xx xx xxxxxx xx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxx, Xxxxxxxxx. con Código Postal 76000.
Una vez expuesto lo anterior y toda vez que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en sus artículos 74 y 75, que el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizará la ministración de los subsidios y transferencias que con cargo a los presupuestos de las dependencias, se aprueben en el Presupuesto de Egresos, mismos que se otorgarán y ejercerán conforme a las disposiciones generales aplicables. Dichos subsidios y transferencias deberán sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad que en ella se señalan, las partes celebran el presente Convenio Específico de Colaboración al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio Específico de Colaboración tiene por objeto transferir recursos presupuestales federales, vía “subsidios”, a “LA ENTIDAD”, que permitan a “LA ENTIDAD” coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos de los artículos 9 y 13 apartado B de la Ley General de Salud, para Fortalecer la Calidad en los Servicios de Salud en el Estado de Querétaro y realizar las acciones y proyectos establecidos de conformidad con los Anexos 1, 2, 3, 3.1, 4 y 5, los cuales debidamente firmados por las instancias que celebran el presente Convenio Específico de Colaboración, forman parte integrante de su contexto, en los que se describen: la aplicación que se dará a tales recursos; los compromisos que sobre el particular asumen “LA ENTIDAD” y “LA SECRETARÍA”; y los mecanismos para la evaluación y control de su ejercicio.
Los recursos presupuestales que transfiere “LA SECRETARÍA”, se aplicarán al concepto y hasta por los importes que a continuación se mencionan:
CONCEPTO | IMPORTE |
“Fortalecer la Calidad en los Servicios de Salud en el Estado de Querétaro y realizar las acciones y proyectos establecidos de conformidad con los Anexos 1, 2, 3, 3.1, 4 y 5”. | $ 67’540,431.00 (SESENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS CUARENTA MIL CUATROSCIENTOS TREINTA Y UN PESOS 00/100 M.N.). |
El importe que se transferirá para la realización del concepto a que se refiere el cuadro anterior se precisa en el Anexo 1, el cual debidamente firmado por las instancias que celebran el presente Convenio Específico de Colaboración forma parte integrante de su contexto.
Con el objeto de asegurar la aplicación y efectividad del presente Convenio Específico de Colaboración, “LAS PARTES” se sujetarán a lo establecido en sus Cláusulas y sus correspondientes Anexos, al contenido de “EL ACUERDO MARCO”, que en su caso le resulte aplicable, así como a las demás disposiciones jurídicas aplicables.
SEGUNDA.- TRANSFERENCIA.- Para la realización de las acciones objeto del presente instrumento, el Ejecutivo Federal a través de “LA SECRETARIA" transferirá a “LA ENTIDAD” “Subsidios” provenientes de recursos presupuestarios federales por la cantidad de $ 67’540,431.00 (SESENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS CUARENTA MIL CUATROSCIENTOS TREINTA Y UN PESOS 00/100 M.N.), con cargo a los
recursos presupuestales de “LA SECRETARÍA”, de acuerdo con los plazos y calendario que se precisan en el
Anexo 2 de este Convenio Específico de Colaboración.
Los recursos a que se refiere el párrafo anterior, mismos que observan la proporción prevista en el Anexo 29 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal 2014, se radicarán a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo de “LA ENTIDAD”, a la cuenta bancaria productiva, única y específica que ésta establezca para tal efecto, en forma previa a la entrega de los recursos, en la institución de crédito bancaria que la misma determine, informando de ello a “LA SECRETARÍA”, con la finalidad de que los recursos transferidos y sus rendimientos financieros estén debidamente identificados.
Una vez que sean radicados los recursos presupuestales federales en la Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo de “LA ENTIDAD”, y en los casos en que la legislación estatal así lo determine y/o por acuerdo de Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo de “LA ENTIDAD” con la Unidad Ejecutora, ésta deberá ministrarlos íntegramente, junto con los rendimientos financieros que se generen, a la Unidad Ejecutora.
Para los efectos del párrafo anterior, la Unidad Ejecutora deberá, previamente aperturar una cuenta bancaria productiva, única y específica para cada instrumento jurídico específico que se suscriba.
Los recursos federales que se transfieran en los términos de este Convenio Específico no pierden su carácter federal, por lo que en su asignación y ejecución deberán observarse las disposiciones jurídicas federales aplicables.
Queda expresamente estipulado, que la transferencia presupuestal otorgada en el presente Convenio Específico de Colaboración no es susceptible de presupuestarse en los ejercicios fiscales siguientes, por lo que no implica el compromiso de transferencias posteriores ni en ejercicios fiscales subsecuentes con cargo a la Federación para complementar los gastos de la infraestructura y el equipamiento que pudiera derivar del objeto del presente instrumento, ni de operación inherentes a las obras y equipamiento del mismo, ni para cualquier otro gasto administrativo o de operación vinculado con el objeto del mismo.
“LA ENTIDAD” deberá sujetarse a los siguientes parámetros para asegurar la transparencia y oportunidad en la aplicación y comprobación de los recursos federales transferidos.
PARÁMETROS:
“LA SECRETARÍA” vigilará, por conducto de la DGPLADES, con base en los Certificados de Gasto, y conforme a lo previsto en la Cláusula SÉPTIMA, fracción II del presente Convenio Específico de Colaboración, que los recursos presupuestales señalados en la Cláusula SEGUNDA del presente instrumento jurídico, sean destinados únicamente para la realización del concepto a que se refiere la Cláusula PRIMERA de este Convenio Específico de Colaboración y conforme a lo establecido en el mismo y sus Anexos, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal y de acuerdo a los siguientes alcances:
a) La DGPLADES realizará las gestiones respectivas ante la instancia correspondiente para transferir los recursos presupuestales asignados a “LA ENTIDAD” a efecto de que sean aplicados específicamente para Fortalecer la Calidad en los Servicios de Salud en el Estado de Querétaro y realizar las acciones y proyectos establecidos de conformidad con los Anexos 1, 2, 3, 3.1, 4 y 5, sin intervenir en el procedimiento de asignación de los contratos o de cualquier otro instrumento jurídico que formalice “LA ENTIDAD” para cumplir con el programa físico de obra y de equipamiento (Según corresponda), que determine esta última, sin interferir de forma alguna en el procedimiento constructivo y mecanismo de supervisión externo que defina “LA ENTIDAD” durante la aplicación de los recursos presupuestales destinados a su ejecución y demás actividades que se realicen para el cumplimiento de las condiciones técnicas, económicas, de tiempo, de cantidad y de calidad contratadas a través de “LA ENTIDAD”.
b) La DGPLADES considerando su disponibilidad de personal y presupuestal, podrá practicar visitas a efecto de observar los avances físico-financieros, conforme a las obligaciones establecidas en el presente instrumento a cargo de “LA ENTIDAD”.
c) La DGPLADES solicitará a “LA ENTIDAD”, la comprobación de los recursos mediante el certificado de gasto, conforme al formato que se detalla en el Anexo 4 el cual forma parte de su contexto, debidamente firmado por las instancias que celebran el presente Convenio Específico de Colaboración; la entrega del informe trimestral de cumplimiento de metas y resultados conforme al formato que se detalla en el Anexo 5 de este instrumento jurídico, el cual forma parte integrante de su contexto; el informe trimestral de avance físico-financiero de las obras y acciones a realizar, así como el informe detallado de los rendimientos financieros generados y la comprobación de su aplicación, la cual deberá hacerse mediante certificado de gasto conforme al Anexo 4 de este instrumento jurídico.
d) La DGPLADES aplicará las medidas que procedan de acuerdo con la normatividad aplicable e informará a la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de “LA SECRETARIA” y ésta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como a la Auditoría Superior de la Federación, a la Secretaría de la Función Pública (Dependencia u Órgano equivalente), y al Órgano Interno de Control de la Secretaría de Salud, el caso o casos en que los recursos presupuestales “Subsidios” no hayan sido aplicados por “LA ENTIDAD” para los fines objeto del presente Convenio Específico de Colaboración de conformidad con su Cláusula PRIMERA y los Anexos 3 y 3.1, ocasionando como consecuencia, que “LA ENTIDAD” proceda a su reintegro al Erario Federal (Tesorería de la Federación) dentro de los 15 días naturales siguientes en que los requiera “LA SECRETARÍA”, en términos de lo establecido en la Cláusula OCTAVA de “EL ACUERDO MARCO”.
e) Los “Subsidios” provenientes de recursos presupuestales federales que se comprometen transferir mediante el presente instrumento jurídico, estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria y a las autorizaciones correspondientes, de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables y de acuerdo con el calendario que para tal efecto se establezca.
TERCERA.- OBJETIVOS Y METAS.- Los recursos presupuestales que transfiere el Ejecutivo Federal por conducto de “LA SECRETARÍA” a que se refiere la Cláusula SEGUNDA del presente Convenio Específico se aplicarán al concepto a que se refiere la Cláusula PRIMERA del mismo, los cuales tendrán los objetivos y metas que a continuación se mencionan:
OBJETIVO: La transferencia de “Subsidios” provenientes de recursos presupuestales federales para Fortalecer la Calidad en los Servicios de Salud en el Estado de Querétaro y realizar las acciones y proyectos establecidos de conformidad con los Anexos 1, 2, 3, 3.1, 4 y 5.
META: Aplicación de los recursos conforme al presente instrumento jurídico.
CUARTA.- APLICACIÓN.- Los recursos presupuestarios federales que transfiere el Ejecutivo Federal a que alude la Cláusula SEGUNDA de este instrumento jurídico, se destinarán en forma exclusiva a Fortalecer la Calidad en los Servicios de Salud en el Estado de Querétaro y realizar las acciones y proyectos establecidos de conformidad con los Anexos 1, 2, 3, 3.1, 4 y 5.
Dichos recursos no podrán traspasarse a otros conceptos de gasto, salvo acuerdo en contrario previsto en respectivo convenio modificatorio, y se registrarán conforme a su naturaleza, como gasto corriente o gasto de capital.
Los recursos presupuestarios federales que se transfieren vía “Subsidios”, se devengan conforme a lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y deberán ser registrados por “LA ENTIDAD” en su contabilidad de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables y se rendirán en su Cuenta Pública, sin que por ello pierdan su carácter federal.
Los rendimientos financieros que generen los recursos a que se refiere la Cláusula SEGUNDA de este Convenio Específico de Colaboración, podrán destinarse al concepto previsto en la Cláusula PRIMERA del mismo, siempre y cuando no se haya concluido, en ese momento, el objeto del Convenio Específico de Colaboración. En caso de que no sea necesaria su aplicación para el objeto de este instrumento jurídico, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación, e informarán documentalmente a “LA SECRETARÍA” de este trámite.
“LA ENTIDAD” presentará un informe detallado de los rendimientos financieros generados y la comprobación de su aplicación deberá hacerse mediante certificado de gasto conforme al Anexo 4, el cual forma parte del contexto del presente Convenio Específico de Colaboración.
“LA ENTIDAD” una vez cumplido el objeto del presente Convenio Específico de Colaboración, deberá de reintegrar al Erario Federal (Tesorería de la Federación), dentro de los 15 días siguientes a dicho cumplimiento, los saldos no utilizados de los recursos presupuestarios federales que se hayan transferido, así como los rendimientos financieros generados y que no hayan sido aplicados y comprobados al proyecto de conformidad con la Cláusula PRIMERA y lo dispuesto en la presente Cláusula.
QUINTA.- GASTOS ADMINISTRATIVOS.- Los gastos administrativos y cualquier otro gasto no comprendido en el presente instrumento jurídico, necesario para su cumplimiento, quedan a cargo de “LA ENTIDAD”.
SEXTA.- OBLIGACIONES DE “LA ENTIDAD”.- “LA ENTIDAD” adicionalmente a los compromisos que en su caso le apliquen en “EL ACUERDO MARCO”, se obliga a:
I. La Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo y/o Servicios de Salud de Querétaro, serán las unidades responsables ante “LA SECRETARÍA” y enlaces para la adecuada ejecución y comprobación de los recursos objeto del presente instrumento jurídico; y vigilará el cumplimiento estricto de las disposiciones legales aplicables en el ejercicio del gasto público federal, sobre todo cuando en su caso, intervengan otras unidades ejecutoras estatales, dando aviso ante las instancias respectivas por cualquier anomalía detectada al respecto.
II. En los casos que las legislaciones estatales así lo determinen y/o por acuerdo de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo de “LA ENTIDAD” con la Unidad Ejecutora, la Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo de “LA ENTIDAD” deberá ministrar íntegramente a ésta última, los recursos presupuestarios federales a que se refiere el presente instrumento jurídico, junto con los rendimientos financieros que se generen, a efecto de que la Unidad Ejecutora, esté en condiciones de iniciar las acciones para dar cumplimiento al objeto que hace referencia la Cláusula PRIMERA de este Convenio Específico de Colaboración.
III. Remitir en un plazo no mayor a 15 días hábiles posteriores a la recepción de las ministraciones que se detallan en el Anexo 2 del presente instrumento jurídico, por conducto de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo de “LA ENTIDAD” a “LA SECRETARÍA”, a través de la DGPLADES, los recibos oficiales que acrediten la recepción de dichas ministraciones, así como, en su caso, las copias de los recibos que acrediten la ministración de dichos recursos por parte de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo de “LA ENTIDAD” a la Unidad Ejecutora.
IV. Aplicar los recursos a que se refiere la Cláusula SEGUNDA de este instrumento jurídico en el concepto establecido en la Cláusula PRIMERA del mismo, sujetándose a los objetivos y metas previstos en la Cláusula TERCERA de este instrumento jurídico, por lo que se hace responsable del uso, aplicación y destino de los citados recursos.
V. Observar para el ejercicio de los “Subsidios” provenientes de recursos federales presupuestales, la normatividad federal aplicable al respecto, y de manera particular lo previsto en el Artículo 1, fracción VI de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y Artículo 1, fracción VI de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionadas con las Mismas, entre otras.
VI. Mantener bajo su custodia, conforme a los plazos y condiciones establecidos en las disposiciones jurídicas y normativas aplicables, a través de la Unidad Ejecutora, la documentación en original, justificativa y comprobatoria de los recursos presupuestarios federales erogados, y disponible para atender cualquier requerimiento por parte de “LA SECRETARÍA” y/o los órganos fiscalizadores competentes tanto a nivel federal como estatal, así como la información adicional que estas últimas le requieran.
La documentación comprobatoria del gasto de los recursos federales objeto de este Convenio Específico, deberá cumplir con los requisitos fiscales establecidos en las disposiciones federales aplicables, como son los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, y estar identificados con un sello que indique el nombre del programa, origen del recurso y el ejercicio correspondiente, deberán expedirse a nombre de “LA ENTIDAD” y/o de la Unidad Ejecutora, en los casos que las legislaciones estatales así lo determinen, estableciendo domicilio, Registro Federal de Contribuyentes, conceptos de pago, monto, fecha, entre otros requisitos establecidos en la normatividad aplicable.
VII. Identificar en la documentación comprobatoria (facturas, recibos, convenios, etcétera), con un sello que indique: “Pagado con “Recursos para Fortalecer la Calidad en los Servicios de Salud en el Estado de Querétaro”. (especificando fuente de financiamiento).
VIII. Comprobar ante la “LA SECRETARÍA”, mediante los respectivos Certificados de Gasto, cuyo formato e instructivo de llenado está previsto en el Anexo 4 del presente instrumento, la ejecución de los recursos que le fueron transferidos a “LA ENTIDAD” para el cumplimiento del objeto del presente Convenio Específico de Colaboración.
IX. Reportar y dar seguimiento trimestralmente, a “LA SECRETARÍA” a través de la DGPLADES, sobre el avance en el cumplimiento de metas y resultados, previstos en la Cláusula TERCERA de este Convenio Específico de Colaboración, conforme al formato e instructivo de llenado que está previsto en el Anexo 5 del presente instrumento jurídico.
X. Informar trimestralmente a “LA SECRETARÍA” a través de la DGPLADES, sobre el avance físico- financiero de las obras y las acciones realizadas.
XI. Reportar a “LA SECRETARÍA” a través de la DGPLADES, el informe detallado de los rendimientos financieros generados y, en su caso, la comprobación de su aplicación, la cual deberá hacerse mediante certificado de gasto conforme al Anexo 4 previsto en el presente instrumento jurídico.
XII. A efecto de realizar la contratación externa de supervisión de proyectos, administración, supervisión y/o control de la correcta aplicación de los recursos federales presupuestales transferidos a “LA ENTIDAD” mediante el presente instrumento jurídico, y tratándose de obra pública, podrá destinar hasta el 6% (seis por ciento) del monto total asignado para las obras a ejecutar, citadas en las Cláusulas PRIMERA y SEGUNDA del presente Convenio Específico de Colaboración, de conformidad con lo establecido en los artículos 4 y 53 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, así como por los artículos 114, 115, 116, 211 y 249 del Reglamento de la citada Ley.
Asimismo, “LA ENTIDAD” deberá remitir de manera trimestral a “LA SECRETARÍA” a través de la DGPLADES, copia del reporte de la supervisión externa (de ser posible con su documentación soporte correspondiente). El informe a que se hace referencia en este párrafo, deberá ser entregado por “LA ENTIDAD” a “LA SECRETARÍA”, a los 20 días hábiles siguientes a la terminación del trimestre que se reporta.
XIII. Con base en el seguimiento de las metas y en los resultados de las evaluaciones realizadas, establecer medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos para los que se destinen los recursos transferidos.
XIV. Informar sobre la suscripción de este Convenio Específico de Colaboración, al órgano técnico de fiscalización de la legislatura local en “LA ENTIDAD”.
XV. Los recursos humanos que requiera para la ejecución del objeto del presente instrumento jurídico, quedarán bajo la absoluta responsabilidad jurídica y administrativa de “LA ENTIDAD” y no existirá relación laboral alguna entre éstos y “LA SECRETARÍA”, por lo que en ningún caso se entenderán como patrones sustitutos o solidarios.
XVI. Realizar las gestiones para la publicación del presente instrumento jurídico en el órgano de difusión de
“LA ENTIDAD”.
XVII. Difundir en la página de Internet de “LA ENTIDAD” el concepto financiado con los recursos que le serán transferidos mediante el presente instrumento jurídico, incluyendo los avances y resultados físicos y financieros, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
XVIII. Los recursos presupuestales federales transferidos y los rendimientos financieros generados, que, después de radicados en la Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo de “LA ENTIDAD”, o que una vez ministrados a la Unidad Ejecutora, que no sean ejercidos en los términos de este Convenio Específico de Colaboración, o bien, se ejecuten en contravención a sus Cláusulas bajo su absoluta responsabilidad, deberán ser reintegrados al Erario Federal (Tesorería de la Federación), sin que para ello deba ser requerido por “LA SECRETARÍA”, y sujetándose a la normatividad específica establecida al respecto en materia de reintegro de recursos federales presupuestales.
XIX. Informar de manera detallada a “LA SECRETARÍA”, por conducto de la DGPLADES, mediante el acta o documento que para tal efecto se establezca por “LAS PARTES”, respecto de la conclusión del objeto del presente instrumento jurídico (adjuntando la documentación que lo acredite), y si en su caso existan recursos remanentes y/o rendimientos financieros, deberán ser reintegrados en su totalidad a la Tesorería de la Federación, dentro de los 15 días naturales siguientes a la conciliación físico-financiera del cumplimiento del objeto de este Convenio Específico de Colaboración.
XX. Así como las demás obligaciones que se establezcan a cargo de “LA ENTIDAD” dentro de “EL ACUERDO MARCO” que le aplique en función de la naturaleza de los recursos radicados en el presente Convenio Específico de Colaboración.
SÉPTIMA.- OBLIGACIONES DEL EJECUTIVO FEDERAL.- El Ejecutivo Federal, a través de “LA SECRETARÍA” se obliga a:
I. Realizar las gestiones necesarias a través de la DGPLADES, ante la instancia correspondiente, a efecto de que se transfieran “vía subsidios” los recursos presupuestarios federales a que se refiere el párrafo primero de la Cláusula SEGUNDA del presente Convenio Específico de Colaboración de acuerdo con los plazos y calendario establecidos, que se precisan en el Anexo 2, el cual debidamente firmado por las instancias que celebran el presente Convenio Específico de Colaboración forma parte integrante de su contexto.
II. Dar seguimiento, a través de la DGPLADES en coordinación con “LA ENTIDAD”, mediante el certificado de gasto conforme al Anexo 4, el informe trimestral de cumplimiento de metas y resultados, el informe de avance físico-financiero de las obras y acciones a desarrollar, así como el informe detallado de los rendimientos financieros generados y la comprobación de su aplicación; que los recursos presupuestales que en virtud de este instrumento jurídico se transfieran, sean aplicados únicamente para la realización del objeto al que son destinados, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan y las instancias fiscalizadoras competentes del Ejecutivo Federal o estatal.
III. Abstenerse de intervenir en el procedimiento de adquisiciones, asignación de los contratos, convenios o de cualquier otro instrumento jurídico que formalice “LA ENTIDAD” para cumplir con el ejercicio de los recursos conforme al objeto del presente Convenio Específico de Colaboración, para el cual son destinados los recursos presupuestales federales transferidos. Dependiendo de su disponibilidad de personal y presupuestal, podrá realizar visitas de supervisión, de obra pública a efecto de observar el cumplimiento de la aplicación de los recursos.
Solicitar a “LA ENTIDAD” en su caso por escrito cuando así corresponda, la entrega del informe trimestral de cumplimiento de metas y resultados, el informe trimestral de avance físico financiero de las obras y acciones realizadas, los certificados de gasto e informe de los rendimientos financieros y su aplicación mediante certificados de gasto.
IV. La DGPLADES informará a la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de “LA SECRETARIA” y ésta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como a la Auditoría Superior de la Federación, a la Secretaría de la Función Pública (Dependencia u Órgano equivalente), y al Órgano Interno de Control de la Secretaría de Salud, el caso o casos en que se tenga conocimiento que los recursos presupuestales no hayan sido aplicados por “LA ENTIDAD” para los fines que en este instrumento se determinan, ocasionando como consecuencia la suspensión de la ministración de recursos a “LA ENTIDAD” y el reintegro de los recursos, en términos de lo establecido en la Cláusula OCTAVA de “EL ACUERDO MARCO”.
V. Informar en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal y en los demás informes que sean requeridos, sobre la aplicación de los recursos transferidos con motivo del presente Convenio Específico de Colaboración.
VI. El control, vigilancia y evaluación de los recursos presupuestarios que en virtud de este instrumento jurídico serán transferidos, corresponderá a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como a la Auditoría Superior de la Federación, a la Secretaría de la Función Pública (Dependencia u Órgano equivalente), y al Órgano Interno de Control de la Secretaría de Salud, sin perjuicio de las acciones de vigilancia, control y evaluación que, en coordinación con la Secretaría de la Función Pública, realice el órgano de control de “LA ENTIDAD”.
VII. Realizar las gestiones necesarias para la publicación del presente instrumento jurídico en el Diario Oficial de la Federación.
VIII. Difundir en su página de Internet el presente instrumento jurídico.
IX. Así como las demás obligaciones que se establezcan a cargo de “LA SECRETARÍA” dentro de “EL ACUERDO MARCO” y que le resulten aplicables en virtud de la naturaleza de los recursos objeto del presente Convenio Específico de Colaboración.
OCTAVA.- VIGENCIA.- El presente Convenio Específico de Colaboración comenzará a surtir sus efectos a partir de la fecha de su suscripción por parte de “LA SECRETARÍA” y se mantendrá en vigor hasta el cumplimiento de su objeto, conforme a lo previsto en la Cláusula PRIMERA de este Convenio Específico de Colaboración.
NOVENA.- MODIFICACIONES AL CONVENIO ESPECÍFICO.- “LAS PARTES” acuerdan que el presente
Convenio Específico de Colaboración podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio Específico de Colaboración obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de “LA ENTIDAD”.
En caso de contingencias para la realización del objeto previsto en este instrumento jurídico, “LAS PARTES” acuerdan tomar las medidas o mecanismos que permitan afrontar dichas contingencias. En todo caso, las medidas y mecanismos acordados serán formalizados mediante la suscripción del convenio modificatorio correspondiente.
DÉCIMA.- CAUSAS DE TERMINACIÓN.- El presente Convenio Específico de Colaboración podrá darse por terminado cuando se presente alguna de las siguientes causas:
I. Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado.
II. Por acuerdo de “LAS PARTES”.
III. Por caso fortuito o fuerza mayor.
DÉCIMA PRIMERA.- CAUSAS DE RESCISIÓN.- El presente Convenio Específico de Colaboración podrá rescindirse por las siguientes causas:
I. Cuando se determine que los recursos presupuestarios federales se utilizaron con fines distintos a los previstos en el presente instrumento jurídico.
II. Por el incumplimiento reiterado de las obligaciones contraídas en el mismo.
Casos en los cuales se procederá en términos de lo establecido en la Cláusula OCTAVA de “EL ACUERDO MARCO”.
DECIMA SEGUNDA.- CLÁUSULAS QUE SE TIENEN POR REPRODUCIDAS.- Dado que el presente
Convenio Específico de Colaboración deriva de “EL ACUERDO MARCO” a que se hace referencia en el apartado de Antecedentes de este instrumento jurídico, las Cláusulas que le sean aplicables atendiendo la naturaleza del recurso, establecidas en “EL ACUERDO MARCO” se tienen por reproducidas para efectos de este instrumento jurídico como si a la letra se insertasen y serán aplicables en todo aquello que no esté expresamente establecido en el presente Convenio Específico de Colaboración.
Estando enteradas “LAS PARTES” del contenido y alcance legal del presente Convenio Específico de Colaboración, lo firman por cuadruplicado:
Por “LA ENTIDAD” a los veintiún días del mes xx xxxxx del año dos mil catorce.
Por “LA SECRETARÍA” a los veinticuatro días del mes xx xxxxx del año dos mil catorce.
POR “LA SECRETARÍA”
EL SUBSECRETARIO DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO
DEL SECTOR SALUD
XX. XXXXXXX XXXXXXXX XXXX
Rúbrica
POR “LA ENTIDAD”
EL SECRETARIO DE SALUD DEL PODER EJECUTIVO
XX. XXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXXXXX
Rúbrica
EL DIRECTOR GENERAL DE PLANEACIÓN Y DESARROLLO
EN SALUD
LIC. XXXXXX XXXXXX XXXX
Rúbrica
EL SECRETARIO DE PLANEACIÓN Y FINANZAS DEL PODER EJECUTIVO
ING. XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX
Rúbrica
EL COORDINADOR GENERAL DE SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE QUERÉTARO
XX. XXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX
Rúbrica
ANEXO 1
DEL CONVENIO No. DGPLADES-CALIDAD-CECTR-QRO-01/14
PROGRAMA DE APOYO PARA FORTALECER LA CALIDAD EN LOS SERVICIOS DE SALUD
Pág. 7464
TRANSFERENCIA DE RECURSOS FEDERALES PRESUPUESTALES
CAPÍTULO DE GASTO | APORTACIÓN FEDERAL |
4000 Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras ayudas 4300 Subsidios y subvenciones 43801 Subsidios a Entidades Federativas y Municipios | $67,540,431.00 |
TOTAL | $67,540,431.00 |
PERIÓDICO OFICIAL
Rúbricas
27 xx xxxxx de 2014
EL PRESENTE ANEXO FORMA PARTE INTEGRANTE DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTALES FEDERALES PARA FORTALECER LA CALIDAD EN LOS SERVICIOS DE SALUD, POR LA CANTIDAD DE $ 67 ’540,431.00 (SESENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS CUARENTA MIL CUATROSCIENTOS TREINTA Y UN PESOS 00/100 M.N.), QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRE TARÍA DE SALUD REPRESENTADA POR LA SUBSECRETARÍA DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO DEL SECTOR SALUD, Y POR LA OTRA PARTE EL ESTADO DE QUERÉTARO, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD DEL PODER EJECUTIVO, CON LA PARTICIPACIÓN DE LA SECRETARÍA DE PLANEACIÓN Y FNI ANZAS DEL PODER EJECUTIVO Y SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE QUERÉTARO.
ANEXO 2
DEL CONVENIO No. DGPLADES-CALIDAD-CECTR-QRO-01/14
PROGRAMA DE APOYO PARA FORTALECER LA CALIDAD EN LOS SERVICIOS DE SALUD
LA SOMBRA XX XXXXXXX
CALENDARIO DE MINISTRACIÓN DE RECURSOS FEDERALES PRESUPUESTALES
CONCEPTO | ENE | FEB | MAR | ABR | MAY | JUN | TOTAL |
4300 Subsidios y subvenciones 43801 Subsidios a entidades federativas y Municipios | 67,540,431.00 | 67,540,431.00 | |||||
ACUMULADO | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 67,540,431.00 | 0.00 | 0.00 | 67,540,431.00 |
27 xx xxxxx de 2014
Rúbricas
Pág. 7465
EL PRESENTE ANEXO FORMA PARTE INTEGRANTE DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTALES FEDERALES PARA FORTALECER LA CALIDAD EN LOS SERVICIOS DE SALUD, POR LA CANTIDAD DE $ 67 ’540,431.00 (SESENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS CUARENTA MIL CUATROSCIENTOS TREINTA Y UN PESOS 00/100 M.N.), QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRE TARÍA DE SALUD REPRESENTADA POR LA SUBSECRETARÍA DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO DEL SECTOR SALUD, Y POR LA OTRA PARTE EL ESTADO DE QUERÉTARO, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD DEL PODER EJECUTIVO, CON LA PARTICIPACIÓN DE LA SECRETARÍA DE PLANEACIÓN Y FNI ANZAS DEL PODER EJECUTIVO Y SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE QUERÉTARO.
Pág. 7466
ANEXO 3
DEL CONVENIO No. DGPLADES-CALIDAD-CECTR-QRO-01/14
PERIÓDICO OFICIAL
PROGRAMA DE APOYO PARA FORTALECER LA CALIDAD EN LOS SERVICIOS DE SALUD
RECURSOS FEDERALES PRESUPUESTALES TRANSFERIDOS COMO “SUBSIDIOS” PARA SU APLICACIÓN EN LA ENTIDAD FEDERATIVA COMO SIGUE:
NOMBRE DE LA ACCION O PROYECTO | Capítulo 5000 EQUIPAMIENTO | Capítulo 6000 OBRA PÚBLICA | TOTAL |
SUSTITUCIÓN DE LOS CENT ROS DE XXXXX XXXXX DE CASA BLANCA EN LA LOCALIDAD DE SANTIAGO DE QUERÉTARO MUNICIPIO DE QUERÉTARO Y EL CIERVO EN LA LOCALIDAD DE EL CIERVO MUNICIPIO DE XXXXXXXX XXXXXX EN EL ESTADO DE QUERÉTARO. | $9,042,925.00 | $35,250,000.00 | $44,292,925.00 |
SEGUNDA ETAPA DE LA SUSTITUCIÓN DE LOS CENTROS DE SALUD LA GOTERA EN LA LOCALIDAD DE LA GOTERA MUNICIPIO DE QUERÉTARO Y COLON EN LA LOCALIDAD XX XXXXX MUNICIPIO XX XXXXX EN EL ESTADO DE QUERÉTARO. | $7,450,000.00 | $7,450,000.00 | |
AMPLIACIÓN, DIGNIFICACIÓN Y EQUIPAMIENTO DEL CENTRO DE SALUD SANTA XXXXX ÁLAMOS EN LA LOCALIDAD DE SANTA XXXXX ÁLAMOS MUNICIPIO DE SAN XXXXXXX, QUERÉTARO. | $800,000.00 | $1,271,506.00 | $2,071,506.00 |
AMPLIACIÓN DEL CENTRO DE SALUD OCOTITLÁN EN LA LOCALIDAD XX XXXXXXXXX MUNICIPIO DE XXXXXXXXX XX XXXXXX, QUERÉTARO. | $2,126,000.00 | $2,126,000.00 | |
SISTEMA DE RADIOCOMUNICACIÓN CONVENCIONAL DIGITAL ESTATAL. | $6,800,000.00 | $6,800,000.00 | |
CONSTRUCCIÓN XX XXXXXX FRÍA JURISDICCIONAL EN EL MUNICIPIO DE SAN XXXX DEL RÍO, QUERÉTARO. | $4,800,000.00 | $4,800,000.00 | |
TOTAL | $ 16,642,925.00 | $50,897,506.00 | $67,540,431.00 |
Rúbricas
Hoja 2 de 2
27 xx xxxxx de 2014
EL PRESENTE ANEXO FORMA PARTE INTEGRANTE DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTALES FEDERALES PARA FORTALECER LA CALIDAD EN LOS SERVICIOS DE SALUD, POR LA CANTIDAD DE $ 67 ’540,431.00 (SESENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS CUARENTA MIL CUATROSCIENTOS TREINTA Y UN PESOS 00/100 M.N.), QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRE TARÍA DE SALUD REPRESENTADA POR LA SUBSECRETARÍA DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO DEL SECTOR SALUD, Y POR LA OTRA PARTE EL ESTADO DE QUERÉTARO, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD DEL PODER EJECUTIVO, CON LA PARTICIPACIÓN DE LA SECRETARÍA DE PLANEACIÓN Y FNI ANZAS DEL PODER EJECUTIVO Y SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE QUERÉTARO.
27 xx xxxxx de 2014
ANEXO 3.1
DEL CONVENIO No. DGPLADES-CALIDAD-CECTR-QRO-01/14
PROGRAMA DE APOYO PARA FORTALECER LA CALIDAD EN LOS SERVICIOS DE SALUD
LA SOMBRA XX XXXXXXX
DETALLE DE LAS ACCIONES O PROYECTOS
NOMBRE DE LA ACCIÓN O PROYECTO: | SUSTITUCIÓN DE LOS CENTROS DE XXXXX XXXXX DE CASA BLANCA EN LA LOCALIDAD DE SANTIAGO DE QUERÉTARO MUNICIPIO DE QUERÉTARO Y EL CIERVO EN LA LOCALIDAD DE EL CIERVO MUNICIPIO DE XXXXXXXX XXXXXX EN EL ESTADO DE QUERÉTARO. |
Tipo de acción: | Dignificación ( ) Conservación ( ) Mantenimiento ( ) Equipamiento ( ) Obra Nueva ( ) Sustitución ( X ) Fortalecimiento ( ) Ampliación ( ) |
Estatus de la obra: | En proceso ( ) En operación ( ) Obra nueva ( X ) |
Red de atención médica: | ( X ) Vigilancia y control del embarazo (reducción de Muerte Materno –infantil) ( X ) Prevención de enfermedades crónico-degenerativas ( X ) Cáncer: Detección Temprana y Atención Oportuna ( ) Cáncer: Atención Médica de Alta Especialidad ( X ) Cruzada contra el hambre ( ) Atención de la Enfermedad Renal Crónica (ERC) ( X ) Red de Frío ( ) Red roja ( X ) Salud Mental y Atención de Adicciones ( ) Telemedicina ( ) Otros - Especificar |
Red de atención infraestructura: | ( X ) Centros de Salud ( ) Hospitales de la Comunidad ( ) Hospitales Generales ( ) UNEMES |
Población beneficiada: | Centro de Xxxxx Xxxxx de Casa Blanca: Población total del área de influencia: 64,887 y 28,489 afiliados al Seguro Popular y Centro de Salud El Ciervo: Población total del área de influencia: 1,900 y 1,792 afiliados al Seguro Popular. |
Justificación técnica de la acción o proyecto: | En ambos casos la infraestructura de las unidades actuales han sido rebasadas, además de no cumplir con la normatividad oficial vigente y con los lineamientos que para infraestructura señala el "manual para la acreditación de capacidad, seguridad y calidad en establecimientos públicos para la prestación de servicios de salud" emitido por la Dirección General de Calidad y Educación en salud (DGCES). Adicionalmente para el caso de Centro de Salud el Ciervo éste opera en un inmueble donado por el municipio de Xxxxxxxx Xxxxxx hace 34 años, construido para cumplir una función ajena a la prestación de servicios de salud, y no cuenta con terreno disponible para su adecuación y ampliación. Por l o anterior Servicios de Salud del Estado de Querétaro considera necesaria las sustituciones de ambas unidades. |
Rúbricas
Pág. 7467
EL PRESENTE ANEXO FORMA PARTE INTEGRANTE DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTALES FEDERALES PARA FORTALECER LA CALIDAD EN LOS SERVICIOS DE SALUD, POR LA CANTIDAD DE $ 67 ’540,431.00 (SESENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS CUARENTA MIL CUATROSCIENTOS TREINTA Y UN PESOS 00/100 M.N.), QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRE TARÍA DE SALUD REPRESENTADA POR LA SUBSECRETARÍA DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO DEL SECTOR SALUD, Y POR LA OTRA PARTE EL ESTADO DE QUERÉTARO, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD DEL PODER EJECUTIVO, CON LA PARTICIPACIÓN DE LA SECRETARÍA DE PLANEACIÓN Y FNI ANZAS DEL PODER EJECUTIVO Y SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE QUERÉTARO.
