Contract
IEEH/CG/089/2023
ACUERDO QUE PROPONE LA PRESIDENCIA AL PLENO DEL CONSEJO GENERAL POR EL QUE SE APRUEBA EL NOMBRAMIENTO DE LAS CONSEJERÍAS ELECTORALES PROPIETARIAS Y SUPLENTES QUE INTEGRARÁN LOS 18 CONSEJOS DISTRITALES ELECTORALES PARA EL PROCESO ELECTORAL LOCAL 2023-2024.
GLOSARIO
Código Electoral: Código Electoral del Estado xx Xxxxxxx.
Consejo General: Consejo General del Instituto Estatal Electoral xx Xxxxxxx.
Consejos Distritales: Consejos Distritales Electorales del Instituto Estatal Electoral xx Xxxxxxx.
Convocatoria: Convocatoria dirigida a la ciudadanía interesada en ocupar los cargos de Consejera o Consejero Electoral de los Consejos Distritales, para el Proceso Electoral Local 2023-2024.
Constitución: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Constitución Local: Constitución Política del Estado Libre y Xxxxxxxx xx Xxxxxxx.
DEOE: Dirección Ejecutiva de Organización Electoral del Instituto Estatal Electoral xx Xxxxxxx.
Instituto Electoral: Instituto Estatal Electoral xx Xxxxxxx.
Lineamiento: Lineamiento para el reclutamiento, selección y designación de las Consejerías Electorales que integrarán los Consejos Distritales.
Presidencia: Presidencia del Consejo General del Instituto Estatal Electoral xx Xxxxxxx.
JUSTIFICACIÓN
1. Los artículos 41 Base V, apartado C de la Constitución, 24 fracción III de la Constitución Local y 46 del Código Electoral establecen que este Instituto Electoral es el Órgano encargado de organizar las Elecciones Locales y que se encuentra dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios; por su parte, los artículos 47 del Código Electoral y 98 de la LGIPE, establecen que esta Autoridad Administrativa Electoral goza de autonomía en su funcionamiento e independencia en sus decisiones.
2. Al respecto, cabe mencionar que de conformidad con el artículo 50 fracción II inciso
a) del Código Electoral, el Instituto Electoral cuenta entre su estructura conÓrganos Centrales y Órganos Desconcentrados, siendo estos últimos los Consejos Distritales Electorales.
3. Por su parte, la fracción I del artículo 82 del mismo ordenamiento determina que en cada uno de los Distritos Electorales el Instituto contará con un Órgano Desconcentrado denominado Consejo Distrital, además de que éste se integrará con cinco Consejerías Electorales propietarias y cinco suplentes.
4. De forma que, en el Proceso Electoral Local 2023-2024 debe llevarse a cabo la instalación de Consejos Distritales de conformidad con los artículos 88 y 89 del Código Electoral, el cual establece que se instalarán para la preparación, desarrollo y cómputo de las elecciones de Diputaciones y Ayuntamientos, como es el caso, a más tardar el diez de enero del año de la Elección. Establece
5. Como lo dispone el artículo 88 referido en el punto anterior, los Consejos Distritales tienen entre otras atribuciones y obligaciones: las de intervenir en la preparación, desarrollo, vigilancia y cómputo de las elecciones de Diputaciones y Ayuntamientos en los Distritos Electorales; vigilar lo dispuesto por el Código, cumplir con los acuerdos que dicte el Consejo General; registrar las fórmulas de candidaturas que participen en la elección de Diputaciones de mayoría así como las planillas que participen en la Elección para renovar los Ayuntamientos; registrar los nombramientos de Representantes de Partidos Políticos y Candidaturas Independientes, así como de sus representantes generales, ante las Mesas Directivas xx Xxxxxxx en la Elección de Diputaciones y Ayuntamientos, realizar los cómputos distritales y la declaración de validez de la Elección de Diputados por el principio de Mayoría Relativa, expedir las constancias de mayoría
y entregarlas dentro de la Sesión de Cómputo a la fórmula ganadora, al Representante del Partido Político o Candidatos Independientes que hubieran resultado ganadores, entre otras.
