ACUERDO MARCO
CORPORACIÓN DE RADIO Y TELEVISIÓN ESPAÑOLA, S.A.
EXPTE.: 2017/10007
PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN
ACUERDO XXXXX
“SERVICIO DE GRABACIÓN DE REPORTAJES CON EQUIPOS ENG CRTVE”
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PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES DEL ACUERDO MARCO PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS POR EL PROCEDIMIENTO GENERAL
EXPEDIENTE CRTVE 2017/10007
GRABACIÓN DE REPORTAJES CON EQUIPOS ENG’S PARA LA CRTVE
1ª.- OBJETO DEL ACUERDO MARCO.
Las presentes Condiciones Generales tienen por objeto la contratación del servicio que se describe en el Anexo II.
El servicio deberá ser prestado de acuerdo con lo dispuesto en el Acuerdo Xxxxx que se suscriba con las empresas adjudicatarias, que se ajustarán a lo previsto en el presente pliego de condiciones generales, en el pliego de prescripciones técnicas y en la oferta adjudicada (y en su caso mejora de oferta), documentos que se citan en orden de prelación, así como de acuerdo con los contratos derivados que para la prestación de dicho servicio se formalicen con los adjudicatarios, así como con las instrucciones que se dicten por RTVE, que se manifestarán por escrito, si así lo solicitara el prestatario del servicio, de acuerdo con lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP).
La presentación de la oferta supone la aceptación incondicionada del presente pliego y xxx xxxxxx de prescripciones técnicas. Cualquier condición contractual que el licitador incluya en su oferta y se aparte de los mismos se tendrá por no puesta.
Cuando así se especifique en el Anexo II, no existirá compromiso por parte de CRTVE de emitir peticiones ni por todos los conceptos, ni por cantidades determinadas, estableciéndose como límite máximo el importe estimado del acuerdo marco indicado en el apartado siguiente.
2ª.- VALOR ESTIMADO DEL ACUERDO MARCO Y PRECIO .
El valor estimado del acuerdo marco asciende a la cantidad especificada en el Anexo II. En el cálculo del importe se ha tenido en cuenta lo dispuesto en el artículo 88 del TRLCSP.
El precio máximo aplicable será el que el contratista indique en su oferta económica, que se presentará según el Anexo 1, y en su caso, de la mejora que se pudiera producir en la segunda ronda.
Cuando así se especifique en el Anexo II, el precio aplicable por la prestación del servicio se
determinará en función de las unidades de servicio efectivamente demandadas y prestadas a conformidad de CRTVE, a las que se aplicará, como máximo, los precios máximos unitarios ofertados.
Los importes comprenden todos los gastos, tasas y arbitrios, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido o impuesto legal que corresponda, y no serán revisados por ningún concepto.
El valor estimado del acuerdo marco tiene carácter de importe máximo por lo que serán rechazadas aquellas proposiciones cuya oferta económica sea superior.
Los precios máximos aplicables durante las posibles prórrogas no podrán superar los correspondientes al plazo inicial del acuerdo marco.
3ª.- PLAZO DE VIGENCIA DEL ACUERDO MARCO.
El plazo de vigencia del acuerdo marco será el establecido en el Anexo II.
4ª.- LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
El lugar de prestación del servicio, objeto de este acuerdo marco, se determinará en el Anexo
II. El servicio se prestará en dependencias o instalaciones propias del empresario contratista, y sólo por motivos justificados en el Pliego de prescripciones técnicas podrán prestarse dichos servicios en los centros de la Corporación RTVE.
5º.- GARANTÍA PROVISIONAL.
Para presentar proposiciones en el procedimiento de licitación se podrá requerir a los licitadores la constitución de una garantía provisional que responda del cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 103.1 del TRLCSP por el importe que se señale en el Anexo II.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 del TRLCSP, podrá constituirse mediante aval o seguro de caución. Igualmente, podrá formalizarse en metálico o valores, debiendo ser depositada, en este caso, en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales.
La garantía provisional se extinguirá automáticamente y será devuelta a los licitadores inmediatamente después de la adjudicación del acuerdo marco de conformidad previa petición por escrito dirigida a la Dirección de Compras. La garantía será retenida al licitador cuya proposición hubiera sido seleccionada para la adjudicación hasta que proceda a la constitución de la garantía definitiva, e incautada a las empresas que retiren
injustificadamente su proposición antes de la adjudicación.
6ª.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.
Lugar y plazo de presentación, formalidades y documentación:
6.1. Anuncio de licitación.-
El anuncio de licitación se publicará en el perfil del contratante de RTVE con el contenido mínimo que se establece el TRLCSP.
6.2. Lugar y plazo de presentación.-
Las proposiciones se presentarán en el lugar y plazo de presentación especificado en el Anexo II o se enviarán por correo certificado dentro de este plazo. Cuando la documentación se envíe por correo, deberá anunciarse la remisión de la oferta por correo electrónico a xxxxxxxxxxxx@xxxx.xx, justificando la fecha de imposición del envío en la oficina de correos. Solo será válido el correo electrónico si existe constancia de la transmisión y recepción, de sus fechas, del contenido íntegro de las comunicaciones y se identifique fidedignamente al remitente y al destinatario. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida en CRTVE con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en los anuncios de licitación y en el pliego. No obstante, transcurridos diez días desde la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
Una vez recibida la documentación, ésta no podrá ser retirada, salvo que se acredite razones debidamente justificadas, antes del acto público de apertura. En ningún caso, a partir de dicho acto de apertura, será devuelta documentación alguna presentada por los licitadores, hayan resultado o no adjudicatarios.
6.3. Formalidades y documentación.-
Las proposiciones constarán de varios sobres cerrados denominados A, B (y, en su caso dos sobres independientes adicionales B1 y B2) y C, pudiendo ser lacrados o precintados, haciendo constar en el exterior de los mismos la letra y denominación del sobre, el nombre o razón social del licitador, y el título y número del expediente al que se presenta. Toda documentación aportada en papel debe acompañarse, obligatoriamente, en formato electrónico (CD, DVD, PenDrive, etc.) tipo PDF, o compatible con Microsoft Office ó Autocad, de tal manera que cada sobre contenga
única y exclusivamente la documentación correspondiente al mismo en formato electrónico y en papel, sin que sea admisible la utilización del mismo formato electrónico compartido para todos los sobres o que incluya en el mismo dispositivo toda la información.
Dichos sobres contendrán:
A) Sobre A, denominado “Proposición Económica”: contendrá la propuesta económica que realice el licitador.
a. Cada licitador solamente podrá presentar una proposición.
La proposición contendrá una única oferta o, en caso de existir varios lotes, una oferta para cada lote que considere oportuno. En todos los casos deberá indicar el importe individual para cada uno de los lotes a los que se presente.
Si el oferente se presenta a más de un Lote, podrá hacer también una oferta conjunta por la totalidad de los lotes a los que se presente. Esta oferta sólo será admitida siempre que sea más económica que la suma individual de los Lotes a los que se presenta.
Cuando, de conformidad con lo establecido en el Anexo II, existan dos fases en el procedimiento de adjudicación, solo se entenderá que la oferta conjunta supera la primera fase del procedimiento cuando la totalidad de los lotes que la componen hayan resultado aptos técnica y económicamente en dicha fase. Las ofertas conjuntas que hayan superado así la primera fase no podrán sufrir variaciones de su conjunto en la segunda fase. No se admitirán en segunda fase ofertas conjuntas cuya composición fuera distinta o no se hubiera presentado en la primera.
Asimismo la proposición podrá contener, ofertas alternativas, en función de las variantes que se presenten en los términos que se indiquen en el Anexo II.
b. Además del modelo de proposición económica, en el Sobre A, deberá incluirse el detalle de precios unitarios utilizado para obtener el precio final de licitación.
B) Sobre B, denominado “Oferta Técnica”: contendrá la propuesta técnica que realice el licitador, así como toda la documentación relativa a los aspectos técnicos referentes a la negociación. No incluirá ninguna información relativa a la proposición económica. En el caso que se incluyan criterios de valoración automáticos, es decir, objetivos y criterios susceptibles de juicio de valoración subjetiva, la oferta técnica deberá, además de presentar el sobre B anterior, distinguir en dos sobres independientes, que recibirán, respectivamente, la denominación de sobre B1, la documentación relativa a los aspectos objetivos o de valoración automática y, la denominación de sobre B2, la documentación relativa a los aspectos sujetos a juicio de valoración subjetiva.
C) Sobre C, denominado “Documentación Administrativa”, que contendrá la siguiente documentación:
1. Relación de todos los documentos incluidos en este sobre.
1.1. Si el proponente es una persona jurídica o Sociedad, copia autorizada o testimonio notarial de la escritura de constitución o modificación inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuere exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuera, deberá presentar escritura o documento de constitución, estatutos o acta fundacional inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial, en su caso. Dicha documentación podrá sustituirse en os términos que señala el artículo 146 3 del TRLCSP.
1.2. Documentos bastantes en derecho que justifiquen el que la persona que firma la proposición ostenta actualmente cargo que, con arreglo a aquellos Estatutos, le confiera la representación de la Sociedad a tales efectos. Si el proponente fuese o actuase como mandatario, deberá justificar con poder notarial bastante dicha cualidad y representación.
1.3. En caso de concurrir a la licitación varias empresas, constituyendo una unión temporal, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que suscriben las proposiciones, la participación de cada una de ellas, designando la persona o Entidad que, durante la vigencia del acuerdo marco, ha de ostentar la representación de la unión ante RTVE.
1.4. Declaración expresa del proponente dirigida al Presidente de la Corporación u otorgada ante Notario de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones
que enumera el artículo 60.1 del TRLCSP. Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse antes de la adjudicación, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
1.5. Fotocopia del D.N.I. para las personas físicas o del Código de Identificación Fiscal si se trata de personas jurídicas. Dichos datos deberán hacerse constar en las proposiciones económicas.
1.6. Certificados emitidos por los organismos correspondientes, acreditativos de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
1.7. Garantía provisional, en su caso.
1.8. La documentación para acreditar la solvencia económica y financiera y técnica será la que se determine en el Anexo II.
Sólo podrán contratar con CRTVE las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional o, en los casos en que así lo exija esta Ley, se encuentren debidamente clasificadas. Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del acuerdo marco. Todo ello en los términos establecidos en el TRLCSP.
Las empresas extranjeras deberán aportar declaración de someterse a la legislación española y a la jurisdicción de los tribunales españoles, con renuncia expresa a la jurisdicción que pudiere corresponderles.