Pág. 7468
ANEXO 3.1
DEL CONVENIO No. DGPLADES-CALIDAD-CECTR-QRO-01/14
PROGRAMA DE APOYO PARA FORTALECER LA CALIDAD EN LOS SERVICIOS DE SALUD
PERIÓDICO OFICIAL
DETALLE DE LAS ACCIONES O PROYECTOS
NOMBRE DE LA ACCIÓN O PROYECTO: | SEGUNDA ETAPA DE LA SUSTITUCIÓN DE LOS CENTROS DE SALUD LA GOTERA EN LA LOCALIDAD DE LA GOTERA MUNICIPIO DE QUERÉTARO Y COLON EN LA LOCALIDAD XX XXXXX MUNICIPIO XX XXXXX EN EL ESTADO DE QUERÉTARO. |
Tipo de acción: | Dignificación ( ) Conservación ( ) Mantenimiento ( ) Equipamiento ( ) Obra Nueva ( ) Sustitución ( X ) Fortalecimiento ( ) Ampliación ( ) |
Estatus de la obra: | En proceso ( X ) En operación ( ) Obra nueva ( ) |
Red de atención médica: | ( X ) Vigilancia y control del embarazo (reducción de Muerte Materno –infantil) ( X ) Prevención de enfermedades crónico-degenerativas ( ) Cáncer: Detección Temprana y Atención Oportuna ( ) Cáncer: Atención Médica de Alta Especialidad ( X ) Cruzada contra el hambre ( ) Atención de la Enfermedad Renal Crónica (ERC) ( ) Red de Frío ( ) Red roja ( ) Salud Mental y Atención de Adicciones ( ) Telemedicina ( ) Otros - Especificar |
Red de atención infraestructura: | ( X ) Centros de Salud ( ) Hospitales de la Comunidad ( ) Hospitales Generales ( ) UNEMES |
Población beneficiada: | Centro de Salud La Gotera: Población total del área de influencia: 6,374 y 6,087y afiliados al Seguro Popular. Centro de Xxxxx Xxxxx: Población total del área de influencia: 9,799 y 9,489 afiliados al Seguro Popular. |
Justificación técnica de la acción o proyecto: | Centro de Salud La Gotera: Se tiene en proceso la construcción de la primera etapa de obra correspondiente a la sustitución del Centro de Salud. La segunda et apa considera la construcción de los espacios de Promoción de la Salud, Toma de Muestras, Esterilización, Bodega, Aula de Usos Múltiples, Sanitarios de Personal, Dirección y Residencia Médica. La decisión de esta sustitución se baso en las condiciones de l a unidad original, la cual fue construida en el período que operaba el extinto IMSS - COPLAMAR. Centro de Xxxxx Xxxxx: Se tiene en proceso la construcción de la primera etapa de obra correspondiente a la sustitución del Centro de Salud. La segunda etapa co nsidera la construcción de los espacios de Aula de Usos Múltiples, Toma de Muestras (Laboratorio Básico) y Bodega. En ambos casos las condiciones de las unidades originales, no cumplían con la normatividad vigente ni con los lineamientos que para infraestr uctura señala el "manual para la acreditación de capacidad, seguridad y calidad en establecimientos públicos para la prestación de servicios de salud" emitido por la Dirección General de Calidad y Educación en salud (DGCES). |
27 xx xxxxx de 2014
Rúbricas
EL PRESENTE ANEXO FORMA PARTE INTEGRANTE DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTALES FEDERALES PARA FORTALECER LA CALIDAD EN LOS SERVICIOS DE SALUD, POR LA CANTIDAD DE $ 67 ’540,431.00 (SESENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS CUARENTA MIL CUATROSCIENTOS TREINTA Y UN PESOS 00/100 M.N.), QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRE TARÍA DE SALUD REPRESENTADA POR LA SUBSECRETARÍA DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO DEL SECTOR SALUD, Y POR LA OTRA PARTE EL ESTADO DE QUERÉTARO, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD DEL PODER EJECUTIVO, CON LA PARTICIPACIÓN DE LA SECRETARÍA DE PLANEACIÓN Y FNI ANZAS DEL PODER EJECUTIVO Y SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE QUERÉTARO.
ANEXO 3.1
DEL CONVENIO No. DGPLADES-CALIDAD-CECTR-QRO-01/14
PROGRAMA DE APOYO PARA FORTALECER LA CALIDAD EN LOS SERVICIOS DE SALUD
DETALLE DE LAS ACCIONES O PROYECTOS
AMPLIACIÓN, DIGNIFICACIÓN Y EQUIPAMIENTO DEL CENTRO DE SALUD SANTA XXXXX ÁLAMOS EN LA LOCALIDAD DE SANTA XXXXX ÁLAMOS MUNICIPIO DE SAN XXXXXXX, QUERÉTARO.
NOMBRE DE LA ACCIÓN O PROYECTO:
Tipo de acción: | Dignificación ( X ) Conservación ( ) Mantenimiento ( ) Equipamiento ( X ) Obra Nueva ( ) Sustitución ( ) Fortalecimiento ( ) Ampliación ( X ) |
Estatus de la obra: | En proceso ( ) En operación ( X ) Obra nueva ( ) |
Red de atención médica: | ( X ) Vigilancia y control del embarazo (reducción de Muerte Materno –infantil) ( X ) Prevención de enfermedades crónico-degenerativas ( ) Cáncer: Detección Temprana y Atención Oportuna ( ) Cáncer: Atención Médica de Alta Especialidad ( ) Cruzada contra el hambre ( ) Atención de la Enfermedad Renal Crónica (ERC) ( ) Red de Frío ( ) Red roja ( ) Salud Mental y Atención de Adicciones ( ) Telemedicina ( ) Otros - Especificar |
Red de atención infraestructura: | ( X ) Centros de Salud ( ) Hospitales de la Comunidad ( ) Hospitales Generales ( ) UNEMES |
Población beneficiada: | Población 1,521 afiliados al Seguro Popular. |
Justificación técnica de la acción o proyecto: | La unidad pr esenta un problema estructural en el muro que divide un consultorio con Sala de Espera, reparando del elemento estructural y reforzando el muro de contención de la unidad. Se construirá bodega, se suministrarán e instalarán equipos de aire acondicionado, calentador solar y planta de emergencia y se dará mantenimiento general a la unidad. |
27 xx xxxxx de 2014
LA SOMBRA XX XXXXXXX
Rúbricas
Pág. 7469
EL PRESENTE ANEXO FORMA PARTE INTEGRANTE DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTALES FEDERALES PARA FORTALECER LA CALIDAD EN LOS SERVICIOS DE SALUD, POR LA CANTIDAD DE $ 67 ’540,431.00 (SESENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS CUARENTA MIL CUATROSCIENTOS TREINTA Y UN PESOS 00/100 M.N.), QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRE TARÍA DE SALUD REPRESENTADA POR LA SUBSECRETARÍA DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO DEL SECTOR SALUD, Y POR LA OTRA PARTE EL ESTADO DE QUERÉTARO, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD DEL PODER EJECUTIVO, CON LA PARTICIPACIÓN DE LA SECRETARÍA DE PLANEACIÓN Y FNI ANZAS DEL PODER EJECUTIVO Y SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE QUERÉTARO.
ANEXO 3.1
DEL CONVENIO No. DGPLADES-CALIDAD-CECTR-QRO-01/14
PERIÓDICO OFICIAL
PROGRAMA DE APOYO PARA FORTALECER LA CALIDAD EN LOS SERVICIOS DE SALUD
Pág. 7470
DETALLE DE LAS ACCIONES O PROYECTOS
NOMBRE DE LA ACCIÓN O PROYECTO: | AMPLIACIÓN DEL CENTRO DE SALUD OCOTITLÁN EN LA LOCALIDAD XX XXXXXXXXX MUNICIPIO DE XXXXXXXXX XX XXXXXX, QUERÉTARO. |
Tipo de acción: | Dignificación ( ) Conservación ( ) Mantenimiento ( ) Equipamiento ( ) Obra Nueva ( ) Sustitución ( ) Fortalecimiento ( ) Ampliación ( X ) |
Estatus de la obra: | En proceso ( ) En operación ( X ) Obra nueva ( ) |
Red de atención médica: | ( X ) Vigilancia y control del embarazo (reducción de Muerte Materno –infantil) ( X ) Prevención de enfermedades crónico-degenerativas ( ) Cáncer: Detección Temprana y Atención Oportuna ( ) Cáncer: Atención Médica de Alta Especialidad ( X ) Cruzada contra el hambre ( ) Atención de la Enfermedad Renal Crónica (ERC) ( ) Red de Frío ( ) Red roja ( ) Salud Mental y Atención de Adicciones ( ) Telemedicina ( ) Otros - Especificar |
Red de atención infraestructura: | ( X ) Centros de Salud ( ) Hospitales de la Comunidad ( ) Hospitales Generales ( ) UNEMES |
Población beneficiada: | Población 958 afiliados al Seguro Popular. |
Justificación técnica de la acción o proyecto: | El Centro de Salud opera en un inmueble que funcionó inicialmente como Casa de Salud. Sus espacios son reducidos y no cumple con la normatividad aplicable. Se propone la ampliación de la unidad construyendo un consultorio con las características normadas, ampliar Sala de Espera, construir sanitarios públicos y una bodega y la readecuación de espacios de la unidad actual. |
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Rúbricas
EL PRESENTE ANEXO FORMA PARTE INTEGRANTE DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTALES FEDERALES PARA FORTALECER LA CALIDAD EN LOS SERVICIOS DE SALUD, POR LA CANTIDAD DE $ 67 ’540,431.00 (SESENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS CUARENTA MIL CUATROSCIENTOS TREINTA Y UN PESOS 00/100 M.N.), QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRE TARÍA DE SALUD REPRESENTADA POR LA SUBSECRETARÍA DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO DEL SECTOR SALUD, Y POR LA OTRA PARTE EL ESTADO DE QUERÉTARO, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD DEL PODER EJECUTIVO, CON LA PARTICIPACIÓN DE LA SECRETARÍA DE PLANEACIÓN Y FNI ANZAS DEL PODER EJECUTIVO Y SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE QUERÉTARO.
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ANEXO 3.1
DEL CONVENIO No. DGPLADES-CALIDAD-CECTR-QRO-01/14
LA SOMBRA XX XXXXXXX
PROGRAMA DE APOYO PARA FORTALECER LA CALIDAD EN LOS SERVICIOS DE SALUD
DETALLE DE LAS ACCIONES O PROYECTOS
NOMBRE DE LA ACCIÓN O PROYECTO: | SISTEMA DE RADIOCOMUNICACIÓN CONVENCIONAL DIGITAL ESTATAL. |
Tipo de acción: | Dignificación ( ) Conservación ( ) Mantenimiento ( ) Equipamiento ( X ) Obra Nueva ( ) Sustitución ( X ) Fortalecimiento ( ) Ampliación ( ) |
Estatus de la obra: | En proceso ( X ) En operación ( ) Obra nueva ( ) |
Red de atención médica: | ( X ) Vigilancia y control del embarazo (reducción de Muerte Materno –infantil) ( X ) Prevención de enfermedades crónico-degenerativas ( ) Cáncer: Detección Temprana y Atención Oportuna ( ) Cáncer: Atención Médica de Alta Especialidad ( X ) Cruzada contra el hambre ( X ) Atención de la Enfermedad Renal Crónica (ERC) ( X ) Red de Frío ( ) Red roja ( ) Salud Mental y Atención de Adicciones ( ) Telemedicina ( X ) Otros - Especificar : Reportes Epidemiológicos. |
Red de atención infraestructura: | ( X ) Centros de Salud ( X ) Hospitales de la Comunidad ( X ) Hospitales Generales ( X ) UNEMES |
Población beneficiada: | Población total del área de influencia: 1,974,436. |
Justificación técnica de la acción o proyecto: | ANTECEDENTES: Estos Servicios de Salud, cuentan con 2 sistemas de radiocomunicación: 1). Troncal Rentado para Unidades Médicas y Administrativas de las Jurisdicciones Sanitarias 1 y 2. 2). Convencional Propio, para Unidades Médicas y Administrativas de las Jurisdicciones Sanitarias 3 y 4. OBJETIVO: Economizar y crear un patrimonio de SESEQ. Modernizar las comunicaciones con un solo Sistema de Radiocomunicación Digital para todas las unidades médicas y administrativas del Estado. BENEFICIOS: Esta acción se implementará en todas las unidades médicas y administrativas de las 4 Jurisdicciones Sanitarias, beneficiando indirectamente a toda la población rural, evitando gastos por traslados para obtener citas en los hospitales.- Directamente se beneficiarían las áreas de estadísticas e informes epidemiológicos (campañas de vacunación, cercos epidemiológicos, vigilancia y control del embarazo), SUIVE, Etc. De igual manera, como apoyo a los Médicos pasantes que pernoctan en los Centros de Salud: Por seguridad, ante la delincuencia y por asesoría médica en casos complicados o urgencias. |
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Rúbricas
EL PRESENTE ANEXO FORMA PARTE INTEGRANTE DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTALES FEDERALES PARA FORTALECER LA CALIDAD EN LOS SERVICIOS DE SALUD, POR LA CANTIDAD DE $ 67’540,431.00 (SESENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS CUARENTA MIL CUATROSCIENTOS TREINTA Y UN PESOS 00/100 M.N.), QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRE TARÍA DE SALUD REPRESENTADA POR LA SUBSECRETARÍA DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO DEL SECTOR SALUD, Y POR LA OTRA PARTE EL ESTADO DE QUERÉTARO, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD DEL PODER EJECUTIVO, CON LA PARTICIPACIÓN DE LA SECRETARÍA DE PLANEACIÓN Y FINANZAS DEL PODER EJECUTIVO Y SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE QUERÉTARO.
ANEXO 3.1
DEL CONVENIO No. DGPLADES-CALIDAD-CECTR-QRO-01/14
PERIÓDICO OFICIAL
PROGRAMA DE APOYO PARA FORTALECER LA CALIDAD EN LOS SERVICIOS DE SALUD
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DETALLE DE LAS ACCIONES O PROYECTOS
NOMBRE DE LA ACCIÓN O PROYECTO: | CONSTRUCCIÓN XX XXXXXX FRÍA JURISDICCIONAL EN EL MUNICIPIO DE SAN XXXX DEL RÍO, QUERÉTARO. |
Tipo de acción: | Dignificación ( ) Conservación ( ) Mantenimiento ( ) Equipamiento ( ) Obra Nueva ( X ) Sustitución ( ) Fortalecimiento ( ) Ampliación ( ) |
Estatus de la obra: | En proceso ( ) En operación ( ) Obra nueva ( X ) |
Red de atención médica: | ( ) Vigilancia y control del embarazo (reducción de Muerte Materno –infantil) ( ) Prevención de enfermedades crónico-degenerativas ( ) Cáncer: Detección Temprana y Atención Oportuna ( ) Cáncer: Atención Médica de Alta Especialidad ( ) Cruzada contra el hambre ( ) Atención de la Enfermedad Renal Crónica (ERC) ( X ) Red de Frío ( ) Red roja ( ) Salud Mental y Atención de Adicciones ( ) Telemedicina ( ) Otros - Especificar |
Red de atención infraestructura: | ( ) Centros de Salud ( ) Hospitales de la Comunidad ( ) Hospitales Generales ( ) UNEMES |
Población beneficiada: | Población total del área de influencia: 526,201 habitantes. |
Justificación técnica de la acción o proyecto: | Garantizar el almacenamiento y conservación de las vacunas en condiciones óptimas de temperatura, desde el lugar de recepción jurisdiccional, hasta el sitio donde las personas son vacunadas, siendo este un aspecto fundamental y riguroso en el Programa para la Salud de la Infancia y adolescencia, a través del pro grama de vacunación universal, para la Consolidación de una Red de Frio Estatal. La necesidad de contar con una infraestructura en base al cumplimiento de la normatividad constituye a una línea de acción del programa, ello contribuye decisivamente en el cu mplimiento de los objetivos de erradicar, eliminar y controlar las enfermedades que pueden ser prevenibles con la vacunación. La acción específica a realizar es la construcción de la Cámara Fría de la Jurisdicción II (San Xxxx del Río), que incluye los municipios de Amealco xx Xxxxxx, Xxxxx, Xxxxx Xxxxxxxx, San Xxxx del Río y Tequisquiapan. |
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Rúbricas
EL PRESENTE ANEXO FORMA PARTE INTEGRANTE DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTALES FEDERALES PARA FORTALECER LA CALIDAD EN LOS SERVICIOS DE SALUD, POR LA CANTIDAD DE $ 67 ’540,431.00 (SESENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS CUARENTA MIL CUATROSCIENTOS TREINTA Y UN PESOS 00/100 M.N.), QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRE TARÍA DE SALUD REPRESENTADA POR LA SUBSECRETARÍA DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO DEL SECT OR SALUD, Y POR LA OTRA PARTE EL ESTADO DE QUERÉTARO, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD DEL PODER EJECUTIVO, CON LA PARTICIPACIÓN DE LA SECRETARÍA DE PLANEACIÓN Y FNI ANZAS DEL PODER EJECUTIVO Y SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE QUERÉTARO.
EJERCICIO: ( 1 )
FORMATO DE CERTIFICADO DE GASTO
ANEXO 4
DEL CONVENIO No. DGPLADES-CALIDAD-CECTR-QRO-01/14
DIRECCION GENERAL DE PLANEACION Y DESARROLLO EN SALUD
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Entidad:
( 2 )
Fecha de Entrega: ( 3 ) Solicitud de Pago No.: ( 4 ) ( 5 )
Recurso:
Programa de Apoyo para Fortalecer la Calidad en los Servicios de Salud ( 8 )
LA SOMBRA XX XXXXXXX
( 9 ) ( 10 )
Partida: ( 6 ) ( 7 )
Proyectos ( 11 ) ( 12 )
Número Docto. | Proyecto | Póliza Cheque | Fecha Pol- Cheque | Mod. Adquisición | Contrato | Reg. Contrato | Proveedor o Beneficiario | Clave Presupuestal | Importe | Observaciones |
( 13 ) | ( 14 ) | ( 15 ) | ( 16 ) | ( 17 ) | ( 18 ) | ( 19 ) | ( 20 ) | ( 21 ) | ( 22 ) | ( 23 ) |
( 24 ) | ||||||||||
TOTAL ACUMULADO | 0.00 |
LA DOCUMENTACIÓN ORIGINAL COMPROBATORIA CORRESPONDIENTE CUMPLE CON LOS REQUISITOS FISCALES, ADMINISTRATIVOS Y NORMATIVOS VIGENTES VINCULADOS AL PROGRAMA, ASIMISMO, SU EJECUCIÓN CUMPLE CON LOS LINEAMIENTOS PARA INFORMAR SOBRE EL EJERCICIO, DESTINO Y RESULTADOS DE LOS RECURSOS FEDERALES TRANSFERIDOS A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS PUBLICADOS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 25 DE FEBRERO DE 2008 Y LA DOCUMENTACIÓN SOPORTE SE ENCUENTRA PARA SU GUARDA Y CUSTODIA EN LA ENTIDAD EJECUTORA, SECRETARIA DE FINANZAS O SU EQUIVALENTE DE ESTA ENTIDAD FEDERATIVA, CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS.
Elaboró | Autorizó | Vo. Bo | ||
( 25 ) | ( 27 ) | ( 29 ) | ||
( 26 ) | ( 28 ) Rúbricas | ( 30 ) |
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EL PRESENTE ANEXO FORMA PARTE INTEGRANTE DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTALES FEDERALES PARA FORTALECER LA CALIDAD EN LOS SERVICIOS DE SALUD, POR LA CANTIDAD DE $ 67’540,431.00 (SESENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS CUARENTA MIL CUATROSCIENTOS TREINTA Y UN PESOS 00/100 M.N.), QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD REPRESENTADA POR LA SUBSECRETARÍA DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO DEL SECTOR SALUD, Y POR LA OTRA PARTE EL ESTADO DE QUERÉTARO, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD DEL PODER EJECUTIVO, CON LA PARTICIPACIÓN DE LA SECRETARÍA DE PLANEACIÓN Y FINANZAS DEL PODER EJECUTIVO Y SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE QUERÉTARO.
ANEXO 4
INSTRUCTIVO DE LLENADO DEL "FORMATO DE CERTIFICADO DE GASTO"
1 Año al que corresponden los recursos transferidos y que son objeto de comprobación por medio del formato de certificado de gasto, de conformidad con el instrumento jurídico suscrito entre la Federación y el Estado.
2 Nombre de la Entidad Federativa.
3 Fecha en que se entrega el formato de certificado de gasto por parte de la Entidad Federativa a la DGPLADES.
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4 No. de Solicitud de Pago, la cual previamente le fue comunicada mediante oficio por parte de DGPLADES, cuando informa al Estado sobre la transferencia de recursos.
5 Monto total de la Solicitud de Pago que le fue comunicada por DGPLADES en los términos anteriores.
6 Clave de la Partida, Concepto de Gasto o Capitulo de Gasto, según lo exija lo dispuesto el instrumento jurídico suscrito entre la federación y el Estado. Tratandose de pagos de 1 al millar, no aplica la clave.
7 Descripción de la Partida, Concepto de Gasto o Capitulo de Gasto, según lo exija lo dispuesto el instrumento jurídico suscrito entre la federación y el Estado. Tratandose de pagos de 1 al millar, así especificarlo.
8 Clave presupuestaria de la solicitud de pago, la cual previamente le fue comunicada mediante oficio por parte de DGPLADES, cuando informa al Estado sobre la transferencia de recursos.
9 Importe total correspondiente al formato de certificado de gasto identificado por la clave presupuestal que le dió a conocer previamente la DGPLADES al Estado cuando le informó sobre la transferencia de recursos.
10 Importe radicado por clave presupuestal (por dígito de fuente de financiamiento).
11 Número que el Estado asigna a cada uno de los proyectos previstos en el instrumento jurídico suscrito entre la federación y la Entidad Federativa, y que son objeto de comprobación mediante el presente formato de certificado de gasto.
12 Nombre del o los proyectos numerados por el Estado, pero previstos en el instrumento jurídico suscrito entre la federación y la Entidad Federativa, y que son objeto de comprobación mediante el presente formato de certificación de gasto.
13 En la medida de lo posible, referencia de la documentación comprobatoria (No. de factura, etc).
14 Numero del proyecto del cual el Estado comprueba gasto.
15 Póliza cheque del pago efectuado
16 Fecha de la póliza cheque.
17 En su caso, siglas de la modalidad de adquisición (LPN, LPI, CCTP).
18 En su caso, número(s) de contrato(s) cuya(s) fecha(s) de suscripción corresponda(n) con el año fiscal de los recursos transferidos objeto de la comprobación.
19 En su caso, fecha de registro del contrato en el Estado.
20 Proveedor o beneficiario de la póliza cheque.
21 Clave presupuestaria de la solicitud de pago, la cual previamente le fue comunicada mediante oficio por parte de DGPLADES, cuando informa al Estado sobre la transferencia de recursos.
22 Importe del gasto cuya comprobación la certifica el Estado por medio de este formato.
PERIÓDICO OFICIAL
23 Observaciones o aclaraciones referentes a la comprobación que el Estado desee realizar (por ejemplo, si una misma factura fue pagada por dos CLC diferentes, hacer la precisión y detallar el o los montos).
24 Suma del total de los importes de los gastos cuya comprobación la certifica el Estado por medio de este formato.
25 Nombre y firma del Director de Planeación.
26 Puesto del Director de Planeación o equivalente.
27 Nombre y firma del Director de Administación.
28 Puesto del Director de Administación o equivalente.
29 Nombre y firma del Secretario de Salud, quien Certifica la comprobación del gasto de conformidad con la normatividad aplicable.
30 Descripción completa del cargo del Secretario de Salud.
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NOTAS:
1) Es importante mencionar que debera emitirse un certificado de gasto por cada partida presupuestal, concepto de gasto o capitulo de gasto, según se esté comprobando, conforme lo establezca el instrumento jurídico suscrito entre la federación y la Entidad Federativa de los recursos asignados a esa Entidad.
2) Se debera considerar la disponibilidad de cada una de las Solicitudes de Pago, así como de las claves presupuestales según calendario de los recursos asignados a esa Entidad.
3) En este formato debera hacerse la indicación en cada afectación del proyecto al que corresponda.
4) Tratandose de la aplicación de rendimientos financieros mediante este formato, realizar en el encabezado del mismo el señalamiento al respecto.
5) Se recomienda que el Estado le asigne un número consecutivo a cada Formato de Certificación de Gasto que tramita ante la DGPLADES, para facilitar un mejor manejo del mismo.
Rúbricas
EL PRESENTE ANEXO FORMA PARTE INTEGRANTE DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTALES FEDERALES PARA FORTALECER LA CALIDAD EN LOS SERVICIOS DE SALUD, POR LA CANTIDAD DE $ 67’540,431.00 (SESENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS CUARENTA MIL CUATROSCIENTOS TREINTA Y UN PESOS 00/100 M.N.), QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD REPRESENTADA POR LA SUBSECRETARÍA DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO DEL SECTOR SALUD, Y POR LA OTRA PARTE EL ESTADO DE QUERÉTARO, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD DEL PODER EJECUTIVO, CON LA PARTICIPACIÓN DE LA SECRETARÍA DE PLANEACIÓN Y FINANZAS DEL PODER EJECUTIVO Y SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE QUERÉTARO.
LOGO ESTADO
ANEXO 5
DEL CONVENIO No. DGPLADES-CALIDAD-CECTR-QRO-01/14
Foto (7)
Informe trimestral de cumplimiento de metas y resultados Informe del (1) trimestre del (2)
Entidad Federativa: Querétaro No. de Convenio: 01/14
Monto Total del Convenio: $67,540,431.00 Fecha de suscripción del Convenio: (6) Fuente de Financiamiento: Programa de Apoyo para Fortalecer la Calidad
en los Servicios de Salud
Objetivo del Convenio: (8)
EVALUACIÓN POR LA UNIDAD EJECUTORA DEL PROYECTO “ (9)”
Cumplimiento de metas y resultados
Avance físico (10) Avance financiero (11)
(12)
Elaboró (13)
Vo. Bo.
(14)
EL PRESENTE ANEXO FORMA PARTE INTEGRANTE DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE
TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTALES FEDERALES PARA FORTALECER LA CALIDAD EN LOS SERVICIOS DE SALUD, POR LA CANTIDAD DE $ 67’540,431.00 (SESENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS CUARENTA MIL CUATROSCIENTOS TREINTA Y UN PESOS 00/100 M.N.), QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD REPRESENTADA POR LA SUBSECRETARÍA DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO DEL SECTOR SALUD, Y POR LA OTRA PARTE EL ESTADO DE QUERÉTARO, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD DEL PODER EJECUTIVO, CON LA PARTICIPACIÓN DE LA SECRETARÍA DE PLANEACIÓN Y FINANZAS DEL PODER EJECUTIVO Y SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE QUERÉTARO.
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Rúbricas
ANEXO 5
Informe trimestral de cumplimiento de metas y resultados
INSTRUCTIVO
1. Número de trimestre al que se informa sobre el cumplimiento de metas y resultados de conformidad con el avance en el ejercicio de los recursos radicados mediante el instrumento jurídico suscrito entre la Federación y el Estado.
2. Año al que corresponde el trimestre a informar.
3. Nombre de la entidad federativa.
4. Número del Convenio correspondiente a informar sobre el cumplimiento de metas y resultados; éste se encuentra en el extremo superior derecho del instrumento jurídico.
5. Monto total del Convenio, mismo que deberá coincidir con el descrito en la Cláusula Primera y Anexo 1 del mismo.
6. Fecha de suscripción del Convenio.
7. Fotografía del proyecto y/o acción, la cual debe corresponder al avance de cumplimiento de metas y resultados reportado.
8. Objetivo del Convenio, es igual al descrito en la Clausula Primera del instrumento jurídico.
9. Nombre del proyecto previsto en el instrumento jurídico, específicamente en el anexo 3.
10. Porcentaje de avance físico del proyecto reportado al trimestre correspondiente.
11. Porcentaje de avance financiero del proyecto reportado al trimestre correspondiente.
12. Xxxxx resumen cualitativo que incluya las observaciones, notas y/o aclaraciones referentes al avance en el cumplimiento de las metas y resultados que el Estado desee puntualizar.
13. Nombre, puesto y firma de la persona responsable de elaborar el informe.
14. Nombre, puesto y firma de la persona responsable de otorgar el visto bueno al informe.
Nota: El Informe trimestral de cumplimiento de metas y resultados debe llenarse por cada proyecto especificado en el Anexo 3 del Instrumento Jurídico.
EL PRESENTE ANEXO FORMA PARTE INTEGRANTE DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTALES FEDERALES PARA FORTALECER LA CALIDAD EN LOS SERVICIOS DE SALUD, POR LA CANTIDAD DE $ 67’540,431.00 (SESENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS CUARENTA MIL CUATROSCIENTOS TREINTA Y UN PESOS 00/100 M.N.), QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD REPRESENTADA POR LA SUBSECRETARÍA DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO DEL SECTOR SALUD, Y POR LA OTRA PARTE EL ESTADO DE QUERÉTARO, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD DEL PODER EJECUTIVO, CON LA PARTICIPACIÓN DE LA SECRETARÍA DE PLANEACIÓN Y FINANZAS DEL PODER EJECUTIVO Y SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE QUERÉTARO.
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Rúbricas
HOJA DE FIRMAS DE LOS ANEXOS 1, 2, 3, 3.1, 4 Y 5.
DEL CONVENIO No. DGPLADES- CALIDAD-CECTR-QRO-01/14 FORTALECIMIENTO DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS DE SALUD EN EL ESTADO DE QUERÉTARO
POR “LA SECRETARIA” EL SUBSECRETARIO DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO DEL SECTOR SALUD XX. XXXXXXX XXXXXXXX XXXX Xxxxxxx | POR “LA ENTIDAD” EL SECRETARIO DE SALUD DEL PODER EJECUTIVO XX. XXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXXXXX Xxxxxxx |
EL DIRECTOR GENERAL DE PLANEACIÓN Y DESARROLLO EN SALUD | EL SECRETARIO DE PLANEACIÓN Y FINANZAS DEL PODER EJECUTIVO |
LIC. XXXXXX XXXXXX XXXX Rúbrica | ING. XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX Rúbrica |
POR "LA ENTIDAD" EL COORDINADOR GENERAL DE SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE QUERÉTARO XX. XXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX Rúbrica |
LA PRESENTE HOJA DE FIRMA DE ANEXOS FORMA PARTE INTEGRANTE DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTALES FEDERALES PARA FORTALECER LA CALIDAD EN LOS SERVICIOS DE SALUD, POR LA CANTIDAD DE $ 67’540,431.00 (SESENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS CUARENTA MIL CUATROSCIENTOS TREINTA Y UN PESOS 00/100 M.N.), QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD REPRESENTADA POR LA SUBSECRETARÍA DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO DEL SECTOR SALUD, Y POR LA OTRA PARTE EL ESTADO DE QUERÉTARO, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD DEL PODER EJECUTIVO, CON LA PARTICIPACIÓN DE LA SECRETARÍA DE PLANEACIÓN Y FINANZAS DEL PODER EJECUTIVO Y SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE QUERÉTARO.
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE SALUD
CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTALES FEDERALES PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA CARAVANAS DE LA SALUD, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL XX. XXXXXXX XXXXXXXX XXXX, SUBSECRETARIO DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO DEL SECTOR SALUD, ASISTIDO POR EL LIC. XXXXXX XXXXXX XXXX, DIRECTOR GENERAL DE PLANEACIÓN Y DESARROLLO EN SALUD (DGPLADES), Y POR LA OTRA PARTE, EL ESTADO DE QUERÉTARO, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO “LA ENTIDAD”, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL XX. XXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXXXXX, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE SALUD DEL PODER EJECUTIVO; CON LA PARTICIPACIÓN DEL ING. XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX Y EL XX. XXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE PLANEACIÒN Y FINANZAS DEL PODER EJECUTIVO Y COORDINADOR GENERAL DE SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE QUERÉTARO, RESPECTIVAMENTE, Y A QUIENES CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO “LAS PARTES”, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I. Con fecha 2 xx xxxxxx de 2012, "LA ENTIDAD" y "LA SECRETARÍA" celebraron el Acuerdo Marco de Coordinación, en lo sucesivo "EL ACUERDO MARCO", con objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de salubridad general, así como para fijar las bases y mecanismos generales a través de los cuales serían transferidos, mediante la suscripción del instrumento específico correspondiente, recursos presupuestarios federales, insumos y bienes a "LA ENTIDAD" para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos de los artículos 9 y 13 apartado B, de la Ley General de Salud.
II. Que de conformidad con lo establecido en la Cláusula SEGUNDA de “EL ACUERDO MARCO”, los Convenios Específicos serían suscritos atendiendo al ámbito de competencia que cada uno de ellos se determine por “LA ENTIDAD”, el Secretario de Salud del Poder Ejecutivo, el Coordinador General de Servicios de Salud del Estado de Querétaro y el Secretario de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo; y por “LA SECRETARIA”, la Subsecretaría de Administración y Finanzas, la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, y la Comisión Nacional Contra las Adicciones, por sí mismas, o asistidas por las Unidades Administrativas y/o órganos desconcentrados que cada una tiene adscritas.
III. Que el Gobierno Federal en los últimos años desarrolló el Programa Caravanas de la Salud, el cual forma parte del objetivo "Asegurar el acceso a los servicios de salud" planteado en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, y tiene como misión ampliar la oferta de servicios de salud a la población que habita en localidades de menor índice de desarrollo humano, alta y muy alta marginación, con dispersión poblacional y geográfica, sin acceso o dificultades para obtener atención médica, mediante equipos itinerantes de salud y unidades médicas móviles que ofrecen servicios de prevención y promoción del cuidado de la salud, basado en criterios de calidad, anticipación, integralidad, inclusión y resolutividad.