6. En atención a lo anterior, en fecha 07 de septiembre de 2023, el Consejo General de este Instituto Electoral aprobó el acuerdo IEEH/CG/043/2023 por el cual se aprobó el Lineamiento para el reclutamiento, selección y designación de las Consejerías Electorales que integrarán los Consejos Distritales del Instituto Estatal Electoral xx Xxxxxxx, mismo que fue modificado en un primer momento mediante acuerdo IEEH/CG/048/2023 en los apartados de REGISTRO DE LAS PERSONAS ASPIRANTES y el de VERIFICACIÓN DE LOS REQUISITOS LEGALES, únicamente por cuanto hace a las fechas en que concluiría el registro de personas interesadas, así como como la fecha de publicación de la lista con los folios de las personas aspirantes que cumplieran con los requisitos.
7. Posteriormente, con fecha 20 de octubre de 2023, el Consejo General de este Instituto Electoral aprobó el Acuerdo IEEH/CG/060/2023 por el cual se modificaron los Lineamientos para el reclutamiento, selección y designación de las Consejerías Electorales que integrarán los Consejos Distritales en cumplimiento a la resolución dictada por el Tribunal Electoral del Estado xx Xxxxxxx, dentro del expediente TEEH-JE-001/2023.
8. En atención al referido Acuerdo IEEH/CG/060/2023 por el cual se modifican los Lineamientos para el reclutamiento, selección y designación de las Consejerías Electorales que integrarán los Consejos Distritales, se contemplaron las siguientes etapas:
• Publicación
• Difusión
• Registro
• Publicación del Listado de Aspirantes que Aplicarán el Examen
• Aplicación de examen
• Publicación de resultados de examen
• Publicación del Listado de Aspirantes que Acceden a Entrevista
• Aplicación de Entrevista y Valoración Curricular
• Cotejo Documental
• Entrega de Listado a la Secretaría Ejecutiva para la observancia de la Comisión referida en el último párrafo del Xxxxx Xxxxxxxx
• Entrega de observaciones por parte de la Comisión referida en el último párrafo del Xxxxx Xxxxxxxx
• Aprobación del Listado por parte del Consejo General.
9. Bajo ese esquema de ideas es dable señalar que todas las etapas han sido superadas satisfactoriamente, razón por la cual y a fin de concluir el procedimiento en comento y efectuar la designación de las personas que integrarán los Consejos Distritales para este Proceso Electoral Local 2023-2024, es necesario emitir el presente Acuerdo.
ESTUDIO DE FONDO
Competencia
10. El Consejo General es competente para emitir el Acuerdo relativo a la aprobación del nombramiento de las Consejerías Electorales Propietarias y Suplencias que integrarán los 18 Consejos Distritales Electorales, así como sus Presidencias, para el Proceso Electoral Local 2023-2024, de conformidad con lo establecido en los artículos 41 Base V, apartado C, de la Constitución; 24, fracción III de la Constitución Local;66, fracción XIII, 67, fracción VI, y 84 del Código Electoral; así como en las bases de la Convocatoria y demás relativos y aplicables.
Motivación
11. Con el propósito de evidenciar el desarrollo de las etapas establecidas en la Convocatoria, se inserta a continuación la siguiente tabla:
ETAPA | PERIODO | ESPECIFICACIÓNES |
Publicación | 20 de octubre de 2023 | A partir de la fecha de la aprobación del Lineamiento para el reclutamiento, selección y designación de las Consejerías Electorales que integrarán los Consejos Distritales del Instituto Estatal Electoral xx Xxxxxxx, se realizó la publicación en las redes sociales institucionales y pagina Web Institucional. |
Difusión | Del 20 al 27 de octubre de 2023 | Difusión de la Convocatoria en redes sociales del IEEH, Radio y Prensa tradicional y digital, así como su traducción a las lenguas indígenas redominantes en la Entidad. |
Registro | Del 20 al 27 de octubre de 2023 | Se registraron de 906 aspirantes, de las cuales 492 fueron mujeres y 413 fueron hombres. |
Publicación de Listado de Aspirantes que aplicarán el examen | 03 de noviembre de 2023 | De la revisión efectuada por la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral respecto a la verificación de los registros para determinar si cumplen con los requisitos legales establecidos en la Convocatoria, se obtuvo un total de 706 aspirantes (394 mujeres, 311 hombres y 1 aspirante que manifestó pertenecer a otro género) que cumplieron con la documentación y requisitos de elegibilidad y que pasaron a la etapa del |