Las empresas deberán presentar toda la documentación en lengua castellana. Tratándose de documentos extranjeros deberán estar traducidos de forma oficial a la lengua castellana.
Si los documentos se acompañasen por medio de fotocopias, no tendrán otro valor ni autenticidad legal que el derivado de su cotejo con el original respectivo.
Las empresas incluidas en el Registro de Licitadores de CRTVE, quedarán eximidas de presentar la documentación que tengan depositada, debiendo aportar la certificación
expedida por el Registro, acompañada de una declaración expresa responsable, emitida por el licitador o cualquiera de los representantes con facultades que figuren en el Registro, relativa a la no alteración de los datos que constan en el mismo.
En el supuesto de que se hubiere producido alguna modificación de los datos registrales, deberá hacerse constar en la declaración y aportar la correspondiente documentación acreditativa.
Si la certificación del Registro caducara entre la licitación y la adjudicación del acuerdo marco, el empresario propuesto como adjudicatario deberá presentar con carácter obligatorio, una certificación actualizada del Registro de Licitadores o la documentación actualizada que hubiese provocado la caducidad del mismo.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 146.4º del TRLCSP, las empresas quedarán eximidas de presentar la documentación referida en los apartados 1.1º a 1.8º pudiendo sustituirla por una declaración responsable que indique que cumple con los requisitos recogidos en los citados apartados solo si así se especifica en el Anexo II.
Cuando el valor estimado del acuerdo marco sea inferior a 90.000 euros, las empresas quedarán eximidas de presentar la documentación referida en los apartados 1.1º a 1.8º pudiendo sustituirla por una declaración responsable, independientemente de que así se establezca en el Anexo II.
En todo caso, el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del acuerdo marco.
7ª.- CONDICIONES DE EJECUCIÓN DEL ACUERDO MARCO.
El prestatario del servicio se compromete a contar durante la vigencia del acuerdo marco con la organización necesaria de personal propio, para que los servicios solicitados por RTVE sean realizados por trabajadores con una cualificación profesional adecuada y con la calidad y celeridad que se precisa en dichos trabajos, así como todos los medios técnicos y materiales que sean necesarios.
El prestatario del servicio, deberá contar con el personal preciso para atender sus obligaciones contractuales. La persona física o jurídica que se resulte adjudicataria deberá ejercer ineludiblemente de modo real, efectivo y periódico el poder de dirección inherente a todo
empresario en relación con sus trabajadores, en especial, el control de asistencia de su personal al lugar de trabajo, el cumplimiento de las normas laborales de su empresa, la organización del trabajo, el control y distribución de la jornada laboral, el pago de los salarios, el otorgamiento de permisos, licencias y vacaciones, el ejercicio del poder disciplinario y el cumplimiento de las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales y seguridad social.
Estos trabajadores dependerán exclusivamente del prestatario del servicio, sin que en ningún momento pueda alegarse derecho alguno por parte de los mismos en relación con RTVE, ni exigirse a ésta responsabilidad de cualquier clase como consecuencia de las obligaciones existentes entre la empresa prestataria del servicio y sus empleados, aún en el supuesto de que el despido que adopte se base en el incumplimiento, interpretación o resolución del presente acuerdo marco.
De igual manera, se comprometerá a designar, al menos, a un coordinador, perteneciente a su plantilla, que será el encargado de impartir directamente las órdenes e instrucciones de trabajo al resto de trabajadores de su empresa y de comunicar a CRTVE cualquier incidencia ocurrida respecto de los trabajadores y/o el servicio a prestar.
La persona física o jurídica que se resulte adjudicataria colaborará con RTVE, tal como establece el artículo 24 de la Ley 31/1.995, de 8 de Noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en aplicación de la normativa sobre prevención de riesgos laborales.
La persona física o jurídica que se resulte adjudicataria se compromete a remitir los TC1 y TC2 de sus trabajadores adscritos a la ejecución del acuerdo marco, con la periodicidad que se establece en el Anexo II y, en todo caso, siempre que accedan a las instalaciones nuevo personal de la contrata.
En caso de que los pliegos de prescripciones técnicas señalen que resulta preciso prestar el servicio en las instalaciones, RTVE se compromete a facilitar el acceso a las instalaciones, al personal encargado de realizar el servicio, y a comunicar al prestador del servicio cualquier anomalía en el cumplimiento de las tareas encomendadas a dicho personal.
Por cuestiones de seguridad, y a fin de poder tener constancia en todo momento del número de personas que se encuentran en las instalaciones de RTVE, tanto el acceso como la salida de las mismas del personal encargado de realizar la prestación de servicio objeto del presente acuerdo marco deberá realizarse únicamente por lo puntos autorizados debidamente señalizados. La empresa prestadora del servicio se compromete a impartir estas instrucciones al personal de su cargo.
El paso por los puntos de control será obligatorio tanto en la entrada como en la salida. RTVE se reserva el derecho de denegar la entrada a sus instalaciones al infractor, así como a retirarle el documento identificativo de acceso proporcionado por RTVE, en su caso.
En caso de que se permita la subcontratación, el contratista deberá exigir al subcontratista los mismos compromisos que la Corporación exige a aquel, en los términos establecidos en los apartados anteriores.
8ª.- APERTURA DE PROPOSICIONES.
1. En el caso que se incluyan criterios de valoración susceptibles de juicio de valoración subjetiva, CRTVE procederá a la apertura de las proposiciones técnicas susceptibles de valoración subjetiva (Sobre B2) en el lugar y fecha señalados en el Anexo II y dará cuenta del resultado de la calificación previa de la documentación general, indicando los licitadores excluidos y las causas de su exclusión e invitando a los asistentes a formular las observaciones que estimen pertinentes, que se recogerán en el Acta.
Posteriormente, se fijará el día y hora en el que se celebrará el acto de apertura de las proposiciones técnicas susceptibles de valoración objetiva (sobre B1) y las proposiciones económicas (sobre A), que será notificado a través de Perfil del Contratante de RTVE (xxxx://xxxx.xx/xxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxx).
2. En el caso de que solamente se incluyan criterios de valoración automática, es decir, objetivos, la apertura de las proposiciones se realizará en el lugar y fecha señalados en el Anexo II.
3. En ambos casos, cuando tras el examen de la documentación administrativa en acto previo, el Comité de Compras considerara que hay defectos subsanables conferirá un plazo de tres días como máximo, a contar desde su examen, para que se proceda a su subsanación.
9º. ADJUDICACIÓN
La adjudicación del acuerdo marco se acordará por el órgano de contratación a favor de la oferta más ventajosa atendiendo a los criterios directamente vinculados al objeto del acuerdo marco que figuran en el presente pliego, por resolución motivada que se notificará a los candidatos o licitadores y que se publicará en el perfil del contratante de RTVE (xxxx://xxxx.xx/xxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxx). En el caso de que no se hayan presentado ofertas o las
presentadas sean inadecuadas, irregulares o inaceptables el procedimiento se declarará desierto. Las ofertas que no cumplan con lo indicado en los pliegos se considerarán no aptas.
En el caso de que en el Anexo II se establezca un procedimiento de adjudicación en dos fases, las empresas seleccionadas en la primera fase podrán mejorar su propuesta económica en la segunda fase, de acuerdo con lo establecido en dicho anexo.
El órgano de contratación requerirá a los licitadores más ventajosos para que en el plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presenten la siguiente documentación:
• Documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
• Documentación justificativa de disponer de los medios para la ejecución del acuerdo marco a los que en su caso se hubiera comprometido.
• De haber constituido la garantía definitiva que se establece en el presente pliego. En caso de que no aporte aval, se entenderá que opta por la retención del precio, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula 11ª, salvo que la Corporación de Radio y Televisión Española S.A. le indique que es precisa la constitución de aval, en cuyo caso, de no aportarlo se entenderá que ha retirado su oferta.
Para acuerdo xxxxxx de valor igual o superior a 90.000 €, cuando el anexo II haya contemplado la posibilidad de sustituir la aportación previa de la documentación inicial prevista en los apartados 1.1º a 1.8º de la cláusula 6.3º por una declaración responsable, el licitador más ventajoso deberá acreditar en ese mismo plazo de 10 días la posesión y validez de dicha documentación, mediante su presentación junto con la especificada en el apartado anterior.
El órgano de contratación adjudicará el acuerdo marco dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
Una vez aprobada la adjudicación por el órgano de contratación se publicará y se comunicará de acuerdo con la normativa vigente. Las notificaciones se harán por cualquiera de los medios que permitan dejar constancia de su recepción por el destinatario (correo electrónico o dirección designada al presentar sus proposiciones).
10ª.- CRITERIOS BASE PARA LA ADJUDICACIÓN.
Los criterios que servirán de base para la adjudicación, serán los establecidos en el Anexo II.
11ª.- GARANTÍA DEFINITIVA.
El adjudicatario constituirá un aval solidario a primer requerimiento por el importe que se especifique en el Anexo II. Alternativamente, si no se hubiera producido la recepción y aceptación de esta garantía, CRTVE podrá retener dicho importe de las cantidades pendientes de pago al adjudicatario derivadas del acuerdo marco adjudicado al amparo del presente procedimiento. La garantía se aplicará al pago de todas las responsabilidades imputables al contratista en la ejecución del acuerdo marco.
En el caso de incumplimiento por el adjudicatario de sus obligaciones, la Corporación RTVE, una vez constatado el incumplimiento podrá retener todos los pagos que por cualquier concepto se hallen pendientes de realizar al adjudicatario, en cuantía suficiente para salvaguardar las responsabilidades que se pudieran derivar de dicho incumplimiento.
Cuando se hicieran efectivos x xxxxx de la garantía los conceptos anteriores, el contratista vendrá obligado a reponerla en cualquiera de las formas establecidas para su constitución.
La Corporación RTVE podrá retener el importe total de la garantía, hasta la fecha en que se extinga el acuerdo marco por cumplimiento (incluidos los períodos de garantía que fueran de aplicación) o que se dicte sentencia firme de la Autoridad judicial competente por la que quede el contratista liberado del cumplimiento de sus obligaciones contractuales.
12ª.- FORMALIZACIÓN DEL ACUERDO XXXXX.
Dentro de los quince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos, se formalizará por escrito el correspondiente acuerdo marco.
Cuando por causas imputables al adjudicatario, éste no hubiese formalizado el acuerdo marco dentro del plazo que le comunique la Corporación RTVE, se entenderá que desiste de su formalización, pudiendo acordar la resolución del mismo y la incautación de la garantía en caso de que se hubiera exigido.