DECLARACIONES
I. De "LA SECRETARÍA":
1. Que el Xx. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, en su carácter de Subsecretario de Integración y Desarrollo del Sector Salud, tiene la competencia y legitimidad para intervenir en el presente instrumento jurídico, de conformidad con lo establecido en los artículos 2 apartado A, 8 fracción XVI y 9, facciones II, IV, VIII, IX y
X del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, así como en lo dispuesto por el Acuerdo mediante el cual se adscriben orgánicamente las unidades de la Secretaría de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 xx xxxxx de 2010; cargo que queda debidamente acreditado con la copia de su nombramiento.
2. Que dentro de las funciones de la Dirección General de Planeación y Desarrollo en Salud, se encuentran las de diseñar, desarrollar e implantar instrumentos para la innovación y la modernización del Sistema Nacional de Salud, fortaleciendo la función rectora y de coordinación de "LA SECRETARÍA" con las unidades que lo conforman o que en él participan, vigilando permanentemente en ello el cumplimiento de las políticas y estrategias en materia de equidad, así como coordinar el análisis de la oferta, demanda, necesidades y oportunidades de los servicios de salud para el diseño y desarrollo de propuestas innovadoras, de conformidad con lo establecido en el artículo 25 fracciones I, III, V y VIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.
3. Que entre los objetivos del Programa Caravanas de la Salud, se encuentran entre otros, el instrumentar todas las acciones conducentes en la identificación de la población objetivo, la definición de rutas y localidades donde transiten las unidades médicas móviles, la contratación del personal operativo del programa en las entidades federativas y prestar los servicios de salud a la población objetivo del mismo, todo ello conforme los criterios establecidos en las Reglas de Operación del Programa Caravanas de la Salud para el ejercicio fiscal 2014, publicadas en el Diario Oficial de la Federación en fecha 28 de diciembre de 2013.
4. Que cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente para hacer frente a los compromisos derivados de la suscripción del presente instrumento jurídico.
5. Que para efectos del presente Convenio Específico de Colaboración señala como domicilio el ubicado en el xxxxxx 0 xx xx Xxxxx xx Xxxxx, Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, X.X. 06600, en México, Distrito Federal.
II. De "LA ENTIDAD":
1. Que el Xx. Xxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, por disposición del C. Gobernador del Estado Lic. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, el día 01 de octubre de 2009, fue designado Secretario de Salud, dependencia del Poder Ejecutivo, como consecuencia de lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 22 fracción IV de la Constitución Política del Estado de Querétaro, de conformidad con lo establecido en los artículo 19 fracción X, 28 fracción XVII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, contando con la facultad de celebrar convenios y demás actos jurídicos, cargo que quedó debidamente acreditado con la copia del nombramiento que se adjuntó a “EL ACUERDO XXXXX”.
2. Que el Ing. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, Secretario de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo, participa en la suscripción del presente Convenio Específico, de conformidad con los artículos 19 fracción II y 22 fracción XXVI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, cargo que quedó debidamente acreditado con la copia del nombramiento que se adjuntó a “EL ACUERDO MARCO”.
3. Que el Xx. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, Coordinador General de Servicios de Salud del Estado de Querétaro, participa a la suscripción del presente Convenio Específico, en virtud de que su representada es un Organismo de la Administración Pública Estatal de acuerdo al decreto de creación publicado en el Periódico Oficial “La Sombra xx Xxxxxxx” el 28 de noviembre de 1996, con personalidad jurídica y patrimonio propio y cuenta con la facultad de celebrar convenios y demás actos jurídicos de conformidad a lo establecido en el artículo Décimo fracciones X y XI del Decreto de referencia, previo acuerdo de la Junta de Gobierno, cargo que se acredita con la copia del nombramiento que se adjuntó a “EL ACUERDO XXXXX”.
4. Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento jurídico son: Otorgar servicios de promoción y prevención de la salud y atención médica y odontológica a la población objetivo del Programa, que se especifica en el Anexo 6 del presente instrumento jurídico.
5. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio Específico señala como su domicilio el ubicado en Xxxxx 00 xx xxxxxxxxxx, xxxxxx 00 xxxxxxx xx xx xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, xx xx xxxxxx xx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxx, Xxxxxxxxx. con Código Postal 76000.
Una vez expuesto lo anterior y toda vez que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en sus artículos 74 y 75, que el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizará la ministración de los subsidios y transferencias que con cargo a los presupuestos de las dependencias se aprueben en el Presupuesto de Egresos, mismos que se otorgarán y ejercerán conforme a las disposiciones generales aplicables, así como a las Reglas de Operación del Programa Caravanas de la Salud para el ejercicio fiscal 2014, publicadas en el Diario Oficial de la Federación en fecha 28 de diciembre de 2013. Dichos subsidios y transferencias deberán sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad que en ella se señalan; “LAS PARTES” celebran el presente Convenio Específico de Colaboración al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio Específico de Colaboración y sus Anexos tienen por objeto transferir recursos presupuestales federales a "LA ENTIDAD" para la operación del Programa Caravanas de la Salud en el ejercicio fiscal 2014 (enero-diciembre), y de manera específica para realizar los gastos que se deriven de la operación de veinticinco (25) unidades médicas móviles y del aseguramiento (que comprenda los ocupantes, equipamiento, unidades médicas móviles, con cobertura en casos de desastres naturales) que amparen a veintidós (22) unidades médicas móviles del Programa en el Estado de Querétaro, y coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos de los artículos 9 y 13 apartado B de la Ley General de Salud, de conformidad con el presente instrumento jurídico y los Anexos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y 12, los cuales debidamente firmados por las instancias que celebran el presente Convenio Específico de Colaboración, forman parte integrante de su contexto, en los que se describen: la aplicación que se dará a tales recursos; los compromisos que sobre el particular asumen "LA ENTIDAD" y "LA SECRETARÍA"; y los mecanismos para la evaluación y control de su ejercicio.
Los recursos presupuestales que transfiere "LA SECRETARÍA", se aplicarán al concepto y hasta por los importes que a continuación se mencionan:
CONCEPTO | IMPORTE |
"PROGRAMA CARAVANAS DE LA SALUD" | $ 10’053,107.67 (DIEZ MILLONES CINCUENTA Y TRES MIL CIENTO SIETE PESOS 67/100 M.N.). |
El importe que se transferirá para la operación del concepto a que se refiere el cuadro anterior se precisa en el Anexo 1, el cual debidamente firmado por las instancias que celebran el presente Convenio Específico de Colaboración forma parte integrante de su contexto.
Con el objeto de asegurar la aplicación y efectividad del presente Convenio Específico de Colaboración, “LAS PARTES” se sujetarán a lo establecido en sus Cláusulas y sus correspondientes Anexos, al contenido de "EL ACUERDO MARCO", así como a las demás disposiciones jurídicas aplicables.
SEGUNDA.- TRANSFERENCIA.- Para la realización de las acciones objeto del presente instrumento jurídico, "LA SECRETARÍA" con cargo a su presupuesto para el ejercicio fiscal 2014 transferirá a "LA ENTIDAD" recursos presupuestarios federales hasta por la cantidad de $ 10’053,107.67 (Diez millones cincuenta y tres mil ciento siete pesos 67/100 M.N.), de acuerdo con los plazos y calendario que se precisan en el Anexo 2 de este Convenio Específico de Colaboración.
Los recursos a que se refiere el párrafo anterior, se radicarán a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo de "LA ENTIDAD", en la cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca para tal efecto, en forma previa a la entrega de los recursos, en la institución de crédito bancaria que la misma determine, informando de ello a "LA SECRETARÍA", con la finalidad de que los recursos transferidos y sus rendimientos financieros estén debidamente identificados.
Una vez que sean radicados los recursos presupuestales federales en la Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo, ésta se obliga a ministrarlos íntegramente, junto con los rendimientos financieros que se generen y dentro de los cinco días hábiles siguientes a su recepción, a la Unidad Ejecutora. La no transferencia de los recursos en el plazo establecido se considerará incumplimiento de este instrumento jurídico y podrá ser causa de reintegro de los recursos transferidos con los rendimientos financieros obtenidos a la Tesorería de la Federación.
Para los efectos del párrafo anterior, la Unidad Ejecutora deberá, previamente aperturar una cuenta bancaria productiva, específica para cada Convenio Específico de Colaboración que se suscriba.
Los recursos federales que se transfieran en los términos de este Convenio Específico de Colaboración no pierden su carácter federal, por lo que en su asignación y ejecución deberán observarse las disposiciones jurídicas federales aplicables.
Queda expresamente estipulado, que la transferencia presupuestal otorgada en el presente Convenio Específico de Colaboración no es susceptible de presupuestarse en los ejercicios siguientes, por lo que no implica el compromiso de transferencias posteriores ni en ejercicios fiscales subsecuentes con cargo al ejecutivo federal para complementar cualquier otro gasto administrativo o de operación vinculado con el objeto del mismo.
"LA ENTIDAD" deberá sujetarse a los siguientes parámetros para asegurar la transparencia en la aplicación y comprobación de los recursos federales transferidos.
PARÁMETROS
"LA SECRETARÍA" vigilará, por conducto de la DGPLADES, que los recursos presupuestales señalados en la Cláusula SEGUNDA, sean destinados únicamente para la operación del Programa Caravanas de la Salud en el ejercicio fiscal 2014 (enero-diciembre) y realizar los gastos que se deriven de la operación de veinticinco (25) unidades médicas móviles y del aseguramiento (que comprenda los ocupantes, equipamiento, unidades médicas móviles, con cobertura en casos de desastres naturales) que amparen a veintidós (22) unidades médicas móviles del Programa en el Estado de Querétaro, de conformidad con los Anexos del presente instrumento jurídico, y por el monto a que se refiere la Cláusula PRIMERA, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal y de acuerdo a los siguientes alcances:
a) La DGPLADES transferirá los recursos presupuestales asignados a "LA ENTIDAD" a efecto de que sean aplicados específicamente para realizar los gastos que se deriven de la operación de veinticinco
(25) unidades médicas móviles y del aseguramiento (que comprenda los ocupantes, equipamiento, unidades médicas móviles, con cobertura en casos de desastres naturales) que amparen a veintidós
(22) unidades médicas móviles del Programa en el Estado de Querétaro, y conceptos citados en la Cláusula PRIMERA del presente instrumento jurídico, sin intervenir en el procedimiento de asignación de los contratos o de cualquier otro instrumento jurídico que formalice "LA ENTIDAD" para cumplir con el Programa Caravanas de la Salud, que determine esta última, sin interferir de forma alguna en el
procedimiento constructivo y mecanismo de supervisión externo que defina "LA ENTIDAD" durante la aplicación de los recursos presupuestales destinados a su ejecución y demás actividades que se realicen para el cumplimiento de las condiciones técnicas, económicas, de tiempo, de cantidad y de calidad contratadas a través de "LA ENTIDAD".
b) La DGPLADES considerando su disponibilidad de personal y presupuestal, podrá practicar visitas de supervisión de acuerdo al programa que se establezca para este fin con "LA ENTIDAD", conforme al formato de visitas establecido en el Anexo 12 de este instrumento jurídico, el cual una vez elaborado se integrará al presente instrumento jurídico y formará parte integrante de su contexto, a efecto de observar los avances financieros; asimismo solicitará a "LA ENTIDAD", la entrega del reporte de cumplimientos de metas e indicadores de resultados, así como el certificado de gasto, conforme al formato que se detalla en el Anexo 4, mediante los cuales se relacionan las erogaciones del gasto, por los que "LA ENTIDAD" sustente y fundamente la correcta aplicación de los recursos transferidos citados en la Cláusula SEGUNDA del presente instrumento jurídico, el cual debidamente firmado por las instancias que celebran el presente Convenio Específico de Colaboración forma parte integrante de su contexto.
Los documentos que integran la relación de gastos, deberán reunir los requisitos que enuncian los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, y en su caso, "LA SECRETARÍA" solicitará la documentación que ampare la relación de gastos antes mencionada.
c) La DGPLADES solicitará a "LA ENTIDAD" la documentación que permita comprobar la aplicación de los recursos presupuestales transferidos a "LA ENTIDAD" en virtud de este Convenio Específico de Colaboración y solicitará a esta última la comprobación fiscal que sustente y fundamente la aplicación de los recursos citados en la Cláusula SEGUNDA del presente instrumento jurídico, mediante la emisión del certificado de gasto, conforme lo establecido en el Anexo 4, el cual debidamente firmado por las instancias que celebran el presente Convenio Específico de Colaboración forma parte integrante de su contexto.
d) La DGPLADES aplicará las medidas que procedan de acuerdo con la normativa aplicable e informará a la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de "LA SECRETARÍA" y ésta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el caso o casos en que los recursos presupuestales no hayan sido aplicados por "LA ENTIDAD" para los fines objeto del presente Convenio Específico de Colaboración de conformidad con el Anexo 3, o bien, en contravención a sus Cláusulas, ocasionando como consecuencia, proceder a su reintegro al Erario Federal (Tesorería de la Federación) dentro de los 15 días naturales siguientes en que los requiera "LA SECRETARÍA", así como la suspensión de la ministración de recursos a "LA ENTIDAD", en términos de lo establecido en la Cláusula OCTAVA de "EL ACUERDO MARCO".
e) Los recursos presupuestales que se comprometen a transferir mediante el presente instrumento jurídico, estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria y a las autorizaciones correspondientes, de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables y de acuerdo con el calendario que para tal efecto se establezca.
TERCERA.- OBJETIVOS E INDICADORES DE DESEMPEÑO Y SUS METAS.- Los recursos presupuestales que transfiere el Ejecutivo Federal por conducto de "LA SECRETARÍA" a que se refiere la Cláusula SEGUNDA del presente Convenio Específico de Colaboración se aplicarán al concepto a que se refiere la Cláusula PRIMERA del mismo, los cuales tendrán los objetivos, metas e indicadores del desempeño que a continuación se mencionan:
OBJETIVO: Otorgar servicios de salud de acuerdo a la cartera de servicios (Anexo 5) a la población que no tiene acceso a los servicios de salud, preferentemente a la que habita en las localidades descritas en el Anexo 6 de este Convenio Específico de Colaboración a través del Programa Caravanas de la Salud, a cargo de Servicios de Salud de Querétaro.
META: Atender a la población de las localidades mencionadas en el Anexo 6 de este Convenio Específico de Colaboración.
INDICADORES DE DESEMPEÑO: En el Anexo 7 se describen los indicadores y las variables a las que se compromete "LA ENTIDAD" que permitirá evaluar el desempeño y el cumplimiento de los compromisos descritos en este instrumento jurídico.
CUARTA.- APLICACIÓN.- Los recursos presupuestarios federales que transfiere "LA SECRETARÍA", que alude la Cláusula SEGUNDA de este instrumento jurídico, se destinarán en forma exclusiva para la operación del Programa Caravanas de la Salud en el ejercicio fiscal 2014 (enero-diciembre), y de manera específica para realizar los gastos que se deriven de la operación de veinticinco (25) unidades médicas móviles y del aseguramiento (que comprenda los ocupantes, equipamiento, unidades médicas móviles, con cobertura en casos de desastres naturales) que amparen a veintidós (22) unidades médicas móviles del Programa en el Estado de Querétaro, por parte de Servicios de Salud de Querétaro.
Dichos recursos no podrán traspasarse a otros conceptos de gasto y se registrarán conforme a su naturaleza, como gasto corriente o gasto de capital.
Los recursos presupuestarios federales que se transfieren, una vez devengados y conforme avance el ejercicio, deberán ser registrados por "LA ENTIDAD" en su contabilidad de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables y se rendirán en su Cuenta Pública, sin que por ello pierdan su carácter federal.
Los rendimientos financieros que generen los recursos a que se refiere la Cláusula SEGUNDA de este Convenio Específico de Colaboración, deberán destinarse al programa previsto en la Cláusula PRIMERA de este Convenio Específico de Colaboración.
QUINTA.- GASTOS ADMINISTRATIVOS.- Los gastos administrativos diferentes a los que se mencionan en el Anexo 8, el cual debidamente firmado por las instancias que celebran el presente Convenio Específico de Colaboración forma parte integrante de su contexto, quedan a cargo de "LA ENTIDAD".
SEXTA.- OBLIGACIONES DE "LA ENTIDAD".- "LA ENTIDAD" adicionalmente a los compromisos establecidos en "EL ACUERDO MARCO", se obliga a:
I. Aplicar los recursos a que se refiere la Cláusula SEGUNDA de este instrumento jurídico en el concepto establecido en la Cláusula PRIMERA del mismo, sujetándose a los objetivos e indicadores de desempeño y sus metas previstos en la Cláusula TERCERA de este instrumento jurídico, por lo que se hace responsable del uso, aplicación y destino de los citados recursos.
II. Remitir en un plazo no mayor a 15 días hábiles posteriores a la recepción de las ministraciones que se detallan en el Anexo 2 del presente instrumento jurídico, por conducto de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo a "LA SECRETARÍA", a través de la DGPLADES, los recibos que acrediten la recepción de dichas ministraciones.
Asimismo, se compromete a mantener bajo su custodia, a través de la Unidad Ejecutora la documentación comprobatoria original de los recursos presupuestarios federales erogados, hasta en tanto la misma le sea requerida por "LA SECRETARÍA" y, en su caso por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y/o los órganos fiscalizadores competentes de la Secretaría de la Función Pública, así como la información adicional que estas últimas le requieran.
La documentación comprobatoria del gasto de los recursos federales objeto de este Convenio Específico de Colaboración, deberá cumplir con los requisitos fiscales establecidos en las disposiciones federales aplicables, como son los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, deberán expedirse a nombre de "LA ENTIDAD", estableciendo domicilio, Registro Federal de Contribuyentes, conceptos de pago, etc.
III. Ministrar íntegramente a la Unidad Ejecutora los recursos presupuestarios federales a que se refiere el presente instrumento jurídico, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a que sean radicados dichos recursos en la Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo de "LA ENTIDAD" por parte de "LA SECRETARÍA" a efecto de que la Unidad Ejecutora, esté en condiciones de iniciar las acciones para dar cumplimiento al objeto que hace referencia la Cláusula PRIMERA de este Convenio Específico de Colaboración.
Los recursos presupuestales federales transferidos, que después de radicados en la Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo de "LA ENTIDAD", no hayan sido ministrados a la Unidad Ejecutora, o que una vez ministrados a esta última no sean ejercidos en los términos de este Convenio Específico de Colaboración, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación dentro de los 15 días naturales siguientes en que los requiera "LA SECRETARÍA".
IV. Informar a "LA SECRETARÍA" a través de la DGPLADES, del avance financiero del programa previsto en este instrumento jurídico, conforme al Anexo 10, el cual debidamente firmado por las instancias que celebran el presente Convenio Específico de Colaboración forma parte integrante de su contexto.
V. Reportar y dar seguimiento trimestralmente, sobre el avance en el cumplimiento de objetivos e indicadores de desempeño y sus metas, previstos en la Cláusula TERCERA de este Convenio Específico de Colaboración, así como el avance y, en su caso, resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con este instrumento jurídico.
VI. Los recursos humanos que requiera para la ejecución del objeto del presente instrumento jurídico, quedarán bajo su absoluta responsabilidad jurídica y administrativa, y no existirá relación laboral alguna entre éstos y "LA SECRETARÍA", por lo que en ningún caso se entenderán como patrones sustitutos o solidarios.
VII. Servicios de Salud del Estado de Querétaro, realizará los trámites para la contratación del personal que se requiera para la operación del Programa Caravanas de la Salud y/o para el cumplimiento del objeto de este instrumento jurídico, durante el ejercicio fiscal 2014 (enero-diciembre), conforme a los requisitos y profesiograma establecido por "LA SECRETARÍA", y de conformidad con el Anexo 9, el cual debidamente firmado por las instancias que celebran el presente Convenio Específico de Colaboración forma parte integrante de su contexto.
VIII. Informar a "LA SECRETARÍA" sobre el cierre del ejercicio presupuestal de los recursos asignados a "LA ENTIDAD" para la operación del Programa a través del presente instrumento jurídico, mediante el formato descrito en el Anexo 11, el cual debidamente firmado por las instancias que celebran el presente Convenio Específico de Colaboración forma parte integrante de su contexto, incluyendo como documentación soporte los estados de cuenta, conciliaciones bancarias y cancelación de las cuentas aperturadas por ambas instancias. Dicho informe será entregado a la DGPLADES dentro de los 30 días hábiles posteriores al cierre del ejercicio fiscal vigente.
IX. Mantener actualizados los indicadores para resultados de los recursos transferidos, así como evaluar los resultados que se obtengan con los mismos.
X. Con base en el seguimiento de las metas de los indicadores y en los resultados de las evaluaciones realizadas, establecer medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos para los que se destinen los recursos transferidos.
XI. Informar sobre la suscripción de este Convenio Específico de Colaboración, al órgano técnico de fiscalización de la legislatura local en "LA ENTIDAD".
XII. Realizar las gestiones para la publicación del presente instrumento jurídico en el órgano de difusión oficial de "LA ENTIDAD".
SÉPTIMA.- OBLIGACIONES DE "LA SECRETARÍA":
I. Transferir los recursos presupuestarios federales a que se refiere el párrafo primero de la Cláusula SEGUNDA del presente Convenio Específico de Colaboración de acuerdo con los plazos y calendario establecidos que se precisan en el Anexo 2, el cual debidamente firmado por las instancias que celebran el presente Convenio Específico de Colaboración forma parte integrante de su contexto.
II. Supervisar documentalmente, mediante el certificado de gasto conforme el Anexo 4 e informes, que los recursos presupuestales que en virtud de este instrumento jurídico se transfieran, sean aplicados únicamente para la realización del objeto al que son destinados, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal.
III. Abstenerse de intervenir en el procedimiento de asignación de los contratos, convenios o de cualquier otro instrumento jurídico que formalice "LA ENTIDAD" para cumplir con el objeto para el cual son destinados los recursos presupuestales federales transferidos.
IV. Dependiendo de su disponibilidad de personal y presupuestal, podrá realizar visitas de supervisión, solicitar la entrega del informe de actividades por escrito de los avances en el cumplimiento del objeto del presente instrumento jurídico, el reporte de cumplimiento de metas e indicadores de resultados, así como observar los avances financieros, como también la certificación de gasto conforme al Anexo 4, que sustenten y fundamenten la aplicación de los recursos a "LA ENTIDAD", a través de la DGPLADES.
La documentación comprobatoria del gasto de los recursos federales que se transfieren, deberá cumplir con los requisitos fiscales que señala la normativa vigente, misma que deberá expedirse a nombre de "LA ENTIDAD", estableciendo domicilio, Registro Federal de Contribuyentes, conceptos de pago, etc.
V. Aplicar las medidas que procedan de acuerdo con la normativa aplicable e informar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría de la Función Pública Federales, a la Auditoría Superior de la Federación y a la Secretaría de Contraloría en el ámbito estatal, el caso o casos en que los recursos presupuestales, no hayan sido aplicados por "LA ENTIDAD" para los fines que en este instrumento jurídico se determinan, ocasionando como consecuencia el reintegro y la suspensión de la ministración de recursos a "LA ENTIDAD", en términos de lo establecido en la Cláusula OCTAVA de "EL ACUERDO MARCO".
VI. Informar en la cuenta de la Hacienda Pública Federal y en los demás informes que sean requeridos, sobre la aplicación de los recursos transferidos con motivo del presente Convenio Específico de Colaboración.
VII. Dar seguimiento trimestralmente, en coordinación con "LA ENTIDAD", sobre el avance en el cumplimiento del objeto del presente instrumento jurídico.
VIII. El control, vigilancia, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios que en virtud de este instrumento jurídico sean transferidos, corresponderá a "LA SECRETARÍA", a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría de la Función Pública, y a la Auditoría Superior de la Federación, sin perjuicio de las acciones de vigilancia, control y evaluación que, en coordinación con la Secretaría de la Función Pública, realice el órgano de control de "LA ENTIDAD".
IX. Realizar las gestiones para la publicación del presente instrumento jurídico en el Diario Oficial de la Federación.
X. Difundir en su página de Internet de la DGPLADES, el Programa Caravanas de la Salud, financiado con los recursos que serán transferidos mediante el presente instrumento jurídico, en los términos de las disposiciones aplicables.
XI. Con base en el seguimiento de las metas de los indicadores y en los resultados de las evaluaciones realizadas, establecer medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos para los que se destinen los recursos e insumos transferidos.
OCTAVA.- VIGENCIA.- El presente Convenio Específico de Colaboración comenzará a surtir sus efectos a partir de la fecha de su suscripción por parte de "LA SECRETARÍA" y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre de 2014.
NOVENA.- MODIFICACIONES AL CONVENIO ESPECÍFICO.- “LAS PARTES” acuerdan que el presente
Convenio Específico de Colaboración podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio Específico de Colaboración obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de "LA ENTIDAD".
En caso de contingencias para la realización del programa previsto en este instrumento jurídico, “LAS PARTES” acuerdan tomar las medidas o mecanismos que permitan afrontar dichas contingencias. En todo caso, las medidas y mecanismos acordados serán formalizados mediante la suscripción del Convenio Modificatorio correspondiente.
DÉCIMA.- CAUSAS DE TERMINACIÓN.- El presente Convenio Específico de Colaboración podrá darse por terminado cuando se presente alguna de las siguientes causas:
I. Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado.
II. Por acuerdo de “LAS PARTES”.
III. Por caso fortuito o fuerza mayor.
DÉCIMA PRIMERA.- CAUSAS DE RESCISIÓN.- El presente Convenio Específico de Colaboración podrá rescindirse por las siguientes causas:
I. Cuando se determine que los recursos presupuestarios federales se utilizaron con fines distintos a los previstos en el presente instrumento jurídico.
II. Por el incumplimiento de las obligaciones contraídas en el mismo.
Casos en los cuales se procederá en términos de lo establecido en la Cláusula OCTAVA de "EL ACUERDO MARCO".
DÉCIMA SEGUNDA.- CLÁUSULAS QUE SE TIENEN POR REPRODUCIDAS.- Dado que el presente
Convenio Específico de Colaboración deriva de "EL ACUERDO MARCO" a que se hace referencia en el apartado de Antecedentes de este instrumento jurídico, las Cláusulas que le sean aplicables atendiendo la naturaleza del recurso, establecidas en "EL ACUERDO MARCO" se tienen por reproducidas para efectos de este instrumento jurídico como si a la letra se insertasen y serán aplicables en todo aquello que no esté expresamente establecido en el presente Convenio Específico de Colaboración.
Estando enteradas “LAS PARTES” del contenido y alcance legal del presente Convenio Específico de Colaboración, lo firman por cuadruplicado:
Por "LA ENTIDAD" a los diez días del mes xx xxxxx del año dos mil catorce.
Por "LA SECRETARÍA" a los doce días del mes xx xxxxx del año dos mil catorce.
POR “LA SECRETARÍA”
EL SUBSECRETARIO DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO
DEL SECTOR SALUD
XX. XXXXXXX XXXXXXXX XXXX
Rúbrica
POR “LA ENTIDAD”
EL SECRETARIO DE SALUD DEL PODER EJECUTIVO
XX. XXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXXXXX
Rúbrica
EL DIRECTOR GENERAL DE PLANEACIÓN Y DESARROLLO
EN SALUD
LIC. XXXXXX XXXXXX XXXX
Rúbrica
EL SECRETARIO DE PLANEACIÓN Y FINANZAS DEL PODER EJECUTIVO
ING. XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX
Rúbrica
EL COORDINADOR GENERAL DE SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE QUERÉTARO
XX. XXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX
Rúbrica
ANEXO 1
PROGRAMA DE CARAVANAS DE LA SALUD
TRANSFERENCIA DE RECURSOS
CAPITULO DE GASTO | APORTACIÓN FEDERAL | APORTACIÓN ESTATAL | TOTAL |
4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” | $ 10,053,107.67 | $ 0.00 | $ 10,053,107.67 |
TOTAL | $ 10,053,107.67 | $ 0.00 | $ 10,053,107.67 |
Rúbricas
El presente anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales por la cantidad de $10,053,107.67 (Diez millones cincuenta y tres mil ciento siete pesos 67/100 M.N.), del Programa de Caravanas de la Salud, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud y por la otra parte el Estado de Querétaro, por conducto de la Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo, con la participación de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo y Servicios de Salud del Estado de Querétaro.
ANEXO 2
PROGRAMA DE CARAVANAS DE LA SALUD
CALENDARIO DE MINISTRACIÓN DE RECURSOS
CONCEPTO | ENE. | FEB. | MAR. | ABR. | MAY. | JUN. | JUL. | AGO. | SEPT. | OCT. | NOV. | DIC. | TOTAL |
4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” 43801 “Subsidios a las Entidades Federativa s y Municipios . | $ 10,053,107.67 | $ 10,053,107.67 | |||||||||||
ACUMULADO | $ 10,053,107.67 | $ 10,053,107.67 |
Rúbricas
El presente anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales por la cantidad de $10,053,107.67 (Diez millones cincuenta y tres mil ciento siete pesos 67/100 M.N.), del Programa de Caravanas de la Salud, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud y por la otra parte el Estado de Querétaro, por conducto de la Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo, con la participación de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo y Servicios de Salud del Estado de Querétaro.
ANEXO 3
PROGRAMA CARAVANAS DE LA SALUD
ACCIONES A REALIZAR
ASEGURAMIENTO DE 22 CARAVANAS CON GASTOS DE OPERACIÓN PARA 25 CARAVANAS | TOTAL |
1000 “SERVICIOS PERSONALES” | $ 9,457,107.67 |
3700 “SERVICIOS DE TRASLADOS Y VIÁTICOS” | $ 206,000.00 |
34501 “SEGUROS DE BIENES PATRIMONIALES” | $ 390,000.00 |
TOTAL | $ 10,053,107.67 |
El uso de los recursos económicos para la contratación de seguro de las UMM deberá apegarse a los lineamientos que se emiten por oficio y deben incluirse la totalidad de UMM que se han entregado en comodato a la Entidad: Caravanas Tipo 0, de supervisión y de sustitución, así como las Caravanas tipo I, II y III.
Rúbricas
El presente anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales por la cantidad de $10,053,107.67 (Diez millones cincuenta y tres mil ciento siete pesos 67/100 M.N.), del Programa de Caravanas de la Salud, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud y por la otra parte el Estado de Querétaro, por conducto de la Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo, con la participación de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo y Servicios de Salud del Estado de Querétaro.
DIRECCIÓN GENERAL DE PLANEACIÓN Y DESARROLLO EN SALUD PROGRAMA CARAVANAS DE LA SALUD
EJERCICIO 2014
FORMATO DE CERTIFICACIÓN DE GASTO PARA "GASTOS DE OPERACIÓN"
ANEXO 4
1
Entidad Federativa:
3 4
Monto
2
27 xx xxxxx de 2014
por concepto de gasto
Concepto de Gasto de Aplicación Nombre del Concepto de Gasto
5
Fecha de elaboración
6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 |
Partida Especifica | Número Factura Pagada | Póliza Cheque | Fecha Pol-Cheque | Mod. Adquisición | Contrato o Pedido | Proveedor o Prestador de Servicios | Importe | Observaciones |
15 | ||||||||
TOTAL ACUMULADO | 0.00 |
LA DOCUMENTACION ORIGINAL COMPROBATORIA CORRESPONDIENTE CUMPLE CON LOS REQUISITOS FISCALES, ADMINISTRATIVOS Y NORMATIVOS VIGENTES VINCULADOS AL PROGRAMA Y SE ENCUENTRAN PARA SU GUARDA Y CUSTODIA EN LA SECRETARÍA DE SALUD O SU EQUIVALENTE DE ESTA ENTIDAD FEDERATIVA, CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL CONVENIO DE COORDINACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RECURSOS, MISMA QUE ESTA A DISPOSICION DE LA SECRETARIA DE SALUD FEDERAL PARA SU REVISIÓN O EFECTOS QUE SE CONSIDEREN PROCEDENTES.
LA SOMBRA XX XXXXXXX
Elaboró
Autorizó
Vo. Bo.
16
18
19
17
Director de Administración Secretario de Salud
MES:
20
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1 de 2
El presente anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboracion en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales por la cantidad de $10,053,107.67 (Diez millones cincuenta y tres mil ciento siete pesos 67/100 M.N.), del Programa de Caravanas de la Salud, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud y por la otra parte el Estado de Querétaro, por conducto de la Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo, con la participación de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo y Servicios de Salud del Estado de Querétaro.
Rúbricas
INSTRUCTIVO
Se deberá anotar lo siguiente:
1 Entidad Federativa.
2 Monto por concepto de gasto
3 Concepto de Gasto de Aplicación
4 Nombre del Concepto de Gasto
5 Fecha de elaboración del certificado
6 Partida Especifica
7 No. de factura pagada
8 Póliza cheque del pago efectuado
9 Fecha de la póliza cheque.
10 Siglas de la modalidad de adquisición (conforme a la LAASSP)
11 Especificar si es contrato o pedido
12 Proveedor o Prestador de Servicios
13 Importe neto de la factura (incluye IVA)
14 Observaciones Generales
15 Total del gasto efectuado.
16 Nombre del Responsable de elaborar la comprobación.
17 Cargo del Responsable de elaborar la comprobación.
18 Nombre del Director de Administación.
19 Nombre del Secretario de Salud.
20 Mes en que se reporta
NOTA: ES IMPORTANTE MENCIONAR QUE DEBERA EMITIRSE UN CERTIFICADO DE GASTO POR CADA CONCEPTO DE GASTO PRESUPUESTAL DE ACUERDO AL EJERCICIO DE LOS RECURSOS ASIGNADOS A ESA ENTIDAD.
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El presente anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboracion en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales por la cantidad de $10,053,107.67 (Diez millones cincuenta y tres mil ciento siete pesos 67/100 M.N.), del Programa de Caravanas de la Salud, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud y por la otra parte el Estado de Querétaro, por conducto de la Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo, con la participación de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo y Servicios de Salud del Estado de Querétaro.