examen de conocimientos. | ||
Aplicación de Examen | 11 de noviembre de 2023 | El examen de conocimientos se aplicó bajo la modalidad presencial en un ambiente controlado por el IEEH, aplicando examen 602 aspirantes a Consejerías Distritales. |
Publicación de resultados del examen | 15 de noviembre de 2023 | Los resultados del examen de conocimientos se publicaron en Listas diferenciadas por género, las cuales contenían los folios de inscripción de las personas aspirantes, ordenadas de mayor a menor calificación. |
Publicación del Listado de Aspirantes que Acceden a Entrevista | 24 de noviembre de 2023 | Con base al Listado de los resultados del examen de conocimientos se convocaron a 435 aspirantes a Consejerías Distritales (239 mujeres y 196 hombres) con los mejores promedios, 5 aspirantes por cada plaza vacante en cada Distrito Electoral Local. Para los Distritos Electorales 11 Tulancingo xx Xxxxx, 14 Xxxx xx Xxxxxxx, 15 Tepeji del Río xx Xxxxxx y 16 Tizayuca, se convocaron a la totalidad de aspirantes que presentaron examen, por tener un número menor a 25. |
Aplicación de Entrevista y Valoración Curricular | Del 27 de noviembre al 08 de diciembre de 2023 | Se presentaron 391 Aspirantes a Consejerías Distritales, de los cuales 212 fueron mujeres y 179 |
hombres. | ||
Publicación de personas que accedieron a la Etapa de Cotejo Documental | 08 de diciembre de 2023 | Se publicaron los nombres y folios de las 180 personas aspirantes a Consejerías Distritales (102 mujeres y 78 hombres) con las calificaciones más altas, resultado de la Evaluación Integral. |
Cotejo Documental | Del 11 al 14 de diciembre de 2023 | Durante esta Etapa se realizó el Cotejo de los Documentos que acreditan los requisitos legales y administrativos establecidos en el Lineamiento, se contó con la asistencia de 180 aspirantes, para el Distrito Electoral Local 05 Ixmiquilpan, se tuvo la inasistencia de un aspirante, por lo que, de acuerdo a lo establecido en el Lineamiento, se procedió a convocar a otra persona candidata en estricto orden de prelación de la Lista. |
Entrega de Listado a la Secretaría Ejecutiva para cumplimiento del contenido del último párrafo del Xxxxx Xxxxxxxx de los Lineamientos | 21 de diciembre de 2023 | Se hicieron de conocimiento los nombres de las personas que obtuvieron las ponderaciones más altas en la evaluación integral, para notificar a los miembros de la Comisión de Análisis, para la presentación de la propuesta de Candidatos a Consejerías |
Electorales de los Órganos Desconcentrados, a la Secretaría Ejecutiva para sus observaciones correspondientes. | ||
Entrega de observaciones por parte de la Comisión de Consejerías encargada de realizar el análisis curricular y de resultados | 27 de diciembre de 2023 | |
Aprobación del Listado por parte del Consejo General | A más tardar el 31 de diciembre de 2023 |
12. Habiéndose agotado las etapas previas, las y los Consejeros Electorales que integran el Consejo General, con el objeto de llevar a cabo los nombramientos, verificaron el cumplimiento de los requisitos legales establecidos en la Convocatoria, (los cuales se transcriben a continuación por su trascendencia para el presente Acuerdo), además de haber observado los criterios orientadores de paridad de género, pluralidad cultural de la Entidad, participación ciudadana, compromiso democrático, y conocimiento de la materia electoral:
“REQUISITOS LEGALES.
De conformidad con el Artículo 100 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y el Artículo 85 del Código Electoral del Estado xx Xxxxxxx, la ciudadanía que aspire a formar parte de los Consejos Distritales deberá reunir preferentemente los siguientes requisitos:
a) Contar con la ciudadanía mexicana, y estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos;
b) Estar inscrito(a) en el Registro Federal de Electores y contar con Credencial para Votar vigente;
c) Tener más de treinta años de edad al día de la designación;
d) Poseer al día de la designación, título profesional de nivel licenciatura, con antigüedad mínima de cinco años y contar con conocimientos y experiencia para el desempeño de las funciones propias del cargo;
e) Gozar de buena reputación y no haber recibido condena por delito alguno, salvo que hubiese sido de carácter no intencional o imprudencial.