13º. PLATAFORMA DE FACTURACIÓN ELECTRÓNICA DE LA CORPORACIÓN RTVE.
De conformidad con la habilitación y lo dispuesto en la Ley 11/2007, de 20 xx xxxxx, de acceso
electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos y el Real Decreto Legislativo 3/2011, de
14 de noviembre, de acuerdo xxxxxx del sector público, el licitador o licitadores que resultaren adjudicatarios del presente expediente de contratación se comprometen a usar la Plataforma de Facturación electrónica de la Corporación de Radio y Televisión Española (RTVE) en los términos, condiciones técnicas y modalidades que se especifican en el canal LICITACIÓN (PERFIL DEL CONTRATANTE) – Portal del Proveedor de la Corporación de Radio y Televisión Española (RTVE) xxxx://xxxx.xx/xxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxx.
14º. FACTURACIÓN Y CONDICIONES DE PAGO.
El prestatario del servicio emitirá una factura con la periodicidad que se establezca en el Anexo II, en la que se incluirán los servicios demandados y efectivamente entregados a conformidad de RTVE en dicho período.
Para poder proceder a su abono, la factura deberá enviarse a través del sistema de facturación electrónica de CRTVE, incluyendo una relación de los servicios prestados así como, en su caso, los precios unitarios aplicables, y el número de pedido, acompañada de la documentación justificativa que sea necesaria a criterio de CRTVE, y en particular, la relativa a los TC1 y TC2 establecida en la cláusula 7ª del presente pliego En caso de que CRTVE lo estime necesario, el contratista deberá aportar documentación adicional o documentación original en papel además de remitirla a través del sistema de facturación electrónica.
CRTVE abonará los importes facturados por el proveedor mediante transferencia bancaria dentro de los plazos legalmente establecidos, con un plazo de pago que no superará el establecido en el Anexo II. En todo caso, CRTVE dispondrá de 30 días para realizar el pago desde la recepción de una factura válida acompañada de la documentación justificativa necesaria.
15ª.- GASTOS E IMPUESTOS DEL ACUERDO XXXXX.
Serán de cuenta del adjudicatario los siguientes gastos:
- Los que origine la inserción de los anuncios preceptivos.
- Los que origine levantar acta ante Notario como consecuencia de la apertura de propuestas en 2ª fase.
Dichos importes serán abonados por quienes resulten seleccionados, previamente a la formalización del acuerdo marco, según instrucciones que se facilitarán en la notificación de adjudicación.
Los impuestos que se devenguen con ocasión o como consecuencia del acuerdo marco, así
como de los contratos derivados, se abonarán conforme a la Ley. Por lo que respecta al Impuesto sobre el Valor Añadido, las ofertas se ajustarán a la siguiente ecuación general:
Precio cierto + IVA = Importe global contractual.
El pago del IVA se efectuará contra presentación de la factura reglamentaria exigida por la legislación fiscal vigente.
De conformidad con la legalidad vigente se recuerda la obligación de indicar, como partida independiente, el importe del Impuesto del Valor Añadido que deba soportar RTVE. En caso de no estar desglosado el precio cierto y el IVA correspondiente, - tal como se especifica anteriormente - se considerará como “Importe Global Contractual”.
16ª.- CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN DEL ACUERDO XXXXX.
En caso de que el Xxxxx XX contemple la posibilidad de subcontratar o ceder a terceros los derechos y obligaciones que se deriven del presente acuerdo marco, será precisa en todo caso autorización previa expresa y escrita de C RTVE. En caso contrario, se reputará como incumplimiento contractual.
Aunque se produzca la subcontratación consentida a que se refiere el párrafo anterior, se reputará como único contratista a todos los efectos de las obligaciones dimanantes del acuerdo marco a la empresa adjudicataria.
17ª.- PENALIDADES.
CRTVE podrá imponer penalidades en los términos establecidos en el Anexo II.
La aplicación de las citadas penalidades no impedirá a CRTVE exigir al contratista el cumplimiento de las obligaciones contractuales, ni excluye la indemnización de daños y perjuicios a que pudiera tener derecho como consecuencia del incumplimiento.
El importe de las penalidades por demora se harán efectivos mediante deducción de los mismos en la/s factura/s.
18ª.- RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA.
El contratista responderá de todos los daños causados como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del acuerdo marco y la de los contratos derivados, garantizando su
cumplimiento mediante la contratación de una póliza de responsabilidad civil, que cubra los posibles daños y perjuicios que pueda causar, por sí o por su personal y el de sus proveedores o subcontratistas, a personas o bienes de RTVE y/o terceros.
El contratista deberá justificar documentalmente la contratación y vigencia de la citada póliza con la amplitud suficiente y por el tiempo de cumplimiento del acuerdo marco, sin perjuicio de que en los requisitos de solvencia establecidos en el Anexo II se puedan exigir determinadas condiciones a dicha póliza.
Cuando los daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Corporación RTVE, será éste responsable dentro de los límites señalados en las Leyes.
19ª.- PROTECCIÓN DE DATOS.
RTVE, los licitadores y el adjudicatario se comprometen al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) que les incumban y quedan informadas que los datos personales facilitados o proporcionados entre estas como consecuencia de la participación en el presente procedimiento de licitación y en el caso del adjudicatario también de la firma del acuerdo marco adjudicado, serán incorporados a un fichero, titularidad de cada parte, consintiendo expresamente ambas, mediante la firma del presente acuerdo marco, el tratamiento de los datos facilitados con la finalidad de la adecuada gestión de la relación contractual. Los titulares de los datos podrán dirigirse por escrito a los respectivos domicilios, adjuntando copia de su DNI o Pasaporte para ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.
Una vez finalizado el procedimiento de licitación, los licitadores se comprometen a destruir, o a devolver a RTVE, los datos de carácter personal a los que hubiera tenido acceso, salvo el adjudicatario que deberá hacerlo una vez finalizada la prestación.
En caso de que el Anexo II establezca que la prestación de servicios implica el acceso a datos de carácter personal por parte del prestador, serán de aplicación las siguientes cláusulas que serán objeto de formalización en documento aparte con todos y cada uno de los prestadores del servicio ya sean adjudicatarios o subcontratistas.
“RTVE ha encargado a la empresa adjudicataria [especificar el nombre de la empresa] (en adelante “ENCARGADO”), en cumplimiento del objeto del presente acuerdo marco [describir el servicio en cuestión], facilitando: [cumplimentar según corresponda] los siguientes datos [enumerar los datos que van a ser comunicados] / el acceso a determinados sistemas [enumerar] o documentación que contiene datos de carácter personal.
El ENCARGADO se compromete a:
1. Tratar los datos personales conforme a las instrucciones que le facilite.
2. No comunicar, ceder ni permitir el acceso a los datos de carácter personal, ni siquiera para su conservación, a otras personas físicas o jurídicas, con la excepción del personal de su organización que, para el cumplimiento de las funciones encomendadas al ENCARGADO, necesiten acceder a los mismos.
No obstante lo anterior, RTVE autoriza expresamente al ENCARGADO, a que, en caso de que subcontrate con terceras entidades la ejecución y prestación de todo o parte de las funciones encomendadas, habilite a dichos subcontratistas a acceder y tratar los datos personales procedentes de los ficheros titularidad de RTVE. Para ello, el ENCARGADO deberá previamente haber suscrito con los terceros subcontratistas un acuerdo marco de encargado de tratamiento en cumplimiento de lo establecido en el artículo 12 de la LOPD, exigiéndole el cumplimiento de las medidas de seguridad aplicables, en función de los datos de carácter personal a los que se permita el acceso y del modo en que éste se produzca. El ENCARGADO estará obligado a informar previamente a RTVE de la subcontratación del servicio y del nombre del Subcontratista, reservándose RTVE la autorización de la misma. El ENCARGADO será responsable ante RTVE de las infracciones que sus subcontratados puedan cometer en materia de protección de datos personales.
El ENCARGADO devolverá a la finalización del acuerdo marco cuantos soportes contengan datos de carácter personal derivados del presente acuerdo marco procediendo al borrado de aquéllos que se encuentren en su poder ya sea en soporte papel manual o automatizado.
El ENCARGADO se compromete a adoptar las medidas de seguridad establecidas en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal, correspondientes a los diferentes niveles de seguridad de los datos que vayan a facilitarse.
En los supuestos en que el tratamiento de datos se realice en las instalaciones o sistemas del ENCARGADO, ésta deberá adoptar, implantar y cumplir las medidas de seguridad del nivel que corresponda, necesarias para garantizar la seguridad e integridad de datos y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado de los ficheros de datos responsabilidad de RTVE, de acuerdo con el RD 1720/2007.
En los supuestos en los que el tratamiento de datos se realice en las instalaciones de RTVE o se realice por conexión remota sin posibilidad de incorporar datos personales a los sistemas o soportes del ENCARGADO, el personal de ésta última queda obligado al cumplimiento de la
normativa interna en materia de seguridad y protección de datos establecida por RTVE. A dicho fin, RTVE entregará una copia de la referida política de seguridad al ENCARGADO, para su distribución y obligado cumplimiento por parte de su personal que bien se desplace a las instalaciones de RTVE o bien acceda por conexión remota los sistemas de RTVE.
El ENCARGADO se obliga a guardar secreto respecto a los datos objeto del tratamiento, incluso con posterioridad a la finalización del mismo. Como complemento de lo anterior, el ENCARGADO se obliga a obtener debidamente firmado por los trabajadores de su plantilla asignados al cumplimiento del servicio objeto del acuerdo marco suscrito con el prestatario (RTVE) el correspondiente compromiso de confidencialidad.
El ENCARGADO resarcirá a RTVE como consecuencia de cualquier sanción que pueda serle impuesta, derivada del incumplimiento de alguno de los términos del acuerdo marco por parte del prestador.
Las políticas de RTVE en materia de protección de datos se encuentran a disposición de los licitadores.
20ª.- PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Y NORMATIVA LABORAL.
El licitante que resultare adjudicatario se comprometerá al estricto cumplimiento de lo establecido en el Procedimiento de Coordinación de Actividades Empresariales, puesto a disposición en la web de RTVE (xxxx://xxxx.xx/xxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxx), así como a presentar, debidamente cumplimentados, los impresos números 1 y 2 del mismo, como requisito imprescindible, con carácter previo, al inicio de la ejecución de la prestación.
El contratista, asimismo, deberá acatar la normativa vigente en materia laboral y de Seguridad Social, en relación a los trabajadores destinados a la instalación.