Rúbricas
ANEXO 5
ESTADO DE QUERÉTARO CARTERA DE SERVICIOS: CAUSES 2014
Vacuna BCG |
Vacuna antihepatitis B |
Vacuna pentavalente con componente pertussis acelular (DpaT+VIP+Hib) |
Vacuna triple viral SRP |
Vacuna contra rotavirus |
Vacuna anti-influenza |
Vacuna DPT |
Vacuna antipoliomielítica oral trivalente tipo Xxxxx |
Vacuna conjugada contra neumococo |
Vacuna contra el virus del papiloma humano |
Acciones preventivas para recién nacido |
Acciones preventivas para menores de 5 años |
VACUNACIÓN PARA MENORES DE 14 AÑOS (INCLUYE EDADES DE 0 A 14 AÑOS)
1
Intervenciones de Salud Pública
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
Acciones preventivas para niñas y niños de 5 a 9 años |
Detección precoz de los trastornos de la conducta |
Acciones preventivas para adolescentes de 10 a 19 años |
Vacuna antihepatitis B |
Vacuna doble viral (SR) |
Toxoides tetánico y diftérico (Td) |
Acciones preventivas para la mujer 20 a 59 |
Acciones preventivas para el hombre de 20 a 59 años |
Examen médico completo para mujeres de 40 a 59 años |
Examen médico completo para hombres de 40 a 59 años |
Prevención y atención de la violencia familiar y de género |
ACCIONES PREVENTIVAS
13
14
15
16
17
18
19
20
21
22
27
23
VACUNACIÓN ADICIONAL PARA ADOLESCENTES (MAYORES DE 14 AÑOS) ADULTOS Y ADULTOS MAYORES
Vacuna antineumocóccica para el adulto mayor |
Vacuna anti influenza para el adulto mayor |
Acciones preventivas para el adulto mayor de 60 años en adelante |
Otras acciones de promoción a la salud y prevención de riesgos |
24
25
26
27
102 Intervenciones de Atención Ambulatoria
Diagnóstico y tratamiento de anemia ferropriva y por deficiencia de vitamina b12 |
Diagnóstico y tratamiento de deficiencia de vitamina a |
Diagnóstico y tratamiento de escarlatina |
Diagnóstico y tratamiento de sarampión, rubéola y parotiditis |
Diagnóstico y tratamiento de varicela |
Diagnóstico y tratamiento de faringoamigdalitis aguda |
Diagnóstico y tratamiento de tos ferina |
Diagnóstico y tratamiento de otitis media no supurativa |
Diagnóstico y tratamiento de rinofaringitis aguda (resfriado común) |
Diagnóstico y tratamiento de conjuntivitis |
Diagnóstico y tratamiento de rinitis alérgica |
Diagnóstico y tratamiento de dengue clásico |
Diagnóstico y tratamiento ambulatorio de diarrea aguda |
Diagnóstico y tratamiento de fiebre paratifoidea y otras salmonelosis |
Diagnóstico y tratamiento de fiebre tifoidea |
Diagnóstico y tratamiento del herpes zoster |
Diagnóstico y tratamiento de candidiasis oral |
Diagnóstico y tratamiento de gonorrea |
Diagnóstico y tratamiento de infecciones por Clamidia (incluye tracoma) |
Diagnóstico y tratamiento de infecciones por Trichomona |
Diagnóstico y tratamiento de sífilis |
Diagnóstico y tratamiento de cistitis |
Diagnóstico y tratamiento de vaginitis aguda |
Diagnóstico y tratamiento de vulvitis aguda |
Diagnóstico y tratamiento de chancro blando |
Diagnóstico y tratamiento de infección por herpes genital |
Diagnóstico y tratamiento farmacológico de amebiasis intestinal |
Diagnóstico y tratamiento farmacológico de anquilostomiasis y necatoriasis |
ATENCIÓN AMBULATORIA CONSULTA DE MEDICINA GENERAL/FAMILIAR
28
29
30
31
32
33
34
35
36
37
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40
41
42
43
44
45
46
47
48
49
50
51
52
53
54
55
Diagnóstico y tratamiento farmacológico de ascariasis |
Diagnóstico y tratamiento farmacológico de enterobiasis |
Diagnóstico y tratamiento farmacológico de equinococosis |
Diagnóstico y tratamiento farmacológico de esquistosomiasis (bilharziasis) |
Diagnóstico y tratamiento farmacológico de estrongiloidiasis |
Diagnóstico y tratamiento farmacológico de filariasis |
Diagnóstico y tratamiento farmacológico de giardiasis |
Diagnóstico y tratamiento farmacológico de teniasis |
Diagnóstico y tratamiento farmacológico de tricuriasis |
Diagnóstico y tratamiento farmacológico de triquinosis |
Diagnóstico y tratamiento farmacológico de brucelosis |
Diagnóstico y tratamiento de escabiosis |
Diagnóstico y tratamiento de pediculosis y phtiriasis |
Diagnóstico y tratamiento de micosis superficiales |
Diagnóstico y tratamiento de onicomicosis |
Diagnóstico y tratamiento de celulitis infecciosa |
Diagnóstico y tratamiento de otros padecimientos infecciosos de rezago (paludismo, rickettsiosis, lepra, enfermedad xx xxxxxx, leishmaniosis, oncocercosis) |
Diagnóstico y tratamiento de dermatitis alérgica de contacto |
Diagnóstico y tratamiento de dermatitis atópica |
Diagnóstico y tratamiento de dermatitis de contacto por irritantes |
Diagnóstico y tratamiento de dermatitis del pañal |
Diagnóstico y tratamiento de dermatitis exfoliativa |
Diagnóstico y tratamiento de dermatitis seborreica |
Diagnóstico y tratamiento de verrugas vulgares |
Diagnóstico y tratamiento del acné |
Diagnóstico y tratamiento de hepatitis A y B |
Diagnóstico y tratamiento de gastritis aguda |
Diagnóstico y tratamiento del síndrome xx xxxxx irritable |
Diagnóstico y tratamiento farmacológico de diabetes mellitus tipo 2 |
Diagnóstico y tratamiento farmacológico de hipertensión arterial |
56
57
102 Intervenciones de Atención Ambulatoria
58
59
60
61
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63
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74
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76
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78
79
80
81
82
83
84
85
Diagnóstico y tratamiento conservador de osteoartritis. |
Diagnóstico y tratamiento de lumbalgia |
Otras atenciones de medicina general |
Método temporal de planificación familiar: Anticonceptivos hormonales (AH) |
Método temporal de planificación familiar: preservativos |
Método temporal de planificación familiar: dispositivo intrauterino (DIU) |
Atención prenatal en embarazo |
Diagnóstico y tratamiento de dismenorrea primaria |
Atención del climaterio y menopausia |
Diagnóstico y tratamiento de trastornos de la mama |
Diagnóstico y tratamiento de hiperplasia endometrial |
Diagnóstico y tratamiento de vaginitis subaguda y crónica |
Diagnóstico y tratamiento de endometriosis |
Diagnóstico y tratamiento de uretritis y síndrome uretral |
Diagnóstico y tratamiento de lesiones escamosas intraepiteliales de bajo grado |
Diagnóstico y tratamiento de lesiones escamosas intraepiteliales de alto grado |
Diagnóstico y tratamiento de la desnutrición leve, moderada y severa |
Diagnóstico y tratamiento del sobrepeso y obesidad en niños y adolescentes |
Diagnóstico y tratamiento de Kwashiorkor |
Diagnóstico y tratamiento de marasmo |
Diagnóstico y tratamiento de secuelas de desnutrición |
Diagnóstico y tratamiento de laringotraqueítis aguda |
Diagnóstico y tratamiento de otitis media supurativa |
Diagnóstico y tratamiento de sinusitis aguda |
Diagnóstico y tratamiento del asma en adultos |
Diagnóstico y tratamiento del asma en niños |
Diagnóstico y tratamiento de tuberculosis (TAES) |
Diagnóstico y tratamiento de tuberculosis fármacorresistente |
Diagnóstico y tratamiento de psoriasis |
Diagnóstico y tratamiento de esofagitis por reflujo |
Diagnóstico y tratamiento de úlcera péptica no perforada |
Diagnóstico y tratamiento de la dislipidemia |
Diagnóstico y tratamiento del hipertiroidismo |
86
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102 Intervenciones de Atención Ambulatoria
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118
102 Intervenciones de Atención Ambulatoria
Diagnóstico y tratamiento de tormenta tiroidea |
Diagnóstico y tratamiento del hipotiroidismo congénito y en adultos |
Diagnóstico y tratamiento farmacológico de diabetes mellitus tipo 1 |
Diagnóstico y tratamiento de la insuficiencia cardiaca crónica |
Diagnóstico y tratamiento de osteoporosis |
Diagnóstico y tratamiento de gota |
Diagnóstico y tratamiento de artritis reumatoide |
Diagnóstico y tratamiento farmacológico de epilepsia |
Diagnóstico y tratamiento de la enfermedad xx Xxxxxxxxx |
Rehabilitación de parálisis facial |
Prevención selectiva e indicada de adicciones (Consejería) |
119
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129
7
Intervenciones Odontología
ODONTOLOGIA
Prevención de caries y enfermedad periodontal (Profilaxis, Odontoxesis y Aplicación tópica de flúor) |
Sellado de fosetas y fisuras dentales |
Eliminación de caries y restauración de piezas dentales con amalgama, resina o ionómero xx xxxxxx |
Eliminación de focos de infección y abscesos (incluye drenaje y farmacoterapia) |
Extracción de dientes erupcionados y restos radiculares |
Terapia pulpar |
Extracción de Tercer Molar |
130
131
132
133
134
135
136
URGENCIAS
14 Intervenciones de Urgencias
Estabilización en urgencias por crisis hipertensiva |
Estabilización de urgencia del paciente diabético |
Manejo de urgencia del síndrome hiperglucémico hiperosmolar NO cétosico |
Estabilización de urgencias por angina de pecho |
Diagnóstico y tratamiento de esguince de hombro |
Diagnóstico y tratamiento de esguince de codo |
Diagnóstico y tratamiento de esguince de muñeca y mano |
Diagnóstico y tratamiento de esguince de rodilla |
Diagnóstico y tratamiento de esguince de tobillo y pie |
Diagnóstico y tratamiento de la intoxicación aguda alimentaria |
Manejo de mordedura y prevención de rabia en humanos |
Extracción de cuerpos extraños |
Manejo de lesiones traumáticas de tejidos blandos (curación y suturas) |
Manejo en urgencias de quemaduras de primer grado |
137
138
139
140
141
142
143
144
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147
148
149
150
4 intervenciones Hospitalización
HOSPITALIZACION
Atención del parto y puerperio fisiológico. |
Atención del recién nacido. |
Diagnóstico y tratamiento de la insuficiencia cardiaca aguda (edema pulmonar). |
Diagnóstico y tratamiento de diabetes gestacional. |
151
152
153
154
Rúbricas
El presente anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales por la cantidad de $10,053,107.67 (Diez millones cincuenta y tres mil ciento siete pesos 67/100 M.N.), del Programa de Caravanas de la Salud, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud y por la otra parte el Estado de Querétaro, por conducto de la Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo, con la participación de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo y Servicios de Salud del Estado de Querétaro.
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO DEL SECTOR SALUD DIRECCIÓN GENERAL DE PLANEACIÓN Y DESARROLLO EN SALUD ANEXO 6
QUERÉTARO, PROGRAMA CARAVANAS DE LA SALUD, 2014
No. de unidades: 20 UMM-0, 2 UMM-1, 1 UMM-2 y 2 UMM-3.
Base de datos (DGIS) | Tipo de UMM y año | Municipio | Localidades en ruta | Poblaci ón Objetiv o | Personal | Jornada de la Unidad Móvil | Red de Atención | ||||||
CLUES | Nombre de la UMM | Cl av e | Nombre | Clave | Nombre | Centro de Salud ANCLA (para las Tipo 0) | Unidad de 2° Nivel (Emergencias Obstétricas) | ||||||
CLUES | Nombre | CLUES | Nombre | ||||||||||
QTSSA 012264 | Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxxxx | UMM-2, 2007 | 01 1 | El Marqué s | 22011 0066 | SAN XXXXXX | 1,914 | 1 MEDICO, 1 ODONTOLOGO, 1 ENFERMERA, 1 PROMOTOR | 08:00 A 16:00 CON DISPONIBILIDAD DE HORARIO. | QTSSA 001740 | HOSPITAL DE ESPECIALIDADES DEL NIÑO Y LA MUJER | ||
QTSSA 012264 | Caravana Chichimequillas | UMM-2, 2007 | 01 1 | El Marqué s | 22011 0027 | DOLORES | 473 | QTSSA 001740 | HOSPITAL DE ESPECIALIDADES DEL NIÑO Y LA MUJER | ||||
QTSSA 012264 | Caravana Chichimequillas | UMM-2, 2007 | 01 1 | El Marqué s | 22011 0037 | LA LABORCILLA | 887 | QTSSA 001740 | HOSPITAL DE ESPECIALIDADES DEL NIÑO Y LA MUJER | ||||
QTSSA 012264 | Caravana Chichimequillas | UMM-2, 2007 | 01 1 | El Marqué s | 22011 0042 | MATANZAS | 240 | QTSSA 001740 | HOSPITAL DE ESPECIALIDADES DEL NIÑO Y LA MUJER | ||||
QTSSA 012264 | Caravana Chichimequillas | UMM-2, 2007 | 01 1 | El Marqué s | 22011 0078 | XXXXX XXX XXXXXX | 195 | QTSSA 001740 | HOSPITAL DE ESPECIALIDADES DEL NIÑO Y LA MUJER | ||||
QTSSA 012264 | Caravana Chichimequillas | UMM-2, 2007 | 01 1 | El Marqué s | 22011 0038 | LAS LAJITAS | 1,020 | QTSSA 001740 | HOSPITAL DE ESPECIALIDADES DEL NIÑO Y LA MUJER | ||||
QTSSA 012264 | Caravana Chichimequillas | UMM-2, 2007 | 01 1 | El Marqué s | 22011 0341 | SAN XXXXXXX | 185 | QTSSA 001740 | HOSPITAL DE ESPECIALIDADES DEL NIÑO Y LA MUJER | ||||
QTSSA 012264 | Caravana Chichimequillas | UMM-2, 2007 | 01 1 | El Marqué s | 22011 0094 | ESTACION DE CHICHIMEQUILLA S | 27 | QTSSA 001740 | HOSPITAL DE ESPECIALIDADES DEL NIÑO Y LA MUJER | ||||
QTSSA 012264 | Caravana Chichimequillas | UMM-2, 2007 | 01 1 | El Marqué s | 22011 0007 | SANTA XXXXX XXXXX | 1,801 | QTSSA 001740 | HOSPITAL DE ESPECIALIDADES DEL NIÑO Y LA MUJER | ||||
QTSSA 012264 | Caravana Chichimequillas | UMM-2, 2007 | 1 | 9 | 6,742 | 4 | 0 | 1 | 1 | ||||
QTSSA 012276 | Caravana San Xxxx Xxxxxxxxxx | UMM-1, 2009 | 01 4 | Queréta ro | 22014 0055 | LA JOYA | 156 | 1 MEDICO, 1 ENFERMERA, 1 PROMOTOR | 08:00 A 16:00 CON DISPONIBILIDAD DE HORARIO. | QTSSA 001740 | HOSPITAL DE ESPECIALIDADES DEL NIÑO Y LA MUJER | ||
QTSSA 012276 | Caravana San Xxxx Xxxxxxxxxx | UMM-1, 2009 | 01 4 | Queréta ro | 22014 0041 | CHARAPE DE LA JOYA | 125 | QTSSA 001740 | HOSPITAL DE ESPECIALIDADES DEL NIÑO Y LA MUJER | ||||
QTSSA 012276 | Caravana San Xxxx Xxxxxxxxxx | UMM-1, 2009 | 01 4 | Queréta ro | 22014 0040 | CERRO COLORADO (EL COLORADO) | 510 | QTSSA 001740 | HOSPITAL DE ESPECIALIDADES DEL NIÑO Y LA MUJER | ||||
QTSSA 012276 | Caravana San Xxxx Xxxxxxxxxx | UMM-1, 2009 | 01 4 | Queréta ro | 22014 0042 | CHARAPE DE LOS PELONES | 295 | QTSSA 001740 | HOSPITAL DE ESPECIALIDADES DEL NIÑO Y LA MUJER | ||||
QTSSA 012276 | Caravana San Xxxx Xxxxxxxxxx | UMM-1, 2009 | 01 4 | Queréta ro | 22014 0071 | OJO DE AGUA | 661 | QTSSA 001740 | HOSPITAL DE ESPECIALIDADES DEL NIÑO Y LA MUJER | ||||
QTSSA 012276 | Caravana San Xxxx Xxxxxxxxxx | UMM-1, 2009 | 01 4 | Queréta ro | 22014 0052 | EL XXXXXXX | 59 | QTSSA 001740 | HOSPITAL DE ESPECIALIDADES DEL NIÑO Y LA MUJER | ||||
QTSSA 012276 | Caravana San Xxxx Xxxxxxxxxx | UMM-1, 2009 | 01 4 | Queréta ro | 22014 0063 | LLANO DE LA XXXXXXX | 109 | QTSSA 001740 | HOSPITAL DE ESPECIALIDADES DEL NIÑO Y LA MUJER | ||||
QTSSA 012276 | Caravana San Xxxx Xxxxxxxxxx | UMM-1, 2009 | 01 4 | Queréta ro | 22014 0135 | LA XXXXXX XX XXXXXXXXXXXX | 27 | QTSSA 001740 | HOSPITAL DE ESPECIALIDADES DEL NIÑO Y LA MUJER |
QTSSA 012276 | Caravana San Xxxx Xxxxxxxxxx | UMM-1, 2009 | 01 4 | Queréta ro | 22014 0081 | PRESITA DE SAN XXXXXXX | 43 | QTSSA 001740 | HOSPITAL DE ESPECIALIDADES DEL NIÑO Y LA MUJER | ||||
QTSSA 012276 | Caravana San Xxxx Xxxxxxxxxx | UMM-1, 2009 | 01 4 | Queréta ro | 22014 0046 | LA ESTACADA | 1,972 | QTSSA 001740 | HOSPITAL DE ESPECIALIDADES DEL NIÑO Y LA MUJER | ||||
QTSSA 012276 | Caravana San Xxxx Xxxxxxxxxx | UMM-1, 2009 | 1 | 10 | 3,957 | 3 | 0 | 1 | 1 | ||||
QTSSA 012281 | Caravana Xxxxx Xxxxxxxx | UMM-1, 2009 | 01 4 | Queréta ro | 22014 0092 | EL SALITRE | 4,408 | 1 MEDICO, 1 ENFERMERA, 1 PROMOTOR | 08:00 A 16:00 CON DISPONIBILIDAD DE HORARIO. | QTSSA 001740 | HOSPITAL DE ESPECIALIDADES DEL NIÑO Y LA MUJER | ||
QTSSA 012281 | Caravana Xxxxx Xxxxxxxx | UMM-1, 2009 | 01 4 | Queréta ro | 22014 0086 | LA PURÍSIMA | 857 | QTSSA 001740 | HOSPITAL DE ESPECIALIDADES DEL NIÑO Y LA MUJER | ||||
QTSSA 012281 | Caravana Xxxxx Xxxxxxxx | UMM-1, 2009 | 01 1 | El Marqué s | 22011 0249 | LA LABORCILLA (EJIDO) | 195 | QTSSA 001740 | HOSPITAL DE ESPECIALIDADES DEL NIÑO Y LA MUJER | ||||
QTSSA 012281 | Caravana Xxxxx Xxxxxxxx | UMM-1, 2009 | 01 1 | El Marqué s | 22011 0365 | EL POZO | 1,220 | QTSSA 001740 | HOSPITAL DE ESPECIALIDADES DEL NIÑO Y LA MUJER | ||||
QTSSA 012281 | Caravana Xxxxx Xxxxxxxx | UMM-1, 2009 | 01 4 | Queréta ro | 22014 0195 | EJIDO XXXXXXX | 346 | QTSSA 001740 | HOSPITAL DE ESPECIALIDADES DEL NIÑO Y LA MUJER | ||||
QTSSA 012281 | Caravana Xxxxx Xxxxxxxx | UMM-1, 2009 | 01 4 | Queréta ro | 22014 0115 | EL TRÁNSITO | 212 | QTSSA 001740 | HOSPITAL DE ESPECIALIDADES DEL NIÑO Y LA MUJER | ||||
QTSSA 012281 | Caravana Xxxxx Xxxxxxxx | UMM-1, 2009 | 01 4 | Queréta ro | 22014 0074 | EL PATOL | 174 | QTSSA 001740 | HOSPITAL DE ESPECIALIDADES DEL NIÑO Y LA MUJER | ||||
QTSSA 012281 | Caravana Xxxxx Xxxxxxxx | UMM-1, 2009 | 01 4 | Queréta ro | 22014 0136 | LA PURÍSIMA | 66 | QTSSA 001740 | HOSPITAL DE ESPECIALIDADES DEL NIÑO Y LA MUJER | ||||
QTSSA 012281 | Caravana Xxxxx Xxxxxxxx | UMM-1, 2009 | 01 4 | Queréta ro | 22014 0096 | SAN XXXXXX EL ALTO | 368 | QTSSA 001740 | HOSPITAL DE ESPECIALIDADES DEL NIÑO Y LA MUJER | ||||
QTSSA 012276 | Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx | UMM-1, 2009 | 2 | 9 | 7,846 | 3 | 0 | 1 | 1 | ||||
QTSSA 012532 | Caravana El Xxxxxxx 1 | UMM-3, 2009 | 00 2 | Pinal de Amoles | 22002 0064 | POTRERILLOS | 185 | 1 MEDICO, 1 ODONTOLOGO, 1 ENFERMERA, 1 PROMOTOR | 08:00 A 16:00 CON DISPONIBILIDAD DE HORARIO. | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE XXXXXX XX XXXXX | ||
QTSSA 012532 | Caravana El Xxxxxxx 1 | UMM-3, 2009 | 00 2 | Pinal de Amoles | 22002 0011 | AHUACATLAN XX XXXXXXXXX | 1,815 | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE XXXXXX XX XXXXX | ||||
QTSSA 012532 | Caravana El Xxxxxxx 1 | UMM-3, 2009 | 00 2 | Pinal de Amoles | 22002 0040 | HUILOTLA | 337 | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE XXXXXX XX XXXXX | ||||
QTSSA 012532 | Caravana El Xxxxxxx 1 | UMM-3, 2009 | 00 2 | Pinal de Amoles | 22002 0114 | AGUA FRÍA | 170 | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE XXXXXX XX XXXXX | ||||
QTSSA 012532 | 00 2 | Pinal de Amoles | 22002 0071 | EL RANCHITO* | 490 | ||||||||
QTSSA 012532 | 00 2 | Pinal de Amoles | 22002 0015 | LA BARRANCA* | 407 | ||||||||
QTSSA 012532 | 00 9 | Xxxxxx xx Xxxxx | 22009 0069 | RANCHO NUEVO* | 124 | ||||||||
QTSSA 012532 | 01 0 | Xxxxx de Matamo ros | 22010 0050 | TRES LAGUNAS* | 611 | ||||||||
QTSSA 012532 | Caravana El Xxxxxxx 1 | UMM-3, 2009 | 3 | 4 | 2,507 | 4 | 0 | 1 | 1 | 1 | 1 | ||
QTSSA 012544 | Caravana El Xxxxxxx 2 | UMM-3, 2009 | 01 1 | El Marqué s | 22011 0026 | CHICHIMEQUILLA S* | 3,717 | 1 MEDICO, 1 ODONTOLOGO, 1 ENFERMERA, 1 PROMOTOR | 08:00 A 16:00 CON DISPONIBILIDAD DE HORARIO. | QTSSA 001740 | HOSPITAL DE ESPECIALIDADES DEL NIÑO Y LA MUJER | ||
QTSSA 012544 | Caravana El Xxxxxxx 2 | UMM-3, 2009 | 01 4 | Queréta ro | 22014 0099 | SAN XXXX XXXXXXXXXX* | 1,262 | QTSSA 001740 | HOSPITAL DE ESPECIALIDADES DEL NIÑO Y LA MUJER | ||||
QTSSA 012544 | Caravana El Xxxxxxx 2 | UMM-3, 2009 | 01 6 | San Xxxx del Río | 22016 0001 | SAN XXXX DEL RIO* | 2,272 | QTSSA 012935 | HOSPITAL GENERAL DE SAN XXXX DEL RIO |
QTSSA 012544 | Caravana El Xxxxxxx 2 | UMM-3, 2009 | 00 5 | Colón | 22005 0012 | EL COYOTE* | 192 | QTSSA 012935 | HOSPITAL GENERAL DE SAN XXXX DEL RIO | ||||
QTSSA 012544 | Caravana El Xxxxxxx 2 | UMM-3, 2009 | 00 7 | Xxxxxxxx Xxxxxx | 22007 0102 | XXXXXXXX XXXXXX (LOS XXXXXXX)* | 314 | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||||
QTSSA 012544 | Caravana El Xxxxxxx 2 | UMM-3, 2009 | 01 8 | Tolimán | 22018 0001 | TOLIMAN* | 2,053 | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||||
QTSSA 012544 | Caravana El Xxxxxxx 2 | UMM-3, 2009 | 00 4 | Xxxxxxx ta xx Xxxxxx | 22004 0129 | XXXXXXXX XX XXXXXX * | 1,871 | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||||
QTSSA 012544 | Caravana El Xxxxxxx 2 | UMM-3, 2009 | 01 3 | Peñamill er | 22013 0001 | PEÑAMILLER* | 969 | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||||
QTSSA 012544 | 01 6 | San Xxxx del Río* | 22016 0071 | VAQUERIAS* | 820 | ||||||||
QTSSA 012544 | 00 5 | Colón* | 22005 0001 | COLON (PUERTA DE EN MEDIO)* | 7,014 | ||||||||
QTSSA 012544 | 00 1 | Amealc x xx Xxxxxx* | 22001 0072 | EL RAYO* | 311 | ||||||||
QTSSA 012544 | 01 4 | Queréta ro* | 22014 0568 | XXXXX DE CASA BLANCA* | 6,528 | ||||||||
QTSSA 012544 | Caravana El Xxxxxxx 2 | UMM-3, 2009 | 8 | 8 | 12,650 | 4 | 0 | 1 | 1 | 1 | 1 | ||
QTSSA 012310 | Caravana Coyote | UMM-0, 2009 | 00 5 | Colón | 22005 0055 | LOS TRIGOS | 266 | 1 MEDICO, 1 ENFERMERA, 1 PROMOTOR | 08:00 A 16:00 CON DISPONIBILIDAD DE HORARIO. | QTSSA 000796 | CS. PUERTO DEL COYOTE | QTSSA 012935 | HOSPITAL GENERAL DE SAN XXXX DEL RIO |
QTSSA 012310 | Caravana Coyote | UMM-0, 2009 | 00 5 | Colón | 22005 0099 | AILITOS | 82 | QTSSA 000796 | CS. PUERTO DEL COYOTE | QTSSA 012935 | HOSPITAL GENERAL DE SAN XXXX DEL RIO | ||
QTSSA 012310 | Caravana Coyote | UMM-0, 2009 | 00 5 | Colón | 22005 0016 | EL FUENTEÑO | 263 | QTSSA 000796 | CS. PUERTO DEL COYOTE | QTSSA 012935 | HOSPITAL GENERAL DE SAN XXXX DEL RIO | ||
QTSSA 012310 | Caravana Coyote | UMM-0, 2009 | 00 5 | Colón | 22005 0019 | LA JOYA | 112 | QTSSA 000796 | CS. PUERTO DEL COYOTE | QTSSA 012935 | HOSPITAL GENERAL DE SAN XXXX DEL RIO | ||
QTSSA 012310 | Caravana Coyote | UMM-0, 2009 | 00 5 | Colón | 22005 0007 | EJIDO PATRIA | 944 | QTSSA 000796 | CS. PUERTO DEL COYOTE | QTSSA 012935 | HOSPITAL GENERAL DE SAN XXXX DEL RIO | ||
QTSSA 012310 | Caravana Coyote | UMM-0, 2009 | 00 5 | Colón | 22005 0004 | NUEVO ÁLAMOS | 224 | QTSSA 000796 | CS. PUERTO DEL COYOTE | QTSSA 012935 | HOSPITAL GENERAL DE SAN XXXX DEL RIO | ||
QTSSA 012310 | Caravana Coyote | UMM-0, 2009 | 00 5 | Colón | 22005 0039 | PUERTO DE SAN XXXXXXX | 186 | QTSSA 000796 | CS. PUERTO DEL COYOTE | QTSSA 012935 | HOSPITAL GENERAL DE SAN XXXX DEL RIO | ||
QTSSA 012310 | Caravana Coyote | UMM-0, 2009 | 00 5 | Colón | 22005 0036 | PUERTA DE ENMEDIO | 876 | QTSSA 000796 | CS. PUERTO DEL COYOTE | QTSSA 012935 | HOSPITAL GENERAL DE SAN XXXX DEL RIO | ||
QTSSA 012310 | Caravana Coyote | UMM-0, 2009 | 1 | 8 | 2,953 | 3 | 0 | 1 | 1 | 1 | 1 | ||
QTSSA 012305 | Caravana San Xxxx del Río | UMM-0, 2009 | 01 6 | San Xxxx del Río | 22016 0050 | XXXXXX XXXXX | 700 | 1 MEDICO, 1 ENFERMERA, 1 PROMOTOR | 08:00 A 16:00 CON DISPONIBILIDAD DE HORARIO. | QTSSA 002160 | CS URBANO SAN XXXX DEL RIO | QTSSA 012935 | HOSPITAL GENERAL DE SAN XXXX DEL RIO |
QTSSA 012305 | Caravana San Xxxx del Río | UMM-0, 2009 | 01 6 | San Xxxx del Río | 22016 0065 | SANTA XXXX | 151 | QTSSA 002160 | CS URBANO SAN XXXX DEL RIO | QTSSA 012935 | HOSPITAL GENERAL DE SAN XXXX DEL RIO | ||
QTSSA 012305 | Caravana San Xxxx del Río | UMM-0, 2009 | 01 6 | San Xxxx del Río | 22016 0069 | TUNA MANSA | 310 | QTSSA 002160 | CS URBANO SAN XXXX DEL RIO | QTSSA 012935 | HOSPITAL GENERAL DE SAN XXXX DEL RIO | ||
QTSSA 012305 | Caravana San Xxxx del Río | UMM-0, 2009 | 01 6 | San Xxxx del Río | 22016 0017 | XXXXXXX XXXXX | 450 | QTSSA 002160 | CS URBANO SAN XXXX DEL RIO | QTSSA 012935 | HOSPITAL GENERAL DE SAN XXXX DEL RIO | ||
QTSSA 012305 | Caravana San Xxxx del Río | UMM-0, 2009 | 01 6 | San Xxxx del Río | 22016 0073 | RANCHO DE EN MEDIO | 8 | QTSSA 002160 | CS URBANO SAN XXXX DEL RIO | QTSSA 012935 | HOSPITAL GENERAL DE SAN XXXX DEL RIO | ||
QTSSA 012305 | Caravana San Xxxx del Río | UMM-0, 2009 | 01 6 | San Xxxx del Río | 22016 0072 | SANTA XXXX XXXXX | 3,421 | QTSSA 002160 | CS URBANO SAN XXXX DEL RIO | QTSSA 012935 | HOSPITAL GENERAL DE SAN XXXX DEL RIO |
QTSSA 012305 | Caravana San Xxxx del Río | UMM-0, 2009 | 01 6 | San Xxxx del Río | 22016 0060 | RANCHO SANTA XXXX XXXXXXXX | 1,272 | QTSSA 002160 | CS URBANO SAN XXXX DEL RIO | QTSSA 012935 | HOSPITAL GENERAL DE SAN XXXX DEL RIO | ||
QTSSA 012305 | Caravana San Xxxx del Río | UMM-0, 2009 | 01 6 | San Xxxx del Río | 22016 0188 | EL RINCON DE SANTA XXXX | 80 | QTSSA 002160 | CS URBANO SAN XXXX DEL RIO | QTSSA 012935 | HOSPITAL GENERAL DE SAN XXXX DEL RIO | ||
QTSSA 012305 | Caravana San Xxxx del Río | UMM-0, 2009 | 1 | 8 | 6,392 | 3 | 0 | 1 | 1 | 1 | 1 | ||
QTSSA 012293 | Caravana Vaquerías | UMM-0, 2009 | 01 6 | San Xxxx del Río | 22016 0071 | VAQUERIAS | 820 | 1 MEDICO, 1 ENFERMERA, 1 PROMOTOR | 08:00 A 16:00 CON DISPONIBILIDAD DE HORARIO. | QTSSA 002266 | CS SAN XXXXXX XXXXXXX | QTSSA 012935 | HOSPITAL GENERAL DE SAN XXXX DEL RIO |
QTSSA 012293 | Caravana Vaquerías | UMM-0, 2009 | 01 6 | San Xxxx del Río | 22016 0031 | LAGUNA DE VAQUERIAS | 1,295 | QTSSA 002266 | CS SAN XXXXXX XXXXXXX | QTSSA 012935 | HOSPITAL GENERAL DE SAN XXXX DEL RIO | ||
QTSSA 012293 | Caravana Vaquerías | UMM-0, 2009 | 01 6 | San Xxxx del Río | 22016 0052 | SAN XXXXXXX XXXXXXXX | 67 | QTSSA 002266 | CS SAN XXXXXX XXXXXXX | QTSSA 012935 | HOSPITAL GENERAL DE SAN XXXX DEL RIO | ||
QTSSA 012293 | Caravana Vaquerías | UMM-0, 2009 | 01 6 | San Xxxx del Río | 22016 0051 | SALTO DE VAQUERIAS | 271 | QTSSA 002266 | CS SAN XXXXXX XXXXXXX | QTSSA 012935 | HOSPITAL GENERAL DE SAN XXXX DEL RIO | ||
QTSSA 012293 | Caravana Vaquerías | UMM-0, 2009 | 01 6 | San Xxxx del Río | 22016 0045 | SAN XXXXX POTRERILLOS | 172 | QTSSA 002266 | CS SAN XXXXXX XXXXXXX | QTSSA 012935 | HOSPITAL GENERAL DE SAN XXXX DEL RIO | ||
QTSSA 012293 | Caravana Vaquerías | UMM-0, 2009 | 01 6 | San Xxxx del Río | 22016 0044 | XXXXXXX | 215 | QTSSA 002266 | CS SAN XXXXXX XXXXXXX | QTSSA 012935 | HOSPITAL GENERAL DE SAN XXXX DEL RIO | ||
QTSSA 012293 | Caravana Vaquerías | UMM-0, 2009 | 01 6 | San Xxxx del Río | 22016 0262 | OJO DE AGUA DE VAQUERIAS | 68 | QTSSA 002266 | CS SAN XXXXXX XXXXXXX | QTSSA 012935 | HOSPITAL GENERAL DE SAN XXXX DEL RIO | ||
QTSSA 012293 | Caravana Vaquerías | UMM-0, 2009 | 01 6 | San Xxxx del Río | 22016 0023 | LA ESTANCITA | 111 | QTSSA 002266 | CS SAN XXXXXX XXXXXXX | QTSSA 012935 | HOSPITAL GENERAL DE SAN XXXX DEL RIO | ||
QTSSA 012293 | Caravana Vaquerías | UMM-0, 2009 | 1 | 8 | 3,019 | 3 | 0 | 1 | 1 | 1 | 1 | ||
QTSSA 012730 | Caravana La Xxxx | UMM-0, 2011 | 00 1 | Amealc x xx Xxxxxx | 22001 0072 | EL RAYO | 311 | 1 MÉDICO, 1 ENFERMERA 1 PROMOTOR | 8:00 - 16:00 HRS. CON DISPONIBILIDAD DE HORARIO | QTSSA 000014 | CESA AMEALCO | QTSSA 012935 | HOSPITAL GENERAL DE SAN XXXX DEL RIO |
QTSSA 012730 | Caravana La Xxxx | UMM-0, 2011 | 00 1 | Amealc x xx Xxxxxx | 22001 0028 | PALOS ALTOS | 224 | QTSSA 000014 | CESA AMEALCO | QTSSA 012935 | HOSPITAL GENERAL DE SAN XXXX DEL RIO | ||
QTSSA 012730 | Caravana La Xxxx | UMM-0, 2011 | 00 1 | Amealc x xx Xxxxxx | 22001 0060 | LA XXXX (SAN XXXXXXX) | 500 | QTSSA 000014 | CESA AMEALCO | QTSSA 012935 | HOSPITAL GENERAL DE SAN XXXX DEL RIO | ||
QTSSA 012730 | Caravana La Xxxx | UMM-0, 2011 | 00 1 | Amealc x xx Xxxxxx | 22001 0003 | EL APARTADERO | 233 | QTSSA 000014 | CESA AMEALCO | QTSSA 012935 | HOSPITAL GENERAL DE SAN XXXX DEL RIO | ||
QTSSA 012730 | Caravana La Xxxx | UMM-0, 2011 | 00 1 | Amealc x xx Xxxxxx | 22001 0126 | LA LOMA DEL APARTADERO | 47 | QTSSA 000014 | CESA AMEALCO | QTSSA 012935 | HOSPITAL GENERAL DE SAN XXXX DEL RIO | ||
QTSSA 012730 | Caravana La Xxxx | UMM-0, 2011 | 00 1 | Amealc x xx Xxxxxx | 22001 0065 | LA XXXX | 231 | QTSSA 000014 | CESA AMEALCO | QTSSA 012935 | HOSPITAL GENERAL DE SAN XXXX DEL RIO | ||
QTSSA 012730 | Caravana La Xxxx | UMM-0, 2011 | 00 1 | Amealc x xx Xxxxxx | 22001 0045 | SAN XXXXX | 565 | QTSSA 000014 | CESA AMEALCO | QTSSA 012935 | HOSPITAL GENERAL DE SAN XXXX DEL RIO | ||
QTSSA 012730 | Caravana La Xxxx | UMM-0, 2011 | 1 | 7 | 2,111 | 3 | 0 | 1 | 1 | 1 | 1 | ||
QTSSA 012725 | Caravana El Rosario | UMM-0, 2011 | 01 6 | San Xxxx del Río | 22016 0049 | EL ROSARIO | 2,117 | 1 MÉDICO, 1 ENFERMERA, 1 PROMOTOR | 8:00 - 16:00 HRS. CON DISPONIBILIDAD DE HORARIO | QTSSA 002160 | CS URBANO SAN XXXX DEL RIO | QTSSA 012935 | HOSPITAL GENERAL DE SAN XXXX DEL RIO |
QTSSA 012725 | Caravana El Rosario | UMM-0, 2011 | 01 6 | San Xxxx del Río | 22016 0081 | LA CORREGIDORA | 91 | QTSSA 002160 | CS URBANO SAN XXXX DEL RIO | QTSSA 012935 | HOSPITAL GENERAL DE SAN XXXX DEL RIO | ||
QTSSA 012725 | Caravana El Rosario | UMM-0, 2011 | 01 6 | San Xxxx del Río | 22016 0179 | RANCHO EL COLORADO | 22 | QTSSA 002160 | CS URBANO SAN XXXX DEL RIO | QTSSA 012935 | HOSPITAL GENERAL DE SAN XXXX DEL RIO | ||
QTSSA 012725 | Caravana El Rosario | UMM-0, 2011 | 01 6 | San Xxxx del Río | 22016 0004 | BARRANCA DE COCHEROS | 384 | QTSSA 002160 | CS URBANO SAN XXXX DEL RIO | QTSSA 012935 | HOSPITAL GENERAL DE SAN XXXX DEL RIO | ||
QTSSA 012725 | Caravana El Rosario | UMM-0, 2011 | 01 6 | San Xxxx del Río | 22016 0022 | ESTANCIA DE SANTA XXXXX | 481 | QTSSA 002160 | CS URBANO SAN XXXX DEL RIO | QTSSA 012935 | HOSPITAL GENERAL DE SAN XXXX DEL RIO | ||
QTSSA 012725 | Caravana El Rosario | UMM-0, 2011 | 01 6 | San Xxxx del Río | 22016 0117 | DOXOCUA | 5 | QTSSA 002160 | CS URBANO SAN XXXX DEL RIO | QTSSA 012935 | HOSPITAL GENERAL DE SAN XXXX DEL RIO |
QTSSA 012725 | Caravana El Rosario | UMM-0, 2011 | 01 6 | San Xxxx del Río | 22016 0029 | LA LABORCILLA | 269 | QTSSA 002160 | CS URBANO SAN XXXX DEL RIO | QTSSA 012935 | HOSPITAL GENERAL DE SAN XXXX DEL RIO | ||
QTSSA 012725 | Caravana El Rosario | UMM-0, 2011 | 01 6 | San Xxxx del Río | 22016 0271 | RANCHO LOS XXXXX XXXXXXX | 12 | QTSSA 002160 | CS URBANO SAN XXXX DEL RIO | QTSSA 012935 | HOSPITAL GENERAL DE SAN XXXX DEL RIO | ||
QTSSA 012725 | Caravana El Rosario | UMM-0, 2011 | 1 | 8 | 3,381 | 3 | 0 | 1 | 1 | 1 | 1 | ||