f) Ser originario(a) del Estado xx Xxxxxxx, o contar con residencia efectiva de por lo menos dos años anteriores a su designación en el Distrito Local o Municipio donde la persona aspire a la Consejería, salvo el caso de ausencia por servicio público, educativo o de investigación por un tiempo menor de seis meses;
g) No haber sido registrado(a) como candidato(a) ni haber desempeñado cargo alguno de elección popular en los cuatro años anteriores a la designación;
h) No desempeñar ni haber desempeñado cargo de dirección nacional, estatal o municipal en algún Partido Político en los cuatro años anteriores a la designación;
i) No estar inhabilitado(a) para ejercer cargos públicos en cualquier Institución Pública Federal o Local;
j) No ser ministro(a) de culto religioso.
k) No haberse desempeñado durante los cuatro años anteriores inmediatos a la publicación de la presente Convocatoria como Titular de Secretaría o Dependencia del gabinete legal o ampliado tanto del Gobierno de la Federación o como de las Entidades Federativas, Subsecretario(a) u Oficial Mayor en la Administración Pública de cualquier nivel de gobierno. No ocupar la Jefatura de Gobierno, Gubernatura, Secretaría de Gobierno o su equivalente a nivel local. No ser titular de la Presidencia Municipal, Sindicatura o Regiduría o Titular de Dependencia de los Ayuntamientos.
l) No estar inscrita o inscrito en el Registro Nacional de personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género.”
13. Es trascendente señalar que tal y como quedó establecido en el Lineamiento, las ponderaciones asignadas al Examen, la Entrevista y la Valoración Curricular fueron las siguientes:
Ponderaciones | ||
Examen | Entrevista | Valoración Curricular |
40% | 30% | 30% |
14. Bajo ese esquema de ideas, una vez que ha sido integrada la propuesta definitiva, con base en la valoración de la idoneidad de las y los aspirantes en forma individual y dado que reúnen todos y cada uno de los requisitos establecidos por la ley, cuentan con el perfil y alcanzaron las ponderaciones más altas en el examen, la entrevista y la valoración curricular, se llega a la conclusión de que las personas que se someten a consideración
del Consejo General para ser nombradas como Consejerías Distritales Propietarias y Suplentes, así como las Presidencias, cumplen con los requisitos legales y poseen las aptitudes suficientes y necesarias para desempeñar el cargo.
15. En ese sentido con base en los principios que rigen la función electoral y con el propósito de que los Órganos Centrales de este Instituto Electoral conozcan en su caso de las circunstancias que imperen en los Consejos Distritales Electorales derivado de su naturaleza temporal a lo largo de la organización, desarrollo y vigilancia del Proceso Electoral Local 2023-2024, y en cumplimiento a lo mandatado en el artículo 88, fracción XV del Código Electoral, será obligación de los Consejos Distritales Electorales, informar por conducto de su Presidencia al Consejo General sobre el desarrollo de sus funciones.
16. Por lo que respecta a las sustituciones de las Consejerías Electorales Distritales propietarias, éstas procederán conforme lo señalado en el Lineamiento en el apartado de SUSTITUCIÓN y se realizarán con alguna de las personas suplentes del Consejo Distrital Electoral correspondiente y según se trate, atendiendo siempre la preservación de la paridad a nivel estatal y en segundo término la prelación (Lista de Reserva) previamente aprobada por el Consejo General del Instituto Electoral. La persona sustituta será llamada para asumir la Consejería Electoral Propietaria, por lo que a partir de ese momento desempeñará su cargo y lo concluirá en los mismos términos establecidos en el Lineamiento. Los trámites de sustituciones por renuncia serán atendidos por la DEOE con el propósito de asegurar la correcta y permanente integración de los Consejos Distritales.
17. Los casos en que se requiera una remoción procederán conforme lo señalado en el Lineamiento en el apartado de REMOCIÓN y será realizado por el Consejo General del Instituto, a través del procedimiento correspondiente, garantizando el derecho de audiencia.
18. Por otra parte, los conflictos que se generen al interior de los Consejos Distritales serán atendidos en vía conciliatoria por la DEOE y en su caso, de ser necesario por la Comisión Unida de Capacitación y Organización Electoral.