21ª.- MODIFICACIONES DEL ACUERDO MARCO Y DE LOS CONTRATOS DERIVADOS.
La Corporación RTVE podrá acordar modificaciones en el acuerdo marco y en los contratos derivados cuando concurran circunstancias o acontecimientos que objetivamente considerados justifiquen la necesidad de la modificación y la proporcionalidad de ésta.
Como límite de lo anterior, el acuerdo marco y los contratos derivados no podrán ser modificados con el fin de adicionar prestaciones complementarias a las inicialmente contratadas, ampliar el objeto de los mismos a fin de que pueda cumplir finalidades nuevas no contempladas en la documentación preparatoria del mismo, o incorporar una prestación
susceptible de utilización o aprovechamiento independiente. En estos supuestos, deberá procederse a una nueva contratación de la prestación correspondiente.
En el Anexo II del presente pliego se indicará en su caso la posibilidad de modificación del acuerdo marco y de los contratos derivados, detallándose, de forma clara, precisa e inequívoca las condiciones en que podrá hacerse uso de la misma, así como el alcance y límites de dichas modificaciones, con expresa indicación del porcentaje del precio al que como máximo pueda afectar de conformidad con lo establecido en el artículo 106 del TRLCSP.
Todas aquellas modificaciones no previstas en el Anexo II solo podrán efectuarse cuando se justifique suficientemente la concurrencia de alguna de las circunstancias previstas en el artículo 107 del RDLCSP.
Las modificaciones del acuerdo marco y de los contratos derivados deberán formalizarse por escrito.
Antes de proceder a la modificación del acuerdo marco o de los contratos derivados, deberá darse audiencia al contratista a los efectos oportunos. Toda modificación y ampliación de los mismos, cualquiera que sea su importe y clase de procedimiento, deberá aprobarse por el órgano de contratación que adjudique el acuerdo marco, siendo preceptivo el informe vinculante de la Asesoría Jurídica de CRTVE.
22ª.- EXTINCIÓN Y RESOLUCIÓN DEL ACUERDO MARCO Y DE LOS CONTRATOS DERIVADOS.
El acuerdo marco y los contratos derivados se extinguirán por su cumplimiento o por resolución. Serán causa de resolución:
1. La muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista, sin perjuicio de lo establecido legalmente respecto a la fusión, escisión, aportación o transmisión de empresas o ramas de actividad.
2. El mutuo acuerdo entre RTVE y el contratista.
3. Las demás admitidas con carácter general en Derecho privado, en especial, el incumplimiento de las obligaciones recogidas en la cláusula 7ª, sin que ello implique que el incumplimiento de cualquier otra obligación prevista en el pliego pueda considerarse como grave a estos efectos.
CRTVE se reserva el derecho a exigir al contratista la indemnización de daños y perjuicios a que pudiera tener derecho y cualesquiera otras responsabilidades a que hubiera lugar como
consecuencia de la resolución del acuerdo marco y contratos derivados imputables al contratista.
Asimismo, en el supuesto de extinción del acuerdo marco o de los contratos derivados por incumplimiento del contratista, CRTVE podrá retener todos los pagos en los términos establecidos en la cláusula 11ª, procediendo asimismo a la incautación de las garantías prestadas por el Contratista, todo ello sin perjuicio de las acciones legales o de otro tipo que estime oportunas para la reclamación de los daños y perjuicios sufridos.
Si la causa de resolución fuere imputable a la CORPORACIÓN RTVE ésta vendrá ésta obligada al pago de los perjuicios que fueran consecuencia directa su actuación.
23ª.- PLAZO DE GARANTÍA DEL SERVICIO.
Sin perjuicio de las garantías generales establecidas por la Ley, los servicios realizados, objeto del presente acuerdo, gozarán de un plazo de garantía establecido en el Anexo II, computado a partir de la emisión del certificado de aceptación de los servicios en conformidad por la Unidad receptora de los mismos.
24ª.- RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE.
De conformidad con el artículo 20 del TRLCSP, los acuerdo xxxxxx y los contratos derivados celebrados por la Corporación RTVE tienen la consideración de contratos privados, que se regirán cuanto a su preparación y adjudicación por lo dispuesto por el TRLCSP, en los términos señalados por el artículo 190, y, en cuanto a sus efectos y extinción, por el Derecho privado.
25ª.- CONFIDENCIALIDAD.
El licitador que finalmente resulte adjudicatario, y los licitadores aceptan que todos los borradores, fórmulas, especificaciones, libros, manuales de instrucciones, informes diarios, libros contables, cuentas, secretos e instrucciones de trabajo orales o escritas concernientes a la actividad de la Corporación RTVE, sus métodos, procedimientos, técnicas o equipos, así como cualquier otra información a la que tengan acceso o reciban tienen el carácter de confidencial. Asimismo, se comprometen durante la vigencia del acuerdo marco resultante del presente expediente de contratación, así como una vez extinguido éste, a no utilizar en detrimento de la Corporación RTVE, ni a divulgar a terceros, excepto en el ejercicio de sus
funciones por virtud del acuerdo marco del que resulten adjudicatarios, cualquier información recibida en virtud del desempeño de su relación comercial o profesional con la Corporación RTVE o como consecuencia de la misma, sea referida a la Corporación RTVE u otras sociedades clientes o relacionadas con la Corporación RTVE.
Esta cláusula se entiende sin perjuicio de las obligaciones que resulten de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
26ª.- RENUNCIA A LA CELEBRACIÓN DEL ACUERDO MARCO Y DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.
1. En el caso en que el órgano de contratación renuncie a celebrar un acuerdo marco para el que haya efectuado la correspondiente convocatoria, o decida reiniciar el procedimiento para su adjudicación, lo notificará a los candidatos o licitadores, informando también a la Comisión Europea de esta decisión cuando el acuerdo xxxxx haya sido anunciado en el
«Diario Oficial de la Unión Europea».
2. La renuncia a la celebración del acuerdo marco o el desistimiento del procedimiento sólo podrán acordarse por el órgano de contratación antes de la adjudicación. En ambos casos se compensará a los candidatos o licitadores por los gastos en que hubiesen incurrido o de acuerdo con los principios generales que rigen la responsabilidad de la Administración.
3. Sólo podrá renunciarse a la celebración del acuerdo marco por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente. En este caso, no podrá promoverse una nueva licitación con el mismo objeto en tanto subsistan las razones alegadas para fundamentar la renuncia.
4. El desistimiento del procedimiento deberá estar fundado en una infracción no subsanable de las normas de preparación del acuerdo marco o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación, debiendo justificarse en el expediente la concurrencia de la causa. El desistimiento no impedirá la iniciación inmediata de un nuevo procedimiento de licitación con el mismo objeto.
27ª.- SUMISIÓN DE FUERO.
Para cualquier duda o discrepancia que pudiera surgir en el cumplimiento o interpretación del
presente expediente de contratación y de los acuerdos marco que finalmente se adjudiquen, así como de los contratos derivados, los licitadores y quien resulte adjudicatario se someten a la Jurisdicción Ordinaria de los Juzgados y Tribunales de Madrid, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, sin perjuicio de las competencias atribuidas a la Jurisdicción contencioso administrativa y de lo dispuesto para el recurso especial en materia de contratación en el TRLCSP.
Madrid a, 25 de Enero de 2017
Xxxx Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Subdirector de Compras CRTVE
EL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN:
Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Director General Corporativo
Anexo I: MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
Don . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
(Nombre y dos apellidos)
provisto de D.N.I. número . . . . . . . . . . . . . . . , expedido con fecha y domiciliado
en . . . . . . . . . . . . . . . . . calle/plaza . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ., DP , en calidad de
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . de la . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. .
(cargo que ocupa) (nombre o razón social)
con NIF . . . . . . . . . . . . . . . y domicilio social en DP número ,
calle/plaza . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ……… . . . . número , teléfono .
fax . . . . . . . . . . y correo electrónico conforme acredita con Poder, enterado del
procedimiento general tramitado para adjudicar el expediente 2017/10007 “GRABACIÓN DE REPORTAJES CON EQUIPOS ENG PARA LA CRTVE”.
A tal efecto, se compromete a prestarlo con estricta sujeción a todas las condiciones técnicas y legales que se contienen en las Condiciones Generales de Contratación y de Condiciones Técnicas Particulares que ha examinado y expresamente acepta, señalando como características de su proposición las siguientes:
A. Precio ofertado, expresado sin IVA u otros impuestos indirectos equivalentes:
LOTES | IMPORTE OFERTA CONTRATO | IMPORTE OFERTA PRÓRROGA | IMPORTE TOTAL |
Lote 1 – Comunidad de Andalucía | |||
Lote 2 – Comunidad xx Xxxxxx | |||
Lote 3 – Comunidades xx Xxxxxxxx y Cantabria | |||
Lote 4 – Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx Xx Xxxxxx | |||
Xxxx 0 – Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx Xxxx | |||
Lote 6 – Comunidad de Cataluña | |||
Lote 7 – Comunidad de Galicia | |||
Lote 8 – Comunidad de Madrid | |||
Lote 9 – Comunidades de País Xxxxx, Navarra y La Rioja | |||
Lote 10 – Comunidad de Valencia | |||
Lote 11 – Comunidad de Extremadura | |||
TOTAL OFERTA: |
B. Desglose por lotes:
LOTE 1.- Comunidad de Andalucía
SERVICIOS | Nº SERVICIOS ESTIMADOS AL AÑO | IMPORTE OFERTADO POR SERVICIO | IMPORTE OFERTA CONTRATO (1 AÑO) | IMPORTE OFERTA PRÓRROGA (1 AÑO) | IMPORTE TOTAL OFERTA ( SIN IVA) |
Equipo Básico ½ servicio | 167 | ||||
Equipo Básico 1 servicio | 55 | ||||
Equipo ½ servicio con ayudante | 25 | ||||
Equipo 1 servicio con ayudante | 22 | ||||
Óptica angular | 6 | ||||
Monitor extra SD/HD | 4 | ||||
Micrófono inalámbrico mano/corbata | 69 | ||||
Extra iluminación | 22 | ||||
Distancia adicional | 1861 | ||||
Hora complementaria | 105 | ||||
Edición | 96 | ||||
Envío 3G/4G | 96 | ||||
TOTAL (SIN IVA): |
OTE 2.- Comunidad xx Xxxxxx
SERVICIOS | Nº SERVICIOS ESTIMADOS AL AÑO | IMPORTE OFERTADO POR SERVICIO | IMPORTE OFERTA CONTRATO (1 AÑO) | IMPORTE OFERTA PRÓRROGA (1 AÑO) | IMPORTE TOTAL OFERTA ( SIN IVA) |
Equipo Básico ½ servicio | 55 | ||||
Equipo Básico 1 servicio | 31 | ||||
Equipo ½ servicio con ayudante | 8 | ||||
Equipo 1 servicio con ayudante | 6 | ||||
Óptica angular | 4 | ||||
Monitor extra SD/HD | 4 | ||||
Micrófono inalámbrico mano/corbata | 46 | ||||
Extra iluminación | 8 | ||||
Distancia adicional | 2.878 | ||||
Hora complementaria | 45 | ||||
Edición | 47 | ||||
Envío 3G/4G | 47 | ||||
TOTAL (SIN IVA): |
LOTE 3.- Comunidades: Asturias y Cantabria.