QTSSA 012346 | Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx | UMM-0, 2009 | 00 7 | Xxxxxxxx Xxxxxx | 22007 0025 | (XXXXXXX X. XXXXXX) XXXXX, LOS | 868 | 1 MEDICO, 1 ENFERMERA, 1 PROMOTOR | 08:00 A 16:00 CON DISPONIBILIDAD DE HORARIO. | QTSSA 000895 | CS XXXXXXXX XXXXXX | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA |
QTSSA 012346 | Caravana Xxxxxxxx Xxxxxx | UMM-0, 2009 | 00 7 | Xxxxxxxx Xxxxxx | 22007 0028 | PURISIMA, LA | 519 | QTSSA 000895 | CS XXXXXXXX XXXXXX | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||
QTSSA 012346 | Caravana Xxxxxxxx Xxxxxx | UMM-0, 2009 | 00 7 | Xxxxxxxx Xxxxxx | 22007 0033 | SAN XXXXXXX | 287 | QTSSA 000895 | CS XXXXXXXX XXXXXX | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||
QTSSA 012346 | Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx | UMM-0, 2009 | 00 7 | Xxxxxxxx Xxxxxx | 22007 0057 | CARDONAL, EL (LA TIJERA) | 364 | QTSSA 000895 | CS XXXXXXXX XXXXXX | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||
QTSSA 012346 | Caravana Xxxxxxxx Xxxxxx | UMM-0, 2009 | 00 7 | Xxxxxxxx Xxxxxx | 22007 0065 | CERRITO, EL | 205 | QTSSA 000895 | CS XXXXXXXX XXXXXX | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||
QTSSA 012346 | Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx | UMM-0, 2009 | 00 7 | Xxxxxxxx Xxxxxx | 22007 0102 | XXXXXXX, LOS | 334 | QTSSA 000895 | CS XXXXXXXX XXXXXX | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||
QTSSA 012346 | Caravana Xxxxxxxx Xxxxxx | UMM-0, 2009 | 00 7 | Xxxxxxxx Xxxxxx | 22007 0122 | RANCHO EL MACHORRIL | 1 | QTSSA 000895 | CS XXXXXXXX XXXXXX | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||
QTSSA 012346 | Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx | UMM-0, 2009 | 00 7 | Xxxxxxxx Xxxxxx | 22007 0231 | RANCHO SAN XXXXXX (FAMILIA XXXXXXXX) | 8 | QTSSA 000895 | CS XXXXXXXX XXXXXX | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||
QTSSA 012346 | Caravana Xxxxxxxx Xxxxxx | UMM-0, 2009 | 00 7 | Xxxxxxxx Xxxxxx | 22007 0045 | TUNAS BLANCAS | 855 | QTSSA 000895 | CS XXXXXXXX XXXXXX | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||
QTSSA 012346 | Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx | UMM-0, 2009 | 00 7 | Xxxxxxxx Xxxxxx | 22007 0171 | PALO SECO | 251 | QTSSA 000895 | CS XXXXXXXX XXXXXX | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||
QTSSA 012346 | Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx | UMM-0, 2009 | 00 7 | Xxxxxxxx Xxxxxx | 22007 0174 | FAMILIA XXXXXXX | 11 | QTSSA 000895 | CS XXXXXXXX XXXXXX | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||
QTSSA 012346 | Caravana Xxxxxxxx Xxxxxx | UMM-0, 2009 | 00 7 | Xxxxxxxx Xxxxxx | 22007 0179 | FAMILIA XXXX XXXX | 11 | QTSSA 000895 | CS XXXXXXXX XXXXXX | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||
QTSSA 012346 | Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx | UMM-0, 2009 | 00 7 | Xxxxxxxx Xxxxxx | 22007 0182 | AL ORIENTE DE LOS XXXXX | 46 | QTSSA 000895 | CS XXXXXXXX XXXXXX | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||
QTSSA 012346 | Caravana Xxxxxxxx Xxxxxx | UMM-0, 2009 | 00 7 | Xxxxxxxx Xxxxxx | 22007 0275 | COLONIA BUENOS AIRES | 23 | QTSSA 000895 | CS XXXXXXXX XXXXXX | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||
QTSSA 012346 | Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx | UMM-0, 2009 | 00 7 | Xxxxxxxx Xxxxxx | 22007 0207 | EL XXXXX (FAMILIA XXXXXXX XXXXX) | 11 | QTSSA 000895 | CS XXXXXXXX XXXXXX | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||
QTSSA 012346 | Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx | UMM-0, 2009 | 1 | 15 | 3,794 | 3 | 0 | 1 | 1 | 1 | 1 | ||
QTSSA 012351 | Caravana Toliman | UMM-0, 2009 | 01 8 | Tolimán | 22018 0013 | CORRALITOS | 12 | 1 MÉDICO, 1 ENFERMERA, 1 PROMOTOR | 8:00 - 16:00 HRS. CON DISPONIBILIDAD DE HORARIO | QTSSA 012911 | CS TOLIMAN | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA |
QTSSA 012351 | Caravana Toliman | UMM-0, 2009 | 01 8 | Tolimán | 22018 0017 | DERRAMADERO | 90 | QTSSA 012911 | CS TOLIMAN | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||
QTSSA 012351 | Caravana Toliman | UMM-0, 2009 | 01 8 | Tolimán | 22018 0020 | XXXXXX | 16 | QTSSA 012911 | CS TOLIMAN | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||
QTSSA 012351 | Caravana Toliman | UMM-0, 2009 | 01 8 | Tolimán | 22018 0027 | MAGUEY MANSO | 331 | QTSSA 012911 | CS TOLIMAN | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||
QTSSA 012351 | Caravana Toliman | UMM-0, 2009 | 01 8 | Tolimán | 22018 0030 | XXXX XX XXXXXXX | 723 | QTSSA 012911 | CS TOLIMAN | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||
QTSSA 012351 | Caravana Toliman | UMM-0, 2009 | 01 8 | Tolimán | 22018 0034 | OJO DE AGUA | 7 | QTSSA 012911 | CS TOLIMAN | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA |
QTSSA 012351 | Caravana Toliman | UMM-0, 2009 | 01 8 | Tolimán | 22018 0043 | XXXXXX DE SAN XXXXXXXX | 638 | QTSSA 012911 | CS TOLIMAN | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||
QTSSA 012351 | Caravana Toliman | UMM-0, 2009 | 01 8 | Tolimán | 22018 0055 | EL XXXXXXX | 394 | QTSSA 012911 | CS TOLIMAN | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||
QTSSA 012351 | Caravana Toliman | UMM-0, 2009 | 01 8 | Tolimán | 22018 0060 | ZAPOTE DE LOS XXXXX (EL ZAPOTE) | 17 | QTSSA 012911 | CS TOLIMAN | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||
QTSSA 012351 | Caravana Toliman | UMM-0, 2009 | 01 8 | Tolimán | 22018 0066 | EL MADROÑO | 71 | QTSSA 012911 | CS TOLIMAN | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||
QTSSA 012351 | Caravana Toliman | UMM-0, 2009 | 01 8 | Tolimán | 22018 0074 | XXXXXX XX XXXXXX | 733 | QTSSA 012911 | CS TOLIMAN | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||
QTSSA 012351 | Caravana Toliman | UMM-0, 2009 | 01 8 | Tolimán | 22018 0093 | EL XXXXXX | 1 | QTSSA 012911 | CS TOLIMAN | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||
QTSSA 012351 | Caravana Toliman | UMM-0, 2009 | 01 8 | Tolimán | 22018 0095 | XXXXXX XX XXXXXXX | 12 | QTSSA 012911 | CS TOLIMAN | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||
QTSSA 012351 | Caravana Toliman | UMM-0, 2009 | 01 8 | Tolimán | 22018 0100 | LAS CUEVITAS (PILON) | 3 | QTSSA 012911 | CS TOLIMAN | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||
QTSSA 012351 | Caravana Toliman | UMM-0, 2009 | 01 8 | Tolimán | 22018 0106 | EL PUERTECITO (ZAPOTE DE LOS XXXXX) | 21 | QTSSA 012911 | CS TOLIMAN | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||
QTSSA 012351 | Caravana Toliman | UMM-0, 2009 | 01 8 | Tolimán | 22018 0081 | EL SAUCITO | 141 | QTSSA 012911 | CS TOLIMAN | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||
QTSSA 012351 | Caravana Tolimán | UMM-0, 2009 | 1 | 16 | 3,210 | 3 | 0 | 1 | 1 | 1 | 1 | ||
QTSSA 012334 | Caravana Vizarrón | UMM-0, 2009 | 00 4 | Xxxxxxx ta xx Xxxxxx | 22004 0006 | XXXXXXXX, LOS | 457 | 1 MEDICO, 1 ENFERMERA, 1 PROMOTOR | 08:00 A 16:00 CON DISPONIBILIDAD DE HORARIO. | QTSSA 000656 | CS VIZARRON | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA |
QTSSA 012334 | Caravana Vizarrón | UMM-0, 2009 | 00 4 | Xxxxxxx ta xx Xxxxxx | 22004 0011 | BANCO, EL | 253 | QTSSA 000656 | CS VIZARRON | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||
QTSSA 012334 | Caravana Vizarrón | UMM-0, 2009 | 00 4 | Xxxxxxx ta xx Xxxxxx | 22004 0024 | CERRO XXXXXX | 588 | QTSSA 000656 | CS VIZARRON | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||
QTSSA 012334 | Caravana Vizarrón | UMM-0, 2009 | 00 4 | Xxxxxxx ta xx Xxxxxx | 22004 0065 | LA MESA PROVIDENCIA | 76 | QTSSA 000656 | CS VIZARRON | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||
QTSSA 012334 | Caravana Vizarrón | UMM-0, 2009 | 00 4 | Xxxxxxx ta xx Xxxxxx | 22004 0066 | XXXX XXX XXXXXXXX (LA FAJILLA) | 154 | QTSSA 000656 | CS VIZARRON | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||
QTSSA 012334 | Caravana Vizarrón | UMM-0, 2009 | 00 4 | Xxxxxxx ta xx Xxxxxx | 22004 0085 | PUERTO XXX XXXXXXX | 868 | QTSSA 000656 | CS VIZARRON | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||
QTSSA 012334 | Caravana Vizarrón | UMM-0, 2009 | 00 4 | Xxxxxxx ta xx Xxxxxx | 22004 0099 | SAN XXXXXX | 1,871 | QTSSA 000656 | CS VIZARRON | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||
QTSSA 012334 | Caravana Vizarrón | UMM-0, 2009 | 00 4 | Xxxxxxx ta xx Xxxxxx | 22004 0144 | BANCO, EL (CARA DE PALO) | 40 | QTSSA 000656 | CS VIZARRON | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||
QTSSA 012334 | Caravana Vizarrón | UMM-0, 2009 | 00 4 | Xxxxxxx ta xx Xxxxxx | 22004 0195 | XXXXXXXX XXX XXXXX | 58 | QTSSA 000656 | CS VIZARRON | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||
QTSSA 012334 | Caravana Vizarrón | UMM-0, 2009 | 00 4 | Xxxxxxx ta xx Xxxxxx | 22004 0230 | HACIENDITA, LA | 44 | QTSSA 000656 | CS VIZARRON | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||
QTSSA 012334 | Caravana Vizarrón | UMM-0, 2009 | 00 4 | Xxxxxxx ta xx Xxxxxx | 22004 0240 | AGUA SALADA, EL | 17 | QTSSA 000656 | CS VIZARRON | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||
QTSSA 012334 | Caravana Vizarrón | UMM-0, 2009 | 00 4 | Xxxxxxx ta xx Xxxxxx | 22004 0244 | BARRIO LOS XXXXXXXX | 81 | QTSSA 000656 | CS VIZARRON | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||
QTSSA 012334 | Caravana Vizarrón | UMM-0, 2009 | 1 | 12 | 4,507 | 3 | 0 | 1 | 1 | 1 | 1 | ||
QTSSA 012742 | Caravana Cadereyta | UMM-0, 2011 | 00 4 | Xxxxxxx ta xx Xxxxxx | 22004 0102 | SAN XXXXXX FLORIDA | 1,017 | 1 MÉDICO, 1 ENFERMERA, 1 PROMOTOR | 8:00 - 16:00 HRS. CON DISPONIBILIDAD DE HORARIO | QTSSA 000480 | C.S. CADEREYTA | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA |
QTSSA 012742 | Caravana Cadereyta | UMM-0, 2011 | 00 4 | Xxxxxxx ta xx Xxxxxx | 22004 0089 | RANCHO XX XXXXXXXXX | 489 | QTSSA 000480 | C.S. CADEREYTA | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||
QTSSA 012742 | Caravana Cadereyta | UMM-0, 2011 | 00 4 | Xxxxxxx ta xx Xxxxxx | 22004 0058 | LLANITOS DE SANTA XXXXXXX | 240 | QTSSA 000480 | C.S. CADEREYTA | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||
QTSSA 012742 | Caravana Cadereyta | UMM-0, 2011 | 00 4 | Xxxxxxx ta xx Xxxxxx | 22004 0250 | CASAS VIEJAS | 25 | QTSSA 000480 | C.S. CADEREYTA | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||
QTSSA 012742 | Caravana Cadereyta | UMM-0, 2011 | 00 4 | Xxxxxxx ta xx Xxxxxx | 22004 0130 | YONTHE | 373 | QTSSA 000480 | C.S. CADEREYTA | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||
QTSSA 012742 | Caravana Cadereyta | UMM-0, 2011 | 00 4 | Xxxxxxx ta xx Xxxxxx | 22004 0336 | RANCHO LAS HUERTAS | 11 | QTSSA 000480 | C.S. CADEREYTA | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||
QTSSA 012742 | Caravana Cadereyta | UMM-0, 2011 | 00 4 | Xxxxxxx ta xx Xxxxxx | 22004 0052 | LOS LIRIOS | 76 | QTSSA 000480 | C.S. CADEREYTA | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||
QTSSA 012742 | Caravana Cadereyta | UMM-0, 2011 | 00 4 | Xxxxxxx ta xx Xxxxxx | 22004 0061 | LOS XXXXXXXX | 56 | QTSSA 000480 | C.S. CADEREYTA | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||
QTSSA 012742 | Caravana Cadereyta | UMM-0, 2011 | 00 4 | Xxxxxxx ta xx Xxxxxx | 22004 0296 | EL RANCHITO (MINTHÉ) | 78 | QTSSA 000480 | C.S. CADEREYTA | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||
QTSSA 012742 | Caravana Cadereyta | UMM-0, 2011 | 00 4 | Xxxxxxx ta xx Xxxxxx | 22004 0088 | EL RANCHITO | 88 | QTSSA 000480 | C.S. CADEREYTA | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||
QTSSA 012742 | Caravana Cadereyta | UMM-0, 2011 | 00 4 | Xxxxxxx ta xx Xxxxxx | 22004 0104 | SANTA XXXXXXX | 809 | QTSSA 000480 | C.S. CADEREYTA | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||
QTSSA 012742 | Caravana Cadereyta | UMM-0, 2011 | 00 4 | Xxxxxxx ta xx Xxxxxx | 22004 0096 | LOS RÍO | 191 | QTSSA 000480 | C.S. CADEREYTA | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||
QTSSA 012742 | Caravana Cadereyta | UMM-0, 2011 | 00 4 | Xxxxxxx ta xx Xxxxxx | 22004 0303 | BORDO DE XXXXX XXXX | 13 | QTSSA 000480 | C.S. CADEREYTA | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||
QTSSA 012742 | Caravana Cadereyta | UMM-0, 2011 | 00 4 | Xxxxxxx ta xx Xxxxxx | 22004 0267 | PIE DE LA LOMA | 12 | QTSSA 000480 | C.S. CADEREYTA | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||
QTSSA 012742 | Caravana Cadereyta | UMM-0, 2011 | 00 4 | Xxxxxxx ta xx Xxxxxx | 22004 0068 | LA XXXX | 215 | QTSSA 000480 | C.S. CADEREYTA | QTSSA 000475 | HOSPITAL GENERAL DE CADEREYTA | ||
QTSSA 012742 | Caravana Cadereyta | UMM-0, 2011 | 1 | 15 | 3,693 | 3 | 0 | 1 | 1 | 1 | 1 | ||
QTSSA 012416 | Caravana El Ranchito | UMM-0, 2009 | 00 2 | Pinal de Amoles | 22002 0006 | AGUA DEL MAIZ | 187 | 1 MEDICO, 1 ENFERMERA, 1 PROMOTOR | 08:00 A 16:00 CON DISPONIBILIDAD DE HORARIO. | QTSSA 000294 | CS SAN XXXXX EL VIEJO | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE XXXXXX XX XXXXX |
QTSSA 012416 | Caravana El Ranchito | UMM-0, 2009 | 00 2 | Pinal de Amoles | 22002 0021 | EL CARRIZALITO | 177 | QTSSA 000294 | CS SAN XXXXX EL VIEJO | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE XXXXXX XX XXXXX | ||
QTSSA 012416 | Caravana El Ranchito | UMM-0, 2009 | 00 2 | Pinal de Amoles | 22002 0108 | SAN XXXXXX | 145 | QTSSA 000294 | CS SAN XXXXX EL VIEJO | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE XXXXXX XX XXXXX | ||
QTSSA 012416 | Caravana El Ranchito | UMM-0, 2009 | 00 2 | Pinal de Amoles | 22002 0043 | XXXX XX XXXXXXXXX | 34 | QTSSA 000294 | CS SAN XXXXX EL VIEJO | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE XXXXXX XX XXXXX | ||
QTSSA 012416 | Caravana El Ranchito | UMM-0, 2009 | 00 2 | Pinal de Amoles | 22002 0022 | LA CEBOLLA | 73 | QTSSA 000294 | CS SAN XXXXX EL VIEJO | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE XXXXXX XX XXXXX | ||
QTSSA 012416 | Caravana El Ranchito | UMM-0, 2009 | 00 2 | Pinal de Amoles | 22002 0060 | PIE DE LA CUESTA | 131 | QTSSA 000294 | CS SAN XXXXX EL VIEJO | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE XXXXXX XX XXXXX | ||
QTSSA 012416 | Caravana El Ranchito | UMM-0, 2009 | 00 2 | Pinal de Amoles | 22002 0075 | XXXXXX (PUERTO DEL) | 42 | QTSSA 000294 | CS SAN XXXXX EL VIEJO | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE XXXXXX XX XXXXX | ||
QTSSA 012416 | Caravana El Ranchito | UMM-0, 2009 | 00 2 | Pinal de Amoles | 22002 0071 | EL RANCHITO | 490 | QTSSA 000294 | CS SAN XXXXX EL VIEJO | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE XXXXXX XX XXXXX | ||
QTSSA 012416 | Caravana El Ranchito | UMM-0, 2009 | 00 2 | Pinal de Amoles | 22002 0078 | SAN XXXX COCHINITO | 102 | QTSSA 000294 | CS SAN XXXXX EL VIEJO | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE XXXXXX XX XXXXX | ||
QTSSA 012416 | Caravana El Ranchito | UMM-0, 2009 | 00 2 | Pinal de Amoles | 22002 0109 | CASAS VIEJAS (AGUA ENTERRADA SAN XXXXXX) | 161 | QTSSA 000294 | CS SAN XXXXX EL VIEJO | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE XXXXXX XX XXXXX |
QTSSA 012416 | Caravana El Ranchito | UMM-0, 2009 | 1 | 10 | 1,542 | 3 | 0 | 1 | 1 | 1 | 1 | ||
QTSSA 012380 | Caravana Xxxxxx xx Xxxxx | UMM-0, 2009 | 00 9 | Xxxxxx xx Xxxxx | 22009 0116 | LA XXXX XXX XXXX | 54 | 1 MEDICO, 1 ENFERMERA, 1 PROMOTOR | 08:00 A 16:00 CON DISPONIBILIDAD DE HORARIO. | QTSSA 001146 | C.S TANCOYOL | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE XXXXXX XX XXXXX |
QTSSA 012380 | Caravana Xxxxxx xx Xxxxx | UMM-0, 2009 | 00 9 | Xxxxxx xx Xxxxx | 22009 0185 | EL CAÑON | 52 | QTSSA 001146 | C.S TANCOYOL | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE XXXXXX XX XXXXX | ||
QTSSA 012380 | Caravana Xxxxxx xx Xxxxx | UMM-0, 2009 | 00 9 | Xxxxxx xx Xxxxx | 22009 0078 | SAN XXXX DE LOS DURAN | 235 | QTSSA 001146 | C.S TANCOYOL | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE XXXXXX XX XXXXX | ||
QTSSA 012380 | Caravana Xxxxxx xx Xxxxx | UMM-0, 2009 | 00 9 | Xxxxxx xx Xxxxx | 22009 0177 | EL POCITO | 122 | QTSSA 001146 | C.S TANCOYOL | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE XXXXXX XX XXXXX | ||
QTSSA 012380 | Caravana Xxxxxx xx Xxxxx | UMM-0, 2009 | 00 9 | Xxxxxx xx Xxxxx | 22009 0018 | XXXXXXXX DE LOS DURAN | 90 | QTSSA 001146 | C.S TANCOYOL | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE XXXXXX XX XXXXX | ||
QTSSA 012380 | Caravana Xxxxxx xx Xxxxx | UMM-0, 2009 | 00 9 | Xxxxxx xx Xxxxx | 22009 0215 | LA CERCADA | 51 | QTSSA 001146 | C.S TANCOYOL | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE XXXXXX XX XXXXX | ||
QTSSA 012380 | Caravana Xxxxxx xx Xxxxx | UMM-0, 2009 | 00 9 | Xxxxxx xx Xxxxx | 22009 0069 | RANCHO NUEVO | 124 | QTSSA 001146 | C.S TANCOYOL | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE XXXXXX XX XXXXX | ||
QTSSA 012380 | Caravana Xxxxxx xx Xxxxx | UMM-0, 2009 | 00 9 | Xxxxxx xx Xxxxx | 22009 0167 | TANCHANAQUIT O | 8 | QTSSA 001146 | C.S TANCOYOL | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE XXXXXX XX XXXXX | ||
QTSSA 012380 | Caravana Xxxxxx xx Xxxxx | UMM-0, 2009 | 00 9 | Xxxxxx xx Xxxxx | 22009 0102 | RANCHO EL NOVENTA Y NUEVE | 2 | QTSSA 001146 | C.S TANCOYOL | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE XXXXXX XX XXXXX | ||
QTSSA 012380 | Caravana Xxxxxx xx Xxxxx | UMM-0, 2009 | 00 9 | Jalpan de Serra | 22009 0165 | SAN JOSE PAREDONES | 2 | QTSSA 001146 | C.S TANCOYOL | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012380 | Caravana Jalpan de Serra | UMM-0, 2009 | 00 9 | Jalpan de Serra | 22009 0032 | LAS FLORES | 12 | QTSSA 001146 | C.S TANCOYOL | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012380 | Caravana Jalpan de Serra | UMM-0, 2009 | 00 9 | Jalpan de Serra | 22009 0228 | RANCHO EL CALLEJON | 5 | QTSSA 001146 | C.S TANCOYOL | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012380 | Caravana Jalpan de Serra | UMM-0, 2009 | 00 9 | Jalpan de Serra | 22009 0075 | SAN ANTONIO TANCOYOL | 199 | QTSSA 001146 | C.S TANCOYOL | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012380 | Caravana Jalpan de Serra | UMM-0, 2009 | 00 9 | Jalpan de Serra | 22009 0108 | EL RINCON | 93 | QTSSA 001146 | C.S TANCOYOL | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012380 | Caravana Jalpan de Serra | UMM-0, 2009 | 00 9 | Jalpan de Serra | 22009 0233 | LAS NUEVAS FLORES | 30 | QTSSA 001146 | C.S TANCOYOL | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012380 | Caravana Jalpan de Serra | UMM-0, 2009 | 00 9 | Jalpan de Serra | 22009 0049 | MESA DEL SAUZ | 142 | QTSSA 001146 | C.S TANCOYOL | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012380 | Caravana Jalpan de Serra | UMM-0, 2009 | 1 | 16 | 1,221 | 3 | 0 | 1 | 1 | ||||
QTSSA 012404 | Caravana La Barranca | UMM-0, 2009 | 00 2 | Pinal de Amoles | 22002 0015 | LA BARRANCA | 407 | 1 MEDICO, 1 ENFERMERA, 1 PROMOTOR | 08:00 A 16:00 CON DISPONIBILIDAD DE HORARIO. | QTSSA 000236 | CS BUCARELI | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA |
QTSSA 012404 | Caravana La Barranca | UMM-0, 2009 | 00 2 | Pinal de Amoles | 22002 0094 | LA MUÑECA | 11 | QTSSA 000236 | CS BUCARELI | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012404 | Caravana La Barranca | UMM-0, 2009 | 00 2 | Pinal de Amoles | 22002 0066 | PUERTO DEL DERRAMADERO | 196 | QTSSA 000236 | CS BUCARELI | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012404 | Caravana La Barranca | UMM-0, 2009 | 00 2 | Pinal de Amoles | 22002 0030 | DERRAMADERO DE BUCARELI | 426 | QTSSA 000236 | CS BUCARELI | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012404 | Caravana La Barranca | UMM-0, 2009 | 00 2 | Pinal de Amoles | 22002 0223 | JOYAS DEL DERRAMADERO | 47 | QTSSA 000236 | CS BUCARELI | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012404 | Caravana La Barranca | UMM-0, 2009 | 00 2 | Pinal de Amoles | 22002 0014 | BARRANCA DEL PLATANO | 90 | QTSSA 000236 | CS BUCARELI | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012404 | Caravana La Barranca | UMM-0, 2009 | 00 2 | Pinal de Amoles | 22002 0009 | AGUA FRIA DE GUDIÑO | 163 | QTSSA 000236 | CS BUCARELI | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA |
QTSSA 012404 | Caravana La Barranca | UMM-0, 2009 | 00 2 | Pinal de Amoles | 22002 0051 | LA MECA | 51 | QTSSA 000236 | CS BUCARELI | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012404 | Caravana La Barranca | UMM-0, 2009 | 00 2 | Pinal de Amoles | 22002 0041 | JOYAS DE BUCARRELI | 160 | QTSSA 000236 | CS BUCARELI | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012404 | Caravana La Barranca | UMM-0, 2009 | 00 2 | Pinal de Amoles | 22002 0003 | ADJUNTAS DE GATOS | 83 | QTSSA 000236 | CS BUCARELI | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012404 | Caravana La Barranca | UMM-0, 2009 | 1 | 10 | 1,634 | 3 | 0 | 1 | 1 | 1 | 1 | ||
QTSSA 012392 | Caravana Tres Lagunas | UMM-0, 2009 | 01 0 | Landa de Matamo ros | 22010 0079 | LA JOYA CHIQUITA DE SAN ANTONIO | 5 | 1 MEDICO, 1 ENFERMERA, 1 PROMOTOR | 08:00 A 16:00 CON DISPONIBILIDAD DE HORARIO. | QTSSA 001303 | CS VALLE DE GUADALUPE | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA |
QTSSA 012392 | Caravana Tres Lagunas | UMM-0, 2009 | 01 0 | Landa de Matamo ros | 22010 0060 | MESA DE LA CRUZ | 68 | QTSSA 001303 | CS VALLE DE GUADALUPE | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012392 | Caravana Tres Lagunas | UMM-0, 2009 | 01 0 | Landa de Matamo ros | 22010 0061 | LAGUNITA DE SAN DIEGO | 197 | QTSSA 001303 | CS VALLE DE GUADALUPE | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012392 | Caravana Tres Lagunas | UMM-0, 2009 | 01 0 | Landa de Matamo ros | 22010 0050 | TRES LAGUNAS | 611 | QTSSA 001303 | CS VALLE DE GUADALUPE | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012392 | Caravana Tres Lagunas | UMM-0, 2009 | 01 0 | Landa de Matamo ros | 22010 0032 | PINALITO DE LA CRUZ | 529 | QTSSA 001303 | CS VALLE DE GUADALUPE | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012392 | Caravana Tres Lagunas | UMM-0, 2009 | 01 0 | Landa de Matamo ros | 22010 0101 | LA HUASTEQUITA | 29 | QTSSA 001303 | CS VALLE DE GUADALUPE | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012392 | Caravana Tres Lagunas | UMM-0, 2009 | 01 0 | Landa de Matamo ros | 22010 0100 | EL GAVILAN | 39 | QTSSA 001303 | CS VALLE DE GUADALUPE | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012392 | Caravana Tres Lagunas | UMM-0, 2009 | 01 0 | Landa de Matamo ros | 22010 0034 | POTRERO DE LLANO (LA JOYA) | 119 | QTSSA 001303 | CS VALLE DE GUADALUPE | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012392 | Caravana Tres Lagunas | UMM-0, 2009 | 01 0 | Landa de Matamo ros | 22010 0071 | LA SILLETA | 53 | QTSSA 001303 | CS VALLE DE GUADALUPE | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012392 | Caravana Tres Lagunas | UMM-0, 2009 | 01 0 | Landa de Matamo ros | 22010 0005 | LA AGÜITA | 102 | QTSSA 001303 | CS VALLE DE GUADALUPE | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012392 | Caravana Tres Lagunas | UMM-0, 2009 | 01 0 | Landa de Matamo ros | 22010 0026 | EL NARANJO | 72 | QTSSA 001303 | CS VALLE DE GUADALUPE | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012392 | Caravana Tres Lagunas | UMM-0, 2009 | 1 | 11 | 1,824 | 3 | 0 | 1 | 1 | 1 | 1 | ||
QTSSA 012375 | Caravana Agua Fría | UMM-0, 2009 | 00 3 | Arroyo Seco | 22003 0156 | LA TINAJA | 498 | 1 MEDICO, 1 ENFERMERA, 1 PROMOTOR | 08:00 A 16:00 CON DISPONIBILIDAD DE HORARIO. | QTSSA 000446 | C.S SAN JUAN BUENAVENT URA | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA |
QTSSA 012375 | Caravana Agua Fría | UMM-0, 2009 | 00 3 | Arroyo Seco | 22003 0005 | AGUA FRIA | 70 | QTSSA 000446 | C.S SAN JUAN BUENAVENT URA | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012375 | Caravana Agua Fría | UMM-0, 2009 | 00 9 | Jalpan de Serra | 22009 0090 | TIERRA FRÍA | 130 | QTSSA 000446 | C.S SAN JUAN BUENAVENT URA | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012375 | Caravana Agua Fría | UMM-0, 2009 | 00 3 | Arroyo Seco | 22003 0054 | SAN JOSE DE LAS FLORES | 159 | QTSSA 000446 | C.S SAN JUAN BUENAVENT URA | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012375 | Caravana Agua Fría | UMM-0, 2009 | 00 9 | Jalpan de Serra | 22009 0020 | CARRIZALITO | 67 | QTSSA 000446 | C.S SAN JUAN BUENAVENT URA | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012375 | Caravana Agua Fría | UMM-0, 2009 | 00 9 | Jalpan de Serra | 22009 0037 | LOS JASSO | 41 | QTSSA 000446 | C.S SAN JUAN BUENAVENT URA | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012375 | Caravana Agua Fría | UMM-0, 2009 | 00 9 | Jalpan de Serra | 22009 0085 | SOLEDAD DEL REFUGIO | 8 | QTSSA 000446 | C.S SAN JUAN BUENAVENT URA | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012375 | Caravana Agua Fría | UMM-0, 2009 | 00 9 | Jalpan de Serra | 22009 0025 | LA CUCHILLA | 68 | QTSSA 000446 | C.S SAN JUAN BUENAVENT URA | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012375 | Caravana Agua Fría | UMM-0, 2009 | 00 3 | Arroyo Seco | 22003 0008 | EL BOSQUE | 52 | QTSSA 000446 | C.S SAN JUAN BUENAVENT URA | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA |
QTSSA 012375 | Caravana Agua Fría | UMM-0, 2009 | 00 3 | Arroyo Seco | 22003 0025 | LAGUNA DE LA CRUZ | 49 | QTSSA 000446 | C.S SAN JUAN BUENAVENT URA | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012375 | Caravana Agua Fría | UMM-0, 2009 | 00 3 | Arroyo Seco | 22003 0031 | MILPAS VIEJAS | 4 | QTSSA 000446 | C.S SAN JUAN BUENAVENT URA | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012375 | Caravana Agua Fría | UMM-0, 2009 | 2 | 11 | 1,146 | 3 | 0 | 1 | 1 | 1 | 1 | ||
QTSSA 012754 | Alejandría de Morelos | UMM-0, 2011 | 00 2 | Pinal de Amoles | 22002 0012 | ALEJANDRIA DE MORELOS | 169 | 1 MÉDICO, 1 ENFERMERA, 1 PROMOTOR | 8:00 - 16:00 HRS. CON DISPONIBILIDAD DE HORARIO | QTSSA 000212 | CS AHUACATLA N DE GUADALUPE | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA |
QTSSA 012754 | Alejandría de Morelos | UMM-0, 2011 | 00 2 | Pinal de Amoles | 22002 0025 | COATLAN DE LOS ANGELES | 267 | QTSSA 000212 | CS AHUACATLA N DE GUADALUPE | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012754 | Alejandría de Morelos | UMM-0, 2011 | 00 2 | Pinal de Amoles | 22002 0065 | PUERTO COLORADO | 254 | QTSSA 000212 | CS AHUACATLA N DE GUADALUPE | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012754 | Alejandría de Morelos | UMM-0, 2011 | 00 2 | Pinal de Amoles | 22002 0082 | SAUZ DE GAUDALUPE | 565 | QTSSA 000212 | CS AHUACATLA N DE GUADALUPE | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012754 | Alejandría de Morelos | UMM-0, 2011 | 00 2 | Pinal de Amoles | 22002 0186 | LA SIERRITA | 42 | QTSSA 000212 | CS AHUACATLA N DE GUADALUPE | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012754 | Alejandría de Morelos | UMM-0, 2011 | 00 2 | Pinal de Amoles | 22002 0037 | EL GALLO | 152 | QTSSA 000212 | CS AHUACATLA N DE GUADALUPE | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012754 | Alejandría de Morelos | UMM-0, 2011 | 00 2 | Pinal de Amoles | 22002 0091 | PUERTO DE HUILOTLA | 44 | QTSSA 000212 | CS AHUACATLA N DE GUADALUPE | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012754 | Alejandría de Morelos | UMM-0, 2011 | 00 2 | Pinal de Amoles | 22002 0139 | PUERTO DE ALEJANDRIA | 207 | QTSSA 000212 | CS AHUACATLA N DE GUADALUPE | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012754 | Alejandría de Morelos | UMM-0, 2011 | 00 2 | Pinal de Amoles | 22002 0074 | EL RODEZNO | 152 | QTSSA 000212 | CS AHUACATLA N DE GUADALUPE | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012754 | Alejandría de Morelos | UMM-0, 2011 | 1 | 9 | 1,852 | 3 | 0 | 1 | 1 | 1 | 1 | ||
QTSSA 012795 | Caravana El Madroño | UMM-0, 2011 | 00 9 | Jalpan de Serra | 22009 0047 | MADROÑO, EL | 319 | 1 MÉDICO, 1 ENFERMERA, 1 PROMOTOR | 8:00 - 16:00 HRS. CON DISPONIBILIDAD DE HORARIO | QTSSA 001093 | CS BARREALES | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA |
QTSSA 012795 | Caravana El Madroño | UMM-0, 2011 | 00 9 | Jalpan de Serra | 22009 0007 | LA ARENA | 117 | QTSSA 001093 | CS BARREALES | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012795 | Caravana El Madroño | UMM-0, 2011 | 00 9 | Jalpan de Serra | 22009 0197 | LOMA DELGADA | 150 | QTSSA 001093 | CS BARREALES | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012795 | Caravana El Madroño | UMM-0, 2011 | 00 9 | Jalpan de Serra | 22009 0196 | EL PINO | 58 | QTSSA 001093 | CS BARREALES | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012795 | Caravana El Madroño | UMM-0, 2011 | 00 9 | Jalpan de Serra | 22009 0067 | PUERTO HONDO | 55 | QTSSA 001093 | CS BARREALES | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012795 | Caravana El Madroño | UMM-0, 2011 | 00 2 | Pinal de Amoles | 22002 0047 | MABY | 219 | QTSSA 001093 | CS BARREALES | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012795 | Caravana El Madroño | UMM-0, 2011 | 00 9 | Jalpan de Serra | 22009 0137 | LA NOPALERA | 9 | QTSSA 001093 | CS BARREALES | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012795 | Caravana El Madroño | UMM-0, 2011 | 00 2 | Pinal de Amoles | 22002 0026 | LA COLGADA | 278 | QTSSA 001093 | CS BARREALES | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012795 | Caravana El Madroño | UMM-0, 2011 | 00 9 | Jalpan de Serra | 22009 0219 | JAGÜEY GRANDE | 116 | QTSSA 001093 | CS BARREALES | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012795 | Caravana El Madroño | UMM-0, 2011 | 00 2 | Pinal de Amoles | 22002 0162 | LAS MAJADITAS | 74 | QTSSA 001093 | CS BARREALES | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012795 | Caravana El Madroño | UMM-0, 2011 | 00 2 | Pinal de Amoles | 22002 0224 | EL LIMON DE LA CRUZ | 37 | QTSSA 001093 | CS BARREALES | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012795 | Caravana El Madroño | UMM-0, 2011 | 00 2 | Pinal de Amoles | 22002 0228 | PALO DE AGUA | 50 | QTSSA 001093 | CS BARREALES | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012795 | Caravana El Madroño | UMM-0, 2011 | 1 | 12 | 1,482 | 3 | 0 | 1 | 1 | 1 | 1 |
QTSSA 012771 | Caravana La Florida | UMM-0, 2011 | 00 3 | Arroyo Seco | 22003 0005 | ALPUJARRAS | 70 | 1 MÉDICO, 1 ENFERMERA, 1 PROMOTOR | 8:00 - 16:00 HRS. CON DISPONIBILIDAD DE HORARIO | QTSSA 000405 | CS LA FLORIDA | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA |
QTSSA 012771 | Caravana La Florida | UMM-0, 2011 | 00 3 | Arroyo Seco | 22003 0002 | LAS ADJUNTAS | 47 | QTSSA 000405 | CS LA FLORIDA | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012771 | Caravana La Florida | UMM-0, 2011 | 00 3 | Arroyo Seco | 22003 0026 | LA LAGUNITA | 223 | QTSSA 000405 | CS LA FLORIDA | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012771 | Caravana La Florida | UMM-0, 2011 | 00 3 | Arroyo Seco | 22003 0059 | EL TEPOZAN | 211 | QTSSA 000405 | CS LA FLORIDA | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012771 | Caravana La Florida | UMM-0, 2011 | 00 3 | Arroyo Seco | 22003 0027 | LA LOMA | 15 | QTSSA 000405 | CS LA FLORIDA | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012771 | Caravana La Florida | UMM-0, 2011 | 00 3 | Arroyo Seco | 22003 0038 | EL POCITO | 62 | QTSSA 000405 | CS LA FLORIDA | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012771 | Caravana La Florida | UMM-0, 2011 | 00 3 | Arroyo Seco | 22003 0023 | EL JARDIN | 193 | QTSSA 000405 | CS LA FLORIDA | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012771 | Caravana La Florida | UMM-0, 2011 | 00 3 | Arroyo Seco | 22003 0016 | EL DURAZNO | 41 | QTSSA 000405 | CS LA FLORIDA | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012771 | Caravana La Florida | UMM-0, 2011 | 00 3 | Arroyo Seco | 22003 0036 | EL PINO | 53 | QTSSA 000405 | CS LA FLORIDA | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012771 | Caravana La Florida | UMM-0, 2011 | 00 3 | Arroyo Seco | 22003 0084 | LA ESCONDIDA DE HIDALGO | 9 | QTSSA 000405 | CS LA FLORIDA | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012771 | Caravana La Florida | UMM-0, 2011 | 00 3 | Arroyo Seco | 22003 0154 | FAMILIA RUIZ ZUÑIGA | 3 | QTSSA 000405 | CS LA FLORIDA | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012771 | Caravana La Florida | UMM-0, 2011 | 00 3 | Arroyo Seco | 22003 0055 | SAN JOSE DEL TEPAME | 79 | QTSSA 000405 | CS LA FLORIDA | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012771 | Caravana La Florida | UMM-0, 2011 | 00 3 | Arroyo Seco | 22003 0131 | MESA DEL PLATANITO | 2 | QTSSA 000405 | CS LA FLORIDA | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012771 | Caravana La Florida | UMM-0, 2011 | 1 | 13 | 1,008 | 3 | 0 | 1 | 1 | 1 | 1 | ||
QTSSA 012800 | Caravana La Yesca | UMM-0, 2011 | 01 0 | Landa de Matamo ros | 22010 0055 | LA YESCA | 225 | 1 MEDICO, 1 ENFERMERA, 1 PROMOTOR | 08:00 A 16:00 CON DISPONIBILIDAD DE HORARIO. | QTSSA 001204 | CS AGUA ZARCA | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA |
QTSSA 012800 | Caravana La Yesca | UMM-0, 2011 | 01 0 | Landa de Matamo ros | 22010 0013 | LA FLORIDA | 135 | QTSSA 001204 | CS AGUA ZARCA | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012800 | Caravana La Yesca | UMM-0, 2011 | 01 0 | Landa de Matamo ros | 22010 0023 | MESA DEL FORTÍN | 74 | QTSSA 001204 | CS AGUA ZARCA | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012800 | Caravana La Yesca | UMM-0, 2011 | 01 0 | Landa de Matamo ros | 22010 0024 | MESA DEL JAGUEY | 104 | QTSSA 001204 | CS AGUA ZARCA | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012800 | Caravana La Yesca | UMM-0, 2011 | 01 0 | Landa de Matamo ros | 22010 0045 | SAN ONOFRE | 99 | QTSSA 001204 | CS AGUA ZARCA | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012800 | Caravana La Yesca | UMM-0, 2011 | 01 0 | Landa de Matamo ros | 22010 0042 | PUERTO DE SAN AGUSTÍN | 264 | QTSSA 001204 | CS AGUA ZARCA | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012800 | Caravana La Yesca | UMM-0, 2011 | 01 0 | Landa de Matamo ros | 22010 0010 | CAMARONES | 164 | QTSSA 001204 | CS AGUA ZARCA | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012800 | Caravana La Yesca | UMM-0, 2011 | 01 0 | Landa de Matamo ros | 22010 0082 | CERRO DE SAN AGUSTÍN | 147 | QTSSA 001204 | CS AGUA ZARCA | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012800 | Caravana La Yesca | UMM-0, 2011 | 1 | 8 | 1,212 | 3 | 0 | 1 | 1 | 1 | 1 | ||
QTSSA 012783 | Caravana Loma de Juárez | UMM-0, 2011 | 00 9 | Jalpan de Serra | 22009 0054 | LOMAS DE JUAREZ | 63 | 1 MÉDICO, 1 ENFERMERA, 1 PROMOTOR | 8:00 - 16:00 HRS. CON DISPONIBILIDAD DE HORARIO | QTSSA 001122 | CS SAUCILLO | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA |
QTSSA 012783 | Caravana Loma de Juárez | UMM-0, 2011 | 00 9 | Jalpan de Serra | 22009 0058 | OJO DE AGUA DE LOS MAR | 84 | QTSSA 001122 | CS SAUCILLO | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA |
QTSSA 012783 | Caravana Loma de Juárez | UMM-0, 2011 | 00 9 | Jalpan de Serra | 22009 0034 | GUAYABOS DE SAUCILLO | 87 | QTSSA 001122 | CS SAUCILLO | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012783 | Caravana Loma de Juárez | UMM-0, 2011 | 00 9 | Jalpan de Serra | 22009 0038 | EL REFUGIO | 26 | QTSSA 001122 | CS SAUCILLO | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012783 | Caravana Loma de Juárez | UMM-0, 2011 | 00 9 | Jalpan de Serra | 22009 0031 | FIN DEL LLANO | 8 | QTSSA 001122 | CS SAUCILLO | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012783 | Caravana Loma de Juárez | UMM-0, 2011 | 00 9 | Jalpan de Serra | 22009 0080 | SAN VICENTE | 148 | QTSSA 001122 | CS SAUCILLO | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012783 | Caravana Loma de Juárez | UMM-0, 2011 | 00 9 | Jalpan de Serra | 22009 0136 | PUERTO DE SAN VICENTE | 53 | QTSSA 001122 | CS SAUCILLO | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012783 | Caravana Loma de Juárez | UMM-0, 2011 | 00 9 | Jalpan de Serra | 22009 0230 | RANCHO TRES CRUCES | 3 | QTSSA 001122 | CS SAUCILLO | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012783 | Caravana Loma de Juárez | UMM-0, 2011 | 00 9 | Jalpan de Serra | 22009 0003 | AGUA AMARGA | 76 | QTSSA 001122 | CS SAUCILLO | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012783 | Caravana Loma de Juárez | UMM-0, 2011 | 00 9 | Jalpan de Serra | 22009 0062 | PETZCOLA | 65 | QTSSA 001122 | CS SAUCILLO | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012783 | Caravana Loma de Juárez | UMM-0, 2011 | 00 9 | Jalpan de Serra | 22009 0072 | SABINO CHICO | 191 | QTSSA 001122 | CS SAUCILLO | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012783 | Caravana Loma de Juárez | UMM-0, 2011 | 00 9 | Jalpan de Serra | 22009 0073 | SABINO GRANDE | 96 | QTSSA 001122 | CS SAUCILLO | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012783 | Caravana Loma de Juárez | UMM-0, 2011 | 00 9 | Jalpan de Serra | 22009 0122 | LOS NARANJITOS | 27 | QTSSA 001122 | CS SAUCILLO | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012783 | Caravana Loma de Juárez | UMM-0, 2011 | 00 9 | Jalpan de Serra | 22009 0134 | MALILA | 9 | QTSSA 001122 | CS SAUCILLO | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012783 | Caravana Loma de Juárez | UMM-0, 2011 | 00 9 | Jalpan de Serra | 22009 0088 | TANCOYOLILLO | 16 | QTSSA 001122 | CS SAUCILLO | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012783 | Caravana Loma de Juárez | UMM-0, 2011 | 00 9 | Jalpan de Serra | 22009 0023 | LA CIENEGA | 14 | QTSSA 001122 | CS SAUCILLO | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012783 | Caravana Loma de Juárez | UMM-0, 2011 | 1 | 16 | 966 | 3 | 0 | 1 | 1 | 1 | 1 | ||
QTSSA 012766 | Caravana La Cañada | UMM-0, 2011 | 00 2 | Pinal de Amoles | 22002 0104 | LA CAÑADA | 174 | 1 MEDICO, 1 ENFERMERA, 1 PROMOTOR | 08:00 A 16:00 CON DISPONIBILIDAD DE HORARIO. | QTSSA 000282 | CS SAN GASPAR | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA |
QTSSA 012766 | Caravana La Cañada | UMM-0, 2011 | 00 2 | Pinal de Amoles | 22002 0020 | CARRICILLO DE MEDIA LUNA | 23 | QTSSA 000282 | CS SAN GASPAR | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012766 | Caravana La Cañada | UMM-0, 2011 | 00 2 | Pinal de Amoles | 22002 0176 | BARBECHOS | 4 | QTSSA 000282 | CS SAN GASPAR | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012766 | Caravana La Cañada | UMM-0, 2011 | 00 2 | Pinal de Amoles | 22002 0005 | AGUACATE DE MORELOS | 118 | QTSSA 000282 | CS SAN GASPAR | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012766 | Caravana La Cañada | UMM-0, 2011 | 00 2 | Pinal de Amoles | 22002 0208 | RANCHO NUEVO 2 | 87 | QTSSA 000282 | CS SAN GASPAR | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012766 | Caravana La Cañada | UMM-0, 2011 | 00 2 | Pinal de Amoles | 22002 0107 | EL MASTRANTO | 87 | QTSSA 000282 | CS SAN GASPAR | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012766 | Caravana La Cañada | UMM-0, 2011 | 00 2 | Pinal de Amoles | 22002 0027 | CUATRO PALOS | 122 | QTSSA 000282 | CS SAN GASPAR | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012766 | Caravana La Cañada | UMM-0, 2011 | 00 2 | Pinal de Amoles | 22002 0062 | LOS PINOS | 330 | QTSSA 000282 | CS SAN GASPAR | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012766 | Caravana La Cañada | UMM-0, 2011 | 00 2 | Pinal de Amoles | 22002 0167 | HORNITOS | 92 | QTSSA 000282 | CS SAN GASPAR | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012766 | Caravana La Cañada | UMM-0, 2011 | 00 2 | Pinal de Amoles | 22002 0225 | LOS LIRIOS | 2 | QTSSA 000282 | CS SAN GASPAR | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA |
QTSSA 012766 | Caravana La Cañada | UMM-0, 2011 | 00 2 | Pinal de Amoles | 22002 0150 | LA QUEBRADORA | 93 | QTSSA 000282 | CS SAN GASPAR | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012766 | Caravana La Cañada | UMM-0, 2011 | 00 2 | Pinal de Amoles | 22002 0131 | LA PEÑA COLORADA | 1 | QTSSA 000282 | CS SAN GASPAR | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012766 | Caravana La Cañada | UMM-0, 2011 | 00 2 | Pinal de Amoles | 22002 0083 | PUERTO DE TEJAMANIL | 101 | QTSSA 000282 | CS SAN GASPAR | QTSSA 001052 | HOSPITAL GENERAL DE JALPAN DE SERRA | ||
QTSSA 012766 | Caravana La Cañada | UMM-0, 2011 | 1 | 13 | 1,234 | 3 | 0 | 1 | 1 | 1 | 1 |
25 | 25 | 25 | 13 | 266 | 81,883 | 78 | 0 | 19 | 19 | 4 | 4 |
El presente anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales por la cantidad de $10,053,107.67 (Diez millones cincuenta y tres mil ciento siete pesos 67/100 M.N.), del Programa de Caravanas de la Salud, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud y por la otra parte el Estado de Querétaro, por conducto de la Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo, con la participación de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo y Servicios de Salud del Estado de Querétaro.
Rúbricas
DIRECCION GENERAL DE PLANEACIÓN Y DESARROLLO EN SALUD
PROGRAMA CARAVANAS DE LA SALUD ANEXO 7
INDICADORES DE DESEMPEÑO DE PRESTACION DE SERVICIO
Pág. 7512
PERIÓDICO OFICIAL
27 de junio de 2014
Entidad
Querétaro
Trimestre: 2014
COBERTURA OBJETIVO UNIDADES MEDICAS MOVILES | ||
Hombres | Rango de Edad | Mujeres |
70 y más | ||
65 a 69 | ||
60 a 64 | ||
55 a 59 | ||
50 a 54 | ||
45 a 49 | ||
40 a 44 | ||
35 a 39 | ||
30 a 34 | ||
25 a 29 | ||
20 a 24 | ||
15 a 19 | ||
10 a 14 | ||
5 a 9 | ||
2 a 4 años | ||
1 año | ||
< de 1 año | ||
TOTAL |
COBERTURA OPERATIVA | 1er.Trimestre | 2do. Trimestre | 3er. Trimestre | 4to. Trimestre |
Número total de Consultas de Primera Vez en el Año | ||||
Número total de Consultas Subsecuentes en el Periodo | ||||
Número total de Embarazadas en control durante el Periodo | ||||
Número de Escuelas en el área de responsabilidad de las Unidades Médicas Móviles |
El presente anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales por la cantidad de $10,053,107.67
(Diez millones cincuenta y tres mil ciento siete pesos 67/100 M.N.), del Programa de Caravanas de la Salud, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de
Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud y por la otra parte el Estado de Querétaro, por conducto de la Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo, con la participación de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo y Servicios de Salud del Estado de Querétaro.
Rúbricas
N° | 1.- INFORME LOS SIGUIENTES RUBROS DE DE CONTROL NUTRICIONAL EN EL PERIODO. | PROGRAMADO ANUAL | REALIZADO PERIODO 1er trimestre | REALIZADO PERIODO 2do. Trimestre | REALIZADO PERIODO 3er. Trimestre | REALIZADO PERIODO 4to.Trimestre |
1 | N° de niños < de 5 años en control nutricional. | |||||
1.1.1 | N° de Niños con Sobrepeso y Obesidad. | |||||
1.1.2 | N° de Niños con Desnutrición leve. | |||||
1.1.3 | N° de Niños con Desnutrición moderada. | |||||
1.1.4 | N° de Niños con Desnutrición severa | |||||
1.2 | N° de Niños Recuperados de desnutrición. | |||||
N° | 2.- INFORME LOS SIGUIENTES RUBROS DE EDA's EN EL PERIODO. | PROGRAMADO ANUAL | REALIZADO PERIODO 1er trimestre | REALIZADO PERIODO 2do. Trimestre | REALIZADO PERIODO 3er. Trimestre | REALIZADO PERIODO 4to.Trimestre |
2.1 | N° de Casos de EDA´s en Menores de 5 años | |||||
2.1.1 | N° de Casos de EDA's en Menores de 5 años con Plan A | |||||
2.1.2 | N° de Casos de EDA's en Menores de 5 años con Plan B | |||||
2.2 | N° de Madres con niños (as) Menores de 5 años capacitadas en signos de alarma de EDA's | |||||
N° | 2.- INFORME LOS SIGUIENTES RUBROS DE EDA's EN EL PERIODO. | PROGRAMADO ANUAL | REALIZADO PERIODO 1er trimestre | REALIZADO PERIODO 2do. Trimestre | REALIZADO PERIODO 3er. Trimestre | REALIZADO PERIODO 4to.Trimestre |
3.1.2 | N° de Casos de IRA´s en Menores de 5 años | |||||
3.2 | N° de Casos de IRA's en Menores de 5 años con tratamiento sintomatico | |||||
3.1.2 | N° de Casos de IRA's en Menores de 5 años con tratamiento antibiotico | |||||
3.2 | N° de Madres con niños (as) Menores de 5 años capacitadas en signos de alarma de EDA's | |||||
El presente anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales por la cantidad de $10,053,107.67
(Diez millones cincuenta y tres mil ciento siete pesos 67/100 M.N.), del Programa de Caravanas de la Salud, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud y por la otra parte el Estado de Querétaro, por conducto de la Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo, con la participación de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo y Servicios de Salud del Estado de Querétaro.
Registrar información conforme al Sistema de Información en Salud (SIS 2014)
27 de junio de 2014
LA SOMBRA DE ARTEAGA
Pág. 7513
Rúbricas
Registrar información conforme al Sistema de Información en Salud (SIS 2014)
N° | 5.- INFORME LOS SIGUIENTES RUBROS DE DIABETES MELLITUS EN EL PERIODO. | PROGRAMADO ANUAL | REALIZADO PERIODO 1er trimestre | REALIZADO PERIODO 2do. Trimestre | REALIZADO PERIODO 3er. Trimestre | REALIZADO PERIODO 4to.Trimestre |
5.1 | N° Total de Pacientes con Diabetes mellitus en tratamiento | |||||
5.1.1 | N° total de pacientes con Diabetes mellitus controlados (metabólicamente) | |||||
5.1.2 | N° total de pacientes con Diabetes mellitus nuevos | |||||
5.2 | N° total de detecciones de Diabetes mellitus | |||||
N° | 6.- INFORME LOS SIGUIENTES RUBROS DE HIPERTENSION ARTERIAL EN EL PERIODO. | PROGRAMADO ANUAL | REALIZADO PERIODO 1er trimestre | REALIZADO PERIODO 2do. Trimestre | REALIZADO PERIODO 3er. Trimestre | REALIZADO PERIODO 4to. Trimestre |
6.1 | N° Total de Pacientes con Hipertensión Arterial en tratamiento | |||||
6.1.1 | N° total de pacientes con Hipertensión arterial controlados (metabólicamente) | |||||
6.1.2 | N° total de pacientes con Hipertensión arterial nuevos | |||||
6.2 | N° total de detecciones de Hipertensión Arterial | |||||
N° | 7.- INFORME LOS SIGUIENTES RUBROS DE OBESIDAD EN EL PERIODO. | PROGRAMADO ANUAL | REALIZADO PERIODO 1er trimestre | REALIZADO PERIODO 2do. Trimestre | REALIZADO PERIODO 3er. Trimestre | REALIZADO PERIODO 4to. Trimestre |
7.1 | N° total de Pacientes en Tratamiento con Obesidad en tratamiento | |||||
7.1.1 | N° total de pacientes con Obesidad controlados | |||||
7.1.2 | N° total de pacientes con Obesidad nuevos | |||||
7.2 | N° total de detecciones de Obesidad | |||||
N° | 8.- INFORME LOS SIGUIENTES RUBROS DE DISLIPIDEMIA EN EL PERIODO. | PROGRAMADO ANUAL | REALIZADO PERIODO 1er trimestre | REALIZADO PERIODO 2do. Trimestre | REALIZADO PERIODO 3er. Trimestre | REALIZADO PERIODO 4to. Trimestre |
8.1 | N° total de Pacientes con Dislipidemia en Tratamiento | |||||
8.1.1 | N° total de pacientes con Dislipidemia controlados | |||||
8.1.2 | N° total de pacientes con Dislipidemia nuevos | |||||
8.2 | N° total de detecciones de Dislipidemia | |||||
El presente anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales por la cantidad de $10,053,107.67
(Diez millones cincuenta y tres mil ciento siete pesos 67/100 M.N.), del Programa de Caravanas de la Salud, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud y por la otra parte el Estado de Querétaro, por conducto de la Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo, con la participación de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo y Servicios de Salud del Estado de Querétaro.
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Rúbricas
Registrar información conforme al Sistema de Información de Cáncer de la Mujer (SICAM) Sistema de Información en Salud (SIS 2014)
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LA SOMBRA DE ARTEAGA
Pág. 7515
N° | 10.- INFORME LOS SIGUIENTES RUBROS DE CANCER CERVICO UTERINO Y CANCER DE MAMA EN EL PERIODO. | PROGRAMADO ANUAL | REALIZADO PERIODO 1er trimestre | REALIZADO PERIODO 2do. Trimestre | REALIZADO PERIODO 3er. Trimestre | REALIZADO PERIODO 4to.Trimestre |
9.1 | N° total de Citologías vaginal | |||||
9.2 | N° total de Casos de Displasia (Leve, Moderada y Severa) | |||||
9.3 | N° total Casos de Cáncer Cervico Uterino | |||||
9.4 | N° total de detecciones para Cáncer de Mama (exploración) | |||||
9.5 | N° total de Casos de Cáncer de Mama | |||||
N° | 11.- INFORME LOS SIGUIENTES RUBROS DE ATENCION PRENATAL EN EL PERIODO | PROGRAMADO ANUAL | REALIZADO PERIODO 1er trimestre | REALIZADO PERIODO 2do. Trimestre | REALIZADO PERIODO 3er. Trimestre | REALIZADO PERIODO 4to.Trimestre |
10.1 | N° de Ingresos a Control Prenatal | |||||
10.1.1 | N° de Ingresos Embarazo de Alto Riesgo | |||||
10.2 | N° Total de pacientes con Embarazo de Alto riesgo Referidas a Segundo Nivel | |||||
N° | 12.- INFORME LOS SIGUIENTES RUBROS DE PLANIFICACION FAMILIAR EN EL PERIODO | PROGRAMADO ANUAL | REALIZADO PERIODO 1er trimestre | REALIZADO PERIODO 2do. Trimestre | REALIZADO PERIODO 3er. Trimestre | REALIZADO PERIODO 4to.Trimestre |
11.1 | No. De Ingresos a Planificación Familiar | |||||
11.2 | No. De Puerperas aceptantes de Planificacion Familiar | |||||
N° | 13.- INFORME LOS SIGUIENTES RUBROS DE ATENCION DENTAL EN EL PERIODO | PROGRAMADO ANUAL | REALIZADO PERIODO 1er trimestre | REALIZADO PERIODO 2do. Trimestre | REALIZADO PERIODO 3er. Trimestre | REALIZADO PERIODO 4to.Trimestre |
12.1 | N° de Escuelas libres de Caries trabajadas en el Periodo | |||||
N° | 13.- Análisis cualitativo de cada Indicador con sus respectivos avances en el periodo que se reporta: |
Nombre y Firma del Coordinador de Caravanas
El presente anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales por la cantidad de $10,053,107.67
(Diez millones cincuenta y tres mil ciento siete pesos 67/100 M.N.), del Programa de Caravanas de la Salud, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud y por la otra parte el Estado de Querétaro, por conducto de la Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo, con la participación de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo y Servicios de Salud del Estado de Querétaro.
Rúbricas
ANEXO 8
PARTIDA DE GASTO | OBSERVACIONES | |
12101 | HONORARIOS | Asignaciones destinadas a cubrir el pago por la prestación de servicios contratados con personas físicas, como profesionistas, técnicos, expertos y peritos, entre otros, por estudios, obras o trabajos determinados que correspondan a su especialidad. PERSONAL GERENCIAL Y OPERATIVOS. |
34501 | SEGUROS DE BIENES PATRIMONIALES | Asignaciones destinadas a cubrir las primas por concepto de seguros contra robos, incendios, y demás riesgos o contingencias a que pueden estar sujetos los materiales, bienes muebles e inmuebles y todo tipo de valores registrados en los activos. Excluye el pago de deducibles previstos en el concepto 3500 Servicios de mantenimiento y conservación, así como los seguros de vida del personal o de gastos médicos, previstos en el capítulo 1000 Servicios Personales. |
39202 | OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS | Asignaciones destinadas a cubrir otra clase de impuestos y derechos tales como gastos de escrituración, legislación de exhortos notariales, de registro público de la propiedad, tenencias y canje de placas de vehículos oficiales, diligencias judiciales, derechos y gastos de navegación de aterrizaje y despegue de aeronaves, de verificación, certificación y demás impuestos y derechos conforme a las disposiciones aplicables. Excluye el impuesto sobre la renta que las dependencias retienen y registran contra las partidas correspondientes del Capítulo 1000 “Servicios Personales”. EXCLUSIVO PARA PAGO DE PEAJE |
37201* | PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN | Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte terrestre en comisiones oficiales temporales dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, derivado de la realización de labores en campo o de supervisión e inspección en lugares distintos a los de su adscripción, en cumplimiento de la función pública. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades de los servidores públicos. Incluye los gastos para pasajes del personal operativo que realiza funciones de reparto y entrega de mensajería, y excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento. |
37203* | PASAJES TERRESTRES NACIONALES ASOCIADOS A DESASTRES NATURALES | Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte terrestre dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en caso de desastres naturales. Excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento. |
37204* | PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA SERVIDORES PÚBLICOS DE MANDO EN EL DESEMPEÑO DE COMISIONES Y FUNCIONES OFICIALES | Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte terrestre en comisiones oficiales temporales dentro del país en lugares distintos a los de su adscripción de servidores públicos de mando de las dependencias y entidades, en cumplimiento de la función pública, cuando las comisiones no correspondan con las previstas en las partidas 37201 Pasajes terrestres nacionales para labores en campo y de supervisión, 37202 Pasajes terrestres nacionales asociados a los programas de seguridad |
PROGRAMA DE CARAVANAS DE LA SALUD GASTOS ADMINISTRATIVOS DE CARAVANAS FUNCIONANDO
pública y nacional y 37203 Pasajes terrestres nacionales asociados a desastres naturales, de este Clasificador. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades y el pago de pasajes para familiares en los casos previstos por las disposiciones generales aplicables. Excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento | ||
37501* | VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN | Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de alimentación y hospedaje de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, derivado de la realización de labores de campo o supervisión e inspección, en lugares distintos a los de su adscripción. Esta partida incluye los gastos de camino aplicándose las cuotas diferenciales que señalen tabuladores respectivos. Excluye los gastos contemplados en las partidas 37101 y 37201. |
37503* | VIÁTICOS NACIONALES ASOCIADOS A DESASTRES NATURALES | Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de alimentación y hospedaje de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en caso de desastres naturales, en lugares distintos a los de su adscripción. Esta partida incluye los gastos de camino aplicándose las cuotas diferenciales que señalen tabuladores respectivos. Excluye los gastos contemplados en las partidas 37103 y 37203. |
37504* | VIÁTICOS NACIONALES PARA SERVIDORES PÚBLICOS EN EL DESEMPEÑO DE FUNCIONES OFICIALES | Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de alimentación y hospedaje de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en lugares distintos a los de su adscripción, cuando las comisiones no correspondan con las previstas en las partidas 37501, 37502, 37503, 37104 y 37204. Esta partida incluye los gastos de camino aplicándose las cuotas diferenciales que señalen tabuladores respectivos. |
37901* | GASTOS PARA OPERATIVOS Y TRABAJOS DE CAMPO EN ÁREAS RURALES | Asignaciones destinadas a cubrir los gastos que realizan las dependencias y entidades, por la estadía de servidores públicos que se origina con motivo del levantamiento de censos, encuestas, y en general trabajos en campo para el desempeño de funciones oficiales, cuando se desarrollen en localidades que no cuenten con establecimientos que brinden servicios de hospedaje y alimentación, y no sea posible cumplir con los requisitos de otorgamiento de viáticos y pasajes previstos en las partidas del concepto 3700. |
37101* | PASAJES ÁEREOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN | Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte aéreo en comisiones oficiales temporales dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, derivado de la realización de labores en campo o de supervisión e inspección en lugares distintos a los de su adscripción, en cumplimiento de la función pública. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades de los servidores públicos. Excluye los arrendamientos de vehículos aéreos, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento. |
37103* | PASAJES ÁEREOS NACIONALES ASOCIADOS A DESASTRES NATURALES | Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte aéreo dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en caso de desastres naturales. Excluye los arrendamientos de vehículos aéreos comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento. |
37104* | PASAJES ÁEREOS NACIONALES PARA SERVIDORES PÚBLICOS DE MANDO EN EL DESEMPEÑO DE COMISIONES Y | Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte aéreo en comisiones oficiales temporales dentro del país en lugares distintos a los de su adscripción de servidores públicos de mando de las dependencias y entidades, en cumplimiento de la función pública, cuando las comisiones no correspondan con las previstas en las partidas 37101 Pasajes aéreos nacionales para labores en campo y de |
FUNCIONES OFICIALES | supervisión, 37102 Pasajes aéreos nacionales asociados a los programas de seguridad pública y nacional y 37103 Pasajes aéreos nacionales asociados a desastres naturales, de este Clasificador. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades y el pago de pasajes para familiares en los casos previstos por las disposiciones generales aplicables. Excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, aéreos, marítimos, lacustres y fluviales, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento. |
*PARTIDAS DEL CONCEPTO 3700 SERVICIOS DE TRASLADO Y VIÁTICOS ASIGNADAS PARA COORDINADOR Y SUPERVISORES.
EN EL CASO DEL PERSONAL OPERATIVO, CUANDO ESTE SEA CONVOCADO POR “LA SECRETARÍA” (DGPLADES), SE AUTORIZA LA APLICACIÓN DE RECURSOS DE ESTE CONVENIO PARA CUBRIR SUS GASTOS DE TRASLADO Y VIÁTICOS.