19. Una vez agotadas todas las etapas y procedimientos señalados en la Convocatoria y llevada a cabo la reunión de trabajo de las Consejerías Electorales y de las Representaciones Partidistas del Consejo General el día 28 de diciembre de 2023, se presentó la Lista con los nombres de las personas propuestas para integrar las Consejerías Propietarias y Suplentes para cada uno de los 18 Consejos Distritales, misma que se agrega como Anexo 1 al presente Acuerdo y forma parte integral del mismo.
20. Finalmente, en Sesión Extraordinaria de la Comisión Unida de Capacitación y
Organización Electoral celebrada el día 29 de diciembre del presente año, se presentaron los Dictámenes de idoneidad correspondientes a las personas propuestas para integrar cada uno de los 18 Consejos Distritales.
Derivado de todo lo referido, el Consejo General de este Instituto Electoral emite el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. Se aprueba el nombramiento de las Consejerías Electorales que integrarán los 18 Consejos Distritales del Instituto Estatal Electoral xx Xxxxxxx y sus respectivas Presidencias, para el Proceso Electoral Local 2023-2024, contenido en el Anexo 1 del presente Acuerdo y que forma parte integral del mismo.
SEGUNDO. Publíquese la liga electrónica que contiene la Lista de las Consejerías Electorales que han sido nombradas para integrar los 18 Consejos Distritales del Instituto Estatal Electoral xx Xxxxxxx y sus respectivas Presidencias para el Proceso Electoral Local 2023-2024 en el Periódico Oficial del Estado.
TERCERO. Publíquese el Listado de las Consejerías Electorales que han sido nombradas para integrar los 18 Consejos Distritales del Instituto Estatal Electoral xx Xxxxxxx para el Proceso Electoral Local 2023-2024, en dos medios impresos de mayor circulación de la Entidad.
CUARTO. Notifíquese el presente Acuerdo a las personas integrantes del Consejo General, por correo electrónico y publíquese en la página web institucional.
Xxxxxxx xx Xxxx, Hgo., a 30 de diciembre de 2023
ASÍ LO APROBARON POR UNANIMIDAD DE VOTOS LA CONSEJERA PRESIDENTA DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL XX XXXXXXX, MAESTRA XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX, Y LAS CONSEJERAS Y CONSEJEROS ELECTORALES DOCTOR XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX, MAESTRO XXXX XXXXXXXXX CORRALES XXXXXX, MAESTRO XXXXXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXX, MAESTRA XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX, INGENIERA XXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXX Y
LICENCIADA XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, QUIENES ACTÚAN CON LA SECRETARIA EJECUTIVA, DOCTORA XXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX, QUE DA FE.
MTRA. XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX CONSEJERA PRESIDENTA DEL CONSEJO GENERAL | DRA. XXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX SECRETARIA EJECUTIVA |
Las presentes firmas corresponden al Acuerdo IEEH/CG/089/2023
DESIGNACIÓN DE CONSEJERÍAS ELECTORALES PARA LA INTEGRACIÓN DE LOS 18 CONSEJOS DISTRITALES
Distrito Electoral | Nombre Aspirante | Designación |
01 Zimapán | Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx | Presidenta |
Xxxxxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx | Propietaria | |
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx | Xxxxxxxxxxx | |
Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx | Propietaria | |
Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxx | Propietario | |
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx | Xxxxxxxx | |
Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx | Xxxxxxxx | |
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx | Xxxxxxxx | |
Xxxxx Xxxxx Xxxxxx | Suplente | |
Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx | Suplente |
Distrito Electoral | Nombre Aspirante | Designación |
02 Zacualtipán de Xxxxxxx | Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx | Xxxxxxxxxx |
Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx | Propietaria | |
Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx | Xxxxxxxxxxx | |
Canales Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx | Xxxxxxxxxxx | |
De la Xxxx Xxxxx Xxxxxxx | Propietaria | |
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx | Xxxxxxxx | |
Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx | Suplente | |
Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx | Xxxxxxxx | |
Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxx | Xxxxxxxx | |
Xxxxxxxx Xxxxxx Ma. xxx Xxxxxx | Suplente |
Distrito Electoral | Nombre Aspirante | Designación |
03 Xxxxxxxxxx | Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx | Presidente |
Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx | Propietaria | |
Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxx | Xxxxxxxxxxx | |
Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx | Propietaria | |
Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx | Xxxxxxxxxxx | |
Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx | Xxxxxxxx | |
Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx | Xxxxxxxx | |
Xxxxxxxx Xxxx Xxxxx | Xxxxxxxx | |
Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx | Xxxxxxxx | |
Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx | Xxxxxxxx |
Distrito Electoral | Nombre Aspirante | Designación |
04 Huejutla de Xxxxx | Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx | Presidenta |
Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx | Propietario | |
Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx | Propietario | |
Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx | Propietaria | |
Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxx | Propietaria | |
Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx | Xxxxxxxx | |
Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx | Suplente | |
Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx | Xxxxxxxx | |
Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx | Xxxxxxxx | |
Xxxxxx Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx | Xxxxxxxx |
Distrito Electoral | Nombre Aspirante | Designación |
05 Ixmiquilpan | Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx | Presidenta |
Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx | Propietaria | |
Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx | Xxxxxxxxxxx | |
Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx | Propietaria | |
Islas Xxxxxxxx Xxxxxx | Propietaria | |
Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxx | Suplente | |
Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx | Xxxxxxxx | |
Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx | Xxxxxxxx | |
Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx | Suplente | |
Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx | Xxxxxxxx |
Distrito Electoral | Nombre Aspirante | Designación |
06 Huichapan | Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx | Xxxxxxxxxx |
Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx | Xxxxxxxxxxx | |
Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx | Xxxxxxxxxxx | |
Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx | Propietaria | |
Xxxxxxxx Paso Xxxx | Propietario | |
Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx | Suplente | |
Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx | Xxxxxxxx | |
Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx | Suplente | |
Xxxxxx Santiago Xxxx Xxxxxx | Suplente | |
Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx | Xxxxxxxx |
DESIGNACIÓN DE CONSEJERÍAS ELECTORALES PARA LA INTEGRACIÓN DE LOS 18 CONSEJOS DISTRITALES
Distrito Electoral | Nombre Aspirante | Designación | ||
07 Mixquiahuala de Juárez | Xxxxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx | Presidente | ||
Xxxxxx Xxxxx Xxxxx xx Xxxxx | Propietaria | |||
Xxxxx Xxxxx Xxxxxx | Propietaria | |||
Xxxxxxx Xxxxxx | Xxxxxxxxx | Xxxxx | Propietario | |
Xxxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxx | Xxxxxxxxxxx | |||
Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx | Suplente | |||
Xxxxxx Xxxxx Xxxxx | Xxxxxxxx | |||
Xxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxx | Suplente | |||
Xxxxxxx Xxxxxxxx | Xxxxxx | Xxxxxxx | Suplente | |
Xxxxxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxx | Suplente |
Distrito Electoral | Nombre Aspirante | Designación |
08 Actopan | Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx | Presidenta |
Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxx | Propietario | |
Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx | Propietario | |
Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx | Xxxxxxxxxxx | |
Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx | Propietario | |
Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx | Xxxxxxxx | |
Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx | Suplente | |
Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx | Suplente | |
Xxxxxxxx Xxxxx Xxxx Xxxxx | Suplente | |
Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx | Xxxxxxxx |
Distrito Electoral | Nombre Aspirante | Designación |
09 Xxxxxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx | Presidenta |
Xxxxxx Xxxxx Xxxx Xxxx | Propietario | |
Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxx | Propietario | |
Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx | Propietaria | |
Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxxx | Propietario | |
Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx | Suplente | |
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxx | Suplente | |
Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx | Suplente | |
Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx | Xxxxxxxx | |
Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx | Xxxxxxxx |
Distrito Electoral | Nombre Aspirante | Designación |
10 Xxxxxxxx | Xxxxxx Xxxx Xxxxxxxxx | Presidente |
Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx | Xxxxxxxxxxx | |
Xxxx Xxxxxx Xxxxxx | Propietaria | |
Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx | Propietaria | |
Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx | Xxxxxxxxxxx | |
Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx | Suplente | |
Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxx | Suplente | |
Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx | Xxxxxxxx | |
Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx | Xxxxxxxx | |
Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx | Suplente |
Distrito Electoral | Nombre Aspirante | Designación |
11 Tulancingo xx Xxxxx | Xxxxxx Xxxx Xxxxxx | Presidenta |
Xxxxx Xxxxxx Xxxx | Propietaria | |
Xxxxxx Xxxx Xxxxxx | Propietario | |
Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx | Xxxxxxxxxxx | |
Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx | Propietario | |
Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxx | Suplente | |
Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx | Xxxxxxxx | |
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx xx xx Xxx | Xxxxxxxx | |
Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx | Xxxxxxxx | |
Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx | Xxxxxxxx |
Distrito Electoral | Nombre Aspirante | Designación |
12 Xxxxxxx xx Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx | Presidente |
Xxxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx | Propietaria | |
Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxx | Propietario | |
Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx | Xxxxxxxxxxx | |
De la Xxxx Xxxxx Xxxxx | Propietaria | |
Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxx | Xxxxxxxx | |
Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx | Suplente | |
Xxxxxx Xxxxx Xxxx Xxxxx | Suplente | |
Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx de Xxxxx | Xxxxxxxx | |
Xxxxxx Xxxxx Xxxxx | Xxxxxxxx |
DESIGNACIÓN DE CONSEJERÍAS ELECTORALES PARA LA INTEGRACIÓN DE LOS 18 CONSEJOS DISTRITALES
Distrito Electoral | Nombre Aspirante | Designación |
13 Xxxxxxx xx Xxxx | Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx | Presidente |
Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx | Propietaria | |
Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx | Propietaria | |
Xxxxx Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx | Xxxxxxxxxxx | |
Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx | Xxxxxxxxxxx | |
Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxx | Suplente | |
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx | Suplente | |
Xxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxx | Suplente | |
Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx | Xxxxxxxx | |
Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx | Xxxxxxxx |
Distrito Electoral | Nombre Aspirante | Designación |
14 Xxxx xx Xxxxxxx | Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx | Presidenta |
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx | Propietario | |
Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx | Xxxxxxxxxxx | |
Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx | Xxxxxxxxxxx | |
Xxxxxxx Xxxx Xxx Xxxxxx | Propietaria | |
Xxxxxx Xxxx Xxxxx Xxxx | Suplente | |
Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxx | Suplente | |
Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx | Xxxxxxxx | |
Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx de Xxxxx | Suplente | |
Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx | Xxxxxxxx |
Distrito Electoral | Nombre Aspirante | Designación |
15 Tepeji del Río | Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx | Presidenta |
Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx | Propietaria | |
Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx | Xxxxxxxxxxx | |
Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx | Propietario | |
Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx | Propietaria | |
Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxx | Xxxxxxxx | |
Xxxxx Xxxxx Xxxxxx | Xxxxxxxx | |
Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx | Xxxxxxxx | |
Xxxxxx Xxxxxxx Xx. Xxxxx | Xxxxxxxx | |
Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx | Xxxxxxxx |
Distrito Electoral | Nombre Aspirante | Designación |
16 Tizayuca | Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx | Presidenta |
Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx | Propietaria | |
Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx | Xxxxxxxxxxx | |
Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx | Xxxxxxxxxxx | |
Xxxxxxx Ravía Xxxxxx Xxxxxxx | Xxxxxxxxxxx | |
Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx | Suplente | |
Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxx | Xxxxxxxx | |
Xxxxxxx Xxxxx Xxxx Xxxxx | Xxxxxxxx | |
Xxxxxx Xxxxx Xxxxx xx xxx Xxxxxxx | Xxxxxxxx | |
Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx | Suplente |
Distrito Electoral | Nombre Aspirante | Designación |
17 Villas xxx Xxxxx de Mineral de la Reforma | Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxx xx xxx Xxxxxxx | Presidenta |
Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx | Propietaria | |
Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx | Propietaria | |
Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx | Propietaria | |
Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxx | Xxxxxxxxxxx | |
Valencia Xxxxxxx Xxx Xxxxxx | Suplente | |
Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx | Suplente | |
Xxxxx Xxxxxx Xxxx Xxxx | Suplente | |
Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx | Xxxxxxxx | |
Xxxxxx Xxxxx Xxxx Xxxxx | Suplente |
Distrito Electoral | Nombre Aspirante | Designación |
18 Tepeapulco | Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx | Presidencia |
Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx | Xxxxxxxxxxx | |
Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx | Propietario | |
Xxxxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxx | Propietaria | |
Xxxxxxx Xxxx Xxxxx | Propietaria | |
Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx | Suplente | |
Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx | Suplente | |
Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx | Suplente | |
Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx | Xxxxxxxx | |
Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxx | Suplente |