SERVICIOS | Nº SERVICIOS ESTIMADOS AL AÑO | IMPORTE OFERTADO POR SERVICIO | IMPORTE OFERTA CONTRATO (1 AÑO) | IMPORTE OFERTA PRÓRROGA (1 AÑO) | IMPORTE TOTAL OFERTA ( SIN IVA) |
Equipo Básico ½ servicio | 23 | ||||
Equipo Básico 1 servicio | 34 | ||||
Equipo ½ servicio con ayudante | 13 | ||||
Equipo 1 servicio con ayudante | 4 | ||||
Óptica angular | 4 | ||||
Monitor extra SD/HD | 4 | ||||
Micrófono inalámbrico mano/corbata | 39 | ||||
Extra iluminación | 13 | ||||
Distancia adicional | 1369 | ||||
Hora complementaria | 45 | ||||
Edición | 35 | ||||
Envío 3G/4G | 35 | ||||
TOTAL (SIN IVA): |
LOTE 4.- Castilla – La Mancha.
SERVICIOS | Nº SERVICIOS ESTIMADOS AL AÑO | IMPORTE OFERTADO POR SERVICIO | IMPORTE OFERTA CONTRATO (1 AÑO) | IMPORTE OFERTA PRÓRROGA (1 AÑO) | IMPORTE TOTAL OFERTA ( SIN IVA) |
Equipo Básico ½ servicio | 90 | ||||
Equipo Básico 1 servicio | 27 | ||||
Equipo ½ servicio con ayudante | 11 | ||||
Equipo 1 servicio con ayudante | 11 | ||||
Óptica angular | 6 | ||||
Monitor extra SD/HD | 4 | ||||
Micrófono inalámbrico mano/corbata | 74 | ||||
Extra iluminación | 22 | ||||
Distancia adicional | 2090 | ||||
Hora complementaria | 67 | ||||
Edición | 67 | ||||
Envío 3G/4G | 67 | ||||
TOTAL (SIN IVA): |
LOTE 5.- Castilla - León.
SERVICIOS | Nº SERVICIOS ESTIMADOS AL AÑO | IMPORTE OFERTADO POR SERVICIO | IMPORTE OFERTA CONTRATO (1 AÑO) | IMPORTE OFERTA PRÓRROGA (1 AÑO) | IMPORTE TOTAL OFERTA ( SIN IVA) |
Equipo Básico ½ servicio | 92 | ||||
Equipo Básico 1 servicio | 93 | ||||
Equipo ½ servicio con ayudante | 9 | ||||
Equipo 1 servicio con ayudante | 23 | ||||
Óptica angular | 11 | ||||
Monitor extra SD/HD | 4 | ||||
Micrófono inalámbrico mano/corbata | 65 | ||||
Extra iluminación | 8 | ||||
Distancia adicional | 4636 | ||||
Hora complementaria | 111 | ||||
Edición | 118 | ||||
Envío 3G/4G | 118 | ||||
TOTAL (SIN IVA): |
LOTE 6.- Cataluña.
SERVICIOS | Nº SERVICIOS ESTIMADOS AL AÑO | IMPORTE OFERTADO POR SERVICIO | IMPORTE OFERTA CONTRATO (1 AÑO) | IMPORTE OFERTA PRÓRROGA (1 AÑO) | IMPORTE TOTAL OFERTA ( SIN IVA) |
Equipo Básico ½ servicio | 192 | ||||
Equipo Básico 1 servicio | 146 | ||||
Equipo ½ servicio con ayudante | 62 | ||||
Equipo 1 servicio con ayudante | 42 | ||||
Óptica angular | 21 | ||||
Monitor extra SD/HD | 4 | ||||
Micrófono inalámbrico mano/corbata | 36 | ||||
Extra iluminación | 89 | ||||
Distancia adicional | 733 | ||||
Hora complementaria | 185 | ||||
Edición | 53 | ||||
Envío 3G/4G | 53 | ||||
TOTAL (SIN IVA): |
LOTE 7.- Galicia.
SERVICIOS | Nº SERVICIOS ESTIMADOS AL AÑO | IMPORTE OFERTADO POR SERVICIO | IMPORTE OFERTA CONTRATO (1 AÑO) | IMPORTE OFERTA PRÓRROGA (1 AÑO) | IMPORTE TOTAL OFERTA ( SIN IVA) |
Equipo Básico ½ servicio | 60 | ||||
Equipo Básico 1 servicio | 79 | ||||
Equipo ½ servicio con ayudante | 15 | ||||
Equipo 1 servicio con ayudante | 11 | ||||
Óptica angular | 4 | ||||
Monitor extra SD/HD | 4 | ||||
Micrófono inalámbrico mano/corbata | 46 | ||||
Extra iluminación | 9 | ||||
Distancia adicional | 5322 | ||||
Hora complementaria | 81 | ||||
Edición | 77 | ||||
Envío 3G/4G | 77 | ||||
TOTAL (SIN IVA): |
LOTE 8.- Madrid.
SERVICIOS | Nº SERVICIOS ESTIMADOS AL AÑO | IMPORTE OFERTADO POR SERVICIO | IMPORTE OFERTA CONTRATO (1 AÑO) | IMPORTE OFERTA PRÓRROGA (1 AÑO) | IMPORTE TOTAL OFERTA ( SIN IVA) |
Equipo Básico ½ servicio | 1205 | ||||
Equipo Básico 1 servicio | 75 | ||||
Equipo ½ servicio con ayudante | 430 | ||||
Equipo 1 servicio con ayudante | 77 | ||||
Óptica angular | 40 | ||||
Monitor extra SD/HD | 4 | ||||
Micrófono inalámbrico mano/corbata | 115 | ||||
Extra iluminación | 186 | ||||
Distancia adicional | 1215 | ||||
Hora complementaria | 283 | ||||
Edición | 140 | ||||
Envío 3G/4G | 140 | ||||
TOTAL (SIN IVA): |
XXXX 0.- Xxxxxxxxxxx: Xxxx Xxxxx, Xxxxxxx x Xx Xxxxx.
SERVICIOS | Nº SERVICIOS ESTIMADOS AL AÑO | IMPORTE OFERTADO POR SERVICIO | IMPORTE OFERTA CONTRATO (1 AÑO) | IMPORTE OFERTA PRÓRROGA (1 AÑO) | IMPORTE TOTAL OFERTA ( SIN IVA) |
Equipo Básico ½ servicio | 84 | ||||
Equipo Básico 1 servicio | 58 | ||||
Equipo ½ servicio con ayudante | 28 | ||||
Equipo 1 servicio con ayudante | 13 | ||||
Óptica angular | 4 | ||||
Monitor extra SD/HD | 4 | ||||
Micrófono inalámbrico mano/corbata | 52 | ||||
Extra iluminación | 18 | ||||
Distancia adicional | 504 | ||||
Hora complementaria | 99 | ||||
Edición | 55 | ||||
Envío 3G/4G | 55 | ||||
TOTAL (SIN IVA): |
LOTE 10.- Valencia.
SERVICIOS | Nº SERVICIOS ESTIMADOS AL AÑO | IMPORTE OFERTADO POR SERVICIO | IMPORTE OFERTA CONTRATO (1 AÑO) | IMPORTE OFERTA PRÓRROGA (1 AÑO) | IMPORTE TOTAL OFERTA ( SIN IVA) |
Equipo Básico ½ servicio | 90 | ||||
Equipo Básico 1 servicio | 78 | ||||
Equipo ½ servicio con ayudante | 40 | ||||
Equipo 1 servicio con ayudante | 9 | ||||
Óptica angular | 4 | ||||
Monitor extra SD/HD | 4 | ||||
Micrófono inalámbrico mano/corbata | 80 | ||||
Extra iluminación | 21 | ||||
Distancia adicional | 2308 | ||||
Hora complementaria | 99 | ||||
Edición | 80 | ||||
Envío 3G/4G | 80 | ||||
TOTAL (SIN IVA): |
LOTE 11.- Extremadura.
SERVICIOS | Nº SERVICIOS ESTIMADOS AL AÑO | IMPORTE OFERTADO POR SERVICIO | IMPORTE OFERTA CONTRATO (1 AÑO) | IMPORTE OFERTA PRÓRROGA (1 AÑO) | IMPORTE TOTAL OFERTA ( SIN IVA) |
Equipo Básico ½ servicio | 20 | ||||
Equipo Básico 1 servicio | 13 | ||||
Equipo ½ servicio con ayudante | 8 | ||||
Equipo 1 servicio con ayudante | 8 | ||||
Óptica angular | 5 | ||||
Monitor extra SD/HD | 7 | ||||
Micrófono inalámbrico mano/corbata | 35 | ||||
Extra iluminación | 10 | ||||
Distancia adicional | 600 | ||||
Hora complementaria | 40 | ||||
Edición | 22 | ||||
Envío 3G/4G | 22 | ||||
TOTAL (SIN IVA): |
ANEXO II
1) Descripción del objeto del acuerdo xxxxx.
Establecer las condiciones que han de regir la licitación, celebración, formalización, cumplimiento, efectos y extinción de un acuerdo marco para la contratación del SERVICIO DE GRABACIÓN DE REPORTAJES CON EQUIPOS ENG PARA LA CORPORACIÓN RADIOTELEVISIÓN ESPAÑOLA.
2) Precio del acuerdo xxxxx y valor estimado.
El precio aplicable por la prestación del servicio será el resultado de multiplicar el importe de las tarifas por el número de servicios, no existiendo compromiso por parte de CRTVE de emitir peticiones ni por todos los conceptos, ni por cantidades determinadas de forma que sólo se abonen los servicios efectivamente demandados y prestados.