Rúbricas
El presente anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales por la cantidad de $10,053,107.67 (Diez millones cincuenta y tres mil ciento siete pesos 67/100 M.N.), del Programa de Caravanas de la Salud, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud y por la otra parte el Estado de Querétaro, por conducto de la Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo, con la participación de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo y Servicios de Salud del Estado de Querétaro.
ANEXO 9
PROGRAMA DE CARAVANAS DE LA SALUD
CONTRATACIÓN DE PERSONAL EN EL ESTADO DE QUERÉTARO
NIVEL ESTATAL
CÓDIGO | DESCRIPCIÓN | N ° | SUELDO BRUTO MENSUAL | PARTE PROPORCIONAL DE AGUINALDO | SUBTOTAL | PERIODO DE CONTRATACIÓ N | TOTAL DE PERCEPCIONES |
CFMA000 1 | COORDINADOR (DIR. ÁREA "A") | 1 | $ 47,973.69 | $ 5,330.41 | $ 53,304.10 | 8 | $ 426,432.80 |
CF500000 | SUPERVISOR (JEFE DE DEPTO. RAMA MÉDICA "A") | 1 | $ 33,531.45 | $ 3,725.72 | $ 37,257.17 | 5 | $ 186,285.85 |
CF500000 | SUPERVISOR (JEFE DE DEPTO. RAMA MÉDICA "A") | 2 | $ 33,531.45 | $ 3,725.72 | $ 37,257.17 | 8 | $ 596,114.72 |
$ 1,208,833.37 |
UNIDAD MÓVIL TIPO 0
CÓDIGO | DESCRIPCIÓN | N ° | SUELDO BRUTO MENSUAL | PARTE PROPORCIONAL DE AGUINALDO | SUBTOTAL | PERIODO DE CONTRATACIÓ N | TOTAL DE PERCEPCIONES |
M02035 | ENFERMERA GENERAL TITULADA "A" | 2 0 | $ 15,475.99 | $1,719.55 | $ 17,195.54 | 9.5 | $ 3,267,152.60 |
CF40004 | PROMOTOR (SOPORTE ADMINISTRATIVO “A”) | 2 0 | $ 12,918.11 | $1,435.35 | $ 14,353.46 | 9.5 | $ 2,727,157.40 |
$ 5,994,310.00 |
UNIDAD MÓVIL TIPO 1
CÓDIGO | DESCRIPCIÓN | N ° | SUELDO BRUTO MENSUAL | PARTE PROPORCIONAL DE AGUINALDO | SUBTOTAL | PERIODO DE CONTRATACIÓ N | TOTAL DE PERCEPCIONES |
M02035 | ENFERMERA GENERAL TITULADA "A" | 2 | $ 15,475.99 | $1,719.55 | $ 17,195.54 | 9.5 | $ 326,715.26 |
CF40004 | PROMOTOR (SOPORTE ADMINISTRATIVO “A”) | 2 | $ 12,918.11 | $1,435.35 | $ 14,353.46 | 9.5 | $ 272,715.74 |
$ 599,431.00 |
UNIDAD MÓVIL TIPO 2
CÓDIGO | DESCRIPCIÓN | N ° | SUELDO BRUTO MENSUAL | PARTE PROPORCIONAL DE AGUINALDO | SUBTOTAL | PERIODO DE CONTRATACIÓ N | TOTAL DE PERCEPCIONES |
M01007 | CIRUJANO DENTISTA "A" | 1 | $ 23,854.32 | $2,650.48 | $ 26,504.80 | 9.5 | $ 251,795.60 |
M02035 | ENFERMERA GENERAL TITULADA "A" | 1 | $ 15,475.99 | $1,719.55 | $ 17,195.54 | 9.5 | $ 163,357.63 |
CF40004 | PROMOTOR (SOPORTE ADMINISTRATIVO “A”) | 1 | $ 12,918.11 | $1,435.35 | $ 14,353.46 | 9.5 | $ 136,357.87 |
$ 551,511.10 |
UNIDAD MÓVIL TIPO 3
CÓDIGO | DESCRIPCIÓN | N ° | SUELDO BRUTO MENSUAL | PARTE PROPORCIONAL DE AGUINALDO | SUBTOTAL | PERIODO DE CONTRATACIÓ N | TOTAL DE PERCEPCIONES |
M01007 | CIRUJANO DENTISTA "A" | 2 | $ 23,854.32 | $2,650.48 | $ 26,504.80 | 9.5 | $ 503,591.20 |
M02035 | ENFERMERA GENERAL TITULADA "A" | 2 | $ 15,475.99 | $1,719.55 | $ 17,195.54 | 9.5 | $ 326,715.26 |
CF40004 | PROMOTOR (SOPORTE ADMINISTRATIVO “A”) | 2 | $ 12,918.11 | $1,435.35 | $ 14,353.46 | 9.5 | $ 272,715.74 |
$ 1,103,022.20 |
$ 9,457,107.67
El presente anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales por la cantidad de $10,053,107.67 (Diez millones cincuenta y tres mil ciento siete pesos 67/100 M.N.), del Programa de Caravanas de la Salud, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud y por la otra parte el Estado de Querétaro, por conducto de la Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo, con la participación de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo y Servicios de Salud del Estado de Querétaro.
Rúbricas
ANEXO 10
PROGRAMA DE CARAVANAS DE LA SALUD
Avance Financiero Ejercicio 2014
Capítulo de Gasto (2) | Indicador (3) | Meta (4) | (1) trimestre | |||||||
Autorizado (5) | % (6) | Modificado (7) | % (8) | Ejercido (9) | % (10) | Acumulado (11) | % (12) | |||
1000 | Unidades médicas móviles operando | |||||||||
3000 | ||||||||||
TOTAL (13) |
FIRMA FIRMA FIRMA
COORDINADOR(A) ESTATAL DE CARAVANAS DE LA SALUD
Instructivo de llenado:
DIRECTOR DE FINANZAS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE QUERÉTARO.
COORDINADOR GENERAL DE SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE QUERÉTARO.
(1) Señalar el trimestre al que se refiere
(2) Señalar capítulo de gasto conforme a lo autorizado en el Convenio Específico de Colaboración en materia de Transferencia de Recursos celebrado en el año vigente.
(3) Señalar el indicador conforme al objeto del Convenio Específico de Colaboración en materia de Transferencia de Recursos celebrado en el año vigente.
(4) Señalar la meta conforme al objeto del Convenio Específico de Colaboración en materia de Transferencia de Recursos celebrado en el año vigente.
(5) Señalar el monto autorizado conforme a la distribución por capitulo de gasto establecida en el Convenio Específico de Colaboración en materia de Transferencia de Recursos celebrado en el año vigente.
(6) Señalar el porcentaje que corresponde al capítulo de gasto conforme al monto total autorizado en el Convenio Específico de Colaboración en materia de Transferencia de Recursos celebrado en el año vigente.
(7) Señalar el monto modificado por capítulo de gasto, de ser el caso de que se celebrara un Convenio Modificatorio al Convenio Específico de Colaboración en materia de Transferencia de Recursos celebrado en el año vigente.
(8) Señalar el porcentaje que corresponde al capítulo de gasto conforme al monto total autorizado, de ser el caso de que se celebrara un Convenio Modificatorio al Convenio Específico de Colaboración en materia de Transferencia de Recursos celebrado en el año vigente.
(9) Señalar el monto ejercido por capitulo de gasto conforme a la distribución establecida en el Convenio Específico de Colaboración en materia de Transferencia de Recursos celebrado en el año vigente.
(10) Señalar el porcentaje que corresponde al monto ejercido en el trimestre con respecto al capítulo de gasto conforme a lo establecido en el Convenio Específico de Colaboración en materia de Transferencia de Recursos celebrado en el año vigente.
(11) Señalar el monto ejercido acumulado trimestralmente por capítulo de gasto.
(12) Señalar el porcentaje que representa el monto ejercido acumulado trimestralmente con respecto del monto total autorizado por capítulo de gasto.
(13) Señalar los montos totales conforme a cada rubro (autorizado, modificado, ejercido y acumulado), así como el porcentaje de avance respecto al monto total autorizado.
Rúbricas
El presente anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales por la cantidad de $10,053,107.67 (Diez millones cincuenta y tres mil ciento siete pesos 67/100 M.N.), del Programa de Caravanas de la Salud, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud y por la otra parte el Estado de Querétaro, por conducto de la Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo, con la participación de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo y Servicios de Salud del Estado de Querétaro.
ANEXO 11
Secretaría de Salud Programa Caravanas de la Salud Cierre Presupuestal Ejercicio 2014
Capitul o de gasto | Presupuest o autorizado | Presupuest o modificado | Presupuest o ejercido | Reintegr o TESOFE (1) |
1000 | ||||
3000 | ||||
Total |
No. Cuenta | Rendimiento s generados | Rendimiento s ejercidos | Rendimiento s reintegrados a TESOFE (2) |
No. Cuenta Secretarí a de Finanzas | |||
No. Cuenta Servicios de Salud | |||
Total |
Firma Firma Firma
DIRECTOR DE SERVICIOS DE SALUD SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE QUERÉTARO
COORDINADOR GENERAL DE SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE QUERÉTARO
DIRECTOR DE FINANZAS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE
QUERÉTARO
NOTAS:
(1) Deberá especificar el número de línea de captura TESOFE de reintegro presupuestal, y anexar copia del recibo de pago correspondiente al monto reintegrado.
(2) Deberá especificar el número de línea de captura TESOFE de reintegro de rendimientos financieros, y anexar copia del recibo de pago correspondiente al monto reintegrado.
Rúbricas
El presente anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales por la cantidad de $10,053,107.67 (Diez millones cincuenta y tres mil ciento siete pesos 67/100 M.N.), del Programa de Caravanas de la Salud, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud y por la otra parte el Estado de Querétaro, por conducto de la Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo, con la participación de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo y Servicios de Salud del Estado de Querétaro.
ANEXO 12
PROGRAMA DE CARAVANAS DE LA SALUD
PROGRAMA DE VISITAS A REALIZAR EN EL ESTADO DE QUERÉTARO
JULIO-DICIEMBRE
FECHA DE VISITA:
Durante la realización de las visitas especificadas en el párrafo anterior, conforme a lo dispuesto en el inciso b) de los Parámetros y en la Cláusula Séptima fracción IV del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales para gastos de operación del Programa de Caravanas de la Salud, que celebran el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud con el Estado de Querétaro, se verificará que los recursos presupuestales transferidos sean destinados únicamente para la realización del objeto establecido en la Cláusula Primera del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales por la cantidad 10,053,107.67 (Diez millones cincuenta y tres mil ciento siete pesos 67/100 M.N.), del Programa de Caravanas de la Salud, anteriormente señalado. Por lo que con tal finalidad, las autoridades de “LA ENTIDAD” se comprometen a proporcionar toda la documentación necesaria y permitir el acceso a los archivos correspondientes al Programa de Caravanas de la Salud.
Rúbricas
El presente anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales por la cantidad de $10,053,107.67 (Diez millones cincuenta y tres mil ciento siete pesos 67/100 M.N.), del Programa de Caravanas de la Salud, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud y por la otra parte el Estado de Querétaro, por conducto de la Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo, con la participación de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo y Servicios de Salud del Estado de Querétaro.
HOJA DE FIRMAS DE LOS ANEXOS 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y 12.
POR “LA SECRETARIA” EL SUBSECRETARIO DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO DEL SECTOR SALUD DR. EDUARDO GONZÁLEZ PIER Rúbrica | POR “LA ENTIDAD” EL SECRETARIO DE SALUD DEL PODER EJECUTIVO DR. MARIO CÉSAR GARCÍA FEREGRINO Rúbrica |
EL DIRECTOR GENERAL DE PLANEACIÓN Y DESARROLLO EN SALUD | EL SECRETARIO DE PLANEACIÓN Y FINANZAS DEL PODER EJECUTIVO |
LIC. CARLOS GRACIA NAVA Rúbrica | ING. GERMÁN GIORDANO BONILLA Rúbrica |
EL COORDINADOR GENERAL DE SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE QUERÉTARO DR. JORGE RAFAEL ESPINOSA BECERRA Rúbrica |
LA PRESENTE HOJA DE FIRMA DE ANEXOS FORMA PARTE INTEGRANTE DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTALES FEDERALES PARA FORTALECER LA CALIDAD EN LOS SERVICIOS DE SALUD, POR LA CANTIDAD DE $ 67’540,431.00 (SESENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS CUARENTA MIL CUATROSCIENTOS TREINTA Y UN PESOS 00/100 M.N.), QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD REPRESENTADA POR LA SUBSECRETARÍA DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO DEL SECTOR SALUD, Y POR LA OTRA PARTE EL ESTADO DE QUERÉTARO, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD DEL PODER EJECUTIVO, CON LA PARTICIPACIÓN DE LA SECRETARÍA DE PLANEACIÓN Y FINANZAS DEL PODER EJECUTIVO Y SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE QUERÉTARO.
PROCURADURÍA ESTATAL DE PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO URBANO
PROCURADURÍA ESTATAL DE PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO URBANO. PERIODOS VACACIONALES Y DÍAS INHÁBILES.
Santiago de Querétaro, Querétaro, a 27 de junio de 2014.
Con fundamento en los artículos 9 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, 18 de la Ley de la Administración Pública Paraestatal del Estado de Querétaro, 15 fracción I del Reglamento de la Procuraduría Estatal de Protección al Medio Ambiente y Desarrollo Urbano, en relación con los numerales 180 de la Ley de Protección Ambiental para el Desarrollo Sustentable del Estado de Querétaro y 29 de la Ley de Procedimientos Administrativos del Estado de Querétaro y, con el objeto de organizar adecuadamente las labores propias de este Organismo y tomando en consideración los dos periodos vacacionales y días inhábiles de los que gozará el personal de esta Procuraduría, de acuerdo con el artículo 27 del Reglamento de la Procuraduría Estatal de Protección al Medio Ambiente y Desarrollo Urbano en consonancia con los artículos 28, 29, 30 y 31 de la Ley de los Trabajadores del Estado de Querétaro, por lo que en virtud de lo anterior se procede a señalar los periodos vacacionales de los que habrá de gozar el personal de esta autoridad para el año dos mil catorce. Por lo que se señala lo siguiente:
1. El primer periodo vacacional será el comprendido entre el veintiocho de julio al ocho de agosto de dos mil catorce.
2. El segundo periodo vacacional será el comprendido entre el diecinueve de diciembre de dos mil catorce al dos de enero de dos mil quince.
Periodos que no serán contados para los plazos otorgados en los procedimientos administrativos, y en los cuales solo se prestará el servicio de recepción de denuncias o acciones populares en los términos de los artículos 126 del Código Urbano del Estado de Querétaro, el numeral 204 de la Ley de Protección Ambiental para el Desarrollo Sustentable del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro y el artículo 42 del Reglamento de la Procuraduría Estatal de Protección al Medio Ambiente y Desarrollo Urbano, siendo a cargo de esta Procuraduría la guardia que establece la Ley de los Trabajadores del Estado de Querétaro, con un horario de atención al público de las 08:30 a 16:00 horas, de lunes a viernes de cada semana.
Se deberán considerar como días inhábiles y por lo tanto no transcurren los plazos procesales, los siguientes días: 1° de enero, 3 de febrero, 17 de marzo, 17 y 18 de abril, 1 y 10 de mayo, 16 de septiembre, 1, 2 y 17 de noviembre, 12 y 25 de diciembre, todos del año 2014 y 1° de enero de 2015.
Lo anterior, con fundamento en el artículo 29 de la Ley de Procedimientos Administrativos del Estado de Querétaro de aplicación supletoria a las leyes de la materia.
Santiago de Querétaro, Qro, a 27 de junio de 2014.
ATENTAMENTE.
M. EN I. JOSÉ ALFREDO ZEPEDA GARRIDO. PROCURADOR ESTATAL DE PROTECCIÓN
AL MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO URBANO.
Rúbrica.
ÚNICA PUBLICACIÓN.
GOBIERNO MUNICIPAL
El que suscribe Lic. José Ernesto Bejarano Sánchez, Secretario del Ayuntamiento de Corregidora, Qro., en uso de las facultades que me confiere el artículo 15 fracciones I, IV y V del Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Municipio de Corregidora, Querétaro, hago constar y
C E R T I F I C O
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 29 (veintinueve) de abril de 2014 (dos mil catorce), el H. Ayuntamiento de Corregidora, Qro., aprobó el Acuerdo por el que se otorga la Autorización Provisional para Venta de Lotes del Fraccionamiento de tipo Habitacional Medio denominado “Puerta de Piedra” en su Etapa 1, con una superficie de 49,517.17 m², ubicado en el lote de terreno que formo parte de la Ex Hacienda de Trojitas que a su vez formo parte del predio Balvanera, en el Municipio de Corregidora e identificado con las claves catastrales 06 01 001 01 077 991, 06 01 001 01 077 992, 06 01 001 01 077 993, 06 01 001 01 077 994, 06 01 001 01 077 995, 06 01 001 01 077 996 y 06 01
001 01 077 999, mismo que se transcribe textualmente a continuación:
“H. AYUNTAMIENTO DE CORREGIDORA:
Con fundamento legal en lo dispuesto por los artículos 115 fracción V, incisos d) y f) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2 fracción VIII, 6 y 9 fracciones I, III y X de la Ley General de Asentamientos Humanos, 35 de la Constitución Política del Estado de Querétaro; 30 fracción II, inciso d), 121 y 122 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro; 1, 10, 11 fracción I, 13, 15 fracción I, 16, 18, 40, 41, 130 al 151, 156, 160, 162, 163, 178, 181, 184, 196, 198 y
356 del Código Urbano del Estado de Querétaro; 5, 15, 18 y 27 del Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Municipio de Corregidora, Qro; 15 fracción XVII 29, 34 y 47 del Reglamento Interior del Ayuntamiento de Corregidora, Qro, corresponde, a éste H. Ayuntamiento conocer y resolver el Acuerdo por el que se otorga la Autorización Provisional para Venta de Lotes del Fraccionamiento de tipo Habitacional Medio denominado “Puerta de Piedra” en su Etapa 1, con una superficie de 49,517.17 m², ubicado en el lote de terreno que formo parte de la Ex Hacienda de Trojitas que a su vez formo parte del predio Balvanera, en el Municipio de Corregidora e identificado con las claves catastrales 06 01 001 01 077 991, 06 01 001 01 077 992, 06 01 001 01 077 993, 06 01 001 01 077 994, 06 01 001 01 077 995, 06 01
001 01 077 996 y 06 01 001 01 077 999, procedimiento administrativo que se encuentra radicado ante la Secretaría del Ayuntamiento de este municipio, bajo el expediente número DAC/CAI/007/2014 y;
C O N S I D E R A N D O
1. Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 115 fracciones I y II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos los municipios son gobernados por un Ayuntamiento y la competencia que se otorga al gobierno municipal se ejercerá de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna entre éste y el gobierno del Estado. De igual forma se establece que los municipios se encuentran facultados para emitir y aprobar disposiciones que organicen la administración pública municipal así como para regular las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia como lo es lo relativo al Desarrollo Urbano.
2. Que este Municipio es compétete para formular, aprobar, administrar, evaluar y vigilar el cumplimento de los planes o programas municipales de desarrollo urbano; controlar y vigilar el uso del suelo, otorgar licencias y permisos para uso de suelo y construcción; así como para autorizar y vigilar el desarrollo de fraccionamientos, subdivisiones, fusiones, relotificaciones y condominios, esto de conformidad a lo que establecen los artículos 115 fracción V, incisos d) y f) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, 9 fracciones I, III y X, y 35 de la Ley General de Asentamientos Humanos; 30 fracción II, inciso d), 121 y 122 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro; 1, 10, 11 fracción I, 13, 15 fracción I, 16, 18, 40, y 41 del Código Urbano del Estado de Querétaro.
3. Que con fecha 7 de febrero de 2014, se recibió en la Secretaría del Ayuntamiento, solicitud del C.P. Manuel Guerrero Chávez, Representante Legal de “SCOTIABANK INVERLAT”, S.A., INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK INVERLAT, DIVISIÓN FIDUCIARIA, para obtener la Venta provisional de Lotes de la Etapa 1, del Fraccionamiento de Tipo Habitacional Medio denominado Puerta de Piedra, ubicado en Ex Hacienda de Trojitas, Rancho denominado “La Palma”, Municipio de Corregidora, con una superficie de 49,517.17 m2.
4. Que el artículo 198 del Código Urbano del Estado de Querétaro señala que se podrá obtener Autorización Provisional para la venta de lotes, aún cuando no se hayan concluido totalmente las obras de urbanización del fraccionamiento, etapa, sección o fase, mediante el cumplimiento de los siguientes requisitos:
I. Que la licencia para ejecución de obras de urbanización, se encuentre protocolizada ante Notario Público e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio;
II. Tener un avance mínimo del treinta por ciento en las obras de urbanización;
III. Haber cubierto los impuestos y derechos que correspondan; y
IV. Otorgar fianza emitida por compañía afianzadora autorizada, por el valor total de las obras de urbanización que falten por ejecutar.
5. Que para atender la petición del promovente y precisar las condiciones técnicas de la Venta provisional, la Secretaría del Ayuntamiento a través del oficio número SAY/DAC/0094/2014, de fecha 11 de febrero de 2014, e ingresado a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas de este municipio bajo el folio número 340, solicitó la Opinión Técnica correspondiente.
6. Que en respuesta a lo anterior con fecha 23 de abril de 2014, se recibió en la Secretaría del Ayuntamiento el oficio número SDUOP/DDU/DACU/1030/2014, mediante el cual, la Arq. Rusett Cantó Carmona, Encargada del Despacho de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas remite la Opinión Técnica No. DDU/DACU/OT/37/2014, de la cual se desprende lo siguiente:
DATOS DEL PREDIO:
UBICACIÓN: | Lote de terreno que formo parte de la Ex Hacienda de Trojitas que a su vez formo parte del predio Balvanera. | |
EJIDO: | El Pueblito | |
CLAVE | 060100101077991, 060100101077992, 060100101077993, | 060100101077994, |
CATASTRAL: | 060100101077995, 060100101077996 y 060100101077999. | |
SUPERFICIE M²: | 250,035.66 m² |
UBICACIÓN GEOGRÁFICA DEL PREDIO:
GENERAL:
PARTICULAR: |
ANTECEDENTES:
6.1. Mediante escrito de fecha 06 de Febrero de 2014, el C.P. Manuel Guerrero Chávez en su carácter de Representante Legal de “Scotiabank Inverlat”, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Scotiabank, División Fiduciaria, Fideicomiso No. 170074546, solicitó a la Secretaría del Ayuntamiento la Autorización Provisional para Venta de Lotes de la Etapa 1 del Fraccionamiento de tipo Habitacional Medio denominado “Puerta de Piedra”, ubicado en Ex Hacienda de Trojitas, Rancho La Palma en este Municipio de Corregidora, Qro.
6.2. Mediante Escritura Pública No. 1,993 de fecha 12 de Julio de 1988, pasada ante la fe del Lic. Samuel Palacios Alcocer, Notario Público Titular de la Notaría Pública No. 23 de ésta demarcación Notarial de Querétaro, se hizo constar la adquisición en copropiedad y en partes iguales del inmueble que se identifica como Rancho denominado “La Palma”, ubicado en el lote de terreno que formó parte de la Ex Hacienda de Trojitas que a su vez fue parte del predio Balvanera en el Municipio de Villa Corregidora [sic.], integrado por dos fracciones que forman una unidad topográfica de 26-21-75 hectáreas; inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Querétaro, bajo la Partida No. 121 del Libro 90-C de la Primera Sección, con fecha del 6 de Noviembre de 1989.
6.3. Mediante Escritura Pública No. 21,452 de fecha 03 de Noviembre de 2011, pasada ante la fe del Lic. Juan Carlos Muñoz Ortiz, Notario Público Titular de la Notaría Pública No. 32 de la Demarcación Notarial de Querétaro, comparecen a fin de celebrar CONTRATO DE FIDEICOMISO, por una parte los Señores Rafael Montoya Becerra y Ma. Irene Becerra Rodríguez quien también es conocida como Irene Becerra Rodríguez, por su propio derecho a quien en lo sucesivo se le denominará como EL FIDEICOMITENTES Y FIDEICOMISARIOS “A”; por otra parte, la Sociedad Mercantil “DESARROLLADORA RANMAN”, Sociedad Anónima de Capital Variable, representada por el señor Contador Público Manuel Guerrero Chávez, a quien se denominará como EL FIDEICOMITENTE Y FIDEICOMISARIO “B”; de una tercera parte comparece la INSTITUCIÓN BANCARIA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO “SCOTIABANK INVERLAT”, SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK INVERLAT, DIVISIÓN FIDUCIARIA, representada por sus Delegados Fiduciarios los Señores Licenciado Jaime Vázquez Lopez y Ramiro Antonio Berrelleza Sánchez y por último el Señor Sergio Ernesto Uribe Goytia, por su propio derecho, a quien se denominará como EL DEPOSITARIO; inscrita ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Querétaro, en los Folios Inmobiliarios de Constitución de Fideicomiso de Administración 00424155/0001 y 00424156/0001 de fecha 03 de Mayo de 2012.
En dicho Instrumento a través de la Cláusula Trigésimo Primera “Otorgamiento de Poderes”, se otorga Poder General para Pleitos y Cobranzas y Poder General para Administrar Bienes o Actos de Administración a favor del
C. Manuel Guerrero Chávez.
6.4. Con fecha del 01 de Junio de 2009, la Dirección de Catastro adscrita a la Secretaría de Planeación y Finanzas de Gobierno del Estado de Querétaro, Qro., emitió el Deslinde Catastral con Folio DT2009029 para el predio rustico ubicado en la Fracción del Rancho denominado “La Palma”, Ejido El Pueblito, Municipio de Corregidora, Qro., con clave catastral 06 01 001 65 436 023, en el cual se desprende la superficie de 25-66-05.938 Ha.
6.5. En Sesión Extraordinaria de Cabildo de fecha 29 de Septiembre de 2009, el H. Ayuntamiento de Corregidora, Qro., aprobó el Acuerdo relativo al Incremento de Densidad de 100 a 250 Hab/Ha., para el predio ubicado en Ex Hacienda de Trojitas, Rancho denominado “La Palma”, Municipio de Corregidora, con una superficie de 26-21-75 Has.
6.6. La Comisión Federal de Electricidad, mediante Oficio No. P282/2012 de fecha 15 de Marzo de 2012, informó a la empresa “DESARROLLADORA RANMAN”, S.A. de C.V., que existe la Factibilidad para proporcionar el servicio de energía eléctrica para el lote que se pretende fraccionar, localizado en la población de El Pueblito, del Municipio de Corregidora, Querétaro. (superficie 256605.9384 m²). [sic.]
6.7. Mediante oficio No. VE/4443/2012, de fecha 21 de Diciembre de 2012, la Comisión Estatal de Aguas emitió la Factibilidad de Otorgamiento de los Servicios de agua potable, alcantarillado sanitario y drenaje pluvial para la construcción de 24 viviendas, en un desarrollo habitacional que denominan “Puerta de Piedra”, ubicado en el lote de terreno que formó parte de la Ex Hacienda de Trojitas que a su vez fue parte del predio Balvanera en el Municipio de Corregidora, Qro.
6.8. Mediante oficio No. SEDESU/SSMA/080/2013, de fecha 19 de Febrero de 2013, la Secretaría de Desarrollo Sustentable de Gobierno del Estado de Querétaro, emitió la Autorización en Materia de Impacto Ambiental exclusivamente para las obras de urbanización de todo el predio y la construcción de 24 viviendas correspondientes al desarrollo habitacional al que denominan “Fraccionamiento Puerta de Piedra Residencial”, con superficie total de 25.6605Has, ubicado en el predio denominado La Palma, localizado en Av. Ribera del Río en la localidad El Pueblito [sic.], Municipio de Corregidora, Qro.; debiendo dar cumplimiento a las condicionantes en el señaladas.
6.9. Mediante oficio No. DU/AL/349 de fecha 22 de Febrero de 2013, la Dirección de Desarrollo Urbano adscrita a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas del Municipio de Corregidora, Qro., emitió la Constancia de Alineamiento, en el cual con base a la inspección física y a la revisión de los planes y programas de Desarrollo Urbano, determinó las restricciones de la Fracción del Rancho denominado “La Palma” ubicado en un lote de terreno que formó parte de la Ex Hacienda Trojitas, que a su vez fue parte del predio Balvanera, identificado con las claves catastrales 06 01 001 01 077 996, 06 01 001 01 077 992, 06 01 001 01 077 991, 06 01 001 01 077 995, 06 01 001 01 077 993, 06 01 001 01 077 994 y 06 01 001 01 077 999.
6.10. Mediante Oficio No. DDU/DPDU/173/2012, expediente SP-02/13 de fecha 21 de Febrero de 2013, la Dirección de Desarrollo Urbano adscrita a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas del Municipio de Corregidora, Qro., autorizó la Fusión de los Predios ubicados en una Fracción del Rancho denominado “La Palma”, ubicado en un lote de terreno que formó parte de la Ex Hacienda de Trojitas que a su vez fue parte del predio Balvanera, Municipio de Corregidora, Qro., identificados con las Claves Catastrales 06 01 001 01 077 996, 06 01 001 01 077 992, 06 01 001 01 077 991, 06 01 001 01 077 995, 06 01 001 01 077 993, 06 01 001 01 077 994 y 06 01 001 01 077 999 y superficies de 20,693.854 m², 19,588.942 m², 9,354.154 m², 15,805.556 m², 22,746.430 m², 3,704.695 m² y 158,144.029 m² respectivamente, formando una unidad topográfica con superficie total de 250,035.660 m².
6.11. Mediante Oficio No. SSPYTM/047/2013 de fecha 26 de Febrero de 2013, la Secretaría de Seguridad Publica y Transito Municipal emitió el Dictamen de Factibilidad Vial para el proyecto consistente en un Fraccionamiento Habitacional con densidad de 250 Hab/Ha., Crecimiento Condicionado, ubicado en la Fracción del Racho denominado “La Palma” y clave catastral 06010010177999 [sic.]; debiendo dar cumplimiento a las condicionantes en él señaladas.
6.12. Mediante Oficio No. SDUOP/DDU/DPDU/0735/2013, expediente USM-055/13 de fecha 13 de Marzo de 2013, la Secretaría de Desarrollo Urbano y obras Públicas del Municipio de Corregidora, Qro., autorizó el Dictamen de Uso de Suelo, FACTIBLE para ubicar un DESARROLLO INMOBILIARIO HABITACIONAL CONSISTENTE EN UN MÁXIMO DE 1250 VIVIENDAS UNIFAMILIARES Y DOS LOTES COMERCIALES COMPATIBLES CON VIVIENDA, en el predio ubicado en Ex Hacienda de Trojitas, Ejido El Pueblito, Municipio de Corregidora, Qro., con una superficie total de 250,035.66 m², e identificado con las claves catastrales 06 01 001 01 077 991, 06 01 001 01 077 992, 06 01 001 01 077 993, 06 01 001 01 077 994, 06 01 001 01 077 995, 06 01 001 01 077 996 y 06 01 001 01 077 999.
6.13. Mediante Oficio No. SG/UMPC/067/2013 de fecha 14 de Marzo de 2013, la Dirección de Protección Civil adscrita a la Secretaría de Gobierno de este Municipio de Corregidora, Qro., emitió el análisis de riesgo y opinión de Grado de Riesgo ALTO ACEPTABLE, dadas las condiciones y características del terreno.
6.14. En Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 18 de Marzo de 2013, el H. Ayuntamiento de Corregidora, Qro., aprobó el Acuerdo relativo a la Modificación del diverso de fecha 29 de Septiembre de 2009, en el que se autoriza Incremento de Densidad de 100 a 250 hab/ha., para el predio ubicado en Ex Hacienda de Trojitas, Rancho denominado “La Palma”, Municipio de Corregidora, Qro., así como la Autorización de la Causahabiencia a favor de “DESARROLLADORA RANMAN”, S.A. de C.V., respeto del mismo predio.
6.15. La Comisión Federal de Electricidad con fecha 3 de Abril de 2013, selló los planos correspondientes a los Proyectos de Red de Energía Eléctrica Media y Baja Tensión y Alumbrado Público con la leyenda “VO.BO. Planos Autorizados para Trámites ante otras Dependencias”.
6.16. Mediante Oficio No. SDUOP/DDU/DACU/1096/2013 de fecha 15 de Abril de 2013, la Secretaría de Desarrollo Sustentable y Obras Públicas del Municipio de Corregidora, Qro., autorizó el Visto Bueno al Proyecto de Lotificación correspondiente al fraccionamiento que se pretende denominar “Puerta de Piedra”, en el predio ubicado en Ex Hacienda de Trojitas, Rancho denominado La Palma, Ejido El Pueblito, Municipio de Corregidora, Qro., con una superficie total de 250,035.66 m², e identificado con las claves catastrales 06 01 001 01 077 991, 06 01 001 01 077 992, 06 01 001 01 077 993, 06 01 001 01 077 994, 06 01 001 01 077 995, 06 01 001 01 077 996 y 06 01 001 01 077 999.
6.17. Mediante oficio No. VE/1623/2013, de fecha 24 de Junio de 2013, la Comisión Estatal de Aguas emitió la ratificación de la factibilidad de los servicios de agua potable, alcantarillado y drenaje pluvial para la construcción de 24 viviendas, en un desarrollo habitacional que denominan “Puerta de Piedra”, ubicado en el lote de terreno que formó parte de la Ex Hacienda de Trojitas, que a su vez fue parte del predio Balvanera en el Municipio de Corregidora, Qro.
6.18. La Comisión Estatal de Aguas, mediante Expediente VC-001-12-D, de fecha 26 de Junio de 2013, y Proyecto No. 13-072, registró los Proyectos de las Redes de Descarga Pluvial, Drenaje Sanitario y Agua Potable para el desarrollo que denominan “Puerta de Piedra”, ubicado en Ex Hacienda de Trojitas, Rancho denominado “La Palma”, Municipio de Corregidora, Qro.
6.19. Mediante Oficio No. SDUOP/DDU/DACU/2376/2013 de fecha 15 de Agosto de 2013, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas del Municipio de Corregidora, Qro., autorizó la Modificación de Visto Bueno al Proyecto de Lotificación del fraccionamiento de tipo Habitacional Medio que se pretende denominar “Puerta de Piedra”, ubicado en el predio Ex Hacienda de Trojitas, Rancho denominado La Palma, Ejido El Pueblito, Municipio de Corregidora, Qro., con una superficie total de 250,035.66 m², e identificado con las claves catastrales 06 01 001 01 077 991, 06 01 001 01 077 992, 06 01 001 01 077 993, 06 01 001 01 077 994, 06 01 001 01 077 995, 06 01 001 01 077 996 y 06 01 001 01 077 999.
6.20. En Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 11 de Septiembre de 2013, el H. Ayuntamiento de Corregidora, Qro., aprobó el Acuerdo relativo a la Autorización de la Licencia de Ejecución de Obras de Urbanización para la Etapa
1 y Asignación de la Nomenclatura de las vialidades del Fraccionamiento de Tipo Habitacional Medio denominado “Puerta de Piedra”, ubicado en Ex Hacienda de Trojitas, Rancho denominado “La Palma”, Municipio de Corregidora, Qro.