El valor estimado del acuerdo marco es el que se indica en las siguientes tablas, cuyos importes se expresan sin IVA
LOTES | VALOR ESTIMADO | ||
CONTRATO | PRÓRROGA | TOTAL | |
Lote 1 – Comunidad de Andalucía | 59.707,20 € | 59.707,20 € | 119.414,40 € |
Lote 2 – Comunidad xx Xxxxxx | 24.575,60 € | 24.575,60 € | 49.151,20 € |
Lote 3 – Comunidades xx Xxxxxxxx y Cantabria | 19.568,80 € | 19.568,80 € | 39.137,60 € |
Xxxx 0 – Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx Xx Xxxxxx | 34.268,00 € | 34.268,00 € | 68.536,00 € |
Lote 5 – Comunidad xx Xxxxxxxx Xxxx | 55.372,20 € | 55.372,20 € | 110.744,40 € |
Lote 6 – Comunidad de Cataluña | 94.876,60 € | 94.876,60 € | 189.753,20 € |
Lote 7 – Comunidad de Galicia | 41.144,40 € | 41.144,40 € | 82.288,80 € |
Lote 8 – Comunidad de Madrid | 324.948,00 € | 324.948,00 € | 649.896,00 € |
Xxxx 0 – Xxxxxxxxxxx xx Xxxx Xxxxx, Xxxxxxx x Xx Xxxxx | 41.640,80 € | 41.640,80 € | 83.281,60 € |
Lote 10 – Comunidad de Valencia | 50.871,60 € | 50.871,60 € | 101.743,20 € |
Lote 11 – Comunidad de Extremadura | 13.650,00 € | 13.650,00 € | 27.300,00 € |
760.623,20 € | 760.623,20 € | 1.521.246,40 € |
LOTE 1.- Comunidad de Andalucía
SERVICIOS | IMPORTE MÁXIMO POR SERVICIO | Nº SERVICIOS ESTIMADOS AL AÑO | IMPORTE ESTIMADO | IMPORTE ESTIMADO | IMPORTE TOTAL |
CONTRATO | PRÓRROGA | ESTIMADO | |||
Equipo Básico ½ servicio | 150 € | 167 | 25.050,00 € | 25.050,00 € | 50.100,00 € |
Equipo Básico 1 servicio | 200 € | 55 | 11.000,00 € | 11.000,00 € | 22.000,00 € |
Equipo ½ servicio con ayudante | 180 € | 25 | 4.500,00 € | 4.500,00 € | 9.000,00 € |
Equipo 1 servicio con ayudante | 260 € | 22 | 5.720,00 € | 5.720,00 € | 11.440,00 € |
Óptica angular | 60 € | 6 | 360,00 € | 360,00 € | 720,00 € |
Monitor extra SD/HD | 25 € | 4 | 100,00 € | 100,00 € | 200,00 € |
Micrófono inalámbrico mano/corbata | 25 € | 69 | 1.725,00 € | 1.725,00 € | 3.450,00 € |
Extra iluminación | 50 € | 22 | 1.100,00 € | 1.100,00 € | 2.200,00 € |
Distancia adicional | 0,20 € | 1.861 | 372,20 € | 372,20 € | 744,40 € |
Hora complementaria | 20 € | 105 | 2.100,00 € | 2.100,00 € | 4.200,00 € |
Edición | 55 € | 96 | 5.280,00 € | 5.280,00 € | 10.560,00 € |
Envío 3G/4G | 25 € | 96 | 2.400,00 € | 2.400,00 € | 4.800,00 € |
TOTAL ESTIMADO: | 59.707,20 € | 59.707,20 € | 119.414,40 € |
LOTE 2.- Comunidad xx Xxxxxx
SERVICIOS | IMPORTE MÁXIMO POR SERVICIO | Nº SERVICIOS ESTIMADOS AL AÑO | IMPORTE ESTIMADO | IMPORTE ESTIMADO | IMPORTE TOTAL |
CONTRATO | PRÓRROGA | ESTIMADO | |||
Equipo Básico ½ servicio | 150 € | 55 | 8.250,00 € | 8.250,00 € | 16.500,00 € |
Equipo Básico 1 servicio | 200 € | 31 | 6.200,00 € | 6.200,00 € | 12.400,00 € |
Equipo ½ servicio con ayudante | 180 € | 8 | 1.440,00 € | 1.440,00 € | 2.880,00 € |
Equipo 1 servicio con ayudante | 260 € | 6 | 1.560,00 € | 1.560,00 € | 3.120,00 € |
Óptica angular | 60 € | 4 | 240,00 € | 240,00 € | 480,00 € |
Monitor extra SD/HD | 25 € | 4 | 100,00 € | 100,00 € | 200,00 € |
Micrófono inalámbrico mano/corbata | 25 € | 46 | 1.150,00 € | 1.150,00 € | 2.300,00 € |
Extra iluminación | 50 € | 8 | 400,00 € | 400,00 € | 800,00 € |
Distancia adicional (Km) | 0,20 € | 2.878 | 575,60 € | 575,60 € | 1.151,20 € |
Hora complementaria | 20 € | 45 | 900,00 € | 900,00 € | 1.800,00 € |
Edición | 55 € | 47 | 2.585,00 € | 2.585,00 € | 5.170,00 € |
Envío 3G/4G | 25 € | 47 | 1.175,00 € | 1.175,00 € | 2.350,00 € |
TOTAL ESTIMADO: | 24.575,60 € | 24.575,60 € | 49.151,20 € |
LOTE 3.- Comunidades: Asturias y Cantabria.
SERVICIOS | IMPORTE MÁXIMO POR SERVICIO | Nº SERVICIOS ESTIMADOS AL AÑO | IMPORTE ESTIMADO | IMPORTE ESTIMADO | IMPORTE TOTAL |
CONTRATO | PRÓRROGA | ESTIMADO | |||
Equipo Básico ½ servicio | 150 € | 23 | 3.450,00 € | 3.450,00 € | 6.900,00 € |
Equipo Básico 1 servicio | 200 € | 34 | 6.800,00 € | 6.800,00 € | 13.600,00 € |
Equipo ½ servicio con ayudante | 180 € | 13 | 2.340,00 € | 2.340,00 € | 4.680,00 € |
Equipo 1 servicio con ayudante | 260 € | 4 | 1.040,00 € | 1.040,00 € | 2.080,00 € |
Óptica angular | 60 € | 4 | 240,00 € | 240,00 € | 480,00 € |
Monitor extra SD/HD | 25 € | 4 | 100,00 € | 100,00 € | 200,00 € |
Micrófono inalámbrico mano/corbata | 25 € | 39 | 975,00 € | 975,00 € | 1.950,00 € |
Extra iluminación | 50 € | 13 | 650,00 € | 650,00 € | 1.300,00 € |
Distancia adicional (Km) | 0,20 € | 1.369 | 273,80 € | 273,80 € | 547,60 € |
Hora complementaria | 20 € | 45 | 900,00 € | 900,00 € | 1.800,00 € |
Edición | 55 € | 35 | 1.925,00 € | 1.925,00 € | 3.850,00 € |
Envío 3G/4G | 25 € | 35 | 875,00 € | 875,00 € | 1.750,00 € |
TOTAL ESTIMADO: | 19.568,80 € | 19.568,80 € | 39.137,60 € |
LOTE 4.- Castilla – La Mancha.
SERVICIOS | IMPORTE MÁXIMO POR SERVICIO | Nº SERVICIOS ESTIMADOS AL AÑO | IMPORTE ESTIMADO | IMPORTE ESTIMADO | IMPORTE TOTAL |
CONTRATO | PRÓRROGA | ESTIMADO | |||
Equipo Básico ½ servicio | 150 € | 90 | 13.500,00 € | 13.500,00 € | 27.000,00 € |
Equipo Básico 1 servicio | 200 € | 27 | 5.400,00 € | 5.400,00 € | 10.800,00 € |
Equipo ½ servicio con ayudante | 180 € | 11 | 1.980,00 € | 1.980,00 € | 3.960,00 € |
Equipo 1 servicio con ayudante | 260 € | 11 | 2.860,00 € | 2.860,00 € | 5.720,00 € |
Óptica angular | 60 € | 6 | 360,00 € | 360,00 € | 720,00 € |
Monitor extra SD/HD | 25 € | 4 | 100,00 € | 100,00 € | 200,00 € |
Micrófono inalámbrico mano/corbata | 25 € | 74 | 1.850,00 € | 1.850,00 € | 3.700,00 € |
Extra iluminación | 50 € | 22 | 1.100,00 € | 1.100,00 € | 2.200,00 € |
Distancia adicional (Km) | 0,20 € | 2.090 | 418,00 € | 418,00 € | 836,00 € |
Hora complementaria | 20 € | 67 | 1.340,00 € | 1.340,00 € | 2.680,00 € |
Edición | 55 € | 67 | 3.685,00 € | 3.685,00 € | 7.370,00 € |
Envío 3G/4G | 25 € | 67 | 1.675,00 € | 1.675,00 € | 3.350,00 € |
TOTAL ESTIMADO: | 34.268,00 € | 34.268,00 € | 68.536,00 € |
LOTE 5.- Castilla - León.
SERVICIOS | IMPORTE MÁXIMO POR SERVICIO | Nº SERVICIOS ESTIMADOS AL AÑO | IMPORTE ESTIMADO | IMPORTE ESTIMADO | IMPORTE TOTAL |
CONTRATO | PRÓRROGA | ESTIMADO | |||
Equipo Básico ½ servicio | 150 € | 92 | 13.800,00 € | 13.800,00 € | 27.600,00 € |
Equipo Básico 1 servicio | 200 € | 93 | 18.600,00 € | 18.600,00 € | 37.200,00 € |
Equipo ½ servicio con ayudante | 180 € | 9 | 1.620,00 € | 1.620,00 € | 3.240,00 € |
Equipo 1 servicio con ayudante | 260 € | 23 | 5.980,00 € | 5.980,00 € | 11.960,00 € |
Óptica angular | 60 € | 11 | 660,00 € | 660,00 € | 1.320,00 € |
Monitor extra SD/HD | 25 € | 4 | 100,00 € | 100,00 € | 200,00 € |
Micrófono inalámbrico mano/corbata | 25 € | 65 | 1.625,00 € | 1.625,00 € | 3.250,00 € |
Extra iluminación | 50 € | 8 | 400,00 € | 400,00 € | 800,00 € |
Distancia adicional (Km) | 0,20 € | 4.636 | 927,20 € | 927,20 € | 1.854,40 € |
Hora complementaria | 20 € | 111 | 2.220,00 € | 2.220,00 € | 4.440,00 € |
Edición | 55 € | 118 | 6.490,00 € | 6.490,00 € | 12.980,00 € |
Envío 3G/4G | 25 € | 118 | 2.950,00 € | 2.950,00 € | 5.900,00 € |
TOTAL ESTIMADO: | 55.372,20 € | 55.372,20 € | 110.744,40 € |
LOTE 6.- Cataluña.
SERVICIOS | IMPORTE MÁXIMO POR SERVICIO | Nº SERVICIOS ESTIMADOS AL AÑO | IMPORTE ESTIMADO | IMPORTE ESTIMADO | IMPORTE TOTAL |
CONTRATO | PRÓRROGA | ESTIMADO | |||
Equipo Básico ½ servicio | 150 € | 192 | 28.800,00 € | 28.800,00 € | 57.600,00 € |
Equipo Básico 1 servicio | 200 € | 146 | 29.200,00 € | 29.200,00 € | 58.400,00 € |
Equipo ½ servicio con ayudante | 180 € | 62 | 11.160,00 € | 11.160,00 € | 22.320,00 € |
Equipo 1 servicio con ayudante | 260 € | 42 | 10.920,00 € | 10.920,00 € | 21.840,00 € |
Óptica angular | 60 € | 21 | 1.260,00 € | 1.260,00 € | 2.520,00 € |
Monitor extra SD/HD | 25 € | 4 | 100,00 € | 100,00 € | 200,00 € |
Micrófono inalámbrico mano/corbata | 25 € | 36 | 900,00 € | 900,00 € | 1.800,00 € |
Extra iluminación | 50 € | 89 | 4.450,00 € | 4.450,00 € | 8.900,00 € |
Distancia adicional (Km) | 0,20 € | 733 | 146,60 € | 146,60 € | 293,20 € |
Hora complementaria | 20 € | 185 | 3.700,00 € | 3.700,00 € | 7.400,00 € |
Edición | 55 € | 53 | 2.915,00 € | 2.915,00 € | 5.830,00 € |
Envío 3G/4G | 25 € | 53 | 1.325,00 € | 1.325,00 € | 2.650,00 € |
TOTAL ESTIMADO: | 94.876,60 € | 94.876,60 € | 189.753,20 € |
LOTE 7.- Galicia.
SERVICIOS | IMPORTE MÁXIMO POR SERVICIO | Nº SERVICIOS ESTIMADOS AL AÑO | IMPORTE ESTIMADO | IMPORTE ESTIMADO | IMPORTE TOTAL |
CONTRATO | PRÓRROGA | ESTIMADO | |||
Equipo Básico ½ servicio | 150 € | 60 | 9.000,00 € | 9.000,00 € | 18.000,00 € |
Equipo Básico 1 servicio | 200 € | 79 | 15.800,00 € | 15.800,00 € | 31.600,00 € |
Equipo ½ servicio con ayudante | 180 € | 15 | 2.700,00 € | 2.700,00 € | 5.400,00 € |
Equipo 1 servicio con ayudante | 260 € | 11 | 2.860,00 € | 2.860,00 € | 5.720,00 € |
Óptica angular | 60 € | 4 | 240,00 € | 240,00 € | 480,00 € |
Monitor extra SD/HD | 25 € | 4 | 100,00 € | 100,00 € | 200,00 € |
Micrófono inalámbrico mano/corbata | 25 € | 46 | 1.150,00 € | 1.150,00 € | 2.300,00 € |
Extra iluminación | 50 € | 9 | 450,00 € | 450,00 € | 900,00 € |
Distancia adicional (Km) | 0,20 € | 5.322 | 1.064,40 € | 1.064,40 € | 2.128,80 € |
Hora complementaria | 20 € | 81 | 1.620,00 € | 1.620,00 € | 3.240,00 € |
Edición | 55 € | 77 | 4.235,00 € | 4.235,00 € | 8.470,00 € |
Envío 3G/4G | 25 € | 77 | 1.925,00 € | 1.925,00 € | 3.850,00 € |
TOTAL ESTIMADO: | 41.144,40 € | 41.144,40 € | 82.288,80 € |
LOTE 8.- Madrid.
SERVICIOS | IMPORTE MÁXIMO POR SERVICIO | Nº SERVICIOS ESTIMADOS AL AÑO | IMPORTE ESTIMADO | IMPORTE ESTIMADO | IMPORTE TOTAL |
CONTRATO | PRÓRROGA | ESTIMADO | |||
Equipo Básico ½ servicio | 150 € | 1.205 | 180.750,00 € | 180.750,00 € | 361.500,00 € |
Equipo Básico 1 servicio | 200 € | 75 | 15.000,00 € | 15.000,00 € | 30.000,00 € |
Equipo ½ servicio con ayudante | 180 € | 430 | 77.400,00 € | 77.400,00 € | 154.800,00 € |
Equipo 1 servicio con ayudante | 260 € | 77 | 20.020,00 € | 20.020,00 € | 40.040,00 € |
Óptica angular | 60 € | 40 | 2.400,00 € | 2.400,00 € | 4.800,00 € |
Monitor extra SD/HD | 25 € | 4 | 100,00 € | 100,00 € | 200,00 € |
Micrófono inalámbrico mano/corbata | 25 € | 115 | 2.875,00 € | 2.875,00 € | 5.750,00 € |
Extra iluminación | 50 € | 186 | 9.300,00 € | 9.300,00 € | 18.600,00 € |
Distancia adicional (Km) | 0,20 € | 1.215 | 243,00 € | 243,00 € | 486,00 € |
Hora complementaria | 20 € | 283 | 5.660,00 € | 5.660,00 € | 11.320,00 € |
Edición | 55 € | 140 | 7.700,00 € | 7.700,00 € | 15.400,00 € |
Envío 3G/4G | 25 € | 140 | 3.500,00 € | 3.500,00 € | 7.000,00 € |
TOTAL ESTIMADO: | 324.948,00 € | 324.948,00 € | 649.896,00 € |
XXXX 0.- Xxxxxxxxxxx: Xxxx Xxxxx, Xxxxxxx x Xx Xxxxx.
SERVICIOS | IMPORTE MÁXIMO POR SERVICIO | Nº SERVICIOS ESTIMADOS AL AÑO | IMPORTE ESTIMADO | IMPORTE ESTIMADO | IMPORTE TOTAL |
CONTRATO | PRÓRROGA | ESTIMADO | |||
Equipo Básico ½ servicio | 150 € | 84 | 12.600,00 € | 12.600,00 € | 25.200,00 € |
Equipo Básico 1 servicio | 200 € | 58 | 11.600,00 € | 11.600,00 € | 23.200,00 € |
Equipo ½ servicio con ayudante | 180 € | 28 | 5.040,00 € | 5.040,00 € | 10.080,00 € |
Equipo 1 servicio con ayudante | 260 € | 13 | 3.380,00 € | 3.380,00 € | 6.760,00 € |
Óptica angular | 60 € | 4 | 240,00 € | 240,00 € | 480,00 € |
Monitor extra SD/HD | 25 € | 4 | 100,00 € | 100,00 € | 200,00 € |
Micrófono inalámbrico mano/corbata | 25 € | 52 | 1.300,00 € | 1.300,00 € | 2.600,00 € |
Extra iluminación | 50 € | 18 | 900,00 € | 900,00 € | 1.800,00 € |
Distancia adicional (Km) | 0,20 € | 504 | 100,80 € | 100,80 € | 201,60 € |
Hora complementaria | 20 € | 99 | 1.980,00 € | 1.980,00 € | 3.960,00 € |
Edición | 55 € | 55 | 3.025,00 € | 3.025,00 € | 6.050,00 € |
Envio 3G/4G | 25 € | 55 | 1.375,00 € | 1.375,00 € | 2.750,00 € |
TOTAL ESTIMADO: | 41.640,80 € | 41.640,80 € | 83.281,60 € |
LOTE 10.- Valencia.
SERVICIOS | IMPORTE MÁXIMO POR SERVICIO | Nº SERVICIOS ESTIMADOS AL AÑO | IMPORTE ESTIMADO | IMPORTE ESTIMADO | IMPORTE TOTAL |
CONTRATO | PRÓRROGA | ESTIMADO | |||
Equipo Básico ½ servicio | 150 € | 90 | 13.500,00 € | 13.500,00 € | 27.000,00 € |
Equipo Básico 1 servicio | 200 € | 78 | 15.600,00 € | 15.600,00 € | 31.200,00 € |
Equipo ½ servicio con ayudante | 180 € | 40 | 7.200,00 € | 7.200,00 € | 14.400,00 € |
Equipo 1 servicio con ayudante | 260 € | 9 | 2.340,00 € | 2.340,00 € | 4.680,00 € |
Óptica angular | 60 € | 4 | 240,00 € | 240,00 € | 480,00 € |
Monitor extra SD/HD | 25 € | 4 | 100,00 € | 100,00 € | 200,00 € |
Micrófono inalámbrico mano/corbata | 25 € | 80 | 2.000,00 € | 2.000,00 € | 4.000,00 € |
Extra iluminación | 50 € | 21 | 1.050,00 € | 1.050,00 € | 2.100,00 € |
Distancia adicional (Km) | 0,20 € | 2.308 | 461,60 € | 461,60 € | 923,20 € |
Hora complementaria | 20 € | 99 | 1.980,00 € | 1.980,00 € | 3.960,00 € |
Edición | 55 € | 80 | 4.400,00 € | 4.400,00 € | 8.800,00 € |
Envío 3G/4G | 25 € | 80 | 2.000,00 € | 2.000,00 € | 4.000,00 € |
TOTAL ESTIMADO: | 50.871,60 € | 50.871,60 € | 101.743,20 € |
LOTE 11.- Extremadura.