6.21. Para dar cumplimiento a lo señalado en el Resolutivo Segundo, por cuanto ve al Considerando 7 incisos E), F), G), J), M) del Acuerdo de Cabildo de fecha 11 de Septiembre de 2013, el promotor exhibe copia de la siguiente documentación:
o Recibo de Pago No. E-938940 de fecha 2 de octubre de 2013, emitido por la Secretaría de Tesorería y Finanzas del Municipio de Corregidora, Qro., amparando la cantidad de $82,837.00 (Ochenta y dos mil ochocientos treinta y siete pesos 00/100 M.N.) dando cumplimiento al pago por los Derechos por concepto de Supervisión de las Obras de Urbanización.
o Recibo de Pago No. E-938938 de fecha 2 de octubre de 2013, emitido por la Secretaría de Tesorería y Finanzas del Municipio de Corregidora, Qro., amparando la cantidad de $379,920.00 (Trescientos setenta y nueve mil novecientos veinte pesos 00/100 M.N.) dando cumplimiento al pago por los Derechos por concepto de Licencia para Fraccionar de conformidad a lo establecido en el artículo 23 Fracción VI Numeral 8 de la Ley de Ingresos del Municipio de Corregidora, Qro.
o Mediante oficio No. DU/AL/349 de fecha 5 de agosto de 2013, la Dirección de Desarrollo Urbano del Municipio de Corregidora, Qro., emitió la Constancia de Alineamiento para la Fracción del Rancho denominado “La Palma”, ubicado en un lote del terreno que formó parte de la Ex Hacienda Trojitas, que a su vez fue parte del predio Balvanera, con Clave Catastral 060100101077992, 060100101077991, 060100101077995, 060100101077993, 060100101077994 y 060100101077999.
o Constancia del Recibo de Pago No. E-389639 de fecha 5 de octubre de 2009, emitido por la Secretaría de Tesorería y Finanzas del Municipio de Corregidora, Qro., amparando la cantidad de
$53,313.00 (Cincuenta y tres mil trescientos trece pesos 00/100 M.N.) dando cumplimiento al pago de Derechos por el Incremento de Densidad 100 a 250 Hab/Ha, ubicado en Ex Hacienda de Trojitas rancho denominado La Palma, Corregidora, a nombre de Rafael Montoya Becerra.
o Recibo de Pago No. E-938939 de fecha 2 de octubre de 2013, emitido por la Secretaría de Tesorería y Finanzas del Municipio de Corregidora, Qro., amparando la cantidad de $28,460.00 (Veintiocho mil cuatrocientos sesenta pesos 00/100 M.N.) dando cumplimiento al pago por los Derechos de Autorización de Nomenclatura del Fraccionamiento.
6.22. Mediante Expediente VE/3269/2013, de fecha 20 de Diciembre de 2013, la Comisión Estatal de Aguas (CEA) emitió la Factibilidad de Otorgamiento de los Servicios de agua potable, alcantarillado sanitario y drenaje pluvial para la construcción de 400 viviendas en un desarrollo habitacional que denominan “Puerta de Piedra”, ubicado en Rancho denominado La Palma, ubicado en el lote de terreno que formó parte de la Ex Hacienda de Trojitas que a su vez fue parte del predio Balvanera en el Municipio de Corregidora, Qro.
6.23. En Supervisión de Obra Personal Técnico de la Dirección de Desarrollo Urbano adscrita a ésta Secretaría, validó el avance en las Obras de Urbanización para la Etapa 1 del Fraccionamiento “Puerta de Piedra”, por lo que da cumplimiento a lo establecido en el Artículo 198, Fracción II del Código Urbano del Estado de Querétaro.
7. Con base en lo establecido en el considerando inmediato anterior, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas emitió la siguiente:
OPINIÓN TÉCNICA
“Por lo anterior, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas del Municipio de Corregidora, Qro., PONE A CONSIDERACIÓN del H. Ayuntamiento la Autorización Provisional para Venta de Lotes del Fraccionamiento de tipo Habitacional Medio denominado “Puerta de Piedra” en su Etapa 1, con una superficie de 49,517.17 m², ubicado en el lote de terreno que formo parte de la Ex Hacienda de Trojitas que a su vez formo parte del predio Balvanera, en el Municipio de Corregidora e identificado con las claves catastrales 06 01 001 01 077 991, 06 01 001 01 077 992, 06 01 001 01 077 993, 06 01 001 01 077 994, 06 01 001 01 077
995, 06 01 001 01 077 996 y 06 01 001 01 077 999.”
8. Asimismo y de conformidad con la Opinión Técnica emitida por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, la empresa promotora deberá dar cumplimiento a lo siguiente:
8.1. De conformidad a lo establecido en la Ley de Ingresos Municipal para el ejercicio fiscal 2014, en su artículo 15 deberá cubrir el pago respecto del Impuesto por Superficie Vendible por la siguiente cantidad, en un plazo no mayor a 15 días hábiles, contados a partir de la notificación del presente Acuerdo, como a continuación se indica:
Impuestos por Superficie Vendible Habitacional $ 400,320.59
Total $ 400,320.59
(CUATROCIENTOS MIL TRESCIENTOS VEINTE PESOS 59/100 M.N.)
8.2. En cumplimiento al Artículo 198, Fracción IV del Código Urbano del Estado de Querétaro, el promotor deberá depositar una fianza que garantice la buena calidad, ejecución y conclusión al 100% de las obras de urbanización, misma que será por un monto de $4’614,132.86 (CUATRO MILLONES SEISCIENTOS CATORCE MIL CIENTO TREINTA Y DOS PESOS 86/100 M.N.), y tendrá que mantenerse vigente en tanto las obras de urbanización de la Etapa 1 del Fraccionamiento “Puerta de Piedra” no sean concluidas, debiendo renovarse junto con la Licencia de Ejecución de Obras de Urbanización de la Etapa 1 del citado Fraccionamiento en el caso de que ésta llegara a su vencimiento y no podrá ser cancelada más que por autorización expresa y por escrito de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas del Municipio de Corregidora, Qro
8.3. De conformidad al Artículo 202 del Código Urbano del Estado de Querétaro, el Promotor deberá incluir en los contratos de compraventa o de promesa de venta de lotes, las cláusulas restrictivas necesarias para asegurar, por parte de los compradores, que los lotes no se subdividirán en otros de dimensiones menores que las autorizadas y que los mismos se destinarán a los fines y usos para los cuales hubieran sido aprobados, pudiendo en cambio, fusionarse sin cambiar el uso de ellos.
8.4. El promotor deberá de presentar la ampliación del Dictamen de Impacto Ambiental emitido por la Secretaría de Desarrollo Sustentable de Gobierno del Estado mediante el Oficio No. SEDESU/SSMA/080/2013 de fecha 19 de Febrero de 2013, para el número de viviendas que se ubican en la Etapa 1 del fraccionamiento de tipo Habitacional Medio denominado “Puerta de Piedra”, así como el informe que emita dicha dependencia respecto al cumplimiento de las condicionantes en el contenidas.
Por lo anteriormente expuesto, fundado y motivado, la Comisión de Desarrollo Urbano, elabora y somete a la consideración de este H. Ayuntamiento, la aprobación del siguiente:
A C U E R D O
PRIMERO.- Se otorga a “SCOTIABANK INVERLAT”, S.A., INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO
SCOTIABANK INVERLAT, DIVISIÓN FIDUCIARIA, la Autorización Provisional para Venta de Lotes del Fraccionamiento de tipo Habitacional Medio denominado “Puerta de Piedra” en su Etapa 1, con una superficie de 49,517.17 m², ubicado en el lote de terreno que formo parte de la Ex Hacienda de Trojitas que a su vez formo parte del predio Balvanera, en el Municipio de Corregidora e identificado con las claves catastrales 06 01 001 01 077 991, 06 01 001 01 077 992, 06 01 001
01 077 993, 06 01 001 01 077 994, 06 01 001 01 077 995, 06 01 001 01 077 996 y 06 01 001 01 077 999..
SEGUNDO.- El promotor deberá dar cumplimiento a todas y cada una de las obligaciones impuestas y establecidas dentro del Considerando 8 del presente Acuerdo.
TERCERO.- Se instruye a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas y a la Secretaría de Tesorería y Finanzas de este Municipio, para que dentro del ámbito de competencia administrativa que a cada una de estas corresponde, den puntual seguimiento al cumplimiento de las obligaciones impuestas al solicitante informando de ello a la Secretaría del Ayuntamiento.
CUARTO.- En caso de incumplimiento por parte del promotor a cualquiera de las disposiciones del presente Acuerdo, se someterá a la consideración del Ayuntamiento su revocación.
T R A N S I T O R I O S
PRIMERO.- Publíquese a costa del promovente en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado “La Sombra de Arteaga”, por dos ocasiones consecutivas con un intervalo de seis días naturales, sin contar en ellos los de la publicación, así como por dos ocasiones en la Gaceta Municipal.
SEGUNDO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en los medios de difusión precisados en el transitorio anterior.
TERCERO.-El presente Acuerdo, deberá protocolizarse e inscribirse con costo para el promotor en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de Gobierno del Estado, en un plazo no mayor de sesenta días hábiles contados a partir de su notificación, y una vez realizado lo anterior, deberá remitir copia certificada a la Secretaría del Ayuntamiento para su conocimiento.
CUARTO.- Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento, para que notifique lo anterior a los titulares de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, y Dirección de Catastro del Gobierno del Estado de Querétaro, así como de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas y Secretaría de Tesorería y Finanzas ambas de este Municipio y a la Empresa “Desarrollos y Construcciones del Centro S.A. de C.V.”, por conducto de su representante legal o autorizado. …”
EL PUEBLITO, CORREGIDORA, QRO., A 29 DE ABRIL DE 2014. ATENTAMENTE. COMISIÓN DE DESARROLLO URBANO: LUIS ANTONIO ZAPATA GUERRERO, PRESIDENTE MUNICIPAL Y DE LA COMISIÓN; MAC. ARQ. FERNANDO JULIO CESAR OROZCO VEGA, REGIDOR INTEGRANTE; PROF. HUMBERTO CAMACHO IBARRA, REGIDOR INTEGRANTE; RUTH UGALDE VERGARA, REGIDORA INTEGRANTE; JOSÉ PORFIRIO CAMPOS MENDOZA, SÍNDICO INTEGRANTE; C. RAMÓN BECERRA ARIAS, REGIDOR INTEGRANTE; LIC. ROBERTO IBARRA ANGELES, REGIDOR INTEGRANTE. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
SE EXPIDE LA PRESENTE CERTIFICACIÓN, PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR, EN EL PUEBLITO, CORREGIDORA, QRO., A LOS 30 (TREINTA) DÍAS DEL MES DE ABRIL DE 2014 (DOS MIL CATORCE).----
----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
----------------------------------------------------------------------------- DOY FE --------------------------------------------------------------------------
A T E N T A M E N T E
“ACCIÓN DE TODOS”
LIC. JOSÉ ERNESTO BEJARANO SÁNCHEZ SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO
Rúbrica
PRIMERA PUBLICACION
GOBIERNO MUNICIPAL
El que suscribe Lic. José Ernesto Bejarano Sánchez, Secretario del Ayuntamiento de Corregidora, Qro., en uso de las facultades que me confiere el artículo 15 fracciones I, IV y V del Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Municipio de Corregidora, Querétaro, hago constar y
C E R T I F I C O
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 29 (veintinueve) de abril de 2014 (dos mil catorce), el H. Ayuntamiento de Corregidora, Qro., aprobó el Acuerdo que autoriza la causahabiencia a favor de la empresa denominada “Comercial Oder, S. A. de C. V.” respecto de todas y cada una de las autorizaciones, otorgadas al Lic. Juan Antonio Soto Septién, relativas a la Fracción Segunda del predio rústico conocido como “Vanegas”, Municipio de Corregidora, Qro., con superficie de 82,139.83 m2 e identificada con la clave catastral 060100118999997, mismo que se transcribe textualmente a continuación:
“Miembros Integrantes del Ayuntamiento:
Con fundamento legal en lo dispuesto por los artículos 115 fracciones II y V, incisos d) y f) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2 fracción VIII, 6 y 9 fracciones I, III y X de la Ley General de Asentamientos Humanos, 35 de la Constitución Política del Estado de Querétaro; 30 fracción II, inciso d) de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro; 1, 10, 11 fracción I, 13, 15 fracción I, 16, 18, 40, 41, 130 al 151, 156, 160, 162, 163, 165, 178, 181, y 184 al 194
del Código Urbano del Estado de Querétaro; 15 fracción XVII, 29, 34 y 47 del Reglamento Interior del Ayuntamiento de Corregidora, Qro.; 5, 15, 18 y 27 del Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Municipio de Corregidora, Qro., corresponde, a éste H. Ayuntamiento conocer y resolver el Acuerdo que autoriza la causahabiencia a favor de la empresa denominada “Comercial Oder, S. A. de C. V.” respecto de todas y cada una de las autorizaciones, otorgadas al Lic. Juan Antonio Soto Septién, relativas a la Fracción Segunda del predio rústico conocido como “Vanegas”, Municipio de Corregidora, Qro., con superficie de 82,139.83 m2 e identificada con la clave catastral 060100118999997, procedimiento administrativo que se encuentra radicado ante la Secretaría del Ayuntamiento de este municipio, bajo el expediente número DAC/CAI/023/2014 y
C O N S I D E R A N D O
1. Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 115 fracciones I y II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos los municipios son gobernados por un Ayuntamiento y la competencia que se otorga al gobierno municipal se ejercerá de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna entre éste y el gobierno del Estado. De igual forma se establece que los municipios se encuentran facultados para emitir y aprobar disposiciones que organicen la administración pública municipal así como para regular las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia como lo es lo relativo al Desarrollo Urbano.
2. Que este Municipio es compétete para formular, aprobar, administrar, evaluar y vigilar el cumplimento de los planes o programas municipales de desarrollo urbano; controlar y vigilar el uso del suelo, otorgar licencias y permisos para uso de suelo y construcción; así como para autorizar y vigilar el desarrollo de fraccionamientos, subdivisiones, fusiones, relotificaciones y condominios, esto de conformidad a lo que establecen los artículos 115 fracción V, incisos d) y f) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, 9 fracciones I, III y X, y 35 de la Ley General de Asentamientos Humanos; 30 fracción II, inciso d), 121 y 122 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro; 1, 10, 11 fracción I, 13, 15 fracción I, 16, 18, 40, y 41 del Código Urbano del Estado de Querétaro.
3. Que el día 11 de marzo de 2014, se recibió en la Secretaría del Ayuntamiento escrito de fecha 5 del mismo mes y año, signado por el Lic. Carlos Esponda Morales, Administrador Único de Comercial Oder S.A. de C.V., a través del cual solicita la Causahabiencia del Predio Rustico Vanegas Fracción 2, con superficie de 82,139.83 m2 y clave catastral 060100118999999.
4. Que la causahabiencia es el termino jurídico por el cual se implica la substitución del titular de un derecho por otro y a este respecto, el artículo 165 del Código de Comercio en vigor establece que tratándose de la enajenación de un desarrollo inmobiliario, ya sea en forma total o en alguna de sus etapas, secciones o fases, el comprador adquiere con permisos y licencias, así como con derechos y obligaciones, debiendo el adquirente, solicitar el reconocimiento administrativo de la causahabiencia, a través del Acuerdo del Ayuntamiento, el cual deberá ser publicado en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado “La Sombra de Arteaga” e inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.
5. Que para precisar las condiciones técnicas de la causahabiencia que se promueve, la Secretaría del Ayuntamiento a través del oficio número SAY/DAC/0216/2014, de fecha 12 de marzo de 2014, e ingresado a la Secretaría de Desarrollo Urbano de este municipio bajo el folio número 654, solicitó la Opinión Técnica correspondiente.
6. Que como respuesta a lo anterior, en fecha 1° de abril de 2014, fue recibido en la Secretaría del Ayuntamiento el oficio número SDUOP/DDU/DPDU/0779/2014, signado por la Arq. Russet Cantó Carmona, Encargada del Despacho de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas de este Municipio mediante el cual remite la Opinión Técnica No. DDU/DPDU/OT/024/2014, de la cual se desprende lo siguiente:
INTRODUCCIÓN
6.1 En referencia al escrito presentado por el Lic. Carlos Esponda Morales, Administrador Único de ”Comercial Oder, S. A. de C. V.”, mediante el cual solicita la autorización de la causahabiencia respecto de las autorizaciones otorgadas a la Fracción Segunda del predio rústico denominado “Vanegas”, Municipio de Corregidora, Qro., con una superficie de 82,139.83 m2 e identificada con la clave catastral 060100118999997.
Localización del predio
6.2 La fracción en comento se localiza en la zona norte de la delimitación administrativa del Plan Parcial de Desarrollo Urbano de El Pueblito, colindando al NORESTE y SURESTE con la fracción primera, al NOROESTE con fraccionamiento Puerta Real y Parcela 83, y al SUROESTE, con fraccionamiento Puerta Real.
Uso de Suelo Actual
6.3 De conformidad con el Plan Parcial de Desarrollo Urbano de El Pueblito, instrumento jurídico técnico aprobado en Sesión de Cabildo del 08 de diciembre de 2004, publicado en la Gaceta Municipal No. 12 del 31 de diciembre de 2004, publicado en el periódico oficial La Sombra de Arteaga No. 63 del 25 de Noviembre de 2005, inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio el 30 de Mayo de 2006 bajo la partida 52, libro único No. 2 de los Planes de Desarrollo Urbano el predio se ubica en zona de Protección Agrícola de Riego (PAR).
6.4 Mediante Acuerdo de Cabildo de fecha 19 de mayo de 2011, se autorizó el cambio de uso de suelo de Protección Agrícola de Riego (PAR) a Habitacional con densidad de 300 hab/ha (H3) para el predio rústico denominado “Vanegas”, con una superficie de 82,139.83 m2.
ANTECEDENTES
6.5 Mediante escritura pública de fecha 13,123 de fecha 21 de noviembre de 1967, ante la fe del Lic. Alejandro Maldonado Franco, Notario Público titular de la Notaría no. 4 de la ciudad de Querétaro, Qro., el Lic. Juan Antonio Soto Septién y el Ing. Alejandro Soto Septién adquirieron por Contrato de Compraventa el predio rústico denominado “Vanegas”, Municipio de Corregidora, Qro., con una superficie de 818,150.00 m2 e identificado con las claves catastrales 060100118999998, 060100118999999 y 060100117103993.
6.6 Mediante escritura pública número 30,005 de fecha 26 de octubre de 1989, ante la fe del Lic. Carlos Otero Rodríguez, Notario Público titular de la Notaría no. 10 del Distrito de Tlalnepantla, México, se hace constar la Constitución de la sociedad mercantil denominada “Comercial Oder”, Sociedad Anónima de Capital Variable, que formalizan los señores Javier Castelán Cabrera, José Abel Ortiz de Rosas Gómez, Víctor Manuel de Antuniano Sandoval, Leopoldo Bernal Dávila y Román Carlos Andrade Leven.
6.7 Mediante escritura pública número 21,265 de fecha 15 de diciembre de 2005, ante la fe del Lic. Jorge García Ramírez, Notario Público titular de la Notaría no. 22 de la ciudad de Querétaro, Qro., comparece el Lic. José Luis Reséndiz Serna, en su carácter de Delegado Especial de la sociedad denominada “Comercial Oder S.A. de C.V.”, para protocolizar el Acta de Asamblea de fecha 04 de noviembre de 2005, en la que se hace constar el nombramiento del señor Carlos Esponda Morales como Administrador Único de la sociedad.
6.8 Con escrito recibido en la Secretaría del Ayuntamiento, con fecha 30 de marzo de 2011, el Lic. Juan Antonio Soto Septién, solicita cambio de uso de suelo de Protección Agrícola de Riego a Mixto (Habitacional con densidad de 300 hab/ha - Comercial y de Servicios), respecto al predio rústico denominado “Vanegas”, con una superficie de 818,150.00 m2.
6.9 Mediante oficio SAY/DAC/803/2011, la Secretaría del Ayuntamiento solicita a esta dependencia emitir Opinión Técnica, respecto a la solicitud presentada por el Lic. Juan Antonio Soto Septién, acerca del cambio de uso de suelo de Protección Agrícola de Riego a Habitacional con densidad de 300 hab/ha - Comercial y de Servicios, para el predio rústico denominado “Vanegas”, con una superficie de 82,139.83 m2.
6.10Mediante oficio SDUOP/DDU/DPDU/1420/2011, recibido en la Secretaría del Ayuntamiento con fecha 03 de mayo de 2011, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas emite la Opinión Técnica DDU/OT/040/2011 respecto al cambio de uso de suelo de Protección Agrícola de Riego (PAR) a Habitacional con densidad de 300 hab/ha - Comercial y de Servicios (H3S) para el predio antes referido.
6.11Mediante Acuerdo de Cabildo de fecha 19 de mayo de 2011, se autorizó el cambio de uso de suelo de Protección Agrícola de Riego (PAR) a Habitacional con densidad de 300 hab/ha (H3) para el predio rústico denominado “Vanegas”, con una superficie de 82,139.83 m2. Lo anterior, bajo la condicionante de dar cumplimiento a lo siguiente:
“…PRIMERO. Se autoriza el cambio de uso de suelo de protección agrícola de riego a habitacional con densidad de 300 habitantes por hectárea, para el predio rústico denominado “Vanegas”, ubicado en el Municipio de Corregidora, Qro., con superficie de 81-81-50.00 hectáreas.
SEGUNDO. El presente cambio de uso de suelo, queda condicionado a que el promovente, de cumplimiento a lo siguiente:
a) El predio beneficiado con el cambio de uso de suelo, deberá de considerar afectación en su superficie por el paso de la vialidad primaria propuesta dentro del Plan Parcial de Desarrollo Urbano de El Pueblito denominada “Prolongación Avenida Vanegas” la cual se especificará en la Constancia de Alineamiento respectiva, debiendo tramitarla ante la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas Municipales.
b) Se deberá destinar el 30% de la superficie del predio para Áreas Comerciales y de Servicios, lo cual tendrá que estar reflejado en el proyecto que se pretenda para dicho predio, en donde estas áreas deberán estar distribuidas de manera que sean funcionales y benéficas para los futuros habitantes del proyecto y de la zona aledaña. Dichas áreas deberán contemplar servicios y equipamiento tales como plazas, parques, comercio local, templos, escuelas, restaurantes, cafés y otros servicios compatibles con su ubicación. Los edificios destinados a servicios públicos deberán incluir en su diseño específico espacios semipúblicos abiertos, tales como plazoletas o áreas de acceso en escuelas, bancos, restaurantes, atrios en templos y otros, relacionándolos así con la estructura urbana del fraccionamiento, para tal efecto, los lotes tendrán el tamaño adecuado a este uso, lo anterior de acuerdo al artículo 109 del Código Urbano para el Estado de Querétaro. Cabe señalar que estas áreas no deberán incluir el área de donación, establecida en el mismo artículo.
c) Se deberá presentar el Resolutivo del Estudio de Impacto Vial, emitido por parte de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y el Visto Bueno por parte de la Secretaría de Seguridad Pública Municipal, con la finalidad de evaluar el impacto en cuanto a flujos vehiculares que se generarán sobre la Autopista Querétaro – Celaya (Carretera Federal no. 45) y sobre las vialidades primarias y secundarias de la zona. Asimismo deberá presentar Proyecto Autorizado por la SCT y por el Municipio, en el cual se especifiquen los carriles de incorporación y desincorporación del predio hacia la Autopista Querétaro – Celaya (Carretera Federal no. 45) y se resuelva la intersección de la vialidad “Avenida Prolongación Vanegas” con la misma.
d) Se deberá presentar a satisfacción de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas Municipales, Estrategia Urbana que garantice la dotación suficiente y oportuna de infraestructura, equipamiento y servicios urbanos que genere la autosuficiencia funcional del conjunto habitacional, de acuerdo a lo establecido en el Código Urbano para el Estado de Querétaro, (proyecto de zonificación de área habitacional, equipamiento y servicios).
e) Se deberá realizar un Convenio de Participación con el Municipio para la realización de la calle proyectada como vialidad primaria propuesta dentro del Plan Parcial de Desarrollo Urbano de El Pueblito denominada “Prolongación Avenida Vanegas” la cual tiene una longitud aproximada de 1,347 ml, con un ancho de 30 m (según el Plan) debido a que dicha vialidad atraviesa toda el predio y con la finalidad de
fortalecer la estructura vial, así como la conectividad vehicular y peatonal en la zona con el nuevo desarrollo, lo anterior en cumplimiento al artículo 112 del Código Urbano para el Estado de Querétaro.
f) Se deberá coordinar con la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, con la finalidad realizar un estudio que la misma Secretaría determine, a efecto de llevar a cabo la modificación y actualización del Plan Parcial de Desarrollo Urbano de El Pueblito, consecuencia del presente cambio de uso de suelo.
g) Se deberá solicitar de conformidad con el artículo 24 de la Ley Agraria que los Derechos de Paso que existan para accesar al predio, o se encuentren dentro de éste, sean donados al Municipio y se tramite un Acuerdo de Asamblea ante el Tribunal Agrario para que los derechos de paso sean reconocidos como vialidades a favor del Municipio, con la consideración que la infraestructura y servicios de la vialidad son responsabilidad del promovente, tal como señala el artículo 112 y demás relativos del Código Urbano para el Estado de Querétaro.
h) Presentar Estudio Hidrológico avalado por la Comisión Nacional de Aguas a fin de identificar las zonas con riesgos de inundación.
i) Se deberá presentar el Dictamen de Inexistencia de Riesgos, así como las medidas de Mitigación de Riesgos por Inundaciones, tanto para el predio en comento como para las zonas aledañas en un radio no menor a 1.5 km, avalados por el Visto Bueno de la Dirección de Protección Civil Municipal.
j) Presentar Resolutivos de Estudio y Manifestación de Impacto Ambiental emitido por la Secretaría de Desarrollo Sustentable del Estado de Querétaro, así como dar cumplimiento a los requerimientos y la normatividad que indique dicha resolución.
k) Se deberá presentar un Informe Técnico, emitido por un prestador de servicios autorizado por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), en el cual se acredite que el predio en cuestión NO ES FORESTAL.
l) Se establece como requisito indispensable para la solicitud de cualquier autorización posterior al cambio de uso de suelo el Visto Bueno por parte del Instituto Nacional de Antropología e Historia (Centro INAH-Querétaro), toda vez que la Ex - Hacienda de Vanegas se encuentra incluida en el Catálogo Nacional de Monumentos Históricos del INAH.
m) Presentar a satisfacción de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas Municipales el Estudio de Mecánica de Suelos.
n) Se deberá presentar a satisfacción de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas Municipales, la Estrategia de Amortiguamiento con la Zona de Protección Agrícola de Riego, con la finalidad de salvaguardar el uso de suelo agrícola que guardan los predios aledaños.
o) Se deberá obtener la prefactibilidad de servicios tanto de agua potable como de energía eléctrica por parte de la CEA y CFE para establecer las acciones que debe implementar el solicitante para garantizar el buen funcionamiento (plantas de tratamiento, construcción de tanques, tendido de redes, etc.) con el objetivo de no provocar desabasto o saturación de la infraestructura existente en la zona, así como dar cumplimiento con los requerimientos que se le establezcan en cada una y lo establecido en el Código Urbano para el Estado de Querétaro.
p) Obtener las autorizaciones municipales y estatales que apliquen para el giro solicitado, previo a cualquier inicio de trabajos preliminares en el predio solicitado…”.
El seguimiento al cumplimiento de las condicionantes mencionadas se efectuará por parte de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas Municipales, por lo que el promovente deberá presentar las documentales que acrediten el cumplimiento de las mismas ante dicha Dependencia y una vez que se efectúe lo anterior, la Secretaría en comentó deberá comunicárselo a la Secretaría del Ayuntamiento.
TERCERO. De acuerdo a la Ley de Ingresos para el Municipio de Corregidora 2011, se contempla un derecho por autorización de cambios de uso de suelo de la manera siguiente:
1. Por los 100 primeros metros cuadrados RESIDENCIAL POPULAR= 6.23 VSMGZ X 56.70 | $ 353.24 |
25% adicional | $ 88.31 |
$ 441.55 |
2. Por los metros cuadrados restantes (0.52 VSMGZ X 798,050.00 m²) /
factor único (RESIDENCIAL POPULAR= 30) | $ 784,323.54 |
25% adicional | $ 196,080.89 |
$ 980,404.43 | |
TOTAL A PAGAR CAMBIO USO SUELO (suma 1 y 2) | $ 980,845.98 |
(NOVECIENTOS OCHENTA MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO PESOS 98/100 M.N.)
CUARTO. Dicho pago deberá hacerse de manera anterior al que se realice por concepto de la publicación del citado Acuerdo en la Gaceta Municipal.
QUINTO. Se instruye a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas Municipales, emitir el dictamen de uso de suelo, una vez que estén debidamente cumplidas las condicionantes del presente Acuerdo.
SEXTO. A efecto de que el promotor pueda dar cumplimiento a la condicionante estipulada en el inciso
e) del resolutivo segundo del presente acuerdo se instruye a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas para que elabore y efectúe el seguimiento correspondiente respecto al convenio de participación para las obras de carácter vial a que se refiere el inciso mencionado, por lo que dicho instrumento legal deberá celebrarse con el desarrollador a más tardar en el mes de enero del año 2012.
SÉPTIMO. Se instruye a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas y a la Secretaría de Tesorería y Finanzas para que en el ámbito de sus respectivas competencias den puntual seguimiento a los actos administrativos que estén a cargo de cada uno de ellos, además de realizar los trámites necesarios a fin de que el promovente de cumplimiento a las obligaciones señaladas en el presente Acuerdo con la finalidad de que se cumpla debidamente este proveído.
OCTAVO. En caso de incumplir con cualquiera de las disposiciones del presente, se someterá a consideración del Ayuntamiento la Revocación del mismo…”
6.12 Con fecha 24 de junio de 2011, se publicó en la Gaceta Municipal no. 13 el Acuerdo de fecha 19 de mayo de 2011 antes referido.
6.13 Con fecha 29 de julio de 2011, se publicó en el periódico oficial “La Sombra de Arteaga” el Acuerdo en comento, referente al cambio de uso de suelo a Habitacional con densidad de 300 hab/ha (H3) para el predio rústico denominado “Vanegas”.
6.14 Mediante oficio número DDU/DPDU/671/2013, expediente SP-79/13 de fecha 04 de septiembre de 2013, se autorizó la Subdivisión del predio rústico denominado “Vanegas” en dos fracciones: Fracción Primera de 739,010.17 m2 y Fracción Segunda de 82,139.83 m2.
6.15 Mediante escritura pública número 51,293 de fecha 21 de noviembre de 2013, ante la fe de la Lic. Estela de la Luz Gallegos Barredo, Notario Público titular de la Notaría no. 31 de la ciudad de Querétaro, Qro., comparecen como parte vendedora, el Lic. Juan Antonio Soto Septién y el Ing. Alejandro Soto Septién, y como parte compradora, la sociedad denominada “Comercial Oder S.A. de C.V.”, representada en el acto por el Lic. Carlos Esponda Morales en su carácter como administrador único, y formalizan el Contrato de Compraventa de la Fracción Segunda del predio rústico denominado “Vanegas”, Municipio de Corregidora, Qro., con una superficie de 82,139.83 m2 e identificado con la clave catastral 060100118999997.
6.16 Mediante escrito recibido en la Secretaría del Ayuntamiento con fecha 11 de marzo de 2014, el Lic. Carlos Esponda Morales, Administrador Único de ”Comercial Oder, S. A. de C. V.”, solicita la autorización de la causahabiencia respecto de las autorizaciones otorgadas a la fracción Segunda que se segrega del predio rústico denominado “Vanegas”, Municipio de Corregidora, Qro., con una superficie de 82,139.83 m2 e identificada con la clave catastral 060100118999997.
6.17 Mediante oficio número SAY/DAC/0216/2014, recibido en esta Secretaría con fecha 13 de marzo de 2014, la Secretaría del Ayuntamiento requiere Opinión Técnica referente al escrito del Lic. Carlos Esponda Morales, quien solicita la autorización de la causahabiencia respecto de las autorizaciones otorgadas al predio antes referido.
7 Con base en el análisis precisado dentro del Considerando inmediato anterior, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas emitió la siguiente:
OPINIÓN TÉCNICA:
7.1. Por lo anterior la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas considera FACTIBLE la autorización de la causahabiencia a favor de la empresa denominada “Comercial Oder, S.A. de C.V.” a través de su administrador único el Lic. Carlos Esponda Morales, de todas y cada una de las autorizaciones, otorgadas a cargo del Lic. Juan Antonio Soto Septién, referente a la Fracción Segunda del predio rústico conocido como “Vanegas”, Municipio de Corregidora, Qro., con una superficie de 82,139.83 m2 e identificada con la clave catastral 060100118999997.
8 Con base en los antecedentes presentados, así como en las disposiciones establecidas en el Código Urbano del Estado de Querétaro y demás normatividad vigente aplicable para la edificación de desarrollos inmobiliarios, se condiciona la presente autorización a dar cumplimiento en un plazo no mayor a tres meses a lo siguiente:
8.1. En participación con los propietarios vecinos, se deberá presentar de manera integral para el desarrollo del predio rústico denominado “Vanegas lo siguiente:
a) Resolutivo del Estudio de Impacto Vial, emitido por parte de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) y el Visto Bueno por parte de la Secretaría de Seguridad Pública Municipal, con la finalidad de evaluar el impacto en cuanto a flujos vehiculares que se generarán sobre la Autopista Querétaro – Celaya (Carretera Federal no. 45) y sobre las vialidades primarias y secundarias de la zona.
b) Proyecto Autorizado por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) y la Secretaría de Seguridad Pública y Tránsito Municipal, en el cual se especifiquen los carriles de incorporación y desincorporación del predio hacia la Autopista Querétaro – Celaya (Carretera Federal no. 45) y se resuelva la intersección de la vialidad “Avenida Prolongación Vanegas” con la misma.
c) Presentar Estudio Hidrológico avalado por la Comisión Nacional de Aguas como requisito indispensable que condicionará la autorización de trámites relacionados con el predio rústico denominado “Vanegas”, tales como Subdivisión y Fusión de Predios, Dictamen de Uso de Suelo, Licencia de Urbanización y/o Construcción, y Autorización Provisional para Venta de Lotes. Lo anterior, toda vez que resulta indispensable conocer de manera previa a la enajenación a terceros las condicionantes, restricciones y estrategias necesarias, avaladas por la CONAGUA, que permitan la mitigación de posibles contingencias en materia de inundaciones.
d) Se deberá presentar a satisfacción de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas Municipales, la Estrategia de Amortiguamiento con la Zona de Protección Agrícola de Riego, con la finalidad de salvaguardar el uso de suelo agrícola que guardan los predios aledaños. Lo anterior, de conformidad con el artículo 130 fracción I del Código Urbano del Estado de Querétaro.
a) Se deberá presentar a satisfacción de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas Municipales, Estrategia Urbana que garantice la dotación suficiente y oportuna de infraestructura, equipamiento y servicios urbanos que genere la autosuficiencia funcional del conjunto habitacional, de acuerdo a lo establecido en el Código Urbano para el Estado de Querétaro, (proyecto de zonificación de área habitacional, equipamiento y servicios).
b) Se deberá coordinar con la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, con la finalidad de realizar los estudios que la misma Secretaría determine, a efecto de llevar a cabo la modificación y actualización del Plan Parcial de Desarrollo Urbano de El Pueblito, consecuencia del presente cambio de uso de suelo.
8.2. De manera particular, se deberá dar cumplimiento a lo siguiente, en relación a la Fracción Segunda:
a) Se deberán respetar las restricciones por el paso de la vialidad Primaria propuesta dentro del Plan Parcial de Desarrollo Urbano de El Pueblito denominada “Prolongación Avenida Vanegas”, las cuales se especificarán en la Constancia de Alineamiento respectiva, debiendo tramitarla ante la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas Municipales.