SERVICIOS | IMPORTE MÁXIMO POR SERVICIO | Nº SERVICIOS ESTIMADOS AL AÑO | IMPORTE ESTIMADO | IMPORTE ESTIMADO | IMPORTE TOTAL |
CONTRATO | PRÓRROGA | ESTIMADO | |||
Equipo Básico ½ servicio | 150 € | 20 | 3.000,00 € | 3.000,00 € | 6.000,00 € |
Equipo Básico 1 servicio | 200 € | 13 | 2.600,00 € | 2.600,00 € | 5.200,00 € |
Equipo ½ servicio con ayudante | 180 € | 8 | 1.440,00 € | 1.440,00 € | 2.880,00 € |
Equipo 1 servicio con ayudante | 260 € | 8 | 2.080,00 € | 2.080,00 € | 4.160,00 € |
Óptica angular | 60 € | 5 | 300,00 € | 300,00 € | 600,00 € |
Monitor extra SD/HD | 25 € | 7 | 175,00 € | 175,00 € | 350,00 € |
Micrófono inalámbrico mano/corbata | 25 € | 35 | 875,00 € | 875,00 € | 1.750,00 € |
Extra iluminación | 50 € | 10 | 500,00 € | 500,00 € | 1.000,00 € |
Distancia adicional (Km) | 0,20 € | 600 | 120,00 € | 120,00 € | 240,00 € |
Hora complementaria | 20 € | 40 | 800,00 € | 800,00 € | 1.600,00 € |
Edición | 55 € | 22 | 1.210,00 € | 1.210,00 € | 2.420,00 € |
Envío 3G/4G | 25 € | 22 | 550,00 € | 550,00 € | 1.100,00 € |
TOTAL ESTIMADO: | 13.650,00 € | 13.650,00 € | 27.300,00 € |
3) Plazo de vigencia del acuerdo marco.
El plazo de vigencia del acuerdo marco será de 1 (UN) año, desde el 1 xx xxxx de 2017 hasta el 30 xx xxxxx de 2018, siendo susceptible de prórroga por 1 año más, mediante notificación por escrito por parte de CRTVE antes de la finalización del mismo.
4) Lugar de prestación del servicio.
El servicio se prestará en exteriores, en los lugares que se indiquen en cada Comunidad Autónoma y no en instalaciones de CRTVE.
5) Garantía provisional.
No se contempla.
6) Presentación de proposiciones.
Las proposiciones se presentarán en el Control de Accesos de Xxxxx xxx Xxx, a la atención de la
Dirección de Compras, en la Xxxx. xx Xxxxx Xxxxxxxxxx, 0 Xxxxx xxx Xxx, 00000 Xxxxxxx xx Xxxxxxx (Xxxxxx), antes de las 14:00 horas del día 13 xx xxxxx de 2016, durante los días hábiles y en horario de 9:00 a 14:00 horas.
7) Xxxxx y hora para la apertura de proposiciones objetivas/subjetivas.
CRTVE procederá en acto público, a celebrar a las 12:00 horas del día 21 xx xxxxx de 2017, a la apertura de las proposiciones técnicas y económicas (Sobres B y A) en la Sala de Proyecciones del Edificio Xxxxx xxx Xxx, Xxxx. Xxxxx Xxxxxxxxxx, 0, xx Xxxxxxx xx Xxxxxxx, Xxxxxx.
8) Solvencia económica y financiera, técnica o profesional.
Se acreditará:
• Seguro de responsabilidad civil por importe igual o superior al valor estimado de los lotes a los que se presente.
• Cifra de negocios igual o superior al valor estimado del contrato del lote o los lotes a los que se presente, que acreditará mediante la presentación de las cuentas anuales correspondientes al cierre del último ejercicio económico en el que haya vencido la obligación de aprobación de dichas cuentas. En el caso de que se trate de empresas no obligadas a presentar las cuentas en registros oficiales, podrán aportar como medio alternativo de acreditación los libros de contabilidad debidamente legalizados.
• La prestación de servicios similares al objeto del contrato realizados en los últimos cinco años incluyendo importe y destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. El importe acumulado de los servicios acreditados debe ser igual o superior al valor estimado del contrato del lote o los lotes a los que se presente.
9) Fases del procedimiento de adjudicación.
El procedimiento de adjudicación se realizará en una sola fase conforme a las siguientes condiciones:
- Se procederá a seleccionar a aquellas empresas cuyas ofertas técnicamente hayan resultado aptas y que, de acuerdo con los criterios de valoración que figuran a continuación, obtengan una puntuación igual o superior al 80% en la oferta económica.
10) Criterios de valoración de las ofertas.
Los criterios objetivos que servirán de base para la adjudicación, serán los siguientes:
❖ Condiciones Económicas 100 puntos.
La valoración de los puntos asignados al precio, se repartirán conforme a la siguiente fórmula: Puntos oferta X = PPMM (2- Oferta X /Oferta más baja)
Siendo PPMM la puntuación asignada a las condiciones económicas.
Para la valoración económica se tendrá en cuenta la suma de los importes de la primera anualidad más la posible prórroga.
Siempre que la fórmula arroje resultados negativos la puntuación asignada a la oferta será cero puntos. Si la oferta mínima fuese negativa, por suponer la ejecución del contrato un ingreso neto para XXXXX, la puntuación será directamente proporcional al ingreso neto, asignando 100 puntos a la mejor oferta y cero puntos a aquella que supusiera un ingreso xxxx xx xxxx euros.
En virtud de este acuerdo marco se procederá a seleccionar a los licitadores hasta un máximo de tres (3) empresas para cada lote, excepto el lote 8 (Madrid) cuyo máximo será de cinco (5) empresas.
Los pedidos derivados de este acuerdo marco se realizarán previa solicitud por correo electrónico de posibles mejoras económicas, a las empresas adjudicatarias del acuerdo marco.
11) Garantía definitiva.
Sí. El importe total de la garantía definitiva será del 5 por ciento del importe adjudicado en la
contratación derivada del acuerdo marco, debiendo constituirse mediante aval incondicional a primer requerimiento y a disposición del Director General de la Corporación de Radio y Televisión Española S.A., en su calidad de Órgano de Contratación.
El importe de la garantía se entiende sin perjuicio de la retención del precio que se pudiera acordar por incumplimiento del licitador.
12) Variantes.
No
13) Documentación adicional exigida para el pago.
No
14) Plazo máximo para el pago.
En un plazo de 60 días, y de conformidad con lo indicado en el presente pliego y la legislación aplicable.
15) Periodicidad de la facturación.
Semanal, conforme al reporte de facturación, que el proveedor debe entregar, en el que se detallarán todos los servicios y las posibles incidencias.
16) Remisión de los TC1 y TC2
El empresario contratista adscrito a la ejecución del acuerdo marco deberá remitir los TC1 y TC2 de los trabajadores con periodicidad trimestral.
Los certificados TC1 y TC2 se remitirán a través del sistema de facturación electrónica, junto con las facturas.
17) Cesión y subcontratación
SI. Será precisa en todo caso autorización previa expresa y escrita de CRTVE.
El licitador deberá detallar en su oferta técnica los trabajos que prevea subcontratar.
18) Plazo de Garantía.
A los efectos de lo dispuesto en la cláusula 23ª, el plazo de garantía será de (3) meses.
19) Penalidades.
CRTVE podrá imponer penalidades en los siguientes casos:
Si el contratista, por causas imputables al mismo, hubiera incurrido en demora respecto del plazo total o respecto de los plazos parciales que se determinen en el presente pliego o en el de prescripciones técnicas. En este caso la Corporación RTVE podrá imponer una penalidad por importe de un 1 por ciento semanal sobre el importe de los servicios retrasados
El incumplimiento grave, manifiesto y reiterado de cualesquiera condiciones, requisitos técnicos o de cualquier tipo aparejados al servicio a prestar, así como de cualesquiera otras obligaciones dimanantes del contrato será causa de resolución del mismo. Sin perjuicio de lo anterior, la imposibilidad de prestar el servicio, la merma de calidad en el mismo y en particular que el prestador incurra en las siguientes deficiencias a la hora de prestar el servicio estará sujeto a las siguientes penalizaciones que se detraerán del importe mensual facturado a RTVE:
La imposibilidad de prestar el servicio requerido ya sea de forma total o parcial debido a fallos técnicos o de operación. En estos casos, no se facturará el importe del servicio y se impondrá una penalización xxx xxxxx del valor del servicio contratado.
Por deficiencias en la calidad del servicio prestado que suponga una merma en el resultado final, afectando de cualquier forma al audio o video, se impondrá una penalización del 50% del valor del servicio contratado.
Por errores que impidan llegar a tiempo a un servicio programado y comunicado por RTVE y no se pueda realizar en el momento necesario. En estos casos, no se facturará el importe del servicio y se impondrá una penalización xxx xxxxx del valor del servicio contratado.
Por el incumplimiento de cualesquiera otras obligaciones dimanantes del contrato x xxx xxxxxx de condiciones técnicas no contempladas en los puntos anteriores, se impondrá una penalización cuya cuantía será equivalente al perjuicio causado a CRTVE.
En ningún caso, la constitución en xxxx del contratista requerirá interpelación o intimación previa por parte de la Corporación RTVE
20) La prestación de servicios implica el acceso a datos de carácter personal por parte del prestador.
No.
21) Condiciones, alcance y límite de la modificación del acuerdo marco:
No están previstas.
Anexo III: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
Don . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . .
(Nombre y dos apellidos)
provisto de D.N.I. número . . . . . . . . . . . . . . . , expedido con fecha y
domiciliado en . . . . . . . . . . . . . . . . . calle/plaza ,
DP . . . . . ., en calidad de . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . de la . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. .
(cargo que ocupa) (nombre o razón social)
con NIF . . . . . . . . . . . . . . . y domicilio social en . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . DP número . . . . .
. ., calle/plaza . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ……… . . . . número . . . . . . . . .
., teléfono . fax . . . . . . . . . . y correo electrónico conforme acredita con
Poder, enterado del procedimiento general tramitado para adjudicar el 2017/10007 “GRABACIÓN DE REPORTAJES CON EQUIPOS ENG PARA LA CRTVE”
Declara no incurrir en ninguna de las causas de prohibición para contratar con el sector público, cumplir todos los requerimientos de solvencia técnica y económica definidos en los pliegos, y estar en posesión de toda la documentación especificada en el apartado 6.2.c.1 xxx Xxxxxx de Condiciones Generales, que presentará en cualquier momento a solicitud de CRTVE.
En particular declara que:
• Dispone de un Seguro de responsabilidad civil por importe de cifra igual o
superior al valor estimado de los lotes a los que se presente.
• La cifra de negocios al cierre del último ejercicio económico en el que ha vencido la obligación de aprobación de las cuentas es de , dicha cifra es mayor o igual
al valor estimado del contrato.
• El importe acumulado por la prestación de servicios similares al objeto del contrato realizados en los últimos cinco años es de , dicha cifra es igual o superior al
valor estimado del contrato del lote o los lotes a los que se presente
………. a, .... de de 20
- FIRMA - (Obligatoria)